CÁMARA MERCANTIL DE PRODUCTOS DEL PAÍS · CAPACITACIÓN LICENCIATURAS, CURSOS Y SEMINARIOS...

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16 de MAYO de 2014 CÁMARA MERCANTIL DE PRODUCTOS DEL PAÍS Puede acceder a mayor información a través de: www.camaramercantil.com.uy Fundada el 23 de enero de 1891 ORGANIZACIÓN EMPRESARIAL Nuestra Misión es promover la producción y comercialización agroindustrial Avda Gral Rondeau 1908 Tel.:2924 06 44 Montevideo - Uruguay [email protected] EVENTOS FERIAS, CONGRESOS Y EXPOSICIONES CAPACITACIÓN LICENCIATURAS, CURSOS Y SEMINARIOS COMERCIO INFORMACIÓN SOBRE REPRESENTACIONES DIPLOMÁTICAS Y OPORTUNIDADES COMERCIALES NORMATIVA LEYES, DECRETOS Y RESOLUCIONES INFORMES INFORMACIÓN DE ASESORES DE LA CÁMARA 08:00 – 08:30 Acreditaciones y café 08:30–08:40 Presentación de la actividad por autoridades de las Cámaras Empresariales. PROGRAMA “Forjando el Porvenir: la Agenda Educativa 2015 en adelante” 20 de mayo – 08.00 horas Movie Montevideo Shopping

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16 de MAYO de 2014

CÁMARA MERCANTIL DE PRODUCTOS DEL PAÍS

Puede acceder a mayor información a través de:

www.camaramercantil.com.uy

Fundada el 23 de enero de 1891

ORGANIZACIÓNEMPRESARIAL

Nuestra Misiónes promover laproducción ycomercializaciónagroindustrial

Avda Gral Rondeau 1908Tel.:2924 06 44

Montevideo - [email protected]

EVENTOSFERIAS, CONGRESOSY EXPOSICIONES

CAPACITACIÓNLICENCIATURAS, CURSOS YSEMINARIOS

COMERCIOINFORMACIÓN SOBREREPRESENTACIONESDIPLOMÁTICASY OPORTUNIDADESCOMERCIALES

NORMATIVALEYES, DECRETOSY RESOLUCIONES

INFORMESINFORMACIÓN DEASESORESDE LA CÁMARA

08:00 – 08:30 Acreditaciones y café

08:30–08:40 Presentación de la actividad por autoridades de las Cámaras

Empresariales.

PROGRAMA“Forjando el Porvenir: la Agenda Educativa 2015 en adelante”

20 de mayo – 08.00 horasMovie Montevideo Shopping

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08:40 – 09:00 Palabras de apertura del Sr. Ministro de Educación y Cultura Dr. Ricardo Ehrlich.

09:00 – 09:30 Tendencia y temas en la agenda educativa: una perspectiva comparada internacional. Dr. Renato

Opertti (OIE-UNESCO).

09:30 – 10:30 Desafíos y Propuestas en torno a la educación básica, media y técnica.

Integrarán la Mesa convocados a título personal: Dr. Guillermo Fossati, Mag. Javier Lasida,

Mtro. Juan Pedro Mir y Dr. Prof. Robert Silva.

Coordina esta Mesa el Mag. Gustavo De Armas (UNICEF).

10:30 – 11:00 Pausa café

11:00 – 12:00 Desafíos y propuestas al Rol Docente, Formación Docente y Profesionalización Docente.

Integrarán la Mesa convocados a título personal: Dr. Pablo Da Silveira, Dra. Denise Vaillant,

Dra. Patricia Viera y Prof. Ricardo Vilaró.

Coordina esta Mesa la Dra. Beatriz Macedo.

12:00 – 12:20 Síntesis final a cargo del Dr. Renato Opertti.

12:20 Cierre Autoridades de Cámaras Empresariales.

NOTICIAS E INFORMACIONES

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1. Medios de pago electrónicosy dinero electrónico

La Ley, cuyas disposiciones son de ordenpúblico1, comienza con la regulación delos llamados medios de pago electróni-cos (entendiéndose por tales, las tarje-tas de débito, las tarjetas de crédito, losinstrumentos de dinero electrónico y lastransferencias electrónicas de fondos,así como todo otro instrumento análo-go que permita efectuar pagos electró-nicos a través de cajeros automáticos,por Internet o por otras vías, de acuer-do a lo que establezca la reglamenta-ción2), y en particular uno de ellos, eldinero electrónico, que será emitido porentidades debidamente autorizadaspara operar en tal carácter por el BancoCentral del Uruguay. Se trata entoncesde nuevos operadores que se incorpo-ran al sistema de pagos.

A los efectos de una mejor comprensiónde este último concepto, podemos ob-servar las declaraciones de MartínVallcorba, asesor del Ministerio de Eco-nomía y Finanzas, para quien el dineroelectrónico puede imaginarse como unatarjeta prepaga, como una billetera elec-

trónica, que es un instrumento que ennuestro país todavía no está desarrolla-do, pero que en otros países, inclusivede la región, sí está y funciona de formamuy similar a una tarjeta de débito. Hoya las personas que cobran a través deuna cuenta en una institución de inter-mediación financiera se les acredita eldinero en la cuenta y tienen una tarjetade débito, que muchas veces no se co-noce que es una tarjeta de débito, por-que la usamos para retirar dinero de uncajero automático, pero que tambiénpuede operar como un medio de pagoen el comercio. El dinero electrónico vaa tener esas dos funcionalidades, va apermitir retirar dinero de un cajero y vaa poder ser utilizado como medio depago en los comercios. Va a tener queser emitido por instituciones autorizadasy supervisadas por el Banco Central(BCU). Es un nuevo actor, una nueva li-cencia de institución financiera, que vaa competir con los actores existentes yva a ofrecer servicios esencialmente vin-culados con el sistema de pagos –los ins-trumentos de pago–; no va a poder cap-tar depósitos ni otorgar créditos. Esen-cialmente va a funcionar de manera muysimilar a una tarjeta de débito, solo que

no va a estar asociado a una cuenta enuna institución de intermediación finan-ciera3.

2. Pago de salarios, honorariosprofesionales, pasividadesy beneficios sociales

En una de las principales innovaciones,se establece que el pago de salarios atrabajadores bajo relación de dependen-cia deberá realizarse necesariamentemediante acreditación en cuenta en ins-tituciones de intermediación financierao en instrumentos de dinero electróni-co4. El Poder Ejecutivo deberá estable-cer un cronograma para que todos losempleadores tengan incorporado a suestructura, este mecanismo de pago; elcronograma comenzará no antes de lostreinta días contados a partir de la re-glamentación por parte del BCU de laactividad de las entidades emisoras dedinero electrónico, y tendrá una dura-ción máxima de seis meses, prorrogablespor seis meses más5.

Sin perjuicio de la adaptación por partede la empresa, están los plazos para querija la obligatoriedad de pago de las pres-taciones por estas vías electrónicas. Aeste respecto, se establece que los tra-bajadores pueden optar por percibir sushaberes por medios distintos, hastatranscurridos dos años, prorrogables por

INFORME SOBRE LEY DE INCLUSIÓN FINANCIERAEl presente informe pretende dar un panorama de la nueva regulación derivada de la denominada Ley 19.210de Inclusión Financiera, promulgada el pasado 29 de abril, la cual supone una serie de modificaciones rele-vantes, tanto en el sistema de pagos como en el sistema tributario.

