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COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE COSTA RICA JUNTA DIRECTIVA SESIÓN ORDINARIA Nº 018-2010 2 de noviembre del 2010 Acta de la Sesión Ordinaria N°018-2010 de la Junta Directiva del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, celebrada en la sede del Colegio, a las diecisiete horas con cuarenta y cinco minutos, del dos de noviembre del dos mil diez, con la asistencia de los siguientes miembros: Lic. Gustavo Flores Oviedo Presidente Lic. Carlos Castro Umaña Vicepresidente Licda. Olga Bolaños Montero Secretaria Lic. Arturo Baltodano Baltodano Tesorero Lic. Joaquín Brizuela Rojas Vocal I Lic. Francisco Segura Montoya Vocal II Lic. Alfonso Segura Hidalgo Vocal III Ausentes: Lic. Ronald Azofeifa Fuentes Fiscal Lic. Errol Solís Mata Prosecretario Secretaria de actas Jasmín Miranda Espinoza Apoyo administrativo Gustavo Fallas Jiménez, MBA Director Ejecutivo *Licda. Maribel Hernández González Asesora Legal Interna Invitados Lic. José Luis Calderón Flores Lic. Daniel Arce Astorga Lic. Roger Martín Ureña Vega Licda. Heily Vásquez Lic. Armando Araya Rodríguez Lic. Ronald Ugalde Rojas Lic. Víctor Roldán Aguilar

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COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE COSTA RICA JUNTA DIRECTIVA

SESIÓN ORDINARIA Nº 018-2010 2 de noviembre del 2010

Acta de la Sesión Ordinaria N°018-2010 de la Junta Directiva del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, celebrada en la sede del Colegio, a las diecisiete horas con cuarenta y cinco minutos, del dos de noviembre del dos mil diez, con la asistencia de los siguientes miembros: Lic. Gustavo Flores Oviedo Presidente Lic. Carlos Castro Umaña Vicepresidente Licda. Olga Bolaños Montero Secretaria Lic. Arturo Baltodano Baltodano Tesorero Lic. Joaquín Brizuela Rojas Vocal I Lic. Francisco Segura Montoya Vocal II Lic. Alfonso Segura Hidalgo Vocal III

Ausentes: Lic. Ronald Azofeifa Fuentes Fiscal Lic. Errol Solís Mata Prosecretario Secretaria de actas Jasmín Miranda Espinoza Apoyo administrativo Gustavo Fallas Jiménez, MBA Director Ejecutivo *Licda. Maribel Hernández González Asesora Legal Interna

Invitados Lic. José Luis Calderón Flores Lic. Daniel Arce Astorga Lic. Roger Martín Ureña Vega Licda. Heily Vásquez Lic. Armando Araya Rodríguez Lic. Ronald Ugalde Rojas Lic. Víctor Roldán Aguilar

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Artículo 1: Aprobación del Orden del Día. El Lic. Gustavo Flores Oviedo da lectura al orden del día y solicita realizar algunas variaciones a éste, en el sentido de: a) adelantar el artículo 13 de correspondencia recibida, trasladándolo al artículo 4 y sucesivamente los demás artículos en el orden expuesto; b) incluir en la correspondencia recibida, cinco cartas que están ingresando hoy, a saber: 4.10 Factura de cobro de honorarios profesionales de la Licda. Maribel Hernández González, por servicios de abogada litigante para atender respuesta de medidas cautelares por Lic. Ernesto Mora Valverde y otros; 4.11 Correo electrónico del Lic. Luis Piedra Santa Ortiz, del Instituto Guatemalteco de Contadores Públicos y Auditores, solicitando compartir el contenido de los programas de certificación; 4.12 Oficio CE 18-2010, suscrito por el Lic. Rafael Ángel Molina Sánchez, Presidente Comité Electoral, adjuntando el nombre de los postulantes en las papeletas para formar parte de la Junta Directiva; 4.13 Oficio CE 17-2010, suscrito por el Lic. Rafael Ángel Molina Sánchez, Presidente Comité Electoral, presentando propuesta de horario para elección de miembros del Tribunal de Honor y miembros del Comité Consultivo Permanente en la próxima Asamblea Ordinaria; 4.14 Carta del Lic. Eduardo Ernesto Mora Valverde, solicitando información para una eventual acción judicial; c) cuando se conozca las cartas de renuncia de los Licenciados Ronald Azofeifa Fuentes y Errol Solís Mata, como Fiscal y Prosecretario respectivamente de la Junta Directiva, proceder a la postulación de candidatos para estos puestos, con el objetivo de que la Junta Directiva no quede acéfala. El Lic. Arturo Baltodano Baltodano consulta si los artículos de asuntos de Fiscalía y de Admisión, pueden verse, dado que no están presentes los Licenciados Ronald Azofeifa Fuentes y Errol Solís Mata. El Lic. Gustavo Flores Oviedo aclara que en este caso estos artículos los presentará el Vocal I, quien sustituye en ausencia de éstos El Lic. Arturo Baltodano Baltadano insiste en no estar de acuerdo en que los asuntos de Fiscalía y Admisión sean vistos en esta sesión y solicita que sea sometida a votación esta moción. El Lic. Gustavo Flores Oviedo somete a votación la moción planteada Votos a favor 1 Votos en contra 6 Desechada la solicitud

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El Lic. Gustavo Flores Oviedo somete a votación y aprobación el orden del día con los cambios propuestos como se señala anteriormente. APROBADO Se deja constancia del voto negativo del Lic. Arturo Baltodano Baltodano Acuerdo N°556-2010 Aprobar el Orden del Día de la Sesión Ordinaria Nº018-2010, quedando la agenda aprobada de la siguiente manera:

Artículo 1: Aprobación del Orden del Día Artículo 2: Reflexión Artículo 3: Aprobación de Acta 3.1 Sesión Ordinaria Nº017-2010, celebrada el 19 de octubre del 2010 Artículo 4: Correspondencia 4.1 Fax suscrito por la Sra. Andrea Rodríguez Quijano, Fiscal Auxiliar II Circuito Judicial de San José, indicando que en investigación Penal contra la Licda. Sara Porras Mora, se solicita conocer si el Colegio tiene interés en continuar con esta causa; 4.2 Correo electrónico suscrito por la Sra. Rosa María Vega Campos, Jefe de Área de la Asamblea Legislativa, consultando sobre expediente Nº17.136 “Promoción del ahorro de papel en la Administración Pública”; 4.3 Informe Tribunal de Honor Procedimiento de Ética Nº01-2010 contra Lic. Bernal Moreno Calderón, CPA 4035; 4.4 Informe Tribunal de Honor Procedimiento de Ética Nº02-2010 contra Lic. Norman Reyes Carvajal, CPA 2819; 4.5 Memorando AL-64-2010, suscrito por la Licda. Maribel Hernández González, Asesora Legal Interna, referente a criterio recurso de apelación e incidente de nulidad contra acuerdo Nº246-2010; 4.6 Carta suscrita por varios firmantes participantes del módulo III de NICSP, solicitando audiencia, para tratar tema sobre el proceso de certificación; 4.7 Memorando AL 67-2010, suscrito por la Licda. Maribel Hernández González, Asesora Legal Interna, sobre legalización de libros de actas del Colegio; 4.8 Carta Lic. Ronald Azofeifa Fuentes, presentando su renuncia al puesto de Fiscal de la Junta Directiva, para participar en el proceso electoral 2010 y nombramiento de sustituto por el resto del periodo. 4.9 Carta del Lic. Errol Solís Mata, presentando su renuncia al puesto de Prosecretario de la Junta Directiva, con el objetivo de participar en el proceso electoral 2010 y nombramiento de sustituto por el resto del periodo.

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4.10 Factura de cobro de honorarios profesionales de la Licda. Maribel Hernández González, por servicios de abogada litigante para atender respuesta de medidas cautelares por Lic. Ernesto Mora Valverde y otros; 4.11 Correo electrónico del Lic. Luis Piedra Santa Ortiz, del Instituto Guatemalteco de Contadores Públicos y Auditores, solicitando compartir el contenido de los programas de certificación; 4.12 Oficio CE 18-2010, suscrito por el Lic. Rafael Ángel Molina Sánchez, Presidente Comité Electoral, adjuntando el nombre de los postulantes en las papeletas para formar parte de la Junta Directiva; 4.13 Oficio CE 17-2010, suscrito por el Lic. Rafael Ángel Molina Sánchez, Presidente Comité Electoral, presentando propuesta de horario para elección de miembros del Tribunal de Honor y miembros del Comité Consultivo Permanente en la próxima Asamblea Ordinaria 4.14 Carta del Lic. Eduardo Ernesto Mora Valverde, solicitando información para una eventual acción judicial Artículo 5: Audiencia Lic. José Luis Calderón Flores (6:00 pm) Artículo 6: Audiencia Lic. Armando Araya Rodríguez (6:15 pm) Artículo 7: Audiencia Lic. Víctor Roldán Aguilar (6:30 pm) Artículo 8: Convocatoria de Asamblea General Extraordinaria Artículo 9: Asuntos de Admisión 9.1 Caso de la Licda. María Dolores Cubillos Giraldo 9.2 Aprobados № Expediente Nombre № Consecutivo de Informe 201-2010 Jefry Leonel Guzmán Garita CCP-ADM 215-2010 202-2010 Hazel Yhajaira Fallas Montero CCP-ADM 216-2010 203-2010 Priscila Aguilar Quirós CCP-ADM 217-2010 204-2010 Asdrúbal Vargas Cerdas CCP-ADM 218-2010 205-2010 Jeffrey Vega Jara CCP-ADM 219-2010 206-2010 Danilo Carit Peralta CCP-ADM 220-2010 207-2010 Isaac Quesada González CCP-ADM 221-2010 208-2010 Heiner Ruiz López CCP-ADM 222-2010 209-2010 Laura Molina Montoya CCP-ADM 223-2010 210-2010 Daniela Camacho González CCP-ADM 224-2010 211-2010 Mauricio Villegas Jiménez CCP-ADM 225-2010 212-2010 Álvaro Eduardo Solano Vega CCP-ADM 226-2010 213-2010 Alex Garro Carvajal CCP-ADM 227-2010

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214-2010 Francisco Zamora Fernández CCP-ADM 228-2010 215-2010 Maryorie Angulo Rodríguez CCP-ADM 229-2010 216-2010 Walter Enrique Zúñiga Mora CCP-ADM 230-2010 217-2010 Melissa García Porras CCP-ADM 231-2010 218-2010 Ana Patricia Peralta Lewis CCP-ADM 232-2010 219-2010 Monserrat Hernández Oquendo CCP-ADM 233-2010 220-2010 Paula Morales Angulo CCP-ADM 234-2010 222-2010 Edwin Falconer Álvarez CCP-ADM 235-2010 223-2010 Gilbert Méndez Ramírez CCP-ADM 236-2010 224-2010 Laura Esquivel Vargas CCP-ADM 237-2010 225-2010 Yendry Cristina Mata Céspedes CCP-ADM 238-2010 226-2010 Hayro Rojas Salazar CCP-ADM 239-2010 227-2010 Cristian Santiago Morales Ugalde CCP-ADM 240-2010 228-2010 Víctor Manuel Solís Montoya CCP-ADM 241-2010 229-2010 Heidi Araya Fonseca CCP-ADM 242-2010 230-2010 Adriana García Monterroso CCP-ADM 243-2010 231-2010 Harol Eduardo Sossa Pacheco CCP-ADM 244-2010 232-2010 Kattia Vanessa Orozco Cedeño CCP-ADM 245-2010 233-2010 José Miguel Camacho Duarte CCP-ADM 246-2010 234-2010 Eliécer Méndez Quesada CCP-ADM 247-2010 235-2010 Randall González Herrera CCP-ADM 248-2010 236-2010 Jorge Arturo Sáenz Fernández CCP-ADM 249-2010 237-2010 Alcides Jesús Quirós Madrigal CCP-ADM 250-2010 238-2010 Ileana Espinoza Angulo CCP-ADM 251-2010 239-2010 Israel Alexander Naranjo Brenes CCP-ADM 252-2010 240-2010 Tania Gamboa Navarro CCP-ADM 253-2010 9.3 Rechazado 241-2010 Helberth Antonio Chaves Villalobos CCP-ADM 254-2010

Artículo 10: Asuntos de Fiscalía 10.1 Aprobación respuesta a consulta realizada por el Despacho Carvajal y Asociados 10.2 Aprobación de modificaciones al Reglamento para el tratamiento de viáticos y transporte dentro y fuera del país Artículo 11: Asuntos de Directores Artículo 12: Asuntos de Presidencia 12.1 Informe Cumbre de las Americas 12.2 Informes anuales

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Artículo 13: Asuntos de Dirección Ejecutiva 13.1 Solicitudes de reincorporación, exoneración y condonación: 13.1.1 Lic. Brily Sruh Rodríguez, CPA 3493 (Reincorporación) 13.1.2 Licda. Gretell Elizondo Jara, CPA 5199 (Reincorporación) 13.1.3 Lic. Juan José Obregón Vega, CPA 1626 (Exoneración) 13.1.4 Lic. Milton Azofeifa Gómez, CPA 340. (Exoneración). 13.1.5 Lic. Armando Madrigal Sánchez, CPA 4516 (Excepción de pago) 13.2 Representantes del Colegio ante la Asamblea de Trabajadores del Banco Popular 13.3 Estudio de Salarios 13.4 Perfil de Auditor (medio tiempo o completo) 13.5 Desarrollo del Plan Estratégico 2011-2016 13.6 Acuerdo para disponer de fondos generados para compra de Aires Acondicionados, según solicitud de Fiscalía memo FIS-MEN-220-2010 13.7 Firma de convenios UMCA, Centro Canadiense y Centro Cultural Costarricense Norteamericano.

Artículo 2: Reflexión El Lic. Arturo Baltodano Baltodano ofrece la sesión del día de hoy a Dios, invocando su guía y sabiduría para tomar las mejores decisiones para el bienestar del Colegio.

Artículo 3: Aprobación de Acta 3.1 Sesión Ordinaria Nº017-2010, celebrada el 19 de octubre del 2010 Se somete a votación la aprobación del acta de la Sesión Ordinaria Nº017-2010, del 19 de octubre 2010, no habiendo observaciones, los Señores Directores acuerdan con la abstención de los Licenciados Alfonso Segura Hidalgo, Joaquín Brizuela Rojas y Gustavo Flores Oviedo, quienes no estuvieron presentes, aprobar el acta de la sesión ordinaria Nº 017-2010 del 19 de octubre del 2010. Acuerdo N°557-2010 Aprobar el acta de la Sesión Ordinaria Nº017-2010, del 19 de octubre del 2010.

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*Al ser las 6:00 pm se incorpora a la sesión la Licda. Maribel Hernández González Artículo 4: Correspondencia 4.1 Fax suscrito por la Sra. Andrea Rodríguez Quijano, Fiscal Auxiliar II Circuito Judicial de San José, indicando que en investigación Penal contra la Licda. Sara Porras Mora, se solicita conocer si el Colegio tiene interés en continuar con esta causa El Lic. Gustavo Flores Oviedo comenta que este es un tema muy delicado y desconoce hasta qué punto esta Junta Directiva desea continuar o no con este proceso, deja abierto el tema para análisis. La Licda. Maribel Hernández González explica que hasta donde tiene conocimiento, hubo un informe de la Fiscalía que se llevo a la Procuraduría de la Ética quien a su vez remitió el caso al Ministerio Público, conteniendo tres estudios que se investigaron a la Licda. Sara Porras Mora y ésta se apersono a la Procuraduría para explicar toda la situación. También hace algunos días a solicitud de la Procuraduría de la Ética, se les remitió el acta de la Asamblea General donde se presentó el informe que emitió el Órgano Director, en el cual se señala que no se pudo instaurar la investigación formal del debido proceso porque al parecer esos informes preliminares no estaban bien sustentados y a partir de ahí la Asamblea General conoció el informe y dispuso archivar el caso. Recuerda que en aquel momento se le solicito al auditor externo que auditara la tarjeta corporativa, también se investigó lo relacionado con los teléfonos del Colegio y lo del Congreso. En el caso de las llamadas telefónicas hubo un acuerdo de la Junta Directiva, ya que aparentemente se hicieron llamadas personales y en aquel momento la licenciada Porras Mora reintegro el dinero y la Junta Directiva dispuso cerrar el tema y en cuanto al Congreso también se realizó una auditoría externa. Valorando la información que existe, sería conveniente ubicar los informes y en este caso si la Junta Directiva acuerda no continuar con el proceso, responderle a la Procuraduría basados en esos informes y dar por concluido el tema. La Licda. Olga Bolaños Montero consulta si es potestad de la Junta Directiva tomar una decisión, o debe elevarse el tema a la Asamblea General, ya que eventualmente esto implica incurrir en costos económicos y otra serie de consecuencias para el Colegio.

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El Lic. Arturo Baltodano Baltodano consulta si se eleva a la Asamblea General, ésta podría determinar realizar una auditoría forense sobre este tema en específico. La Licda. Maribel Hernández González reitera la importancia de ubicar los informes de auditoría sobre este caso y enviar la nota a la Procuraduría de la Ética si la Junta Directiva no está interesada en continuar con el proceso. En caso que se decida elevar el tema para resolución de la Asamblea General recomienda contar con el criterio de un abogado penalista para que exponga ante la asamblea los alcances de la decisión a tomar.

El tema se analiza con amplitud y los Señores Directores acuerdan por unanimidad:

Acuerdo Nº558-2010 Se conoce fax suscrito por la Sra. Andrea Rodríguez Quijano, Fiscal Auxiliar II Circuito Judicial de San José, indicando que en investigación Penal contra la Licda. Sara Porras Mora, se solicita conocer si el Colegio tiene interés en continuar con esta causa, al respecto se acuerda: I- Elevar la nota a la Asamblea General, en la cual se presentará toda la documentación soporte, el criterio del abogado penalista y los costos respectivos, para que decidan si se continua o no con el proceso II- Se encomienda a la Dirección Ejecutiva recopilar toda la información que se presentará a la Asamblea III- Se encomienda al Lic. Carlos Castro Umaña para que realice la exposición de todo el tema ante la Asamblea General

Comunicar a: Sra. Andrea Rodríguez Quijano Dirección Ejecutiva Asesoría Legal Interna Departamento de Fiscalía Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme 4.2 Correo electrónico suscrito por la Sra. Rosa María Vega Campos, Jefe de Área de la Asamblea Legislativa, consultando sobre expediente Nº17.136 “Promoción del ahorro de papel en la Administración Pública”

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Se da por recibida 4.3 Informe Tribunal de Honor Procedimiento de Ética Nº01-2010 contra Lic. Bernal Moreno Calderón, CPA 4035 Licda. Olga Bolaños da lectura al informe correspondiente al caso del Lic. Bernal Moreno Calderón, quien aparentemente emitió una certificación de ingresos y no presentó los papeles de trabajo. Los Señores Directores analizan ampliamente el caso y consideran que la sanción a imponer debe ser de un año de suspensión en el ejercicio profesional, considerando el hecho de que no aportó papeles de trabajo, lo que constituye un acto grave que debe ser sancionado en esa proporcionalidad. Se consignan los votos negativos de los Licenciados Arturo Baltodano Baltodano y Francisco Segura Montoya. Analizado el tema, el resto de los Señores Directores acuerdan: Acuerdo Nº559-2010 Se conoce informe del Tribunal de Honor correspondiente a Procedimiento de Ética Nº01-2010 seguido contra el Lic. Bernal Moreno Calderón, CPA 4035, el cual se acoge el mismo en todos sus extremos. Considerando la gravedad de la falta comprobada por el Tribunal de Honor y considerando los siguientes criterios de valorar para la sanción a imponer, como es que: 1-La persona a quien certificó sus ingresos sin su anuencia se vio afectada con la certificación emitida al grado que tuvo que denunciar el hecho ante la Fiscalía del Colegio. 2-Que se incumplió un deber de diligencia en cuanto a la conservación de Papeles de Trabajo que dice haber tenido a la vista para emitir la certificación de marras, 3- Que es obligación de todo profesional conservar y poner a disposición de la Fiscalía del Colegio, por el plazo de cuatro años los Papeles de Trabajo que respaldan su actuación, lo que en el caso particular no se cumplió, 4- Que con su actuar irresponsable se vio afectada la fe pública, bien jurídico que debe cuidar en todo momento el profesional por el alcance que tiene en el ejercicio de la contaduría pública. 5- Que la falta incurrida está calificada en el Código de Ética artículo 75 inciso e) como Falta Grave, por lo tanto: Con fundamento en los criterios de valoración expuestos, y artículos 1 , 24 inciso f) de la Ley 1038 de Regulación de la Profesión de Contador Público y Creación del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, se acuerda sancionar al Lic. Bernal Moreno Calderón, con un año de suspensión en el ejercicio profesional.

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Se le hace saber al interesado que el presente acuerdo tiene recurso de revocatoria ante la Junta Directiva en un término de cinco días hábiles. De quedar firme este acuerdo, procédase con la publicación de la sanción en el Diario Oficial La Gaceta e infórmese a la Procuraduría de la Ética. Notifíquese con copia del informe del Tribunal de Honor.

Comunicar a: Lic. Bernal Moreno Calderón Departamento de Fiscalía

Asesoría Legal Interna Departamento Financiero-Contable

Procuraduría de la Ética Expediente administrativo

Tribunal de Honor Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme 4.4 Informe Tribunal de Honor Procedimiento de Ética Nº02-2010 contra Lic. Norman Reyes Carvajal, CPA 2819 La Licda. Maribel Hernández González explica que la denuncia interpuesta contra el Lic. Norman Reyes Carvajal es por varios aspectos, éste emitió una auditoría financiera a nombre de la empresa Condominio Horizontal Residencial Lomas de Granadilla, emitió seis certificaciones de saldo deudor, sin embargo la Fiscalía le requirió únicamente los papeles de trabajo de la auditoría financiera y de las certificaciones mencionadas. El caso fue elevado al Tribunal de Honor porque no aporte los papeles de trabajo y los otros hechos no se investigaron. Se discute ampliamente el tema y los Señores Directores acuerdan por unanimidad: Acuerdo Nº560-2010

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Se conoce informe del Tribunal de Honor correspondiente a Procedimiento de Ética Nº02-2010 seguido en contra del Lic. Norman Reyes Carvajal, CPA 2819, informe que se acoge en todos sus extremos y con fundamento en el mismo y artículo 1 , 24 inciso f) de la Ley 1038 de Regulación de la Profesión de Contador Público y Creación del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, y considerando los hechos ocurridos y la falta comprobada por el Tribunal de Honor, se acuerda sancionar al Lic. Norman Reyes Carvajal con una llamada de atención por escrito, recordándole su deber de resguardar y conservar en todo momento los Papeles de Trabajo que respaldan su actuación profesional, deber que se mantiene por un plazo de cuatro años, además el deber de informar a la Fiscalía del Colegio en el momento que se ocurra un hecho de pérdida o extravió de dichos documentos según lo dispone el articulo 9 del Código de Ética Profesional y que en el caso particular quedó probado que el profesional no actuó con esa diligencia al momento en que se le extraviaron sus documentos. Se le hace saber al interesado que el presente acuerdo tiene recurso de revocatoria ante la Junta Directiva en un término de cinco días hábiles. Notifíquese con copia del informe del Tribunal de Honor.

