Concubinato

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION UNIVERSIDAD YACAMBU FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS DERECHO – ESTUDIOS A DISTANCIA DERECHO ROMANO EL CONCUBINATO EN ROMA, SU IMPORTANCIA EN LA FORMACIÓN DE LA PAREJA EN ROMA, FINES Y PROPÓSITOS EN ROMA Y EL CONCUBINATO Y COCUBINATO PUTATIVO SEGÚN LA PERSPECTIVA DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. ALUMNO: JOSE DANIEL GAMEZ RODRIGUEZ C.I. V.-9.913.360 CJP-143-00024V VALLE DE LA PASCUA – MARZO 2015

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Concubinato en Roma y Venezuela

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAMINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIONUNIVERSIDAD YACAMBUFACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICASDERECHO – ESTUDIOS A DISTANCIADERECHO ROMANO

EL CONCUBINATO EN ROMA, SU IMPORTANCIA EN LA FORMACIÓN DE LA PAREJA EN ROMA, FINES Y PROPÓSITOS EN ROMA Y EL

CONCUBINATO Y COCUBINATO  PUTATIVO SEGÚN LA PERSPECTIVA DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.

ALUMNO:

JOSE DANIEL GAMEZ RODRIGUEZ

C.I. V.-9.913.360

CJP-143-00024V 

VALLE DE LA PASCUA – MARZO 2015

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El concubinato en Roma existía como una opción legalmente aceptada, para

conformar pareja ya que por las innumerables limitantes impuestas para el matrimonio. Las

diferencias sociales, que limitaban el gusto o atracción por otra persona, por ejemplo los

soldados se podían casar después del servicio militar que era largo y con empeña de

conquista, de manejar esclavos, de matar, entre otros. Los Patricios no podían casarse con

alguien liberto o plebeyo. Los Senadores si gustaban de una mujer liberta no podían casarse

con ella por los preceptos sociales, Entonces a tal nivel de impedimentos se acudía al

concubinato con plena justificación, aunque los problemas eran para los hijos lo cuales

debían ser naturalizados o reconocidos.

El concubinato Romano ha influenciado y ha sido tomado al igual que el

matrimonio por diferentes pueblos del mundo, aunque como en el caso nuestro y muchos

otros países existe un marco jurídico claro o completo en relación al concubinato teniendo

que acudir a tribunales para resolver problemas especialmente de herencia sobre bienes.

El concubinato es definido o entendido como: “la unión de hecho de un hombre y

una mujer, sin impedimentos para casarse”. El concubinato al igual que el matrimonio tiene

razones para existir y según González (1999), son

Causas Económicas: por insuficiencia económica cuando no se cuentan con los

recurso suficientes para subsanar los gastos de celebración de un matrimonio

aunque exista esa intensión. Esto se observa más en los países subdesarrollados.

Causas Jurídicas: esto por las diferentes formalidades impuestas por los

legisladores para celebrar el matrimonio.

Causas Culturales: existe el concubinato o se observa más en la población de bajo

nivel cultural y pobre económicamente, que optan y siguen sus costumbres

ancestrales, o el matrimonio religioso que no es más que otra forma de promover el

Ahora existe una clase de concubinato denominada Putativo, que nace cuando uno de

concubinos, de buena fe, desconoce la condición de casado del otro, surtiendo efecto para

el concubino de buena fe aplicable a los bienes.

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En relación al concubinato a mi entender debería existir un marco legal que lo regule

ampliamente, especialmente en lo concerniente a bienes. Igualmente con la existencia y

facilidad para acceder al matrimonio las personas deberían acudir a las autoridades y

celebrarlo según las leyes y evitar todo problema posterior con los hijos, bienes.

Ya que los concubinatos son relaciones que pueden disolverse fácilmente e

inestables, cuando existen hijos éstos resultan perjudicados, ya que del patrimonio que

ambos concubinos han formado con la disolución de la relación surge el enriquecimiento

indebido de uno de ellos.

En el desenvolvimiento de la vida cotidiana se conoce de muchos casos que cuando

uno de los concubinos fallece los bienes existentes no pueden ser distribuidos entre los

descendientes o familiares por las demandas interpuestos por muchos de ellos sobre dichos

bienes sin que exista acuerdo posible y surgen entonces gastos legales de las demandas

entabladas. Existen también bienes bajo custodia de tribunales en espera de sentencia.

En relación al concubinato putativo que bajo mi perspectiva no es más que un

adulterio ello porque uno de los concubinos es casado, existe mayor dificultad en cuanto a

los derechos del otro concubino no casado, el conyugue del concubino casado que en la

mayoría de los casos es esposa, los hijos de ambas relaciones; pero la mayor afección es

moral por mal ejemplo de tener un(a) amante legal, las relaciones personales entre

hermanos de nacidos de amabas relaciones, nietos , ere otros, que pueden ser muy joviales

o comúnmente llamadas buenas o conflictivas de rechazo ó violentas y otras cargadas de

indiferencia.

Si bien es cierto que en nuestra Constitución se trata de equiparar el matrimonio con

el concubinato la mejor opción sería como señale anteriormente el matrimonio como nexo

o formación de uniones familiares donde exista relaciones claras, descendientes de unt sólo

núcleo o unión familiar.

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No es suficiente tener una pareja con expectativas de una relación más emocional

que racional es decir sin derechos claramente establecidos. No son los tiempos Romanos

donde si era una opción el concubinato por las trabas al matrimonio, donde también se

evidenciaba la inexistencia de derechos especialmente para la mujer.

Fuentes:

http://www.monografias.com/trabajos80/proteccion-legal-concubinato-ordenamiento-

juridico/proteccion-legal-concubinato-ordenamiento-juridico2.shtml