Curso de Derecho Constitucional i (Apuntes 1ª Parte)

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DERECHO CONSTITUCIONAL CAPITULO PRIMERO. CONSTITUCIONALISMO Y DESARROLLO INSTITUCIONAL CHILENO. 1.1. Introducción. Antes de comenzar el estudio del Derecho Constitucional, se hace necesario el comprender el fenómeno del Constitucionalismo, para ver como su desarrollo ha influido en la Historia Institucional chilena, y hecho lo anterior, entrar a abordar las funciones y órganos constitucionales, lo que haremos estudiando el Primer Capítulo de la Constitución actualmente vigente, “Bases de la Institucionalidad”, para luego entrar a analizar las funciones y órganos constitucionales. Finalizaremos con el estudio del aspecto dogmático de la Constitución, íntimamente relacionado con la forma y medios que cautelan los Derechos y, también, los Deberes establecidos en nuestra Constitución. 1.2. ¿Qué es Constitucionalismo? Para contestar la pregunta anterior es menester que previamente veamos que significa “Constitución” que es el vocablo del cual deriva su sentido. La palabra “constitución” es de antigua data, y de hecho su origen es romano constitutio e implicaba la manifestación de la potestad legislativa del Emperador, y entre sus acepciones, la más propia sería: “pareceres” dados por el Emperador cuando un punto de Derecho no era claro o era controversial y se requería su opinión, lo que podía ser solicitado tanto el juez como las partes en un juicio. Unos registros especiales ofrecían resúmenes de estas respuestas que luego, se recogerían por orden cronológico en los títulos del Código de Justiniano y por otras vías, con lo que se convierten en exempla con valor regulativo. Por lo anterior, la palabra constitutio podría ser sinónimo de Ley. Así, cuando en el futuro se habla de “constitución” se quiere significar “ley”, por lo que, de esta manera, finalmente se UNIVERSIDAD ACADEMIA DE HUMANISMO CRISTIANO CURSO DE DERECHO CONSTITUCIONAL PROFESOR JUAN E. RIHM SILVA 1

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Apuntes Derecho Constitucional primera parte

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DERECHO CONSTITUCIONALCAPITULO PRIMERO.CONSTITUCIONALISMO Y DESARROLLO INSTITUCIONALCHILENO.1.1. Introduccin.Antes de comenzar elestudio delDerecho Constitucional, se hace necesario elcomprender el fenmeno del Constitucionalismo, para ver como su desarrollo hainfluido en la Historia Institucional chilena, y hecho lo anterior, entrar a abordar lasfunciones y rganos constitucionales, lo que haremos estudiando el PrimerCaptulode la Constitucin actualmente vigente, !"asesde la Institucionalidad#,para luego entrar a analizar las funciones y rganos constitucionales$%inalizaremos con el estudio del aspecto dogm&tico de la Constitucin,ntimamenterelacionadoconlaformaymediosquecautelanlosDerechosy,tambi'n, los Deberes establecidos en nuestra Constitucin$1.2.Qu es Constitucionalismo?Paracontestarlapreguntaanterioresmenester quepreviamenteveamosquesignifica !Constitucin# que es el vocablo del cual deriva su sentido$(apalabra!constitucin#esdeantiguadata, ydehechosuorigenesromanoconstitutio e implicaba la manifestacin de la potestad legislativa del )mperador, yentre sus acepciones, la m&s propia sera*!pareceres# dados por el)mperadorcuando unpuntodeDerechonoera claro oeracontroversial y serequerasuopinin, lo que poda ser solicitado tanto el +uez como las partes en un +uicio$ ,nosregistros especiales ofrecan res-menes de estas respuestas que luego, serecogeranporordencronolgicoenlosttulosdel Cdigode.ustinianoyporotrasvas, conloqueseconviertenenexemplaconvalor regulativo$ Por loanterior, la palabra constitutio podra ser sinnimo de (ey$As, cuando en el futuro se habla de !constitucin# se quiere significar !ley#, por