CONCEPTO DE CONVERSIÓN

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CONCEPTO DE CONVERSIÓN

El concepto de “conversión” implica transformar, re expresar o trasladar los estados contables elaborados originalmente en una moneda “A”, en otra moneda “B”. Una conversión es una re expresión monetaria en la cual: · el objeto (lo que se expresa) es una medición en moneda de origen; · el producto es una medición (equivalente a la anterior) en una moneda de conversión; · la segunda medición se obtiene a partir de la primera y de algún tipo de cambio que indica la cantidad de unidades de la moneda de origen por las que se puede cambiar una unidad de la moneda de conversión, o viceversa. Cuando lo que se convierte es el conjunto de datos que integra un juego de estados contables, se habla de conversión de estados contables.OBJETIVO DE LA CONVERSIÓNFowler Newton establece que las conversiones de datos aislados son imprescindibles cuando en una contabilidad llevada en una moneda deben reconocerse los efectos de compras, ventas, pagos y cobranzas en otras monedas; y los efectos de los cambios en los valores de activos y pasivos en esas monedas. También es necesaria la conversión cuando se desea llevar la contabilidad en más de una moneda.

Con respecto a estados contables, la conversión de los mismos a otra moneda puede obedecer los siguientes propósitos: a) obtener información para la toma de decisiones en una moneda distinta de la local; b) brindar información a accionistas del exterior que se sienten más cómodos usando datos expresados en la moneda de su propio país o en otra de uso universal; c) para que una sociedad que prepara estados contables en otra moneda y posee acciones del emisor de los estados contables pueda consolidar o combinar los estados contables de la emisora o aplicar el método del Valor Patrimonial Proporcional. CONVERSIÓN Y AJUSTE INTEGRAL POR INFLACIÓN Tanto las conversiones como los ajustes integrales por inflación implican reexpresiones monetarias, pero en las primeras el reemplazo de una medición por otra obedece al cambio de la moneda de un país por la de otro; y en los segundos a la consideración de los cambios en el poder adquisitivo de una moneda determinada. La conversión de estados contables no puede sustituir al ajuste por inflación porque: - prácticamente ninguna moneda está exenta de inflación; - aunque la moneda de conversión esté afectada por una tasa de inflación relativamente baja, ésta tiene un efecto acumulativo importante y puede afectar significativamente los indicadores que miden la rentabilidad; - los datos en moneda extranjera raramente son aceptados por la legislación como base para la toma de decisiones societarias; - la inflación que afecta a una moneda de origen no tiene por qué comportarse del mismo modo que el tipo de cambio entre ella y la moneda de conversión elegida. Por lo tanto es preciso combinar las conversiones con los ajustes por inflación, para lo cual se han propuesto dos enfoques básicos: A) Convertir / Ajustar:

1) reemplazar la medición en moneda de origen por otra en moneda de conversión, utilizando el tipo de cambio que corresponda; 2) ajustar por inflación la medición en moneda de conversión, considerando los cambios en el poder adquisitivo de ésta;

B) Ajustar / Convertir:

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1) primero se ajustan las mediciones en moneda de origen para que queden en moneda de la fecha del informa contable a preparar;

2) los importes ajustados se convierten luego a moneda de conversión utilizando un tipo de cambio de la fecha del informe contable. TIPOS DE CAMBIO A EMPLEAR

Para las conversiones de datos en otra moneda Las principales operaciones expresadas en moneda extranjera que deben convertirse a moneda nacional son:

ð Las que generen créditos y deudas (ventas y préstamos efectuados, compras y préstamos recibidos). El tipo de cambio a emplear debería ser el que corresponde al momento (o período) de devengamiento de la transacción. En general hay que determinar: · si la posterior cancelación del crédito (o la deuda) se hará en la propia moneda extranjera (recibiendo o entregando billetes) o en moneda nacional ( a través de una entidad financiera); · en caso de haber tipos de cambio diferenciales, cuál es el aplicable; · si de acuerdo con las características de la operación debe considerarse un tipo de cambio comprador o vendedor. ð Las que cancelan créditos y deudas. Los pagos en moneda extranjera por compras al contado o para cancelar deudas deberían convertirse al tipo de cambio al cual podrían haberse liquidado (a la fecha de la operación) las divisas entregadas.

Los cobros en moneda extranjera por ventas al contado o por cobranzas de créditos en ella deberían convertirse al tipo de cambio al cual podrían liquidarse (a la fecha de la transacción) las divisas recibidas.

Para las revaluaciones de saldos deberían considerarse los tipos de cambio correspondientes a la fecha de la nueva medición contable. Para las conversiones de datos a otra moneda Hay acuerdo en que para estas conversiones se utilice el tipo de cambio correspondiente al mercado al que deba recurrirse para pagar dividendos. Esto considera el punto de vista de los inversores extranjeros, que son las personas en cuyo interés suelen efectuarse las conversiones de estados contables.

Por otra parte, el tipo de cambio a emplear debería ser el de la fecha en cuyo poder adquisitivo está expresada la medición en moneda de origen, pues la conversión solo debería apuntar al cambio de unidad de medida. Por lo tanto, antes de cualquier conversión deberían excluirse los efectos de los ajustes por inflación que hayan incidido sobre las mediciones en moneda de origen a convertir.

Como en el ajuste por inflación, debe tenerse un cuidado especial con las partidas en moneda de origen que resultan de comparar dos o más mediciones expresadas en distinto poder adquisitivo definido, como las correspondientes a los resultados de tenencia (financieros y otros). En estos casos, lo que debe hacerse es: a) convertir cada una de las mediciones comparadas; b) volver a efectuar la comparación utilizando las mediciones convertidas. Casos en que los mercados no son libres Es posible que las cotizaciones de las monedas extranjeras no surjan del libre juego de la oferta y la demanda sino de resoluciones del gobierno o cuando el Estado interviene comprando y vendiendo divisas en magnitud suficiente para afectar los tipos de cambio.

