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Cumplimiento de requisitos medioambientales exigidos a las instalaciones térmicas Gorka Goiri 3 de Octubre de 2013

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Cumplimiento de requisitosmedioambientales exigidos a lasinstalaciones térmicas

Gorka Goiri 3 de Octubre de 2013

Objetivo europeo: 20-20-20

Mejora de eficienciaenergética

20 %energética

Aumento en la utilización deEnergías Renovables

Reducción de las emisionesde gases de efectoinvernadero (CO2)

20 %

20 %

20 %invernadero (CO2)

… hasta el año 2020

Estos objetivos condicionan fuertemente las actuales y futuraslegislaciones europeas.

20 %

Objetivos nacionales de repartto de energía renovable sobre el consumofinal (borrador, 23.1.08)

50%49%

2005

15%

20%

25%

30%

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45%42%

38%

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20%18% 18% 17%

16% 16% 15% 15%14% 14% 13% 13% 13%

target 2020

European target: 20 %

0%

5%

10%

15%

SE LV SF AT PO DK EE SI RO FR LT ES DE GR IT BG IR PL UK NL SK BE CZ CY LU MT

14% 14% 13% 13% 13%11%

10%

Los objetivos de energía renovable se adaptan a los países según susituación

Directivas europeas y reglamentos

AparatosEdificios

EPBD

Distribución

ESD

Imple

men-

tació

nEtiquetado(2013)

Legis

lació

neuro

peaErP - PuE

Energy using ProductsDirective

Directiva de productosque usan energía

Calificación energética delos edificios

EPBDEnergy Performanceof Buildings Directive

Directiva deeficiencia energética

de los edificios

Planes nacionales

ESDEnergy end-use

efficiency and energyservices Directive

Directiva deeficiencia energética

en el uso final yservicios energéticos

En fase deimplementación

Imple

men

tació

nE

sta

ndari-

zació

n

Normas CEN de producto**

los edificios

Normas CEN de sistemas*

*) eficiencia total de los edificios **) datos de producto harmonizados ymétodos de prueba

Normas CEN sobre gestiónenergética***

***) servicios energéticos y gestión

– La EPBD como directiva europea 2010/31/UE que sepublicó el 18 de junio de 2010 implicará que a finalesde 2020 todos los nuevos edificios serán de energía yemisiones de CO2 casi cero (y sus necesidades de

Marco normativo europeo

Normativa española derivada de la EPBDEdificios

EPBDEnergy Performance emisiones de CO2 casi cero (y sus necesidades de

energía deben ser cubiertas de manera muy significativa apartir de fuentes renovables, incluida la energíaproducida in situ o cerca). Esta obligatoriedad será afinales de 2018 para los edificios oficiales nuevos

– Código Técnico de la Edificación. 314/2006 de 7 demarzo. Se publica un nuevo HE el 12 de septiembre de2013

– Reglamento de Instalaciones Térmicas en laEdificación. RD 1027/2007 del 13 de julio. Última

Calificación energética delos edificios

Energy Performanceof Buildings Directive

Directiva deeficiencia energética

de los edificios

Edificación. RD 1027/2007 del 13 de julio. Últimamodificación RD 238/2013 del 5 de abril ycorrecciones `posteriores.

– Real Decreto 235/2013, de 5 de abril: certificaciónenergética de los edificios. Tanto nuevos como existentes.

La normativa, las buenas prácticas… la sociedad avanza en la línea delconsumo sostenible como única opción de futuro.

Normas CEN de sistemas*

*) eficiencia total de los edificios

– Único documento del CTE que se actualiza

– Se reduce su tamaño en más de un 40%.

CTE – Código Técnico de Edificación

Documento Básico DB-HE «Ahorro de Energía»

– Se añade un documento el HE0. Se reducen el HE1 (limitación dela demanda energética) y el HE4 (contribución solar mínima deagua caliente sanitaria)

– En lo relativo al nuevo Documento Básico HEO: y HE1

– Limitación del consumo energético de energía primaria norenovable destinado a calefacción, refrigeración y ACS. Seimpone un valor límite por superficie útil en función de la zonaclimática de invierno.

– La calificación energética para el indicador consumo energéticode energía primaria debe ser de una eficiencia igual o superior ala clase B.

– La transmitancia térmica de los cerramientos, huecos yparticiones interiores es más exigente

– El documento básico HE2 sigue haciendo referencia directa alRITE

– En el Documento Básico HE3 (Iluminación):

– Los valores de eficiencia energética límite son más exigen­tes eincluyen la iluminación general y la iluminación de acento, pero

CTE – Código Técnico de Edificación

Documento Básico DB-HE «Ahorro de Energía»

incluyen la iluminación general y la iluminación de acento, perono las instalaciones de iluminación de escapa­rates y zonasexpositivas. Por ejemplo en el caso de centros comerciales elVEEI limite pasa de 8 a 6.

