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Unidad Técnica de Cualificaciones, Profesionales UGT Cantabria

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ÍNDICE

Presentación ................................................................................................................................................... 1

1. El Sistema Nacional de las Cualificaciones Profesionales ...................................................... 1

2. El Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales .................................................... 1

3. La Formación Profesional ..................................................................................................................... 1

• La Formación Profesional en el ámbito educativo: .............................................................. 1

- Formación Profesional inicial o específica. Títulos de Formación Profesional ..... 1

- Programas de Cualificación Profesional Inicial (PCPI) ................................................. 1

• La Formación Profesional en el ámbito laboral: ................................................................... 1

- La Formación Profesional para el Empleo .......................................................................... 1

- Certificados de Profesionalidad .............................................................................................. 1

- Permisos individuales de formación ..................................................................................... 1

4. Competencias básicas o clave ............................................................................................................ 1

5. El procedimiento de reconocimiento de las competencias .................................................... 1

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Presentación

La presente guía pretende aportar una herramienta de trabajo que apoye a las personas trabajadoras,

tanto ocupadas como desempleadas, así como a las empresas de Cantabria.

Al mismo tiempo servirá de referencia informativa y formativa a todo el conjunto de profesionales

relacionados con el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional (SNCFP) y como

aplicarlo en un itinerario formativo, así como para un proceso de reconocimiento de las competencias

profesionales.

El objetivo de esta guía es dar a conocer de forma práctica la Ley de Cualificaciones y de la

Formación Profesional, así como facilitar la aplicación en el tejido productivo del Sistema Nacional de

Cualificaciones y Formación Profesional, con estas finalidades:

• Dar a conocer la aplicación de la Ley de Cualificaciones profesionales.

• Favorecer el aprendizaje y la formación a lo largo de la vida.

• Informar sobre el procedimiento de reconocimiento de las competencias profesionales.

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1. EL SISTEMA NACIONAL DE LAS CUALIFICACIONES PROFESIONALES

¿Qué es el Sistema Nacional de las Cualificaciones Profesionales?

Es el conjunto de instrumentos y acciones necesarios para la promoción e integración de las

ofertas de formación profesional a través de un Catálogo Nacional de las Cualificaciones.

También tiene el objetivo de promover la evaluación y acreditación de las competencias

profesionales, para un desarrollo profesional y social de las personas, a la vez que cubrir las

necesidades laborales del sistema productivo.

¿Cuáles son sus fines?

1.- Capacitar a las personas trabajadoras para el ejercicio de una profesión.

2.- Promover una oferta formativa de calidad, adaptada al mercado de trabajo y a las necesidades

de cualificación de las personas trabajadoras.

3.- Proporcionar información y orientación adecuada sobre formación profesional y cualificación

para el empleo.

4.- Incorporar e integrar acciones formativas dirigidas a las actividades por cuenta propia y

fomento del espíritu emprendedor.

5.- Evaluar y acreditar la cualificación, independientemente de la forma en que se haya adquirido.

6.- Favorecer la inversión pública o privada en la cualificación de las personas trabajadoras.

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¿Qué instrumentos y acciones forman el Sistema Nacional de las Cualificaciones?

a) El Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales.

b) El procedimiento de reconocimiento, evaluación, acreditación y registro de las competencias

profesionales.

c) La información y orientación para la formación profesional y el empleo.

d) La evaluación y mejora de la calidad del Sistema Nacional de las Cualificaciones Profesionales.

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2. EL CATÁLOGO DE LAS CUALIFICACIONES PROFESIONALES.

• Ordena las cualificaciones profesionales, identificadas en el sistema productivo, con sus

competencias profesionales, que se podrán evaluar y acreditar.

• Organiza las cualificaciones en familias profesionales y niveles.

• Incluye la formación profesional asociada a cada cualificación, a través de módulos formativos.

• Tiene validez y es de aplicación en todo el territorio nacional.

• Es la base para la elaboración de los títulos de formación profesional, los certificados de

profesionalidad y el procedimiento de reconocimiento de las competencias profesionales.

¿Cuáles son sus fines?

1.- Adaptar la formación profesional a las necesidades del sistema productivo.

