DECENIO DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA MUIERES … · c plazo de ejecucion de obra /a-bj 240...

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GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Jirón Cusca 350 - Puerto Maldonado Telf: (0051) (082) 571199 / 572646 - Fax: (0051) (082) 571199 Website : www.regionmadrededios.go b.pe - E-mail : [email protected] "DECENIO DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA MUIERES V HOMBRES" "AÑO DE LA UNIVERSALJZACION DE LA SALUD" "MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ" RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL Oft -2020-GOREMAD/GGR Puerto Maldonado, 1 O FEB 2020 VISTOS: El Informe Legal Nº 068-2020-GOREMAD/ORAJ de fecha 28 de enero de 2019 emitido oor la Oficina Regional de Asesoría Jurídica; el Memorando Nº 192-2020-GOREMAD/GRI, con fecha de recepción 22 de enero de 2020, emitido por la Gerencia Regional de Infraestructura; el Informe Nº 11-2019-GOREMAD/GRI-RRCM, de fecha 11 de enero del 2020, emitido por el Especialista en Proyectos de Inversión, el Informe Nº 048-2020-GOREMAD/GRI-SGSyLO con fecha de recepción 17 de enero de 2020, emitido por la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Obras; el Informe 004-2020-GOREMAD/GRI-SGSYLO-IO/T JW con fecha de recepción 16 de enero del 2020 emitido por el Inspector de Obra; el Informe Nº 005-2020-GOREMAD/GRI-SGO/O-MVJJ HYJCH- RO-OYPQ, de fecha 14 de enero del 2020, emitido por el Residente de Obra; y demás documentos adjuntos; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 27680 -Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV, del Título IV sobre Descentralización, Ley 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias, Leyes 27902 y 28013, se le reconoce a los Gobiernos Regionales autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, los artículos 119º, 127° y 130º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Madre de Dios, aprobado por Ordenanza Regional Nº 007-2012- CRMDD/CR, modificado por Ordenanza Regional 026-2012-CRMDD/CR, establece que la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Madre de Dios, es la responsable de planear, organizar, conducir, ejecutar, supervisar y liquidar las obras de los proyectos de Infraestructura, consideradas en el Plan de Inversión del Gobierno Regional de Madre de Dios. así como la Sub Gerencia de Obras del Gobierno Regional de Madre de Dios, es la responsable de la ejecución, supervisión y control de obras proyectos de Infraestructura, asl como de la correcta y óptima utilización de los recursos destinados para tal fin, y que es función de la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Obras del Gobierno Regional de Madre de Dios, dirigir, ejecutar, coordinar, controlar y evaluar las acciones de supervisión y liquidación de las obras de infraestructura civil, proyectos y estudios ejecutados a cargo de las diferentes Unidades Ejecutoras del Gobierno Regional de Madre de Dios ". Que, de acuerdo a la Resolución de Contraloría 195-88-CG, de fecha 18 de julio de 1988, se aprobó las normas que regulan la ejecución de las obras públicas por Administración Directa, la misma que en su numeral 5º de su artículo 1º establece que "En la etapa de construcción, la Entidad dispondrá de un cuaderno de obra, debidamente foliado y legalizado, en el que se anotará la fecha de inicio y término de los trabajos, las modificaciones autorizadas, los avances mensuales, los controles diarios de ingreso y salida de materiales y personal , las horas de trabajo de los equipos, así como los problemas que vienen afectando el cumplimiento de los cronogramas establecidos y las constancias de supervisión de obras ". Que, el Gobierno Regional de Madre de Dios mediante Resolución Gerencial General Regional 151-2015-GOREMAD/GGR, de fecha 17 de noviembre del 2015, Resuelve aprobar el Expediente Técnico del Proyecto de Inversión Pública denominado: "Mejoramiento Vial del Jr. Javier Heraud y Jr. Jorge Chávez de la Ciudad de Puerto Maldonado, Distrito y Provincia de Tambopata - Región Madre de Dios", con Código SNIP Nº 277987, con un presupuesto ascendente a la sum;::i de S/. 6'525,483.02 soles, con un plazo de ejecución de Doscientos Cuarenta (240) dlas calendarios, bajo la modalidad de Ejecución por Administraciqn Directa. Que, el Gobierno Regional de Madre d'e Dios mediante Resolución Gerencial General Regional Nº 124-2017-GOREMAD/GGR, de fecha 30 de mayo del 2017, Resuelve aprobar el OFICINA DE COORDINACJÓN ADMINISTRATIVA Av. Alfonso Ugarte N' 873 6!0. Poso - Lima 1 Telefax: (0051) (01) 424'1388 E·mall: ocalooremadtl!lrca•onmadredcdJos oob oe