– Se deberán instalar sistemas de aprovechamiento de la luznatural, que regulen proporcionalmente y de manera auto­máticapor sensor de luminosidad el nivel de iluminación

– En el Documento Básico HE4 (Contribución solar mínima de aguacaliente sanitaria)

– Se modifica la demanda de agua caliente sanitaria que sirve para– Se modifica la demanda de agua caliente sanitaria que sirve paradeterminar la contribución de energía solar térmica,

– Las exigencias no dependen de la energía auxiliar utilizada

– Se indica de forma explícita la posibilidad de sustituir la energíasolar térmica por otra energía renovable siempre que sereduzcan las emisiones de CO2 y la energía primaria

– HE 5 contribución fotovoltaica mínima

– Se exige contribución fotovoltaica mínima de energía eléctricapara edificios de nueva construcción edificios existentes que se

CTE – Código Técnico de Edificación

Documento Básico DB-HE «Ahorro de Energía»

para edificios de nueva construcción edificios existentes que sereformen íntegramente, o en los que se produzca un cambio deuso característico del mismo.

– Cuando se superen los 5.000 m2 construidos en losHipermercado Multi-tienda y centros de ocio, Nave dealmacenamiento y distribución, Instalaciones deportivascubiertas, Hospitales, clínicas y residencias asistidas, Pabellonesde recintos feriales o en ampliaciones de los mismos quesuperen los 5.000 m2

– En la revisión anual del plan de mantenimiento preventivo se– En la revisión anual del plan de mantenimiento preventivo seañaden

– Comprobación de la instalación de puesta a tierra,

– Comprobación de la estructura soporte de los módulos

– Cualquier sustitución de un equipo por otro se considerareposición o reforma. El mayor problema del RITE anterior eradecidir si una sustitución o reposición de un generador por otro erao no reforma.

RITE – Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios

Publicación de modificaciones sobre el del 2007

o no reforma.

– Se aclara la definición de los generadores (calentadores a gas,acumuladores, calderas…), de cara a evitar malentendidos comoocurría anteriormente con calentador y caldera.

– En obra nueva todas las calderas deben ser obligatoriamentede condensación (incluso las de potencias superiores a 70kW) y es también obligatorio instalar o bien termostatosmodulantes o bien sonda exterior.

– Si en reposición se instala una caldera con evacuación de los– Si en reposición se instala una caldera con evacuación de losgases de la combustión a la fachada de un edificio colectivo,tiene que ser de condensación o de bajo NOx (clase 5 enambos casos). Sí será posible salir a fachada en viviendasunifamiliares con una caldera estanca convencional, siempre ycuando cumpla los rendimientos mínimos.

– Se permiten reposiciones con calderas estancasconvencionales solamente en los siguientes casos:

– Calderas del tipo B3x (tiro forzado a chimenea colectiva con la

RITE – Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios

Publicación de modificaciones sobre el del 2007

– Calderas del tipo B3x (tiro forzado a chimenea colectiva con laentrada de aire en configuración concéntrica hasta la chimenea).

– En viviendas unifamiliares siempre que se cumpla con losrendimientos mínimos.

– En instalaciones con chimeneas individuales siempre que serespete la eficiencia mínima.

– Se prohíbe la instalación de calderas a gas atmosféricas demenos de 70 kW de potencia nominal, salvo en salas decalderas (y siempre que cumplan la eficiencia mínima).

– Se han modificado las periodicidades de las revisiones de las– Se han modificado las periodicidades de las revisiones de lascalderas de menos de 70 kW

– En obra nueva se prohíbe la instalación de calentadores a gasatmosféricos.

RITE (modificaciones 2013)

Publicado el 13/04/2013En vigor desde el día 14/04/2013Corregido el 05/09/2013Corregido el 05/09/2013

Puntos principales

“Artículo 2. Ámbito de aplicación.

. . .

Reforma

. . .4. También se considerará reforma, a efectos de aplicación del RITE, lasustitución o reposición de un generador de calor o frío por otro de similarescaracterísticas, aunque ello no suponga una modificación del proyecto omemoria técnica.”

Definición inequívoca de lo que se entiende por reforma

Ya que el mayor problema del RITE anterior era decidir si una sustitución oreposición de un generador por otro era o no reforma, se ha añadido estereposición de un generador por otro era o no reforma, se ha añadido estepárrafo que indica de forma inequívoca que SÍ es reforma la reposición de ungenerador por otro aunque sea de “similares características”

Parece que está en contraposición de lo indicado en el aptdo. 3b: “considerareforma la sustitución de un generador de calor o frío por otro de diferentescaracterísticas”, pero lo que hace es indicar que “también se considerareforma…”

Puntos principales

“Artículo 24. Puesta en servicio de la instalación

11. No será necesario el registro previsto en el apartado 1 de este artículo en

Reforma

11. No será necesario el registro previsto en el apartado 1 de este artículo encaso de sustitución o reposición de equipos de generación de calor o fríocuando se trate de generadores de potencia útil nominal menor o igual que70 kW, siempre que la variación de la potencia útil nominal del generador nosupere el 25 por ciento respecto de la potencia útil nominal del generadorsustituido ni la potencia útil nominal del generador instalado supere los 70kW.

El titular o usuario de la instalación deberá conservar la documentación de lareforma de acuerdo con lo establecido en el artículo 25.5.c). Dichadocumentación comprenderá como mínimo la factura de adquisición delgenerador y de su instalación, salvo que concurran otros reglamentos degenerador y de su instalación, salvo que concurran otros reglamentos deseguridad industrial que requieran certificación de la actuación, en cuyo casobastará la certificación exigida por tales reglamentos”

No necesario registro para reposiciones de equipos < 70 kWEn el supuesto indicado, no es necesario presentar papeles de la reposición,aunque el usuario debe guardarlos (en la inspección se los pedirán).

