3. Uaj.03-2006 Convenio de Colaboracion La Sep y Secretaria y Ssem Ok
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CONVENIO DE COLABORACION PARA EL APOYO DE LA VIVIENDA ECONOMICA
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CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA EL APOYO DE LA VIVIENDA ECONÓMICA QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE EL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, EN ADELANTE “EL INFONAVIT”, REPRESENTADO POR EL C.P. VÍCTOR MANUEL BORRÁS SETIÉN, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL; CEMIX S.A. DE C.V., EN LO SUCESIVO ¨CEMIX¨ REPRESENTADA POR EL ING. ARMANDO LUNA PINALES; Y LA CÁMARA MEXICANA DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN, REPRESENTADA POR SU PRESIDENTE NACIONAL, EL INGENIERO HUMBERTO ARMENTA GONZÁLEZ, EN LO SUCESIVO LA “CMIC”; AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y POSTERIORES CLÁUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S 1.- DE “EL INFONAVIT”:
1.1 Que es un organismo de servicio social, con personalidad jurídica y patrimonio
propio, creado por ley que entró en vigor el día 24 de abril de 1972 y que tiene por
objeto administrar los recursos del Fondo Nacional de la Vivienda, establecer y
operar sistemas de financiamiento que permitan a los trabajadores la obtención de
créditos para la adquisición de vivienda, así como la coordinación y financiamiento
de programas de construcción para los trabajadores.
1.2 Que en cumplimiento de sus objetivos y conforme a la ley que lo crea y regula,
se ha propuesto instrumentar mecanismos para optimizar los esquemas de
financiamiento y promover el desarrollo de programas habitacionales para que
trabajadores con montos de crédito bajo obtengan una vivienda.
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1.3 Que su H. Consejo de Administración en su Sesión 608, celebrada el 30 de
enero de 2002, aprobó el PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE VIVIENDA ECONÓMICA, el cual tiene como objetivo primordial, incentivar la construcción de
viviendas con valor de hasta 117.0631 veces el salario mínimo mensual en el
Distrito Federal (VSMMDF), $195,017.76 pesos valor monetario para el 2009, con
apoyo de esquemas específicos que permitan a través de la coparticipación de las
Autoridades Federales, Estatales y Municipales, desarrolladores de vivienda y el
propio INFONAVIT, satisfacer la demanda de los trabajadores derechohabientes
de bajos ingresos.
1.4 Que dentro de su programa de financiamiento crediticio para el 2009 tiene
contemplado otorgar 270 mil créditos para la adquisición del mismo número de
viviendas a trabajadores con ingresos de hasta 4 VSMMDF, por lo que es de su
interés impulsar dicha vivienda económica a fin de que exista la suficiente oferta
para que dichos trabajadores puedan ejercer su crédito.
1.5 Que en este acto será representado por el C.P. Víctor Manuel Borrás Setién,
en su carácter de Director General de “EL INFONAVIT”, quien acredita su
personalidad, según consta en el acta de la sesión de la Asamblea General
Ordinaria número 91 del “EL INFONAVIT”, celebrada el 18 de diciembre de 2006,
por lo que de conformidad con el artículo 23 de su Ley, cuenta con las facultades
necesarias para suscribir el presente Convenio.
1.6 Que tiene como domicilio legal para efectos de este convenio, el ubicado en
Barranca del Muerto Número 280, Col. Guadalupe Inn, Delegación Álvaro
Obregón México Distrito Federal.
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1.7 Que tiene interés en participar en el presente convenio con el fin de apoyar el
desarrollo de vivienda económica aportando créditos a sus derechohabientes, en
los términos que se mencionarán.
2.- DE “CEMIX S.A. DE C.V.”
2.1 Que por Escritura Pública 3,369 de fecha 19 de junio de 1978 pasada ante la
fe del Licenciado Alberto Benito Rodríguez Notario Público número 58 con
ejercicio en la Ciudad de Monterrey, Nuevo León, , quedó protocolizada la
constitución de “Cemix, Sociedad Anónima de Capital Variable”.
2.2 Que su representante legal cuenta con las facultades suficientes para la
celebración del presente convenio conforme lo estipula la Escritura Pública
número 9,175 pasada ante la fe del Licenciado Gonzalo Treviño Sada Notario
Público número 113.
