Comision cooperativa Circulares

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Son las normas curriculares que definen como funciona la comisión de cooperativa en México en el nivel primaria.

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  • Unidad de Cooperativas y Parcelas Escolares

    2011, Ao del Bicentenario del Natalicio de Ponciano Arriaga Leija

    San Luis Potos, Agosto 22, 2011.

    CIRCULAR UCPE N 002/2011-2012

    C.C. Jefes de Sector, Supervisores de Zona, Directores de escuela y rganos de Gobierno y Control de las Cooperativas Escolares de los Subsistemas de Educacin Primaria, Secundaria General, Secundaria Tcnica y Telesecundaria en el estado. P r e s e n t e En el marco de la Alianza por la Calidad de la Educacin y en ejercicio de las facultades que nos ha conferido el Secretario de Educacin, con apego al artculo 40 de la Ley Orgnica de la Administracin Pblica de nuestro Estado as como lo referido en el Artculo 19 fraccin XXI del Reglamento Interno de esta Secretara y a lo dispuesto en el Reglamento de Cooperativas Escolares:

    C O N S I D E R A N D O Que la Secretara busca con los involucrados, mecanismos que permitan la descarga de actividades cuyo carcter no es tcnico-pedaggico y s restan tiempo, esfuerzo y capacidad al docente en la actual tarea educativa. Que la organizacin y funcionamiento de las cooperativas posibilita los actos de comercio que permiten que los centros escolares sean lugares dignos, con la infraestructura y el equipamiento necesarios y la tecnologa de vanguardia, apropiados para ensear y aprender al obtener beneficios para la comunidad escolar, repartindose a los socios el 40% de las utilidades (fondo repartible) y canalizndose el resto para apoyar el gasto educativo y que de no ser as, el comercio al interior de las escuelas se regulara por las disposiciones que en materia hacendara establece la Secretara de Hacienda y Crdito Pblico. Que el destino que el Reglamento de Cooperativas Escolares establece que el fondo de reserva ya no es funcional, resultando por lo tanto 100% remanente este fondo, el cual deber incorporarse al fondo social. Que se reconoce que no se cuenta con los recursos econmicos suficientes para atender las necesidades que demandan las escuelas y que las actividades comerciales y productivas generan una economa solidaria que permite la autosolventacin de carencias, que van desde el material de limpieza, didctico y de oficina hasta la reparacin, remodelacin y construccin de espacios educativos. Por lo expuesto y fundado a continuacin se comunican las disposiciones que regirn la administracin del fondo social y de reserva producto de las utilidades netas de los actos comerciales y productivos realizados por las cooperativas escolares:

    A. GASTOS MENORES MANEJADOS POR LA DIRECCIN. A fin de que la direccin escolar pueda cubrir necesidades urgentes, de poca cuanta y en forma inmediata, podrn crear un fondo, por la cantidad no mayor a 30 salarios mnimos diarios no acumulables, las erogaciones con cargo a este fondo se sujetaran a las disposiciones que aqu se contienen y su importe deber ser repuesto mensualmente de acuerdo a las erogaciones comprobadas. Las disposiciones de este fondo cubren nicamente el ciclo escolar vigente.

    B. FONDO DE AYUDA O SUBVENCIN A ESTUDIANTES EN CONDICIONES DE EXTREMA POBREZA. Con el propsito de ayudar a estudiantes en condiciones de extrema pobreza cada cooperativa podr destinar un 3% de sus utilidades netas a fin de crear un fondo que ser administrado por el Consejo Escolar de Participacin Social, para lo cual despus de cada revisin el tesorero deber aplicar la ayuda establecida por el Consejo Escolar de Participacin Social quien dar a conocer los seleccionados para este beneficio siendo facultad del Consejo, determinar la forma de ayuda o subvencin, debiendo comprobar el ejercicio del fondo cinco das naturales posteriores al mismo. La fecha lmite para la comprobacin de este gasto es el da 6 de julio del 2012.

    C. APOYO A LA INSPECCIN O SUPERVISIN ESCOLAR. Cada cooperativa podr destinar un 2% de sus utilidades netas para apoyar a la Inspeccin o Supervisin escolar, por lo que al primer corte contable y al cierre de operaciones el tesorero entregar al Supervisor el monto que le corresponda, mismo que atender las necesidades de equipamiento y material de oficina de las inspecciones o supervisiones escolares. El establecimiento de estos fondos sern determinados por la Asamblea General y las erogaciones de los fondos entregados al director y supervisor sern con apego a lo dispuesto a continuacin: LA CLASIFICACIN ECONMICA DE LA APLICACIN DE LOS FONDOS SOCIAL Y DE RESERVA SE AJUSTARA A LOS SIGUIENTES CONCEPTOS:

    1. REPARACIN Y CONSERVACIN DE LAS INSTALACIONES ESCOLARES. Gastos de reparacin, mantenimiento y conservacin de inmuebles propios o arrendados: pequeas obras, pintura, impermeabilizaciones, alicatados, enyesados, fontanera y otras de carcter anlogo que corresponden a la administracin educativa.

    2. REPARACIN Y CONSERVACIN DE MAQUINARIA, INSTALACIONES DE UTILLAJE, MOBILIARIO, EQUIPOS DIDCTICOS, EQUIPOS PARA PROCESOS DE INFORMTICA Y OTROS.

    Gastos de reparacin, mantenimiento y conservacin de cocinas, cafeteras, posibles medios de transporte o tractores agrcolas con que cuente la escuela, mquinas de oficina, mobiliario, equipos docentes de talleres, laboratorios y otras actividades didcticas, instrumentos de reprografa, equipos de informtica y similares.

    3. MATERIAL DE OFICINA. Gastos de material de oficina de ordinario no inventariable, pequeo material inventariable, publicaciones peridicas, material para el funcionamiento de equipos de transmisin y otros anlogos.

    4. LIBROS Y PUBLICACIONES NO PERIDICAS SOBRE CUALQUIER SOPORTE EDUCATIVO. Gastos para la adquisicin de libros y publicaciones no peridicas para bibliotecas, ediciones, documentaciones y encuadernaciones y anlogos. As mismo, gastos de divulgacin, catlogos y publicaciones de la escuela, relacionados con la actividad acadmica.

    5. MOBILIARIO, EQUIPO Y ENSERES. Gastos de adquisicin y reposicin de mobiliario, equipo y enseres de uso administrativo y acadmico, siempre que no estn incluidos en los programas centralizados de la Secretara de Educacin del Gobierno del Estado, con cargo al presupuesto anual; para archivos, ficheros, muebles, mquinas de escribir, computadoras, calculadoras, fotocopiadoras, ordenadores, equipos docentes de laboratorio, talleres y otros medios audiovisuales, y electroacsticos, herramientas, aparatos fotogrficos, equipos de video, fonogrficos, cortinas, alfombras, persianas, botiquines y otros de naturaleza anloga.

    6. SUMINISTROS. Gastos variados para material de actividades docentes, productos farmacuticos, higienizacin, vestuario deportivo o de danza para grupos seleccionados previo acuerdo de asamblea, se podrn sufragar los gastos de combustible, grasas y lubricantes que se requieran para el funcionamiento de equipo y maquinaria general destinados a la prestacin de servicios encomendados a las escuelas.

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    7. TRANSPORTES Y COMUNICACIN

    Gastos de transporte, como visitas culturales y educativas, transporte de equipo y enseres, transporte de grupos de alumnos y profesores para eventos oficiales previo acuerdo de asamblea. La contratacin de este servicio se har invariablemente con seguro de viajero por cada alumno. Pago de servicios de telefona fija e internet, la contratacin de estos servicios se har siguiendo las disposiciones que emita esta unidad.

    8. EVENTOS EDUCATIVOS Y CULTURALES. Gastos para la celebracin de eventos educativos y culturales, exposiciones, actos conmemorativos (incluidos el da del nio y/o estudiante y el da de la madre) previo acuerdo de la asamblea. Para estos gastos deber solicitar autorizacin con un plazo no mayor a 5 (cinco) das hbiles anteriores a la fecha de realizacin del evento, ya que se les otorgar el mismo nmero de das para su comprobacin. Las notas y/o facturas para la comprobacin de este gasto debern de venir validadas por el presidente de la asociacin de padres de familia de la escuela cuando se trate del festejo del Da del nio y/o estudiante, Da de la Madre.

    9. CONSTRUCCIN Y MANTENIMIENTO MAYOR (LOZAS, BARDAS, ETC.) DE INMUEBLES. Gastos para construccin de espacios educativos, se deber contar para ello con el dictamen de viabilidad de la obra expedida por la Direccin de Planeacin y la autorizacin previa de la asamblea. As tambin para la construccin y/o habilitacin de bebederos. En construcciones es insoslayable solicitar el dictamen del Instituto Estatal de Infraestructura Fsica Educativa (I.E.I.F.E.), para que el rea de fiscalizacin de la Unidad de Cooperativas y /o URSES puedan dar trmite a la autorizacin de la solicitud previa del gasto.

    INDICACIONES GENERALES 1. Todos los gastos anteriores requieren de la autorizacin previa de la asamblea, el Visto Bueno del Director del plantel y del Supervisor de la zona e

    invariablemente debern ser autorizados por la Unidad de Cooperativas y Parcelas Escolares o la Unidad Regional de Servicios Educativos de su adscripcin o bien, de la supervisin escolar que corresponda y, adems cubrir los requisitos establecidos en el procedimiento que se anexa a la presente.

    2. En el acta de asamblea deber anotarse el compromiso de acatar las disposiciones emitidas por la Unidad de Cooperativas y Parcelas Escolares para las adquisiciones de los artculos o servicios sealados en los rubros de fondo social y fondo de reserva.

    3. Podrn concertarse otras fuentes de financiamiento por ejemplo: Asociacin de Padres de Familia, Presidencias Municipales, Patronatos, etc.; para compartir el pago de compras de materiales y equipo, mantenimiento, composturas, etc. facturar invariablemente a nombre de: Gobierno del Estado de San Luis Potos; domicilio: Madero 100, e incluir el R.F.C. GES-850101 L4A; y elaborar un desglose de los participantes en el gasto y su importe por cada uno hasta igualar con el valor de la comprobacin (facturas), pues de no cubrir estos requisitos la comprobatoria ser rechazada.

    4. En caso de adquisiciones de diverso tipo de bienes - muebles y una vez comprobados, fiscalizados y validados por rea de Fiscalizacin de la Unidad de Cooperativas y/o Unidades Regionales, se dar aviso al rea de Inventarios del Departamento de Recursos Materiales de la Secretara de Educacin para la asignacin del nmero de inventario correspondiente adems, para equipos de cmputo, videoproyector can y fotocopiadoras deber contarse previamente con el local e instalaciones adecuadas para su uso y resguardo, as como el personal capacitado para su operacin. Adems deber analizarse presupuestalmente la conveniencia de la compra, comparando el promedio del gasto anual por fotocopias que adquiere la escuela contra el gasto anual del mantenimiento, adecuaciones, instalaciones, material, reparaciones, personal y tiempo destinado para su operacin, etc.

