Código deontológico para profesionales de la Comunicación en ...

21
Actas – IV Congreso Internacional Latina de Comunicación Social – IV CILCS – Universidad de La Laguna, diciembre 2012 ISBN-13: 978-84-15698-06-7 / D.L.: TF-969-2012 Página 1 Actas on-line: http://www.revistalatinacs.org/12SLCS/2012_actas.html Código deontológico para profesionales de la comunicación, en Nuevo León Dr. Jesús Morales León, Dr. Sergio Manuel de la Fuente Valdez y M.C. Lucinda Sepúlveda García [email protected], [email protected], [email protected] Resumen: Después de hacer una investigación de la Ética de los Comunicadores en Nuevo León (2004 – 2011) y como parte de la sociedad, he encontrado evidencias de negligencia, de irresponsabilidad, de falta de objetividad, de veracidad y de respeto a los valores éticos-morales. Hay desprecio también a las disposiciones legales, tanto de la Constitución Mexicana como de los reglamentos, que regulan las actividades comunicativas. Esto lo constatamos en casos concretos así como con las opiniones de expertos y de profesionales de la comunicación en diferentes especialidades. Las conclusiones del análisis de los hechos y de los comentarios de los expertos conscientes de estas situaciones, nos prueba que el problema de las transgresiones a la ética, por parte de los comunicadores en el estado, es un problema verdaderamente serio. Esto motiva incredibilidad e incertidumbre en los responsables de ser puentes de la información entre la realidad y la sociedad, daña el crédito público de los medios e impacta negativamente sobre la cultura, los referentes morales y los valores de la propia población. En virtud de los resultados de la investigación, que confirman nuestra premisa sobre la necesidad de que los comunicadores nuevoleoneses dispongan de regulaciones en lo que respecta a su conducta ético-moral se fundamenta esta Propuesta de bases teórico-metodológicas para un modelo de código de normas deontológicas que pudiera ser elaborado por las asociaciones, colegios o agrupaciones de comunicadores de la región a fin de contribuir a fortalecer la responsabilidad social de los comunicadores nuevoleoneses. Palabras clave: violencia, ética, deontología, código deontológico, comunicador profesional

Transcript of Código deontológico para profesionales de la Comunicación en ...

Actas – IV Congreso Internacional Latina de Comunicación

Social – IV CILCS – Universidad de La Laguna, diciembre 2012

ISBN-13: 978-84-15698-06-7 / D.L.: TF-969-2012 Página 1

Actas on-line: http://www.revistalatinacs.org/12SLCS/2012_actas.html

Código deontológico para profesionales de

la comunicación, en Nuevo León Dr. Jesús Morales León, Dr. Sergio Manuel de la Fuente Valdez y M.C. Lucinda Sepúlveda García [email protected], [email protected], [email protected]

Resumen: Después de hacer una investigación de la Ética de los Comunicadores en Nuevo León (2004 – 2011) y como parte de la sociedad, he encontrado evidencias de negligencia, de irresponsabilidad, de falta de objetividad, de veracidad y de respeto a los valores éticos-morales.

Hay desprecio también a las disposiciones legales, tanto de la Constitución Mexicana como de los reglamentos, que regulan las actividades comunicativas. Esto lo constatamos en casos concretos así como con las opiniones de expertos y de profesionales de la comunicación en diferentes especialidades.

Las conclusiones del análisis de los hechos y de los comentarios de los expertos conscientes de estas situaciones, nos prueba que el problema de las transgresiones a la ética, por parte de los comunicadores en el estado, es un problema verdaderamente serio.

Esto motiva incredibilidad e incertidumbre en los responsables de ser puentes de la información entre la realidad y la sociedad, daña el crédito público de los medios e impacta negativamente sobre la cultura, los referentes morales y los valores de la propia población.

En virtud de los resultados de la investigación, que confirman nuestra premisa sobre la necesidad de que los comunicadores nuevoleoneses dispongan de regulaciones en lo que respecta a su conducta ético-moral se fundamenta esta Propuesta de bases teórico-metodológicas para un modelo de código de normas deontológicas que pudiera ser elaborado por las asociaciones, colegios o agrupaciones de comunicadores de la región a fin de contribuir a fortalecer la responsabilidad social de los comunicadores nuevoleoneses.

Palabras clave: violencia, ética, deontología, código deontológico, comunicador profesional

Actas – IV Congreso Internacional Latina de Comunicación

Social – IV CILCS – Universidad de La Laguna, diciembre 2012

ISBN-13: 978-84-15698-06-7 / D.L.: TF-969-2012 Página 2

Actas on-line: http://www.revistalatinacs.org/12SLCS/2012_actas.html

1.- Introducción

En los últimos años, nuestra País, y especialmente algunos estados del norte, han vivido una escala de violencia. Además, los medios de comunicación nos proporcionan diariamente información de asuntos relacionados con conductas bochornosas, de hechos de escándalo, soborno, fraude, robo, negligencia, no sólo en el gobierno, sino también en la iniciativa privada, en las actividades deportivas, educativas, religiosas, sociales, culturales o artísticas.

El deterioro en el comportamiento moral ha afectado todas las dimensiones humanas con consecuencias lamentables para la sociedad. Desde luego que estos hechos lastiman seriamente a nuestra sociedad y han generado un impacto severo en la sociedad, pero hay otra violencia que ha estado constante desde hace muchos años: la violencia de los mismos medios de comunicación.

Al terminar un milenio e iniciar otro, muchos comunicadores y entidades de la información están en el centro de los debates en torno a la ética y la deontología debido a sus conductas irresponsables: Lo mismo son periodistas, publicistas y medios de comunicación, por difundir mensajes sin fundamento o por errores que dañan la imagen y reputación de personas inocentes o por utilizar medios deshonestos e ilegales para obtener y/o difundir información.

Ante estos hechos cada vez menos aislados, y que ya son parte de la forma de trabajar de muchos medios de comunicación y de las actividades de comunicadores en las organizaciones públicas y privadas, se registran algunos esfuerzos de legisladores de administraciones federales pasadas y actuales quienes han presentado propuestas de reformas constitucionales para regular la actividad de los profesionales de esta especialidad.

Por coyunturas principalmente políticas se han relegado su análisis y formalización legal. Quizá esta regulación jurídica contribuiría en alguna medida a resolver el problema de irresponsabilidad, pero faltaría otro aspecto fundamental como es el de la formación de una conciencia para actuar conforme a los valores deontológicos por parte de los comunicadores.

En México hay esfuerzos aislados que se dirigen a proponer normas deontológicas que contribuyan a hacer conciencia acerca de la responsabilidad ética en la función comunicativa; sin embargo, otros opinan que ello puede atentar contra la libertad de expresión. Ante esta situación, como maestros universitarios y comunicadores se nos plantea el insoslayable deber de participar activamente en la búsqueda de un mundo mejor.

Ser parte de esta sociedad implica una obligación moral no sólo de actuar con plena responsabilidad, sino también de proponer alternativas que puedan contribuir a la creación de condiciones dignas para el desarrollo pleno de los seres humanos.

Esta investigación se plantea como objetivo fundamental el sistematizar la información en torno a la Deontología de la Comunicación mediante el análisis de datos contextuales, el quehacer profesional, la opinión de expertos y comunicadores y la experiencia personal para y, en consecuencia, presentar una propuesta teórico-metodológica para un código de normas deontológicas

Actas – IV Congreso Internacional Latina de Comunicación

Social – IV CILCS – Universidad de La Laguna, diciembre 2012

ISBN-13: 978-84-15698-06-7 / D.L.: TF-969-2012 Página 3

Actas on-line: http://www.revistalatinacs.org/12SLCS/2012_actas.html

que regulen, desde esta óptica, la actividad profesional de los comunicadores de Nuevo León.

