CONTRATOS INTERNACIONALES 2015
-
Upload
sandra-s-soto -
Category
Documents
-
view
8 -
download
2
description
Transcript of CONTRATOS INTERNACIONALES 2015
-
DERECHO EMPRESARIAL IV LOS CONTRATOS
INTERNACIONALES
-
APUNTES
El principal obstculo que encuentran los negocios internacionales, es la diferencia de regmenes legales, el desnivel econmico y el inters de las partes.
Un contrato tiene connotacin internacional no porque los sujetos pertenezcan a distintos pases sino porque su ejecucin significa la tradicin de bienes y servicios de un pas a otro.
Su ejecucin supone el trnsito de recursos financieros, bienes o servicios de una soberana hacia otra.
Contratos Internacionales
-
APUNTES
El contrato se ve limitado, en parte, por el rgimen
legal en el que se celebra. Resuelve la vida y ejecucin
de ste.
Se presentan dificultades en determinar cul es la
norma jurdica competente para regir una relacin
contractual, debido a que no hay una norma jurdica
superior de la cual derive la aplicable, as como
tampoco existe un tribunal supranacional.
-
APUNTES
Connotada presencia tanto del common law como del
civil law. Ello puede dar lugar a ciertos conflictos en la
elaboracin de clusulas contractuales, ejm: el trmino
fuerza mayor de concepcin romanstica, no tiene
equivalente en el sistema anglosajn.
De alguna manera, dentro del orden jurdico
internacional a travs de los convenios, tratados,
incluso del reconocimiento de ciertas costumbres
internacionales, se ha creado una especie de rgimen
que armoniza los intereses de los contratantes.
-
DEFINICIN
Acuerdo libre de voluntades, a ttulo oneroso,
destinado a transferir bienes o servicios entre
sujetos domiciliados en Estados diferentes, que
realicen una tradicin real de dichas especies o
derechos, del territorio de un Estado al territorio
del otro, o que pacten desde Estados diferentes, o
que la tradicin se ejecute en territorio distinto a
aquel en donde surgi la obligacin.
-
DEFINICIN
Acuerdo de voluntades entre dos o ms sujetos,
en el cual uno de ellos se obliga a transferir un
bien, servicio o conocimiento y otro a pagar el
precio; siendo que la ejecucin de tal acuerdo
ser trasponiendo las fronteras.
-
ELEMENTOS
EL CONSENTIMIENTO, libremente expresado, es el
poder de las partes de establecer mutuamente
reglas en el campo de las relaciones comerciales.
LA CAUSA, siempre es patrimonial, la existencia de
animus lucrandi.
EL OBJETO, es la transferencia de bienes o servicios
de un pas a otro.
-
Con fundamentos del liberalismo econmico se sostiene que si son las partes las que ponen en riesgo sus recursos e inversiones, son ellas las que libremente pueden pactar en un contrato internacional, sin ms lmites que el orden pblico internacional, el respeto a los valores nacionales y la moral pblica.
De esa manera, resulta artificial someter a la ley de un Estado cualquiera un contrato internacional.
Las partes pueden redactar un contrato con innmeros detalles a fin de que en l se encuentren todas las estipulaciones para su ejecucin.
-
Clasificacin de los
Contratos Internacionales