CONVOCATORIA DE LA SESIÓN ORDINARIA DE LA COMISIÓN DE ... · de Pep Gimeno Botifarra I la Banda...

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CONVOCATORIA DE LA SESIÓN ORDINARIA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL 10/19 A CELEBRAR EL DÍA CUATRO DE MARZO DE 2019. ORDEN DE DÍA 10 /19.1 LECTURA Y, SI PROCEDE, APROBACIÓN BORRADOR ACTA SESIÓN ANTERIOR. 10 /19.2 ACUERDO APROBACIÓN EXPEDIENTE CONTRATACIÓN SERVICIO “CONTROL AMBIENTAL MEDIANTE LAS INFRAESTRUCTURAS EJECUTADAS EN EL VERTEDERO CLAUSURADO DE GARRUT”. (EXPTE. 2019/525X). 10/19.3 ACUERDO APROBACIÓN PROGRAMA DE ACTIVIDAD CULTURAL “RONDAS DE MAYO 2019 DE LA VALL D’UIXÓ”. (EXPTE. 2019/147G). 10/19.4 ACUERDO APROBACIÓN PROGRAMA CULTURAL II APLEC DE DOLÇAINERS I CONCERT “BOTIFARRA A BANDA”, 2019. (EXPTE. 2018/11305J). 10/19.5 .ACUERDO APROBACIÓN JUBILACIÓN VOLUNTARIA Y ABONO INDEMNIZACIÓN CUMPLIMIENTO ARTÍCULO 45 DEL ACUERDO DE FUNCIONARIOS POR JUBILACIÓN DEL FUNCIONARIO D. JOSÉ BONETE SÁNCHEZ. (EXPTE.2019/1658G). 10/19.6 LICENCIAS AMBIENTALES DE ACTIVIDAD. 10/19.7 LICENCIAS DE OBRAS. 10/19.8 .ACUERDO APROBACIÓN AUTORIZACIÓN APROVECHAMIENTO ESPECIAL DOMINIO PÚBLICO LOCAL MEDIANTE OCUPACIÓN VÍA PÚBLICA CON MATERIALES, HERRAMIENTAS Y MAQUINARIA PARA EJECUCIÓN OBRAS CON MODIFICACIÓN DEL ESTUDIO BÁSICO DE SEGURIDAD Y SALUD. (EXPTE. 2018/7895J). 10/19.9 ACUERDO APROBACIÓN RELACIÓN DE GASTOS, CARGO NÚM. 6/2019, RELACIÓN CONTABLE 1201900141. (EXPTE. 2019/2472J). 10/19.10 ACUERDO APROBACIÓN LIQUIDACIÓN PROVISIONAL EJECUCIÓN SUBSIDIARIA PARA RESTAURACIÓN LEGALIDAD URBANÍSTICA EN CORRALIZA, POLÍGONO III, PARCELA 276. (EXPTE. 2019/2356N). 10/19.11 DESPACHO EXTRAORDINARIO. 11.1 Acuerdo aprobación relación de autorizaciones y disposición de gastos (documentos AD) núm. 6/2019, lista contable núm. 12019000156. (Expte. 2568V). 1

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CONVOCATORIA DE LA SESIÓN ORDINARIA DE LA JUNTA DEGOBIERNO LOCAL 10/19 A CELEBRAR EL DÍA CUATRO DE MARZODE 2019.

ORDEN DE DÍA

10 /19.1 LECTURA Y, SI PROCEDE, APROBACIÓN BORRADOR ACTASESIÓN ANTERIOR.10 /19.2 ACUERDO APROBACIÓN EXPEDIENTE CONTRATACIÓNSERVICIO “CONTROL AMBIENTAL MEDIANTE LASINFRAESTRUCTURAS EJECUTADAS EN EL VERTEDERO CLAUSURADODE GARRUT”. (EXPTE. 2019/525X).10/19.3 ACUERDO APROBACIÓN PROGRAMA DE ACTIVIDADCULTURAL “RONDAS DE MAYO 2019 DE LA VALL D’UIXÓ”. (EXPTE.2019/147G).10/19.4 ACUERDO APROBACIÓN PROGRAMA CULTURAL II APLEC DEDOLÇAINERS I CONCERT “BOTIFARRA A BANDA”, 2019. (EXPTE.2018/11305J).10/19.5.ACUERDO APROBACIÓN JUBILACIÓN VOLUNTARIA Y ABONOINDEMNIZACIÓN CUMPLIMIENTO ARTÍCULO 45 DEL ACUERDO DEFUNCIONARIOS POR JUBILACIÓN DEL FUNCIONARIO D. JOSÉ BONETESÁNCHEZ. (EXPTE.2019/1658G).10/19.6 LICENCIAS AMBIENTALES DE ACTIVIDAD.10/19.7 LICENCIAS DE OBRAS.10/19.8.ACUERDO APROBACIÓN AUTORIZACIÓN APROVECHAMIENTOESPECIAL DOMINIO PÚBLICO LOCAL MEDIANTE OCUPACIÓN VÍAPÚBLICA CON MATERIALES, HERRAMIENTAS Y MAQUINARIA PARAEJECUCIÓN OBRAS CON MODIFICACIÓN DEL ESTUDIO BÁSICO DESEGURIDAD Y SALUD. (EXPTE. 2018/7895J).10/19.9 ACUERDO APROBACIÓN RELACIÓN DE GASTOS, CARGO NÚM.6/2019, RELACIÓN CONTABLE 1201900141. (EXPTE. 2019/2472J).10/19.10 ACUERDO APROBACIÓN LIQUIDACIÓN PROVISIONALEJECUCIÓN SUBSIDIARIA PARA RESTAURACIÓN LEGALIDADURBANÍSTICA EN CORRALIZA, POLÍGONO III, PARCELA 276. (EXPTE.2019/2356N).10/19.11 DESPACHO EXTRAORDINARIO.

11.1 Acuerdo aprobación relación de autorizaciones y disposición degastos (documentos AD) núm. 6/2019, lista contable núm. 12019000156.(Expte. 2568V).

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11.2 Acuerdo aprobació resolución recurso reposición interpuesto porValoto Dalmani, S.L., contra liquidación Impuesto sobre incremento delvalor de los terrenos de naturaleza urbana. (EXPTE. 2019/429Y).