2.- Fundamentos teórico-metodológicos

La ética y la deontología están muy relacionadas, sin embargo no son lo mismo como algunos autores los consideran. La primera es o debe ser fundamento axiológico de las normas. Los valores éticos son presentados a la sociedad de manera abstracta y general, además están sujetas al fuero interno de las personas y éstas los asumen en la medida de su convicción personal; en cambio, la deontología establece las normas que respondan a realidades concretas propias del carácter de cada profesión y acordadas por las personas que pertenecen a esas asociaciones en alguna actividad laboral para que los miembros se conduzcan conforme a ellos.

En la ética la satisfacción o remordimiento es interno, aunque en algunos casos la sociedad también juzga estos comportamientos; en la deontología la sanción es aplicada por la asociación a que pertenece y que acepta voluntariamente cumplir con sus responsabilidades. El objetivo en ambas es lograr la interiorización de las disposiciones establecidas a fin de lograr el comportamiento por una convicción personal más que por una presión externa.

La deontología es más dinámica que los principios éticos debido a que busca resolver situaciones que enfrentan los miembros propios del ambiente laboral en que se desenvuelven. La primera expresa los valores éticos que son universales y generales de manera concreta y práctica para atender una situación específica en su actuar profesional. La ética es la línea medular de la deontología como lo afirma Barroso Asenjo: “la deontología debe estar fundamenta en la Ética” (1985:22).

La palabra deontología viene de dos palabras griegas: �������, que significa deber y �����, que significa tratado o estudio. Este término fue creado por Jeremy Bentham (1748-1832). Para el moralista y jurisconsulto, el fin de la vida es el placer buscado inteligentemente considerando también el interés colectivo, ya que afirmaba según Vargas Montoya (1990:45) “es una aritmética cuyas cifras son las penas y los placeres: suma, resta, multiplica y divide, y en eso consiste toda su ciencia”.

En la actualidad, la deontología es concebida en un doble sentido. En un significado amplio Desantes Guanter (1973:43) la define como: “La ciencia que está constituida por todas las normas éticas objetivas para una colectividad profesional, sea cualquiera el grado de positivación a que hayan llegado: normas legales en su distinta cualidad jerárquica; normas estatutarias de las organizaciones profesionales; normas convencionales incorporadas o no a convenios colectivos de trabajo; costumbres, principios de general aceptación” según lo señala Barroso Asenjo (1985:35).

Otros autores son más concretos ya que la consideran como los derechos y obligaciones expresados mediante un conjunto de normas o códigos de conducta surgidos de instituciones, grupos, o asociaciones con el fin de regir su

Actas – IV Congreso Internacional Latina de Comunicación

Social – IV CILCS – Universidad de La Laguna, diciembre 2012

ISBN-13: 978-84-15698-06-7 / D.L.: TF-969-2012 Página 4

Actas on-line: http://www.revistalatinacs.org/12SLCS/2012_actas.html

ejercicio profesional en sociedad. O como lo menciona Barroso Asenjo (1990) “recogen el conjunto de reglas que rigen las relaciones y deberes de los profesionales de la comunicación entre sí y con sus instituciones, y de éstos y la sociedad en que ejercen su profesión”.

A través del desarrollo de las diferentes profesiones, cada una se ha formado una idea de lo que se debe hacer o evitar en la actividad profesional. De esta manera se protegen los intereses de la profesión, de quienes la desempeñan, de las empresas para quien trabajan y del público a quien sirven, buscando, con eso, un equilibrio entre derechos y obligaciones y en donde todos salgan beneficiados.

De acuerdo a la consideración de Aquiles Meléndez, la deontología tiene un doble objeto: “En el orden especulativo: analiza los principios fundamentales de la moral individual y social y los pone de relieve en el estudio de los deberes profesionales. En el orden práctico: son las conveniencias y consecuencias que mutuamente rigen las relaciones entre profesionistas y clientela” (1969:42).

Esta doble dimensión de la deontología ayuda a orientar las conductas de las actividades profesionales cotidianas en las que se desempeñan los comunicadores o de personas de cualquier otra área laboral. Son como un faro de luz axiológico que ilumina el entendimiento y establece parámetros de comportamiento ideal para bien tanto de los profesionistas como de la misma sociedad.

La deontología parte de esos comportamientos sociales establecidos por la misma sociedad en determinadas circunstancias históricas concretas y los analiza para establecer normas y reglas que garanticen –de respetarse- la armonía entre los miembros de la asociación y con las diferentes instituciones. En ella se manifiestan normas morales, valores y principios éticos, que de acuerdo a la asociación, pueden contribuir a darle solidez a las normas deontológicas.

3.- Los códigos deontológicos

Todas las actividades profesionales están reguladas por el Estado. Éste debe contribuir con un marco jurídico para que todas las acciones ciudadanas se desarrollen en orden y armonía y se logre el bien común de la sociedad; sin embargo, muchas veces ello es insuficiente ante la irresponsabilidad de muchos ciudadanos. Y porque las leyes establecidas no alcanzan a tipificar todas las formas de conducta que poseen significación para la sociedad.

Lamentablemente el campo de la comunicación no está exento de este tipo de personas que con todo el poder que confiere los medios, violan estas disposiciones apelando al derecho de información o a la libertad, sin considerar su obligación de ser responsables en sus comportamientos personales y laborales.

En otras ocasiones, son asuntos que van más allá del orden jurídico y dependen de los valores éticos personales y profesionales con que puedan orientarlos en su juicio y actuación en su labor comunicativa. Esta es la base

Actas – IV Congreso Internacional Latina de Comunicación

Social – IV CILCS – Universidad de La Laguna, diciembre 2012

ISBN-13: 978-84-15698-06-7 / D.L.: TF-969-2012 Página 5

Actas on-line: http://www.revistalatinacs.org/12SLCS/2012_actas.html

para considerar que es necesario que las mismas organizaciones profesionales guíen la actuación entre los miembros de la asociación para bien tanto de los comunicadores, como de la sociedad en general.

Los códigos de ética o deontológicos deben ser, pues, un complemento al marco jurídico para cubrir aquellos aspectos profesionales que aún no están regulados por alguna ley, como lo señala la filósofa española Victoria Camps: “La función de la ética no es sustituir la ley, sino más bien ayudar a su justo cumplimiento”; y Hugo Aznar, refiriéndose a la autorregulación, coincide con ella cuando dice que los códigos no buscan “suplantar los papeles del Estado y del mercado, sino compensar sus insuficiencias” según lo señala Martínez ( 2000).

Desde luego, que de aceptarse los Códigos Deontológicos, serán una gran ayuda en la regulación del comportamiento de los comunicadores; las normas no van a resolver todos los problemas de trasgresión a los valores éticos, pero sí son una fuerza moral importante que pueda enfrentarse al monstruo de las empresas, que sirven a un interés editorial y casi siempre chocan con los códigos establecidos dado que tienen intereses económicos más fuertes que los de sus empleados.

4.- Valores éticos básicos para un código deontológ ico

La definición clara y precisa y sobre todo fundamentada de los valores es una de las tareas más importantes en la elaboración de un código. Esto facilita su comprensión y la correcta interpretación para propiciar el consenso, y la aceptación del mismo. Entre los valores que consideramos fundamentales en las normas deontológicas tenemos:

4.1.- Legalidad

El jurista mexicano don Ignacio Burgoa (1999:89) comenta el sentido de legalidad al afirmar que es el respeto al “Estado de derecho, régimen de derecho; respeto a las leyes; todo conforme a la ley, nada contra la ley”. Ser mexicano implica el respeto a todas las disposiciones legales vigentes en nuestro país que garantizan el orden básico para el progreso social de las personas. Este es sentido también deontológico: el acatamiento, en todas las actividades, a las disposiciones jurídicas que rigen nuestra nación.

