CONTRATO CORROSPUN 2011

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 Contrato N° 004-2011 CONTRATO ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA N° 005-2011- UGELCHJ. Conste por el presente documento, la contratación de MATERIAL DE ENSEÑANZA, que celebra de una parte LA UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL CHUCUITO-JULI, en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº 20406266380, con domicilio legal en EL JR. 14 DE SETIEMBRE N° 229, representada por LIC. JUAN ALFREDO PALOMINO SANIZO, identificado con DNI Nº 01842693, y de otr a par te IDELMA LILIANA RODRIGUEZ MOLINA, con DNI N°01309236 Representante Legal de MULTISERVICIOS “IDE”, con RUC Nº 10013092368 y con domicilio legal en el JR. CORONEL PONCE Nº 138-PUNO, a quien en adelante se le denominará “EL CONTRATISTA” en los términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES Con fecha Veinticuatro de Julio del 2011, el Comité Especial Permanente adjudicó la Buen a Pro de la ADJU DICA CIÓN DE MENOR CUAN TÍA N.º005-2011 - UGELCHJ para la contratación de MATERIAL DE ENSEÑANZA PARA LA UNIDAD DE GESTION EDUCATI VA LOCAL CHUCUITO-JULI, a MULTISERVICIOS “IDE”, cuyos detalles, importes unitarios y totales, constan en los documentos integrantes del presente contrato. CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO Por el presen te contrato EL CONTRATISTA se oblig a a entre gar LOS MATERIALES DE ENSEÑANZA PARA LA UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL CHUCUITO-JULI, en las cantidades y precios que se detallan: Ítem Descripción Cantidad Unidad de Medida Valor Unitario S/. Valor Total S/. 01 CORROSPUN DE 1.50x1.00 M. VARIOS COLORES 1,676.50 PLIEGO 7.90 13,244.35 02 MICROPOROSO DE 0.60x0.55 M. VARIOS COLORES 6,187.50 PLIEGO 2.80 17,325.00 TOTAL 30,569.35 TREINTA MIL QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 35/100 NUEVOS SOLES Con for me a las especi fic acione s técnicas señ ala das en las Bas es, Fichas Téc nic as respectivas y a los documentos que forman parte de su propuesta técnica y económica. EL CONTR ATI STA atenderá el suministro de limpi eza de acuerdo a las ordenes de

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Contrato N° 004-2011

CONTRATO ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA N° 005-2011-

UGELCHJ.Conste por el presente documento, la contratación de MATERIAL DE ENSEÑANZA, quecelebra de una parte LA UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL CHUCUITO-JULI,en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº 20406266380, con domicilio legal en EL JR. 14DE SETIEMBRE N° 229, representada por LIC. JUAN ALFREDO PALOMINO SANIZO,identificado con DNI Nº 01842693, y de otra parte IDELMA LILIANA RODRIGUEZMOLINA, con DNI N°01309236 Representante Legal de MULTISERVICIOS “IDE”, conRUC Nº 10013092368 y con domicilio legal en el JR. CORONEL PONCE Nº 138-PUNO, aquien en adelante se le denominará “EL CONTRATISTA” en los términos y condicionessiguientes:

CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTESCon fecha Veinticuatro de Julio del 2011, el Comité Especial Permanente adjudicó la

Buena Pro de la ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA N.º005-2011-UGELCHJ para la contratación de MATERIAL DE ENSEÑANZA PARA LAUNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL CHUCUITO-JULI, aMULTISERVICIOS “IDE”, cuyos detalles, importes unitarios y totales, constanen los documentos integrantes del presente contrato.

CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETOPor el presente contrato EL CONTRATISTA se obliga a entregar LOS MATERIALES DEENSEÑANZA PARA LA UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL CHUCUITO-JULI,en las cantidades y precios que se detallan:

Ítem Descripción CantidadUnidad de

MedidaValor 

Unitario S/.Valor Total S/.

01 CORROSPUN DE 1.50x1.00M. VARIOS COLORES

1,676.50 PLIEGO 7.90 13,244.35

02MICROPOROSO DE0.60x0.55 M. VARIOSCOLORES

6,187.50 PLIEGO 2.80 17,325.00

TOTAL

30,569.35

TREINTA MIL QUINIENTOS

SESENTA Y NUEVE CON35/100 NUEVOS SOLES

Conforme a las especificaciones técnicas señaladas en las Bases, Fichas Técnicasrespectivas y a los documentos que forman parte de su propuesta técnica y económica.

EL CONTRATISTA atenderá el suministro de limpieza de acuerdo a las ordenes de

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compra previamente afectados presupuestalmente que estén debidamente autorizadospor los funcionarios responsables de la UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCALCHUCUITO-JULI.

CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL

El monto total del presente contrato asciende a S/. 30,569.35 Nuevos Soles (Treinta MilQuinientos Sesenta y Nueve con 35/100 Nuevos Soles) a todo costo, incluido IGV.

Este monto comprende el costo del bien, transporte hasta el punto de entrega, seguro eimpuesto, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de laprestación materia del presente contrato.