10/19.12 TURNO ABIERTO DE PALABRAS.

FECHA: 28.02.19FDO: LA ALCALDESA. Tania Baños MartosNº REGISTRO: 1863.

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BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA 10/19CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍACUATRO DE MARZO DE 2019.

ASISTENTES:

Alcalde-Presidente Acctal:Sr. Antoni Llorente Ferreres.

Concejales:Sr. Fernando Darós Arnau.Sra. Francesca Bartolomé PalasíSr. Jorge García FernándezSra. Carmen García Arnau.

Secretario:D. José Luis de la Torre Martín

Interventor:D. Fco. Javier Biosca López

Excusa su asistencia:Dª. Tania Baños Martos

En el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial de la Ciudad de la Valld’Uixó, a las nueve horas del día cuatro de marzo de dos mil diecinueve, sereúnen los Sres. Concejales arriba anotados, con objeto de celebrar sesiónordinaria de la Junta de Gobierno Local. --------------------------------------------------

Abierto el acto por la Presidencia a la hora expresada, se procede a tratarlos asuntos que figuran en el Orden del Día, adoptándose los siguientes acuerdos:

10/19.1 LECTURA Y, EN SU CASO, APROBACIÓN BORRADOR ACTASESIÓN ANTERIOR

Se da cuenta del borrador del acta de la sesión ordinaria 09/19, deveinticinco de febrero de 2019, acordando la Junta de Gobierno Local, porunanimidad, su aprobación. -----------------------------------------------------------------

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10 /19.2 ACUERDO APROBACIÓN EXPEDIENTE CONTRATACIÓNSERVICIO “CONTROL AMBIENTAL MEDIANTE LASINFRAESTRUCTURAS EJECUTADAS EN EL VERTEDERO CLAUSURADODE GARRUT”. (EXPTE. 2019/525X).

Incoado expediente de contratación para la adjudicación, porprocedimiento abierto del CONTROL AMBIENTAL MEDIANTE LASINFRAESTRUCTURAS EJECUTADAS EN EL VERTEDERO CLAUSURADODE GARRUT.--------------------------------------------------------------------------------

Resultando que en el mencionado expediente figura Memoria Justificativa;Pliego de Prescripciones Técnicas, Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas Particulares suscrito por la Jefa del Servicio de Urbanismo,Contratación y Bienes, con el conforme del Secretario General.-----------------------

Vista la legislación aplicable y que fundamentalmente está constituida por:

- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público,artículos 17, 22, 116, 117, 131, 156, 157, 158, 308 a 315 y DA segunda, tercera ydecimoquinta.

- Reglamento General Ley de Contratos de las Administraciones Públicas,aprobado por RD Legislativo 2/2000, de 16 de junio, artículo 67.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda:------------------------

Primero.- Autorizar la contratación mediante procedimiento abierto, delCONTROL AMBIENTAL MEDIANTE LAS INFRAESTRUCTURASEJECUTADAS EN EL VERTEDERO CLAUSURADO DE GARRUT.-----------

Segundo.- Aprobar el gasto anual de 15.200,00 euros (IVA incluido), conla siguiente operación contable:------------------------------------------------------------

2019 (7 mensualidades) 8.866,69 € N.º Operación: A 398

Tercero.- Aprobar y, en consecuencia, otorgar plena conformidad alexpediente de contratación que, entre otros documentos, comprende: Pliego deCondiciones Económico-Administrativas Particulares, cuyas principales cláusulasson las siguientes:----------------------------------------------------------------------------

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Objeto: CONTROL AMBIENTAL MEDIANTE LASINFRAESTRUCTURAS EJECUTADAS EN ELVERTEDERO CLAUSURADO DE GARRUT

Presupuesto máximode licitación:

15.200,00 €/ año (IVA incluido).

Plazo de prestación: DOS (2) años, prorrogables por DOS más

Plazo de garantía: 12 meses

Criterios Adjudicación: Los previstos en la Cláusula 18 del Pliego deCláusulas Administrativas Particulares

Fianza Definitiva: 5% del importe del importe adjudicado, Ivaexcluido.

Plazo de Presentaciónde ofertas:

15 días naturales.

Apertura de ofertas: A las 12 horas del quinto día hábil a aquel en quefinalice el plazo de presentación de plicas.

Cuarto.- Abrir la fase de adjudicación del contrato, por el procedimientoabierto, publicando el correspondiente anuncio de licitación en perfil delcontratante.------------------------------------------------------------------------------------

Quinto.- Designar a los siguientes miembros de la Mesa de Contratación:--

Presidente: La Alcaldesa o Concejal en quien delegue.Vocales:El Secretario General de la Corporación.El Sr. Interventor Municipal.La Técnica de Medio Ambiente.

Secretaria: La Jefa de Servicio de Urbanismo, Contratación y Bienes.

Sexto.- Facultar a la Sra. Alcaldesa para la tramitación y ejecución delpresente acuerdo.-----------------------------------------------------------------------------

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Séptimo.- Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa,se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que hadictado el presente acuerdo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente ala notificación del mismo o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado delo Contencioso-Administrativo de Castellón, en el plazo de dos meses contadosdesde el día siguiente a la recepción de la notificación del mismo.-------------------

10/19.3 ACUERDO APROBACIÓN PROGRAMA DE ACTIVIDADCULTURAL “RONDAS DE MAYO 2019 DE LA VALL D’UIXÓ”. (EXPTE.2019/147G).