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  • GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Jirón Cusca Nº 350 - Puerto Maldonado

    Telf: (0051) (082) 571199 / 572646 - Fax: (0051) (082) 571199 Website : www.regionmadrededios.gob.pe - E-mail : [email protected]

    "DECENIO DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA MUIERES V HOMBRES" "AÑO DE LA UNIVERSALJZACION DE LA SALUD"

    "MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ"

    RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°Oft -2020-GOREMAD/GGR

    Puerto Maldonado, 1 O FEB 2020 VISTOS:

    El Informe Legal Nº 068-2020-GOREMAD/ORAJ de fecha 28 de enero de 2019 emitido oor la Oficina Regional de Asesoría Jurídica; el Memorando Nº 192-2020-GOREMAD/GRI, con fecha de recepción 22 de enero de 2020, emitido por la Gerencia Regional de Infraestructura; el Informe Nº 11-2019-GOREMAD/GRI-RRCM, de fecha 11 de enero del 2020, emitido por el Especialista en Proyectos de Inversión, el Informe Nº 048-2020-GOREMAD/GRI-SGSyLO con fecha de recepción 17 de enero de 2020, emitido por la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Obras; el Informe N° 004-2020-GOREMAD/GRI-SGSYLO-IO/T JW con fecha de recepción 16 de enero del 2020 emitido por el Inspector de Obra; el Informe Nº 005-2020-GOREMAD/GRI-SGO/O-MVJJ HY JCH-RO-OYPQ, de fecha 14 de enero del 2020, emitido por el Residente de Obra; y demás documentos adjuntos;

    CONSIDERANDO:

    Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 27680 -Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV, del Título IV sobre Descentralización, Ley N° 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias, Leyes N° 27902 y Nº 28013, se le reconoce a los Gobiernos Regionales autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

    Que, los artículos 119º, 127° y 130º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Madre de Dios, aprobado por Ordenanza Regional Nº 007-2012-CRMDD/CR, modificado por Ordenanza Regional N° 026-2012-CRMDD/CR, establece que la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Madre de Dios, es la responsable de planear, organizar, conducir, ejecutar, supervisar y liquidar las obras de los proyectos de Infraestructura, consideradas en el Plan de Inversión del Gobierno Regional de Madre de Dios. así como la Sub Gerencia de Obras del Gobierno Regional de Madre de Dios, es la responsable de la ejecución, supervisión y control de obras proyectos de Infraestructura, asl como de la correcta y óptima utilización de los recursos destinados para tal fin , y que es función de la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Obras del Gobierno Regional de Madre de Dios, dirigir, ejecutar, coordinar, controlar y evaluar las acciones de supervisión y liquidación de las obras de infraestructura civil , proyectos y estudios ejecutados a cargo de las diferentes Unidades Ejecutoras del Gobierno Regional de Madre de Dios".

    Que, de acuerdo a la Resolución de Contraloría N° 195-88-CG, de fecha 18 de julio de 1988, se aprobó las normas que regulan la ejecución de las obras públicas por Administración Directa, la misma que en su numeral 5º de su artículo 1 º establece que "En la etapa de construcción, la Entidad dispondrá de un cuaderno de obra, debidamente foliado y legalizado, en el que se anotará la fecha de inicio y término de los trabajos, las modificaciones autorizadas, los avances mensuales, los controles diarios de ingreso y salida de materiales y personal, las horas de trabajo de los equipos, así como los problemas que vienen afectando el cumplimiento de los cronogramas establecidos y las constancias de supervisión de obras".