De acuerdo a lo manifestado por actores del gobierno, se trata de una norma que aspira a universalizar lospagos por medios electrónicos, así como facilitar el acceso a toda la población de un paquete básico deservicios financieros.

1 Artículo 83.2 Artículo 1.3 Entrevista realizada en el programa En Perspectiva, de Radio El Espectador, el 28 de abril de 2014(http://www.espectador.com/economia/289936/ley-de-inclusion-financiera-promueve-la-universalizacion-de-derechos-al-permitir-el-acceso-a-los-servicios-financieros).4 Artículo 10.5 Artículo 11.

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uno más, desde la puesta en vigencia dela Ley6.

Igual obligatoriedad de pago por medioselectrónicos se establece, luego de de-finidos los cronogramas de adaptaciónrespectivos por parte del Poder Ejecuti-vo, para los honorarios profesionales7,pasividades8 y beneficios sociales9, pre-viéndose asimismo la facultad de que elPoder Ejecutivo amplíe el régimen parala remuneración de trabajadores fuerade la relación de dependencia10. En elcaso de las pasividades, quienes al díade hoy las perciban, pueden optar porcontinuar con el mismo sistema o ple-garse al nuevo.

De la misma forma, las prestaciones dealimentación abonadas por el emplea-dor a sus trabajadores, en los términosde lo dispuesto por el art. 167 de la LeyN° 16.713, que no sean suministradas enespecie, también deberán ser abonadasmediante pago electrónico11.

Las sumas acreditadas por concepto desalarios, pasividades o beneficios socia-les (excluyéndose por tanto los montoscorrespondientes a honorarios profesio-nales) gozarán del régimen de inembar-gabilidad previsto en el art. 381 num. 1°del CGP12.

3. Condiciones mínimaspara los instrumentos de pago.

Las instituciones de intermediación fi-nanciera y entidades emisoras de dine-ro electrónico, están obligadas a brindara los trabajadores, pasivos y beneficia-rios, un paquete de servicios financie-ros de carácter gratuito, con las condi-

ciones mínimas establecidas en la Ley13.

Las cuentas reguladas por la Ley no po-drán tener costo de apertura, adquisi-ción, mantenimiento ni cierre, ni exigen-cia de saldos mínimos, permitiendo laextracción de los fondos en cualquiermomento, sin necesidad de preaviso nirequisitos de permanencia mínima. Asi-mismo, en el caso de las cuentas en ins-tituciones de intermediación financiera,tendrán asociada una tarjeta de débitoque habilite a sus titulares a efectuarretiros en efectivo y pagos electrónicosen comercios, así como a realizar trans-ferencias entre instituciones a través dedistintos medios como ser cajeros auto-máticos, terminales de autoconsulta ypáginas Web.

Las consultas de saldo gratuitas serán ili-mitadas, así como un mínimo, en cadames, de cinco extracciones gratis y, enel caso de las cuentas en institucionesde intermediación financiera, ochotransferencias domésticas gratuitas almismo u otro Banco de plaza.

Por último, los instrumentos de dineroelectrónico, las tarjetas de débito y losotros medios físicos que sean necesariospara utilizar los servicios, así como dosreposiciones, no tendrán costo para eltitular; de la misma forma, tampoco ten-drá costo adicional la utilización de di-chos medios de pago en los comercios.

4. Crédito de nómina.

Esta ha sido una de las disposiciones queha desatado más polémica de la Ley (fun-damentalmente de parte de ANDA y lascooperativas de ahorro y crédito): los

trabajadores y pasivos que elijan unainstitución de intermediación financie-ra para el cobro de su remuneración opasividad, pueden solicitar a dicha insti-tución o a las referidas por la Ley de Re-tenciones N° 17.829, el otorgamiento deun Crédito de Nómina y autorizar a suempleador, instituto de seguridad socialo compañía de seguro a realizar el des-cuento legal sobre su salario o pasividadde las sumas necesarias para el pago delas cuotas respectivas14.

Estos créditos están sometidos a unaregulación estricta en la Ley, tanto en losmáximos a retenerse (20%), y las tasasde interés máximas a percibirse por losBancos (no más de un 20% de la tasa deinterés implícita establecida en la Ley deUsura), como en las formalidades parasu perfeccionamiento (se requiere do-cumento firmado por el trabajador, pa-sivo o beneficiario).

Se modifica asimismo el régimen de re-tenciones, incorporándose dentro de loslegitimados para realizarlas, a las insti-tuciones habilitadas (básicamente deintermediación financiera) por los cré-ditos de nómina regulados en la Ley.

5. Regulación de pagosde bienes y servicios.

La Ley también incorpora una serie derestricciones en los medios de pago au-torizados para determinadas transaccio-nes según el monto, estableciéndosetres franjas: pagos inferiores a 40.000Unidades Indexadas (unos U$S 5.000 ala fecha de este Informe), pagos de en-tre 40.000 y 160.000 Unidades Indexa-das (entre U$S 5.000 y U$S 20.000)15, ypagos mayores a 160.000 UnidadesIndexadas (U$S 20.000)16.

Para la primera franja, los pagos podránrealizarse por cualquier medio, inclusodinero en efectivo. En las demás hipó-tesis, según señala Martín Vallcorba, esque se establecen restricciones: Para lastransacciones que superan los 5.000dólares se van a poder utilizar todos losmedios de pago con la única excepcióndel efectivo. Se van a poder utilizar los

6 Artículo 21.7 Artículo 12. De acuerdo con el art. 13, el cronograma de incorporación no podrá exceder los dos años,prorrogables por un año más.8 Artículo 15.9 Artículo 17. El cronograma de incorporación, de acuerdo con el art. 18, no podrá exceder los seis meses,prorrogables por seis meses más.10 Artículo 14.11 Artículo 19.12 Artículo 20.13 Artículo 25.14 Artículo 30.15 Artículo 35.16 Artículo 36. La propia Ley establece que para los casos de fraccionamientos en el precio, se sumaránlas cuotas para determinar el pago total, y por lo tanto la obligación de emplear medios electrónicos (art.37).

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cheques -como hasta ahora-, los che-ques diferidos, los medios electrónicos,no hay ninguna restricción por encimade estos 5.000 dólares, únicamente elefectivo. Luego hay un segundo escalón,para transacciones de montos más ele-vados, de unas 160.000 UI (20.000 dó-lares). En ese caso, además del efectivo,están excluidos los cheques comunes,por lo tanto se van a poder utilizar che-ques diferidos, letras de cambio, chequescertificados y los medios electrónicos engeneral17.

Otra disposición relevante es el artículo39, que tiene que ver con los arrenda-mientos y créditos de uso, y que rige apartir del primer día del mes siguiente aque se cumplan 180 días de promulga-da la Ley. En efecto, los precios de arren-damientos, subarrendamientos o crédi-tos de uso que superen las 40 BPC ($112.760) en el año civil o su equivalentemensual, en consonancia con el resto dela Ley, tampoco podrán hacerse porotros medios que no sean los electróni-cos18. En este sentido, se establece laobligatoriedad de pactar en los contra-tos respectivos, la cuenta bancaria en lacual serán depositadas, o a la cual serántransferidas, las sumas correspondien-tes.