Visto que el Ayuntamiento de la Vall d'Uixó pretende organizar elprograma de actividad cultural: Rondas de Mayo 2019, en la Vall d'Uixó, deacuerdo con la propuesta contenida en la Memoria–Programa del concejaldelegado especial de Cultura.---------------------------------------------------------------

Teniendo en cuenta el interés de la Corporación en que se organice laactividad: Rondas de Mayo 2019, en la Vall d'Uixó, ya que redundará en lapromoción cultural.---------------------------------------------------------------------------

Visto el informe emitido por el Técnico Medio de Gestión del Área de laCiudad para las Personas, Jaime Nebot Pedrós.------------------------------------------

A propuesta de la Concejalía del Área de la Ciudad para las Personas, laJunta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda:------------------------------------

Primero.- Aprobar el programa: Rondas de Mayo de la Vall d’Uixó acelebrar los días 3, 10, 17, 24 y 31 de mayo de 2019.-----------------------------------

Segundo.- Aprobar el gasto por importe de 2.250,00 € con cargo a lapartida 1008-334-22799, RC: 1949 del presupuesto municipal para el año 2019.---

Tercero.- Aprobar los siguientes contratos privados:

DÍA ESPECTÁCULO COMPAÑÍA COSTE (IVAincluido)

ADRC

3, 10, 17, 24 y31 de mayode 2019

RONDAS DE MAYO RONDALLAVALLERA

2.250,00 € 2082

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Cuarto.- Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa,se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que loha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificacióndel mismo, o de su publicación, o recurso contencioso administrativo ante elJuzgado Contencioso Administrativo de Castellón, en el plazo de dos mesescontados desde el día siguiente a la recepción de la notificación del mismo, o desu publicación.--------------------------------------------------------------------------------

10/19.4 ACUERDO APROBACIÓN PROGRAMA CULTURAL II APLEC DEDOLÇAINERS I CONCERT “BOTIFARRA A BANDA”, 2019. (EXPTE.2018/11305J).

Atès que l'Ajuntament de la Vall d’Uixó pretén organitzar el programa “IIAplec de dolçainers i concert de Pep Gimeno Botifarra i la Banda Municipal deCastelló “Botifarra a banda””, tot seguint la proposta continguda en la Memòriadel regidor delegat especial de Cultura.----------------------------------------------------

Atès l'interés de la Corporació en què s'organitze esta programació de “IIAplec de dolçainers i concert de Pep Gimeno Botifarra i la Banda Municipal deCastelló “Botifarra a banda””, que redundarà en la promoció cultural.---------------

Vists l’ informe emés per el el Tècnic Mitjà de l’àrea de la Ciutat per a lesPersones amb el vist i plau de l’informe de la Intervenció Municipal.----------------

A proposta de la Regidoria de l’àrea de la Ciutat per a les Persones, laJunta de Govern Local, per unanimitat, acorda:------------------------------------------

Primer.- Aprovar el programa “II Aplec de dolçainers i concert de PepGimeno Botifarra i la Banda Municipal de Castelló “Botifarra a banda””-----------

Segon.- Aprovar i disposar la despesa de 4.984,70 € per al programa “IIAplec de dolçainers i concert de Pep Gimeno Botifarra i la Banda Municipal deCastelló “Botifarra a banda””, ( RC 3358 a la partida 1008/334/22799).-------------

Tercer.- Aprovar el següent contracte privat:------------------------------------

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DÍA ESPECTACLE COMPANYIA COST (IVAinclós)

ADRC

09/03/19 II Aplec dedolçainers I concertde Pep GimenoBotifarra I la BandaMunicipal deCastelló “Botifarra aBanda”

EL COR DE LACOSTERA, S.L.

3.993 € 4581

Quart.- Contra el present acord, que posa fi a la via administrativa, éspodrà interposar recurs potestatiu de reposició davant del mateix òrgan que hadictat, en el termini d'un mes a comptar des de l'endemà a la notificació delmateix, o de la seua publicació, o recurs contenciós administratiu davant el JutjatContenciós Administratiu de Castelló, en el termini de dos mesos comptats des del'endemà a la recepció de la notificació del mateix, o de la seua publicació.---------

10/19.5.ACUERDO APROBACIÓN JUBILACIÓN VOLUNTARIA Y ABONOINDEMNIZACIÓN CUMPLIMIENTO ARTÍCULO 45 DEL ACUERDO DEFUNCIONARIOS POR JUBILACIÓN DEL FUNCIONARIO D. JOSÉ BONETESÁNCHEZ. (EXPTE.2019/1658G).

Visto que el funcionario carrera Sr. José Bonete Sánchez, Encargado deObras de l Ayuntamiento de La Vall D’ Uixo, ha expresado su voluntad dejubilarse en fecha 25/02/2019.--------------------------------------------------------------

Visto que el funcionario carrera ha prestando servicios, por un total de 24años , 8 meses y 12 días, a fecha de la solicitud, de acceder a la jubilación enfecha 25 de febrero de 2019, como Encargado de Obras.------------------------------

Visto el artículo 67.1 a), 2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 deoctubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básicodel Empleado Público, y el articulo 208 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de laSeguridad Social.-----------------------------------------------------------------------------

Vistos los artículos 27 y 45 del Acuerdo de funcionarios, aprobado porPleno municipal del día 29 de junio de 2000, publicado en el BOP nº 98 en fecha12 de agosto de 2000. -----------------------------------------------------------------------

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Visto que el artículo 45 se ha modificado recientemente mediante AcuerdoPlenario de 29 noviembre de 2017, modificación publicada en el BOP nº 148 de12-12-2017, donde se regula que con el objeto de fomentar la jubilaciónvoluntaria o forzosa, se establece una indemnización derivada del perjuicioeconómico que supone el paso de la situación activa a la pasiva, de acuerdo con latabla y requisitos que se indican en el mencionado artículo. ---------------------------

Visto el informe de la Jefatura del Servicio de Recursos Humanos y laTécnica de Relaciones Laborales y visto el informe de intervención, a propuestade la Concejalía del Área de la Ciudad Eficiente y Abierta, la Junta de GobiernoLocal, por unanimidad, acuerda:-----------------------------------------------------------

Primero.- Jubilar al funcionario carrera Sr. José Bonete Sánchez, queocupa el siguiente puesto de trabajo:------------------------------------------------------

Código: G-BO-3Denominación: Encargado de Obras Subescala: Servicios EspecialesEscala: Administración EspecialRégimen Jurídico: Funcionario carrera

Segundo.- La jubilación y el cese en el puesto de trabajo surtirá efecto eldía 25 de Febrero de 2019.------------------------------------------------------------------

Tercero.- Autorizar, disponer y reconocer la obligación por importe de15.090,67 € (indemnización de 15.090,67 €, menos una retención de 15%,2.263,60 € por IRPF y un 6,35%, aportación del funcionario a S. Social, queasciende a 692,66 €) en concepto de indemnización derivada del perjuicioeconómico que supone el paso de la situación activa a la pasiva, por jubilación delSr. José Bonete Sánchez, con cargo a la partida presupuestaria 0101.221.16209,con número de operación 6881 del presupuesto municipal para el ejercicio 2019 yaportación municipal a la Seguridad Social (36,40%), 3.718,34 euros con cargo ala partida presupuestaria 0101.1532.16000, con número de operación 6882 delpresupuesto municipal para el ejercicio 2019.--------------------------------------------

Cuarto.- Agradecer al Sr. José Bonete Sánchez, los servicios prestados aesta Corporación Local.----------------------------------------------------------------------

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Quinto.- Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, sepodrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ladictó, en el término de un mes contado desde el día siguiente a la notificación dela misma o también se podrá interponer recurso contencioso administrativo ante elJuzgado de lo Contencioso Administrativo de Castellón, en el término de dosmeses, contados desde el día siguiente a la recepción de esta notificación.----------

10/19.6 LICENCIAS AMBIENTALES DE ACTIVIDAD.