loque, de esta manera, finalmente se dir& !Constitucin# a aquella norma o con+untode normas en virtud de las cuales se organiza un )stado$)/isten reglas no escritas de las que se habla como !constitucin# con !c#min-scula, en lo que se conoce como un con+unto de normas que se establecendentro del)stado y que han llegado a ser aceptadas de manera m&s o menosformal, con el transcurso del tiempo 0)+$* Inglaterra, Israel, etc$1$2in embargo la mayora de los estados tiene un con+unto de normas escritas yformales, ba+oel rtulodeConstitucin, con!C#may-scula, quedeterminanlaforma en que se gobiernan y administran dichos estados 0)+$* ))$,,$, Alemania,etc$1$)n todo caso ning-n estado puede poner la totalidad de las reglas que gobiernansus asuntos enunsolote/to constitucional, muchoquedasu+etoaarreglospolticos m&s o menos formales y, en los estados en que el constitucionalismo esfuerte, alaregulacinycontrol delosmedios+urisdiccionalesquedealguna,3I4)52IDAD ACAD)6IA D) H,6A3I267 C5I28IA37C,527 D) D)5)CH7 C7328I8,CI73A(P57%)275.,A3 )$ 5IH6 2I(4A1manera suplen los puntos obscuros o ambiguos de la norma, como por e+emplo laCorte 2uprema de )stados ,nidos$Hasta aqu hemos visto lo que es la Constitucin, pero qu' es el!constitucionalismo#$)lconstitucionalismo es la doctrina que nos se9ala que !los estados deben serfieles a sus constituciones debido a que las reglas que provee son todo lo quepuede proteger a los ciudadanos de las decisiones arbitrarias de la gentepoderosa#$)sta doctrina es fuerte en Inglaterra, )stados ,nidos, Canad&, Australia y 3ueva:elandia; pero, aun en 'stos, en situaciones de guerra, se han cometidoviolaciones a los derechosgarantizados por esos cuerpos normativos$)n otros pases, como %rancia si bien es cierto se consideran salvaguardados losderechos individuales, sus autoridades tienen un comportamiento tradicionalmenteun poco menos estricto que en los casos ya mencionados, pero en la mayora delospasesel respetodeestosderechosindividualessonmuchom&sprecariosfrente al poder arbitrario de sus sistemas y autoridades$ )+emplos de lo anteriorson, la 5epublica de China Popular durante la 5evolucin Cultural, y la supresindel movimientoestudiantil enlaPlazade8iananmen, la,nin2ovi'ticaenparticular en la 'poca de 2talin y la Dictadura 6ilitar Argentina$1.3.Origen del Constitucionalismo.)n Inglaterra se desarroll a partir del siglo quince la doctrina delConstitucionalismo$)staes una doctrina surgi en la )dad 6edia en base a las institucionesrepresentativas delos!estados# 0Cortes,)stados B=1, la 5evolucin Americana0=CC>1 y %rancesa 0=CDE1$)n su versin moderna su fundamento es la sumisin del poder real a la (ey, y apartir delsiglo F4I la doctrina constitucionalista sostena la necesidad de que elpoder poltico, a fin de mantener el orden y el bien com-n, debe a+ustar las leyes acriterios de racionalidad, con el consecuente respeto de los derechos y la libertadde los individuos$As, el constitucionalismo medieval, como el moderno, se interesaban, no tanto enqui'ngobierna, sinoencmosedebegobernar, formulandoprecisoslmites+urdicos al poder de quienes gobiernan$Dicholoanterior,debemosindicar queel mayor tericodel Constitucionalismoingl's del siglo F4 fue John Fortescue0=GEHA=?C>1, quien fue +uez de la IingJs"ench 0Corte del Conse+o 5eal1 la m&s alta Corte inglesa del Common (aK$2u argumentacin se basaba en la tradicional distincin tomistaAaristot'lica entreDerecho 3atural y (ey$ Deca que, del Derecho 3atural derivaba lanecesidad de un ?B1, quien tom ideas de diversos autores, pero en particular de%rancisco de 4itoria, quien para dar solucin alproblema de los .ustos 8tulos,desarroll las bases de las teoras que serviran a H, proceso que concluy en =>DE con la aprobacin delBill o/#ights0Acta o Declaracin de Derechos1 al finalde la 5evolucin