2.- Integrar las ofertas de formación profesional. El Catálogo es la base común para diseñar la

formación profesional inicial o específica (del ámbito educativo) y la formación profesional para

el empleo (del ámbito laboral).

3.- También es la base para los procedimientos de reconocimiento de las competencias

profesionales.

4.- Facilitar la formación y el aprendizaje a lo largo de toda la vida (acumulación de aprendizajes).

5.- Contribuir a la transparencia y unidad del mercado de trabajo y a la movilidad de los

trabajadores.

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¿Qué se entiende por cualificación profesional?

Es el conjunto de competencias profesionales con significación para el empleo que

pueden ser adquiridas mediante formación modular u otros tipos de formación, así

como a través de la experiencia laboral.

¿Qué se entiende por competencia profesional?

Es el conjunto de conocimientos y capacidades que permiten el ejercicio de la actividad

profesional conforme a las exigencias de la producción y el empleo. Se pueden adquirir

por diferentes vías: formación, experiencia laboral, aprendizajes no formales.

¿Qué es una unidad de competencia?

Es el referente mínimo de las competencias profesionales. Puede ser evaluado en un

proceso de reconocimiento de las competencias y acreditado (acreditación parcial

acumulable)

La unidad de competencia está formada por:

• IDENTIFICACIÓN: denominación, nivel y código.

• REALIZACIONES PROFESIONALES: son los elementos de la competencia que establecen

el comportamiento esperado de la persona en el desarrollo de su ejercicio profesional:

consecuencias y resultados de su actividad.

• CRITERIOS DE REALIZACIÓN: expresan el nivel aceptable de realización profesional para

conseguir los objetivos de las organizaciones productivas. Son una guía para la evaluación de

la competencia profesional.

• CONTEXTO PROFESIONAL: medios de producción, resultados

del trabajo, elementos necesarios para enmarcar la realización

profesional.

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ESTRUCTURA DE LA CUALIFICACIÓN PROFESIONAL

• IDENTIFICACIÓN DE LA CUALIFICACIÓN:

- Denominación oficial

- Familia profesional en la que se incluye

- Nivel profesional

- Código

• COMPETENCIA GENERAL

Describe de forma abreviada el cometido y funciones esenciales del profesional

• UNIDADES DE COMPETENCIA

Correspondientes a cada cualificación

• ENTORNO PROFESIONAL

Ámbito profesional, sectores productivos, ocupaciones y puestos de trabajo relevantes

• FORMACIÓN ASOCIADA

Estructurada en módulos formativos

¿Qué es un módulo formativo?

Es el bloque coherente de formación asociado a cada una de las unidades de competencia

que forman una cualificación.

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Familias Profesionales en las que se estructura el Catálogo y se organizan las cualificaciones:

1. Agraria

2. Marítimo – pesquera

3. Industrias alimentarias

4. Química

5. Imagen personal

6. Sanidad

7. Seguridad y medio ambiente

8. Fabricación mecánica

9. Instalación y mantenimiento

10. Electricidad y electrónica

11. Energía y agua

12. Transporte y mantenimiento de vehículos

13. Industrias extractivas

14. Edificación y obra civil

15. Vidrio y cerámica

16. Madera, mueble y corcho

17. Textil, confección y piel

18. Artes gráficas

19. Imagen y sonido

20. Informática y comunicaciones

21. Administración y gestión

22. Comercio y marketing

23. Servicios socioculturales y a la comunidad

24. Hostelería y turismo

25. Actividades físicas y deportivas

26. Artes y artesanías

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Niveles de cualificación en los que se estructura el Catálogo y se organizan las cualificaciones:

NIVEL 1

Competencia en un conjunto reducido de actividades de trabajo relativamente simples correspondientes a procesos normalizados, siendo los conocimiento teóricos y las capacidades prácticas a aplicar limitados.

NIVEL 2

Competencia en un conjunto de actividades profesionales bien determinada con la capacidad de utilizar los instrumentos y técnicas propias, que concierne principalmente a un trabajo de ejecución que puede ser autónomo en el límite de dichas técnicas. Requiere conocimientos de los fundamentos técnicos y científicos de su actividad y capacidades de comprensión y aplicación del proceso.

