CÁMARA MERCANTIL DE PRODUCTOS DEL PAÍS · 2013-03-22 · 1 22 de MARZO de 2013 CÁMARA MERCANTIL...

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22 de MARZO de 2013 CÁMARA MERCANTIL DE PRODUCTOS DEL PAÍS Nuestra Misión es promover la producción y comercialización agroindustrial Fundada el 23 de enero de 1891 ORGANIZACIÓN EMPRESARIAL Avda Gral Rondeau 1908 Tel.:2924 06 44 Montevideo - Uruguay [email protected] EVENTOS FERIAS, CONGRESOS Y EXPOSICIONES CAPACITACIÓN LICENCIATURAS, CURSOS Y SEMINARIOS COMERCIO INFORMACIÓN SOBRE REPRESENTACIONES DIPLOMÁTICAS Y OPORTUNIDADES COMERCIALES NORMATIVA LEYES, DECRETOS Y RESOLUCIONES INFORMES INFORMACIÓN DE ASESORES DE LA CÁMARA Puede acceder a mayor información a través de: www.camaramercantil.com.uy El contenido de los artículos publi- cados en este Boletín Semanal, son de exclusiva responsabilidad de sus respectivos autores. Informe del Asesor Jurídico de la Cámara Mercantil de Productos del País, Dr. Enrique Lussich Puig Proyecto de Ley que deroga el «I.C.I.R.» Destino de lo recaudado El fallo de la Suprema Corte de Justicia que declara inconstitucional una Ley, no tiene efectos generales, sino que se aplica exclusivamente al caso y al procedimiento judicial concreto, donde la cuestión se haya planteado (artículo 259 de la Constitución Nacional). Para el resto de la población, la Ley continúa vigente. Pero para evitar una proliferación en masa de accionamientos judiciales y por razones de buena administración, resulta conveniente que el Parlamento derogue la Ley, cuando la misma resulta ser claramente inconstitucional. En ese sentido y en relación con la Ley N° 18.876 de 29 de diciembre de 2011 que creó el Impuesto a la Concentración de Inmuebles Rurales («ICIR»), el Poder Ejecutivo remitió al Parlamento, con fecha 12 de marzo de 2013, un Proyecto de Ley, a través del cual se pretenden derogar los artículos 1° a 12° de dicha Ley, que refieren exclusivamente a la cuestión del «ICIR», manteniendo los artículos 13° y 14° relativos a la forma de cálculo de la renta, en los casos de enajenación de inmuebles rurales, para contribuyentes del IRPF y del IRAE.- Como la der og ación del «ICIR» se hace (según el artículo 1° de dicho Proyecto de Ley), en f orma r e tr oactiv a (esto es, a partir de su vigencia), la s suma s que los c on tri buy en t e s de e s t e Impue s t o ha y an abona do de sde que la misma en tr ó en vig encia, deben ser obje t o de de v olución, aún cuando no hayan planteado impugnaciones por inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia.- Sin embargo, el Proyecto de Ley en cuestión, le da a las sumas recaudadas por este Impuesto, el mismo destino que preveía la normativa original que hoy se pretende derogar («Las sumas que se hubieren recaudado por concepto del impuesto que se deroga, serán destinadas a los Gobiernos Departamentales, con el objeto de financiar los gastos e inversiones derivados de la construcción y mantenimiento de la caminería rural departamental y el acceso a los establecimientos comerciales e industriales») y prevé que el reintegro a su titular, de los montos abonados por concepto del «ICIR», se haga a través de la emisión de certificados de crédito por parte de la DGI, que aquel podrá utilizar para compensar obligaciones tributarias propias ante dicha Oficina.- La forma y las condiciones de emisión de dichos certificados de crédito, el Proyecto de Ley, lo deja a criterio del decreto reglamentario que, oportunamente, será dictado.

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22 de MARZO de 2013

CÁMARA MERCANTIL DE PRODUCTOS DEL PAÍS

Nuestra Misiónes promover laproducción ycomercializaciónagroindustrial

Fundada el 23 de enero de 1891

ORGANIZACIÓNEMPRESARIAL

Avda Gral Rondeau 1908Tel.:2924 06 44

Montevideo - [email protected]

EVENTOSFERIAS, CONGRESOSY EXPOSICIONES

CAPACITACIÓNLICENCIATURAS, CURSOS YSEMINARIOS

COMERCIOINFORMACIÓN SOBREREPRESENTACIONESDIPLOMÁTICASY OPORTUNIDADESCOMERCIALES

NORMATIVALEYES, DECRETOSY RESOLUCIONES

INFORMESINFORMACIÓN DEASESORESDE LA CÁMARA

Puede acceder a mayor información a través de:

www.camaramercantil.com.uy

El contenido de los artículos publi-cados en este Boletín Semanal, sonde exclusiva responsabilidad desus respectivos autores.