(Las administraciones autonómicas no tendrían recursos para podergestionar todo el papeleo.)

Puntos principales

“Caldera: equipo a presión en el que el calor procedente de cualquier fuentede energía se transfiere a los usos térmicos del edificio por medio de uncircuito de agua cerrado. No se incluyen en esta definición aquellos equipos

Definiciones

circuito de agua cerrado. No se incluyen en esta definición aquellos equiposbasados en motores de combustión interna o externa, los de cogeneración obomba de calor.”

“Calentador de agua caliente sanitaria a gas, llamado calentador a gas:todo aparato dedicado exclusivamente a la producción de agua calientesanitaria en el que el calor procedente de la combustión de combustiblesgaseosos, es transferido directamente por medio de un circuito abierto alagua de consumo.” Esta definición cubre también lo que se llamaAcumulador a gas

“Calentador de agua caliente sanitaria a gas por acumulación, calentador“Calentador de agua caliente sanitaria a gas por acumulación, calentadora gas con un depósito de acumulación de agua integrado con las condicionestérmicas de uso.”

“Calentador instantáneo de agua caliente sanitaria a gas es el calentadora gas que realiza el calentamiento en función del caudal de agua extraído”

Se incluyen estas definiciones para evitar malentendidos como ocurrió concalentador - caldera

Puntos principales

“IT 1.2.4.1.2.1 Requisitos mínimos de rendimientos energéticos de losgeneradores de calor.

Requisitos de rendimiento mínimo

2. Para las calderas, deberán indicarse los rendimientos a potencia útilnominal (Pn) expresada en kW, y con una carga parcial del 30 por ciento(0,3•Pn) y la temperatura media del agua en la caldera de acuerdo con lo queestablece el Real Decreto 275/1995, de 24 de febrero. Los rendimientosindicados en los siguientes apartados corresponden a calderas de potenciaútil nominal hasta 400 kW., las calderas de más de 400 kW tendrán unrendimiento al menos igual que el requerido para calderas de 400 kW.

4. En el caso de generadores de calor que utilicen biomasa el rendimientomínimo instantáneo exigido será del 80 por ciento a plena carga, salvo lasestufas e insertables de combustible de leña, cuyo rendimiento mínimo seráestufas e insertables de combustible de leña, cuyo rendimiento mínimo serádel 65 por ciento.”

Se deben indicar los rendimientos también a carga parcial y junto con elrendimiento a potencia nominal son los puntos que se van a comprobar paraver si una caldera (solo calderas…) se pueden instalar.

Puntos principales

“IT 1.2.4.1.2.1 Requisitos mínimos de rendimientosenergéticos de los generadores de calor.

Calentadores y calderas atmosféricas

7. Queda prohibida la instalación de calderas

No se pueden instalar calderas atmosféricas <70 kW a no ser que se

7. Queda prohibida la instalación de calderasindividuales y calentadores a gas de hasta 70 kWde tipo B de acuerdo con las definiciones dadas enla norma UNE-CEN/TR 1749 IN, salvo si se sitúanen locales que cumplen los requisitos establecidospara las salas de maquinas. Esta prohibición noafecta a los aparatos tipo B3x”

No se pueden instalar calderas atmosféricas <70 kW a no ser que sehaga en salas de calderas (deberán cumplir la eficiencia mínima)Cabe la posibilidad de instalar calderas de cámara de combustión estanca,trabajando en tiro forzado a chimenea con la entrada de aire en configuraciónconcéntrica hasta la chimenea (B32, B33). (Tomar el aire del mismo local através de por ej. un codo no es B32, B33).Se podría utilizar en chimeneas individuales.No se podría utilizar como sustitución directa de una atmosférica ashunt si a la misma chimenea desembocan calderas atmosféricas detiro natural. Mismas condiciones para calentadores y acumuladores a gas.

Puntos principales

“IT 1.2.4.1.2.1 Requisitos mínimos de rendimientos energéticos de losgeneradores de calor.

Edificios de nueva construcción

8. En los edificios de nueva construcción, las calderas que utilizan combusti-bles fósiles para calefacción deberán tener:a) Para gas:

1. Rendimiento a potencia útil nominal y una temperatura media del aguaen la caldera de 70°C: η ≥ 90 + 2log Pn2. Rendimiento a carga parcial de 0,3•Pn y a una temperatura de retornodel agua a la caldera de 30°C: η ≥ 97 + log Pn.

El control del sistema se basará en sonda exterior de compensación detemperatura y/o termostato modulante, de forma que modifique latemperatura de ida a emisores adaptándolos a la demanda.”temperatura de ida a emisores adaptándolos a la demanda.”

Condensación en obra nueva.

Estos requerimientos obligan implícitamente a Condensación en Obra nueva,tanto para calderas murales, pequeñas, como para salas de calderas.

En obra nueva habrá también que instalar o bien termostatos modulantes obien sonda exterior (obligatorio)

Puntos principales

“IT 1.2.4.1.2.1 Requisitos mínimos de rendimientos energéticos de losgeneradores de calor.

