Contrato de Alquiler Casa 2

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CONTRATO DE ALQUILER DE CASA Conste por el presente documento el contrato de alquiler de una Casa solamente el PRIMER PISO que celebran de una parte como ARRENDADOR el señor GERMÁN SANTAMARÍA FERROÑAN, identificada con DNI Nº 16785032, domiciliado en la Calle Alam Bear N° 698 DEL 4to sector de Urrunaga y de otra parte como ARRENDATARIA la Señora DAYLÍ CHAVEZ MELENDEZ, identificada con DNI N° 46738383, Domiciliada en la calle Helenios N° 100 Mz. “G” Lt. 1 de la Urb. Carlos Estein, del Distrito de José Leonardo Ortiz, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, bajo los términos y condiciones siguientes: PRIMERO: EL ARRENDADOR es propietario de una casa ubicada en la Calle Prol. Lincoln N° 212, del 4to sector de urrunaga, del Distrito de José Leonardo Ortiz, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque. SEGUNDO: El plazo de arrendamiento del Bien Inmueble es de 6 meses que empieza desde el 06 de setiembre del 2015 hasta el 06 de Marzo del 2016. Para el caso de renovación del presente contrato EL ARRENDATARIO deberá comunicar al ARRENDADOR con un mes antes de su vencimiento, TERCERO: El pago del arrendamiento de la casa es de común acuerdo y asciende a la suma de S/. 350.00 (Trescientos cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) pagaderos puntualmente, NO

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ALQUILER DE CASA

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Page 1: Contrato de Alquiler Casa 2

CONTRATO DE ALQUILER DE CASA

Conste por el presente documento el contrato de alquiler de una Casa

solamente el PRIMER PISO que celebran de una parte como

ARRENDADOR el señor GERMÁN SANTAMARÍA FERROÑAN,

identificada con DNI Nº 16785032, domiciliado en la Calle Alam

Bear N° 698 DEL 4to sector de Urrunaga y de otra parte como

ARRENDATARIA la Señora DAYLÍ CHAVEZ MELENDEZ, identificada

con DNI N° 46738383, Domiciliada en la calle Helenios N° 100 Mz.

“G” Lt. 1 de la Urb. Carlos Estein, del Distrito de José Leonardo Ortiz,

Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, bajo los

términos y condiciones siguientes:

PRIMERO: EL ARRENDADOR es propietario de una casa ubicada en

la Calle Prol. Lincoln N° 212, del 4to sector de urrunaga, del Distrito

de José Leonardo Ortiz, Provincia de Chiclayo, Departamento de

Lambayeque.

SEGUNDO: El plazo de arrendamiento del Bien Inmueble es de 6

meses que empieza desde el 06 de setiembre del 2015 hasta el

06 de Marzo del 2016. Para el caso de renovación del presente

contrato EL ARRENDATARIO deberá comunicar al ARRENDADOR

con un mes antes de su vencimiento,

TERCERO: El pago del arrendamiento de la casa es de común

acuerdo y asciende a la suma de S/. 350.00 (Trescientos

cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) pagaderos puntualmente, NO

incluye el pago de agua potable, ni luz eléctrica. La misma que será

pagada por mensualidades adelantadas, sin necesidad de

requerimiento alguno.

CUARTO: Queda expresamente prohibido el traspaso o el Sub -

arrendamiento en todo o en parte de la Casa del presente contrato.

Page 2: Contrato de Alquiler Casa 2

QUINTO: EL ARRENDATARIO está prohibida de introducir cambios,

y/o modificaciones en la Casa sin el consentimiento expreso del

ARRENDADOR. Toda mejora, modificación o cambios que

con la debida autorización por escrito introduzca el inquilino, serán

de su exclusivo cargo, resultando en beneficio del propietario y sin

lugar a formular reclamo alguno.

SEXTO: EL ARRENDATARIO deposita en poder del ARRENDADOR

la suma de S/ 350.00 Nuevos Soles, en calidad de garantía dicho

dinero le será devuelto por EL ARRENDADOR una vez desocupada

la casa habitación y entregada las llaves a satisfacción del

ARRENDADOR.

En prueba de pleno acuerdo con lo estipulado en cada una de las

clausulas de este contrato las partes firman en la ciudad de Chiclayo.

Chiclayo, 06 de setiembre de

2015

_____________________________________ ___________________________________GERMÁN SANTAMARÍA FERROÑAN DAYLÍ CHAVEZ MELENDEZ DNI Nº 16785032 DNI Nº 46738383 ARRENDADOR ARRENDATARIA

Page 3: Contrato de Alquiler Casa 2

ALQUILER DE UN CUARTO

Conste por el presente documento el contrato de alquiler de un

Cuarto en el SEGUNDO PISO, que celebran de una parte como

ARRENDADORA la Señora PILAR NEGRON ARRAGUI, identificada

con DNI Nº 16525112, domiciliada en la Calle Charles Conrrad N° 735,

4to sector de urrunaga, del Distrito de José Leonardo Ortiz, Provincia

de Chiclayo, Departamento de Lambayeque y de otra parte como EL

ARRENDATARIO el Señor JOSE CEBERIANO ALVARADO MAZZA,

identificado con DNI Nº 16453944, bajo los términos y condiciones

siguientes:

PRIMERO: LA ARRENDADORA es propietaria del cuarto ubicada en

la casa de la Calle Charles Conrrad N° 735, 4to sector de urrunaga,

del Distrito de José Leonardo Ortiz, Provincia de Chiclayo,

Departamento de Lambayeque.

SEGUNDO: El plazo de arrendamiento del Cuarto es de UN AÑO que

empieza desde el 21 de Mayo del 2012 hasta el 21 de Mayo del

2013. Para el caso de renovación del presente contrato EL

ARRENDATARIO deberá comunicar a LA ARRENDADORA con un

mes antes de su vencimiento,

TERCERO: El pago del arrendamiento de la casa es de común

acuerdo y asciende a la suma de S/. 130.00 (Ciento treinta y

00/100 Nuevos Soles) pagaderos puntualmente, incluye el pago de

agua potable, luz eléctrica. La misma que será pagada por

mensualidades adelantadas, sin necesidad de requerimiento alguno.

CUARTO: Queda expresamente prohibido el traspaso o el Sub -

arrendamiento de la parte de la Casa del presente contrato.

Page 4: Contrato de Alquiler Casa 2

QUINTO: EL ARRENDATARIO está prohibida de introducir cambios,

y/o modificaciones en el cuarto sin el consentimiento expreso de LA

ARRENDADORA Toda mejora, modificación o cambios que

con la debida autorización por escrito introduzca el inquilino, serán

de su exclusivo cargo, resultando en beneficio de la propietaria y sin

lugar a formular reclamo alguno.

SEXTO: EL ARRENDATARIO deposita en poder de LA

ARRENDADORA la suma de S/ 130.00 Nuevos Soles, en calidad de

garantía dicho dinero le será devuelto por LA ARRENDADORA una

vez desocupada el cuarto y entregada las llaves a satisfacción de LA

ARRENDADORA.

En prueba de pleno acuerdo con lo estipulado en cada una de las

cláusulas de este contrato las partes firman en la ciudad de Chiclayo.

Chiclayo, 12 de febrero de 2013

_____________________________ _______________________________________PILAR NEGRON ARRAGUI JOSE CEBERIANO ALVARADO MAZZA DNI Nº 16525112 DNI Nº 16453944 ARRENDADORA ARRENDATARIO