Cohecho Propio/ Impropio/ Especifico

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LOS DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION PÚBLICA CORRUPCION DE FUNCIONARIOS A LA LUZ DEL LOS ARTICULOS 393º - 394º -395º, DEL CODIGO PENAL EN SU TITULO XVIII CAPITULO II SECCION IV COHECHO PASIVO PROPIO/ COHECHO PASIVO IMPROPIO/COHECHO ESPECIFICO Alumno: Zanelli Arce, Pablo Cesar Fecha Expo. 10 de Nov 2009 Pablo Cesar Zanelli Arce

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Trabajo Desarrollado en la Catedra de Dº Penal IV , Delitos Contra la Adm. PUblica

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Page 1: Cohecho Propio/ Impropio/ Especifico

LOS DELITOS CONTRA LA

ADMINISTRACION PÚBLICA

CORRUPCION DE FUNCIONARIOS A

LA LUZ

DEL LOS ARTICULOS 393º - 394º -395º,

DEL CODIGO PENAL EN SU TITULO

XVIII CAPITULO II SECCION IV

COHECHO PASIVO PROPIO/ COHECHO

PASIVO IMPROPIO/COHECHO

ESPECIFICO

Alumno: Zanelli Arce, Pablo Cesar

Fecha Expo. 10 de Nov 2009

Pablo Cesar Zanelli Arce

Page 2: Cohecho Propio/ Impropio/ Especifico

Delitos Contra la Administración Pública

INDICE

Introducción…………………………………………………………………………………………………………………4

Cohecho Pasivo Propio

Sujetos

Activo…………………………………………………………………………………………………………………………..6

Pasivo…………………………………………………………………………………………………………………………..5

Bien Jurídico Protegido…………………………………………………………………………………………………6

Tipicidad Objetiva

Formulas Corruptoras………………………………………………………………………………………6

Comportamientos Tipicos…………………………………………………………………………………7

Tipicidad Subjetiva…………………………………………………………………………………………….………10

Tentativa……………………………………………………………………………………………………………………10

Consumación………………………………………………………………………………………………………..……10

Participación………………………………………………………………………………………………………………11

Concurso Ideal de Delitos…………………………………………………………………………………………..11

Penalidad……………………………………………………………………………………………………………………11

Cohecho Pasivo Impropio

Activo ……………………………………………………………………………………………………………………….12

Pasivo…………………………………………………………………………………………………………………………12

Bien Jurídico Protegido………………………………………………………………………………………………12

Tipicidad Objetiva

Cohecho Antecedentes………………………………………………………………………………………………13

Cohecho Subsecuente………………………………………………………………………………………………..13

Medios Corruptores…………………………………………………………………………………………………..13

Tipicidad Subjetiva…………………………………………………………………………………………………..…13

Tentativa……………………………………………………………………………………………………………………13

Pablo Cesar Zanelli Arce 2

2

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Delitos Contra la Administración Pública

Consumación……………………………………………………………………………………………………………..13

Penalidad…………………………………………………………………………………………………………………..14

Cohecho Pasivo Específico Propio del Magistrado, Arbitro, Fiscal, Miembro del

Tribunal Administrativo, Perito o análogo

Sujetos

Activo…………………………………………………………………………………………………………………………14

Pasivo…………………………………………………………………………………………………………………………14

Bien Jurídico Protegido………………………………………………………………………………………………15

Tipicidad Objetiva

Tipicidad Subjetiva……………………………………………………………………………………………………..15

Tentativa……………………………………………………………………………………………………………………16

Consumación……………………………………………………………………………………………………………..16

Penalidad……………………………………………………………………………………………………………………26

Anexos

Bibliografía

Pablo Cesar Zanelli Arce 3

3

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Delitos Contra la Administración Pública