Instalaciones a reformar (reposición)

10. En las instalaciones que se reformen, queda prohibida la instalación decalderas para calefacción de combustibles fósiles que no cumplan lassiguientes características:

1. Rendimiento a potencia útil nominal y una temperatura media del aguaen la caldera de 70°C: η ≥ 90 + 2 log Pn2. Rendimiento a carga parcial de 0,3« Pn y a una temperatura media delagua en la caldera igual o superior a 50°C: η ≥ 86 + 3 log Pn”

Los requisitos mínimos de eficiencia para las calderas a utilizar en reposiciónson los mismos que hasta ahora (desde el 1 de Enero de 2012).son los mismos que hasta ahora (desde el 1 de Enero de 2012).

(Aunque en este punto no se refiere explícitamente a calderas estándar,excluiría a las de BT y Condensación (se ha corregido el 5 de septiembre)).

En la actualidad, están permitidas las calderas de Baja Temperatura yCondensación aunque los números no superen los indicados. (Es necesariotener en cuenta que los ensayos no son comparables)

Puntos principales

“IT 1.2.4.1.2.1 Requisitos mínimos de rendimientos energéticos de losgeneradores de calor.

Otros equipos

11. La bombas de calor deberán cumplir los siguientes requisitos:

c) Los fabricantes aportarán las tablas de funcionamiento de losequipos a distintas temperaturas, al objeto de facilitar la evaluación yrendimiento energético de la instalación.”

Así como en calderas el fabricante tiene que suministrar los datos deeficiencia a potencia nominal y al 30% de carga parcial, también en bombasde calor debe aportar las tablas/curvas de funcionamiento a distintastemperaturas (en primario y secundario).temperaturas (en primario y secundario).

(Esta demanda es debida a la gran influencia que tienen las temperaturas detrabajo en la eficiencia del sistema cuando se trabaja con bombas de calor,de forma que al poder disponer de los datos de rendimiento en diferentescondiciones –no solo en unas concretas- se pueda calcular realmente laeficiencia del sistema en un caso concreto)

Puntos principales

“IT 1.2.4.1.2.2 Fraccionamiento de potencia.

2. Las centrales de producción de calor equipadas con generadores que

Cascadas de calderas

2. Las centrales de producción de calor equipadas con generadores queutilicen combustible líquido o gaseoso, cumplirán con estos requisitos:

a) Si la potencia útil nominal a instalar es mayor que 400 kW se instalarándos o más generadores.

. . .3. Se podrán adoptar soluciones distintas a las establecidas en el apartado 2de esta IT, siempre que se justifique técnicamente que la solución propuestaes al menos equivalente desde el punto de vista de la eficiencia energética yde acuerdo con lo establecido en el apartado 2.b) del artículo 14 de estereglamento. En las reformas el número de calderas puede estar limitado porel espacio disponible en cuyo caso se seleccionarán los equipos que mejorel espacio disponible en cuyo caso se seleccionarán los equipos que mejorse adecuen a las diferentes demandas, por ejemplo calderas decondensación con quemadores modulantes, etc.

5. Los generadores a gas de tipo modular se considerarán como un únicogenerador, salvo cuando dispongan de un sistema automático queindependice el circuito hidráulico, de tal forma que se consiga laparcialización del conjunto.”

Puntos principales

“IT 1.2.4.1.2.2 Fraccionamiento de potencia.

Cascadas de calderas

Estos puntos parecen contradictorios: por una parte indica que cuando seEstos puntos parecen contradictorios: por una parte indica que cuando senecesitan más de 400 kW hay que instalar dos o más generadores, a su vezlas soluciones modulares (cascadas) se consideran como un únicogenerador si no existe una separación hidráulica automática, con lo que daríaa entender que nunca se podrían instalar cascadas de más de 400 kW.

En el punto 3 permite adoptar soluciones diferentes siempre y cuando sejustifique una eficiencia equivalente. Este punto es la base de por ej. unacascada de calderas de condensación, admitiendo incluso para la reposiciónen salas de calderas otro tipo de soluciones.

Se podrá por tanto realizar cascadas de calderas de más de 400 kW y yaque se consideran generador único, instalar una única chimenea que desalida a toda la cascada de calderas.

Puntos principales

“IT 1.2.4.4 Contabilización de consumos.

1. … Las instalaciones de energía solar térmica en las que la energía solar

Contabilización de consumos

1. … Las instalaciones de energía solar térmica en las que la energía solarse entregue a los diferentes usuarios a través de un primario, podránprescindir de la contabilización individualizada, siempre que exista unsistema de control de la energía aportada por la instalación solar térmica deforma centralizada.”

Este punto no quedaba claro en la anterior versión ya que se podíainterpretar que se tendría que medir la energía entregada a cada usuario enprimario.

Con lógica, se adopta la NO necesidad de esta medición, siempre que hayaCon lógica, se adopta la NO necesidad de esta medición, siempre que hayauna medición general de la energía aportada al sistema, que a su vezindicará si está o no funcionando bien.

La medición en cada usuario supondría un coste exagerado al usuario y ungasto de energía primaria sin posibilidad de retorno.

Puntos principales

“IT 1.3.4.2.2 Alimentación.

1. La alimentación de los circuitos se realizará mediante un dispositivo que

Alimentación de circuitos

1. La alimentación de los circuitos se realizará mediante un dispositivo queservirá para reponer las pérdidas de agua. El dispositivo, denominadodesconector, será capaz de evitar el reflujo del agua de forma segura encaso de caída de presión en la red pública, creando una discontinuidad entreel circuito y la misma red pública.

. . .

Se exceptúan de estas exigencias las calderas mixtas individuales hasta 70kW, las cuales dispondrán, del correspondiente marcado CE.”