Informe del Asesor Jurídico de laCámara Mercantil de Productos del País, Dr. Enrique Lussich Puig

Proyecto de Ley que deroga el «I.C.I.R.»Destino de lo recaudado

El fallo de la Suprema Corte de Justicia que declara inconstitucional una Ley, no tieneefectos generales, sino que se aplica exclusivamente al caso y al procedimiento judicialconcreto, donde la cuestión se haya planteado (artículo 259 de la ConstituciónNacional). Para el resto de la población, la Ley continúa vigente. Pero para evitar una proliferación en masa de accionamientos judiciales y por razonesde buena administración, resulta conveniente que el Parlamento derogue la Ley,cuando la misma resulta ser claramente inconstitucional.En ese sentido y en relación con la Ley N° 18.876 de 29 de diciembre de 2011 quecreó el Impuesto a la Concentración de Inmuebles Rurales («ICIR»), el Poder Ejecutivoremitió al Parlamento, con fecha 12 de marzo de 2013, un Proyecto de Ley, a travésdel cual se pretenden derogar los artículos 1° a 12° de dicha Ley, que refierenexclusivamente a la cuestión del «ICIR», manteniendo los artículos 13° y 14° relativosa la forma de cálculo de la renta, en los casos de enajenación de inmuebles rurales,para contribuyentes del IRPF y del IRAE.-Como la derogación del «ICIR» se hace (según el artículo 1° de dicho Proyecto deLey), en forma retroactiva (esto es, a partir de su vigencia), las sumas que loscontribuyentes de este Impuesto hayan abonado desde que la misma entró envigencia, deben ser objeto de devolución, aún cuando no hayan planteadoimpugnaciones por inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia.-Sin embargo, el Proyecto de Ley en cuestión, le da a las sumas recaudadas por esteImpuesto, el mismo destino que preveía la normativa original que hoy se pretendederogar («Las sumas que se hubieren recaudado por concepto del impuesto que sederoga, serán destinadas a los Gobiernos Departamentales, con el objeto de financiarlos gastos e inversiones derivados de la construcción y mantenimiento de la camineríarural departamental y el acceso a los establecimientos comerciales e industriales») yprevé que el reintegro a su titular, de los montos abonados por concepto del «ICIR»,se haga a través de la emisión de certificados de crédito por parte de la DGI, queaquel podrá utilizar para compensar obligaciones tributarias propias ante dichaOficina.-La forma y las condiciones de emisión de dichos certificados de crédito, el Proyectode Ley, lo deja a criterio del decreto reglamentario que, oportunamente, será dictado.

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Riesgo empresarioHay gente cuyo objetivo en la vida es tener un empleo. Si esposible, público. Saber que, a fin de mes, tendrá un sueldo ase-gurado y no aspira a nada más. Digo esto sin ningún ánimo pe-yorativo, respetando la opción que hace cada ser humano.Hay otros que tienen un espíritu emprendedor, que no temen aldesafío y devienen empresarios (se usa el término empresa ensentido vulgar y no técnico). Algunos con preparación y muchosotros sin preparación para hacerlo. También está el caso de quie-nes heredan una empresa y tienen que enfrentarse a la vidaempresaria que tiene sus dificultades y desafíos. Como en todaslas cosas, algunos les va bien y a otros, no.La empresa es vital en la economía de mercado porque es la quecrea bienes y servicios, la que genera riqueza indispensable parala sociedad.Hay un profesional que, casi inevitablemente, debe auxiliar alempresario. Estos suelen instruir, orientar, aconsejar a sus clien-tes acerca de sus principales obligaciones. Es el Contador Públi-co quien advierte a su cliente acerca del cumplimiento de susobligaciones con el Fisco, la Seguridad Social, con los trabajado-res, etc.En muchos casos, seguramente, les advierten de la mayor partede las obligaciones y responsabilidades que afrontan.A veces, sobre todo sucede con el pequeño empresario (que conel tiempo deviene mediano o grande) que no quiere ni oír loque se le dice y el Contador pasa a ser un mero receptor de lainformación que se le proporciona y prepara, en base a ello lasdeclaraciones de tributos. Es posible que pequeños y aún gran-des empresarios desconozcan las responsabilidades que asumenya sean empresas unipersonales o societarias. En este últimocaso las agravadas responsabilidades del administradorsocietario.Reseñaremos ahora, las Principales responsabilidades en juego.La enumeración no es, por supuesto, taxativa, ni mucho menos.El Código de Comercio, impone a los comerciantes, entre otras,la obligación de llevar libros (art.44) y su omisión puede aca-rrear resultados inconvenientes para el obligado.La Ley de Sociedades Nº 16.060 le impone al administrador debe«obrar con lealtad y con la diligencia de un buen hombre denegocios « (art. 83).También tienen deberes de documentar ycontabilizar sus actividades (arts. 87 y ss. de la misma ley). La leydelega en la reglamentación como se contabilizará y lo impues-to remite a las NICS (normas internacionales de contabilidad).También existen una variedad de obligaciones, dependiendo delgiro. No es lo mismo instalar una entidad de intermediación fi-nanciera, como un banco, cuyos requisitos están marcados en elDecreto-Ley Naº15.322 de 1982 (con sus modificativas del año1992 y 2002) o instalar un quiosco en el zaguán de la casa.Hay múltiples obligaciones impuestas por todo tipo de normati-va. Piénsese por ejemplo, en las disposiciones municipales so-bre la instalación de carnicerías, puestos de comida en carritosu otros tantos giros.Lo dicho hasta ahora podría servir de introducción al tema so-bre el cual se quiere llamar la atención. La relativamente, nuevaLey Concursal Nº 18.387 establece responsabilidades muy seve-ras que -es casi seguro- la plaza ignora, en su gran mayoría. Ocu-

