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1 Cuadernillo anual de Formación Ética y Ciudadana. 1er año. Las Cumbres. Unidad 1: El Estado, la nación y el gobierno El Estado, Nación, gobierno. Surgimiento y elementos del estado. Comparación entre Democracia y República. Características de una república. Estado de derecho. La participación como construcción de ciudadanía. Derechos políticos de los ciudadanos: el voto. Mecanismos de participación indirecta y semi directa. Otras formas de participación: Partidos políticos, sindicatos y organizaciones sociales, ONGs, etc. El Bien común. Deberes del gobernante y del ciudadano. ¿Qué es el Estado? Siguiendo a Félix Lonigro, el estado es la “la nación, política y jurídicamente organizada”, en un territorio. El Estado es una institución, una forma de organizar la sociedad establecida por las necesidades de los seres humanos. Las instituciones se distinguen de otras organizaciones porque perduran en el tiempo. Son ejemplos de instituciones, la escuela y la familia. El Estado, es una institución, que tiene sus funciones específicas, principalmente: atender los asuntos de la comunidad. (Las necesidades públicas o de la comunidad son por ejemplo: la seguridad, la defensa, la administración y organización, la educación, la salud, la construcción y mantenimiento de las obras públicas como caminos, represas, etc). El Estado, debe tener Fuerzas Armadas (militares, gendarmes, policía), para utilizar en caso de que las órdenes no sean obedecidas o en caso de ser atacado el país, etc. Es muy importante para el Estado, lograr tener un poder legítimo, y esa legitimidad se basa en gran medida en el acuerdo o consenso que pueda lograr para que las órdenes se consideren justas y necesarias y la población las respete. Esto es lo que se llama el Estado de Derecho, un Estado donde hay una Constitución, Leyes e Instituciones, respetadas por sus habitantes. Para realizar las actividades que necesita la comunidad, el Estado realiza un gasto público. El dinero para financiar el gasto público proviene de los impuestos, que junto con las tasas y contribuciones conforman los TRIBUTOS, que todos debemos pagar tanto en el ámbito nacional como en el provincial y el municipal. El estado se entiende también como “persona jurídica”, puesto que es; sujeto de derechos, (ejerce derecho), y contrae obligaciones. Esto garantiza que el estado sea perpetuo. El estado es igual aunque cambien las autoridades. También es muy importante para un Estado, ser reconocido por otros Estados, esto le permite externalizar su poder. Las características de estatidad, son las siguientes: -Capacidad de externalizar su poder: es decir, obtener el reconocimiento de otros Estados.

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Cuadernillo anual de Formación Ética y Ciudadana. 1er año. Las Cumbres.

Unidad 1: El Estado, la nación y el gobierno

El Estado, Nación, gobierno. Surgimiento y elementos del estado. Comparación entre

Democracia y República. Características de una república. Estado de derecho. La

participación como construcción de ciudadanía. Derechos políticos de los ciudadanos: el

voto. Mecanismos de participación indirecta y semi directa. Otras formas de

participación: Partidos políticos, sindicatos y organizaciones sociales, ONGs, etc. El Bien

común. Deberes del gobernante y del ciudadano.

¿Qué es el Estado?

Siguiendo a Félix Lonigro, el estado es la “la nación, política y jurídicamente

organizada”, en un territorio.

El Estado es una institución, una forma de organizar la sociedad establecida por las necesidades de los seres humanos. Las instituciones se distinguen de otras organizaciones porque perduran en el tiempo. Son ejemplos de instituciones, la escuela y la familia.

El Estado, es una institución, que tiene sus funciones específicas, principalmente: atender los asuntos de la comunidad. (Las necesidades públicas o de la comunidad son por ejemplo: la seguridad, la defensa, la administración y organización, la educación, la salud, la construcción y mantenimiento de las obras públicas como caminos, represas, etc).

El Estado, debe tener Fuerzas Armadas (militares, gendarmes, policía), para utilizar en caso de que las órdenes no sean obedecidas o en caso de ser atacado el país, etc. Es muy importante para el Estado, lograr tener un poder legítimo, y esa legitimidad se basa en gran medida en el acuerdo o consenso que pueda lograr para que las órdenes se consideren justas y necesarias y la población las respete. Esto es lo que se llama el Estado de Derecho, un Estado donde hay una Constitución, Leyes e Instituciones, respetadas por sus habitantes.

Para realizar las actividades que necesita la comunidad, el Estado realiza un gasto público. El dinero para financiar el gasto público proviene de los impuestos, que junto con las tasas y contribuciones conforman los TRIBUTOS, que todos debemos pagar tanto en el ámbito nacional como en el provincial y el municipal.

El estado se entiende también como “persona jurídica”, puesto que es; sujeto de derechos, (ejerce derecho), y contrae obligaciones. Esto garantiza que el estado sea perpetuo. El estado es igual aunque cambien las autoridades.

También es muy importante para un Estado, ser reconocido por otros Estados, esto le permite externalizar su poder.

Las características de estatidad, son las siguientes: -Capacidad de externalizar su poder: es decir, obtener el reconocimiento de otros Estados.

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-Capacidad de institucionalizar su autoridad: significa la creación de organismos para imponer la coerción, como por ejemplo, las fuerzas armadas, escuelas y tribunales. -Capacidad de diferenciar su control: esto es, contar con un conjunto de instituciones profesionalizadas para aplicaciones específicas, entre las que son importantes aquellas que permiten la recaudación de impuestos y otros recursos de forma controlada. -Capacidad de internalizar una identidad colectiva: creando símbolos generadores de pertenencia e identificación común, diferenciándola de aquella de otro Estado, por ejemplo, teniendo himno y bandera propia.

Así, todos los territorios atraviesan un largo proceso hasta alcanzar esa calidad de Estado pleno. Que solo será tal en la medida que ese Estado haya logrado con éxito todos estos requisitos. Requisitos que son mínimos y necesarios para hablar de un verdadero Estado Nacional.

Elementos del estado:

En general, se entienden como elementos objetivos del estado: población, territorio y elementos en común. Como consecuencia surgen los otros: gobierno, poder y derecho, que son los que dan forma a ese estado. Y como elemento subjetivo: la voluntad, la convicción y el deseo de vivir juntos y formar una gran familia.

Elementos que aparecen primero y son objetivos:

Territorio: es el componente geográfico. Esencial para que exista un Estado. Este posee un territorio con límites que lo separan de otros Estados. Es el espacio geográfico en el que habita una población determinada. Delimita el ámbito dentro del cual los habitantes están sometidos al poder del estado. El territorio es el suelo, subsuelo, espacio aéreo, plataforma submarina, aguas jurisdiccionales, aguas interiores. ¿Puede existir Estado sin territorio? ¿Y Nación sin territorio?

Elementos en común: es la circunstancia de compartir una misma cultura, idiosincrasia, cultura, raza, religión, lengua. Son elementos que unifican.

Población: es el elemento humano. Responde a ¿“quién se organiza?: la nación que habita un determinado territorio”. Por una tendencia natural y necesidad de organizarse, los hombres van designando autoridades a los que encargan la elaboración de normas básicas de convivencia, (que serán luego las leyes). De hecho, una población se convierte en estado cuando se organiza en un determinado territorio. Es una población determinada, que está dentro del territorio del Estado y sobre la cual, el gobierno legisla y manda. La población incluye a todos, el pueblo, solo a los votantes. La población refiere a las características demográficas, sociales, culturales y étnicas de un estado.

¿Cuál es el gran desafío de hoy?: 1-. Mejorar la población altamente concentrada en pocos lugares

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2-. Integrar del todo a los pueblos originarios1. Aunque con la Reforma de la CN de 1994 se incorporó dentro de las Atribuciones del Congreso, el a°75, inc. 17 que habla de sus derechos: “Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconocer la personería jurídica de sus comunidades, y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; ninguna de ellas será enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos. Asegurar su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten. Las provincias pueden ejercer concurrentemente estas atribuciones”.

Elementos que aparecen después y son subjetivos:

Derecho: es manifestación de la organización jurídica de la nación, son las normas que regulan la convivencia social. Existe un derecho objetivo, (que son las normas que regulan la vida en sociedad y el funcionamiento de sus instituciones), y uno subjetivo, (que refiere a las atribuciones que tiene cada hombre, en el marco del derecho objetivo, o sea, están integradas en el). Dentro del DO, encontramos el natural, (creado por Dios, que contiene normas fácilmente reconocibles), y el positivo, (creado por el hombre). Y dentro del DOP, el escrito (ley, acordada, decreto), y el consuetudinario, (basado en la costumbre).

Poder (soberanía y legitimidad): es la capacidad de mando que tienen los gobernantes como representantes de la población que rige los destinos de un estado. La Soberanía o el ser soberano supone no reconocer otra autoridad superior, por eso: dentro de los límites y sobre la población de ese territorio no existe otro poder superior al del Estado. Pero no confundir: esos representantes como dice el nombre, ejercen las facultades de poder que les DELEGA el pueblo que los votó, verdadero titular del poder. Por ende, el único soberano es el estado, NO la persona. De ahí que podamos contradecir la frase de LUIS XIV “el estado soy yo” a la idea de una verdadera republica que no reconoce personalización del poder. (Aunque hay otras formas de personalización del poder modernas que se ven en los estados populistas y las democracias no repúblicas). Ese poder es entonces Uno, y es del estado. Solo se dividen sus órganos de gobierno de acuerdo a sus funciones: ejecutivo, legislativo, judicial.

Gobierno: es la manifestación de la organización política de la nación: dirige, conduce el Estado, marca el camino... El gobierno tiene estructuras políticas, administrativas y legales. En nuestro país las funciones del poder se dividen en: Legislativo (hace leyes), Ejecutivo (hace cumplir las leyes, administra, da órdenes...) y Judicial (juzga y castiga a los que no cumplen las leyes). Por eso es el conjunto de

1 Se cree que cuando llegaron los españoles a América, la población indígena en Argentina era de 350.000, la mayor parte concentrada

en el Noroeste, (región bajo influencia incaica), y noreste, (Chaco, Misiones, etc). Con la llegada de los españoles se redujo un 15% teniendo en cuenta, enfermedades, guerra, trabajos forzados, etc. El Sur de la Argentina, era considerado “desierto” para los españoles. En esta línea de pensamiento, se busco extender la frontera “civilizada” al mal llamado desierto, y para eso, correr la frontera. Pensemos que para la época, “el indio” era un tema de seguridad, no estaba incorporado al ser nacional. En este marco se entiende la extensión de la frontera con Rosas hasta el Salado, y con Roca hasta el Colorado, y la incorporación de la Patagonia y Chaco.

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órganos que ejercen el poder del estado, y rigen los destinos de la nación. El gobierno cambia, el estado permanece, el gobierno son las autoridades que representan al pueblo, el estado es el soberano. El gobierno es parte del estado, el estado abarca todo. Por ejemplo, alguien que trabaja en el Ministerio de Educación, trabaja para el Estado argentino, no para el gobierno. Es decir que alguien de un partido contrario bien puede tener cargos en instituciones estatales, a pesar de no ser afín al gobierno. (De hecho, es bueno que eso suceda porque significa que primó la independencia de las instituciones y la idoneidad para el cargo y no la afinidad política, requisito esperable de toda república).

Distinción entre el estado, respecto a la Nación y al gobierno

Interesa diferenciar los conceptos de Estado, gobierno y nación, a partir del carácter

material o simbólico, y permanente o transitorio de cada una de estas categorías. La Nación: es un conjunto de individuos que, al habitar un determinado territorio, y

estar unidos por una misma cultura, lengua, raza y religión, reconocen un mismo origen y persiguen un mismo destino.

¿Qué surge primero: la nación o el estado? ¿Por qué? Ejemplifica con el caso argentino.

- Es un pueblo que comparte cultura y no necesariamente tiene un territorio. Ejemplo, el caso de los judíos, que pasaron mucho tiempo sin un territorio o Estado, hasta que después de la Segunda Guerra Mundial, se forma el Estado de Israel en 1948. (En cambio el estado para ser tal debe tener un territorio). - Pueden también existir naciones que no comparten lengua ni raza, por ejemplo: como Brasil Arg, USA, Canadá y sin embargo sí son naciones. (Por eso, el componente de la nacionalidad en el estado, es decir, su elemento subjetivo: la voluntad de pertenecer es esencial). - La nación es un concepto sociológico, ya que esta despojado de institución y gobierno: es el “conjunto de individuos que habitan un territorio, comparten cultura y raza, reconocen un mismo destino y persiguen un mismo destino”, o sea no necesito gobierno específicamente. Es de carácter ideológico puesto que se considera posible la existencia de naciones sin Estado, como vimos en los reclamos palestinos y veremos en los de catalanes y escoceses, y la posibilidad de que diferentes naciones o nacionalidades se agrupen en torno a un solo Estado. Comúnmente los Estados forman entes denominados "Estado Nación" que unen ambos conceptos, siendo habitual que cada nación posea o reivindique su propio Estado. -La nación preexiste al estado, es decir que el Estado aparece cuando la nación se organiza, por una tendencia natural, jurídica y políticamente. Por ejemplo: las naciones de los Balcanes que ya desde el siglo XV desde épocas del Sacro Imperio Romano Germánico estaban aglutinadas en el “Imperio” aunque en realidad era un conjunto heterogéneo de

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naciones y culturas independientes y distintas al Imperio. En el siglo XX serán los futuros estados de Yugoslavia, Serbia, Montenegro, etc. El Gobierno: Tampoco debe confundirse con el concepto de gobierno, encargado de llevar a cabo las funciones del Estado. El Gobierno también puede ser considerado como el conjunto de gobernantes que, temporalmente, ejercen cargos durante un período limitado dentro del conjunto del Estado. El Estado se perpetúa, el Gobierno cambia. Depende la renovación para cada cargo, (Presidente cada 4 años, senadores cada 6, diputados cada 4). Pero requisito de toda Republica es la RENOVACIÓN. De hecho, es conveniente que un cargo público se identifique, por ejemplo, con el Estado, y NO con el gobierno. Así reflejaría que el requisito para el acceso a ese cargo fue la idoneidad y no la “amistad” (desdeñable en una verdadera República). La forma de gobierno en Argentina es la representativa, republicana y federal. A° de la CN: 1 22 37 38

Representativa, (Rousseau)

Republicana: hace referencia a la división y equilibrio de poderes, (Montesquieu), a la transparencia, a la periodicidad en los cargos, independencia del poder judicial, etc. Res: cosa pública. Para que exista una verdadera “cosa pública” como la entendían los romanos, debe

existir: transparencia en la gestión, periodicidad en los cargos, publicidad en los actos de gobierno, verdadera división de poderes, etc. Por eso, es importante darse cuenta que aunque en las formas un estado pueda ser democrático, hay que ver si es verdaderamente republicano: hay estados técnicamente democráticos cuyo origen surge en las urnas, sin embargo, de gobiernos de dudosa vida republicana. Se dice por eso que la república es un estilo de gobierno que atañe a las autoridades. Por ejemplo, el mismo Hitler fue elegido por las urnas y pensemos qué estado “democrático-republicano” creó!!! Pero sin caer en ese extremo existen otros ejemplos: Cuando un estado no es transparente, no es tolerante, un poder interviene en otro –ejemplo el ejecutivo condiciona al judicial-, se falsean cifras oficiales, se perpetua en el poder, acomoda parientes, favorece el clientelismo, busca crear masas ignorantes, etc, no se trata de una verdadera República.

Se relaciona también con Democracia, (demos: pueblo, cracia: gobierno). Que hace referencia a: Gobierno del pueblo.

Partidos políticos División de poderes Sufragio

Y Federal, descentralización del poder y distinción de tres niveles de gobierno:

VER CUADRO DE CLASE CON LOS DISTINTOS NIVELES DE GOBIERNO: NACIONAL… soberano por ejemplo, el Presidente

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PROVINCIAL… autónomo, por ejemplo: los Gobernadores MUNICIPAL ….autárquico, por ejemplo los intendentes CABA… régimen especial, autónomo, por ejemplo, el Jefe de gobierno de CABA

CUADRO sobre AUTORIDADES NACIONALES EN LOS 3 PODERES: *EJECUTIVO: administra. Presidente/Vice/Jefe de Gabinete/Ministros. Son elegidos por voto directo por la ciudadanía *LEGISLATIVO: sanciona las leyes: -Senadores: son 72 senadores, es la Cámara Alta, representa a las PROVINCIAS: son SIEMPRE 3 por UF, y se renuevan cada os años por tercios, duran 6 años. -Diputados: son 257 diputados, es la Cámara Baja, representa al PUEBLO, varía su número de acuerdo a la cantidad de habitantes por distrito, se renuevan por mitades cada dos años *JUDICIAL: controla su cumplimiento. Ejemplo: justicia nacional CSJN/federal y provincial/local u ordinaria Son elegidos por el Presidente con acuerdo del Senado: Jueces inferiores: vía concurso a través del Consejo de la Magistratura Jueces de la CSJN: vía presidente con la aprobación del Senado por 2 tercios

Surgimiento del estado. Recordemos que la idea de nacionalidad surge en la Guerra de los 100 años. Sin

embargo, es Maquiavelo quien primero utilizo el concepto de “stato” para definir a aquellas unidades políticas que, en el siglo XV; comenzaban a actuar autónoma e individualmente como unidades independientes con respecto al Imperio, a la Iglesia y a los demás estados. Esta desarticulación de la mentalidad unitaria del Medioevo es reemplazada por la idea de diversidad que se plasma en el surgimiento de los estados nacionales. Recordemos que Maquiavelo introduce el concepto de “razón de estado” como aquella que justifica los medios que utilice el príncipe para garantizar su poder, independiente de lo moral. (Separación de moral y política). Afirma la existencia de la razón de estado que es el interés nacional de un estado que siempre busca PODER, (valor más importante para el rey y que se sobrepone a cualquier otra necesidad).

La características que definían a estos resurgidas monarquías eran: Centralización del poder político, (monarcas mas fuertes que reunieron en sí todos los poderes), Concentración de los territorios: (los límites de un estado se definieron por el territorio que ocupaban); y “nacionales” `porque integraban una misma nacionalidad, con costumbres y lengua común que los permitía identificarse unos con otros. -. Surgimiento de un sentimiento nacional (aquella idea de pertenencia ayudó a que los reyes pudieran ir fundiendo en su persona a la población), Los reyes incrementan sus esferas de actividad, (empiezan a prestar atención a la actividad económica y a otras esferas más allá de lo político: es decir, empiezan a intervenir en economía, religión, arte y cultura, etc.), ejércitos permanentes, (ejércitos preparados y disciplinados bajo la autoridad del rey, institución armada para la defensa), y burocracia, (conjunto de funcionarios estables, consejeros, ministros y secretarios, encargados de hacer cumplir las órdenes del rey y de controlar los

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asuntos estatales en todo el territorio, Diplomacia, Asambleas estamentales, Justicia y código legal. Asimismo un Sistema de impuestos, luego llamado Monopolio fiscal: es necesario que posea el completo control de las rentas, impuestos y demás ingresos, para su sustento. Utiliza su Burocracia para este fin.