La solución de alimentación a los circuitos de las salas de calderas no havariado, pero sí se exceptúa la utilización en calderas MIXTAS individualesvariado, pero sí se exceptúa la utilización en calderas MIXTAS individualesmenores a 70 kW.

Para los casos de más de 70 kW o calderas sólo calefacción será necesarioinstalar un sistema de alimentación al circuito primario según se indica en elcitado punto.

Puntos principales

“IT 3.3 PROGRAMA DE MANTENIMIENTO PREVENTIVOOperaciones de mantenimiento preventivo y su periodicidad (Tabla 3.1)

EQUIPOS Y POTENCIAS ÚTILES NOMINALES (Pn) USOS

Operaciones de mantenimiento

EQUIPOS Y POTENCIAS ÚTILES NOMINALES (Pn) USOS

VIVIENDAS RESTANTES USOS

Calentadores de agua caliente sanitaria a gas

24,4 kW ≤ Pn (de Pn ≤ 24,4 kW)

5 años 2 años

Calentadores de agua caliente sanitaria a gas

24,4 kW < Pn ≤ 70 kW

2 años anual

Calderas murales a gas 70 kW ≤ Pn

(Pn ≤ 70 kW)

2 años anual

Resto instalaciones calefacción 70 kW < Pn

(Pn ≤ 70 kW)

anual anual

Aire acondicionado 12 kW < Pn

(Pn ≤ 12 kW)

4 años 2 años

1. … En instalaciones de potencia útil nominal hasta 70 kW, con supervisiónremota en continuo, la periodicidad se puede incrementar hasta 2 años,siempre que estén garantizadas las condiciones de seguridad y eficienciaenergética.En todos los casos se tendrán en cuenta las especificaciones de losfabricantes de los equipos.”

(Pn ≤ 12 kW)

Aire acondicionado 12 kW < Pn ≤ 70 kW 2 años anual

Instalaciones de potencia superior a 70 kW mensual mensual

Puntos principales

“IT 3.3 PROGRAMA DE MANTENIMIENTO PREVENTIVOOperaciones de mantenimiento preventivo y su periodicidad (Tabla 3.1)

Operaciones de mantenimiento

EQUIPOS Y POTENCIAS ÚTILES NOMINALES (Pn) USOSEQUIPOS Y POTENCIAS ÚTILES NOMINALES (Pn) USOS

VIVIENDAS RESTANTES USOS

Calentadores de agua caliente sanitaria a gas

24,4 kW ≤ Pn (de Pn ≤ 24,4 kW)

5 años 2 años

Calentadores de agua caliente sanitaria a gas

24,4 kW < Pn ≤ 70 kW

2 años anual

Calderas murales a gas 70 kW ≤ Pn

(Pn ≤ 70 kW)

2 años anual

Resto instalaciones calefacción 70 kW < Pn

(Pn ≤ 70 kW)

anual anual

Aire acondicionado 12 kW < Pn

(Pn ≤ 12 kW)

4 años 2 años

Se han cambiado las periodicidades del mantenimiento aunque siempre adiscreción del fabricante.(Los errores existentes en las fórmulas verdes se han corregido. Se indica enrojo lo que todavía es un error)Las operaciones a realizar, de la Tabla 3.2 son a título orientativo.

(Pn ≤ 12 kW)

Aire acondicionado 12 kW < Pn ≤ 70 kW 2 años anual

Instalaciones de potencia superior a 70 kW mensual mensual

Puntos principales

“Disposición transitoria única. Sustitución de calentadores de aguacaliente sanitaria.Durante un plazo de cinco años desde la entrada en vigor de este real

Calentadores y acumuladores a gas

Durante un plazo de cinco años desde la entrada en vigor de este realdecreto, la sustitución de calentadores de agua caliente sanitariainstantáneos a gas con potencia de hasta 24,4 kW, que se encuentren en elinterior de locales habitados, podrá realizarse por calentadores de gas decámara de combustión abierta y tiro natural.”

Instalación en Obra nueva

Durante 5 años se podría sustituir calentadores atmosféricos ≤ 24,4 kW porotros atmosféricos.Se puede considerar que lo de interior es un error. Sería lógica la aplicacióntanto para interior como para exterior

Instalación en Obra nuevaNo se pueden instalar atmosféricos de tiro natural.

Puntos principales

Obra nueva

Siempre salida a cubierta

RESUMEN

Siempre salida a cubierta

Calderas:- Deben cumplir los requisitos mínimos (condensación) [incluso >70

kW]

Calentadores y acumuladores a gas:- Estancos o en configuración B3X

Puntos principales

ReposiciónCualquier sustitución de un equipo por otro ha de cumplir el RITECalderas:

RESUMEN

Calderas:- Deben cumplir los requisitos mínimos de eficiencia (antiguas 3

estrellas s/92/42)- Si salen a fachada deben tener clase 5 de NOx (condensación por

premezcla o bajo NOx)- Para la reposición de calderas con salida a cubierta, o incluso a

fachada en unifamiliares se pueden utilizar calderas estancas quecumplan las condiciones de rendimiento mínimo.

- Pueden utilizarse en configuración B3X si la salida de productos decombustión va a una chimenea a cubierta. (La chimenea debe serindividual o conducir solamente los productos de evacuación decalderas de tiro forzado.) – La eficiencia del equipo debe cumplir concalderas de tiro forzado.) – La eficiencia del equipo debe cumplir conlos mínimos exigidos.

