Cuctclro q. ° 4 PRODUCCIÓN DE HARINAS DE PESCADO ...

27
P O L I T 1 C A Cuctclro q. ° 4 PRODUCCIÓN DE HARINAS DE PESCADO: Cantidades y valor 1993 1994 1995 ^t:u^ria ^,nn,:^ i^tn,. i.... ^^^.ul)n ^^ ^. ^ uu ^^l).^luu Producto tinal ( Tm.) .... 52.200 55.800 ^10.2(^ Valor ( mill. ptas.) .......... 2.610 3.069 ^.57^ Fuenre: Asociación Nacional de Fabrican^es de Harinas y Aceites de Pescado de España. XV.2. POLÍTICA DE RECURSOS PESQUEROS 2.1. Caladero nacional Gestión de los recursos La gestión de los recursos pesqueros en los ca- laderos nacionales se ha efectuado, tradicional- mente, mediante un sistema de control directo del esfuerzo de pesca. Los buques censados y clasifi- cados por modalidades de pesca sólo pueden ope- rar sobre caladeros determinados con artes o apa- rejos específicos. Para flexibilizar el sistema, en los casos necesarios se autorizan cambios de mo- dalidades temporales. Además de los mecanismos de control del es- fuerzo implantados a partir del 1 de enero de 1996, ya descritos anteriormente, se sigue manteniendo el control indirecto del esfuerzo de pesca por el sis- tema de TAC y cuotas. Anualmente, el Consejo de Ministros de Pesca de la CE establece los Totales Admisibles de Cap- turas y asigna a España las cuotas de pesca que le corresponden, tanto en el caladero nacional como en aguas de la «CE a diez». Los capitanes y patro- nes de los buques pesqueros de más de 10 metros de eslora están obligados por el Reglamento (CEE) 2847/93 a formular una declaración de desembar- que a la llegada a puerto, en la que consten todas las especies capturadas sometidas a TAC y Cuota. Estas declaraciones son procesadas en las Delega- ciones periféricas y posteriormente integradas y analizadas en los Servicios Centrales, sirviendo de base para la elaboración de las estadísticas men- suales de capturas, por especie y zona de pesca, que permiten la gestión de los recursos, parando en caso necesario aquellas pesquerías cuya cuota está P E S Q U E R A próxima a ser agotada. Estas estadísticas se remi- ten, con periodicidad mensual, a la Comisión de las Comunidades Europeas. El sistema de TAC y cuotas, en lo que se refiere al Caladero Nacional, sólo afecta a las regiones Cantábrica, Noroeste y Golfo de Cádiz, y no se aplica a Canarias ni al Caladero Mediterráneo, aún cuando en esta última zona existe un régimen común de conservación de la pesca, que entró en vigor en 1995. Las modalidades de pesca reguladas, con sus censos de buques correspondientes, son las si- guientes: Para todo el Caladero Nacional: cerco, palan- gre de superficie y arte claro. Para el Cantábrico y Noroeste: arrastre de fondo, palangre de fondo, rasco y volanta. Para el Golfo de Cádiz: arrastre de fondo. Para el Mediterráneo: arrastre de fondo, pa- langre de fondo y artes menores: beta, trasma- llo y bolero (modalidades no censadas). Existe, asimismo, un importante número de bu- ques de pequeño y mediano porte que operan con artes menores (como diversos tipos de redes de en- malle, palangrillos, rastros, trampas, nasas, etc.). Las cuotas asignadas a España, Caladero Nacio- nal, están distribuidas en unidades de gestión en las regiones Cantábrica, Noroeste y Golfo de Cádiz. Estas cuotas son suficientes para la flota que faena en dichas aguas. La relación cuotas-capturas podría resumirse como a continuación se indica: Capturas anuales inferiores a las cuotas asig- nadas: Abadejo Merlan Solla Lenguado Merluza Rape Gallo Cigala Caballa Capturas anuales próximas a las cuotas asig- nadas: Jurel Bacaladilla Anchoa ^37

Transcript of Cuctclro q. ° 4 PRODUCCIÓN DE HARINAS DE PESCADO ...

P O L I T 1 C A

Cuctclro q. ° 4

PRODUCCIÓN DE HARINAS DE PESCADO:Cantidades y valor

1993 1994 1995

^t:u^ria ^,nn,:^ i^tn,. i.... ^^^.ul)n ^^ ^. ^ uu ^^l).^luu

Producto tinal ( Tm.) .... 52.200 55.800 ^10.2(^

Valor ( mill. ptas.) .......... 2.610 3.069 ^.57^

Fuenre: Asociación Nacional de Fabrican^es de Harinas y Aceites de Pescadode España.

XV.2. POLÍTICA DE RECURSOSPESQUEROS

2.1. Caladero nacional

Gestión de los recursos

La gestión de los recursos pesqueros en los ca-laderos nacionales se ha efectuado, tradicional-mente, mediante un sistema de control directo delesfuerzo de pesca. Los buques censados y clasifi-cados por modalidades de pesca sólo pueden ope-rar sobre caladeros determinados con artes o apa-rejos específicos. Para flexibilizar el sistema, enlos casos necesarios se autorizan cambios de mo-dalidades temporales.

Además de los mecanismos de control del es-fuerzo implantados a partir del 1 de enero de 1996,ya descritos anteriormente, se sigue manteniendoel control indirecto del esfuerzo de pesca por el sis-tema de TAC y cuotas.

Anualmente, el Consejo de Ministros de Pescade la CE establece los Totales Admisibles de Cap-turas y asigna a España las cuotas de pesca que lecorresponden, tanto en el caladero nacional comoen aguas de la «CE a diez». Los capitanes y patro-nes de los buques pesqueros de más de 10 metrosde eslora están obligados por el Reglamento (CEE)2847/93 a formular una declaración de desembar-que a la llegada a puerto, en la que consten todaslas especies capturadas sometidas a TAC y Cuota.Estas declaraciones son procesadas en las Delega-ciones periféricas y posteriormente integradas yanalizadas en los Servicios Centrales, sirviendo debase para la elaboración de las estadísticas men-suales de capturas, por especie y zona de pesca,que permiten la gestión de los recursos, parando encaso necesario aquellas pesquerías cuya cuota está

P E S Q U E R A

próxima a ser agotada. Estas estadísticas se remi-ten, con periodicidad mensual, a la Comisión de lasComunidades Europeas.

El sistema de TAC y cuotas, en lo que se refiereal Caladero Nacional, sólo afecta a las regionesCantábrica, Noroeste y Golfo de Cádiz, y no seaplica a Canarias ni al Caladero Mediterráneo, aúncuando en esta última zona existe un régimencomún de conservación de la pesca, que entró envigor en 1995.

Las modalidades de pesca reguladas, con suscensos de buques correspondientes, son las si-guientes:

Para todo el Caladero Nacional: cerco, palan-gre de superficie y arte claro.Para el Cantábrico y Noroeste: arrastre defondo, palangre de fondo, rasco y volanta.Para el Golfo de Cádiz: arrastre de fondo.Para el Mediterráneo: arrastre de fondo, pa-langre de fondo y artes menores: beta, trasma-llo y bolero (modalidades no censadas).

Existe, asimismo, un importante número de bu-ques de pequeño y mediano porte que operan conartes menores (como diversos tipos de redes de en-malle, palangrillos, rastros, trampas, nasas, etc.).

Las cuotas asignadas a España, Caladero Nacio-nal, están distribuidas en unidades de gestión en lasregiones Cantábrica, Noroeste y Golfo de Cádiz.Estas cuotas son suficientes para la flota que faenaen dichas aguas.

La relación cuotas-capturas podría resumirsecomo a continuación se indica:

Capturas anuales inferiores a las cuotas asig-nadas:• Abadejo• Merlan• Solla• Lenguado• Merluza• Rape• Gallo• Cigala• CaballaCapturas anuales próximas a las cuotas asig-nadas:• Jurel• Bacaladilla• Anchoa

^37

P O L Í T 1 C A

Ordenación de la actividad pesquera

La mayor parte de los buques que forman laflota pesquera española, en número de unidades,opera parcial o totalmente en aguas sometidas a lajurisdicción o soberanía españolas y, en todo caso,tienen su base y operan desde puertos del litoral es-pañol.

Entre las funciones de ordenación de la activi-dad pesquera, se destacan las siguientes:

Establecimiento de puerto base y cambios debase.Elaboración de censos por modalidades depesca.Cambios temporales de modalidad de pesca,por períodos no superiores a 6 meses, con ob-jeto de flexibilizar el sistema de control direc-to del esfuerzo de pesca en función de la si-tuación de los recursos.Elaboración de la normativa pesquera relativaa medidas técnicas de conservación y gestiónde los recursos pesqueros.Control de las cuotas de pesca asignadas a Es-paña en los caladeros nacionales, en lo que serefiere a las especies sometidas al régimen co-munitario de TAC.Informes sobre nuevas construcciones, obrasde modernización, etc.

Disposiciones Legales

Las medidas técnicas de conservación de los re-cursos pesqueros que se han puesto en práctica, du-rante el año 1995, afectan fundamentalmente a losartes de pesca, volumen de capturas, tallas míni-mas de las especies, áreas de protección pesquera ycensos por modalidades.

Censos por modalidad de pesca

A 31 de diciembre de 1995, la relación de bu-ques incluidos en los censos por modalidades era lasiguiente:

Arrastre Cantábrico y Norceste .............................. 192Cerco Cantábrico y Norceste .................................. 560

P E S Q U E R A

Rasco Cantábrico y Noroeste ................. ................. 180Volantas Cantábrico y Noroeste ............................. 127Palangre de fondo Cantábrico y Noroeste ............. . 559Artes menores Cantábrico y Norceste .................... 7.887Cerco Canarias ........................................................ 32Artes menores Canarias ............. ............................. 1.299Arrastre Golfo de Cádiz .......................................... 247Cerco Golfo de Cádiz ............................................. 75Artes menores Golfo de Cádiz ....... ......................... 689Arrastre Mediterráneo ............................................. l.l 14Cerco Mediterráneo . ............................................... 458Palangre de fondo Mediterráneo . ............................ 228Artes menores Mediterráneo ................................... 2.977Palangre de superficie Caladero Nacional .............. 139

Gestión de Cuotas

El Reglamento (CEE) 3676/93 del Consejo, de21 de diciembre de 1993, fijó, para determinadaspoblaciones o grupos de poblaciones de peces,losTotales Admisibles de Capturas para 1995 y deter-minadas condiciones en las que podían pescarse.Para llevar a cabo la gestión de las cuotas asigna-das a España en orden a conseguir una explotaciónequilibrada y duradera de los recursos y garantizarla protección de los caladeros y de las poblacionespesqueras, se efectuó un seguimiento continuosobre las cuotas y se elaboraron planes de pesca enlas áreas apropiadas.

ESTADO DE CUOTAS DEL CALADERONACIONAL DURANTE 1995

(Provisional al mes de diciembre)

Especie Captura Cuota

ABADEJO VIIIC ..................... 42,2 720ABADEJO IX, X ...................... 27,5 430MERLAN VIII ......................... 1,6 2.000LENGUADO VI[IAB ............... QI 15LENGUADO VIIICDE, IX, X.. 31,5 755CABALLA V[IIAB .................. 4Q5 3.020CABALLA V[IIC, IX, X.......... 10.015,6 27.140JUREL V[IIC, IX, X ................. 29.469,3 39.270MERLUZA VIIIC, IX .............. 3.586,6 6.400ANCHOA Vlll ......................... 18.320,8 20.700ANCHOA IX ............................ 5.074,7 5.740BACALADILLA VIIIC, IX, X.. 32.960,7 44.000RAPE VIIIC, IX, X .................. 1.171,8 10.830GALLO VIIIC, IX, X ............... 582,4 5.540CIGALA VIIIC ........................ 335,1 960CIGALA IX, X ......................... 182,3 625SOLLA VIII, IX, X .................. 0,8 l20

538

P O L I T I C A P E S Q U E R A

2.2. Actividades de la flota española en aguasde otros Estados miembros de la UEy viceversa

sustituciones con las consiguientes bajas y altas denuevos buques, cambios de nombre y matrícula,son tramitadas ante la Comisión de las CCEE.

2.2.1. Barcos españoles en aguas CE-10

La actividad de los pesqueros españoles enaguas de la CE-10, regulada por el Reglamento(CEE) 3531/85, conforme a las posibilidades deacceso establecidas en el Tratado de Adhesión deEspaña a la Comunidad Económica Europea, seclasifica en Pesca de Altura y Pesca de Bajura.Dado que ambos tipos de pesca, que presentan ca-racterísticas propias, reciben un tratamiento admi-nistrativo específico, se describen y analizan porseparado las actividades de la pesca de altura ybajura.

A) PESCA DE ALTURA

Los barcos con derecho de acceso y derechos depesca en aguas CE-10 constituyen un censo cerra-do de 300 barcos. Se trata de barcos arrastreros ypalangreros mayores de 100 TRB que figuran en ellistado del Anexo IX del Tratado de Adhesión, elcual constituye la lista de base de dichos buques.Estos se integran en 6 entidades asociativas, 3 delas cuales se ubican en Galicia con 120 buques ylas 3 restantes son del País Vasco con 110 pesque-ros, que conforman la flota española de buques dealtura en caladeros comunitarios «a-diez». Actual-mente 70 barcos de este censo han sido dados debaja, por iniciativa de sus armadores, a fin de ade-cuar el esfuerzo a las posibilidades de pesca.

Anualmente se publica en el BOE una resolu-ción de la Secretaría General de Pesca Marítimapor la que se efectúa la revisión, a 1 de enero, delcenso de las flotas de altura que operan dentro delos límites geográficos de la Comisión de Pesca delAtlántico Nordeste (NEAFC), área en la cual se in-tegran las aguas donde la citada flota española de-sarrolla su actividad (Resolución SGPM/24.03.95).