CLÁUSULA CUARTA: FORMA DE PAGO1 LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en NuevosSoles, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente,según lo establecido en el artículo 81° del reglamento de la Ley de Contrataciones deEstado, para tal efecto, el responsable de dar conformidad de la prestación en su debidaoportunidad, y el CONTRATISTA esta obligado a entregar la FACTURA correspondientede acuerdo a la ORDEN DE COMPRA, por lo que EL CONTRATANTE, esta obligado acancelar dentro del plazo siempre y cuando la documentación este de acuerdo a la ley yreglamento de contrataciones vigentes.

En caso de retraso en el pago, el contratista tendrá derecho al pago de interesesconforme a lo establecido en el artículo 48º de la Ley, contado desde la oportunidad en elque el pago debió efectuarse.

CLÁUSULA QUINTA: INICIO Y CULMINACIÓN DE LA PRESTACIÓNEl plazo de ejecución de la prestación será vigente en el presente año fiscal 2011 y hastala culminación de la cantidad adjudicada al postor para el suministro de los bienes objetodel presente contrato, lo que ocurra primero.

CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATOEl presente contrato está conformado por la oferta ganadora y los documentos derivadosdel proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes.

CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS2 EL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria,irrevocable, incondicional y de realización automática al solo requerimiento, a favor de LAENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes:

- De seriedad de oferta, a través de la DECLARACION JURADA DE GARANTIA DESERIEDAD DE OFERTA y tiene una vigencia hasta la conformidad de la recepciónde la prestación.

1 En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información queresulte pertinente a efectos de generar el pago.

2Esta cláusula sólo deberá ser incluida en los contratos que se suscriban en las adjudicaciones de menorcuantía derivadas de desierto de una licitación pública o adjudicaciones directas.

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CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN 3 LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA nocumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164º del Reglamento dela Ley de Contrataciones del Estado.

CLÁUSULA NOVENA: CONFORMIDAD DE RECEPCIÓN DE LA PRESTACIÓNLa conformidad de recepción de la prestación se regula por lo dispuesto en el Artículo176º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente elsentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, enfunción a la complejidad del bien. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor dediez (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, el contratista no cumpliese acabalidad con la subsanación, la Entidad podrá resolver el contrato, sin perjuicio deaplicar las penalidades que correspondan.

Este procedimiento no será aplicable cuando los bienes manifiestamente no cumplan conlas características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso la Entidad no efectuará larecepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose laspenalidades que correspondan.

CLÁUSULA DÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTAEl contratista declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligacionesderivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con elEstado en caso de incumplimiento.

CLÁUSULA UNDÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOSLa conformidad de recepción de la prestación por parte de LA ENTIDAD no enerva suderecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuestopor el artículo 50º de la Ley.

El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de 01 año.

CLÁUSULA DUODÉCIMA: PENALIDADES4 Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestacionesobjeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará al contratista una penalidad por cada día deatraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto delcontrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse en concordancia con elartículo 165° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. En todos los casos,la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguientefórmula:

Penalidad Diaria = 0.10 x MontoF x Plazo en días

3 Esta cláusula sólo deberá ser incluida en los contratos que se suscriban en las adjudicaciones de menorcuantía derivadas de desierto de licitaciones públicas o adjudicaciones directas.

4 Deberá considerarse las penalidades que se hubieran establecido al amparo del artículo 166º delReglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

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Donde:

F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o;F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.

Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento.

Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidaciónfinal; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantíasde Fiel Cumplimiento o por el Monto diferencial de la propuesta (de ser el caso).

La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por el Código Civil y demás normasconcordantes.

CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATOCualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 40º,inciso c), y 44º de la Ley, y el artículo 167º y 168º de su Reglamento. De darse el caso, LAENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 169° del Reglamento de laLey de Contrataciones del Estado.

CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTASin perjuicio de la indemnización por daño ulterior, las sanciones administrativas ypecuniarias aplicadas a EL CONTRATISTA, no lo eximen de cumplir con las demásobligaciones pactadas ni de las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar.

CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATOSólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y suReglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulteaplicable, se utilizarán las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente y demásnormas concordantes.

CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS5  Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin deresolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecución contractualdentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 144º, 170, 175º y 177º delReglamento o, en su defecto, en el artículo 52º de la Ley.

Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referidacontroversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entreambas, según lo señalado en el artículo 214º del Reglamento de la Ley de Contratacionesdel Estado.

El Laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y seejecuta como una sentencia.

5De conformidad con los artículos 216º y 217º del Reglamento, podrá adicionarse la información queresulte necesaria para resolver las controversias que se susciten durante la ejecución contractual. Porejemplo, podría indicarse si la controversia será resuelta por un tribunal arbitral o un árbitro único.

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CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICACualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendocon todos los gastos que demande esta formalidad.

CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: VERACIDAD DE DOMICILIOS

Las partes contratantes han declarado sus respectivos domicilios en la parte introductoriadel presente contrato.

De acuerdo con las Bases, las propuestas técnicas y económicas y las disposiciones delpresente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudadde Juli al 05 de Agosto del 2011.

“LA ENTIDAD” “EL CONTRATISTA”