NIVEL 3

Competencia en un conjunto de actividades profesionales que requieren el dominio de diversas técnicas y puede ser ejecutado de forma autónoma, comporta responsabilidad de coordinación y supervisión de trabajo técnico y especializado. Exige la comprensión de los fundamentos técnicos y científicos de las actividades y la evaluación de los factores del proceso y de sus repercusiones económicas.

NIVEL 4

Competencia en un amplio conjunto de actividades profesionales complejas realizadas en una gran variedad de contextos que requieren conjugar variables de tipo técnico, científico, económico u organizativo para planificar acciones, definir o desarrollar proyectos, procesos, productos o servicios.

NIVEL 5

Competencia en un amplio conjunto de actividades profesionales de gran complejidad realizadas en diversos contextos a menudo impredecibles que implica planificar acciones o idear productos, procesos o servicios. Gran autonomía personal. Responsabilidad frecuente en la asignación de

recursos, en el análisis, diagnóstico, diseño, planificación, ejecución y evaluación.

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3. LA FORMACIÓN PROFESIONALEs el conjunto de acciones formativas que capacitan para:

• El desempeño cualificado de diversas profesiones.

• El acceso al empleo.

• La participación activa en la vida social, cultural y económica.

¿Qué incluye la formación profesional?

Las enseñanzas de:

- La formación profesional inicial o específica (del ámbito educativo): ciclos formativos de

formación profesional.

- La formación profesional para el empleo (del ámbito laboral): acciones formativas para

personas trabajadoras desempleadas y ocupadas.

LA FORMACIÓN PROFESIONAL (ámbito educativo y laboral)

SE CONSTITUYE EN UN SISTEMA INTEGRAL

LA FORMACIÓN PROFESIONAL PERMITE LA ADQUISICIÓN Y ACTUALIZACIÓN

DE LAS COMPETENCIAS PROFESIONALES

Tanto la formación profesional inicial o específica (ámbito educativo)

como la formación profesional para el empleo (ámbito laboral)

tienen como referencia las CUALIFICACIONES PROFESIONALES.

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LA FORMACIÓN PROFESIONAL EN EL ÁMBITO EDUCATIVOLa formación profesional en el ámbito educativo está formada por un conjunto de CICLOS

FORMATIVOS, organizados en las 26 familias profesionales del catálogo nacional de las

cualificaciones profesionales.

Los ciclos formativos tienen duración variable, se estructuran en módulos formativos y

tendrán contenidos teórico-prácticos.

Los contenidos del los ciclos formativos (estructurados en módulos formativos) TIENEN COMO

REFERENCIA LAS CUALIFICACIONES PROFESIONALES del Catálogo Nacional.

Pueden ser:

• Ciclos Formativos de Grado Medio: superado el ciclo se obtiene el TÍTULO DE TÉCNICO

en la correspondiente profesión.

LOS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO DESARROLLAN COMPETENCIAS DE

NIVEL 2.

A los ciclos formativos de grado medio se accede con el título de Graduado en Educación

Secundaria (ESO). Si no se cumplen los requisitos existe la posibilidad de pruebas de acceso.

• Ciclos Formativos de Grado Superior: superado el ciclo se obtiene el TÍTULO DE TÉCNICO

SUPERIOR en la correspondiente profesión.

A los ciclos formativos de grado superior se accede con el título de Bachiller. Si no se cumplen

los requisitos existe la posibilidad de pruebas de acceso

LOS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR DESARROLLAN COMPETENCIAS DE

NIVEL 3.

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Los Programas de Cualificación Profesional Inicial (PCPI)

Se dirigen al alumnado mayor de 16 años que no haya obtenido el Graduado en Educación Secundaria

Obligatoria.

Estos programas de cualificación profesional inicial incluirán tres tipos de módulos:

a) Módulos específicos correspondientes a COMPETENCIAS DE CUALIFICACIONES DE NIVEL 1.

b) Módulos formativos de carácter general, para facilitar COMPETENCIAS BÁSICAS O CLAVE

y la inserción en el mundo laboral.

c) Módulos de carácter voluntario dirigidos a la obtención del Graduado en Educación Secundaria

obligatoria.

Superado el programa de cualificación profesional inicial se obtiene certificación de AYUDANTE

TÉCNICO.

