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Conceptos sobre Compras Estatales ene el Peru

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    DOCUMENTO DE TRABAJO: LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO

    Elaborado por:

    Mg. Mary Esther Rosales More Especialista en Gestin Pblica Local

    Solicitado por:

    Escuela Mayor de Gestin Municipal

    Enero 2013

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    NDICE

    Presentacin Pg. 04

    I. Las Compras Estatales Pg. 06

    1. Concepto de Compras Pg. 06

    2. Las Compras Estatales en Amrica Latina Pg. 07

    II. Las Contrataciones del Estado en el Per Pg. 13

    1. El Sistema de Abastecimientos Pg. 13

    2. Ciclo de Aprovisionamiento logstico Pg. 17

    3. Las Contrataciones del Estado Pg. 20

    4. Organizacin y Responsabilidades en las Contrataciones Pg. 23

    5. Elementos bsicos de las Contrataciones Pg. 25

    6. Contrataciones entre Estados Pg. 27

    III. Procesos de Seleccin Pg. 28

    IV. Bienes y Servicios no comprendidos en normas de Contrataciones Pg. 31

    Bibliografa Pg. 33

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    I. Las Compras Estatales

    1. El Concepto de Compras

    Comprar proviene del latn comparare, cotejar, y que se traduce como adquirir algo por dinero; el acto de comprar es una de las actividades ms antiguas de la humanidad. En la edad de piedra se intercambiaban una cosa con otra (o mejor conocido como trueque), ah es que nace las compras y las ventas.

    El trmino compras corresponde al plural de la palabra compra, la misma puede referir diversas cuestiones de acuerdo al uso o contexto en el cual se la utilice. En trminos generales por compra se llama a la accin de adquirir u obtener algo a cambio de un precio establecido. Compras es un proceso en el que participan el solicitante que formula el requerimiento de un bien tanto de patrimonio como un bien para el consumo en el proceso de su actividad dentro de la institucin.

    Muchas veces al referirnos a compras utilizamos tambin la palabra adquisicin. Comprar y adquirir para fines prcticos es igual pero debemos tener claro que no es lo mismo. Una compra es una adquisicin pero una adquisicin no necesariamente se da por medio de una compra. Adquirir significa hacerse dueo de algn objeto material o de algn derecho. Una adquisicin puede darse por varias vas, como lo son que nos hayan regalado dicho objeto o derecho, que nos lo hayan heredado, que hayamos hecho un trueque para conseguirlo, y otra de las vas para realizar una adquisicin es la compra, la cual involucra un desembolso monetario, es decir un pago por la obtencin de la propiedad de un bien o derecho. Por otro lado un abastecimiento implica realizar compras de manera cclica y su funcin es asegurar que haya los recursos materiales que la entidad requiere para su funcionamiento, el abastecimiento abarca la compra, recepcin y almacenamiento (mediante el control y rotacin de inventarios) de los recursos materiales. Muchas organizaciones estn reconociendo la importancia estratgica de las compras, la administracin de abastecimiento y su impacto en la eficacia total. Situaciones que dan origen a la compra en una organizacin Existen en lo general, dos situaciones que dan origen a la compra en las entidades, la primera es cuando el departamento o encargado de compras recibe un requerimiento de compras por parte de un departamento u oficina de la entidad. Y la segunda es cuando el propio encargado de las compras (ya sea persona o departamento) identifica una necesidad dentro de su departamento o de algn otra rea, o de la funcin de mantenimiento que pueda ser cubierta mediante una compra.

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    En este contexto se puede advertir que las compras electrnicas tienen un desarrollo muy desigual en los distintos pases de Amrica Latina y el Caribe. En trminos generales, los mecanismos electrnicos, bien empleados, mejoran la informacin disponible sobre y durante los procesos de compra y, sobre todo, promueven la transparencia, favoreciendo el cumplimiento de las normas legales vigentes. La bsqueda de eficiencia en las contrataciones estatales se da con la utilizacin de tecnologa informtica6. En un grupo de pases, no existe un portal de compras; estos son Guyana, Hait, Surinam, Trinidad y Tobago, las Bahamas, Belice y Barbados. En un segundo grupo, los portales existentes cumplen slo tareas informativas: Repblica Dominicana, Ecuador, El Salvador, Paraguay, Venezuela, Colombia y Jamaica. Un tercer grupo, conformado por Uruguay, Guatemala, Nicaragua, Honduras Bolivia y Panam, posee portales que permiten cierto nivel de interaccin (por ejemplo, la descarga de documentacin). Por ltimo, se halla el grupo de pases cuyos portales son los ms desarrollados, llamados transaccionales, algunos de los cuales llevan ms de diez aos de operacin. En este conjunto se encuentran Chile, Brasil, Mxico, Per, Argentina y Costa Rica. Debe destacarse, de todas formas, que, adems de evaluar la madurez de los portales de compras electrnicas, es necesario tener en cuenta su grado de cobertura: para qu porcentaje de las compras pblicas se los emplea. La experiencia es muy dispar en la regin, y llega desde un grado de cobertura muy considerable, como ocurre en Chile, a uno significativamente menor, tal como sucede, por ejemplo, en Costa Rica.

    II. Las Contrataciones del Estado en el Per

    Las contrataciones en el Per son procesos tcnicos que corresponden al sistema de Abastecimientos y estn sujetos a los Subsistemas que los comprenden. Las contrataciones del Estado estn regulados actualmente por el Decreto Legislativo N 1017, Ley Contrataciones del Estado y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N 184-2008-EF, modificados por la Ley N 29873 y el Decreto Supremo N 13-2012-EF.

    1. El Sistema de Abastecimiento

    El Sistema de Abastecimientos es creado en el Per mediante el Decreto Ley N 22056, Ley del Sistema Nacional de Abastecimientos (publicado 29 de diciembre de 1977), entrando en vigencia a partir del 1 de enero del 1978. Esta norma le atribuy al Sistema de Abastecimiento asegurar la unidad, racionalidad, eficiencia y eficacia de los procesos de abastecimiento de bienes y servicios no personales en la Administracin Pblica a travs de los procesos tcnicos de catalogacin, registro de proveedores, programacin, adquisiciones,

    Rivera, abogada por la universidad de San Martn de Porres, Mara Claudia Legua Prez, abogada por la universidad San Luis Gonzaga 6 Arozamena Leandro y Weinschelbaum Federico. Op. Cit. Pp. 37 39.