Comunicar a: Lic. Norman Reyes Carvajal Departamento de Fiscalía

Asesoría Legal Interna Departamento Financiero-Contable Expediente administrativo

Tribunal de Honor Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme 4.5 Memorando AL-64-2010, suscrito por la Licda. Maribel Hernández González, Asesora Legal Interna, referente a criterio recurso de apelación e incidente de nulidad contra acuerdo Nº246-2010 La Licda. Maribel Hernández González recuerda que el Lic. Eduardo Ernesto Mora Valverde presentó impugnación de la circular que la Junta Directiva corrigió de Gobierno Corporativo, él solicita a la Junta Directiva que eleve el

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recurso de apelación con incidente de nulidad ante la Asamblea General, sin embargo este recurso es improcedente, porque de acuerdo con los artículos 20) inciso c) de la Ley 1038, 31) y 80) del Reglamente, la asamblea solo conoce de apelaciones en materia de admisión y sancionatoria Los Señores Directores analizan el tema y acuerdan: Acuerdo Nº561-2010 Se conoce criterio legal contenido en memorando AL-64-2010, suscrito por la Licda. Maribel Hernández González, Asesora Legal Interna, referente recurso de apelación e incidente de nulidad interpuesto por el Lic. Eduardo Ernesto Moral Valverde y Coadyuvante, contra el acuerdo Nº 246-2010 de la sesión Nº 10 del 8 de Junio del 2010, dictado por la Junta Directiva. Con fundamento en el mismo se dispone rechazar de plano el Recurso de Apelación e Incidente de nulidad interpuesto ante la Asamblea General, por improcedente. Notifíquese con copia del criterio legal.

Comunicar a: Lic. Eduardo Ernesto Mora Valverde y Coadyuvantes. Asesoría Legal Interna Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme 4.6 Carta suscrita por varios firmantes participantes del módulo III de NICSP, solicitando audiencia, para tratar tema sobre el proceso de certificación Se da por recibida, se concede audiencia en esta misma sesión, ver artículo 6. 4.7 Memorando AL 67-2010, suscrito por la Licda. Maribel Hernández González, Asesora Legal Interna, sobre legalización de libros de actas del Colegio La Licda. Maribel Hernández González comenta que se agotaron los folios del libro que había legalizado la Contraloría General de la República para la transcripción oficial de las actas de la Junta Directiva, por lo que se procedió a solicitar nuevamente a la Contraloría la emisión de los nuevos folios, sin

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embargo ellos contestan que esta es una función que debe realizar el auditor interno, ó que se delegue en un funcionario del colegio. Agrega que antes de finalizar este período deben estar transcritas las actas en el libro oficial, por lo que recomienda que se delegue esta función en la Fiscalía, de manera temporal. Los Señores Directores analizan el punto y acuerdan: Acuerdo Nº562-2010 Se conoce memorando AL 67-2010, suscrito por la Licda. Maribel Hernández González, Asesora Legal Interna, sobre legalización de libros de actas del Colegio, con fundamento en el mismo, se ACUERDA: delegar la función de legalización de los libros de actas de Junta Directiva y Asamblea General al Jefe de Fiscalía del Colegio, señor Francisco Arroyo Carvajal, de manera temporal, hasta que se nombre al Auditor Interno. Se le hace saber al Departamento de Fiscalía que debe hacer constar en los libros que legalizará el número de libros y folios que van a legalizar y debiendo llevarse el respectivo control de éstos de cada legalización que se haga. Comunicar a: Jefe de Fiscalía Asesoría Legal Interna Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme 4.8 Carta Lic. Ronald Azofeifa Fuentes, presentando su renuncia al puesto de Fiscal de la Junta Directiva, para participar en el proceso electoral 2010 y nombramiento de sustituto por el resto del periodo. El Lic. Gustavo Flores Oviedo comenta que al darse la apertura del proceso electoral los Licenciados Ronald Azofeifa Fuentes y Errol Solís Mata consideraron oportuno presentar su renuncia al puesto que ejercen en la Junta

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Directiva, la cual hicieron llegar la semana pasada y se consignaron en agenda para ser vistas en esta sesión. Ante esta situación, debe privar el interés general como cuerpo colegiado y debe nombrarse los sustitutos para ambos puestos, dichos nombramientos son para completar el período restante y que la Junta Directiva pueda sesionar de manera completa. En este sentido, somete a consideración de los Señores Directores el nombre del Lic. Luis Daniel Aguilar Vargas, CPA 2857, para el puesto de Fiscal de la Junta Directiva. Destaca la experiencia y valores del licenciado Vargas Aguilar. Los Señores Directores avalan la propuesta y acuerdan: Acuerdo Nº563-2010 Se conoce carta Lic. Ronald Azofeifa Fuentes, presentando su renuncia al puesto de Fiscal de la Junta Directiva, para participar en el proceso electoral 2010, al respecto se acuerda: I- Dar por recibida la renuncia; II- Nombrar al Lic. Luis Daniel Aguilar Vargas como Fiscal de la Junta

Directiva, para completar el período hasta el 31 de enero del 2011; III- Convocarle a la próxima sesión de JD para proceder a su

juramentación

Comunicar a: Lic. Ronald Azofeifa Fuentes Lic. Luis Daniel Aguilar Vargas Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme 4.9 Carta del Lic. Errol Solís Mata, presentando su renuncia al puesto de Prosecretario de la Junta Directiva, con el objetivo de participar en el proceso electoral 2010 y nombramiento de sustituto por el resto del periodo. El Lic. Gustavo Flores Oviedo señala que en este caso también debe nombrarse un sustituto y propone el nombre del Lic. Greivin Vega Barboza, CPA, 1073, quien ha estado muy involucrado en el tema de deportes del Colegio

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Los Señores Directores avalan la propuesta y acuerdan: Acuerdo Nº564-2010 Se conoce carta del Lic. Errol Solís Mata, presentando su renuncia al puesto de Prosecretario de la Junta Directiva, con el objetivo de participar en el proceso electoral 2010 I- Dar por recibida la renuncia; II- Nombrar al Lic. Greivin Vega Barboza como Prosecretario de la

Junta Directiva, para completar el período hasta el 31 de enero del 2011;

III- Convocarle a la próxima sesión de Junta Directiva para proceder a su juramentación

Comunicar a: Lic. Errol Solís Mata Lic. Greivin Vega Barboza Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme 4.10 Factura de cobro de honorarios profesionales de la Licda. Maribel Hernández González, por servicios de abogada litigante para atender respuesta de medidas cautelares por Lic. Ernesto Mora Valverde y otros La Licda. Olga Bolaños Montero presenta factura por honorarios profesionales de la Licda. Maribel Hernández González, a quien la Junta Directiva le solicitó en su momento la elaboración de respuesta a las medidas cautelares interpuestas por el Lic. Ernesto Mora Valverde. Los Señores Directores avalan realizar el pago y acuerdan: Acuerdo Nº565-2010 Se aprueba proceder a la cancelación de la factura N°623, por un monto de ¢100.000.00, correspondiente al pago por servicios profesionales a la Licda. Maribel Hernández González, por servicios de abogada litigante para atender únicamente respuesta de medidas cautelares interpuestas por el Lic. Ernesto Mora Valverde y otros, lo anterior en virtud de que este tipo de labores no están incluidos en la asesoría normal que presta al Colegio.

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Comunicar a: Dirección Ejecutiva

Dirección Financiera-Contable Licda. Maribel Hernández González

Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme 4.11 Correo electrónico del Lic. Luis Piedra Santa Ortiz, del Instituto Guatemalteco de Contadores Públicos y Auditores, solicitando compartir el contenido de los programas de certificación

La Licda. Olga Bolaños Montero comenta que con fecha 23 de octubre del 2010, recibió correo electrónico del Lic. Luis Piedra, solicitándole conocer sobre el proceso de certificación de profesionales en NIIF y al respecto le respondió en términos generales, instándole a realizar la consulta por los medios oficiales, en este caso a la Junta Directiva del Colegio. Al respecto el señor presidente comenta que al Colegio le correspondería prestar cualquier colaboración en ese sentido primeramente al Colegio de Contadores Públicos de Guatemala. Analiza la nota los Señores Directores acuerdan: Acuerdo Nº566-2010 Se conoce correo electrónico del Lic. Luis Piedra Santa Ortiz, del Instituto Guatemalteco de Contadores Públicos y Auditores, solicitando compartir el contenido de los programas de certificación, al respecto se da por recibida la nota y se analizará internamente la solicitud.

Comunicar a: Lic. Luis Piedra Santa Ortiz Desarrollo Profesional Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme

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4.12 Oficio CE 18-2010, suscrito por el Lic. Rafael Ángel Molina Sánchez, Presidente Comité Electoral, adjuntando el nombre de los postulantes en las papeletas para formar parte de la Junta Directiva, a saber: Papeleta Nº1 NOMBRE Colegiado Nº Cargo que aspira Eduardo Ernesto Mora Valverde 418 Presidente Luis Fernando Zamora Piedra 365 Prosecretario Nuria Hernández González 1609 Vocal I Marlon Soto Ureña 4108 Vocal II Víctor Seas Gómez 172 Fiscal

Papeleta Nº2 NOMBRE Colegiado Nº Cargo que aspira Ronald Azofeifa Fuentes 721 Presidente María Cecilia Córdoba Reyes 1288 Prosecretario Esteban Murillo Delgado 3736 Vocal I Armando Araya Rodríguez 1219 Vocal II Errol Solís Mata 2968 Fiscal

Se da por recibida 4.13 Oficio CE 17-2010, suscrito por el Lic. Rafael Ángel Molina Sánchez, Presidente Comité Electoral, presentando propuesta de horario para elección de miembros del Tribunal de Honor y miembros del Comité Consultivo Permanente en la próxima Asamblea Ordinaria El Lic. Gustavo Flores Oviedo señala que los miembros del Tribunal de Honor y del Comité Consultivo Permanente deben ser postulados durante la celebración de la Asamblea General Ordinaria, asimismo, considera prudente variar la hora de inicio y finalización de ésta. Propone convocar la Asamblea a las 7:00 am, en primera convocatoria y a las 7:30 am, en segunda convocatoria, la elección del Tribunal de Honor de 7:45 am a 8:00 am, elección de miembros del Comité Consultivo Permanente de 8:00 am, a 8:15 am, 8:30 am, apertura de elecciones y 6:30 pm cierre de urnas.

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Los Señores Directores coinciden con la propuesta planteada y acuerdan por unanimidad: Acuerdo Nº567-2010 I- Se acuerda convocar a Asamblea General Ordinaria para el día 3 de diciembre del 2010, a las 7:00 horas en primera convocatoria y a las 7:30 horas en segunda convocatoria, en las instalaciones del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, asamblea que se convoca para tratar la siguiente agenda:

COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE COSTA RICA CONVOCATORIA

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA Nº192

3 de diciembre del 2010

De conformidad con el artículo 18 y 20 de la Ley Orgánica del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, Nº1038 y conforme a lo aprobado por la Junta Directiva en su sesión ordinaria número 018-2010, celebrada el día 2 de noviembre del 2010, se convoca a los colegiados a la Asamblea de Junta General Ordinaria, a realizarse el día viernes 03 de diciembre del 2010, en la sede del Colegio, sita en Moravia 600 metros oeste de Romanas Ballar. Primera convocatoria 7:00 horas. De no contar con el quórum de ley para la primera convocatoria, de conformidad con el artículo 18 citado, se sesionará en segunda convocatoria en el mismo lugar y fecha señalada al ser las 7:30 horas para lo cual hará quórum cualquier número de miembros presentes:

ORDEN DEL DIA

I- Recuento del quórum y apertura de la Asamblea II- Entonación del Himno Nacional y del Himno del Colegio III- Aprobación del Orden del Día IV- Postulaciones y elección de miembros para el Tribunal de

Honor de 7:45 a 8:00 horas V- Postulaciones y elección de miembros para el Comité

Consultivo Permanente de 8:00 a 8:15 horas VI- Elección de Presidente, Prosecretario, Vocal I y Vocal III

de la Junta Directiva. para el bienio 2011-2013. (8:30 horas hasta las 18:30 horas)

VII- Cierre de recepción de votos a las 18:30 horas. VIII- Escrutinio

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IX- Declaración de Elección a cargo del Presidente del Colegio

X- Clausura de la Asamblea.

Se les recuerda que para participar en las Asamblea es requisito obligatorio estar al día en el pago de las cuotas ordinarias y extraordinarias al 30 de noviembre del 2010. II- Publíquese en un diario de circulación nacional el nombre de los candidatos inscritos validamente para el proceso electoral 2010-2012, contenidos en el oficio CE 18-2010, suscrito por el Lic. Rafael Ángel Molina Sánchez, Presidente Comité Electoral.

Comunicar a: Colegiados Diario Oficial La Gaceta Dirección Ejecutiva Comité Electoral Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme 4.13 Carta del Lic. Eduardo Ernesto Mora Valverde, solicitando información para una eventual acción judicial Acuerdo Nº568-2010 Se conoce carta del Lic. Eduardo Ernesto Mora Valverde, solicitando información para una eventual acción judicial, al respecto se instruye a la Dirección Ejecutiva para que con la colaboración de la Asesoría Legal Interna, proceda a la elaboración de la respuesta brindando la información requerida en forma y tiempo,

Comunicar a: Lic. Eduardo Ernesto Mora Valverde Dirección Ejecutiva Asesoría Legal Interna Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme

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Artículo 5: Audiencia Lic. José Luis Calderón Flores (6:00 pm) Al ser las 6:45 pm se invita a pasar a los Licenciados José Luis Calderón Flores, Daniel Arce Astorga, Roger Martín Ureña Vega y Licda. Heily Vásquez El Lic. Gustavo Flores Oviedo les da la bienvenida y disculpas por la demora en atenderles dado lo extenso de la agenda del día de hoy. En este sentido, les indica que disponen de 15 minutos para su exposición.

El Lic. José Luis Calderón Flores, agradece la audiencia indicando que vienen en representación de los dos grupos de los Cursos de NICSP que se están desarrollando en el Colegio, para obtener la certificación en NICSP. La propuesta es muy concreta, “básicamente cuando nosotros nos matriculamos en los cursos NICSP, lo hicimos con el deseo de poder tener la certificación correspondiente, cuando iniciamos los módulos se nos dijo que estaba en proceso de aprobación un reglamento para optar por la certificación y nos dieran las condiciones sobre las cuales nosotros teníamos que participar para esa condición, ya nosotros hemos llegado al final de los cursos y a la fecha no tenemos ninguna definición. Sin embargo, nosotros hemos insistido en tener las condiciones para saber como vamos a proceder para optar por la certificación y no tenemos ninguna comunicación oficial. Nos enteramos que cuatro personas fueron certificadas en NICSP con otros requisitos que me remitió la Sra. Ana Lara. En razón de eso, queremos solicitar que bajo las mismas condiciones que cuatro personas fueron certificadas en NICSP, a los dos grupos nos certifiquen en la misma forma, con los requisitos para obtener las mismas condiciones, ya que creemos que nos han lesionado nuestros derechos. La petitoria es que nos certifiquen a todos y que nos definan en un plazo de 15 días”. El Lic. Gustavo Flores Oviedo aclara que no son solo cuatro personas las que están certificadas en NICSP y todos los expedientes están abiertos para que en caso de dudas puedan revisarlos. En el proceso muy particular de NICSP y en los procesos de certificaciones, si nos vamos a los procesos pioneros de certificación como el caso de México, existen los llamados “abuelos”, que precisamente son los que tuvieron la posibilidad de certificarse a raíz de una serie de requisitos que de repente son distintos. En el caso que nos ocupa, no se puede indicar que las condiciones han cambiado, porque en ningún momento a ustedes les han dado ninguna condición, sin embargo nosotros tomamos con toda la responsabilidad del caso la petitoria que se está planteando y si todos los grupos cumplen con los requerimientos de lo que está establecido se les motiva para que inicien el proceso para certificarse.

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Agrega que es importante tener claro que el plazo solicitado de 15 días, podría no cumplirse, ya que deben empezar el proceso para la certificación, considera oportuno que todo se coordine con el Departamento de Desarrollo Profesional. El Lic. Carlos Castro Umaña considera que para operacionalizar el proceso, se reunirá la Comisión PROMECIF para que en un plazo de una semana se esté completando la información y realizar una evaluación preliminar El Lic. Aturo Baltodano Baltodano les agradece la visita y señala que en este momento existe una posibilidad para poderse certificar, que es el método de certificación por el cual algunos compañeros pasamos por ese tamiz y les certificaron. En este sentido, les insta para que presenten los documentos para optar por la certificación, además agrega que está en proceso de aprobación un reglamento para certificación en NICSP, el cual oportunamente aprobará la Junta Directiva Se les agradece la visita y al ser las 7:10 se retiran de la sesión

Artículo 6: Audiencia Lic. Armando Araya Rodríguez (6:15 pm) A las 7:10 se invita a pasar a los Licenciados Armando Araya Rodríguez y Ronald Ugalde Rojas El Lic. Gustavo Flores Oviedo les da la bienvenida y les concede la palabra para escuchar el planteamiento. El Lic. Armando Araya Rodríguez agradece la atención a la solicitud de audiencia y señala que el objetivo es solicitar la colaboración del Colegio para darle legalidad a la Asociación de Auditores Internos Municipales. El Lic. Ronald Ugalde Rojas explica que con el objetivo de darle mayor solidez dentro de la profesión de contaduría pública al gremio de auditores internos municipales, se creó la Asociación, sin embargo han tenido algunos problemas para estructurarla y orientar bien la personería jurídica, por lo que consideraron oportuno consultar a la Junta Directiva para una mejor orientación.

El Lic. Armando Araya Rodríguez manifiesta que la Asociación se constituyo en el año 2002, en el año 2004 cuando se realizó la Asamblea la secretaria no estuvo presente y el acta la tomo un secretario emergente, posteriormente se enteraron que dicha acta tuvo un problema de nulidad. Nos recomendaron que

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nos inscribiéramos nuevamente, pero lo inquietud es qué trámite deben realizar para poner en orden la personería jurídica. La Licda. Maribel Hernández González señala que este es un tema de legalidad, aquí lo importante es recopilar todas las actas y llevarlas al Registro Público para protocolizarlas. Deben solicitar a un abogado que les realice un estudio de la situación legal que tiene la Asociación. Particularmente, si la Junta Directiva le autoriza puede ayudarles a revisar los libros y darles una asesoría, ya realizar el trabajo es otro tema y no se compromete a elaborarlo de manera gratuita. El Lic. Armando Araya Rodríguez solicita a la Junta Directiva valorar que la Licda. Maribel Hernández les puede colaborar, ya que no cuentan con medios económicos para contratar un abogado. Otra solicitud que desea plantear es la posibilidad de que se les facilite un espacio pequeño en el Colegio, para tener la documentación de esta Asociación. El Lic. Gustavo Flores Oviedo manifiesta que la Junta Directiva valorará las solicitudes expuestas, acotando que se tiene toda la voluntad de colaborar y oportunamente se les comunicará la resolución.