6.1 Dada cuenta del expediente instruido a instancia de MARIA DOLORESSANCHEZ DIAZ, sobre comunicación previa para la instalación de una actividadde TIENDA DE VENDING con emplazamiento en CALLE PENYAGOLOSA, 1Esc 1 00 5 (ref. catastral: 711880YK3171N0005LU).----------------------------------

Considerando lo dispuesto en la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, demedidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios, asícomo en la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por los Servicios yActividades Necesarios para la Expedición de Documentos Administrativosvigente. ----------------------------------------------------------------------------------------

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda:------------------------

Primero.- Tomar razón de la comunicación previa para la instalación de laactividad referida en el expositivo y proceder a su inscripción en el RegistroMunicipal de Actividades.-------------------------------------------------------------------

Segundo.- Advertir al nuevo titular que deberá subsanar las deficiencias yanotificadas el pasado 12/02/2019 y a continuación enumeradas y/o presentar ladocumentación requerida, sin perjuicio de que se proceda a iniciar el expedientesancionador correspondiente: --------------------------------------------------------------

- Impreso normalizado de comunicación previa de la Ley 12/2012, de 26de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y dedeterminados servicios. El informe urbanístico que acompaña alcertificado de compatibilidad solicitado, dice expresamente que se trata deuna comunicación previa de la Ley 12/2012 y no de una comunicaciónambiental, cuyo impreso normalizado presentó erróneamente.- Memoria técnica en la que se describa la instalación y la actividad, queincluya expresamente los parámetros que acreditan la compatibilidadurbanística, plano de emplazamiento referido al PGOU y plano de planta.

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Tercero.- Contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa,cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que hadictado el presente acuerdo, en el plazo de una mes a contar desde el día siguientea la notificación del mismo o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgadode lo Contencioso-Administrativo de Castellón, en el plazo de dos meses contadosdesde el día siguiente a la recepción de la notificación del mismo.--------------------

6.2 Vista la comunicación de cambio de titular presentada por JANETALORENA CAMACHO CAMBISACA para la actividad de PAPELERÍA YTIENDA DE REGALOS en AVDA. JAIME I, 49 00 2 (ref. catastral:6916907YK3161N0002AM).---------------------------------------------------------------

Resultando que por la Junta de Gobierno Local, en fecha 09/07/2018, setomó razón del cambio de titular de la misma actividad a nombre de Henry DanielCorrea Taco, en el emplazamiento indicado conforme se acredita en el RegistroMunicipal de Licencias de Actividades.---------------------------------------------------

Considerando que se cumple lo preceptuado en la Ley 12/2012, de 26 dediciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinadosservicios., así como en la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por losServicios y Actividades Necesarios para la Expedición de DocumentosAdministrativos vigente. --------------------------------------------------------------------

A propuesta de la Jefa del Servicio de Urbanismo, Contratación y Bienes;la Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda:----------------------------------

Primero.- Tomar razón del cambio de titularidad comunicado y proceder asu inscripción en el Registro Municipal de Actividades.--------------------------------

Segundo.- Contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa,cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que hadictado el presente acuerdo, en el plazo de una mes a contar desde el día siguientea la notificación del mismo o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgadode lo Contencioso-Administrativo de Castellón, en el plazo de dos meses contadosdesde el día siguiente a la recepción de la notificación del mismo.-------------------

6.3 Vista la comunicación de cambio de titular presentada por PORCARDOÑATE, S.L. para la actividad de TALLER DE REPARACIÓN DEMOTOCICLETAS en AVDA. CORAZÓN DE JESÚS, 115 BAJO (segúncatastro; número 113 00 1 ref. catastral: 7620504YK3172S0001OT).----------------

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Resultando que por la Comisión de Gobierno Municipal, en fecha09/04/1986, se concedió licencia a favor de Bautista Porcar Canós para la aperturade un establecimiento dedicado a taller de reparación de motocicletas, en elemplazamiento indicado conforme se acredita en el Registro Municipal deLicencias de Actividades.--------------------------------------------------------------------

Considerando que se cumple lo preceptuado en la Ley de la GeneralitatValenciana 6/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Prevención, Calidad yControl Ambiental de Actividades en la Comunitat Valenciana, así como en laOrdenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por los Servicios y ActividadesNecesarios para la Expedición de Documentos Administrativos vigente. ------------

A propuesta de la Jefa del Servicio de Urbanismo, Contratación y Bienes;la Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda:----------------------------------

Primero.- Tomar razón del cambio de titularidad comunicado y proceder asu inscripción en el Registro Municipal de Actividades.--------------------------------

Segundo.- Contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa,cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que hadictado el presente acuerdo, en el plazo de una mes a contar desde el día siguientea la notificación del mismo o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgadode lo Contencioso-Administrativo de Castellón, en el plazo de dos meses contadosdesde el día siguiente a la recepción de la notificación del mismo.--------------------

10/19.7 LICENCIAS DE OBRAS.

