Creacion de pymes

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UNIVERSIDAD ESTATAL PENÍNSULA DE SANTA ELENA SERVICIO DE RENTAS INTERNAS (SRI) El Servicio de Rentas Internas (SRI) es una entidad técnica y autónoma que tiene la responsabilidad de recaudar los tributos internos establecidos por Ley mediante la aplicación de la normativa vigente. Su finalidad es la de consolidar la cultura tributaria en el país a efectos de incrementar sostenidamente el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes. NUESTRO MANDATO Y COMPROMISO Promover y exigir el cumplimiento de las obligaciones tributarias, en el marco de principios éticos y legales, para asegurar una efectiva recaudación que fomente la cohesión social. NUESTRA ASPIRACIÓN Ser una Institución que goza de confianza y reconocimiento social por hacerle bien al país. Hacer bien al país por nuestra transparencia, modernidad, cercanía y respeto a los derechos de los ciudadanos y contribuyentes. Hacer bien al país porque contamos con funcionarios competentes, honestos, comprometidos y motivados. Hacer bien al país por cumplir a cabalidad la gestión tributaria, disminuyendo significativamente la evasión, elusión y fraude fiscal. OBJETIVOS INSTITUCIONALES

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SERVICIO DE RENTAS INTERNAS (SRI)

El Servicio de Rentas Internas (SRI) es una entidad técnica y autónoma que tiene

la responsabilidad de recaudar los tributos internos establecidos por Ley mediante

la aplicación de la normativa vigente. Su finalidad es la de consolidar la cultura

tributaria en el país a efectos de incrementar sostenidamente el cumplimiento

voluntario de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes.

NUESTRO MANDATO Y COMPROMISO

Promover y exigir el cumplimiento de las obligaciones tributarias, en el marco de

principios éticos y legales, para asegurar una efectiva recaudación que fomente

la cohesión social.

NUESTRA ASPIRACIÓN

Ser una Institución que goza de confianza y reconocimiento social por

hacerle bien al país.

Hacer bien al país por nuestra transparencia, modernidad, cercanía y

respeto a los derechos de los ciudadanos y contribuyentes.

Hacer bien al país porque contamos con funcionarios competentes,

honestos, comprometidos y motivados.

Hacer bien al país por cumplir a cabalidad la gestión tributaria,

disminuyendo significativamente la evasión, elusión y fraude fiscal.

OBJETIVOS INSTITUCIONALES

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PRESENCIA INSTITUCIONAL

El SRI tiene cobertura a nivel nacional con oficinas en todas las provincias del país.

REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES ( RUC )

Como primer paso, para identificar a los ciudadanos frente a la Administración

Tributaria, se implementó el Registro Único de Contribuyentes (RUC), cuya función

es registrar e identificar a los contribuyentes con fines impositivos y proporcionar

información a la Administración Tributaria.

El RUC corresponde a un número de identificación para todas las personas

naturales y sociedades que realicen alguna actividad económica en el Ecuador,

en forma permanente u ocasional o que sean titulares de bienes o derechos por

los cuales deban pagar impuestos.

El número de registro está compuesto por trece números y su composición varía

según el Tipo de Contribuyente.

El RUC registra información relativa al contribuyente como por ejemplo: la

dirección de la matriz y sus establecimientos donde realiza la actividad

económica, la descripción de las actividades económicas que lleva a cabo, las

obligaciones tributarias que se derivan de aquellas, entre otras.

Las actividades económicas asignadas a un contribuyente se determinan

conforme el clasificador de actividades CIIU (Clasificador Internacional Industrial

Único).

¿QUIÉNES SON LAS PERSONAS NATURALES?

Son todas las personas, nacionales o extranjeras, que realizan actividades

económicas lícitas.

Las personas naturales que realizan alguna actividad económica están obligadas

a inscribirse en el RUC; emitir y entregar comprobantes de venta autorizados por

el SRI por todas sus transacciones y presentar declaraciones de impuestos de

acuerdo a su actividad económica.

Las personas naturales se clasifican en obligadas a llevar contabilidad y no

obligadas a llevar contabilidad. Se encuentran obligadas a llevar contabilidad

todas las personas nacionales y extranjeras que realizan actividades económicas

y que cumplen con las siguientes condiciones: tener ingresos mayores a $ 100.000,

o que inician con un capital propio mayor a $60.000, o sus costos y gastos han

sido mayores a $80.000.

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En estos casos, están obligadas a llevar contabilidad, bajo la responsabilidad y

con la firma de un contador público legalmente autorizado e inscrito en el

Registro Único de Contribuyentes (RUC), por el sistema de partida doble, en

idioma castellano y en dólares de los Estados Unidos.

Las personas que no cumplan con lo anterior, así como los profesionales,

comisionistas, artesanos, y demás trabajadores autónomos (sin título profesional y

no empresarios), no están obligados a llevar contabilidad, sin embargo deberán

llevar un registro de sus ingresos y egresos.

El registro de ventas y compras puede ser realizado bajo el siguiente formato:

Nota: En el casillero de “IVA” debe identificar el valor del impuesto para los casos

que generen 12% de IVA.

Los plazos para presentar las declaraciones y pagar los impuestos se establecen

conforme el noveno dígito del RUC:

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El incumplimiento de las normas vigentes establecidas podrá ser sancionado de

conformidad a lo establecido en el Código Tributario.

REQUISITOS DE ACTUALIZACION DE INFORMACION DE PERSONAS NATURALES Y

SOCIEDADES RUC

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RÉGIMEN IMPOSITIVO SIMPLIFICADO ECUATORIANO ( RISE )

El RISE (siglas de Régimen Impositivo Simplificado Ecuatoriano), es un sistema

impositivo cuyo objetivo es facilitar y simplificar el pago de impuestos de un

determinado sector de contribuyentes.

BENEFICIOS QUE OFRECE EL RISE

a) No necesita hacer declaraciones, por lo tanto se evita los costos por compra

de formularios y contratación de terceras personas, como tramitadores, para el

llenado de los mismos,

b) Se evita que le hagan retenciones de impuestos,

c) Entregar comprobantes de venta simplificados en los cuales solo se llenará

fecha y monto de venta

d) No tendrá obligación de llevar contabilidad,

e) Por cada nuevo trabajador que incorpore a su nómina y que sea afiliado en el

IESS, ud. se podrá descontar un 5% de su cuota, hasta llegar a un máximo del 50%

de descuento.

¿QUIÉNES SE PUEDEN INSCRIBIR EN EL RISE?

Las personas naturales, cuyos ingresos no superen los USD 60,000 dentro de un

período fiscal, es decir entre el 1 de enero hasta el 31 de diciembre.