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Estas situaciones provocan dudas sobre la aptitud de las cotizaciones de mercado como base para las conversiones de saldos a largo plazo. Cabe estudiar estos posibles enfoques: - si hay un mercado oficial y otro paralelo, basar las valuaciones contables en las cotizaciones del segundo; - no utilizar ninguna cotización sino alguna paridad de equilibrio o alguna paridad teórica ; - aplicar el criterio contable tradicional de emplear los tipos de cambio del mercado (oficial o libre, según el caso). Cotizaciones paralelas: su empleo no ha tenido aceptación, en parte porque pueden no ser representativas ya que el mercado funciona en la clandestinidad y a su vez, por el volumen de divisas negociado (a veces muy bajo).

Paridades de equilibrio: implica la utilización de un tipo de cambio convencional, que se aparte del tipo de cambio oficial de cotización al cierre.

Paridades teóricas.

Su utilización es de difícil defensa, entre otras cosas porque: - los cálculos dependen del momento elegido como base; - las deudas se pagan y los créditos se cobran de acuerdo con los tipos de cambio reales vigentes a la fecha de su cancelación; - la evolución de los tipos de cambio reales no depende exclusivamente de las inflaciones (local y extranjera) que constituyen la base de cálculo de las paridades teóricas. MÉTODOS DE CONVERSIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES A MONEDA EXTRANJERA Los EEUU se han caracterizado por ser quienes históricamente han tenido más inversiones en el exterior, y ello se manifiesta en que han sido los primeros en tratar este tema. a) Evolución del método de conversión a través del tiempo: De los diferentes métodos de conversión que se desarrollan a continuación, los tres primeros sólo tienen valor como antecedente doctrinario. Ellos son: 1) Método del tipo de cambio de cierre: donde todas las cuentas se convertían a tipo de cambio de cierre, sin distinguir si eran corrientes o no corrientes.

2) Método de lo corriente y lo no corriente: se originó en el pronunciamiento americano ARB 43, por el cual todas las cuentas corrientes se convertían al tipo de cambio de cierre y las no corrientes se traducían a moneda extranjera en función del tipo de cambio de origen. La mayoría de los items del Estado de Resultados se traducen al tipo de cambio promedio del período, excepto la depreciación, que se traduce al tipo de cambio de origen, a efectos de mantener la coherencia con la partida no corriente que la origina. Este método se utilizó hasta 1975.

3) Método de lo monetario y no monetario: representa un avance respecto al método anterior, porque ya no desagrega en función de la clasificación de la cuenta , sino del carácter de la misma, en monetaria y no monetaria. Las cuentas monetarias que muestran poder adquisitivo de cierre, se convierten al tipo de cambio de cierre y las no monetarias al tipo de cambio de origen. El tratamiento para las cuentas del Estado de Resultados es idéntico al método anterior. El principal obstáculo para este método es la utilización de Valores Corrientes, ya que cuentas no monetarias también estarían a poder adquisitivo de cierre.

4) FAS 8: donde a partir de 1976 se adopta el Método Temporal, que desarrollaremos más adelante.

5) FAS 52: sustituye al FAS 8, a partir de 1981,y considerando dos Métodos de Conversión: el

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Método Temporal y el Método de Traslación. Las principales críticas que se le hacían al FAS 8 eran: que el Resultado por Conversión siempre se veía reflejado en el Estado de Resultados; los cambios al convertir las cuentas, podrían confundir respecto a la performance operativa, mostrando pérdidas operativas, incluso durante ejercicios rentables; produce varias oscilaciones en los resultados sobre los cuales no tienen control los gerentes.

6) NIC 21 : elaborada por el IASC, que sigue en líneas generales al FAS 52, pero incorpora una variante en el caso de las economías hiperinflacionarias.

7) SSAP 20: elaborado por el ASB, parte integrante del FRC (Financial Reporting Council) de Inglaterra y Gales, que en líneas generales adopta las soluciones del FAS 52 y la NIC 21. b) El Método Temporal:1) Concepto de Conversión: Consiste en convertir los Estados Contables de moneda de un país a otro, como si todas las operaciones ocurridas en moneda original, hubieran ocurrido en la moneda de conversión, en el país de origen. Por lo que mantiene los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados con que fueron preparados los Estados Contables en moneda de origen.

Lo que propone este método es una reexpresión de los Estados Contables, es una “remedición” en moneda extranjera (estamos cambiando la unidad de medida), y consiste en el replanteo de los Estados Contables en la moneda extranjera.

Lo que busca es medir la situación patrimonial y los resultados en moneda extranjera, en consecuencia, los Estados Contables deben ser aquellos que se obtendrían si la contabilidad se llevara en esa moneda extranjera a la que se quiere convertir.

¿Cómo se logra esta reexpresión? Hay dos posibilidades, la primera es llevar una contabilidad paralela en la moneda extranjera, y la segunda, es aplicar el Método Temporal. 2) Conceptos Fundamentales: Método de Conversión:

Aplicar el Método Temporal implica convertir los Estados Contables en moneda local, de acuerdo a las siguientes pautas: · Las cuentas llevadas a precios de intercambio del pasado, son convertidas empleando los tipos de cambio históricos, correspondientes a los momentos en que se fijaron los respectivos precios (fecha de la operación).

· Las cuentas llevadas a precios de operaciones de compra o venta corriente o de intercambios futuros, deben ser convertidas al tipo de cambio corriente (a fecha de cierre).

· En forma complementaria, se debe aplicar la Regla de Costo – Mercado el menor, a las cuentas convertidas. Lo anteriormente expuesto implica: · Convertir los rubros monetarios al tipo de cambio de cierre. · Convertir los rubros no monetarios dependiendo del criterio de valuación:

a) Si son valuados al costo, utilizando los tipos de cambio históricos, o lo que es lo mismo, el tipo de cambio del momento en que el bien ingresó a la empresa.

b) Si son valuados a valores corrientes, se debe utilizar el tipo de cambio de cierre o el que corresponde a la fecha en que se determinó ese valor.