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    almacenamiento y seguridad, distribucin, registro y control, mantenimiento, recuperacin de bienes y disposicin final7.

    El Sistema Administrativo de Abastecimientos, es el conjunto de principios, procesos tcnicos de catalogacin, programacin, adquisicin, almacenamiento y seguridad, distribucin, registro y control, mantenimiento, recuperacin de bienes y disposicin final.

    En vista del incremento de las compras estatales, la regulacin existente necesit de normas que orientaran cada uno de los procesos que se realizaban en las entidades. De esta manera, se emite la Resolucin Jefatural 118- 80- INAP/DNA que aprueba las Normas Generales del Sistema de Abastecimiento8 que aprueba 7 Normas Generales del Sistema de Abastecimientos:

    S.A. 01: Aplicacin de criterios de eficiencia y eficacia

    S.A. 02: integridad de la Administracin del Sistema de Abastecimientos

    S.A. 03 Actualizacin y utilizacin de informacin para el Abastecimiento

    S.A. 04: Unidad de adquisiciones de bienes y servicios

    S.A. 05: Unidad en el ingreso fsico y custodia temporal de bienes

    S.A. 06: Austeridad del abastecimiento

    S.A. 07 : Verificacin del estado y utilizacin de los bienes y servicios

    Tiempo despus al emitirse el Reglamento de la Nueva Ley N 268509 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo N039 98 - PCM se deja sin efecto las Normas Generales de Abastecimiento SA 01, 02, 03 y 0410. Quedando vigente para su utilizacin las S.A. del 05 al 07, de los cuales resaltan por su importancia prctica el S.A 05: Unidad en el ingreso fsico y custodia temporal de bienes y el S.A 06: Austeridad del abastecimiento

    S.A. 05: Unidad en el ingreso fsico y custodia temporal de bienes

    Los bienes obtenidos por las entidades deben ingresar fsicamente por el Almacn Central, salvo que por su naturaleza y caractersticas propias, resulte imposible hacerlo; en cuyo caso, el ingreso y salida se har slo con documentos fuentes (orden de compra: O/C, Orden de Servicio: O/S, Nota de Entrada de Almacn: NEA y Pedido Comprobante de Salida: PECOSA).

    7 Artculo 2 del Decreto Ley 22056,

    8 Resolucin Jefatural emitida el 25 de Julio de 1980

    9 Ley N 26850 emitida el

    10 Derogado por la Segunda Disposicin Final del Decreto Supremo N039- 98- PCM., del 28- SET- 1998, a vez

    derogado por la Sexta Disposicin Final del Decreto Supremo N013- 2001- PCM., del 13- FEB- 2001 y este ltimo, por el artculo 3 del Decreto Supremo N 083-2004- PCM, del 29 de Noviembre del 2004

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    Se denomina as por ser stos de uso compartido por los Sistemas de Abastecimiento, Contabilidad y Presupuesto. Ingresados conforme los bienes, se codifican segn los Catlogos Nacionales vigentes, se registra su ingreso o salida en las TCVA o Bind Card y se informa documentadamente al Krdex, para que haga lo propio ante la Oficina de Contabilidad, a travs del Resumen del Movimiento de Almacn (RJ. N 335-90-INAP/DNA). Los bienes para uso o consumo inmediato deben salir del Almacn con PECOSA. Los que van a ser utilizados en fecha posterior (como es el caso de los insumos para obras) podrn hacerlo mediante Pedido Interno de Almacn (PIA), que es un documento interno de naturaleza extra-contable, previa su aprobacin y autorizacin por resolucin de Oficina General de Abastecimiento, o la que haga sus veces como es el caso de la Gerencia de Administracin en las municipalidades.

    S.A. 06: Austeridad del abastecimiento

    En toda previsin, solicitud, obtencin, suministro, utilizacin o administracin de bienes y servicios, se aplicarn los criterios e instrumentos pertinentes de austeridad que establezca la entidad a propuesta de la Oficina de Abastecimiento, en concordancia por la poltica gubernamental.

    De acuerdo a esta norma, la austeridad en el proceso de abastecimiento ha de entenderse como la equilibrada estimacin de necesidades de bienes y servicios, el empleo mesurado de los recursos asignados a la municipalidad y su adecuada combinacin, para obtener ms y mejores resultados en beneficio de la colectividad en general. La austeridad es condicin bsica del abastecimiento. Su aplicacin, observancia y cumplimiento corresponden a todas las dependencias de la entidad pblica, cualquiera sea su denominacin, estructura, ubicacin, directivos, etc.

    Es competencia de la Oficina de Abastecimiento, de acuerdo a sus funciones y atribuciones, estudiar y proponer a la Gerencia de Administracin y Gerencia General o Municipal, los criterios y orientaciones para la mejor aplicacin de las medidas de austeridad, sobre bienes y servicios.

    Principales Procesos Tcnicos de Abastecimiento11 Los principales procesos tcnicos de abastecimiento que las entidades pblicas ejecutan son los de Programacin, catalogacin de bienes, registro de proveedores, registro y control y contratacin y adquisicin, recuperacin de bienes, mantenimiento y seguridad, almacenamiento, distribucin y disposicin final. Programacin

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    EL SISTEMA DE ABASTECIMIENTO Y LAS CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES EN LOS GOBIERNOS LOCALES-JULIO 2006 - Jos Luis Montalvo Meja

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    Este proceso comprende las siguientes actividades: - Determinacin de necesidades. - Consolidacin de necesidades. - Formulacin del plan de adquisiciones. - Ejecucin de la programacin. - Evaluacin de la programacin.

    Catalogacin de bienes

    Este proceso comprende las siguientes actividades: - Identificacin de bienes no codificados. - Actualizacin de bienes no codificados. Se cumplen en coordinacin con la Superintendencia Nacional de Bienes

    Registro de proveedores

    A partir de la emisin del Texto nico Ordenado TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado12 no existe obligacin de formular un registro de proveedores en cada municipalidad. De ello se encarga el OSCE ex CONSUCODE a travs del Registro Nacional de Proveedores - RNP.