INTRODUCCION

En el presente trabajo

desarrollamos las conductas

delictivas que atentan contra el

correcto funcionamiento de la

administración pública del

Estado Peruano, dentro de las

figuras que contempla nuestro

código penal para el cohecho

propio, Impropio y especifico;

por ello en aras de lograr un

mejor comprensión ha sido

necesario dilucidar algunos

conceptos , así siguiendo al

maestro Luis Bramont Arias ,

hemos definido a la

administración publica como

“El complejo de funciones

ejercidas por los organos

estatales en la consecución de

bienes colectivos”, para el caso

del funcionario y servidor

publico , hemos seguido la guía

que establece el Art 425 del

código penal, en lo que

respecta a la corrupción desde

la perspectiva del plan nacional

de lucha contra la corrupción y

ética ciudadana que señala “la

corrupción tiene lugar cuando

una persona articulados referidos

a los delitos de cohecho ya en su

versión propia e impropia sufrieron

una obligada de manera moral o

legalmente hacia un interés

ajeno (público y privado),

incumple su obligación en aras

de un interés propio o de

terceros” en el caso

del cohecho. Francesco

Carrara, afirmaba, en una ya

clásica definición, que el

cohecho consiste en la “venta

que de un acto perteneciente a

sus funciones, y que por regla

general debería ser gratuito, le

hace un funcionario público a

una persona privada”11

En la parte de las ultimas

modificaciones que agravaron

las penas de estos artículos

cabe mencionar la

promulgación de la ley 23855

durante el gobierno del ex

presidente Alejandro Toledo en

concordancia a la Convención

Interamericana contra la

Corrupción de 1996 suscrita en

caracas, que busco uniformizar

Pablo Cesar Zanelli Arce 4

4

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Delitos Contra la Administración Pública

a nivel global la legislación

penal ante el aumento del

fenómeno de corrupción

político, económico, judicial,

administrativo que vivimos

Para el desarrollo del tema se

trabajo tomado en cuenta el

esquema proporcionado por el

docente de la cátedra de

Derecho Penal IV Dr. Alberto

Toro Castro , así como , el del

Dr. Fidel Rojas Vargas en su

obra “ Delitos Contra la

Administración Publica 2007” ,

consultando además medios del

Internet tales como : Adecuación

de la Legislación Penal Nacional a

la Convención Interamericana

contra la Corrupción, El Plan

nacional de lucha contra la

Corrupción y Ética Ciudadana-

2007, Aproximación al delito de

Cohecho1 de Guillermo Oliver C ,

los cuales debido a la cantidad de

paginas que ostentan no fueron

impresos , sino colocados en el Cd

que adjuntamos .

COHECHO PASIVO PROPIO

Pablo Cesar Zanelli Arce 5

5

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Cohecho Pasivo Propio

Cohecho Pasivo Propio

Delitos Contra la Administración Pública

El funcionario o servidor publico, hace

u omite realizar actos contrarios a los

deberes funcionales contemplados en

la ley, normas administrativas o

reglamentos, a cambio de aceptar,

recibir donativo, promesa o cualquier

otra ventaja o beneficio

I. SUJETOS

1.1 ACTIVO

Sujeto calificado.

El funcionario o servidor publico en

ejercicio legal de sus funciones con

relación funcional en razón de su

cargo.

1.2 PASIVO

Aunándonos a la línea considerada por

el Dr. Fidel Rojas para este tipo de

delitos, donde se considera dos

categorías dentro del sujeto pasivo, un

genérico que será siempre el Estado

Peruano y un especifico que puede ser

la institución estatal directamente

afectada, como por ejemplo el Poder

Judicial, el Ministerio del Interior, en

este caso quien asume la defensa del

Estado en un juicio son los

procuradores públicos de cada sector.

II. BIEN JURIDICO PROTEGUIDO

La imparcialidad1 y el correcto

funcionamiento de la administración

publica, que tiene que ver en el

desenvolvimiento de las funciones y

servicios por parte de los sujetos

públicos, lo que se expresa en la

necesidad de asegurar un marco ideal

caracterizado por la ausencia de

interferencias en la adopción de las

decisiones públicas

III. TIPICIDAD OBJETIVA

1 Supone neutralidad y objetividad en el tratamiento de asuntos sometidos a su conocimiento o en los que intervenga en despliegue de sus roles especiales.

Pablo Cesar Zanelli Arce 6

6

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Delitos Contra la Administración Pública

3.1 VERBOS RECTORES:

1. Acepte2 : El funcionario o

servidor publico sin solicitar ,

admite o demuestra

complacencia, conformidad

ante la propuesta del extranets

en la entrega o promesa u

oferta de bienes con valor

patrimonial ( dinero, bienes,

muebles, inmuebles , títulos

valores, etc.), así como de

ventajas patrimoniales o no

patrimoniales presentes o

futuras, para obtener

prestaciones ilícitas

2. Solicita: Es el acto de pedir ,

pretender , requerir una

entrega ventaja o beneficio o

promesa de entrega ilícita , para

realizar en cambio un acto en

ejercicio de su cargo ; para este

tipo de acción en el delito solo

basta que el agente solicite

( unilateral)

