CONGRESISTA MARIO JAVIER QUISPE SUAREZ “Decenio de la ...

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1 “Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres” Año de la Universalización de la Salud PROYECTO DE LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA Y PRIORITARIO INTERÉS NACIONAL EL AFIANZAMIENTO DE LA REPRESA DE POECHOS, LA RECONSTRUCCIÓN DEL CUENCO AMORTIGUADOR, EL REVESTIMIENTO DEL CANAL MIGUEL CHECA Y LA CONSTRUCCIÓN DEL RESERVORIO SATELITE SAN FRANCISCO. El congresista que suscribe, Mario Javier Quispe Suarez, integrante del Grupo Parlamentario Alianza para el Progreso, en uso de sus facultades de iniciativa legislativa previsto en el artículo 107° de la Constitución Política del Perú y según lo estipulado en los artículos 75° y 76° del Reglamento del Congreso de la República, presenta a consideración del Congreso de la República el siguiente proyecto de Ley: FORMULA LEGAL PROYECTO DE LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA Y PRIORITARIO INTERÉS NACIONAL EL AFIANZAMIENTO DE LA REPRESA DE POECHOS, LA RECONSTRUCCIÓN DEL CUENCO AMORTIGUADOR, EL REVESTIMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL CANAL MIGUEL CHECA Y LA CONSTRUCCIÓN DEL RESERVORIO SATELITE SAN FRANCISCO. Artículo 1°. Objeto de la Ley. Declárese de necesidad publica y prioritario interés nacional afianzamiento de la represa de Poechos, la reconstrucción del cuenco amortiguador, el revestimiento y ampliación del canal Miguel Checa y la construcción del reservorio satélite San Francisco. Artículo 2°. De las instituciones responsables Autorizar al Ministerio de Economía y Finanzas y al Ministerio de Agricultura y Riego para que, en coordinación con el Gobierno Regional, en el marco de sus competencias, se programen y destinen las partidas presupuestarias para la ejecución de los proyectos dispuestos en el artículo 1 de la presente norma. CONGRESISTA MARIO JAVIER QUISPE SUAREZ

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“Decenio de la Igualdad de Oportunidades

para mujeres y hombres”

Año de la Universalización de la Salud

PROYECTO DE LEY QUE DECLARA DE

NECESIDAD PÚBLICA Y PRIORITARIO

INTERÉS NACIONAL EL AFIANZAMIENTO

DE LA REPRESA DE POECHOS, LA

RECONSTRUCCIÓN DEL CUENCO

AMORTIGUADOR, EL REVESTIMIENTO

DEL CANAL MIGUEL CHECA Y LA

CONSTRUCCIÓN DEL RESERVORIO

SATELITE SAN FRANCISCO.

El congresista que suscribe, Mario Javier Quispe Suarez, integrante del Grupo

Parlamentario Alianza para el Progreso, en uso de sus facultades de iniciativa legislativa

previsto en el artículo 107° de la Constitución Política del Perú y según lo estipulado en

los artículos 75° y 76° del Reglamento del Congreso de la República, presenta a

consideración del Congreso de la República el siguiente proyecto de Ley:

FORMULA LEGAL

PROYECTO DE LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA Y PRIORITARIO

INTERÉS NACIONAL EL AFIANZAMIENTO DE LA REPRESA DE POECHOS, LA

RECONSTRUCCIÓN DEL CUENCO AMORTIGUADOR, EL REVESTIMIENTO Y

AMPLIACIÓN DEL CANAL MIGUEL CHECA Y LA CONSTRUCCIÓN DEL

RESERVORIO SATELITE SAN FRANCISCO.

Artículo 1°. – Objeto de la Ley.

Declárese de necesidad publica y prioritario interés nacional afianzamiento de la represa

de Poechos, la reconstrucción del cuenco amortiguador, el revestimiento y ampliación

del canal Miguel Checa y la construcción del reservorio satélite San Francisco.

Artículo 2°. – De las instituciones responsables

Autorizar al Ministerio de Economía y Finanzas y al Ministerio de Agricultura y Riego

para que, en coordinación con el Gobierno Regional, en el marco de sus competencias,

se programen y destinen las partidas presupuestarias para la ejecución de los proyectos

dispuestos en el artículo 1 de la presente norma.

CONGRESISTA MARIO JAVIER QUISPE

SUAREZ

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DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

PRIMERA. - La presente Ley entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Lima, 19 de junio de 2020

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I. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Reservorio de Poechos es un embalse ubicado en el río Chira, Perú en la zona

fronteriza entre Perú y Ecuador. Su objetivo es mejorar la acumulación de las reservas

de agua en la parte superior de la cuenca del Chira del Perú por el control de

inundaciones, el riego, el drenaje y la generación de electricidad.

El embalse de Poechos se encuentra en el extremo norte de Perú a unos 50 km al norte

de Piura, la capital de la Región Piura. Se encuentra a una altitud de 98 m en el

Lancones distrito de la provincia de Sullana, a unos 30 km de la frontera con Ecuador.

Esta represa se encuentra ubicada en el distrito de Lancones, provincia de Sullana,

departamento de Piura. Esta es una de las represas más grandes del paísy cuenta con

una capacidad de almacenamiento de 1,000 millones de metros cúbicos. .

El reservorio de Poechos se construyó en el cauce del río Chira, se extiende desde

Lancones hasta la frontera de Perú con Ecuador y es el más grande espejo de agua

artificial del Perú, que permite irrigar una gran parte de las tierras de los valles agrícolas

del Medio y Bajo Piura, Sechura y Chira.