¿CUÁLES SON LAS CONDICIONES Y REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR UNA PERSONA

QUE QUIERA ACOGERSE AL RISE?

Condiciones:

Ser persona natural

No tener ingresos mayores a USD 60,000 en el año, o si se encuentra bajo

relación de dependencia el ingreso por este concepto no supere la

fracción básica del Impuesto a la Renta gravada con tarifa cero por ciento

(0%) para cada año, para el año 2010 equivale a 8910 USD

No dedicarse a alguna de las actividades excluidas

No haber sido agente de retención durante los últimos 3 años.

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Requisitos:

Presentar el original y copia a color de la cédula de identidad o

ciudadanía.

Presentar el último certificado de votación

Presentar original y copia de una planilla de agua, luz o teléfono, o

contrato de arrendamiento, o comprobante de pago del impuesto predial,

o estado de cuenta bancaria o de tarjeta de crédito (de los 3 últimos

meses).

¿SIRVEN ESTOS COMPROBANTES DE VENTA SIMPLIFICADOS PARA SUSTENTAR

CRÉDITO TRIBUTARIO?

No, ya que el comprobante no desglosa ni registra la tarifa del 12% del IVA. Sin

embargo, estos comprobantes si sirven para sustentar costos y gastos para

deducir el Impuesto a la Renta, siempre y cuando correspondan a los gastos que

establece la Ley y que los documentos emitidos identifiquen al consumidor y se

detalle el bien y/o servicio transferido.

SI TENGO MÁS DE UNA ACTIVIDAD ¿CÓMO DEBO PAGAR MIS CUOTAS?

Al momento de inscribirse en el RUC indicará las actividades que realiza y el nivel

de ingresos que tiene en cada una, de acuerdo a esto Ud. pagará una cuota por

todas sus actividades.

Por ejemplo, una persona natural que tenga un taxi que le genere ingresos

anuales de USD 15,000 y una tienda con ingresos anuales de USD 8,000, debe

pagar una cuota de USD 6 que corresponde a la sumatoria de ambas (USD 3 de

transporte y USD 3 de comercio).

¿CUÁNDO DEBO PAGAR MIS CUOTAS RISE?

Debe cancelarlas mensualmente y en función de su noveno dígito del RUC,

conforme al calendario que puede visualizar en los documentos adjuntos.

Si su fecha de vencimiento cae en fin de semana, Ud. podrá realizar su pago

hasta el siguiente día hábil disponible, siempre que la cuota no esté vencida,

puesto que corren nuevos intereses.

Adicionalmente, el SRI le da la facilidad de cancelar todas sus cuotas una sola

vez, es decir, Ud. puede cancelar por adelantado todas las cuotas que restan del

año en curso. Ud. podrá cancelar sus cuotas en todas las Instituciones Financieras

(Bancos y Cooperativas) que tengan convenio de recaudación con el SRI. El

listado de las mismas se actualiza constantemente, si tiene alguna duda, por favor

llame al 1700-SRI-SRI.

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¿SI ME INSCRIBO EN EL RISE QUE TIPO DE COMPROBANTE DE VENTA DEBO

ENTREGAR?

Un contribuyente RISE entregará comprobantes de venta simplificados, es decir

notas de venta o tiquete de máquina registradora autorizada por el SRI, para los

requisitos de llenado solo deberá registrarse la fecha de la transacción y el monto

total de la venta (no se desglosará el 12% del IVA).

Los documentos emitidos sustentarán costos y gastos siempre que identifiquen al

consumidor y se detalle el bien y/o servicio transferido.

Un contribuyente inscrito en el RISE tiene la obligación de emitir y entregar

comprobantes de venta por transacciones superiores a US$ 12,00, sin embargo a

petición del comprador, estará en la obligación de entregar el comprobante por

cualquier valor.

Al final de las operaciones de cada día, se deberá emitir una nota de venta

resumen por las transacciones realizadas por montos inferiores o iguales a US$

12,00 por lo que no se emitió un comprobante.

¿CUÁNDO DEBO PAGAR MIS CUOTAS RISE?

Debe cancelarlas mensualmente y en función de su noveno dígito del RUC,

conforme al calendario que puede visualizar en la sección RISE

Si su fecha de vencimiento cae en fin de semana, Ud. podrá realizar su pago

hasta el siguiente día hábil disponible, siempre que la cuota no esté vencida,

puesto que corren nuevos intereses.

Adicionalmente, el SRI le da la facilidad de cancelar todas sus cuotas una sola

vez, es decir, Ud. puede cancelar por adelantado todas las cuotas que restan del

año en curso. Ud. podrá cancelar sus cuotas en todas las Instituciones Financieras

(Bancos y Cooperativas) que tengan convenio de recaudación con el SRI. El

listado de las mismas se actualiza constantemente, si tiene alguna duda, por favor

llame al 1700-SRI-SRI.

PERTENEZCO A UNA ASOCIACIÓN DE COMERCIANTES MINORISTAS Y NO SABEMOS

CÓMO CUMPLIR CON NUESTRAS OBLIGACIONES, ¿PODEMOS INSCRIBIRNOS EN EL

RISE?

Es necesario hacer una diferenciación puntual, la asociación como tal no puede

inscribirse en el RISE ya que es una sociedad, por lo tanto, debe mantenerse

inscrita bajo el régimen general; en cambio, cada uno de los socios que sean

personas naturales dedicadas a actividades independientes, si pueden inscribirse

en el RISE.

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IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA)

El Impuesto al Valor Agregado (IVA) grava al valor de la transferencia de dominio

o a la importación de bienes muebles de naturaleza corporal, en todas sus etapas

de comercialización, así como a los derechos de autor, de propiedad industrial y

derechos conexos; y al valor de los servicios prestados. Existen básicamente dos

tarifas para este impuesto que son 12% y tarifa 0%.

Se entiende también como transferencia a la venta de bienes muebles de

naturaleza corporal, que hayan sido recibidos en consignación y el

arrendamiento de éstos con opción de compraventa, incluido el arrendamiento

mercantil, bajo todas sus modalidades; así como al uso o consumo personal de los

bienes muebles.

La base imponible de este impuesto corresponde al valor total de los bienes

muebles de naturaleza corporal que se transfieren o de los servicios que se

presten, calculado sobre la base de sus precios de venta o de prestación del

servicio, que incluyen impuestos, tasas por servicios y demás gastos legalmente

imputables al precio. Del precio así establecido sólo podrán deducirse los valores

correspondientes a descuentos y bonificaciones, al valor de los bienes y envases

devueltos por el comprador y a los intereses y las primas de seguros en las ventas

a plazos.