Calentadores:- Durante 5 años se puede reponer calentadores instantáneos (en

teoría instalados en el interior solamente) con calentadoresatmosféricos

- No hay condicionantes de eficiencia mínima.

La Directiva ErP – PuE ("productos que utilizan energía“), elecodiseño y el ecoetiquetado son medidas que expresan lavoluntad política para mejorar la sostenibilidad actuando sobre losvoluntad política para mejorar la sostenibilidad actuando sobre losproductos que consumen energía.

Apoya los objetivos de sostenibilidad más importantes de la UE,los "objetivos 2020": 20% menos de gases de efecto invernadero,20% de energía procedente de fuentes renovables y un 20% másde eficiencia energética.

Las normas de diseño ecológico deben cumplirse también por losfabricantes de la industria de HVAC. Con el fin de obtener elcertificado CE tendrán que diseñar productos que ahorranrecursos y son energéticamente eficientes. La directiva ErP – PuErecursos y son energéticamente eficientes. La directiva ErP – PuEse aplica por igual a todos los países de la Unión Europea.

Con el fin de proteger a los consumidores, la UE ha aprobado unadirectiva también sobre el etiquetado (ELD). Por lo tanto, losproductos relacionados con la energía tendrán que mostrar unaetiqueta de eficiencia energética.

Vista general de las Normativas europeas de regulación de productosfabricados o importados en la UE

ErP - PuE (Directiva deProductos que utilizan

Energía)Energía)

Requerimientos deEcodiseño

Requerimientosconstructivos para

Directiva de EtiquetadoEnergético

Requerimientos en elconsumo de energía para

30

constructivos paraobtener la marca CE

(junto a otrasespecificaciones)

consumo de energía paraobtener el etiquetado de

eficiencia energética

(A+++ a G)

ErP – PuE = Requirimientos de Ecodiseño para Productos que usan Energía

Objetivos:

Requerimientos europeos de ErPAparatos

Objetivos:• Mejoras de la eficiencia y aspectos del medio ambiente• Eliminación de las barreras comerciales nacionales• Unificación de productos dentro de la UE

Marco que define las reglas básicas para 22 grupos de producto

• LOT 1: Calderas y Sistemas de calefacción (gas, oil, electric)• LOT 2: Calentadores, Acumuladores (gas, oil, electric)• LOT 10: Aire Acondicionado• LOT 11: Bombas de Recirculación. Motores eléctricos

Etiquetado(2013)

ErP - PuEEnergy using Products

DirectiveDirectiva de productos

que usan energía

En fase deimplementación

La ErP Será la base para los requerimientos de los productos futuros

• LOT 11: Bombas de Recirculación. Motores eléctricos• LOT 15: Estufas Calderas de combustibles sólidos• LOT 20: Calentadores calef. Individuales• Lavavajillas domésticos• Televisiones• Ordenadores• ...

Normas CEN de producto**

**) datos de producto harmonizados ymétodos de prueba

ErP - PuE (Directiva de Productos que utilizan Energía)

Categorías de Productos= LOTs

El directiva ErP – PuE constituye el marco

reglamentario general.

Para cada categoría de producto (cada LOT), la

UE generará reglamentos independientes, con

indicaciones y requerimientos detallados. Entre

los LOT conocidos ya en vigor están entre otros,

frigoríficos, lavadoras, lavavajillas, televisores,

etc.

32

Ejemplos de LOT’s de la directiva ErP - PuE

33

LOT 1:Calderas inclusomixtas (gas, oil,electric)(en vigor desde09/2013)

LOT 2:Calentadores yAcumuladores(gas, oil, electric)(en vigor desde09/2013)

LOT 6:Equiposelectrónicos ON-OFF(en vigor desde01/01/2013)

LOT 10: Aireacondicionado yventilación

LOT 11:Motores,Ventiladores yBombas derecirculación(en vigor desde01/01/2013)

LOT 15:Calderas yestufas decombustiblessólidos

LOT 20:Acondicionadoresindividuales decalefacción

Periodos de aplicación de la directiva ErP en LOT 1 y 2

Septiembre 2013:

Se publica la Directiva ErP en el BOUE

Los próximos 2 años

son un periodo transitorio

o voluntario (fase de comunicación) Periodo Transitorio

Publica-ción

Oficial

Comienzode la fase

obligatoria

2013 2014 2015

34

2013 2014 2015

• Las reglas de Ecodiseño y etiquetado energético se aplican desde este momento.

• Durante los dos primeros años, sin embargo (periodo transitorio) el cumplimiento deestas normas es voluntario y los productos no conformes se pueden vender todavía alos minoristas.

Criterios de Ecodiseño para los LOT 1 y 2

LOT 1 Calefacción LOT 2 Agua Caliente Sanitaria

Producto Eficiencia NOx NivelSonoro(dB (A))

Calentadores(gas and oil)

Calentadores(Eléctricos)

Bombas de CalorACS (eléctricos)

Bombas de CalorACS (gas y oil)

Producto Eficiencia NOx NivelSonoro(dB (A))

Calderas(gas and oil)

Cogeneración(gas and oil)

Bombas de Calor(electric)

Bombas de Calor(gas and oil)

35

ACS (gas y oil)

Acumuladores

(gas and oil)

CalderasEléctricas

Para recibir el etiquetado CE, los nuevos productos comercializados deberán cumplir losrequisitos mínimos de eficiencia energética, las emisiones de NOx y los niveles de ruido.Productos poco eficientes energéticamente se irán eliminando gradualmente.

