Criminologia Tratamiento Sistema Penitenciario 21859

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  • Criminologa. Tratamiento en elsistema penitenciarioAutor: Master Allan Arburola Valverde[Ver curso online]

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  • Presentacin del cursoEl tratamiento penitenciario es la aplicacin de todas las medidas que permitirnmodificar las tendencias antisociales del individuo. Esta medida est en relacin acada departamento, es decir medicina, psicologa, trabajo social, etcEn este curso se abordarn la evolucin histrica del tratamiento penitenciario,objeto y finalidades, los elementos, crticas al tratamiento penitenciario, diversossistemas entre los cuales se destacan el sistema progresivo, la prisin abierta y elrgimen all"aperto entre otros temas.

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  • 1. Criminologa. Evolucin histrica[http://www.mailxmail.com/...curso-criminologia-penitenciario/criminologia-evolucion-historica]Para efectos de una detallada precisin de la evolucin del concepto de tratamientose tiene el siguiente criterio a saber: Sin entrar en el punto, sin duda esencial, delsignificado exacto del concepto de tratamiento, que de por s ameritara un trabajoespecfico, nos limitaremos a sealar las formas en que este concepto ha sidoacogido y empleado en las sucesiones de etapas de su desarrollo: 1) En sus comienzos [...] el concepto de tratamiento fue utilizado en forma casiexclusivamente mdica. Se trata de un rgimen que se aplicaba a delincuentes quehaba que curar y luego castigar. 2) Luego el trmino tratamiento adquiere otra significacin de carcterespecialmente penitenciario, al referirse a la forma como se debe "tratar" a losindividuos detenidos en los establecimientos penitenciarios y cul ser el contenido(mdico, psicolgico, social, que le ser aplicado. En sta segunda etapa, a lapreocupacin exclusivamente mdica se aade una preocupacin social; 3) Por ltimo, debido a la influencia de las concepciones del Departamento deDefensa Social de Naciones Unidas, como base de planificacin de la PolticaCriminal, ha sido utilizado cuando se hacer eferencia a los sistemas generales de"Prevencin del Crimen y tratamiento del delincuente" que debe acogerse yadoptarse a las legislaciones positivas. En ste nueva y ms amplia acepcin, elconcepto de tratamiento corresponde a la creacin de procesos lcitos y legislativospara evitar la reincidencia recuperando socialmente al delincuente; procesos queson eficaces y que pueden realizar sin causar dao a la integridad fsica. (Canestri,1980, p.211)

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  • 2. Criminologa. Definicin[http://www.mailxmail.com/curso-criminologia-penitenciario/criminologia-definicion]El tratamiento penitenciario es la aplicacin de todas las medidas que permitirnmodificar las tendencias antisociales del individuo. Esta medida est con relacin acada departamento, es decir medicina, psicologa, trabajo social, etc. (Marchiori,1989, p.15)

    Por tratamiento penitenciario o institucional debe entenderse como un conjunto demedidas y actitudes tomadas respecto de un sentenciado privado de libertad con elpropsito de obtener su rehabilitacin socia lo resocializacin. Conceder al"tratamiento penitenciario" un alcance diferente al que acabamos de sealar, seradesconocer el origen y la asimilacin que histricamente siempre ha mantenido esaexpresin. (Sandoval Huertas, 1998, p. 317).

    Asimismo tenemos otros conceptos de tratamiento que resulta muy ilustrativosealarlos a continuacin:Son todos aquellos mtodos o frmulas que confan esencialmente en eltratamiento de los delincuentes mediante la constitucin de comunidades cerradas oparciales y slo eventualmente de apertura a la sociedad total, independientementede la clasificacin de establecimientos que se adopte. Esto es, que tratase deestablecimientos cerrados (seguridad mxima), semiabiertos (seguridad media), oabiertos (seguridad mnima), el hecho sociolgico es que los individuos cumplen lasentencia impuesta situados artificialmente en un medio formalmente homogneode condenados y respondiendo a una disciplina que lejos de provenir del "cuerposocial" como una totalidad espontnea y libremente, responde a los criterios de ungrupo directivo cuya direccin dura en tanto en cuanto dura la condena. (Villalba yCasalda, 1968, p. 104)