Se les agradece la visita y al ser las 7:20 se retiran de la sesión

El Lic. Gustavo Flores Oviedo considera viable la colaboración ofrecida por la Licda. Maribel Hernández González y también brindarles un espacio, así como lo tienen otras instancias en el Colegio. En ese sentido, solicita la aprobación de la Junta Directiva para darle la autorización a la licenciada Hernández González para que colabore con esta Asociación y que la Dirección Ejecutiva analice lo referente al espacio físico. Los Señores Directores avalan el planteamiento y acuerdan por unanimidad: Acuerdo Nº569-2010 I- Autorizar a la Licda. Maribel Hernández González, para que le brinde a la Asociación de Auditores Internos Municipales, la asesoría legal pertinente; II- Encomendar a la Dirección Ejecutiva que valore la mejor opción de espacio para la Asociación supracitada

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Comunicar a: Lic. Armando Araya Rodríguez Dirección Ejecutiva Asesoría Legal Interna Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme Artículo 7: Audiencia Lic. Víctor Roldán Aguilar (6:30 pm) Al ser las 7:20 se invita a pasar al Lic. Víctor Roldán Aguilar El Lic. Gustavo Flores Oviedo le da la bienvenida y le concede la palabra con un tiempo de exposición de 15 minutos Lic. Víctor Roldán Aguilar agradece la audiencia concedida y manifiesta que desea exponer tres puntos específicos. Primero, de acuerdo con un estudio realizado por Dirección Financiera sobre la Póliza Colectiva de Vida, esta Junta Directiva le solicita rendir un informe. En algún momento el Departamento de Fiscalía realizó un estudio sobre la Póliza Colectiva de Vida y encontró una serie de inconsistencias, como colegas que venían pagando la Póliza y no estaban incluidos, colegas fallecidos que continuaban pagando, diferencias en el nombre, números de cédula. Dado lo anterior, el Departamento de Fiscalía efectúo una serie de recomendaciones a la Dirección Financiera en el mes de junio. Sin embargo, sorprende al suscrito que a pesar de la insistencia de su oficina de seguros, nuevamente se presentan inconsistencias, 136 colegiados que no están incluidos en la Póliza, ante lo cual gestiono ante el Instituto Nacional de Seguros (INS) resolver la anomalía y ellos accedieron a normalizar la situación, no obstante en el último informe que presenta la Dirección Financiera se repite la cantidad de colegiados que están cancelando la prima, pero no están incluidos en la póliza. De inmediato, me reuní con el Lic. Jorge Masís Montenegro, Director Financiero y le indique que esta situación es una falla grave administrativa que viene ocurriendo desde hace tiempo. Nuevamente, gestionó una cita con el Centro de Negocios Corporativos del INS, en la cual se hizo acompañar del licenciado Masís Montenegro, donde expuso la situación y ellos accedieron por esta vez a incluirlos de manera retroactiva, siempre y cuando existiera un compromiso de la Dirección Financiera de que les indicarán a partir de qué momento se habían incluido esas personas. También les comento la posibilidad de aumentar el monto de la Póliza Colectiva de Vida y ellos están en la mejor apertura con el Colegio, de

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hecho indicaron que si alguien de la competencia presenta un plan, ellos lo mejoran sustancialmente en tarifas y condiciones. La reunión fue satisfactoria, pero desea hacer hincapié en que deben tomarse las medidas necesarias en lo que es la administración del sistema de cobranza de la Póliza de Vida, ya que no se está ejerciendo un buen control administrativo de la Póliza. El Lic. Arturo Baltodano Baltodano consulta dos inquietudes, en el estudio que elaboró el Lic. Jorge Masís Montenegro hay una lista de personas que no son colegiados y están incluidos dentro de la Póliza, dos colegas que cumplieron 65 años que no están incluidos y venían pagando y el tema del SIDA. Pregunta si el INS va aceptar incluir estas personas y la cobertura de enfermedad. El Lic. Víctor Roldán Aguilar señala que en la conversación que sostuvo con la Dirección de Seguros Personales, ellos aceptaron incluir a los dos colegas con 65 años. En lo referido a la enfermedad del SIDA, existe una cláusula en la Póliza original que señala tres años, un año de disputabilidad corriente tres años para SIDA, pero hubo un adendum posterior que señala ocho años. Hubo un caso de un colega con esta enfermedad y se indemnizo con 2 millones y no con los 6 millones, se pago un monto diferente. El Lic. Víctor Roldán Aguilar comenta que el segundo punto a referirse es sobre la Póliza de Fidelidad individual, la legislación del Colegio establece que para poder certificar debemos mantener una Póliza de Fidelidad, la R1153 vigente hasta el 30 de setiembre de cada año. Esta Póliza cubre actos infieles de certificaciones, penales, robo, dolo, hurto, pero la pregunta es ¿cuándo un colega le va a robar a un cliente, ó un acto infiel por un hecho doloso? La consulta es si nosotros podemos solicitarle al Procurador General de la República cambiar la Póliza de Fidelidad por una Póliza RC Profesional. Deja la inquietud planteada para resolución de la Junta Directiva. El tercer tema es referido al caso de la Licda. Viviana Rodríguez, la Comisión Ad-Hoc elevo el caso de incorporación a la Asamblea General, sin embargo por un planteamiento de un colega que esta profesional no había realizado ninguna auditoría, la asamblea declino y rechazo su incorporación al Colegio. Nuevamente la licenciada Rodríguez está presentando un recurso de amparo ante el colegio. La solicitud específica es que cuando se presente el caso a la Asamblea que la Licda. Maribel Hernández González les colabore en el aspecto legal, ya que el artículo 30 con solo que se verifique que alguien realiza funciones contables puede incorporarse al Colegio.

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El Lic. Gustavo Flores Oviedo señala que en la próxima Asamblea General Extraordinaria se consignará este caso. Se le agradece la visita y al ser las 7:45 pm se retira de la sesión La Licda. Maribel Hernández González comenta que en el Colegio de Abogados cuentan con una oficina de seguros donde un agente atiende a los agremiados en los trámites de seguros. Esta podría ser una opción viable para el Colegio de Contadores Públicos. Los Señores Directores analizan el tema y acuerdan: Acuerdo Nº570-2010 Se comisiona a la Dirección Ejecutiva para que en la próxima sesión ordinaria de la Junta Directiva, presente un informe sobre el tema de los seguros y la opción de tener en el Colegio una oficina de seguros. Asimismo, realizar la consulta a la Procuraduría General de la República, sobre la posibilidad cambiar la Póliza de Fidelidad por una Póliza RC Profesional.

Comunicar a: Lic. Víctor Roldán Aguilar Dirección Ejecutiva Dirección Financiera Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme

Artículo 8: Convocatoria de Asamblea General Extraordinaria

La Licda. Maribel Hernández González presenta a consideración de los Señores Directores borrador de agenda para la Asamblea General Extraordinaria Nº191-2010. Los Señores Directores analizan los puntos de agenda y consideran oportuno convocarla para el día sábado 27 de noviembre del 2010, a las 8:00 am., en primera convocatoria y 8:30 am, en segunda convocatoria, por lo que por unanimidad acuerdan:

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Acuerdo Nº571-2010 Se acuerda convocar a Asamblea General Extraordinaria para el día 27 de noviembre, a las 8:00 horas en primera convocatoria y a las 8:30 horas en segunda convocatoria, en las instalaciones del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, asamblea que se convoca para tratar la siguiente agenda:

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA Nº191-2010

27 de noviembre del 2010

De conformidad con el artículo 18 de la Ley Orgánica del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, Nº1038 y conforme a lo aprobado por la Junta Directiva en su sesión ordinaria número 18-2010, celebrada el día 2 de noviembre del 2010, se convoca a los colegiados a la Asamblea de Junta General Extraordinaria, a realizarse el día sábado 27 de noviembre del 2010, en la sede del Colegio, sita en Moravia 600 metros oeste de Romanas Ballar. Primera convocatoria 8:00 horas. De no contar con el quórum de ley para la primera convocatoria, de conformidad con el artículo 18 citado, se sesionará en segunda convocatoria en el mismo lugar y fecha señalada al ser las 8:30 horas para lo cual hará quórum cualquier número de miembros presentes:

ORDEN DEL DIA:

I- Recuento del quórum y apertura de la Asamblea II- Aprobación del Orden del Día III- Entonación del Himno Nacional y del Himno del Colegio IV- Solicitud del Ministerio Público ante caso denunciado V- Resolución de recursos en Materia de Admisión VI- Asignación presupuestaria para nuevos proyectos VII- Clausura de la Asamblea General

Se les recuerda que para participar en las Asamblea es requisito obligatorio estar al día en el pago de las cuotas ordinarias y extraordinarias al 31 de octubre del 2010. Comunicar a: Dirección Ejecutiva Asesoría Legal Interna Departamento Financiero Colegiados Diario Oficial La Gaceta

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Por votación unánime los señores Directores disponen que este acuerdo quede firme. Acuerdo Firme En virtud de la hora, el Lic. Gustavo Flores Oviedo propone una ampliación de la sesión hasta las 10:00 p.m., a efecto de concluir con la agenda prevista de la sesión APROBADO POR UNANIMIDAD.

Artículo 9: Asuntos de Admisión 9.1 Caso de la Licda. María Dolores Cubillos Giraldo El Lic. Joaquín Brizuela Rojas solicita a la Licda. Maribel Hernández González referirse al caso de la Licda. María Dolores Cubillos Giraldo La Licda. Maribel Hernández González explica que la Licda. María Dolores Cubillos Giraldo interpuso un recurso de revocatoria, la Comisión Ad-Hoc reviso el caso y acordó solicitarle que presentara el contrato por servicios profesionales en contabilidad, al efecto de establecer que ella prestaba servicios contables. La documentación fue presentada y nuevamente se presenta el caso a la Junta Directiva, con la recomendación a aprobar su ingreso al Colegio. Los Señores Directores analizan el caso y acuerdan: Acuerdo Nº572-2010 Acoger el recurso de revocatoria interpuesto por la Licda. María Dolores Cubillos Giraldo contra el acuerdo Nº283-2010 y en su lugar se dicta nuevo acuerdo aceptando su incorporación al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica por cumplir con los requisitos de incorporación señalados en el artículo 30 inciso b) del Reglamento a la Ley 1038 . Los efectos de este acto quedan condicionados al requisito de juramentación, para lo cual se instruye al Departamento de Admisión realizar los trámites necesarios para la incorporación de esta profesional en el próximo Acto Solemne de Incorporación.

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Comunicar a: Licda. María Dolores Cubillos Giraldo Departamento de Admisión Por votación unánime los señores Directores disponen que este acuerdo quede firme. Acuerdo Firme 9.2 Solicitudes con recomendación de aprobación El Lic. Joaquín Brizuela Rojas expone las solicitudes de admisión con recomendación de aprobación. 9.1.1 Se da lectura al informe CCP-ADM-215-2010 del Lic. Jefry Leonel Guzmán Garita. Analizado el caso, se somete a votación de los Señores Directores esta solicitud. Por mayoría de votos, los Señores Directores acuerdan: Acuerdo Nº573-2010 Se aprueba la recomendación contenida en el Informe de la Comisión de Admisión CCP-ADM-215-2010, referente a la solicitud de incorporación del Lic. Jefry Leonel Guzmán Garita, expediente Nº201-2010, el cual cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 30 inciso b) del Reglamento a la Ley N°1038 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

Aprobar la solicitud de incorporación al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, presentada por el Lic. Jefry Leonel Guzmán Garita.

Los efectos de este acto quedan condicionados al requisito de juramentación, para lo cual se instruye al Departamento de Admisión realizar los trámites necesarios para la incorporación de este profesional en el próximo Acto Solemne de Incorporación. Comunicar a: Lic. Jefry Leonel Guzmán Garita Departamento de Admisión - Expediente

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Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme

9.1.2 Se da lectura al informe CCP-ADM-216-2010 de la Licda. Hazel Yhajaira Fallas Montero. Analizado el caso, se somete a votación de los Señores Directores esta solicitud. Por mayoría de votos, los Señores Directores acuerdan: Acuerdo Nº574-2010 Se aprueba la recomendación contenida en el Informe de la Comisión de Admisión CCP-ADM-216-2010, referente a la solicitud de incorporación de la Licda. Hazel Yhajaira Fallas Montero, expediente Nº202-2010, la cual cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 30 inciso b) del Reglamento a la Ley N°1038 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

Aprobar la solicitud de incorporación al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, presentada por la Licda. Hazel Yhajaira Fallas Montero.

Los efectos de este acto quedan condicionados al requisito de juramentación, para lo cual se instruye al Departamento de Admisión realizar los trámites necesarios para la incorporación de esta profesional en el próximo Acto Solemne de Incorporación. Comunicar a: Licda. Hazel Yhajaira Fallas Montero Departamento de Admisión - Expediente Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme

9.1.3 Se da lectura al informe CCP-ADM-217-2010 de la Licda. Priscila Aguilar Quirós. Analizado el caso, se somete a votación de los Señores Directores esta solicitud.

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Por mayoría de votos, los Señores Directores acuerdan: Acuerdo Nº575-2010 Se aprueba la recomendación contenida en el Informe de la Comisión de Admisión CCP-ADM-217-2010, referente a la solicitud de incorporación de la Licda. Priscila Aguilar Quirós, expediente Nº203-2010, la cual cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 30 inciso b) del Reglamento a la Ley N°1038 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

Aprobar la solicitud de incorporación al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, presentada por la Licda. Priscila Aguilar Quirós.

Los efectos de este acto quedan condicionados al requisito de juramentación, para lo cual se instruye al Departamento de Admisión realizar los trámites necesarios para la incorporación de esta profesional en el próximo Acto Solemne de Incorporación. Comunicar a: Licda. Priscila Aguilar Quirós Departamento de Admisión - Expediente Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme

9.1.4 Se da lectura al informe CCP-ADM-218-2010 del Lic. Asdrúbal Vargas Cerdas. Analizado el caso, se somete a votación de los Señores Directores esta solicitud. Por mayoría de votos, los Señores Directores acuerdan: Acuerdo Nº576-2010 Se aprueba la recomendación contenida en el Informe de la Comisión de Admisión CCP-ADM-218-2010, referente a la solicitud de incorporación del Lic. Asdrúbal Vargas Cerdas, expediente Nº204-2010, el cual cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 30 inciso b) del Reglamento a la Ley N°1038 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

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Aprobar la solicitud de incorporación al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, presentada por el Lic. Asdrúbal Vargas Cerdas.

Los efectos de este acto quedan condicionados al requisito de juramentación, para lo cual se instruye al Departamento de Admisión realizar los trámites necesarios para la incorporación de este profesional en el próximo Acto Solemne de Incorporación. Comunicar a: Lic. Asdrúbal Vargas Cerdas Departamento de Admisión - Expediente Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme

9.1.5 Se da lectura al informe CCP-ADM-219-2010 del Lic. Jeffrey Vega Jara. Analizado el caso, se somete a votación de los Señores Directores esta solicitud. Por mayoría de votos, los Señores Directores acuerdan: Acuerdo Nº577-2010 Se aprueba la recomendación contenida en el Informe de la Comisión de Admisión CCP-ADM-219-2010, referente a la solicitud de incorporación del Lic. Jeffrey Vega Jara, expediente Nº205-2010, el cual cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 30 inciso b) del Reglamento a la Ley N°1038 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

Aprobar la solicitud de incorporación al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, presentada por el Lic. Jeffrey Vega Jara.

Los efectos de este acto quedan condicionados al requisito de juramentación, para lo cual se instruye al Departamento de Admisión realizar los trámites necesarios para la incorporación de este profesional en el próximo Acto Solemne de Incorporación.

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Comunicar a: Lic. Jeffrey Vega Jara Departamento de Admisión - Expediente Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme

9.1.6 Se da lectura al informe CCP-ADM-220-2010 del Lic. Danilo Carit Peralta. Analizado el caso, se somete a votación de los Señores Directores esta solicitud. Por mayoría de votos, los Señores Directores acuerdan: Acuerdo Nº578-2010 Se aprueba la recomendación contenida en el Informe de la Comisión de Admisión CCP-ADM-220-2010, referente a la solicitud de incorporación del Lic. Danilo Carit Peralta, expediente Nº206-2010, el cual cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 30 inciso b) del Reglamento a la Ley N°1038 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

Aprobar la solicitud de incorporación al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, presentada por el Lic. Danilo Carit Peralta.

Los efectos de este acto quedan condicionados al requisito de juramentación, para lo cual se instruye al Departamento de Admisión realizar los trámites necesarios para la incorporación de este profesional en el próximo Acto Solemne de Incorporación. Comunicar a: Lic. Danilo Carit Peralta Departamento de Admisión - Expediente Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme

9.1.7 Se da lectura al informe CCP-ADM-221-2010 del Lic. Isaac Quesada González. Analizado el caso, se somete a votación de los Señores Directores esta solicitud.

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Por mayoría de votos, los Señores Directores acuerdan: Acuerdo Nº579-2010 Se aprueba la recomendación contenida en el Informe de la Comisión de Admisión CCP-ADM-221-2010, referente a la solicitud de incorporación del Lic. Isaac Quesada González, expediente Nº207-2010, el cual cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 30 inciso b) del Reglamento a la Ley N°1038 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

Aprobar la solicitud de incorporación al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, presentada por el Lic. Isaac Quesada González.

Los efectos de este acto quedan condicionados al requisito de juramentación, para lo cual se instruye al Departamento de Admisión realizar los trámites necesarios para la incorporación de este profesional en el próximo Acto Solemne de Incorporación. Comunicar a: Lic. Isaac Quesada González Departamento de Admisión - Expediente Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme

9.1.8 Se da lectura al informe CCP-ADM-222-2010 del Lic. Heiner Ruiz López. Analizado el caso, se somete a votación de los Señores Directores esta solicitud. Por mayoría de votos, los Señores Directores acuerdan: Acuerdo Nº580-2010 Se aprueba la recomendación contenida en el Informe de la Comisión de Admisión CCP-ADM-222-2010, referente a la solicitud de incorporación del Lic. Heiner Ruiz López, expediente Nº208-2010, el cual cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 30 inciso b) del Reglamento a la Ley N°1038 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

Aprobar la solicitud de incorporación al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, presentada por el Lic. Heiner Ruiz López.

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Los efectos de este acto quedan condicionados al requisito de juramentación, para lo cual se instruye al Departamento de Admisión realizar los trámites necesarios para la incorporación de este profesional en el próximo Acto Solemne de Incorporación. Comunicar a: Lic. Heiner Ruiz López Departamento de Admisión - Expediente Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme

9.1.9 Se da lectura al informe CCP-ADM-223-2010 de la Licda. Laura Molina Montoya. Analizado el caso, se somete a votación de los Señores Directores esta solicitud. Por mayoría de votos, los Señores Directores acuerdan: Acuerdo Nº581-2010 Se aprueba la recomendación contenida en el Informe de la Comisión de Admisión CCP-ADM-223-2010, referente a la solicitud de incorporación de la Licda. Laura Molina Montoya, expediente Nº209-2010, la cual cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 30 inciso b) del Reglamento a la Ley N°1038 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

Aprobar la solicitud de incorporación al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, presentada por la Licda. Laura Molina Montoya.

Los efectos de este acto quedan condicionados al requisito de juramentación, para lo cual se instruye al Departamento de Admisión realizar los trámites necesarios para la incorporación de esta profesional en el próximo Acto Solemne de Incorporación. Comunicar a: Licda. Laura Molina Montoya Departamento de Admisión - Expediente Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme.

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Acuerdo firme

9.1.10 Se da lectura al informe CCP-ADM-224-2010 de la Licda. Daniela Camacho González. Analizado el caso, se somete a votación de los Señores Directores esta solicitud. Por mayoría de votos, los Señores Directores acuerdan: Acuerdo Nº582-2010 Se aprueba la recomendación contenida en el Informe de la Comisión de Admisión CCP-ADM-224-2010, referente a la solicitud de incorporación de la Licda. Daniela Camacho González, expediente Nº210-2010, la cual cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 30 inciso b) del Reglamento a la Ley N°1038 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

Aprobar la solicitud de incorporación al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, presentada por la Licda. Daniela Camacho González.

Los efectos de este acto quedan condicionados al requisito de juramentación, para lo cual se instruye al Departamento de Admisión realizar los trámites necesarios para la incorporación de esta profesional en el próximo Acto Solemne de Incorporación. Comunicar a: Licda. Daniela Camacho González Departamento de Admisión - Expediente Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme

9.1.11 Se da lectura al informe CCP-ADM-225-2010 del Lic. Mauricio Villegas Jiménez. Analizado el caso, se somete a votación de los Señores Directores esta solicitud. Por mayoría de votos, los Señores Directores acuerdan:

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Acuerdo Nº583-2010 Se aprueba la recomendación contenida en el Informe de la Comisión de Admisión CCP-ADM-225-2010, referente a la solicitud de incorporación del Lic. Mauricio Villegas Jiménez, expediente Nº211-2010, el cual cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 30 inciso b) del Reglamento a la Ley N°1038 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

Aprobar la solicitud de incorporación al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, presentada por el Lic. Mauricio Villegas Jiménez.

Los efectos de este acto quedan condicionados al requisito de juramentación, para lo cual se instruye al Departamento de Admisión realizar los trámites necesarios para la incorporación de este profesional en el próximo Acto Solemne de Incorporación. Comunicar a: Lic. Mauricio Villegas Jiménez Departamento de Admisión - Expediente Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme

9.1.12 Se da lectura al informe CCP-ADM-226-2010 del Lic. Álvaro Eduardo Solano Vega. Analizado el caso, se somete a votación de los Señores Directores esta solicitud. Por mayoría de votos, los Señores Directores acuerdan: Acuerdo Nº584-2010 Se aprueba la recomendación contenida en el Informe de la Comisión de Admisión CCP-ADM-226-2010, referente a la solicitud de incorporación del Lic. Álvaro Eduardo Solano Vega, expediente Nº212-2010, el cual cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 30 inciso b) del Reglamento a la Ley N°1038 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

Aprobar la solicitud de incorporación al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, presentada por el Lic. Álvaro Eduardo Solano Vega.

Los efectos de este acto quedan condicionados al requisito de juramentación, para lo cual se instruye al Departamento de Admisión

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realizar los trámites necesarios para la incorporación de este profesional en el próximo Acto Solemne de Incorporación. Comunicar a: Lic. Álvaro Eduardo Solano Vega Departamento de Admisión - Expediente Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme

9.1.13 Se da lectura al informe CCP-ADM-227-2010 del Lic. Alex Garro Carvajal. Analizado el caso, se somete a votación de los Señores Directores esta solicitud. Por mayoría de votos, los Señores Directores acuerdan: Acuerdo Nº585-2010 Se aprueba la recomendación contenida en el Informe de la Comisión de Admisión CCP-ADM-227-2010, referente a la solicitud de incorporación del Lic. Alex Garro Carvajal, expediente Nº213-2010, el cual cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 30 inciso b) del Reglamento a la Ley N°1038 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

Aprobar la solicitud de incorporación al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, presentada por el Lic. Alex Garro Carvajal.

Los efectos de este acto quedan condicionados al requisito de juramentación, para lo cual se instruye al Departamento de Admisión realizar los trámites necesarios para la incorporación de este profesional en el próximo Acto Solemne de Incorporación. Comunicar a: Lic. Alex Garro Carvajal Departamento de Admisión - Expediente Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme

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9.1.14 Se da lectura al informe CCP-ADM-228-2010 del Lic. Francisco Zamora Fernández. Analizado el caso, se somete a votación de los Señores Directores esta solicitud. Por mayoría de votos, los Señores Directores acuerdan: Acuerdo Nº586-2010 Se aprueba la recomendación contenida en el Informe de la Comisión de Admisión CCP-ADM-228-2010, referente a la solicitud de incorporación del Lic. Francisco Zamora Fernández, expediente Nº214-2010, el cual cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 30 inciso b) del Reglamento a la Ley N°1038 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

Aprobar la solicitud de incorporación al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, presentada por el Lic. Francisco Zamora Fernández.

