Convenio con archivo general de la nación

5

Click here to load reader

Transcript of Convenio con archivo general de la nación

Page 1: Convenio con archivo general de la nación

Archivo General de la Nación

CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANUCO Y EL ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN

Conste por el presente documento, el Convenio Marco Interinstitucional que suscriben de una parte el ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN, con RUC Nº 20131370726, con domicilio en el Jr. Camaná Nº 125, - Lima, debidamente representado por su Jefe Institucional señor LIC. PABLO ALFONSO MAGUIÑA MINAYA, identificado con DNI Nº 31604765, designado mediante Resolución Suprema Nº 002-2012-MC, a quien en lo sucesivo se le denominará EL AGN; y de la otra parte la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANUCO, con RUC Nº 201460045, con domicilio en el Jr. General Prado Nº 750, Distrito de Huánuco, Provincia de Huánuco, Departamento de Huánuco, debidamente representado por su Alcalde Provincial Abog. ANIBAL EDMUNDO SOLORZANO PONCE, identificado con DNI Nº 22411339, con facultades para la suscripción de convenios en los términos y condiciones siguientes:

CLAUSULA PRIMERA: MARCO LEGAL

El presente convenio se sustentas en los siguientes dispositivos normativos:1. Constitución Política del Perú.2. Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades3. Ley Nº 28112 – Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público.4. Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General5. Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto6. Ley Nº 25323 – Ley del Sistema Nacional de Archivos.7. Decreto Legislativo Nº 120 y su modificatoria el Decreto Legislativo Nº 5838. Decreto Ley Nº 19414 – Ley de Defensa, Conservación e Incremento del Patrimonio Documental de

la Nación.9. Decreto Legislativo Nº 1017 – Ley de Contrataciones del Estado10. Reglamento de la Ley Nº 25323, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-JUS y modificado por los

Decretos Supremos Nº 005-93-JUS.11. Reglamento del Decreto Ley Nº 194141, aprobado por Decreto Supremo Nº 022-75-ED12. Ley Nº 26366 Ley de Creación de la Superintendencia Nacional de los Regidores Públicos.13. Reglamento de Organización y Funciones de la SUNARP, aprobado mediante Decreto Supremo Nº

012-2013-JUS

CLAUSULA SEGUNDA: LAS PARTES

2.1 AGN, es un organismo público ejecutor, de derecho público interno, adscrito al Ministerio de Cultura, encargado de velar por el cumplimiento de las normas que rigen el Patrimonio Documental de la Nación, asimismo, conduce el sistema Nacional de Archivos en su calidad de órgano rector y central del mismo; es uno de los organismos competentes del Estado en materia de Patrimonio Cultual de la Nación.

2.2 La MPHCO, optimizar la utilización de los recursos; humano creativo calificado, infraestructura y económicos; según los modelos estándares de valores morales, para hacer de esta corporación edil una institución competitiva, líder de desarrollo local, promoviendo la identidad cultural e institucional de nuestra región.

CLAUSULA TERCERA: OBJETOLA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANUCO, dentro de su política de modernización tiene previsto el fortalecimiento de su sistema institucional de archivos, y para ello, requiere organizar, de manera óptima y eficiente, la documentación generada en el cumplimiento de sus funciones y actividades, de conformidad con las disposiciones técnico - archivísticas emitidas por EL AGN; en consecuencia las partes acuerdan suscribir el presente convenio marco de cooperación interinstitucional a efectos de desarrollar acciones orientadas a la Asistencia Técnica Archivística y la Capacitación Archivística mediante la suscripción de futuros convenios específicos.

Page 2: Convenio con archivo general de la nación

Archivo General de la Nación

CLAUSULA CUARTA: COMPROMISO DE LAS PARTES Las partes se comprometen a materializar el objeto del presente Convenio Marco, a través de la celebración de Acuerdos o Convenios Específicos, los mismos que determinan las obligaciones de cada una de las partes.

CLAUSULA QUINTA: DE LA CONTRAPRESTACIÓNLas partes convienen en precisar que, tratándose de un Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional, la cooperación asumida por las partes en el presente documento, no supone ni implica el pago de contraprestación económica alguna entre las instituciones. Sin embargo, si como consecuencia de la ejecución del presente convenio marco y/o convenios específicos futuros, se generaran algunos gatos, estos serán solo los que sean propios y presupuestados por cada parte, de conformidad con la normatividad vigente y disponibilidad presupuestal, autorizada por los respectivos órganos competentes.

CLAUSULA SEXTA: VIGENCIA DEL CONTRATOEl presente convenio tendrá una vigencia de dos 02 años, contado a partir del día siguiente de su suscripción.Podrá ser renovado, por común acuerdo de las partes, de manera expresa por periodos similares.

CLAUSULA SEPTIMA: DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTES DE ENLACE A efectos de realizar de manera óptima las coordinaciones entre la Municipalidad Provincial de Huánuco y AGN, ambas partes declaran como representantes del enlace a las siguientes personas:

Por el AGN:Sr. Felix Alberto Atuncar QuispePresidente de CPSACTeléfono: (511) 426 7221 / Anexo: 211

Por la MPHCO:Abog. Juan Pedro Oliveros DenegriGerente de Secretaria GeneralCel. 962741864

CLAUSULA OCTAVA: DOMICILIO Y COMUNICACIONESLas partes contratantes han declarado sus respectivos domicilios en la parte introductoria del presente convenio.

Domicilio de EL AGN: Jr. Camaná Nº 125, Distrito de El Cercado, Provincia y Departamento de Lima. Domicilio de LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANUCO, en el Jr. General Prado Nº 750,

Distrito de Huánuco, Provincia de Huánuco, Departamento de Huánuco.

La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince 15 días calendarios, y surta efecto a partir del día siguientes de la notificación respectiva.

CLAUSULA NOVENA: RESOLUCIÓNEl presente convenio podrá ser resuelto por cualquiera de las partes mediante comunicación escrita, remitida con una anticipación no menor de treinta (30) días calendarios; sin embargo, ésta no liberará a las partes de los compromisos previamente asumidos, ni afectarán la continuación de las actividades ya iniciadas o que estuviesen desarrollando.

CLAUSULA DECIMA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIASLas partes celebran el presente convenio según las reglas de la buena fe y común intención. En caso de producirse alguna controversia o reclamación entre ellas, relacionada a la interpretación, ejecución o eventual incumplimiento de los compromisos asumidos en el presente convenio, podrán sus mejores esfuerzos para lograr una solución amistosa.

Page 3: Convenio con archivo general de la nación

Archivo General de la Nación

Las partes acuerdan que no obstante haberse promovido una solución por trato directo de controversias, si esta no se concreta según lo expuesto en el párrafo anterior, se someten a la jurisdicción y competencia de los jueces y tribunales de Huánuco.

En señal de conformidad con lo expresado en el presente Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional, lo suscriben las partes en tres (03) ejemplares del mismo tenor y para un solo efecto, en la ciudad de Huánuco, a los;

______________________________________ __ __________________________________Abog. ANIBAL EDMUNDO SOLORZANO PONCE Lic. PABLO ALFONSO MAGUIÑO MINAYA

ALCALDE Archivo General de la Nación Municipalidad Provincial de Huánuco