Asimismo, a modo de controlar el cum-plimiento de la norma, se indica que nose dará curso a acciones que tengancomo fundamento los contratos de re-ferencia, si no se acredita que los pagosse hicieron por medios electrónicos, yque se estableció en los contratos unacuenta. Se trata de una disposición si-milar a la que ya rige para controlar elpago del IRPF a los arrendamientos.

Para el caso de incumplirse con lo dis-puesto precedentemente (es decir, poraceptarse pagos en efectivo, o por noincorporarse al contrato una cuenta ban-

caria), se prevé una multa para el arren-dador, subarrendador u otorgante delcrédito de uso, equivalente a tres vecesel precio mensual; multa que va en be-neficio de la Administración Tributaria19.

En los casos de enajenaciones de bienesinmuebles o vehículos automotores porprecios mayores a 40.000 UI (arts. 40 y41), se establece la prohibición para losEscribanos Públicos de otorgar las escri-turas correspondientes o certificar lasfirmas sin la identificación del medio depago electrónico, bajo apercibimientode sanciones, sin perjuicio de la nulidaddel acto o contrato que se realicen encontravención a lo dispuesto.

También se estipula la obligación parael Estado de realizar pagos a sus pro-veedores por estos mecanismos, y laobligación para los ciudadanos de pagarlos tributos nacionales de la misma ma-nera.

Sin perjuicio de la nulidad de los actos ylas responsabilidades que recaigan so-bre los Escribanos, se establece para elcaso de incumplimiento una multa enbeneficio de la Administración Tributaria(de la cual son responsables solidariostanto quien paga como quien recibe)equivalente al 25% del monto abonadopor medios distintos al electrónico20.

6. Disposiciones tributarias.

También resultan relevantes las disposi-ciones tributarias tendientes a fomen-tar el uso de instrumentos de pago elec-trónicos.

Sin perjuicio de otras reducciones impo-sitivas, la más relevante es la que redu-ce el Impuesto al Valor Agregado en de-terminadas condiciones21. A partir delprimer día del mes siguiente a los 90 díasde promulgada la Ley, habrá una rebajaautomática de dos (2) puntos del IVA,tanto sobre la tasa básica (22%), comosobre la tasa mínima (10%), para todaslas transacciones que se realicen contarjeta de débito o instrumentos de di-nero electrónico.

Por otra parte, la ley otorga facultades

al Poder Ejecutivo para extender la re-baja, en el caso de las tarjetas de débitoy los instrumentos de dinero electróni-co, dos (2) puntos adicionales duranteel primer año de vigencia, y un (1) pun-to más en el segundo año.

Por último, en el caso de las tarjetas decrédito, que no están alcanzadas en elrégimen general de rebaja de dos pun-tos de las tarjetas de débito, que es ge-neral y permanente, la Ley otorga facul-tades al Poder Ejecutivo de rebajar el IVAen dos (2) puntos durante el primer añopara las transacciones con tarjeta de cré-dito y en un (1) punto el segundo año22.

7. Otras disposiciones

Por último, se establecen diversas dis-posiciones que aspiran a garantizar laigualdad de condiciones entre el pago enefectivo y con tarjeta de débito o instru-mentos de dinero electrónico.

Así, se prevé que los proveedores o co-mercios no podrán cobrar por los pro-ductos o servicios que ofrezcan un pre-cio mayor si el pago se realiza mediantetarjeta de débito o instrumento de dine-ro electrónico que si el mismo se realizacon efectivo. Cualquier promoción queofrezca beneficios, monetarios o no, alos consumidores que adquieran los pro-ductos o servicios involucrados contra elpago en efectivo, realizada por cualquierproveedor o comercio, deberá extender-se a los pagos realizados con tarjeta dedébito o con instrumento de dinero elec-trónico23.

Se establece por otra parte una detalla-da regulación del instituto del débitoautomático24, cuyo uso pretende tam-bién estimularse mediante esta Ley, ypor último una serie de normas desti-nadas a las entidades de intermediaciónfinanciera, que aspiran a proteger al con-sumidor de servicios financieros y no fi-nancieros, como por ejemplo la prohi-bición de condicionar la prestación deun servicio a la contratación de otro25.

BADO, KUSTER, ZERBINO & RACHETTIMontevideo, mayo de 2014

17 Entrevista citada.18 Inciso 1°.19 Inciso 4°.20 Artículo 46.21 Artículos 53 y 54.22 Entrevista a Martín Vallcorba, citada.23 Artículo 64.24 Artículos 68 a 74.25 Artículo 75.

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Cra. Lorena Cortalezzi

¿CÓMO DETERMINAR EL RESULTADOOPERATIVO DE UNA EMPRESA?

Uno de los desafíos para las empresas a lahora de determinar su resultado operati-vo es el establecer adecuadamente el cos-to de los productos que elabora, o de losservicios que presta.

Se debe tener en cuenta que no todos losbienes comprados, ni todos los serviciosdevengados por la empresa en el ejerci-cio deben convertirse en costos del pro-ceso productivo.

Entonces, ¿qué costos deberían conside-rarse para la valuación de los inventarios?La NIC 2 – Existencias, establece los linea-mientos para la determinación del costoy su posterior reconocimiento como gas-to del período. El costo de las existenciasabarca lo que la norma denomina costosde conversión:

• Costos que se relacionan en for-ma directa con las unidades pro-ducidas

• Costos indirectos variables: com-prenden los costos que suelenvariar directamente con el volu-men de las unidades producidas,por lo cual su distribución al cos-to de las existencias estará uni-do al nivel real de producción

• Costos indirectos fijos: suelenpermanecer relativamente cons-tantes con independencia del ni-vel de producción de la empre-sa.

En el párrafo 13 de la norma citada se in-dica que “el proceso de distribución de los

costos indirectos fijos a los costos de trans-formación se basará en la capacidad nor-mal del trabajo de los medios de produc-ción”. Definiéndose dicha capacidad nor-mal como “la producción que se esperaconseguir en circunstancias normales,considerando el promedio de varios ejer-cicios o temporadas, y teniendo en cuen-ta la pérdida de capacidad que resulta delas operaciones previstas de manteni-miento”.

¿Cuál resulta ser la capacidad normal?Seguramente una empresa industrial lamida a través de las unidades a producirpor línea de negocios; una empresa quebrinde servicios deberá buscar otras rela-ciones según su actividad.

Para trabajar de forma eficiente, las em-presas deberían alcanzar el máximo de sucapacidad operativa, pero muchas veceslas circunstancias marcan que dicho niveldiste de lo real. En caso que exista una“subproducción”, se debería determinara cuánto ascienden los gastos asociados,de forma de no incluirlos en el costo delos bienes producidos, y que sean envia-dos como pérdida del ejercicio en el quese han incurrido.

Lograr la eficiencia en los niveles de pro-ducción conlleva que exista una buenacoordinación entre los distintos departa-mentos de la empresa, como Compras,Producción y Comercialización. Por lo ge-neral, los costos mencionados en el pá-rrafo anterior surgen como consecuenciade la existencia de gastos o servicios abo-nados con planes de ser empleados en laproducción, pero que finalmente no fue-

ron totalmente utilizados en la actividadproductiva. El principal inconveniente pa-rece situarse en los costos indirectos fi-jos, que no podrían activarse.