En este censo se indican los derechos de pescacorrespondientes a cada barco, los coeficientes deacceso de los mismos, así como las empresas ar-madoras propietarias, reflejándose, asimismo,cuantos cambios de propiedad o asociación sehayan efectuado a lo largo del año.

Por otra parte, todas las variaciones e inciden-cias relativas a los barcos de este censo, tales como

Planes de Pesca

Se elaboran, mensual o bimensualmente, los pla-nes de pesca que incluyen las listas periódicas co-rrespondientes a uno o dos meses. Para ello, setiene en cuenta el número de barcos autorizados afaenar simultáneamente, a diario, en aguas comuni-tarias, respetando la limitación de 150 barcos-tipo.El barco-tipo se define en función de la potenciadesarrollada por un barco estándar. En aguas co-munitarias quedan definidas tres zonas, en cadauna de las cuales sepermite la presencia de un de-terminado número de barcos-tipo.

La elaboración de cada lista periódica consisteen la adecuada distribución de los barcos de alturaconforme a las posibilidades de pesca definidaspara cada zona, considerándose varios factores: loscoeficientes de acceso de cada barco en cada zonaque se derivan de los derechos de pesca que pose-en, los coeficientes de potencia de los barcos con elfin de establecer las equivalencias en barcos-tipo,los derechos de pesca globales de cada asociación,diarios y mensuales. Por último, para cuadrar lalista periódica, es necesario respetar para cada zonauna media diaria mensual y que los totales diariosy mensuales de las tres zonas no sobrepasen deter-minada cifra.

La dificultad que implica la armonización detodos estos factores, que culmina con la confecciónde las listas periódicas, conlleva la celebración deseis a doce reuniones anuales con las entidadesasociativas del sector.

En conclusión, se elaboraron 12 listas periódicasmensuales que configuran los 7 planes de pescaefectuados durante el año 1995.

B) PESCA DE BAJURA

El Tratado de Adhesión autoriza las actividadesde pesca especializada en 7 pesquerías distintas.

Los barcos que solicitan tener acceso a esas pes-querías son pesqueros incluidos en algún censoperteneciente al caladero nacional, y deben quedarinscritos en las listas de base correspondientes a laspesquerías interesadas.

539

P O L I T I C A

Figurar en lista de base de una pesquería consti-tuye la condición necesaria para que un pesqueropueda quedar incluido en los subsiguientes planesde pesca de la citada pesquería, es decir, en las lis-tas periódicas que, al igual que las listas de base,son gestionadas ante la Comisión.

Concluyendo, en la elaboración de los planes depesca de una pesquería se distinguen dos fases: enprimer lugar una fase de recopilación, confronta-ción e investigación de los datos proporcionadospor las Federaciones de Cofradías, Asociaciones deArmadores, o en su caso, las propias Cofradías,que culmina con la confección de las listas de base;y, en segundo lugar, una fase de estudio de la ido-neidad de los pesqueros que solicitan la inclusiónen listas periódicas, en base a la valoración de losdatos de los buques disponibles como pertenenciaa determinado censo, características técnicas (po-tencia, TRB...etc), habitualidad en ]a pesquería.

Listas de base

Se relacionan a continuación las listas de baseelaboradas, con indicación del número de barcosque quedaron incluidos en cada una de ellas en1995:

Sardineros menores de ] 00 TRB .... 72 barcos.Palangreros menores de ] 00 TRB .. 52 barcos.Cañeros menores de 50 TRB .......... ] O 1 barcos.Anchoa a título principal ................ 270 barcos.Anchoa como cebo vivo ................. 147 barcos.Atuneros .......................................... 648 barcos.Palometeros ..................................... 147 barcos.

Algunos buques se insertan en varias listas debase; por un lado, se trata de buques que, al térmi-no del período de actividad autorizado de una pes-quería, prosiguen su actividad pesquera en otrapesquería compatible, como en el caso de los bar-cos dedicados en el primer semestre del año a laanchoa y durante el segundo a túnidos; y, por otrolado, se trata de buques que optan por interrumpirsu actividad en una pesquería para dedicarse a otramás productiva como es el caso de los pesquerosdedicados alternativamente a caña y túnidos.

Durante el año 1995 el total de buques de cadalista base se ha mantenido a un nivel similar al deaños precedentes.

P E S Q U E R A

Planes de Pesca

Se elaboraron y tramitaron ante las autoridadescomunitarias las siguientes listas periódicas:

Sardineros menores de 100 TRB: 4 listas pe-riódicas bimensuales que permiten la conce-sión de 40 licencias de sardina, para un máxi-mo de 71 barcos por lista, siendo los períodosde pesca: del 1° de enero al 28 de febrero ydel 1 de julio al 31 de diciembre.

El nivel de utilización de las posibilidadesde pesca de esta pesquería durante 1995 sesitúa en torno al 100%. La mayoría de las so-licitudes efectuadas para esta pesquería co-rresponden a los puertos de Cantabria.Palangreros menores de 100 TRB: 6listas pe-riódicas bimensuales de 25 buques, los cualesse reparten las 10 licencias que cada bimestreson expedidas por la Comisión. El período depesca abarca todo el año; como cada año, laslicencias quedaron cubiertas al 100%.Cañeros menores de 50 TRB: 12 listas pe-riódicas mensuales, simultáneamente pue-den pescar un máximo de 64 barcos. La co-bertura de esta pesquería se reduce durantelos meses de verano, dedicándose, entonces,a la captura de túnidos. El nivel de utiliza-ción de estas autorizaciones durante 1995 hasido del 31%.Anchoa a título principal: 1 lista periódica re-visable cada 15 días con las correspondientesvariaciones (permutas, sustituciones, nuevasinclusiones). 270 ha sido el número de barcosincluidos en esta pesquería: no obstante, elnúmero de buques autorizados a faenar simul-táneamente es de 160. Para alcanzar un mayoraprovechamiento de las licencias disponibles,éstas son compartidas por dos o tres buques.El período de pesca se inicia el 1° de marzo yacaba el 30 de junio.

La distribución de las licencias entre lasprovincias del Cantábrico se efectúa en fun-ción del número de barcos de cada provinciaincluido en ]ista de base, habiendo correspon-dido a Guipúzcoa y Vizcaya el 61%, Canta-bria el 27%, Asturias e14% y el 8% restante aGalicia.

Cabe destacar la concesión para este año dedos licencias más a los puertos gallegos (LaCoruña y Lugo).

540

P O L Í T I C A

Anchoa como cebo vivo: 123 listas periódicasdiarias que permiten la actividad simultáneade un máximo de 120 buques diariamente. Laactividad de esta pesquería, que tiene lugarentre el 1° de julio y el 31 de octubre, resultacomplementaria a la de túnidos.Atuneros: 5 listas periódicas que abarcan un pe-riodo mínimo de dos meses. Se concedió auto-rización para esta pesqueria a 531 buques, cifraligeramente superior a la de años anteriores. Lacampaña de pesca que tradicionalmente abarcael periodo de julio a octubre, ante el interés ma-nifestado por el sector, comenzó el 1° de junio,siendo prorrogada por algunos buques hasta el30 de noviembre. No existe para esta pesqueriaun número límite de licencias, de ahí el elevadonúmero de barcos dedicados a la misma.Palometeros: 3 listas periódicas mensualespara un máximo de 25 buques. Esta pesqueríase realiza del 1° de octubre al 31 de diciem-bre, habiendo disfrutado de autorización unnúmero inferior al del pasado año. La mediade utilización de licencias ha sido del 20%.

Costera de la anchoa

La problemática en la pesquería de la anchoa enaguas del golfo de Vizcaya surge principalmentepor los métodos de pesca empleados en la misma.La flota española ejerce su actividad con artes tra-dicionales de cerco, mientras que parte de la fran-cesa utiliza artes de arrastre pelágico, difícilmentecompatibles con los primeros, a lo que hay queañadir la competencia en el mercado, ya que lamayor parte de las capturas francesas de anchoa secomercializan en España.

Las gestiones realizadas ante la Administraciónpesquera francesa han permitido la aplicaciónplena del Acuerdo de Gestión de esta pesqueríaque, entre otros extremos, contempla el compromi-so de que los buques de pabellón francés, que pes-can anchoa con artes de arrastre pelágico, suspen-dan su actividad en el período comprendido entreel 19 de marzo y 31 de mayo, época que coincidecon la mayor actividad de la costera de esta espe-cie, para la flota cantábrica de cerco. En virtud dedicho Acuerdo, se ha conseguido que la campañade 1995 se haya realizado en las mejores condicio-nes, obteniéndose unos muy buenos resultadoseconómicos para el sector implicado.

P E S Q U E R A

Costera del bonito

La costera de 1995 se caracterizó por la ausenciade incidentes entre las flotas comunitarias dedica-das a la captura del bonito. En años anteriores, sehabían producido incidentes motivados por la in-compatibilidad de las artes de pesca utilizadas porlas diferentes flotas. La flota española utiliza artestradicionales (caña y curricán), que no pueden ope-rar con la presencia de las artes de enmalle a la de-riva utilizadas por otras flotas comunitarias.

Los Estados miembros implicados y la Comi-sión Europea desplazaron a aguas internacionales ainspectores y buques de inspección, a los que sesumaron buques de apoyo de las CCAA de Galiciay el País Vasco, con el fin de evitar los posiblesconflictos en la mar, lo que se consiguió de manerasatisfactoria. Igualmente, en este caso, los resulta-dos económicos de la costera del bonito han sidoexcelentes para esta flota.

Finalmente, se sigue discutiendo a nivel comuni-tario la Propuesta de Reglamento de la Comisiónpara prohibir de manera paulatina la utilización deredes de enmalle a la deriva. En línea con la posi-ción española, durante 1995, el Parlamento Euro-peo aprobó una resolución que enuncia una seriede enmiendas a la citada propuesta de la Comisiónque, de ser asumidas por ésta, podrían lograr elapoyo final del Consejo.

2.2.2. Barcos españoles en aguas de Portugal

Las actividades de las flotas pesqueras de Espa-ña en las aguas de Portugal quedan integradas en elrégimen comunitario de conservación de los recur-sos, instituido por el Reglamento (CEE) 3760/92, yse desarrollan según el marco legal definido, porun lado, por el Tratado de Adhesión y, por otro, porlos Acuerdo Fronterizos Bilaterales del Guadiana ydel Miño.

PLANES DE PESCA

Tratado de Adhesión

En el ámbito del «Acuerdo entre España y Por-tugal sobre el Régimen transitorio para el acceso alas aguas y a los Recursos pesqueros» se desarro-Ilan tres pesquerías: la de arrastre, que comprende

541

P O L Í T I C A

los buques dedicados a la captura de merluza, otrasespecies demersales y jurel, la de palangre de su-perficie que incluye los pesqueros faenando en lamodalidad de grandes migradores distintos del atúny, por último, la pesquería de atún blanco, pesque-ría estacional que integra los buques dedicados a lapesca de bonito al curricán.

En lo concerniente al arrastre y al palangre, sedefinen las citadas pesquerías en Portugal al Nortey al Sur del Paralelo de Peniche.

A continuación se relacionan, para cada una delas pesquerías mencionadas, el número de barcosintegrados en la correspondiente lista de base anualy, asimismo, el número de listas periódicas gestio-nadas durante el año 1995.

Pesquería de arrastre: Lista de base integradapor 17 barcos. Se elaboraron 52 listas periódi-cas semanales.Pesquería de palangre: Lista de base con 181barcos. Se confeccionaron 4 listas periódicastrimestrales, con un total de 90 buques por lista.Pesquería de atún blanco: Lista de base com-puesta por 155 pesqueros. Se tramitaron 4 lis-tas periódicas quincenales, siendo su períodode pesca de 1 de mayo a 31 de julio.

Acuerdos fronterizos bilaterales

Estos acuerdos se refieren a las actividades pes-queras ejercidas, a título de relaciones de vecindad,en las franjas costeras de ambos países.

Acuerdo del Guadiana: Se contabilizan enlista de base 24 barcos, dedicados a distintasmodalidades, destacando principalmente lapesca de bivalvos (longueirón 5, coquina 11)y el cerco 3.

Asimismo, y de la citada lista base, en lazona de la desembocadura son autorizadas afaenar 4 embarcaciones a remo y a motor enla modalidad de coquina y 1 embarcación enla modalidad de trasmallo. Se elaboraron 24listas periódicas quincenales.Acuerdo del Miño: Las pesquerías definidaspor este acuerdo se limitan a la pesca de sar-dina en la modalidad de cerco. En lista debase quedan incluidos 40 barcos, confeccio-nándose seis planes de pesca anuales com-

P E S Q U E R A

puesto cada uno por 4 listas periódicas quin-cenales.

Además de dichas listas, se autoriza la pesca,dentro de los límites del Acuerdo Fronterizo, a lasembarcaciones denominadas gamelas, dotadas demotores fuera borda, conforme a los hábitos tradi-cionales.

2.2.3. Barcos de otros Estados miembrosen aguas españolas

Se consideran, por un lado, los barcos CE-10 enaguas de España y, por otro, los barcos portugue-ses. En las pesquerías consideradas no se disponede listas de base, reduciéndose la tramitación admi-nistrativa a la comunicación a las autoridades peri-féricas, a efectos de información y control, de losplanes de pesca aprobados por Comisión.

A) BARCOS CE-10

En virtud de lo dispuesto en el Acta de Adhesióny en e] Reglamento (CEE) 3718/85, anualmente seestablecen las posibilidades de pesca, así como elcorrespondiente número de buques comunitariosque pueden faenar en las aguas del océano Atlánti-co, sometidas a la jurisdicción española en zonasVIII y IX.

Las posibilidades se determinan para las espe-cies sujetas al régimen del total admisible de captu-ras TAC y de cuotas, y para las especies no sujetasal régimen de TAC y cuotas.