    Que, el Gobierno Regional de Madre de Dios mediante Resolución Gerencial General Regional N° 151-2015-GOREMAD/GGR, de fecha 17 de noviembre del 2015, Resuelve aprobar el Expediente Técnico del Proyecto de Inversión Pública denominado: "Mejoramiento Vial del Jr. Javier Heraud y Jr. Jorge Chávez de la Ciudad de Puerto Maldonado, Distrito y Provincia de Tambopata -Región Madre de Dios", con Código SNIP Nº 277987, con un presupuesto ascendente a la sum;::i de S/. 6'525,483.02 soles, con un plazo de ejecución de Doscientos Cuarenta (240) dlas calendarios, bajo la modalidad de Ejecución por Administraciqn Directa.

    Que, el Gobierno Regional de Madre d'e Dios mediante Resolución Gerencial General Regional Nº 124-2017-GOREMAD/GGR, de fecha 30 de mayo del 2017, Resuelve aprobar el

    OFICINA DE COORDINACJÓN ADMINISTRATIVA Av. Alfonso Ugarte N' 873 6!0. Poso - Lima 1

    Telefax: (0051) (01) 424'1388 E·mall: ocalooremadtl!lrca•onmadredcdJos oob oe

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    "DECEN IO DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA MUJERES Y HOMBRES" "AÑO DE LA UNIVER.SALIZACION DE LA SALUD"

    "MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ"

    Expediente Técnico Modificado del Proyecto denominado: "Mejoramiento Vial del Jr. Javier Heraud y Jr. Jorge Chávez de la Ciudad de Puerto Maldonado, Distrito y Provincia de Tambopata - Región Madre de Dios", con Código Único de Inversiones Nº 2195357, con un presupuesto ascendente a la suma de 5/ 9'210,029.44 soles, con un plazo de ejecución de Doscientos Cuarenta (240) días calendarios , bajo la modalidad de Ejecución por Administración Directa.

    Que, el Gobierno Regional de Madre de Dios mediante Resolución Gerencial General Regional Nº 136-2019-GOREMAD/GGR, de fecha 31 de julio del 2019, Resuelve aprobar la Ampliación de Plazo Nº 01 equivalente a Seiscientos Noventa y Dos (692) días calendarios, el mismo que suma un total de Novecientos Treinta y Dos (932) días calendario, para la ejecución del Proyecto de Inversión Pública denominado: "Mejoramiento Vial del Jr. Javier Heraud y Jr. Jorge Chávez de la Ciudad de Puerto Maldonado, Distrito y Provincia de Tambopata - Región Madre de Dios" , con Código Único de Inversiones Nº 2195357.

    Que, mediante Informe Nº 004-2020-GOREMAD/GRI-SGSYLO-IO/TJW, con fecha de recepción 16 de enero de 2020, el Inspector de Obra hace alcanza a la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Obras, el Expediente de Ampliación de Plazo Nº 02, por 152 días calendarios, alcanzada por el Residente de la Obra: "Mejoramiento Vial del Jr. Javier Heraud y Jr. Jorge Chávez de la Ciudad de Puerto Maldonado, Distrito y Provincia de Tambopata - Región Madre de Dios", con Código Único de Inversiones Nº 2195357, la Inspección después de haber revisado el Expediente da su opinión favorable, por ser necesario para la culminación de los trabajos y metas físicas al 100%, ya que a la fecha se encuentra en un avance físico de 77.68% al 31-12-2019, teniendo un saldo valorizado y ejecutar de 22.32 %, habiéndose cumplido el plazo de ejecución de la Ampliación de Plazo N° 01 al 31 -01-2019.