    Registro y control Este proceso comprende las siguientes actividades: - Desarrollar estadsticas de la informacin de abastecimiento. - Elaborar un sistema de registros que posibilite controles posteriores.

    Contrataciones y Adquisiciones

    Este procedimiento est regulado por la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Legislativo 1017 y su reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo 184-2008-EF, modificado por la Ley N 29783 y el Decreto Supremo 138-2012-EF

    Este proceso comprende desde la convocatoria

    Recuperacin de bienes

    Este proceso comprende las siguientes actividades: - recoleccin o seleccin. - reparacin o reconstruccin. - utilizacin.

    Mantenimiento

    12

    Supremo 083-2004-PCM Aprueba el Texto nico Ordenado (TUO) de la Ley 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Publicado el 29.11.04

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    Este proceso tiene por objetivo evitar la paralizacin de los servicios que presta la entidad y consiste en realizar acciones destinadas a conservar en ptimo estado los equipos, instalaciones, materiales y bienes que posee la entidad.

    Seguridad

    Es el proceso mediante el cual se previenen, detectan y/o eliminan las situaciones que pueden causar dao o prdida en las personas, informacin o medios naturales, a fin de evitar la paralizacin de los procesos productivos.

    Almacenamiento

    Es el conjunto de actividades de naturaleza tcnico - administrativa referidas a la ubicacin temporal de bienes en un espacio fsico determinado con fines de custodia.

    Distribucin

    Es el conjunto de actividades de naturaleza tcnico - administrativa en que se cierra el crculo, y permite la satisfaccin de las necesidades del usuario con la entrega de los bienes o servicios solicitados.

    Disposicin final

    Es el conjunto de actividades de naturaleza tcnico-administrativa orientadas a detectar, verificar y regular el empleo adecuado de los bienes proporcionados a las diferentes dependencias de la municipalidad.

    2. Ciclo de Aprovisionamiento Logstico

    El ciclo de aprovisionamiento logstico, es el proceso ordenado de acciones logsticas o de abastecimiento para atender necesidad o problemas logsticos. El Ciclo Logstico es aplicado en la Logstica tanto a nivel Gerencial como Operativo. El abastecimiento pblico se reviste de mayores dificultades que el abastecimiento privado, debido al marco normativo que envuelve la compra pblica. El gasto debe ser totalmente justificado y orientado al bienestar social13

    El ciclo de aprovisionamiento logstico para las entidades de la Administracin pblica comprende las Etapas de Programacin y Planificacin, Proceso de Seleccin y Ejecucin Contractual

    Etapa de Planificacin y Programacin

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    Actores involucrados en las contrataciones y adquisiciones en Instituciones Pblicas. Roles y Responsabilidades. GOVERNA. Brbara Lem Conde. Julio 2006

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    Esta etapa corresponde a las acciones previas a la realizacin del proceso de seleccin en el que se planifica y programa las contrataciones que se realizan en cada ejercicio presupuestal. Guarda coherencia con la programacin presupuestal. Comprende las siguientes acciones:

    Determinacin de Necesidades

    Verificacin de Presupuesto Institucional

    Plan Anual de Adquisiciones

    Expediente de Contratacin

    Designacin del Comit Especial

    Elaboracin y aprobacin de Bases

    En esta etapa el Plan Anual de Adquisiciones (PAC) y el Expediente de Contratacin, son de suma importancia porque su correcta formulacin y oportuna aprobacin generan las mejores condiciones para el desarrollo de la etapa de ejecucin de los procesos de seleccin.

    Plan Anual de Adquisiciones (PAC)

    Documento que comprende los requerimientos de bienes, servicios y obras, en funcin de las metas presupuestarias establecidas, sealando la programacin de acuerdo a sus prioridades.

    En la fase de programacin y formulacin del Presupuesto Institucional, cada una de las dependencias de la Entidad determinar, dentro del plazo sealado por la normativa correspondiente, sus requerimientos de bienes, servicios y obras, en funcin de sus metas presupuestarias establecidas, sealando la programacin de acuerdo a sus prioridades. Las Entidades utilizarn el Catlogo nico de Bienes, Servicios y Obras que administra el OSCE, siendo el rgano encargado de las contrataciones de la Entidad responsable de esta actividad. Los requerimientos sern incluidos en el cuadro de necesidades que ser remitido al rgano encargado de las contrataciones para su consolidacin, valorizacin y posterior inclusin en el Plan Anual de Contrataciones. Una vez aprobado el Presupuesto Institucional, el rgano encargado de las contrataciones revisar, evaluar y actualizar el proyecto de Plan Anual de Contrataciones sujetndolo a los montos de los crditos presupuestarios establecidos en el citado Presupuesto Institucional El PAC contiene:

    1. El objeto de la contratacin

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    2. La descripcin de los bienes, servicios u obras a contratar y el correspondiente cdigo asignado en el Catlogo

    3. El valor estimado de la contratacin 4. El tipo de proceso que corresponde al objeto y su valor estimado, as

    como la modalidad de seleccin 5. La fuente de financiamiento 6. El tipo de moneda 7. Los niveles de centralizacin o desconcentracin de la facultad de

    contratar 8. La fecha prevista de la convocatoria.

    El Expediente de Contratacin El Expediente de Contratacin es el conjunto de documentos en el que aparecen todas las actuaciones referidas a una determinada contratacin, desde la decisin de adquirir o contratar hasta la culminacin del contrato, incluyendo la informacin previa referida a las caractersticas tcnicas, valor referencial, la disponibilidad presupuestal y su fuente de financiamiento. El Expediente de Contratacin se inicia con el requerimiento del rea usuaria. Tratndose de obras, se adjuntar el Expediente Tcnico respectivo y, cuando corresponda, la declaratoria de viabilidad conforme al Sistema Nacional de Inversin Pblica. En la modalidad de concurso oferta no se requerir el Expediente Tcnico, debindose anexar el estudio de preinversin y el informe tcnico que sustent la declaratoria de viabilidad, conforme al Sistema Nacional de Inversin Pblica.