Vistos los expedientes tramitados de solicitud de licencia de obras, asícomo los informes emitidos por los Servicios Técnicos y el Servicio deUrbanismo, Contratación y Bienes, así como las liquidaciones practicadas por lostributos correspondientes; la Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda:--

Primero.- Conceder las licencias de obras que se relacionan acontinuación, con sujeción a las normas urbanísticas vigente, en especial lassiguientes:--------------------------------------------------------------------------------------

A) El plazo máximo en que deben comenzar a ejecutarse las obras es de unaño desde la concesión de la licencia o de tres meses si se trata de un derribo.------

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El plazo máximo para la conclusión de las obras es de 3 años desde laobtención de la licencia o de seis meses si se trata de un derribo, en caso contrariose producirá la caducidad de la licencia.---------------------------------------------------

B) En todo caso, a solicitud del interesado, podrá prorrogarse el plazofijado, con anterioridad al vencimiento del plazo establecido en la licencia. Lasprórrogas podrán concederse previa solicitud del interesado y tendrán unaduración máxima total no superior a dos años, salvo en caso de derribo que nosuperará los 3 meses. ------------------------------------------------------------------------

Modificado 3 expte. 77/15 – 2018/00008875G de Nedgia Cegas, S.A.(Ampliación de gas natural, Barrio Carbonaire Fase 2)Cambio de trazadoBarrio CarbonairePlazo de ejecución: 6 meses desde la concesión de este modificado

Modificado expte. 265/15 – 2018/00007349L de Transporte y Volquetes Vargas,S.L. (Nave logística)Ampliación de superficie construida en altillo, cambios de distribución y defachada y ampliación de soleraP.I. Belcaire, parcela 411Ref. catastral: 8200211YK3180S0001IZICIO complementario: 221,45 €

Prórroga expte. 2016/00000562Z de José Manuel Salvador FasReforma de vivienda unifamiliarColonia Segarra, 50 Ref. catastral: 6913701YK3161S0001WUPlazo: 2 años desde la concesión de esta prórroga

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Expte. 2017/00007208K de Iman Essameldin Abd El Hamied IbrahimHabilitación de local para su uso como supermercadoAvda. Jaime I, 41Ref. catastral: 6916911IK3161N0001LXICIO: 598,29 €*Condiciones específicas: 1) No le será de aplicación la legislación sobrepropiedad horizontal. 2) Antes del comienzo de las obras del edificio el certificadode eficiencia energética del proyecto será remitido en el formato normalizadoInstituto Valenciano de Competitividad Empresarial para su registro. 3) Antes deiniciar las obras deberá ponerse en contacto con los Servicios ArqueológicosMunicipales (964/690512), los que durante la excavación o movimientos de tierrapara la edificación inspeccionarán las obras, pudiendo, si se aprecian indicios derestos arqueológicos, ordenar el sondeo previo y, en su caso, la excavación delsolar; así como paralizar las obras cuando los indicios o restos aparecieren durantela ejecución.

Expte. 2018/00007578H de Josefa Mercado Morcillo y José García AstasioAdecuación de parte de local en planta baja para vivienda Carbonaire T/ 4, 93 bajoRef. catastral: 7028517YK3172N0001EBICIO: 691,63 €*Condición específica: Antes del comienzo de las obras del edificio el certificadode eficiencia energética del proyecto será remitido en el formato normalizadoInstituto Valenciano de Competitividad Empresarial para su registro

Expte. 2018/00008094M de Asunción Molina SebastiánReforma de local para vivienda Avda. Jaime I, 6 planta 1ª local 4Ref. Catastral: 6819412YK3161N0009HUICIO: 541,13 €*Condición específica: Antes del comienzo de las obras del edificio el certificadode eficiencia energética del proyecto será remitido en el formato normalizadoInstituto Valenciano de Competitividad Empresarial para su registro

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Expte. 2018/00008618T de Carla López de Urda NúñezReforma de local diáfano para adecuarlo a la actividad de elaboración y venta decomidas preparadasC/ Doctor Severo Ochoa, 33 Esc 1 00 1 chaflán Avda. Corts ValencianesRef. catastral: 7415401YK3171N0020BICIO: 837,24 €*Condiciones específicas: Antes del inicio de las obras, deberá presentar elcorrespondiente proyecto de ejecución.

Expte. 2019/00001219W de Comunidad de Propietarios C/ Trinidad, 21Reforma de edificio para instalación de ascensorC/ Santísima Trinidad, 21Ref. catastral: 7322812YK3172SICIO: 998,40 €*Condiciones específicas: Antes de iniciar las obras 1) deberá ponerse en contactocon los Servicios Arqueológicos Municipales (964/690512), los que durante laexcavación o movimientos de tierra para la edificación inspeccionarán las obras,pudiendo, si se aprecian indicios de restos arqueológicos, ordenar el sondeoprevio y, en su caso, la excavación del solar; así como paralizar las obras cuandolos indicios o restos aparecieren durante la ejecución. 2) deberá presentar loscorrespondientes proyecto básico y de ejecución, que contiene el estudio deseguridad y salud, visados.

Expte. 2019/00001316F de Mª Pilar Tello Guillén y José Joaquín MontónMontesinosDemolición de edificioC/ Rosario, 20 esquina C/ San PascualRef. catastral: 6319308YK3161N0001SXICIO: 130,04 €*Condiciones especificas: 1) Deberán realizarse, tras la demolición y previaobtención de la preceptiva licencia, las obras de reedificación del solar resultantedentro del plazo de un año desde la concesión de esta licencia de derribo. Si nofuera posible la reedificación en ese plazo, deberáN llevarse a cabo de formainmediata, las obras de adecuación del artículo 4.2.2.12 de las NormasUrbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana, que son:

- Las obras del vallado del solar hasta una altura mínima de tres metros,con cerca resistente de material incombustible, no diáfano, como mínimorevocado, pintado en colores claros, de forma que su acabado contribuya al ornatode la ciudad, siendo preceptiva la colocación de una puerta de acceso al mismo demadera para ser pintada o barnizada en tonos oscuros o neutros, admitiéndose lascarpinterías de PVC y aluminio lacado imitación de madera oscura.

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- La construcción de solera de hormigón con un espesor mínimo de diezcentímetros.

- La recogida de aguas pluviales, que deberán conectarse a la red dealcantarillado.