Los efectos de este acto quedan condicionados al requisito de juramentación, para lo cual se instruye al Departamento de Admisión realizar los trámites necesarios para la incorporación de este profesional en el próximo Acto Solemne de Incorporación. Comunicar a: Lic. Francisco Zamora Fernández Departamento de Admisión - Expediente Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme

9.1.15 Se da lectura al informe CCP-ADM-229-2010 de la Licda. Maryorie Angulo Rodríguez. Analizado el caso, se somete a votación de los Señores Directores esta solicitud. Por mayoría de votos, los Señores Directores acuerdan:

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Acuerdo Nº587-2010 Se aprueba la recomendación contenida en el Informe de la Comisión de Admisión CCP-ADM-229-2010, referente a la solicitud de incorporación de la Licda. Maryorie Angulo Rodríguez, expediente Nº215-2010, la cual cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 30 inciso b) del Reglamento a la Ley N°1038 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

Aprobar la solicitud de incorporación al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, presentada por la Licda. Maryorie Angulo Rodríguez.

Los efectos de este acto quedan condicionados al requisito de juramentación, para lo cual se instruye al Departamento de Admisión realizar los trámites necesarios para la incorporación de esta profesional en el próximo Acto Solemne de Incorporación. Comunicar a: Licda. Maryorie Angulo Rodríguez Departamento de Admisión - Expediente Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme

9.1.16 Se da lectura al informe CCP-ADM-230-2010 del Lic. Walter Enrique Zúñiga Mora. Analizado el caso, se somete a votación de los Señores Directores esta solicitud. Por mayoría de votos, los Señores Directores acuerdan: Acuerdo Nº588-2010 Se aprueba la recomendación contenida en el Informe de la Comisión de Admisión CCP-ADM-230-2010, referente a la solicitud de incorporación del Lic. Walter Enrique Zúñiga Mora, expediente Nº216-2010, el cual cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 30 inciso b) del Reglamento a la Ley N°1038 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

Aprobar la solicitud de incorporación al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, presentada por el Lic. Walter Enrique Zúñiga Mora.

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Los efectos de este acto quedan condicionados al requisito de juramentación, para lo cual se instruye al Departamento de Admisión realizar los trámites necesarios para la incorporación de este profesional en el próximo Acto Solemne de Incorporación. Comunicar a: Lic. Walter Enrique Zúñiga Mora Departamento de Admisión - Expediente Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme

9.1.17 Se da lectura al informe CCP-ADM-231-2010 de la Licda. Melissa García Porras. Analizado el caso, se somete a votación de los Señores Directores esta solicitud. Por mayoría de votos, los Señores Directores acuerdan: Acuerdo Nº589-2010 Se aprueba la recomendación contenida en el Informe de la Comisión de Admisión CCP-ADM-231-2010, referente a la solicitud de incorporación de la Licda. Melissa García Porras, expediente Nº217-2010, la cual cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 30 inciso b) del Reglamento a la Ley N°1038 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

Aprobar la solicitud de incorporación al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, presentada por la Licda. Melissa García Porras.

Los efectos de este acto quedan condicionados al requisito de juramentación, para lo cual se instruye al Departamento de Admisión realizar los trámites necesarios para la incorporación de esta profesional en el próximo Acto Solemne de Incorporación. Comunicar a: Licda. Melissa García Porras Departamento de Admisión - Expediente Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme.

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Acuerdo firme

9.1.18 Se da lectura al informe CCP-ADM-232-2010 de la Licda. Ana Patricia Peralta Lewis. Analizado el caso, se somete a votación de los Señores Directores esta solicitud. Por mayoría de votos, los Señores Directores acuerdan: Acuerdo Nº590-2010 Se aprueba la recomendación contenida en el Informe de la Comisión de Admisión CCP-ADM-232-2010, referente a la solicitud de incorporación de la Licda. Ana Patricia Peralta Lewis, expediente Nº218-2010, la cual cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 30 inciso b) del Reglamento a la Ley N°1038 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

Aprobar la solicitud de incorporación al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, presentada por la Licda. Ana Patricia Peralta Lewis.

Los efectos de este acto quedan condicionados al requisito de juramentación, para lo cual se instruye al Departamento de Admisión realizar los trámites necesarios para la incorporación de esta profesional en el próximo Acto Solemne de Incorporación. Comunicar a: Licda. Ana Patricia Peralta Lewis Departamento de Admisión - Expediente Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme

9.1.19 Se da lectura al informe CCP-ADM-233-2010 de la Licda. Monserrat Hernández Oquendo. Analizado el caso, se somete a votación de los Señores Directores esta solicitud.

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Por mayoría de votos, los Señores Directores acuerdan: Acuerdo Nº591-2010 Se aprueba la recomendación contenida en el Informe de la Comisión de Admisión CCP-ADM-233-2010, referente a la solicitud de incorporación de la Licda. Monserrat Hernández Oquendo, expediente Nº219-2010, la cual cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 30 inciso b) del Reglamento a la Ley N°1038 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

Aprobar la solicitud de incorporación al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, presentada por la Licda. Monserrat Hernández Oquendo.

Los efectos de este acto quedan condicionados al requisito de juramentación, para lo cual se instruye al Departamento de Admisión realizar los trámites necesarios para la incorporación de esta profesional en el próximo Acto Solemne de Incorporación. Comunicar a: Licda. Monserrat Hernández Oquendo Departamento de Admisión - Expediente Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme

9.1.20 Se da lectura al informe CCP-ADM-234-2010 de la Licda. Paula Morales Angulo. Analizado el caso, se somete a votación de los Señores Directores esta solicitud. Por mayoría de votos, los Señores Directores acuerdan: Acuerdo Nº592-2010 Se aprueba la recomendación contenida en el Informe de la Comisión de Admisión CCP-ADM-234-2010, referente a la solicitud de incorporación de la Licda. Paula Morales Angulo, expediente Nº220-2010, la cual cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 30 inciso b) del Reglamento a la Ley N°1038 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

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Aprobar la solicitud de incorporación al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, presentada por la Licda. Paula Morales Angulo.

Los efectos de este acto quedan condicionados al requisito de juramentación, para lo cual se instruye al Departamento de Admisión realizar los trámites necesarios para la incorporación de esta profesional en el próximo Acto Solemne de Incorporación. Comunicar a: Licda. Paula Morales Angulo Departamento de Admisión - Expediente Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme

9.1.21 Se da lectura al informe CCP-ADM-235-2010 del Lic. Edwin Falconer Álvarez. Analizado el caso, se somete a votación de los Señores Directores esta solicitud. Por mayoría de votos, los Señores Directores acuerdan: Acuerdo Nº593-2010 Se aprueba la recomendación contenida en el Informe de la Comisión de Admisión CCP-ADM-235-2010, referente a la solicitud de incorporación del Lic. Edwin Falconer Álvarez, expediente Nº222-2010, el cual cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 30 inciso b) del Reglamento a la Ley N°1038 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

Aprobar la solicitud de incorporación al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, presentada por el Lic. Edwin Falconer Álvarez.

Los efectos de este acto quedan condicionados al requisito de juramentación, para lo cual se instruye al Departamento de Admisión realizar los trámites necesarios para la incorporación de este profesional en el próximo Acto Solemne de Incorporación.

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Comunicar a: Lic. Edwin Falconer Álvarez Departamento de Admisión - Expediente Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme

9.1.22 Se da lectura al informe CCP-ADM-236-2010 del Lic. Gilbert Méndez Ramírez. Analizado el caso, se somete a votación de los Señores Directores esta solicitud. Por mayoría de votos, los Señores Directores acuerdan: Acuerdo Nº594-2010 Se aprueba la recomendación contenida en el Informe de la Comisión de Admisión CCP-ADM-236-2010, referente a la solicitud de incorporación del Lic. Gilbert Méndez Ramírez, expediente Nº223-2010, el cual cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 30 inciso b) del Reglamento a la Ley N°1038 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

Aprobar la solicitud de incorporación al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, presentada por el Lic. Gilbert Méndez Ramírez.

Los efectos de este acto quedan condicionados al requisito de juramentación, para lo cual se instruye al Departamento de Admisión realizar los trámites necesarios para la incorporación de este profesional en el próximo Acto Solemne de Incorporación. Comunicar a: Lic. Gilbert Méndez Ramírez Departamento de Admisión - Expediente Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme

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9.1.23 Se da lectura al informe CCP-ADM-237-2010 de la Licda. Laura Esquivel Vargas. Analizado el caso, se somete a votación de los Señores Directores esta solicitud. Por mayoría de votos, los Señores Directores acuerdan: Acuerdo Nº595-2010 Se aprueba la recomendación contenida en el Informe de la Comisión de Admisión CCP-ADM-237-2010, referente a la solicitud de incorporación de la Licda. Laura Esquivel Vargas, expediente Nº224-2010, la cual cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 30 inciso b) del Reglamento a la Ley N°1038 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

Aprobar la solicitud de incorporación al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, presentada por la Licda. Laura Esquivel Vargas.

Los efectos de este acto quedan condicionados al requisito de juramentación, para lo cual se instruye al Departamento de Admisión realizar los trámites necesarios para la incorporación de esta profesional en el próximo Acto Solemne de Incorporación. Comunicar a: Licda. Laura Esquivel Vargas Departamento de Admisión - Expediente Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme

9.1.24 Se da lectura al informe CCP-ADM-238-2010 de la Licda. Yendry Cristina Mata Céspedes. Analizado el caso, se somete a votación de los Señores Directores esta solicitud. Por mayoría de votos, los Señores Directores acuerdan: Acuerdo Nº596-2010 Se aprueba la recomendación contenida en el Informe de la Comisión de Admisión CCP-ADM-238-2010, referente a la solicitud de incorporación de la Licda. Yendry Cristina Mata Céspedes, expediente Nº225-2010, la cual

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cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 30 inciso b) del Reglamento a la Ley N°1038 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

Aprobar la solicitud de incorporación al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, presentada por la Licda. Yendry Cristina Mata Céspedes.

Los efectos de este acto quedan condicionados al requisito de juramentación, para lo cual se instruye al Departamento de Admisión realizar los trámites necesarios para la incorporación de esta profesional en el próximo Acto Solemne de Incorporación. Comunicar a: Licda. Yendry Cristina Mata Céspedes Departamento de Admisión - Expediente Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme

9.1.25 Se da lectura al informe CCP-ADM-239-2010 del Lic. Hayro Rojas Salazar. Analizado el caso, se somete a votación de los Señores Directores esta solicitud. Por mayoría de votos, los Señores Directores acuerdan: Acuerdo Nº597-2010 Se aprueba la recomendación contenida en el Informe de la Comisión de Admisión CCP-ADM-239-2010, referente a la solicitud de incorporación del Lic. Hayro Rojas Salazar, expediente Nº226-2010, el cual cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 30 inciso b) del Reglamento a la Ley N°1038 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

Aprobar la solicitud de incorporación al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, presentada por el Lic. Hayro Rojas Salazar.

Los efectos de este acto quedan condicionados al requisito de juramentación, para lo cual se instruye al Departamento de Admisión

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realizar los trámites necesarios para la incorporación de este profesional en el próximo Acto Solemne de Incorporación. Comunicar a: Lic. Hayro Rojas Salazar Departamento de Admisión - Expediente Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme

9.1.26 Se da lectura al informe CCP-ADM-240-2010 del Lic. Cristian Santiago Morales Ugalde. Analizado el caso, se somete a votación de los Señores Directores esta solicitud. Por mayoría de votos, los Señores Directores acuerdan: Acuerdo Nº598-2010 Se aprueba la recomendación contenida en el Informe de la Comisión de Admisión CCP-ADM-240-2010, referente a la solicitud de incorporación del Lic. Cristian Santiago Morales Ugalde, expediente Nº227-2010, el cual cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 30 inciso b) del Reglamento a la Ley N°1038 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

Aprobar la solicitud de incorporación al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, presentada por el Lic. Cristian Santiago Morales Ugalde.

Los efectos de este acto quedan condicionados al requisito de juramentación, para lo cual se instruye al Departamento de Admisión realizar los trámites necesarios para la incorporación de este profesional en el próximo Acto Solemne de Incorporación. Comunicar a: Lic. Cristian Santiago Morales Ugalde Departamento de Admisión - Expediente Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme.

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Acuerdo firme

9.1.27 Se da lectura al informe CCP-ADM-241-2010 del Lic. Víctor Manuel Solís Montoya. Analizado el caso, se somete a votación de los Señores Directores esta solicitud. Por mayoría de votos, los Señores Directores acuerdan: Acuerdo Nº599-2010 Se aprueba la recomendación contenida en el Informe de la Comisión de Admisión CCP-ADM-241-2010, referente a la solicitud de incorporación del Lic. Víctor Manuel Solís Montoya, expediente Nº228-2010, el cual cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 30 inciso b) del Reglamento a la Ley N°1038 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

Aprobar la solicitud de incorporación al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, presentada por el Lic. Víctor Manuel Solís Montoya.

Los efectos de este acto quedan condicionados al requisito de juramentación, para lo cual se instruye al Departamento de Admisión realizar los trámites necesarios para la incorporación de este profesional en el próximo Acto Solemne de Incorporación. Comunicar a: Lic. Víctor Manuel Solís Montoya Departamento de Admisión - Expediente Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme 9.1.28 Se da lectura al informe CCP-ADM-242-2010 de la Licda. Heidi Araya Fonseca. Analizado el caso, se somete a votación de los Señores Directores esta solicitud. Por mayoría de votos, los Señores Directores acuerdan:

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Acuerdo Nº600-2010 Se aprueba la recomendación contenida en el Informe de la Comisión de Admisión CCP-ADM-242-2010, referente a la solicitud de incorporación de la Licda. Heidi Araya Fonseca Céspedes, expediente Nº229-2010, la cual cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 30 inciso b) del Reglamento a la Ley N°1038 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

Aprobar la solicitud de incorporación al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, presentada por la Licda. Heidi Araya Fonseca.

Los efectos de este acto quedan condicionados al requisito de juramentación, para lo cual se instruye al Departamento de Admisión realizar los trámites necesarios para la incorporación de esta profesional en el próximo Acto Solemne de Incorporación. Comunicar a: Licda. Heidi Araya Fonseca Departamento de Admisión - Expediente Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme

9.1.29 Se da lectura al informe CCP-ADM-243-2010 de la Licda. Adriana García Monterroso. Analizado el caso, se somete a votación de los Señores Directores esta solicitud. Por mayoría de votos, los Señores Directores acuerdan: Acuerdo Nº601-2010 Se aprueba la recomendación contenida en el Informe de la Comisión de Admisión CCP-ADM-243-2010, referente a la solicitud de incorporación de la Licda. Adriana García Monterroso, expediente Nº230-2010, la cual cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 30 inciso b) del Reglamento a la Ley N°1038 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

Aprobar la solicitud de incorporación al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, presentada por la Licda. Adriana García Monterroso.

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Los efectos de este acto quedan condicionados al requisito de juramentación, para lo cual se instruye al Departamento de Admisión realizar los trámites necesarios para la incorporación de esta profesional en el próximo Acto Solemne de Incorporación. Comunicar a: Licda. Adriana García Monterroso Departamento de Admisión - Expediente Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme

9.1.30 Se da lectura al informe CCP-ADM-244-2010 del Lic. Harol Eduardo Sossa Pacheco. Analizado el caso, se somete a votación de los Señores Directores esta solicitud. Por mayoría de votos, los Señores Directores acuerdan: Acuerdo Nº602-2010 Se aprueba la recomendación contenida en el Informe de la Comisión de Admisión CCP-ADM-244-2010, referente a la solicitud de incorporación del Lic. Harol Eduardo Sossa Pacheco, expediente Nº231-2010, el cual cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 30 inciso b) del Reglamento a la Ley N°1038 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

Aprobar la solicitud de incorporación al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, presentada por el Lic. Harol Eduardo Sossa Pacheco.

Los efectos de este acto quedan condicionados al requisito de juramentación, para lo cual se instruye al Departamento de Admisión realizar los trámites necesarios para la incorporación de este profesional en el próximo Acto Solemne de Incorporación. Comunicar a: Lic. Harol Eduardo Sossa Pacheco Departamento de Admisión - Expediente Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme.

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Acuerdo firme

9.1.31 Se da lectura al informe CCP-ADM-245-2010 de la Licda. Kattia Vanesa Orozco Cedeño. Analizado el caso, se somete a votación de los Señores Directores esta solicitud. Por mayoría de votos, los Señores Directores acuerdan: Acuerdo Nº603-2010 Se aprueba la recomendación contenida en el Informe de la Comisión de Admisión CCP-ADM-245-2010, referente a la solicitud de incorporación de la Licda. Kattia Vanessa Orozco Cedeño, expediente Nº232-2010, la cual cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 30 inciso b) del Reglamento a la Ley N°1038 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

Aprobar la solicitud de incorporación al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, presentada por la Licda. Kattia Vanesa Orozco Cedeño.

Los efectos de este acto quedan condicionados al requisito de juramentación, para lo cual se instruye al Departamento de Admisión realizar los trámites necesarios para la incorporación de esta profesional en el próximo Acto Solemne de Incorporación. Comunicar a: Licda. Kattia Vanessa Orozco Cedeño Departamento de Admisión - Expediente Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme

9.1.32 Se da lectura al informe CCP-ADM-246-2010 del Lic. José Miguel Camacho Duarte. Analizado el caso, se somete a votación de los Señores Directores esta solicitud. Por mayoría de votos, los Señores Directores acuerdan:

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Acuerdo Nº604-2010 Se aprueba la recomendación contenida en el Informe de la Comisión de Admisión CCP-ADM-246-2010, referente a la solicitud de incorporación del Lic. José Miguel Camacho Duarte, expediente Nº233-2010, el cual cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 30 inciso b) del Reglamento a la Ley N°1038 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

Aprobar la solicitud de incorporación al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, presentada por el Lic. José Miguel Camacho Duarte.

Los efectos de este acto quedan condicionados al requisito de juramentación, para lo cual se instruye al Departamento de Admisión realizar los trámites necesarios para la incorporación de este profesional en el próximo Acto Solemne de Incorporación. Comunicar a: Lic. José Miguel Camacho Duarte Departamento de Admisión - Expediente Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme

9.1.33 Se da lectura al informe CCP-ADM-247-2010 del Lic. Eliécer Méndez Quesada. Analizado el caso, se somete a votación de los Señores Directores esta solicitud. Por mayoría de votos, los Señores Directores acuerdan: Acuerdo Nº605-2010 Se aprueba la recomendación contenida en el Informe de la Comisión de Admisión CCP-ADM-247-2010, referente a la solicitud de incorporación del Lic. Eliécer Méndez Quesada, expediente Nº234-2010, el cual cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 30 inciso b) del Reglamento a la Ley N°1038 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

Aprobar la solicitud de incorporación al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, presentada por el Lic. Eliécer Méndez Quesada.

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Los efectos de este acto quedan condicionados al requisito de juramentación, para lo cual se instruye al Departamento de Admisión realizar los trámites necesarios para la incorporación de este profesional en el próximo Acto Solemne de Incorporación. Comunicar a: Lic. Eliécer Méndez Quesada Departamento de Admisión - Expediente Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme

9.1.34 Se da lectura al informe CCP-ADM-248-2010 del Lic. Randall González Herrera. Analizado el caso, se somete a votación de los Señores Directores esta solicitud. Por mayoría de votos, los Señores Directores acuerdan: Acuerdo Nº606-2010 Se aprueba la recomendación contenida en el Informe de la Comisión de Admisión CCP-ADM-248-2010, referente a la solicitud de incorporación del Lic. Randall González Herrera, expediente Nº235-2010, el cual cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 30 inciso b) del Reglamento a la Ley N°1038 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

Aprobar la solicitud de incorporación al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, presentada por el Lic. Randall González Herrera.

Los efectos de este acto quedan condicionados al requisito de juramentación, para lo cual se instruye al Departamento de Admisión realizar los trámites necesarios para la incorporación de este profesional en el próximo Acto Solemne de Incorporación. Comunicar a: Lic. Randall González Herrera Departamento de Admisión - Expediente Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme.

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Acuerdo firme

9.1.35 Se da lectura al informe CCP-ADM-249-2010 del Lic. Jorge Arturo Sáenz Fernández. Analizado el caso, se somete a votación de los Señores Directores esta solicitud. Por mayoría de votos, los Señores Directores acuerdan: Acuerdo Nº607-2010 Se aprueba la recomendación contenida en el Informe de la Comisión de Admisión CCP-ADM-249-2010, referente a la solicitud de incorporación del Lic. Jorge Arturo Sáenz Fernández, expediente Nº236-2010, el cual cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 30 inciso b) del Reglamento a la Ley N°1038 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

Aprobar la solicitud de incorporación al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, presentada por el Lic. Jorge Arturo Sáenz Fernández.

Los efectos de este acto quedan condicionados al requisito de juramentación, para lo cual se instruye al Departamento de Admisión realizar los trámites necesarios para la incorporación de este profesional en el próximo Acto Solemne de Incorporación. Comunicar a: Lic. Jorge Arturo Sáenz Fernández Departamento de Admisión - Expediente Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme

9.1.36 Se da lectura al informe CCP-ADM-250-2010 del Lic. Alcides Jesús Quirós Madrigal. Analizado el caso, se somete a votación de los Señores Directores esta solicitud.

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Por mayoría de votos, los Señores Directores acuerdan: Acuerdo Nº608-2010 Se aprueba la recomendación contenida en el Informe de la Comisión de Admisión CCP-ADM-250-2010, referente a la solicitud de incorporación del Lic. Alcides Jesús Quirós Madrigal, expediente Nº237-2010, el cual cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 30 inciso b) del Reglamento a la Ley N°1038 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

Aprobar la solicitud de incorporación al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, presentada por el Lic. Alcides Jesús Quirós Madrigal.

Los efectos de este acto quedan condicionados al requisito de juramentación, para lo cual se instruye al Departamento de Admisión realizar los trámites necesarios para la incorporación de este profesional en el próximo Acto Solemne de Incorporación. Comunicar a: Lic. Alcides Jesús Quirós Madrigal Departamento de Admisión - Expediente Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme

9.1.37 Se da lectura al informe CCP-ADM-251-2010 de la Licda. Ileana Espinoza Angulo. Analizado el caso, se somete a votación de los Señores Directores esta solicitud. Por mayoría de votos, los Señores Directores acuerdan: Acuerdo Nº609-2010 Se aprueba la recomendación contenida en el Informe de la Comisión de Admisión CCP-ADM-251-2010, referente a la solicitud de incorporación de la Licda. Ileana Espinoza Angulo, expediente Nº238-2010, la cual cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 30 inciso b) del Reglamento a la Ley N°1038 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

Aprobar la solicitud de incorporación al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, presentada por la Licda. Ileana Espinoza Angulo.