G@A=CH?1,tradicionalmente contrapuesto a Hobbes, y que inspir&ndose en una concepcinque acepta la e/istencia del Derecho 3atural y del origen contractual del )stado,llegar& a una conclusin contraria a la de Hobbes 0homo hominis lupus1$)nefecto, seg-nsuconcepcinlanaturalezadel hombrenoes violentaniagresiva, yenel estadodenaturalezael hombree+ercesusderechoslibreypacficamente$ De lo anterior que le acuerdo de su+etarse a un )stado no importala renuncia de sus derechos fundamentales para quedar al arbitrio de unsoberano, sino que los limita en la medida que se requiere para garantizarlos ytutelarlos$)s un !pacto# de naturaleza bilateral, por lo que en el evento de que el estado violeese pacto el s-bdito tiene derecho a revelarse$2u doctrina aparece e/puesta en su obra +os dos &ratados so"re el (o"ierno0=>EH1, una teorizacin propia de los derechos fundamentales delhombre y delgobiernoconstitucional,en oposicin al absolutismodeHobbes,en el cual nose/plica que el poder poltico se +ustifica y se legitima slo si puede garantizar elrespeto de los derechos naturales pree/istentes de los individuos$ As, la (ey noes la e/presin del arbitrio de un soberano, sino que su -nica funcindebe ser lapositivizacin de las normas del Derecho 3atural$ 5esulta claro que (ocLe mira la fundacin de un sistema de convivencia (iberal, yun concepto de )stado que no sea distante de la condicin natural, en que losprotagonistas sean los individuos$As, propondr&, que la soberana emana del pueblo, que la propiedad privada es elderecho b&sico, anterior a la constitucin de los estados, y que el)stado tienecomo misin principal proteger ese derecho, as como las libertades individualesde los ciudadanos$ 8ambi'n sostiene que el gobierno debe estar constituido por un,3I4)52IDAD ACAD)6IA D) H,6A3I267 C5I28IA37C,527 D) D)5)CH7 C7328I8,CI73A(P57%)275.,A3 )$ 5IH6 2I(4A5parlamento y que el poder legislativo y el +udicial han de estar separados$ As, elrey est& sometido a las leyes$ )ntiende por otra parte, que al )stado lecorrespondenfunciones dedecisinen controversiasentre los individuos, enelconte/to de la pluralidad y la tolerancia, puesto que se dan diversidad deopiniones e intereses entre los hombres, fruto de las distintas vas individuales deb-squeda de la felicidad, por lo que el desacuerdo y el conflicto son inevitables$)n definitiva su pensamiento conducir& a la plena teorizacin (iberal del )stado,en virtud de la cual su fin -ltimo es hacer posible la construccin de una sociedadm&s humana$1.1.2l Iluminismo Jur3dico.)n general, la fe en la ciencia y la razn como instrumentos capaces de !iluminar#la mente y de poner fin a la ignorancia y la supersticin y permitir el me+oramientodela humanidad, yaclaramenteconsolidadasenlaInglaterraylaHolandadelsiglo F4II, se transformar& desde ese momento, y por todo elsiglo F4III, en elmotor deldesarrollo delpensamiento de la Ilustracin, que sera continuado porlos grandes pensadores de este tiempo$(as condiciones ob+etivas que hacen posible eldesarrollo de este pensamiento,originadasenlasobrasdeHobbes, (ocLeyHume, setrataranconfuerzaen%rancia, donde la burguesa ve en la monarqua de origen divino, un obst&culo alprogreso$2urgir&nlos!filsofos# queal amparodelacorrientedepensamientoqueseconocer& como !