    5. En el caso especfico de los equipos de cmputo y proyectores; deber presentarse al supervisor un plan de trabajo anual para el uso del equipo como

    medio didctico y utilizar el equipo en horario oficial de labores. 6. La compra de televisores y dvds, se realizar preferentemente en forma conjunta con discos suficientes para apoyar la enseanza de las distintas

    asignaturas del plan de estudios. 7. Los gastos indebidos y el no acatar estas disposiciones, son responsabilidad de los rganos de Gobierno y Control, del Director de la escuela y del

    Supervisor de zona, quienes se harn acreedores a las sanciones administrativas a que haya lugar, sin excluir las acciones civiles o penales por parte de los rganos de Gobierno de la Cooperativa, la Direccin de la escuela y del rea Jurdica de la propia Secretaria.

    8. Cuando se detecten desviaciones de los recursos econmicos de las Cooperativas, tales como: prstamos, auto prstamos, prdidas y retiros

    injustificados, entre otros; con independencia de las sanciones administrativas y a efecto de recuperar el valor real del capital se deber actualizar el recurso desviado conforme al artculo 17 del Cdigo Fiscal de la Federacin vigente de acuerdo al ndice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) establecido por el Sistema de Administracin Tributaria.

    9. No se aceptarn asambleas para reconocimiento de gastos. Excepcin hecha de los gastos emergentes. Agradecemos a ustedes difundir y hacer

    extensivas estas disposiciones entre los rganos de gobierno y control de las cooperativas e implementar los mecanismos ms adecuados que aseguren la observancia y cumplimiento de la presente, en todas las instituciones del mbito de su competencia.

    10. Lo no previsto en la presente Circular ser competencia de la Unidad de Cooperativas y Parcelas Escolares y/o Autoridades correspondientes. Sin otro particular hago propicia la ocasin para reiterarles las seguridades de mi atenta consideracin. A t e n t a m e n t e Profr. Virgilio Alejandro Glvez Snchez Jefe de la Unidad C.c. Profr. Vctor Lara Torres.- Coordinador General de Participacin Social Profr. Juan Evaristo Balderas Martnez.- Director de Educacin Bsica C.P. Sergio Raymundo Torres Aragn.- Contralor Interno Lic. Silvia Elena Escobedo Palomino.- Jefe de la Unidad de Asuntos Jurdicos y Laborales Jefes de las Unidades Regionales Jefes de Departamento Consecutivo PVAGS/alpr*

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    2011, Ao del Bicentenario del Natalicio de Ponciano Arriaga Leija

    San Luis Potos, Agosto 22, 2011.

    CIRCULAR UCPE N 003/2011-2012

    C.C. Jefes de Sector, Supervisores de Zona, Directores de Escuela y rganos de Gobierno y Control de las Cooperativas Escolares de los Subsistemas de Educacin Primaria, Secundaria General, Secundaria Tcnica y Telesecundaria en el estado. P r e s e n t e En alcance a la Circular UCPE-002/20112012 de fecha Agosto 22 del 2011, donde se informa de las disposiciones que habrn de regir a partir del ciclo escolar 2011 2012, damos a conocer el:

    P R O C E D I M I E N T O PARA EL EJERCICIO Y APLICACIN DE LOS FONDOS SOCIAL Y DE RESERVA DE LAS COOPERATIVAS DE CONSUMO.

    A. FUNCIONES DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION:

    En coordinacin con el director del plantel, detectar y jerarquizar las necesidades reales y prioritarias de la escuela. Elaborar proyecto de gastos (preferentemente en forma anual). Recabar presupuestos y/o cotizaciones de los establecimientos comerciales, cuando la adquisicin as lo requiera. Convocar a asamblea extraordinaria para solicitar autorizacin del gasto. Celebrar la asamblea, levantar el acta, asentarla en el libro. Enviar tres ejemplares debidamente firmados con el Visto Bueno del C. Director del plantel al Supervisor de zona, anexando la

    solicitud, cotizaciones y/o presupuestos correspondientes para posteriormente tramitar su autorizacin. Nota: Para realizar un gasto despus de un receso (vacaciones), deber anexarse en el oficio de solicitud, la siguiente leyenda La supervisin escolar verifico la existencia de la cantidad solicitada y sta corresponde al fondo social y de reserva. No contar con los recursos econmicos ejercidos, ser responsabilidad del tesorero y director de la escuela.

    ESTAS ACCIONES SE REALIZAN PREVIAMENTE A LA COMPRA

    B. FUNCIONES DEL SUPERVISOR DE ZONA:

    Recibir la documentacin consistente en: solicitud, cotizaciones y/o presupuestos y acta de asamblea, en original y dos copias. Revisar que la documentacin este completa y rena los requisitos establecidos y que la actividad este contenida en el proyecto de gastos de la

    escuela. Verificar que exista saldo en el fondo social y de reserva. Autorizar las adquisiciones cuyo monto total no rebase la cantidad de $3,000.00 (tres mil pesos 00/100, M. N.) para lo cual deber actuar como

    sigue: Llenar el cuadro que se encuentra al reverso del acta y firmarla para su procedencia. Registrar en el control de autorizaciones otorgadas por la supervisin para su comprobacin posterior. Verificar que lo autorizado corresponda a la comprobacin del gasto de acuerdo a la normatividad al respecto, validando las

    facturas, notas de venta, notas de remisin y facturas digitales originales y/o recibos con sello y firma. Conservar un ejemplar de la documentacin para su archivo. Regresar la documentacin debidamente autorizada, si el supervisor considera que debe hacer alguna observacin la asentara en el formato del acta.

    PARA LAS EROGACIONES CONTEMPLADAS EN LA CLASIFICACION ECONMICA DE LA APLICACIN DE LOS FONDOS SOCIAL Y DE RESERVA; CUANDO REBASEN LA CANTIDAD DE $3,000.00 PESOS SE PROCEDERA INVARIABLEMENTE COMO SIGUE:

    A. FUNCIONES DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION:

    En coordinacin con el Director del plantel, detectar las necesidades prioritarias y jerarquizarlas. Solicitar cotizaciones y/o presupuestos a establecimientos o casas comerciales. Convocar a asamblea extraordinaria para solicitar autorizacin del gasto. Celebrar asamblea, levantar el acta, asentarla en el libro. Elaborar solicitud dirigida a la Unidad de Cooperativas y Parcelas Escolares o a la Unidad Regional de Servicios Educativos de su adscripcin. Recabar firma de Visto Bueno del Director del Plantel. Entregar al Supervisor de la zona, ejemplar del acta de asamblea, cotizaciones y/o presupuestos, copia del informe contable trimestral y solicitud

    de la autorizacin en original y dos copias. En los casos en que tengan que efectuarse construcciones mejoras o adaptaciones a instalaciones e inmuebles, autorizacin del Instituto Estatal de Infraestructura Fsica Educativa (IEIFE) y tomar fotografa previa a la realizacin de la obra, mejora o adaptacin.

    En los casos del programa 100% utilidades, deber validar el consejo de administracin vale de resguardo o estado de cuenta al da, dentro del ciclo escolar para afectar el fondo social y de reserva. En caso de gastos en periodo extemporneo presentaran informe final a fin de ser autorizado.

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    2011, Ao del Bicentenario del Natalicio de Ponciano Arriaga Leija

    B. FUNCIONES DEL SUPERVISOR DE ZONA:

    Recibir la documentacin sealada. Revisar que este completa y rena requisitos establecidos. Consignar firma y sello que otorga su visto bueno. Registrar en el control de autorizaciones de la supervisin para su informe trimestral y anual.

    C. FUNCIONES DEL JEFE DE SECTOR:

    Este funcionario determinar la forma de control de autorizaciones as como su envi a la Unidad de Cooperativas y Parcelas Escolares o a la Unidad Regional de Servicios Educativos correspondiente, para obtener la autorizacin.

    D. FUNCIONES DE LA UNIDAD DE COOPERATIVAS Y PARCELAS ESCOLARES O DE LA UNIDAD REGIONAL DE SERVICIOS

    EDUCATIVOS CORRESPONDIENTE:

    Recibir la documentacin. Verificar que exista saldo. Revisar que la documentacin est completa y rena los requisitos establecidos. Proceder a autorizar. Regresar la documentacin debidamente autorizada por el Jefe de la Unidad o de la Unidad Regional.

    COMPROBACIN DEL GASTO: Una vez efectuado el gasto deber presentarse en la Unidad de Cooperativas y Parcelas Escolares o en la Unidad Regional de Servicios Educativos correspondiente, en un plazo no mayor de 5 das hbiles, lo siguiente:

    Original y copia de las facturas, notas de venta, notas de remisin y facturas digitales debidamente requisitadas. Original y copia de recibos personales cuando se efecten pagos a comercios o personas que no cuenten con los requisitos fiscales establecidos,

    con copia de credencial de elector, validadas por el consejo de administracin. En caso de construcciones, mejoras o adaptaciones, presentar fotografa de la obra realizada de antes y despus.

    REQUISITOS FISCALES QUE DEBEN REUNIR COMPROBANTES DEL GASTO: FACTURAS IMPRESAS Y DIGITALES: Nombre del establecimiento o casa comercial, folio (en caso de ser factura digital deber contener cadena y sello) , domicilio, telfono, cdula del R.F.C. (impreso), deben estar expedidas a nombre de Gobierno del Estado de San Luis Potos; domicilio: Madero 100, Zona Centro, CP 78000 San Luis Potos, S.L.P.; R.F.C. GES-850101 L4A, datos del producto o artculo adquirido claramente especificado, costo unitario, total de la compra, impuesto al valor agregado (I.V.A.) desglosado (Verificando la vigencia del documento y especificando si el pago es en una sola exhibicin o en fracciones). NOTAS DE VENTA: Debern llevar en el membrete nombre del establecimiento o casa comercial, domicilio, telfono, cdula del R.F.C. o rgimen de inscripcin al SAT (REPECO) y nmero de folio impreso, expedidas a nombre de Gobierno del Estado de San Luis Potos; domicilio: Madero 100, Zona Centro, CP 78000 San Luis Potos, S.L.P.; R.F.C. GES-850101 L4A, datos del producto o artculo adquirido claramente especificado, costo unitario e importe total de la compra. La cantidad mxima para comprobar ser equivalente a $3,000.00 (Tres mil pesos 00/100 M. N). NOTAS DE REMISION: Debern llevar el nombre del establecimiento o casa comercial, domicilio y telfono o en su caso sello del negocio y debern ser expedidas a nombre de Gobierno del Estado de San Luis Potos; domicilio: Madero 100, Zona Centro, CP 78000 San Luis Potos, S.L.P.; R.F.C. GES-850101 L4A, datos del producto o artculo adquirido claramente especificado, costo unitario e importe total de la compra. La cantidad mxima para comprobar ser equivalente a $55.00 (Cincuenta y cinco pesos 00/100 M. N). RECIBOS PERSONALES: Concepto, nombre, firma, domicilio, telfono y copia fotosttica de la credencial de elector, y debern estar validados por el consejo de administracin. Nota: No se aceptarn facturas, notas de venta, notas de remisin o recibos, que contengan tachaduras o enmendaduras o que carezcan de vigencia. A t e n t a m e n t e Profr. Virgilio Alejandro Glvez Snchez Jefe de la Unidad C.c.Profr. Vctor Lara Torres.- Coordinador General de Participacin Social

    Profr. Juan Evaristo Balderas Martnez.- Director de Educacin Bsica C.P. Sergio Raymundo Torres Aragn.- Contralor Interno Lic. Silvia Elena Escobedo Palomino.- Jefe de la Unidad de Asuntos Jurdicos y Laborales Jefes de las Unidades Regionales de Servicios Educativos. Jefes de Departamento Expediente Consecutivo

    PVAGS/alpr*

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    2011, Ao del Bicentenario del Natalicio de Ponciano Arriaga Leija

    San Luis Potos, Agosto 22, 2011.