La empresa debería tener en cuenta quelos vaivenes en la demanda de sus pro-ductos y por ende en el nivel de ventas nodebería influir en la valuación de sus exis-tencias. Es decir, si una empresa por ejem-plo tiene en el mes 1 bienes valuados a100$ y en el mes 2 no produce nada, elvalor de sus bienes (o el costo de venta silos vendió) seguirá siendo de 100$. Loscostos devengados en el mes 2 no forma-rán parte del resultado operativo.

Una correcta valuación de los bienes/ ser-vicios y adecuada determinación del cos-to de ventas, permitirá a la empresa co-nocer con mayor exactitud el resultadoexclusivo de la actividad que realiza, datomuy relevante para cualquier toma dedecisiones.

[email protected]

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CAFE & NEGOCIOS

El pasado 24 de abril de 2014 la Cámara de Senadores aprobó laLey de Inclusión Financiera, con el objetivo de promover deter-minadas políticas de inclusión financiera y social tendientes apermitir el acceso a las personas y empresas a un conjunto deservicios financieros que incluyan los servicios de ahorro, crédi-to y pago, así como lograr un funcionamiento más eficiente delos pagos en la economía.

En la presente entrega abordaremos las disposiciones tributariasestablecidas en la mencionada ley.

Disposiciones Tributarias

Rebaja Permanente de IVA. Se rebaja dos puntos porcentualesde la tasa del IVA, aplicable a las ventas de bienes y serviciosefectuadas a consumidores finales siempre que la contrapresta-ción se realice mediante la utilización de tarjetas de débito, ins-trumentos de dinero electrónico u otros instrumentos análogos.

Además, se incluyen a las enajenaciones de bienes efectuadas alos socios de las cooperativas de consumo que se registrenelectrónicamente siempre que la compra no se financie en cuo-tas.

Rebaja Adicional y Transitoria de IVA. Se faculta al Poder Ejecuti-vo a reducir hasta dos puntos porcentuales –durante el primeraño de vigencia de la ley– y hasta un punto porcentual, en elsegundo año, la tasa del IVA incluida en las adquisiciones pormontos menores a 4.000 UI pagadas con tarjetas de débito, ins-trumentos de dinero electrónico u otros instrumentos análogos.

Por otro lado, se le otorga al Poder Ejecutivo la facultad de esta-blecer una reducción igual a la mencionada anteriormente peropara pagos efectuados mediante tarjetas de crédito.

Empresas de Reducida Dimensión Económica-IVA. Se faculta alPoder Ejecutivo a reducir en dos puntos porcentuales la tasa deIVA aplicable a las adquisiciones de bienes y servicios efectua-dos por contribuyentes monotributistas y aquellos comprendi-dos en el Lit. E, siempre y cuando la contraprestación se efectúemediante la utilización de tarjetas de débito, instrumentos dedinero electrónico u otros análogos.

Intereses-IVA. Quedan exonerados de IVA los intereses de prés-tamos concedidos por las empresas administradoras de créditoreguladas por el BCU y los intereses de préstamos otorgados aquienes se encuentren incluidos en el régimen de Monotributo,

a los contribuyentes comprendidos en el lit. E y a los contribu-yentes de Imeba.

Deducciones no admitidas-IRAE. A los efectos de su deducciónen la liquidación de IRAE, la ley exige para determinados gastos,que los mismos sean abonados mediante medios de pagos elec-trónicos o a través de acreditaciones en cuentas bancarias.

Es así, que no serán deducibles los importes abonados por arren-damientos, subarrendamientos y contratos de crédito de uso deinmuebles, cuando no se hubiera pactado en el contrato que lospagos se realicen mediante acreditación en cuenta en una insti-tución de intermediación financiera y efectivamente se paguemediante dicha modalidad.

Tampoco podrán ser deducibles los fletes y honorarios por ser-vicios profesionales cuando los mismos no sean abonados me-diante medios de pago electrónicos o a través de acreditaciónen cuentas de intermediación financiera o en instrumentos dedinero electrónico.

Arrendamientos-IRPF. El crédito fiscal previsto en la liquidación deIRPF del 6% del precio del arrendamiento queda condicionado aque dicho pago se hubiera pactado y se realice mediante acredita-ción en cuenta en institución de intermediación financiera.

Cuando se trate de subarrendamientos, la deducción de losmontos de arrendamiento pagados por el subarrendador que-dará condicionada a que este último precio sea pactado y sehubiera realizado mediante acreditación en una cuenta en unainstitución de intermediación financiera.

Venta de Inmuebles-IRPF. Cuando se trate de transmisiones deinmuebles cuyo importe supera el equivalente a 40.000 UI, elcómputo del valor de adquisición estará condicionado a que elpago se realice a través de determinados medios de pago elec-trónico.

Las claves

Beneficio Medios de pago electrónicos permiten acceder a unareducción en la tasa del IVA.

Condición Nuevas formalidades para la deducción de gastos enel IRAE condicionados a la utilización de dichos medios de pago.Rentas. Se armonizan disposiciones del IRPF por las nuevasmodalidades de pago.

LA LEY DE INCLUSIÓN FINANCIERAY SUS DISPOSICIONES TRIBUTARIASLa nueva normativa establece modificaciones en el IVA, IRAE e IRPF

Cra. Verónica Silvera

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Instrumentos de Financiamiento

Dentro de las opciones de Financiamien-to a Proyectos de Inversión en Uruguay,el empresario podrá recurrir a diferen-tes estructuras e instrumentos tanto lo-cales como del exterior. Podrá recurrir aun préstamo bancario a largo plazo queacompañe el período de repago de la in-versión, a la constitución de un fideico-miso financiero que le permita emitirparticipaciones para acceder al fondeoprivado con particulares y hasta la propiaemisión de bonos de deuda en la Bolsa deValores. Los fideicomisos de garantía y fon-dos de garantía también son accesibles enel mercado para disminuir el riesgo del cré-dito principal. El uso de estas alternativasde financiamiento local, en general, tam-bién permite obtener ventajas fiscalessegún está previsto en la normativatributaria aplicable.

Instituciones Financieras Locales

En la plaza operan una decena de ban-cos privados, de los cuales la mayoríatienen programas de créditos a largo pla-zo para proyectos de inversión que faci-litan acompasar el apalancamiento paraincorporación de activo fijo con el desa-rrollo del flujo del proyecto. Por otraparte, el banco público utiliza un meca-nismo de licitación de proyectos de in-versión que vence cada 31 de mayo yotorga condiciones preferenciales. En2013 se financiaron por este mecanis-mo 35 proyectos cuya inversión totalascendía a USD 537 MM de los cuales elbanco financió USD 200 MM.

Instituciones FinancierasInternacionales

Dependiendo del tamaño del proyecto,

el empresario podrá acceder también afinanciamiento otorgado por institucio-nes financieras internacionales como:

• Organismos Multilaterales de Crédito,algunos de los cuales participan con mo-dalidad de financiamiento de “ProjectFinance”.