    CUANTIFICACION DE DIAS CALENDARIOS PARA AMPLIACIÓN DE PLAZO N° 02 A FECHA DE INICIO DE OBRA 13,06/2017 B FECHA DE CULMINACION PROGRAMADO 07/0212018 c PLAZO DE EJECUCION DE OBRA /A-BJ 240 O/AS CALENDARIO o O/AS EJECUTADOS EN EL 2017 IA-EI 202 O/AS CALENDARIO E FECHA DE INICIO DE PARALIZACION DE OBRA 01/01/2018 F FECHA DE CULMINAC/ON DE PARALIZAC/ON DE OBRA 02/06/2019 G SALDO DE EJECUCION FISICA APROBADA /A-BJ-D 38 O/AS CALENDARIO H TIEMPO DE PARALIZACION IE-FJ 518 DIAS CALENDARIO I FECHA DE INICIO DE LA AMPLIACION DE PLAZO n' O 1 APROBADA 03,06/2019 J PLAZO DE EJECUCION DE LA AMPLIACION DE PLZO N' 01 APROBADA 31/12/2019 K PLAZO DE AMPLIACION DE PLAZO N' 01 !APROBADA! 212 O/AS CALENDARIO L PLAZO TOTAL APROBADO CON LA PRIMERA AMPLIAC/ON DE PLAZO /H+K-GJ 692 DIAS CALENDARIO M FECHA DE INICIO DE LA AMPLIAC/ON DE PLAZO N' 02 SOLICITADA 01/0112020 N PLAZO DE EJECUCION DE LA AMPLIAC/ON DE PLAZO N' 02 SOLICITADA 31/0512020 o PLAZO DE AMPLIACION DE PLAZO N' 02 /SOLICITADA) 152 D/AS CALENDARIO

    TOTAL DE PLAZO DE EJECUCION DE LA OBRA NUEVO /L +O) 844 O/AS CALENDARIOS TOTAL DIAS EJECUCION DE OBRA (C - L - OJ 1 084 DIAS CALENDARIOS

    Por lo tanto la Inspección da su Opinión Favorable, alcanza a la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Obras, para que se realicen los trámites correspondientes para su aprobación y obtención de la Ampliación de Plazo Nº 02 por 152 días calendario, teniendo como nuevo plazo total de ejecución 844 días calendarios, el mismo que se detalla, en el Cuadro de Cuantificación de la Ampliación de Plazo Nº 02 por requerirse con urgencia para la culminación de la Obra.

    Que, mediante Informe Nº 11-2020-GOREMAD/GRI-RRCM de fecha 21 de enero de 2020, el Especialista en Proyectos de Inversión, Econ. Roberto Rubín de Celis Méndez, con referencia a la Ampliación de Plazo Nº 02 del PIP: "Mejoramiento Vial del Jr. Javier Heraud y Jr. Jorge Chávez de la Ciudad de Puerto Maldonado, Distrito y Provincia de Tambopata - Región Madre de Dios", con Código Único Nº 2195357, informa a la Gerencia Regional de Infraestructura:

    l. Antecedentes: •,• El PIP con Código Único Nº 2195357, fue aprobado mediante plazo para la ejecución del presente proyecto, según

    Resolución Gerencial General Regional N' 151-2015-GOREMADIGGR, del 17 de noviembre del 2015; por un plazo de 240 dlas calendarios. El Expediente Técnico Modificado fue aprobado mediante Resolución Gerencial General Regional N° 124-2017-GOREMADIGGR, del 30 de mayo de 2018, por un plazo de 240 dfas calendarios.

    ,;, La fecha de inicio de la obra fue el 13-06-2017, estando prevista para ser culminada el 07 de febrero del 2018. ,:, El Proyecto tuvo una primera ampliación de plazo, aprobada mediante Resolución Gerencial General Regional N°

    136-2019-GOREMAD/GGR, por el término de 692 días calendarios, cuya fecha de culminación fue el 31 de diciembre del 2019.

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    11. Si tuación Actual •:• El Residente de Obra, lng. Otto Yoel Palomino Quispe, mediante Informe Nº 005-2020-GOREMADIGRI-SGO/O-

    MVJJHYJCH-RO-OYPQ, ha solicitado una ampliación de Plazo por 152 días calendario, computándose a partir del 01 de enero del 2020 hasta el 31 de mayo del 2020, fundamentando dicha ampliación por desabastecimiento de materiales (136 días), imprevistos ocurridos en obra (05 días), factor climatológico (11 días).

    •:• El Inspector de Obra, lng. Tania J. Vásquez Vargas, mediante el Informe N° 004-2020-GOREMADI GRI-SGSYLO-IOIAPA, opina favorablemente dicha solicitud de ampliación de plazo.