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Los efectos de este acto quedan condicionados al requisito de juramentación, para lo cual se instruye al Departamento de Admisión realizar los trámites necesarios para la incorporación de esta profesional en el próximo Acto Solemne de Incorporación. Comunicar a: Licda. Ileana Espinoza Angulo Departamento de Admisión - Expediente Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme

9.1.38 Se da lectura al informe CCP-ADM-252-2010 del Lic. Israel Alexander Naranjo Brenes. Analizado el caso, se somete a votación de los Señores Directores esta solicitud. Por mayoría de votos, los Señores Directores acuerdan: Acuerdo Nº610-2010 Se aprueba la recomendación contenida en el Informe de la Comisión de Admisión CCP-ADM-252-2010, referente a la solicitud de incorporación del Lic. Israel Alexander Naranjo Brenes, expediente Nº239-2010, el cual cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 30 inciso b) del Reglamento a la Ley N°1038 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

Aprobar la solicitud de incorporación al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, presentada por el Lic. Israel Alexander Naranjo Brenes.

Los efectos de este acto quedan condicionados al requisito de juramentación, para lo cual se instruye al Departamento de Admisión realizar los trámites necesarios para la incorporación de este profesional en el próximo Acto Solemne de Incorporación. Comunicar a: Lic. Israel Alexander Naranjo Brenes Departamento de Admisión - Expediente

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Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme

9.1.39 Se da lectura al informe CCP-ADM-253-2010 de la Licda. Tania Gamboa Navarro. Analizado el caso, se somete a votación de los Señores Directores esta solicitud. Por mayoría de votos, los Señores Directores acuerdan: Acuerdo Nº611-2010 Se aprueba la recomendación contenida en el Informe de la Comisión de Admisión CCP-ADM-253-2010, referente a la solicitud de incorporación de la Licda. Tania Gamboa Navarro, expediente Nº240-2010, la cual cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 30 inciso b) del Reglamento a la Ley N°1038 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

Aprobar la solicitud de incorporación al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, presentada por la Licda. Tania Gamboa Navarro.

Los efectos de este acto quedan condicionados al requisito de juramentación, para lo cual se instruye al Departamento de Admisión realizar los trámites necesarios para la incorporación de esta profesional en el próximo Acto Solemne de Incorporación. Comunicar a: Licda. Tania Gamboa Navarro Departamento de Admisión - Expediente Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme

9.3 Solicitud con recomendación de rechazo El Lic. Joaquín Brizuela Rojas expone la solicitud de admisión con recomendación de rechazo.

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9.3.1 Se da lectura al informe CCP-ADM-254-2010 del Lic. Herberth Antonio Chaves Villalobos. Analizado el caso, se somete a votación de los Señores Directores esta solicitud. Por mayoría de votos, los Señores Directores acuerdan: Acuerdo Nº612-2010: Rechazar la solicitud de incorporación que presenta el Lic. Herbeth Antonio Chaves Villalobos al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica. Lo anterior con fundamento en el informe de la Comisión de Admisión, CCPA ADM-254-2010, dado que después de analizar las funciones presentadas por la Empresa COOCIQUE respecto a las funciones ejercidas por el Lic. Herberth Antonio Chaves Villalobos, en el puesto de Administrador de la Sucursal 3, no se logra identificar la realización de funciones financieras contables que se puedan enmarcar en el artículo 30 inciso b) del Reglamento de Incorporación al Colegio, según el párrafo II y III Se le hace saber al interesado que el presente acuerdo tiene recurso de Revocatoria con apelación en subsidio ante la Junta Directiva del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica en el Plazo de cinco días hábiles, a partir de su notificación. Notifíquese con copia del informe CCP-ADM 254-2010 Comunicar: Lic. Herberth Antonio Chaves Villalobos Departamento de Admisión

Artículo 10: Asuntos de Fiscalía 10.1 Aprobación respuesta a consulta realizada por el Despacho Carvajal y Asociados El Lic. Joaquín Brizuela Rojas señala que se hizo llegar por parte de la secretaría un borrador de respuesta elaborado por el Departamento de Fiscalía, a una consulta que planteo el Despacho Carvajal y Asociados, relacionada con criterio técnico sobre auditoría externa de los estados

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financieros de la Asociación Solidarista de Empleados de la Caja Costarricense de Seguro Social. Solicita la aprobación de los Señores Directores para enviar del texto de respuesta: Acuerdo Nº613-2010: En relación con la consulta planteada por el Despacho Carvajal y Asociados, relacionada con criterio técnico sobre auditoría externa de los estados financieros de la Asociación Solidarista de Empleados de la Caja Costarricense de Seguro Social, se acuerda responder en los siguientes términos: “SITUACIÓN PLANTEADA:

1) En 2008-2009 y 2009-2010, el Despacho Carvajal & Colegiados fueron adjudicatarios de la Auditoría Externa de la ASECCSS.

2) El 25 de agosto del 2010, ASECCSS invita al Despacho Carvajal & Colegiados a participar en un concurso para la realización de un inventario de activos fijos del Hotel & Villas Nacazcol (propiedad de ASECCSS). Este trabajo aún no había sido adjudicado a la fecha de la solicitud. CONSULTA PUNTUAL DEL DESPACHO CARVAJAL & COLEGIADOS: Conocer si existe alguna prohibición en la normativa actual que impida que nuestra firma participe y eventualmente sea adjudicada para realizar la contratación de servicios profesionales para el inventario de activos fijos en el 2010, dado que se está realizando la auditoría externa del período 2009-2010. POSIBLES AMENAZAS A LA INDEPENDENCIA:

1) Según el Apartado 100.10 del Código de Ética de IFAC puede existir una amenaza de autorevisión.

2) En el Apartado 200.5 del Código de Ética del IFAC se indica que podría darse este tipo de amenaza por: “prestar un servicio al cliente que afecte directamente sobre el tema del compromiso de aseguramiento”.

SALVAGUARDAS PARA ESTAS AMENAZAS QUE PERMITAN QUE SE PUEDA REALIZAR EL TRABAJO:

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1) En el apartado 200.12 del Código de Ética del IFAC, se indica que se puede: “utilizar diferentes equipos de socios y de trabajo con líneas separadas de cobertura para proporcionar servicios no garantizados a un cliente de confianza”.

2) En el Apartado 200.13 del Código de Ética del IFAC se indica: “involucrar a otra firma para que realice o vuelva a realizar parte del compromiso”.

3) En el Apartado 220.4 del Código de Ética del IFAC se indica: “el uso de equipos separados del compromiso” Comunicar a: Despacho Carvajal y Asociados Departamento de Fiscalía Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme 10.2 Aprobación de modificaciones al Reglamento para el tratamiento de viáticos y transporte dentro y fuera del país El Lic. Joaquín Brizuela Rojas señala que este documento fue remitido oportunamente a los Directores para su revisión y observaciones. No habiendo observaciones, los Señores Directores acuerdan:

Acuerdo Nº614-2010: Aprobar el Reglamento para el tratamiento de viáticos y transporte dentro fuera del país, quedando en los siguientes términos:

Tabla de contenido

REGLAMENTO PARA EL TRATAMIENTO DE VIÁTICOS Y REGLAMENTO PARA EL TRATAMIENTO DE VIÁTICOS Y REGLAMENTO PARA EL TRATAMIENTO DE VIÁTICOS Y REGLAMENTO PARA EL TRATAMIENTO DE VIÁTICOS Y TRANSPORTE DENTRO Y FUERA DEL PAÍSTRANSPORTE DENTRO Y FUERA DEL PAÍSTRANSPORTE DENTRO Y FUERA DEL PAÍSTRANSPORTE DENTRO Y FUERA DEL PAÍS

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Objetivo: ............................................................................................................................................................. 63 CAPÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES .................................................................................................... 63 Artículo 1º Alcance. ............................................................................................................................................ 63 Artículo 2º Definiciones ...................................................................................................................................... 63 Artículo 3º Sujetos calificados. ........................................................................................................................... 63 Artículo 4º Motivo de viaje. ................................................................................................................................. 64 Artículo 5º Asignaciones máximas. .................................................................................................................... 64 Artículo __ - Responsabilidades ......................................................................................................................... 64

CAPÍTULO II - DE LAS AUTORIZACIONES Y LIQUIDACIONES........................................................................ 64 Artículo 6° Competencia para extender autorizaciones ..................................................................................... 64 Artículo 7º Adelanto. ........................................................................................................................................... 64 Artículo 8º Formato de la liquidación de gastos. ................................................................................................ 65 Artículo 9º Presentación de cuentas. ................................................................................................................. 66 Artículo 10º Documentos que respaldan a la liquidación. .................................................................................. 67 Artículo 11º Pendientes ..................................................................................................................................... 67 Artículo 12º Obligaciones del funcionario que recibe y revisa las liquidaciones. ............................................... 67

CAPÍTULO III - DE LOS VIAJES EN EL INTERIOR DEL PAÍS............................................................................ 68 Artículo 13º Marco normativo. ............................................................................................................................ 68 Artículo 14º Limitación territorial del gasto de viaje. ........................................................................................... 68 Artículo 15º Excepciones. .................................................................................................................................. 68 Artículo 16º Tarifas en el interior del país. .......................................................................................................... 68 Artículo 17º Otras localidades. ........................................................................................................................... 68 Artículo 18º Monto de la tarifa cuando la permanencia es discontinua. ............................................................. 69 Artículo 19º Justificantes de gastos.................................................................................................................... 69 Artículo 20º Gastos de transporte durante las giras. .......................................................................................... 69 Artículo 21º Reconocimiento de gastos de mantenimiento y reparación de vehículos de la institución. ............ 69 Artículo 22º Reconocimiento de gastos cuando el lugar de destino coincide con el de su residencia o de su trabajo. .......................................................................................................................................................... 69 Artículo 23º Gastos de hospedaje en lugar distinto del destino. ........................................................................ 70 Artículo 24º Carencia de servicios en el lugar de destino. ................................................................................. 70 Artículo 25º Reconocimiento de gastos de lavado y planchado de ropa. ........................................................... 70 Artículo 26º Prestación de los servicios por parte de los entes públicos. ........................................................... 70

CAPÍTULO IV - DE LOS VIAJES AL EXTERIOR ................................................................................................. 70 Artículo 27º Marco normativo. ............................................................................................................................ 70 Artículo 28º Requisitos del acuerdo de viaje. ..................................................................................................... 70 Artículo 29º Reconocimiento de gastos de traslado. .......................................................................................... 71 Artículo 30º Tributos o cánones. ........................................................................................................................ 71 Artículo 31º Tarifas en el exterior del país. ......................................................................................................... 71 Artículo 32º Desglose de la tarifa. ...................................................................................................................... 71 Artículo 33º Escalamiento tarifario para otros funcionarios con rango de asesor. ............................................. 71 Artículo 34º Deducción de la tarifa por extensión del plazo de la misión. .......................................................... 72 Artículo 35º Gastos financiados por el órgano auspiciador. ............................................................................... 72

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Artículo 36º Reconocimiento de diferencias especiales. .................................................................................... 72 Artículo 37º Fecha de reconocimiento del gasto. ............................................................................................... 72 Artículo 38º bis. Gastos de regreso al país. ....................................................................................................... 73 Artículo 39º Regreso con posterioridad a la finalización del evento en que participó el funcionario. ................. 74 Artículo 40º Gastos por transporte marítimo o por vía férrea. ............................................................................ 74 Artículo 41º Gastos por transporte aéreo. .......................................................................................................... 74 Artículo 42º Tipo de cambio de adelantos y reintegros. ..................................................................................... 74 Artículo 43º Póliza de seguro de viajeros. .......................................................................................................... 74

CAPÍTULO V- GASTOS DE REPRESENTACIÓN OCASIONALES EN EL EXTERIOR ...................................... 74 Artículo 44º Concepto. ....................................................................................................................................... 74 Artículo 45º Casos en los que corresponde su pago. ........................................................................................ 74 Artículo 46º Fijación del monto. .......................................................................................................................... 75 Artículo 47º Liquidación. ..................................................................................................................................... 75

CAPÍTULO VI 75 OTRAS DISPOSICIONES ......................................................................................................... 75 Artículo 48º Reconocimiento de gastos conexos. .............................................................................................. 75 Artículo 49º Autorizaciones especiales. ............................................................................................................. 75

CAPÍTULO VII - GASTOS POR KILOMETRAJE .................................................................................................. 76 Artículo 50º Gastos por Kilometraje ................................................................................................................... 76

Listado de Anexos

Anexo 1 Adelanto de viáticos, transporte y otros gastos Nacionales ……………………………………………… - 16 - Anexo 2 Liquidación de viáticos, transporte y otros gastos Nacionales…………………………….....…………… - 18 - Anexo 3 Liquidación de gastos de viaje al exterior ……………………………………………………..………_…… -20- Anexo 4 Tarifas en el interior del país…………………………………………………………………………………… -22- Anexo 5 Tarifas para otras localidades en el interior del país…………………………………………………………. -26- Anexo 6 Tarifas en el exterior del país…………………………………………………………………………………… -28- Anexo 7 Tabla de gastos por kilometraje……………………………………………………………………………….... -35-

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REGLAMENTO PARA EREGLAMENTO PARA EREGLAMENTO PARA EREGLAMENTO PARA EL TRATAMIENTO DE VIÁTICOS Y L TRATAMIENTO DE VIÁTICOS Y L TRATAMIENTO DE VIÁTICOS Y L TRATAMIENTO DE VIÁTICOS Y TRANSPORTE DENTRO Y FUERA DEL PAÍSTRANSPORTE DENTRO Y FUERA DEL PAÍSTRANSPORTE DENTRO Y FUERA DEL PAÍSTRANSPORTE DENTRO Y FUERA DEL PAÍS

Segunda versión Rige a partir se su publicación en la Gaceta Nº ___ del (día) de (mes) de (año)

Objetivo:Objetivo:Objetivo:Objetivo: Actualizar los lineamentos aprobados por el Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, referente a aspectos por Gastos de viaje, transporte, de representación y kilometraje, en el desarrollo de las actividades del Colegio.

CAPÍTULO ICAPÍTULO ICAPÍTULO ICAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALESDISPOSICIONES GENERALESDISPOSICIONES GENERALESDISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1º.Artículo 1º.Artículo 1º.Artículo 1º.---- Alcance.Alcance.Alcance.Alcance. El presente Reglamento establece las disposiciones generales a que deberán someterse las erogaciones que, por concepto de gastos de viaje, de transporte, representación y kilometraje, deban realizar los miembros de la Junta Directiva, agremiados en razón de representación nacional e internacional, funcionarios, estudiantes de Contaduría Pública y otros, que en razón de representación del Colegio Contadores Públicos de Costa Rica (CCPCR), se requiera, para el cumplimiento de los objetivos de este.

Artículo 2º.Artículo 2º.Artículo 2º.Artículo 2º.---- DefinicionesDefinicionesDefinicionesDefiniciones

Para los propósitos de este reglamento se establecen las siguientes definiciones:

a. Viático : aquella suma destinada a la atención de gastos de hospedaje, alimentación (desayuno, almuerzo y cena), transporte, representación, kilometraje y cánones , efectivamente realizados, que el Colegio reconoce cuando las personas mencionadas en el artículo primero deban desplazarse en forma transitoria con el fin de cumplir con la representación asignada por el Colegio.

b. CCPCR: Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica

c. Tributos o cánones: Impuesto de salida del país, peajes y otros impuestos que se deban pagar

en virtud de un viaje.

d. Adelanto: suma total estimada para los gastos de viaje que correspondan al período de la gira, de acuerdo con las tablas incluidas en este Reglamento; así como los gastos de transporte cuando proceda.

Artículo 3º.Artículo 3º.Artículo 3º.Artículo 3º.---- Sujetos calificados.Sujetos calificados.Sujetos calificados.Sujetos calificados. Los gastos a que se refiere este Reglamento únicamente serán cubiertos a las personas indicadas en el artículo primero, cuando representen al CCPCR, como parte de su organización, en virtud de un acto válido y eficaz de investidura, otorgada de acuerdo con la ley del Colegio.

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Artículo 4º.Artículo 4º.Artículo 4º.Artículo 4º.---- Motivo de viaje.Motivo de viaje.Motivo de viaje.Motivo de viaje. Los gastos de viaje autorizados, por la autoridad competente, deben ser siempre motivados, y autorizados previamente, de acuerdo con lo dispuesto en el capítulo II, según artículo 6 de este reglamento. Artículo 5º.Artículo 5º.Artículo 5º.Artículo 5º.---- Asignaciones máximas. Asignaciones máximas. Asignaciones máximas. Asignaciones máximas. Las sumas establecidas para gastos a que se refiere este Reglamento corresponden a las máximas autorizadas. En caso de que el consumo en alguno de los rubros sea inferior al establecido, se procederá a liquidar el menor. En casos de excepción muy calificados y a juicio de la Junta Directiva, en razón de urgencia se podrá elevar el límite hasta el doble sin que se convierta en algo recurrente.

ArtíArtíArtíArtículo 6º culo 6º culo 6º culo 6º ---- ResponsabilidadesResponsabilidadesResponsabilidadesResponsabilidades. Será responsabilidad de cada órgano, los rubros a detallar:

a) Junta Directiva: a.1) Aprobar este Reglamento y las modificaciones o excepciones que puedan surgir en el futuro. a.2) Aplicar las sanciones disciplinarias en caso de incumplimiento de este Reglamento.

b) Solicitante:

b.1) Solicitar en tiempo los adelantos y sus respectivas liquidaciones. b.2) Emitir un informe de la justificación de la gira y los logros obtenidos.

c) Dirección Ejecutiva: c.1. Controlar el cumplimiento en todos sus extremos de este Reglamento. c.2. Revisar los cambios en las tarifas. d) Dirección Financiera:

d.2.Realizar las labores que le sean designadas por la Dirección Ejecutiva, y que sean acorde con sus funciones (revisión y aprobación de liquidaciones, ajuste tarifas, etc.)

CAPÍTULO IICAPÍTULO IICAPÍTULO IICAPÍTULO II

DE LAS AUTORIZACIONES Y LIQUIDACIONESDE LAS AUTORIZACIONES Y LIQUIDACIONESDE LAS AUTORIZACIONES Y LIQUIDACIONESDE LAS AUTORIZACIONES Y LIQUIDACIONES Artículo Artículo Artículo Artículo 7777°. °. °. °. ---- Competencia para extender autorizacionesCompetencia para extender autorizacionesCompetencia para extender autorizacionesCompetencia para extender autorizaciones. En el caso de viajes al interior del país, corresponderá dar las autorizaciones de éstos y del adelanto para los gastos de viaje y de transporte, la Dirección Ejecutiva, o, en su defecto, a la jefatura directa o al funcionario que designe la Junta Directiva. Artículo 8Artículo 8Artículo 8Artículo 8º.º.º.º.---- AdelantoAdelantoAdelantoAdelanto. Posteriormente a la autorización del viaje, el o los funcionarios que van a realizar el viaje deberán solicitar a la Administración el adelanto correspondiente a dicho viaje con un

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mínimo de tres días hábiles de anticipación, esto con la finalidad de asegurar el debido contenido presupuestario para los gastos respectivos. En el caso de viajes dentro del país, la solicitud de adelanto debe ser hecha por el (los) funcionario (os) o las personas señaladas en el artículo No. 1 de este reglamento que vaya (n) a salir de gira, en el formulario que para tal efecto establezca la Administración, el cual deberá contener, entre otra información la relativa a cada uno de los funcionarios, los lugares a visitar, el propósito del viaje, el período de tiempo estimado, el monto del adelanto solicitado para cada funcionario y la firma de quien autoriza el viaje. (Anexo 1 – “Adelanto de viáticos, transporte y otros gastos nacionales”). En el caso de viajes al exterior, el funcionario o las personas señaladas en el artículo No. 1 de este reglamento adjuntarán a la solicitud de adelanto, una copia de la autorización de viaje acordada por la Junta Directiva. Además, cuando el viaje responda a una invitación formulada por el ente auspiciador del evento o cuando éste financie o satisfaga la totalidad o parte de los gastos de transporte, alimentación, hospedaje u otros, deberá adjuntarse a la solicitud de adelanto, copia de dicha invitación y/o de los respectivos documentos en que conste esa participación o ayuda del organismo auspiciador. En el caso de que los gastos se cubran por el organismo auspiciador la Junta Directiva, podrá si lo considera pertinente, conceder un 10%, de la tarifa diaria asignada, en especial para que puedan destinar a gastos para atención a personas extranjeras, vinculadas con los intereses del Colegio, este aporte, en especial se asigna a los miembros de Junta, para que realicen una digna representación, los mismos no se liquidarán contra factura, a menos que estos gastos excedan este porcentaje en tal caso deberá justificar la razón, pero en ningún caso estos gastos podrán exceder el 50% de tarifa diaria asignada de acuerdo con lo estipulado en este reglamento. Ningún solicitante podrá tener más de un adelanto pendiente de liquidar en forma simultánea. Artículo Artículo Artículo Artículo 9999º.º.º.º.---- Formato de la liquidación de gastos.Formato de la liquidación de gastos.Formato de la liquidación de gastos.Formato de la liquidación de gastos. La liquidación de los gastos de viaje, de transporte y de otras erogaciones conexas, deberá hacerse detalladamente en los formularios diseñados para ese fin (Anexo 2 - “Liquidación de viáticos, transporte y otros gastos nacionales” y Anexo 3 – “Liquidación de gastos de viaje al exterior”). En ellos se deben consignar, como mínimo los siguientes datos: a) Fecha de presentación de la liquidación. ( cinco días hábiles para viajes en el país y diez días

hábiles para viajes en el extranjero, posteriores al regreso) b) Nombre, número de cédula de identidad y puesto ocupado por el servidor que realizó el gasto. División, departamento o sección que autorizó la erogación, o, cuando se trate de viajes al exterior, el acuerdo o autorización respectivo de acuerdo con el artículo No. 6. c) Motivo de la gira, con indicación clara del tipo de gestión realizada. d) Suma adelantada. e) Valor en letras de la suma gastada. f) Lugares (localidades) o países visitados, fechas, horas y lugares de salida y de regreso. g) Firmas del funcionario que realizó el viaje, del que lo autorizó y del encargado, en la unidad financiera

o de tesorería del ente, de recibir y revisar la liquidación.