Con el tiempo, estas características fueron definiéndose y hoy el estado moderno debe tener:

1-. El Monopolio de la fuerza legal supuso que para poder ser un estado es necesario que estados modernos y contemporáneos desarrollen el uso exclusivo y legítimo de la fuerza para poder asegurar el orden interno. Es por esto que el Poder Legislativo crea leyes que son obligatorias, el Poder Ejecutivo controla con el uso de mecanismos coactivos su cumplimiento y el Poder Judicial las aplica y ejecuta con el uso de la fuerza, que es legítimo. 2-. El Territorio: Determina el límite geográfico sobre el cual se desenvuelve el Estado. Es uno de los factores que lo distingue de Nación. Este debe estar delimitado claramente. Actualmente el concepto no engloba una porción de tierra, sino que alcanza a mares, ríos, lagos, espacios aéreos, etc. 3-. La Soberanía: facultad de ser reconocido como la institución de mayor prestigio y poder en un territorio determinado. Hoy en día también se habla de soberanía en el ámbito externo, es decir internacional, quedando esta limitada al Derecho Internacional, organismos internacionales y al reconocimiento de los Estados del Mundo.

Casos históricos en relación a la formación de un estado:

Caso A: la conformación de los Estados nacionales latinoamericanos: Venezuela, Colombia, Argentina, Paraguay, Chile. Con el antecedente de la independencia de Estados Unidos, y la influencia ideológica de la Ilustración, a partir de 1804 con la independencia de Haití, se producen todas las independencias de las “colonias” hispanoamericanas. Recordemos que llevó varias guerras de independencia lograrla, entre el bando patriota o independentista contra los realistas españoles que defendían la lealtad al rey de España. Evidentemente depende el lugar adquirió características particulares pero en general, además de las influencias citadas, fue clave la crisis política en España y la ocupación del territorio por parte de Francia desde 1808. Como respuesta a la entronización del José Bonaparte en España, se instalaron juntas de gobierno que ejercieron la soberanía ante la ocupación francesa, tanto en la península como en las posesiones de ultramar. Las diferencias entre España y las llamadas colonias se fueron agudizando comenzando la lucha armada entre los americanos y los ejércitos reales alrededor de 1810. La independencia de los nuevos estados se consolidó en la década de la década de 1820. A lo largo de esta década los nuevos estados fueron reconocidos mundialmente. España recién en 1833. (Clave este reconocimiento para ser Estado!). Caso B: la conformación de los Estados nacionales europeos. España, Portugal, Inglaterra, Francia.

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En el siglo XV, y producto de la disolución de la sociedad medieval, el quiebre de la economía feudal, el fortalecimiento de los reyes, el paso de una economía localista a una de alcance nacional, mas la aparición de la idea de nacionalidad, surgen los estados nacionales europeos después de casi mil años de fragmentación feudal. Vimos a Maquiavelo que justamente escriba en la época a Lorenzo de Médicis para aconsejarle como gobernar en la fragmentada Italia. Sacando al Sacro Imperio Romano Germánico, (futura Alemania), y a las ciudades italianas, España con los Reyes católicos, Inglaterra con los tudor, Portugal con los Braganza y Francia con los Valois, lograron consolidarse como estados nacionales. Caso C: la conformación de los Estados nacionales actuales:

1-. El proceso de cambio de la ex-Yugoslavia: La ex Yugoslavia era un conjunto de entidades políticas que existieron

sucesivamente en la parte occidental de los Balcanes europeos, como un mosaico de nacionalidades, religiones, culturas y lenguas distintas en un lugar geográfico. El Reino de Yugoslavia, que sucedió al Reino de los Servios, Croatas y Eslovenos fue un Estado Balcánico que existió desde 1929. Comprendía el área de Eslovenia, Bosnia, Herzegovina, Serbia, Montenegro y Macedonia, Croacia y Eslovenia. En conjunto la diversidad cultural de los Eslavos del Sur formaron un verdadero estado multicultural y federativo. El Reino de Yugoslavia fue invadido por las potencias del Eje en 1941, y fue oficialmente abolido en 1945, con la invasión de Alemania. En 1963, pasó a llamarse República Federal Socialista de Yugoslavia (RFSY). Este estado estaba compuesto por seis repúblicas socialistas: Bosnia y Herzegovina, Croacia, Serbia, Montenegro. En conjunto los seis estados autónomos y las dos regiones autónomas funcionaron como una federación multicultural. A partir de 1991, la República Socialista Federativa se desintegró a causa de las Guerras Yugoslavas que siguieron a la secesión de la mayoría de las entidades constitutivas del país.

El siguiente estado nombrado fue la Rep. De Yugoslavia, ya con distinta composición geográfica, existió hasta 2003, año en el que pasó a denominarse Serbia Y Montenegro, debido a las presiones internacionales. En 2006 tanto Serbia como Montenegro, declararon sus respectivas independencias.

Estados en la región de los Balcanes.

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2-. La creación del estado de Israel: En 597AC, los judíos quieren volver a su patria luego del cautiverio de Babilonia. Y

después de la destrucción de Jerusalén en el 70 por los romanos, comienza la diáspora: el exilio de los judíos a distintos lugares del mundo. El regreso a la Tierra Prometida tomó carácter religioso cuando los judíos consideraron que éste coincidiría con la llegada del Mesias. A mediados del siglo XIX, Israel formaba parte del Imperio Otomano y estaba poblado principalmente por árabes musulmanes, árabes cristianos, asi como judios y otros grupos minoritarios. Hacia fines de siglo los judíos ya eran mayoría. Asimismo surgió la idea de formar una patria judía en palestina y buscar el apoyo internacional, (aunque no era la única región posible).

En el siglo XIX los judíos se plantean la “reconstrucción de una patria judía en Palestina. (Los judíos se llaman “sionistas” porque en hebreo “sion” es una colina de Jerusalém. Estos judíos que presionaron por el estado era un movimiento nacionalista). El Holocausto provoco que muchos inmigrantes llegaran post nazismo y buscaran territorio.

En 1917, la Declaración de Balfour afirmaba que el gobierno británico veía favorablemente el establecimiento de la patria judía en Palestina, entendiendo que esto no perjudicaría los derechos civiles y religiosos de las comunidades no judías en Palestina. Esta declaración contó con el respaldo de varios países, incluyendo USA y se convirtió en un documento importante cuando la Sociedad de Naciones le asignó al Reino Unido el mandato sobre Palestina en la 1ra guerra mundial. Este territorio había estado bajo poder de Inglaterra desde 1918. (Antes eran territorios del imperio otomano sin mayor definición). Pero también había palestinos que aspiraban a su independencia. Estos palestinos eran árabes. Veamos mapa debajo y la evolución del territorio).

La inmigración judía creció post 1930, debido a la difícil situación económica general y a la persecución de los nazis en Alemania. En 1945, al amparo de las organizaciones pro-Estado de Israel se produjo una migración masiva organizada; además, aparecieron varios grupos armados. Ante la imposibilidad de resolver el problema , la ONU resolvió la partición de Palestina en dos Estados, uno árabe y otro judío quedando Jerusalén bajo la administración de las Naciones Unidas.

La mayoría de los judíos en Palestina aceptaron esta decisión pero no así los árabes. Paralelamente, los británicos anunciaron su intención de retirarse de Palestina. La violencia entre las comunidades judías y árabes estalló inmediatamente en forma de guerra civil. Al anunciarse el final del mandato británico en Palestina, los judíos planearon declarar un Estado independiente, pero los árabes no lo iban a aceptar. En 1948, los judíos, declararon en Tel Aviv la creación del Estado de Israel de acuerdo al plan previsto por las Naciones Unidas.

El estado de Israel se crea en la 2da posguerra. Su historia como Estado se inicia con su proclamación de Independencia en 1948 lograda después de más de sesenta años de esfuerzos políticos y diplomáticos, con apoyo de EEUU, para establecer una nación soberana en la que consideraban que era su patria, la antigua Tierra de Israel, también conocida como Palestina.

Inmediatamente a la declaración del Estado de Israel, Egipto, Siria, Transjordania, Irak, el Libano, invadieron al nuevo país. En una desesperada guerra, los judíos pudieron

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repeler el ataque árabe e inclusive avanzaron ocupando nuevos territorios. Un alto al fuego fue firmado por ambos bandos, estableciéndose que los territorios ocupados permanecerían en poder de Israel que además ocupó una buena parte del territorio. asignado a los árabes y la parte occidental de Jerusalén (Israel aumentó su territorio en casi un 50%). Quedaron en manos de los árabes Cisjordania, (luego de la anexión jordana), ocupada por Transjordania y la Franja de Gaza, ocupada por Egipto. Cuando se crea el estado de Israel recrudece el conflicto entre palestinos árabes e israelitas judíos porque ambos reclaman el territorio. Tengamos en cuenta que ambos reclamaron a Jerusalén como ciudad sagrada.

Se producen ataques de árabes del Liban, Siria e Irak, Se produce la Guerra de los 6 Días, la guerra de Yom kippur y otras hostilidades en las que el ejército israelí se impuso y amplio la ocupación del territorio.

Por cuestiones territoriales, religiosas, terrorismo, petróleo. Sigue siendo hoy día una de las zonas de mas conflicto mundial con constantes luchas en Franja de Gaza, etc.

Hoy Israel es un estado. En 1949 bajo los auspicios de la ONU se firmaron cuatro armisticios pero la violencia

en esta región continúa hasta nuestros días. La guerra trajo la creación de una masa de 710.000 refugiados árabes y unos 800.000 refugiados judíos. Estos últimos se refieren a aquellos judíos que fueron obligados a abandonar los países árabes donde residían (que en 1950 en gran parte lograron regresar).

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Caso D-. Los proto estados: Palestina

El Estado de Palestina, es un estado con reconocimiento limitado ubicado en el Oriente Próximo, que limita con Israel, Jordania, Egipto y el Mediterráneo Oriental. Es considerado un proto-estado, porque adoptó la declaración de independencia de forma unilateral, (en 1988, proclamada por el Consejo Nacional de la Organización para la Liberación de Palestina). (Se observa la importancia de la externalización del poder en la situación de Palestina).

Hoy, y desde 1950, Palestina lucha por conformar un estado nacional propio. Es de

hecho, un estado con reconocimiento limitado ubicado en el Oriente Próximo, que limita con Israel, Jordania, Egipto y el Mediterráneo Oriental. Es considerado un proto-estado, porque adoptó la declaración de independencia de forma unilateral, (en 1988, proclamada por el Consejo Nacional de la Organización para la Liberación de Palestina). En ese tiempo la OLP no ejercía control sobre territorio alguno, y era un gobierno en el exilio. Aún hoy parte del territorio reclamado se mantiene bajo ocupación israelí y ha designado a Jerusalén como su capital. En 1994 (conforme a los acuerdos de Oslo entre la OLP y el Gobierno de Israel fue establecida la Autoridad Nacional de Palestina como una entidad administrativa transitoria. Luego, fue admitida como miembro de la UNESCO, como estado miembro de pleno derecho. En 2012 la Asamblea General de las Naciones Unidas concedió a Palestina la condición de «Estado observador no miembro» de la organización, reafirmando además el derecho del pueblo palestino a un territorio bajo las fronteras definidas antes de la Guerra con Israel. (Esta resolución no implica aún la admisión de Palestina como miembro pleno de la organización, porque no la ha aprobado el Consejo de Seguridad de la ONU en el cual Estados Unidos se opone). En la actualidad, oficialmente –aunque cuenta con otros apoyos no oficiales-, han sido Suecia y la Santa Sede.

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Caso E. -los reclamos de las comunidades catalana y escocesa:

El nacionalismo catalán surge de la reivindicación de la región española de Cataluña considerada una nación, con historia lengua y derecho propio dado por la historia del Principado de Cataluña. Según ellos, con los Borbones en el siglo XVIII España se transforma en un estado multicultural en el que el Principado de Cataluña queda integrado al Estado español siendo sustituidas sus instituciones tradicionales. (Recordemos el centralismo de los borbones tan lejano al regionalismo español y la importancia de las leyes y particularidades de cada región. Inclusive con la formación del estado nación de los poderosos Reyes Católicos, la importancia del respeto a cada uno fue clave, tal vez por cómo se dio el proceso de reconquista medieval). Entre algunos sectores el concepto de nación catalana es extendido a todos los territorios de habla catalana. Esta corriente política se consolidó ideológicamente en la primera década del siglo XX. En 2013 el Parlamento de Cataluña aprobó la "Declaración de Soberanía y del derecho a decidir del Pueblo de Cataluña", manifestando que: de acuerdo con la voluntad mayoritaria expresada democráticamente por parte del pueblo de Cataluña, el Parlamento de Cataluña acuerda hacer efectivo el ejercicio del derecho a decidir, para que los ciudadanos de Cataluña puedan decidir su futuro político colectivo de acuerdo con los principios de legitimidad democrática, transparencia, diálogo, cohesión social, europeismo, legalidad, papel principal del Parlamento y participación, todos ellos precedidos y legitimados por el de soberanía que se reafirma diciendo que «el pueblo de Cataluña tiene, por razones de legitimidad democrática, carácter de sujeto político y jurídico soberano». Ver referéndum octubre 2017

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-el Nacionalismo vasco: El nacionalismo vasco es una ideología política y cultural que aboga por la unidad y defensa de la identidad cultural en los territorios que entiende que configuran la nación vasca y que actualmente se distribuirían entre España y Francia, por ejemplo, -al norte-, los antiguos territorios que forman el País Vasco francés, en el departamento de los Pirineos Atlánticos. Y –al sur-, lo correspondiente a las comunidades autónomas españolas del País Vasco y Navarra. El grado de aceptación de esta idea territorial no es homogéneo ni existe acuerdo en cómo se implementaría dicha unión política vasca.

Cataluña en España.

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-los reclamos de la comunidad escocesa:

El independentismo escocés es un movimiento que busca la independencia de Escocia del Reino Unido, tal como fue hasta 1707. (Escocia era un reino vasallo del rey inglés, con algunos conflictos de fronteras y económicamente dependiente de aquella, pero políticamente independiente. En 1603 Jacobo VI de Escocia se convirtió en Jacobo I de Inglaterra, pero la unión de las coronas mantuvo los parlamentos separados. Escocia retuvo su gobierno, pero el conflicto entre ambos países se transformó en económico. Finalmente, se firmó el Acta de Unión de 1707, por la cual ambos fueron disueltos, y todos sus poderes transferidos a un nuevo parlamento en Londres que se convirtió en el parlamento de Gran Bretaña. A pesar de que hubo un nuevo sentimiento de identidad británico llevado con diversos grados de entusiasmo, la identidad nacional escocesa permaneció muy fuerte. Desde mediados del siglo XIX apareció un movimiento por el autogobierno, pero el apoyo a la independencia no llegó hasta 1920.. En 1974 la política laborista volvió a apoyar el autogobierno escocés, sujeto a un referéndum para que la mayoría de la población decidiera. Ese referéndum de 2014 decidió mantenerse bajo soberanía británica.

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Participación. Mecanismos de participación semi directa e indirecta.

Si bien nuestro sistema de gobierno, tal como afirma la CN en los artículos 1 y 22, es una Representativa republicana y federal, la Constitución nacional reconoce en los artículos 39 y 40 mecanismos de democracia semi directa, porque son instrumentos por medio de los cuales el pueblo toma intervención en determinados asuntos de gobierno.

Iniciativa popular: la ciudadanía propone un proyecto de ley a la cámara de Diputados, sostenido por una determinada cantidad de firmas y debiendo cumplir ciertos requisitos. (Debe ser escrito en un cierto formato, señalar origen y nombre, debe contar con una cierta cantidad de firmas de acuerdo al padrón electoral, el 1,5% del padrón electoral de firmas). Este no puede abarcar ciertas temáticas como Tratados Internacionales, presupuesto y materia penal.

La consulta Popular: significa someter a consideración del pueblo ciertas cuestiones. Si es vinculante: es obligatoria, es decir que si se presenta un proyecto, y el congreso lo aprueba, es ley por promulgación automática. Si no es vinculante, (optativa), ni el pueblo esta obligado a votar, ni el estado obligado a promulgarlo si fuese votado.

A veces la consulta popular adquiere la forma de Referendum o Plebiscito.

Referendum o Plebiscito: procedimiento jurídico en que se somete al voto popular una ley un acto administrativo. Puede ser vinculante o no vinculante como se explicó recién. (En el 1er caso, si no se cumple el costo político es alto. En el 2do, deja la interpretación del voto al poder legislativo. (Ejemplo, el 10 de mayo de 2013, referendum sobre la soberanía en las Islas Malvinas. “Plebiscito decidido por el gobierno local de las islas, administradas por el Reino Unido a ver si querían que el archipiélago continuara bajo administración británica en razón del pedido de Argentina. El 90% dijo Sí. Aunque no fue aceptado ni por Arg. Ni por la ONU. También Escocia en 2014).

Otros mecanismos de participación popular específicamente de CABA son: ver en

https://www.buenosaires.gob.ar/ Derechos políticos: Según Félix Lonigro, los derechos políticos se encuentran en los A°s 37 y 38. Ampliamente considerados son los mismos derechos civiles pero con una finalidad política:

por ejemplo, formar un partido político. Considerados de forma restringida se refiere a votar y ser votado.

Partidos políticos

Son grupos de personas que teniendo una misma ideología, se unen en forma organizada con el propósito de divulgarla y de acceder al gobierno para ponerla en práctica.

Así, la organización es un aspecto fundamental de la existencia de un partido político. Esta se configura: -con una carta orgánica y estatutos que regulan su funcionamiento. -una plataforma partidaria o declaraciones de principios que contenga su doctrina -órganos de gobierno, como Comités, que organicen su accionar

¿Cuándo surgen? En general, cuando se afianzó el sistema democrático participativo, porque naturalmente se unen al sufragio. Es decir que ya con la revolución francés en 1789 encontramos los primeros ejemplos. (Recordar: derechas e izquierdas).

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En Argentina podríamos afirmar que en el siglo XIX surgen las agrupaciones, bandos, facciones de morenistas saavedristas, criollos y realistas, unitarios federales, pero no tenían organización regulada, requisito clave para todo partido político. Ni siquiera el Partido Federal de Urquiza. La misma Constitución nacional de 1853 tampoco los tuvo en cuenta. Solo reconocía en el Aº14 el derecho civil a asociarse con fines útiles (en el que luego los partidos encontraron un respaldo ya que en todo caso, al formar el partido político se transformaba ese derecho de civil a político). En 1891 nace la UCR Unión Cívica radicali, que se considera el primer partido político de la Argentina. A partir de allí se formaron distintos partidos políticos. Recién con la reforma constitucional de 1994 se incorporó el Aº 38 que los reconoció expresamente. “Los pp son instituciones claves del sistema democrático….”. Alli manifiesta no regular detalladamente su funcionamiento y accionar que deja al Congreso. Asi otorga plena libertad a los ciudadanos para formar pp, mientras se respete el orden constitucional y el sistema democrático. Y es garantiza: representación de las minorías, organización y funcionamiento democrático y monopolio en las elecciones, es decir que solo a través de sus filas puedan presentarse candidatos a las elecciones. (relacionar con ex internas partidarias, ahora PASO), Acceso a la información pública, capacitación de sus dirigentes y sostenimiento económico, (en general. Calculado conforme al % de votos que hayan obtenido de elección anterior). Por otra parte, obliga a dar publicidad de sus gastos y destino de los fondos y de su patrimonio.

