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"2011 -Año del Trabajo Decente, la Salud y Seguridad del Trabajador" Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria Coordinación de Aves, Ovoproductos, Productos de la Caza y Especies Menores BUENOS AIRES, 02 de febrero de 2011 ORDEN DE SERVICIO N° 03/2011 SRES. COORDINADORES REGIONALES TEMÁTICOS DE FISCALIZACION AGROALIMENTARIA Atento a la próxima Mision DG-SANCO, cuyo objetivo es determinar Estándares de Bienestar Animal en establecimientos de faena aprobados para exportar a UE, se recuerda que se deberá "Demostrar un Sistema de Control Oficial" a fin de garantizar el pleno cumplimiento de los requisitos de la UE establecidos en: .. .. . <c;·/ .••. LEGISLACIÓN COMUNITARIA ) ••.•.... ;':>" . ... , Directiva 93/119 Bienestar animal durante el sacrificio. Reglamento N° 1099/2009 Relativo a la protección de los animales en el momento de la matanza (*) Reglamento N° 1/2005 Relativo a la protección de los animales durante el transporte y las operaciones conexas y por el que se modifican las Directivas 64/432/CEE y 93/119/CE y el Reglamento (CE) no 1255/97. Directiva N° 2007/43 Por la que se establecen las disposiciones mínimas para la protección de los pollos destinados a la producción de carne (*) Reglamento N° 1099/2009: Si bien se aplicará a partir del 1° de enero de 2013, se comunica que la precitada norma ya es de aplicación. Asimismo, se encuentra en vigencia la Orden de Servicio N° 02/09, "Pautas a tener en cuenta en la Inspección Ante y Post Mortern en Aves y Lagomorfos" y las nuevas planillas a confeccionar por los Servicios de Inspección Veterinaria (planillas de Ante y Post Mortem, Planillas de Control Oficial y Actas de Comunicación o Notificación).

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"2011 -Año del Trabajo Decente, la Salud y Seguridad del Trabajador"

Ministerio de Agricultura, Ganadería y PescaServicio Nacional de Sanidad y CalidadAgroalimentaria

Coordinación de Aves, Ovoproductos, Productos de la Caza y EspeciesMenores

BUENOS AIRES, 02 de febrero de 2011

ORDEN DE SERVICIO N° 03/2011

SRES. COORDINADORES REGIONALES TEMÁTICOSDE FISCALIZACION AGROALIMENTARIA

Atento a la próxima Mision DG-SANCO, cuyo objetivo es determinar

Estándares de Bienestar Animal en establecimientos de faena aprobados para exportar a

UE, se recuerda que se deberá "Demostrar un Sistema de Control Oficial" a fin de

garantizar el pleno cumplimiento de los requisitos de la UE establecidos en:

....

. <c;·/ .••.

LEGISLACIÓN COMUNITARIA ) ••.•.... ;':>" .... ,

Directiva 93/119 Bienestar animal durante el sacrificio.

Reglamento N° 1099/2009 Relativo a la protección de los animales en el momento de la matanza(*)

Reglamento N° 1/2005 Relativo a la protección de los animales durante el transporte y lasoperaciones conexas y por el que se modifican las Directivas64/432/CEE y 93/119/CE y el Reglamento (CE) no 1255/97.

Directiva N° 2007/43 Por la que se establecen las disposiciones mínimas para la protección delos pollos destinados a la producción de carne

(*) Reglamento N° 1099/2009: Si bien se aplicará a partir del 1° de enero de 2013, secomunica que la precitada norma ya es de aplicación.

Asimismo, se encuentra en vigencia la Orden de Servicio N° 02/09,

"Pautas a tener en cuenta en la Inspección Ante y Post Mortern en Aves y

Lagomorfos" y las nuevas planillas a confeccionar por los Servicios de Inspección

Veterinaria (planillas de Ante y Post Mortem, Planillas de Control Oficial y Actas de

Comunicación o Notificación).

En tal sentido, en la Planillas de Control Oficial de la precitada Orden de

Servicio deberá consignarse en el ítem correspondiente a "Bienestar Animal", el

cumplimiento, control y monitoreo realizado por parte del Servicio de Inspección

Veterinario destacado en planta, orientado a esa disciplina. Para realizar dichos controles

esta Coordinación recomienda la lectura y aplicación de lo preceptos consignados en el

Manual de Bienestar Animal, publicado en la página Web del SENASA y cuyos principios

fueran remitidos oportunamente mediante Memorando N° 94/2009 como una "guía

orientativa en post de asegurar el tratamiento humanitario de los animales destinados a ser

faenados".

Por otra parte se recuerda que los operadores de las industrias alimentarías

son los principales responsables en garantizar el bienestar animal, quedando a su

disposición todos los mecanismos, equipamientos, manipulaciones y prácticas de

tratamiento de las especies a faenar que consideren oportunas de forma tal de brindar las

garantías necesarias para su cumplimiento.

Sin otro particular saludo a Uds. muy =t:I! íI !, .