En este sentido, el Reglamento (CE) 3292/94estableció para 1995 unas posibilidades de pescaespecializada y de pesca no especializada que fue-ron, como viene siendo habitual, aprovechadas ex-clusivamente por barcos franceses del siguientemodo:

- Pesca no especializada: solamente hubo unaautorización en 1995.

- Pesca especializada:• Palangreros: 4 listas periódicas para 14 bar-

cos de menos de 100 TRB, de marzo a di-ciembre.

• Anchoa como «actividad principal». 22 au-torizaciones, de marzo a junio.

542

P O L[ T I C A

• Anchoa como cebo vivo: 1 lista periódicacon 20 barcos, de julio a octubre.

• Atuneros: 4 listas periódicas para 182 bar-cos, de junio a diciembre.

El número total de buques franceses autorizadosen las distintas pesquerías ha sido de 239.

El grado de utilización de las licencias disponi-bles fue similar al de años anteriores, manteniéndo-se la falta de interés en las pesquerías de sardina ycañeros, así como un ligero aumento en las autori-zaciones para las pesquerías de anchoa y túnidos.

B) BARCOS PORTUGUESES

Las actividades de estos barcos están reguladassimilarmente a las actividades de las flotas pesque-ras españolas en aguas de Portugal, por el Tratadode Adhesión y por los Acuerdos fronterizos bilate-rales del Guadiana y del Miño.

Los planes de pesca aprobados por Comisión ylos propuestos por las autoridades lusas, con lamisma periodicidad que los correspondientes pla-nes españoles, son comunicados a las autoridadesde control españolas.

P E S Q U E R A

2.3. Gestión de los recursos sometidosa TAC y cuotas

Los Totales Admisibles de Capturas (TAC) y sureparto en cuotas, así como las condiciones en quepueden pescarse, quedaron fijados para España en1995 por los siguientes Reglamentos:

Reglamento (CE) 3362/94 del Consejo, queestablece para 1995 los totales admisibles decapturas, modificado por los Reglamentos(CE) 746/95 y 2780/95.Reglamento (CE) 748/95 del Consejo, por elque se distribuyen, para 1995, diversas cuotasentre los Estados miembros en aguas de No-ruega.Reglamento (CE) 3366/94 del Consejo, por elque se fijan, para 1995, las posibilidades decapturas en la zona de reglamentación defini-da por el Convenio NAFO, modificando elReglamento (CE) 1761/95.

Se adjunta tabla resumen de los TAC fijadospara 1995 en aguas no españolas y de las cuotasasignadas a España y los intercambios de cuotasacordados con otros Estados miembros.

TAC Y CUOTAS 1995(Da[os en Tm.)

Especies Zona Cuota 95

ZONA NEAFC (Aguas ComunitariasJ

ANCHOA ................................................................. V I I 20.700ABADEJO ............................................................... VB, VI, XII, XIV 20ABADEJO ............................................................... VII 30ABADEJO ............................................................... V I I I A, B 440BACALADILLA ... .................................................. VB, V[, VII 20.000BACALADILLA ..................................................... VIII A, B, D 10.000MERLAN ................................................................. VIII 200MERLUZA . VB, VI, VII, XII, XIV 12.100MERLUZA. ............................................................. VIIIA,B,D,E 11.019JUREL ...................................................................... VB, VI, VII, VIII A, B, D, E, XII, XIV 31.000SOLLA ..................................................................... VIII, IX, X 120GALLO .................................................................... VB, VI, XII, XIV 550GALLO .................................................................... V [ I 6.000GALLO .................................................................... VIII A, B, D, E 1.400RAPE ....................................................................... VB, VI, X[I, XIV 330RAPE ....................................................................... VII 1.110RAPE ....................................................................... VIII A, B, D 720CIGALA VB, VI 30CIGALA ................................................................... VII 1.280CIGALA ................................................................... VIII A, B 4l0B ACALAO .............................................................. VB, VI 20BACALAO .............................................................. VII BK, VIII 50EGLEFINO .............................................................. VB, VI 20

743

P O L Í T I C A P E S Q U E R A

TAC Y CUOTAS 1995 (Continuación)(Datos en Tm.)

Especies Zona Cuota 95

ZONA NEAFC (Aguas Comunitarias)

EGLEFI N O .............................................................. VII, VIII 55MERLAN ................................................................. VB, VI 10MERLAN ................................................................. VII B-K ISCARBONERO ......................................................... VII, VIII

ZONA NEAFC (Aguas de Noruega)

50

BACALAO .............................................................. IIB 11.500BACALAO .............................................................. I, IIA

ZONA NAFO

4.037

B ACALAO .............................................................. 3M 1.574GALLINETA ........................................................... IIA 190GALLINETA ........................................................... 3M 4.030 (1)FLETÁN NEGRO .................................................... 3LN0 11.070 (1)

( I) No se efectúa reparto de estos TAC entre los EEMM.

Intercambios de cuotas - 1995

España cede:

lla, fuera de aguas españolas y como compensacióna la cesión de 120 Tm. de merluza efectuada porHolanda a España.

- A Francia: 9.000 Tm. de anchoa en la ZonaVIII y 3.000 Tm. de merlán en la misma zona.

- A Bélgica: 30 Tm. de gallo en la Zona VIIIa,b, d, e; 100 Tm. de cigala en la Zona VII; 60Tm. de rape en la Zona VIIIa, b, d, e y 30 demerluza en la VIIIa, b, d, e.

Cesiones a España:

De Francia: 10 Tm. de merlán en la Zona Vby VI; 3.190 Tm. de merluza en las zonas Vb,VI y VII; 300 Tm. de rape en la Zona VII; 50Tm. de carbonero en la Zona VII; 10 de egle-fino en las Zonas Vb y VI; 55 de eglefino enlas Zonas VII y VIII; 10 Tm. de bacalao enlas Zonas Vb y VI; 50 Tm. de bacalao en lasZonas VII y VIII y 2.688 Tm. de merluza enla Zona VIIIa, b, d.De Bélgica: 15 Tm. de merlán en la Zona VII;155 Tm. de rape en la Zona VII; 10 Tm. deeglefino en las Zonas Vb y VI y 10 Tm. debacalao en las Zonas VB y VI.De Holanda: 100 Tm.de merluza en las ZonasVb, VI y VII y 20 Tm. de merluza en la zonaVIIIa, b, d.

NOTA: Existe el compromiso de ceder a Holan-da, en 1996, jurel, bacaladilla y, si es posible, caba-

PARALIZACIÓN DE LAS PESQUERÍASDE DETERMINADAS ESPECIES

POR AGOTAMIENTO DE CUOTAS DURANTE 1995

Unidad de gestión Fecha parada

BACALAO VIIB-K, VIII ................. 07.09.95MERLUZA VI ,VII, VIII A, B, D..... 20.12.95RAPE VII, VIII A, B, D .................... 20.11.95EGLEFINO VB, VI ........................... 20.11.95FLETÁN NEGRO 3LN0 .................. 25.10.95

2.4. Caladeros Internacionales

2.4.1. Actividad de la flota española al amparode los acuerdos con terceros países

Los acuerdos comunitarios de pesca con tercerospaíses, en vigor durante 1995 y en los que participala flota española fueron:

Marruecos (hasta 30.04.95 y desde 1.12.95),Mauritania, Senegal, Gambia, Cabo Verde, GuineaBissau, Guinea Conakry, Costa Marfil, GuineaEcuatorial, Sao Tome e Príncipe, Angola, Mada-gascar, Seychelles, Comores, Mauricio, Argentina,Noruega y Groenlandia.

Permanecen rubricados y pendientes de ratifica-ción los acuerdos con: Sierra Leona, Gabón, Tan-zania y Canadá.

544

P O L I T I C A

El Acuerdo con Mozambique, denunciado porlas Autoridades de dicho país en 1993, continuapendiente de renegociación.

Asimismo, continua en vigor el Acuerdo bilateralhispano sudafricano (8.3.82/07.03.93). Para 1995no se asignó cuota de captura. A petición de Españael Consejo de la UE autorizó la prórroga de esteAcuerdo hasta 7.3.95 y posteriormente hasta 7.3.96.

Continúan pendientes de conclusión las negocia-ciones de los acuerdos con Perú, Méjico, Venezue-la, Namibia y Rusia.

Por otro lado, la Comisión cuenta con Mandatodel Consejo para iniciar negociaciones con Chile,Colombia, Uruguay, Ecuador, India, Pakistan ySudáfrica.

ACTIVIDAD NEGOCIADORA,SITUACIÓN DE LOS ACUERDOSDURANTE 1995. FUTUROS ACUERDOS

Acuerdo CE/Venezuela: del 17 al 20 de enerose celebró en Caracas una primera ronda denegociaciones para la conclusión de un acuer-do que contemplaría posibilidades de pesca enel marco de asociaciones temporales de em-presas y sociedades mixtas e incluiría, asimis-mo, la obtención de licencias para buques depesca de especies migratorias, además de laposibilidad de realizar campañas experimen-tales.Acuerdo CE/Marruecos: El 11 de noviembrese rubricó el nuevo acuerdo CE/Marruecosque, con una vigencia de 4 años, entró envigor el 1 de diciembre, por lo que expirará el30 de noviembre de 1999. Como elementos adestacar puede señalarse que se trata de unacuerdo sin cláusula de revisión a medioplazo, lo que garantiza la estabilidad de laflota, la introducción de mejoras sustanciales,tales como ]a unificación de la categoría depesca arrastre norte y supresión de capturasaccesorias en la misma, la ampliación de lazona de pesca para la modalidad de cerconorte, el moderado incremento (en torno a un5%/año) de los cánones, el incremento de lasposibilidades de pesca para cerco sur (sardi-nales) y el escalonamiento, a lo largo de los 4años de vigencia, de los ajustes de posibilida-des de pesca contemplados. En términoscuantitativos, y para el primer año del Acuer-

P E S Q U E R A

do, la flota española cuenta con 59.474 TRB,que ampara a 510 buques. Es de señalar quela flota española es usuaria, tanto en términosde TRB como de número de buques, de un92% de las posibilidades de pesca otorgadas ala Unión Europea.Acuerdo CE/Madagascar: el 18 de mayo de1995 se rubricó en Antananarivo un nuevoProtocolo de aplicación de este Acuerdo parael período 20.05.95 a 19.05.98.

En este nuevo Protocolo se mantuvieron lasposibilidades de pesca para la flota atuneracerquera congeladora (42 buques) y se aumen-taron a 16 buques las posibilidades de pescapara buques palangreros de superficie.

Se mantuvieron los cánones de 20 ECUs/tonelada capturada, si bien se aumentó de1.000 ECUs/buque/año a 1.500 el anticipo apagar por obtención de licencia para atuneroscerqueros congeladores.Acuerdo CE/Guinea Bissau: Tras dos rondasde negociaciones celebradas, la primera enBissau del 27 de abril al 1 de mayo, y la se-gunda el 6 y 7 de junio en Bruselas, se rubricóun nuevo Protocolo de aplicación de esteacuerdo que entró en vigor el 16 de junio de1995, con una vigencia de dos años.

Con vistas a la conservación de recursos enesta zona, hoy en día amenazados, se han re-ducido las posibilidades de pesca para buquesarrastreros congeladores marisqueros en un20% (de 11.000 TRB a 8.800 TRB/mes/mediaanual). Esta disminución no afecta a la flotaespañola ya que todos los buques presentes eneste caladero han continuado faenando al am-paro del acuerdo, produciéndose, incluso,nuevas incorporaciones.

Para el resto de modalidades se ha manteni-do el nivel de posibilidades para buques arras-treros congeladores cefalopoderos (4.000TRB) y se han incrementado tanto el númerode buques atuneros cerqueros (de 22 a 26 bu-ques) como el de atuneros cañeros-palangre-ros de superficie (de 10 a 16) autorizados afaenar en el marco de este Acuerdo. Los cá-nones de pesca y resto de condiciones técni-cas se han mantenido igual que en Protocolosanteriores, sufriendo únicamente modifica-ción la dimensión mínima de las mallas parabuques cefalopoderos, que pasan de 40 milí-metros a 50.

5^ i

P O L Í T I C A

Acuerdo CE/Guinea Conakry: del 15 al 17 denoviembre se celebró en Conakry la negocia-ción de un nuevo Protocolo. En esta reuniónse acordaron los nuevos textos del Protocolo yAnexo que tendrían una vigencia de dos añosa partir del 1.01.96, si bien la rúbrica de losmismos no se realizó hasta el 6 de diciembreen Bruselas, una vez que las altas Autoridades,responsables de la pesca de Guinea Conakry,dieron su conformidad a lo acordado.

Debido al reciente retorno de los buquescomunitarios a estas aguas (fundamentalmen-te españoles), motivado por un mayor controlguineano de la actividad pesquera, eliminandobuques piratas, se han aumentado las posibili-dades de pesca en arrastre pasando de 4.200 a4.500 TRB/mes/media anual. También se hanelevado las posibilidades de pesca para bu-ques atuneros cerqueros congeladores (de 24a 28 licencias) y para palangreros de superii-cie (de 5 a 7licencias). Con respecto a las po-sibilidades de pesca para buques atuneros ca-ñeros, las posibilidades de pesca se han redu-cido de 10 a 7licencias.Acuerdo CE/Mauritania: De conformidad conlo previsto en el Artículo 3 del vigente Protoco-lo de Aplicación del Acuerdo y previa negocia-ción entre la Comisión de la UE y las Autorida-des mauritanas, celebrada en Bruselas en el mesde noviembre, el 11 de dicho mes se rubricó uncomplemento al citado Protocolo por el que seamplían las posibilidades de pesca previstas enel mismo, incluyendo 5.250 TRB para un máxi-mo de 18 buques cefalopoderos para el período15.11.95 a 31.07.96, fecha en que expira la vi-gencia de este Frotocolo.Acuerdo CE/Seychelles: En 1995 se han cele-brado dos rondas de negociaciones para la re-novación del Protocolo de aplicación delAcuerdo para el período 18.01.96 a 17.01.99.[Mahe (Seychelles), 9/13 de octubre y Bruse-las, 19 y 20 de diciembre]. En la segunda deestas rondas se acordaron los textos del nuevoProtocolo. No obstante su rúbrica quedó pen-diente, a petición de la Delegación seychelle-sa, hasta enero de 1996.