La base imponible, en las importaciones, es el resultado de sumar al valor CIF los

impuestos, aranceles, tasas, derechos, recargos y otros gastos que figuren en la

declaración de importación y en los demás documentos pertinentes.

En los casos de permuta, de retiro de bienes para uso o consumo personal y de

donaciones, la base imponible será el valor de los bienes, el cual se determinará

en relación a los precios de mercado.

Este impuesto se declara de forma mensual si los bienes que se transfieren o los

servicios que se presten están gravados con tarifa 12%; y de manera semestral

cuando exclusivamente se transfieran bienes o se presten servicios gravados con

tarifa cero o no gravados, así como aquellos que estén sujetos a la retención total

del IVA causado, a menos que sea agente de retención de IVA (cuya

declaración será mensual).

En el caso de importaciones, la liquidación del IVA se efectuará en la declaración

de importación y su pago se realizará previo al despacho de los bienes por parte

de la oficina de aduanas correspondiente.

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En el caso de importaciones de servicios, el IVA se liquidará y pagará en la

declaración mensual que realice el sujeto pasivo. El adquirente del servicio

importado está obligado a emitir la correspondiente liquidación de compra de

bienes y prestación de servicios y a efectuar la retención del 100% del IVA

generado. Se entenderá como importación de servicios a los que se presten por

parte de una persona o sociedad no residente o domiciliada en el Ecuador a

favor de una persona o sociedad residente o domiciliada en el Ecuador, cuya

utilización o aprovechamiento tenga lugar íntegramente en el país, aunque la

prestación se realice en el extranjero

IMPUESTO A LA RENTA

El Impuesto a la Renta se aplica sobre aquellas rentas que obtengan las personas

naturales, las sucesiones indivisas y las sociedades sean nacionales o extranjeras.

El ejercicio impositivo comprende del 1o. de enero al 31 de diciembre.

Para calcular el impuesto que debe pagar un contribuyente, sobre la totalidad

de los ingresos gravados se restará las devoluciones, descuentos, costos, gastos y

deducciones, imputables a tales ingresos. A este resultado lo llamamos base

imponible.

La base imponible de los ingresos del trabajo en relación de dependencia está

constituida por el ingreso gravado menos el valor de los aportes personales al

Instituto Ecuatoriano de Seguridad social (IESS), excepto cuando éstos sean

pagados por el empleador.

La declaración del Impuesto a la Renta es obligatoria para todas las personas

naturales, sucesiones indivisas y sociedades, aún cuando la totalidad de sus rentas

estén constituidas por ingresos exentos, a excepción de:

Los contribuyentes domiciliados en el exterior, que no tengan representante en el

país y que exclusivamente tengan ingresos sujetos a retención en la fuente.

Las personas naturales cuyos ingresos brutos durante el ejercicio fiscal no

excedieren de la fracción básica no gravada.

Cabe mencionar que están obligados a llevar contabilidad todas las sociedades

y las personas naturales y sucesiones indivisas que al 1ro. de enero operen con un

capital superior a los USD 60.000, o cuyos ingresos brutos anuales de su actividad

económica sean superiores a USD 100.000, o los costos y gastos anuales sean

superiores a USD 80.000; incluyendo las personas naturales que desarrollen

actividades agrícolas, pecuarias, forestales o similares.

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Las personas naturales que realicen actividades empresariales y que operen con

un capital u obtengan ingresos inferiores a los previstos en el inciso anterior, así

como los profesionales, comisionistas, artesanos, agentes, representantes y demás

trabajadores autónomos deberán llevar una cuenta de ingresos y egresos para

determinar su renta imponible.

Los plazos para la presentación de la declaración, varían de acuerdo al noveno

dígito de la cédula o RUC, de acuerdo al tipo de contribuyente.

IMPUESTO A LOS CONSUMOS ESPECIALES (ICE)

El Impuesto a los Consumos Especiales ICE, se aplicará a los bienes y servicios de

procedencias nacionales o importadas, detallados en el artículo 82 de la Ley de

Régimen Tributario Interno.

¿QUIÉNES SON LOS SUJETOS PASIVOS DEL ICE?

1. Las personas naturales y sociedades fabricantes de bienes gravados con este

impuesto

2. Quienes realicen importaciones de bienes gravados por este impuesto

3. Quienes presten servicios gravados

¿SOBRE QUÉ SE PAGA?

La base imponible de los productos sujetos al ICE, de producción nacional o

bienes importados, se determinará con base en el precio venta al público

sugerido por el fabricante o importador, menos el IVA y el ICE o con base en los

precios referenciales que mediante resolución establezca anualmente el Director

General del Servicio de Rentas Internas. A esta base imponible se aplicarán las

tarifas ad-valórem que se establecen en esta Ley. La base imponible obtenida

mediante el cálculo del precio de venta al público sugerido por los fabricantes o

importadores de los bienes gravados con ICE, no será inferior al resultado de

incrementar al precio ex fábrica o ex aduana, según corresponda, un 25% de

margen mínimo presuntivo de comercialización.

Si se comercializan los productos con márgenes superiores al mínimo presuntivo

antes señalado, se deberá aplicar el margen mayor para determinar la base

imponible con el ICE. La liquidación y pago del ICE aplicando el margen mínimo

presuntivo, cuando de hecho se comercialicen los respectivos productos con

márgenes mayores, se considerará un acto de defraudación tributaria

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El ICE no incluye el Impuesto al Valor Agregado y será pagado respecto de los

productos mencionados en el artículo precedente, por el fabricante o importador

en una sola etapa.

Para los casos en los que no se apliquen precios referenciales, las operaciones

matemáticas a realizarse para identificar la base imponible mayor sobre la cual se

deberá calcular el Impuesto a los Consumos Especiales ICE, son:

En base al PVP:

BASE IMPONIBLE= PVP / ((1+%IVA)*(1 + %ICE VIGENTE))

En base al precio ex – fábrica o ex – aduana

BASE IMPONIBLE = (PRECIO EX FÁBRICA O EX ADUANA) * (1 + 25%)

CUÁL ES EL PERÍODO TRIBUTARIO?

Los fabricantes de bienes gravados con ICE, así como quienes prestan servicios

sujetos al impuesto presentarán mensualmente una declaración; por las

operaciones gravadas con el impuesto, realizadas dentro del mes calendario

inmediato anterior, en la forma y fechas que se establezcan en el reglamento. En

el caso de importaciones, la liquidación del ICE se efectuará en la declaración de

importación y su pago se realizará previo al despacho de los bienes por parte de

la oficina de aduanas correspondiente.