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· Las cuentas de resultados, se convierten al tipo de cambio de cada transacción, excepto aquellas que deriven de cuentas de activos (por ej.: costo de ventas, depreciaciones, etc.) que deberán seguir el mismo tratamiento que el activo que les dio origen, a efectos de mantener la coherencia del método de ajuste. 3) El Proceso de Conversión: Para convertir Estados Contables a Moneda Extranjera, aplicando el Método Temporal, se deben seguir los siguientes pasos: 1. Convertir los Estados Contables al inicio, reexpresando los activos y pasivos al tipo de cambio correspondiente, tal como se explicó en el punto anterior. Se reexpresan los aportes efectuados por los socios, al tipo de cambio de la fecha del aporte, y por diferencia, se determinan los resultados acumulados en moneda extranjera al inicio. 2. Convertir los Estados Contables al cierre, reexpresando los activos y pasivos aplicando la misma metodología aplicada para los Estados Contables al inicio. A los aportes efectuados por los socios, previo a este ejercicio económico, ya reexpresados al tipo de cambio del aporte, se le suman los nuevos aportes (sólo se consideran los aportes reales). A los Resultados Acumulados ya reexpresados al inicio, se le restan las distribuciones reales efectuadas, y por diferencia, se determina el Resultado del Ejercicio. 3. Las cuentas de resultados, se reexpresan al tipo de cambio de la transacción, excepto aquellas que deriven de cuentas de activos, que seguirán el mismo tratamiento que el activo que les dio origen . Y por diferencia, obtenemos el Resultado por Conversión. 4. Verificar el Resultado por Conversión obtenido por diferencia, el cual se verifica de forma similar que el RDM del ajuste por inflación. En el Método Temporal, el Resultado por Conversión es un resultado generado por la tenencia de activos y pasivos monetarios en moneda local ante la variación de la cotización de la moneda de conversión. En este método, la Diferencia de Cambio una vez convertidos los Estados Contables, es la generada por la tenencia de una tercera moneda (que no sea la moneda local ni la de conversión.) No puede generarse diferencia de cambio por tenencia de la moneda de conversión. c) El Método de Traslación o de la Moneda Funcional Este método surge con el FAS 52 y es recogido por la NIC 21. Este pronunciamiento del FASB es aplicable cuando las conversiones sean utilizadas para: · Consolidación · Combinación · Equivalencia Patrimonial Cuando el objetivo sea otro, este será determinado por los interesados en la conversión de los Estados Contables. 1) Concepto de Conversión: El Método de Traslación, implica medir los Estados Contables no en la moneda de conversión, sino en la moneda en la que trabaja la empresa, a la que el FAS 52 la denomina Moneda Funcional.

La moneda funcional de una entidad es la moneda del ámbiente económico principal en que la entidad opera; normalmente, es la moneda del sistema en que la entidad inicialmente genera y utiliza fondos.

DOBLE TRIBUTACIONSe conoce como Doble Tributación Internacional al fenómeno que consiste en que dos o más estados tienen o pretenden tener potestad tributaria sobre una misma renta. En otras palabras, dos países aplican impuestos a la renta sobre un mismo hecho económico.La carga tributaria combinada a que puede dar lugar la doble tributación representa normalmente un obstáculo serio a la inversión extranjera tanto activa como pasiva, así como el

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desarrollo del comercio de servicios, transferencias de tecnología y la movilidad del trabajo. A fin de eliminar o al menos atenuar la Doble Tributación, existen varios remedios de carácter unilateral, mediante los cuales los países modifican su legislación interna a fin de acomodar la situación tributaria de las rentas cuya fuente se encuentra en el extranjero y que son devengadas o percibidas por contribuyentes domiciliados en el país. Estas medidas se traducen normalmente en exenciones o bien en créditos contra los impuestos locales por los impuestos a la renta pagados en el extranjero. A las medidas unilaterales se suman los Tratados para evitar la Doble Tributación. En estos Tratados los Estados convienen que ciertas rentas sólo pueden ser gravadas en uno de los dos Estados o bien que, de ser gravadas en ambos, se afecten con tasas reducidas y que existan mecanismos de crédito o exención que en definitiva lleven a cargas impositivas razonables.DOBLE TRIBUTACIÓNEs importante mencionar el Tratado de Libre Comercio ya que de ahí surgió la eliminación de la doble tributación y de esa forma el TLC incorpora el principio fundamental de trato nacional del GATT. Los bienes importados a un país miembro del TLC, de otro de ellos, no serán objeto de discriminación. Este compromiso se extiende también a las disposiciones provinciales y estatales. Estas disposiciones establecen las reglas relativas a los aranceles y otros cargos, así como a restricciones cuantitativas entre las que se encuentran cuotas, licencias y permisos y requisitos de precios a importaciones o exportaciones que regirán al comercio de bienes. Asimismo, mejoran y hacen más seguro el acceso a los mercados de los bienes que se produzcan y comercien en la región de América del Norte. La eliminación de los aranceles en el TLC se dispone la eliminación progresiva de todas las tasas arancelarias sobre bienes que sean considerados provenientes de América del Norte, conforme a las reglas de origen. Para la mayoría de los bienes, las tasas arancelarias vigentes serán eliminadas inmediatamente, o de manera gradual, en cinco o diez etapas anuales iguales. Las tasas aplicables a unas cuantas fracciones arancelarias correspondientes a productos sensibles, se eliminarán en un plazo mayor hasta en quince reducciones anuales iguales. Para propósitos de la eliminación, se tomarán como punto de partida las tasas vigentes al 1º de julio de 1991, incluidas las del Arancel General Preferencial (GPT) de Canadá y las del Sistema Generalizado de Preferencias (SGP) de Estados Unidos. Se prevé la posibilidad de que los tres países consulten y acuerden una eliminación arancelaria más acelerada a la prevista. Los programas vigentes de devolución de aranceles serán eliminados el 1º de enero del año 2001 para el comercio entre México y Canadá. El Tratado extenderá por dos años el plazo establecido en el ALC para la eliminación de programas de devolución de aranceles. En el momento en que estos programas se eliminen, cada país adoptará un procedimiento para evitar los efectos de la "doble tributación" en el pago de impuestos en los dos países, en el caso de bienes que aún se encuentren sujetos a impuestos en el área de libre comercio. Un eficiente sistema en precios de transferencia permitirá a las empresas mexicanas evitar la doble tributación, pero además transparentar su eficiencia y rentabilidad, especialmente aquellas, como las maquiladoras, que reciben productos y servicios determinados por la casa matriz. "Aplicar este principio hace la diferencia entre los resultados de las Corporaciones y sus filiales".Los precios de transferencia se refieren a los términos en que los bienes, servicios, fondos financieros, tecnología y derechos intelectuales de propiedad, son transferidos entre compañías relacionadas. Las disposiciones iniciales del TLCAN establecen formalmente una zona de libre comercio entre los tres países, de conformidad con el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT), hoy Organización Mundial de Comercio (OMC) el mismo que provee las reglas y los principios básicos que regirán el funcionamiento del tratado.En el TLCAN se precisan de manera clara las reglas para fomentar el intercambio comercial y los flujos de inversión entre los tres países, mediante la eliminación paulatina de los aranceles