En este nuevo Protocolo se aumentan lasposibilidades de pesca para buques atuneroscerqueros congeladores (de 40 a 42 licencias)y se introducen posibilidades de pesca parabuques palangreros de superficie (15 licen-

P E S Q U E R A

cias). Con respecto a los cánones para atune-ros cerqueros congeladores se mantienen los20 ECUs por tonelada capturada pero se aumen-ta, de 5.000 a 7.500 ECUs/buque/año, el anti-cipo a pagar por obtención de licencia.Acuerdo CE/Namibia: Del 16 al 18 de octubrede 1995 tuvo lugar, en Windhoek, una ronda denegociaciones tras el largo paréntesis abiertodespués de una primera ronda comunitario-na-mibia que tuvo lugar en marzo de 1991. Si biense ha profundizado sobre el eventual marco delas relaciones pesqueras entre la Unión Euro-pea y Namibia, los progresos no han sido sus-tanciales al continuar insistiendo la Parte nami-bia en sus tesis tradicionales: negativa a conce-der licencias directas, instrumentación de unnuevo acuerdo sobre la figura de sociedadesmixtas en los campos de transformación y co-mercialización, y no de tipo extractivo. No sefijó fecha para una tercera ronda.

RESUMEN DE LA ACTIVIDAD DE LA FLOTAPESQUERA ESPAÑOLA EN ACUERDOSCON PAÍSES AFRICANOS Y DEL O. ÍNDICO

La flota atunera cerquera congeladora ha dis-puesto de las siguientes posibilidades de pesca:

Oceano Atlántico:

Mauritania: 16 licenciasSenegal: 301icenciasGambia: 5 licenciasCabo Verde: 7licenciasGuinea Bissau, hasta el 15.6.95: 4 licenciasdesde el 16.6.95: 8licenciasGuinea Conakry: 7 licencias.Costa de Mariil: 291icenciasGuinea Ecuatorial: 28 licenciasSao Tome e Príncipe: 201icenciasAngola: 1 licencia.

Oceano Índico:

- Madagascar: 221icencias- Comores: 201icencias- Seychelles: 201icencias

La flota atu^rer^ cañera y palangrera de supe^-cie, que se contempla generalmente como modali-

546

P O L I T I C A

dad única, ha dispuesto de las posibilidades si-guientes:

Marruecos: hasta 30.04.95: 13 licencias paraatuneros cañeros. Desde 1.12.95: 17 licenciaspara atuneros cañeros.Mauritania: 4 licencias para ambas modali-dades.Senegal: lO licencias para ambas modalidades.Guinea Bissau: hasta 15.06.95: 3 licenciaspara ambas modalidades. Desde 16.06.95: 61i-cencias para ambas modalidades.Guinea Conakry: 3 licencias para palangrerosde superf'icie.Costa de Marfil: 3 licencias para ambas mo-dalidades.Guinea Ecuatorial: 2 licencias para ambasmodalidades.Sao Tomé e Príncipe: 8 licencias para palan-greros de superficie.Madagascar: 10 licencias para palangreros desuperficie.

Por su parte, la flota arrastrera dirigida al maris-co ha dispuesto, a lo largo del año, de las posibili-dades siguientes:

- Marruecos: hasta el 30.04.95: 11.000 TRB(136/154 licencias). Desde el 1.12.95: 11.200TRB (150/165 licencias).

- Mauritania: 4.500 TRB (aproximadamente 25licencias).

- Senegal: 5.000 TRB (20/251icencias).- Gambia: 1.000 TRB (aproximadamente 6 li-

cencias).- Guinea Bissau: hasta el 15.06.95: 3.000 TRB

(15/18 licencias). Desde el 16.06.95: 2.400TRB (12/141icencias).

- Costa de Marfil: 600 TRB (aproximadamente2licencias).

Para la flota española dirigida a la merluza negrahan existido las posibilidades de pesca siguientes:

- Marruecos: hasta el 30.04.95: 5.400 TRB(18/21 licencias). Desde el 1.12.95: 3.000TRB (11 licencias).

- Mauritania: 12.000 TRB (aproximadamente361icencias).

- Senegal: 4.000 TRB (aproximadamente 10 li-cencias).

P E S Q U E R A

Para la modalidad de arrastre dirigido al cefaló-podo la flota española ha contado, durante 1995,con posibilidades de pesca en los siguientes países:

Marruecos: hasta el 30.04.95: 33.200 TRB(151 licencias). Desde el 1.12.95: 30.210TRB (128/1341icencias).Mauritania: Desde el 15.11.95: 5.250 TRB(18 licencias).Senegal: 2.300 TRB (8licencias).Guinea Bissau: 1.000 TRB (3 licencias).Guinea Conakry: 4.200 TRB (como este TRBes por mes media anual, en 1995 se han obte-nido 221icencias).

Para la modalidad de arrastre dirigido a otras es-pecies la flota española ha contado con las siguien-tes posibilidades:

- Marruecos: hasta el 30.05.95: 7.500 TRB(81/94 licencias). Desde el 1.12.95: ninguna.

- Mauritania: 3.000 TRB (aproximadamente 9 li-cencias).

- Angola: 1.636 TRB (4licencias).

En la modalidad de cerco, contemplada en elacuerdo CE/Marruecos, las posibilidades para laflota española han sido, hasta el 30.04.95, de 6.600TRB (52 licencias) y desde 1.12.95, de 6.100 TRB(26/29 licencias para cerco norte y 11 licenciaspara cerco sur).

En la modalidad artesanal, las posibilidades hansido las siguientes:

- Marruecos: hasta el 30.04.95: 3.540 TRB(62/68 licencias). Desde el 1.12.95: 1.550TRB (46/51 licencias).

- Mauritania: 800 TRB (10/121icencias).

En resumen, durante 1995 la flota española hacontinuado disponiendo de unas posibilidades depesca en el marco de los acuerdos suscritos por laUE con países africanos, que pueden cifrarse entorno a las 1.OSO licencias.

Acuerdos africanos pendientes de ratificación

Además de los acuerdos mencionados, continúanpendientes de ratificación por las Partes signatariaslos Acuerdos CE/Gabón, rubricado el 28 de febrero

547

P O L Í T 1 C A

de 1988, Sierra Leona, rubricado el 26 de noviem-bre de 1989 y Tanzania, rubricado el 15 de marzode 1990.

ACUERDO CE/MÉJICO

En febrero de 1995 la Comisión presentó unnuevo proyecto de acuerdo con este país similar alproyecto de acuerdo con Venezuela y una versión(perfeccionada) del acuerdo suscrito con Argentina.

En este proyecto de acuerdo se contempla la po-sibilidad de «licencias clásicas» para buques depesca de especies migratorias y la constitución desociedades mixtas y asociaciones temporales deempresa para el resto de modalidades.

El sector pesquero español no ha manifestadogran interés en este acuerdo.

ACUERDO CE/EEUU

El 29 de julio de 1982, España firmó un Acuer-do con EEUU, entrando en vigor el 17 de enero de1983 y manteniendo su vigencia hasta el 1 de juliode 1987, fecha en la que se incorporó al AcuerdoComunitario.

Acuerdo comuititario

La CE rubricó el Acuerdo de Pesca con EEUUel 27 de junio de 1984, con entrada en vigor el 14de noviembre del mismo año. Este Acuerdo, cuyavigencia terminó el 1-7-89, ha sido prorrogado endos ocasiones; la primera hasta el 1 de julio de1991, mediante Decisión del Consejo de 23 de fe-brero de 1984 y la segunda hasta el 31 de diciem-bre de 1993, mediante Decisión del Consejo de 10de junio de 1991.

El Acuerdo, cuyo período de aplicación finalizóel 1-1-94, actualmente está en suspenso.

ACUERDO CE/CANADÁ

El Acuerdo Marco para las relaciones pesquerascomunitarias con Canadá, rubricado el 28 de abrilde 1993, constituido por un intercambio de cartasunido al Memórandum firmado el 16 y 17 de di-ciembre de 1992, fue ratificado por el Consejo de

P E S Q U E R A

Ministros de Pesca de 20 de diciembre de 1993mediante la aprobación del Reglamento (CEE)3675/93 del Consejo.

Canadá no ha ratificado el Acuerdo por lo queno ha entrado en vigor.

Durante 1995, debido al conflicto causado porCanadá por el apresamiento del buque español«Estai» en aguas internacionales, Canadá y la UEse vieron obligadas a negociar un Acuerdo dePesca en el marco del Convenio de la NAFO comosolución del conflicto.

El 16-4-95 ambas Partes rubricaron un intercam-bio de cartas, un Canje de Notas y anexos queconstituyeron el nuevo Acuerdo, en el cual se in-cluían nuevos elementos de control en NAFO, asícomo un Acuerdo de reparto del TAC de fletánnegro. Este Acuerdo fue aprobado, con carácter deaplicación provisional, por el Consejo de 17-4-95.Posteriormente fue multilateralizado por NAFO,durante su sesión anual celebrada el mes de sep-tiembre de 1995, y ratificada su aprobación por elConsejo de Ministros de Pesca de la UE de diciem-bre de 1995.

ACUERDO CE/NORUEGA

Este Acuerdo fue firmado el 27 de junio de1980, con entrada en vigor el 16 de junio de 1981por una duración de 10 años. A1 no haberse denun-ciado en el plazo previsto ha quedado prorrogadopor otros 6 años.

El Acuerdo está basado en un equilibrio mutuosatisfactorio en materia de pesca, existiendo 3 zonasde pesca importantes: aguas autónomas comunita-rias, aguas autónomas noruegas y aguas comparti-das por ambas partes en el mar del Norte.

Los EEMM que participan en este acuerdo son:Reino Unido, Alemania, Francia, Dinamarca, Por-tugal y España.

Las especies que se pescan en el marco de esteAcuerdo son: bacalao, eglefino, carbonero, galline-ta, fletán, bacaladilla, caballa, faneca noruega, lan-zón y camarón.

Participación de Espnfici

Desde el momento de la adhesión a la CE, Espa-ña quedó integrada en el Acuerdo, con una partici-

548

P O L Í T I C A

pación que Noruega ofrece de forma especial, almargen del equilibrio del Acuerdo.

A pesar de que España, en el marco de sus rela-ciones pesqueras con Noruega a nivel bilateral, ob-tuvo cuotas de bacalao, eglefino y carbonero, galli-neta y pota durante los años 1978, 1979, 1980 y1981, desde la adhesión a la Comunidad sólo sehan conseguido cuotas de gallineta.

Campaña 1995

Como consecuencia de la entrada en vigor delAcuerdo del Espacio Económico Europeo, el 31 dediciembre de 1993 España reinició sus actividadespesqueras en Noruega, disponiendo durante 1995de 3.825 Tm. de bacalao «cohesión» negociadasen este Acuerdo, incrementadas en 212,5 Tm. ce-didas por Grecia. Dispone asimismo de 190 Tm.de gallineta.

11 parejas bacaladeras han participado en estapesquería durante una campaña que se ha desarro-llado durante los meses de marzo, abril y junio,julio, agosto y octubre, con una actividad mediapor unidad pesquera de 20 días.

Consultas para establecer medidas de gestionde este acuerdo para 1996

Las negociaciones para 1996 se han llevado acabo durante tres rondas de negociación, en las queEspaña ha ejercido la Presidencia de la UE.

Primera ronda. Celebrada en Bergen, del 8 a 9de noviembre de 1995.

Segunda ronda. Celebrada en Bruselas, durantelos días 30 de noviembre a 1 de diciembre de 1995.

Tercera ti última ronda. Celebrada en Bruselas,durante los días 7 a 9 de diciembre de 1995.

La mayor dificultad en estas negociaciones hansido las medidas de gestión que debían ser adopta-das para las especies pelágicas, caballa y arenque,en base a las recomendaciones científicas queaconsejaban una reducción drástica de las posibili-dades de pesca para 1996.

Se acordó una reducción más suave y progresivaen un programa de gestión multianual.

En cuanto a las especies demersales, la platijacuyo stock está en situación crítica, ha debido de

P E S Q U E R A

sufrir una reducción importante para 1996, adop-tándose al igual que para las especies pelágicas unareducción progresiva del TAC en el marco de unprograma de estrategia multianual.

Las especies demersales del mar del Norte hanpodido mantener los niveles de años anteriores.

El TAC de bacalao ártico, en el que participa laflota española, se ha mantenido en el mismo nivelque en 1995, por lo que su participación durante1996 se ha visto incrementada en los porcentajesestablecidos en el Acuerdo de Pesca del EspacioEconómico Europeo.

Reglamentos comunitarios referentes a la actividaden aguas noruegas

Reglamento de 21 de diciembre de 1995, por elque se establecen para 1996 determinadas medidasde conservación y de gestión de los recursos pes-queros aplicables a los buques que enarbolen pabe-llón de Noruega.

Reglamento de 21 de diciembre de 1995, por elque se distribuyen para 1995 diversas cuotas entrelos EEMM para los buques que faenan en aguas deNoruega.

ACUERDO CE/GROENLANDIA

Objetivos y fechas de firma y^ entrada en vigor

El Acuerdo Marco se firmó el 29-1-1985, por unperíodo de 10 años, a raíz de la salida de Groenlan-dia de la Comunidad Económica Europea, con elfin de mantener las posibilidades de pesca que ha-bían disfrutado los pescadores comunitarios mien-tras Groenlandia fué miembro comunitario.

En Protocolo anexo al Acuerdo se fija para perío-dos de cinco años las actividades de pesca de laflota comunitaria al Este y Oeste de Groenlandia.La contrapartida por parte de la CE consiste en unacompensación financiera y trato preferencial en elmercado comunitario a los productos pesquerosprocedentes de Groenlandia.