    CIRCULAR UCPE N 004/2011-2012

    C.C. Jefes de Sector, Supervisores de Zona, Directores de Escuela, rganos de Gobierno y Control de las Cooperativas Escolares de los Subsistemas de Educacin Primaria, Secundaria General, Secundaria Tcnica y Telesecundaria en el estado. Presente Con la finalidad de aplicar correctamente los fondos de apoyo derivados de las utilidades obtenidas por las actividades comerciales y productivas de las cooperativas escolares, se establece el procedimiento y tramites segn correspondan:

    GASTOS MENORES MANEJADOS POR LA DIRECCION El recurso de este rubro se entregar mensualmente al Director, Subdirector, persona encargada de la Direccin o a quien una autoridad facultada indique. Dicho recurso ser aplicado y comprobado por la persona que lo recibi en los trminos que especifica la circular UCPE-002/2011-2012 del 22 de agosto del 2011. Cada mes el tesorero del Consejo de Administracin de la cooperativa entregar una cantidad igual a la suma de los comprobantes presentados. La aplicacin de este fondo deber ser acordada al inicio del ciclo escolar y quedar asentado en el Acta de Establecimiento de los Fondos de Apoyo, de cuyo documento se enviar una copia a la Unidad. El clculo de la cantidad mensual que se entregar, se har de acuerdo a la captacin de utilidades de cada cooperativa y sta no ser mayor a la cantidad sobrante despus de separar el 40% del Fondo Repartible y el 3% y 2% de los dems fondos de apoyo, en caso de establecerse. El monto mximo que una cooperativa puede autorizar es de $1,701.00 (Un mil setecientos un pesos 00/100, M.N.), que es el equivalente a 30 salarios mnimos, tomando como base $56.70 (Cincuenta y seis pesos 70/100, M. N.) de salario mnimo diario vigente para esta zona. El objetivo principal de este fondo es que la direccin tenga a la mano recursos para necesidades de poca cuanta y los clasificados como imprevistos, cuya solucin debe ser urgente. No puede acumular el recurso de apoyo mensual y su aplicacin deber ser comprobada a satisfaccin del tesorero.

    FONDO DE AYUDA O SUBVENCIN A ESTUDIANTES DE EXTREMA POBREZA. Se constituir con el 3% de las utilidades netas. Su aplicacin podr hacerse al trmino del primer informe o bien, acumularlo hasta el cierre de operaciones, pero necesariamente deber aplicarse en el mismo ciclo escolar de su autorizacin. Podr ser entregado en efectivo y/o en especie. Cuando sea entregado directamente a los alumnos por el Consejo de Administracin, por medio de la direccin o trabajo social, el comprobante ser un recibo del beneficiado con su firma y la de su padre o tutor. Cuando su aplicacin sea mediante el Consejo Escolar de Participacin Social, ser suficiente un recibo de dicho Consejo al tesorero de la Cooperativa Escolar. La forma de aplicacin la determinarn los rganos de Gobierno de la Cooperativa Escolar conjuntamente con la direccin del plantel y escuchando la opinin, si se considera necesario, de los dems organismos escolares existentes en la Institucin. Este Fondo no debe considerarse como beca, puesto que el nico requisito para hacerse acreedor a l, es estar en condiciones de extrema pobreza. FONDO DE APOYO A LA INSPECCIN O SUPERVISIN ESCOLAR. Se constituir con el 2% de las utilidades netas de la cooperativa escolar y su aplicacin se realizar inmediatamente despus del corte de medio ciclo (16/12/2011) y al cierre de las operaciones contables (31/05/2012) en los trminos de la Circular UCPE-002/2011-2012, del 22 de agosto del 2011. Atendiendo principalmente a las necesidades de equipamiento y material de oficina de las inspecciones o supervisiones. El establecimiento de este Fondo deber acordarse al inicio del ciclo escolar y quedar registrado en el acta respectiva, de cuyo documento se enviar una copia a la Unidad y/o Unidad Regional. El Consejo de Administracin de la cooperativa escolar justificar el egreso de este Fondo con recibos de entrega-recepcin que le extender la inspeccin o supervisin escolar. A efecto de que el tesorero est en condiciones de comprobar este ejercicio al corte de medio ciclo y al cierre de operaciones de la cooperativa. El Inspector o Supervisor aplicara el recurso de manera inmediata y presentar los comprobantes en esta Unidad y/o URSE correspondiente para su validacin como fecha lmite el 13 de enero (primer corte) y el 6 de julio de 2012 (cierre de operaciones). La comprobacin del gasto se har de acuerdo a lo especificado en la circular UCPE-003/2011-2012 del 22 de agosto del 2011. La justificacin oportuna de este recurso permitir a la Asamblea la autorizacin para el siguiente ciclo escolar de manera normal, caso contrario ser motivo para cancelar este apoyo. A t e n t a m e n t e Profr. Virgilio Alejandro Glvez Snchez Jefe de la Unidad C.c.Prof. Vctor Lara Torres.- Coordinador General de Participacin Social

    Profr. Juan Evaristo Balderas Martnez.- Director de Educacin Bsica CP Sergio Raymundo Torres Aragn.- Jefe de la Unidad de Contralora Interna Lic. Silvia Elena Escobedo Palomino.- Jefe de la Unidad de Asuntos Jurdicos y Laborales Jefes de las Unidades Regionales de Servicios Educativos. Jefes de Departamento Consecutivo

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  • Unidad de Cooperativas y Parcelas Escolares

    2011, Ao del Bicentenario del Natalicio de Ponciano Arriaga Leija

    San Luis Potos, Agosto 22, 2011. CIRCULAR UCPE N 005/2011-2012

    C.C. Jefes de Sector, Supervisores de Zona, Directores de Escuela, rganos de Gobierno y Control de las Cooperativas Escolares de los Subsistemas de Educacin Primaria, Secundaria General, Secundaria Tcnica y Telesecundaria en el estado. Presente Con el propsito de unificar criterios en la interpretacin normativa y de los lineamientos de operacin referentes a:

    Nombramiento de los tesoreros de las cooperativas escolares. Resguardo y manejo de los recursos econmicos de las cooperativas y parcelas escolares. Las actividades comerciales que se efectan ajenas al seguimiento y control establecido y Todos aquellos eventos que rutinariamente se organizan al interior de las escuelas en donde se realizan actos de comercio.

    La Unidad de Cooperativas y Parcelas Escolares con fundamento en su Reglamento, Manual de Procedimientos, Ley de Servidores Pblicos, Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo y Reglamento Interior de la Secretara de Educacin, establece lo siguiente:

    1. Conforme a lo establecido en la normatividad vigente los tesoreros del ciclo escolar 2010-2011 podrn ser reelectos siempre que no existan antecedentes que los inhabiliten, lo que permitir continuar con la segunda etapa de la implementacin tecnolgica que posibilitara la simplificacin administrativa.

    Las escuelas secundarias generales y tcnicas que cuenten en sus plantillas de personal con contralores y stos ostenten comisin y/o nombramiento oficial, podrn desempearse como tesoreros de las cooperativas escolares siempre que no tengan antecedentes negativos en el ejercicio de algn cargo dentro de las mismas.

    2. Con respeto a la voluntad de los socios se deben elegir democrticamente los rganos de gobierno, apegndose a lo dispuesto por el Art. 35 del Reglamento de Cooperativas Escolares que a la letra dice: Los Integrantes del Consejo de Administracin del Comit de Vigilancia y de las comisiones que se formen durarn en sus funciones un periodo no mayor al del ejercicio social que corresponda al ao escolar y no podrn ser reelectos para el mismo cargo en el periodo inmediato. Si algn cargo quedara vacante antes del vencimiento del mandato, se proceder a la eleccin de un sustituto que completar la gestin por el perodo correspondiente a excepcin de lo contemplado en el punto 1 (prrafo anterior).

    3. En ningn caso o circunstancia los tesoreros de las cooperativas ni los directivos de escuela podrn disponer de los fondos de la misma para uso personal ni para proporcionarlo a persona alguna a ttulo de prstamo. (ver Indicaciones generales, punto 8 de la circular UCPE 002/2010-2011).

    4. Los recursos econmicos de las cooperativas debern resguardarse preferentemente en una institucin bancaria (no en cajas populares) en

    forma mancomunada entre el tesorero y el presidente del consejo de administracin y/o director del plantel. Anotar en los datos solicitados por el banco, como beneficiario a cualquiera de las autoridades mencionadas; nunca a persona ajena a la institucin, parientes o amigos.

    5. El tesorero deber efectuar los depsitos de las utilidades semanalmente o con la periodicidad indicada mediante un oficio por la Jefatura de

    Sector, Supervisin Escolar, Direccin del plantel y/o asesor de la Unidad de Cooperativas y Parcelas Escolares, lo que ser determinado por el monto econmico que maneje y/o alguna circunstancia especial manifestada por escrito.

    6. El tesorero deber presentar cuando as se le solicite los estados de cuenta a fin de certificar el manejo de los recursos, dado que ha sido prctica

    comn auto prestarse. (ver Indicaciones generales, punto 8, de la circular UCPE 002/2010-2011)

    7. Toda actividad comercial realizada dentro de las escuelas en horario de clase debe organizarse y realizarse a travs de las cooperativas, por tal razn la autoridad respectiva; Jefe de Sector, Supervisor, Director, Consejo de Administracin y Comit de Vigilancia evitarn que se realicen actos de comercio tales como: kermeses, rifas, funciones de cine, de payasos u otro, tmbolas, bazares, ventas de productos, ventas de uniformes, fotografas, etc., siempre y cuando en este proceso no intervenga la figura de la cooperativa escolar y las utilidades que por estas actividades se pudieran obtener, no se registren en la contabilidad respectiva. Motivo por el cual la Sociedad de Alumnos, Asociacin de Padres de Familia, Consejo Pedaggico, Consejo Escolar de Participacin Social, asesores de grupo, Comits de accin social, Delegacin sindical y/o directores de escuela debern abstenerse de organizar estos eventos en horarios de clases, si no son regulados por las normas respectivas.

