contrato de trabajo

1
"REHABILITACION DE LA CARRETERA OTUZCO-USQUIL-HUARANCHAL" ADENDA N" 01 Conste por la presente, la Adenda l \|2 01 que celebran de una parte, CONSORCIO COSTA NORTE, con RUC N° 20482527451, domiciliado en Urbanización San Eloy - Mza. "F" - Lote 10, Trujillo, debidamente representado por su Representante Legal el Señor César Rubén Muñoz Vega, identificado con D.N.I. N° 25825416, a quien en adelante se le denominará LA EMPRESA; y de la otra parte Clever Martin Echevarría Lucano, identificado con D.N.I. N° 45532652, con domicilio en Av. Metropolitana Mz. A, Lt 8, Urb. Rosa de América, Trujillo; en adelante EL LOCADOR, en los términos y condiciones siguientes: CLAUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES Con fecha 17.OCT.2012 las partes suscribieron el Contrato de Locación de Servicios para la Obra: "REHABILITACION DE LA CARRETERA OTUZCO-USQUIL-HUARANCHAL", en adelante LA OBRA. CLAUSULA SEGUNDA: OBJETO El objeto del presente documento es complementar una cláusula del contrato detallado en la cláusula precedente, la misma que queda redactada de la forma siguiente: PERIODO DE DURACION Séptima.- En vista que la obra ha sufrido retrasos por causas ajenas a la voluntad de ambas partes, se prorroga la vigencia del presente contrato hasta el 28 de febrero del 2013. En caso que LA OBRA se concluya después de esta fecha, se podrá establecer una nueva adenda de común acuerdo. Si la obra concluyera antes de la culminación del presente contrato, éste quedará resuelto sin responsabilidad para LA EMPRESA, debiendo abonar como prestación sólo la parte proporcional del tiempo transcurrido. Asimismo, el presente contrato quedará resuelto, sin responsabilidad de LA EMPRESA, por caso fortuito o fuerza mayor que impida la continuidad de la vigencia del presente contrato, entre ellos, la paralización de LA OBRA, resolución de Contrato de Obra, etc. CLAUSULA TERCERA: DE LA RATIFICACION DE LAS CLAUSULAS DEL CONTRATO Conforme a lo previsto en la cláusula precedente queda modificado, complementado y/o aclarado el contrato de fecha 17.OCT.2012, subsistiendo las demás clausulas siempre que no se opongan a los acuerdos tomados en el presente documento. En señal de conformidad las partes suscriben este documento en la ciudad de Trujillo a los 16 días del mes de diciembre del 2012. LA EMPRESA EL LOCADOR

description

contratos de trabajo

Transcript of contrato de trabajo

  • "REHABILITACION DE LA CARRETERA OTUZCO-USQUIL-HUARANCHAL"

    ADENDA N" 01

    Conste por la presente, la Adenda l\|2 01 que celebran de una parte, CONSORCIO COSTA NORTE, con RUC N 20482527451, domiciliado en Urbanizacin San Eloy - Mza. "F" - Lote 10, Trujillo, debidamente representado por su Representante Legal el Seor Csar Rubn Muoz Vega, identificado con D.N.I. N 25825416, a quien en adelante se le denominar LA EMPRESA; y de la otra parte Clever Martin Echevarra Lucano, identificado con D.N.I. N 45532652, con domicilio en Av. Metropolitana Mz. A, Lt 8, Urb. Rosa de Amrica, Trujillo; en adelante EL LOCADOR, en los trminos y condiciones siguientes:

    CLAUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES Con fecha 17.OCT.2012 las partes suscribieron el Contrato de Locacin de Servicios para la Obra: "REHABILITACION DE LA CARRETERA OTUZCO-USQUIL-HUARANCHAL", en adelante LA OBRA.

    CLAUSULA SEGUNDA: OBJETO El objeto del presente documento es complementar una clusula del contrato detallado en la clusula precedente, la misma que queda redactada de la forma siguiente:

    PERIODO DE DURACION Sptima.- En vista que la obra ha sufrido retrasos por causas ajenas a la voluntad de ambas partes, se prorroga la vigencia del presente contrato hasta el 28 de febrero del 2013. En caso que LA OBRA se concluya despus de esta fecha, se podr establecer una nueva adenda de comn acuerdo. Si la obra concluyera antes de la culminacin del presente contrato, ste quedar resuelto sin responsabilidad para LA EMPRESA, debiendo abonar como prestacin slo la parte proporcional del tiempo transcurrido.

    Asimismo, el presente contrato quedar resuelto, sin responsabilidad de LA EMPRESA, por caso fortuito o fuerza mayor que impida la continuidad de la vigencia del presente contrato, entre ellos, la paralizacin de LA OBRA, resolucin de Contrato de Obra, etc.

    CLAUSULA TERCERA: DE LA RATIFICACION DE LAS CLAUSULAS DEL CONTRATO Conforme a lo previsto en la clusula precedente queda modificado, complementado y/o aclarado el contrato de fecha 17.OCT.2012, subsistiendo las dems clausulas siempre que no se opongan a los acuerdos tomados en el presente documento.

    En seal de conformidad las partes suscriben este documento en la ciudad de Trujillo a los 16 das del mes de diciembre del 2012.

    LA EMPRESA EL LOCADOR