• Bancos de Desarrollo, la mayoría delos cuales tienen participación activa losgobiernos de países extranjeros.

• Agencias de Crédito de Exportación(ECA), compañías gestoras publicas o pú-blico-privadas que brindan apoyo finan-ciero a exportadores a nivel global.

• Fondos de Inversión Internacionales,la mayoría de los cuales estánfocalizados en capitalizar sectores espe-cíficos de actividad.

• Family Offices, oficinas de administra-ción de patrimonios que intervienen enla participación con capital privado enproyectos a nivel global.

Requisitos del Proyecto

Para la presentación del proyecto a lasinstituciones financieras en busca deapalancamiento, facilita mucho su eva-luación si se trabaja en una formulaciónprofesional del proyecto cumpliendo acabalidad con requisitos referidos a laEmpresa por un lado y al Proyecto porotro. Entre los primeros: antecedentesde la empresa, sus propietarios y expe-riencia en la actividad. Entre los segun-dos: viabilidad técnica, viabilidad comer-cial, localización, impacto ambiental, via-bilidad económico – financiera, análisisde riesgos y modelos de simulación delas variables clave.

Promoción de Inversiones

En Uruguay, en el año 2013 se ha llega-do a un record de 2.931 Millones dedólares en el monto de Inversiones Pro-movidas por la Ley de Inversiones queestá vigente desde 1998. La Comisión deAplicación de la Ley de Inversiones(COMAP) ha aprobado en el total del año622 proyectos de inversión, de los cua-les la mitad se desarrollarán en la capi-tal y la otra mitad en el interior del país.La naturaleza de estas inversiones es60% para maquinaria y equipos y 40%para obras civiles, mayoritariamentedestinadas a industria y agroindustria.

Exoneración de Impuestos

La Ley de Promoción de Inversiones esun incentivo para desarrollar emprendi-mientos en Uruguay, tanto parainversores locales como extranjeros yaque exonera parcialmente del pago deimpuestos a la renta, al patrimonio y tri-butos de importación a los proyectosque cumplan con una matriz de objeti-vos e indicadores. En el primer trimes-tre de 2014 los proyectos aprobados hansido 102 y las inversiones promovidasUSD 403,3 millones. En los proyectos re-cientes se nota una tendencia en la in-corporación de tecnología destinada aenergías renovables, a maquinaria agrí-cola e infraestructura de riego aplicadaa establecimientos agropecuarios yagroindustriales.

Siendo importante notar que a losefectos de lograr las exoneraciones deimpuestos mencionadas, no tiene in-cidencia si las máquinas o instalacio-nes son nuevas o usadas y tampoco laforma como se estructure su financia-miento.

Financiamiento y Exoneración de Impuestospara Proyectos de Inversión en Uruguay

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1010

NOTICIAS E INFORMACIONES

El año 2014 ha sido declarado por la Asamblea General de la ONU como el Año Internacional de la Agricultura Familiar(AIAF), a partir de una iniciativa promovida por el Foro Rural Mundial y con el respaldo de gobiernos y organizacionessociales de todo el mundo. Esta celebración tiene como objetivo dar visibilidad al papel de la agricultura familiar comosector clave para los procesos de desarrollo, y promover la generación de políticas activas que, fortalezcan y potencienlos aportes que la misma realiza en la construcción del desarrollo sostenible de los territorios rurales.

La Dirección General de Desarrollo Rural del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca integra el comité nacional delAIAF y en ese marco para su agenda 2014, ha incluido acciones y actividades vinculadas, trabajando juntos gobierno yorganizaciones sociales, en la generación y ejecución de políticas públicas que permitan a la agricultura familiar y a susorganizaciones superar los desafíos en la construcción de un país productivo, sustentable y con oportunidades para todos.

Siguiendo esa línea la DGDR/MGAP convoca a la presentación de propuestas para la Producción Familiar integral ysustentable, para lo que se estima una inversión total de U$S 14 millones, dando apoyo económico a productores/asfamiliares, y productores/as pequeños/as y medianos/as (no familiares), para que adopten nuevas herramientas a niveltecnológico - productivo y organizativo, y apliquen medidas para disminuir su vulnerabilidad frente al cambio climático,mejorando su capacidad adaptativa y haciendo un uso productivo responsable de los recursos naturales.

El llamado está dirigido a productores/as familiares incorporados/as al Registro de Productor Familiar de la DGDR/MGAPa la fecha de cierre del llamado y que cumplan con la Resolución Ministerial vigente, y a productores/as pequeños/as ymedianos/as (no familiares), según definición Anuario OPYPA 2005 para cada sector productivo.

Se busca promover el desarrollo de propuestas integrales que combinen medidas de dos componentes: 1- Innovación Tecnológica.Las actividades propuestas se podrán relacionar a:• Prácticas de manejo innovadoras.• Mejoras en la sanidad de los rubros seleccionados.• Adelantos de la genética utilizada en la explotación.• Progresos en la nutrición del emprendimiento.

2- Manejo de los recursos naturales y medidas de adaptación al cambio climático.Entre otras se priorizarán actividades e inversiones relacionadas a:• Racionalización del acceso y gestión del agua.• Prácticas de manejo relacionadas con el uso y conservación de suelos y la vegetación, especialmente relacionado aCampo Natural.• La protección y restauración de la biodiversidad.

En el Año Internacional de la Agricultura Familiar,el MGAP a través de la Dirección General de Desarrollo Rural

apoya a productores/as familiares de todos los rubros

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NOTICIAS E INFORMACIONES

• Prestación de sombra y abrigo en base a la plantación de árboles (especies nativas, cuando sea posible) y la promociónde sistemas agroforestales.• Manejo de los efluentes generados en la actividad productiva.

Además como en intervenciones anteriores se promueve la innovación organizativa dirigida a la formación y/oconsolidación de grupos de productores/as y a la articulación en la cadena productiva. Todas las propuestas grupalesdeberán además incluir un plan de capacitación para los productores/as beneficiarios/as, e instancias prácticas en terrenoque faciliten el aprendizaje de los participantes.

En la evaluación se priorizarán propuestas integrales, que deberán ser grupales con un mínimo de 5 productores/aselegibles y contemplar un mínimo de 70% de productores/as familiares. Sin embargo, no existe impedimento a lapresentación de propuestas grupales basadas en sólo uno de los componentes, las propuestas del componente tecnológico–productivo deberán contemplar además un mínimo de 70% de productores/as familiares. Las propuestas individualesdeberán estar concentradas exclusivamente en aspectos de manejo de recursos naturales y adaptación al cambio climático.

Además serán priorizados aquellos/as productores/as, que cumpliendo estos requisitos, no hayan recibido anteriormenteapoyos del MGAP, y serán evaluadas positivamente aquellas propuestas que incluyan jóvenes de hasta 29 años y mujeresen la integración del grupo.

El monto del apoyo económico que pueda recibir cada productor/a estará ligado a apoyos anteriores recibidos desde esteMinisterio, la suma máxima de apoyo no reembolsable de US$ 8.000 por fuente de financiamiento.

