Comite de Seguridad

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Capacitacion es al Comité SST Ing. Josafat La Rosa Varillas C: 943503387 Email: [email protected]

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funciones de un comite de seguridad Peruano

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Capacitaciones al Comité SST

Ing. Josafat La Rosa VarillasC: 943503387Email: [email protected]

Temas el día de hoy Funciones del Comité IPERC Investigación de Accidentes e incidentes

peligrosos Inspección de SST

Comité de SST y FuncionesAMSES Consultores

Legislación Historia

Gerencias

• Empleados

Legislación Historia

Gerencias

• Empleados

MAYOR PRODUCTIVIDAD, MAYOR CALIDAD

Legislación Historia

Decreto Supremo N º 009-2005-TR Ley 29783: “Ley de seguridad y salud en el Trabajo”

(2011) Decreto Supremo N º 005-2012-TR Ley 29981: SUNAFIL (2013) Decreto Supremo N° 004-2011-TR (Inspecciones) Decreto Supremo N º 050-2013-TR Decreto Supremo Nº 012-2013-TR (Modificación

Multas y otros) RM 085-2013-TR: Aprueban el Sistema

Simplificado de registro del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo para MYPES 

Ley N°30222 modifica la Ley N° 29783. Decreto Supremo Nº 006-2014-TR

Multas por incumplimiento

2013 Desde 50 UIT-300 UIT

2014 DECRETO SUPREMO Nº 012-2013-TR Desde 0.10 -200 UIT

Sistema de gestiónComité SST

PRINCIPIOS DE GESTIÓN

Compromiso

Coherencia

Mejora Continua

Trabajo en Equipo

Cultura de Prevención

Empatía

Retroalimentación

Reconocimiento

Evaluación de Riesgos

Participación del Trabajador

ORGANIZACIÓN

PLANIFICACIÓN

IMPLEMENTACIÓN

EVALUACIÓN

POLÍTICAS Y

OBJETIVOS

REGLAMENTO INTERNO DE

SEGURIDAD Y SALUD

REGISTROS

SERVICIO DE SEGURIDAD

Y SALUD

COMITÉ PARITARIO

Organización

Comité Paritario Conformado por representantes del empleador y representantes de los trabajadores (en

igual cantidad). Mínimo 4 – Máximo 12.

El empleador designa a sus propios representantes. Los trabajadores eligen a sus representantes (proceso de elección).

De preferencia los miembros deben tener capacitaciones en temas de SST o laborar en puestos relacionados a SST.

Debe contar con un Libro de Actas. Debe contar con un Presidente, Secretario y Miembros.

Deben reunirse una vez por mes

Funciones generales:

Vigilar cumplimiento de normas nacionales en SST Vigilar el cumplimiento del Reglamento Interno de SST Promover la SST

Comité Paritario

Legislación DS 005 2012 TR

CAPÍTULO IV DEL COMITÉ O SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Ley 29783 Participación de trabajadores mediante

comité SST

Organización

Presidente

miembro miembro miembro

Secretario

Objetivo del Comité Promover la salud y seguridad en el

trabajo, asesorar y vigilar el cumplimiento de lo dispuesto por el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo y la normativa nacional, favoreciendo el bienestar laboral y apoyando el desarrollo del empleador

Analizar y evaluar el avance de los objetivos y metas establecidas en el programa anual de seguridad y salud en el trabajo para identificar las causas de los accidentes y analizar estadísticas de seguridad emitiendo las recomendaciones pertinentes, evaluando el cumplimiento del programa.

Objetivo de las reuniones

Agenda de las reuniones Asistencia. Debate del estado de las reuniones previas. Debate de asuntos de salud y seguridad con

participación de cada representante presente. Revisión de estadísticas de accidentes de las áreas

respectivas. Resultados de inspecciones. Reporte de estadísticas de accidentes, datos sobre

los riesgos inaceptables, recursos, datos/resultados sobre campañas, datos/resultados sobre auditorias internas o externas.

Metodología de trabajo

Comité paritari

o

Servicio de SST

Funciones (Art. 42 reglamento)

Conocer los documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo que sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como los procedentes de la actividad del servicio de seguridad y salud en el trabajo.

Conocer las leyes. Función a

Funciones (Art. 42 reglamento)

Aprobar: Reglamento Interno de SST Plan Anual de Trabajo Plan Anual de Capacitaciones

Funciones b,c,d y f

Participar en la elaboración, aprobación, puesta en práctica y evaluación de las políticas, planes y programas de promoción de la seguridad y salud en el trabajo, de la prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales.

Funciones (Art. 42 reglamento)

Promover, vigilar y asegurar: Todos los nuevos trabajadores reciban una adecuada

formación, instrucción y orientación sobre prevención de riesgos.

El cumplimiento de la legislación, las normas internas y las especificaciones técnicas del trabajo relacionadas con la seguridad y salud en el lugar de trabajo; así como, el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo

Los trabajadores conozcan los reglamentos, instrucciones, especificaciones técnicas de trabajo, avisos y demás materiales escritos o gráficos relativos a la prevención de los riesgos en el lugar de trabajo.

Funciones (Art. 42 reglamento)

Promover el compromiso, la colaboración y la participación activa de todos los trabajadores en la prevención de los riesgos del trabajo, mediante la comunicación eficaz, la participación de los trabajadores en la solución de los problemas de seguridad, la inducción, la capacitación, el entrenamiento, concursos, simulacros, entre otros.

Funciones (Art. 42 reglamento)

Funciones (Art. 42 reglamento) Realizar inspecciones periódicas en las

áreas administrativas, áreas operativas, instalaciones, maquinaria y equipos, a fin de reforzar la gestión preventiva.

Considerar las circunstancias e investigar las causas de todos los incidentes, accidentes y de las enfermedades ocupacionales que ocurran en el lugar de trabajo, emitiendo las recomendaciones respectivas para evitar la repetición de éstos.

Verificar el cumplimiento y eficacia de sus recomendaciones para evitar la repetición de los accidentes y la ocurrencia de enfermedades profesionales

Funciones (Art. 42 reglamento)

Analizar y emitir informes de las estadísticas de los incidentes, accidentes y enfermedades ocupacionales ocurridas en el lugar de trabajo, cuyo registro y evaluación deben ser constantemente actualizados por la unidad orgánica de seguridad y salud en el trabajo del empleador.

Funciones (Art. 42 reglamento)

Colaborar con los servicios médicos y de primeros auxilios.

Supervisar los servicios de seguridad y salud en el trabajo y la asistencia y

asesoramiento al empleador y al trabajador.

Funciones (Art. 42 reglamento)

Reportar a la máxima autoridad del empleador la siguiente información: Ocurrencia de accidentes mortales Medidas adoptadas Estadísticas Trimestrales Actividades del Comité

Funciones (Art. 42 reglamento)

Llevar en el Libro de Actas el control del cumplimiento de los acuerdos.

Reunirse mensualmente en forma ordinaria para analizar y evaluar el avance de los objetivos establecidos en el programa anual, y en forma extraordinaria para analizar accidentes que revistan gravedad o cuando las circunstancias lo exijan

Funciones (Art. 42 reglamento)