¿CUÁLES SON LOS BIENES Y SERVICIOS GRAVADOS CON EL ICE?

Están gravados con ICE los bienes y servicios descritos en el Art. 82 de la Ley de

Régimen Tributario Interno, los mismos que se detallan a continuación:

Bienes y servicios gravados con ICE

¿EXISTEN RETENCIONES EN ESTE IMPUESTO?

No existen retenciones de este impuesto. El ICE no forma parte de la base de

cálculo de las retenciones del Impuesto a la Renta.

¿EXISTE ALGUNA EXENCIÓN PARA EL ICE?

Están exentos del Impuesto a los Consumos Especiales: El alcohol que se destine a

la producción farmacéutica; el alcohol que se destine a la producción de

perfumes y aguas de tocador; el alcohol, los mostos, jarabes, esencias o

concentrados que se destinen a la producción de bebidas alcohólicas; el

alcohol, los residuos y subproductos resultantes del proceso industrial o artesanal

de la rectificación o destilación del aguardiente o del alcohol, desnaturalizados

no aptos para el consumo humano, que como insumos o materia prima, se

destinen a la producción; los productos destinados a la exportación; los vehículos

híbridos; y, los vehículos ortopédicos y no ortopédicos destinados al traslado de

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personas con discapacidades, conforme a las disposiciones de la Ley sobre

Discapacidades.

Cupos de utilización de alcohol

INFRACCIONES Y SANCIONES

Los sujetos pasivos del ICE que se encuentren en mora de declaración y pago del

impuesto por más de tres meses serán sancionados con la clausura del

establecimiento o establecimientos de su propiedad, previa notificación legal,

conforme a lo establecido en el Código Tributario, requiriéndoles el pago de lo

adeudado dentro de treinta días, bajo prevención de clausura, la que se

mantendrá hasta que los valores adeudados sean pagados. Para su efectividad

el Director General del Servicio de Rentas Internas dispondrá que las autoridades

policiales ejecuten la clausura.

Adicionalmente la Administración Tributaria ejercerá su facultad determinadora

sobre el ICE cuando corresponda, de conformidad con el Código Tributario y

demás normas pertinentes.

AGENCIA PROVINCIA DE SANTA ELENA

Dirección: AV. CARLOS ESPINOZA LARREA, CIUDADELA SANTA PAULA, CENTRO DE

ATENCIÓN CIUDADANA, LOCALES 11, 12, 13 Y 14), EN EL CANTÓN SALINAS

Teléfonos: (04)2930112 (04)2930305 (04)2775212

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ILUSTRE MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN SANTA ELENA

DIRECCIÓN: Calle 10 y 18 de agosto

TELÉFONO: 2940869 - 2940375

COMISARIA DE SANTA ELENA

DIRECCIÓN: Calle Sucre y Comercio (Mercado Municipal de Santa Elena)

TELÉFONO: 2940869 Ext. 244

JEFE DEL DEPARTAMENTO: Sr. Serafín Laínez

REQUISITOS PARA EL TRÁMITE DE PERMISO DE FUNCIONAMIENTO EN LA COMISARÍA

MUNICIPAL

ORDEN REQUISITOS

1 Copia de la cédula de identidad

2 Copia del último certificado de votación

3 Permiso del Cuerpo de Bomberos de su jurisdicción 2011

4 Certificado de salud Pública de su jurisdicción 2011

5 Solicitud del departamento de Comisaría Municipal

6 Pagar derecho de uso de suelo municipal

7 Permiso del departamento de higiene

8 Balance Contable de la empresa

9 Certificado del departamento del Medio Ambiente

10 Realizar Trámites en los Departamentos de Catastro y Rentas

11 Sacar copias de los documentos que se ha tramitado

12 Retornar al departamento de comisaria por la firma del comisario

13 RUC

FUENTE:

Si no llevan la solicitud para realizar el respectivo trámite, en este departamento

les facilitan un formato

DEPARTAMENTO DE RENTAS

JEFE DEL DEPARTAMENTO: Colón Suarez Borbor

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Posteriormente a la realización que exigen los requisitos emitidos por la comisaría

municipal, se sigue con el trámite descrito a continuación:

Se adquieren dos formularios 1.5 y Patente con un precio de $3,00 cada

uno.

Se hace la liquidación, el permiso de funcionamiento debe estar firmado

por:

o El dueño solicitante

o El Secretario General del Municipio

o El presidente de la Comisión

o El Jefe del departamento de Rentas

o Comisario Municipal

Se adquiere el permiso de funcionamiento valorado en $3,00

En un Centro de Salud se adquiere el certificado de salud valorado en

$4,00

El permiso de higiene cuesta $5,00

CUERPO DE BOMBEROS DEL CANTÓN SANTA ELENA

RUC # 0968563340001

TELÉFONO: 2940558

DIRECCIÓN: Calle 10 de agosto y Sucre, entre Juan Montalvo y Comercio

INSPECTOR: Henrry Borbor R.

TASA MUNICIPAL: Entre $5,00 y $100,00

DEPARTAMENTO DE PREVENCIÓN

REQUISITOS PARA LA EMISIÓN DE CERTIFICADO DE FUNCIONAMIENTO

Previo a la emisión del certificado deberá realizarse la correspondiente

inspección.

Presentación de boleta de citación

Copia del RUC actualizado

Copia de la cédula de identidad y certificado de votación del

representante legal

Copia de la factura de la compra o recarga del extintor

Si el pago es con cheque debe estar debidamente certificado.

EMPRESA MUNICIPAL DE ASEO EMASA-EP

REQUISITOS PARA PERMISOS DE FUNCIONAMIENTOS DE:

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Compañías, Cabañas, Restaurant, Hostales, Hosterías, Hotelerías, Moteles,

Pensiones, Suites-Bares, Cantinas, Cervecería, Licorerías, Casas de Cita,

Prostíbulos, Discotecas, Karaokes, Saunas, Salas de Masaje, Estaciones de

Servicios, Salones, Comedores, Tiendas, Artesanía, Salas de Juegos, persona

natural y otros.

1.- Copia de cedula a color y certificado de votación.

2.- Certificado de salud, emitida por la Dirección de Salud más cercana.

3.- Certificado de funcionamiento del Cuerpo de Bomberos.

4.- Solicitud de autorización que otorga la comisaría municipal.

5- Pago de tasas Municipal, derecho de trámite, impuesto de patente y

impuestos a los activos totales.

6.- Certificado emitido por la dirección ambiental municipal.

7.- Certificado de uso de suelo por la dirección de planificación municipal.

8.- Inspección y permiso de funcionamiento que otorga Empresa Municipal de

Aseo EP.