En el caso de México, todas las actividades de los ciudadanos están sujetas a un régimen legal y, por lo tanto, también las comunicativas. Pero en especial el manejo de información y la difusión de mensajes están claramente delimitadas por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y las leyes reglamentarias a los artículos 6º y 7º Constitucionales como la Ley de Imprenta, la Ley de Radio y Televisión, la Ley Federal de Derechos de Autor y otras, por lo que las normas deontológicas nos exigen respetar esas disposiciones establecidas.

Actas – IV Congreso Internacional Latina de Comunicación

Social – IV CILCS – Universidad de La Laguna, diciembre 2012

ISBN-13: 978-84-15698-06-7 / D.L.: TF-969-2012 Página 6

Actas on-line: http://www.revistalatinacs.org/12SLCS/2012_actas.html

4.2.- Honestidad

Es un valor por el cual la persona se manifiesta conforme a lo que piensa y siente. Una persona honesta es sincera, auténtica, objetiva, congruente y leal con su conciencia personal, con la empresa en la que trabaja, con los compañeros, con la profesión y con el público.

Ser honestos es ser íntegros de pensamiento, palabra y obra conforme a sus principios personales porque se respeta a sí mismo y respeta a los demás, pero también exige el respeto de sus semejantes a su posición personal.

Es uno de los valores más apreciados en la actualidad ya que es difícil porque muchas veces se pretende conseguir objetivos más fácilmente sacrificando los criterios morales personales y sociales; frecuentemente se aparenta lo que no es o se expresan ideas que no se creen con el fin de congraciarse con los demás y obtener de ellos sus favores.

El Comunicador está más expuesto a que alguien detecte alguna incongruencia y se pierda la credibilidad y el respeto de los receptores por lo que es fundamental revisar continuamente los principios personales para compararlos con la actuación diaria.

4.3.- Verdad

Ayllón (2003:31) identifica la verdad con el bien ya que afirma: “La ética, por definición se logra cuando se conoce y se respeta la verdad. ¿Qué hace bueno el diagnóstico de un médico? ¿Qué hace buenas las decisiones de un árbitro o la sentencia de un juez? Sólo esto: la verdad. Por eso, obrar bien es obrar conforme a la verdad, conforme a lo que son las cosas. Sin embargo, el autor se refiere a la verdad ontológica más que a la verdad ética-moral.

De acuerdo a Herrán y Restrepo (1992:45) “se suele usar el sustantivo “exactitud”. Para ellos, la verdad del periodista es su fidelidad en la descripción de los hechos en que es testigo o sobre lo que ha reunido documentación.

Pero ¿qué es la verdad? Para esto vale la pena conocer la distinción que hace Márquez Muro (1977:143) en la filosofía tomista sobre la verdad, la cual es dividida en: ontológica, lógica y moral. Esta división responde al estudio del ser, del conocer y del deber ser, respectivamente.

La verdad moral es “el perfecto acuerdo, la exacta correspondencia entre las palabras, gestos o acciones, que expresan el pensamiento, con lo que realmente se piensa”. Es decir la congruencia entre lo que se dice y se hace con lo que se piensa. Es la adecuación entre las palabras, gestos y acciones con el pensamiento y expresión del comunicador. El comportamiento del hombre debe ser congruente no sólo consigo mismo, sino también con la recta razón, manifestada en la conciencia moral de la sociedad.

Aunque los hombres exigimos la verdad en la información, en el fondo la consideramos un problema, le tenemos miedo porque es difícil de aceptar, no conviene o es muy cruda. Así lo afirma García-Monge (1997) “La verdad a veces es difícil. Nos cuesta decir la verdad porque contradice nuestros

Actas – IV Congreso Internacional Latina de Comunicación

Social – IV CILCS – Universidad de La Laguna, diciembre 2012

ISBN-13: 978-84-15698-06-7 / D.L.: TF-969-2012 Página 7

Actas on-line: http://www.revistalatinacs.org/12SLCS/2012_actas.html

intereses egocéntricos, del tipo que sean; cuando desenmascara mentiras y autoengaños con lo que nos encubrimos y defendemos intereses inconfesables. La verdad es difícil cuando pactamos mentiras con nosotros mismos, con los otros, con la sociedad”. Sin embargo, el comunicador profesional debe buscar y luchar por la verdad en sus diferentes enfoques porque como dice la Biblia: "La verdad libera al hombre".

El modo en que están constituidas las rutinas productivas hace que, en muchas ocasiones, se conviertan en un dilema ético. El trabajo del comunicador está sujeto a una empresa lucrativa, a un jefe de edición, a un gerente de mercadotecnia o de relaciones públicas que presiona u obliga a modificar la información para no afectar sus intereses, los de un grupo político o económico. Su conciencia y su sentido de responsabilidad es la que determina su comportamiento profesional.

La mentira es lo contrario a la verdad moral. Esta provoca una desinformación, la que daña a los receptores, por ello Durandin (1995:45) argumenta: “La desinformación se hace en interés del desinformador y apunta, muy a menudo, a perjudicar al interlocutor (o bien a un tercero, por intermediación de un interlocutor)”.

4.4.-Dignidad

Kant al formular el segundo imperativo categórico: “Obra de manera de tratar a la humanidad, tanto en tu persona como en la persona del otro, siempre como un fin y nunca como un medio” manifiesta el valor intrínseco de la persona por su dignidad.

En este sentido también Rodríguez Lozano et al. (1991:153) comentan que “Tener dignidad, o ser digno, expresan, en este caso, una cualidad de la persona humana que supone un merecimiento de algo considerado valioso” por lo que la calidad de ser persona, es lo que determina el valor de la dignidad.

Por su parte Sada (1997:97) menciona dos tipos de dignidad humana: óntica o metafísica porque es inherente a su naturaleza y se tiene desde que el hombre comienza a vivir, se recibe sin mérito alguno, siempre está en la persona independiente de su comportamiento personal y es incomunicable. La dignidad operativa o ética la define como: “la que se deriva del comportamiento y la conducta de la persona”. Para él, la dignidad se construye ya que el ser persona no es algo terminado, sino un proceso continuo de hacer realidad su ser con todas sus capacidades.

Las características de la dignidad ética son el dinamismo, el crecimiento o decrecimiento de ella, según cada persona la enriquezca o la devalúe con sus actos, como en el caso de la persona que se autodestruye con las drogas, o que no se comporta como ser racional.

Actas – IV Congreso Internacional Latina de Comunicación

Social – IV CILCS – Universidad de La Laguna, diciembre 2012

ISBN-13: 978-84-15698-06-7 / D.L.: TF-969-2012 Página 8

Actas on-line: http://www.revistalatinacs.org/12SLCS/2012_actas.html

4.5.-Respeto

Abbagnano (1974:993) lo define como: “El reconocimiento de la propia dignidad o la dignidad de otros y el comportamiento fundado en este reconocimiento”. Es dar un trato digno de palabra y de obra a una persona por lo que es como ser humano.

Entre los aspectos fundamentales está el respeto a la vida de una persona con todo lo que esto significa: su integridad física y social, pero también son su dignidad, su fama y reputación, su intimidad, no sólo por parte de los demás, sino también por sí mismo.