rre que desde que se dictó la ley ha habido pocos concursos,dada la excelente situación económica del país, que se puededeber a múltiples causas, pero ello no es nuestra materia.En el Prólogo a la Segunda Edición de nuestro Manual (agostode 2009) decíamos: «Por último, queremos señalar que cuantomás profundizamos en La ley más nos damos cuenta que su apli-cación requiere un gran cambio en la idiosincrasia de nuestrosempresarios. La ley no permite que se cumplan con las obliga-ciones a medias. El empresario que, de alguna manera, se prote-ge en la ley, tiene al mismo tiempo, graves responsabilidades,cuyo incumplimiento es severamente sancionado. Es fundamen-tal trasmitir este mensaje para que los actores comprometidosse beneficien y no resulten víctimas del sistema.»El día que, más tarde o más temprano, el ciclo negativo se de, yaque en la historia siempre a las épocas de bonanza le sucedenépocas de crisis, van a haber muchos empresarios que se van asorprender.Resulta que si alguien es dueño o director o administrador deuna sociedad, tiene la obligación de formular estados contablesanuales y si observa la posibilidad de la que la empresa se en-frente a una situación de insolvencia, tiene la obligación de pe-dir su concurso.La definición de insolvencia no es un tema fácil y desde hacemuchos años, la doctrina y jurisprudencia han tratado de des-entrañar su significado. Ahora bien nuestra ley se ha inclinadopor el criterio de la «impotencia patrimonial». Cuando se ad-vierte que los activos no serán suficientes para afrontar los pasi-vos, estaremos en esa situación. Aunque los activos sean mayo-res que los pasivos y si aquellos no son líquidos estaremos en lasituación que amerita la solicitud de concurso. Obsérvese que elacreedor, o cualquier otro legitimado por la ley, puede solicitarel concurso aún si no hay ninguna deuda vencida o no haya plu-ralidad de acreedores (art. 1).Si el deudor no cumple con su obli-gación en un plazo de treinta días, en caso de conocer o «debidoconocer» la insolvencia se encontrará con un panorama pocohalagüeño.Son varias las consecuencias desfavorables, pero básicamente,está la posibilidad de un embargo preventivo de los bienes yderechos de los administradores e incluso de los síndicos o losliquidadores de la sociedad. Además el juez puede mandar tra-bar embargo sobre bienes de los ex directores, si dentro del pla-zo de dos años anteriores a la declaración supieron o debieronsaber del estado de insolvencia. En este caso nos encontrare-mos, seguramente, ante un concurso necesario. Es obvio, que elconcurso voluntario resulta más benévolo para el deudor que elconcurso necesario. Por otro lado, está el Incidente de Califica-ción del Concurso, donde si el concurso no es declarado comofortuito, existe la chance de que quien o quienes están al frentede la empresa sean inhabilitados para administrar bienes (pro-pios o, por supuesto, ajenos), ni representar a cualquier perso-na (art.201) e incluso deberá cubrir la totalidad o parte del défi-cit patrimonial que se produzca a los acreedores (art. 203).Es también muy comprometida la posición de los cómplices delconcursado culposo. Si cooperaron con el deudor (art. 195). Estan frecuente oír: «yo puse esta casa a nombre de mi cuñado

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El pasado 18 de febrero, el Directorio del Colegio de Abo-gados hizo pública una declaración fijando su posiciónante los hechos y dichos de pública notoriedad, que tu-vieron a la Suprema Corte de Justicia como destinatariafinal.

Dicha declaración buscó fijar una posición muy clara de esteColegio respecto a temas que resultan esenciales eincuestionables e, intencionadamente, no ingresó en el fon-do de los asuntos que desataron la polémica.

Al Directorio le pareció imprescindible dejar en claro quecualquier presión sobre el Poder Judicial no es admisiblepara los abogados, que creemos en la independencia delos jueces como una premisa fundamental que actúa comola garantía última de los derechos de los justiciables.

Especialmente la declaración emitida rechazó «que los Jue-ces puedan estar sometidos o subordinados a las mayoríaspolíticas que puedan existir en un momento histórico de-terminado, siendo censurable todo intento en este senti-do».

Es bueno recordar ahora la esperanza y la alegría que nosprodujo, 30 años atrás, recuperar la vigencia del estado dederecho y el funcionamiento pleno de un Poder Judicial in-dependiente para valorar, en sus justos términos, la impor-tancia de una justicia actuando libremente.

Y es bueno también mirar los funcionamientos de otrospoderes judiciales en la región –algunos muy cercanos- paraconstatar qué tan evidente resulta la pérdida de calidad delsistema democrático cuando los órganos máximos de con-ducción del Poder Judicial resultan sospechados de actuar

ESTADO DE DERECHO EINDEPENDENCIA DEL PODER JUDICIAL

políticamente.