Se afirma que los partidos políticos brotan naturalmente de la vida política cuando existe una verdadera democracia, ya que aglutinan opiniones. De hecho, cuando se habla de esquemas de “partido único” se cae en una gran contradicción ya que si existe un partido político, es porque existe una parte de un todo, que tiene otras opiniones. Si es parte de un todo, jamas puede ser único.

¿Por qué son tan importantes? Porque actúan como motor que moviliza ideas, las divulga, y origina el debate en la sociedad. Sirven para: agrupar individuos con ideas similares, canalizar el disenso, divulgar y difundir ideologías. Preparar a la dirigencia política y seleccionarla, instruir cívicamente a los candidatos y la población, apoyar la gestión de un gobierno, ejercer su control desde la oposición, fortalecer la democracia incitando a los individuos a participar.

El Bien común: Partimos de la base de que el hombre es un ser social por naturaleza. Esto significa que el

hombre aislado no se basta a sí mismo. Y esto tiene que ver con su estado de imperfección, y su necesidad de completarse y de plenificarse.

Así como el hombre necesita investigar la naturaleza y conocer sus leyes, es mucho mas urgente el ocuparse del orden social. Cuyas normas y exigencias alcanzan lo más íntimo de sí mismo. La sociedad es la comunidad organizada. “..El aspecto de organización es el que convierte a la comunidad en sociedad. Y esto es el orden jurídico: autoridad, leyes. Estos dos, más el Bien Común, son los 3 momentos que convierten a la comunidad en sociedad. 2 La comunidad no puede ser un fin en sí mismo, como pretende el colectivismo. Es ella su fin último y supremo valor. El hombre solo vale como, porque suprime al ser propio de la persona y hace desaparecer a la persona en la colectividad. Ni el individualismo que pretende hacer que la comunidad sea mera y simple derivación del individuo. “La comunidad no es solo la suma de individuos, sino su totalidad”. En cuanto totalidad, posee un ser propio y especifico.3

2 Fellermeir Jakob, Compendio de Sociología Católica, Barcelona, Herder, 1962, Pág. 68 3 Fellermeier Jakob, op. cit., pags. 61 y 62

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Por comunidad entendemos una forma de agrupamiento natural y emocional, mientras que la sociedad es racional y artificial. Esta sociedad es la Patria. Los elementos culturales continúan vivos y se transmiten de generación en generación4. “….El hombre no es un ser aislado en el mundo, sino que se halla implicado en una gran variedad de relaciones. .. Una de estas relaciones es la de la naturaleza que le rodea; en ella se desarrolla su vida es exterior… Paisaje y clima determinan la forma externa de la vida del hombre… Y en gran medida su ser y carácter.”. (Ejemplo,. Frio en Inglaterra, carácter mas distante.. ). Pero … también entre los hombres se produce un orden de relaciones. Designamos con el nombre de orden social al conjunto de éstas relaciones.

¿Cuál es la razón última por la cual existe la comunidad? “... La comunidad existe porque el hombre necesita de ella para completarse y para satisfacer sus necesidades. La comunidad es necesaria porque el hombre aislado no se basta a sui mismo. Y esto tiene que ver con su estado de imperfección, y su necesidad de completarse y de plenificarse.5 “.. el hombre.. está insertado en la comunidad. Lo mismo que su ser espiritual, su ser personal tampoco lo ha recibido de Dios plenamente desarrollado y completo. Antes bien el hombre logra la plena formación de su persona solo en y por la comunidad con otras personas. Persona es el hombre anterior a toda comunidad humana. Pero personalidad es persona plenamente desarrollada que lo será, solo.. por la comunidad con otros. 6 El hombre es, en su estructura básica, en la misma proporción: comunitaria e individual. En fin, “que el hombre por naturaleza sea ser comunitario, el que sea “animal naturalite sociale”, significa… que el hombre es posible absolutamente sólo como ser comunitario. Y alcanza la plenitud de su ser sólo y en comunidad”. 7 Criticamos en esta catedra la postura individualista que sostiene que el hombre existe primero para luego unirse en sociedad, de la que se desprenden las teorías liberales. De la misma manera que la comunidad no debe absorber del todo al individuo, como pretenden los esquemas colectivos. Ni el individualismo, ni el colectivismo responden satisfactoriamente a las relaciones de la persona y comunidad. La persona arraiga en la comunidad mas profundamente de lo que admite el individuo, y trasciende la comunidad en mayo grado del que cabe dentro del colectivismo. Incluso en los casos en que la comunidad esta autorizada para intervenir en las esferas vitales del individuo, debe salvaguardar siempre su dignidad absoluta de persona espiritual y llamada al orden sobrenatural”8.l (por eso hasta un preso debe ser tratado de acuerdo a su ser de hombre).

Esto lo veremos claramente en el papel del estado y los principios de solidaridad y subsidiaridad. Porque un individualismo omitiría el principio de solidaridad, y un colectivismo avasallaría el de subsidiaridad. El péndulo de uno al otro extremo se aleja de la concepción profunda de persona, base del pensamiento de esta catedra. La sociedad es la comunidad convertida en sociedad: “… El aspecto de organización es el que convierte a la comunidad en sociedad. Y esto es el orden jurídico: autoridad, leyes. Estos dos elementos, más el Bien Común son los 3 momentos que convierten a la comunidad en sociedad.

4 Hubenña. …….. pág. 22 5Fellermeir Jakob, Compendio de Sociología Católica, Barcelona, Herder, 1962, OP.CIT, Pág. 61 6 Fellermeier, pág. 49 7 Fellermeier pág. 51 8 Fellermeier pág. 59

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Pero la comunidad no es solo la suma de individuos, sino su totalidad”. En cuanto totalidad, posee un ser propio y especifico. ¿Cuál es la razón última por la cual existe la comunidad? ... la comunidad existe porque el hombre necesita de ella para completarse y para satisfacer sus necesidades. La comunidad no puede ser un fin en si mismo, como pretende el colectivismo. Es ella su fin ultimo y supremo valor. El hombre solo vale como, porque suprime al ser propio de la persona y hace desaparecer a la persona en la colectividad. Ni el individualismo que pretende hacer que la comunidad sea simple derivación del individuo. La sociología católica busca el equilibrio entre ambos extremos.

El Bien común como fin de la política. Concepto de Bien Común: Según Santo Tomás de Aquino, el Bien Común es un BIEN INTEGRAL Y COMUN A TODOS Y

A CADA UNA DE LAS PARTES. ES DECIR QUE ATAÑE AL DESARROLLO INTEGRAL DEL HOMBRE, EN EL SENTIDO MAS PROFUNDO DE PERSONA. Asi, el BC NO es la suma de bienes individuales, (como definiría un individualismo como el de Rousseau). Porque el BIEN es un VALOR, UNA CUALIDAD, DIFICILMENTE CUANTIFICABLE. El BC no es la suma de los bienes individuales, como tampoco la sociedad es la mera suma de los individuos.

La sociedad es necesaria para que la persona se realice como tal, -porque el hombre es un ser sociable por naturaleza-, y por eso, debe presentar una serie de condiciones que hagan posible el desarrollo de la persona y de ella misma, hacia la perfección.

Esta percepción deriva de los clásicos griegos (principalmente Platón y Aristóteles) a través de la tradición escolástica de Santo Tomás de Aquino, cuando al hablar sobre la esencia de la ley afirma que esta: “no es más que una prescripción de la razón, en orden al bien común, promulgada por aquel que tiene el cuidado de la comunidad”. Es decir, que sería el deber común o general, adecuar la acción de todos y cada uno a la preservación u obtención de ese bien común.

El bien común es la ley suprema del legislador humano y la norma que oriente su actividad

creadora de derecho.9

Y si bien el BC como fin de la política es deber principal de los funcionarios, atañe a toda la sociedad en su conjunto. (Sea desde la dirigencia política, sea desde la elección de nuestros representantes). La recta coordinación de las distintas esferas de las distintas esferas comunitarias de valor en orden al bien común, constituye la función específica de la autoridad política y del estado.

El municipio y el territorio son las formas sociales que sustituyen al clan y tribu. Los municipios deben unirse a las formas sociales superiores, las provincias, y éstas a su vez al estado, y finalmente los estados pueden hacerlo a una sociedad de estados. Todo ordenado al bien común.

De la mano del bien común, dos principios fundamentales de la sociología católica: El principio de solidaridad: es que ordena al estructura social desde abajo hacia arriba. Al

unir a los miembros y esferas de la comunidad en orden al bien común. s la cooperación efectiva, regulada por las leyes y garantizada por la autoridad, de los distintos miembros d e la sociedad para la consecución del bien común. Es la conveniente colaboración de las formas subordinadas de sociedad en la realización del bien común de la forma superior.

9 Fellermeier op.. cit, pág. 114

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El principio de subsidiaridad : como dice la encíclica Quadragesimo Anno de Pio XI, “…. Toda acción de la sociedad debe…prestar auxilio a los miembros del cuerpo social, más nunca absorberlos y destruirlos”. 10

Por eso, los totalitarismos son totalmente contrarios a nuestra visión de hombre. El principio de subsidiaridad es la sentencia de muerte del totalitarismo. La idea de que las corporaciones sean órganos del estado como lo eran las antiguas fascistas ya fue rechazada por la encíclica Quadragesimo Anno. Justamente este principio lo protege contra toda forma societal superior que pretenda absorberlo. Además, en un orden social con este principio, el individuo como persona esta mas atendido, en sus necesidades e intereses, y no absorto en un estado colectivo donde es un mero numero.11

“… El estado debe asumir las funciones de organización de las corporaciones en virtud de su poder subsidiario, pero cuidando siempre de actuar de modo que estas cuanto antes vuelvan a hacerse cargo en su función especifica”. La totalización del estado por oprime a la sociedad.

El BC es un conjunto de condiciones de la vida social que hacen posible a las asociaciones y a cada uno de sus miembros el logro mas pleno y más fácil de la propia perfección.

Supone el compromiso por la paz, la correcta organización de los poderes del estado, un sólido ordenamiento jurídico, la salvaguarda del ambiente, prestación de los servicios esenciales para las personas, y una verdadera cooperación internacional en vistas al bien común de la humanidad entera. Exige la capacidad y la búsqueda constante del bien de los demás como si fuese el propio bien.

Es un deber de todos aunque la responsabilidad máxima compete al Estado pues es la razón de ser de la política. Supone que los ciudadanos puedan acceder a los bienes necesarios (materiales, morales culturales y espirituales) para gozar de una vida auténticamente humana.

El BC redunda en provecho de todos: está siempre orientado hacia el progreso de las personas: Este orden tiene por base la verdad, se edifica en la justicia, es vivificado por el amor En toda verdadera Republica, debe existir la Virtud publica: Significa Patriotismo, Civismo, Amor a la Patria, actuar por el engrandecimiento moral y material del país, desde el lugar de cada uno. Y eso supone, deberes para los gobernantes en primer lugar, pero también, deberes para los ciudadanos. Deberes del gobernante: EJERCER EL PODER COMO UN SERVICIO. ACEPTANDO RENUNCIAS Y ABNEGACIONES. En cuanto a los funcionarios, para que exista VP es imprescindible en un sistema democrático, ejercer su cargo como un SERVICIO: y no considerándose dueños de privilegios, con honradez, idoneidad, poniendo siempre los intereses del país por encima de los de su partido y de los personales. DECALOGO DE UN BUEN GOBERNANTE (Hermano Eugenio Magdaleno Marista) 1.Servirás al ciudadano, al menos como a ti mismo, y antes que a ti mismo. 2.Escucharas la voz de la oposición, prestando mas atención a lo que dice, que a quién lo dice. 3.Incentivaras el espíritu de trabajo, y premiaras el esfuerzo, llave de todo progreso

10 Fellermeier, pág. 74 11 Fellermeier, Pág. 82

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4.Seleccionaras a los funcionarios valorando su profesionalidad y decencia, mas que la pertenencia al partido o a la vinculación familiar. 5 Dedicaras los mejores esfuerzos a la educación, base de una excelente industria, la del conocimiento 6.Abrirás la mente y el corazón a la pluralidad sabiendo que la diversidad es riqueza de unidad. 7.Promoverás la justicia, que es dar a cada uno lo que le corresponde. (Tarea esta que compromete, no solo a jueces, sino a políticos, a sindicalistas y a todo ciudadano). 8-. Cultivaras a los valores siendo incorruptible ante la corrupción 9-. Podrás tener una debilidad. Privilegiar a los mas necesitados, a los ancianos, a los niños y a las minorías postergadas. 10. Palabras pocas porque muchas se olvidan. Y hechos, muchos.

Deberes del ciudadano: En cuanto a los ciudadanos, el respeto a los símbolos patrios, (fechas patrias, himnos, escarapela), amor por el territorio, cumplir con la tarea de cada uno con honestidad, idoneidad y responsabilidad, interesarse por las cosas del país, informarse antes de ir a votar, votar con conciencia, y reflexión, cuidar los espacios públicos, respetar las leyes, ser solidario con los demás. Porque la Patria la construimos en conjunto.

El Episcopado emitió un documento previo a las elecciones de 2015 pero aplicable a todas. 1. Las elecciones periódicas y la alternancia en el ejercicio de las funciones de gobierno

son elementos normales e indispensables de la vida republicana. Como tales, no habrían de encender violencias y enfrentamientos irreductibles, sino ser ocasión para un sano ejercicio de las libertades políticas y civiles. También deberían ser una oportunidad para fortalecer un mayor compromiso de todos los ciudadanos con lo público. No hemos de reducir el ejercicio democrático sólo a la cuestión electoral cada dos años, sino asumir cada día la necesaria participación ciudadana.

2. El proceso electoral es una preciosa oportunidad para un debate cívico acerca del presente y

del futuro que deseamos para la Argentina. Es necesario crecer en madurez para que un cambio

de autoridades no signifique una crisis sino una alternativa normal de la vida democrática.

Invitamos a los candidatos que intervengan en las campañas electorales para que ofrezcan sus

propuestas, sin incurrir en agresiones. Que se traten con respeto y cordialidad por cuanto no son

enemigos, sino adversarios circunstanciales que puedan continuar dialogando y trabajando juntos

para el bien común.

3. La calidad de vida de las personas está fuertemente vinculada a la salud de las instituciones de la

Constitución, cuyo deficiente funcionamiento produce un alto costo social. Resulta imprescindible

asegurar la independencia del poder judicial y la plena vigencia de la división de los poderes. Existe

una diferencia sustantiva entre el Estado y el Gobierno: si queremos que los cambios de gobernantes

no impliquen ignorar legítimos logros, debiéramos alcanzar un adecuado nivel de madurez cívica,

donde:

- En temas importantes y permanentes, sea posible acordar entre los distintos partidos y sectores

sociales políticas de Estado que se desarrollen más allá de los cambios de gobierno, de manera que

las legítimas iniciativas que cada nuevo candidato proponga implementar, no signifiquen hacer

tierra arrasada y abandonar todo lo hecho hasta ese momento si es bueno.

- Algunos objetivos deberían ser compartidos por todos, como: la superación de la marginación y la

pobreza extrema; la desnutrición infantil; la generación de fuentes de trabajo; el respeto de los

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derechos humanos y la defensa de la vida desde la concepción hasta la muerte natural; el

fortalecimiento de una educación inclusiva y de calidad; la lucha contra el narcotráfico y la trata de

personas; la disminución de la inflación que impide el crecimiento y erosiona gravemente los

ingresos de los más pobres; la transparencia en la administración pública y la lucha contra toda

forma de corrupción.

4. Es indispensable dotar a la Administración Pública de un cuerpo profesional y permanente de

funcionarios que ingresen y asciendan en atención al mérito, idoneidad, y no a las afinidades

ideológicas.

5. Que se pueda pensar en el largo plazo y no solamente en el rédito político inmediato. Por ejemplo,

en obras públicas de envergadura cuya concreción demande un tiempo prolongado, que

probablemente no sean terminadas por el gobierno que las comience, pero son indispensables para

el desarrollo del país..

6. La elección de gobernantes, en los poderes ejecutivos y legislativos de todos los niveles, no debe

ser el resultado del “marketing”. Queremos exhortar a los ciudadanos a un ejercicio de elección

responsable, donde se evalúe a los candidatos no por su imagen mediática sino:

* por la honestidad, integridad de las personas, trayectoria, valores. La Argentina ha conocido

gobernantes que no usaron la función pública como una ocasión para su enriquecimiento personal

o el beneficio de sus amigos, sino como un verdadero servicio, aún a costa de su propio patrimonio.

* por la capacidad y la idoneidad para la función. No se trata únicamente de pergaminos académicos

-que muchas veces también son necesarios- sino de una preparación personal adecuada, y de

exhibir el respaldo de equipos de gobierno que puedan hacerse cargo con competencia de la

complejidad de la administración del Estado o de la tarea legislativa.

* por las propuestas y las ideas. En caso de candidatos que ya han ejercido funciones públicas: se

habrá de tener en cuenta el empeño que han puesto en cumplir con sus promesas. Es necesario que

cada candidato haga conocer con claridad y detalle lo que se propone impulsar y realizar. En este

sentido, nos parece indispensable que se organicen debates serios y a fondo, donde se puedan

confrontar propuestas y proyectos.

* por la voluntad y capacidad de diálogo. Dialogar y escuchar al otro no es signo de debilidad, sino

de grandeza. Es importante reconocer que los otros también tienen algo que decir y aportar, y estar

dispuestos a trabajar juntos por el bien común.

7. La elección presidencial, con toda su importancia, no debe ocultar la relevancia de las elecciones

en otros niveles, y en particular la de legisladores. La Nación exige fortalecer su calidad institucional

en el proceso legislativo, para que el Congreso sea un ámbito de verdadera discusión de ideas y

búsqueda del bien común.

Al ponerse de relieve las diversidades entre propuestas, candidatos e ideologías, no debe

hacernos perder de vista lo que nos une. El Papa nos invita a mirar nuestros vínculos más allá de

legítimas pertenencias partidarias o de sector. Por eso nos dice que “convertirse en pueblo es

todavía más, y requiere un proceso constante en el cual cada nueva generación se ve involucrada.

Es un trabajo lento y arduo que exige querer integrarse y aprender a hacerlo hasta desarrollar una

cultura del encuentro en una pluriforme armonía” (Francisco, El gozo del Evangelio, N° 220).

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¿Qué hemos hecho los argentinos con nuestro país? Y también mirar con esperanza hacia

el futuro: ¿de qué debemos liberarnos aún, qué cadenas nos atan todavía impidiéndonos ser

mejores como pueblo? ¿Qué lugar ocupamos y qué lugar queremos ocupar, como Nación

independiente y soberana, en el contexto internacional? ¿Qué relaciones deseamos cultivar a nivel

regional y latinoamericano en el contexto de la Patria Grande? ¿Qué podemos ofrecer al mundo

para que nuestro país sea un lugar más semejante a lo que Dios sueña para la humanidad? “

También existe la búsqueda de un bien común a nivel internacional. De hecho, existen

distintos organismos internacionales que actúan buscando el bien común de la comunidad

internacional en su conjunto. (Hoy de hecho, prevalece lo que se denomina el paradigma de la

cooperación internacional).