2.3 Que cuenta con la capacidad económica, técnica, administrativa y con la
experiencia profesional requerida para llevar a cabo los compromisos que
importe el presente convenio.
2.4 Que tiene como domicilio legal, para efectos de este convenio el ubicado en
Dr. Sepúlveda número 88, Colonia Los Doctores. Monterrey, Nuevo León. 64710.
2.5 Que es su voluntad celebrar el presente convenio conforme a las cláusulas
que más adelante se precisan con la finalidad de apoyar la construcción de la
vivienda económica mediante un esquema comercial que permita que los
procesos constructivos de este tipo de vivienda sean competitivos.
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3.- DE LA “CMIC”:
3.1 Que es una Institución de Interés Público, autónoma, con personalidad jurídica
y patrimonio propios, constituida conforme a la Ley de Cámaras Empresariales y
sus Confederaciones, según consta en el Decreto publicado en el Diario Oficial de
la Federación del día 3 de junio de 1968.
3.2 Que su objeto es, entre otros, representar y fomentar los intereses generales
de los industriales de la construcción; proporcionar los servicios para realizar
proyectos, diseños de construcción, supervisión, así como realizar gestiones ante
las autoridades públicas y privadas en beneficio de sus afiliados y de los intereses
generales de los industriales; ser órgano de consulta para el estado, promover e
impulsar la construcción de todo tipo de infraestructura, vivienda, así como
desarrollos turísticos o comerciales; promover la capacitación de los obreros y del
personal directivo, técnico y administrativo que laboren en la industria de la
construcción; colaborar con las autoridades federales, estatales, municipales y
organismos públicos o privados, en las actividades de beneficio social que directa
o indirectamente se relacionen con la industria de la construcción.
3.3 Que tiene particular interés en participar en las actividades que tengan como
objetivo el beneficio social de los ciudadanos.
3.4 Que cuenta con una infraestructura de 42 Delegaciones, como punto de apoyo
en toda la República Mexicana.
3.5 Que el Ingeniero Humberto Armenta González, cuenta con las facultades
necesarias y suficientes para la suscripción del presente instrumento, de
conformidad con lo estipulado en la Escritura Pública número 27,223, de fecha 2
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de abril de 2008, otorgada ante la fe del Licenciado José Luis Villavicencio
Castañeda, titular de la Notaría Pública número 218 del Distrito Federal.
3.6 Que tiene como domicilio legal, para los efectos de este convenio, el ubicado
en Periférico Sur número 4839, Colonia Parques del Pedregal, Código Postal
14010, Ciudad de México, Distrito Federal.
4.- DECLARAN LAS PARTES:
4.1 Que para efectos de este convenio deberá entenderse como vivienda
económica aquella cuyo valor de venta al derechohabiente sea igual o menor a
117.0631 VSMMDF, que para este año 2009 representa un equivalente de
$195,017.76 pesos moneda nacional.
4.2 Que reconocen la personalidad con la que cada uno comparece al presente
convenio, y están de acuerdo a sujetarse a los términos y condiciones del
presente instrumento en declaraciones y cláusulas.
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio tiene como objeto establecer las
bases de coordinación entre “CEMIX” y “EL INFONAVIT”, de acuerdo a sus
posibilidades operativas y de producción de la primera, para que otorgue a los
desarrolladores durante la vigencia de este convenio, precios altamente
competitivos de los materiales, a fin de apoyar el desarrollo de construcción de
vivienda económica, accesible a trabajadores con ingresos de hasta 4 VSMMDF,
y de esta manera exista la oferta para que con su crédito Infonavit puedan cubrir
sus requerimientos de vivienda.
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SEGUNDA.- COMPROMISOS: Para el cumplimiento del objeto del presente
Convenio, “EL INFONAVIT” se compromete a:
A) Otorgar en forma prioritaria créditos para la adquisición de vivienda
económica a sus derechohabientes con ingresos de hasta 4 VSMMDF de
conformidad con las reglas de otorgamiento de crédito vigentes.
B) Facilitar y coadyuvar en la simplificación administrativa de los trámites para
la individualización de viviendas económicas.
C) Hacer promoción del convenio entre los desarrolladores y constructores del
país.
D) Proporcionar información mensual a “CEMIX”, sobre el número de viviendas
y créditos formalizados con el INFONAVIT por empresa desarrolladora.