9.- RUC O RISE.

ES UN DERECHO TRIBUTAR DE ACUERDO A LAS LEYES VIGENTES ESTABLECIDAS EN

LA CONSTITUCION

EVITE SER SANCIONADO.

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GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTÓN LA LIBERTAD

MUNICIPIO DEL CANTÓN LA LIBERTAD

DIRECCIÓN: La Libertada Barrio Rocafuerte, calle 23 AV 4ª

TELÉFONO: 2784256

COMISARIO: Vicente Concha – Washington Barrera

REQUISITOS PARA OBTENER EL PERMISO DE FUNCIONAMIENTO PARA UN LOCAL

COMERCIAL

POR PRIMERA VEZ:

Copia de cédula de ciudadanía

Certificado de Salud (solo cuando se manipulan alimentos)

Copia del RUC, personas jurídicas

Balance General del negocio (más de $8.000)

Copia del Contrato de arriendo y predio urbano al día

Copia de planilla de Servicio Básico

Copia del permiso de funcionamiento del Cuerpo de Bomberos,

actualizados

RENOVACIÓN

Patente del último pago (SRI)

Certificado de Salud

Balance General del negocio

Si la empresa es de combustible (venta de gas doméstico) necesita la

autorización de la dirección de hidrocarburos

Si es farmacia, restaurantes, venta de víveres, entre otras, necesita la autorización

de Instituto de Higiene

TIEMPO DE ENTREGA: UNA SEMANA

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CUERPO DE BOMBEROS DEL CANTÓN LA LIBERTAD

DIRECCIÓN: La Libertad Av. 9 de octubre, frente al Banco del Pacífico

TELÉFONOS:2785562 - Central de alarmas: 102

CORREO:[email protected]

RESPONSABLES:1er Jefe Cnel. Francisco Coronel de la O

COSTOS:$12,00

TIEMPO DE ENTREGA:Dos días

REQUISITOS PARA OBTENER EL PERMISO DE FUNCIONAMIENTO DE UN LOCAL

COMERCIAL

PRIMERA VEZ:

Copia de RUC, RISE, o cédula de identidad

Factura de compra o recarga de extintor 5LB PQS mínimo

Pago de tasa anual

Inspección (se realiza después de dos meses)

Planilla de servicios básicos

RENOVACIÓN

Permiso anterior

Factura de recarga de extintor

Pago de la tasa

Si el caso amerita de inspección

VALORES A CANCELAR:

Años que adeuda: del presente año (2011)

Valor de la tasa ($12,00 el mínimo)

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GOBIERNO MUNICIPAL DEL CATÓN SALINAS

Dirección: Gobierno Municipal de Salinas Eloy Alfaro s/n entre Mercedes de Jesús

Molina y Los Almendros.

Alcalde: Abg. Paúl Borbor Mite.

Teléfono: 2773992

Responsable: Abg. Wilson Laínez Quiroz.

REQUISITOS PARA OBTENER EL PERMISO DE FUNCIONAMIENTO PARA UN LOCAL

COMERCIAL

El Gobierno Municipal de Salinas en coordinación con la Comisaria Municipal, da

a conocer a la ciudadanía los respectivos requisitos para obtener los permisos de

funcionamiento de los locales comerciales del presente año 2011; los mismos que

se detallan a continuación:

Solicitud dirigida al Alcalde.

Copia de la Cedula de Ciudadanía, y Certificado de Votación.

Tasa de $3 dólares para el ingreso de solicitud.

RUC.

Declaraciones del SRI/Balance.

Contrato de Arriendo (en caso de que el local sea arrendado).

Predio Urbano del año 2010.

Tasa del Cuerpo de Bomberos 2011 (Certificado de Seguridad del

Negocio).

Certificado de Salud (Hospital de Salinas).

Uso del Suelo.

Certificado de Gerencia Ambiental.

Paso 1

Para solicitar un permiso de Funcionamiento se debe presentar un certificado

médico avalado por la Dirección Provincial de Salud de Santa Elena y presentar

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dos fotos tamaño carmet en un plazo de 2 días para la entrega del respectivo

documento.

Paso 2

Se deberá pagar el impuesto de los predios urbanos en el municipio donde se va

a establecer el negocio.

Para lo cual se deberá tener en cuenta los siguientes documentos.

Solicitud enviada al Alcalde especificando las características y actividades

del negocio al cual se va a dedicar.

Solicitud enviada a la policía nacional del Cantón.

Certificado médico.

Copia de cedula de identidad.

Certificado de Votación.

Paso 3

Inspección por parte de la municipalidad del cantón tomando las respectivas

fotos para que quede la constancia de donde se va a establecer el negocio que

está realizando el solicitante.

Paso 4

Cuando ya están todos los documentos antes mencionados certificados y

avalados por cada una de las instituciones se procede a la entrega de todos

estos documentos en el documento de predios urbanos en el municipio del

Cantón respectivo cancelando un valor de acuerdo a la actividad que va a

desempeñar como por ejemplo:

Cabinas Telefónicas $ 52,78

Salones y Bares $ 60,00

Otras Empresas $ 500,00

Una vez cancelados estos valores el municipio entrega el comprobante de

ingreso de caja.

Tiempo de Entrega: 3 días

Page 23: Creacion de pymes

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REQUISITOS PARA OBTENER EL PERMISO DE FUNCIONAMIENTO PARA UN LOCAL

COMERCIAL

Ultimo recibo de pago del Permiso de Funcionamiento

Tasa del Cuerpo de Bombero (Certificado de Seguridad del Negocio).

Certificado de Salud.

Contrato de Arriendo (en caso que el local sea arrendado el local

Comercial).

Declaraciones del SRI. Del año 2010.

Nota: Cabe recalcar, que es necesario que en caso de que sea arrendado al

local comercial, cuando fenezca el contrato y se retiran del local, el

contribuyente tiene la obligación de notificar por escrito, ante la Municipalidad

de Salinas el cierre del negocio.

CUERPO DE BOMBEROS DE SALINAS

Dirección: Salinas

Teléfono: 2771309

Responsables: Sub-Oficial Harold Junquí Ávila

Sub-Teniente Felipe Quintana

REQUISITOS PARA SACAR EL CERTIFICADO DE SEGURIDAD INDUSTRIAL

La primera Jefatura de cuerpo de Bomberos del Cantón, Comunica que de

conformidad al Art. 35 de la ley de Defensa contra incendios, todo propietario de

establecimiento Comercial, sin excepción tiene la obligación de pagar el

certificado de seguridad anual (Permiso de Funcionamiento), Al Cuerpo de

Bomberos de esta ciudad.