Unidad 2: El derecho

Concepto. Derecho natural y positivo. Constitucionalismo liberal y social. Los derechos políticos,

sociales, económicos, culturales y colectivos. La vida como derecho fundamental. Derechos

humanos. La Declaración de DDHH de la ONU. Historia de los DDHH. Tergiversación. La

incorporación de los tratados de derechos humanos a la Constitución. Derechos de las familias

como base de la sociedad, desde la doctrina social de la Iglesia, desde el Estado, y desde los

organismos internacionales

El Derecho es manifestación de la organización jurídica de la nación, son las normas que regulan la convivencia social. Existe un derecho objetivo, (que son las normas que regulan la vida en sociedad y el funcionamiento de sus instituciones), y uno subjetivo, (que refiere a las atribuciones que tiene cada hombre, en el marco del derecho objetivo, o sea, están integradas en él). Dentro del DO, encontramos el natural, (creado por Dios, que contiene normas fácilmente reconocibles), y el positivo, (creado por el hombre). Y dentro del DOP, el escrito (ley, acordada, decreto), y el consuetudinario, (basado en la costumbre).

La naturaleza del derecho en cuanto forma de organización de la vida social no puede entenderse más que dentro del orden total de la vida humana.

Según el sociólogo Fellermeier, el derecho puede definirse como aquella parte del orden moral universal, que regula autoritativamente, esto es, de manera absolutamente obligatoria, las relaciones del hombre con sus semejantes, en cuanto estas afectan a lo mío, y lo tuyo, para la consecución plena del bien común. El derecho pertenece al conjunto del orden moral. La norma jurídica posee fuerza moral obligatoria.

.

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Derecho y Justicia no siempre van de la mano. El derecho representa la exigencia mínima

de la convivencia pacífica. Y según Santo tomas, las leyes justas obligan a conciencia en virtud de la ley eterna de la que se derivan”. Esto significa que la obligatoriedad depende del Justicia: habito según el cual alguien con voluntad constante y perpetua da a cada uno lo suyo.i

Existen tres tipos de derecho:

Derecho privado: son las relaciones jurídicas sometidas a la justicia conmutativa. Por

ejemplo, derecho contractual, se relacionan de forma equitativa y privada.

Derecho público: refiere a las relaciones jurídicas, contenida en la justicia legal y la justicia

distributiva. Por ejemplo, derecho constitucional. Porque regula relaciones que no están en

equidad. Por ejemplo, ciudadano y estado.

Derecho social: relaciones en equidad pero dentro de un todo social con su legislación

específica

Existen dos fuentes de derecho para la Sociología Católica: una natural, el orden natural. Y otra positiva, la autoridad social. *Derecho natural: El fundamento del derecho natural se funda en la naturaleza del hombre y nos que el plan de Dios sobre el mundo, pues to en la realidad. El mundo también esta creado a imagen de Dios.

Existen cosas que pueden considerarse propias de a persona, como su honor, que no dependen de un orden jurídico. Sino que se le han dado como parte CONSTITUVA de Su naturaleza. El individuo posee un ser propio que constituye su esencia. Así como las comunidades. De modo que existe un orden de relaciones de lo mío y lo tuyo, antes de toda determinación positiva. Igualmente existe en la naturaleza humana lo que llamábamos en otro apartado, ese “logos interno”, esa conciencia o voz de la conciencia, que llamara santo tomas “sindéresis”, que impone a la voluntad humana el mantenimiento de ese orden. El mandato de esa sindéresis e hacer el bien y evitar el mal”. Y el bien es lo que corresponde al orden natural, es la llamada a su mantenimiento. Del orden natural se derivan entonces leyes que son obligatorios, sin ser necesario que la regule el orden positivo. Por ejemplo, no matari.

Natural: El derecho natural es la columna vertebral de la teoría jurídica católica. Son los derechos fácilmente reconocibles. Aquellos que NO necesitan al hombre para ser

reconocidos. Existen per se. Ejemplo, el derecho a la vida. En general, el artículo 33 de la CN es el que resume implícitamente todos estos derechos. Se llaman no enumerados o implícitos. El derecho de resistencia tiene que ver con aquello que afirmaba Santo Tomas y continúa Fellermeir que “si las leyes están en contradicción con los preceptos divinos y el orden natural, es decir, atentan contra el bien común o derechos fundamentales de la persona, no es de obligado cumplimiento. A lo menos, los individuos cumplirían con esa ley para evitar un mal mayor. * Derecho positivo: la sociología católica admite otra fuente de derecho, que es la autoridad social o estatal. El derecho que emana de la autoridad social es el positivo. A la autoridad social incumbe declarar el derecho natural. Y luego, en dar a cada uno lo suyo de acuerdo a l derecho natural. Pero también es fuente de derecho. Peor su contenido y validez las recibe del derecho natural. El orden social debe procurar el logre máximo del ser de la comunidad: como dijo Santo Tomas, “.. Las determinaciones jurídicas positivas son ordenaciones al bien común...”.

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Positivo: es el creado por el hombre. Necesita del hombre para ser reconocido. Dentro de este tenemos: civiles, (como trabajar, ejercer una industria, etc., reconocidos en el artículo 14 desde 1853); políticos (como votar, formar partidos políticos, artículos 37 y 38); sociales (como el derecho a vacaciones pagas, aguinaldo, huelga, reconocido en el 14 BIS, y aparecen con la reforma de Perón en 1949). Dentro del positivo: tenemos el derecho escrito, como leyes, acordadas, decretos. Y el consuetudinario, aquel que se basa en la costumbre.

Constitucionalismo:

Es el proceso en virtud del cual, los estados van adoptando regímenes políticos basados en

la existencia de una norma suprema a la que gobernantes y gobernados deben ajustarse. Dando lugar al estado de derecho o de iure. Constitucionalismo liberal y social: las constituciones en la historia han tenido etapas en que han reconocido distintos tipos de derechos. El constitucionalismo liberal o clásico: se sitúa a fines del siglo XVIII y principios del XIX; y el objetivo es el reconocimiento de derechos individuales y la reducción de la actividad del estado a su mínima expresión. Por eso son llamados “derechos de 1ra. Generación”, por ejemplo: derechos civiles como: derecho a la propiedad, derecho a trabajar, etc. (Aº 14, etc)

El constitucionalismo social, se sitúa a mediados de siglo XX, y supone el reconocimiento de derechos sociales ya que entiende al hombre no como individuo sino como miembro de una sociedad. Tiene que ver con el hombre como parte de una comunidad social y económicamente justa. Se llaman derechos de 2da. Generación y supone derechos como al salario mínimo, vital, móvil, igual remuneración por igual tarea, aguinaldo vacaciones, etc. En Europa lo situamos en el llamado “Estado de Bienestar”, en Argentina con Perón, (reforma de 1949, Aº 14 BIS).

Por último, los llamados derechos colectivos, o de 3ra generación, situados en la segunda mitad del siglo XX, como derecho a un medio ambiente sano, Aº 41, derechos del consumidor Aº 42, derechos de los pueblos indígenas, (A 75, inc. 17), etc.

Siguiendo la clasificación de Felix Lonigro, el derecho puede dividirse en:

Derecho objetivo: son las normas que regulan la vida en sociedad. El derecho objetivo es la norma jurídica.

Derecho subjetivo son las facultades que tienen los hombres conforme el derecho objetivo. Por eso decimos que el subjetivo surge/emana del objetivo, que es aquel que le da legalidad. El derecho subjetivo y el deber jurídico con conceptos correlativos. Ambos vienen delimitados y determinados por el derecho objetivo. El derecho subjetivo y el deber jurídico se hayan, por tanto, condicionados por el derecho objetivo. Por eso el DS depende de leyes que los reglamentan. Existe el derecho a huelga que surge de las leyes laborales, por eso como “el DS emana/surge del DO, hay que analizar cómo y en qué circunstancias se produce la huelga para ver si es legal. Ejemplo 2. Tenemos derecho a transitar pero si estoy alcoholizado, o no tengo registro, o circulo a 200 km/h por juncal no lo será porque las leyes de tránsito no lo permiten. *Dentro de los derechos Individuales: En estos se afirma que los individuos tienen un interés directo en su promoción o defensa.i

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-Personalísimos: los que tenemos por el hecho de ser personas. Ej. A la vida, a la salud, a la dignidad. Artículos 333, 19 de la CN

-Positivos: necesitan del hombre para ser reconocidos: + Civiles: los tenemos por ser ciudadanos, ejemplo, a la propiedad (A 17), a trabajar (A 14), a la libertad de prensa, de asociación, etc. + Políticos: a votar y ser votado, A 37 y 38 + Sociales, Económicos y Culturales. A la igualdad e inclusión, a espectáculos, etc. Ver DESC *Colectivos: como el derecho a un medio ambiente sano y al consumidor, artículos 41 y 41, derechos de los pueblos indígenas Aº 75 inc. 17, derecho a peticionar a las autoridades Aº 39 y 40, entre otros. En estos se afirma que los individuos tienen un interés difuso en su promoción o defensa.

Mecanismos de protección de derechos: el sistema judicial Básicamente el poder judicial es el último control de constitucionalidad de una ley y como

tal debería ser el final protector de los derechos individuales. Ya vimos los derechos de 1ra. 2da y 3ra. Generación. Dicha protección de derechos tiene 3 pilares que se llaman, garantías: mecanismos de protección de los derechos subjetivos que otorga y reconoce la CN. i - ACCION DE AMPARO: Protege todos los derechos en general excepto la libertad; - HABEAS CORPUS. Protege la libertad individual y colectiva; y - HABEAS DATA. PROTEGE LA PRIVACIDAD DE INFORMACIÒN DE LAS PERSONAS. Todos consagrados constitucionalmente con la reforma del 94.

VÉASE APUNTE “RESPETAR LOS DERECHOS” La incorporación de los tratados de derechos humanos a la Constitución.

Los derechos humanos son TODOS los derechos del hombre. Tal como afirma Felix Lonigro, los derechos humanos son todos los derechos subjetivos, personalísimos y positivos, individuales y colectivos, políticos civiles y sociales, que tiene el hombre. Y asimismo, a todos aquellos principios y criterios que la conciencia humana adopta como parámetros para dilucidar qué es lo justo y qué es lo injusto. De donde surge que: “todos los derechos que se le asignan al hombre son entonces DDHH”.

La Iglesia sostiene que la dignidad de la persona y los derechos humanos son temas claves para los cristianos: la Iglesia ha afirmado siempre que los derechos fundamentales, por encima de los grados de importancia que tengan en los diversos contextos culturales, deben ser sostenidos y reconocidos universalmente porque son intrínsecos a la naturaleza del ser humano, creado a imagen y semejanza de Dios, y por eso, comparten una característica común que los une y que exige el respeto universal. El orden ético y político que gobierna las relaciones entre las personas hunde sus raíces en la estructura misma del ser humano. La Edad Moderna con mayor conciencia sobre los DDHH y su universalidad contribuyo a dar forma a la idea de que todos los hombres son libres por naturaleza. El Papa recordó después que a mediados del siglo pasado y tras las catástrofes de las guerras mundiales y de los totalitarismos, se doto de un nuevo sistema de derecho internacional basado en los DDHH. Como San Juan Pablo II, afirmaba: “... el derecho la vida y a la

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libertad de conciencia y de religión son el centro de aquellos derechos que brotan de la misma naturaleza humana”. Esos derechos no son verdades de Fe aunque adquieren plena luz con el mensaje de Cristo. Obedece a la razón que hombres y mujeres, viviendo y actuando en un mundo físico como seres espirituales, perciban la presencia de un “logos” que los capacita para distinguir el bien del mal, la justicia de la injusticia. Dijo el Papa, “para los cristianos, que piden siempre a Dios, “danos hoy nuestro pan de cada día”, es una tragedia vergonzosa que la quinta parte de la humanidad todavía pase hambre”.

Es necesario que TODOS los líderes internacionales, respeten la ley natural y fomenten la solidaridad y la subsidiariedad con las regiones y los pueblos más pobres del planeta, como la estrategia más eficaz para eliminar las desigualdades sociales.i (Relacionar con Bien Común!!!)

Los derechos humanos son aquellas «condiciones instrumentales que le permiten a la persona su realización», por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna, «sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

Características: -Absolutos: se basan en valores ABSOLUTOS. Se los denomina Derechos Naturales

Personalísimos Humanos. No es solo respetarlos, sino asegurarlos, ponerlos al alcance de todos. Ejemplo: que un chico pase hambre, eso es atentar vs los derechos humanos.

-Naturales: su origen es la propia dignidad del hombre, no necesitas ley escrita. -Inherentes: se definen como facultades inherentes a la persona en cuanto tal -Universales: los titulares de los DDHH son todos los hombres, nadie puede quedar excluido

o discriminado del disfrute -Igualitarios: incompatible con los sistemas basados en la superioridad de un grupo,

cualquier sea -Obligatorios: imponen el deber de respetarlos, a toda persona y al estado -Indivisibles: porque la violación de Uno de ellos (ejemplo, la salud), implica poner en peligro

a todos los demás (ejemplo, la educación) -Inviolables: constituyen un atentado a la persona humana -Imprescriptibles: no vencen por no usarlos -Irrevocables e irrenunciables: ninguna persona puede renunciar a ellos -Intransmisibles: no pueden enajenarse, son de Esa persona, nadie puede ejercerlos en su

nombre

Los derechos humanos NO SON RELATIVOS: porque provienen de Dios y son inherentes a la persona humana.

Evolución histórica: 1ro. El primer antecedente de DDHH es el pensamiento de la democracia ateniense, que

después fue reconocido por el derecho romano como “derecho de gentes” en el siglo I. 2do. Pero fue el CRISTIANISMO quien llamó a tomar conciencia del valor de la dignidad

humana: -El primero en hablar de Amor, “amor al prójimo” -El cristianismo hablo de la igualdad de los hombres y las mujeres en tanto que ciudadanos

del reino de Dios, creados a su Imagen y Semejanza.

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-Idea de la dignidad de la persona, como rasgo común de todos los hombres, que son

diferentes entre sí. Y por esa dignidad, tenemos derechos, facultades, prerrogativas -Somos animales racionales, dotados de Inteligencia (razón, pensar) y voluntad (elegir,

amor), alma espiritual, unidad bio psíquico espiritual - Son derechos NATURALES: que nos permiten el pleno desarrollo de nuestras capacidades -El cristianismo, derivado de la religión judía, heredó de ella, entre otras, la tradición

del mišpat, un concepto jurídico que implica el juicio legal justo. En el pensamiento cristiano antiguo o medieval existió un reconocimiento de exigencias de justicia que descendían de esta tradición judía. Por ejemplo, el Nuevo Testamento contiene enseñanzas contra la injusticia, el homicidio, el robo, la calumnia, o el egoísmo en el uso de los bienes. En la Epístola de Santiago, el apóstol denunció a los empleadores que no pagan a sus empleados sus justos salarios

El cristianismo fue gradualmente derramando su doctrina en el derecho romano, mejorando la situación de los esclavos, de los hijos y de las mujeres, cuyo estatus en la filosofía cristiana era mucho más alto que en la grecorromana. Condenó la usura y la explotación, estableciendo las bases de la doctrina del justo precio.

Y por eso, ni una persona ni el estado pueden violar, desconocer ni perturbar los derechos del hombre.

Por ejemplo: dignidad, libertad, igualdad Tales ideas fueron desarrolladas por los Padres de la Iglesia, proclamando un sentido social

y limitado de la propiedad y de la ley. Pero fue Tomás de Aquino, quien asentó las bases del orden jurídico medieval, retomando ideas de Aristóteles y Agustín de Hipona, y afirmando que existe, además del derecho positivo establecido por los hombres, y un derecho natural, propio de la criatura racional, que ningún hombre ni ningún gobierno puede desconocer. La doctrina cristiana postulaba la existencia de dos reinos, el temporal y el espiritual, siguiendo la distinción hecha por Jesús, («Dad al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios»).i

3ro. Siglo XVII: Durante la Revolución Gloriosa de Ing., la burguesía consiguió limitar el poder y abusos de los reyes sobre sus súbditos. Habiendo proclamado la Ley de Habeas Corpus, el Parlamento impuso a Guillermo III de Ing. una serie de principios sobre los cuales los monarcas no podían legislar o decidir. Pero the Bill of Rights puede considerarse una declaración de derechos, pero no de derechos humanos, puesto que los mismos se reconocen con alcance nacional y no se consideran propios todo hombre.

Durante los siglos XVII y XVIII, diversos filósofos europeos desarrollaron el concepto de derechos naturales. Los derechos humanos fueron recogidos en las leyes a raíz de las revoluciones de estos siglos. De entre ellos cabe destacar a Locke y Voltaire, cuyas ideas fueron muy importantes para el desarrollo de la noción moderna de derechos. Los derechos naturales, para Locke, no dependían de la ciudadanía ni las leyes de un Estado, ni estaban necesariamente limitadas a un grupo en particular. La teoría del contrato social de acuerdo con sus tres principales formuladores, el ya citado Locke, Hobbes y Rousseau, se basa en que los derechos del individuo son naturales y que, en el estado de naturaleza, todos los hombres son titulares de todos los derechos. Estas nociones se plasmaron en las declaraciones de derechos de finales del siglo XVIII.

4to. Las revoluciones de USA y Francia representan el fin o el principio, del complejo proceso de reconocimiento de los derechos humanos. Reconocimiento de los derechos del hombre y del ciudadano: proclaman por 1ra vez la igualdad y libertad de todos los hombres y el carácter universal de esos derechos. (Aunque seguían siendo limitados los políticos).

La primera declaración de derechos del hombre de la época moderna es la Declaración de Derechos de Virginia, escrita por Mason, y proclamada en 1776. Influyó a Jefferson para la declaración de derechos humanos que se contiene en la Declaración de Independencia de Estados Unidos de 1776. Ambos textos influyen en la francesa Declaración de Derechos del hombre y del

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ciudadano de 1789. Estas declaraciones, fundamentadas en el iusnaturalismo racionalista, suponen la conversión del derecho subjetivo en centro del orden jurídico. Fruto de este influjo iusnaturalista, los derechos reconocidos tienen vocación de traspasar las fronteras nacionales y se consideran "derechos de los hombres". La denominación no se popularizó entre la doctrina hasta finales del siglo XVIII, con la obra de Paine, The Rights of Man (1791-1792). Según se plasmó en las Declaraciones, tanto los revolucionarios franceses como los estadounidenses consideraban que estos derechos eran inalienables e inherentes a la naturaleza humana, incluso verdades "evidentes".