Los EEMM que han participado tradicionalmen-te en este Acuerdo son Alemania, Reino Unido,Dinamarca y Francia.

Dado que el segundo Protocolo expiraba el 31-12-94, se negoció el tercer Protocolo para el perío-do 1995/2000.

549

P O L Í T I C A P E S Q U E R A

Hasta este momento España no participaba en elAcuerdo, en virtud del Principio de Estabilidad Re-lativa, por lo que desde el inicio de las negociacio-nes su posición fue favorable a convertir el Acuer-do en uno de segunda generación, propiciando laintroducción de sociedades mixtas y asociacionestemporales de empresas, a través de las cuales laflota española pudiera faenar en aguas de Groen-landia, objetivo logrado en las negociaciones deltercer Protocolo.

Como contrapartida la compensación financierase incrementó en un 10%, pasando a ser de 37,7millones de ECUs anuales.

Actividad 1995

España, en base a las condiciones establecidaspara 1995 en el marco del tercer Protocolo, ha rea-lizado dos campañas experimentales de pesca diri-gidas al granadero, participando en la cuota de2.000 Tm. asignadas para esta actividad.

El resultado de las campañas no fue satisfactorioya que no se cumplieron los objetivos de poder ga-rantizar la realización de una pesca, dirigida a estaespecie, en las condiciones establecidas. No obstan-te, la puerta ha quedado abierta para una posible fu-tura actividad de la flota española en este caladero.

gociar un acuerdo con la federación rusa, el cualestá limitado a posibilidades de pesca en el marBáltico, incluyéndose los siguientes elementos:

Intercambio equilibrado de posibilidades depesca.Acceso recíproco a las zonas de pesca en elB áltico.Intercambio de excedentes.Posibilidad de contribuciones financieras acambio de cuotas de pesca en el mar Báltico.Posibilidad de establecer asociaciones tempo-rales de empresas.Posibilidad de contribución financiera a cam-bio de cuotas de pesca obtenidas por los Esta-dos costeros en aguas internacionales.

RELACIONES CON POLONIA

Base de negociación

Igual que en el caso de la Federación Rusa, estasrelaciones se han iniciado en base al mandato de 3de noviembre de 1976 y dentro de los límites esta-blecidos mediante Decisión adoptada en el Consejode Ministros de Pesca de 23 de febrero de 1989.

RELACIONES DE PESCACON LA FEDERACIÓN RUSA

En el transcurso de 1995, la Comisión ha reali-zado contactos informales con la Federación Rusapara ver las posibilidades de negociar un acuerdopesquero global en el que se incluirían los acuerdosbilaterales de la federación rusa con Suecia y Fin-landia.

La reunión tuvo lugar durante los días 19 y 20de noviembre de 1995.

En la agenda de esta reunión estaba incluida lareconducción de los acuerdos bilaterales para1996. Actualmente, la Comisión está a la espera derecibir respuesta de la Federación Rusa.

Mandato de negociación para un acuerdode pesca

El Consejo de 21 de diciembre de 1995 ha apro-bado una Decisión autorizando a la Comisión a ne-

Objetivo

El objetivo principal de la CE en las negociacio-nes en materia de pesca con los países del Este, ri-bereños del Mar Báltico, es buscar acceso y cuotasen las zonas de pesca de soberanía de estos países,con el fin de lograr una mayor flexibilidad en la ac-tividad pesquera de la flota comunitaria que faenaen estas aguas.

Estado de las negociaciones

Por el momento sólo se han celebrado consultasinformales, durante las que se han intercambiadolos proyectos de Acuerdo redactados por ambaspartes.

La posición española, con respecto a las posiblesconcesiones arancelarias a los productos pesque-ros, es su vinculación al acceso a recursos, produc-to por producto.

550

P O L Í T I C A

Actualmente, la Comisión de las CCEE ha plan-teado posponer la aplicación de ventajas comercia-les de productos pesqueros a la conclusión de unacuerdo pesquero entre ambas partes, debido a quePolonia rechaza la vinculación de acceso a recur-sos e intercambio de productos de la pesca.

Negociaciones durante 1995

Durante 1995 se celebró una ronda de negocia-ciones los días 3 y 4 de octubre de 1995, para ne-gociar las posibilidades de pesca en 1996 en elmarco del Acuerdo de Polonia con Suecia. En estasnegociaciones, España ejerció la Presidencia de laUnión Europea.

Siguen en suspenso las negociaciones para elAcuerdo de pesca.

Mandato de negociación para un Acuerdode Pesca

El Consejo de 21 de diciembre de 1995 ha apro-bado una Decisión autorizando a la Comisión a ne-gociar un Acuerdo con Polonia, el cual está limita-do a posibilidades de pesca en el Mar Báltico, in-cluyéndose los siguientes elementos:

Intercambio equilibrado de posibilidades depesca.Acceso recíproco a las zonas de pesca en elBáltico.Intercambio de excedentes.Posibilidad de contribuciones financieras acambio de cuotas de pesca en el mar Báltico.Posibilidad de establecer asociaciones tempo-rales de empresas.Posibilidad de contribución financiera a cam-bio de cuotas de pesca obtenidas por los Esta-dos costeros en aguas internacionales.

ESTADOS BÁLTICOS: ESTONIA,LETONIA Y LITUANIA

El mandato de negociación que autorizaba a laComisión a establecer relaciones pesqueras con laantigua URSS, restringido a intercambio de posibi-lidades pesqueras en el mar Báltico, ha sido el

P E S Q U E R A

marco de negociación de acuerdos pesqueros conestos nuevos Estados.

Debido a las circunstancias sociales por las queatraviesan estos Estados, este mandato tuvo que serampliado incluyendo la posibilidad de constituirintercambios comerciales de productos pesqueros yjoints ventures, así como contrapartidas financierasa cargo de la CE a cambio de cuotas y ayudas a lainvestigación.

Estos acuerdos establecen los siguientes ámbitosde cooperación:

Establecimiento de totales de capturas de con-formidad con asesoramiento científico, con laposibilidad de intercambiar cuotas o concederreciprocidad de acceso en los stocks comunes.Normas comunes de gestión en stocks conjun-tos y cooperación en foros internacionales depesca.Ayuda financiera y técnica por parte de la CE.Fomento de empresas mixtas. El Acuerdo deEstonia no incluye esta posibilidad.

ACUERDO DE PESCA UE/ISLANDIA

En el marco del Acuerdo del EEE, se negoció unrégimen especial para el sector pesquero en aguasde Islandia contemplándose un Acuerdo de Pesca.La concesión de recursos se reguló mediante un in-tercambio de cartas, instrumento legal anexo perono vinculado al Acuerdo del EEE. Este intercam-bio de Cartas, firmado el 2-5-92 en Oporto, esta-blece la concesión por parte de Islandia a la CE de3.000 Tm. equivalentes de gallineta, constituyendoen 1995 la especie principal. Se prohíbe pescar ba-calao como pesca asociada. A cambio, la CE cedea Islandia 30.000 Tm. de capelán que dispone enaguas de Groenlandia en base al Acuerdo firmadocon el Gobierno Local de esté territorio.

Durante los años 1994 y 1995 la actividad pes-quera en aguas de Islandia tuvo resultados muy ne-gativos ya que las condiciones eñ las que debe rea-lizarse dicha pesquería, así como la zona asignada,dificultaron la realización de una pesca rentable.

Negociaciones para 1996

Durante los días 23 y 24 de octubre de 1995, secelebró una ronda de negociaciones para establecer

551

P O L Í T I C A

las posibilidades de pesca comunitaria en aguas deIslandia para 1996, así como la posible revisión demedidas técnicas. En estas negociaciones Españaejerció la Presidencia Comunitaria.

Resultado de la negociación

E] objetivo principal de la negociación era mejo-rar las condiciones técnicas, en especial la reasig-nación de un área idónea para la pesca de la espe-cie autorizada.

Si bien no fue posible cambiar condiciones téc-nicas como poder hacer viajes mixtos, no desem-barcar el producto pesado y autorización para des-cabezado de pescado, sí fue posible la modifica-ción del área designada ampliando la zona del áreaoriental unas mil millas cuadradas, incluyendo unagran parte de la denominada «Rose Garden» , demayor rendimiento de gallineta, lo que debe consi-derarse un éxito, teniendo en cuenta la posición in-movilista de la delegación islandesa.

2.4.2. Organismos multilaterales pesqueros

COMISIÓN DE PESQUERÍASDEL ATLÁNTICO NORDESTE (NEAFC)

La decimocuarta reunión de la Comisión de Pes-querías de] Atlántico Nordeste (NEAFC) se cele-bró en Londres entre el l5 y el 17 de noviembre de1.995. Estuvieron representados Rusia, Islandia,Noruega, Polonia, Dinamarca (por Groenlandia eIslas Feroe), y UE.

La Comisión centró sus estudios en los stocksde gallineta oceánica, bacaladilla y arenque de pri-mavera.

1. Stock de gallineta oceánica:Durante 1995 se continuó el Grupo de Tra-

bajo creado en 1.994 con el fin de la adop-ción de un TAC y su distribución entre lasPartes Contratantes. Finalmente, no se acor-dó la fijación de un TAC para este año, adop-tándose los siguientes compromisos:- Celebración de grupos de trabajo en enero

y febrero, así como una reunión extraordi-naria de NEAFC, en marzo, para regular lapesquería.

P E S Q U E R A

- Informes mensuales a NEAFC de capturasde gallineta.

- Aproximación a Partes no Contratantes.2. Stock de arenque de primavera.

Se estableció un Grupo de trabajo, análogoal de gallineta, para buscar medidas de ges-tión del stock en el marco de NEAFC. Lasreuniones serán las mismas que las señaladasen el stock anterior.

3. Stock de bacaladilla.Se fijó un TAC para 1.996 de 650.000 Tm.

para las Regiones 1 y 2, de manera análoga alo realizado el año precedente.

COMISIÓN INTERAMERICANA DEL ATÚNTROPICAL (CIAT)

España participa en esta Comisión como obser-vadora, ya que no es miembro de la misma.

Durante 1995 se celebraron la SSa ReuniónAnual, de] ] 3 a] 15 de junio, y la 56a Reunión Es-pecial, el 5 de octubre, así como sendas reunionesintergubernamentales, a continuación de las ante-riores.

De la Reunión Anual cabe destacar la adopciónde una recomendación fijando la cuota para la cap-tura de atún de aleta amarilla así como la presenta-ción de una declaración conjunta de varios gobier-nos para urgir al Gobierno de los Estados Unidosde América para que levanten los embargos im-puestos a las importaciones de atún.

España no se adhirió a la declaración debido aque en los considerandos se afirma que la pesca delatún, utilizando la técnica del lanzamiento sobredelfines, resulta la más efectiva, en contradiccióncon la normativa comunitaria.

No obstante, España instó para que se levante elembargo comercial a los países integrantes delacuerdo de La Jolla, de 1992, para la conservaciónde delfines.

De la Reunión Especial celebrada en octubre sedestaca la presentación de la Declaración de Pana-má, como último intento de forzar al Parlamentode los Estados Unidos para que cambie su legisla-ción respecto a los embargos.

Todas las delegaciones presentes, incluyendo lade los Estados Unidos y varias ONGs, suscribieronla Declaración.

España tuvo durante 1995 dos buques atuneroscerqueros en el área de la CIAT (Pácifico Oriental

552

P O L Í T I C A

Tropical), los cuales pescan respetando las normasde la Unión Europea, más estrictas que las de laCIAT, ya que prohiben el lance sobre delfines en lapesca del atún, evitando así el embargo, por partede los Estados Unidos de América, de la produc-ción atunera española.

COMISIÓN INTERNACIONALPARA LA CONSERVACION DEL ATÚNATLÁNTICO (ICCAT)

Del 10 al 17 de noviembre de 1.995 se celebróen Madrid la XIV reunión ordinaria de ICCAT.

En esta reunión ha participado por primera vez,como miembro de la Comisión, el Reino Unido, loque eleva a 21 el número total de Partes en el Con-venio. Para el próximo bienio ha sido elegido Pre-sidente de ICCAT el Director General de RecursosPesqueros.

España reafirmó su posición favorable a laprohibición del uso de redes de enmalle a la deriva.Se adoptó una Resolución sobre cooperación conFAO respecto al estudio sobre el estado del stock ycapturas fortuitas de tiburones.

El presupuesto aprobado significa un incrementorespecto a 1995 del 5%, aunque la contribución deEspaña es inferior en un 7,3% a la del mismo año.El Secretario Ejecutivo se comprometió a ejecutarel gasto de tal manera que pudieran celebrarsetodas las reuniones científicas propuestas por elComité Científico.

El Comité de Infracciones se denominará, enadelante, Comité ICCAT de Cumplimiento de lasMedidas de Conservación y Ordenación y será elencargado de supervisar su cumplimiento por losmiembros de ICCAT. Estará presidido por Franciay su primera tarea será diseñar un sistema de con-trol específico de ICCAT.

En cuanto a las diferentes Subcomisiones queregulan las especies, las conclusiones de la Comi-sión han sido, en lo que se refiere a las especiesque atañen más directamente a los intereses espa-ñoles:

Rabil: Recomendación de adoptar medidas espe-cíficas para mejorar el cumplimiento de las reco-mendaciones vigentes.

Patudo: Se ha adoptado una resolución que pro-mueve el estudio del efecto de las técnicas depesca sobre la captura de juveniles.

P E S Q U E R A

Atún rojo: Se han adoptado recomendaciones dereducción de capturas para aquellos países (especial-mente Francia) que han aumentado significativa-mente sus capturas después de la resolución de 1993que establecía una reducción de125% antes de 1988.

España ha mostrado un grado de cumplimientoóptimo del documento estadístico del Atún Rojo yse mostró en desacuerdo con la aplicación de coefi-cientes de conversión, no justificados, a formas depresentación no previstas en el DEAR. ICCAT hapedido al Comité Científico que compruebe la vali-dez de los coeficientes aplicados.