Porcentaje de financiamiento según beneficiario/a:

Financiamiento según tipo de propuesta: Si es Productor/a Si es Productor/a pequeño/a

familiar recibe: o mediano/a recibe:

No reembolsable, para manejo de

los recursos naturales y adaptación al cambio climático Hasta el 80% Hasta el 50%

Contraparte del productor/a Desde el 20% Desde el 50%

No reembolsable, para innovación tecnológica Hasta el 50% Hasta el 50%

Contraparte del productor/a Desde el 50% Desde el 50%

Podrán ser responsables de las propuestas, técnicos/as privados/as profesionales de las Ciencias Agrarias que hayan sidohabilitados/as por la DGDR/MGAP para este llamado. La habilitación se obtiene realizando obligatoriamente el curso através de la plataforma de educación a distancia del MGAP. Además se tendrán en cuenta sus antecedentes de cumplimientode funciones frente al MGAP.

Período de presentación de las propuestas tendrá dos cierres parciales, 25 de junio y 30 de julio, y un cierre definitivo el3 de setiembre de 2014, todos hasta las 16.00 hs.

Es importante tener en cuenta que cuanto antes se presenten las propuestas tendrán más oportunidades de concursar yvolver a presentarlas en caso de modificaciones sugeridas.

La propuesta se presenta en forma digital completando el formulario que está disponible en www.mgap.gub.uy(pestaña Desarrollo Rural/ Principal/ Llamados abiertos/ Producción Familiar), además de instructivo de ayuda paracompletarlo, bases, documentos de apoyo y toda la información.

Lic. Mariana HuberComunicaciones DGDR/[email protected]

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1212

CEREALES / OLEAGINOSOS / FORRAJESNOTICIAS E INFORMACIONES

PANORAMA DE LA SEMANA LOCAL, SEGUN LA COMISIÓN DE INFORMACIÓN DE PRECIOS Y COMENTARIOSDE CEREALES Y OLEAGINOSOS DE LA CAMARA MERCANTIL DE PRODUCTOS DEL PAIS

PRODUCTOS AGRÍCOLAS - COTIZACIONES EN URUGUAY

VIERNES16/05/14 PRODUCTOS (Precio por tonelada en U$S) VIERNES

09/05/14PAGO

Fuente: Cámara Mercantil de Productos del País

TRIGO

Zafra 2013-2014 - Industria, Granel, Puesto en Molino

PH 78, FN280, p.12 270 270 -

Exportación, Zafra 2013/2014 - Granel, puesto en Nueva Palmira

PH 78 Nominal Nominal -

PH 72 - - -

Afrechillo de Trigo - A levantar 210 210 15/20 días

Pellets de Afrechillo - A levantar 215 215 15/20 días

MAIZ

Puesto en Montevideo Zafra 2013 210/230 210/240 15/30 días

Exportación, puesto en Nueva Palmira (Compradores)- Zafra 2013 Nominal Nominal -

Importado, partido, a retirar de depósito Montevideo Nominal Nominal -

Importado, entero, puesto en Montevideo 230/240 230/240 15/30 días

SORGO (sano, seco y limpio puesto en Montevideo) 185/190 185/190 30 días

AVENA

Superior 280 280 -

Buena Nominal Nominal -

Importada 320 310 30 días

ALPISTE (sano y seco hasto un 5% de cuerpos extraños) 800 800 -

CEBADA - Puesta en Montevideo

Forrajera Buena Nominal Nominal 30 días

Forrajera Regular Nominal Nominal -

GIRASOL

Industria - Puesto en en Montevideo Nominal Nominal -

Exportación - Puesto en Nueva Palmira Nominal Nominal -

Harina de girasol - Base 32/33 Nominal Nominal -

SOJA

Industria - Puesta en Montevideo 480/490 480/490 -

Exportación - Zafra 2014 - Puesta en Nueva Palmira - Compradores 480/485 495/500 -

Harina de soja, 46% Proteína, 1,5% Grasa, Profax 47/50 Nominal 545/555 -

CANOLA

Industria - Puesta en Montevideo Nominal Nominal -

Harina de Canola - 36% Proteína, 1,6% Grasa 375 340 -

PRODUCTO POR 100 KILOS EN $

ALFALFA - A levantar

Especial 420 420 -

Común Nominal Nominal -

MEZCLA - A levantar

Especial 320 320 -

Buena Nominal Nominal -

REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAYMINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

AUDITORIA INTERNADE LA NACIÓN

COMUNICADO A ENTIDADESY SUJETOS OBLIGADOS POR

LA LEY 18.930

Se pone en conocimiento de lasentidades y sujetos obligados porla Ley 18.930 de 17 de julio de2012, que la Auditoría Interna dela Nación comunicará a la Direc-ción General Impositiva la nóminade sociedades anónimas al porta-dor que a la fecha de la presentepublicación no hayan dado cumpli-miento a las obligaciones consa-gradas por dicha Ley, a los efectosque ésta proceda a la suspensióndel Certificado de vigencia, enmérito a lo dispuesto por el artí-culo 4 literal B,por el inciso 10 delartículo 13 de la misma y por el in-ciso final del artículo 15 del Decre-to 247/012 de 2 de agosto de 2012,y en atención a lo preceptuado porel artículo 12 de la referida Ley,

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UNIÓN DE CONSIGNATARIOS Y REMATADORES DE LANA DEL URUGUAYINTEGRANTE DE LA CÁMARA MERCANTIL DE PRODUCTOS DEL PAÍS

PRECIOS DE LOTES DE LANA SUPERIOR A SUPRA , A LEVANTAR DE ESTANCIA(EN DÓLARES POR KILO)

Semana del 9 al 15 de mayo de 2014

RAZA MICRONAJE SIN ACONDICIONAR GRIFA CELESTE GRIFA VERDEPROMEDIO PROMEDIO PROMEDIO

LANA

Menos de 17,9

18,0 a 18,9

19,0 a 19,9

20,0 a 20,9

21,0 a 21,9

22,0 a 22,9 6,00

23,0 a 23,9

24,0 a 24,9 5,15

25,0 a 25,9

26,0 a 26,9

27,0 a 27,9

28,0 a 28,9 3,50

29,0 a 29,9 3,23 3,30 3,40

30,0 a 31,5 3,50

31,6 a 34,0

Más de 34,1

1,00 0,90

0,60 0,60 0,75

2,30

Fuente: Aloe 2000 Ltda. - Arrosa y Muñoz Lanas Ltda.- Bruno Arrosa y Cia. S.A.- Barriola y Cia. S.A.- Escritorio Dutra Ltda.-Escritorio Romualdo Rodríguez Ltda.- Gaudín Hnos S.R.L.- Megaagro Haciendas Ltda. - Francisco Dotti S.C. -

Victorica Consignaciones S.R.L.- Zambrano y Cia. S.A.*Se autoriza la reproducción total de la presente publicación, solo en caso de citar la fuente: Unión de Consignatarios y

Rematadores Laneros del Uruguay

Merino/Ideal/Cruzas

Cruzas Merino/Ideal/Merilín

Cruzas finas

Corriedale Fino

Corriedale Medio

Corriedale Grueso

Corriedale muy grueso/ Romney Marsh

Merino Súper fino

Merino Súper fino

Merino Australiano / Dohne

Romney Marsh

Barriga y Subproductos Finos

Barriga y Subproductos General

Cordero Fino

Cordero General

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1414

Terneros * hasta 140 kg USD / Kg

Terneros * 141 a 180 kg USD / Kg

Terneros * más 180 kg USD / Kg

Novillitos 201 a 240 kg USD / Kg

Novillos 241 a 300 kg USD / Kg

Novillos 01 a 360 kg USD / Kg

Novillos más 360 kg USD / Kg

Novillos HQB 481 USD / Kg

Terneras hasta 140 kg USD / Kg

Terneras 141 a 200 kg USD / Kg

Vaquillonas 201 a 240 kg USD / Kg

Vaquillonas más 240 kg USD / Kg

Vaquillonas y

Vacas Preñadas USD / Kg

Vacas de Invernada USD / Kg

Piezas de Cría USD / Kg

Nota: Los precios en pie contado son U$S 0,02 menos que a plazo.Los precios en 2da.balanza contado son U$S 0,04 menos que a plazo.