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  • 3. Criminologa. Objetivos y finalidades deltratamiento penitenciario [http://www.mailxmail.com/...ario/criminologia-objetivos-finalidades-tratamiento-penitenciario]Objetivos o finalidades del tratamiento penitenciarioEl tratamiento penitenciario clnico-criminolgico tiene los siguientes objetivos:- El tratamiento clnico-criminolgico tiende a que el paciente interno se conozca ycomprenda su conducta delictiva como conductas autodestructivas de marginacin ydesintegracin de la personalidad. - El tratamiento es respecto al paciente- interno, a su lento y difcil proceso derehabilitacin.- El tratamiento tiene por objeto que el delincuente "modifique" sus conductasagresivas y antisociales, haga consciente sus procesos patolgicos de destruccinhacia los dems hacia s mismo que l ha utilizado en la conducta delictiva.- Que adquiera concienciad el dao causado a los dems, as mismo a la familiar y asu medio social. Esta comprensin implicar la atenuacin de la agresividad.- La sensibilizacin en cuanto a su afectividad. El hecho que un apersona agreda ose autoagreda es indicio y sntoma de que existen aspectos muy patolgicos en supersonalidad, en especial con relacin a las dems personas, a su comunicacin.- Favorecer las relaciones interpersonales sanas y estables es otro de los objetivosfundamentales en el tratamiento penitenciario. El hombre que comete un delito hatenido por lo general una honda conflictiva a nivel de las relaciones interpersonales,una conflictiva en su ncleo familiar, con la figura de autoridad. Existe unadesconfianza en sus relaciones interpersonales como consecuencia de la conflictivabsica del delincuente.- Es necesario que a travs del tratamiento el paciente interno pueda canalizar susimpulsos agresivos y tambin pueda verbalizarlos. La psicoterapia, la laborterapia,el estudio, la religin, el creer en algo son medios que permiten no slo la descargad e los impulsos y tendencias agresivas sino que permiten la verbalizacin yatenuacin de los problemas. Esta canalizacin la realiza el paciente-internotambin a travs de los programas de actividad, del trabajo dirigido en funcin deltratamiento. Las actividades pedaggicas deportivas, las actividades culturales,teatro, baile folklrico, msica, que permitirn la expresin y proyeccin delindividuo.

    - El objetivo del tratamiento penitenciario no es adaptacin a la crcel, a la familia oel medio social, sino es transformacin en el proceso de comunicacin entre elinterno-delincuente y su medio. El terapeuta ayuda en esa transformacin de lacomunicacin para que el individuo no se comunique a travs de la violencia.- No se concibe el tratamiento penitenciario sin un enfoque existencial, del modode vida, del respeto a s mismo que debe tener el individuo y del respeto hacia losdems.- Implica, el tratamiento, un replanteamiento de los valores humanos.5

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  • - El tratamiento es individualizacin, es el conocimiento de la situacin existencialde un hombre con una conflictiva social.

    - En el tratamiento se debe tener conciencia de las dificultades que representa elcomprender la situacin existencial del "otro" de sus conductas violentas ydestructivas. Asimismo las dificultades que plantea, en la mayora de los casos elncleo familiar del delincuente rechazante y sin brindar ayuda al interno. Si el ncleofamiliar primario (madre, padre) lo ha abandonado el tratamiento debe plantear lossustitutos para la asistencia del individuo solo, aislado sino en comunicacinpermanente con su medio social. (Marchiori, 1989, p. 116-117)

    Por otro lado en el tratamiento penitenciario su finalidad declarada consiste en laresocializacin o readaptacin social del condenado. (Sandoval Huertas, 1998,p.317.)

    Asimismo se ha sostenido en forma reciente que para satisfacer la finalidad deltratamiento no es suficiente el tratamiento institucional, sino que es importante elempleo de otros mecanismos. El tratamiento carcelario no puede ser apreciado como la nica solucin delproblema carcelario. La ayuda para la modificacin del comportamiento del penadono es ms que un aparte del problema. La transformacin de las relaciones fuera dela prisin, aquellas que se dan en el mundo social del penado, la actitud de lasociedad, de los empleadores y de las dems personas, es la otra cara del problema.Ambos aspectos debe ir de la mano. El tratamiento, por tanto, no puede serconsiderado como nico medio para la reinsercin social del penado. ( Kaufmann,1979, p. 64.)

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  • 4. Criminologa. Tipos de tratamiento penitenciario[http://www.mailxmail.com/...ologia-penitenciario/criminologia-tipos-tratamiento-penitenciario]Tipos de tratamientoEn la institucin penitenciaria se puede hacer mencin a tres tipos de tratamiento:Individual. Grupal. Institucional - Estos tres niveles de tratamiento estn ntimamente interrelacionados, ya queimplican el conocimiento de la situacin particular en la que se encuentra elindividuo, su delito, su historia; en una segunda consideracin se refiere a lasactividades que realiza ese individuo con otras personas, dentro de la institucinpenitenciaria, sus actividades de grupo, teraputico, actividades laborales,educativas, sus relaciones con el grupo familiar y por ltimo los objetivosinstitucionales de tratamiento que influirn en el individuo y ste a su vez en lascaractersticas de la institucin. (Marchiori, 1989, p. 118)

    Tratamiento individual

    El tratamiento individual parte de un amplio y cuidadoso estudio de diagnstico.El tratamiento individual debe tener en cuenta la edad del individuo, el delitorealizado, los antecedentes policiales y penales, el nivel educacional, las tareas,trabajo o profesin, el ncleo familiar, las caractersticas de personalidad delinterno. (Marchiori, 1989, p. 118)