Pez espada: Se adoptó un reparto del TAC parael Atlántico Norte aplicable a partir de 1997: elporcentaje de España asciende de140 al 41,25%.

La próxima reunión de ICCAT tendrá lugar del22 al 29 de noviembre de 1996 en San Sebastián,por invitación del Gobierno Autónomo Vasco.

ORGANIZACIÓN DE PESQUERÍASDE ATLÁNTICO NOROESTE (NAFO)

Gestion durante 1995

El nivel de capturas para la flota española durante1995 fue establecido mediante el Reglamento (CE)3366/94 del Consejo, de 20 de diciembre de 1994,modificado por los Reglamentos (CE) 850/95, de 6de abril de 1995, y(CE) 1761/95, de 29 de junio.

Bacalao 3N0 .................. 03M ..................... 1.574 Tm

Gallineta 3M ..................... 4.030 Tm (1)Platija 3M ..................... 0

3LN0 ................ 0Limanda 3LN0 ................ 0Pota 3+ 4 .... .............. Sin determinarFletán negro 2+ 3 .................. TAC NAFO 27.000 Tm.

(1) Cuota global comunitaria, sin repartir entre los Estados miembros.

Reglamento (CE) 3366/94, sin determinar laTAC de la UE, por estar pendiente de decisiónel reparto en NAFO entre las Partes Contra-tantes.Reglamento (CE) 850/95, TAC comunitario de18.630 Tm. Resultado: posición autónoma co-munitaria debido a no aceptación del repartoNAFO establecido en la Comisión Especial dePesquerías, celebrada el 1 de Febrero de 1995.

533

P O L Í T I C A

- Reglamento (CE) 1761/95, TAC comunitariode 5.013 Tm. a partir del 16 de abril de 1995,fecha en la que mediante acuerdo con Canadáse modificó el reparto del 1-2-95.

Con este TAC de 5.013 Tm., a aplicar a partirdel 16-4-95, la participación comunitaria es delorden de 11.070 Tm. para todo el año 1995.

Durante este año han ejercido actividades pes-queras en el caladero NAFO tres flotas diferen-ciadas:

a) La flota bacaladera vio muy limitada su acti-vidad en el número de unidades y en el perío-do de pesca debido al descenso en el nivel decuotas respecto a años anteriores, a causa delmal estado de los stocks. Un total de 5 pare-jas bacaladeras acudieron al caladero, duran-te una media de 2 meses del primer semestre,dirigiendo su actividad al bacalao y fletánnegro, en similar nivel de esfuerzo.

b) La flota congeladora mantuvo la presencia de1994 con la participación de 11 buques quefaenaron sólo durante el primer semestre.

Debido a la prohibición de ejercer pesca di-recta sobre las especies planas tradicionales, laflota congeladora española dirigió su activi-dad, durante este año, a experimentar las posi-bilidades de pesca del camarón y a la pescadel fletán negro y otras especies no reguladas.

c) Se continuó con el programa de campañasbioeconómicas dirigidas al fletán de Groen-landia, autorizando 25 buques, con una su-pervisión científica muy limitada debido a laimplementación, durante el segundo semes-tre, del Programa Piloto de ObservadoresNAFO, de nacionalidad no española.

Dato a destacar de la actividad pesquera realiza-da en NAFO durante 1995 es que, por primera vez,debido a la crisis de los stocks de especies tradicio-nales, las tres flotas que participan en este caladerodirigieron su actividad con carácter prioritairo alfletán negro.

Aplicación del prograrna piloto de observaciónde NAFO

El 17-4-95, Canadá y la UE firmaron un Acuer-do sobre la pesca en el marco del Convenio de la

P E S Q U E R A

NAFO, rubricado el 20-4-95 y cuya aplicación, apartir de esa fecha, se consideraba de carácter obli-gatorio y provisional hasta la ratificación delmismo por la Comisión de Pesquerías de NAFO, lacual fue efectuada durante la sesión anual de la Co-misión de Pesquerías de NAFO, celebrada en elmes de septiembre de 1995.

Uno de los elementos incluido en este Acuerdofue el embarque de observadores «controladores»en todos los buques activos en NAFO. A partir deesa fecha estuvieron presentes en el caladero 18buques congeladores en los cuales embarcaron ob-servadores de nacionalidad no española.

Campañas de investigación

Durante los meses de junio a julio se ha realiza-do, por parte del IEO y de] Instituto de Investiga-ciones Marinas de Vigo, la séptima de una serie decampañas de investigación en el marco de un pro-yecto cofinanciado por la UE para Flemish-Cap, abordo del buque oceanográfico Cornide de Saave-dra durante el período comprendido entre el 16 dejunio y 14 de julio de 1995. La realización de estaserie de campañas se debe al interés en mejorar elconocimiento sobre la situación del stock de baca-lao en esta zona, en la que hasta el 31 de diciembrede 1990 existió una moratoria.

Campaña de planos en 3N0 realizada a bordodel buque platuxeiro Playa de Menduiña durantemayo de 1995 con objeto de disponer de datos paraun seguimiento del stock, debido a la falta de acti-vidad de pesca comercial a causa de la moratoriaestablecida en 1995.

A través del IEO se efectuaron dos campañaspara el estudio de este stock, en la división 3N0 yotra paralela a la de Flemish Cap.

Reuniones celebradas durante el año

REUNIÓN ESPECIAL DE LA COMISIÓN DEPESQUERÍAS. Celebrada del 30 de enero al 1 deFebrero de 1995, en Bruselas, para el reparto deTAC de fletán negro entre las Partes Contratantesde NAFO.

REUNIÓN ESPECIAL DEL COMITE SOBRECONTROL INTERNACIONAL (STACTIC). Ce-lebrada en Dartmouth (Canadá) durante los días10/12 de mayo de 1995.

554

P O L Í T I C A P E S Q U E R A

REUNIÓN ESPECIAL DE LA COMISIÓN DE TAC NAFO Cuota UEPESQUERÍAS. Celebrada durante los días 7 a 9 de

Platija 3M 0 0junio en Toronto.

.................3LN0 ............ 0 0

REUNIÓN ANUAL DE LA COMISIÓN DE Limanda 3LN0............ 0 0PESQUERÍAS. Celebrada del 11 al 15 de septiem- Mendo 3N0 ............... 0 0bre en Dartmouth (Canadá). Capelán 3N0 ............... 0 0

Pota 3+ 4 150 000 Sin es ecificarREUNIÓN DEL GRUPO DE TRABAJO DEFletán negro

..............2+ 3

.27 000

p11 070

PROYECTO PILOTO PARA CONTROL POR.............. . .

SATÉLITE, DEL COMITÉ STACTIC, celebrada enBruselas durante los días 24/26 de octubre de 1995.

- Medidas técnicas

Resultados de las reuniones de la comisión La Comisión de Pesquerías adoptó las siguientesde pesquerías medidas de conservación y gestión de los stocks:

Camarón 3M. Por primera vez se limita el es-REUNIÓN 1 DE FEBRERO DE 1995 fuerzo en número de días de pesca y número(REPARTO TAC FLETÁN NEGRO) de buques presentes en caladero en base a la

Canadá ...................................... 16.300 Tm. actividad en los años 1993, 1994 y 1995UE ............................................. 3.400 Tm. (hasta e131 de agosto de 1995).Rusia ......................................... 3.200 Tm. Talla mínima de fletán negro: 30 cm.Japón ......................................... 2.600 Tm. Tallas equivalentes de pescado procesadoOtros ......................................... I.500 Tm. para bacalao, platija americana y limanda.Total ......................................... 27.000 Tm. Comunicación de capturas de fletán negro con

periodicidad semanal.Modificación del sistema de comunicaciones

El resultado de la votación: «Hail», incorporando información sobre cap-lb d l d lid d dero.turas a or o a a entra a y sa a e ca a

- 6 votos a favor: Canadá, Cuba, Islandia, Programa de Observadores (Controladores deJapón, Noruega y Rusia. Cumplimiento de Medidas de Gestión) a nivel

- 5 votos en contra: UE, Letonia, Lituania, Es- de cobertura 100%. Período 1 de enero detonia y Polonia. 1996 a 31 de diciembre de 1997.

- 2 abstenciones: Dinamarca (Islas Feroe) y Programa Piloto de localización por satélite.C

- Lorea.a UE anunció la presentación de una objeción.

Cobertura del 35% para cada Parte Contratante.

Reunión anual septiembre 1995- Otras Medidas adoptadas

- Gestión de stocks para 1996

A continuación se reflejan los TAC adoptadospara 1995 y la cuota comunitaria para las especiesreguladas por NAFO.

TAC NAFO Cuota UE

Bacalao 2J 3KL ........... 0 03M ................. 11.000 5.4853N0 .............. 0 0

Gallineta 3M ................. 26.000 4.0303LN ............... 11.000 374

Se multilateralizó el Acuerdo de Pesca con Ca-nadá en el marco de NAFO, mediante la aproba-ción de las siguientes medidas incluidas en el cita-do acuerdo, debatidas previamente en las reunionesdel STACTIC de mayo y de la Comisión de Pes-querías de 8 de junio celebrada en Toronto.

Revisión de la clave de reparto entre PartesContratantes de fletán negro, previamenteadoptada en la sesión del 1-2-95.Modificación del Esquema de Inspección paraasegurar la objetividad y evitar dañar el pro-ducto a bordo.

555

P O L Í T I C A

Transmisión de información para la inspec-ción.- Se establecen medidas para agilizar eltrámite de la información de presuntas activi-dades ilegales.Tamaño de las mallas.- La posibilidad de uti-lizar malla de 120 mm. confeccionada confibra de poliamida se limita hasta el 1 de juniode 1997.Inspecciones en puerto.- Se establece la obli-gación de inspeccionar en puerto a todos losbuques procedentes de NAFO, en caso de de-sembarco.Planes de esfuerzo e información de captu-ras.- Se establece la obligación de notificar alSecretario Ejecutivo de NAFO, anualmente,el plan previsto para la actividad dirigida alfletán negro.Infracciones.- Se establece relación de medi-das cuya violación reiterada pueda dar lugar auna infracción grave, que podrá ser sometidaa un esquema especial de inspección, pudién-dose adoptar en dichos casos decisiones deenvío del buque supuestamente infractor apuerto, para una inspección más detallada.Seguimiento de infracciones aparentes.- Semodifica el esquema internacional de inspec-ción para establecer medidas para el puntualseguimiento de los expediente sancionadores.

Conflicto del fletan. Apresamientodel buque «Estai»

E1 fletán negro, hasta 1991, era un recurso su-bexplotado,incluido en los planes canadienses dedesarrollo de sus pesquerías. La respuesta de dichopaís al desarrollo inesperado de la pesquería porparte de la flota comunitaria fue contundente, lide-rando una estrategia en la Reunión Anual deNAFO, celebrada en Septiembre de 1994, para lafijación de un TAC en un nivel de 15.000 Tm.,muy inferior al recomendado por el Consejo Cien-tífico como medida cautelar (reconducir el esfuer-zo de pesca de tal manera que las capturas fueraninferiores a 40.000 Tm.), adoptándose finalmentela propuesta «salomónica» noruega de 27.000 Tm.

El reparto adoptado por la Comisión de Pesque-rías NAFO, en su Sesión del 1-2-95, promovidopor Canadá era inaceptable para la UE ya que lasparticipaciones de Canadá, Rusia y Japón se veíanincrementadas en relación a su actividad histórica,

P E S Q U E R A

y una Parte Contratante, la UE, debía asumir todoel peso del sacrificio que suponía el actual nivel deTAC.

Ante la objeción comunitaria del reparto acor-dado el 1-2-95, Canadá reaccionó mediante unacto ilegal y violento, violando el ConvenioNAFO y las normas consuetudinarias del derechointernacional, mediante el apresamiento del buque«Estai» en aguas internacionales. Dicho apresa-miento resultó ser un «acto anunciado» como sedesprende de los hechos que se relacionan a conti-nuación.

El l2 de mayo de 1994 Canadá enmendó su Leyde Protección de Pesca Costera, otorgando a lasAutoridades canadienses poderes de intervenciónsobre buques extranjeros que faenaran en alta mar.

El primer reglamento de desarrollo de esta ley,en junio de 1994, se aplicó a buques de banderasde conveniencia, de ciertos países como Panamá,Belice, Venezuela e Islas Caimán y para la zona dereglamentación de NAFO.

El 3 de marzo de 1994 Canadá modificó el re-glamento de aplicación, incluyendo a los buquesportugueses y españoles.

En septiembre de 1994, la NAFO fija por pri-mera vez un TAC de 27.000 toneladas de fletánnegro, para 1995, quedando pendiente su repartoentre las Partes de la Organización.

El I de febrero de 1995 la Comisión de Pesque-rías de NAFO aprobó el reparto del TAC de fletánde 27.000 Tm. entre las Partes Contratantes deNAFO, otorgando a la UE una cuota de 3.400 tone-ladas.

El 28 de febrero de I995 el Consejo de la UE,mediante procedimiento, de urgencia adoptó la Ob-jeción al reparto, fijando una cuota autónoma parala UE de 18.630 toneladas para 1995.

El 2 de marzo de 1995 Canadá anunció posiblesacciones contra la actividad de la flota comunitaria,por considerar que la cuota comunitaria, según elreparto adoptado por la Comisión de Pesquerías, sehabía agotado. En esta fecha se producen, desdepatrulleras canadienses, advertencias a la flota es-pañola para que detengan la pesquería.

El 3 de marzo de 1995 fue comunicada al Secre-tario Ejecutivo de NAFO la decisión de objetar porparte de la UE.

El 3 de marzo de 1995 Canadá comunicó la mo-dificación de su legislación por la que se autootor-gaba la potestad de actuar contra la flota de Españay Portugal en el área de NAFO, solicitando, al

556

P O L Í T I C A

mismo tiempo, una moratoria de dos meses para laactividad dirigida al fletán.