TERCERA.- Por su parte “CEMIX” se compromete, durante toda la vigencia del
presente convenio, o hasta por la cantidad de los productos necesarios para la
construcción del número de viviendas señaladas en la declaración 1.4 del
presente convenio, lo que suceda primero a lo siguiente:
A) Ofrecer a los desarrolladores y/o constructores de vivienda económica que
acrediten se encuentren edificando vivienda económica en el país los
precios adjuntos a este convenio.
B) Otorgar la asistencia y soporte técnico en lo referente al desempeño y
características de los productos.
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C) Los precios que se anexan no incluyen IVA, son Libre a bordo en planta de
“CEMIX S.A. DE CV” a lo largo del país, y podrían considerarse descuentos
de un 3% hasta un 5% dependiendo de la variedad de productos que
compren y las condiciones de pago de cada empresa desarrolladora y/o
constructora de vivienda.
D) Estos precios también pueden estar sujetos a revisión en caso de que las
condiciones económicas del país den como resultado una variación
considerable de costos de estos productos.
E) Tabla de productos y precios:
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Notas: de productos y precios:
Para los efectos de la presente cláusula “CEMIX” solo procurará otorgar los
precios altamente competitivos y descuentos aquí señalados a terceros
constructores, a petición de “EL INFONAVIT” y que dichos terceros acrediten
estar inscritos ante éste. Para lo cual, “EL INFONAVIT” informará por escrito a
“CEMIX” el número de viviendas que tendrán asignadas para construir cada
constructor que vaya a obtener los beneficios de este convenio.
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CUARTA.- Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio, la “CMIC” se
compromete a:
A) Promover entre sus afiliados el desarrollo de proyectos de construcción de
vivienda económica, apoyar, representar y coordinar la obtención de
beneficios, así como la aplicación de este convenio entre los afiliados
interesados.
B) Dar a conocer entre sus afiliados los términos de este convenio sobre los
beneficios que obtendrán del mismo.
QUINTA.- La “CMIC” Y “CEMIX” Están de acuerdo en que los constructores y/o
desarrolladores miembros de la “CMIC” adheridos al presente instrumento, se
sujetarán a los términos y condiciones que contraten en lo individual o que tengan
contratado con anterioridad.
SEXTA.- La “CMIC” y “CEMIX” están de acuerdo en que el presente convenio
es de colaboración y que no otorga ninguna exclusividad a “CEMIX” y sus filiales
para la venta de sus productos a los afiliados de la “CMIC”.
SÉPTIMA.- La vigencia del presente convenio será de dos años contados a partir
de la fecha de su firma, pudiendo darse por terminado a solicitud de cualquiera de
las partes mediante aviso por escrito que, con 30 días naturales de anticipación a
la fecha en que se pretenda la terminación, se haga llegar a la otra parte.
Los asuntos pendientes al término de la vigencia del presente instrumento,
continuarán siendo tramitados por las partes en lo que le corresponda, de acuerdo
a los compromisos que adquiere en este convenio, hasta su total terminación.
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OCTAVA.- Este convenio podrá ser modificado por las partes de común acuerdo.
Las modificaciones sólo serán validadas cuando consten por escrito con la firma
de las partes.
NOVENA.- Para la interpretación, cumplimiento y ejecución de este contrato, las
partes convienen en someterse a las leyes federales aplicables y a la jurisdicción
de los tribunales competentes de la Ciudad de México, Distrito Federal,
renunciando expresamente al fuero que pudiera corresponderles por razón de su
domicilio presente o futuro.
DÉCIMA.- Las partes manifiestan que no existe error, dolo, mala fe ni ningún otro
vicio del consentimiento que pueda invalidar este convenio y leído que fue para
que las partes se enterarán de su contenido y alcance legal, lo firman en entera
conformidad en tres ejemplares en la ciudad de México, Distrito Federal el 25 de
febrero del año 2009.
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POR “CEMIX”
_______________________________________________ ING. ARMANDO LUNA PINALES
APODERADO
POR “EL INFONAVIT”
_______________________________________________ CP. VÍCTOR MANUEL BORRÁS SETIÉN
DIRECTOR GENERAL
POR “LA CMIC”
_________________________________________________ ING. HUMBERTO ARMENTA GONZÁLEZ
PRESIDENTE NACIONAL