En definitiva, para nosotros los abogados, la regla es clara yla vivimos a diario: un fallo legítimamente dictado por untribunal competente, en el marco de su jurisdicción, sólopuede ser cuestionado por los recursos que la ley prevé y,una vez que ha quedado firme, debe ser cumplido, no exis-te otra opción.

Y esto, así como es claro para los abogados debe ser claropara todos los ciudadanos, mucho más aún para aquellosque tienen mayores responsabilidades.

Naturalmente que todo lo anterior, no implica un pronun-ciamiento sobre la gestión diaria y rutinaria del Poder Judi-cial, sobre la que somos y hemos sido críticos en reiteradasoportunidades, realizando propuestas y aportes en aras deun mejor funcionamiento.

Por ello lo del principio, no debe ejercerse ninguna presiónsobre el Poder Judicial para torcer su voluntad dentro delmarco de sus competencias; pero es bueno reclamar quesu cabeza, la Suprema Corte de Justicia, asuma con énfasissu rol jerárquico y lidere el camino de reformas por los cua-les claman abogados y usuarios en los pasillos de todos losTribunales de la República.

No duda el Colegio que esas reformas le agregarán a su le-gitimación institucional la conformidad de los destinatariosde esas decisiones.

El Directorio

Fuente: Directorio del Colegio de Abogados del Uruguay

NOTICIAS E INFORMACIONESpara sacarlo de mi patrimonio, para que no lo afecte el concur-so». El cuñado no sabe en el lío que se mete.Otro tema es el delito de Fraudes Concursales, en que se tipificandeterminadas conductas, que no son tan infrecuentes, dondeun deudor fraudulento y un tercero que lo acompañe puedeser objeto de un castigo de un año de prisión a cinco de peni-tenciaría.Aquí no se acaban, hay múltiples cuestiones que se deben con-siderar, como las categorías de créditos de personas relaciona-das, la posible pérdida de un derecho real y la subordinación decréditos.Es dable preguntarse: ¿cuánta gente es consciente que estar enla directiva de un club deportivo, en especial de uno de fútbol,

por lo general, muy deficitarios, los pone en riesgo patrimonialde ser responsables con su patrimonio particular por las obliga-ciones de la Asociación Civil? En nuestro medio hay alguna insti-tución concursada y otras no lo están milagrosamente.Ser empresario es cosa seria y los abogados tenemos la obliga-ción de hacer conocer estos temas.

Fuente: Revista Tribuna del Abogado- APORTESDOCTRINARIOS

Autor: lsrael Creimer **Doctor en Derecho y Ciencias Sociales. Profesor de Postgrado en la UDELAR yProfesor de Derecho Comercial y Bancario en la UCUDAL. Presidente del Institu-to Iberoamericano de Derecho Concursal.

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Una organización gremial agrupa a quienes tienen en co-mún el ejercicio de una profesión u oficio, por ende partende una formación común, comparten una misma raíz histó-rica y un similar presente.Sin embargo, aquello que /os une va más allá de estos as-pectos, de por sí importantes y hasta imprescindibles.De nada sirve tener una misma formación, llevar a cabocotidianamente igual tarea y formar parte del mismo esce-nario o contexto. Siendo imprescindible, eso no alcanza paratener una organización gremial genuina y, mucho menos,para desplegar un accionar gremial eficaz y auténtico.El ingrediente fundamental es el compromiso. Un gremiosin compromiso, es una institución sin alma.Un socio es mucho más que un número en el padróninstitucional o un tilde del tesorero señalando que está aldía.Siendo importante el número de socios, hay algo aún másrelevante: la participación cotidiana en los asuntos de laorganización, con trabajo y pensamiento, con dedicación eideas.Un socio verdadero es aquel que late junto a la organiza-ción gremial cada día, se compromete, cuestionasanamente, señala el error y plantea, critica pero a la vezindica el camino que a su modo de ver es el correcto.En ese proceso de generosa construcción, se expone al ha-cer y decidir, arriesga opinión y sabe escuchar en el ejerci-cio de la más pura democracia. Es el que entrega sin pedir acambio; el que da sin buscar protagonismo.El objetivo común, aquel que une sólidamente, es el bien-estar de la familia tambera.Sobre esa simple y firme base, se erige el más purogremialismo. Ese que se ha practicado, generación tras ge-neración, durante ochenta años desde la Asociación Nacio-nal de Productores de Leche.El interés colectivo ha de prevalecer siempre sobre los egoís-tas individualismos. Las necesidades estarán siempre clara-mente identificadas, así como las restricciones al crecimien-to del sector.¿A qué crecimiento hacemos referencia? Al económico, cla-ramente que sí, pero ¿es el único? La felicidad y el bienes-tar humano no se logran sólo con el progreso económico.Es también necesaria la salud y la educación. De ahí quesiendo el precio de la leche eje de la permanente lucha gre-mial liderada por la Asociación Nacional de Productores deLeche, reconocido como angular y determinante de los in-gresos, el esfuerzo bien dirigido no queda en ese aspectode singular importancia.Atiende en su abanico de servicios campos de odontología