    Tratamiento grupal

    En el tratamiento de grupo en una institucin penitenciaria se incluyen lossiguientes:Psicoterapia de grupo. Tratamiento del grupo familiar. Tratamiento en el grupoescolar-pedaggico. Tratamiento en el grupo laboral. Actividadesculturales-artsticas Actividades deportivas.- Psicoterapia de grupo

    A travs de la psicoterapia de grupo se intenta explicar la variedad, complejidad ydinmica de las relaciones interpersonales, que proyecta los comportamientosmanifiestos, as como las motivaciones subyacentes. A travs del grupo los internospueden verbalizar sus conflictos y mejorar las relaciones interpersonales que estndeterioradas en individuos con una problemtica social. (Marchiori, 1989, p. 118)

    - Tratamiento del grupo familiar

    La deteccin de la problemtica familiar del interno, es decir del conocimiento delas relaciones interpersonales del grupo familiar permiten el tratamiento del internoy del grupo familiar.El tratamiento al grupo familiar comprende bsicamente:- Conciencia por parte del ncleo familiar de la problemtica de la situacin en laque se encuentra el interno.

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  • - Conciencia de los procesos que han llevado a un miembro de la familia a laconducta delictiva.

    - Asistencia a la visita familiar penitenciaria como parte importante de lacomunicacin interno-familia.- Orientacin y explicacin a miembros de la familia del tratamiento individual quese lleva con el interno.

    - Explicacin a los miembros de la familia del tratamiento educativo, mdico,Psicolgico y de laborterapia, que desarrolla el interno.- Orientacin a la familia con relacin a problemas victimolgicos de acuerdoa medidas preventivas. (Marchiori, 1989, p. 163)

    - Tratamiento del grupo escolar-pedaggico

    La Asociacin Americana de Prisiones distingue cuatro fases en la educacin de losinternos:

    La Escuela acadmica a partir del nivel de alfabetizacin, abarca enseanza primariay secundaria bsica. Incluye cursos acadmicos adecuados a nivel medio de losinternos e instruccin general y tcnica. Cursos por correspondencia y televisinque puedan ser seguidos por los internos y supervisados por maestros de lainstitucin. Ejemplo: idioma. Enseanza vocacional de oficios y profesiones, esdecir laboral. Ejemplo: electricidad, mecnica. (Marchiori, 1989, p. 168)

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  • 5. Criminologa. Elementos penitenciarios[http://www.mailxmail.com/...-criminologia-penitenciario/criminologia-elementos-penitenciarios]Elementos penitenciariosEl personal penitenciario

    Bajo este rubro se agrupa el conjunto de personas que trabajan para laadministracin penitenciaria en la ejecucin de penas privativas de libertad. Supresunta importancia ha sido destacada desde la perspectiva resocializante.(Sandoval Huertas, 1998, p. 320).

    El funcionario en la prisin es el agente ms importante para conseguir su reforma.Ni los programas de tratamiento ms progresivos, ni los establecimientos msperfectos, pueden operar una mejora del recluso, sin un personal a la altura de sumisin. (Garca, 1978, p.73).

    La observacin y la clasificacin penitenciaria

    Conforme a la tesis resocializante, la ejecucin de una pena privativa de libertaddebe iniciarse como un perodo de aislamiento durante el cual el sentenciado sersometido a observacin por parte de los funcionarios administrativos y con base enlos resultados que as se obtengan, se le clasificar. (Sandoval Huertas, 1998, p.328)

    El trabajo penitenciario

    El trabajo ejecutado por los sentenciados ha experimentado una aparentementesignificativa evolucin a lo largo de las distintas etapas de la sancin penal. Es ascomo en la fase retribucionista o expiacionista o de explotacin oficial del trabajodel recluso, el esfuerzo laboral de los condenados constitua el fin y objetivo haciala cual orientabanse directamente las medidas directamente las medidas penales, yaque mediante las instituciones propias de esta fase procurbanse expresa oinmediatamente la expoliacin del trabajo del recluso. Pero a partir de la etapacorrelacionalista y con mayor razn la fase resocializante, el trabajo penitenciarioconvirtese tericamente en un medio que a la obtencin de un fin an msostensible, si se toma en consideracin que las penas contemporneas afectan tendencialmente la libertad individual, en tanto que las del perodo inicialmentenombrado era en esencias sanciones entre el derecho del usufructuario, el trabajopersonal y solo accesoriamente para mejor permitir la explotacin laboral,implicaban privacin de libertad. (Sandoval Huertas, 1998, p. 328)