    ••• El Sub Gerente de Supervisión y Liquidación de Obras, lng. Juan Felipe Rodríguez Paseo, mediante el Informe N° 048-2020-GOREMADIGRI-SGSyLO, aprueba la solicitud en referencia.

    •:• Según el artículo 33º de la Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, la UEI, debe registrar las modificaciones durante la ejecución f/sica de las inversiones antes de su ejecución, mediante el Formato N° 08-A, además debe vigilar en forma permanente el avance de las mismas, verificando que se mantengan las condiciones, parámetros y cronograma de ejecución previstos en los expedientes técnicos aprobados.

    fil. En conclusión; •:• Con la conformidad de los informes emitidos, se solicita remitir el presente informe a la Oficina Regional de

    Asesoría Jurídica, con la finalidad que realice la acciones correspondientes para la aprobación mediante acto resolutivo correspondiente, de acuerdo al siguiente detalle:

    ACCION DOCUMENTO ADMINISTRATIVO DEL AL TOTALDIAS APROBACION DE EXPEDIENTE TECNICO MODIFICADO R G GR N" 124-2017-GOREMADIGGR 13-06-2017 07/0212018 240 APROBACIÓN DE LA AMPLIACIÓN DE PLAZO N' 01 R G G.R. N' 136-2019-GOREMADIGGR 08-02-2018 31/12-2019 692 SOLICITUD DE AMPLIACION DE PLAZO N' 02 TRAMITE ACTUAL 01-01-2020 31/051'2020 152 TOTAL AMPLIAC/ON DE PLAZO 844 PLAZO TOTAL DEL PROYECTO 13-06-2017 31-05-2020 1 084

    •:• Adjunta el Formato Nº 08-A, debidamente firmado por el Responsable de la Unidad Ejecutora de Inversiones.

    Que, teniendo como base la Directiva Nº 001-2012-GOREMAD/GRPPYAT-SGDIEI -"Normas para la Supervisión en la Ejecución de Proyectos de Inversión Pública a cargo del Gobierno Regional de Madre de Dios", aprobado por Resolución Ejecutiva Regional Nº 551-2012-GOREMAD/PR, de fecha 08 de junio del 2012, que se encuentra en proceso de actualización, donde señala en su inciso 7.7.1 del numeral 7.7. del artículo 7, establece que "Tal como lo establece la norma vigente y en base a un criterio técnico razonable, el Residente de Obra y/o Contratista, puede solicitar ampliación de plazo contractual, por las siguientes causales: a) Demora o limitaciones causadas por el otorgamiento de recursos financieros; b) Desabastecimiento de materiales y/o insumos u otros casos fortuitos o de fuerza mayor, debidamente sustentado ( ... ), ... "; asimismo, el inciso 7.7.2 de la referida directiva prescribe que "Para que proceda una ampliación de plazo, el Residente de Obra y/o Contratista debe anotar en el Cuaderno de Obra, el hecho que a su juicio amerita una ampliación de plazo y dentro de los quince (15) días de concluido el hecho invocado solicitará y sustentará documentadamente su pedido ante el Supervisor"; el inciso 7.7.3 de la referida directiva prescribe que "Dentro de los siete (7) días siguientes, el Supervisor emitirá un pronunciamiento ante la Entidad contratante, la misma que debe resolver dicha ampliación en un plazo máximo de diez (10) días"; el inciso 7.7.4. de la referida directiva prescribe que " El pronunciamiento del Supervisor y/o Inspector es a través de un Informe mediante el cual debe demostrar fehacientemente que se ha producido una ampliación de plazo y debe contener los siguientes documentos: a) Datos generales, b) Antecedentes, c) Anotaciones del Cuaderno de obra, d) Sustentación Técnica, (. .. ), lo cual se habr[a cumplido en el presente caso, ya que para la presentación de la Ampliación de Plazo Nº 02, se adjuntó las respectivas copias del Cuaderno de Obra (en donde se puede observar las justificaciones motivo de la solicitud de Ampliación de Plazo de Obra: 1. Desabastecimiento de materiales y/o entrega de bienes en plazos excesivos que afectaron la ruta crítica de la programación de actividades de la obra (106 días); 2. Desabastecimiento de Maquinaria pesada propia-Causales ocurridos en obra (02 días); 3. Lluvias de temporada - Factores Climaticos (11 días); 4. Tiempo de paralización de obra (33 días), haciendo un total de 152 días calendarios; tal como se describe en el Cuaderno de Obra, en los Asientos Nº 34, 121, 123, 151 , 152, 153, 154, 155, 156, 157; Asiento Nº 45, 48, 53, 57, 58, 59, 61, 72, 76, 109, 116, 117, 156, 157, 163, 179, 187, 191, 193, 195, 197, 198, 199, 204, 205, y 209 -folios 020 a folios 076).