El más puro gremialismoy oftalmología, apoya y da seguimiento a la gestión a tra-vés de /a aseso ría tributaria y de seguridad social, y funda-mentalmente tiene presente a los jóvenes, relevo indispen-sable en el cual reposa el futuro próximo de la lechería uru-guaya.Claro está que falta mucho por hacer. Todo esto, siendomucho, no es suficiente. Está la base firme y el tronco filo-sófico de la institución, ese que la ha caracterizado duranteocho décadas, distinguiéndola ostensiblemente en el mapainstitución: el tono calmo y firme a tal vez, el ánimo nego-ciador, la propuesta razonable, la flexibilidad y el propósitosiempre constructivo.Ese estilo ha moldeado la historia de la lechería uruguaya,alimentando en el productor lechero una mentalidad abier-ta no sólo a las nuevas tecnologías sino también al trabajocolectivo inteligente que busca permanentemente formasde organización inéditas que apuntan al uso eficaz de /osrecursos disponibles.Pues entonces ¿qué falta? Todos los ingredientes necesa-rios para el buen éxito están presentes. He aquí una insti-tución con alma. Espejo de sus fundadores, de aquellos quedieron impronta a la lechería moderna y que, arropados enesta gremial, engendraron la Cooperativa.Cuando este número de EL TAMBO esté aún bajo la atentamirada de cada productor lechero, la Asociación Nacionalde Productores de Leche cumplirá ochenta años.Un hito en el largo camino y, quizá, oportunidad única paratoda una generación de aquilatar lo hecho y proyectarentramo a recorrer en las próximas dos décadas.Bienvenida es la oportunidad de remangarse y trabajar fuer-te en beneficio de la familia tambera. Acaso ninguna otraprofesión involucre tantos y tan variados factores como ladel productor lechero. Es muy posible que esa característi-ca única le provea del temple para superar adversidades,condición que muchas veces ha dejado traslucir. Mas tam-bién le confiere habilidades adquiridas en el ejercicio coti-diano de la toma de decisiones y de la conjugación inteli-gente y armoniosa de la multiplicidad de elementos queforman parte del tambo. He ahí algo que lo distingue.El llamado es pues a la participación y a la unidad basadaen la conjunción de esfuerzos en pos del bienestar de lafamilia tambera.

Al más puro gremialismo practicado desde la AsociaciónNacional de Productores de Leche durante ochenta años,hoy le decimos ¡Salud y adelante!

Fuente: Revista Asociación Nacional de Productores de Leche

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El Poder Ejecutivo, a través de los Decretos N° 11/013 y 68/013,incluyó a las actividades de exploración de hidrocarburos en áreasCosta Afuera de la República Oriental del Uruguay y a la indus-tria biotecnológica dentro de los beneficios otorgados por la Leyde Promoción de Inversiones.

Exploración de hidrocarburos

Las franquicias comprenden los contratos celebrados con ANCAPen el marco de la Ronda Uruguay II para la exploración- explota-ción de hidrocarburos en determinadas áreas.,.Las actividades que se benefician son las realizadas por los con-tratistas o subcontratistas aprobados por ANCAP para el estu-dio, evaluación, prospección y abandono de todas las operacio-nes e instalaciones, así como las actividades auxiliares a las mis-mas..Los beneficios consisten básicamente en exoneración de tribu-tos aduaneros y crédito por IVA en las adquisiciones de bienes yservicios destinados a las actividades comprendidas de los con-tratistas y subcontratistas.Asimismo, los subcontratistas gozan de exoneración de Impues-to a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) y el Impues-to a la Renta de No Residentes (IRNR) por las rentas originadasen esas actividades, así como exoneración de IVA por la enajena-ción de bienes y prestación de servicios, y exoneración del Im-puesto sobre el Patrimonio (IP) por los bienes y derechos afecta-dos a ellas.Finalmente, se establece que los costos y gastos incurridos du-rante la fases de exploración y desarrollo podrán ser considera-das como inversión elegible como proyectos de inversión pro-movidos, lo cual implica la deducción de aquellos del monto delIRAE liquidado.

Industria biotecnológica

Otra de las actividades promovidas es la industria biotecnológica,que incluye las actividades de generación de productos, servi-cios y procesos biotecnológicos en el territorio nacional, aplica-bles a sectores productivos estratégicos, especialmente el sec-tor agrícola, medio ambiental, energético, salud humana y ani-mal.Los requisitos para otorgar los beneficios son que se implementeun Programa de Desarrollo de Proveedores de productos y ser-vicios biotecnológicos tendiente a lograr determinados objeti-vos, que la empresa sea una micro, pequeña o mediana empre-sa (MIPYME) o una empresa nueva que vaya a producir bienes y/o servicios biotecnológicos.