    La educacin

    La educacin penitenciaria, menospreciada por parte del discurso resocializante nocontribuye ni puede contribuir a la funcin declarada de readaptacin social. Peroeste tampoco implica que nos hallemos en la instruccin o educacin de lossentenciados ningn efecto plausible. Especialmente y de manera anloga y como loexpusimos en su momento, respecto del trabajo penitenciario, considera que elproceso de aprendizaje en su prisin es una forma buena forma de evitar lasnegativas consecuencias del ocio; que la instruccin acadmica pueda impedir a losefectos de la a privacin de libertad sean peores. (Sandoval Huertas, 1998, p. 349)

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  • El gobierno interno de la institucin

    El discurso resocializante considera que tambin el gobierno interno de la prisindebe constituirse en elementos del tratamiento penitenciario. En efecto desde losprimeros intentos de utilizacin, la privacin de libertad como instrumento paracondicionar el comportamiento futuro de los sentenciados concretamente en losregmenes pensilvnico o filadelfico y auburniano, mencionbanse la disciplinapenitenciaria como uno de los factores que haban de contribuir a la correccin delos condenados que para entonces constituan la principal finalidad declarada de lapena. (Sandoval Huertas, 1998, p. 349)

    La relacin con el exterior

    Ciertamente el asunto de la relacin con el exterior constituye uno de los aspectosbsicos de la teora resocializante, por cuanto resultara absolutamentecontradictorio, que para pretender la reincorporacin social del infractor semantiene el aislamiento total propio de las fases precedentes; ello equivaldra entrminos de lgica elemental, a la misma situacin conocida fbula, cuyo personajepretende aprender a nadar sin entrar al agua. En tal virtud, la tesis deresocializacin ha venido propugnando [...] la superacin parcial del aislamiento delsentenciado, a travs de espordicos contactos con personas del exterior. (SandovalHuertas, 1998, p. 356)

    La asistencia post-penitenciaria

    Al recuperarse su libertad, el sentenciado prematuramente se enfrenta a la difciltarea de incorporarse o retornar a las actividades lcitas. Dicha situacin empero noes experimentada necesariamente por todos los ex reclusos, ya que mucho de ellosni siquiera intentan obtener una ocupacin lcita, sino que retoman directamente alas actividades antijurdicas. Pero el discurso resocializante, suponiendofingidamente que todos los liberados o por los menos la inmensa mayora de estos,si pretenden conseguir medios de vida no delictivos, ofrecen ayudarlos en esaaspiracin, mediante la institucin denominada "asistencia post-penitenciaria" o"patronato de liberados".

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  • 6. Criminologa. Crticas al tratamiento[http://www.mailxmail.com/...urso-criminologia-penitenciario/criminologia-criticas-tratamiento]Crticas al tratamiento penitenciario

    El tratamiento penitenciario ha sido objeto de crticas por parte de todas lasdoctrinas.

    Resumamos estas posiciones:1) La postura ms clsica reprocha el tratamiento porque ste desvirta la esenciade la pena, ya que esta debe ser entendida como castigo y con aquel no se consiguela intimidacin y por lo tanto, la prevencin general.2) Desde la postura ms liberal, se ataca la legitimidad del tratamiento porpretender en una manipulacin de la personalidad, y a veces, por imponerse deforma coactiva con lo cual viola determinados derechos humanos. Tambin estapostura manifiesta que no se pueden imponer a los internos unos determinadosvalores, los de la mayora, claro est. Y para finalizar, considera que el tratamientoes indeterminado y as se opone a la pena, que debe ser totalmente determinada.3) La crtica anarquista, rechaza totalmente el tratamiento, ya que rechaza laprisin y todo lo que ella conlleva. 4) Desde la posicin crtico-marxista, se entiende que la pena de prisin es uninvento burgus. Se atribuye al tratamiento el ser una manipulacin ilegalantidemocrtica de la personalidad. Sin embargo, el sistema marxista acabautilizando la prisin para este fin.Otras crticas procedentes de diferentes teoras penales y penitenciarias hanindicado:

    a) El tratamiento es usado para controlar de modo ms refinado la conducta de lospresos (Modelo de Justicia)b) Las prisiones no constituyen el medio adecuado para modificar la conductadelictiva (defensores del tratamiento en comunidad)c) El tratamiento es ineficaz para la reinsercin social.Pero todas estas crticas pueden ser contraatacadas con los argumentos quetenemos en nuestra legislacin penitenciaria:1) Si la resocializacin se entiende en sentido mnimo y no como imposicin de losvalores de la mayora dominante. Es decir, se pretende ofrecer al interno solucionesa las deficiencias personales y ambientales que hayan motivado su capacidadcriminal o inadaptabilidad social, para que cuando sea puesto en libertad no vuelvaa delinquir sin importar los valores personales o sociales del sujeto. 2) Se da opcin al penado para elegir libremente si quiere o no someterse altratamiento penitenciario. Existen garantas jurdicas que permiten al internoreclamar contra la imposicin del tratamiento.3) La pena privativa de libertad en nuestro pas tiene como finalidad principal larehabilitacin del delincuente para que no vuelva a delinquir (prevencin especial)