4.6.- Justicia

Generalmente se le ha tomado como el dar a cada quien lo que le corresponde. Aristóteles la divide en general y particular. La primera es la que abarca toda virtud que tiene algún significado social y la segunda es la que se divide en distributiva y correctiva o conmutativa, como se le llama en la actualidad.

La justicia distributiva la define Fagothey (1999:162) como: “Una relación entre la comunidad y sus miembros. Como su nombre lo indica, requiere una distribución justa y propia de los beneficios y las cargas públicas entre los miembros de una comunidad”. Esta se manifiesta en todas las organizaciones en donde hay una relación superior y subordinados, pero se aplica especialmente al estado, por ser el principal responsable de establecer equidad en el bien común.

El mismo autor define la justicia conmutativa como “la que se da entre iguales, esto es, entre individuo e individuo o entre grupos de personas que actúan como si fueran personas privadas, negociando en términos iguales”. Esta justicia es la que se pactan contratos entre particulares: renta de una casa, un contrato laboral, etc. pero también se origina en actos no voluntarios como cuando un comunicador involuntariamente falta a la verdad, o comente un error en su trabajo, es responsable, por justicia, de reparar el daño que cause.

Ayllón (2003:108) dice: “Reina la justicia cuando las tres obligaciones fundamentales de la vida en sociedad son cumplidas: obligaciones entre los individuos (justicia conmutativa), obligaciones de la sociedad hacia el individuo (justicia distributiva), y obligaciones del individuo con la sociedad (justicia legal)”.

Se falla a la justicia en la actividad comunicativa cuando se privilegian los intereses de unos, ordinariamente de los poderosos política y económicamente, en detrimento de los más necesitados.

Actas – IV Congreso Internacional Latina de Comunicación

Social – IV CILCS – Universidad de La Laguna, diciembre 2012

ISBN-13: 978-84-15698-06-7 / D.L.: TF-969-2012 Página 9

Actas on-line: http://www.revistalatinacs.org/12SLCS/2012_actas.html

4.7.-Bien común

El bien común -llamado también, bien social, bien comunitario, interés general, interés del público- debe ser el valor supremo que guíe la conducta de una persona que tiene una actividad netamente social.

Bentham (1748- 1832) consideraba al bien común como la suma de los bienes particulares, en cambio la Constitución Gaudium et Spes #47 del Concilio Vaticano II le dio un sentido más completo y lo definió como: "el conjunto de aquellas condiciones de la vida social que permiten a los grupos y a cada uno de sus miembros conseguir más plena y fácilmente su perfección". Esta definición comprende todas las condiciones e instituciones públicas y privadas que se requieren para que el hombre pueda cumplir su misión como miembro de la sociedad y para que pueda contribuir con su comportamiento al bienestar de los que le rodean.

El bien de cada persona está estrechamente unido al del bien de los demás, dada nuestra naturaleza social. El bien común va más allá de la suma de los bienes individuales, porque son valores supremos de los que no podemos prescindir. El no tener sentido del bien común nos deshumaniza, nos destruye como sociedad; en cambio, el compartir este bien nos une en grupos y nos conduce a un mismo fin como personas.

4.8.- Solidaridad

Carmena (1997:44) define la solidaridad como “El principio social que rige las relaciones humanas buscando la mutua compenetración entre los hombre y entre las sociedades”. La solidaridad es una forma de fraternidad humana mediante la que se pretende empatizar especialmente con los más débiles, pero sobre todo buscar y promover un orden social más justo y humano.

Como personas y como profesionales en la comunicación tenemos más acceso a las situaciones de injusticia, a las desgracias que aquejan a muchas personas, incluso muchos muy cercanos a nosotros. La solidaridad nos lleva a estar conscientes que en cualquier momento todos podemos necesitar unos de otros, por lo que hay que trabajar por los más desprotegidos, pero no sólo con bienes materiales, sino también con nuestro trato digno y respetuoso a sus personas y sobre todo promover su desarrollo íntegro como seres humanos.

4.9.- Objetividad

Abbagnano (1974:845) la considera bajo dos aspectos 1) en sentido objetivo: “carácter de lo que es objeto”, y 2) en sentido subjetivo “carácter tal y como es, prescindiendo de las preferencias y de los intereses del que los considera y basándose solamente en procedimientos intersubjetivos de comprobación y de control”.

El segundo sentido es el que comúnmente se manifiesta en las normas deotológicas como ideal en el proceso comunicativo. Sin embargo es necesario mencionar que estrictamente no existe de manera total o absoluta debido que

Actas – IV Congreso Internacional Latina de Comunicación

Social – IV CILCS – Universidad de La Laguna, diciembre 2012

ISBN-13: 978-84-15698-06-7 / D.L.: TF-969-2012 Página 10

Actas on-line: http://www.revistalatinacs.org/12SLCS/2012_actas.html

desde el punto de vista del emisor o del receptor, nunca podrá lograrse completa o suficientemente la percepción de la misma, como lo afirma también Brajnovic (1978:128) al referirse a la objetividad periodística: “nunca puede ser total o completamente satisfactoria”.

Hay tantos factores internos y externos que intervienen siempre en las personas que utilizan la información como emisores o receptores que hacen que ésta tienda a ser subjetiva. La complejidad de la persona como la realidad en que vive limita su capacidad perceptiva y comunicativa.

Por otra parte, en el proceso comunicativo ordinariamente participan otras personas, lo cual dificulta la objetividad informativa. Esta es una meta o un ideal no sólo de los profesionales en la comunicación, sino también de la sociedad.

No es fácil dar una definición completa; sin embargo, sí podemos señalar algunas características de la información objetiva, como son: claridad, precisión, exactitud, fidelidad. Es fundamental que haya un verdadero empeño de parte del comunicador por percibir los acontecimientos o hechos tal como son, eliminando sus intereses y preferencias personales; además buscando diferentes puntos de vista, investigando con personas maduras, sensatas y desinteresadas con el fin de dar a los receptores la información más cercana al hecho.

4.10.- Responsabilidad

La responsabilidad es asumir o responder las consecuencias de los actos (del latín respondere = responder) que son resultado de decisiones, sean conscientes o inconscientes. Cualquier actividad humana está sujeta a la obligación moral de enmendar los errores o fallas que se cometen y de resarcir los daños.

5.- Partes fundamentales de un código deontológico

5.1.- Introducción

Es fundamental que en la formulación de un código deontológico haya una presentación o preámbulo donde se exponga el objetivo del código, el sistema de valores a que este se adscribe y la visión general de la misión social que se atribuye a sí misma la institución que lo promulga.

Este es un elemento vital para dar sentido y dirección a los valores profesionales, principios y normas que conformarán los derechos y obligaciones de los comunicadores. La solidez y claridad en los fundamentos facilitará la aceptación, y por lo tanto, la actuación conforme a esas disposiciones deontológicas.

Cuando los objetivos, los valores y la filosofía social que abraza una institución son conocidos y aceptados voluntariamente, hay mayores posibilidades de que

Actas – IV Congreso Internacional Latina de Comunicación

Social – IV CILCS – Universidad de La Laguna, diciembre 2012

ISBN-13: 978-84-15698-06-7 / D.L.: TF-969-2012 Página 11

Actas on-line: http://www.revistalatinacs.org/12SLCS/2012_actas.html

se lleven a cabo. Al menos en México no hay la obligación jurídica de pertenecer a una asociación profesional para ejercer la profesión; sin embargo, al aceptar libremente la pertenencia a la agrupación, sí hay la responsabilidad de cumplir con el código establecido.