    El Expediente de Contratacin contiene: 1. Las caractersticas tcnicas de lo que se va a contratar

    2. El estudio de las posibilidades que ofrece el mercado

    3. El valor referencial

    4. La disponibilidad presupuestal

    5. El tipo de proceso de seleccin

    6. La modalidad de seleccin, el sistema de contratacin

    7. La modalidad de contratacin a utilizarse y la frmula de reajuste de ser el caso. (concurso oferta-llave en mano)

    Etapa de Ejecucin del Proceso de Seleccin

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    Esta fase se realiza inmediatamente despus en se hayan culminado las acciones previas de la etapa de planificacin y programacin y comprende la realizacin de cada una de las fases establecidas en las normas de contrataciones del Estado, se inicia con la convocatoria y concluye con el otorgamiento de la Buena Pro. Comprende las siguientes fases:

    Convocatoria

    Registro de Participantes

    Presentacin de consultas y observaciones

    Absolucin de consultas y observaciones

    Integracin de Bases

    Presentacin de Propuestas

    Evaluacin y calificacin de Propuestas

    Adjudicacin de Buena Pro

    Perfeccionamiento del contrato

    Etapa de Ejecucin Contractual

    Esta fase comprende cada una de las acciones que se realizan desde la formalizacin de la relacin contractual con el proveedor hasta la efectivizacin de su pago, despus haber manifestado satisfaccin y conformidad en la entrega de los bienes, servicios u obras encargadas al proveedor o contratista. Comprende las siguientes acciones:

    Firma del contrato

    Ejecucin de la prestacin

    Declaracin de conformidad

    Liquidacin

    Pago

    3. Las Contrataciones del Estado

    En las entidades del Estado, las compras se realizan como resultado del surgimiento de una necesidad (la cual tiene que ver con el logro de los objetivos de la entidad). Dicha necesidad debe de ser determinada para as poder justificar que se efectu una compra que satisfaga dicha necesidad. Una vez determinada y justificada la necesidad el siguiente paso para realizar una buena compra (y de hecho por mucho el momento clave de las compras) es la eleccin del mejor proveedor, para lo cual debemos primero tener varias

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    opciones de los proveedores que puedan satisfacer nuestras necesidades. Una vez teniendo nuestras opciones de proveedores las evaluaremos sus cualidades, las calidades que ofrecen, sus precios, el tiempo de entrega de los materiales y los tipos de financiamiento que tienen, en base a todo lo anterior se seleccionar al proveedor que mejor se acople y mejor satisfaga las necesidades de nuestra entidad y se efectuara la compra.

    En el Per las compras estatales se llevan a cabo a travs del Organismo Pblico Ejecutor denominado Central de Compras Pblicas - Per Compras, adscrito al Ministerio de Economa y Finanzas. La Central de Compras Pblicas - Per Compras tiene personera jurdica de derecho pblico, con autonoma tcnica, funcional, administrativa, econmica y financiera, constituyendo Pliego Presupuestal14. Organismo que solo alcanza a las compras estatales del Gobierno Nacional y sus entidades. No se encuentran sujetas a ste organismo, las contrataciones y adquisiciones que efecten los Gobiernos Regionales y Locales15, sin perjuicio de que stos puedan solicitar participar en alguna de las modalidades a ser ejecutadas por esta central.

    La Central de Compras Pblicas - Per Compras creada en el marco del Decreto Legislativo 1018, cuenta con las siguientes funciones: a) Realizar las Compras Corporativas obligatorias, de acuerdo a lo que se

    establezca en el Decreto Supremo correspondiente; aprobado con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros

    b) Realizar las Compras Corporativas facultativas que le encarguen otras Entidades del Estado

    c) Realizar las adquisiciones que le encarguen otras Entidades del Estado, de acuerdo al convenio correspondiente, incluyendo la determinacin de las caractersticas tcnicas de los bienes y servicios a contratar y el Valor Referencial; as como la aprobacin del Expediente de Adquisiciones y las Bases del proceso correspondiente, hasta antes de la suscripcin del Contrato

    d) Asesorar a las Entidades del Estado que realicen Compras Corporativas facultativas; as como en la planificacin y gestin de sus procesos de adquisiciones que realicen de manera institucional

    e) Promover y conducir los procesos de seleccin para la generacin de Convenios Marco para la adquisicin de bienes y servicios, as como suscribir los acuerdos correspondientes

    f) Llevar a cabo los procesos de seleccin para adquisiciones especficas que se le asignen mediante Decreto Supremo, aprobado con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros.

    De esta manera la provisin de los bienes y servicios que requieren las entidades de la administracin pblica en el Per, se obtienen a travs de la

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    Artculo 1 del Decreto Legislativo 1018 15

    Primera Disposicin Complementaria y Final del Decreto Legislativo 1018

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    Central de Compras Pblicas - Per Compras para el caso de las entidades del Gobierno Nacional y para el caso de los Gobiernos Regionales y Locales, a travs de los procesos de seleccin que organizan y ejecutan cada entidad con la autonoma que sus leyes de creacin lo permiten y en sujecin a los lineamientos, normas y directivas que emita el OSCE organismo encargado de la conduccin de los procedimientos de contrataciones del estado. Para la realizacin de los procesos y procedimientos de contratacin todas las entidades pblicas, estn obligadas a utilizar la plataforma electrnica del SEACE. El Sistema Electrnico de Contrataciones del Estado (SEACE), es el sistema electrnico que permite el intercambio de informacin y difusin sobre las contrataciones del Estado, as como la realizacin de transacciones electrnicas. Las Entidades estn obligadas a utilizar el Sistema Electrnico de Contrataciones del Estado (SEACE), sin perjuicio de la utilizacin de otros regmenes especiales de contratacin estatal, segn sea el caso. Por norma expresa se establece los criterios de incorporacin gradual de las Entidades al Sistema Electrnico de Contrataciones del Estado (SEACE), considerando la infraestructura y condiciones tecnolgicas que stas posean o los medios disponibles para estos efectos16.