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o impuestos que pagan los productos para entrar a otro país; el establecimiento de normas que deben de ser respetadas por los productores de los tres países, y los mecanismos para resolver las diferencias que puedan surgir.La empresa mexicana le afecta desde punto fiscal, porque no sabemos exactamente hasta dónde es su responsabilidad. Si nosotros ajustamos una utilidad o un precio en México necesariamente se requiere ajustar el precio o utilidad de quien lo vendió y no puede ser unilateral, especialmente en un mundo que se globaliza". La apertura comercial permitió que los precios de transferencia se determinen a nivel global y no local. "Afortunadamente han estado trabajando con serenidad y aunque falta mucho por recorrer y existe la conciencia de que la diversidad de precios provoca doble tributación. ASPECTOS TRIBUTARIOSA la vez es necesario tomar en cuenta las reservas del Gobierno de Canadá, las cuales se encuentran en los siguientes artículos:Art. 8.- Canadá se reserva el derecho a no extender sus Convenios bilaterales el ámbito de aplicación del artículo al transporte por aguas interiores.Art. 10.- Canadá se reserva el derecho de extender la definición de dividendos a fin de incluir ciertos pagos de intereses considerados como distribuciones de dividendos en su legislación nacionalInterviene como un factor el aspecto tributario en un sentido amplio, es decir los impuestos involucrados, las bases del tributo, las tasas impositivas, la seguridad jurídica derivada de su aplicación, la calidad de la administración tributaria, la existencia de tratados para evitar la doble tributación, las normas establecidas en materia de precios de transferencia y los incentivos fiscales, así como también otros aspectos tales como control de cambios, restricciones a la repatriación de capitales o de utilidades, controles de precios, etc.Tasas máximas de Impuestos sobre la ganancia Sobre los gravable dividendosCanadá 38% a 42% 25%México 34% En la relación comparativa anterior puede apreciarse que las tasas de impuesto sobre la renta fluctúan, en lo general, entre un 30% y un 40%, lo que permite pensar que no se está lejos de una uniformidad satisfactoria, sobre todo si se unificara el criterio de no gravar la distribución de utilidades a accionistas residentes en el extranjero.Otro aspecto fundamental a considerar en el estudio de los aspectos tributarios de cada país, esto relacionado con la seguridad jurídica que pueden tener los contribuyentes.Los tratados para evitar la doble tributación y los precios de transferencia es importante mencionar la integración de bloques económicos requiere de una modernización de las economías en diversos aspectos, y uno de estos es la celebración de convenios bilaterales para evitar la doble tributación. Aunque hay reciprocidad, de alguna manera los países involucrados en estos convenios sacrifican alguna recaudación (sobre todo en impuestos de retención por pagos al extranjero), y por eso ha habido cierta resistencia o reticencia respecto a la celebración de estos tratados, principalmente por parte de los países en que predomina la recepción de inversiones extranjeras; sin embargo no cabe duda de que en su conjunto, los beneficios económicos de una inversión extranjera, bien proyectada y estructurada, deben sobrepasar a cualquier aspecto negativo que se pudiera identificar, pero sobre todo dicha inversión debe de propiciar una mayor recaudación a nivel local.Los países en forma soberana emiten legislaciones tributarias que obligan a sus nacionales independientemente de su residencia, aunque en la mayoría de los países tales legislaciones obligan tributariamente a los residentes, con independencia de su nacionalidad, sobre la totalidad de sus ingresos a "nivel mundial". Un tercer criterio para identificar el derecho de recaudación de un país se da en función de la "fuente territorial del ingreso", independientemente de la nacionalidad o residencia del generador del ingreso, y es así que al realizarse operaciones internacionales por parte de empresas o por individuos, se propicie la

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"doble tributación", es decir, el pago de un tributo a dos países, en forma duplicada, sobre un mismo ingreso.La doble tributación internacional como "la aplicación de impuestos comparables en dos estados (países) sobre el mismo contribuyente, con respecto a la misma materia imponible y por iguales períodos".Es evidente que la doble imposición internacional desalienta las inversiones de empresas residentes de un país hacia otros países, pues se genera una carga tributaria que o no es soportable o se considera injusta o, por el contrario, propicia formas operativas que estructuralmente no son lo más favorable o recomendable.Los países de América, por lo general, mantienen en sus leyes fiscales medidas unilateralmente decididas por sus cuerpos legislativos, para evitar o aminorar el impacto de la doble tributación. Para evitar la doble tributación, evitándose así este obstáculo en la promoción de inversión extranjera por parte de países necesitados de dicha inversiónAnte la problemática de la imposición por el Estado mexicano a residentes en el extranjero y de los numerosos casos en los que queda en entredicho si una persona sujeta de impuestos en México continúa siendo un residente en el extranjero o si se ha convertido en residente en territorio nacional -sea por las características o por la duración de su estancia en el país-, es necesario definir los elementos que permiten caracterizar lo que debemos entender por "residencia en el extranjero", aun cuando nuestra legislación no defina este concepto. Ello cobra importancia considerando que con frecuencia la residencia de una persona no quedará en duda: será evidente si es residente en territorio nacional o si es residente en el extranjero. Sin embargo, en el caso de ingresos de un residente en el extranjero provenientes de las fuentes de riqueza expresamente regulados y gravados por el Título V de la Ley del Impuesto sobre la Renta, se podrán presentar situaciones donde deje de ser evidente el lugar de residencia de la persona, en razón de las características o duración de la estancia del residente en el extranjero en México. De ello resulta que, además de delimitar el concepto de residencia en el extranjero frente a aquél de residencia en territorio nacional, es necesario determinar las condiciones conforme a las cuales un residente en el extranjero deja de serlo para convertirse en residente en territorio nacional. Analizaremos estos conceptos tanto desde el punto de vista de la legislación nacional como del punto de vista de los convenios para evitar la doble tributación. CONCLUSIONCon esto pude ver que México tiene hoy en día uno de los sistemas fiscales más modernos a nivel internacional. Es decir que, independientemente de algunas deficiencias particulares que cada impuesto pueda tener, la concepción estructural de nuestro sistema impositivo muestra que es altamente neutral y eficiente, siendo los principales elementos que le atribuyen estas características: Que descansa en dos o tres impuestos de base amplia con un esquema muy importante de coordinación entre Federación y Entidades Federativas. Que depende en mayor medida de impuestos indirectos que en directos. Que tiene un conjunto de elementos que evitan las distorsiones de la inflación. Que evitan una redistribución inadecuada de los recursos.Los impuestos son naturalmente un mal necesario, en el sentido de que se tienen que recabar para poder financiar el gasto público en bienes que el sector privado simplemente no puede proveer, dígase carreteras, seguridad nacional, seguridad pública, vialidades, etc. Estos bienes que el sector privado no quiere o no puede proveer, debido a que no resulta rentable hacerlo desde el punto de vista privado, deben ser provistos por el sector público recabando ingresos de las actividades productivas para poder financiarlos.El esquema del Impuesto Sobre la Renta (ISR) tanto empresarial como personal, ha sufrido a lo largo de los años una serie de modificaciones que lo han modernizado para convertirlo, probablemente, en el impuesto al ingreso más moderno del mundo en cuanto a su estructura.