    Que, de acuerdo al análisis efectuado, se ha determinado que la Ampliación de Plazo Nº 02 para la ejecución del proyecto materia de análisis debe concederse por 152 días calendario, el cual se inicia el 01 de enero del 2020 y concluye el 31 de mayo del 2020; razón por la cual es pertinente que el acto resolutivo que la apruebe se aplique con eficacia anticipada considerando el numeral 17. 1 del artículo 17° del Texto Ünico Ordenado de la Ley Nº 27444 -Ley del Procedimiento

    OFICINA DE COORDINACÓN ADMINISTRATIVA Av. Affonso Uoart< Nº 873 6ro. Piso - Lima 1

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    Telf: (0051) (082) 571199 / 572646- Fax: (0051) (082) 571199 Website : www.regionmadrededios.gob.pe - E-mail : [email protected]

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    Administrativo General , aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019, que establece lo siguiente: "La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción".

    Que, el Registro en el Banco de Inversiones de la Ampliación de Plazo Nº 02 por 152 días calendario, de la Obra: "Mejoramiento Vial del Jr. Javier Heraud y Jr. Jorge Chávez de la Ciudad de Puerto Maldonado, Distrito y Provincia de Tambopata - Región Madre de Dios", con Código Único Nº 2195357, se realizará una vez de emitida la Resolución de Aprobación de la Ampl iación de Plazo Nº 02, conforme a lo consignado en el numeral 33.2 del artículo 33º -Ejecución física de las inversiones, Directiva Nº 001-2019-EFl63.01 "Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones", donde señala: "33.2 Las modificaciones durante la ejecución física de las inversiones deben ser registradas por la UEI antes de su ejecución mediante el Formato Nº 08-A: Registro en la fase de Ejecución para proyectos de inversión y Formato Nº 08-C: Registros en la fase de Ejecución para IOARR, según corresponda, y siempre que se mantenga la concepción técnica y dimensionamiento, en el caso de proyectos de inversión ". La Directiva antes acotada es importante debido a que establece las obligaciones de las Unidades Ejecutoras de Inversiones, con la final idad de cumplir con los plazos y condiciones establecidos en el expediente técnico, las mismas que se efectúan a través de una supervisión constante de la obra -se adjunta Formato Nº 08-A.