- La protección de las medianeras que se dejen al descubierto con espumade poliuretano proyectado, sobre la que se dispondrá un acabado con pinturaadecuada en color análogo al de la edificación medianera correspondiente, oenfoscado.2) Antes de iniciar las obras deberá ponerse en contacto con los ServiciosArqueológicos Municipales (964/690512), los que durante la excavación omovimientos de tierra para la edificación inspeccionarán las obras, pudiendo, si seaprecian indicios de restos arqueológicos, ordenar el sondeo previo y, en su caso,la excavación del solar; así como paralizar las obras cuando los indicios o restosaparecieren durante la ejecución. 3) Deberá comunicar a UTE ALUMVALL (963 134 270), la fecha de inicio delas obras con una antelación mínima de 7 días, a fin de permitir la retirada de loselementos de la instalación del alumbrado público existentes en la fachada delinmueble a derribar y su instalación provisional en otra ubicación hasta que seedifique el solar resultante del derribo, permitiéndose su reposición en elemplazamiento original o donde corresponda.

Segundo.- Contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa,se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lodictado, en el plazo de una mes a contar desde el día siguiente a la notificación orecurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Castellón, el plazo de dos meses contados desde el díasiguiente a la recepción de la notificación del mismo.-----------------------------------

10/19.8.ACUERDO APROBACIÓN AUTORIZACIÓN APROVECHAMIENTOESPECIAL DOMINIO PÚBLICO LOCAL MEDIANTE OCUPACIÓN VÍAPÚBLICA CON MATERIALES, HERRAMIENTAS Y MAQUINARIA PARAEJECUCIÓN OBRAS CON MODIFICACIÓN DEL ESTUDIO BÁSICO DESEGURIDAD Y SALUD. (EXPTE. 2018/7895J).

Examinado el expediente de licencia de obras 2018/00007895J, concedidamediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local, el día 14/01/2019 y en la que nofue autorizada la ocupación de vía pública mediante materiales, herramientas ymaquinaria.------------------------------------------------------------------------------------

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Vista la solicitud presentada por D. Joan Bosco Soriano Moya para lamodificación del Estudio de Seguridad y Salud y la ocupación de vía pública conocasión de la ejecución de las obras, para 10 m2 durante 60 días.---------------------

Considerando lo dispuesto en el PGOU vigente y en la Ordenanza FiscalMunicipal reguladora de la Tasa por el Uso Privativo o el AprovechamientoEspecial del Dominio Público Local.------------------------------------------------------

Visto el informe de los Servicios Técnicos Municipales.----------------------

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda:------------------------

Primero.- Autorizar a JOAN BOSCO SORIANO MOYA elaprovechamiento especial del dominio público local mediante ocupación de la víapública con materiales, herramientas y maquinaria para la ejecución de las obrascuya licencia fue concedida en expediente 2018/00007895J; en las siguientescondiciones:-----------------------------------------------------------------------------------

- Superficie: 10 m2

- Distancia máxima de la fachada: 25% del ancho de la calle con unmáximo de 2’5 m- Deberá colocar una valla protectora sobre el perímetro de la superficieocupada- Deberá señalizarse de modo permanente la ocupación, diurna y nocturna.- Plazo: 60 días- Tasa abonada correspondiente: 240 €Segundo.- Aprobar la modificación del Estudio de Seguridad y Salud

correspondiente a la licencia de obras 2018/00007895J.--------------------------------

Tercero.- Contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa,se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que loha dictado, en el plazo de una mes a contar desde el día siguiente a la notificacióndel mismo o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de loContencioso-Administrativo de Castellón, en el plazo de dos meses contadosdesde el día siguiente a la recepción de la notificación del mismo.--------------------

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10/19.9 ACUERDO APROBACIÓN RELACIÓN DE GASTOS, CARGO NÚM.6/2019, RELACIÓN CONTABLE 1201900141. (EXPTE. 2019/2472J).

Vista la relación de gastos nº 06/2019 integrada por la relación contable12019000141 por importe total de 127.968,03 € .---------------------------------------

Comprobada la existencia de crédito adecuado para la tramitación de todaslas obligaciones incluidas en la presente relación en el presupuesto de 2019, segúnconsta en el anexo adjunto.------------------------------------------------------------------

Considerando que se ha comprobado el cumplimiento de lo establecido enlas Bases números 15 a 20 de las Bases de Ejecución del Presupuesto de 2018, enmateria del contenido del expediente de gasto y de los documentos necesariospara el reconocimiento de la obligación, aplicables por cuanto nos encontramos enla fase de prórroga del presupuesto.--------------------------------------------------------

Comprobado que el Decreto nº 1516/15 y 1517/15 de 28 de junio, atribuyea la Junta de Gobierno Local la aprobación de las facturas y el reconocimiento yla liquidación de las obligaciones.----------------------------------------------------------

Visto el informe de la Intervención municipal así como el informe deGestión obrantes en el expediente, la Junta de Gobierno Local, por unanimidadacuerda:----------------------------------------------------------------------------------------

Primero.- Aprobar el reconocimiento de las obligaciones y, en su caso, laautorización, disposición del gasto derivados de la relación de gastos nº 06/2019por importe total de 127.968,03 € con cargo a la partidas y conceptos relacionadosen el anexo adjunto.---------------------------------------------------------------------------

Segundo.- Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa,se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que hadictado el presente acuerdo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente ala notificación del mismo, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgadode lo Contencioso-Administrativo de Castellón en el plazo de dos meses, contadosdesde el día siguiente a recepción de la notificación del mismo. ----------------------

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10/19.10 ACUERDO APROBACIÓN LIQUIDACIÓN PROVISIONALEJECUCIÓN SUBSIDIARIA PARA RESTAURACIÓN LEGALIDADURBANÍSTICA EN CORRALIZA, POLÍGONO III, PARCELA 276. (EXPTE.2019/2356N).