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  • rehabilitacin del delincuente para que no vuelva a delinquir (prevencin especial)pero no cabe duda que tambin cumple otro objetivo: la intimidacin (prevencingeneral), entendindola en cierta forma como castigo o retribucin cuando sedelinque.4) Es cierto que la prisin no debera existir, pero tambin lo es el que legalmenteexiste, al igual que el tratamiento, como decamos anteriormente.5) Quiz la prisin no es sitio adecuado para conseguir la rehabilitacin deldelincuente, pero es uno de los marcos donde se debe desarrollar el mismo, con susventajas e inconvenientes. Ya sabemos que estos ltimos son numerosos, perotambin por desgracia, a veces, hasta que la persona no ingresa en prisin, nopuede recibir "ayuda" para superar las carencias que le llevaron a delinquir. Essalvando las diferencias, como el enfermo que hasta no ingresa en un hospital no sedetectan sus patologas y la forma de curarlas.

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  • 7. Criminologa. Rgimen o sistema progresivo[http://www.mailxmail.com/...riminologia-penitenciario/criminologia-regimen-sistema-progresivo]Rgimen o sistema progresivo

    El tratamiento penitenciario tiene como rasgos caractersticos la progresividad y el sentidotcnico. (Garca, 1975, p.120).

    El primero de tales elementos constituido sobre el supuesto que la resocializacin delsentenciado no puede obtenerse mediante una accin uniforme sino a travs de sucesivasetapas conforme evoluciona el individuo adquiriendo su mxima concrecin en stergimen. (Sandoval Huertas, 1998, p. 120).

    El concepto de progresividad se predic no solamente de los establecimientos de sancinpenal, sin oque alcanz tambin a las instituciones para "enfermos mentales" (entoncesrecin separados de los "delincuentes") en las cuales se aplica a travs del sistema de"salas". (Goffmann, 1972, p.249).

    Pero solo durante la fase resocializadora, cuando la pretensin cientfica llega ad ominar laejecucin de las penas contra la libertad individual, la progresividad, en cuanto parte deesa pretensin, se convierte en concepto predominantemente y aparecen instituciones quejustifican con fundamento en l.En el sistema progresivo, la tendencia genera les utilizar tres a cuatro perodos, el ltimodel cual se puede superar un rgimen prximo a la libertad.

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  • 8. Criminologa. Rgimen all" aperto[http://www.mailxmail.com/...curso-criminologia-penitenciario/criminologia-regimen-all-aperto]Rgimen all" aperto

    La primera legislacin que sta clase de institucin, fue precisamente el CdigoPenal Italiano de 1898, aunque ya haban existido algunas experiencias de la mismanaturaleza en Alemania, Dinamarca y Suiza. (Neuman, 1971, p. 159-160).

    Como lo indica la expresin italiana que usualmente se utiliza para denominarla,sta institucin consiste en establecimientos para trabajo de los sentenciados,situado al aire libre, esto es fuera de los tradicionales muros de la prisin. Y puedeser la ltima fase de un rgimen progresivo o bien una institucin autnoma. (Sandoval Huertas, 1998, p. 124.)(Sandoval Huertas, 1998, p. 124.)

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  • 9. Prisin abierta[http://www.mailxmail.com/curso-criminologia-penitenciario/prision-abierta]Prisin abierta

    Es un sistema donde se caracteriza la ausencia absoluta de obstculos naturales ofsicos contra las evasiones y posee un rgimen disciplinario aceptado por losreclusos.

    La ltima creacin en materia de penas punitivas de libertad, a pesar que suelaboracin ha sido mucho ms terica que prctica lo constituye la denominada"prisin abierta". Los mismos defensores de la funcin resocializadora lo presentancomo la experiencia para alcanzar dicha finalidad. (Sandoval Huertas, 1998, p. 126.)

    No se ha agotado todava la posibilidad del experimento, solo unos pocos reclusosrequieren las celdas y muros para guardarlos. Y las celdas ameritan fuertemente elaislamiento de la prisin que impiden la reeducacin y la preservacin de aquelloslazos que son tan frecuentemente determinantes de conformismo social.El establecimiento abierto es una diversificacin muy prometedora del rgimen deprisin. (Morris, 1972. p.28).

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  • 10. Criminologa. Diferencia y semejanza entre el sistemaprogresivo y el rgimen all[http://www.mailxmail.com/.../criminologia-diferencia-semejanza-sistema-progresivo-regimen-all] Diferencia y semejanza entre el sistema progresivo y el rgimen all" aperto.Diferencia:

    Sistema progresivo: el sentenciado no sale del os muros de la prisin y es sometido auntrato penitenciario.En el rgimen all aperto, el sentenciado sale los muros de las prisiones y es objeto detratamiento penitenciario.Semejanza:

    El rgimen all aperto

    puede representar la ltima fase del sistema progresivo.