La Ley otorga al Primer Jefe Facultades para exigir el cumplimiento esta

obligación.

Caja de breakers en buen estado (Bipolares NO)

Extintores de 10 libras o mas dependiendo del área del local.

Medidores de luz propio y en buen estado.

Las instalaciones eléctricas tienen que estar en buen estado, ejemplos

interruptores, tomacorrientes, acometidas.

Para restaurantes o Locales de expendios de comida, tienen que tener la

manguera respectiva de gas.

Page 24: Creacion de pymes

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Presentar facturas de recarga o compra de extintores.

Toda renovación de permiso deberá tener su respectiva inspección.

Nota:

Mangueras de color azul de plásticos en prohibido, corre peligro usted y los que

estén a su alrededor.

Favor de presentar certificado de pago anterior, caso contrario si no ha

cancelado ponerse al día en los pagos.

REQUISITOS PARA CERTIFICADO DE USO DE SUELO

Copia de la Cedula de Ciudadanía, y Certificado de Votación (a color).

Copia del recibo de predio urbano (del presente año).

Copia de la escritura registrada y catastrada.

Certificado de no ser deudor al municipio.

Certificado de intersección y/o categorización del proyecto, emitidos por

el Ministerio de uso de suelo se realice el seguimiento y control del plan de

manejo que arroje el EIA, por parte del Departamento de Gestión

Ambiental.

Permiso de construcción (copia).

Copias de planos arquitectónicos y sanitarios.

Certificado de Catastro y Avalúos.

Solicitud dirigida al Alcalde.

REQUISITOS PARA RENOVACIÓN DE PERMISO DE FUNCIONAMIENTO PARA UN

LOCAL COMERCIAL

Ultimo recibo de pago del Permiso de Funcionamiento del año 2010.

Tasa del Cuerpo de Bombero 2011 (Certificado de Seguridad del

Negocio).

Declaraciones del SRI. Del año anterior / balance 2010

REQUISITOS PARA PERMISOS DE CONSTRUCCIÓN, REMODELACIÓN Y

AMPLIACIÓN DE EDIFICACIONES DE 1 PLANTA

Copia de escritura registrada y catastrada.

Page 25: Creacion de pymes

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Certificado de Catastro, Avalúos, y Terrenos de solar actualizado.

Solicitud para permiso de construcción dirigida al Señor Alcalde.

Certificado de no ser deudor al Municipio actualizado.

Copia del recibo del Predio Urbano del año en curso.

Copia a color de cédula de identidad y votación del propietario y/o

representante legal (en caso de ser compañía).

Inspección inicial realizada por el Dpto. de Planificación Física. (Tasa plan

regulador, uso de suelo).

Copias a color d cedula de identidad, votación y CONESUP del

responsable de la obra.

3 Copias de planos arquitectónicos firmados por el propietario y

responsable técnico de la obra.

La información de planos debe estar respaldados en CD (autocad 2008 en

adelante).

NOTA:

Para edificaciones de 2 y 3 plantas se presentan planos eléctricos,

sanitarios y estructurales.

El Dpto. de Planificación Física, se reservara el derecho de exigir

documentos, presupuestos y otros requisitos de acuerdo al tipo, uso y

magnitud de las edificaciones.

Page 26: Creacion de pymes

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MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

MISIÒN: Ejercer la Rectoría del Sistema Nacional de Salud a fin de garantizar el

derecho a la salud del pueblo ecuatoriano, por medio de la promoción y

protección de la salud, de la seguridad alimentaria, de la salud ambiental y del

acceso permanente e interrumpido a servicios de salud, conforme a los principios

de equidad, universalidad, solidaridad, calidad y eficiencia.

DIRECCIÒN: Barrio Márquez de la Plata

Teléfono: 2940544

Responsable: Doctor Oswaldo Orrala director del área número uno hospital de

Santa Elena

COSTO: 4 dólares al certificado

Tiempo de entrega del documento: Máximo una semana (si es posible se entrega

antes)

REQUISITOS:

Certificado de salud ocupacional

Historial Clínico

Examen de laboratorio

Fotos tamaño carnet

Page 27: Creacion de pymes

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INSTITUTO ECUATORIANO SE SEGURIDAD SOCIAL

Es aquel que vela los derechos de los trabajadores a la seguridad social son

irrenunciables. (Según el Art. 34 de la constitución de la república del Ecuador y

Art. 4 del código de trabajo).

DIRECCIÒN: Vía Punta Carnero, frente al Hospital La Libertad

RESPONSABLE: Adolfo Nieto – Jefe de “CARCC” Afiliación, Recaudación y Control

Contributivo.

COSTO: Ninguno

TIEMPO DE ENTREGA: 10 Minutos

Son sujetos del Seguro General Obligatorio, en calidad de afiliados, todas las

personas que perciben ingresos por la ejecución de una obra o la prestación de

un servicio físico o intelectual, con relación laboral o sin ella; en particular.

a) El trabajador en relación de dependencia.

b) El trabajador autónomo.

c) El Profesional en libre Ejercicio.

d) El administrador o patrono de un negocio.

e) El dueño de un Empresa unipersonal.

f) El menor trabajador independiente.

g) Los demás asegurados obligados al régimen del Seguro General

Obligatorio en virtud de leyes y decretos especiales.

REQUISITOS PARA APERTURA DE REGISTRO PATRONAL:

Copia del Ruc.

Copia de la cédula.

Copia de Papeleta de Votación.

Planilla de Servicios Básicos.

Page 28: Creacion de pymes

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REGISTRO PATRONAL EN EL SISTEMA DE HISTORIA LABORAL VIA INTERNET:

En la página de Inicio, en la sección IESS en línea:

Click en la opción Empleadores

Actualización de Datos del Registro Patronal.

Escoger el sector al que pertenece (Privado, Público y Doméstico).

Digitar el número del Ruc.

Seleccionar el tipo de Empleador.

En el caso de Empleador Doméstico, ingresar el número de cédula del patrono,

luego y todos los datos que el sistema solicita – de crear necesario registra algún

dato de interés en el campo de observaciones.

Al finalizar el proceso se desplegara el registro de su inscripción y al final del

formulario visualizara el botón Imprimir Solicitud de Clave.

Presentar en las oficinas de Historia Laboral la solicitud de entrega de clave

firmada con los siguientes documentos:

DOCUMENTOS:

Solicitud de entrega de clave( Registro)

Copia del RUC (excepto para el empleador domestico)

Copias de las cedulas de identidad del representante legal y de su

delegado en caso de autorizar retiro de clave.