    A t e n t a m e n t e Profr. Virgilio Alejandro Glvez Snchez Jefe de la Unidad C.c. Prof. Vctor Lara Torres.- Coordinador General de Participacin Social

    Profr. Juan Evaristo Balderas Martnez.- Director de Educacin Bsica C.P. Sergio Raymundo Torres Aragn.- Contralor Interno Lic. Silvia Elena Escobedo Palomino.- Jefe de la Unidad de Asuntos Jurdicos y Laborales Jefes de las Unidades Regionales de Servicios Educativos. Jefes de Departamento Consecutivo

    PVAGS/alpr*

  • Unidad de Cooperativas y Parcelas Escolares

    2011, Ao del Bicentenario del Natalicio de Ponciano Arriaga Leija

    San Luis Potos, Agosto 22, 2011.

    CIRCULAR UCPE N 006/2011-2012

    C.C. Jefes de Sector, Supervisores de Zona, Directores de Escuela y rganos de Gobierno y Control de las Cooperativas Escolares de los Subsistemas de Educacin Primaria y Telesecundaria en el Estado. Presente Teniendo como propsito fundamental, dar cumplimiento a los objetivos y metas del sector educativo referente a las actividades comerciales que realizan las escuelas de educacin primaria, unitarias, bi-docentes y tri-docentes, as como las escuelas de educacin telesecundaria con caractersticas similares en cuanto a poblacin escolar se refiere y reconociendo la necesidad de fortalecer esquemas de trabajo que nos permitan organizar a las cooperativas escolares para eficientar las actividades propias de su administracin para la aplicacin del gasto y la rendicin de cuentas se establece que: Las escuelas que tengan constituida y registrada su cooperativa escolar y cuenten con una poblacin de 20 a 50 alumnos y deseen incorporarse al programa APLICACIN DEL 100% DE LAS UTILIDADES NETAS de dichas cooperativas para gastos especficos de acuerdo a la circular UCPE No. 002/2011-2012, debern apegarse al procedimiento que a continuacin se describe:

    1. Realizar asamblea de socios donde se acuerde que el 100% de las utilidades netas generadas por la cooperativa escolar se aplicarn a las necesidades prioritarias de su escuela.

    2. Presentar en la Jefatura de Sector, oficio de solicitud de incorporacin al programa Aplicacin del 100 % de utilidades netas, validado por el

    supervisor para su autorizacin, as como una copia del acuerdo de la asamblea (Acta de Asamblea) a efecto de que la jefatura de sector remita a la Unidad de Cooperativas y Parcelas Escolares a la Unidad Regional que corresponda la relacin de las escuelas participantes en dicho programa.

    3. Realizar los registros de todas las operaciones contables en los libros autorizados por la Unidad de Cooperativas (Actas, Ingresos Egresos,

    Auxiliar) adems, en el formato de ingresos por acuerdo de suministros debern registrar mensualmente sus movimientos, reportndolo en el primer y segundo informe a la supervisin, quien al cierre de operaciones contables presentar a la Unidad de Cooperativas el formato Informe de Operaciones Contables Programa 100% Utilidades Netas (hoja de cuadros) y Concentrados de Zona y Sector.

    4. La aplicacin de las utilidades generadas debern llevarse a cabo posterior al primer corte y/o al finalizar el ciclo escolar, apegndose a la

    Circular UCPE No. 002/2011-2012 tramitando su autorizacin segn corresponda: Hasta $ 3,000.00 (Tres mil pesos 00/100 M.N.) con el supervisor quien verificara la existencia por separado de cada uno de los fondos para comprobar su procedencia de acuerdo al saldo en el informe correspondiente. Para los de mayor cuanta en la Unidad de Cooperativas Unidad Regional, anexando al trmite copia de la autorizacin al programa Aplicacin del 100% de las utilidades netas del Jefe de Sector, oficio de solicitud de autorizacin del gasto, indicando que pertenecen a este programa y copia del acta de afectacin verificando que los comprobantes cumplan con los requisitos especificados en la circular UCPE-003/2011-2012.

    5. El capital social ser el nico fondo inafectable, los socios de nuevo ingreso debern aportar invariablemente el importe del bono a la cooperativa

    acordado por la Asamblea para integrarlo al capital social, y a los alumnos-socios que egresan se les reintegrar el mismo.

    6. Se debern resguardar los recursos econmicos mediante vale de resguardo o cuenta bancaria, a travs del tesorero de la cooperativa y presentar el comprobante cuando se lo soliciten.

    7. Informar a la supervisin sobre las actividades cmo y cuando lo requiera, toda vez que en el primer y segundo informe el Supervisor deber

    recibir el informe correspondiente de cada una de las cooperativas bajo este programa. Este procedimiento implica la responsabilidad de los Supervisores, quienes vigilarn que las operaciones de la cooperativa se realicen dentro de la legalidad. Cabe reiterarles que para este ciclo escolar el cambio de rganos de Gobierno y Control de las cooperativas escolares no deber exceder al 09 de septiembre de 2011. A t e n t a m e n t e Profr. Virgilio Alejandro Glvez Snchez Unidad de Cooperativas y Parcelas Escolares C.c. Prof. Vctor Lara Torres.- Coordinador General de Participacin Social Profr. Juan Evaristo Balderas Martnez.- Director de Educacin Bsica C.P. Sergio Raymundo Torres Aragn.- Contralor Interno Lic. Silvia Elena Escobedo Palomino.- Jefe de la Unidad de Asuntos Jurdicos y Laborales Jefes de las Unidades Regionales de Servicios Educativos. Jefes de Departamento Consecutivo PVAGS/alpr*

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    2011, Ao del Bicentenario del Natalicio de Ponciano Arriaga Leija

    San Luis Potos, Agosto 22, 2011.

    CIRCULAR UCPE N 007/2011-2012

    C.C. Jefes de Sector, Supervisores de Zona, Directores de Escuela y rganos de Gobierno y Control de las Cooperativas Escolares de los Subsistemas de Educacin Primaria, Secundaria General, Secundaria Tcnica y Telesecundaria en el Estado. Presente Por este conducto se hace de su conocimiento el procedimiento y trmites a realizar para el caso de ROBO en los planteles escolares: Inmediatamente que se detecte el ilcito, el responsable del plantel deber levantar un Acta Administrativa posterior a los hechos y de ser posible tomar fotografas en caso de destrozos ocasionados. Acto seguido, acudir a la Agencia del Ministerio Pblico correspondiente a presentar su denuncia y/o querella en la cual deber manifestar que comparece en calidad de Director y responsable del plantel y, en nombre y representacin de la Secretara de Educacin del Gobierno del Estado. Cuando se trate de una escuela rural y no se tenga fcil acceso a una Agencia del Ministerio Pblico, se dar parte a las autoridades del lugar para que tomen conocimiento de los hechos y se tomen las providencias necesarias. Se deber solicitar copias de las actuaciones y diligencias practicadas o una constancia expedida por el Agente del Ministerio Pblico en la cual se manifieste el inicio de la averiguacin previa. A la brevedad posible deben presentarse dichas documentales acompaadas de los vales de resguardo correspondientes a lo sustrado mediante oficio de remisin a la Coordinacin de la Unidad de Asuntos Jurdicos de la Secretara de Educacin del Gobierno del Estado, a efecto de coadyuvar las acciones para tramitar la baja de los objetos robados, as como en el seguimiento e impulso de la averiguacin previa y todos aquellos trmites judiciales a que haya lugar. Los responsables de los planteles o quienes hayan presentado la denuncia y/o querella, debern coadyuvar en el trmite de la averiguacin previa a efecto de que realmente se investigue por parte de los Agentes del Ministerio Pblico evitando as, que se archive el expediente ante la falta de inters del denunciante y/o querellante, o por falta de elementos. En caso de recuperarse los objetos robados, se deber dar aviso a la Coordinacin de la Unidad de Asuntos Jurdicos y Laborales de la SEGE a efecto de gestionar lo conducente. En los casos de detencin y consignacin de presuntos responsables se mantendr informada a la Coordinacin mencionada a efecto de seguir los trmites respecto a la reparacin del dao. El incumplimiento de esta disposicin puede dar origen al fincamiento de responsabilidades. A t e n t a m e n t e Profr. Virgilio Alejandro Glvez Snchez Unidad de Cooperativas y Parcelas Escolares C.c. Prof. Vctor Lara Torres.- Coordinador General de Participacin Social Profr. Juan Evaristo Balderas Martnez.- Director de Educacin Bsica Prof. Vctor Lara Torres.- Coordinador General de Participacin Social C.P. Sergio Raymundo Torres Aragn.- Contralor Interno Lic. Silvia Elena Escobedo Palomino.- Jefe de la Unidad de Asuntos Jurdicos y Laborales Jefes de las Unidades Regionales de Servicios Educativos. Jefes de Departamento Consecutivo PVAGS/alpr*

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    2011, Ao del Bicentenario del Natalicio de Ponciano Arriaga Leija

    San Luis Potos, Agosto 22, 2011.

    CIRCULAR UCPE N 008/2011-2012

    C.C. Jefes de Sector, Supervisores de Zona, Directores de Escuela y rganos de Gobierno y Control de las Cooperativas Escolares de los Subsistemas de Educacin Primaria y Telesecundaria en el estado. Presente

    Disposiciones y procedimientos administrativos para las cooperativas escolares durante el ciclo escolar 2011-2012. El plazo mximo para efectuar los cambios de rganos de Gobierno y Control es el 9 de septiembre del 2011. Para efectos de validacin contable, en el seno de la eleccin para el cambio de rganos de Gobierno, la administracin anterior deber presentar un corte contable en el libro de Ingresos-Egresos que abarcar del 1 de junio del 2011 hasta el da que terminan sus funciones, debiendo el tesorero saliente entregar al entrante todos los comprobantes de las operaciones efectuadas hasta este perodo, el resumen de movimientos as como el estado de cuenta bancario para el cambio correspondiente y/o el efectivo acumulado, para efectos de su liberacin. Ya en funciones los nuevos integrantes de la administracin de la cooperativa escolar, debern acordar en la misma asamblea el establecimiento de los Fondos de Apoyo as como la contratacin de la telefona fija e Internet en el acta correspondiente.

    Con la finalidad de optimizar la simplificacin administrativa y la racionalizacin de los recursos, en el inters de hacer ms eficaz y eficiente nuestro trabajo y el de las escuelas, en el marco de la transparencia y rendicin de cuentas, esta unidad de cooperativas y parcelas escolares establece las disposiciones siguientes:

    La recepcin de documentos de INICIO de OPERACIONES se llevar a cabo en el periodo comprendido del 03 al 28 de Octubre del 2011, a travs de los Jefes de Sector en Educacin Primaria y Telesecundaria, quienes la entregarn debidamente requisitada a la Unidad de Cooperativas y/o Unidad Regional que corresponda.

    La documentacin requerida para verificar los procedimientos administrativos del INICIO de OPERACIONES ser la siguiente:

    1. Original y copia del formato Acta de Asamblea General Ordinaria para la renovacin de los rganos de gobierno y control, se recomienda tener cuidado en la entrega-recepcin de los valores, bienes y documentos por parte del tesorero saliente y del tesorero entrante para efectos de la liberacin correspondiente.