LA FORMACIÓN PROFESIONAL EN EL ÁMBITO LABORAL- LA FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO

La Formación Profesional para el Empleo se configura en un subsistema que integra todos los

instrumentos y acciones dirigidos a impulsar y extender entre las empresas y personas trabajadoras

ocupadas y desempleadas una formación:

- Dirigida a sus necesidades.

- A proporcionar competencias profesionales para el mercado de trabajo.

- A mejorar la empleabilidad de los trabajadores y trabajadoras.

- A mejora la productividad y competitividad de las empresas.

Iniciativas de formación:

a) Formación a demanda: Responde a las necesidades específicas de

formación planteadas por las empresas y sus trabajadores. Son:

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- Acciones formativas de las empresas.

- Permisos individuales de formación.

b) Formación de oferta: Planes de formación dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras

ocupadas y prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas.

Todo trabajador/a puede participar de formación dirigida a ocupados o desempleados, independientemente

de su situación laboral. Se abren más oportunidades de formación.

c) Formación en alternancia con el empleo: Que se desarrolla a través de los contratos

de formación y los programas públicos de empleo formación (Escuelas Taller o Talleres de

Empleo).

d) Acciones de apoyo y acompañamiento a la formación: para mejorar todo el subsistema de

formación para el empleo: estudios de carácter general y sectorial, acciones de investigación

e innovación, información y orientación profesional.

La formación profesional para el empleo se podrá impartir:

• Presencial

• A distancia

• Teleformación

• Mixta

Formación Presencial es la que se imparte físicamente en un local, en la que el alumno y el

profesorado interrelacionan directamente.

Formación a distancia, es una modalidad educativa en la que los estudiantes no necesitan

asistir físicamente a ningún aula. Hoy en aula existen distintas formulas de formación a distancia,

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a través de correo ordinario, el correo electrónico y otras posibilidades que ofrece Internet,

Blogs, aulas virtuales como el LMS Moodle. Existe educación a distancia para cualquier nivel

de estudios.

Teleformación, el e-learning permite realizar acciones formativas a través de Internet sin

limitaciones de horarios ni lugar de impartición y con el apoyo continuo de tutores especializados.

Mixta, es una modalidad de formación continua. Se trata de una combinación entre la

metodología a distancia y la metodología presencial.

- LOS CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD.

Los Certificados de Profesionalidad se conforman como acreditaciones de las competencias profesionales

del catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales adquiridas mediante: la experiencia laboral,

vías no formales de formación y acciones de formación profesional para el empleo.

Los Certificados de Profesionalidad tienen carácter oficial y validez en todo el territorio nacional,

acreditan las correspondientes cualificaciones profesionales a quienes lo hayan obtenido y serán

expedidos por la Administración laboral competente.

Los Certificados de Profesionalidad y los Títulos de Formación Profesional son dos

maneras diferentes, pero igual de válidas, de acreditar las competencias profesionales.

Los Certificados de Profesionalidad se asocian con módulos formativos que corresponden a las unidades

de competencia del certificado.

Para facilitar la formación a lo largo de la vida, estos módulos formativos se pueden subdividir en

unidades formativas de menor duración, hasta un máximo de tres.

La superación de todas las unidades formativas definidas para el módulo, siempre

que el participante curse de forma consecutiva al menos una unidad

formativa por año, dará derecho a la certificación del módulo formativo y

a la acreditación de la unidad de competencia correspondiente.

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El certificado de profesionalidad se podrá obtener:

1.- Superando todos los módulos formativos correspondientes al certificado de profesionalidad.

2.- Mediante un procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales

adquiridas a través de la experiencia laboral o vías no formales de formación.

3.- Acumulando acreditaciones parciales de las unidades de competencia que comprendan el

certificado de profesionalidad, con el fin de facilitar el aprendizaje permanente se introduce

la posibilidad de participar en un aprendizaje estructurado de forma modular.

- LOS PERMISOS INDIVIDUALES DE FORMACIÓN

¿De que manera podemos conciliar la formación y el trabajo?

A través de los Permisos Individuales de Formación (PIFs), la empresa autoriza a un trabajador

a la realización de una acción formativa que esté reconocida mediante una acreditación oficial,

incluidas las correspondientes a los títulos y certificados de profesionalidad que constituyen la

oferta del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

Se debe tratar de una formación dirigida tanto al desarrollo o adaptación de las cualificaciones

técnico - profesionales del trabajador como a su formación personal.