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La información consignada en la liquidación de gastos de viaje y de transporte tiene el carácter de declaración jurada; o sea, de que ésta es una relación cierta de los gastos incurridos en la atención de asuntos oficiales. En el formulario de liquidación de los gastos de viaje en el interior del país (Anexo 2) debe desglosarse el importe que corresponda a desayuno, almuerzo, cena, hospedaje, transportes y combustible. Por otra parte, en el formulario de liquidación de gastos de viaje en el exterior del país (Anexo 3), deberá indicarse el tiempo que permaneció el funcionario o la persona que menciona el artículo No. 1 de este reglamento, en cada una de las ciudades y países incluidos en el viaje, así como la tarifa diaria correspondiente. Artículo Artículo Artículo Artículo 10101010º.º.º.º.---- RendiciónRendiciónRendiciónRendición de cuentas.de cuentas.de cuentas.de cuentas. El funcionario o la persona que menciona el artículo No. 1 de este reglamento que haya concluido una gira deberán presentar al regreso, el formulario de liquidación del viaje y hacer el reintegro respectivo en los casos en que proceda, para que el CCPCR pueda, luego de revisar y aprobar la liquidación: a) Pagar el gasto reconocido no cubierto por la suma adelantada. b) Pagar la totalidad del gasto reconocido, en los casos en que éste no haya retirado el respectivo

adelanto. c) Exigir el reintegro del monto girado de más, en aquellos casos en que la suma devuelta por éste no

haya sido suficiente para cubrir el monto que efectivamente le corresponde reintegrar. Para los viajes dentro del país, se otorgará un plazo máximo de cinco días hábiles posteriores al regreso, para presentar la liquidación. En el caso de los viajes al exterior el plazo establecido como máximo para la rendición de cuentas será de diez días hábiles a partir del regreso al país. Bajo ningún concepto se aceptará, al regreso de una gira, gastos de viaje y de transporte, si éstos no están debidamente autorizados según lo establece el presente Reglamento. La cancelación o posposición de una gira o viaje da lugar al reintegro de la totalidad de la suma recibida en calidad de adelanto, a más tardar el día hábil siguiente de que se le giró el dinero. En aquellos casos de viaje durante los cuales diariamente se debe atender un mismo asunto o actividad, o que en razón de ello deba permanecer regular y transitoriamente en un mismo lugar, siendo procedente el pago de viáticos, la Junta Directiva podrá autorizar por vía de excepción, la presentación de la respectiva liquidación con la periodicidad que ella determine, ya sea semanal, quincenal o a lo sumo mensualmente. El informe se deberá presentar en los cinco días hábiles adicionales al regreso del viaje. Adjunta a esta liquidación debe presentarse un informe de los resultados del viaje con el siguiente formato:

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1. INTRODUCCIÒN (ORIGEN, OBJETIVO, ALCANCE, RECURSOS FINANCICEROS, GENERALIDADES)

2. DESARROLLO (DETALLE DEL VIAJE, POR DÌAS SI ES DEL CASO O POR TEMAS O ASUNTOS TRATADOS, ANEXANDO LA INFORMACIÒN O DOCUMENTOS ENTREGADOS)

3. CONCLUSIONES 4. RECOMENDACIONES

Este informe debe ser remitido a la Junta Directiva. Artículo 11º.Artículo 11º.Artículo 11º.Artículo 11º.---- Documentos que respaldan a la liquidación. Documentos que respaldan a la liquidación. Documentos que respaldan a la liquidación. Documentos que respaldan a la liquidación. Junto con el formulario de adelanto y liquidación de viáticos y otros gastos en el interior del país, se deben presentar las facturas que de acuerdo con las disposiciones de este Reglamento así se requieran, o las que previamente se exijan. Cuando se trate de viajes al exterior, el funcionario deberá presentar el o los boletos utilizados en el viaje, (en el caso de boletos electrónicos debe de solicitarlo y presentarlo según corresponda) emitidos por las empresas de transporte internacional o sus representantes, así como el itinerario completo del viaje, debidamente extendido para el caso, donde se indique la fecha y hora local previstas de salida y de ingreso a Costa Rica y las de las escalas efectuadas en otros países. Asimismo, deberá presentar el pasaporte y fotocopia de éste, u otro documento personal de viaje, donde conste, según la autoridad competente, la fecha de salida y la de regreso a Costa Rica por el respectivo puerto de embarque y desembarque. Además debe adjuntar el informe descrito en el artículo anterior. Tienen que ser documentos originales. ArtArtArtArtículo 12º.ículo 12º.ículo 12º.ículo 12º.---- PendientesPendientesPendientesPendientes Dará efecto para que no se autorice un nuevo viaje ni se pueda girar adelanto alguno al funcionario que tuviere pendiente la liquidación del viaje anterior, excepto en aquellos casos en que no resulte posible efectuar la liquidación por la cercanía de un próximo viaje -situación que deberá ser debidamente aprobada por la Junta Directiva, en cuyo caso, las liquidaciones pendientes deberán ser presentadas dentro del término que señala el presente Reglamento. El incumplimiento en la presentación de la liquidación de gastos dentro del plazo establecido obligará a la Junta Directiva a aplicar las sanciones disciplinarias correspondientes adoptadas por la Administración. Artículo 13Artículo 13Artículo 13Artículo 13º.º.º.º.---- Obligaciones del funcionario que recibe y revisa las Obligaciones del funcionario que recibe y revisa las Obligaciones del funcionario que recibe y revisa las Obligaciones del funcionario que recibe y revisa las liquidaciones.liquidaciones.liquidaciones.liquidaciones. Son obligaciones de la Dirección Ejecutiva, a través de un funcionario que se , para que se encargue del control y cumplimiento de la liquidación de gastos de viaje en tiempo y forma, y en caso de incumplimiento informar a la Junta Directiva, en forma oportuna, para tomar las medidas correspondientes, esta obligación implica: a) Solicitar la liquidación respectiva del viaje, en tiempo y forma. b) Solicitar el reintegro de las sumas adelantadas en exceso en relación con el gasto reconocido del

viaje, en la divisa en que se entregó. c) Llevar y mantener actualizado un registro de los adelantos girados. En caso de incumplimiento en la

presentación de la liquidación de gastos, en los términos del plazo establecido en el presente

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reglamento, informar sobre el particular a la Junta Directiva, en forma inmediata al vencimiento de dicho plazo, con el propósito de que aplique las medidas correspondientes.

El incumplimiento de estas obligaciones, lo hará acreedor de las sanciones disciplinarias de acuerdo con la normativa aplicable según sea el caso.

CAPÍTULO IIICAPÍTULO IIICAPÍTULO IIICAPÍTULO III DE LOS VIAJES EN EL INTERIOR DEL PAÍSDE LOS VIAJES EN EL INTERIOR DEL PAÍSDE LOS VIAJES EN EL INTERIOR DEL PAÍSDE LOS VIAJES EN EL INTERIOR DEL PAÍS

Artículo 14Artículo 14Artículo 14Artículo 14º.º.º.º.---- Marco normativo. Marco normativo. Marco normativo. Marco normativo. Los gastos en que se incurra según el presente Reglamento cuando deban salir de gira en el interior del país, a las disposiciones del presente capítulo y demás regulaciones generales contenidas en el presente Reglamento que le sean pertinentes. Artículo 1Artículo 1Artículo 1Artículo 15555º.º.º.º.---- Limitación territorial del gasto de viaje.Limitación territorial del gasto de viaje.Limitación territorial del gasto de viaje.Limitación territorial del gasto de viaje. No podrán cubrirse gastos de viaje a los funcionarios del Colegio, cuya sede de trabajo esté ubicada dentro de la jurisdicción del Área Metropolitana de San José, Área que corresponde a la de los cantones que señala el artículo 65º de la Ley No. 4240 del 30 de noviembre de 1968 (San José, Escazú, Desamparados, Goicoechea, Alajuelita, Coronado, Tibás, Moravia, Montes de Oca y Curridabat), exceptuando en el caso del cantón de Desamparados a los distritos de Frailes, San Cristóbal y Rosario, cuando, en funciones de su cargo, deban desplazarse dentro de dicha jurisdicción territorial. Artículo 16º.Artículo 16º.Artículo 16º.Artículo 16º.---- Excepciones.Excepciones.Excepciones.Excepciones. Constituyen excepciones al artículo anterior, aquellas situaciones especiales en que, en criterio de aceptación o rechazo razonado de la Dirección Ejecutiva y aprobado por Junta Directiva, se justifique el reconocimiento y pago de viáticos, sin que se convierta en algo recurrente. Tales situaciones deben ser reguladas por el CCPCR, de manera previa, formal y general, para lo cual se deberá tener en cuenta, entre otros, los siguientes criterios: la distancia respecto del centro de trabajo, la facilidad de traslado, la prestación de servicios de alimentación y hospedaje y la importancia de la actividad a desarrollar. En cualquiera de los casos de excepción, los gastos de hospedaje deben ser justificados por el funcionario. Artículo 1Artículo 1Artículo 1Artículo 17777º.º.º.º.---- Tarifas en el interior del país.Tarifas en el interior del país.Tarifas en el interior del país.Tarifas en el interior del país. Las sumas a cobrar por los diferentes conceptos, en colones están establecidas en el Anexo 4 “Tarifas en el interior del país” Estos montos se actualizarán automáticamente con las tarifas aprobadas y publicadas en la Gaceta por la Contraloría General de la República. Los cambios deben ser revisados por la Dirección Ejecutiva. Artículo 1Artículo 1Artículo 1Artículo 18888º. º. º. º. ---- Otras localidades. Otras localidades. Otras localidades. Otras localidades. Para las localidades no incluidas en la tabla, del Anexo 4 “Tarifas en el interior del país” la Administración podrá reconocer por concepto de hospedaje los montos establecidos en el Anexo 5 “Tarifas para otras localidades en el interior del país” Estos montos se actualizarán automáticamente con las tarifas aprobadas y publicadas en la Gaceta por la Contraloría General de la República. Los cambios deben ser revisados por la Dirección Ejecutiva.

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Artículo 19Artículo 19Artículo 19Artículo 19º.º.º.º.---- Monto de la tarifa cuando la permanencia es discontinua.Monto de la tarifa cuando la permanencia es discontinua.Monto de la tarifa cuando la permanencia es discontinua.Monto de la tarifa cuando la permanencia es discontinua. En aquellos casos en que la permanencia en el lugar de destino no sea continua, la tarifa que se aplica será la que corresponda a los servicios utilizados. Para tales efectos, así como para el día en que se inicie o el día en que concluya una gira, se observarán las siguientes normas: a) Desayuno: Se reconocerá cuando la gira se inicie antes de o a las seis horas, siempre y cuando,

luego de finalizada ésta, en el caso de funcionarios del colegio, cuando continúen laborando hasta la finalización de la respectiva jornada de trabajo, en otros casos, cuando continúe en la representación o participación del CCPCR, en la actividad o evento autorizado.

b) Almuerzo: Se cubrirá cuando la partida se realice antes de las diez horas y el regreso después

de las catorce horas; sin embargo, en casos especiales, podrá ampliarse el límite de partida hasta las once horas, siempre y cuando el regreso se haya producido después de las quince horas y en el caso de los funcionarios del CCPCR, hubiesen laborado en forma continua antes de dicha partida. También se pagará si la salida ocurrió antes de las diez horas y el regreso se realizó entre las trece y las catorce horas, en el caso de funcionarios o empleados del CCPCR hubiese laborado en forma continua hasta la finalización de su jornada de trabajo.

c) Cena: Se pagará cuando la partida se realice antes de las dieciséis horas y el regreso después

de las diecinueve horas; sin embargo, en casos especiales, podrá ampliarse el límite de partida hasta las dieciocho horas, siempre y cuando el regreso se produzca después de las veintiuna horas y en el caso de funcionarios o empleados hubiese laborado en forma continua antes de su partida.

d) Hospedaje: Se reconocerá cuando se requiera pernoctar fuera de su domicilio, en razón de la gira. Artículo Artículo Artículo Artículo 20202020º.º.º.º.---- Justificantes de gastosJustificantes de gastosJustificantes de gastosJustificantes de gastos. Para el reconocimiento de gastos de hospedaje la Administración del CCPCR, por medio de su Dirección Ejecutiva, requerirá la presentación de facturas, excepto el caso previsto en que no corresponda. Los gastos de alimentación y pasajes de transporte terrestre no requerirán la presentación de la factura correspondiente, salvo en aquellos casos y oportunidades en que previamente se determine que se requieren por disposición de la Junta, Directiva o Dirección Ejecutiva. Artículo 2Artículo 2Artículo 2Artículo 21111º.º.º.º.---- Gastos de transporte durante las giras. Gastos de transporte durante las giras. Gastos de transporte durante las giras. Gastos de transporte durante las giras. Cuando el funcionario necesite utilizar los servicios de transporte público colectivo, el reconocimiento de ese pago se hará de acuerdo con las tarifas del lugar, en caso de taxistas, se deben justificar, debidamente por la persona, y queda a criterio de la Administración del CCPCR, valorar su aceptación o no, si la justificación no es procedente. Artículo 2Artículo 2Artículo 2Artículo 22222º.º.º.º.---- Reconocimiento de gastos de mantenimiento y reparación de vehículos de Reconocimiento de gastos de mantenimiento y reparación de vehículos de Reconocimiento de gastos de mantenimiento y reparación de vehículos de Reconocimiento de gastos de mantenimiento y reparación de vehículos de la institución. la institución. la institución. la institución. Los funcionarios que viajen en misión oficial, en vehículos de la institución, podrán cobrar los gastos en que ellos incurran por reparaciones menores, combustible y lubricantes, así como cualquier otra erogación relacionada con la circulación del vehículo que hayan debido realizar para el cabal cumplimiento de sus funciones. En tales casos, el reconocimiento de las cuentas solamente podrá hacerse contra la presentación de las respectivas facturas. Artículo 23Artículo 23Artículo 23Artículo 23º.º.º.º.---- Reconocimiento de gastos cuando el lugar de destino coincide con el de su Reconocimiento de gastos cuando el lugar de destino coincide con el de su Reconocimiento de gastos cuando el lugar de destino coincide con el de su Reconocimiento de gastos cuando el lugar de destino coincide con el de su residencia o de su trabajo.residencia o de su trabajo.residencia o de su trabajo.residencia o de su trabajo. Cuando el funcionario o empleado del CCPCR, deba trabajar eventualmente en el mismo lugar donde está su domicilio, no se cubrirá gasto alguno. Cuando deba

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laborar en cualquier lugar cercano a su domicilio o al lugar en que normalmente trabaja y, en ambos casos, exista facilidad de transporte, se reconocerá únicamente el gasto de traslado. Artículo 2Artículo 2Artículo 2Artículo 24444º.º.º.º.---- Gastos de hospedaje en lugar distinto del destino. Gastos de hospedaje en lugar distinto del destino. Gastos de hospedaje en lugar distinto del destino. Gastos de hospedaje en lugar distinto del destino. Cuando el gasto por el servicio de hospedaje debe realizarse durante el traslado al lugar de destino, se reconocerá la suma autorizada correspondiente para el lugar de tránsito donde ese gasto se concretó. Artículo 25Artículo 25Artículo 25Artículo 25º.º.º.º.---- Carencia de servicios en el lugar de destino.Carencia de servicios en el lugar de destino.Carencia de servicios en el lugar de destino.Carencia de servicios en el lugar de destino. Cuando alguno o algunos de los servicios previstos como alimentación, hospedaje u otros gastos menores, no exista en el lugar de destino, la Administración podrá autorizar trasladarse al lugar más cercano en que se proporcionen, sujeto a la suma respectiva autorizada para este último lugar. Además, en este último caso, deberá cubrírsele al funcionario el costo del transporte correspondiente o prestársele este servicio. Artículo 26Artículo 26Artículo 26Artículo 26º.º.º.º.---- Reconocimiento de gastos de lavado y planchado de ropa.Reconocimiento de gastos de lavado y planchado de ropa.Reconocimiento de gastos de lavado y planchado de ropa.Reconocimiento de gastos de lavado y planchado de ropa. Cuando la permanencia en una región del país sea por un lapso mayor de tres días continuos, se tendrá derecho a que a partir del sétimo día, se les reconozca el importe de lavado y planchado de ropa, mediante una tarifa fija que se determine por la Dirección Ejecutiva; o bien, mediante la presentación de facturas que contengan, entre otros datos, el nombre completo, el número de cédula, la dirección, el número telefónico y la firma de la persona o empresa responsables de suministrar el servicio. Artículo 27Artículo 27Artículo 27Artículo 27º.º.º.º.---- Prestación de los servicios por parte de los entes públicos.Prestación de los servicios por parte de los entes públicos.Prestación de los servicios por parte de los entes públicos.Prestación de los servicios por parte de los entes públicos. Los servicios de transporte, alimentación, hospedaje, lavado u otro que se reciban gratuitamente, durante las giras o viajes que realicen en cumplimiento de su gira, no podrán ser cobrados por éstos, ya sea que el servicio lo hayan recibido directamente, a través de contrataciones de éste con terceros, o bien a través de otros entes públicos o privados.

CAPÍTULO IVCAPÍTULO IVCAPÍTULO IVCAPÍTULO IV DE LOS VIAJES AL EXTERIORDE LOS VIAJES AL EXTERIORDE LOS VIAJES AL EXTERIORDE LOS VIAJES AL EXTERIOR

Artículo 28Artículo 28Artículo 28Artículo 28º.º.º.º.---- Marco normativo.Marco normativo.Marco normativo.Marco normativo. Los gastos en que se incurra por la Junta Directiva, agremiado, funcionarios u otros que deban viajar fuera del país, en cumplimiento de misiones oficiales, estarán sujetos a las disposiciones del presente capítulo, así como a las disposiciones contenidas en este Reglamento. Los gastos de hospedaje, alimentación y pasajes de transporte terrestre no requerirán la presentación de la factura correspondiente, salvo en aquellos casos y oportunidades en que por motivo especial se requiera previamente. Artículo 29Artículo 29Artículo 29Artículo 29º.º.º.º.---- Requisitos del acuerdo de viaje.Requisitos del acuerdo de viaje.Requisitos del acuerdo de viaje.Requisitos del acuerdo de viaje. Para que el Colegio de Contadores Públicos cubra los gastos de viaje al exterior, debe existir un acuerdo previo tomado por Junta Directiva en que se autorice el viaje y en donde se señale como mínimo: a) Nombre del funcionario. b) Cargo que desempeña el servidor. c) Países a visitar. d) Período del viaje. e) Objetivos del viaje.

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f) Monto del adelanto. g) Gastos autorizados(boleto aéreo, impuestos, hospedaje, alimentación, gastos de representación

máximo 10% de la tarifa por día u otros gastos menores, otros gastos como teléfono, fax, etc.) Artículo Artículo Artículo Artículo 30303030º.º.º.º.---- Reconocimiento de gastos de traslado.Reconocimiento de gastos de traslado.Reconocimiento de gastos de traslado.Reconocimiento de gastos de traslado. Se podrá reconocer gastos de traslado desde la residencia de la persona autorizada del viaje hasta la terminal de transporte y viceversa; desde la terminal de transporte de la ciudad destino del viaje hasta el hotel o sitio de hospedaje y viceversa, así como el transporte entre las ciudades. En el caso de que se utilice el vehículo propio, para trasladarse de su casa al aeropuerto y viceversa, se le reconocerá, el gasto por kilometraje. Artículo 31Artículo 31Artículo 31Artículo 31º.º.º.º.---- Tributos o cánones.Tributos o cánones.Tributos o cánones.Tributos o cánones. Adicionalmente a las sumas que se reconocen de acuerdo con lo dispuesto por los tributos o tarifas que se deben pagar en las terminales de transporte (aéreas, marítimas o terrestres). Estos gastos deberán ser debidamente justificados para que sean reconocidos. Artículo 32Artículo 32Artículo 32Artículo 32º.º.º.º.---- Tarifas en el exterior del país. Tarifas en el exterior del país. Tarifas en el exterior del país. Tarifas en el exterior del país. La suma diaria por concepto de viáticos en el exterior para sufragar gastos de hospedaje, alimentación y otros gastos menores por lavado y planchado de ropa y traslados dentro de la ciudad, se regirá por las tarifas establecidas en el Anexo 6 “Tarifas en el exterior del país” Estos montos se actualizarán automáticamente con las tarifas aprobadas y publicadas en la Gaceta por la Contraloría General de la República. Los cambios deben ser revisados por la Dirección Ejecutiva. El tipo de cambio de referencia a utilizar en la conversión de la moneda, será el establecido en la fecha del adelanto por el Banco Central de Costa Rica. Las tarifas correspondientes a países no considerados en la tabla anterior deben ser establecidas, por un estudio razonable y debidamente fundamentado por la Dirección Ejecutiva. Estas tarifas serán actualizadas como mínimo una vez al año, por medio de un estudio técnico y razonable presentado por la Dirección Ejecutiva, en donde considere fuentes como la Contraloría General de la República, Banco Interamericano de Desarrollo entre otros. Para su aprobación deberá enviarse a la Junta Directiva. Artículo 3Artículo 3Artículo 3Artículo 33333º.º.º.º.---- Desglose de la tarifa.Desglose de la tarifa.Desglose de la tarifa.Desglose de la tarifa. Cuando fuese necesario hacer un desglose de las tarifas incluidas en la tabla del artículo anterior, se asignará a cada servicio o concepto de gasto los siguientes porcentajes:

HOSPEDAJE 60% DESAYUNO 8% ALMUERZO 12% CENA 12% GASTOS MENORES(LAVADO, APLANCHADO 8%

Artículo 34Artículo 34Artículo 34Artículo 34º.º.º.º.---- Escalamiento tarifario para otros funcionarios con rango Escalamiento tarifario para otros funcionarios con rango Escalamiento tarifario para otros funcionarios con rango Escalamiento tarifario para otros funcionarios con rango dededede asesor.asesor.asesor.asesor. Se podrá reconocer la tarifa de la columna II de la tabla del Artículo 31º, a aquellos funcionarios ubicados en la columna III de esa misma tabla, cuando coincidan en el desarrollo de una determinada misión, en