    2. Original y copia del formato de Acta de Asamblea General para autorizar el establecimiento de los Fondos de apoyo.

    3. Original y copia del Acta de Asamblea de afectacin al Fondo Social y de Reserva para la contratacin y/o pago de la telefona fija e Internet en su caso.

    4. Original y copia del resumen de movimientos bancarios (junio, julio y agosto) del tesorero anterior, estados de cuenta as como contrato y depsito a nombre del nuevo tesorero o vale de resguardo en su caso.

    5. Original y copia de la liberacin del tesorero saliente.

    6. Original y copia del formato Acuerdo de suministros requisitado adecuadamente, junto con el Certificado Mdico y credencial de elector.

    7. Original y copia del formato Relacin de nuevos socios

    8. Original y copia del formato Relacin de socios anteriores.

    9. Relacin de Certificados no reclamados.

    10. Original y copia del formato Estadstica escolar.

    11. Oficio de productos a vender turnado por la asociacin de padres de familia de cada escuela al director conforme a la circular UCPE No. 001/2011-2012

    Las escuelas cuyas cooperativas deseen incorporarse el esquema del 100 % conforme lo establecido en la circular UCPE-006/2011-2012, debern de enviar adems de lo especificado en los puntos uno, cuatro, cinco, seis y diez; as como la relacin de socios, una solicitud en acta de asamblea firmada por todos los socios donde acuerdan que el 100 % de las utilidades de la cooperativa escolar se utilicen en beneficio de la escuela.

    As mismo:

    El supervisor de cada zona enviar relacin actualizada de las escuelas que no tienen constituida la cooperativa escolar en el formato y acta correspondiente, registrando tambin los datos solicitados en el mismo con el visto bueno del Jefe de Sector. Las escuelas que vayan a constituir cooperativa; debern enviar solicitud a la Unidad de Cooperativas y/o Unidad Regional a fin de otorgarles el registro y la asesora correspondiente. En el caso de las escuelas cuyas cooperativas deseen solicitar suspensin temporal o disolucin de las mismas debern apegarse a lo establecido en las circulares UCPE-012/2011-2012 y UCPE-013/2011-2012 respectivamente.

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    2011, Ao del Bicentenario del Natalicio de Ponciano Arriaga Leija

    A partir del ciclo escolar 2010-2011 se realizan dos reuniones de asesora; una para la entrega de la documentacin del primer informe y otra para la documentacin del informe final, en ambos casos se dar a conocer con oportunidad la calendarizacin correspondiente. El Primer Informe contable, corresponder al periodo comprendido por los meses de: junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre y cada cooperativa enviar a travs de la estructura educativa a la Unidad de Cooperativas y/o Unidad Regional la documentacin que oportunamente se les solicitar. El Informe Final, corresponder al periodo comprendido por los meses de enero, febrero, marzo, abril y mayo y cada cooperativa enviar a travs de la estructura educativa a la Unidad de Cooperativas y/o Unidad Regional la documentacin que de manera pertinente se les solicitar. Solicitamos y agradecemos su colaboracin en la entrega puntual de la documentacin al corriente y debidamente requisitada. A t e n t a m e n t e Profr. Virgilio Alejandro Glvez Snchez Jefe de la Unidad C.c. Prof. Vctor Lara Torres.- Coordinador General de Participacin Social

    Profr. Juan Evaristo Briones Martnez.- Director de Educacin Bsica CP Sergio Raymundo Torres Aragn.- Jefe de la Unidad de Contralora Interna Lic. Silvia Elena Escobedo Palomino.- Jefe de la Unidad de Asuntos Jurdicos y Laborales Jefes de las Unidades Regionales de Servicios Educativos. Jefes de Departamento Expediente Consecutivo

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    2011, Ao del Bicentenario del Natalicio de Ponciano Arriaga Leija

    San Luis Potos, Agosto 22, 2011.

    CIRCULAR UCPE N 009/2011-2012

    C.C. Supervisores de Zona, Directores de Escuela y rganos de Gobierno y Control de las Cooperativas Escolares de los Subsistemas de Educacin Secundaria General y Secundaria Tcnica en el estado. Presente Disposiciones y procedimientos administrativos para las cooperativas escolares durante el ciclo escolar 2011-2012. El plazo mximo para efectuar los cambios de rganos de Gobierno y Control es el 09 de septiembre del 2011. Para efectos de validacin contable, en el seno de la eleccin para el cambio de rganos de Gobierno, la administracin anterior deber presentar un corte contable en el libro de Ingresos-Egresos que abarcar del 1 de junio del 2011 hasta el da que terminan sus funciones, debiendo el tesorero saliente entregar al entrante todos los comprobantes de las operaciones efectuadas hasta este perodo, el resumen de movimientos as como el estado de cuenta bancarios para el cambio correspondiente y/o el efectivo acumulado, para efectos de su liberacin. Ya en funciones los nuevos integrantes de la administracin de la cooperativa escolar, debern acordar en la misma asamblea el establecimiento de los Fondos de Apoyo as como la contratacin de la telefona fija e Internet en el acta correspondiente. Con la finalidad de optimizar la simplificacin administrativa y la racionalizacin de los recursos, en el inters de hacer ms eficaz y eficiente nuestro trabajo y el de las escuelas, en el marco de la transparencia y rendicin de cuentas, esta unidad de cooperativas y parcelas escolares establece las disposiciones siguientes: La recepcin de documentos de INICIO de OPERACIONES se llevar a cabo en el periodo comprendido del 03 Al 28 de Octubre del 2011, a travs de los Supervisores de Secundarias Tcnicas y Generales, quienes la entregarn debidamente requisitada en formato expreso para tal fin, a la Unidad de Cooperativas y/o Unidad Regional que corresponda. La documentacin requerida para verificar los procedimientos administrativos del INICIO de OPERACIONES ser la siguiente:

    1. Original y copia del formato Acta de Asamblea General Ordinaria para la renovacin de los rganos de gobierno y control, se recomienda tener cuidado en la entrega-recepcin de los valores, bienes y documentos por parte del tesorero saliente y del tesorero entrante para efectos de la liberacin correspondiente.

    2. Original y copia del formato de Acta de Asamblea General para autorizar el establecimiento de los Fondos de apoyo.

    3. Original y copia del Acta de Asamblea de afectacin al Fondo Social y de Reserva para la contratacin y/o pago de la telefona fija

    e Internet en su caso 4. Original y copia del resumen de movimientos bancarios (junio, julio y agosto) del tesorero anterior, estados de cuenta as como

    contrato y depsito a nombre del nuevo tesorero o vale de resguardo en su caso.

    5. Original y copia de la liberacin del tesorero saliente. 6. Original y copia del formato Acuerdo de suministros requisitado adecuadamente, junto con el Certificado Mdico y credencial de

    elector.

    7. Original y copia del formato Relacin de nuevos socios 8. Original y copia del formato Relacin de socios anteriores.

    9. Relacin de Certificados no reclamados. 10. Original y copia del formato Estadstica escolar.

    11. Oficio de productos a vender turnado por la asociacin de padres de familia de cada escuela al director conforme a la circular

    UCPE No. 001/2011-2012 As mismo: El supervisor de cada zona enviar relacin actualizada de las escuelas que no tienen constituida la cooperativa escolar en el formato y acta correspondiente, registrando tambin los datos solicitados en el mismo con el visto bueno del Jefe de Sector. Las escuelas que vayan a constituir cooperativa; debern enviar solicitud a la Unidad de Cooperativas y/o Unidad Regional a fin de otorgarles el registro y la asesora correspondiente. En el caso de las escuelas cuyas cooperativas deseen solicitar suspensin temporal o disolucin de las mismas debern apegarse a lo establecido en las circulares UCPE-012/2011-2012 y UCPE-013/2011-2012 respectivamente.

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    2011, Ao del Bicentenario del Natalicio de Ponciano Arriaga Leija

    A partir del ciclo escolar 2010-2011 se realizan dos reuniones de asesora; una para la entrega de la documentacin del primer informe y otra para la documentacin del informe final, en ambos casos se dar a conocer con oportunidad la calendarizacin correspondiente. El Primer Informe contable, corresponder al periodo comprendido por los meses de: junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre y cada cooperativa enviar a travs de la estructura educativa a la Unidad de Cooperativas y/o Unidad Regional la documentacin que oportunamente se les solicitar. El Informe Final, corresponder al periodo comprendido por los meses de enero, febrero, marzo, abril y mayo y cada cooperativa enviar a travs de la estructura educativa a la Unidad de Cooperativas y/o Unidad Regional la documentacin que oportunamente se les solicitar. Solicitamos y agradecemos su colaboracin en la entrega puntual de la documentacin al corriente y debidamente requisitada. A t e n t a m e n t e Profr. Virgilio Alejandro Glvez Snchez Jefe de la Unidad C.c. Prof. Vctor Lara Torres.- Coordinador General de Participacin Social

    Profr. Juan Evaristo Briones Martnez.- Director de Educacin Bsica CP Sergio Raymundo Torres Aragn.- Jefe de la Unidad de Contralora Interna Lic. Silvia Elena Escobedo Palomino.- Jefe de la Unidad de Asuntos Jurdicos y Laborales Jefes de las Unidades Regionales de Servicios Educativos. Jefes de Departamento Expediente Consecutivo

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    2011, Ao del Bicentenario del Natalicio de Ponciano Arriaga Leija

    San Luis Potos, Agosto 22, 2011.

    CIRCULAR UCPE N 010/2011-2012

    C.C. Jefes de Sector, Supervisores de Zona, Directores de Escuela, rganos de Gobierno y Control de las Cooperativas Escolares de los Subsistemas de Educacin Primaria Formal, Primaria Indgena y Secundaria Tcnica en el estado. Presente

    La educacin rural de nuestro pas se ha venido sustentando durante mucho tiempo en el inters que existe por parte del Estado de brindar una educacin integral, la cual conjuntamente a los programas de educacin bsica, incluyen instruccin extraescolar de capacitacin y adiestramiento en actividades agropecuarias y agroindustriales, lo que impactar en el desarrollo de los educandos y sus comunidades.

    Uno de los instrumentos fundamentales para lograr los anteriores objetivos lo representa la parcela escolar, la cual ha sido establecida para destinarse a la investigacin, enseanza y divulgacin de prcticas agrcolas, logrndose con su aprovechamiento, en varios casos, la obtencin de excedentes econmicos, los cuales han servido para resolver carencias de infraestructura y equipamiento educativo, siendo de vital importancia este aspecto, dadas las necesidades materiales que actualmente tienen los planteles escolares del medio rural.

    Conscientes de la importancia que poseen las parcelas escolares se hace necesario el pleno conocimiento del contexto que guardan con relacin a la nueva Ley Agraria, surgida de las modificaciones realizadas al Art. 27 Constitucional en 1992, toda vez que su soporte legal establecido con anterioridad en el Cdigo Agrario, posteriormente en la Ley de la Reforma Agraria y el Reglamento de la Parcela Escolar ha perdido vigencia.