5to. Siglos XIX: Ante las pésimas condiciones de vida de las masas obreras a fines de siglo y principios del XIX, surgieron movimientos sindicales y luchas obreras que articularon sus demandas en forma de nuevos derechos que pretendían dar solución a ciertos problemas sociales a través de la intervención del Estado, como la huelga, y condiciones mínimas de trabajo o la prohibición o regulación del trabajo infantil. (Surgía el Socialismo, la Social democracia, la Doctrina Social de la Iglesia, etc). Según la Doctrina Social de la Iglesia, el fundamento sólido de los derechos se encuentra en la ley natural, la norma -de derecho natural- que es fuente equilibrada de derechos y deberes de cada uno. Los derechos humanos son objetivos en tanto que no dependen de la subjetividad. Por tanto, no quedan sujetos ni siquiera a la mayoría. Para la Iglesia, siendo el hombre naturalmente social, existen derechos naturales de la persona en cuanto individuo, pero también en tanto miembro de diversos grupos sociales naturales; es decir, derechos naturales de la familia, naciones y asociaciones. Por la misma razón, los derechos se ordenan al bien común.

6to. Siglo XX: La ONU aprobó, el 10 de diciembre de 1948, la citada Declaración de los Derechos Humanos, que recoge en sus 30 artículos los derechos humanos considerados básicos.

Además de las luchas obreras, del voto femenino y la liberación de las colonias del dominio de las potencias, el siglo XX se caracterizó también por la incorporación de los derechos humanos al derecho internacional. Sobre todo, con los 60 millones de muertos de la 2da guerra mundial que condujeron a una internacionalización de los DHH. Se tomó conciencia que la paz solo se logra con el respeto a los derechos naturales. Plasmado con el surgimiento de la Organización de las Naciones Unidas en 1945 tras los horrores de la 2da. Guerra mundial y como intento de sentar las bases del nuevo orden internacional que surgía tras el armisticio, con la citada Declaración Universal de Derechos humanos proclamada por la Asamblea General en diciembre de 1948.i Afirma que "todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos". Así, los representantes de los distintos estados se ponen de acuerdo en cuales son esos derechos y trabajan por su reconocimiento universal. (Ejemplo: Venezuela, 2017). Se inaugura la posibilidad de que órganos internacionales sean la garantía del respeto a los DDHH. De hecho, además de esto, hoy en día existen distintas asociaciones que ayudan y defienden los DDHH.i

Declaración Universal de los Derechos Humanosi: “LA ASAMBLEA GENERAL proclama la presente DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, promuevan, mediante la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren su reconocimiento y aplicación universales, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción”. A º 1: Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros. A º2: Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio

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de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía. Aº3: Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona. Aº4: Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas. Aº5: Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Aº7. Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación. Aº….. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado. Aº17: Y continua con el derecho a la propiedad, educación, a tener un trabajo digno, a la libertad de conciencia, etc, etc. A º25. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. (2) La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social. Aº26: Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos. CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS. (San José, Costa Rica 7 al 22 de noviembre de 1969) PREAMBULO: Los Estados Americanos signatarios de la presente Convención, Reafirmando su propósito de consolidar en este Continente, dentro del cuadro de las instituciones democráticas, un régimen de libertad personal y de justicia social, fundado en el respeto de los derechos esenciales del hombre; Reconociendo que los derechos esenciales del hombre no nacen del hecho de ser nacional de determinado Estado, sino que tienen como fundamento los atributos de la persona humana, razón por la cual justifican una protección internacional, de naturaleza convencional coadyuvante o complementaria de la que ofrece el derecho interno de los Estados americanos; Considerando que estos principios han sido consagrados en la Carta de la Organización de los Estados Americanos, en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y en la Declaración Universal de los Derechos Humanos que han sido reafirmados y desarrollados en otros instrumentos internacionales, tanto de ámbito universal como regional; Reiterando que, con arreglo a la Declaración Universal de los Derechos Humanos, sólo puede realizarse el ideal del ser humano libre, exento del temor y de la miseria, si se crean condiciones que permitan a cada persona gozar de sus derechos económicos, sociales y culturales, tanto como de sus derechos civiles y políticos (…)i

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Todo esto es clave porque Argentina les dio en la reforma constitucional de 1994,

jerarquía constitucional, de modo que tienen más validez que las leyes nacionales mismasi. Aún así, a veces se tergiversan. A veces no coinciden con el Cristianismo. Por ejemplo,

cuando no se reconoce el derecho a la vida desde la concepción. O no se reconocen como naturales. O se les otorga la misma importancia. Ejemplo: derecho a huelga vs derecho a aprender. Derecho a la vida, derecho de la madre a elegir (¿?)

De hecho, existen distintas teorías acerca de los DDHH: Su fundamentación, tiene que ver

con el tipo de concepción se tenga sobre el derecho: Las dos grandes tipologías de derechos humanos tienen que ver con la:

Universalidad de los DDHH: quienes creen que la dignidad humana está por encima de cualquier cultura. (Puesto que la cultura es para el hombre, para que éste se desarrolle. Es expresión de sus ideas. O el sistema de ideas por las cuales un tiempo vive. O las ideas que se respiren en una época. Pero sea cual fuere la definición, de hombre NO debe someterse a ella).

Relatividad cultural: creen que no existen valores morales absolutos, no hay una moral universalmente válida. Cada cultura tiene sus valores y su forma de concebir la naturaleza humana.

Violaciones a los derechos humanos: más y menos manifiestosi 1-. Aborto: Si bien existen teóricos que sostienen que todos los derechos tienen la misma jerarquía, creemos que el derecho a la vida es el mas importante, entendida ésta desde la concepción hasta la muerte natural como derecho primigenio. Asi como todos A°33 de derechos no enumerados e implícitos asi como el 75 inc 22 donde reconoce al pacto de San Jose de Costa Rica y la Convención de los Derechos del Niño, que en nuestra constitución tienen rango constitucional, es decir de jerarquía SUPERIOR a las leyes. 1-. Argentina defiende la vida desde la concepción a la muerte natural. A°33, etc. La CSJN ha establecido/inducido del A °33 derechos implícitos como el derecho a la vida, como primer derecho. Viola La Carta Magna, nuestra CN, nuestros principios constitucionales que dan forma al código civil, penal, etc.-. Agrega al ratificar la declaración de los derechos del niño adoptado por Naciones Unidas que la niñez se extiende desde la concepción hasta los 18 años. 2-. Esto forma parte de derecho publico constitucional, por lo tanto ninguna ley puede contradecirlo. Seria una contradicción que el estado financiara el aborto y una ley pro aborto seria inconstitucional. Estos tratados además tienen jerarquía constitucional desde la reforma de 1994, por lo tanto tienen jerarquía SUPERIOR a cualquier ley. (Convención de Derechos del niño adoptada por la Asamblea General de la ONU el 27/9/1990, Corte interamericana de derechos humanos, etc, etc A°75 inc 22) En todos se garantiza además de la vida desde la concepción, el deber del estado de proteger madre y niño, y al que mas necesita: la protección mayor. (Interés superior del niño). 3-. El Derecho penal dice: la pena no puede trascender la persona del delincuente por lo tanto no se puede abortar ni siquiera en caso de violación porque se estaría castigando a un tercero. La pena es al violador, no al bebe. En ningún caso puede traspasar a un tercero.

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4-. Derecho constitucional dice que donde hay un ser humano hay una persona. Y el estado es el principal garante de la vida de todos sus ciudadanos. Jamas podría poner en marcha ningún aparato para terminar con la vida de alguien. 5-. Diferencia entre despenalizar y legalizar. Despenalizar es no aplicar una pena frente a algo que se considera malo. Legalizar es hacerlo legal, por lo tanto considerarlo bueno, considerarlo un derecho y algo que el estado deber procurar. Y entonces, que sea parte de las políticas publicas de salud que sostendríamos con los impuestos , (como si en Argentina no hubiese necesidades básicas como el hambre). ¿Qupe pasaría además con instituciones confesionalmente católicas, evangelistas, etc que forman al medico para salvar vidas, si estos médicos ejercieran en una institución publica?). 6-. El quid esta en cuando arranca esa vida: no es religión, es ciencia: La Academia nacional de medicina https://www.acamedbai.org.ar/declaraciones/02.php Desde el punto de vista jurídico es un sujeto de derecho como lo reconoce la Constitución Nacional, los tratados internacionales anexos y los distintos códigos nacionales y provinciales de nuestro país. Al ser sujeto de derecho, como la mujer. Y NO hay una ponderación para decir quién tiene mas derecho. ¿O quiénes somos nosotros para decidir eso? 7-. El A°19 protege la libertad individual y dice que “Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe” Es decir que tenemos 2 derechos que chocan. Y el A°19 dice que NO pueden transgredirse derechos a terceros. La Despenalización del Aborto CONSAGRARÍA UN DERECHO SUBJETIVO de forma ABSOLUTA. 8-. Es mi cuerpo, pero es OTRA PERSONA porque nuestra Academia nacional de Medicina señala que hay vida desde la concepción a la muerte natural. 9-. Peligro de encubrir la prueba del delito de abuso y la imposibilidad de encontrar al abusador.

Peligro de sacar al padre que NO tendría derechos sobre ese hijo.

2-. Terrorismo: como su nombre lo indica, su nombre se debe a que implica “terror” en la sociedad ya que toma víctimas inocentes. De hecho, suelen cometer crímenes y desplegar la fuerza para generar eso. Aparece bajo la forma de protesta o resistencia, aparece a veces el pretexto de un sistema político injusto, y entonces el terrorismo pretende combatirlo. Y para eso, se acude a la violencia. Parte siempre de un punto de vista equivocado, porque lucha contra ese mal (supuesto o no), con medios ilegítimos como la fuerza. Se emplean para ello: asesinatos, atentados, secuestros, extorsiones, a veces inclusive torturas. A veces también se lo equipara con subversión, por cuanto ambos son actividades clandestinas que pretenden cambiar un sistema, ocupar el poder e instalar un nuevo sistema. La subversión tiene un aspecto ideológico y doctrinario que es la base sobre la que se gesta el nuevo régimen, (propaganda), y otro práctico, que es la actividad operativa para alcanzar sus fines (militar). Por eso, difunde principios, y combate para aplicarlos. Los principios de la subversión suelen captar a los grupos marginados, o frustrados de la sociedad pretendiendo liberarlos de esa presión. Y cuando uno esta mal informado, es joven o vulnerable, no calibra que un mal no se resuelve con otro mal. El accionar terrorista SIEMPRE atenta contra los derechos humanos TODOS: vida, salud, dignidad, seguridad, propiedad, libertad, orden, etc. También al bienestar general, por supuesto. Ejemplo, Isis.i 3-. Genocidios: matanza generalizada de personas por odio racial, étnico, etc. Por ejemplo, nazismo, genocidio armenio:

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Después de la guerra ruso turca de 1828, el territorio de Armenia quedo dividido entre el Imperio ruso y el Otomano. A finales el siglo XIX, Abdul Hamid II emprendió una política de “purificación del Estado”, basada en la persecución y la matanza de los pueblos no turcos del imperio. Como consecuencia de esta política, entre 1894 comenzó una matanza terrible de armenios, (200.000). En 1908, el sultán fue reemplazado por el gobierno de los llamados, jóvenes turcos, los armenios creyeron que acabarían las persecuciones. Sin embargo, al contrario, todo “cuerpo diferente era peligroso para la nación turca”. Así se produjeron en 1909 nuevas matanzas. (Véase película, “ Fronteras?”) En 1915 en plena guerra mundial, l derrota ante Rusia llevo al gobierno turco a culpar a lo armenios de colaboracionismo con el enemigo. Intelectuales armenios fueron detenidos y torturados y muertos. Luego se deporto a TODA la poblacion armenio de Turquía con el pretexto de que se los estaba “reubicando” para protegerlos de la guerra. Estas personas realizaron largas caminatas hacia Siria y Mesopotamia. (Véase película “Fronteras”). Muchos mueren a causa de torturas, enfermedad, hambre, des, agotamiento. Los años siguientes continuaron las matanzas por el imperio Otomano. Algunos armenios incluso sometidos a experimentos médicos. Este genocidio: según la PNU es todo acto cometido con la intención de destruir, en todo o en parte, a un grupo nacional, técnico, racial o religioso.

Este genocidio fue el antecedente de los genocidios de los nazis. (www.encuentro.gov.ar Ciclo: filosofía aquí y ahora) 4-. Represión: “no toda represión es violatoria de los Derechos humanos”. Existe una represión legitima y licita, y otra ilegítima e ilícita. Reprimir es Contener, refrenar, templar o moderar. Hay muchas conductas antisociales que el estado DEBE reprimir para garantizar el orden en la sociedad. Vimos que en efecto el estado se vale de la fuerza, (seguridad, política etc.), para velar por el cumplimiento de las leyes. (Por supuesto que toda orden que no requiera la fuerza como respaldo será mejor para esa sociedad). Lo que se necesita es que sea: 1-. Proporcionada al mal que se hizo. (Por ejemplo, el estado no puede penar con cadena perpetua a quien robo una manzana). 2-. Que sea con medios legítimos y lícitos. (No es lo mismo lícito que legitimo: no puedo hacer “justicia por mano propia” por más legítimo que sea mi reclamo, puesto que no es licito). Y lícito supone que siempre debe ser dentro del marco de la ley. (De hecho, si miramos la Dec. De DDHH de la ONU vemos que “todo ciudadano se presume inocente hasta que se demuestre lo contrario”. Mismo, nuestra CN dice en el artículo 18 que las cárceles NO son para castigo sino para prevención y seguridad. Por lo yanto, si el estado usa ILICITAMENTE la fuerza, cae en un terrorismo de estado. Al terrorismo HAY que reprimirlo, pero nunca con iguales o peores ilícitos medios como los que pretende atacar. Ejemplo, dictaduras. Aº 18: A los delincuentes hay que procesarlos antes de darles la pena. 5-. Trata de personas: la trata de personas, sique siendo uno de los temas mas preocupantes del mundo. La trata de personas o comercio de personas es el comercio ilegal de personas con propósitos de esclavitud reproductiva, explotación sexual, trabajos forzados, extracción de órganos, o cualquier forma moderna de esclavitud.

Pero también existen otras formas de violación a los DDHH menos tangibles/visibles, que se esconden detrás de democracias o regímenes liberales:

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6-. Trabajo esclavo: si bien tanto la declaración de derechos de la ONU como nuestra CN reconocen explícitamente la libertad, Aº 18 e igualdad 15 y 16, existen variadas formas de trabajo esclavo mas o menos explícito. Ejemplo: tanta veces se observa el trabajo de personas en pésimas condiciones, sin descanso, con amplias jornadas, incumpliendo normas de higiene básica. Todo ello no cumple el A º 14 BIS de nuestra CN. Ejemplo, talleres clandestinos en que se trabaja en malas condiciones, horarios excesivos, sin descanso, trabajan niños, etc.

7-.Censura: refiere a toda revisión que se hace de algo que se va a publicar o a exhibir con carácter previo a la publicación o la exhibición. También supone todos los procedimientos que restringen la libertad de expresión. Tanto los artículos 14 como 32 garantizan la publicación de las ideas por la prensa sin censura previa. Los sistemas no democráticos o sistemas populistas suelen ser enemigos la libertad de prensa por cuanto la disidencia es vista como un peligro. Aun mas, suelen usar esos medios con fines propagandísticos. Sucede también que en estos regímenes la gente y los medios de comunicación tiendan a “autocensurarse”, es decir que uno por temor no opina, no se expresa, mismo los medios de comunicación. Con lo cual, el pueblo se adormece, no se difunden ideas, no se informa, se “mal informa”, atenta vs la cultura, (masa uniforme que no piensa). Por ejemplo, los populismos. Por supuesto que sí debe velar el estado por el cuidado del pudor y la ética en lo que se difunde, pero dentro de esos obvios limites, es necesario que en toda verdadera republica exista libertad real. Por eso, la ignorancia es otro enemigo de los derechos bien entendidos: porque no permite obrar en libertad. Quien no se educa, (y no es solo alfabetización), no se cultiva, no se “forma”, va a ser vaivén de decisiones y arbitrariedades políticas, no elige en libertad. Ejemplo: “Ley de Medios”, censura encubierta. 8-. Racismo: “toda distinción, exclusión, restricción, preferencia basada en motivos de raza, color, linaje, u origen racial o étnico, que tenga por objeto anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad de los DDDHH y libertades fundamentales en las distintas esferas. Evidentemente el racismo es una desviación moral y política: es creer que una raza es superior a otras y por tanto debe prevalecer y aniquilarlas. Se llama segregación o separación racial (marginación), a la política que deja de lado a otros grupos. Por ejemplo, sin caer en extremos como el “apartheid”, existen otras formas modernas de segregación… como política en relación a los pueblos originarios, negros (latinos en USA?). Lo grave es que esto muchas veces esta amparado por las leyes. Se llama genocidio cuando ese delito internacional consiste en cometer actos contra un grupo por su origen racial, impedir los nacimientos de sus hijos, trasladar personas por la fuerza, etc. Evidentemente hablamos de genocidio en el caso del nazismo: en la Alemania de Hitler, hasta 1945 llego hasta la locura política. Miles de millones de judíos segregados en campos de concentración y luego muertos porque “la raza aria era biológicamente superior” llevo a una de las persecuciones mas grandes de la historia. Toda teoría de superioridad racial es “científicamente falsa, moralmente condenable, y socialmente injusta”. 9-Miseria: situación de carencia de los medios esenciales del hombre. Comparemos con salario mínimo (para que sea digno), vital (para vivir) móvil, (adecuado a la inflación). La miseria impide que el hombre viva como ser humano y se desarrolle en sociedad. En general, la miseria además supone un ciclo de pobreza irreversible y repetitivo, (ver desnutrición), de que luego es muy difícil salir. La democracia obliga a una sociedad que se vea “libre de miseria”: si el fin de la política es el bien común, debe velar por los DERECHOS BASICOS de todos sus miembros: salud, vivienda, trabajo, dignidad.

-Ignorancia: brinda el ambiente para formar personas que puedan ser fácilmente engañadas, Nasa amorfa ignorante, fácilmente moldeable. Ejemplo, excesivos planes trabajar, o

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subsidios. No sólo es alfabetizar: sino elevar el nivel cultural de la población para la igualdad de oportunidades. -Desnutrición: es otra forma de desigualdad y de atentar contra los derechos humanos por cuanto el hombre carece de sus necesidades básicas. Lo grave es el circulo vicioso que se genera puesto que quien no come bien en el primer año de vida, no puede educarse bien luego. Porque como dijo Abel Albino, “es fundamental el desarrollo del cerebro en el 1er año de vida”. El chico desnutrido es difícil que pueda luego tener la “igualdad de oportunidades” que la república tanto promueve. Estudio de caso: Fundación CONIN.

Cuando el estado no está, asociaciones sin fines de lucro suplen su labor. Es el caso de fundación CONIN que se ocupa de la desnutrición partiendo de la premisa de

que la población sana es el capital humano que debe cuidarse por sobre todo. La desnutrición trae cerebros no desarrollados, es decir, no educables, y así el circulo de la pobreza se retroalimentai. Llama a leer Mateo 25: “..porque tuve hambre me diste de comer, tuve sed y me diste de beber, tuve frio y me vestisteis, estuve enfermo y me curiasteis… porque lo hiciste con ellos lo hicisteis conmigo”.