    Principios de las Contrataciones del Estado

    Los principios que rigen las contrataciones son los establecidos en su norma regulatoria, sin perjuicio de la aplicacin de otros principios generales del derecho pblico. Estos principios servirn tambin de criterio interpretativo e integrador para la aplicacin de las Normas de Contrataciones del Estado. Principios que rigen los procesos de contratacin del estado: a) Principio de Promocin del Desarrollo Humano: La contratacin pblica

    debe coadyuvar al desarrollo humano en el mbito nacional, de conformidad con los estndares universalmente aceptados sobre la materia.

    b) Principio de Moralidad: Todos los actos referidos a los procesos de contratacin de las Entidades estarn sujetos a las reglas de honradez, veracidad, intangibilidad, justicia y probidad.

    c) Principio de Libre Concurrencia y Competencia: En los procesos de contrataciones se incluirn regulaciones o tratamientos que fomenten la ms amplia, objetiva e imparcial concurrencia, pluralidad y participacin de postores.

    d) Principio de Imparcialidad: Los acuerdos y resoluciones de los funcionarios y rganos responsables de las contrataciones de la Entidad, se adoptarn en estricta aplicacin de la presente norma y su Reglamento; as como en

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    Artculo 68 del Decreto Legislativo 1017 Ley de Contrataciones del Estado

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    atencin a criterios tcnicos que permitan objetividad en el tratamiento a los postores y contratistas.

    e) Principio de Razonabilidad: En todos los procesos de seleccin el objeto de los contratos debe ser razonable, en trminos cuantitativos y cualitativos, para satisfacer el inters pblico y el resultado esperado.

    f) Principio de Eficiencia: Las contrataciones que realicen las Entidades debern efectuarse bajo las mejores condiciones de calidad, precio y plazos de ejecucin y entrega y con el mejor uso de los recursos materiales y humanos disponibles. Las contrataciones deben observar criterios de celeridad, economa y eficacia.

    g) Principio de Publicidad: Las convocatorias de los procesos de seleccin y los actos que se dicten como consecuencia debern ser objeto de publicidad y difusin adecuada y suficiente a fi n de garantizar la libre concurrencia de los potenciales postores.

    h) Principio de Transparencia: Toda contratacin deber realizarse sobre la base de criterios y calificaciones objetivas, sustentadas y accesibles a los postores. Los postores tendrn acceso durante el proceso de seleccin a la documentacin correspondiente, salvo las excepciones previstas en la presente norma y su Reglamento. La convocatoria, el otorgamiento de la Buena Pro y los resultados deben ser de pblico conocimiento.

    i) Principio de Economa: En toda contratacin se aplicarn los criterios de simplicidad, austeridad, concentracin y ahorro en el uso de los recursos, en las etapas de los procesos de seleccin y en los acuerdos y resoluciones recados sobre ellos, debindose evitar exigencias y formalidades costosas e innecesarias en las Bases y en los contratos.

    j) Principio de Vigencia Tecnolgica: Los bienes, servicios o la ejecucin de obras deben reunir las condiciones de calidad y modernidad tecnolgicas necesarias para cumplir con efectividad los fines para los que son requeridos, desde el mismo momento en que son contratados, y por un determinado y previsible tiempo de duracin, con posibilidad de adecuarse, integrarse y repotenciarse si fuera el caso, con los avances cientficos y tecnolgicos.

    k) Principio de Trato Justo e Igualitario: Todo postor de bienes, servicios o de obras debe tener participacin y acceso para contratar con las Entidades en condiciones semejantes, estando prohibida la existencia de privilegios, ventajas o prerrogativas.

    l) Principio de Equidad: Las prestaciones y derechos de las partes debern guardar una razonable relacin de equivalencia y proporcionalidad, sin perjuicio de las facultades que corresponden al Estado en la gestin del inters general.

    m) Principio de Sostenibilidad Ambiental: En toda contratacin se aplicarn criterios para garantizar la sostenibilidad ambiental, procurando evitar impactos ambientales negativos en concordancia con las normas de la materia.

    4. Organizacin y Responsabilidades en las Contrataciones

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    Los procesos y procedimientos de contrataciones de bienes, servicios u obras requiere que cada Entidad determine en su Reglamento de Organizacin y Funciones u otros instrumentos de organizacin, el rgano u rganos responsables de programar, preparar, ejecutar y supervisar los procesos de contratacin hasta su culminacin, debiendo sealarse las actividades que competen a cada funcionario, con la finalidad de establecer las responsabilidades que le son inherentes. Los funcionarios y servidores que formen parte del rgano encargado de las contrataciones de la Entidad, debern estar capacitados en temas vinculados con las contrataciones pblicas, de acuerdo a los requisitos que sean establecidos en el Reglamento. Mediante convenio, las Entidades podrn encargar a otras del Sector Pblico y/o Privado, nacional o internacional, la realizacin de sus procesos de contratacin incluyendo los actos preparatorios que sean necesarios, conforme a los procedimientos y formalidades que se establezcan en el Reglamento de las contrataciones. Son responsables de ejecutar las contrataciones: Titular de la Entidad.- Es la ms alta autoridad ejecutiva que ejerce las funciones de aprobacin, autorizacin y supervisin de las contrataciones y adquisiciones. En el caso de las empresas del Estado, el Titular de la Entidad es el Gerente General o el que haga sus veces y en caso de las municipalidades es el alcalde. Area Usuaria.- Es el rea cuyas necesidades requieren ser atendidas con determinada contratacin, o que, dada su especialidad y funciones, canaliza los requerimientos formulados por otras dependencias.

    Comit Especial.- Es el encargado de conducir el proceso encargndose de su ejecucin, desde la preparacin de las bases hasta BUENA PRO. Es el encargado de seleccionar al proveedor sujetando su accionar a las normas de contrataciones.

    rgano encargado de las contrataciones.- Es aqul rgano o unidad orgnica que realiza las actividades relativas a la gestin del abastecimiento al interior de una Entidad. Es la dependencia responsable de planificar y ejecutar las adquisiciones.

    El rea de Compras es un equipo especializado, que tiene la responsabilidad de obtener materiales, abastecimientos, productos y servicios que necesitan las dems unidades orgnicas de la entidad para realizar sus actividades, lo cual lo convierte en un mediador entre la entidad y los proveedores.

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    Dentro de las funciones que realiza el rea de contrataciones podemos encontrar las siguientes: Investigacin de precios, emisin de rdenes de compra y servicios, investigaciones de mercado, relaciones con los proveedores, etc.