    Dentro de las escasas alusiones que hace la nueva Ley Agraria a la parcela escolar se encuentra lo inscrito en el Art. 70 que a la letra dice En cada ejido la asamblea podr resolver sobre el deslinde de las superficies que considere necesarias para el establecimiento de la parcela escolar, la que se destinar a la investigacin, enseanza y divulgacin de prcticas agrcolas que permitan un uso ms eficiente de los recursos humanos y materiales con que cuenta el ejido. El reglamento interno del ejido normar el uso de la parcela escolar.

    Es importante recalcar que la parcela escolar goza de la misma proteccin que se da a las tierras destinadas al asentamiento humano (segn los Art. 63 y 64 de la misma Ley), siendo su naturaleza jurdica inalienable, inembargable, imprescriptible e irreductible cualquier acto que tenga por objeto su enajenacin, prescripcin o embargo sern nulo de pleno derecho.

    Con las anteriores referencias legales se pone de manifiesto que la misin de las parcelas escolares no ha perdido vigencia, flexibilizndose los aspectos administrativos y operativos, quedando al libre arbitrio de la asamblea ejidal la normativa al respecto, siempre y cuando no contravenga lo dispuesto en la misma ley, a travs de su reglamento interno.

    En atencin a este ltimo aspecto, se debern implementar acciones que nos permitan seguir obteniendo los beneficios que generan las parcelas, por lo cual se tendr que incidir en la normatividad sobre el funcionamiento y administracin de la parcela escolar del ejido y su respectiva inclusin en el reglamento interno.

    Es recomendable que las reglas especifiquen claramente aspectos sobre:

    Constitucin del organismo que administrar la parcela, su funcin y facultades, siendo importante la participacin de un representante de la escuela dentro de ste.

    Las utilidades, su administracin, distribucin y su respectiva aplicacin.

    El financiamiento y manejo de las parcelas.

    La Secretara de Educacin del Gobierno del Estado reconoce que el presente reto no es fcil y que, lograr el xito requerir fundamentalmente de la participacin de los jefes de sector, supervisores de zona y directores de escuela mediante la realizacin de invaluables esfuerzos y plena voluntad de trabajo, a travs de la sistemtica concentracin con ejidatarios y su participacin de manera directa en las asambleas donde se discutan aspectos relacionados con la parcela escolar, buscando establecer bases claras para la administracin y manejo de la parcela escolar, por lo que debern mantener una estrecha coordinacin con las Autoridades Ejidales, Procuradura Agraria, Registro Agrario Nacional y esta Unidad.

    Sin otro particular por el momento, quedo de usted. A t e n t a m e n t e Profr. Virgilio Alejandro Glvez Snchez Jefe de la Unidad C.c. Prof. Vctor Lara Torres.- Coordinador General de Participacin Social

    Profr. Juan Evaristo Briones Martnez.- Director de Educacin Bsica CP Sergio Raymundo Torres Aragn.- Jefe de la Unidad de Contralora Interna Lic. Silvia Elena Escobedo Palomino.- Jefe de la Unidad de Asuntos Jurdicos y Laborales Jefes de las Unidades Regionales de Servicios Educativos. Jefes de Departamento Expediente Consecutivo

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  • Unidad de Cooperativas y Parcelas Escolares

    2011, Ao del Bicentenario del Natalicio de Ponciano Arriaga Leija

    San Luis Potos, Agosto 22, 2011.

    CIRCULAR UCPE N 011/2011-2012

    C.C. Jefes de Sector, Supervisores de Zona, Directores de Escuela, rganos de Gobierno y Control de las Cooperativas Escolares de los Subsistemas de Educacin Primaria Formal, Primaria Indgena y Secundaria Tcnica en el estado. Presente Con relacin a las economas provenientes de los rendimientos de las parcelas escolares, una vez analizado el marco jurdico y,

    CONSIDERANDO

    - La abrogacin que en 1992 sufri el Reglamento de la Parcela Escolar derivando en la nueva Ley Agraria que, entre otras cosas, faculta al ejido a determinar la organizacin, funcionamiento y administracin de la Parcela Escolar.

    - Que la falta de una buena administracin y un transparente manejo de recursos por parte de los administradores dej endeble, en el mejor de los casos, el liderazgo y la comunicacin de las escuelas con las autoridades ejidales, propiciando que las asambleas de los ejidos determinaran administrar la parcela escolar sin la participacin de directivos y docentes.

    - Que la diversidad de casos problemticos que se han suscitado en torno a los recursos econmicos de la parcela escolar gener mltiples formas en el apoyo que las escuelas reciben de quienes las administran.

    Ante esta realidad la Unidad de Cooperativas y Parcelas Escolares ha establecido un mecanismo para transparentar la aplicacin de los recursos econmicos que los comits administradores de las parcelas escolares otorgan a instituciones educativas. Agregando dos conceptos en la hoja del informe de operaciones contables (hoja de cuadros) para asentar en el apartado del Fondo Social y de Reserva la utilidad de la parcela, es decir la cantidad que haya acordado la asamblea ejidal a este respecto y el otro concepto refiere los gastos de la parcela donde se consignarn siempre que existan y estn avalados por las autoridades ejidales y por los rganos de gobierno de la cooperativa. Cabe reafirmar que para afectar el Fondo Social y de Reserva donde se habr sumado la utilidad de la parcela, deber seguirse el procedimiento establecido. Reconocemos que existen ncleos ejidales que llevan buenas relaciones con las autoridades educativas (Jefes de sector, Supervisores de zona, Directores de escuela, etc.) y que esto permite que, de las utilidades de la parcela, se destinen economas sobresalientes para solventar las carencias de las escuelas, por lo que el establecimiento de esta nueva forma para contabilizar y fiscalizar los recursos nos permitir transparentar su aplicacin conforme a la normativa de cooperativas, ingresos propios y de diversas donaciones, entre otros. A t e n t a m e n t e Profr. Virgilio Alejandro Glvez Snchez Jefe de la Unidad C.c. Prof. Vctor Lara Torres.- Coordinador General de Participacin Social

    Profr. Juan Evaristo Briones Martnez.- Director de Educacin Bsica CP Sergio Raymundo Torres Aragn.- Jefe de la Unidad de Contralora Interna Lic. Silvia Elena Escobedo Palomino.- Jefe de la Unidad de Asuntos Jurdicos y Laborales Jefes de las Unidades Regionales de Servicios Educativos. Jefes de Departamento Expediente Consecutivo

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  • Unidad de Cooperativas y Parcelas Escolares

    2011, Ao del Bicentenario del Natalicio de Ponciano Arriaga Leija

    San Luis Potos, Agosto 22, 2011.

    CIRCULAR UCPE N 012/2011-2012

    CC. Jefes de Sector, Supervisores de Zona, Directores de Escuela y rganos de Gobierno y Control de las Cooperativas Escolares de los Subsistemas de Educacin Primaria, Secundaria General, Secundaria Tcnica y Telesecundaria en el estado. P r e s e n t e En atencin a las solicitudes presentadas a esta Unidad para suspender de manera temporal las actividades de las cooperativas escolares en escuelas de los diferentes niveles educativos que tan dignamente tienen a bien atender, al respecto informamos lo siguiente: Para proceder a la autorizacin de la suspensin temporal de las actividades comerciales de las cooperativas escolares deber mediar solicitud firmada por el director del plantel con el visto bueno del supervisor de zona, adems deber anexar las actas de Suspensin Temporal avalada por la Comunidad Escolar y de Suspensin Temporal avalada por la Asociacin de Padres de Familia y el Personal Docente. Debiendo anexar tambin la hoja de cuadros, as como el estado de cuenta a nombre del tesorero vigente, presentando tambin el proyecto de afectacin al Fondo Social y de Reserva. Deber quedar nicamente el importe del capital social que corresponde a los socios en la cuenta correspondiente, misma que, al momento de ser autorizada la suspensin temporal y, una vez aplicados los recursos designados del Fondo Social y de Reserva deber aperturarse cuenta a nombre del director, nombrando como beneficiario al supervisor de zona escolar. A t e n t a m e n t e Profr. Virgilio Alejandro Glvez Snchez Jefe de la Unidad C.c. Lic. Juan Antonio Martnez Martnez.- Secretario de Educacin de Gobierno del Estado

    Dr. Jos Meja Lira.- Director de administracin Lic. Fernando Ramos Delgadillo.- Director de Planeacin y Evaluacin

    Profr. Juan Evaristo Balderas Martnez.- Director de Educacin Bsica Prof. Vctor Lara Torres.- Coordinador General de Participacin Social C.P. Sergio Raymundo Torres Aragn.- Contralor Interno Lic. Silvia Elena Escobedo Palomino.- Jefe de la Unidad de Asuntos Jurdicos y Laborales

    Profr. Eduardo Saucedo Sias.- Coordinador Estatal de Unidades Regionales Consecutivo

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    2011, Ao del Bicentenario del Natalicio de Ponciano Arriaga Leija

    San Luis Potos, Agosto 22, 2011.

    CIRCULAR UCPE N 013/2011-2012

    C.C. Jefes de Sector, Supervisores de Zona, Directores de Escuela y rganos de Gobierno y Control de las Cooperativas Escolares de los Subsistemas de Educacin Primaria, Secundaria General, Secundaria Tcnica y Telesecundaria en el estado. P r e s e n t e En atencin a las solicitudes presentadas a esta unidad para la disolucin de las cooperativas escolares en las escuelas de los diferentes niveles educativos que tan dignamente tienen a bien atender; al respecto informamos a usted lo siguiente: Conforme a lo establecido en el archivo Reglas de operacin 2011-2012, Ley de Sociedades Cooperativas, y Reglamento de Cooperativas escolares; para proceder a la autorizacin de la disolucin de las cooperativas escolares deber mediar solicitud firmada por el director del plantel con el Visto Bueno del Supervisor escolar adems de anexar las Actas de liquidacin y Disolucin avalada por los padres de familia y el personal docente debiendo cumplir con los establecido en el artculo 53 del Reglamento de Cooperativas Escolares que a la letra dice: Las cooperativas escolares se disolvern por cualquiera de las siguientes causas:

    I.- Por reduccin del nmero de socios a menos de 10

    II.- Por clausura o fusin de la escuela donde funcione,

    III.- Por voluntad de las dos terceras partes de los socios que la integran. Debiendo anexar tambin la hoja de cuadros as como el estado de cuenta a nombre del tesorero vigente; presentando adems el proyecto de afectacin del capital social y del fondo social y de reserva segn sea el caso conforme al Artculo 54 y 55 que a la letra dicen: Art. 54.- En los casos previstos en el artculo anterior, las autoridades competentes de la federacin nombrarn un liquidador y uno ms ser designado por la asamblea general. Ambos pondrn al corriente la contabilidad y continuarn las operaciones hasta obtener el capital lquido. Art. 55.- Una vez obtenido el capital lquido se aplicar de la siguiente manera: I.- Los recursos obtenidos conforme lo previsto en las fracciones II y III del Artculo 41, se destinarn como lo establece el ltimo prrafo del mismo artculo. II.- Se devolver a los socios el importe de los certificados de aportacin que hubiesen adquirido, y III.- Si hubiese remanente, la asamblea general determinar el porcentaje del mismo que habr de destinarse para obras en beneficio del plantel, el cual no podr ser mayor del 50 %. El resto se distribuir a los socios en partes iguales, si el plantel dejara de funcionar, el 100 % del remanente corresponder a los socios por partes iguales.