3. Recibe: Aquí el funcionario o

servidor publico de manera

directa incluye , incorpora el

medio corruptor a su

patrimonio, no requiriendo para

la configuración el poder de

dispocion del mismo

4. Condiciona : requerimiento

imperioso mediante el

forzamiento indebido de la

voluntad del agraviado

3.2 FORMULAS CORRUPTORAS

3.2.1 Donativo.- Dentro de esta

categoría englobamos a los

bienes tanto muebles e

inmuebles (arte, licores finos,

automóviles), dinero. La

aceptación jurídico – penal de

donativo no tiene sinonimia con

la donación entendida civilmente,

pues posee un espectro más

amplio de usos cometidos.

La calidad del donativo

penalmente relevante tiene que

ver con su poder objetivo para

mover o motivar la voluntad o

actos del funcionario hacia una

conducta deseada y que resulta

2 Forma de mera actividad , por lo cual no se requiere que el agente infractor obtenga físicamente el donativo o goce de la ventaja o beneficio

Pablo Cesar Zanelli Arce 7

7

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Delitos Contra la Administración Pública

provechosa para el que otorga o

promete.

3.2.2 Promesa.- ofrecimiento hecho a

funcionario o servidor de efectuar

la entrega de un donativo o la

concesión de ventaja o beneficio,

la cual debe reunir caracteres de

seriedad y posibilidad.

No ingresan en este campo las

promesas imposibles de cumplir

de contenido fantástico, así como

las promesas vagas e imprecisas,

las simuladas y carentes de fuerza

motivadora; el contenido de la

promesa puede ser muy variado o

de sentido amplio.

3.2.3 Ventaja.- Otorga un privilegio no

merecido (o no lo suficiente) al

funcionario publico puede ser

patrimonial o no patrimonial,

materiales o subjetivas

(honores, investiduras, etc.)

3.2.4 Beneficio.- Provecho o utilidad

personal obtenida de modo ilícito por

el agente

3.3 COMPORTAMIENTOS TIPICOS

3.3.1 Primera Modalidad: Acepte o

reciba donativo, promesa o

cualquier otra ventaja o

beneficio para realizar un acto

en violación de sus

obligaciones .

Siguiendo a Bernal Pinzon quien

señala que debe existir una

vinculación entre la aceptación

del medio corruptor y el acto que

se espera realice el funcionario3,

así en supuestos en los que el

sujeto publico acepte el dinero o

los tome sin que tenga

conocimiento de cual es la

motivación o direccionamiento

de dicho ofrecimiento o entrega,

mas allá de que el caso

constituya un ilícito

administrativo o pueda adquirir

tipicidad de un delito patrimonial

es atípico para el delito de

cohecho pasivo.

Para delimitar las obligaciones a

las que se refiere el tipo es

necesario recurrir a los ámbitos

3 BERNAL PINZON, Delitos Contra la administración publica, cit. p.128

Pablo Cesar Zanelli Arce 8

8

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Delitos Contra la Administración Pública

de competencia (roles,

funciones, etc.) del cargo,

empleo del funcionario o

servidor publico, señalados en

la ley, normas administrativas y

reglamentos

a.1) Primera variante del primer

supuesto delictivo: aceptar o

recibir donativo, promesa,

cualquier ventaja o beneficio

para omitir un acto en violación

de sus obligaciones

En este supuesto el tercero

busca la no realización de los

actos funcionales de los que se

halla obligado a realizar el

funcionario o servidor , como el

rehusamiento, el retardo o la

realización de actos distintos a

los debidos,

a.1) Segunda variante del

primer supuesto delictivo:

aceptar o recibir donativo,

promesa, cualquier ventaja o

beneficio a consecuencia de

haber faltado a ellas

(obligaciones)

El funcionario o servidor publico

antes ha practicado (realizado u

omitido) , de recibir el medio

corruptor determinados actos de

su función o cargo que han

implicado un faltamiento a sus

deberes.

b) Segunda Modalidad: Solicitar

directa o indirectamente,

donativo, promesa, o cualquier

otra ventaja o provecho para

realizar u omitir un acto en

violación de sus obligaciones o a

consecuencia de haber faltado a

ellas

Aquí se involucra directamente la

voluntad del funcionario o

servidor, pues es el quien toma

la iniciativa de requerir el

donativo, ventaja o beneficio al

tercero, para cumplir un acto

administrativo, es un dato

característico para subsumirse al

tipo el dejar intacta la opción de

negarse del destinatario, pues de

no ser así cabria otro tipo penal

como por ejemplo el de la

extorsión.