En la introducción conviene incluir el alcance del código, es decir, si las normas serán aplicables a todos los comunicadores o en especialmente a periodistas, publicistas, relacionistas públicos, locutores, etc. Otro aspecto importante en la introducción es la definición de los conceptos básicos que se emplearán en el código.

5.2.- Derechos

Todos los derechos que tenemos los mexicanos están establecidos en la Carta Magna o Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para cualquier actividad que se realicen en el territorio nacional. En actividades específicas, como es el caso de la actividad comunicativa, las garantías se establecen principalmente en los artículos 6º y 7º de la Constitución Política.

Estos artículos han sido reglamentados mediante la Ley Federal del Trabajo, Ley de Imprenta, la Ley Federal de Radio y Televisión, Ley de la Industria Cinematográfica, La Ley Federal de Derechos de autor, y otras disposiciones jurídicas donde se garantizan los derechos para la actividad comunicativa. Ninguna norma deontológica puede ir más allá de estas disposiciones legales.

De esta manera se garantiza que los comunicadores puede realizar su actividad profesional amparados jurídicamente para ejercer el derecho a la información y a la libertad de expresión, pero con la responsabilidad de respetar derechos de terceros como son la vida privada, la moral y la paz pública, señalados constitucionalmente.

El ejercicio de la comunicación en Nuevo León está sujeto a esas disposiciones, pero la publicidad tiene además aspectos regulados por la Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente del Estado de Nuevo León, por los Reglamentos de Anuncios vigentes en el Área Metropolitana de Monterrey y en los otros municipios del Estado en lo referente a evitar la contaminación visual y el daño al medio ambiente como ya se ha señalado.

5.3.- Compromisos

Dado el carácter social de la comunicación, pero sobre todo por la importancia de la actividad en el sano desarrollo y progreso de una nación, las normas deontológicas deben comprometerse con:

� Las personas, sin importar raza, creencia religiosa, política o social, estrato social o educativo.

� La familia, como núcleo esencial de la sociedad porque proporciona armonía para la realización del ser humano, base del progreso y desarrollo de la sociedad. Ya lo dice Sada Fernández (1997:19: “El mejor momento de todas las culturas se ha producido cuando la institución familiar es sólida y estable”.

Actas – IV Congreso Internacional Latina de Comunicación

Social – IV CILCS – Universidad de La Laguna, diciembre 2012

ISBN-13: 978-84-15698-06-7 / D.L.: TF-969-2012 Página 12

Actas on-line: http://www.revistalatinacs.org/12SLCS/2012_actas.html

� El Estado, es decir el conjunto de organismos y autoridades que tienen la responsabilidad de gobernar a la sociedad y de proveer el bien común.

� La Nación, en definición del jurista Moto Salazar (1998:231): “Una comunidad social, unida por sentimientos, ideas, tradiciones, costumbres, y necesidades propias, que no se confunde con otros grupos humanos y que se perpetúa en el tiempo”. Es decir, el conjunto de personas que comparten creencias, sentimientos y valores históricos, sociales, culturales, religiosos fundamentales para tener conciencia social y unidad nacional.

� Las instituciones sociales u organismos que tiene la finalidad de satisfacer diferentes tipos de necesidades: educativas, laborales, financieras, comunicativas, de salud, de seguridad, indispensables para el logro del bien común, la paz y justicia social.

5.4.- Normas básicas de carácter deontológico

La actividad comunicativa, como cualquier otra profesión, requiere de vocación. Es fundamental en ella la entrega absoluta ya que esta profesión tiene una tarea singular: integrar a los seres humanos. Es decir, de actuar conforme a las características propias de la naturaleza física, intelectual, volitiva, emocional y sensitiva.

Aunque toda persona comparte esos factores fundamentales de la naturaleza, cada individuo los asume de una manera particular; sin embargo, cuando se carece de ella no habrá suficiente motivación para un desarrollo profesional acorde a la exigencia de la actividad comunicativa y las normas deontológicas serán una carga que lo pueden llevar a la negligencia o al abandono del ejercicio comunicacional.

Además, es fundamental la entrega y la pasión ya que esta actividad tiene una enorme misión: integrar a los seres humanos mediante la comunicación a fin de contribuir a lograr el entendimiento que conduzca, entre otros factores económicos, políticos y jurídicos al desarrollo armonioso de la sociedad. Entre estas normas tenemos:

5.4.1.- Respeto irrestricto a la verdad

La verdad ético-moral es la congruencia entre lo que se expresa con lo que realmente se piensa, cree o siente. Esta no se puede dar si no hay primero una relación coherente objeto-sujeto mediante un esfuerzo para percibir la realidad lo más completa posible.

El Comunicador tiene la responsabilidad de buscar la verdad lógica para transmitir la información con veracidad, objetividad y certeza a fin de que los receptores tomen decisiones adecuadas a sus intereses, los cuales afectan muchas veces directamente a los comunicadores mismos.

Esto no es fácil cuando hay aspectos de la realidad muy complejos y además intereses que intervienen en este proceso y que no siempre permiten que ésta

Actas – IV Congreso Internacional Latina de Comunicación

Social – IV CILCS – Universidad de La Laguna, diciembre 2012

ISBN-13: 978-84-15698-06-7 / D.L.: TF-969-2012 Página 13

Actas on-line: http://www.revistalatinacs.org/12SLCS/2012_actas.html

llegue a su destinatario tal y como fue percibida por el profesional de la comunicación.

Como humanos puede haber errores, pero estos se evitan con el cuidado, el esmero y sobre todo con la honestidad en el trabajo. Cuando el comunicador detecta el error, la inexactitud, la falta de objetividad o la imprecisión es necesario rectificar la información. No esperar a que la persona afectada demande su enmienda y al hacerlo, darle el mismo valor en espacio y tiempo al motivo de la corrección.

Además la persona y organismo afectado tiene el derecho de réplica cuando la información dada afecta a la imagen moral o reputación de la persona, por lo que se debe evitar la calumnia y la difamación. Los medios locales cumplen con el derecho a replica como lo hemos señalado; sin embargo, el daño moral no se repara completamente por la irresponsabilidad del comunicador.

5.4.2.- Preparación continua para el ejercicio prof esional

No importa cuantos grados académicos o años de experiencia dentro de la profesión se tenga, es imprescindible la preparación y actualización constante de la formación profesional para satisfacer las expectativas y requisitos de los clientes directos e indirectos: empresa, organización, colegas, público y comunidad.

Las diversas actividades laborales se vuelven cada vez más complejas y exigen mayor capacidad intelectual, moral y física del comunicador. Los estudios universitarios nunca serán suficientes para dar por concluido el proceso formativo que nos permita resolver satisfactoriamente la problemática de la comunicación puesta en nuestras manos.

Por más esfuerzos que realicen las instituciones educativas en sus actividades académicas‚ nunca lograrán una preparación plena en sus egresados. Sin embargo, ésta debe ser suficiente como para iniciar el desempeño fundamental para las tareas propias de comunicación.

En Nuevo León hay instituciones para estudiar comunicación, pero además en muchas de ellas se pueden estudiar postgrados que son de especial utilidad para áreas de comunicación como mercadotecnia, economía, deportes, diseño, humanidades, filosofía, literatura. De esta manera, los comunicadores pueden elevar su progreso personal y la calidad profesional de su actividad lo que redunda también en beneficio de la sociedad y de la profesión comunicativa.

El progreso personal y profesional es el resultado del esfuerzo constante por ser cada día mejor. Es el fruto de lo que se siembra con disciplina y tenacidad. Sin embargo, la labor del profesional no termina con la mejoría de su estatus social, sino que éste debe trascender a la sociedad de quien ha recibido tanto.