Vista la documentación remitida por el DOTM relativa a la ejecuciónsubsidiaria para la restauración de la legalidad urbanística vulnerada en Corraliza,Polígono 3, Parcela 276.---------------------------------------------------------------------

Resultando que en el expediente obra el informe del Arquitecto Técnicopor el que se estima que el coste de las citadas obras asciende a un importe deDIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE EUROS CONDIECISIETE CÉNTIMOS (18.887,17 €) IVA incluido.-------------------------------

Resultando que mediante el decreto nº 1868/16 de la Alcaldía se acuerda,entre otros puntos, instar a D. Gregorio Bermejo Galera, como propietario delinmueble sito en Corraliza, parcela 276 del Polígono 3, a que proceda a larealización de obras para restaurar la legalidad urbanística vulnerada, consistenteen la demolición de la vivienda, piscina, caseta, camino hormigonado y vallado deparcela, con el posterior transporte a vertedero de los escombros resultantes y larestitución de los terrenos a su estado anterior a la vulneración, concediéndoles unplazo de 2 meses desde la notificación del decreto para la ejecución de lasmismas.----------------------------------------------------------------------------------------

Resultando que el citado plazo ha finalizado sin que se haya adoptado porD. Gregorio Bermejo Galera las actuaciones anteriormente citadas.------------------

Considerando que el artículo 100 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, deRégimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común posibilita la ejecución subsidiaria como uno de los mediosde ejecución forzosa por parte de la Administración Pública.--------------------------

Considerando que el artículo 101 de la misma Ley establece que: “si envirtud de acto administrativo hubiera de satisfacerse cantidad líquida se seguirá elprocedimiento previsto en las normas reguladoras del procedimiento recaudatorioen vía ejecutiva.-------------------------------------------------------------------------------

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Considerando que el artículo 102 de la misma Ley establece que: “Habrálugar a la ejecución subsidiaria cuando se trate de actos que por no serpersonalísimos puedan ser realizados por sujeto distinto del obligado”,continuando que el importe de los gastos, daños y perjuicios se exigirá conforme alo dispuesto en el artículo 101, pudiéndose liquidar este importe de formaprovisional y realizarse antes de la ejecución, a reserva de la liquidacióndefinitiva.--------------------------------------------------------------------------------------

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda:------------------------

Primero.- Practicar la siguiente liquidación provisional a D. GregorioBermejo Galera, en la que se incluye el importe de las actuaciones a realizar en elinmueble citado.-------------------------------------------------------------------------------

Obligado al pago: Gregorio Bermejo GaleraNIF: 25889347-HDomicilio fiscal: Corraliza, Pol. 3 Parc. 276 La Vall d’Uixó (Castellón)Concepto: Coste de la ejecución subsidiaria de las obras de restauración de lalegalidad urbanística en Corraliza, Parcela 276 del Polígono 3, consistente en lademolición de la vivienda, piscina, caseta, camino hormigonado y vallado deparcela, con el posterior transporte a vertedero de los escombros resultantes y larestitución de los terrenos a su estado anterior a la vulneración.Importe: 18.887,17 € IVA incluido.

Segundo.- Informar al interesado que la liquidación provisional que se lepractica en el punto anterior deberá pagarla en la Recaudación Municipal, y que elplazo de ingreso en voluntaria de la misma será el siguiente en función de la fechade notificación del presente acuerdo: a) Si la notificación de la liquidación serealiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de lanotificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta elinmediato hábil siguiente. b) Si la notificación de la liquidación se realiza entrelos días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificaciónhasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta elinmediato hábil siguiente.-------------------------------------------------------------------

Tercero.- Contra la presente resolución que pone fin a la víaadministrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante el ConcejalDelegado de la Ciudad Eficiente y Abierta, en el plazo de un mes a contar desdeel día siguiente a su notificación (art. 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de lasHaciendas Locales).

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10/19.11 DESPACHO EXTRAORDINARIO.

Previa declaración de urgencia, adoptada por unanimidad de los miembrosasistentes a la sesión del Órgano Colegiado, debido a que no figuraban en elOrden del Día los asuntos que a continuación se hará referencia, la Junta deGobierno Local, conoció y resolvió éstos de la siguiente forma: ----------------------

11.1 Acuerdo aprobación relación de autorizaciones y disposición de gastos(documentos AD) núm. 6/2019, lista contable núm. 12019000156. (Expte.2568V).

Vista la relación de autorizaciones y disposiciones de gastos nº 6/2019integrada por la lista contable de documentos AD nº 12019000156 por importetotal de 48.254,04 €.--------------------------------------------------------------------------

Comprobado que todas las operaciones AD propuestas se correspondencon la gestión de contratos menores de acuerdo con su definición en la Ley9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.--------------------------

Comprobada la existencia de crédito adecuado para la tramitación de todaslas operaciones incluidas en la presente relación en el presupuesto de 2018, segúnconsta en el anexo adjunto.------------------------------------------------------------------

Considerando que se ha comprobado el cumplimiento de lo establecido enlas Bases números 15 a 20 de las Bases de Ejecución del Presupuesto de 2018, enmateria del contenido del expediente de gasto y de los documentos necesariospara la autorización y disposición del gasto.----------------------------------------------

Comprobado que el Decreto nº 1516/15 y 1517/15 de 28 de junio, atribuyea la Junta de Gobierno Local la aprobación de las autorizaciones y disposicionesde créditos que no afecten a los capítulos tercero y noveno del presupuesto.--------

Comprobada la existencia de crédito y visto el informe del Servicio dePresupuestos obrante en el expediente, la Junta de Gobierno Local, porunanimidad, acuerda:-------------------------------------------------------------------------

Primero.- Aprobar la autorización y disposición del gasto de contratosmenores nº 6/2019, incluidos en la lista de documentos contables AD nº12019000156 por importe total de 48.254,04 €, con cargo a la partidas yconceptos relacionados en el anexo adjunto.----------------------------------------------

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Segundo.- Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa,se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que hadictado el presente acuerdo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente ala notificación del mismo, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgadode lo Contencioso-Administrativo de Castellón en el plazo de dos meses, contadosdesde el día siguiente a recepción de la notificación del mismo.-----------------------

11.2 Acuerdo aprobación resolución recurso reposición interpuesto por ValotoDalmani, S.L., contra liquidación Impuesto sobre incremento del valor de losterrenos de naturaleza urbana. (EXPTE. 2019/429Y).