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calidad de asesores directos de aquéllos, según acuerdo expreso y debidamente justificado, de la Junta Directiva. Artículo 35Artículo 35Artículo 35Artículo 35º.º.º.º.---- Deducción de la tarifa por extensión del plazo de la misión.Deducción de la tarifa por extensión del plazo de la misión.Deducción de la tarifa por extensión del plazo de la misión.Deducción de la tarifa por extensión del plazo de la misión. Cuando una misión se extienda por más de treinta días en una misma ciudad, se deducirá, a partir de la fecha de llegada a ella, un 10% de la suma diaria en cada una de las tres categorías de la tabla. Artículo 36Artículo 36Artículo 36Artículo 36º.º.º.º.---- Gastos financiados por el órgano auspiciador.Gastos financiados por el órgano auspiciador.Gastos financiados por el órgano auspiciador.Gastos financiados por el órgano auspiciador. No podrá girarse suma alguna por concepto de gastos de viaje y de transporte, si éstos son financiados por el organismo auspiciador de un cónclave, seminario o congreso, al que asistiere en su representación. En el caso de los miembros de la Junta Directiva, que viajen en representación del CCPCR, y el organismo auspiciador les otorgue estos gastos en especie, se les asignará un 10% de la tarifa como máximo por día, para atender gastos menores, como gastos de Internet, telefónicos, lavado, invitaciones a personas vinculadas a la profesión y que son de interés del CCPCR, entre otros, estos no se justificaran, excepto si el monto, no fue suficiente, en tal caso, deberá presentar la factura respectiva y su justificación. Pero en ningún caso excederá del 50% de la tarifa diaria de ese lugar. Artículo 37Artículo 37Artículo 37Artículo 37º.º.º.º.---- Reconocimiento de diferencias especiales.Reconocimiento de diferencias especiales.Reconocimiento de diferencias especiales.Reconocimiento de diferencias especiales. Cuando en razón del evento al que asistieren, la Junta Directiva, deban cubrir por concepto de hospedaje una suma superior al monto destinado a ese concepto (60%), conforme con la tarifa diaria autorizada para el lugar de que se trate, tendrán derecho al reconocimiento de esa diferencia, para tal caso deberán presentar la factura respectiva. Artículo 38Artículo 38Artículo 38Artículo 38º. º. º. º. ---- Fecha de reconocimiento del gasto.Fecha de reconocimiento del gasto.Fecha de reconocimiento del gasto.Fecha de reconocimiento del gasto. Las sumas señaladas en el presente Reglamento para gastos al exterior, se reconocerán, cuando proceda, a partir de la fecha y hora de llegada al lugar de destino: Para los viajes que inicien utilizando transporte aéreo se aplicarán los siguientes lineamientos: a) Desayuno: Se reconocerá cuando la hora de llegada al destino se produzca antes de o a las nueve

horas. b) Almuerzo: Se reconocerá cuando la hora de llegada al destino se produzca antes de o a las quince

horas. c) Cena: Se reconocerá cuando la hora de llegada al destino se produzca antes de o a las veintiuna

horas. d) Hospedaje: Cuando la hora de ingreso al hotel, ocurra entre las cero y las seis horas, el

reconocimiento de la tarifa pagada se hará contra la presentación de la respectiva factura, hasta por el monto máximo correspondiente al 60% de la tarifa diaria que establece el artículo respectivo de este Reglamento.

e) Otros gastos menores de viaje: El 8% de la tarifa diaria, correspondiente a otros gastos menores

de viaje, se reconocerá cuando el funcionario llegue a su destino antes de o a las quince horas. f) Cuando por motivo de itinerario el funcionario tenga que permanecer en tránsito por más de cuatro

horas, se le reconocerá -de acuerdo con los lineamientos dados en los incisos a), b) y c)

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anteriores- la tarifa por cada uno de los servicios que corresponda, para lo cual se aplicará el porcentaje respectivo establecido en este Reglamento.

g) Los gastos por concepto de alimentación (desayuno, almuerzo y cena) que efectivamente deba

realizar el funcionario durante el trayecto hacia el país de destino y que no correspondan a gastos en tránsito de acuerdo con el inciso f) anterior, solamente se reconocerán contra la presentación de la respectiva factura, en cuyo caso se pagará el monto que indica ésta, hasta una suma que no sobrepase el viático correspondiente al servicio en cuestión para el país en que se demande. Si tales gastos son vendidos por las empresas de transporte aéreo, para su reconocimiento (aplicación de los porcentajes) se tomará como referencia el país de destino al que se dirija el funcionario. En ningún caso se reconocerá los servicios de alimentación cuando sean servidos gratuitamente por las empresas de transporte durante el trayecto respectivo; la Administración activa será la responsable de verificar el suministro gratuito o no

Artículo 38º bis.Artículo 38º bis.Artículo 38º bis.Artículo 38º bis. Gastos de regreso al país.Gastos de regreso al país.Gastos de regreso al país.Gastos de regreso al país. El reconocimiento de los gastos de viaje para el día en que el funcionario regresa al país, cuando el arribo a Costa Rica ocurra por vía aérea, se regirá de acuerdo con los siguientes lineamientos y la aplicación de los porcentajes establecidos en el Artículo correspondiente a) Desayuno: Se reconocerá cuando la salida del país de procedencia de la gira ocurra después de o

a las once horas. b) Almuerzo: Se reconocerá cuando la salida del país de procedencia de la gira ocurra después de o

a las quince horas. c) Cena: Se reconocerá cuando la salida del país de procedencia de la gira ocurra después de o a las

veintiuna horas. d) Hospedaje: El reconocimiento de gastos de hospedaje para este día requiere de la presentación

de la factura correspondiente. En este caso se reconocerá el monto que estipule la respectiva factura para una habitación individual sin alimentación, hasta un máximo del 60% de la tarifa diaria correspondiente al país de que se trate.

e) Otros gastos menores de viaje: El 8% de la tarifa diaria, correspondiente a otros gastos menores

de viaje, se reconocerá cuando la hora de salida del país de procedencia de la gira se produzca después de o a las once horas.

f) Los gastos en tránsito relativos al regreso a Costa Rica se regulan por las mismas disposiciones

del inciso f) del artículo anterior, para lo cual se aplicará -en lo que corresponda- los incisos a), b) y c) del presente artículo.

g) Los gastos por servicios de alimentación que efectivamente deban realizar los funcionarios durante

el trayecto de regreso a Costa Rica, que no correspondan a gastos en tránsito y que no se reconozcan de acuerdo con lo establecido en los incisos a), b) y c) anteriores, se tramitarán conforme con la aplicación -en lo que corresponda- de los lineamientos dictados en el inciso g) del

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artículo anterior, para lo cual se tomará como referencia la tarifa del país de procedencia, cuando sea necesario.

Artículo 39º.Artículo 39º.Artículo 39º.Artículo 39º.---- Regreso con posterioridad a la finalización del evento en que participó el Regreso con posterioridad a la finalización del evento en que participó el Regreso con posterioridad a la finalización del evento en que participó el Regreso con posterioridad a la finalización del evento en que participó el funcionario. funcionario. funcionario. funcionario. Cuando el regreso del viaje al exterior al país, no se produzca inmediatamente después de finalizado el evento en el que participaba, por disfrutar de sus vacaciones o de un permiso especial, deberá presentar la liquidación respectiva dentro del término, acompañada de los documentos indicados y una copia del itinerario del viaje. Para los efectos del artículo anterior, las sumas que se reconozcan se determinarán tomando como base el itinerario de viaje se hubiese dado seguido bajo el supuesto de que hubiere regresado al país inmediatamente después de concluida la misión. Artículo 40º.Artículo 40º.Artículo 40º.Artículo 40º.---- Gastos por transporte marítimo o por vía férrea.Gastos por transporte marítimo o por vía férrea.Gastos por transporte marítimo o por vía férrea.Gastos por transporte marítimo o por vía férrea. En estos casos, cuando el viaje requiera más de un día y la empresa que suministra el servicio de transporte incluye en el precio los servicios de alimentación y de hospedaje, no se pagarán viáticos durante ese o esos días. Artículo 41º.Artículo 41º.Artículo 41º.Artículo 41º.---- Gastos por transporte aéreo.Gastos por transporte aéreo.Gastos por transporte aéreo.Gastos por transporte aéreo. Se cubrirá el valor del pasaje aéreo y los gastos de impuestos por el CCPCR. Artículo 42º.Artículo 42º.Artículo 42º.Artículo 42º.---- Tipo de cambio de adelantos y reintegros. Tipo de cambio de adelantos y reintegros. Tipo de cambio de adelantos y reintegros. Tipo de cambio de adelantos y reintegros. La suma que se gire en calidad de adelanto, se hará en dólares. El reintegro que se derive de la liquidación deberá hacerse en la misma moneda en que se giró el adelanto. En caso de que el adelanto haya sido insuficiente, se hará las justificaciones del caso, las cuales serán valoradas por la Junta Directiva, en cuyo caso se deberán presentar las facturas justificantes. Artículo 43º.Artículo 43º.Artículo 43º.Artículo 43º.---- Póliza de seguro de viajeros.Póliza de seguro de viajeros.Póliza de seguro de viajeros.Póliza de seguro de viajeros. El CCPCR, tendrá una póliza de seguro por enfermedad o muerte que cubrirá a los miembros de la Junta Directiva, funcionarios u otros que estén representándolos en el extranjero.

CAPÍTULO VCAPÍTULO VCAPÍTULO VCAPÍTULO V GASTOS DE REPRESENTACIÓN OCASIONALES EN EL EXTERIORGASTOS DE REPRESENTACIÓN OCASIONALES EN EL EXTERIORGASTOS DE REPRESENTACIÓN OCASIONALES EN EL EXTERIORGASTOS DE REPRESENTACIÓN OCASIONALES EN EL EXTERIOR

Artículo 44º.Artículo 44º.Artículo 44º.Artículo 44º.---- Concepto.Concepto.Concepto.Concepto. Por gastos de representación ocasionales se entiende aquellas erogaciones en que incurran miembros de la Junta Directiva u otros agremiados del CCPCR, que en función de su representación, tengan que brindar atenciones de carácter oficial a personas o instituciones, en el exterior, ajenas a la entidad que otorga la atención. Artículo 45º.Artículo 45º.Artículo 45º.Artículo 45º.---- Casos en los que corrCasos en los que corrCasos en los que corrCasos en los que corresponde su pago. esponde su pago. esponde su pago. esponde su pago. Además de las sumas que en cada caso corresponda, según tarifas autorizadas en este Reglamento, los miembros de la Junta Directivo, el Director Ejecutivo, Auditor Interno u otros que por el motivo se su representación se considere oportuno darles este gasto de representación, podrán disponer en los viajes al exterior, de una suma adicional

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para financiar otros gastos que consideren necesarios para la adecuada atención de funcionarios de otras organizaciones vinculadas con las actividades del ente público que representan, sujetos a la autorización que establece el artículo siguiente. Estas sumas también se le pueden otorgar a agremiados, estudiantes u otras personas, que el CCPCR, a través de su Junta Directiva, considere, que es importante respaldar, por que el motivo de su viaje tiene estrecha relación con los objetivos del CCPCR y existe presupuesto autorizado para tal fin. Artículo 46º.Artículo 46º.Artículo 46º.Artículo 46º.---- Fijación del monto.Fijación del monto.Fijación del monto.Fijación del monto. Este monto debe ser como máximo un 10% de la tarifa diaria, asignada en la tabla, de acuerdo con el nivel que corresponda, según el presente Reglamento, en este caso estos gastos no serán justificados con facturas. Si los mismos exceden este monto, se presentará la factura respectiva. Pero en todo caso los mismos no podrán exceder del 50% de la tarifa diaria asignada al lugar del viaje. Artículo 47º.Artículo 47º.Artículo 47º.Artículo 47º.---- Liquidación. Liquidación. Liquidación. Liquidación. Los gastos de representación se liquidaran mediante formulario “Liquidación de gastos de viaje al exterior”, diez días hábiles después de regreso al país, la administración del CCPCR, por medio de la Dirección Ejecutiva, controlará la liquidación de estos (Ver Anexo 3). Para el reconocimiento de los gastos de representación ocasionales será indispensable, la autorización previa, en el caso de que se deba presentar facturas, estás contendrá: a) Cargo y nombre de los funcionarios atendidos y de la entidad a que pertenecen. b) Nombre y firma del funcionario responsable del pago. c) Motivo de la atención. d) Clase o tipo de atención. El incumplimiento de este requisito obligará a reintegrar la suma que se hubiere girado como adelanto por ese concepto.

CAPÍTULO VICAPÍTULO VICAPÍTULO VICAPÍTULO VI OTRAS DISPOSICIONESOTRAS DISPOSICIONESOTRAS DISPOSICIONESOTRAS DISPOSICIONES

Artículo 48º.Artículo 48º.Artículo 48º.Artículo 48º.---- Reconocimiento de gastos conexos. Reconocimiento de gastos conexos. Reconocimiento de gastos conexos. Reconocimiento de gastos conexos. Los gastos conexos del evento o actividad podrán ser reconocidos. Para tales efectos se considera gastos conexos las cuotas de inscripción en el evento, el alquiler de equipo didáctico o de apoyo para hacer presentaciones o exposiciones, la adquisición o reproducción de material bibliográfico siempre que sea para entregar a la biblioteca, las llamadas telefónicas a nuestro país y los faxes, así como los gastos correspondientes al uso de servicios de Internet, vacunas para salir fuera del país, medicamentos por heridas menores, impuestos de hotel cuando no están incluidos en la tarifa. Estos gastos se pagarán únicamente contra la presentación de la (s) respectiva (s) factura (s) al momento de hacer la liquidación. Artículo 49º.Artículo 49º.Artículo 49º.Artículo 49º.---- Autorizaciones especiales. Autorizaciones especiales. Autorizaciones especiales. Autorizaciones especiales. Las situaciones excepcionales que se presenten, podrán someterse a consideración de la Junta Directiva, con el propósito de que ellos acuerden dar o no autorizaciones especiales sobre cualquier aspecto no contemplado en este Reglamento, si tales situaciones son imprevisibles.

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En el caso de consultores, expositores, personalidades que nos visiten, para impartir charlas, seminarios, u otras actividades de consultoría y capacitación y tenga que cancelárseles un viático, este no debe ser superior al nivel No.1 del artículo 31.

CAPÍTULO VIICAPÍTULO VIICAPÍTULO VIICAPÍTULO VII GASTOS POR KILOMETRAJEGASTOS POR KILOMETRAJEGASTOS POR KILOMETRAJEGASTOS POR KILOMETRAJE

ArtículoArtículoArtículoArtículo 50505050º º º º ---- Gastos por KilometrajeGastos por KilometrajeGastos por KilometrajeGastos por Kilometraje

El CCPCR, a través de su Administración reconocerá a las personas que faciliten sus vehículos, para actividades propias del CCPCR, como traslado de visitantes, como expositores, miembros de organismos afiliados, consultores, personalidades de otros países que visitan el CCPCR, o por el traslado en el interior del país en representación propia del CCPCR (por ejemplo para dar cursos de capacitación desarrollados por el CCPCR, charlas o seminarios, en los que represente al CCPCR, también por el traslado de materiales o bienes del CCPCR y que son afines a los intereses de este, porque tienen relación con sus objetivos, el pago de un Kilometraje por desplazamiento de acuerdo a los km, desplazados. Las tarifas correspondientes se ubican en el Anexo 7 “Tabla de gastos por kilometraje”. Estos montos se actualizarán automáticamente con las tarifas aprobadas y publicadas en la Gaceta por la Contraloría General de la República. Los cambios deben ser revisados por la Dirección Ejecutiva. Para que este gasto se reconozca debe liquidarse mediante, formulario “Liquidación de viáticos, transporte y otros gastos nacionales”, en donde se indiquen los siguientes datos (Anexo 2): Nombre de la persona Placa Motivo Modelo del vehículo Marca Año Kilómetros Días Autorización Fecha

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Anexo 1Anexo 1Anexo 1Anexo 1

Adelanto de Viáticos, Adelanto de Viáticos, Adelanto de Viáticos, Adelanto de Viáticos, Transporte y otros Transporte y otros Transporte y otros Transporte y otros gastos Nacionalesgastos Nacionalesgastos Nacionalesgastos Nacionales

Primera versión

Rige a partir se su publicación en la Gaceta Nº ___ del (día) de (mes) de (año)

Aprobada mediante acuerdo Nº 614-2010 de La Junta

Directiva del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, en su sesión ordinaria número 018-2010, celebrada el día 2

de noviembre del 2010.

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Anexo 2Anexo 2Anexo 2Anexo 2 Liquidación de Liquidación de Liquidación de Liquidación de

Viáticos, Transporte y Viáticos, Transporte y Viáticos, Transporte y Viáticos, Transporte y otros gastos otros gastos otros gastos otros gastos NacionalesNacionalesNacionalesNacionales

Primera versión

Rige a partir se su publicación en la Gaceta Nº ___ del (día) de (mes) de (año)

Aprobada mediante acuerdo Nº 614-2010 de La Junta

Directiva del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, en su sesión ordinaria número 018-2010, celebrada el día 2

de noviembre del 2010.

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Anexo 3Anexo 3Anexo 3Anexo 3

Liquidación de gastos Liquidación de gastos Liquidación de gastos Liquidación de gastos de viaje al Extde viaje al Extde viaje al Extde viaje al Exteriorerioreriorerior

Primera versión

Rige a partir se su publicación en la Gaceta Nº ___ del (día) de (mes) de (año)

Aprobada mediante acuerdo Nº 614-2010 de La Junta

Directiva del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, en su sesión ordinaria número 018-2010, celebrada el día 2

de noviembre del 2010.

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Anexo 4Anexo 4Anexo 4Anexo 4

Tarifas en el Interior Tarifas en el Interior Tarifas en el Interior Tarifas en el Interior del Paísdel Paísdel Paísdel País

Primera versión

Rige a partir se su publicación en la Gaceta Nº ___ del (día) de (mes) de (año)

Aprobada mediante acuerdo Nº 614-2010 de La Junta

Directiva del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, en su sesión ordinaria número 018-2010, celebrada el día 2

de noviembre del 2010.

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Tarifas en el Interior del PaísTarifas en el Interior del PaísTarifas en el Interior del PaísTarifas en el Interior del País

ITEM CONCEPTO

JUNTA DIRECTIVA MIEMBROS DE COMITES DEL COLEGIO,

CONTADORES PUBLICOS CUANDO IMPARTEN CURSOS PARA EL CCPCR, SIN REMUNERACIÒN

CUANDO SON ASESORES EXTERNOS, AL COLEGIO, SIN REMUNERACIÒN

DIRECTORES AUDITOR JEFES

1 DESAYUNO 3.000 3.000

2 AL MUERZO 4.800 (Gaceta Nº 103- 28 mayo, 2010) 4800

3 CENA 4.800 4800

4 HOSPEDAJE (1)

(1) En el caso de hospedaje se utilizara la tabla siguiente, para la columna II y III, en el caso de la

columna I, si es insuficiente, para una adecuada representación, se reconocerá la diferencia, contra la

presentación de la factura respectiva. En el caso que dos personas representantes del Colegio, asistan al

mismo evento, y estén financiadas por recursos del Colegio, y están se puedan hospedar en la misma

habitación, el costo o porcentaje correspondiente se dividirá en partes iguales y una adjuntará los

documentos originales y la otra fotocopia de estos.

Hospedaje: según la localidad de que se trate, de acuerdo con las siguientes disposiciones y tabla:

HOSPEDAJE

I II Provincia/Cantón

Localidad R-DC-26-2009 – Gaceta Nº 85 del 5 de mayo de

2009 SAN JOSÉ San José Área Metropolitana1 25.000 Tarrazú San Marcos 9.000 Dota Santa María 9.000 Pérez Zeledón San Isidro de El General 12.500

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ALAJUELA Alajuela Alajuela 17.500 San Ramón San Ramón 11.000 Grecia Grecia 14.500 Orotina Orotina 14.000 San Carlos Ciudad Quesada 12.000 Pital 8.500 La Fortuna 15.000 Santa Rosa de Pocosol 7.700 Alfaro Ruiz Zarcero 11.500 Valverde Vega Sarchí Norte 12.000 Upala Upala 9.500 Los Chiles Los Chiles 11.500 Guatuso San Rafael 8.800 CARTAGO Cartago Cartago 17.500 Turrialba Turrialba 10.500 HEREDIA Heredia Heredia 16.000 Sarapiquí Puerto Viejo 14.000 La Virgen 6.800 Colonia Victoria 7.500 Finca 6 (Río Frío) 5.500 GUANACASTE Liberia Liberia 20.000 Nicoya Nicoya 13.500 Santa Cruz Santa Cruz 13.500 Bagaces Bagaces 7.500 Guayabo 9.000 Fortuna 10.500 Carrillo Filadelfia 10.000 Cañas Cañas 12.500 Abangares Las Juntas 10.000 Tilarán Tilarán 11.000 Nandayure Ciudad Carmona 8.000 La Cruz La Cruz 12.500 Hojancha Hojancha 5.500 PUNTARENAS Puntarenas Puntarenas 18.000 Jicaral 8.000 Paquera 11.500

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Monteverde 12.500 Cóbano 11.000 Tambor 14.000 Esparza Esparza 11.500 Buenos Aires Buenos Aires 9.400 Montes de Oro Miramar 7.000 Osa Puerto Cortés 6.000 Palmar Norte 12.500 Aguirre Quepos 18.500 Golfito Golfito 18.000 Puerto Jiménez 12.000 Río Claro 11.000 Coto Brus San Vito 11.500 Sabalito 7.700 Parrita Parrita 11.000 Corredores Ciudad Neilly 15.000 Canoas 12.000 Garabito Jacó 23.000 LIMON Limón Limón 18.500 Pococí Guápiles 12.000 Cariari 8.500 Siquirres Siquirres 12.000 Talamanca Bribrí 7.500 Sixaola 9.000 Cahuita 12.500 Puerto Viejo 16.000 Matina Batán 10.500 Guácimo Guácimo 9.000

Fuente: Contraloría General de la República, y Banco Interamericano de Desarrollo

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Anexo 5Anexo 5Anexo 5Anexo 5

Tarifas para otras Tarifas para otras Tarifas para otras Tarifas para otras localidades en el localidades en el localidades en el localidades en el Interior del PaísInterior del PaísInterior del PaísInterior del País

Primera versión

Rige a partir se su publicación en la Gaceta Nº ___ del (día) de (mes) de (año)

Aprobada mediante acuerdo Nº 614-2010 de La Junta

Directiva del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, en su sesión ordinaria número 018-2010, celebrada el día 2

de noviembre del 2010.