No debemos defraudar la confianza que la sociedad y las mismas organizaciones han depositado en nosotros. El poseer un título profesional quiere decir sólo que se está avalado por una institución educativa para ejercer la profesión; sin embargo, la calidad y profesionalismo en el trabajo es

Actas – IV Congreso Internacional Latina de Comunicación

Social – IV CILCS – Universidad de La Laguna, diciembre 2012

ISBN-13: 978-84-15698-06-7 / D.L.: TF-969-2012 Página 14

Actas on-line: http://www.revistalatinacs.org/12SLCS/2012_actas.html

responder personalmente a las expectativas de las organizaciones y en muchos casos dar más de lo esperan por un determinado servicio.

El profesionalismo exige la constante preparación en los requerimientos de la misma actividad laboral mediante la asistencia a especialidades, cursos, seminarios, conferencias y la lectura constante de libros y revistas actualizadas propias de su profesión.

Es necesaria también la entrega a la profesión no sólo cumpliendo como profesional en todas las actividades, sino dedicando tiempo a desarrollar los conocimientos propios de la labor comunicativa mediante el análisis, la reflexión, y sobre todo la investigación personal para encontrar nuevos elementos o herramientas que eleven la calidad de la vida en todos sus aspectos.

En nuestro Estado abundan los foros, seminarios y eventos en los que se abordan diversas temáticas comunicacionales; quizás sea una de las regiones del país donde con más énfasis se desarrolla la investigación y el estudio de la comunicación. No hay excusa para continuar con la preparación profesional específica que requiere la actividad comunicativa.

5.4.3.- Respeto al secreto profesional

Entre los valores más importantes que posee el hombre está el poder comunicar sus ideas, pensamientos, y sentimientos a sus semejantes mediante la palabra.

En la convivencia con los demás es necesario destacar la confianza en la transmisión de los mensajes. Ya habíamos señalado la importancia en la veracidad -adecuación entre lo que se dice y lo que se piensa- como virtud del comunicador. Sin embargo, hay ocasiones en las cuales no es conveniente ni justo manifestar lo que se piensa o se sabe, sobre todo si se trata de asuntos de terceras personas, lo que no quiere decir que se debe mentir o manifestar algo diferente a lo que se piensa.

La Ley de Transparencia ha facilitado grandemente el trabajo del comunicador en lo referente a la información pública; el Gobierno Mexicano está obligado a proporcionar la información, sin embargo, en la información de carácter privado sigue vigente el respeto que se merecen las personas e instituciones por derecho constitucional.

Toda persona tiene derecho a mantener en el ámbito privado su vida personal o íntima. Ella es la única que puede exteriorizar sus aspectos personales a los demás, cuando lo considere conveniente. Lo mismo se puede decir de las organizaciones, pues estas también tienen el derecho de mantener su información para uso exclusivo y nadie de la misma organización o persona externa debe usarla fuera de ella, sin el pleno consentimiento de las autoridades competentes. El derecho a la información no se ve afectado porque no se trata de aspectos de utilidad social, sino privado a lo cual todo individuo tiene derecho a mantener en reserva.

Actas – IV Congreso Internacional Latina de Comunicación

Social – IV CILCS – Universidad de La Laguna, diciembre 2012

ISBN-13: 978-84-15698-06-7 / D.L.: TF-969-2012 Página 15

Actas on-line: http://www.revistalatinacs.org/12SLCS/2012_actas.html

Una de las responsabilidades o compromisos morales más importantes de una persona relacionada laboralmente con una empresa o que por el carácter de su profesión tiene acceso a información privada o personal, es el Secreto Profesional. Este consiste en mantener en reserva aquella información que fue confiada implícita o explícitamente al profesional de la comunicación o de cualquier otra profesión afín. Esto incluye no sólo el asunto profesional, sino también la fuente de la información o todos aquellos elementos que puedan afectar a los clientes o a la empresa.

La información proporcionada a cualquier profesional es un valor de vital importancia. Para lograr el bien común de la sociedad es necesario confiar en que la información proporcionada a sacerdotes, médicos, abogados, técnicos, políticos, investigadores, diplomáticos, comunicadores y a todos los que brindan un servicio público, será guardada con la reserva debida.

En el caso de los comunicadores, el secreto profesional es de mayor importancia y responsabilidad, puesto que su función es precisamente transmitir información al público. Sin embargo, el secreto profesional no es absoluto.

Puede darse la situación que una información llega al comunicador de manera confidencial, pero que ésta es de vital importancia para la seguridad nacional o pudiera alterar la salud social; no por proteger la fuente se va a afectar a la comunidad. El bien de la comunidad está sobre el interés de alguna persona. Por ello el profesional de la comunicación necesita una formación muy sólida desde el punto de vista académico y ético para saber discernir cuándo puede publicar o no cierta información, aún con riesgos para su persona.

Hay otros dos conceptos muy relacionados: la ocultación y la omisión. La ocultación es la reserva intencional de la información ya se por motivos del informador o por razones expresas de la fuente, o como lo define Prado Galán (2002): “Es una forma de manipulación informativa como forma de omisión deliberada que afecta a la objetividad de la información”. Sin embargo, en la vida se presentan muchas situaciones delicadas, en donde no es conveniente o prudente expresar cierta información.

Luka Brajnovic (1978:65) en su libro Deontología Periodística dice al respecto: “Desde hace mucho tiempo está comprobado que el gran poder de la prensa no está sólo en lo que los periódicos publican, sino también en lo que quieren publicar” o lo que se dice popularmente que el verdadero poder de la prensa está no en lo que publica, sino en lo que calla. Este criterio es aplicable a cualquier forma de comunicación, pero ordinariamente es empleado para lograr objetivos particulares, no los de la sociedad.

Sin embargo, la ocultación de la información es lícita cuando:

• Se trata de asuntos meramente personales o íntimos que no beneficiarían a los receptores y sí perjudicaría a la persona, su familia o a instituciones.

• Es información que no ha sido solicitada expresamente.

• Es información que no afecta a alguien.

Actas – IV Congreso Internacional Latina de Comunicación

Social – IV CILCS – Universidad de La Laguna, diciembre 2012

ISBN-13: 978-84-15698-06-7 / D.L.: TF-969-2012 Página 16

Actas on-line: http://www.revistalatinacs.org/12SLCS/2012_actas.html

El Comunicador Profesional debe tener criterios éticos para no publicar o transmitir aquella información que afecta a la sociedad o a un determinado público, porque lejos de beneficiarlo únicamente provocan morbo, escándalo o daño moral a esas personas.

Ahora bien, la ocultación de información social, económica o política que debe ser de carácter público y que el comunicador tiene la responsabilidad de transmitir, sí es una falta a la Ética Profesional.

Otro de los aspectos es la omisión. Esta es definida por el mismo Brajnovic como “el resultado práctico de aquella actividad (dejar de hacer) o como un acto que no incluye necesariamente un propósito o intención”. Es decir, es la reserva de información, pero por causas involuntarias como errores lingüísticos, técnicos, negligencia o de cualquier otra índole no sujeta a la voluntad.

En este caso, cuando la información no es transmitida y se afecta a los receptores, sí hay responsabilidad ética y profesional. Cuando esta omisión no afecta a alguien, no la hay.

5.4.4.- Responsabilidad en el tratamiento informati vo

El hombre es un ser social por naturaleza, por esa razón requiere de la constante interacción con sus semejantes. La vida del hombre no tendría sentido sin la comunicación.

