Constitucion de 1978

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  1. 1. LA CONSTITUCIN ESPAOLA Es la ley fundamental que prevalece sobre el resto de las leyes, a partir de ella se deben desarrollar el resto de las normas y a ella estn sujetos los ciudadanos y los poderes pblicos La constitucin espaola esta formada por 1 Ttulo preliminar, 10 ttulos mas que en total forma 169 artculos. La constitucin espaola es del ao 1978, que fue aprobada por referndum el seis de diciembre y el 29 de diciembre fue publicada en el BOE
  2. 2. Titulo preliminar En este ttulo constan 9 artculos, que sostienen los grandes principios que se sustenta el estado, ejemplo: Espaa es un estado social y democrtico de derecho La soberana nocional reside en el pueblo La lengua oficial La capital del estado, es la villa de Madrid Ttulo I De los derechos y deberes fundamentales Consta de 46 artculos, que se enumeran todos los derechos y libertades fundamentales de todos los espaoles. Ttulo II. De la corona Dice que el Jefe de estado es un Rey hereditario y vitalicio, que reina pero no gobierna ya que carece de poder ejecutivo El rey es inviolable y no esta sujeto a responsabilidades La sucesin de la corona seguir el orden regular de primogenitura y representacin de acuerdo con los siguientes criterios La varones tienen preferencia sobre las mujeres En el mismo sexo se aplicara el principio de mayor edad Heredarn la corona los hijos y nietos del heredero fallecido con preferencia a los restantes hijos del rey. Titulo III de las cortes generales El poder legislativo lo tiene las Cortes Generales, que es el congreso y el Senado. En congreso esta formado por 350 diputados, que son elegidos cada 4 aos por sufragio universal La mayora absoluta, es la mitad mas uno del total de los diputados La mayoria relativa: es la mitad mas uno de los asistentes. Ttulo IV. Del gobierno y de la administracin Nombramiento del presidente del gobierno mediante el procedimiento de investidura Despus de cada renovacin del congreso de los diputados, el rey propone al Congreso un candidato a la presidencia del gobierno, con previa consulta de los grupos polticos con representacin parlamentaria. Para que el candidato sea normado por el Rey presidente del gobierno, tiene que tener mayora absoluta en el Congreso, si el candidato no alcanza la mayora absoluta, pasadas 48 horas, se har la segunda votacin, teniendo que obtener la mayora relativa. Si transcurridos 2 meses desde la primera votacin, sin ninguna solucin, se convocarn nuevas elecciones. Ttulo V De las relaciones entre el gobierno y las cortes generales Ttulo VI. Del poder judicial. Tribunal constitucional Tribunal Supremo Audiencia nacional Tribunales superiores de justicia de las comunidades autonmicas Audiencias provinciales Juzgados de lo contencioso-administrativo, de los social, de la vigilancia penitenciaria, de menores. Juzgados de primera instancia e instruccin Juzgado de paz
  3. 3. TRIBUNAL SUPREMO Es el rgano jurisdiccional superior en todos los rganos, menos en la constitucin. Tiene jurisdiccin en todo el Estado, y tiene las siguientes salas. 1 de lo Civil, 2 de lo Penal, 3 de lo Contencioso- Administrativo, 4 de lo Social, 5 de lo militar. AUDIENCIA NACIONAL Tiene su sede en Madrid, y jurisdiccin en toda Espaa. Esta formado por las salas de lo Penal, , de lo Contencioso- Administrativo, y de lo social, y tambin Juzgados de lo Penal y Juzgados de instruccin. TRIBUNALES SUPERIORES DE JUSTICIA. El mximo rgano jurisdiccional de las Comunidades Autnomas, con jurisdiccin en el territorio autonmico. Mismas salas que el Tribunal Supremo. AUDIENCIA PROVINCIAL Tiene su sede en la capital de cada provincia, de la que toma su nombre y extiende su jurisdiccin. As mismo, en cada provincia habr uno o ms Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, de los Social, de vigilancia penitenciaria, y de menores. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIN Ejerce su actividad en una comarca cuya cabecera es el partida judicial. JUZGADO DE PAZ Existe en cada municipio donde no exista juzgado de primera instancia e instruccin, los jueces no son profesionales y son elegidos por el Peno del municipio por un perodo de 4 ao
  4. 4. FUENTES DEL DERECHO Conjunto de normas escritas o no escritas que regulan las relaciones de la sociedad , son de obligado cumplimiento, sino, te las pueden hacer cumplir por las fuerza. Las fuentes del derechos son: Leyes Costumbres Principios generales del derecho LEYES Leyes Tratados internacionales: Acuerdos que hace Espaa con otros pases o organismos, Se aprueban mediante Ley orgnica Ley orgnica: Son las leyes que necesitan mayora absoluta para hacerlas, Las materias que regulan estn puestas en la constitucin. Ley ordinaria: Se necesita mayora relativa, nunca regulan materia de ley orgnica, una anterior deroga a la anterior Decretos legislativos: Textos articulados: Las aprueban las cortes mediante las llamadas leyes de bases, marcan unas directrices que desarrolla el gobierno, pero sin salirse de los principios de esas leyes. Est texto tiene rengo de ley ordinaria una vez aprobado Textos refundidos: Cuando el gobierno rene en una sola norma leyes que regulan las mismas materias. Decretos-ley: Son leyes que no necesitan la aprobacin del senado Las crea el gobierno por extrema necesidad Solo se puede crear para cumplirla durante 30 das, y posteriormente transformarlas a leyes ordinarias, sino se eliminan No tocan materias de ley orgnica
  5. 5. FUENTES DEL DERECHO Conjunto de normas escritas o no escritas que regulan las relaciones de la sociedad , son de obligado cumplimiento, sino, te las pueden hacer cumplir por las fuerza. Las fuentes del derechos son: Leyes Costumbres Principios generales del derecho LEYES Leyes Tratados internacionales: Acuerdos que hace Espaa con otros pases o organismos, Se aprueban mediante Ley orgnica Ley orgnica: Son las leyes que necesitan mayora absoluta para hacerlas, Las materias que regulan estn puestas en la constitucin. Ley ordinaria: Se necesita mayora relativa, nunca regulan materia de ley orgnica, una anterior deroga a la anterior Decretos legislativos: Textos articulados: Las aprueban las cortes mediante las llamadas leyes de bases, marcan unas directrices que desarrolla el gobierno, pero sin salirse de los principios de esas leyes. Est texto tiene rengo de ley ordinaria una vez aprobado Textos refundidos: Cuando el gobierno rene en una sola norma leyes que regulan las mismas materias. Decretos-ley: Son leyes que no necesitan la aprobacin del senado Las crea el gobierno por extrema necesidad Solo se puede crear para cumplirla durante 30 das, y posteriormente transformarlas a leyes ordinarias, sino se eliminan No tocan materias de ley orgnica