Pablo Cesar Zanelli Arce 9

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Page 10: Cohecho Propio/ Impropio/ Especifico

Delitos Contra la Administración Pública

c) Tercera Modalidad:

Condicionar la conducta

funcional derivada del cargo o

empleo a la entrega o promesa

de donativo o ventaja.

El funcionario o servidor somete

a precio sus deberes funcionales

o de servicio que se haya

obligado a realizar, de modo que

si el afectado cumple con la

condición puesta el agente

ejercerá recién sus funciones.

Se perfecciona con el simple acto de

condicionar o hacer depender la

función o el acto de servicio de la

entrega o promesa de donativo o

ventaja para el servidor o funcionario

publico

IV. TIPICIDAD SUBETIVA

Necesariamente doloso, es decir el

funcionario o servidor público conoce

los electos del tipo en juego.

Dolo Directo4 : Para las

conductas en donde se

solicita y condiciona

Dolo Eventual5: Cuando el

Agente recibe o acepta

V. TENTATIVA

Inacabada6: cuando el agente recibe

(delitos de resultado)

VI. CONSUMACION

De Simple Actividad y Peligro:

Cuando el agente acepta

donativo, promesa o cualquier

otra ventaja o beneficio para

realizar un acto u omisión en

violación de sus obligaciones, se

consuma con la complacencia

(aceptación) del funcionario o

servidor público

Delito de Resultado: Cuando el

agente recibe el donativo

promesa o cualquier otra

ventaja o beneficio para realizar

4 La realización del tipo es precisamente la que el autor persigue, denominado intención o propósito5 El sujeto cuenta con la posibilidad de la producción del resultado 6 Se presenta cuando el agente , según su representación de los hechos, entiende haber realizado todos los actos necesarios para que se consume el delito faltando solo la producción del resultado , sin embargo, este no se produce por la propia intervención voluntaria del autor , aquí concurre el desistimiento que se presenta cuando el autor abandona voluntariamente, la ejecución. Según su representación de los hechos, él considera que no ha hecho lo que tenia que hacer para consumar el delito y decide voluntariamente interrumpir la ejecución.

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Delitos Contra la Administración Pública

un acto u omisión en violación

de sus obligaciones,

Aquí para la consumación se

hace necesaria la entrega y

toma del donativo o del

aprovechamiento del agente de

la concesión de la ventaja

De Simple Actividad: Cuando el

agente solicita donativo,

promesa o cualquier otra

ventaja o beneficio para realizar

un acto u omisión en violación

de sus obligaciones o a

consecuencia de haber faltado a

ellas, se consuma con el acto de

solicitar no importando la

complacencia o negativa del

destinatario

De Simple Actividad: Cuando el

agente condiciona donativo,

promesa o cualquier otra

ventaja o beneficio para realizar

un acto u omisión en violación

de sus obligaciones

VII. PARTICIPACION

Autoria Mediata: Personas de las que

se vale el funcionario o servidor para

actuar en un contexto de acción

(asistentes, practicantes)

El destinatario de la solicitud no puede

ser reputado ni como autor ni como

cómplice del delito de cohecho pasivo

propio; para el caso de los funcionarios

y servidores que carecen de

competencia funcional para practicar u

omitir los actos requeridos por el

concurrente, pueden concurrir como

cómplices de cohecho del funcionario

competente

VIII. CONCURSO DE DELITOS

Puede presentarse concusión (art

382º), estafa (art 196º) y trafico de

influencias (art 400 º) puede asimismo,

producirse un concurso real entre

cohecho pasivo propio y cohecho

pasivo impropio.

IX. PENALIDAD

Penas privativas de la libertad según la

variante:

A.- De 5 a 8 años de pena privativa de

la libertad e inhabilitación conforme al

art 36 (incisos 1 y 2 ) del código penal

Pablo Cesar Zanelli Arce 11

11

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COHECHO PASIVO IMPROPIOCOHECHO PASIVO IMPROPIO

Delitos Contra la Administración Pública

cohecho pasivo propio mediante

aceptar y recibir

B.- De 6 a 8 años de pena privativa de

la libertad e inhabilitación conforme al

art 36 (incisos 1 y 2 ) del código penal

cohecho pasivo propio mediante

solicitud

C.- De 8 a 10 años de pena privativa de

la libertad e inhabilitación conforme al

art 36 (incisos 1 y 2 ) del código penal

cohecho pasivo propio mediante

condicionamiento.