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  • 11. Criminologa. Diferencia y semejanza entre el sistemaprogresivo y la prisin abierta[http://www.mailxmail.com/...minologia-diferencia-semejanza-sistema-progresivo-prision-abierta]Diferencia y semejanza entre el sistema progresivo y la prisin abiertaDiferencia:

    Sistema progresivo: existencia de obstculos naturales o fsicos contra las evasiones.

    En el rgimen all aperto, se da la inexistencia de obstculos naturales o fsicos contra lasevasiones.

    Semejanza:

    Constituye la ltima fase del rgimen progresivo y a ella llegan los condenados que han superado exitosamente las diversas etapas o perodos.

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  • 12. Criminologa. El sistema progresivo en Costa Rica[http://www.mailxmail.com/...inologia-penitenciario/criminologia-sistema-progresivo-costa-rica]Antecedentes histricos

    Se ha sostenido que el modelo progresivo fue importado por el Dr. GerardoRodrguez Echeverra a su llegada de Espaa, luego de haber concluido sus estudiosde Doctorado en Psicologa. En la dcada de los aos setentas en Costa Rica vive un clima de reformas a nivelpenal y penitenciario, las cuales se materializaron a nivel penal con la promulgacindel Cdigo Penal en 1971 y el Cdigo de Procedimientos Penales en 1973 y a nivelpenitenciario con la fundacin del Centro Penitenciario "La Reforma", por medio dela emisin del Reglamento del Centro de Adaptacin Social "La Reforma" y lacreacin de su estructura bsica para su funcionamiento. El Centro Penal enprincipio fue concebido como una especie de modelo piloto bajo el sistemaprogresivo de tratamiento y se estableci para ser aplicado al resto de la poblacinnacional, sea varones adultos y proyectado a los otros sectores como mujeresadultas y menores de edad de ambos sexos. (Arroyo, 1995, p. 160). Definicin

    Consiste en un tipo de tratamiento que iba a ser abordado por diferentes reas deatencin dependiendo las caractersticas personales y psicolgicas del individuo. Seimplantaron reas de drogadiccin, de trabajo, educacin, de atencin, psicologa,de convivencia, entre otros. Al individuo se le hace un abordaje de ingreso, se leentrevista y con el resultado de la entrevista se lea signa las reas de atencin. Laprogresividad consiste en que el privado debe pasar varias etapas para obtener laresocializacin y dependiendo como va evolucionando el privado de libertad en sutratamiento y as va pasando de etapas. (F.Sand, comunicacin personal, 25 demarzo de 2008).

    La progresividad va a determinar desde el punto de vista de las valoraciones y que elprivado de libertad pasa por varias etapas en aras de ir resocializndose. (R.Villalobos, comunicacin personal, 4 de abril de 2008.)

    Caractersticas

    Entre las caractersticas ms importantes en este sistema, se destacan las siguientes:Se busca en forma gradual la incorporacin del privado de libertad a la sociedad,teniendo la oportunidad de obtener su liberta dantes del perodo establecido en lasentencia condenatoria. Se acenta el carcter o fin rehabilitador de la pena porencima de la finalidad retributiva o de castigo que tena la pena en pocasanteriores. Se le proporciona un tratamiento individualizado por medio de lacapacitacin a nivel educativo y laboral con la finalidad de lograr su reincorporacina la sociedad. El privado de libertad tiene la posibilidad de lograr avances haciaetapas cada vez ms abiertas previa determinacin de un equipo tcnicointerdisciplinario establezca el grado de rehabilitacin durante el avance de cadauna de las etapas. Se propone la divisin del tiempo de la condena en fases, etapaso perodos. En sntesis, el sistema progresivo se origina en el convencimiento del sujeto de que

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  • la motivacin del sujeto es fundamental y permite, si se la favorece, un proceso deadaptacin social activo y permanente. (Rodrguez, 1978, p.163-164).

    Causas que produjeron la cada del sistema progresivo

    Entre las causas que produjeron el resquebrajamiento del sistema progresivo, sedestacan las siguientes:Decaimiento y desinters en la gestin de los cuerpos tcnicos. La inseguridadcreciente y la falta de control efectivo sobre la poblacin penitenciaria. Falta decoordinacin entre instancias y organismos y la ausencia de controles internos en laejecucin de las decisiones, provoc la desintegracin del sistema penitenciario. Enla dcada de los ochenta el rgimen penitenciario costarricense empez a tenerrestricciones y recortes presupuestarios que vinieron a producir deterioro en susinstalaciones, programas y funcionamiento. Una marcada degradacin de lascondiciones generales de vida los privados de libertad, situacin que se agrav conel crecimiento de los niveles de violencia intracarcelaria por medio de homicidios,suicidios, rias entre otros.