ErP – PuE = Requirimientos de Ecodiseño para Productos que usan Energía

Aparatos

Regulación de

LOT 1 Calderas y Sistemas de calefacción

Etiquetado(2013)

ErP - PuEEnergy using Products

DirectiveDirectiva de productos

que usan energía

En fase deimplementación

Sistemas con calderas y

Regulación deEtiquetadoenergético

Requerimientos para eletiquetado de eficiencia

energética

Regulación sobreEcodiseñoEficiencia y/o

requerimientos deEcodiseño

Normas CEN de producto**

**) datos de producto harmonizados ymétodos de prueba

Calderas hasta 400kW

Sistemas con calderas yotros equipos hasta

70 kW

Ámbito de aplicación: Ecodiseño 0 - 400 kWEtiquetado 0 - 70 kW

–Calderas (incluso Mixtas)

–Calderas (incluso Mixtas)

(Gas, Elec., Oil)

Bombas de Calor(Elec. Gas, Oil)

Bombas de Calor (BT)(Elec., Gas, Oil)

Cogeneración

ecoTEC turboTEC atmoTEC ecoCRAFT atmoVIT ecoVIT

geoTHERM geoTHERM geoTHERM

turboMAGecoTEC+

Cogeneración(Gas, Oil)

Packs(Conjuntos)

Componentes

lo

ecoPOWER ecoPOWER ecoPOWER

CalorMATIC allSTORecoVIT

09/2013

• ErP : Publicación y Entrada en vigor• ELD: Publicación y Entrada en vigor

• ErP: Periodo Transitorio

Detalles y Calendario del LOT 1

09/2014

• ErP: Periodo Transitorio• ELD: Periodo Transitorio

26/09/2015

• ErP: Obligación del 1er escalón de requerimientos de eficiencia y nivel sonoro (sólo HP)• ELD: Uso Obligatorio del etiquetado hasta A++ y otras obligaciones en comunicación

26/09/2017

• ErP: Obligación del 2º escalón de requerimientos de eficiencia y nivel sonoro (sólo para HP,E-boiler, mCHP)

• ErP: Introducción del requerimiento de NOx de 56 mg/kWh para calderas de gas (sólo

26/09/2018

• ErP: Introducción del requerimiento de NOx de 56 mg/kWh para calderas de gas (sólocalefacción o mixtas)

26/09/2019• ELD: Uso Obligatorio del etiquetado hasta A+++

Primera Fase: Segunda Fase:Obligatoria

LOT 1 Escalas de Etiquetado de Producto

Obligatoria26.09.2015-25.09.2019

A++ - G

Obligatoria26.09.2019 –1ª Revisión

A+++ - D

Calderas deCondensación a Gas

LOT 1 Etiquetado de producto

Calderas Mixtas mCHPCalefacción

Bombas de calorCalefacción

Gas Electricidad

Diferentes niveles de eficiencia para diferentestecnologías

Calderas decondensación

mCHP

Bombas de calor Tierra/AguaBombas de calor Agua/Agua

GHP

Bombas de calor Aire/Agua

A+++

A++

A+

Acondensación

B

C

D

Calderas NoCondensación

Cálculo de Conjuntos (Sets)

Acumulador

Caldera deCondensación

Solar

Controlador

Pot. térmica nominal≤ 6 kW

Pot. térmica nominal> 6 kW and ≤ 12 kW

Pot. térmica nominal> 12 kW and ≤ 30 kW

Pot. térmica nominal> 30 kW and ≤ 70 kW

Interiores Exteriores Interiores Exteriores Interiores Exteriores Interiores Exteriores

Nivel sonoro de Bombas de calor

60 dB 65 dB 65 dB 70 dB 70 dB 78 dB 80 dB 88 dB

Emisiones de NOxgeoTHERM / aroTHERM

• 56 mg/kWhCalderas a Gas

ecoTEC atmoTEC

ErP Consecuencias en calderas

Calderas de NO Condensación

a excepción de B1*

Calderas de gasóleo NO Condensación

Calderas de gas High NOx

(Se admite la excepción de B1, pero se deben respetar las emisiones de NOx ≤ 56 mg/kWh)

26.09.2015

26.09.201826.09.2018

* Excepción: calderas atmosféricas (tipo B1) conectadas a una chimenea comunitaria ya existenteen un edificio comunitario ≤ 10 kW (sólo calefacción), ≤ 30 kW (calderas mixtas)

NO PERMITIDAS EN ESPAÑA DESDE EL RITE 2007

ErP – PuE = Requirimientos de Ecodiseño para Productos que usan Energía

Aparatos LOT 2 A.C.S. y Acumulación

Regulación sobre

Etiquetado(2013)

ErP - PuEEnergy using Products

DirectiveDirectiva de productos

que usan energía

En fase deimplementación

Alcance: Alcance:

Regulación sobreEtiquetadoenergético

Descripción de losrequerimientos para el

etiquetado

Regulación sobreEcodiseñoEficiencia y/o

requerimientos deEcodiseño

Normas CEN de producto**

**) datos de producto harmonizados ymétodos de prueba

Alcance:

Calderas hasta 400kW yand depósitos de 2000l

Alcance:

Calentadores70kW ydepósitos 500L

Ámbito aplicación: Ecodiseño 0 - 400 kW / 2000 LEtiquetado 0 - 70 kW / 500 L

–Calentadores

/500l

<400

kW

/2000l

auroTHERM

Calentadores

Bombas de calor paraACS

ACS solar

geoTHERM

atmoMAG Xi VED VEH VEH

actoSTOR auroTHERM

turboMAG FC

<70

kW

/500l

<400

Acumulación

Packs(Conjuntos)

uniSTOR auroSTOR actoSTOR actoSTOR allSTOR actoSTOR actoSTOR

Solar for Domestic Hot Water

Only

0-5

00/

0-2

000L

La

be

la

nd

CE

09/2013

• ErP : Publicación y entrada en vigor• ELD: Publicación y entrada en vigor

Detalles y Calendario del LOT 2

09/2014

• ErP: Periodo transitorio• ELD: Periodo transitorio

26/09/2015

• ErP: Obligación del 1er escalón de requerimientos de eficiencia y nivel sonoro (solo HP)• ELD: Uso obligatorio del etiquetado A y otras obligaciones en comunicación

26/09/2017

• ErP: Obligación del 2º escalón de requerimientos de eficiencia• ELD: Uso obligatorio del etiquetado de producto A+ / etiquetado de packs A+++26/09/2017

26/09/2018

• ErP: Obligación del 3º escalón de mínima eficiencia (solo para XXL-4XL) y requerimientosNOx de 56 mg/kWh para calentadores

Primer fase: Segunda fase:obligatoria

LOT 2 Escalas de Etiquetado de producto

obligatoria26.09.2015-25.09.2017

A - G

obligatoria26.09.2017 –1ª revisión

A+ - F

LOT 2 Etiquetado de producto

Calderasconvencionales

Bomba de calor Acumuladorespara

almacenamientoagua caliente

Solar para ACS

LOT 2 Perfiles de carga

55°C

55°C

55°C

55°C

55°C

24,52319,07011,6555,8452,1002,1000,345

3XS XXS XS S M L XL XXL

2 2 4 5 6 10 10 16

25°C 25°C 35°C 55°C

2,100Qref en kWh/d

Perfiles de carga

(L/min)

Etiquetado de packs (conjuntos) LOT 2

Packs con Calderas

turboMAG FC atmoMAG VED VEH VEHturboMAG FC atmoMAG VED VEH VEH

Ejemplos:

+ +

Calderas

+ +Captadores Solares

Solar para ACS

3XS 2XS XS S M L XL XXL 3XL 4XL

A+ 44 44 53 55 100 115 123 131 138 146

Criterios de eficiencia de Ecodiseño LOT 2

A+

A 35 35 38 38 65 75 80 85 90 95

B 32 32 35 35 39 50 55 60 64 64

C 29 29 32 32 36 37 37 37 37 38

D 26 26 29 29 33 34 35 36 36 36

E 22 23 26 26 30 30 30 32 32 32

límite “smart”

F 19 20 23 23 27 27 27 28 28 28

G ≤ 19 ≤ 20 ≤23 ≤23 ≤27 ≤27 ≤27 ≤28 ≤28 ≤28

límite “smart”

Pot. térmica nominal≤ 6 kW

Pot. térmica nominal> 6 kW y ≤ 12 kW

Pot. térmica nominal> 12 kW y ≤ 30 kW

Pot. térmica nominal> 30 kW y ≤ 70 kW

interiores exteriores interiores exteriores interiores exteriores interiores exteriores

LOT 2 Nivel sonoro de Bombas de calor

60 dB 65 dB 65 dB 70 dB 70 dB 78 dB 80 dB 88 dB

Emisiones de NOx

geoTHERM

• 56 mg/kWhCalentadores

VGH

turboMAG FC atmoMAG VED VEH VEH

Clase de eficienciaestacional

Pérdidas Stand by “S” en W, convolumen de acumulación “V” enlitros

A+ S > 5.5 + 3.16 * V0,4

LOT 2 Requerimientos de los Acumuladores

A+ S > 5.5 + 3.16 * V

A 5.5 + 3.16 * V0,4 ≤ S < 8.5 + 4.25 * V0,4

B 8.5 + 4.25 * V0,4 ≤ S < 12 + 5.93 * V0,4

C 12 + 5.93 * V0,4 ≤ S < 16.66 + 8.33 * V0,4

D 16.66 + 8.33 * V0,4 ≤ S < 21 + 10.33 * V0,4

E 21 + 10.33 * V0,4 ≤ S < 26 + 13.66 * V0,4

F 26 + 13.66 * V0,4 ≤ S < 31 + 16.66 * V0,4

G S < 31 + 16.66 * V0,4

uniSTOR auroSTOR actoSTOR actoSTOR allSTOR actoSTOR

Conclusiones

Se incrementarán los requerimientos

Los requerimientos de Ecodiseño se incrementarán en los próximos años.Los requerimientos de Ecodiseño se incrementarán en los próximos años.

Los productos que no cumplan estos requerimientos de la ErP – PuE no recibirán la etiqueta

CE y por tanto no se podrán comercializar en la UE.

El etiquetado energético no tiene influencia para el marcado CE. Es sólo una información

para el usuario.

Productos cada vez más eficientes para un mejor medio ambiente

55

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