Sólo se subvenciona la formación presencial. En el caso de formación a distancia o teleformación

solo se podrá subvencionar el tiempo dedicado a las tutorías presénciales.

¿Quién puede solicitar un permiso individual de formación?

Todo trabajador/a asalariado de cualquier régimen de afiliación a la Seguridad Social que haya

prestado al menos un año de servicio en la empresa a la fecha de inicio del disfrute del permiso.

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El permiso al que el trabajador/a tendrá acceso para formarse dentro de la jornada laboral es de

hasta 200 horas por año académico, dichas horas podrá compensarlo la empresa con cargo a su

crédito para formación continua.

¿Este permiso le supone algún coste al trabajador o a la empresa?

No, el número de horas del permiso concedido al trabajador para su formación podrá compensarlo

la empresa con cargo a su crédito para formación continua.

El coste de bonificación será el equivalente a una cantidad igual al salario del trabajador y a

las cotizaciones devengadas a la Seguridad Social durante un período no superior a 200 horas

laborales por persona durante el curso académico o año natural.

El permiso tiene que ser autorizado por la empresa y la denegación deberá estar motivada por

razones organizativas o de producción, comunicándolo al trabajador.

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4. LAS COMPETENCIAS BÁSICAS O CLAVE PARA EL APRENDIZAJE PERMANENTE

Tomando como base las recomendaciones del Parlamento Europeo, las competencias básicas o clave son:

• Una combinación de conocimientos, capacidades y actitudes.

• Son las que necesitan todas las personas para:

- Su realización y desarrollo personal

- La ciudadanía activa

- La inclusión social

- El empleo

Se establecen 8 competencias clave:

1. Comunicación en lengua materna.

2. Comunicación en lenguas extranjeras.

3. Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología.

4. Competencia digital.

5. Aprender a aprender.

6. Competencias sociales y cívicas.

7. Sentido de la iniciativa y espíritu de empresa.

8. Conciencia y expresión culturales.

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1.- La comunicación en la lengua materna es la habilidad para expresar, e interpretar conceptos,

pensamientos, sentimientos, hechos y opiniones de forma oral y escrita (escuchar, hablar, leer y

escribir) y para interactuar lingüísticamente de manera adecuada en los distintos contextos, sociales,

culturales, profesionales, personales etc.

2.- La comunicación en lenguas extranjeras comparte las principales capacidades de la comunicación

en la lengua materna con el añadido de poseer capacidades como la mediación y la comprensión

intercultural.

3.- La competencia matemática es la habilidad para desarrollar y aplicar el razonamiento

matemático con el fin de resolver diversos problemas en situaciones cotidianas. La competencia

matemática entraña, en distintos grados, la capacidad y la voluntad de utilizar modos matemáticos

de pensamiento (pensamiento lógico y espacial) y representación (fórmulas, modelos, construcciones,

gráficos y diagramas).

La competencia en materia científica alude a la capacidad y la voluntad de utilizar el conjunto

de los conocimientos y la metodología empleados para explicar la naturaleza, con el fin de plantear

preguntas y extraer conclusiones basadas en pruebas.

Por competencia en materia de tecnología se entiende la aplicación de dichos conocimientos y

metodología en respuesta a lo que se percibe como deseos o necesidades humanos.

Las competencias científica y tecnológica entrañan la comprensión de los cambios causados por la

actividad humana y la responsabilidad de cada individuo como ciudadano.

4.- La competencia digital entraña el uso seguro y crítico de las tecnologías de la sociedad de la

información (TSI) para el trabajo, el ocio y la comunicación. Se sustenta en las competencias básicas

en materia de TIC: el uso de ordenadores para obtener, evaluar, almacenar, producir,

presentar e intercambiar información, y comunicarse y participar en redes de

colaboración a través de Internet.

5.- «Aprender a aprender» es la habilidad para iniciar el aprendizaje

y persistir en él, para organizar su propio aprendizaje y gestionar el

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tiempo y la información eficazmente, ya sea individualmente o en grupos. Esta competencia conlleva

ser consciente del propio proceso de aprendizaje y de las necesidades de aprendizaje de cada uno,

determinar las oportunidades disponibles y ser capaz de superar los obstáculos con el fin de culminar el

aprendizaje con éxito. Dicha competencia significa adquirir, procesar y asimilar nuevos conocimientos

y capacidades, así como buscar orientaciones y hacer uso de ellas.