Copias de las papeletas de votación de las ultimas elecciones o del

certificado de abstención del representante legal y de su delegado, en

caso de autorizar el retiro de clave.

Copia de pago de teléfono, o luz

Calificación Artesanal si es artesano calificado

Page 29: Creacion de pymes

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REGISTRO MERCANTIL Y REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD

Dirección: La Libertad Barrio San Francisco diagonal era. S/N y Avda. 9

Teléfono: 2781-842

Responsables: Abg. Carlos Roberto Ramírez Araujo

SERVICIOS QUE PRESTA EL REGISTRO MERCANTIL

Matricula

Renovación

Inscripciones

Expedición de certificados

Información sobre registro mercantil

Información por teléfono de requisitos y tarifas

Consulta de expedientes de registro

Servicio de fotocopias

Asesoría sobre registro mercantil

Divulgación Boletín Noticias de Inscripciones

Intermediación certificados de otras cámaras de comercio

PASOS PARA LA CONSTITUCION DE UN PEQUEÑO NEGOCIO

Para un negocio pequeño el Propietario de dicho negocio debe acercarse

ante el Juez de lo Civil, el mismo que pedirá los siguientes requisitos:

Copia de cedula

Copia de la papeleta de votación

PROCESO

1. Matricula de comercio otorgado por el juez de lo civil

2. Inscripción de la matrícula en el Mercantil o de la Propiedad

3. Sello de la Matricula por el Juez de lo Civil

4. Con las copias certificadas se acercara a la Cámara de Comercio

NOTA: el costo para la inscripción de un negocio es de $ 25.00

Page 30: Creacion de pymes

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PASOS PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA COMPAÑÍA

Para la Constitución de una compañía el Propietario de dicho negocio debe

acercarse ante el Juez de lo Civil, el mismo que pedirá los siguientes requisitos:

Copia de la Escritura de la Constitución de la Compañía

Copia de la papeleta de votación y cedula de la identidad

PROCESO

Se presenta la Escritura de la Constitución de la Compañía ante el Juez de

lo Civil

Se dirige a la Superintendencia de Compañía

Una vez aprobada la escritura con el respectivo sello, se dirige al Registro

Mercantil, para que tenga la correcta certificación con los nombres de las

personas que constituyen la empresa, y el representante de la misma.

NOTA: el costo de la inscripción es de acuerdo al capital por el 1%.

Por Ejemplo: Si el capital es de $ 800.00 x 1% = $ 80,00

Page 31: Creacion de pymes

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INSPECTORÍA DE TRABAJO

Dirección: Avda. 9 de octubre entre José Robles Bodero y Guayaquil a lado de

artefacto

Teléfono: 2 780-320

Secretario: Rubén Rodríguez

Inspector de trabajo: Alcides Marcos

¿Qué requisitos se deben cumplir?

Para todo trámite se debe presentar:

El contrato de trabajo

Copia de cedula

El certificado de votación

El numero de afiliación al IESS

Si es el caso, hay que entregar un certificado médico que indique que tipo

de accidente ocurrió o si está embarazada. También una notificación de

que ha incluido el contrato laboral.

¿Qué procedimiento se debe seguir?

El horario de atención es de 08:00 a 16:30 en todas las insectorías del país.

Debe sacar un turno entre las 08:00 a 15:00 y luego un inspector atenderá sus

consultas. Posteriormente, debe entregar los documentos respectivos y en

algunos casos, como para trámites de contratos, deberá llenar un formulario.

Adicionalmente, le indicaran el trámite que debe seguir, como presentar una

demanda en contra del empleador, donde se le citara a una hora determinada

a través de un respectivo escrito para las comparecencias necesaria.

¿Cuánto se demora el trámite?

La consulta de cada demora unos 15 minutos. Cada trámite depende del caso,

porque hay circunstancias en que plantean juicios y puedan durar meses hasta

años. En el caso de los contratos se demora ocho días para que exista una

resolución.

Page 32: Creacion de pymes

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REQUISITOS PARA REGISTRAR UN CONTRATO O PACTO COLECTIVO DE

CONDICIONES DE TRABAJO

Para los efectos del depósito y registro de una convención o contrato colectivo

de condiciones de trabajo, se debe presentar ante la insectoría de Trabajo una

solicitud escrita, junto con los documentos siguientes:

Un ejemplar original del contrato o pacto colectivo, debidamente firmado

por las partes contratantes.

Documento que acredite la capacidad legal de la(s) persona(s) que

suscriben el Pacto o Colectivo de Condiciones de Trabajo a nombre del

patrono y de los trabajadores.

Certificación del Acta de la Asamblea de los Trabajadores firmada pos los

asistentes, donde costa la aprobación del Contrato o Pacto Colectivo de

Condiciones de trabajo.

REQUISITOS GENERALES INSPECTORIA DE TRABAJO

El patrono debe fijar en sitio visible del establecimiento el cartel enunciativo del

horario de trabajo y días de descanso sellado y autorizado por la Inspectoria del

Trabajo, de conformidad en el artículo 188 y la LEY ORGANICA DEL TRABAJO y

articulo 78 de su Reglamento.

2. Si en la empresa laboran horas extras, obtener del Inspector del Trabajo el

permiso para laborar las mismas, según lo ordena el artículo 207 de la LEY

ORGANICA DEL TRABAJO. Cancelar el salario de los trabajadores que prestan sus

servicios en horas extraordinarias, con un recargo del 50%, sobre el salario

convenido para la jornada diurna, según lo estipulado en el artículo 155 de la LEY

ORGANICA DEL TRABAJO.

Si son horas extras nocturnas, con el recargo sobre el salario convenido para la

jornada diurna, del 50% mas el 30% , tal como lo ordena el artículo 156 de la LEY

ORGANICA DEL TRABAJO.

3. Llevar el registro de horas extras autorizado y sellado por la Inspectoria del

Trabajo, según Lo dispuesto en el artículo 209 de la LEY ORGANICA DEL TRABAJO.

4. Cumplir con la cancelación del salario mínimo de Bs. 614.790. Según Decreto N°

5318 del 25 de abril del 2007.

5. Entregar a los trabajadores los recibos de pago que ordena el artículo 133

Parágrafo Quinto de la LEY ORGANICA DEL TRABAJO, el cual establece que el

Page 33: Creacion de pymes

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patrono debe informar a sus trabajadores las asignaciones salariales y las

deducciones correspondientes.