    Los funcionarios y servidores del rgano encargado de las contrataciones de la Entidad que, en razn de sus funciones intervienen directamente en alguna de las fases de contratacin, debern ser profesionales y/o tcnicos debidamente certificados, debiendo reunir como mnimo los siguientes requisitos: 1. Capacitacin tcnica en contrataciones pblicas o gestin logstica en

    general, no menor a ochenta (80) horas lectivas; 2. Experiencia laboral en general, no menor a tres (3) aos; 3. Experiencia laboral en materia de contrataciones pblicas o en logstica

    privada, no menor de un (1) ao. El procedimiento de certificacin ser establecido segn directivas emitidas por el OSCE. El OSCE administrar una base de datos de los profesionales y tcnicos que cuenten con la respectiva certificacin. Esta informacin ser pblica y de libre acceso en su portal institucional.

    5. Elementos bsicos de las contrataciones

    Estn comprendidos en las normas de contrataciones del estado, todos los bienes intermedios (los necesarios para la produccin de otros bienes) y bienes finales (los que se consumen directamente). Estn comprendidos tambin los bienes necesarios para el equipamiento, la maquinaria, la ejecucin obras y otros. De igual forma comprende los servicios en general y servicios de consultora para la formulacin de planes, proyectos, estudios, supervisin de obras y otros.

    Estn comprendidas las contrataciones que deben realizar las Entidades para proveerse de bienes, servicios u obras, asumiendo el pago del precio o de la retribucin correspondiente con fondos pblicos, y dems obligaciones derivadas de la calidad de contratante y cuyo valor referencial supere las TRES UIT

    En el caso de los gobiernos locales, Las contrataciones y adquisiciones que realizan los gobiernos locales se sujetan a las normas de la materia, debiendo hacerlo en acto pblico y preferentemente con las empresas calificadas constituidas en su jurisdiccin, y a falta de ellas con empresas de otras jurisdicciones.

    Los procesos de contratacin y adquisicin se rigen por los principios de moralidad, libre competencia, imparcialidad, eficiencia, transparencia, economa, vigencia tecnolgica y trato justo e igualitario; tienen como finalidad

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    garantizar que los gobiernos locales obtengan bienes, servicios y obras de la calidad requerida, en forma oportuna y a precios o costos adecuados17.

    Una funcin bsica de las entidades y funcionarios responsables, es adquirir o contratar bienes, servicios y obras; de ptima calidad, en la cantidad necesaria, al precio correcto y en la fecha y condiciones pactadas con la mayor publicidad, utilizando los medios que se brindan para ello.

    Para estos efectos, son elementos bsicos en los procesos de contratacin de bienes, servicios y obras, la cantidad, calidad, precio y publicidad de los mismos.

    Cantidad.- Representada por la porcin de una magnitud o un nmero de unidades de bienes y servicios requeridos. Cuando La cantidad prevista de bienes y servicios en los procesos de seleccin, se modifiquen en ms del veinticinco por ciento del valor estimado en el Plan Anual de Adquisiciones y ello cambie el tipo de proceso de seleccin, se deber modificar el PAC. En los procesos de seleccin se aplicar el Sistema a suma alzada, cuando las cantidades, magnitudes de la prestacin estn totalmente definidas en las especificaciones tcnicas o Trminos de Referencia - TdR, de lo contrario se utilizar el sistema de precios unitarios. El rea usuaria es la responsable de definir con precisin las cantidades o magnitudes requeridas.

    Calidad.- Se cumple con la calidad requerida cuando un conjunto de caractersticas inherentes al bien o al servicio cumple con los requisitos del grado de satisfaccin esperados. El rea usuaria es la responsable de definir con precisin las caractersticas de la calidad de los bienes, servicios u obras que requiera para el cumplimiento de sus funciones. En los procesos de seleccin se aplicar el Sistema a suma alzada, cuando las calidades de la prestacin estn totalmente definidas en las especificaciones tcnicas o Trminos de Referencia TdR. Durante la ejecucin del contrato, en caso el contratista ofrezca bienes y/o servicios con iguales o mejores caractersticas tcnicas, de calidad y de precios, la Entidad, previa evaluacin, podr modificar el contrato, siempre que tales bienes y/o servicios satisfagan su necesidad. Tales modificaciones no debern variar en forma alguna las condiciones originales que motivaron la seleccin del contratista18.

    Precio.- Considerada como "la cantidad de dinero que debe pagar un

    cliente para obtener el producto"19, en este caso los bienes, servicios u obras. Es un elemento esencial en las contrataciones del estado, en tanto da lugar a la generacin del valor referencial. De esta manera a efectos de establecer el valor referencial, el estudio tomar en cuenta,

    17

    Artculo 34 Ley Orgnica de Municipalidades Ley N 27972 18

    Artculo 143 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado 19

    Philip Kotler, Gary Armstrong, Dionisio Cmara e Ignacio Cruz, autores del libro "Marketing"

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    cuando exista la informacin y corresponda, entre otros, los siguientes elementos; presupuestos y cotizaciones actualizados, los que debern provenir de personas naturales o jurdicas que se dediquen a actividades materia de la convocatoria, incluyendo fabricantes cuando corresponda, a travs de portales y/o pginas Web, catlogos, entre otros, debiendo emplearse como mnimo dos (2) fuentes. Tambin tomar en cuenta cuando la informacin est disponible: precios histricos, estructuras de costos, alternativas existentes segn el nivel de comercializacin, descuentos por volmenes.

    Publicidad.- Todas las entidades publicidad sujetas a las normas de

    contrataciones del Estado estn obligadas a registrar informacin sobre su Plan Anual de Contrataciones, los procesos de seleccin, los contratos y su ejecucin, y todos los actos que requieran ser publicados, conforme se establece en la Ley, el Reglamento y la Directiva que emita el OSCE. La obligatoriedad de publicidad en el SEACE incluye las contrataciones que realicen las Entidades con sujecin a regmenes especiales o a travs de convenios nacionales e internacionales, con excepcin de aquellas que se realicen bajo el mbito del Sistema Nacional de Endeudamiento. Asimismo el valor referencial es pblico. Sin embargo, podr ser reservado cuando la naturaleza de la contratacin lo haga necesario, previo informe del rgano encargado de las contrataciones de la Entidad, el cual deber ser aprobado por el Titular de sta. La reserva del valor referencial deber ser establecida en el Expediente de Contratacin. En los casos de reserva del valor referencial, sta cesa cuando el Comit Especial lo haga de conocimiento de los participantes en el acto de apertura de los sobres.