La información, como elemento de la comunicación, debe estar regulada por los criterios éticos, porque de la calidad de la misma dependerán las decisiones de una persona. Por lo tanto, es necesario que esta tenga diferentes cualidades esenciales para el logro de sus fines: objetividad, veracidad, certeza, pertinencia, oportunidad y relevancia social.

La certeza en la información se da cuando la persona afirma o niega con seguridad y sin temor a equivocarse de lo que está manifestando. La certeza da tranquilidad a la mente de que el juicio externado hay verdad, gracias a que se tienen las evidencias de ello. La duda es lo contrario, porque en ella no hay firmeza por la falta de elementos para hacer un juicio y afirmar o negar algo.

El ser humano, como parte de esa realidad, es imperfecto y, por lo tanto, está propenso al error. La actividad comunicativa requiere de la confianza en el emisor, por lo que es indispensable que haya conciencia de la responsabilidad moral al manejar un elemento indispensable en la sociedad como lo es la información.

El Informador profesional debe tener la suficiente prudencia para evitar hacer afirmaciones sin las bases mínimas o evidencias que le permitan tener la certeza de la verdad, y así evitar el error. Sabemos que los errores se pueden corregir, pero lo que no se repara totalmente es el daño moral.

Ya se han señalado ejemplos como el informar sobe el supuesto abuso de los gastos del ex Canciller Jorge Castañeda en un viaje a España, las “obras en la carretera a Rayones” la “irresponsabilidad de la policía federal al bajar

Actas – IV Congreso Internacional Latina de Comunicación

Social – IV CILCS – Universidad de La Laguna, diciembre 2012

ISBN-13: 978-84-15698-06-7 / D.L.: TF-969-2012 Página 17

Actas on-line: http://www.revistalatinacs.org/12SLCS/2012_actas.html

pasajeros de un autobús”, situaciones que de no haber protestas de algún receptor de los medios, la sociedad queda con una percepción equivocada del hecho.

La responsabilidad implica también la transmisión de la información relevante para la sociedad de manera precisa, dosificada y oportuna. Atiborrar a los receptores de mensajes intrascendentes y tardíos provoca confusión y desinterés, lo que no tiene sentido en las actividades comunicativas.

5.4.5.-Respeto a la intimidad

Cada día cobra más importancia el respeto a la intimidad o vida privada. Los medios de comunicación han sobrevalorado el derecho a la información invadiendo aspectos de la vida privada que antes eran más respetados. Los casos mencionados como el acusar a una madre de familia de violencia familiar y además exhibirla en el noticiero, o el presentar la imagen de la adolescente que se escapó del centro de atención infantil Capullos y mencionar que estaba embarazada, es evidentemente una falta de respeto a su intimidad, además de que en el primer caso también se falta a la verdad.

Se han hecho esfuerzos por definir lo que es la intimidad; sin embargo, no se ha logrado un consenso general dado su carácter subjetivo. La mayoría de las personas reclama su derecho a ser respetado en ciertos aspectos de su vida que sólo son reservados para miembros de la familia o amigos muy personales.

Ciertamente hay diferencia entre lo que unos consideran vida privada o íntima y otros no. Lo que sí es seguro es el deseo de una persona en ser respetada en su vida privada, cualquiera que sea su límite o dimensión.

Este derecho humano ha sido establecido por las ONU en su Declaración de Derechos del Hombre en su artículo 12º Estos principios han sido aceptados por la mayoría de las naciones quienes han firmado la Declaración Universal y garantizados por la Constitución Mexicana en el artículo 7º.

El respeto a la intimidad se basa en la dignidad de la persona. La personalidad de un ser humano tiene sentido, no por lo que le reconoce la sociedad, sino por lo que es o tiene por el simple hecho de ser hombre. La vida privada es una garantía de su libertad, lo cual no admite excepción. Ningún ciudadano, ni el mismo Estado pueden afectar este derecho. Los aspectos de la vida íntima señalados por los Derechos Humanos son el nombre de la persona, la imagen, personal, información privada, las ideas y conceptos personales.

El derecho a la intimidad es uno de los grandes valores de la ética que también corresponde al campo jurídico. Sin embargo, no ha sido protegido con la debida dedicación y delicadeza que se merece.

Este valor fundamental para el sano desarrollo de la vida debe quedar claramente establecido en un Código Deontológico dirigido a Comunicadores Nuevoleoneses debido a su violación frecuente. Nuestra sociedad no puede estar expuesta a los intereses mezquinos de los medios de comunicación quienes principalmente han tomado este tipo de información como mercancía

Actas – IV Congreso Internacional Latina de Comunicación

Social – IV CILCS – Universidad de La Laguna, diciembre 2012

ISBN-13: 978-84-15698-06-7 / D.L.: TF-969-2012 Página 18

Actas on-line: http://www.revistalatinacs.org/12SLCS/2012_actas.html

barata para elevar el nivel de audiencia y para satisfacer el morbo enfermizo de receptores, por lo que debe quedar asentado en las normas de un Código Deontológico para nuestra entidad.

5.4.6.- Respeto al idioma

El idioma es un valor cultural; es un regalo recibido de generación en generación y que se va enriqueciendo con las aportaciones de los hablantes, por lo cual merece el respeto de quienes lo tienen como principal herramienta.

La realidad es distinta en nuestro estado; periodistas sobre todo de sección de “Seguridad Pública” o “Nota Roja” como se le conoce popularmente, locutores de diversas estaciones y publicistas proyectan pobreza y, muchas veces, vulgaridad en su lenguaje. No hay respeto a este valor nacional y como dice Lázaro Carreter, ex Académico de la Real Lengua Española: “Quien habla o escribe mal, piensa mal, poco o nada” según la periodista Sara Barderas (2002) en su reseña de la obra “El nuevo dardo en la palabra” del insigne maestro.

La articulista comenta más adelante otra preocupación del lingüista español quien afirma que: “La anemia idiomática avanza”, y en la que responsabiliza del problema a políticos y periodistas por el mal empleo del idioma. Este es fundamental en la vida para la adecuada expresión de pensamientos y sentimientos.

La comunicación no cumplirá su función de informar eficientemente para lograr el entendimiento y comprensión entre los seres humanos si los principales empleadores de idioma no lo respetan.

La educación es una de las funciones fundamentales de la comunicación, por lo que el uso correcto del idioma debe quedar puntualizado en una norma deontológica para atenuar considerablemente o evitar el abuso de un lenguaje vulgar e irrespetuoso por los comunicadores de nuestra entidad.

5.4.7.-Servir a la comunidad, además de progresar p ersonalmente

Una justa retribución debe ser la respuesta a la entrega generosa en el servicio a la sociedad, a un cliente o a una organización. La retribución debe ser lo suficiente para que el profesional y su familia puedan vivir con decoro y dignidad y que le permita mantener una formación profesional constante y un futuro tranquilo.

Ciertamente hay medios de comunicación muy consolidados económicamente como lo es El Norte, en donde sus empleados son bien retribuidos; otro caso es el de algunos publicistas y comunicadores organizacionales de los grandes corporativos industriales y comerciales en donde sus salarios corresponden al de ejecutivos de alto nivel de otras actividades laborales, pero, en general, se puede afirmar que el comunicador no recibe una justa retribución por su trabajo, lo que puede generar en posible corrupción en su trabajo.

Actas – IV Congreso Internacional Latina de Comunicación

Social – IV CILCS – Universidad de La Laguna, diciembre 2012

ISBN-13: 978-84-15698-06-7 / D.L.: TF-969-2012 Página 19

Actas on-line: http://www.revistalatinacs.org/12SLCS/2012_actas.html

Parte del problema es que la sobreoferta de comunicadores ha excedido la capacidad de demanda por parte de los empleadores; aunado al hecho de que muchas áreas de comunicación son ocupadas por personas que no estudiaron esa carrera lo que afecta directamente en su salario.