Cinco pasos para construir una gran nación:

1) preservar cerebro 2) educar cerebro 3) cloacas 4) Agua potable 5) Luz eléctrica “En vuestras manos está el país y debe ser una responsabilidad continental: “Tiene que ser

una POLÍTICA DE ESTADO y en 20 años somos potencia mundial..” En la actualidad el numero de pobres asciende al 30% de la población, (aprox. 12 millonesi),

de los cuales crece el número de indigencia, (es decir, de aquellos que no les alcanza siquiera para vivir). Cuando hablamos de pobreza, aparece en 1er lugar la alimentación: que es insuficiente (hay chicos que comen solo 1 vez por día), o deficiente (solo harinas e hidratos: arroz, fideos, nutricionalmente muy pobres, generando obesidad). Muchas veces, la misma madre no estuvo bien alimentada en el embarazo, provocando un niño que ya nace desnutrido.

Es decir, la pobreza supone: 1ro. Insuficiente o deficiente alimentación. 2do. Problemas en el desarrollo: si el cerebro no

crece en el 1er año de vida es muy difícil recuperarlo después. El cableado neurológico depende de la alimentación y estimulación en el primer año de vida. Después es tarde. ” i Por eso, graves consecuencias en el desarrollo del coeficiente intelectual, (no pueden escolarizarse, y el estado es consciente de eso cuando asisten en primaria a los comedores estatales). Se genera así un círculo vicioso porque ese chico ¿qué posibilidades tiene a futuro? Mal alimentado, con un cerebro poco desarrollado, propenso a enfermedades, no se inserta en el mundo laboral, se retroalimenta el circulo de la pobreza. Argentina vivencia además muchos desequilibrios regionales en este sentido: mucha pobreza en el noreste y noroeste, alta mortalidad infantil. Estas enfermedades de la pobreza o del subdesarrollo se agravan por las pésimas condiciones de vida, e inexistencia de adecuada atención sanitaria. Es importante tener en cuenta y que puedan hacerse visibles las condiciones de vulnerabilidad que dan lugar a estos fenómenos, así como los mecanismos culturales, sociales y económicos que los hacen posibles, con el propósito de fortalecer en prácticas de cuidado y protección. Y prevenir más que curar. El análisis del discurso publicitario y mediático debe considerar las consecuencias en la salud física, psíquica y emocional que estos mensajes pueden traer aparejados, y mostrar otros modelos posibles.

Finalmente, todo esto se conecta con bien común porque afecta a la sociedad en su conjunto, como medio para promover el desarrollo y la paz social de TODA la sociedad: mujeres,

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niños, personas con necesidades especiales, personas sin recursos, y especialmente los grupos mas vulnerables. En conclusión: Derechos humanos son TODOS los derechos del hombre. Hoy esta tergiversado el termino cuando solo se asocia a Algunos. Nuestra CN reconoce en el Articulo 75 inc. 22 como facultad del congreso. ”Aprobar o desechar tratados concluidos con las demás naciones y con las organizaciones internacionales y los concordatos con la Santa Sede. Los tratados y concordatos tienen jerarquía superior a las leyes. La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; la Declaración Universal de Derechos Humanos; la Convención Americana sobre Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y su Protocolo Facultativo; la Convención sobre la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio; la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial; la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; la Convención sobre los Derechos del Niño; en las condiciones de su vigencia, tienen jerarquía constitucional, no derogan artículo alguno de la primera parte de esta Constitución y deben entenderse complementarios de los derechos y garantías por ella reconocidos. Sólo podrán ser denunciados, en su caso, por el Poder Ejecutivo nacional, previa aprobación de las dos terceras partes de la totalidad de los miembros de cada Cámara. Los demás tratados y convenciones sobre derechos humanos, luego de ser aprobados por el Congreso, requerirán del voto de las dos terceras partes de la totalidad de los miembros de cada Cámara para gozar de la jerarquía constitucional”. De este modo, deja en claro con rango constitucional todos estos pactos que emanan de la Declaración Universal de los Derechos del hombre a nivel mundial.

La Familia como base de la sociedad

La Familia es la base de la sociedad. Y como tal, las leyes la protegen.

La forma social fundamental sigue siendo la familia, célula primera de la vida comunitaria.

Dice Abel Albino, “ … No solo de pan vive el hombre, el niño necesita un traguito de leche y

un beso… El niño necesita como el aire el estímulo amoroso y frecuente. Por eso necesitamos a la

FAMILIA…. Por eso en CONIN estimulamos a las familias que deben ser tratadas como un Patrimonio

de la Humanidad…”

Es decir, que es el mismo Estado el que debe protegerla.

Es muy difícil resumir la trayectoria de la familia a lo largo de la historia. Pero es importante

hacer algunas consideraciones sobre el aspecto evolutivo de la familia para comprender sus valores

y las posibilidades que tiene en la actualidad. Podemos decir que en todo tiempo y en todo lugar los

seres humanos han existido y existen formando grupos humanos unidos por vínculos de sangre o

parentesco más o menos directo. La familia es una institución que existió siempre.

Pero la familia ha tenido que ir adaptándose a las circunstancias de cada época: la esclavitud, el

feudalismo, la industrialización, la sociedad actual.

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Los diversos factores se han ido modificando y la familia ha tenido la capacidad de adaptarse a las

distintas circunstancias históricas.

En la realidad actual se producen continuos cambios acelerados y profundos. Estos cambios pueden

amenazar a la familia con su destrucción, sobre todo si cerramos los ojos y nos negamos a la

necesaria adaptación.

Entre estos cambios podemos citar como puntos negativos: 1) Un mayor personalismo que

puede llevar a un exagerado individualismo que dificultan los vínculos profundos. 2) Un pluralismo

de ideas que puede llevar a la confusión de no saber dónde está lo bueno y dónde lo malo. 3) Una

tendencia a la igualdad que con frecuencia desprecia la autoridad. 4) Un consumismo exagerado

que lleva a una incapacidad para gozar de las cosas sencillas de la vida. 5) Secularización de la

sociedad: el matrimonio reducido a una simple relación afectiva. No hay Sacramento, no hay Gracia.

Por tanto, “termina el amor”, termina la buena convivencia, y el vínculo se rompe. 6) Deformación

de la libertad: como mera elección de lo que quiero, y no de “lo mejor para mi”, para mi plenitud,

que es, como vimos, cumplir con mi naturaleza, no alejarme de ella. 6) deformación de la idea de

límites: vistos como “coercitivos” y no como “protección”: como algo positivo: "… Los limites son

como los márgenes de un río, le indican al agua por donde ir suavemente, dando contención a la

vez". Los limites son tan importantes porque uno puede crecer bien Los limites nos aseguran que

hay alguien que nos cuida, que algo nos protege de los riesgos, que somos queridos. Lo limites dan

seguridad y confianza, fortalecen la autoestima, ayudan q a que uno desarrolle mayores recursos

para desenvolverse. La falta de ellos desorienta.

7) la necesidad de salir más del hogar para satisfacer necesidades de toda índole.

¿Se puede ser optimista ante este panorama? Podemos serlo si con seriedad no nos aferramos a lo

antiguo por creer que no debe cambiar, ni apuntamos a lo nuevo por serlo.

Lo importante es distinguir en la familia lo que es permanente y aquello que es cambiante. En el ser

humano podemos encontrar una dimensión familiar constante: vivir relaciones de emparejamiento,

de filiación, de fraternidad, con obligaciones y derechos de mutua ayuda, de autoridad, de

intimidad, de exclusividad, etc.

Sin duda la familia está sometida a fuertes tensiones que despiertan cierto pesimismo

sobre el futuro de la misma. Pero hay muchos motivos de esperanza que pueden aportar estabilidad

y fuerza a la familia, y así ayudarle a descubrir nuevos horizontes ante el futuro de la sociedad. Pero

también hay puntos positivos:

*Mayor igualdad entre los esposos. Menor subordinación de la mujer al hombre, superación del antiguo machismo. *Mayor comprensión y capacidad de diálogo con los hijos. *Mayor sinceridad y autenticidad. *Mayor espontaneidad y naturalidad en todas las relaciones. *Más medios al alcance de la familia para acceder a la cultura y la formación. *Más medios de comunicación

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Así, todo esto debe trabajarse en la función relacional de la familia, considerando que es el

lugar adecuado para el amor, la ternura, la entrega generosa y la comunicación. La Familia también

ayuda a la autoestima, asentirse queridos, valorados, protegidos. Hoy hay que buscar la estabilidad

de la familia en ese elemento interno de cohesión que es el amor.

“…Familia y estado son las piedras angulares de la sociedad humana. Sobre la familia, célula primaria dela vida social, y el estado, suprema forma social organizada, está construida la toda la gran variedad de la vida social y comunitaria. Si la familia y el estado se conservan sanos y sus relaciones mutuas están rectamente ordenadas, se mantendrán a salvo los cimientos del orden social. La recta configuración de las relaciones entre familia y estado, es, por consiguiente, una de las mas importantes condiciones previas para un autentico orden social….i”

Según Fellermeier, entre familia y estado .. es necesaria una estrecha colaboración, … que significa un mutuo servicio y un esfuerzo común para realizar los objetivos comunes. El estado habrá de ayudar a la familia a cumplir su misión y la familia tendrá que aprestar sus fuerzas para ayudar al estado. “ Ambas colaboran para el desarrollo pleno del individuo y de la sociedad todai.

Tan importante es la FAMILIA que podemos reconocer su importancia desde distintas aristas:

*Desde la sociología:

La Directora del Instituto de Prevención de las Adicciones define a la familia como “una

necesidad imperiosa”. Afirma que hace falta proveer a las familias de las herramientas básicas y

prácticas para padres e hijos. “Solo las familias pueden ser ese lugar de prevención… lo demás llega

tarde. En la familia se pueden favorecer espacios de diálogo, se ayuda a modificar conductas. Lo que

importa es estar”. La familia como educadora ofrece las redes básicas de prevención: el padre y la

madre, la protección familiar que es crianza, cuidado, amor, aceptación y socialización. Y frente a

problemáticas actuales como alcoholismo y drogadicción a la orden del día, la familia tiene la

MISION fuerte de educar en la capacidad de enfrentar esa presión social creciente, esos medios de

comunicación que minimizan el problema, o trivializan y normalizan otros. No es policía, es amor.

“Disponibilidad para siempre es estar presente”. (Recordar límites/amor).

En la misma línea, el Informe de Agustín Salvia, Coordinador General del Programa de

Observatorio de la Deuda Social Argentina de la UCA, la desintegración de la familia lleva a la

destrucción emocional, a una débil democracia, a una débil ciudadanía. Y recomienda cambiar este

mecanismo para ir frenando esta pandemia. Por ejemplo, presenta la región de Cuyo como hipótesis

de trabajo en la que se observa una tendencia diferente: allí se considera a la familia como un fuerte

elemento de contención. También hay una diferencia interesante entre el norte y el sur de la

Argentina, debido a que en la región más austral la presencia familiar es menor.

* Desde la Doctrina Social de la Iglesia:

LA FAMILIA COMO BASE DE LA SOCIEDAD: Juan Pablo II en una carta a las familias dijo que

la familia constituye la base de lo que Pablo VI calificó como la “civilización del amor”

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En la posmodernidad la familia es tan necesaria como frágil, de ahí la necesidad de dotarla de

recursos que permitan su estabilidad.

Para la Iglesia, siendo el hombre naturalmente social, existen derechos naturales de la

persona en cuanto individuo, pero también en tanto miembro de diversos grupos sociales naturales;

es decir, derechos naturales de la familia, naciones y asociaciones. Por la misma razón, los derechos

se ordenan al bien común.

El Concilio Vaticano II (Juan XXIII, 1959), en la parte que corresponde a la “Dignidad del

matrimonio y la familia”, presenta al matrimonio como “íntima comunidad conyugal de vida y amor”

(N° 48) El amor entendido como “entrega plena y como fundamento de una vida compartida a todos

los niveles se convierte en el centro de la vida matrimonial. El amor conyugal compromete a la

persona de una manera total y definitiva”. En eso consiste la grandeza del matrimonio y es desde

ahí de donde surge la auténtica felicidad.

Creer en la grandeza y dignidad del matrimonio implica un gran desafío de dar respuesta y recursos

a los que reconocen la aspiración de lograr un matrimonio basado en un genuino amor. En primer

lugar es necesario reconocer lo que está pasando en nuestra realidad. Y desde ahí lograr una

antropología que descubra desde lo humano el sentido profundo del amor entre el varón y la mujer.

Pero ese “amor matrimonial es a la vez divino y humano” ((N°49) Es signo que Jesús sale al encuentro

de los esposos cristianos, permanece con ellos, los ayuda y fortalece, enriqueciendo el amor

conyugal. (N°48) Todos tenemos experiencias vitales respecto de la familia. Hemos vivido sus

alegrías y tristezas y todas esas vivencias han influído en nosotros.

Sin duda hoy la familia atraviesa una profunda crisis que puede ser un peligro pero

también una oportunidad para lograr el modelo de familia que responda a las necesidades del

hombre de hoy.

En Col 3, 12-21 vemos que la base de la familia es el amor y si falta surgen las dificultades.

Vemos cuáles son las actitudes que lo fortalecen: benevolencia, paciencia, humildad, dulzura,

perdón mútuo, etc. El amor es algo que exige esfuerzo, trabajo y mucha voluntad. Esto debe

demostrarse con actitudes cotidianas. Sólo así sus miembros podrán vivir con armonía.

“El modelo es Dios que en su misterio más íntimo no es una soledad sino una familia, puesto que

lleva en sí mismo paternidad, filiación y la esencia de la familia que es el amor.” (Juan Pablo II)

La misión de la familia tiene cuatro aspectos: es formadora de personas, porque debe

procurar que cada uno de sus miembros logre su plenitud, desarrolle sus capacidades y sea feliz en

armonía y comunión con los demás.

Es transmisora de la vida. Ella coopera con Dios que ha puesto en la unión sexual del hombre y la

mujer la capacidad de generar vida humana. La fecundidad matrimonial es gozo, expresión de amor

y tarea que ser asumida con generosidad y responsabilidad.

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Es educadora de la fe. El mayor regalo que los padres pueden dar a sus hijos, después de

transmitirles la vida, es esa “FUERZA EXTRA” que es la fe.

Es promotora de desarrollo. Al compartir el amor la familia es escuela de convivencia social. Si bien

el mundo influye en la vida familiar, a veces negativamente, también la familia debe influir en la

realidad intentando construir la “civilización del amor”. El futuro de la humanidad se fragua en la

familia. (Juan Pablo II)

La EXHORTACIÓN APOSTÓLICA POSTSINODAL “AMORIS LAETITIA” del Papa Francisco,

tiene frases que nos colman de esperanza y nos van mostrando el camino para lograr la

transformación necesaria. Por ejemplo ésta referida a los jóvenes: “Necesitamos encontrar las

palabras, las motivaciones y los testimonios que nos ayuden a tocar las fibras más íntimas de los

jóvenes, allí donde son más capaces de generosidad, de compromiso, de amor e incluso de

heroísmo, para invitarles a aceptar con entusiasmo y valentía el desafío del matrimonio”.

El Papa Juan Pablo II, por su parte, tiempo antes de la Conferencia de Pekín, ya había insistido en

señalar la estrecha relación entre la mujer y la familia. "No hay respuesta a los temas sobre la mujer,

que pueda pasar por alto la función de la mujer en la familia. Para respetar este orden natural, es

necesario hacer frente a la concepción errada de que la función de la maternidad es opresiva para

la mujer".

Monseñor Oscar Ojea, Presidente de Caritas, hablaba de la metáfora de la familia para

referirse a las relaciones sociales y decía: “de la fraternidad vivida en la familia, NACE LA

SOLIDARIDAD EN LA SOCIEDAD. Que no consiste solo en dar al necesitado, sino en ser responsables

los unos de los otros. Si vemos en el otro a un hermano, nadie puede quedar excluido”. Ese es el

Espíritu fraterno que debe animar la vida en sociedad, (tal como lo decía el Papa Francisco en San

Francisco de Quito, Ecuador). Ser familia es algo muy fuerte: lo que te pasa a tu hermano es como

si te pasara a vos, desde niño nos hacemos responsables de los hermanos, en especial de los

hermanos menores o de los que tienen alguna dificultad porque son mas vulnerables. Cuando

tenemos hermanos, aprendemos a movernos como un NOSOTROS. Es lindo ver como los niños

cuidan a sus hermanitos mas pequeños. Todo esto nos resulta difícil llevarlo a la convivencia social:

Dios padre nos enseña que todos somos hermanos. Mateo 25, 40: “Porque tuve hambre y me diste

de comer, tuve sed y me disteis de beber, estuve desnudo y me vestisteis… Porque lo hicisteis con

el mas pequeño, lo hicisteis conmigo”.

• Desde el estado: La protección de la familia en las leyes y las políticas públicas:

La familia es un agente de socialización primaria. Por eso es TAN IMPORTANTE COMO BASE

DE LA SOCIEDAD. Si bien la sociedad occidental reconoce que tiene un valor preponderante en la

sociedad, a veces las legislaciones parecen estar más cerca de socavarla que se protegerla. Por

ejemplo, con el divorcio expres, con las uniones civiles entre personas del mismo sexo, con

proyectos de reglamentación del aborto u otros medios no naturales de prevención de la natalidad,

o favorecer ésta por medios artificiales que implican que haya más de un padre o madre, etc. Por

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eso es importante, volver a revisar lo que dice el estado Argentino e inclusive, los tratados

internacionales –a los que constitucionalmente adherimos-, sobre la familia.

La familia es el pilar de la sociedad, con derechos y obligaciones. El estado reconoce la

importancia central de la familia y la vida familiar en el desarrollo de una persona y en la sociedad

en general. Para resguardar a la familia, las normas protegen asimismo, al matrimonio,. La

protección a la familia y al matrimonio se complementa con disposiciones respeto a los hijos, los as

frágiles. La institución de la familia es anterior al estado. Como sociedad natural preexistente.

El matrimonio es una manera que interesa igualmente al estado. El matrimonio y la familia

que de él procede son dos fundamentos de la vida social natural, y aun la misma celebración del

matrimonio causa efectos inmediatos en la esfera jurídica civil, especialmente en las relaciones

patrimoniales. La regulación de este aspecto jurídico social del matrimonio es función del estado.i

• El estado interviene desde el momento que se constituye un matrimonio en el Registro civil.

• Si bien la función del estado en relación a la familia es supletoria, existen casos en los que

interviene activamente: por ejemplo, en alguna situación de peligro de los menores, por vivir en

ambientes dañosos, posibles abusos.

Por ejemplo, si una persona esta presa, naturalmente pierde contacto directo con la familia, el

estado debe asegurar y facilitar el contacto entre las familias y los reclusos como derecho

fundamental. Mas allá de las consecuencias lógicas del encarcelamiento, el estado DEBE garantizar

que goce de su familia.

• En principio, la misma CN habla del rol trascendente que tiene la flia en el seno de la

sociedad. La familia es la sociedad primaria y núcleo fundamental.

La mención a la familia en la CN viene en el articulo 14 BIS, (derechos sociales y económicos,

2da generación, siglo XX, derecho a participar de una sociedad social y económicamente justa,

individuo como parte de una sociedad).

“El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al

trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones

pagados; retribución justa;………………. la protección integral de la familia; la defensa del bien de

familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna”.