El 5 de marzo de I995 Canadá anunció posiblesacciones contra la flota de España y Portugal si se-guían pescando fletán negro, ya que según sus no-ticias habían agotado su cuota.

El 6 de marzo de I995 el Consejo de Ministros,en su Sesión de Asuntos Generales, aprueba unaDeclaración condenando las iniciativas anunciadaspor Canadá contra la actividad de la flota comuni-taria.

En esta semana se ralizaron contactos con Cana-dá en los que este país solicitaba la retirada de laObjeción a cambio de una oferta de cesión de cuotacanadiense cuya cantidad iba disminuyendo segúntranscurrían las negociaciones. La Comisión de laUE se mantuvo firme en contra de la moratoria.

El 9 de marzo de 1995, por la mañana, Españasolicita a la Comisión que garantice, a través delbuque de inspección comunitario KommandorAmalie, que las inspecciones se efectúen en elmarco del procedimiento NAFO y que se asegurela protección de buques comunitarios ante eventua-les agresiones de patrulleras canadienses.

Simultáneamente se envía comunicado a las aso-ciaciones de armadores para que ante cualquier in-tento de inspección por parte de Canadá se ponganen contacto con el buque de inspección comunitario.

El 9 de marzo de 1995, por la noche, se produjoel apresamiento del buque Estai.

El 10 de marzo de 1995 España toma la decisiónde enviar buques de la Armada al caladero NAFOcon objeto de apoyar y proteger a la flota española.Se asigna al buque vigía, que actuará en el marcodel esquema de inspección mutua de NAFO.

El 10 de marzo de 1995 se celebra una reuniónde COREPER para examinar las relaciones depesca con Canadá a raíz del apresamiento.

En esta Sesión se distribuyó una Nota Verbalcondenando la actuación canadiense.

Se consideró la necesidad de una convocatoriade reunión urgente de NAFO, sugiriendo las fechasde120 a124 de marzo de 1995.

El l3 de marzo de 1995 se celebró una reuniónbilateral, UE/Canadá, en la que se acordaron los si-guientes principios en tema de control:

- Control reforzado.- No discriminación.- Respeto normas NAFO.- Multilateralismo

P E S Q U E R A

El 15 de marzo de 1995 se celebró una reunióndel COREPER II. En esta reunión se acordó no ini-ciar negociaciones formales con los canadienses sino liberaban el barco.

Se toma nota del compromiso de la Comisión dela UE contra posibles medidas de retorsión contraCanadá, que no se limitarían al sector comercial.

El IS de marzo de 1995 el buque Estai fue libe-rado previo pago de una fianza de 48 millones depesetas.

El IS de marzo de 1995 interviene la Comisariade Pesca en el Parlamento Europeo presentandouna declaración sobre la ilegalidad de la acción ca-nadiense, aprobándose una Resolución del Parla-mento que condena la acción unilateral de Canadá.

El l6 de marzo de 1995 la Comisión de la UEinforma sobre el resultado de ]as conversacionesexploratorias con Canadá en el sentido siguiente:

La UE mantiene que se trata de un acto ilegalcontra la ley internacional.

Canadá mantiene que está justificado por moti-vos de conservación.

Canadá toma nota de que el pago de la fianzapor parte del armador del buque Estai no prejuzgala interpretación de la Comunidad en el apresa-miento.

El 17 de marzo de 1995 el patrullero de la Arma-da española Vigía llega al caladero de NAFO. Elvigía confirma que patrulleros canadienses siguenhostigando a la flota española. En esta fecha hay 16barcos españoles faenando en la zona.

El l7 de marzo de I995 se celebró reunión delCOREPER I.

La Comisión de la UE comunicó que a raíz de laliberación del buque Estai se iniciaban negociacio-nes formales con Canadá.

Negociaciones y finalización del confZito:

A lo largo de la última quincena del mes demarzo y la primera del mes de abril, se desarrolla-ron las negociaciones entre la UE y Canadá enmar-cadas por el mantenimiento de la tensión en lazona de pesca. Así, se produjeron nuevos inciden-tes (cortes de redes o intentos de abordaje) que hi-cieron necesaria la presencia activa de los patrulle-ros de la Armada española, que fueron relevándoseen su cometido.

Por su parte, en estas fechas, España lleva antela Corte Internacional de Justicia de La Haya la re-

557

P O L Í T I C A

clamación contra la actuación canadiense contrabarcos españoles en aguas internacionales y la nor-mativa nacional en la que pretende ampararse, alconsiderarse aquella un claro ilícito internacional.

Paralelamente, el proceso negociador se conti-núa desarrollando hasta que el 16 de abril, la UE yCanadá firman el Acuerdo, con aplicación provi-sional, sobre la pesca en el marco del ConvenioNAFO, acuerdo que fue ratificado por decisión delConsejo el 17-4-95. El contenido de este acuerdo,además de establecer una serie de medidas especí-ficas de control de la pesca en la zona, consolida lapresencia y las posibilidades de pesca del fletánnegro de la flota comunitaria en la zona, al fijar,para años sucesivos, una clave de reparto sobreesta especie, que atribuye a la UE un 55,35% delTAC establecido anualmente para la zona 3MNL0.

TRATADO DE PARÍS

Las actividades pesqueras en el caladero deSvalbard se enmarcan en el Tratado de París de 9de febrero de 1920 al que España se adhirió e12 denoviembre de 1925. Este Tratado, en su artículo 2,autoriza el ejercicio de la pesca en bases no discri-minatorias a los navíos de las Altas Partes Contra-tantes.

A pesar de que la CE no es signataria de esteTratado, gestiona la actividad de la flota comunita-ria de acuerdo con un porcentaje de participaciónen el TAC de bacalao ártico negociado entre la CEy Noruega.

La participación de España en la cuota comuni-taria es del 49,73% según se establece en la Deci-sión del Consejo de14-12-1990.

Actividad de la flota española en Svalbarddurante 1995

La cuota de bacalao para 1995, asignada por laCE a España mediante el Reglamento (CE) 3362/94 del Consejo, de 21 de diciembre de 1994, fue de11.500 Tm. de bacalao.

En la campaña participaron 10 unidades bacala-deras que desarrollaron su actividad entre el 15 dejunio y el 1 de diciembre con una media de activi-dad, por unidad, de mes y medio, siendo supervisa-da por un científico del Instituto de InvestigacionesMarinas de Vigo, otro del Instituto Oceanográfico

P E S Q U E R A

del País Vasco y un inspector de pesca de la Secre-taría General de Pesca Marítima.

Campañas experimentales de platija en el marde Barents

Durante 1995 se han autorizado 6 campañas ex-perimentales de pesca, dirigidas a evaluar las posi-bilidades de pesca comercial de la platija en el marde Barents, explorándose la Zona de Protección deSvalbard y aguas adyacentes internacionales.

Las condiciones en las que fueron autorizadasgarantizaban el cumplimiento de las medidas deconservación de las especies reguladas, limitandola captura incidental del bacalao al 1%, con objetode evitar perjuicios a la flota bacaladera.

Los resultados de las mismas no fueron satisfac-torios ya que no existen concentraciones de platijasuficientes para una pesca comercial.

COMISIÓN INTERNACIONALDE PESQUERÍAS DEL MAR BÁLTICO (IBSFC)

La sesión de la decimoctava reunión anual de laIBSCF tuvo lugar en Varsovia (Polonia) durantelos días 4 a 8 de septiembre de 1995.

Esta reunión fue presidida por España, si bien laflota española no faena en dicho caladero.

ORGANIZACIÓN PARA LA CONSERVACIÓNDEL SALMÓN EN EL ATLÁNTICONORTE NASCO

Durante los días 8 a 9 de junio de 1995, se cele-bró en Glasgow la XII Reunión anual de este Orga-nismo en la cual España participó formando partede la delegación comunitaria.

Si bien España no ejerce actividades de pescamarítima dirigidas al salmón, es importante su par-ticipación en esta reunión por la incidencia que lasmedidas que se adopten en la Comisión del Atlán-tico Nororiental puedan tener en la pesca fluvial,así como en el sector de acuicultura del salmón.

Cabe destacar la participación, a nivel técnico ycientífico, en el Grupo de Trabajo de introduccio-nes y transferencias de salmónidos, para el estudiode medidas con el objetivo de evitar la incidencia

558

P O L Í T I C A

negativa que algunas actividades acuícolas tienenen la población salvaje del salmón.

2.4.3. Permisos temporales de pesca

Durante 1995 se tramitaron y autorizaron untotal de 94 permisos temporales de pesca para bu-ques arrastreros congeladores, de los cuales 60para faenar en la ZEE de Malvinas y 11 para aguaslibres del Atlántico Sudoccidental, 10 para la ZEEde Gabón, 3 para la ZEE de Namibia, 2 para laZEE de la India, 1 para la ZEE de Guinea Bissau y1 para la ZEE de Mauritania.

Igualmente, durante 1995 se tramitaron y conce-dieron también permisos temporales de pesca para67 buques palangreros de superficie, dirigidos es-pecialmente a la captura de pez espada y paraaguas internacionales del Atlántico y Pacífico.

2.5. La vigilancia pesquera

De acuerdo con los programas establecidos devisitas e inspecciones periódicas a la flota pesque-ra, durante 1995 el equipo de inspectores de la Ins-pección General de Pesca Marítima estuvo presen-te en los puertos y lonjas del litoral español y enlos caladeros de las diferentes regiones pesqueras,realizando un total de 894 inspecciones a bordo depesqueros y levantando 256 actas de infracción, enlas que se han detectado 618 incumplimientos de lanormativa.

Asimismo, se realizaron 484 misiones de vigi-lancia aérea desde helicópteros, efectuándose2.057 reconocimientos de buques pesqueros quedieron lugar a 344 actas de infracción.

CAMPAÑAS DE INSPECCIÓN Y VIGILANCIA

A1 objeto de mantener un control de la actividadpesquera, se realizaron las siguientes campañas deinspección en la mar:

A) Campaña del bonito

Desde 01.06.95 hasta 30.10.95 se comisionaronlos patrulleros de altura Childreu, Serviola, y Ata-laya; en los cuales embarcaron, periódicamente,

P E S Q U E R A

inspectores de pesca nacionales y de la Comisiónde la UE, para la vigilancia y apoyo a la flota boni-tera, siguiendo la actividad del grueso de la flotaespañola desde el inicio de la campaña en aguaspróximas a las islas Azores y, posteriormente, enaguas internacionales y de las ZEE de Irlanda,Reino Unido y Francia, hasta su finalización en elgolfo de Vizcaya dentro de nuestra ZEE.

Asimismo, la Comisión de la UE destacó elbuque nombrado Norther Horizon, abanderado enel Reino Unido, desde el 01.06.95 al 24.08.95,como plataforma de inspección, en el que perma-nentemente embarcaron inspectores de la Comi-sión de la UE, de los Estados miembros y de la Se-cretaría General de Pesca Marítima.

La presencia de los patrulleros contribuyó efi-cazmente a evitar incidentes con flotas pesquerasde otras nacionalidades (Francia, RU e Irlanda) queutilizan sistemas de captura diferentes y que habi-tualmente concurren en la misma pesquería, reali-zando, además, 27 asistencias médicas y 33 técni-cas a los pesqueros durante la campaña.

Asimismo, se recibieron 9 denuncias, en aguasinternacionales, a pesqueros extranjeros por el usoo tenencia de redes ilegales de deriva de longitudsuperior a la reglamentaria.

B) Control de pesqueros extranjerosen el rrtar Balear

Desde 5-6-95 hasta 31-8-95 se incrementó la vi-gilancia en las aguas del mar Mediterráneo, y enparticular en el archipiélago Balear, al objeto decontrolar la actividad de pesqueros extranjeros de-dicados a la captura de pez espada y túnidos quefaenan ilegalmente en aguas del caladero nacionalcon redes de deriva antirreglamentarias de granlongitud.

Por ello, la Secretaría General de Pesca Maríti-ma, en coordinación con el Estado Mayor de la Ar-mada, elaboró un plan especial de vigilancia e ins-pección realizando diversas operaciones aéreas ymarítimas con la participación de varios patrullerosde la Armada y del helicóptero de apoyo y vigilan-cia pesquera Alcotán III, que, con un Inspector dePesca Marítima a bordo, controlaron diariamente elmar territorial y las aguas internacionales colindan-tes, comunicando a las autoridades de Marina y alos patrulleros en la zona la situación de los pes-queros extranjeros avistados.

559

P O L Í T I C A

Durante este período se avistaron 51 pesquerosextranjeros en la zona, efectuándose dos apresa-mientos de pesqueros italianos a los que se deco-misan 6.150 metros de redes de enmalle a la deri-va, que excedían de las longitudes máximas permi-tidas, y 124 piezas de pez espada.

Por último, desde el 30 de junio hasta el 10 dejulio se realizó, coordinadamente, una operación deinspección y vigilancia conjunta hispano-italiana,en la que participaron medios terrestres, navales yaéreos de ambos países.

C) Campañas de pesca de bacalao en SUALBARD

Con objeto de vigilar y controlar la actividad de22 barcos de la flota bacaladera española que faenaen los caladeros de Svalbard y coordinarla con lasactuaciones de la inspección pesquera de Noruega,se comisionó a inspectores de pesca nacionales abordo de distintas parejas bacaladeras de la flota,durante los meses de marzo a octubre, con el obje-to de mantener la presencia de un inspector depesca a lo largo de toda la campaña.

D) Control de los pesqueros que faenan al amparodel Acuerdo CE-MARRUECOS

Como respuesta al compromiso adquirido antela Comisión de la UE, con respecto al control de laflota española que faena al amparo del acuerdoCE-MARRUECOS en aguas de dicho país, en losmeses de enero y febrero, equipos de Inspectoresde la IGPM efectuaron un total de 27 misiones enlos puertos de Cádiz, Algeciras, Barbate, Puerto deSanta María, Vigo, Marín y Las Palmas de GranCanaria, realizando 27 inspecciones a bordo depesqueros y levantando 11 actas de infracción.