CAFÉ Y NEGOCIOS

MÁS BENEFICIOS FISCALES;NUEVAS ACTIVIDADES PROMOVIDAS

Se incluyeron nuevas actividades consideradas estratégicas para el país dentro de la Ley de Promoción yProtección de Inversiones

Cra. Lorena Fajardo

Los beneficios tributarios implican exoneración del IRAE a lasrentas de las actividades promovidas, ascendiendo al 90% paralos ejercicios iniciados entre el 1.01.2012 y el 31.12.2017, el 75%para los ejercicios iniciados entre el 1.01.2018 y el 31.12.2019 yel 50% para los ejerciciosinciados entre el 0.01.2020 y el31.12.2021.Se debe tener en cuenta que las rentas a las que se les aplicanlos porcentajes de beneficios detallados anteriormente, no po-drán gozar de otros beneficios en materia de IRAE y el impuestosobre la renta remanente luego de aplicado el beneficio no po-drá exonerarse al amparo de otros beneficios.Finalmente, las empresas que realicen las actividades detalladasy deseen gozar de estos beneficios deberán presentar una de-claración jurada con la descripción de la actividad a desarrollarante el Ministerio de Industria, Energía y Minería, que mediantela Comisión de Aplicación determinará si se cumple con los re-quisitos del decreto.

Definiciones:

• Biotecnología: toda aplicación tecnológica que utilice siste-mas biológicos y organismos vivos o sus derivados para la crea-ción o modificación de productos o procesos para usos específi-cos.• Producto biotecnológico: todo producto que incorpore siste-mas biológicos, organismos vivos o sus derivados en su procesode elaboración.• Servicio biotecnológico: proceso productivo por el cual se in-corporan sistemas biológicos, organismos vivos o sus derivadosa productos o procesos para su uso específico.• Nueva empresa: sin actividad al momento de presentar la so-licitud (presentando la declaración jurada identificando empre-sas del mismo grupo económico).

Las claves

Exploración de hidrocarburos. Gozan de beneficios los contra-tistas o subcontratistas aprobados por ANCAP que realicen lasactividades de estudio, evaluación, prospección y abandono detodas las operaciones e instalaciones, así como las actividadesauxiliares a las mismas.Industria biotecnológica. Las actividades beneficiadas serán lasde generación de productos, servicios y procesos biotecnológicosen el territorio nacional, aplicables a sectores productivos estra-tégicos, especialmente el sector agrícola, medio ambiental, ener-gético, salud humana y animal, que cumplan con determinadosrequisitos.

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El pronunciamientode la Corte y sus efectos

La “caída” del ICIR, implica un duro revéspara la Administración, tanto nacionalcomo departamental. La primera se en-contró con un freno a su intención de des-alentar la concentración de tierra en ma-nos de pocos individuos, así como la defomentar el desarrollo de la caminería ru-ral a través de un ingreso específico sinnecesidad de ver otros menguados. Encuanto a los segundos, según ha trascen-dido, se encuentran actualmente en elproblema de haber incurrido en gastos “acuenta” de lo que estimaban que recibi-rían por concepto del ICIR y enfrentan ala necesidad de buscar alternativas pron-tas para paliar un eventual defasaje finan-ciero.Si bien las declaraciones de inconstitucio-nalidad por parte de la Suprema Corte deJusticia tienen efecto solamente para elcaso concreto, esto es, benefician única-mente a quien la solicita (art. 259 de laConstitución), parecería ser un hecho quedesde el Gobierno se promoverá su de-rogación con carácter general y se busca-rán distintas alternativas para suplir su au-sencia. Esto al menos es lo que pareceríainferirse de la rápida reacción de la Di-rección General Impositiva que, actuan-do en forma coordinada con el Ministe-rio de Economía y Finanzas, dejó en sus-penso el inminente vencimiento de la se-gunda cuota del ICIR apenas se tomó co-nocimiento del primer pronunciamientode la Suprema Corte de Justicia.

Las alternativas quese comienzan a divisar

Actualmente, desde el Poder Ejecutivo seestarían buscando alternativas para suplir

los 60 millones de dólares anuales que seestimaban que serían recaudados a tra-vés del ICIR, mediante mecanismos que,además de tener un componente recau-datorio, permitieran también desalentarla concentración de la propiedad de in-muebles rurales.En primer lugar, y bajo el concepto – a micriterio totalmente desacertado - de quela Constitución no permite “gravar a losque más tienen”, se pretendió promoveruna revisión del texto Constitucional quedotara de mayor amplitud, entre otros ele-mentos, a la potestad tributaria nacional enmateria de inmuebles rurales. Aparente-mente tal iniciativa no prosperará en el cor-to plazo y las alternativas buscaránadecuarse al marco Constitucional vigente.Las medidas que habrían sido propues-tas por el Ministerio de Economía y Fi-nanzas buscarían respetar el “espíritu” delICIR y por lo tanto afectar únicamente aquienes sean titulares de más de 2.000Hás. Índice Coneat 100 o equivalente (ci-fra en la cual comenzaban las escalas delICIR). Las sugerencias que según trascen-didos de prensa presentó el Ministro Fer-nando Lorenzo, serían las siguientes:

1) Eliminación de exoneraciones de Im-puesto al Patrimonio

Actualmente, y bajo ciertas condicionan-tes, el patrimonio afectado a las explota-ciones agropecuarias se encuentra exo-nerado del Impuesto al Patrimonio. Den-tro de esta exención se encuentran los in-muebles afectados a tales actividades.Esta propuesta, que según las recientesdeclaraciones del Vicepresidente de laRepública, Cr. Danilo Astori, sería la su-gerida desde el Ministerio de Economíay Finanzas, no implicaría un gravamenpor sí mismo a la tierra, sino que la re-

caudación aumentaría mediante un en-sanchamiento de la base de cálculo, in-gresando activos que antes se encontra-ban exonerados.Frente al eventual argumento que, en for-ma indirecta y a través de considerarlo unactivo gravado, el Gobierno Nacional estáinvadiendo la potestad tributaria de losGobiernos Departamentales, cabe seña-lar que existen pronunciamientos de laSuprema Corte de Justicia afirmando que,al gravar el Impuesto al Patrimonio la di-ferencia entre activos computables y pa-sivos deducibles, no se trata de un im-puesto a la propiedad inmueble, aúncuando dichos bienes integren su base decálculo.

2) Adicional a laContribución Inmobiliaria Rural

La segunda medida que ha trascendidosería la de crear un adicional a la Contri-bución Inmobiliaria Rural. Tal adicional seformularía al amparo del numeral 1) delart. 297 de la Constitución, que faculta alPoder Legislativo nacional a crear adicio-nales, con destino nacional, a los tribu-tos con destino departamental que gra-ven la propiedad inmueble.La única limitante que encuentra esta al-ternativa sería de carácter cuantitativo.En efecto, dispone el citado artículo de laConstitución que la cuantía de los im-puestos adicionales no pueden superar elmonto de los impuestos con destino de-partamental (en el caso concreto, la Con-tribución Inmobiliaria Rural). Un eventualtema a analizar es cómo opera dicho lí-mite, existiendo discrepancias en cuantoa si se trata de un límite de carácter indi-vidual (padrón a padrón) o general (re-caudación total de impuesto con destino

LA IMPOSICIÓN A LA TIERRA LUEGO DE LADECLARACIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD DEL ICIR

Como es de público conocimiento, días atrás la Suprema Corte de Justicia emitió su primer pronunciamientodeclarando la inconstitucionalidad del Impuesto a la Concentración de Inmuebles Rurales (“ICIR”), creadopor la Ley 18.876. Al momento del dictado de la primera sentencia, 127 eran las acciones bajo análisis de laCorte que, salvo que se diera un inesperado giro, continuará pronunciándose en igual sentido respecto aldesajuste entre la Ley creadora del ICIR y nuestra Carta Magna.

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NOTICIAS E INFORMACIONES

departamental vs. recaudación total deladicional).

3) Impuesto de Primaria

Una tercera medida sería incluir a los in-muebles rurales dentro de los que se en-cuentran gravados por el Impuesto deEnseñanza Primaria, del cual se encuen-tran exonerados en virtud de la Ley16.736.Esta propuesta encuentra fundamental-mente dos limitantes de relevancia: lacuantía y el destino. Al tratarse de un “adi-cional nacional”, el Impuesto de Primariaestá sujeto al límite cuantitativo referidoen el punto 2) anterior. Por otra parte, laLey 15.809, creadora del tributo, estable-ce un destino específico para el produci-do de su recaudación, que es la financia-ción de créditos presupuestales de gas-tos e inversiones del Consejo de Educa-ción Primaria.Por ende, salvo que se modifique el des-tino (que no luce como algo probable),para que este escenario sea viable noquedaría otra alternativa que buscar unasuerte de ingeniería a través de la cual,con lo que aumente la recaudación porImpuesto de Primaria, se transfiera des-de rentas generales una suma equivalen-te para la construcción de caminería ru-ral y a su vez se deje de afectar dicha sumaa Educación Primaria. Las posibles com-plejidades en su instrumentación entien-

do que convierten esta alternativa en lamenos viable de las reseñadas.

En resumen

Las propuestas sustitutivas del ICIR men-cionadas cuentan todas con un factor co-mún, y que lo comparten con el ICIR:aprecian la capacidad contributiva en for-ma estática, atendiendo a la mera tenen-cia de activos y no de la rentabilidad quelos mismos generan o son susceptibles degenerar. Ello, se contrapondría con el es-píritu que inspiró a la reforma tributariapromovida en el año 2007 por el actualVicepresidente de la República.Bien vale recordar que el proyecto de leyde reforma tributaria preveía práctica-mente la desintegración del Impuesto alPatrimonio, fijándole una tasa simbólicadel 0,1%, la cual, como consecuencia deldevenir del debate parlamentario yextraparlamentario, quedó establecida enel 1,5%. Sobre esta misma línea de pen-samiento y en oportunidad de comentarla por entonces incipiente propuesta delPresidente lanzada en el año 2011 de gra-var la tenencia de ciertos predios rurales,el Vicepresidente manifestó que gravara un factor productivo puede perjudicara su valor y productividad. «Hemos pre-ferido gravar a los ingresos y no al capitalo el patrimonio, porque es más justo. Ten-go miedo que un impuesto a la tierra inci-da negativamente sobre su valor, y al mis-