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No sólo en este gravamen -sino en los diversos impuestos- se ha dado un proceso de reformas fiscales que se inició, podríamos decir en 1980, y que continúa hasta la fecha. Este proceso ha cambiado radicalmente la estructura del sistema fiscal. Si se observa, estos últimos 20 años, y se compara el sistema fiscal de hoy con el que había en 1979, no se parecen en nada.En la actualidad, nuestro sistema fiscal establece que: "los impuestos son iguales para cualquier tipo de ingresos", claro, con una tasa progresiva que grava más a los contribuyentes de mayores ingresos y menos a los de menores ingresos, pero que no distingue si el ingreso es de esta u otra naturaleza.Existe otro cambio fundamental. Antes estaba separado el ISR personal y el ISR empresarial. Esto provocaba doble tributación, básicamente sobre el ahorro -que es de donde proviene el financiamiento de la inversión. La empresa, pagaba el impuesto al generar utilidades; luego, el individuo recibía el dividendo y volvía a pagar, sin reconocer que la empresa ya había pagado el impuesto por la utilidad generada.Cuando ustedes suman una tasa de 42 por ciento, como se tenía hace 15 o 20 años en el ISR empresarial, con una tasa del 60 por ciento, que teníamos a nivel personal, prácticamente se confiscaba la utilidad de las personas, desalentando la inversión. Para evitar esta situación, en México se integran los impuestos de tal forma que, a nivel individuo, se reconoce el impuesto que pagó la empresa, evitando duplicar el impuesto y elevando el rendimiento de la inversión. Lo anterior hace mucho más atractivo invertir.El sistema impositivo anterior no podía ser compatible con un modelo de apertura comercial; era un modelo, lógico o no, pero al menos compatible con un país cerrado comercialmente al exterior. Sin embargo, en la medida en que se empieza a modificar esta situación, en 1985 con la entrada al GATT y posteriormente con los tratados, se hace necesario modificar radicalmente la estructura de nuestro sistema impositivo.Todo este cambio del sistema fiscal en el ISR, en el IVA, en los aranceles, es lo que refleja la otra cara del cambio estructural del modelo económico del país. Mientras que el país se abría al comercio internacional y a los movimientos de capitales, el sistema fiscal se transformaba de raíz para ser congruente con toda esta nueva estrategia económica.En este año se han firmado 10 tratados para evitar la doble tributación, duplicándose así el número de tratados. Asimismo 13 más se encuentran en proceso de negociación, algunos de los cuales entrarán en vigor en el transcurso del próximo año. Estos tratados, pretenden hacer a nuestro país atractivo a la inversión tanto nacional como extranjera. El año pasado, además, se hizo una reforma para incrementar aún más la tributación de aquellos que tienen más ingresos. La tasa más alta para personas físicas, como ustedes saben, era de 35 por ciento, el año pasado. Esta tasa se llevó a 37.5 para ingresos anuales de hasta 1.5 millones y a 40 por ciento para ingresos de 2 o más millones. En la tabla anterior se hace evidente la mayor progresividad del sistema tributario mexicano respecto de los países de la OCDE. En Canadá 20 por ciento de la población de menor ingreso paga el 3.6 por ciento de la recaudación de ISR personal, mientras que el grupo más rico, que es el grupo 5, paga el 46 por ciento, esto es, hay una progresividad importante.

-NORMAS INTERNACIONALES Y SU SUPLETORIEDADLa Comisión de Principios de Contabilidad (CPC), a través del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), tiene como función aportar normas en la materia en dos sentidos:

A) Emitiendo nuevos pronunciamientos.B) Revisando y actualizando los ya emitidos previamente.

El Comité Internacional de Principios de Contabilidad (International Accounting Standards Committee- IASC) fue establecido en 1973 para propiciar el mejoramiento y armonización de la información financiera, primordialmente a través del desarrollo y publicación de normas internacionales de contabilidad (NIC), vía un proceso formal que implica a la profesión

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mundial, preparados y usuarios de los estados financieros y a los organismos nacionales reguladores.

Tiene como propósitos el formular y publicar normas contables para la presentación de los estados financieros y promover su aceptación y observación mundialmente. Trabajar y propugnar por el desarrollo y armonización de los principios contables relativos a la presentación de los estados financieros.

En materia de principios de contabilidad generalmente aceptados en México, se entiende que existe una supletoriedad cuando en un conjunto de normas específicas se prevé la posibilidad de que la ausencia de disposiciones sea cubierta por un conjunto formal y reconocido de reglas distintas a las mexicanas.