1. AFIANZAMIENTO DEL RESERVORIO DE POECHOS

Como se tiene conocimiento, el canal Miguel Checa, nace del reservorio de Poechos,

no tiene revestimiento, tiene 19 M3/seg, sin embargo pierde agua por infiltración, lo que

deja el caudal en 12 M3/seg para su distribución que permite irrigar once mil hectáreas

de cultivo. Actualmente permite la irrigación de las tierras agrícolas de parte de

Lancones, Querecotillo, Salitral, Marcavelica, Ignacio Escudero; sin embargo, por la

tecnología actual se pierde mucho recurso por percolación.

Al inciar sus operaciones en el año 1976 la capacidad máxima en volumen de la represa

de Poechos, en función a su altura (desde 78.5 m.s.n.m. hasta 108 m.s.n.m.) fue de

1,000 millones de metros cúbicos; sin embargo, al transcurrir de los años el reservorio

ha ido acumulando una serie de problemas, el principal de ellos es la sedimentación,

que reduce su capacidad de almacenamiento.

Como consecuencia de la colmatación del embalse de Poechos y de la reducción de su

volumen útil, se pierde la capacidad de regulación de aportes hídricos del río Chira, y

por lo tanto se presenta la disminución inminente y progresiva del suministro de agua

para riego en los vales del Chira, Medio y Bajo Piura y Sechura, con consecuencias en

las reducciones del área de siembra en valle de Chira en épocas similares al fenómeno

del niño.

Por tal la solución más viable sería el afianzamiento o elevación del nivel el reservorio

de la represa, que implicará elevar el nivel máximo de la operación normal del reservorio,

asimismo la otra solución que se presenta es la construcción del Reservorio San

Francisco como una alternativa a la disminución de almacenamiento que tiene el

reservorio de Poechos por sedimentación, cada fenómeno el niño resta capacidad de

reserva de agua por el ingreso de grandes cantidades de sedimentos; actualmente

Poechos solo puede guardar 400 millones de M3 y podría perder más volumen con otro

fenómeno El Niño.

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Por su ubicación geográfica el canal Miguel Checa, si se llega a revestir y se amplía la

caja, permitiría irrigar más tierras, con mayor longitud en la provincia de Paita en la

margen izquierda donde hay zonas que actualmente están desatendidas y toda la parte

alta de la margen derecha. Con su revestimiento, el canal Miguel Checa, es el único que

garantizaría la ampliación de la frontera agrícola del valle del Chira en el futuro.

2. CONSTRUCCIÓN DEL RESERVORIO SAN FRANCISCO

Existe la construcción del reservorio de San Francisco, como una alternativa a la

disminución de almacenamiento que tiene el reservorio de Poechos por sedimentación,

cada fenómeno el niño resta capacidad de reserva de agua por el ingreso de grandes

cantidades de sedimentos; actualmente Poechos solo puede guardar 400 millones de

M3 y podría perder más volumen con otro fenómeno El Niño.

Con la construcción del reservorio San Francisco se podría abastecer a un nuevo canal

paralelo más alto y también al canal Miguel Checa, significando por lo tanto el futuro del

valle.

3. DECLARACIÓN DE INTERÉS NACIONAL

El declarar de interés nacional la ejecución de una obra permite que los Gobiernos

regionales y locales articulen sus intereses y competencias con el Gobierno Nacional,

tal como se expresa en el art. 49° de la Ley de Bases de Descentralización, que se

transcribe a continuación:

“Artículo 49.- Relaciones de coordinación y cooperación

49.1. El gobierno nacional y los gobiernos regionales y locales mantienen

relaciones de coordinación, cooperación y apoyo mutuo, en forma

permanente y continua, dentro del ejercicio de su autonomía y competencias

propias, articulando el interés nacional con los de las regiones y localidades.

49.2. El gobierno regional no puede interferir en la acción y competencias

de las municipalidades de su jurisdicción. Puede celebrar y suscribir en

forma indistinta, convenios de colaboración mutua y recíproca, y contratos

de cualquiera naturaleza para fines comunes determinados, con arreglo a

Ley.

49.3. Los gobiernos regionales y locales proporcionan la información

requerida para mantener actualizados los distintos sistemas administrativos

y financieros organizados a nivel nacional.”

Esto permitirá que los Gobiernos locales y regionales con el Gobierno Nacional

coordinen, cooperen y se apoyen dentro del ejercicio de su autonomía y competencias

propias para las obras delcaradas de interés nacional.

III. EFECTOS DE LA VIGENCIA DE LA NORMA SOBRE LA LEGISLACIÓN

NACIONAL

La iniciativa legislativa deroga todas las normas que se opongan a lo establecido en la

presente ley.

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IV. ANALISIS COSTO – BENEFICIO

La presente significa un costo para el Estado, debido a que a través del ejecutivo tendrán

que establecer el Presupuesto para que se cumplan los fines correspondientes. Sin

embargo, frente al beneficio es justificable puesto que, si se llega a revestir y se amplía

la caja, permitiría irrigar más tierras, con mayor longitud en la provincia de Paita en la

margen izquierda donde hay zonas que actualmente están desatendidas y toda la parte

alta de la margen derecha. Con su revestimiento, el canal Miguel Checa, es el único que

garantizaría la ampliación de la frontera agrícola del valle del Chira en el futuro.

V. VINCULACIÓN CON LAS POLÍTICAS DE ESTADO DEL ACUERDO NACIONAL

La iniciativa legislativa guarda concordancia con el Acuerdo Nacional que promueve:

III. Competitividad del país

21. Desarrollo en Infraestructura y vivienda

23. Política de Desarrollo Agrario y Rural