* Los precios de punta de la categoría Terneros corresponde a los Ternerosmás livianos, destetados y castrados .

COMENTARIO: A nuevos valores se concretan más operaciones.

INDUSTRIA - COTIZ. PROMEDIO, FLETE A CARGO VENDEDOR

COMENTARIO:

SEM. ANT. SEM. ACT. SEM. ANT. SEM. ACT.

SEMANA DEL 4 AL 10 DE MAYO DE 2014PRECIOS PROMEDIO PARA RAZAS CARNICERAS Y SUS CRUZAS

A LEVANTAR DEL ESTABLECIMIENTO CON PAGOS HASTA 30 DÍASDESTARE PROMEDIO DEL 5% AL 7% S/CONDICIONES CARGA ESTIPULADAS

CATEGORÍA PESO EN KG SEM.ANT. SEM.ACT.COTIZACIONES PROMEDIOFLETE A CARGO DEL COMPRADOR

PRECIOS EN U$S

INDICE FLACO/GORDO ACG: 1,2130

ASOCIACIÓN DE CONSIGNATARIOS DE GANADOH A C I E N D A S

SEMANA DEL 4 AL 10 DE MAYO DE 2014

NOVILLOS GORDOS - Razas Carniceras 1.68 1.69 3.25 3.25

VACAS GORDAS - Razas Carniceras 1.37 1.37 2.79 2.79

VAQUILLONAS GORDAS 1.59 1.59 3.04 3.04

Toros y Novillos 1.31 1.31 2.33 2.31

Vacas Manufactura 0.85 0.87 1.80 1.80

Conserva 0.71 0.70 1.67 1.68

OVINOS GORDOSCorderos 0.00 0.00 3.80 3.80

Cordero Pesado 0.00 0.00 3.80 3.80

Borregos 0.00 0.00 3.76 3.76

Capones 0.00 0.00 3.44 3.44

Ovejas 0.00 0.00 3.17 3.18

R E P O S I C I O N

ENPIE CARNE EN2ª BALANZA

LANA - Mercado internacional

Exterior: Fuente SUL

GANADO

2.21

2.05

1.94

1.86

1.77

1.69

1.63

1.92

1.92

1.84

1.75

1.68

616

1.33

347VACUNOS: CCon aumento de faena y preferencia por ganados pesados ybien terminados, mercado estable.

LANARES: Mercado firme y demandado en todas las categorias.

2.19

2.05

1.91

1.78

1.72

1.66

1.58

1.87

1.88

1.81

1.67

1.60

587

1.34

340

Australia: El indicador cerró ayer jueves por debajo del valor dela semana anterior, en un marco de menor demanda. En dólaresaustralianos el indicador disminuyó 26 centavos (2.6%) respec-to al cierre del 8 de mayo, aunque permaneciendo por encimade los 1000 centavos, ubicándose en los 1020. En dólares ame-ricanos, el IME registró también una fuerte baja, 24 centavos(2.4%) con respecto al cierre de la semana anterior al ubicarseen 956 centavos por kilo base limpia. Si se analiza el indicadorrespecto al resto de las monedas, el IME disminuyó tanto enEuros (-0.9%) como en Yenes en un 2.4%.En dólares americanosy respecto al cierre de la semana pasada, los vellones presentanvariaciones dispares. Las categorías que aumentaron sus pre-cios fueron las siguientes: lanas de 30 micras (+0.5%) y lanas de32 micras (+2.3%). Los vellones de 28 micras se mantuvieron enmismo valor que cierre anterior. Las lanas que disminuyeron susprecios se ubicaron entre un rango de 4.1% (lanas de 20 micras)y 1.6% lanas de 23 micras. La oferta semanal aumentó nueva-mente a 40.453 fardos ofertados, de los cuales la demanda ad-quirió el 82.4%. Cabe señalar que el 23.1% de dicha oferta eranlanas de excelente calidad. Para la próxima subasta se estimauna baja en la cantidad ofertada en 34.161 fardos. China liderónuevamente las compras de la semana, seguido de Europa eIndia. Los principales compradores fueron PJ Morris, TechwoolTrading y Lempriere.

Exportaciones australianas-Los primeros puestos continúan igual que la zafra anterior se-

gún el siguiente detalle: el 71.1% tiene como destino China (180millones de kilos), seguido de India con un 6.9% (17.5 millonesde kg), Italia 5.2% (13.2 millones de kg), República Checa 4.6%(11.8 millones de kg) y Corea con 3.2% (8 millones de kg). Elresto de los destinos alcanza 9% entre los que se encuentran:Malasia, Egipto, Tailandia, Taiwán, Japón, Reino Unido, Alema-nia. (Kilos en base sucia).

Nueva Zelanda: Con una subasta de 9.080 fardos la demandase ubicó por encima de la subasta anterior alcanzando el 91%.Los precios se mantuvieron prácticamente incambiados respec-to remate anterior, con pequeñas variaciones. Los principalescompradores provienen de Australasia, India, Europa Occiden-tal, seguido de China (NZ Wool Services, Fuhrmann, Ascot yMasurel). El próximo remate es el 22 de mayo con 8.500.

Sudáfrica: En la subasta del 8 de mayo se remataron 11.196 far-dos con una demanda del 98%. Los precios continúan cotizandoal alza tanto en moneda local como en dólares americanos. Al-gunas referencias: las lanas de 20 micras cotizaron levemente ala baja para ubicarse en US$11.35, al igual que las lanas de 21micras que alcanzaron los US$ 11.31 por kilo base limpia. Stan-dard Wool, Stucken, Lempriere y Modiano fueron las principa-les firmas compradoras. La próxima venta se realizará el 21 demayo con 6.000 fardos en subasta.

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15

GANADO / CUEROS / RACIONES

PRECIOS DE FRUTAS Y HORTALIZASDiariamente se pueden consultar los precios de los productos frutícolas y hortícolas a través del teléfono 2508 14 88

Es un servicio de la Unidad de Información Comercial del Mercado Modelo

www.mercadomodelo.net

CUEROS LANARES, VACUNOS Y CERDASCotizaciones Contado Piso Barraca Montevideo

Información proporcionada por la Comisión de Precios de Lanas y Cuerosde la Cámara Mercantil de Productos del País.