    Que, contando con la documentación técnica sustentatoria, tal como se aprecia e"' el Informe Nº 005-2019/GOREMAD/GRI-SGO/O-MVJJHY JCH-RO/OYPQ, de fecha 14 de enero del 2020, emitido por el Residente de Obra lng. Otto Yoel Palomino Quispe; el Informe Nº 004-2020-GOREMAD/GRI-SGSYLO-IO/T JW, con fecha de recepción 16 de enero del 2020, emitido el Inspector de Obra lng. Tania J. Vásquez Vargas, mediante el cual emite su Opinión Favorable , así como la aprobación del Sub Gerente de Supervisión y Liquidación de Obras lng. Juan Felipe Rodríguez mediante Informe Nº 048-2020-GOREMAD/GRI-SGSyLO con fecha de recepción 17 de enero de 2020; asimismo mediante Informe Nº 11-2019/GOREMAD/GRI-RRCM el Especialista en Proyectos de Inversión Econ. Roberto Rubín de Celis Méndez solicita remitir los documentos a la Oficina Regional de Asesoría Jurídica a fin de que se realicen las acciones correspondientes para su aprobación; por lo que mediante Memorando N° 192-2020-GOREMAD/GRI , la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Madre de Dios, solicita la Aprobación del Expediente de Ampliación de Plazo Nº 02 por 152 días calendarios, mediante Acto Resolutivo, necesarios para la conclusión de los trabajos programados física y financiera de la Obra: "Mejoramiento Vial del Jr. Javier Heraud y Jr. Jorge Chávez de la Ciudad de Puerto Maldonado, Distrito y Provincia de Tambopata - Región Madre de Dios", con Código Único Nº 2195357, justificando la Ampliación de Plazo Nº 02: a consecuencia de: 1. Desabastecimiento de materiales y/o entrega de bienes en plazos excesivos que afectaron la ruta crítica de la programación de actividades de la obra (106 días); 2. Desabastecimiento de Maquinaria pesada propia - Causales ocurridos en obra (02 días) ; 3. Lluvias de temporada - Factores Climaticos (11 días); 4. Tiempo de paralización de obra (33 días), haciendo un total de 152 días calendarios; tal como se describe en el Cuaderno de Obra, en los Asientos Nº 34, 121, 123, 151, 152, 153, 154, 155, 156, 157; Asiento Nº 45, 48, 53, 57, 58, 59, 61, 72, 76, 109, 116, 117, 156, 157, 163, 179, 187, 191, 193, 195, 197, 198, 199, 204, 205, y 209-folios 020 a folios 076), las que se adjuntan al expediente, por lo que se solicita la Ampliación de Plazo Nº 02, para el cumplimiento de las metas señaladas, pues sin la Ampliación de Plazo, no será posible alcanzar las metas previstas.

    Que, de acuerdo a lo expuesto y contando con la documentación técnica y legal sustentatoria, tal como se aprecia en los informes técnicos del Residente de Obra e Inspector de Obra -emite Opinión Técnica Favorable, así como la aprobación de la Sub Gerencia de Supervisión y Liqu idación de Obras, lo solicitado por el Especialista en Proyectos de Inversión -GRI; y lo solicitado por la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Madre de Dios, recomendando la Aprobación del Expediente de Ampliación de Plazo Nº 02, correspondiente a la Obra: "Mejoramiento Vial del Jr. Javier Heraud y Jr. Jorge Chávez de la Ciudad de Puerto Maldonado, Distrito y Provincia de Tambopata - Región Madre de Dios", con Código Único Nº

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    "DECENIO DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA MUJERES Y HOMBRES" "AÑO DE LA UNIVERSALIZACION DE LA SALUD"

    "MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ"

    2195357, por todo lo expuesto se puede conclu ir que el Expediente de Ampliación de Plazo Nº 02 por Ciento Cincuenta y Dos (152) días calendarios, cumple con los requisitos para otorgarle la ampliación solicitada, con un incremento del Plazo Total de Ejecución en Un Mil Ochenta y Cuatro (1 ,084) días calendario, bajo la Modalidad de Ejecución por Administración Directa.

    Con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, y de la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Madre de Dios y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización y sus modificatorias, Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, Resolución Ejecutiva Regional Nº 069-2019-GOREMAD/GR, de fecha 20 de febrero del 2019;

    RESUELVE:

    ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR con eficacia anticipada al 01 de enero del 2020 la Ampliación de Plazo Nº 02 por Ciento Cincuenta y Dos (1 52) días calendario, para ejecución del Proyecto: "Mejoramiento Vial del Jr. Javier Heraud y Jr. Jorge Chávez de la Ciudad de Puerto Maldonado, Distrito y Provincia de Tambopata - Región Madre de Dios", con Código Único Nº 2195357, por los fundamentos expuestos en el análisis del presente Informe Legal, conforme se detalla:

    CAUSALES DE AMPLIAC/ON DE PLAZO O/AS CALENDARIO DESABASTECIMIENTO DE MATERIALES 106 Días Calendanos DESABASTECIMIENTO DE MAQUINARIA PROPIA - CAUSALES OCURRIDOS EN OBRA 02 Dias Calendarios FACTORES CLIMA TOLOGICOS - LLUVIAS DE TEMPORADA 11 Días Calendanos TIEMPO DE PARALIZACION DE OBRA 33 D,as Calendanos TOTAL AMPLIAC/ON DE PLAZO DE EJECUCION N' 02 152 Dlas Calendarios

