Contrato de Prestamo PSK

3
CONTRATO DE PRÉSTAMO Nosotros, JOSE CALIXTO CARRASCO AUCEDA, Licenciado en Administración de Empresas, mayor de edad, casado, y del domicilio de Choluteca, Choluteca con Tarjeta de Identidad número 0611-1974-00263 y actuando en su condición de Gerente y representante legal de PSK & ASOCIADOS S. de R. L. de este domicilio, por una parte, a quien en lo sucesivo se le denominara PSK & ASOCIADOS y por la otra el señor (a) (ers) Santos Apolinar Santilla, viudo, con tarjeta de identidad Numero 0607-1957-00206 y del domicilio de Choluteca, nacido(a) 1 de marzo del 2011 el cual en lo sucesivo se denominará EL PRESTATARIO, por este acto celebran y otorgan el presente CONTRATO DE PRÉSTAMO, al tenor de las siguientes estipulaciones: PRIMERO: CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO: El Prestatario declara que en este acto recibe de PSK & ASOCIADOS, la cantidad de VEINTICINCO MIL LEMPIRAS, (L. 25,000.00) en calidad de préstamo, bajo las siguientes condiciones: a) El préstamo se destinará a: consumo , b) El plazo del préstamo es de treinta y seis meses a partir de esta fecha y en consecuencia vence el 31/08/2014; c) El prestatario se obliga a pagar el préstamo así: treinta y seis cuotas mensuales, de un valor de un mil dos lempiras con 24/100 LEMPIRAS (L. 1002.24) cada una, las mismas que incluyen el pago del capital y de los intereses, a partir del 31/09/2011; d) El préstamo devengará intereses a una tasa mensual del 6%, los que serán calculados mensualmente y pagaderos junto con la cuota de capital de conformidad con la forma de amortización pactada en este contrato. e) La tasa de interés antes estipulada se modificará automáticamente y sin notificación alguna, según las condiciones del mercado financiero nacional o la que autorice el Banco Central de Honduras. Cualquier ajuste resultante de la modificación de la tasa de interés será cubierto por el prestatario, quedando PSK & ASOCIADOS autorizado para cobrar y efectuar tales

description

lol

Transcript of Contrato de Prestamo PSK

Page 1: Contrato de Prestamo PSK

CONTRATO DE PRÉSTAMO

Nosotros, JOSE CALIXTO CARRASCO AUCEDA, Licenciado en Administración

de Empresas, mayor de edad, casado, y del domicilio de Choluteca, Choluteca

con Tarjeta de Identidad número 0611-1974-00263 y actuando en su condición de

Gerente y representante legal de PSK & ASOCIADOS S. de R. L. de este

domicilio, por una parte, a quien en lo sucesivo se le denominara PSK &

ASOCIADOS y por la otra el señor (a) (ers) Santos Apolinar Santilla, viudo, con

tarjeta de identidad Numero 0607-1957-00206 y del domicilio de Choluteca,

nacido(a) 1 de marzo del 2011 el cual en lo sucesivo se denominará EL

PRESTATARIO, por este acto celebran y otorgan el presente CONTRATO DE

PRÉSTAMO, al tenor de las siguientes estipulaciones: PRIMERO: CONDICIONES

GENERALES DEL CONTRATO: El Prestatario declara que en este acto recibe de

PSK & ASOCIADOS, la cantidad de VEINTICINCO MIL LEMPIRAS, (L. 25,000.00)

en calidad de préstamo, bajo las siguientes condiciones: a) El préstamo se

destinará a: consumo , b) El plazo del préstamo es de treinta y seis meses a

partir de esta fecha y en consecuencia vence el 31/08/2014; c) El prestatario se

obliga a pagar el préstamo así: treinta y seis cuotas mensuales, de un valor de un