Se configura este tipo cuando el agente

(funcionario o servidor público) se

limita a acepta, recibir (actitud

pasiva) , solicitar o condicionar (actitud

activa) al tercero el medio corruptor

de valor patrimonial o no patrimonial,

para hacer un acto dentro de su

función o servicio establecidos en la

ley o reglamentos ( de conformidad

con el Derecho)7

I. SUJETOS

ACTIVO

El funcionario o servidor público que

ejercita actos propios de su

competencia por el cargo función o

empleo.

PASIVO

El Estado Peruano de manera genérica

y específicamente la institución que

resulte afectada

II. BIEN JURIDICO PROTEGUIDO

El funcionamiento normal y

correcto de la Administración

Pública, a través de la rectitud,

honestidad y probidad de los

servidores públicos en el ejercicio

de sus funciones y deberes

III. TIPICIDAD OBJETIVA

El sujeto activo no quebranta ninguna

norma legal ni reglamentaria que sea

inherente a sus funciones o

atribuciones del cargo o empleo.

7 Se trata de actos de incompatibilidad reñidas con la ética, el prestigio y la gratuidad de la función y el servicio publico.

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Delitos Contra la Administración Pública

3.1 Cohecho Antecedente: Sin

razón que justifique legalmente su

acción el agente activo acepta,

recibe o solicita donativo, promesa

o ventaja para cumplir con sus

funciones o servicios inherentes a

su cargo

3,2 Cohecho Subsecuente: El

funcionario o servidor recibe el

donativo o ventaja después de

haber cumplido ya con sus actos de

función o empleo.

3.3 Elemento finalistico : para

practicar

3.4 Medios Corruptores:

Donativo

Promesa,

Cualquier ventaja

(ventaja indebida)

Beneficio indebido.

a) Practicar un acto propio de su cargo

sin faltar a su obligación.

Acto netamente comisivo, el acto que

se señala debe corresponder al normal

y regular ejercicio de sus funciones o

servicios.

Acto propio del cargo:

Determinado por la ley,

reglamento o delegación

superior y competente.

Sin faltar a su obligación;

funciones o servicios que tiene

establecidos realizar en la ley o

reglamentos

III. TIPICIDAD SUBJETIVA

Para la configuración se requiere una

actitud de dolo directo por parte del

agente activo en el momento de

solicitar,

IV TENTATIVA

La tentativa es admisible según los

actos del sujeto, activo sean

fragmentarios en las modalidades

comitivas, siendo mas viable en la

hipótesis de resultado.

V. CONSUMACION

5.1 Mera Actividad.

Pablo Cesar Zanelli Arce 13

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Delitos Contra la Administración Pública

Al aceptar se consuma con la

simple complacencia del sujeto

activo

Al solicitar, se consuma con el

simple acto de petición

5.2 Resultado

En el momento de recibir , se

consuma al momento de la

entrega o concesión efectiva del

medio corruptor

VI. PENALIDAD

De 4 a 6 años de pena privativa de

libertad e inhabilitación (inciso 1 y 2

del articulo 36 del código penal)

Cohecho pasivo impropio simple

antecedente y consecuente.

De 5 a 8 años de pena privativa de

libertad e inhabilitación (inciso 1 y 2 del

articulo 36 del código penal)

COHECHO PASIVO ESPECÍFICO PROPIO

DE MAGISTRADO ÀRBITRO, FISCAL

MIEMBRO DEL TRIBUNAL

ADMINISTRATIVO, PERITO O

ANALOGO

I. SUJETO ACTIVO

1.1 Magistrados en actividad funcional

JUECES

Paz

Primera Instancia

Del Tribunal Constitucional

Pablo Cesar Zanelli Arce 14

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Delitos Contra la Administración Pública

VOCALES

Superiores

Supremos

Suplentes

Interinos

Provisionales

FISCALES

Supremo

Superior

Provincial

De Prevención del delito

2.- Miembros del Tribunal

Administrativo8

Titulares

Suplentes

Provisionales

Extraordinarios

8 Entidades de administración de justicia civil no jurisdiccional, cuyas decisiones pueden ser impugnadas en vía judicial (o jurisdiccional)

3.- Peritos Oficiales

4.- Los árbitros Oficiales (No ingresan

aquí los designados por las partes)

5.- Otros análogos (autoridades de las

comunidades campesinas y nativas)

PASIVO

El Estado Peruano.