    Para poder concretar la liquidacin de la cooperativa escolar presentaran en la UCPE y/o URSE que corresponda los siguientes documentos:

    - Oficio de solicitud de liquidacin. - Actas de disolucin avaladas por los padres de familia y comunidad escolar (que incluya la designacin del socio liquidador). - Estado de cuenta y resumen de movimientos a nombre del tesorero vigente. - Informe de Operaciones Contables. (Hoja de Cuadros). - Proyecto de Afectacin del Fondo Social (Incluyendo presupuesto con IVA incluido) - Constancia

    La Unidad de Cooperativas y Parcelas Escolares y/o la Unidad Regional darn respuesta por escrito incluyendo el nombre del Asesor nombrado como liquidador para que se proceda a la liquidacin de la cooperativa escolar entre liquidadores designados.

    A t e n t a m e n t e Profr. Virgilio Alejandro Glvez Snchez Jefe de la Unidad C.c. Lic. Juan Antonio Martnez Martnez.- Secretario de Educacin de Gobierno del Estado Dr. Jos Meja Lira.- Director de administracin Lic. Fernando Ramos Delgadillo.- Director de Planeacin y Evaluacin Profr. Juan Evaristo Balderas Martnez.- Director de Educacin Bsica Prof. Vctor Lara Torres.- Coordinador General de Participacin Social C.P. Sergio Raymundo Torres Aragn.- Contralor Interno Lic. Silvia Elena Escobedo Palomino.- Jefe de la Unidad de Asuntos Jurdicos y Laborales Profr. Eduardo Saucedo Sias.- Coordinador Estatal de Unidades Regionales Consecutivo PVAGS/alpr*

  • Unidad de Cooperativas y Parcelas Escolares

    2011, Ao del Bicentenario del Natalicio de Ponciano Arriaga Leija

    San Luis Potos, Agosto 22, 2011.

    CIRCULAR UCPE N 014/2011-2012 C.C. Jefes de Sector, Supervisores de Zona, Directores de Escuela y rganos de Gobierno y Control de las Cooperativas Escolares de los Subsistemas de Educacin Primaria, Secundaria General, Secundaria Tcnica y Telesecundaria en el estado. Presente

    CONSIDERANDO:

    Que la organizacin y funcionamiento de las cooperativas escolares posibilitan los actos de comercio que permiten obtener beneficios para la comunidad escolar, canalizando parte de los recursos generados con el fin de apoyar el gasto educativo.

    Que el compromiso institucional de esta Unidad de Cooperativas y Parcelas Escolares (UCPE) es coadyuvar en el cumplimiento de los objetivos planteados por nuestras autoridades educativas; como el que establece la implementacin del Sistema Integral de Informacin Administrativa (SIIA) y especficamente del mdulo de cooperativas.

    Que no basta la buena voluntad ni la disposicin emitida por la autoridad competente, hace falta adems la generacin de recursos y la buena administracin y aplicacin de los mismos, hechos ambos que se llevan a cabo en las escuelas de educacin bsica a travs de las cooperativas escolares, por lo que;

    Esta UCPE tiene a bien disponer que para el ciclo escolar 2011-2012 se autoriza el pago de servicio de telefona fija e Internet bajo las siguientes caractersticas:

    Las escuelas que deseen aprovechar el beneficio del pago de telefona fija e Internet, debern al inicio del ciclo escolar; en la asamblea de cambio de rganos de gobierno presentar y discutir ampliamente las necesidades de este servicio, presentando 2 o ms presupuestos bajo las siguientes consideraciones: escuelas con 50 a 330 alumnos, paquete de 1 MB; escuelas con 331 a 610 alumnos, paquete de 2 MB; escuelas con 611 alumnos en adelante; paquete de 5 MB.

    Una vez acordado el pago y contratacin del servicio debern registrarlo en el acta de establecimiento de los fondos de apoyo y solicitar autorizacin ante esta UCPE, en el rea de fiscalizacin, y/o URSE con los siguientes requisitos: Oficio de solicitud, Acta de fondos de apoyo, cotizacin y la estadstica escolar validada por los rganos de gobierno y control y la supervisin escolar, recibida la autorizacin por esta UCPE y/o URSE, debern presentar en un mximo de cinco das hbiles el contrato correspondiente y la (s) factura (s) de la contratacin y el pago del mismo, como comprobacin.

    Aquellas escuelas que ya cuenten con alguno de estos servicios o con los dos; debern notificarlo por escrito a esta UCPE y/o URSE para la autorizacin del pago o si en razn del nmero de alumnos se desea mejorar el servicio o servicios (Telefona o Internet) debern cumplir con los mismos requisitos para su autorizacin.

    Aquellas escuelas que tienen el servicio autorizado por la Unidad y/o URSES deseen continuar con el pago del mismo, para este ciclo escolar debern presentar el acta de autorizacin de fondos de apoyo y oficio de solicitud al inicio del ciclo escolar con el visto bueno del nuevo consejo de administracin ante la UCPE y/o URSES, posteriormente a que se les firme y selle de recibido, debern notificarlo mediante una copia a la supervisin.

    Las escuelas que deseen mejorar el servicio o presenten incremento de precios en sus costos debern notificarlo de la misma forma anexando cotizacin.

    Para las solicitudes de Banda Ancha debern acudir a la U.C.P.E. con la propuesta del contrato de la compaa de su eleccin y oficio, justificando el uso de este apoyo.

    La direccin de la escuela ser responsable de establecer los controles necesarios para evitar el uso indiscriminado el abuso de este servicio, interviniendo en el servicio para poner los candados requeridos para este fin.

    Los pagos que se realicen podrn afectar mensualmente el fondo social y de reserva, por lo que debern presentar mensualmente ante el supervisor para su validacin el comprobante de pago. En ningn caso podr exceder el monto autorizado salvo aquellos en que la asociacin de padres de familia la direccin de la escuela absorba el excedente (no aplica como gasto de direccin). A t e n t a m e n t e Profr. Virgilio Alejandro Glvez Snchez Jefe de la Unidad

    C.c. Prof. Vctor Lara Torres.- Coordinador General de Participacin Social Profr. Juan Evaristo Briones Martnez.- Director de Educacin Bsica CP Sergio Raymundo Torres Aragn.- Jefe de la Unidad de Contralora Interna Lic. Silvia Elena Escobedo Palomino.- Jefe de la Unidad de Asuntos Jurdicos y Laborales Jefes de las Unidades Regionales de Servicios Educativos. Jefes de Departamento Expediente Consecutivo

    PVAGS/alpr*

  • Unidad de Cooperativas y Parcelas Escolares

    2011, Ao del Bicentenario del Natalicio de Ponciano Arriaga Leija

    San Luis Potos, Agosto 22, 2011.

    CIRCULAR UCPE N 015/2011-2012

    C.C. JEFES DE SECTOR DE EDUCACION PRIMARIA FORMAL REGION CENTRO P R E S E N T E Con el objetivo de dar cumplimiento a las disposiciones normativas de las cooperativas escolares proporcionamos a usted el procedimiento para realizar la entrega de la recepcin y revisin de la documentacin de Inicio de Operaciones de las cooperativas escolares, ciclo 2011-2012 conforme a lo estipulado en la circular UCPE N 008/2011-2012. Cada cooperativa entregara a sta Unidad por los conductos establecidos la siguiente documentacin:

    1. Original y copia del formato Acta de Asamblea General Ordinaria para la renovacin de los rganos de gobierno y control, se recomienda tener cuidado en la entrega-recepcin de los valores, bienes y documentos por parte del tesorero saliente y del tesorero entrante para efectos de la liberacin correspondiente.

    2. Original y copia del formato de Acta de Asamblea General para autorizar el establecimiento de los Fondos de apoyo.

    3. Original y copia del Acta de Asamblea de afectacin al Fondo Social y de Reserva para la contratacin y/o pago de la telefona fija e Internet en su

    caso. 4. Original y copia del resumen de movimientos bancarios (junio, julio y agosto) del tesorero anterior, estados de cuenta as como contrato y depsito

    a nombre del nuevo tesorero o vale de resguardo en su caso.

    5. Original y copia de la liberacin del tesorero saliente (en su caso). 6. Original y copia del formato Acuerdo de suministros requisitado adecuadamente, junto con el Certificado Mdico y credencial de elector.

    7. Original y copia del formato Relacin de nuevos socios. 8. Original y copia del formato Relacin de socios anteriores.

    9. Relacin de Certificados no reclamados. 10. Original y copia del formato Estadstica escolar.

    11. Oficio de productos a vender turnado por la asociacin de padres de familia de cada escuela al director conforme a la circular UCPE N.

    001/2011-2012.

    Las escuelas cuyas cooperativas deseen incorporarse el esquema del 100 % conforme lo establecido en la circular UCPE-006/2011-2012, debern de enviar adems de lo especificado en los puntos uno, cuatro, cinco, seis y diez; as como la relacin de socios, una solicitud en acta de asamblea firmada por todos los socios donde acuerdan que el 100 % de las utilidades de la cooperativa escolar se utilicen en beneficio de la escuela.

    As mismo:

    El supervisor de cada zona enviar relacin actualizada de las escuelas que no tienen constituida la cooperativa escolar en el formato y acta correspondiente, registrando tambin los datos solicitados en el mismo con el visto bueno del Jefe de Sector.

    Las escuelas que vayan a constituir cooperativa; debern enviar solicitud a la Unidad de Cooperativas y/o Unidad Regional a fin de otorgarles el registro y la asesora correspondiente.

    En el caso de las escuelas cuyas cooperativas deseen solicitar suspensin temporal o disolucin de las mismas debern apegarse a lo establecido en las circulares UCPE-012/2011-2012 y UCPE-013/2011-2012 respectivamente, para el caso de las que se encuentren con carcter de suspensin temporal debern enviar la documentacin debidamente actualizada.

    Toda la documentacin deber presentarse debidamente requisitada de acuerdo con la siguiente calendarizacin.

    SECTOR FECHA HORA I 10 Octubre 2011 8:30 Hrs.

    VI 12 Octubre 2011 8:30 Hrs. XVIII 14 Octubre 2011 8:30 Hrs. XXII 18 Octubre 2011 8:30 Hrs.

    A fin de cumplir con la programacin establecida agradeceremos su puntual asistencia en la fecha y hora sealada. A t e n t a m e n t e Profr. Virgilio Alejandro Glvez Snchez Jefe de la Unidad C.c. Prof. Vctor Lara Torres. Coordinador General de Participacin Social. Prof. Rafael Medina Parra. Jefe del Depto. de Educacin Primaria Formal Consecutivo. PVAGS/alpr*

  • Unidad de Cooperativas y Parcelas Escolares

    2011, Ao del Bicentenario del Natalicio de Ponciano Arriaga Leija

    San Luis Potos, Agosto 22, 2011.