6.- Competencias sociales y cívicas. Estas competencias incluyen las personales, interpersonales

e interculturales y recogen todas las formas de comportamiento que preparan a las personas para

participar de una manera eficaz y constructiva en la vida social y profesional, especialmente en

sociedades cada vez más diversificadas, y, en su caso, para resolver conflictos.

7.- Por sentido de la iniciativa y espíritu de empresa se entiende la habilidad de la persona para

transformar las ideas en actos. Está relacionado con la creatividad, la innovación y la asunción de

riesgos, así como con la habilidad para planificar y gestionar proyectos con el fin de alcanzar objetivos.

En esta competencia se apoyan todas las personas, no sólo en la vida cotidiana, en casa y en la sociedad,

sino también en el lugar de trabajo, al ser conscientes del contexto en el que se desarrolla su trabajo y

ser capaces de aprovechar las oportunidades, y es el cimiento de otras capacidades y conocimientos más

específicos que precisan las personas que establecen o contribuyen a una actividad social o comercial.

Ello debe incluir una concienciación sobre los valores éticos y promover la buena gobernanza.

8.- Conciencia y expresión culturales. Apreciación de la importancia de la expresión creativa de

ideas, experiencias y emociones a través de distintos medios, incluida la música, las artes escénicas,

la literatura y las artes plásticas.

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5. EL PROCEDIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE LAS COMPETENCIAS.

Los fines del procedimiento son:

a) Evaluar las competencias profesionales que poseen las personas, adquiridas a través de

la experiencia laboral y otras vías no formales de formación, mediante procedimientos y

metodologías comunes que garanticen la validez, fiabilidad, objetividad y rigor técnico de la

evaluación.

b) Acreditar oficialmente las competencias profesionales, favoreciendo su puesta en valor con el

fin de facilitar tanto la inserción e integración laboral y la libre circulación en el mercado de

trabajo, como la progresión personal y profesional.

c) Facilitar a las personas el aprendizaje a lo largo de la vida y el incremento de su cualificación

profesional, ofreciendo oportunidades para la obtención de una acreditación parcial

acumulable, con la finalidad de completar la formación conducente a la obtención del

correspondiente título de formación profesional o certificado de profesionalidad.

Fase de información y Orientación.

Los servicios de información y orientación son esenciales. Su finalidad es facilitar que las

personas puedan tomar una decisión fundamentada sobre su participación en el procedimiento

y, en su caso, el acompañamiento necesario en el inicio y desarrollo del mismo.

Proporcionan información y orientación sobre:

• Naturaleza y fases del procedimiento.

• Requisitos y acceso.

• Derechos y obligaciones.

• Acreditaciones oficiales que se pueden obtener y efectos de las

mismas.

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Instrumentos de apoyo para el procedimiento:

• Manual de procedimiento (comprenderá, al menos, una guía del candidato, guía del asesor

y guía del evaluador).

• Cuestionarios de autoevaluación de las unidades de competencia.

• Guías de evidencias de las unidades de competencia como apoyo técnico para realizar el

proceso de evaluación.

Convocatoria:

El procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales se inicia con una

convocatoria pública realizada por las Administraciones competentes. En ella se detallará:

• Unidades de competencia que son objeto de evaluación, así como los títulos de formación

profesional y/o certificados de profesionalidad en los que están incluidas.

• Requisitos generales y específicos de participación en el procedimiento.

• Lugares, medios y plazos de las distintas fases de desarrollo del procedimiento, así como los

puntos específicos en los que se facilitará la información y orientación.

Requisitos:

Las personas que deseen participar en el procedimiento deberán cumplir los siguientes requisitos:

• Poseer Nacionalidad española, ciudadanía comunitaria o residencia/trabajo para no

comunitarios.

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• Tener 18 años cumplidos (unidades de competencia de nivel I) o 20 años (unidades de

competencia de niveles II y III) en el momento de realizar la inscripción

• Tener experiencia laboral relacionada con las competencias profesionales que se quieren

acreditar.