II. BIEN JURIDICO PROTEGUIDO

Preservar la regularidad en la correcta

administración de justicia en los

ámbitos jurisdiccional y administrativo,

III. TIPICIDAD OBJETIVA

El tipo penal se refiere a la decisión de

un asunto que deba ser tratado por el

agente activo, al cual se halla vinculado

a su conocimiento desarrollando actos

como “incluir resoluciones menores ,

decisiones sustantivas:

comparecencias, medidas de embargo,

mandatos de detención, concesión de

libertades provisionales, apelaciones,

inhabilitaciones, laudos arbitrales,

dictámenes periciales, archivamientos

Pablo Cesar Zanelli Arce 15

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Page 16: Cohecho Propio/ Impropio/ Especifico

Delitos Contra la Administración Pública

de procesos, dictámenes fiscales,

decisiones administrativas,

resoluciones del tribunal

constitucional”9, por el cual acepta,

recibe o solicita el medio corruptor

IV. TIPICIDAD SUBJETIVA

Dolo directo, el cual y según el tipo

penal requiere además del elemento

subjetivo a “sabiendas”, ello supone

que el sujeto actúa convencido de las

injusticia de sus actos y con

conocimiento pleno de sus

pretensiones.

V. TENTATIVA

Es posible de existir fragmentariedad

en los actos ejecutivos.

VI. CONSUMACION

Simple Actividad: Acepta y solicita

De resultado: Recibir

VII. PENALIDAD

9 ROJAS VARGAS, Fidel. Delitos Contra la Administración Pública. 4ta Ed. Grijley 2004 Pág. 728

De 6 a 15 años de pena privativa de

libertad, inhabilitación10 conforme a los

incisos 1 y2 del artículo 36 del código

penal y de 180 a 365 días multa

De 8 a 15 años de pena privativa de la

libertad, inhabilitación conforme a los

incisos 1y 2 del artículo 36 del código

penal y 365 a 700 días multa

10 Comprende la privación de la función , cargo empleo o comisión de carácter publico; la incapacidad para obtener mandato, cargo , empleo o comisión de carácter publico

Pablo Cesar Zanelli Arce 16

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Delitos Contra la Administración Pública

CONCLUSIONES:

La necesidad de frenar el avance de

las criminalidad organizada a alto nivel ,

mejor conocido como los delitos de

cuello blanco , ha propiciado por parte

de los gobiernos de turno la utilización

del derecho penal como mecanismo de

represión de aquellas conductas que

ponen en peligro o lesiona el

desarrollo de una administración

publica proba y eficientes , pero mas

allá de castigar al funcionario, servidor,

juez, fiscal etc. , por su actuar fuera del

los limites de la honestidad y las buenas

practicas en su rol profesional , no

existe una estrategia de política

preventiva organizada y constante que

haga posible sentar las bases para la

construcción de una cultura de practica

de valores, lo que se busca aquí es solo

castigar a un hombre cuyo proceso de

aprendizaje desde sus inicios se ha visto

plagado de actos de corrupción

Entonces no creemos que dando un rol

protagónico al derecho penal

desvinculando así por completo de su

finalidad de última ratio, sea la

solución. Si lo que verdaderamente se

busca es la protección de una correcta

administración, es preciso fomentar un

trabajo desde los primeros momentos

de la educación, hay que invertir en

educar para no gastar en reformar.

Pablo Cesar Zanelli Arce 17

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Page 18: Cohecho Propio/ Impropio/ Especifico

Delitos Contra la Administración Pública

BIBLIOGRAFIA

ROJAS VARGAS, Fidel. Delitos Contra la

Administración Pública. 4ta Ed. Grijley

2004

BERNAL PINZON, Delitos Contra la

administración publica,

Ministerio de Justicia” Plan Nacional de

Lucha Contra la Corrupción 2007”

OLIVER, Guillermo, “Aproximaciones al

delito de Cohecho. Revista Jurídica –

Bolivia 2004

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Delitos Contra la Administración Pública

Anexos

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