ASOCIACION URUGUAYA DE INDUSTRIASDE NUTRICIÓN ANIMAL

CAMARA MERCANTIL DE PRODUCTOS DEL PAIS

02/05/14 09/05/14 16/05/14Harina de carne y hueso 50/45 12,80 12,80 12,80Harina de carne y hueso 40/45 10,80 10,80 10,80Harina de sangre 13,50 13,50 13,50Harina de pescado 13,80 13,80 13,80Sebo granel 22,00 20,00 20,00Maíz Ver pizarra de la C.M.P.P.Sorgo Ver pizarra de la C.M.P.P.Trigo Ver pizarra de la C.M.P.P.

ALIMENTOS BALANCEADOSPRECIOS PROMEDIOS PARA LOS DIFERENTES TIPOS,

PARA CRIADEROS, POR KILO Y A RETIRAR DE PLANTAS.

POR TON. (EN U$S)Harina de girasol Ver pizarra de la C.M.P.P.Harina de soja Ver pizarra de la C.M.P.P.Afrechillo de trigo Ver pizarra de la C.M.P.P.Afrechillo de arroz 170 170 170Oleína (granel) 650+IVA 650+IVA 650+IVA

COTIZACIONES DE INSUMOS A LA FECHA Y COMPARATIVO CON DOS SEMANAS ANTERIORES

COMENTARIO SOBRE EL MERCADO DE RACIONES: Al igual que en lasemana anterior, se comercializan estos alimentos acorde con losprecios de la escala respectiva.

CUEROS VACUNOS SECOS: $ LOS 10 KILOSVacunos, al barrer, sanos 160.00 a 180.00Vacunos, al barrer, maldesechos 16.00 a 18.00PIELES LANARES: $ LOS 10 KILOS3/4 lana arriba lotes generales sanos 180.00 a 200.003/4 lana arriba lotes generales maldesechos 18.00 a 20.00

$ POR UNIDAD1/4 y 1/2 lana lotes generales sanos 40.00 a 50.001/4 y 1/2 lana lotes generales maldesechos 4.00 a 5.00Troncos y tronquitos lotes grales. sanos 20.00 a 30.00Troncos y tronq. lotes grales. maldesechos 2.00 a 3.00Pelados lotes generales sanos 10.00 a 15.00Pelados lotes generales maldesechos 1.00 a 1.50Borregos (según altura de la lana) sanos 10.00 a 20.00Borregos (según altura de la lana) maldesechos 1.00 a 2.00Corderitos de 1ra. y 2da. cada uno 18.00 a 20.00Corderitos de 3ra. cada uno 1.80 a 2.00

CERDA POR 10 KG.De vaca, de potro (mezclas) 130.00

INICIADOR PARRILLERO. U$S 0.510TERMINADOR PARRILLERO. U$S 0.500B.B. U$S 0.490RECRIA. U$S 0.385PONEDORAS PISO. U$S 0.425PONEDORAS JAULA. U$S 0.405INICIADOR LECHONES. U$S 0.525LECHONES. U$S 0.480CERDAS EN GESTACIÓN. U$S 0.370CERDAS EN LACTACIÓN. U$S 0.360CERDOS ENGORDE. U$S 0.355CERDOS RECRIA U$S 0.370CONEJOS. U$S 0.565TERNEROS INICIACIÓN U$S 0.480TERNEROS RECRIA U$S 0.390TOROS. U$S 0.390LECHERAS. U$S 0.340LECHERAS DE ALTO RENDIMIENTO. U$S 0.370CARNEROS. U$S 0.365EQUINOS. U$S 0.440

Continúa el desinterés a nivel internacional

INFORME DE LA ASOCIACIÓNDE CONSIGNATARIOS DE GANADO

MERCADOS AL 12 DE MAYO DE 20141 DÓLAR: $ 22,99 1 PESO ARG.: $ 2,25 1 REAL: $ 10.17

MERCADO DE LINIERS - ARGENTINANovillos (esp. a buenos) +390 k. 1.51-1.54Novillos (esp. a buenos) - 390 k 1.17-1.81Vacas buenas 0.73-1.47Vaquillonas especiales. 1.41-1.54MERCADO DE CHICAGO - U.S.A.Novillos gordos U$S 3.26MERCADO DE SAN PABLO - BRASILNovillos gordos U$S 1.86MERCADO DE PARAGUAYNovillos gordos U$S 1.55

PRECIO EN DÓLARES POR KG. EN PIE

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1616

BARRACAGONZALEZ LAMELA

CEREALES - FORRAJES - RACIONES

Av. San Martín 2214-20Tel.: 2203 57 14

Telefax: 2208 03 62

NIDERA URUGUAYA S.A.Exportadores de cereales

Oleaginosos y Subproductos

Rbla. 25 de Agosto de 1825 Nº 440 - P.1º Teléfonos: 2916 02 79 - 2916 02 88

Fax: 916 28 81

LAVADERO DE LANASBLENGIO S.A.

Planta industrial:Ruta 1 Km. 48,800 - Paraje Buschental s/n

80100 Libertad, San JoséTel/fax 4345 4203 - 4345 4445

Administración:Gral. Fraga 2198 | C.P.:11800 |

Montevideoe-mail: [email protected]

LANAS TRINIDADS.A.

Exportación Lana PeinadaMiami 2047

11500 - MontevideoTels. 2601 00 24 / 2606 18 19

Fax 2606 00 32E-mail: [email protected]

www.lanastrinidad.com

THOMAS MORTONS.A.

Exportaciones de LanasImportación - RepresentacionesCésar Díaz 1208 Tel.: 2924 4158 /

2924 5837Fax: 2924 4110

E. Mail: [email protected]

ZAMBRANO Y CÍA.Consignatarios de Lanas

Negocios RuralesCuareim 1877

Tels. 2924 8994 - FAX: 2924 4775www.zambrano.com.uy

ENGRAW EXPORT EIMPORT Co.S.A.

Exportación yPeinaduría de Lana

Julio César 1085Tels.: 26289768 - 26222191

Fax: 22150191E mail: [email protected]

LANASUR S.A.Industrializadora de Lanas

Uruguayas S.A.Elaboración y Exportación de

TOPS, NOILS Y SUBPRODUCTOS

URIMPEX S.A.Fundada en 1947

MIEL DEL URUGUAYExportación - Envasado

Compra-Venta de:MIEL - CERA - PROPOLEOS

POLEN - REINASGral. Pacheco 1123/25 - Tel.:2924 3249 - Fax: 2924 3275

Tel. gratuito: 0800 1885E.mail: [email protected]

[email protected]éfono: 2710 9242

MANTASDE LANA

Camino Vecinal 5620, 12400 MontevideoCasilla de Correo 807Tels.: (598)2222 31 21*Fax: (598)2222 31 39

E.mail:[email protected]

MOLINO NUEVAPALMIRA S.A.Carlos Cúneo y Felipe Fontana

(Nueva Palmira ) Tel. 4544 6133 - 4544 6094

Gral. Rondeau 1908 Esc. 8, 9 y 10(Montevideo)

Tel. 2924 06 45 - 2924 06 68

MOLINOFLORIDA S.A.Emilia Pardo Bazán 2351

(Montevideo)Tels.: 2924 09 01 - 2929 06 55

Fax.: 2924 08 91Avda. Artigas 1295 (Florida)Tels.: 43522013 - 43522033

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