La misma Ley Federal del Trabajo sólo garantiza el mínimo salarial, pero es evidente que éste no permite satisfacer las necesidades básicas de un trabajador. Aunque legalmente pueden constituirse sindicatos que pugnaran por los derechos laborales del comunicador como salarios y prestaciones, la tendencia de los profesionistas es trabajar libremente y en especial el comunicador; razón por lo que no han prosperado las asociaciones de los mismos.

Esta situación no debe desalentar el hecho de luchar por una justa retribución, sin olvidar que también tiene un compromiso con su comunidad; no puede permanecer al margen de ella. Por lo tanto, debe contribuir mediante su participación personal en todas las actividades de su medio ambiente.

Sus conocimientos profesionales son una aportación muy valiosa en tantas situaciones sociales que no sólo mejorarán la calidad de esas comunidades, sino que también enriquecerán la experiencia personal.

6.- Elaboración del código

Esta propuesta de normas deontológicas no precisamente agota las disposiciones que se pueden establecer en el código de alguna de las asociaciones de comunicadores nuevoleoneses. Es fundamental que la asociación interesada en este proyecto establezca un tiempo prudente para el análisis tanto de los valores éticos como de las normas de su Código.

Además es necesario el nombramiento de una Comisión Revisora con personas de destacada trayectoria ética y profesional a fin de recibir las opiniones y sugerencias de los compañeros asociados y de presentar un borrador del Código con todas las sugerencias incluidas en las normas deontológicas.

Una vez terminado el bosquejo por parte de la Comisión, es importante distribuirlo a los miembros para su lectura y de no haber correcciones de contenido o de redacción, se establece una fecha para su aprobación en una Sesión Plenaria. A la vez, se puede disponer en el documento de alguna cláusula que disponga una revisión periódica o a solicitud expresa de socios en alguna sesión posterior.

De esta manera se garantiza participación activa de todos los miembros y sobre todo, posibilita su aceptación y cumplimiento a fin de lograr una mejoría en el comportamiento de los comunicadores nuevoleoneses.

Actas – IV Congreso Internacional Latina de Comunicación

Social – IV CILCS – Universidad de La Laguna, diciembre 2012

ISBN-13: 978-84-15698-06-7 / D.L.: TF-969-2012 Página 20

Actas on-line: http://www.revistalatinacs.org/12SLCS/2012_actas.html

7.- CONCLUSIONES

A continuación se exponen las principales valoraciones que presentamos como juicios conclusivos derivados de la investigación realizada:

1. La Ética, en una profesión como la del comunicador, tiene una connotación y un alcance especialmente importantes, toda vez que la actividad de este se ejerce en una esfera multidimensional por lo que contrae, de hecho, múltiples y complejas responsabilidades.

2. Los valores éticos fundamentales para la práctica de la Comunicación son: legalidad, honestidad, verdad, dignidad, respeto, justicia, bien común, solidaridad, objetividad, responsabilidad, por cuanto ellos expresan las relaciones de la profesión con la práctica social y las responsabilidades morales y/o legales a las que está sujeta la actividad de los comunicadores.

3. Nuevo León es uno de los estados de la República Mexicana que cuenta con más centros de estudios reconocidos nacional e internacionalmente. De las 38 universidades conque cuenta, l3 ofrecen la carrera de Comunicación (INEGI, 2004). Sin embargo, los programas de estudio relacionados con esta materia son, en general, insuficientes para las necesidades del futuro profesional, amén de que no se diseñan programas específicos dirigidos a la carrera, sino que son los mismos para todas las carreras.

4. El sector que nos ocupa carece, en Nuevo León, de suficientes referentes normativas concretadas en su entorno desde el punto de vista ético y deontológico. Tampoco existen asociaciones de comunicadores en la región que potencien y exijan el cumplimiento de los deberes éticos que estos profesionales están obligados a observar, dado su alto nivel de responsabilidad social y compromiso público.

5. En el estado de Nuevo León, que cuenta con uno de los estándares de desarrollo más importantes del país, se registran frecuentes irregularidades de carácter ético en las actividades propias de la profesión. En los espacios periodísticos, tanto de prensa como de radio y televisión, abundan el morbo y el sensacionalismo, la información no confirmada y la divulgación indiscriminada de la violencia.

6. Las Bases Teórico-Metodológicas para un Código de Ética y Normas Deontológicas dirigido a los comunicadores nuevoleoneses deben delimitar alcances de los derechos y compromisos de los profesionales, así como normas deontológicas básicas como el respeto al secreto profesional, la responsabilidad en el tratamiento informativo, el respeto a la intimidad de las personas, al idioma, y los deberes de servicio a la comunidad, entre otras.

BIBLIOGRAFÍA

• Abbagnano, Nicola, (1974) Diccionario de Filosofía, Fondo de Cultura Económica, México.

• Ayllón, José Ramón, (1993) En Torno al Hombre, Editorial Rialp, España.

Actas – IV Congreso Internacional Latina de Comunicación

Social – IV CILCS – Universidad de La Laguna, diciembre 2012

ISBN-13: 978-84-15698-06-7 / D.L.: TF-969-2012 Página 21

Actas on-line: http://www.revistalatinacs.org/12SLCS/2012_actas.html

• __________________, (2003) Ética Razonada, Editorial Libros MC, España.

• Aznar, Hugo, (1999) Ética y periodismo, Editorial Paidos, México.

• Barroso, Asenjo, Porfirio, (1985) Fundamentos Deontológico de las Ciencias de la Información, Ed. Mitre, España.

• Barroso Asenjo, Porfirio (1990), “Ética de los Medios de Comunicación”, en VV.AA: Introducción a los Medios de Comunicación. Madrid, Ediciones Paulinas

• Brajnovic, Luca, Deontología Periodística, Eunsa, España, 1978

• Burgoa Orihuela, Ignacio, (1998) El Derecho Constitucional Mexicano, Ed. Porrúa, México.

• Camps, Victoria, (coordinadora) (2002) Historia de la Ética, I, II, y III, Editorial Crítica, España.

• Carmena Loredo, Miguel, (1997) Ética para Pancho, Editorial Diana.

• Constitución Gaudium et Spes #47 (1965) del Concilio Vaticano II, Roma.

• Desantes Guanter, José María (1973) El autocontrol de la actividad informativa, Edicusa, Madrid.

• Durandin, Guy, (1995) La información, la desinformación y la realidad, Ed. Paidós.

• Fagothey, Austin, (1973)Ética, Teoría y Aplicación, Ed. McGraw-Hill, México.

• García-Monge, (1997) Treinta palabras para la madurez, Ed. Desclée de Brouwer, España.

• Márquez Muro, Daniel, (1977) Lógica, Ed. E.C.L.A.L.S.A., México.

• Martínez, Omar Raúl, Revista Mexicana de Comunicación, Autorregulación Informativa, Núm. 66, noviembre-diciembre.

• Meléndez, Aquiles, (1969) Ética Profesional, Herrera hermanos, Sucs. Editores, México.

• Moto Salazar (1998), Elementos de Derecho, Ed. Porrúa, México.

• Rodríguez Lozano, V et al. (1991) Ética, Ed. Alhambra Bachiller, México.

• Sada, Ricardo, (1997) Curso de Ética, Editorial Minos, S. A. de C. V. México.

• Vargas Montoya, Samuel, (1990) Ética o Filosofía Moral, Ed. Porrúa, México.