    Cuestionamiento terico del sistema progresivo y el tratamiento como abordajeclnico. La mecanizacin del sistema, en dnde los internos se ubicaban en formargida y eran sometidos a evaluaciones no acorde con un autntico proyecto denaturaleza tcnica. El tratamiento cientfico haba sido sustituido por la buena,aparente o real conducta, teniendo como base para la promocin la partedisciplinaria y ello producindose una desnaturalizacin del sistema como tal. Seabandonaron las concepciones tradicionales del trabajo carcelario, calificados depseudotrabajo, por las condiciones laborales devaluadas respecto del trabajo enlibertad, salarios despreciables, entre otros. (Arroyo, 1995, p. 163-165)

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  • 13. Criminologa. El Plan de Desarrollo Institucional(P.D.I)[http://www.mailxmail.com/...ogia-penitenciario/criminologia-plan-desarrollo-institucional-pdi]Origen

    El Plan de Desarrollo institucional (P.D.I) surgi a partir de lao 1990,producto de lacada o deterioro del sistema progresivo, aunado a algunos lineamientos dados porla Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de carcter vinculante,provocaron la bsqueda y creacin de un nuevo modelo penitenciario.Definicin

    Se define como un conjunto o marco normativo de naturaleza penitenciaria que leconfera al privado de libertad una serie de garantas jurdicas y procesales en elmarco de los derechos humanos y que constitua una nueva organizacin yfuncionamiento de las estrategias penitenciarias en Costa Rica. Fundamento normativo

    El fundamento normativo se encuentra en los Decretos Ejecutivos No 22198-J del 22de febrero de 1993, que constituye el "Reglamento Orgnico y Operativo de laDireccin General de Adaptacin Social" publicado en la Gaceta No 104 del 1 dejunio de 1993, en el Reglamento de Derechos y Deberes de los Privados de Libertad,publicado en la Gaceta No 103 del 31 de mayo de 1993. Estructura

    El Plan de Desarrollo Institucional se estructura en los siguientes niveles:1) Institucional.2) Semi-institucional. 3) Atencin en comunidad.4) Atencin a nios y adolescentes. Nivel de Atencin Institucional

    Se aplican a aquellos privados de libertad (sentenciados) que requieren decontencin fsica por medio de barrotes, muros, puertas y personal de seguridadarmado.

    Criterios de aplicacin

    Los criterios para la ubicacin en el nivel de atencin institucional son tres:1- Proteger a la sociedad de aquellos sujetos que constituye una serie amenaza.2- Recluir en medios cerrados a quienes presentan conductas que socialmenteson muy reprochables o que daan valores fundamentales.3- Contener apersonas que deliberadamente optan por no someterse al plan deatencin que se les propone.

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  • Fases

    Este nivel est compuesto en tres fases a saber:Fase de ingreso: se realiza un anlisis de la legalidad de su detencin, se entrevista,se filia, lo anterior para efectos de ubicacin.

    Fase de acompaamiento: se le da seguimiento en las diversas reas donde fueubicado.

    Fase de ingreso: se refiere a todo lo concerniente al cumplimiento de lapena y su libertad.

    Centros

    El nivel de atencin institucional se compone de los siguientes centros:- C.A.I La Reforma.- C.A.I. Dr. Gerardo Rodrguez Echeverra.- C.A.I. Cartago.- C.A.I. San Carlos.- C.A.I. Liberia.- C.A.I. Puntarenas.- C.A.I. Limn.Nivel de Atencin Semi-institucional

    Es la continuacin del nivel institucional, con un sistema o rgimen de contencinsemi-cerrado

    Criterios de aplicacin

    Los criterios para la ubicacin del privado de libertad son bsicamente tres:Capacidad convivencial del condenado con respecto a funcionarios, compaeros yen la eventual comunidad de residencia. Posibilidad real de desempearselaboralmemte en la empresa privada o en instituciones estatales. Posibilidad de contar con una familia o sustituto de manera que el privado delibertad tenga facilidad para su incorporacin al medio. (Arroyo, 1995. p. 180)

    Fases

    Se tienen tres fases a saber:Fase de ingreso: se realiza una valoracin de las recomendaciones que vienen delnivel institucional, se define el plan de atencin tcnica para cada privado delibertad y se va valorando su evolucin. Fase de acompaamiento: se implementa elplan de atencin, en las reas de capacitacin, laboral, comunitaria, convivenciaentre otros. Fase de egreso: referente a la libertad del privado de libertad por mediode orden judicial o cumplimiento de la sentencia.

    En la actualidad, existen los siguientes centros de atencin semi-institucional:- Gupiles.- Nicoya.