(a Ilustracin#$2in embargo, se debe tener en claro que estos hombres que se preocupaban nosolo de lo que hoy podramos considerar problemas filosficos, sino que tambi'ndetodaclasedeproblemasintelectuales, talescomometafsica, lgica, moral,economa, ciencias naturales, literatura, arte, poltica, historia de las religiones, elDerecho, etc$; y es interesante hacer notar que a pesar de cuestionar las basesfilosficas y polticas del poder poltico de su tiempo, estos autores, en general, nosufrieron gran persecucin e incluso alguno de estos escritores y filsofos fueronprotegidos de distintos reyes y emperadores$2u origen era diverso, ya que si bien la mayora eran hi+os de burgueses, los habade humildes artesanos, einclusonobles$ 8uvieronadem&s, en general, unasituacin econmica desahogada, y sus ideas polticas oscilaban entre el modeloingl's de 6onarqua Constitucional y el Despotismo Ilustrado, e incluso los habapartidariosdela6onarquaAbsoluta$ )ngeneral, sinembargo, seoponenalDespotismo, y m&s a-n al Absolutismo, llegando en el caso de 5ousseau a ser elprecursor m&s claro de la filosofa poltica de la 5evolucin$(a unin del8rono y delAltar, caracterstica delAntiguo 5'gimen, haca que la5eliginylaIglesiafuesensolidariasdelassituacionespolticas, socialeseintelectualesquelosfilsofostratabandemodificar$)nmayor omenor grado,todos ellos atacaron a la Iglesia de su tiempo y se declararon #acionalistas, +untocon los m&s duros ataques contra el fanatismo y la supersticin$ )l anticlericalismoes una nota com-n a todos, desde el protestante "ayle a 5ousseau, pasando porel racionalismo moderado, como el de 6ontesquieu, y el desta 4oltaire$,3I4)52IDAD ACAD)6IA D) H,6A3I267 C5I28IA37C,527 D) D)5)CH7 C7328I8,CI73A(P57%)275.,A3 )$ 5IH6 2I(4A6As, desde el punto de vista +urdico, se hace manifiesta la e/igencia de una ley,que inspirada seg-n elmodelo de la razn, reconozca que los individuos nacencon algunos derechos naturales e imprescriptibles, que deben ser reconocidos poresta ley, y que en consecuencia la ley por reconocerlos es una e/presin de larazn; y que dado lo anterior, se e/ige de la ley debe el ser f&cilmente compresibley simple, cierta, y por serlo, es la e/presin de una voluntad general$,ontes%uieuen su obra 2l 2s$3ritu de las +e.eselaborar&, sobre la base yae/puesta por (ocLe, el principio de la 2eparacin de Poderes, uno de losconceptosfundamentalesdel (iberalismoydelademocraciacontempor&nea$(uego de analizar las distintas formas de gobierno y como se generan las leyes enellas, y a fin de impedir los males del despotismo en que la ley queda entregada alos caprichos del soberano, 'l se9ala como preferible la divisin de los poderes enunlegislativo, une+ecutivoyel poder +udicial, loquegarantizaendefinitivalalibertad de los ciudadanos$ 2e inspiraba en la monarqua constitucional brit&nica$Pocodespu's4oltaire, reafirmar&la(ibertad, libertaddelaignoranciaydelasupersticin$ As, contra el despotismo de la %rancia del siglo F4III, 'l formular&su teora relativa a la libertad civil y a favor del )stado de Derecho, en el cual el veque se encarna el Derecho 3atural$%inalmente, Jean Jac%ues #ousseau, inspirara a los revolucionariosde %rancia,y aunque, parte rechazando la idea de que el progreso es bueno en s, reivindicala idea del!Mo# en su obra elContrato ocial, que se e/presa a trav's de un!contrato# en que los hombres se obligan los unos con los otros y se transformanenciudadanos$ )nestasociedadqueas surgeresidelasoberanaquesee/presa a trav's de la !funcin legislativa#$(aley concebida comolae/presin del cuerpo poltico,viene conceptuada por5ousseau como un instrumento de conservacin del mismo cuerpo poltico, y enconsecuencia 'sta debe dar estabilidad al pueblo por el pueblo, y debe ser generaly abstracta y no referirse a casos concretos$ 1.5.Constitucionalismo ,oderno .la Constitucin -orteamericana.