    6. Contrataciones entre Estados

    Ninguna sociedad se abastece nicamente de los bienes y servicios que produce, hacindose imprescindible efectuar compras a otros estados. En el caso de las compras pblicas se presenta la misma situacin las entidades que conforman la Administracin Pblicas y que estn sujetas a las normas que regulan las contrataciones del Estado muchas veces requieren efectuar compras a otros estados. Estas contrataciones del Estado peruano con otro Estado no se encuentran bajo los alcances del Decreto Legislativo 1017. El procedimiento de contratacin y la ejecucin del contrato de Estado a Estado, se regula bajo los alcances del comercio internacional y por las normas y principios del derecho internacional, lo que no enerva la obligacin de cumplir con la legislacin nacional en los actos previos a la contratacin.

    Mediante decreto supremo refrendado por el titular del sector correspondiente se declara de inters nacional el objeto de la contratacin y se autoriza la realizacin de los actos necesarios para la formalizacin de dicha contratacin; para lo cual se requiere: i) estudio de mercado; ii) los informes tcnico-

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    econmicos que evidencien las ventajas comparables para el Estado peruano de contratar directamente con otro Estado; iii) un informe de la of cina de presupuesto o la que haga sus veces del sector correspondiente que seale que se cuenta con el financiamiento necesario para dicha contratacin, salvo que se requiera concertar una operacin de endeudamiento, en cuyo caso, la misma debe estar contemplada en el Programa Anual de Endeudamiento del ao respectivo; iv) declaratoria de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversin Pblica (SNIP), cuando corresponda. Si la contratacin tiene como objeto la adquisicin de bienes, la entrega puede realizarse en zona primaria o en el lugar que los gobiernos contratantes convengan. Si el objeto de contratacin es un servicio este se realiza en el lugar donde las partes contratantes convengan20.

    III. Procesos de Seleccin 1. Tipos de procesos de seleccin21:

    Licitacin Pblica, que se convoca para la contratacin de bienes y obras,

    dentro de los mrgenes que establecen las normas presupuestarias. Concurso Pblico, que se convoca para la contratacin de servicios, dentro de

    los mrgenes establecidos por las normas presupuestarias. Adjudicacin Directa, que se convoca para la contratacin de bienes, servicios

    ejecucin de obras, conforme a los mrgenes establecidos por las normas presupuestarias. La Adjudicacin Directa puede ser Pblica o Selectiva. La Adjudicacin Directa Pblica se convoca cuando el monto de la contratacin es mayor al cincuenta por ciento (50%) del lmite mximo establecido para la Adjudicacin Directa en las normas presupuestarias. En caso contrario, se convoca a Adjudicacin Directa Selectiva.

    Adjudicacin de Menor Cuanta, puede ser Adjudicacin de Menor Cuanta Adjudicacin de Menor Cuanta Derivada La Adjudicacin de Menor Cuanta, que se convoca para: a) La contratacin de bienes, servicios y obras, cuyos montos sean inferiores a la dcima parte del lmite mnimo establecido por las normas presupuestarias para las Licitaciones Pblicas o Concursos Pblicos, segn corresponda; b) La contratacin de expertos independientes para que integren los Comits Especiales. La Adjudicacin de Menor Cuanta Derivada, se convoca para los procesos declarados desiertos, cuando corresponde.

    20

    TRIGSIMA DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL DE LA LEY 29951 LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO DEL AO FISCAL 2013 21

    Artculo 19 del Reglamento de la Ley de Contrataciones aprobado por el Decreto Supremo N 184-2008-EF modificado por el artculo 1 del Decreto Supremo N 138-2012-EF

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    Para la determinacin del proceso de seleccin se considerar el objeto principal de la contratacin y el valor referencial establecido por la Entidad para la contratacin prevista. En el caso de contrataciones que involucren un conjunto de prestaciones, el objeto principal del proceso de seleccin se determinar en funcin a la prestacin que represente la mayor incidencia porcentual en el costo. En cualquier caso, los bienes o servicios que se requieran como complementarios entre s, se consideran incluidos en la contratacin objeto del contrato. Mediante el proceso de seleccin segn relacin de tems, la Entidad, teniendo en cuenta la viabilidad econmica, tcnica y/o administrativa de la vinculacin, podr convocar en un solo proceso la contratacin de bienes, servicios u obras distintas pero vinculadas entre s con montos individuales superiores a tres (3) UIT. A cada caso les sern aplicables las reglas correspondientes al proceso principal, con las excepciones previstas en el presente Reglamento, respetndose el objeto y monto de cada tem. En el caso de declaracin de desierto de uno o varios tems, el proceso de seleccin que corresponde para la segunda convocatoria ser la Adjudicacin de Menor Cuanta Derivada. Mediante el proceso de seleccin por paquete, la Entidad agrupa, en el objeto del proceso, la contratacin de varios bienes o servicios de igual o distinta clase, considerando que la contratacin conjunta es ms eficiente que efectuar contrataciones separadas de dichos bienes o servicios. Las entidades preferentemente contratarn por paquete la elaboracin de los estudios de preinversin de perfil, prefactibilidad y factibilidad, segn corresponda, debiendo preverse en los trminos de referencia que los resultados de cada nivel de estudio sean considerados en los niveles siguientes. Para la contratacin de estudios de preinversin, el rea usuaria en coordinacin con el rgano encargado de las contrataciones sustentar la convocatoria de los procesos de seleccin cuando tenga que realizarse por paquete, o en forma separada. Los tipos de procesos de seleccin antes indicados, podrn sujetarse a las modalidades especiales de Convenio Marco y Subasta Inversa.

    2. Etapas del proceso de seleccin22 Los procesos de seleccin contendrn las etapas siguientes, salvo las excepciones establecidas: 1. Convocatoria.