Extraemos:

1-. protección integral de la familia : Proteger a la flia. como núcleo fundamental. Por ejemplo, la

legislación argentina siempre trata de favorecer la permanencia en fli ante cualquier situación: por

ejemplo, que ante una necesidad x la familia siga unida. Por ejemplo, en la adopción de hermanos,

prevalece la adopción de los hermanos juntos.

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2-. defensa del bien de familia: A la vivienda, habitación como bien de familia, centro de la vida del

grupo, da estabilidad. Por ejemplo, jurídicamente cuando una propiedad se pone como “bien de

familia” no se puede embargar ante un litigio judicial

3-. compensación económica familiar: por ejemplo, a un soltero se le exige menor sueldo apra el

pago de ganancias que a un casado con hijos que es padre de familia

4-. acceso a una vivienda digna.: el estado debe establecer condiciones propicias para acceder a una

vivienda digna. Por ejemplo, los créditos hipotecarios que hoy en dia otorgan los distintos bancos

5-. otorgamiento a los trabajadores de subsidios proporcionales y justos como consecuencia de la

existencia de cargas de familia: por ejemplo, Asignación universal por Hijo, ticket social para jefes

de hogar en situación de pobreza, Plan “jefas y jefes de hogar”, etc.

El Aº 75 (que habla de las atribuciones del Congreso), también reconoce en el inciso 19 y 21

que el Congreso debe:

“Proveer lo conducente al desarrollo humano…” y “Sancionar leyes de organización y de base de la

educación que consoliden…. la participación de la familia y la sociedad, la promoción de los valores

democráticos y la igualdad de oportunidades y posibilidades sin discriminación alguna..”

Aún más, reconoce aquellos tratados internacionales con jerarquía constitucional, como la

dec. De DDHH de la ONU, la Convención Americana de Derechos del niño, etc, etc. Que veremos

más abajo que reconocen la familia como BASE de la sociedad.

• Políticas sociales: seguridad social:

Como medio para satisfacer el derecho e integridad de la familia, el Derecho a recibir el beneficio

de la pensión: (tanto por jubilación , invalidez, o afiliado en actividad: a su viuda, o hijos)

• En la Ley DE PROTECCION INTEGRAL DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y

ADOLESCENTES (Ley 26.061, sept 2015), se dice:

ARTICULO 4° — POLITICAS PUBLICAS. Las políticas públicas de la niñez y adolescencia se elaborarán

de acuerdo a las siguientes pautas: a) Fortalecimiento del rol de la familia en la efectivización de los

derechos de las niñas, niños y adolescentes;

ARTICULO 7° — RESPONSABILIDAD FAMILIAR. La familia es responsable en forma prioritaria de

asegurar a las niñas, niños y adolescentes el disfrute pleno y el efectivo ejercicio de sus derechos y

garantías

ARTICULO 11: Los Organismos del Estado deben facilitar y colaborar en la búsqueda, localización u

obtención de información, de los padres u otros familiares de las niñas, niños y adolescentes

facilitándoles el encuentro o reencuentro familiar. Tienen derecho a conocer a sus padres

biológicos, y a crecer y desarrollarse en su familia de origen, a mantener en forma regular y

permanente el vínculo personal y directo con sus padres, aun cuando éstos estuvieran separados o

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divorciados, o pesara sobre cualquiera de ellos denuncia penal o sentencia, salvo que dicho vínculo,

amenazare o violare alguno de los derechos de las niñas, niños y adolescentes que consagra la ley.

En toda situación de institucionalización de los padres, los Organismos del Estado deben garantizar

a las niñas, niños y adolescentes el vínculo y el contacto directo y permanente con aquéllos, siempre

que no contraríe el interés superior del niño. Sólo en los casos en que ello sea imposible y en forma

excepcional tendrán derecho a vivir, ser criados y desarrollarse en un grupo.

ARTICULO 14. — DERECHO A LA SALUD. Los Organismos del Estado deben garantizar: a) El acceso a

servicios de salud, respetando las pautas familiares y culturales reconocidas por la familia y la

comunidad a la que pertenecen siempre que no constituyan peligro para su vida e integridad

ARTICULO 37. — MEDIDAS DE PROTECCION. Comprobada la amenaza o violación de derechos,

deben adoptarse, entre otras, las siguientes medidas:

d) Inclusión de la niña, niño, adolescente y la familia en programas destinados al fortalecimiento y

apoyo familiar;

SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA ARTICULO 43. — SECRETARIA

NACIONAL. Créase en el ámbito del Poder Ejecutivo nacional, la Secretaría Nacional de Niñez,

Adolescencia y Familia, organismo especializado en materia de derechos de infancia y adolescencia,

la que funcionará con representación interministerial y de las organizaciones de la sociedad civil.

ARTICULO 44. — FUNCIONES. Son funciones de la Secretaría: a) Garantizar el funcionamiento del

Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia y establecer en forma conjunta, la modalidad de

coordinación entre ambos organismos con el fin de establecer y articular políticas públicas

integrales;

CAPITULO II CONSEJO FEDERAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA ARTICULO 45. — Créase el

Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia, el que estará integrado por quien ejerza la

titularidad de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, quien lo presidirá y por los

representantes de los Organos de Protección de Derechos de Niñez, Adolescencia y Familia

existentes o a crearse en cada una de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Por ejemplo: el decreto reglamentario reglamenta en referencia al ARTÍCULO 7:

ARTIUCLO 7: : Se entenderá por “familia o núcleo familiar”, “grupo familiar”, “grupo familiar de

origen”, “medio familiar comunitario”, y “familia ampliada”, además de los progenitores, a las

personas vinculadas a los niños, niñas y adolescentes, a través de líneas de parentesco por

consanguinidad o por afinidad, o con otros miembros de la familia ampliada. Podrá asimilarse al

concepto de familia, a otros miembros de la comunidad que representen para la niña, niño o

adolescente, vínculos significativos y afectivos en su historia personal como así también en su

desarrollo, asistencia y protección. Los organismos del Estado y de la comunidad que presten

asistencia a las niñas, niños y sus familias deberán difundir y hacer saber a todas las personas

asistidas de los derechos y obligaciones emergentes de las relaciones familiares.

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*Desde el plano internacional:

Declaración Universal de los Derechos Humanos promulgada, por la ONU en 1948. Adoptada

y proclamada por la Resolución de la Asamblea General 217 A (iii) del 10 de diciembre de 1948.

1-. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por

motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia; y disfrutarán de iguales

derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.

2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el

matrimonio.

3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de

la sociedad y del Estado.

Y en el artículo 16 de la misma, las Naciones Unidas defienden enfáticamente a la familia y al

matrimonio:

Aº16: 1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna

por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales

derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.

2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el

matrimonio.

3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de

la sociedad y del Estado

En la CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS SUSCRITA EN LA

CONFERENCIA ESPECIALIZADA INTERAMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS . (San José, Costa

Rica 7 al 22 de noviembre de 1969) los estados miembro han convenido en lo siguiente:

PARTE I - DEBERES DE LOS ESTADOS Y DERECHOS PROTEGIDOS

Artículo 4. Derecho a la Vida

1. Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y,

en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida

arbitrariamente.

Artículo 17. Protección a la Familia

1. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y debe ser protegida por la

sociedad y el Estado.

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2. Se reconoce el derecho del hombre y la mujer a contraer matrimonio y a fundar una familia si

tienen la edad y las condiciones requeridas para ello por las leyes internas, en la medida en que

éstas no afecten al principio de no discriminación establecido en esta Convención.

3. El matrimonio no puede celebrarse sin el libre y pleno consentimiento de los contrayentes.

4. Los Estados Partes deben tomar medidas apropiadas para asegurar la igualdad de derechos y la

adecuada equivalencia de responsabilidades de los cónyuges en cuanto al matrimonio, durante el

matrimonio y en caso de disolución del mismo. En caso de disolución, se adoptarán disposiciones

que aseguren la protección necesaria de los hijos, sobre la base única del interés y conveniencia de

ellos.

5. La ley debe reconocer iguales derechos tanto a los hijos nacidos fuera de matrimonio como a los

nacidos dentro del mismo.

* DECLARACION AMERICANA DE LOS DERECHOS Y DEBERES DEL HOMBRE: (Promulgada en

la IX Conferencia Internacional Americana, Bogotá, Colombia, 1948)

Aº 6: Toda persona tiene derecho a constituir familia, elemento fundamental de la sociedad, y a

recibir protección para ella.

Unidad 3: La persona y su dignidad como fundamento de los derechos

Definición de persona partiendo de la trascendencia del hombre. La dignidad de la persona.

La igualdad y sus significados. Derecho a la Igualdad, a la identidad, al cuidado del cuerpo. Las

políticas públicas y la promoción de la igualdad. Problemas actuales en torno a la desigualdad en

distintos órdenes: etarias, étnicas, de género. Orden natural: naturaleza y género. El rol de la

mujer en la sociedad actual. La violencia en sus distintas manifestaciones. Decisiones en relación

al proyecto de vida. Libertad y responsabilidad. La autonomía en la toma de decisiones. Los actos

personales y sus consecuencias en el cuidado de la salud.

La persona: Definición de persona partiendo de la trascendencia del hombre. La

dignidad de la persona.

La persona es unidad bio físico espiritual. Es un ser único e irrepetible creado por Dios a su Imagen y Semejanza y por eso, el ser mas perfecto de la Creación. Una unidad de cuerpo y alma racional. Por algo es el hombre el único ser capaz de trascender. Solo desde esta concepción de persona, en su sentido más profundo podemos comprender su dignidad. Solo comprendiendo su dignidad podemos comprender que es sujeto de derechos. Y entonces, de deberes y obligaciones. La verdadera dignidad de la persona solo se respeta, partiendo de este profundo concepto de persona. Y como ser social por naturaleza, el hombre solo puede desarrollarse y llegar a su plenitud en sociedad. Por eso la persona es sujeto de derechos y de deberes.

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La persona se manifiesta esencialmente como un ser único, irrepetible, dotado de interioridad (autoconciencia y libertad) y destinado a la comunión. Es un sujeto que existe corporalmente con otros en el mundo, para realizarse con ellos en la historia personal y comunitaria, comprometiéndose libremente frente a los valores, frente a las demás personas y frente a Dios. El hombre tiene un valor autónomo y absoluto, él es un fin en sí mismo y nunca debe ser utilizado como medio. En esto se distingue de las cosas y es totalmente original frente a la realidad. Por lo tanto su dignidad es absoluta. La dignidad radica en la autoconciencia y en la autodeterminación que lo elevan sobre el resto del mundo y hacen posible su socialización. Por eso podemos afirmar que toda persona tiene un valor absoluto por lo que es, no por lo que tiene o por lo que hace. El hombre elige y decide sus propios actos y es capaz de proyectar su propio destino. Porque tiene LIBERTAD. El proyecto ético consiste en la realización del hombre como persona. Los valores morales son los que debieran orientar nuestra conducta para encauzarla hacia la meta que nos proponemos. Pero además, el hombre es un ser abierto a la trascendencia. La persona creada por Dios está ordenada a Dios. Desde la Fe, el mensaje de la revelación debe iluminar nuestras opciones con un sentido altruista y fraterno. Si la persona tiene una dignidad inviolable se debe al hecho de que su valor absoluto está respaldado por Dios, que protege al ser humano porque fue querido y creado por Él a su imagen y semejanza. “ .. la semejanza con Dios aparece en todo su esplendor únicamente en la sociedad humana que comprende a todos los hombres…”i. La dimensión social de la persona:

Sabemos que el hombre es un ser social por naturaleza. Esto significa que el hombre aislado no se basta a sí mismo. Y esto tiene que ver con su estado de imperfección, y su necesidad de completarse y de plenificarse.

Así como el hombre necesita investigar la naturaleza y conocer sus leyes, es mucho mas urgente el ocuparse del orden social. Cuyas normas y exigencias alcanzan lo más íntimo de sí mismo. La sociedad es la comunidad organizada. “..El aspecto de organización es el que convierte a la comunidad en sociedad. Y esto es el orden jurídico: autoridad, leyes. Estos dos, más el Bien Común, son los 3 momentos que convierten a la comunidad en sociedad. i La comunidad no puede ser un fin en sí mismo, como pretende el colectivismo. Es ella su fin último y supremo valor. El hombre solo vale como, porque suprime al ser propio de la persona y hace desaparecer a la persona en la colectividad. Ni el individualismo que pretende hacer que la comunidad sea mera y simple derivación del individuo. “La comunidad no es solo la suma de individuos, sino su totalidad”. En cuanto totalidad, posee un ser propio y especifico.i Por comunidad entendemos una forma de agrupamiento natural y emocional, mientras que la sociedad es racional y artificial. Esta sociedad es la Patria. Los elementos culturales continúan vivos y se transmiten de generación en generacióni. “….El hombre no es un ser aislado en el mundo, sino que se halla implicado en una gran variedad de relaciones. .. Una de estas relaciones es la de la naturaleza que le rodea; en ella se desarrolla su vida es exterior… Paisaje y clima determinan la forma externa de la vida del hombre… Y en gran medida su ser y carácter.”. (Ejemplo,. Frio en Inglaterra, carácter mas distante.. ). Pero … también entre los hombres se produce un orden de relaciones. Designamos con el nombre de orden social al conjunto de éstas relaciones.

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¿Cuál es la razón última por la cual existe la comunidad? “... La comunidad existe porque el

hombre necesita de ella para completarse y para satisfacer sus necesidades. La comunidad es necesaria porque el hombre aislado no se basta a sui mismo. Y esto tiene que ver con su estado de imperfección, y su necesidad de completarse y de plenificarse.i “.. el hombre.. está insertado en la comunidad. Lo mismo que su ser espiritual, su ser personal tampoco lo ha recibido de Dios plenamente desarrollado y completo. Antes bien el hombre logra la plena formación de su persona solo en y por la comunidad con otras personas. Persona es el hombre anterior a toda comunidad humana. Pero personalidad es persona plenamente desarrollada que lo será, solo.. por la comunidad con otros. i El hombre es, en su estructura básica, en la misma proporción: comunitaria e individual. En fin, “que el hombre por naturaleza sea ser comunitario, el que sea “animal naturalite sociale”, significa… que el hombre es posible absolutamente sólo como ser comunitario. Y alcanza la plenitud de su ser sólo y en comunidad”. i Criticamos en esta catedra la postura individualista que sostiene que el hombre existe primero para luego unirse en sociedad, de la que se desprenden las teorías liberales. De la misma manera que la comunidad no debe absorber del todo al individuo, como pretenden los esquemas colectivos. Ni el individualismo, ni el colectivismo responden satisfactoriamente a las relaciones de la persona y comunidad. La persona arraiga en la comunidad mas profundamente de lo que admite el individuo, y trasciende la comunidad en mayo grado del que cabe dentro del colectivismo. Incluso en los casos en que la comunidad esta autorizada para intervenir en las esferas vitales del individuo, debe salvaguardar siempre su dignidad absoluta de persona espiritual y llamada al orden sobrenatural”i.l (por eso hasta un preso debe ser tratado de acuerdo a su ser de hombre).

Esto lo veremos claramente en el papel del estado y los principios de solidaridad y subsidiaridad. Porque un individualismo omitiría el principio de solidaridad, y un colectivismo avasallaría el de subsidiaridad. El péndulo de uno al otro extremo se aleja de la concepción profunda de persona, base del pensamiento de esta catedra. La sociedad es la comunidad convertida en sociedad: “… El aspecto de organización es el que convierte a la comunidad en sociedad. Y esto es el orden jurídico: autoridad, leyes. Estos dos elementos, más el Bien Común son los 3 momentos que convierten a la comunidad en sociedad. Pero la comunidad no es solo la suma de individuos, sino su totalidad”. En cuanto totalidad, posee un ser propio y especifico. ¿Cuál es la razón última por la cual existe la comunidad? ... la comunidad existe porque el hombre necesita de ella para completarse y para satisfacer sus necesidades. La comunidad no puede ser un fin en si mismo, como pretende el colectivismo. Es ella su fin ultimo y supremo valor. El hombre solo vale como, porque suprime al ser propio de la persona y hace desaparecer a la persona en la colectividad. Ni el individualismo que pretende hacer que la comunidad sea simple derivación del individuo. La sociología católica busca el equilibrio entre ambos extremos.

Las políticas públicas y la promoción de la igualdad en todos los órdenes:

Del orden natural deriva la idea de naturaleza y de ello, la naturaleza femenina y masculina.

Tanto el hombre como la mujer -creados a imagen y semejanza de Dios- tienen sus propias

particularidades naturales que deben ser puestas al servicio del otro, para alcanzar un

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enriquecimiento mutuo. Esto, no significa que los recursos personales de la femineidad sean

menores que los recursos de la masculinidad; simplemente significa que son diferentes. En tal

sentido, si aceptamos el hecho de que hombre y mujer son diferentes, una diferencia estadística

entre hombres y mujeres que participen en una actividad en particular, podría ser más que una

muestra de discriminación, el simple reflejo de esas diferencias naturales entre hombre y mujer.

El orden Natural nos dice que Niños y niñas son diferentes: porque su desarrollo emocional

es distinto, e inclusive se da en momentos distintos, sus cerebros funcionan de distinta manera: las

niñas hablan antes que los varones, por ejemplo. Es un dato científico.

Por eso, el sexo biológico es relevante, no se trata de construir una identidad de acuerdo a

caprichos arbitrarios, y cambiarla con el transcurso del tiempo de forma independiente a su sexo,

como sostienen los genetistas. Esto atenta contra la dignidad de los niños.

Con la ideología de Género Aparece la confusa idea de “igualdad”. Pero ¿Qué es el género?

¿Hay desigualdad real entre los géneros? ¿Es manipulación discursiva?

Empecemos por el principio: la Real Academia Española define género como “grupo al que pertenecen los seres humanos de cada sexo, entendido éste desde un punto de vista socio cultural, en lugar de exclusivamente biológico”.

El alcance que ha alcanzado la Ideología de género permite pensar en un verdadero cambio cultural en torno a la mirada sobre el hombre, y por eso es clave analizarlo.

Con el término “género” muchos se imaginan que es solo otra manera de referirse a la división de la humanidad en dos sexos. Pero detrás del uso de esta palabra se esconde toda una ideología que busca hacer salir el pensamiento de los seres humanos de esta estructura “bipolar”

de dos sexos: hombre y mujer i. La ideología de género entiende el género como construcción social y cultural.

Y el feminismo radical o de izquierda, ha tomado esta concepción para defender los derechos de la mujer. Pero el respeto al papel y vocación de la mujer no tiene por qué suponer este “feminismo radical”, que en realidad, a veces esconde objetivos muy lejanos al verdadero respeto a la Mujer, y bastantes contradicciones. Porque se defiende “el derecho de la mujer a elegir abortar”, por ejemplo, olvidándose que allí existe una vida, que también puede ser una mujer. O se defiende la idea de igualdad, pero existen mecanismos que contradicen esa igualdad. Realmente hay conceptos nada ingenuos que esconden ideologías detrás, muy distintas al concepto que pretenden defender.