mil dos lempiras con 24/100 LEMPIRAS (L. 1002.24) cada una, las mismas que

incluyen el pago del capital y de los intereses, a partir del 31/09/2011; d) El

préstamo devengará intereses a una tasa mensual del 6%, los que serán

calculados mensualmente y pagaderos junto con la cuota de capital de

conformidad con la forma de amortización pactada en este contrato. e) La tasa de

interés antes estipulada se modificará automáticamente y sin notificación alguna,

según las condiciones del mercado financiero nacional o la que autorice el Banco

Central de Honduras. Cualquier ajuste resultante de la modificación de la tasa de

interés será cubierto por el prestatario, quedando PSK & ASOCIADOS autorizado

para cobrar y efectuar tales ajustes sin necesidad de requerimiento o notificación

alguna; en caso de atraso en el pago de las cuotas aplicará una tasa de interés

moratoria equivalente al 2% mensual sobre el monto del capital en atraso f) La

falta de pago de cualquier cuota de capital o intereses hará exigible el total de la

obligación, aunque la misma no se encuentre vencida en su totalidad; g) La

ejecución judicial no interrumpe el cálculo de los intereses normales y moratorios;

h) Es entendido que el crédito o financiamiento a que se refiere este documento

se otorgará en moneda nacional; i) El PRESTATARIO se compromete y obliga a

efectuar los pagos por concepto de capital, intereses, de aplicarse, los gastos

legales de cobranza, en la Institución Financiera que PSK & ASOCIADOS

designe; j) EL PRESTATARIO declara y conviene que su naturaleza de

ACREDITADO y/o deudor, según este contrato, se mantendrá vigente y válida

durante todo el tiempo que existan relaciones mercantiles u obligaciones

contractuales originadas o derivadas de este contrato, entre él y PSK &

ASOCIADOS, y que igualmente dicha calidad y relación contractual continuará

Page 2: Contrato de Prestamo PSK

vigente aun durante los períodos o prórrogas que PSK & ASOCIADOS conceda al

PRESTATARIO o terceras personas, por motivo de las operaciones que se

realicen o por cualquier causa, sin que el PRESTATARIO pueda por razón alguna

substraerse de tal relación contractual ni desconocer o negar sus obligaciones, en

virtud aun de prórrogas tácitas o expresas, que se originen o concedan por motivo

de mora del PRESTATARIO o de terceros que por relación causal o cambiaría

estén ligados con PSK & ASOCIADOS, incluyendo la novación de la o las

obligaciones, o la modificación total o parcial de los términos, plazos, intereses y

modalidades de los contratos o relaciones del crédito, surgidas u originadas entre

el PRESTATARIO y PSK & ASOCIADO, aunque la cantidad adeudada exceda el

límite del presente Préstamo, que se refiere únicamente al capital o principal, por

lo cual comprende en su reclamación, todos sus accesorios, intereses y gastos en

que incurra PSK & ASOCIADOS para lograr su cumplimiento; k) PSK &

ASOCIADOS podrá resolver el contrato de préstamo y exigir el pago total de las

obligaciones, aun por la vía judicial en los casos siguientes: 1) Por mora en una (1)

cuota mensual; 2) Por cualquier otra circunstancia que a juicio de PSK &

ASOCIADOS ponga en peligro la finalidad de esta operación. El PRESTATARIO

renuncia al fuero de su domicilio legal, sometiéndose a la jurisdicción del juzgado

que designe o elija PSK & ASOCIADOS; l) Adicionalmente al presente y como

garantía colateral de la obligación contraída, EL PRESTATARIO se compromete a

suscribir una Letra de Cambio a favor de PSK & ASOCIADOS, por el monto del

préstamo; SEGUNDO: EL PRESTATARIO en su carácter con que actúa, declara

que es cierto el préstamo de que ha sido mérito con todas las estipulaciones

dichas.

En fe de lo cual suscribimos el presente, en la ciudad de Choluteca, Choluteca, a

los Veinte y cuatro días del mes de Marzo de dos mil Once.

__________________________________ ____________________________________

JOSE CALIXTO CARRASCO AUCEDAPSK & ASOCIADOS

EL PRESTATARIO