    CIRCULAR UCPE N 016/2011-2012

    C.C. JEFES DE SECTOR DE EDUCACION PRIMARIA FORMAL REGION CENTRO P R E S E N T E Con el objetivo de dar cumplimiento a las disposiciones normativas de las cooperativas escolares proporcionamos a usted el procedimiento para realizar la entrega de la recepcin y revisin de la documentacin de Inicio de Operaciones de las cooperativas escolares, ciclo 2011-2012 conforme a lo estipulado en la circular. UCPE N 008/2011-2012 Cada cooperativa entregara a sta Unidad por los conductos establecidos la siguiente documentacin:

    1. Original y copia del formato Acta de Asamblea General Ordinaria para la renovacin de los rganos de gobierno y control, se recomienda tener cuidado en la entrega-recepcin de los valores, bienes y documentos por parte del tesorero saliente y del tesorero entrante para efectos de la liberacin correspondiente.

    2. Original y copia del formato de Acta de Asamblea General para autorizar el establecimiento de los Fondos de apoyo.

    3. Original y copia del Acta de Asamblea de afectacin al Fondo Social y de Reserva para la contratacin y/o pago de la telefona fija e Internet en su

    caso. 4. Original y copia del resumen de movimientos bancarios (junio, julio y agosto) del tesorero anterior, estados de cuenta as como contrato y depsito

    a nombre del nuevo tesorero o vale de resguardo en su caso.

    5. Original y copia de la liberacin del tesorero saliente ( en su caso ). 6. Original y copia del formato Acuerdo de suministros requisitado adecuadamente, junto con el Certificado Mdico y credencial de elector.

    7. Original y copia del formato Relacin de nuevos socios 8. Original y copia del formato Relacin de socios anteriores.

    9. Relacin de Certificados no reclamados. 10. Original y copia del formato Estadstica escolar.

    11. Oficio de productos a vender turnado por la asociacin de padres de familia de cada escuela al director conforme a la circular UCPE N.

    001/2011-2012 Las escuelas cuyas cooperativas deseen incorporarse el esquema del 100 % conforme lo establecido en la circular UCPE-006/2011-2012, debern de enviar adems de lo especificado en los puntos uno, cuatro, cinco, seis y diez; as como la relacin de socios, una solicitud en acta de asamblea firmada por todos los socios donde acuerdan que el 100 % de las utilidades de la cooperativa escolar se utilicen en beneficio de la escuela. As mismo: El supervisor de cada zona enviar relacin actualizada de las escuelas que no tienen constituida la cooperativa escolar en el formato y acta correspondiente, registrando tambin los datos solicitados en el mismo con el visto bueno del Jefe de Sector. Las escuelas que vayan a constituir cooperativa; debern enviar solicitud a la Unidad de Cooperativas y/o Unidad Regional a fin de otorgarles el registro y la asesora correspondiente. En el caso de las escuelas cuyas cooperativas deseen solicitar suspensin temporal o disolucin de las mismas debern apegarse a lo establecido en las circulares UCPE-012/2011-2012 y UCPE-013/2011-2012 respectivamente, para el caso de las que se encuentren con carcter de suspensin temporal debern enviar la documentacin debidamente actualizada. Toda la documentacin deber presentarse debidamente requisitada de acuerdo con la siguiente calendarizacin.

    SECTOR FECHA HORA VII 10 Octubre 2011 8:30 Hrs.

    XVII 12 Octubre 2011 8:30 Hrs. XXIII 14 Octubre 2011 8:30 Hrs.

    II 18 Octubre 2011 8:30 Hrs. A fin de cumplir con la programacin establecida agradeceremos su puntual asistencia en la fecha y hora sealada. A t e n t a m e n t e Profr. Virgilio Alejandro Glvez Snchez Jefe de la Unidad

    C.c .Prof. Vctor Lara Torres. Coordinador General de Participacin Social. Prof. Rafael Medina Parra. Jefe del Depto. de Educacin Primaria Formal Expediente. Consecutivo. PVAGS/alpr*

  • Unidad de Cooperativas y Parcelas Escolares

    2011, Ao del Bicentenario del Natalicio de Ponciano Arriaga Leija

    San Luis Potos, Agosto 22, 2011.

    CIRCULAR UCPE N 017/2011-2012

    C.C. JEFES DE SECTOR DE EDUCACION PRIMARIA FORMAL REGION CENTRO P R E S E N T E Con el objetivo de dar cumplimiento a las disposiciones normativas de las cooperativas escolares proporcionamos a usted el procedimiento para realizar la entrega de la recepcin y revisin de la documentacin de Inicio de Operaciones de las cooperativas escolares, ciclo 2011-2012 conforme a lo estipulado en la circular UCPE N 008/2011-2012 Cada cooperativa entregara a sta Unidad por los conductos establecidos la siguiente documentacin:

    1. Original y copia del formato Acta de Asamblea General Ordinaria para la renovacin de los rganos de gobierno y control, se recomienda tener cuidado en la entrega-recepcin de los valores, bienes y documentos por parte del tesorero saliente y del tesorero entrante para efectos de la liberacin correspondiente.

    2. Original y copia del formato de Acta de Asamblea General para autorizar el establecimiento de los Fondos de apoyo.

    3. Original y copia del Acta de Asamblea de afectacin al Fondo Social y de Reserva para la contratacin y/o pago de la telefona fija e Internet en su

    caso. 4. Original y copia del resumen de movimientos bancarios (junio, julio y agosto) del tesorero anterior, estados de cuenta as como contrato y depsito

    a nombre del nuevo tesorero o vale de resguardo en su caso.

    5. Original y copia de la liberacin del tesorero saliente ( en su caso ). 6. Original y copia del formato Acuerdo de suministros requisitado adecuadamente, junto con el Certificado Mdico y credencial de elector.

    7. Original y copia del formato Relacin de nuevos socios 8. Original y copia del formato Relacin de socios anteriores.

    9. Relacin de Certificados no reclamados. 10. Original y copia del formato Estadstica escolar.

    11. Oficio de productos a vender turnado por la asociacin de padres de familia de cada escuela al director conforme a la circular UCPE N.

    001/2011-2012 Las escuelas cuyas cooperativas deseen incorporarse el esquema del 100 % conforme lo establecido en la circular UCPE-006/2011-2012, debern de enviar adems de lo especificado en los puntos uno, cuatro, cinco, seis y diez; as como la relacin de socios, una solicitud en acta de asamblea firmada por todos los socios donde acuerdan que el 100 % de las utilidades de la cooperativa escolar se utilicen en beneficio de la escuela. As mismo: El supervisor de cada zona enviar relacin actualizada de las escuelas que no tienen constituida la cooperativa escolar en el formato y acta correspondiente, registrando tambin los datos solicitados en el mismo con el visto bueno del Jefe de Sector. Las escuelas que vayan a constituir cooperativa; debern enviar solicitud a la Unidad de Cooperativas y/o Unidad Regional a fin de otorgarles el registro y la asesora correspondiente. En el caso de las escuelas cuyas cooperativas deseen solicitar suspensin temporal o disolucin de las mismas debern apegarse a lo establecido en las circulares UCPE-012/2011-2012 y UCPE-013/2011-2012 respectivamente, para el caso de las que se encuentren con carcter de suspensin temporal debern enviar la documentacin debidamente actualizada.

    Toda la documentacin deber presentarse debidamente requisitada de acuerdo con la siguiente calendarizacin.

    SECTOR FECHA HORA IX 10 Octubre 2011 8:30 Hrs. III 12 Octubre 2011 8:30 Hrs. IV 14 Octubre 2011 8:30 Hrs. V 18 Octubre 2011 8:30 Hrs.

    A fin de cumplir con la programacin establecida agradeceremos su puntual asistencia en la fecha y hora sealada. A t e n t a m e n t e Profr. Virgilio Alejandro Glvez Snchez Jefe de la Unidad

    C.c. Prof. Vctor Lara Torres. Coordinador General de Participacin Social. Prof. Rafael Medina Parra. Jefe del Depto. de Educacin Primaria Formal Consecutivo. PVAGS/alpr*

  • Unidad de Cooperativas y Parcelas Escolares

    2011, Ao del Bicentenario del Natalicio de Ponciano Arriaga Leija

    San Luis Potos, Agosto 22, 2011.

    CIRCULAR UCPE N 018/2011-2012

    C.C. SUPERVISORES DE SECUNDARIAS GENERALES REGION CENTRO P R E S E N T E Con el objetivo de dar cumplimiento a las disposiciones normativas de las cooperativas escolares proporcionamos a usted el procedimiento para realizar la entrega de la recepcin y revisin de la documentacin de Inicio de Operaciones de las cooperativas escolares, ciclo 2011-2012 conforme a lo estipulado en la circular UCPE N 009/2011-2012. Cada cooperativa entregara a sta Unidad por los conductos establecidos la siguiente documentacin:

    1. Original y copia del formato Acta de Asamblea General Ordinaria para la renovacin de los rganos de gobierno y control, se recomienda tener cuidado en la entrega-recepcin de los valores, bienes y documentos por parte del tesorero saliente y del tesorero entrante para efectos de la liberacin correspondiente.

    2. Original y copia del formato de Acta de Asamblea General para autorizar el establecimiento de los Fondos de apoyo.

    3. Original y copia del Acta de Asamblea de afectacin al Fondo Social y de Reserva para la contratacin y/o pago de la telefona fija e Internet en su

    caso. 4. Original y copia del resumen de movimientos bancarios (junio, julio y agosto) del tesorero anterior, estados de cuenta as como contrato y depsito

    a nombre del nuevo tesorero o vale de resguardo en su caso.

    5. Original y copia de la liberacin del tesorero saliente ( en su caso ). 6. Original y copia del formato Acuerdo de suministros requisitado adecuadamente, junto con el Certificado Mdico y credencial de elector.

    7. Original y copia del formato Relacin de nuevos socios 8. Original y copia del formato Relacin de socios anteriores.

    9. Relacin de Certificados no reclamados. 10. Original y copia del formato Estadstica escolar.

    11. Oficio de productos a vender turnado por la asociacin de padres de familia de cada escuela al director conforme a la circular UCPE N.

    001/2011-2012

    Las escuelas cuyas cooperativas deseen incorporarse el esquema del 100 % conforme lo establecido en la circular UCPE-006/2011-2012, debern de enviar adems de lo especificado en los puntos uno, cuatro, cinco, seis y diez; as como la relacin de socios, una solicitud en acta de asamblea firmada por todos los socios donde acuerdan que el 100 % de las utilidades de la cooperativa escolar se utilicen en beneficio de la escuela. As mismo: El supervisor de cada zona enviar relacin actualizada de las escuelas que no tienen constituida la cooperativa escolar en el formato y acta correspondiente, registrando tambin los datos solicitados en el mismo. Las escuelas que vayan a cons