Los recaudos para la inscripción de las empresas en la Inspectoria de Trabajo

Empresas y Establecimientos serán:

Dos copias de la solicitud de inscripción ante el Régimen Mercantil

Copia del documento constitutivo que incluya la última reforma estatutaria

y designación de la junta directiva vigente

Copia del registro de información Fiscal(RIF)

Copia del numero de Identificación Tributaria (NIT)

Cédula del patrono o empresa, expedida por el IVSS o constancia de no

afiliado tanto del solicitante como de la sucursal, si es el caso

Comprobante del certificado de Registro de Inscripción

Nómina de los trabajadores en el formato impreso para ello en la página

Web del Ministerio

DOCUMENTOS NESECIDADES TRAMITE SOLVENCIA INSPECTORIA DEL TRABAJO

Oficio dirigido al Ciudadano Inspector del Trabajo

Copia del RIF

Copia Solvencia S.S.O.

Copia del Registro Mercantil

EN CASO DE TENER ACTIVIDAD

Facturas de ingresos o Contrato (Portada) Inicio y Terminación de la Obra

(Constructoras)

Listado de los Trabajadores

Page 34: Creacion de pymes

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SOCIEDAD DE ARTESANOS

Llenar todos los datos que se requiere la Solicitud del artesano para acogerse a la

Ley de Fomento Artesanal, disponible en documento y archivo magnético

REQUISITOS:

Solicitud y formulario

Fotocopia de la cedula de ciudadanía y papeleta de votación

actualizada

Carnet ocupacional, otorgado por el ministerio de Trabajo Recursos

Humanos, copia de pasaporte y Visa de residente (10-9) para personas de

otra nacionalidad

Carnet de agremiación para artesanos de organizaciones artesanales

Artesano de servicios, que no posee taller presentar una declaración

juramentada

Se elabora Acta de acuerdo al proceso interno definido

Para obtener el certificado del Registro Micro-empresarial

REQUISITOS:

Solicitud y formulario

Fotocopia de la cedula de ciudadanía y papeleta de votación

Certificado de salud otorgado por el ministerio de Trabajo Recursos

Humanos, copia de pasaporte y Visa de residente (10-9) para personas de

otra nacionalidad

Carnet de agremiación para micro-empresarios que pertenezcan a

organizaciones micro-empresariales

PROCEDIMIENTO:

1. Consultar información por parte del artesano

2. Receptar consulta

3. Determinar la condición del artesano

4. Asesorar al artesano para poder calificar: utilitaria, servicios, artísticos

5. Entregar formulario respectivo de acuerdo a las condiciones

6. Asesorar el llenado de formulario

7. Ubicar la dirección de taller

8. Capacitar en descripción de activos fijos de uso de artesanos

9. Capacitar en costos de producción, salarios y utilidad, etc.

10. Entregar el formulario para borrador y original registrado

11. Llenar el borrador

Page 35: Creacion de pymes

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12. Corregir borrador

13. Solicitar los documentos que deben adjuntar según la condición

14. Receptar el formulario de calificación Pymes original

15. Solicitar 3 copias mas de toda la información

16. Autorizar base de datos con 36 datos por artesano

17. Ingresar solicitud de artesano

18. Actualizar base de datos con 36 datos por artesano

19. Apertura ficha

20. Realizar evaluaciones de taller

21. Tomar fotos que determinan ubicación, activo y procesos

22. Realizar informe de evaluación con recomendaciones

23. Convocar cada 3 mese al Comité Interinstitucional De Fomento Artesanal

24. Ejecutar reunión

25. Elaborar acta de Comité

26. Emisión del Certificado de registro Micro-empresarial

Page 36: Creacion de pymes

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CÁMARA DE LA PEQUEÑA INDUSTRIA

Descripción:

Con este trámite se obtienen varios documentos que avalan la calificación de los

artesanos y pequeños industriales:

Formulario DICOPYME Calificación Artesanos

Certificado de calificación de Pequeña Industria y Artesanos

Requisitos

El formulario para calificación de Pymes, se lo puede bajar Vía Web en la Página

del MIC en versión Doc. O Pdf www.mic.gov.ec Requisitos – El formulario se debe

entregar adjunto los siguientes documentos:

Balance general de los últimos años

Declaración del impuesto a la renta de los dos últimos años

Facturas de compra de maquinaria y equipo que muestre su valor en

activos fijos

Escritura de constitución y/o reforma de estatutos de la

Compañía debidamente inscritos en el Registro Mercantil

Carnet de afiliación a la Cámara de la Pequeña industria y/o de Industrias

Certificado de votación, RUC y cedula de ciudadanía.

Page 37: Creacion de pymes

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ANEXOS

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FICHA DE ENTREVISTA OBJETIVO: Identificar los requisitos generales mediante la verificación de información en las diferentes entidades privadas para la constitución y legalización de las PYMES en la provincia de Santa Elena.

PREGUNTAS:

1. ¿Cuál es el nombre de la Microempresa? ____________________________

2. ¿Cuál es la actividad que realiza?

Comercial Servicios Industrial

3. ¿Cuál fue su inversión inicial?

_______________________

4. Después de crear su negocio, ¿En cuánto

tiempo la legalizo?

_______________________

5. ¿Qué entidades visitó para formalizar su empresa, y cuál fue el valor aproximado de estos

trámites? ____________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________

6. ¿Tuvo algún problema al realizar el proceso de constituir su empresa?

No Si ¿Cuál fue?

___________________________________

___________________________________

7. ¿En qué tiempo tuvo su

documentación legalizada para iniciar su negocio?

___________________________________

COMENTARIOS Y SUGERENCIAS: (cite aquellos datos particulares que no se encuentren mencionados dentro de las preguntas planteadas) ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

Page 39: Creacion de pymes

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FORMATO DE CONTROL DE ENTREVISTA

PROYECTO DE INDAGACIÓN ACERCA DE LOS REQUERIMIENTOS EN LA LEGALIZACIÓN DE UNA

EMPRESA

FORMATO DE CONTROL DE ENTREVISTA Nº______

TEMA A TRATAR: ESTRUCTURA LEGAL LOCAL DE LAS PYMES

PERSONA(S) QUE ENTREVISTA:

________________________________________________________________________________

________________________________________________________________________________

PERSONA(S) ENTREVISTADAS:

________________________________________________________________________________

________________________________________________________________________________

CARGO DE LA PERSONA ENTREVISTADA:

________________________________________________________________________________

ENTIDAD:

________________________________________________________________________________

FECHA: _________________________________________

HORA DE INICIO DE LA ENTREVISTA: _________________

HORA DE FINALIZACIÓN DE LA ENTREVISTA: ___________

PARA SU CONSTANCIA FIRMA:

___________________________________________

ENTREVISTADOR(A)

Page 40: Creacion de pymes

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FOTOS TOMADAS EN EL DESARROLLO DEL TRABAJO

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