Definición de norma.

Las NIC aprobadas y emitidas por el IASC son, supletoriamente parte de los principios de contabilidad generalmente aceptadas en México, cuya aplicación está sujeta a las siguientes reglas:

a) La supletoriedad de las NIC aplica exclusivamente cuando no existe norma específica emitida por el IMCP.b) Para que una NIC se aplique supletoriamente como principio de contabilidad mexicano, será necesario que haya sido emitida por el IASC como definitiva.c) Al momento de emitirse un principio de contabilidad por el IMCP sobre un tema respecto del cual se ha aplicado supletoriamente una NIC, el primero sustituirá a la NIC en la medida que entre en vigor.d) La CPC considera de suma importancia el evitar que en la práctica se den tratamientos contables informales o sin el sustento teórico, sobre aspectos particulares o de industrias especializadas, no previstos por nuestra legislación ni por las NIC. Por tal motivo, cuando ante esas circunstancias no previstas ni por una ni por las otras, la supletoriedad se dará con el cuerpo de principios de contabilidad que se considere más adecuado en tales circunstancias a condición de que provenga de un conjunto de reglas formal y reconocido. Lo anterior, se sujetará a que no se contravengan la filosofía y conceptos generales de los boletines y circulares emitidos por el IMCP.

El Boletín A-8 entró en vigor desde el 1° de Enero de 1995.

Circular Núm.41 Criterios sobre la aplicación supletoria de las normas internacionales de contabilidad.

La Comisión concluyó que en relación al alcance de aplicar una regla supletoria y siempre y cuando no se contravenga el espíritu de los principios de contabilidad mexicanos:La supletoriedad obliga en los términos del Boletín A-8 cuando las NIC contemplan un tema de carácter general, el cual no está cubierto por los principios de contabilidad mexicanos.b) Los principios de contabilidad emitidos por otro cuerpo normativo obligan en forma supletoria , solamente cuando el tema de carácter general no esté cubierto por los principios de contabilidad mexicanos ni por las NIC.

Cuando se considere conveniente, en caso de que exista un aspecto particular que sea cubierto por las NIC o algún otro cuerpo normativo en relación a una regla de carácter general, que las normas contables mexicanas o las NIC no lo cubran, se podrá recurrir a dichos pronunciamientos particulares, siempre que no contravengan el espíritu de la regla general

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adoptada.

El efecto resultante de aplicar por primera vez una regla supletoria, deberá ser tratado como un cambio de una regla particular por una nueva disposición normativa.

Circular Núm.45 Vigencia sobre la aplicación supletoria de las normas internacionales de contabilidad.

En el párrafo 13 del Boletín a-8, dice que “Para que una NIC se aplique supletoriamente como principio de contabilidad mexicano, será necesario que haya sido emitida por el IASC como definitiva”.

Sin embargo, las NIC tienen una fecha de emisión que es el momento en que las NIC es dad a conocer públicamente como norma aprobada y una fecha de vigencia, incluida en la propia norma, que establece el momento en que la misma es considerada obligatoria.

De acuerdo a lo anterior, se estableció el siguiente criterio, las NIC emitidas por IASC que aplican supletoriamente conforma al Boletín A-8 y Circular 41 serán obligatorias como principios de contabilidad mexicanos una vez que inicie la vigencia señalada en la propia NIC emitida, no obstante es aceptable la aplicación anticipada a partir de la fecha de emisión por parte del IASC.

La globalización es un proceso económico, tecnológico, social y cultural a gran escala, que consiste en la creciente comunicación e interdependencia entre los distintos países del mundo unificando sus mercados, sociedades y culturas, a través de una serie de transformaciones sociales, económicas y políticas que les dan un carácter global. La globalización es a menudo identificada como un proceso dinámico producido principalmente por las sociedades que viven bajo el capitalismo democrático o la democracia liberal y que han abierto sus puertas a la revolución informática, plegando a un nivel considerable de liberalización y democratización en su cultura política, en su ordenamiento jurídico y económico nacional, y en sus relaciones internacionales.Este proceso originado en la Civilización Occidental y que se ha expandido alrededor del mundo en la últimas décadas de la Edad Contemporánea (segunda mitad del siglo XX) recibe su mayor impulso con la caída del comunismo y el fin de la Guerra Fría, y continúa en el siglo XXI. Se caracteriza en la economía por la integración de las economías locales a una economía de mercado mundial donde los modos de producción y los movimientos de capital se configuran a escala planetaria (Nueva Economía) cobrando mayor importancia el rol de las empresas multinacionales y la libre circulación de capitales junto con la implantación definitiva de la sociedad de consumo. El ordenamiento jurídico también siente los efectos de la globalización y se ve en la necesidad de uniformizar y simplificar procedimientos y regulaciones nacionales e internacionales con el fin de mejorar las condiciones de competitividad y seguridad jurídica, además de universalizar el reconocimiento de los derechos fundamentales de ciudadanía. En la cultura se caracteriza por un proceso que interrelaciona las sociedades y culturas locales en una cultura global (Aldea global), al respecto existe divergencia de criterios sobre si se trata de un fenómeno de asimilación occidental o de fusión multicultural. En lo tecnológico la globalización depende de los avances en la conectividad humana (transporte y telecomunicaciones) facilitando la libre circulación de personas y la masificación de las TICs y el Internet. En el plano ideológico los credos y valores colectivistas y tradicionalistas causan desinterés generalizado y van perdiendo terreno ante el individualismo y el cosmopolitismo de la sociedad abierta. Mientras tanto en la política los gobiernos van perdiendo atribuciones ante lo que se ha denominado sociedad red, el activismo cada vez más gira en torno a las redes sociales, se ha extendido la transición a la democracia contra los regímenes despóticos, y en políticas públicas destacan los esfuerzos para