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Tarifas para otras localidades en el Interior del PaísTarifas para otras localidades en el Interior del PaísTarifas para otras localidades en el Interior del PaísTarifas para otras localidades en el Interior del País

a) Una suma diaria máxima de ¢15.100 contra la presentación de la respectiva factura.

b) Una suma diaria máxima de ¢3.800 sin la presentación de la factura.

R-DC-26-2009 – Gaceta Nº 85 del 5 de mayo de 2009

Anexo 6Anexo 6Anexo 6Anexo 6 Tarifas en el Exterior Tarifas en el Exterior Tarifas en el Exterior Tarifas en el Exterior

del Paísdel Paísdel Paísdel País Primera versión

Rige a partir se su publicación en la Gaceta Nº ___ del (día) de (mes) de (año)

Aprobada mediante acuerdo Nº 614-2010 de La Junta

Directiva del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, en su sesión ordinaria número 018-2010, celebrada el día 2

de noviembre del 2010.

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Tarifas en Tarifas en Tarifas en Tarifas en el Exterior del Paísel Exterior del Paísel Exterior del Paísel Exterior del País

Destino JUNTA DIRECTIVA

DIRECTOR EJECUTIVO, SUB-DIRECTORES O JEFES DE

DEPARTAMENTOS AUDITOR INTERNO OTROS CONTADORES PÙBLICOS

MIEMBROS DE COMITES DEL COLEGIO ESTUDIANTES

CONTADORES PUBLICOS QUE

REPRESENTEN AL COLEGIO

I II III

EUA $ EUA $ EUA $

Alemania 424 353 300

Algeria 478 398 338

Angola 316 263 224

Anguila

Del 15 de abril al 15 de diciembre 266 222 189

Del 16 de diciembre al 14 de abril 316 263 224

Antigua y Barbuda 355 296 252

Arabia Saudita 284 237 201

Argentina 358 298 253

Aruba Del 15 de abril al 15 de diciembre 284 237 201 Del 16 de diciembre al 14 de abril 358 298 253 Australia 376 313 266

Austria 385 321 273

Bahamas

Del 21 de abril al 19 de diciembre 329 274 233

Del 20 de diciembre al 20 de abril 367 306 260

Bahréin 304 253 215

Barbados

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Del 16 de abril al 15 de diciembre 280 233 198

Del 16 de diciembre al 15 de abril 306 255 217

Benín 240 200 170

Bélgica 515 429 365

Belice 254 212 180

Bermudas

Del 15 de marzo al 30 de noviembre 258 215 183

Del 1 de diciembre al 14 de marzo 179 149 127

Bhután 155 129 110

Bolivia 144 120 102

Bonaire Del 15 de abril al 15 de diciembre 373 311 264 Del 16 de diciembre al 14 de abril 457 381 324 Bosnia y Herzegovia 185 154 131 Botswana 215 179 152

Brasil 372 310 264

Bulgaria 218 182 155

Burkina Faso 242 202 172

Burundi 242 202 172

Cabo Verde 311 259 220

Camboya 154 128 109

Camerún 233 194 165

Canadá 390 325 276

Chad 455 379 322

Chile 211 176 150

Chipre 301 251 213

Colombia 317 264 224

Comores 202 168 143

Costa de Marfil 234 195 166

Croacia 256 213 181

Cuba 280 233 198

Curazao Del 15 de abril al 15 de diciembre 296 247 210 Del 16 de diciembre al 14 de abril 329 274 233

Dinamarca 424 353 300

Djibouti 186 155 132

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Dominica 211 176 150

Ecuador 238 198 168

Egipto 230 192 163

El Salvador 254 212 180

Emiratos Árabes Unidos 421 351 298

Eritrea 116 97 82

Eslovaquia (República Eslovaca) 389 324 275

Eslovenia 348 290 247

España 498 415 353 Estados Unidos de América 385 321 273

Estonia 320 267 227

Etiopía 162 135 115

Federación Rusa 636 530 451

Filipinas 220 183 156

Finlandia 380 317 269

Fiyi 311 259 220

Francia 446 372 316

Gabón 360 300 255

Gambia 278 232 197

Ghana 116 97 82

Granada

Del 16 de abril al 14 de diciembre 263 219 186

Del 15 de diciembre al 15 de abril 302 252 214

Grecia 433 361 307

Guadalupe 259 216 187

Guatemala 220 183 156

Guinea 193 161 137

Guinea Ecuatorial 328 273 232

Guinea Bissau 278 232 197

Guyana 224 187 159

Haití 312 260 221

Honduras 185 154 131

Hong Kong 370 308 262

Hungría 326 272 231

India 234 195 166

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Indonesia 192 160 136

Irán 263 219 186

Irlanda 444 370 315

Islandia

De mayo a setiembre 421 351 298

De octubre a abril 342 285 242

Islas Caimán

Del 1 de mayo al 30 de noviembre 427 356 303

Del 1 de diciembre al 30 de abril 478 398 338

Israel 244 203 173

Italia 473 394 335

Jamaica 257 214 182

Japón 396 330 281

Jordania 287 239 203

Kenia 293 244 207

Laos 90 75 64

Lesotho 158 132 112

Letonia 238 198 168

Líbano 275 229 195

Liberia 259 216 184

Libia 228 190 162

Lituania 335 279 237

Luxemburgo 347 289 246

Madagascar 210 175 149

Malasia 222 185 157

Mlawi 110 92 78

Mali 360 300 255

Malta 377 314 267

Marruecos 215 179 152

Martinica 270 225 191

Mauricio 299 249 212

Mauritania 268 223 190

México 350 292 248

Mónaco 359 299 254

Montenegro 360 300 255

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Mozambique 211 176 150

Myanmar 108 90 77

Namibia 175 146 124

Nicaragua 193 161 137

Niger 196 163 139

Nigeria 182 152 129

Noruega 431 359 305

Nueva Zelanda 324 270 230

Países Bajos 475 396 337

Pakistán 115 96 82

Panamá 274 228 194

Paraguay 138 115 98

Perú 256 213 181

Polonia 314 262 223

Portugal 420 350 298

Puerto Rico

Del 1 de mayo al 19 de diciembre 461 384 326

Del 20 de diciembre al 30 de abril 547 456 388

Qatar 370 308 262

Reino de Tonga 222 185 157

Reino Unido 505 421 358

República Centroafricana 203 169 144

República Checa 358 298 253

República de Corea 434 362 308

República de Yemen 164 137 116

República del Congo 234 195 166

República Democrática del Congo 162 135 115

República Dominicana 223 186 158

República Popular de China 253 211 179

Ruanda 202 168 143

Rumania 282 235 200

San Cristóbal y Nevis

Del 15 de abril al 14 de diciembre 245 204 173

Del 15 de diciembre al 14 de abril 266 222 189

San Juan (St. John - Islas Vírgenes Americanas)

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Del 15 de abril al 14 de diciembre 313 261 222

Del 15 de diciembre al 14 de abril 389 324 275

San Martín (Saint Martin - St. Maarten)

Del 15 de abril al 15 de diciembre 334 278 236

Del 16 de diciembre al 14 de abril 418 348 296

San Vicente y las Granadinas

Del 15 de abril al 14 de diciembre 271 226 192

Del 15 de diciembre al 14 de abril 307 256 218 Santa Cruz (St. Croix - Islas Vírgenes Americanas)

Del 15 de abril al 14 de diciembre 272 227 193

Del 15 de diciembre al 14 de abril 341 284 241

Santa Lucía

Del 15 de abril al 14 de diciembre 232 193 164

Del 15 de diciembre al 14 de abril 284 237 201

Santo Tomás (St. Thomas - Islas Vírgenes Americanas)

Del 15 de abril al 14 de diciembre 414 345 293

Del 15 de diciembre al 14 de abril 492 410 349

Santo Tomé y Príncipe 144 120 102

Senegal 308 257 218

Serbia 251 209 178

Seychelles 340 283 241

Sierra Leona 155 129 110

Singapur 448 373 317

Somalia 103 86 73

Sudáfrica 176 147 125

Sudán 199 166 141

Suecia 488 407 346

Suiza 403 336 286

Surinam 217 181 154

Swazilandia 180 150 128

Tailandia 263 219 186

Taiwán 352 293 249

Tanzania 169 141 120

Trinidad y Tobago 371 309 263

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Togo 284 237 201

Túnez 215 179 152

Turquía 175 146 124

Uganda 232 193 164

Uruguay 209 174 148

Venezuela 412 343 292

Vietnam 127 106 90

Zambia 199 166 141

Zimbabwe 241 201 171 Cambios de a cuerdo a R-DC-92-2009 del 19 de noviembre de 2009.

Anexo 7Anexo 7Anexo 7Anexo 7 Tabla de gastos por Tabla de gastos por Tabla de gastos por Tabla de gastos por

KilometrajeKilometrajeKilometrajeKilometraje

Primera versión Rige a partir se su publicación en la Gaceta Nº ___ del (día)

de (mes) de (año)

Aprobada mediante acuerdo Nº 614-2010 de La Junta Directiva del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, en su sesión ordinaria número 018-2010, celebrada el día 2

de noviembre del 2010.

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TTTTabla de gastos por Kilometrajeabla de gastos por Kilometrajeabla de gastos por Kilometrajeabla de gastos por Kilometraje

Antigüedad del vehículo en años

Vehículo rural (1)

Vehículo liviano (2)

Motocicleta

Gasolina Diesel Gasolina Diesel A (3) B (4) 0 248,80 232,40 150,20 204,10 174,80 50,25 1 221,40 204,65 136,15 182,40 157,55 47,95 2 205,65 188,55 128,15 169,90 147,65 46,75 3 196,80 179,35 123,75 162,95 142,10 46,30 4 192,15 174,30 121,55 159,30 139,25 46,30 5 190,00 171,80 120,65 157,65 138,00 46,30 6 189,35 170,75 120,55 157,20 137,65 46,30 7 183,20 164,20 117,55 152,30 133,85 46,30 8 177,80 158,45 114,95 148,10 130,55 46,30 9 173,15 153,40 112,75 144,40 127,65 46,30

10 y más 169,10 149,00 110,85 141,25 125,15 46,30

1 Quedan incluidos dentro de la categoría de vehículos rurales, los que cumplan simultáneamente con los siguientes tres requisitos:

• Que su carrocería sea tipo rural, familiar o “pick up”. • Que su motor sea de más de 2200 (dos mil doscientos) centímetros cúbicos. • Que sea de doble tracción.

2 Todos los vehículos que no clasifiquen dentro de la categoría rural descrita en el punto anterior y que no sean motocicletas, se clasifican como vehículos livianos.

3 Vehículos con motor de hasta 1600 (mil seiscientos) centímetros cúbicos. 4 Vehículos con motor de más de 1600 (mil seiscientos) centímetros cúbicos.

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Comunicar a: Diario Oficial La Gaceta Asesoría Legal Interna Departamento de Fiscalía Dirección Ejecutiva Dirección Financiera Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme Artículo 11: Asuntos de Directores 11.1.1 La Licda Olga Bolaños Montero manifiesta que de acuerdo con el Reglamento de la Junta Directiva, a la secretaría le corresponde coordinar la elaboración de la Memoria Anual. Al respecto, converso con el Lic. Gustavo Flores Oviedo quien le indicaba que la Junta Directiva debe presentar los informes anuales de labores respectivos ante la Asamblea, en realidad la memoria es otro tipo de documento. El Lic. Gustavo Flores Oviedo solicita a los Directores y a la Administración que se realice la elaboración de los resúmenes ejecutivos de todas las actividades en que ha participado la Junta Directiva, las representaciones y demás eventos. Se debe coordinar la presentación de éstos con los diferentes departamentos del Colegio: Admisión, Desarrollo Profesional, Asesoría Legal Interna, Dirección Ejecutiva, Fiscalía. Analizado el tema los Señores Directores acuerdan por unanimidad: Acuerdo Nº615-2010: Para los efectos de la elaboración y presentación del informe anual de labores de la Junta Directiva, a cargo de la Presidencia, se solicita a los diferentes departamentos administrativos del Colegio, la presentación del resumen ejecutivo de actividades Dichos informes ejecutivos deben ser remitidos a la Licda. Olga Bolaños Montero, Secretaria de la Junta Directiva, en un plazo al 30 de noviembre del 2010. Comunicar a: Dirección Ejecutiva Departamento de Admisión Asesoría Legal Interna Desarrollo Profesional Departamento de Fiscalía

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Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme

11.1.2 La Licda. Olga Bolaños Montero informa que ha avanzado en el trabajo que está realizando sobre le estrategia de NIIF para Pymes, le ha solicitado Gustavo Fallas Jiménez, MBA trabajar en una oficina del Colegio dos días por semana para adelantar este trabajo. El Lic. Gustavo Flores Oviedo le recomienda trabajar en la oficina designada a la Presidencia 11.2.1 El Lic. Carlos Castro Umaña comenta del esfuerzo realizado en el viaje a Panamá, se da el compromiso para facilitar el materia., mejorarlo y presentar al público la definición de NIIF para Pymes, la idea es que este sea el inicio de un avance sostenido. Los días 9 y 10 de noviembre del 2010, se realizará el Seminario de NIIF para Pymes, en el Hotel Barceló San José Palacio

Artículo 12: Asuntos de Presidencia 12.1 Informe Cumbre de las Americas El Lic. Gustavo Flores Oviedo manifiesta que oportunamente se hizo llegar a cada Directivo una copia del informe final del Congreso Cumbre de las Américas 2010, realizado del 16 al 20 de agosto del 2010, elaborado por la Empresa Comunicación Expresiva. Destaca el alcance que se tuvo en una actividad con la participación de 24 países representados con delegaciones muy importantes desde Argentina hasta Venezuela y 455 asistentes al evento. Afortunadamente, en el informe no se consigna el hecho de los ingresos, no hay suma de los aportes que nosotros hemos generado, esto significa que al Colegio, en el momento que se termine todo el proceso de cobro, eventualmente lo que tenemos contabilizado, es dinero que tiene que volver a las arcas del Colegio. De igual forma, el Colegio se libera de cualquier compromiso. Cuando la Junta Directiva aprobó en todos los extremos la elaboración del tema de l cumbre de las Américas, eso conllevaba un compromiso, se firmó el contrato, el cual no podía ser firmado por el Instituto de Auditores Internos (IAI), porque los Estatutos de Asociación Interamericana

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de Contabilidad (AIC), hablan muy claro que el organismo patrocinador de cada país es el responsable ante ellos, en este caso es el Colegio. En este momento el IAI de sus recursos está pagando hoteles, contratos, a la empresa comunicación expresiva y gestionando los pagos con el sector público, dando un tiempo al 30 de noviembre del 2010, para girar esos pagos. El Lic. Arturo Baltodano Baltodano consulta porqué el sector público no ha cancelado, si más bien ya tuvo que haber agotado el presupuesto anual, ¿no es una mala gestión de cobro? El Lic. Gustavo Flores Oviedo indica que esto es una situación de cada institución no podría responder esa consulta, sin embargo se compromete a remitir un correo al IAI, con la inquietud sobre el estatus de la gestión de cobro. La Licda. Olga Bolaños Montero comenta que como miembro del Comité Organizador de la Cumbre de las Américas, no ha tenido a la vista el contrato que se firmo, según entiende existe una cláusula que señala que hay un compromiso de participación de AIC en ingresos brutos, particularmente quisiera que tuviéramos alguna certeza de que efectivamente el Colegio no tiene ningún compromiso. Agrega que el tema de congresos es muy complejo y éste se realizó con el IAI, por lo que es importante dejar todo claro para la posteridad, así como el tema de la liquidación financiera final. El Lic. Gustavo Flores Oviedo considerando la inquietud planteada, se compromete a solicitar al AIC una carta oficial del Presidente, donde ratifique el cumplimiento de todo por parte del Colegio y cuando se tenga la liquidación final que sea conocida por la Junta Directiva

12.2 Informes anuales El Lic. Gustavo Flores Oviedo señala que este punto se analizo en el artículo 11, punto 11.1.1, de esta sesión Artículo 13: Asuntos de Dirección Ejecutiva

El Lic. Gustavo Flores Oviedo recomienda en virtud de la hora, que se analicen y aprueben únicamente los casos de reincorporación y exoneración, los demás puntos de la Dirección Ejecutiva, agendarlos para la próxima sesión ordinaria de la Junta Directiva. APROBADO POR UNANIMIDAD 13.1 Solicitudes de reincorporación, exoneración y condonación:

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13.1.1 Gustavo Fallas Jiménez, MBA presenta solicitud de reincorporación del Lic. Brily Sruh Rodríguez, CPA 3493 Conocida y discutida la solicitud, los Señores Directores por unanimidad acuerdan

Acuerdo Nº616-2010: Aprobar la re-incorporación del Lic. Brily Sruh Rodríguez, CPA Nº3493 como miembro activo del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, a partir de la firmeza del presente acuerdo, en el entendido que continuará pagando las cuotas extraordinarias, hasta completar la misma cantidad de cuotas que todos los colegiados cancelan. Devolver el Sello Blanco en caso de estar depositado en las oficinas del Colegio y cumplir con los trámites necesarios para que el Lic. Brily Sruh Rodríguez, disponga del “Libro de Servicios Profesionales” conforme lo establece la normativa vigente. Se recomienda al interesado llevar capacitación de los módulos que imparte el Colegio de Contadores Públicos ya sea en NIIF (Normas Internacional de Información Financiera) o NIA´s (Normas Internacionales de Auditoria) con la finalidad de que mantenga su actualización profesional, dado el tiempo que tiene de estar retirado de la profesión. Comunicar a: Lic. Brily Sruh Rodríguez Departamento de Fiscalía Expediente Personal Dirección Ejecutiva Sección de Cobros Departamento Financiero Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme 13.1.2 Gustavo Fallas Jiménez, MBA presenta solicitud de reincorporación de la Licda. Gretell Elizondo Jara, CPA 5199 Conocida y discutida la solicitud, los Señores Directores por unanimidad acuerdan

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Acuerdo Nº617-2010: Aprobar la re-incorporación de la Licda. Gretell Elizondo Jara, CPA Nº5199 como miembro activo del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, a partir de la firmeza del presente acuerdo, en el entendido que continuará pagando las cuotas extraordinarias, hasta completar la misma cantidad de cuotas que todos los colegiados cancelan. Devolver el Sello Blanco en caso de estar depositado en las oficinas del Colegio y cumplir con los trámites necesarios para que la Licda. Gretell Elizondo Jara, disponga del “Libro de Servicios Profesionales” conforme lo establece la normativa vigente. Se recomienda a la interesada llevar capacitación de los módulos que imparte el Colegio de Contadores Públicos ya sea en NIIF (Normas Internacional de Información Financiera) o NIA´s (Normas Internacionales de Auditoria) con la finalidad de que mantenga su actualización profesional, dado el tiempo que tiene de estar retirada de la profesión. Comunicar a: Licda. Gretell Elizondo Jara Departamento de Fiscalía Expediente Personal Dirección Ejecutiva Sección de Cobros Departamento Financiero Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme 13.1.3 Gustavo Fallas Jiménez, MBA presenta solicitud de exoneración por invalidez del Lic. Juan José Obregón Vega, CPA 1626 Conocida y discutida la solicitud, los Señores Directores por unanimidad acuerdan Acuerdo Nº618-2010 Exonerar del pago de la cuota de colegiatura al Lic. Juan José Obregón Vega, CPA 1626, a partir del 1º de noviembre del 2010, por razones de salud señaladas en oficio del Consejo Médico Forense, que en lo que

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interesan concluye que “don Juan José sí está incapacitado en forma absoluta y permanente para realizar labores…”.

Se le hace saber al interesado que esta exoneración no incluye la Póliza Colectiva de Vida, la cual deberá continuar cancelando mensualmente en las oficinas del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica. Comunicar a: Lic. Juan José Obregón Vega Departamento de Fiscalía Dirección Ejecutiva Departamento de Cobros Dirección Financiera Expediente personal Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme. Acuerdo firme 13.1.4 Gustavo Fallas Jiménez, MBA presenta solicitud de exoneración del Lic. Milton Azofeifa Gómez, CPA 340 Conocida y discutida la solicitud, los Señores Directores por unanimidad acuerdan Acuerdo Nº619-2010 Exonerar del pago de la cuota de colegiatura al Lic. Milton Azofeifa Gómez, CPA 340, a partir del 1º de noviembre del 2010, quien cumple con el requisito de edad, de conformidad con el artículo 24 de la Ley Nº1038. Se le hace saber al interesado que esta exoneración no incluye la Póliza Colectiva de Vida, la cual deberá continuar cancelando mensualmente en las oficinas del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica. Comunicar a: Lic. Milton Azofeifa Gómez Departamento de Fiscalía Dirección Ejecutiva Departamento de Cobros Dirección Financiera Expediente personal Por votación unánime los Señores Directores disponen que este acuerdo quede en firme.

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Acuerdo firme *13.1.5 Solicitud de excepción de pago del Lic. Armando Madrigal Sánchez, CPA 4516

*13.2 Representantes del Colegio ante la Asamblea de Trabajadores del Banco Popular *13.3 Estudio de Salarios *13.4 Perfil de Auditor (medio tiempo o completo) *13.5 Desarrollo del Plan Estratégico 2011-2016 *13.6 Acuerdo para disponer de fondos generados para compra de Aires Acondicionados, según solicitud de Fiscalía memo FIS-MEN-220-2010 *13.7 Firma de convenios UMCA, Centro Canadiense y Centro Cultural Costarricense Norteamericano. * Puntos para agendar en la próxima sesión ordinaria de Junta Directiva

El Lic. Gustavo Flores Oviedo solicita ratificar la aprobación en firme de todos los acuerdos tomados en esta sesión. APROBADO

No habiendo más asuntos por tratar, al ser las veintidós horas con treinta minutos se levanta la sesión.

Lic. Gustavo Flores Oviedo Licda. Olga Bolaños Montero Presidente Secretaria