Recurso de reposición interpuesto el 03/12/2018 (registro de entrada2018022721) por la mercantil VALOTO DALMANI, S.L., con NIF: B12962619,contra la liquidación nº 20181912 (recibo nº 21862323), del Impuesto sobre elincremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU).----------------

Resultando que el inmueble sito en AVDA Europa, 3 TODOS, conreferencia catastral 7310202YK3171S0001FA, fue aportado a la sociedadVALOTO DALMANI, S.L. por valor de 7.495.000,00 €, en virtud de escritura deconstitución de sociedad autorizada por el notario D. Manuel Sierra Murcia,protocolo 1577 de fecha 04/12/2015.------------------------------------------------------

Este inmueble ha sido vendido por VALOTO DALMANI, S.L. a lamercantil DADELOS, S.L. por un valor de 3.685.000,00 según escritura de fecha16/03/2018, con nº de protocolo 890, otorgada ante el notario D. AlejandroCervera Taulet.--------------------------------------------------------------------------------

La transmisión llevada a cabo el 16/03/2018 dio lugar a la liquidaciónahora recurrida que fue notificada el 29/11/2018.----------------------------------------

Resultando que la sociedad recurrente ha presentado pruebas (escrituras deconstitución de sociedad y de compraventa) del valor del inmueble en las dosfechas relevantes para el cálculo de la liquidación recurrida. --------------------------

Resultando que, tras la documentación aportada, este Departamento hasolicitado tasación pericial contradictoria a los Servicios Técnicos Municipalesdel valor del inmueble a fecha 04/12/2015, por no quedar debidamente acreditadacon la información aportada por la sociedad recurrente, indicando esta tasación unvalor del inmueble a dicha fecha de 4.556.500,00 €.------------------------------------

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Considerando que el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de lasHaciendas Locales (TRLHL) establece:---------------------------------------------------

“2. Contra los actos de aplicación y efectividad de los tributos y restantesingresos de derecho público de las entidades locales, sólo podrá interponerse elrecurso de reposición que a continuación se regula...”

“2.c. Plazo de interposición. El recurso de reposición se interpondrá dentrodel plazo de un mes contado desde el día siguiente al de notificación expresa delacto cuya revisión se solicita...”.

Considerando que la Sentencia 59/2017 del Tribunal Constitucional (STC59/2017), publicada en el Boletín Oficial del Estado el día 15 de junio de 2017(BOE n.º 142) declara inconstitucionales y nulos los artículos 107.1, 107.2 a) y110.4 del TRLHL, “pero únicamente en la medida que someten a tributaciónsituaciones de inexistencia de incremento de valor”. -----------------------------------

Considerando que la Sentencia número 1.163/2018 de la Sección Segundade la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo fija lossiguientes criterios interpretativos de los artículos antes mencionados del TRLHLa la vista de la STC 59/2017:----------------------------------------------------------------

1.- Los arts. 107.1 y 107.2 TRLHL son constitucionales y plenamenteaplicables en aquellos supuestos en los que el obligado tributario no ha logradoacreditar que la transmisión de la propiedad no ha puesto de manifiesto unincremento de valor o una capacidad económica susceptible de ser gravada enbase al art. 31.1 de la Constitución Española (CE).

2.- El art. 110.4 TRLHL es totalmente inconstitucional por cuanto nopermite acreditar un resultado diferente al resultante de la aplicación de las reglasde valoración que contiene, impidiendo a los sujetos pasivos acreditar laexistencia de una situación inexpresiva de capacidad económica.

La nulidad total de este precepto posibilita que los obligados tributariospuedan probar desde la STC 59/2017 la inexistencia de un aumento de valor.

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3.- Para acreditar que no ha existido la plusvalía gravada por el IIVTNUpodrá el sujeto pasivo ofrecer cualquier principio de prueba, que al menosindiciariamente permita apreciarla, como es la diferencia entre el valor deadquisición y el de transmisión que se refleja en las correspondientes escrituraspúblicas; optar por una prueba pericial que confirme tales indicios; o emplearcualquier otro medio probatorio que ponga de manifiesto el decremento de valor.

Resultando que el recurso de reposición se ha presentado en tiempo yforma.------------------------------------------------------------------------------------------

Resultando que, mediante la documentación aportada y el informe emitidopor la Sra. Arquitecta Municipal, se ha acreditado la inexistencia de aumento devalor en el período que grava la liquidación nº 20181912 (recibo nº 21862323).---

Visto el informe favorable de la Jefa del Departamento de GestiónTributaria y Recaudación, de fecha 25 de febrero de 2019.----------------------------

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda:------------------------

Primero.- Estimar el recurso de reposición interpuesto el 03/12/2018(registro de entrada 2018022721) por la mercantil VALOTO DALMANI, S.L,con NIF: B12962619.------------------------------------------------------------------------

En consecuencia procede la anulación de las siguiente liquidación:----------

Remesa Liquidación Recibo Importe Situación Sujeto pasivo

18PLUS07 20181912 21862323

12.054,59 € Pagado VALOTODALMANI, S.L.

Segundo.- Aprobar la devolución a la mercantil interesada del importe queconsta pagado en el párrafo anterior según el siguiente detalle para lo cual deberánaportar Hoja de Terceros con sus datos bancarios debidamente cumplimentada:-------

Recibo Principal Intereses A devolver Interesado

21862323 12.054,59 € 104,03 € 12.158,62 € VALOTO DALMANI, S.L.

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Tercero.- Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa,podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos mesesdesde que el recurso de reposición sea desestimado o desde que se entiendadesestimado por silencio administrativo, sin perjuicio de que pueda ejercitarcualquier otro recurso que estime procedente (art. 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 deoctubre, del Procedimiento Administrativo Común de las AdministracionesPúblicas).---------------------------------------------------------------------------------------

10/19.12 TURNO ABIERTO DE PALABRAS.

No se efectuó. ------------------------------------------------------------------------

El Sr. Alcalde-Presidente Acctal. levanta la sesión siendo las nueve horasy treinta minutos, tomándose notas para la redacción del borrador del acta, de todolo cual, como Secretario, certifico. ---------------------------------------------------------

EL ALCALDE-PRESIDENTE ACCTAL.

Antoni Llorente Ferreres

EL SECRETARIO

José Luis de la Torre Martín

DILIGENCIA.- Para hacer constar que en cumplimiento de lo determinado en elartículo tercero del Decreto 751984, de la Generalitat Valenciana, la presente acta,correspondiente a la sesión 10/19, de la Junta de Gobierno Local, celebrada el díacuatro de marzo de 2019, se extiende en 13 folios de tres céntimos de euro, deTimbre del Estado, Clase 8ª, números 0N3516235 anverso a 0N3516247, de loque yo, el Secretario, con el visto bueno de la Sr. Alcaldesa, certifico.---------------

LA ALCALDESA

Tania Baños Martos

EL SECRETARIO

José Luis de la Torre Martín

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