Justificar, y/o al menos 3 años, con un mínimo de 2000 horas trabajadas en total, en los últimos 10 años.

a) En el caso de experiencia laboral, justificar para las unidades de competencia de nivel 1 se

requieren 2 años de experiencia laboral con un mínimo de 1200 horas trabajadas en total.

La justificación de la experiencia laboral se hará aportando los siguientes documentos:

• Para trabajadores asalariados: Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, del

Instituto Social de la Marina o de la mutualidad a la que estuvieran afiliados, donde conste la

empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación y contrato de

trabajo o certificación de la empresa donde hayan adquirido la experiencia laboral, en la que conste

específicamente la duración de los períodos de prestación del contrato, la actividad desarrollada y el

intervalo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad.

• Para trabajadores autónomos:

Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina

de los períodos de alta y descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que

se ha realizado la misma.

• Para voluntarios o becarios: Certificación de la organización donde se haya prestado la asistencia en

la que consten, específicamente, las actividades y funciones realizadas, el año en el que

se han realizado y el número total de horas dedicadas a las mismas.

b) En el caso de formación, justificar, al menos 300 horas en los

últimos 10 años. Para las unidades de competencia de nivel 1,

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se requerirán al menos 200 horas. La justificación de la formación se realizará mediante

documento que acredite que el aspirante posee formación relacionada con las unidades de

competencia que se pretendan acreditar, en el que consten los contenidos y las horas de

formación.

La inscripción para la participación en el procedimiento se realizará según determine la propia

convocatoria.

La solicitud irá acompañada del historial personal y/o formativo de acuerdo con el modelo de

curriculum vitae europeo y se podrá aportar la documentación que se considere necesaria para

justificar la competencia profesional.

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Fases del procedimiento

1ª Fase: Asesoramiento.

El asesoramiento es obligatorio y sus características y modalidades vendrán determinadas por

cada convocatoria.

El asesor podrá citar al candidato para ayudarle a autoevaluar su competencia, completar su

historial personal y/o formativo o a presentar evidencias que lo justifiquen. Esta solicitud de

asesoramiento también la podrá realizar el candidato.

El asesor, atendiendo a la documentación aportada, realizará un informe orientativo sobre

la conveniencia de que el candidato acceda a la fase de evaluación y sobre las competencias

profesionales que considera suficientemente justificadas.

Si el informe es positivo, el asesor trasladará a la correspondiente comisión de evaluación toda la

documentación aportada por el candidato así como el informe elaborado debidamente firmado.

Si es negativo, el asesor le indicará al candidato la formación complementaria que debería

realizar y los centros donde podría recibirla.

El contenido del informe no es vinculante, de modo que el candidato podrá decidir pasar a la

fase de evaluación.

2ª Fase: Evaluación

La evaluación tiene por objeto comprobar si el candidato demuestra la competencia profesional

requerida en cada una de las unidades de competencia en las que se haya inscrito.

Se realizará de acuerdo con la naturaleza de la unidad de competencia, las

características del candidato y los criterios recogidos en las guías de

evidencia.

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Se utilizarán métodos como la observación del candidato en el puesto de trabajo, simulaciones,

pruebas estandarizadas de competencia profesional o entrevista profesional, analizando el

informe del asesor y toda la documentación aportada por el candidato y, en su caso, recabando

nuevas evidencias.

El resultado de la evaluación de la competencia profesional en una determinada unidad de

competencia se expresará en términos de demostrada o no demostrada.

3ª Fase: Acreditación.

Los candidatos que superen el proceso de evaluación obtendrán una acreditación de cada una

de las unidades de competencia en las que hayan demostrado su competencia profesional. La

Administración competente transferirá los resultados a un registro, de carácter estatal, nominal

y por unidades de competencia acreditadas.

La acreditación de una unidad de competencia adquirida por este procedimiento tiene efectos

de acreditación parcial acumulable, con la finalidad, en su caso, de completar la formación

conducente a la obtención del correspondiente título o certificado, la Administración laboral

y la educativa reconocerán las unidades de competencia acreditadas, que surtirán efectos de

convalidación de los módulos profesionales correspondientes.

Si un candidato completa los requisitos para la obtención de un certificado de profesionalidad

o un título de formación profesional, la Administración competente le indicará los trámites

necesarios para su obtención.

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