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la transición al capitalismo en algunas de las antiguas economías dirigidas y en economías subdesarrolladas de algunos países aunque con distintos grados de éxito. Geopolíticamente el mundo se debate entre la unipolaridad de la superpotencia estadounidense y el surgimiento de nuevas potencias regionales, y en relaciones internacionales el multilateralismo y el poder blando se vuelven los mecanismos más aceptados por la comunidad internacional.La valoración positiva o negativa de este fenómeno, o la inclusión de definiciones o características adicionales para resaltar la inclusión de algún juicio de valor, pueden variar según la ideología del interlocutor. Esto porque el fenómeno globalizador ha despertado gran entusiasmo en algunos sectores, mientras en otros ha despertado un profundo rechazo (Antiglobalización), habiendo también posturas eclécticas y moderadas.Argumentos en favor de la globalizaciónEs importante anotar que entre los partidarios de la globalización están corrientes con visiones encontradas y radicalmente diferentes en su percepción sobre los beneficios de la globalización, es el el caso del liberalismo libertario y el neoconservadurismo en lo político, o la escuela austríaca y el monetarismo/escuela neoclásica en la doctrina económica.Los liberales libertarios y otros proponentes del laissez-faire capitalista dicen que altos niveles de libertades políticas y económicas, en la forma de democracia y capitalismo, han sido fines valuables en sí mismo en el mundo desarrollado y han también producido altos niveles de riqueza material. Ellos ven en la globalización un proceso benéfico de extensión de la libertad y el capitalismo.8

Aquellos que apoyan el Libre comercio proclaman que el aumento tanto de la prosperidad económica como de oportunidades, especialmente en los países en desarrollo, incrementara las libertades civiles y llevara a una alocación de recursos más eficientes. Las teorías económicas de la ventaja comparativa sugieren que el mercado libre produce tal alocación efectiva de recursos, a mayor beneficio de todos los países que estén envueltos. En general, esto conduce a reducción de precios, más empleos, incremento en la producción y de niveles de vida especialmente para los que viven en países en desarrollo.8 9

Hay también los llamados "globalistas" o "mundialistas", que proponen una "globalización democrática". Ellos creen que la primera etapa de la globalización, orientada al mercado o a asuntos económicos, debe ser seguida por una etapa de creación de instituciones políticas globales que representen las visiones o aspiraciones del "ciudadano mundial" Su diferencia con otros "globalitas" es que ellos no definen por adelantado una ideología para orientar esta voluntad, dejándola a la voluntad de esos ciudadanos a través de un proceso democráticoProponentes de la globalización argumentas que el movimiento anti-globalización es proteccionista y usa evidencia puntual y anecdotal para apoyar sus visiones, mientras que las fuentes estadísticas proveen apoyo fuerte a la globalización:A pesar que algunos lo disputan, la desigualdad del ingreso a nivel mundial parece estar decreciendo, como el economista Xavier Sala-i-Martin argumento en 2007 - [3].10 Dejando de lado quien tiene la razón, se puede alegar que más importante es la medida de pobreza absoluta: si todos vivieran en la miseria, la desigualdad de ingresos seria muy baja.Desde 1981 al 2001, de acuerdo a figuras del Banco Mundial, el número de personas que viven con un dólar o menos de ingreso al día ha declinado en términos absolutos de mil quinientos millones de personas a mil cien millones. Al mismo tiempo, la población del mundo aumento. Así pues, en términos porcentuales el número de tales personas declino en los países en desarrollo de 40% a 20%. de la población.11 con las mayores disminuciones teniendo lugar en las economías que han reducido mas las barreras al comercio e inversión. Sin embargo, algunos críticos advierten que seria conveniente usar medidas más detalladas de la pobreza.12

El porcentaje de personas que viven en menos de dos dólares de ingreso al día ha caído mucho en áreas afectadas por la globalización, mientras que las tasas de pobreza ha permanecido estable en otras áreas. En Asia del Este, incluyendo China, ese porcentaje ha decaído en un 50.1%, comparado con un incremento del 2.2% en África subsahariana.9

La globalización desde un punto de vista crítico

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La globalización es un fenómeno complejo, no debería ser sorpresa por lo tanto que provoque diferentes reacciones entre diferentes individuos o grupos. Para algunos, como el senador canadiense, amenaza la estructura misma de la "Nación estado" y el concepto moderno de democracia mientras que para otros, tales como los partidarios del Islamismo político, busca imponer estructuras políticas no islámicas (es decir, la democracia) sobre países que lo rechazan. Para otros, amenaza la identidad nacional mientras que otros -por ejemplo para el escritor Mario Vargas Llosa[25] ven esa identidad como una construcción impuesta que busca obliterar diferencias individuales y culturas locales en aras de una unidad artificial. Aun otros ven el proceso como simplemente una continuación o incluso agudización de procesos explotativos, resultado directo del neocolonialismo capitalista, mientras para otros amenaza el fin de esa predominancia.[26] Para algunos, promete una nueva era de riquezas para todos, para otros, tales como el escritor Eduardo Galeano es la seducción de un consumismo que arruinará económica y moralmente a la mayoria[27] (comparar también con la posición de la Iglesia católica.[28] )Antes de hacer una crítica es necesario considerar un aspecto fundamental: la diferencia entre lo que los apoyadores del proceso proponen y la manera que esas propuestas han sido o están siendo implementada. El libre comercio de la globalización no sólo se refiere al libre movimiento de capitales sino que también al libre movimiento de bienes y personas. Por lo tanto los globalistas consideran inaceptable, como se ha visto, las barreras aduaneras y tratos preferenciales que los países desarrollados imponen o practican cuando así les conviene. Las mismas objeciones se aplican a las barreras de todo tipo a la migración y movimiento de los trabajadores: ¿cómo pueden los recursos ser alocados racionalmente o las sociedades derivar el máximo de beneficio del sistema cuando se imponen condiciones que son últimamente irracionales en términos económicos?Puntos a considerar según los críticosLa apertura generalizada de los mercados de bienes y capitales que sugiere el fin de los bloques comerciales, tratados regionales e independencia económica de los países pero al mismo tiempo facilita la capacidad de resolver necesidades económicas que actores locales han sido incapaces de satisfacer.La creciente Privatización de los sectores económicos, junto al auge de la empresa multinacional y el decaimiento de empresas y estado nacionales.El aumento de la competencia que por un lado incrementa la cantidad y calidad de los productos y por el otro amenaza las condiciones de trabajo (incluyendo salarios) y la sobrexplotación del medio ambienteEl acceso irregulado de los países a los mercados internacionales, lo que por un lado facilita la venta de sus productos y la adquisición de tecnologías y mercancías y promueve empleos y por el otro desprotege los de menor calibre económico y lleva al abandono de intentos organizados de promover progreso y justicia social.El intercambio cultural que amenaza una pérdida en la integridad de las culturas o identidades nacionales de los países participantes versus la oportunidad de diversificar y enriquecer las costumbres.Conflicto entre la concepciones de la cultura como "civilización" o 'Alta Cultura' versus la extensión de la "Cultura del Hombre Común" o cultura popular)La posibilidad del reflorecimiento de culturas regionales o folclóricas y valores individuales versus la homogenización producto de la masificación e internacionalización de los mediosEl reforzamiento de una conciencia de "comunidad humana" versus la adquisición acritica de elementos culturales de sociedades dominantes.Posible sobrevaloración de lo material por sobre lo social o moral versus la satisfacción de necesidades materiales mínimas de amplios sectores.El posible decaimiento del nacionalismo y surgimiento del internacionalismo.El poder político de empresas sobre los países.