    22

    Artculo 22 del Reglamento de la Ley de Contrataciones aprobado por el Decreto Supremo N 184-2008-EF

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    2. Registro de participantes. 3. Formulacin y absolucin de consultas. 4. Formulacin y absolucin de observaciones. 5. Integracin de las Bases. 6. Presentacin de propuestas. 7. Calificacin y evaluacin de propuestas. 8. Otorgamiento de la Buena Pro. En los procesos de Adjudicacin Directa y Adjudicacin de Menor Cuanta para obras y consultora de obras se fusionarn las etapas 3 y 4. Asimismo, en los procesos de Adjudicacin de Menor Cuanta para bienes y servicios no se incluirn en el proceso las etapas 3, 4 y 5. El incumplimiento de alguna de las disposiciones que regulan el desarrollo de estas etapas constituye causal de nulidad de las etapas siguientes del proceso, de conformidad con lo dispuesto en el artculo 56 de la Ley, y lo retrotrae al momento anterior a aqul en que se produjo dicho incumplimiento. Los procesos de seleccin culminan cuando se produce alguno de los siguientes eventos: 1. Se suscribe el contrato respectivo o se perfecciona ste. 2. Se cancela el proceso. 3. Se deja sin efecto el otorgamiento de la Buena Pro por causa imputable a la Entidad. 4. No se suscriba el contrato por las causales establecidas en el artculo 137 del Reglamento.

    3. Plazos generales para los procesos de seleccin Los plazos en los procesos de seleccin, desde su convocatoria hasta la suscripcin del contrato, se computan por das hbiles. Son inhbiles los das sbado, domingo y feriados no laborables, y los declarados por el Poder Ejecutivo o autoridades competentes. El plazo excluye el da inicial e incluye el da de vencimiento, salvo disposicin distinta establecida en el Reglamento. En las Licitaciones Pblicas y Concursos Pblicos, entre las fechas de convocatoria y de presentacin de propuestas no debern mediar menos de veintids (22) das hbiles, computados a partir del da siguiente de la publicacin de la convocatoria en el SEACE. Asimismo, entre la integracin de las Bases y la presentacin de propuestas no podrn mediar menos de cinco (5) das hbiles, computados a partir del da siguiente de la publicacin de las Bases integradas en el SEACE. En las Adjudicaciones Directas mediarn no menos de diez (10) das hbiles entre la convocatoria y la presentacin de propuestas y tres (3) das hbiles entre la integracin de las bases y la presentacin de las propuestas

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    En las Adjudicaciones de Menor Cuanta para bienes y servicios, debe mediar entre la convocatoria y la fecha de presentacin de las propuestas existir un plazo no menor de dos (2) das hbiles. En el caso de Adjudicaciones de Menor Cuanta Derivadas, el plazo ser no menor de seis (6) das hbiles. En las Adjudicaciones de Menor Cuanta para la consultora de obras o ejecucin de obras, desde la convocatoria hasta la fecha de presentacin de propuestas debern mediar no menos de seis (6) das hbiles. En el caso de Adjudicaciones de Menor Cuanta Derivadas, el plazo ser no menor de ocho (8) das hbiles

    IV. Bienes y Servicios no comprendidos en las normas de Contrataciones

    Son bienes y servicios no comprendidos en las normas de contrataciones los siguientes:

    a) La contratacin de trabajadores, empleados, servidores o funcionarios pblicos sujetos a los regmenes de la carrera administrativa o laboral de la actividad privada

    b) La contratacin de auditoras externas en o para las Entidades, la que se sujeta a las normas que rigen el Sistema Nacional de Control. Todas las dems contrataciones que efecte la Contralora General de la Repblica se sujetan a lo dispuesto en el presente Decreto Legislativo y su Reglamento

    c) Las operaciones de endeudamiento y administracin de deuda pblica d) La contratacin de asesora legal y financiera y otros servicios especializados,

    vinculados directa o indirectamente a las operaciones de endeudamiento interno o externo y de administracin de deuda pblica

    e) Los contratos bancarios y financieros celebrados por las Entidades. f) Los contratos de locacin de servicios o de servicios no personales que

    celebren las Entidades con personas naturales, con excepcin de los contratos de consultora. Asimismo, estarn fuera del mbito de la presente norma, los contratos de locacin de servicios celebrados con los presidentes de directorios o consejos directivos, que desempeen funciones a tiempo completo en las Entidades o empresas del Estado

    g) Los actos de disposicin y de administracin y gestin de los bienes de propiedad estatal

    h) Las contrataciones cuyos montos, sean iguales o inferiores a tres (3) Unidades Impositivas Tributarias, vigentes al momento de la transaccin; salvo que se trate de bienes y servicios incluidos en el Catlogo de Convenios Marco

    i) La contratacin de notarios pblicos para que ejerzan las funciones previstas en la presente norma y su Reglamento

    j) Los servicios brindados por conciliadores, rbitros, centros de conciliacin, instituciones arbitrales y dems derivados de la funcin conciliatoria y arbitral

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    k) Las contrataciones que deban realizarse con determinado proveedor, por mandato expreso de la ley o de la autoridad jurisdiccional

    l) La concesin de recursos naturales y obras pblicas de infraestructura, bienes y servicios pblicos

    m) La transferencia al sector privado de acciones y activos de propiedad del Estado, en el marco del proceso de privatizacin

    n) La modalidad de ejecucin presupuestal directa contemplada en la normativa de la materia, salvo las contrataciones de bienes y servicios que se requieran para ello

    ) Las contrataciones realizadas con proveedores no domiciliados en el pas cuyo mayor valor estimado de las prestaciones se realice en el territorio extranjero

    o) Las contrataciones que realicen las Misiones del Servicio Exterior de la Repblica, exclusivamente para su funcionamiento y gestin, fuera del territorio nacional

    p) Las contrataciones de servicios de abogados, asesores legales y de cualquier otro tipo de asesora requerida para la defensa del Estado en las controversias internacionales sobre inversin en foros arbitrales o judiciales

    q) Las compras de bienes que realicen las Entidades mediante remate pblico, las que se realizarn de conformidad con la normativa de la materia

    r) Los convenios de cooperacin, gestin u otros de naturaleza anloga, suscritos entre Entidades, o entre stas y organismos internacionales, siempre que se brinden los bienes, servicios u obras propios de la funcin que por ley les corresponde, y adems no se persigan fines de lucro

    s) La contratacin de servicios pblicos, siempre que no exista la posibilidad de contratar con ms de un proveedor

    t) Las contrataciones realizadas de acuerdo con las exigencias y procedimientos especficos de organismos internacionales, Estados o entidades cooperantes, siempre que estn asociadas a donaciones u operaciones oficiales de crdito.