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  • - San Luis de Santo Domingo.- San Agustn de Heredia.- Guadalupe, San Jos.Nivel de atencin en comunidad

    Es un nivel totalmente abierto, no hay crcel, ni centro de contencin alguno. Lacrcel se ha "diluido" en la comunidad. (Arroyo, 1995, p. 182).

    Criterios de aplicacin

    A continuacin se expondrn los siguientes criterios que generan la aplicacin deste nivel:1. El grado de aceptacin comunitaria: debe funcionar en un medio que le permita alprivado de libertad su adaptacin social. 2. El condenado debe conocer aprovechar los servicios que le proporciona lacomunidad para facilitar su reincorporacin social.Fases

    Este nivel al igual que los niveles institucional y semi-institucional se componen detres fases:

    Ingreso, acompaamiento y egreso. Lo importante es que en ste nivel recobra sucondicin de ser humano, de manera que ste preparado para su incorporacin a lasociedad.

    Nivel de atencin a nios y adolescentes

    Este nivel tiene como objetivo socializar y orientar a menores de edad infractores.

    Estructuracin

    Este nivel est estructurado de la siguiente forma::a. Subnivel de ingreso y referencia: es una especie de albergue dnde se produce elingreso provisional de personas menores de edad. b. Sub-nivel institucional: ingreso de todos los menores de edad remitidos por laautoridad competente. Aqu se establece la atencin del menor de edad en las reasde violencia, convivencia, drogadiccin, convivencia, entre otros, segn el caso.c. Sub-nivel semi-institucional: no se aplica en la prctica.d. Sub-nivel comunitario: se fomenta las potencialidades de las personas menoresde edad en el campo educativo y laboral.

    Fases

    Al igual que los anteriores niveles, consta de tres fases:Ingreso: anlisis de la legalidad de la detencin, as como el estado psquico y fsicodel menor de edad.Acompaamiento: se refuerzan los valores en las reas de necesidad.

    Egreso:aspectos atinentes a las decisiones judiciales.

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  • 14. Literatura consultada[http://www.mailxmail.com/curso-criminologia-penitenciario/literatura-consultada]Literatura consultada

    Arroyo, J.M (1995) El sistema penal ante el dilema de sus alternativas. San Jos,Costa Rica, Colegio de Abogados.Canestri, F (1980) Hacia una concepcin global de la justicia penal. En cienciasdel delito (estudios varios en homenajea Tulio Chioossone) U. Central de Venezuela,Caracas.Garca, S (1975) La prisin. FCE, Mxico.Goffman, E (1972) Internados. Ensayos sobre la situacin social de los enfermosmentales), Amorrotu, trad. M.A. Oyuela de Grant, 2 ed, Buenos Aires, Argentina.Kaufmann, H (1979) Principios para la reforma de la ejecucin penal. Depalma,Buenos Aires, Argentina.Morris, N (1972) La evolucin de la prisin. Penologa, (textos para su estudio),Ministerio de Justicia de Venezuela y U. de Carabobo.Neuman, E (1971) Evolucin de la pena privativa de libertad y regmenescarcelarios. Pannedille, Buenos Aires, Argentina. Rodrguez, G (1978) Sistema progresivo en el tratamiento penitenciario. Ensistema de tratamiento y capacitacin penitenciarias; Instituto Latinoamericano delas Naciones Unidas para la prevencin del delito y tratamiento del delincuente, SanJos, Costa Rica.Villalba, C y Casalda H (1968) Prisiones y conducta. Universidad Central deVenezuela, Caracas.Entrevistas

    - Lic. Fredy Sand, Juez de Ejecucin de la Pena de San Jose, entrevista, 25 de marzode 2008.

    - Lic. Reynaldo Villalobos. Sub-director general de la Direccin General deAdaptacin Social, entrevista personal, 4 de abril de 2008.- Lic. Manual Molina Brenes, miembro del Instituto de Criminologa y jefe nacionalde psicologa en el Sistema Penitenciario.Leyes y decretos

    - Ley General de Adaptacin Social. Ley No 4762 del 8 de mayo de 1971.- Decreto Ejecutivo No 33876-J del 11 de julio de 2007 "Reglamento Tcnico delSistema Penitenciario".

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    Presentacin del curso1. Criminologa. Evolucin histrica2. Criminologa. Definicin3. Criminologa. Objetivos y finalidades del tratamiento penitenciario 4. Criminologa. Tipos de tratamiento penitenciario5. Criminologa. Elementos penitenciarios6. Criminologa. Crticas al tratamiento7. Criminologa. Rgimen o sistema progresivo8. Criminologa. Rgimen all" aperto9. Prisin abierta10. Criminologa. Diferencia y semejanza entre el sistema progresivo y el rgimen all11. Criminologa. Diferencia y semejanza entre el sistema progresivo y la prisin abierta12. Criminologa. El sistema progresivo en Costa Rica13. Criminologa. El Plan de Desarrollo Institucional (P.D.I)14. Literatura consultada