La ideología de género defiende ideas como: - el hombre ya no es hombre o mujer sino “cómo me auto percibo”. - La existencia de cinco sexos - la idea de que el género es una elección cultural y personal, y no algo “dado”. - los seres humanos somos ‘neutros’ cuando nacemos, y podemos escoger si ser

hombres, mujeres, o una combinación de ambos cuando crecemos”. - El género es un rol socialmente construidos - Toda la moral queda librada a la decisión del individuo. "El género es una construcción

cultural que nada tiene que ver con la naturaleza, es una construcción radicalmente independiente del sexo”. No existe una esencia masculina ni una esencia femenina.

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Los proponentes de esta ideología quieren afirmar que las diferencias entre el varón y la

mujer, no corresponden a una naturaleza fija que haga a unos seres humanos varones y a otros mujeres sino que son el producto de la cultura de un país y de una época. Dejar a la libertad de cada cual el tipo de "género" al que quieren pertenecer, todos igualmente válidos: hombres y mujeres son simples modos de comportamiento sexual producto de la elección de cada persona, libertad que todos los demás deben respetar. Algo convencionalmente atribuido por la sociedad: cada uno puede "inventarse" a sí mismo.

Aparece un peligro que puede dañar a nuestra sociedad mucho más de lo que creemos. Una

cosa es la violencia vs la mujer, desdeñable desde todo punto de vista. Y otra cosa es pensar que ya no hay una naturaleza dada, un matrimonio de hombre y mujer, o que todo es igualmente valido.

La realidad es que esto supone negar que exista una naturaleza dada a cada uno de los seres humanos por su capital genético. Para esta nueva "perspectiva de género", la realidad de la naturaleza incomoda, estorba, y por tanto, debe desaparecer. “La humanidad ha comenzado a sobrepasar a la naturaleza; ya no podemos justificar la continuación de un sistema discriminatorio de clases por sexos sobre la base de sus orígenes en la Naturaleza. Toda diferencia entre el hombre y la mujer es construcción social y por consiguiente tiene que ser cambiada. Buscan establecer una igualdad total entre hombre y mujer, sin considerar las naturales diferencias entre ambos, especialmente las diferencias sexuales; más aún, relativizan la noción de sexo de tal manera que, según ellos, no existirían dos sexos, sino más bien muchas "orientaciones sexuales".i

¿Qué respondemos a la ideología de género?

Seguimos el estudio de la científica Puppo que plantea: 1-.“No aceptar la ideología de género no es discriminación, no es ser intolerante ni

homofóbico”, sino que “es simple biología”. Los genes contenidos en estos cromosomas determinan el desarrollo físico de los fetos. Así, los embriones desarrollan diferentes órganos según el sexo. “En la pubertad, se producen una serie de hormonas, testosterona si es varón o estrógeno y progesterona si es mujer, que influencian no solo la forma física como la persona se desarrolla, sino, una serie de características afectivas, psicológicas, etc”.

2-. Contrariamente a los postulados de la ideología de género, “el hecho de nacer como hombres o mujeres no es un hecho cultural, es biológico”. “¿O me van a decir que cuando una madre gestante hace la ecografía para saber el sexo del bebé y pregunta al médico si el bebé será niño o niña está siendo homofóbica?

3-. La científica advierte además que “la ideología del género no promueve la igualdad entre los sexos, la ideología del género promueve la asexualización del ser humano”.

4-. Sostiene que esta ideología, es eso: una corriente de pensamiento, no una teoría científica ni mucho menos una evidencia científica. Sin embargo, “el sentimiento no se puedo sobreponer a la naturaleza”. “Yo no puedo cambiarme a voluntad.

5-. Si un día decido ser un gato, ese sentimiento no va a hacer que lo sea. Nací como mujer y por eso, tengo una serie de órganos propios: útero, ovarios, que me hacen tal. Advierte que las personas que nacen con un sexo y sienten luego que no tienen el sexo adecuado “sufren de un síndrome conocido como ‘disforia de género’. No es la regla, es la excepción. No se puede de casos excepcionales extraer reglas generales, baste decir que estas personas tienen que ser respetadas, queridas y acompañadas.

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6-. La científica descarta además que promoviendo la ideología de género se defiendan los

derechos de la mujer: “¿Quieren disminuir el abuso sexual de mujeres? 1ro. Apoyen más a las familias! La mayoría de violadores vienen de familias rotas, donde el padre muchas veces está ausente o es abusivo. 2do. No fomenten que se use a la mujer como objeto en los medios sociales, en los periódicos, en la publicidad! 3ro. Den más apoyo a las mujeres que sufren este tipo de violencia, que los agentes del orden cumplan efectivamente su deber de protegerlas”. “La igualdad no se alcanza negando nuestras diferencias sexuales, la igualdad se alcanza respetando las diferencias de cada sexo y lo que cada sexo aporta a la sociedad”. 7-. Este ataque declarado contra la familia, sin embargo, contrasta notablemente con la citada Declaración Universal de los Derechos Humanos promulgada. (Y no solamente con la Doctrina de la Iglesia). 8-. Repensemos el concepto de “rol” y sustituyámoslo por “vocación”: sustituyamos Rol por Vocación. Vocación envuelve algo auténtico, no artificial, un llamado a ser lo que somos. Respondemos a nuestra vocación a realizar nuestra naturaleza o a desarrollar nuestros talentos y capacidades innatos. De ahí, por ejemplo, la vocación femenina a la maternidad, pues la maternidad no es un rol. Cuando una madre concibe a un hijo, emprende una relación de por vida con otro ser humano. Esta relación define a la mujer. No está representando el papel de madre; es una madre. La cultura y la tradición ciertamente influyen sobre el modo en que la mujer cumple con las responsabilidades de la maternidad. El término “rol” distorsiona la discusión porque se define primariamente como: parte de una producción teatral en la cual una persona, vestida especialmente y maquillada, representa un papel de acuerdo a un libreto escrito. El uso del término rol transmite necesariamente la sensación de algo artificial que se le impone a la persona. El término rol afecta la percepción de identidad. Los promotores de la "perspectiva de género" insisten en decir que toda relación o actividad de los seres humanos es resultado de una "construcción social" que otorga al hombre una posición superior en la sociedad.

9-. ¿Prejuicios o desigualdad de género? El gran desafío es superar TODO tipo de desigualdad. “ … La semejanza con Dios aparece en todo su esplendor únicamente en la sociedad humana que comprende a todos los hombres…”. Y nosotros fuimos creados a Imagen y Semejanza de Dios.

10-. El no discriminar se enseña en casa: aceptar a todos por igual, aceptando diferencias es algo que se aprende en casa. Aceptarse protegerse y respetarse. Que la fortaleza física puede usarla el varón para defender a la mujer y el amor y delicadeza de la mujer harán lo propio con sus amigos varones. Son complementarios. Es naturaleza.

11-. La intimidad y el pudor son guardianes de los propios hijos: es enseñarles a cuidarse, a cuidar su cuerpo, al verdadero y profundo concepto de salud, que nadie tiene derecho a vulnerarlo porque es parte de cada persona, su espacio. Tampoco se trata de “enseñarles todo lo posible”, sino lo necesario.

12-. La identidad va más allá de la genitalidad: la identidad es algo dado, no algo que se construye. Somos hombres y mujeres que se van desarrollando a través del tiempo. No debe reducirse la identidad a la orientación sexual. Porque seria reducir solo un aspecto de la identidad, que es algo mas profundo, a solo el aspecto sexual, que en todo caso se desarrolla de mas grandes. (Ha pasado que ante un chiquito que jugaba con cosas de mujeres, se pretendió cambiarle directamente el sexo).

13-. Un niño no puede tomar decisiones solo. Hay que acompañarlo y contenerlo pero ni siquiera en la adolescencia puede “hacer todo solo”. Si un niño muestra tendencias distintas a sexo opuesto, hay que acompañarlo y encaminarlo en su desarrollo. No cambiarlo a el! Las neuronas, el

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cerebro, las hormonas, la conexiones neuronales van cambiando a lo largo de tiempo, es decir que no se puede afirmar que un niño que dice ser una mujer lo dira siempre. Tiene que crecer! Y menos ir al medio a pedir cambiar a ese chico por una chica! Cada caso es distinto y habra que ver por que llego a esas afirmaciones. Pero si no sabemos qué pasa en la mente, ¿por qué directamente cambiar el cuerpo? 6-. La educación en virtudes es lo que genera una sociedad mas plena. Si educamos en virtudes se terminara la discriminación, la transgresión, la falta de respeto, la intolerancia, formar seres humanos mas plenos, aptos para vivir en una comunidad, con creencias solidas que podrán ser mantenidas en el tiempo.

Lamentablemente, así como hay posturas que consideran que la mujer es discriminada,

pero a la vez defienden el aborto. EL aborto de un bebé (que también puede ser mujer.. y tampoco podría defenderse. El primer “femicidio?”). En esa línea, asimismo el proyecto de Educación sexual integral con Ideología de género es Grave, porque NO es algo CIENTÏFICO por lo tanto por ejemplo, la Educación sexual integral con ideología de género sería imponer algo no científico, con recursos del estado, y traspasando el fuero privado.

Por eso, hay que tener en cuenta los equívocos, ambigüedades y contradicciones del

término “género”. Y en esto el discurso y la propaganda mediática que actúa fuertemente en las masas, han tenido un rol central. El análisis del discurso publicitario y mediático debe considerar las consecuencias en la salud física, psíquica y emocional que estos mensajes pueden traer aparejados. Atenta con el discurso que esconde conceptos nada ingenuos que van metiéndose en la sociedad. Movimientos que aparentemente luchan por algo legítimo pero esconden otras intenciones. “Ni una menos” vs violencia de género y detrás el aborto?? Está mal hablar de “indios” Si así se los llamo porque Colon creyó que había llegado a la India? Abrimos el debate.

Simplemente se trata de saber de qué estamos hablando. Y tener cuidado con los conceptos aparentemente ingenuos pero que en realidad esconden ideologías detrás, muy lejanas a lo que el concepto puro aparenta. Con términos equívocos, aparentemente inocentes y particularmente ambiguos las ideologías se van infiltrando más fácilmente en la sociedad, y aún peor, en la idiosincrasia de un pueblo.

Por otro lado, no hay que ser ingenuos ya que no hay ideología de género sin “estatismo”. El uso del estado permitió eso atravesó de la nueva izquierda que vive del conflicto. Antes era la lucha de clases ahora piensan en el conflicto a través del géneroi:

Creo que la propaganda en los medios masivos de comunicación es un arma muy dañina que actúa más solapada y profundamente. Lo vemos en aviso publicitario, etc. Ver abajo “cultura de masas”. De hecho, según el antropólogo Marvis Harris, el método de control del pensamiento en los estados modernos se da a través de los jardines espectáculos que entretienen a la gente y de los medios masivos de comunicación, manejados por especialistas a sueldo del gobierno.i

El sociólogo Durkheim también hablaba de los fenómenos sociales que se imponen por

coerción social y no por la fuerza.

Por último, que el gran desafío es superar TODO tipo de desigualdad. “ … La semejanza con Dios aparece en todo su esplendor únicamente en la sociedad humana que comprende a todos los hombres…”. Y nosotros fuimos creados a Imagen y Semejanza de Dios.i Hablamos de igualdad de derechos partiendo de la base que hombre y mujer son diferentes pero iguales en semejanza a Dios, y evidentemente como ciudadanos.

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El rol de la mujer en la sociedad actual.

Según la ideología de género, y particularmente del llamado “Feminismo de género”, ( sistema cerrado que cree que la cual la mujer está presa en un sistema patriarcal opresivo). No puede apelarse a la naturaleza, ni a la razón, la experiencia, o las opiniones y deseos de mujeres verdaderas, porque según las "feministas de género" todo esto es "socialmente construido". No importa cuánta evidencia se acumule contra sus ideas; ellas continuarán insistiendo en que es simplemente prueba adicional de la conspiración patriarcal masiva en contra de la mujer.

Recordemos el episodio de un actor que se hizo viral lo defenestraron públicamente un grupo de feministas por decir “que una mujer se siente realizada cuando es madre”,. Hoy ni siquiera se puede preguntar a una mujer, “como compaginas trabajo y familia? Y estas no son justamente las más extremistas. Y esto no es solo desdeñable desde lo religioso. Olvidándonos de eso: Sabemos que en algunos colegios ya no hay baños de hombres y de mujeres? En otros ya no se dividen tareas de unos y otros. Incluso, nuestro sistema de salud ya reconoce tratamientos hormonales a veces con más urgencia que operaciones del corazón. Todo eso lo paga el estado.

Algunos autores hablan incluso de “La desconstrucción de la mujer": "La igualdad feminista radical significa, no simplemente igualdad bajo la ley, sino más bien que las mujeres -al igual que los hombres- no tengan que dar a luz”. “No debería autorizarse a ninguna mujer a quedarse en casa para cuidar a sus hijos. La sociedad debe ser totalmente diferente. Las mujeres no deben tener esa opción, porque si esa opción existe, demasiadas mujeres decidirán por ella". (Porque es NATURAL!!!!)

Los defensores del "género" además defienden el "derecho a la salud" que, en honor a la verdad, se aleja por completo de la verdadera salud del ser humano. En efecto, ignorando el derecho de todo ser humano a la vida, estos proponen el derecho a la salud, que incluye el derecho a la salud sexual y reproductiva. Paradójicamente, esta "salud reproductiva" incluye el aborto y por tanto, la "muerte" de seres humanos no nacidos. El ataque a la educación y sociedad tradicional:

Por eso, los defensores de esta ideología avanzan también en educación: Las niñas deben

ser orientadas hacia áreas no tradicionales y no se las debe exponer a la imagen de la mujer como

esposa o madre, ni se les debe involucrar en actividades femeninas tradicionales. "La educación es

una estrategia importante para cambiar los prejuicios sobre los roles del hombre y la mujer en la

sociedad. La perspectiva del género debe integrarse en los programas. Deben eliminarse los

estereotipos en los textos escolares y concientizar en este sentido a los maestros, para asegurar así

que niñas y niños hagan una selección profesional informada, y no en base a tradiciones prejuiciadas

sobre el género. (Por eso es tan importante informarse! Elegir, sabiendo de qué estamos hablando).

Esto ya se ha incorporado en educación y supone quebrantar el derecho de los padres a elegir la

educación que quieren para sus hijos. (Coincidente también con la identidad nacional argentina,

basada en una antropología cristiana de respeto a la vida en primer lugar y a la ley natural) .

La promoción de la igualdad en distintos órdenes.

En ese orden, sabemos que superar la desigualdad NO debe implicar la imposición de la Ideología de género, sino trabajar para superar esa supuesta desigualdad:

El estado ha ido avanzando en los últimos años, hacia la promoción de la igualdad de las mujeres. En este marco se inscriben las políticas públicas como:

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a-. Ley de cupo femenino en Argentina: La Ley 24.012i de cupo femenino busca aumentar

la representación de las mujeres en la política, a través de cuotas de mínima participación en las listas de candidatos que presentan los partidos en las elecciones. Establece que al menos un 30% de la lista debe estar ocupado por mujeres y numerosas reglas de los lugares que deben ser ocupados por ellas. b-. Femicidio: en 2012 se sanciona la ley 26791 creando el delito de femicidio, como causal del homicidio agravado, tipificándolo como “homicidio realizado contra una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género”. Se impondrá reclusión perpetua.

La idea de políticas públicas como el cupo femenino, la protección de personas con discapacidad, desnutrición, etc, etc., es desde una perspectiva de superación de la desigualdad inicial, pero no como privilegios. Por eso, estas “políticas públicas” se entienden como “la acción positiva” y como mecanismos de compensación y promoción de la igualdad. Es importante tener en cuenta y que puedan hacerse visibles las condiciones de vulnerabilidad que dan lugar a estos fenómenos, así como los mecanismos culturales, sociales y económicos que los hacen posibles, con el propósito de fortalecer en prácticas de cuidado y protección. Y prevenir más que curar.

Parece contradictorio hablar de “igualdad” y a la vez de éstos ejemplos de discriminación positiva. Lo cierto es que esta catedra considera imprescindible encontrar un equilibrio entre uno y otro.

Se plantea siempre “la idea de vulnerabilidad a partir del tratamiento de la igualdad” y se propone rescatar el rol de la sociedad civil en su trabajo articulado junto al Estado, en pos del desarrollo integral y la inclusión”. Desde nuestro lugar, creemos que además, es importante analizar estos temas desde una perspectiva de superación de una desigualdad inicial, y no como privilegios porque sino sería una “discriminación positiva”.

Nuestra CN habla de la igualdad en los artículos 15 y 16 de modo que para que esta sea tal, debe ser igualdad real. Por eso, estar atentos a algunas manifestaciones que lejos de defender la integridad de la mujer, confunden con argumentos legítimos, que esconden otros lejanos de aquello que manifiestan. A veces los feminismos radicales no muestran claramente la intencionalidad. Desde nuestro lugar, creemos que además, es importante analizar estos temas desde una perspectiva de superación de una desigualdad inicial, y no como privilegios porque sino sería una “discriminación positiva”.

La idea de políticas públicas como el cupo femenino, la protección de personas con discapacidad, desnutrición, etc, etc., es desde una perspectiva de superación de la desigualdad inicial, pero no como privilegios. Por eso, estas “políticas públicas” se entienden como “la acción positiva” y como mecanismos de compensación y promoción de la igualdad. Es importante tener en cuenta y que puedan hacerse visibles las condiciones de vulnerabilidad que dan lugar a estos fenómenos, así como los mecanismos culturales, sociales y económicos que los hacen posibles, con el propósito de fortalecer en prácticas de cuidado y protección. Y prevenir más que curar.

Parece contradictorio hablar de “igualdad” y a la vez de éstos ejemplos de discriminación positiva. Lo cierto es que esta catedra considera imprescindible encontrar un equilibrio entre uno y otro.

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Véase apunte sobre Identidad, la protección de grupos con necesidades especiales,

libertad y responsabilidad, etc Bibliografía: Libros: Bidart Campos German, Educación Civica III, Bs.As, ed. Estrada, 1986 Fellermeir Jakob, Compendio de Sociología Católica, Barcelona, Herder, 1962

Lonigro Felix, Formación Etica y ciudadana, Macchi, Bs.As, 2009 Constitución Nacional San Juan Pablo II, Laborem exersens, 1981 Leon XIII, Rerum Novarum, 1891 Artículos de Revistas: Houssay Angeles, “Maternidad subrogada” en Sembrar valores en familia, año 14, Ed.

Sumario, Nº 81 , año 14, pp. 13 a 16 Albino Abel: "Si alimentamos bien a los chicos, en veinte años somos potencia", Viva, 21 de

mayo de 2017, pp. Recursos electrónicos: Comisión permanente de la Conferencia Episcopal Argentina, “Las elecciones, exigencia de

compromiso ciudadano. Ciudadanos responsables en el seno de un pueblo”, (18 de marzo de 2015). 170° Reunión de la Comisión Permanente de la Conferencia Episcopal Argentina, Pastoral Social, Arquidiócesis de Bs.As. 5 de mayo de 2015 <http://www.pastoralsocialbue.org.ar/documento/398/ >

Alzamora Revoredo Oscar, Monseñor, “La ideología de género”, (abril 1998), episcopal Comisión ad hoc de la mujer, Comisión Episcopal de Apostolado laical, Conferencia Episcopal Peruana (junio 2017), <https://www.aciprensa.com/controversias/genero.htm>