El objetivo fundamental fue comprobar y mejo-rar el grado de cumplimiento de las disposicionesdel acuerdo de pesca por parte de los buques queen las distintas modalidades faenan al amparo delmismo; determinar las líneas básicas de acción quepermitan llevar a cabo las medidas necesarias devigilancia e inspección que contribuyan a corregircualquier anomalía; y efectuar un análisis de la si-tuación actual en relación a los puertos de descargade cada modalidad.

Durante este plan se mantuvo un equipo de dosinspectores, permanentemente, en los puertos de

P E S Q U E R A

descarga de los pesqueros que faenan en el calade-ro marroquí.

E) Control de los pesqueros que faenan al amparodel Acuerdo CE-MAURITANIA

De acuerdo con los programas de control esta-blecidos a flotas con procedencia de otros calade-ros africanos, se han efectuado las siguientes acti-vidades: visitas periódicas a los puertos de Vigo,Santa Eugenia de Ribeira, Santa Cruz de Tenerife,Cádiz y Barbate, realizando 41 inspecciones abordo de los pesqueros y levantando 14 actas deinfracción.

Inspecciones CE

En aplicación del Reglamento (CEE) 2847/93del Consejo, por el que se establece un régimen decontrol aplicable a la política pesquera común, losinspectores de pesca de la Comisión de la UE asis-tieron a diferentes puertos y caladeros españoles, alobjeto de comprobar in situ las actividades de con-trol realizadas por los servicios de inspección espa-ñoles.

La Inspección General de Pesca Marítima coor-dinó las visitas solicitadas y designó a sus inspec-tores para realizar los controles.

Las visitas fueron las siguientes:

Febrero: Visita a los puertos y lonjas de On-dárroa y Pasajes, realizando 5 inspecciones abordo de pesqueros.Marzo: Visita a los puertos y lonjas de Alge-ciras, Málaga y Almería, realizando 8 inspec-ciones a bordo de pesqueros.Junio-Julio-Agosto-Septiembre-Octubre:Seguimiento de la costera del bonito a bordode los patrulleros Childreu, Serviola y Ata-laya.Septiembre: Visita a los puertos y lonjas deVigo, Marín, La Coruña, Pasajes y Ondárroa,acompañados por los servicios de inspecciónpesquera de las CCAA de Galicia y PaísVasco, realizando 6 inspecciones a bordo depesqueros y levantando 1 acta de infracción.Octubre: A bordo del patrullero Atalaya se re-aliza un control especial en la Región Noroes-te, inspeccionando a 2 pesqueros.

560

P O L I T I C A

Posteriormente, acompañados por los servi-cios de inspección pesquera de la CA de Gali-cia, se visitan los puertos y lonjas de Marín yBurela, realizando 2 inspecciones a bordo depesqueros.

Durante el transcurso de estas últimas visi-tas, se efectuó un control de carretera sobrecamiones que transportaban pescado fresco ycongelado.Diciembre: Visita a los puertos y lonjas deAvilés, Santander, Bilbao, Ondárroa, Guetariay Pasajes, acompañados por los servicios deinspección pesquera de las respectivasCCAA, realizando 3 inspecciones a bordo depesqueros y levantando 1 acta de infracción.

Inspecciones NAFO

En aplicación del Programa Internacional deInspección Mutua adoptado por la Organización dePesquerías del Atlántico Noroeste, los barcos espa-ñoles que operan en dicha zona fueron controladospor inspectores de las partes contratantes, con lossiguientes resultados:

Parte contratante UE Canadá Total

N.° inspecciones .................. 26 79 105Infracciones aparentes ......... I 1 1 12

,En los casos de los barcos denunciados por contra-venir las medidas de conservación de la NAFO, unavez regresados los pesqueros a puerto, fueron inspec-cionados por funcionarios de la Inspección Generalde Pesca Marítima, a fin de recibir los elementos deprueba (redes precintadas, diarios, fotografías, etc.),investigar la existencia de la infracción e iniciar loscorn-espondientes expedientes sancionadores.

En cumplimiento del sistema de comunicacionesde entradas, salidas, y movimientos en el área deregulación de NAFO (Hail System), se recibieron yregistraron un total de 616 mensajes de buques es-pañoles que operan en dicha zona.

A) Campaña del fletán

A raíz del apresamiento, por las autoridades marí-timas canadienses, del pesquero español Estai, y con

P E S Q U E R A

el fin de evitar posibles hechos similares, se destaca-ron en la zona del conflicto (aguas libres de laNAFO) desde el 10.03.95 hasta el 03.06.95 los pa-trulleros de altura de la Armada: Vigía, Serviola,Centinela, Atalaya, Mahón y Las Palmas, realizandoun total de 278 jornadas en la mar.

En los mismos han ido embarcando periódica-mente inspectores de la Secretaría General dePesca Marítima y de la UE.

Los objetivos de las unidades destacadas fueronlos siguientes:

- Participar como buque de inspección españolen el Programa Internacional de InspecciónMutua de la NAFO.

- Permanecer en la zona NAFO para servir deapoyo a la flota pesquera española.

- Protección de la flota pesquera española enaguas internacionales por fuera de la ZEE Ca-na^liense.

Inspecciones ICCAT

Con objeto de proteger y controlar las pesqueríasde túnidos en el Mediterráneo, principalmente la depez espada (xiphias gladius) en aguas próximas alarchipiélago Balear, la Secretaría General de PescaMarítima ha mantenido un plan de vigilancia conmedios aéreos y marítimos que han dado como re-sultado el avistamiento de 81 pesqueros dedicados ala pesca de túnidos, de los cuales 31 eran españoles,12 italianos, 19 franceses y 19 de países asiáticos.

Asimismo, los inspectores de la Inspección Ge-neral de Pesca Marítima han visitado periódica-mente los puertos de: Vigo, La Coruña, Santa Euge-nia de Ribeira y Villagarcía de Arosa, lugares prin-cipales de descarga de las flotas atlánticas. Se reali-zaron 38 inspecciones a bordo de los pesqueros yse levantaron 3 actas de infracción.

ACUERDO CONJUNTOENTRE LOS MINISTERIOS DE DEFENSAY DE AGRICULTURA, PESCAY ALIMENTACIÓN SOBRE LA INSPECCIÓNY VIGILANCIA DE LAS ACTIVIDADESDE PESCA MARÍTIMA

En cumplimiento del Acuerdo, se elaboró, con-juntamente, un Plan General de Vigilancia de Pesca

561

P O L Í T I C A

para 1995, en el que se determinan las líneas bási-cas de acción y las prioridades de la vigilancia pes-quera a realizar por los patrulleros de la Armada.

En conjunto se efectuaron un total de 1.484 jor-nadas de inspección en la mar, inspeccionando1.420 pesqueros y levantando 355 actas de infrac-ción por incumplimiento de la normativa.

Medios de inspección

En la actualidad la Inspección General de PescaMarítima dispone de tres helicópteros de inspec-ción y vigilancia pesquera, el Alcotán I, que utilizacomo base operativa el aeropuerto de Santander, elAlcotán II, que utiliza como base operativa el aero-puerto de Jerez de la Frontera y el Alcotán III queutiliza cono base operativa el aeropuerto de Ali-cante.

Con estos tres helicópteros se realizaron 484 mi-siones de vigilancia aérea, con un total de 1.169horas de vuelo, efectuándose 2.057 reconocimien-tos de buques pesqueros, que dieron lugar a 344actas de infracción.

Se inicia, durante el segundo semestre de 1995,el expediente de adquisición mediante contratopúblico de un nuevo patrullero de altura, dedicadoa la inspección, vigilancia y apoyo a la flota pes-quera.

Proyecto piloto de seguimiento de buquespesqueros vía satélite

El Reglamento (CEE) 2847/93 del Consejo,que establece un régimen de control de la políticapesquera común, determina, en el artículo 3.°, quelos Estados miembros deben desarrollar, en coope-ración con la Comisión, proyectos pilotos de se-

Cuadro n. ° S

P E S Q U E R A

guimiento automático de pesqueros, utilizando lascomunicaciones por vía satélite. Teniendo encuenta el resultado de dichos proyectos, el Conse-jo deberá decidir, en el año 1996, si se instala enlos buques comunitarios un sistema de localiza-ción contínua, y, en caso afirmativo, cuándo y conqué alcance.

Las normas detalladas para llevar a cabo los pro-yectos pilotos se determinan en el Reglamento(CE) 897/94 de la Comisión, asignando a cada Es-tado miembro un número mínimo de pesquerosque deben participar en la experiencia, en propor-ción a la importancia relativa de las flotas naciona-les. De modo resumido, los requisitos básicos delos proyectos piloto de acuerdo con la reglamenta-ción comunitaria son:

Permitir la localización contínua de los bu-ques pesqueros, con un error de posición infe-rior a 500 metros, y un intervalo de confianzade199%.La transmisión automática de la posición geo-gráfica, fecha y hora de los buques se realiza-rá por vía satélite y con una frecuencia de unavez cada hora, al Estado de pabellón delbuque.El Estado de pabellón deberá comunicar auto-máticamente la información recogida de susbuques al Estado miembro en cuyas aguasmarítimas se encuentren faenando.El Estado de pabellón deberá recoger, tratar,registrar y centralizar, en soporte informático,todos los datos recogidos de los buques.

Proyecto piloto español

En cumplimiento de los requisitos anteriormenteindicados y financiado en su totalidad por la CE,en el año 1995 la Secretaría General de Pesca Ma-

Zona marítima Jornadas inspección Total horas Inspecciones Infracciones

Mediteiránco ................................... 388 -1.997 6^ I 79

Estrecho .......................................... 245 2.032 122 70

Cantábrico ....................................... 702 11.196 613 194

Canarias .......................................... 149 2.257 3-^ 12

Total ............................................... 1.484 20.482 1.420 355

562

P O L Í T I C A

rítima inició un proyecto piloto utilizando dos sis-temas diferentes, a saber:

a) La combinación de posicionamiento obtenidopor satélite GPS y comunicaciones por satéli-te INMARSAT-C, utilizando equipos que in-tegran las dos funcionalidades. Este sistemase utilizará en un total de 134 buques.

b) Sistema EUTELTRACS que ofrece el posi-cionamiento y comunicaciones utilizando lossatélites EUTELSAT. Este sistema se utiliza-rá en un total de 40 buques.

En el diseño del equipamiento instalado en losbuques pesqueros se han valorado especialmentelos criterios de robustez e inviolabilidad, para ello,todos los componentes, a excepción de la antena,se encuentran en el interior de un recipiente metáli-co denominado «caja azul», totalmente estanca, re-sistente a la corrosión, las vibraciones y las varia-ciones de temperatura, adecuado a las adversascondiciones ambientales de un buque pesquero.Cualquier apertura no autorizada de la caja quedaregistrada en la memoria interna y origina un men-saje al centro de control.

Por otra parte, para la recepción y análisis de losdatos generados por los sistemas, se ha instaladoun centro de control y dos terminales de segui-miento en la sede de la Secretaría General de PescaMarítima, conectados a su vez por línea X.25 conlos centros correspondientes de los demás Estadosmiembros.

XV.3. POLÍTICA DE ESTRUCTURASPESQUERAS

3.1. Construcción y modernizaciónde buques pesqueros

La elaboración del Instrumento Financiero deOrientación de la Pesca (IFOP), creado por el Con-sejo de la UE, ha permitido a las autoridades espa-ñolas adoptar una planificación de la renovación ymodernización de la flota pesquera, que se está lle-vando a cabo en un primer período que comprendedesde e101-O1-94 hasta el 31-12-99.

En este sentido, la renovación de la flota se con-creta en mantener la edad media de la misma sinque ello represente un incremento del esfuerzo pes-quero, realizando, como medida complementaria,

P E S Q U E R A

la modernización de buques pesqueros y persi-guiendo los fines que se detallan más adelante.

Para la gestión y tramitación de las ayudas(construcción y modernización) ha de tenerse encuenta la legislación comunitaria y nacional que acontinuación se indica:

Reglamento (CEE) 2080/93 del Consejo, de20 de julio de 1993, por el que se establecenlas disposiciones de aplicación del Reglamen-to (CEE) 2052/88 en lo referente al Instru-mento Financiero de Orientación de la Pesca(IFOP).Reglamento (CEE) 3699/93 del Consejo, de21 de diciembre de 1993, por el que se defi-nen los criterios y condiciones de las inter-venciones comunitarias con finalidad estruc-tural en el sector de la pesca, la acuicultura yla transformación y comercialización de susproductos. Cabe destacar la descentralizaciónpor parte de la Administración del Estado enfavor de las CCAA.Real Decreto 2112/94, de 28 de octubre, por elque se definen los criterios y condiciones confinalidad estructural en el sector de la pesca, dela acuicultura y de la comercialización, la trans-formación y la promoción de sus productos.Real Decreto 798/95, de 19 de mayo, por elque se define los criterios y condiciones de lasintervenciones con finalidad estructural en elsector de la pesca, de la acuicultura y de lacomercialización, la transformación y la pro-moción de sus productos.

La entrada en vigor del Real Decreto 2112/94,de 28 de octubre, modificado posteriormente por elReal Decreto 798/95, de 19 de mayo, está impli-cando una transferencia a las Comunidades Autó-nomas de la gestión y pago de las ayudas, tanto deconstrucción como de modernización.

Se incluyen los cuadros en los que figuran, dis-tribuidos por Comunidades Autónomas, los expe-dientes de construcción y modernización con in-versiones subvencionables en el año 1995.

3.1.1. Ayudas a la construcción

La medida consiste en la sustitución de buquesviejos por otros nuevos, sin que ello suponga el in-cremento de la capacidad de pesca de la flota espa-

^63