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La generalización de la democracia y el estado de derecho como formas de gobierno predominantes a nivel mundial versus el resurgimiento de áreas y periodos de profunda inestabilidad política debido, por un lado, a la pérdida de poder por parte de los gobiernos (produciendo los llamados estados fallados) y, por el otro, al rechazo a lo que se ve como concepciones occidentales de hacer política.La disminución paulatina en los controles migratorios, que puede llevar a la perdidad de los sectores más innovadores (ver fuga de cerebros) y la 'invasión' de élites empresariales internacionales en países pobres.CríticasVéanse también: Antiglobalización, Desarrollismo y DirigismoLas críticas radicales al proceso globalizador configuran lo que se denomina movimiento antiglobalización o altermundismo y sus cabezas mediáticas generalmente están ubicadas en un contexto nacionalista, de extrema izquierda, de alguno de los nuevos movimientos sociales progresistas, de la socialdemocracia ortodoxa (aquella que rechaza la Tercera Vía) o del populismo tercermundista (que puede incluir componentes antioccidentales o antiestadounidenses), así mismo varios movimientos religiosos conservadores y la extrema derecha se han posicionado en contra de la globalización. El punto en común mayoritario que tienen estas críticas es que equiparan globalización a imperialismo y neocolonialismo (ver Teoría de la dependencia), todas se oponen a lo que han denominado fundamentalismo de mercado y acusan a la globalización de fomentar un estilo de vida consumista y pos materialista.Como solución más generalizada todas estos credos ideológicos apuntan a la necesidad de un Estado fuerte y regulador para la sociedad y proponen el resurgimiento del desarrollismo, el dirigismo y el proteccionismo en las políticas económicas de las naciones, a la vez que reclaman reeducar a la sociedad en torno a valores que contrarresten los valores y costumbres individualistas.Una primera crítica utiliza los puntos de vista de los teóricos de la globalización misma. Como se ha visto, estos se oponen a las barreras y trabas al movimiento tanto de bienes como de personas que los gobiernos que dicen seguir las políticas globalización imponen sobre los productos y personas de otros países. Igualmente cuestionable son las subvenciones y otras medidas proteccionistas que esos países utilizan. En ese sentido, se ha afirmado que las instituciones del "Consenso" están al servicio de sus accionistas mayores (es decir, EEUU) y no al de quienes fue creado para beneficiar.[29]

Otra crítica que se puede aducir es que si aceptamos la sugerencia de los proponentes de la globalización que tanto la democracia como el capitalismo fueron las fuentes de la prosperidad económica de los países desarrollados, sigue que el rol que el estado ejerció a nivel nacional en la emergencia de esa prosperidad necesita ser replicado no sólo al nivel de los países que se integren al sistema[30] sino también al internacional[31] y[32] Incluso algunos proponentes de la globalización reconocen esto[33] (a pesar que se argumenta que la la democracia por sí misma no promueve el crecimiento económico[34] cabe considerar que el origen de los presentes niveles de Desarrollo económico y Bienestar social en ciertos países se debe a consideraciones políticas que se hacen urgentes con la expansión y profundización de la democracia -ver "Origines y Evolución" en Estado de bienestar- Quizás se puede sugerir que si bien la mera democracia no produce prosperidad, una vez que se ambas se hacen presentes crean un sistema de retroalimentación positiva)[35] [36] [37]

Una tercera crítica, esta vez de oponentes al proceso, sugiere que sus proponentes se han y están, por un lado, apropiándose de los resultados de la acciones de terceros y por el otro, malinterpretando los hechos -incluyendo el distorsionar los datos estadísticos básicos[38] - a fin de propagar sus ideas:[39] [40]

En adición, se puede mencionar que la disminución en las tasas de pobreza relativa en países que aplican las políticas del FMI no parece estar lográndose gracias a la disminución de los extremos en la distribución del ingreso, sino gracias a la pérdida de ingresos de las clases asalariadas de países industrializados y la pauperización de las clases medias,[41] especialmente

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en países desarrollados y de ingresos medios, tales como los de América latina.[42] quienes se encuentran ahora desprovistos de los sistemas de seguridad y apoyo que gozaban, por ejemplo, en educación, medicina, seguros, pensiones de jubilación y otros servicios estatales, etc. La concentración de propiedad a nivel mundial continúa y se acentúa, lo que no debería ser sorpresa, ya que en la segunda mitad de la década del noventa del siglo pasado algunos estudiantes de las políticas del desarrollo -por ejemplo, Michael P Todaro "Economic Development"- advertían que la presencia de empresas multinacionales en países en desarrollo podría resultar en el empobrecimiento a largo plazo de esos países debido al desplazamiento de empresas locales, la desviación de recursos locales a fin de servir mercados más lucrativos en otras regiones y la exportación de ganancias, etc.[43]

Las políticas tanto del Consenso de Washington como del resto de los proponentes de la globalización sugieren que sería posible lograr niveles de prosperidad económica a nivel mundial similares a los que se ven en Europa o EEUU. Esta presunción es cuestionable, especialmente desde un punto de vista ecológico[44] (ver: Los límites del crecimiento).