(a fundacin de las colonias que dara lugar a los )stados ,nidos,tradicionalmente se fi+a entre =>@H con elarribo de los padres peregrinos en el6yfloKer a las costas de lo que sera 6assachussets y =CG@, en que se funda lacolonia de Gfuetensionandolarelacin, ya quepor unaparteel Parlamentofi+abanuevosimpuestosalascoloniasypor laotralosciudadanosdelascoloniasrespondan boicoteando las mercaderas inglesas$Por otra parte, el gobierno de las colonias se basaba en el modelo constitucionalingl's, y as el se proclam la 7eclaracin de Inde$endenciadelos2stados8nidosde9mrica, redactadapor&homasJe//ersonquedeclara abolidos los vnculos con el 5ey de Inglaterra, acoge diversas ideas de laIlustracin, tales como elprincipio de la 2oberana Popular, la proteccin de losDerechos 3aturales del Hombre 0la vida, la libertad, la felicidad, etc$1, el derechode cada pueblo de darse un gobierno respetuoso de esos principios y el derechoderesistir porlafuerza encasoqueseviolendichosderechos$)n general sepone acento en el individuo y que el poder poltico deriva de un !contrato# en virtuddel cual el individuo entrega poder a un su+eto para que lo represente, sin per+uiciode retener para s el goce de los derechos individuales que tiene y son previos aese contrato$2e indica en definitiva que la Declaracin de Independencia pone fin a la unincon un soberano, el 5ey de Inglaterra, que habiendo roto el !contrato poltico# seha tornado en ilegtimo y por lo tanto, el poder soberano ha vuelto al pueblo$ (uego de la ..#$ )/actamente lo que elfilsofo franc's .eanA.aques5ousseau escriba en !2l Contrato ocial#$(a redaccin de la Constitucin americana fue un proceso lento y laborioso quecomenz en una Convencin reunida en la ciudad de %iladelfia en =CDC, y se fuetraba+ando sobre la base de tres proyectos que se fueron discutiendoparalelamente$ %ueunaConstitucindebatidapuntoporpuntoporamericanos, m&somenoscultos, m&s o menos idealistas, pero todos interesados en descubrir la forma degobiernoqueconvenaasupas, yenesteprocesoconcluyeronquelom&s,3I4)52IDAD ACAD)6IA D) H,6A3I267 C5I28IA37C,527 D) D)5)CH7 C7328I8,CI73A(P57%)275.,A3 )$ 5IH6 2I(4A8pr&ctico era crear un nuevo r'gimen estatal, sin precedentes, acomodado a susnecesidades$)sto es importante no slo por el desarrollo que con el tiempo aquella Constitucinha permitido a )stados ,nidos, sino porque elprimer e+emplo en la historia delmundo de un pueblo que se da a si mismo una Constitucin libre y decide cadadetalle de su gobierno$(a Constitucin americana fue redactada en =CDC y ratificada por dos tercios delos estados en =CDD$ )ntr finalmente en vigencia en =CDE, el mismo a9o en queestall la 5evolucin %rancesa$1.5.1. 2l Federalista. Durante este perodo, entre el @C de 7ctubre de =CDC y el H@ de Abril de =CDD, seelaboraron por tres constituyentes que haban participado en las sesiones en quese redact la (ey fundamental una serie de DB ensayos que fueron publicados endiversosdiariosyperidicosde3uevaMorL yotrosestadosparaobtener laratificacin de dicho estado a la nueva Constitucin$)stosdocumentos, quedespu'sseranreunidosypublicadoscomountodoinnumerables veces a partir de =CDD, reciben el nombre de !)l %ederalista#, y hantenido una enorme importancia con el paso del tiempo, ya que han servido parainterpretar la Constitucin a la luz de lo que pretendan sus redactores y quienes laratificaron, tantoporpartedelos+uecesfederalescomoporlaCorte2uprema%ederal desde el mandato del segundo Presidente de dicha Corte .ohn 6arshallhasta el presente$2usredactoresfueroncomosedeca, tresconstituyentes, Ale/ander Hamiltonquien sera el primer 2ecretario del 8esoro, .ames 6adison quien sera 2ecretariode )stado ba+o el Presidente .efferson y el cuarto Presidente de la ,nin, y .ohn.ay quien fue el primer Presidente de la Corte 2uprema$(aredaccindelamayoradelosensayoscorrespondealosdosprimeros, ytratan b&sicamente de responder las siguientes dudas*a1 NCu&l es la utilidad de la ,nin para la prosperidad polticaO;b1 (a insuficiencia de la actual Confederacin 0pacto o Artculos de Confederacinde los estados, vigente hasta la ratificacin de la Constitucin1 para preservar la,nin de los estados;c1 (a necesidad de un gobierno central fuerte para el logro de la preservacin dela ,nin;d1 (a conformidad de la Constitucin