    ARTÍCULO SEGUNDO.- ESTABLECER, que el nuevo plazo para la ejecución del Proyecto: "Mejoramiento Vial del Jr. Javier Heraud y Jr. Jorge Chávez de la Ciudad de Puerto Maldonado, Distrito y Provincia de Tambopata - Región Madre de Dios", con Código Único Nº 2195357, es de Un Mil Ochenta y Cuatro (1 ,084) dfas calendario con fecha de culminación del Proyecto al 31 de mayo del 2020.

    TOTAL DIAS CON AMPLIACION DE PLAZO Nº 02 ACCION DOCUMENTO ADMINISTRATIVO DEL AL TOTALDIAS

    R G GR N' 124-2017-GOREMADIGGR 13-06-2017 07/0212018 240 R G GR W 136-2019-GOREMADIGGR 08-02-2018 31/12-2019 692 TRAMITE ACTUAL 01-01-2020 31/05/2020 152

    844 PLAZO TOTAL DEL PROYECTO 13-06-2017 31/05-2020 1,084

    TOTAL DIAS CON AMPLIACION DE PLAZO Nº 02 ACCION DOCUMENTO ADMINISTRATIVO DEL AL TOTALD/AS

    APROBAC/ON DE EXPEDIENTE TECNICO MODIFICADO R G GR N' 124-2017-GOREMAD/GGR 13-06-2017 07/0212018 240 APROBACI N DE LA AMPLIAC/ N DE PLAZO N' 01 R G GR N" 136-2019-GOREMAD/GGR 08-02-2018 31/12-2019 692 SOLICITUD DE AMPL/ACION DE PLAZO N' 02 TRAMITE ACTUAL 01-01-2020 31/05/2020 152 TOTAL AMPLIAC/ON DE PLAZO 844 PLAZO TOTAL DEL PROYECTO 13-06-2017 31/05-2020 1 084

    ARTICULO TERCERO.- APROBAR, el Expediente Técnico Modificado por Ampliación de Plazo Nº 02, del Proyecto de Inversión Pública denominado; "Mejoramiento Vial del Jr. Javier Heraud y Jr. Jorge Chávez de la Ciudad de Puerto Maldonado, Distrito y Provincia de Tambopata - Región Madre de Dios", con Código Único Nº 2195357, con un costo del Proyecto ascendente a la suma de S/ 9,210,029.44 (Nueve Millones Doscientos Diez Mil Veintinueve con 44/100 Soles), con un plazo de ejecución de Un Mil Ochocientos Cuatro (1 ,804) días calendarios, debiendo cumplirse el cronograma de ejecución de acuerdo al expediente técnico modificado, bajo la Modalidad de Ejecución por Administración Directa; conforme a la siguiente estructura presupuesta!:

    RUBRO COSTO TOTAL DE OBRA GASTOS DE SUPERVISION MONITOREO GESTION DE PROYECTO GASTOS DE LIQUIDACION EXP TECNICO TOTAL DE PRESUPUESTO

    MONTO SI 7,674857 09 8333% SI 467.143 39 5.07% SI 106,431 68 1.16% SI 775,024 62 8.42 % SI 81,09112 0.88 % SI 105 481 54 1.14% SI 9,210,029.446 10000%

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    ARTÍCULO CUARTO.- PRECISAR, que el contenido de los documentos que sustentan la presente resolución así como la oportunidad en que se emitieron son de exclusiva responsabil idad de los que suscriben los mismos, en el marco del principio de presunción de veracidad y de buena fe procedimental. En tal sentido, la presente resolución no convalida acciones que no se ciñan a la normatividad administrativa vigente, ni constituye autorización para realizar acciones que se encuentren restringidas o fuera del marco de la Ley.

    ARTÍCULO QUINTO.- PONER en conocimiento a la Gerencia Regional de Infraestructura, y las instancias que correspondan para los fines administrativos pertinentes.

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