propuesta con los verdaderos principios delgobierno republicano, ye1 (anecesidaddesuaprobacinparamantener esaformadegobierno, lalibertad y la prosperidad$ )l aporte de esta obra fundamental es distinguir entre el !r'gimen democr&tico# yel !r'gimenrepublicano#$ )l primerosefundaenlasupremacadelaley, elsegundo, lo complementa y se funda en el equilibrio de poderes 0este principio yaseencontrabapresenteenel constitucionalismoingl'squesebasaendichoequilibrio, o del gobierno limitado, que en la Constitucin Americana se manifiesta,3I4)52IDAD ACAD)6IA D) H,6A3I267 C5I28IA37C,527 D) D)5)CH7 C7328I8,CI73A(P57%)275.,A3 )$ 5IH6 2I(4A9enlos vetosrecprocosentreel Presidente yel Congresoysereafirma conelControl Constitucional de la ley1$ As, mientras la 5evolucin %rancesa identificar& soberana popular y poderlegislativo0ydehecho,comoveremos, deestamaneranovaasercapazdegarantizarlalibertadnilaigualdad, yni hablar delafraternidad, allanandoelcamino alImperio 3apolenicoy luego a la 5estauracin del 4ie+o 5'gimen1 en)stados,nidosla soberanapopular se fi+a en unmomentopreciso y con unafuncin especfica$)l momento es el delconstituyente; y la funcin, por lo tanto, es la de estableceruna (ey2uprema,es decir, laConstitucin escrita,la que limitael podergarantizando losderechos y la +usticia$)l momento constituyente, en laconcepcinamericana,por lotanto,esuntiempodistintoal delalegislaturaordinaria, y esto coloca a la Constitucin en un orden superior al de la ley ordinariay lalimita, de tal manera,que el poder legislativono es la -nica forma en que elpueblo se e/presa, pero es uno de los poderes establecidos por la gente con el finde gobernarse a s misma$1.5.2. +a Constitucin de los 22.88.(a Constitucin Americana vigente hasta el da de hoy, consta de un Pre&mbulo,quedicedeformamuydirectaysencillaqueel poder provienedel pueblo,eliminandoel derechodivinodelosreyesyquebrandodefinitivamente, conelantiguo orden de cosas, estableciendo el concepto de soberana popular, diciendoque* ?CO-&I&8&IO- FO# &'2 8-I&27 &9&2 OF 9,2#IC9. @e the *eo$le o/ the 8nited tates= in Order to /orm a more $er/ect 8nion=esta"lish Justice= insure domestic &ran%uilit.= $ro;ide /or the commonde/ence= $romote the general @el/are= and secure the Blessings o/ +i"ert. tooursel;es and our *osterit.= do ordain and esta"lish this Constitution /or the8nited tates o/ 9merica.A !CO-&I&8CIB- 72 +O 2&97O 8-I7O 72 9,C#IC9.-osotros el *ue"lo de los 2stados 8nidos= en Orden a esta"lecer una mDs$er/ecta 8nin= esta"lecer la Justicia= asegurar la &ran%uilidad interior=$rocurar una de/ensa comEn= $romo;er el Bienestar comEn= . asegurar lasBendiciones de la +i"ertad $ara nosotros . nuestra 7escendencia=ordenamos.esta"lecemosestaConstitucin$aralos2stados8nidosde9mrica.#y, luego continua con los originales 2iete Artculos permanentes a los que se hanagregado un total de@C )nmiendas a lo largo de los @@> a9os de su e/istencia,siendolas=Hprimerasel !Bill o/#ights#o7eclaracinde7erechos$)stasprimeras enmiendas limitaron el poder del gobierno federal, protegiendo losderechos de las personas al prevenir que el Congreso limitara entre otros*a1 la libertad de e/presin, b1 la libertad de asamblea, ,3I4)52IDAD ACAD)6IA D) H,6A3I267 C5I28IA37C,527 D) D)5)CH7 C7328I8,CI73A(P57%)275.,A3 )$ 5IH6 2I(4A10c1 la libertad al culto religioso, d1 la libertad de peticin, e1 el derecho a tener y portar armas, f1 prevenir la investigacin e incautacin irracionales, g1 los castigos crueles e inusuales, h1 la autoAincriminacin, i1 garantizar el debido proceso de la ley y,+1la rapidez de un +uicio oral con un +urado imparcial$ Adem&s, el "ill of 5ights estableci que !la enumeracin en la Constitucin= deciertos derechos= no de"e constituir una limitacin a otros derechosinherentesala$ersona.# yreservtodoslospoderesquenosedieronal