mo tiempo en los esfuerzos que se hanhecho por mejorar su productividad» (edi-ción online de La República, 2 de junio de2011).No obstante, y al menos a priori, ni losfallos de la Suprema Corte de Justicia nilos cuestionamientos técnicos y de con-veniencia respecto a gravar la tierra enforma estática amedrentaron la intenciónfirme del Poder Ejecutivo de gravar lasgrandes concentraciones de tierra.Por otra parte, los compromisos ya asu-midos frente a los Gobiernos Departa-mentales y por estos mismos, han dejan-do escaso margen de maniobra en esteámbito en el cual parecería ser que la in-tención no es paliarlo con una mayor efi-ciencia en el empleo del gasto público.Por ello, es de esperar que en no muy lar-go plazo alguna o algunas de las propues-tas descriptas comiencen a materializar-se. Llegado el caso, habrá que analizarnuevamente no sólo su conveniencia parael sector, sino también su sujeción a lasnormas de carácter superior en las quedeben encuadrarse para dotarse de legi-timidad.

Dr. Andrés HessdörferAsociado en

Arcia Storace Fuentes MedinaAbogados

Profesor de Derecho Financieroen la Universidad de Montevideo

Comercialización de Madera con la Unión EuropeaLa Unión Europea ha adoptado un Reglamento relativo a la comercialización de madera(EUTR – Reglamento (UE) nº 995/2010) por el cual se prohíbe introducir madera aprovechadailegalmente y sus derivados en el mercado de la UE.Toda la información relativa al tema se encuentra en:http://ec.europa.eu/environment/eutr2013/index_es.htmEl Texto del Reglamento:http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2010:295:0023:0034:ES:PDF                                            Por cualquier duda o comentario no dude en contactarnos.

Cordiales saludos,François Roudié

Jefe de Sección de Asuntos Políticos, Comerciales y ComunicaciónDelegación de la Unión Europea en Uruguay y Paraguay.Bulevar Artigas 134011300 Montevideo – UruguayTeléfono: (598.2) 1944 0110 - Fax: (598.2) 1944 0122 Franç[email protected]

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Días atrás fue sancionada la Ley Nº18.996, de Rendición de Cuentas y Ba-lance de Ejecución Presupuestal co-rrespondiente al ejercicio 2011 (enadelante, la «Ley»). Dicha norma, almargen de contener disposiciones tí-picas de la materia presupuestal, con-tiene algunas disposiciones vinculadasa temas fiscales que vale la pena teneren consideración.

Entre ellas, se encuentra el artículo307, que dispuso que la DirecciónGeneral Impositiva (DGI) podrá soli-citar el auxilio de la fuerza públicapara el desarrollo de sus cometidosy garantía de seguridad personal detodos los participantes en la actua-ción inspectiva.

Este tema no resulta menor, y ha sidolargamente discutido entre los distin-tos agentes del Derecho Tributario. Bá-sicamente, el punto del debate radicaen la legitimidad de acceder en formadirecta a la policía para hacer valer laautoridad administrativa.

Hasta el dictado de esta Ley, la solu-ción de principio debía ser que, al noexistir una habilitación legal expre-sa, y en estricto respeto a las liber-tades individuales y la separación depoderes, la Administración debíapresentarse ante la Justicia a efectosque autorice la intervención judicial,si las circunstancias del caso lo justi-ficaban.

Ante la nueva regulación, cabe plan-tearse dos niveles de análisis distintos:el primero, si la norma es ajustada a laConstitución, y el segundo: cuáles sonlas nuevas reglas de juego luego de lasanción de la Ley,

En cuanto a la valoración Constitucio-nal, entiendo que su análisis excede laspretensiones de la presente columna,No obstante, entiendo que, al estarse

¿Inspecciones fiscales con apoyo policial?limitando la libertad de las personas,el quid de la cuestión radica en desen-trañar si la norma efectivamente fuedictada por razones de «interés gene-ral», única circunstancia que legitima-ría su contenido, de acuerdo al artícu-lo 7 de la Constitución.

Respecto al segundo enfoque, creoconveniente hacer algunas puntualiza-ciones. Aún tomando como premisasu legitimidad, y en caso de ser ejerci-da esta facultad por la DGl, debe des-tacarse que igualmente existen casosen que no se podrá solicitar el auxiliode la fuerza pública sin la intervenciónprevia de la Justicia.

Así, por ejempló, sería el caso en quela Administración quisiera inspeccio-nar el domicilio particular de un con-tribuyente, o quisiera acceder a él pararequisar documentación que entienderelevante en el marco de un procedi-miento inspectivo. En estos casos, lahabilitación que hace la Ley no serásuficiente y será necesaria la autoriza-ción Judicial.

«Básicamente, el punto del debateradica en la legitimidad de accederen forma directa a la policía para ha-cer valer la autoridad administrati-va».

La justificación se encuentra en unanorma de rango superior: el artículo 11de la Constitución, que establece la in-violabilidad del hogar, De acuerdo altexto constitucional, si se quisiera in-gresar al domicilio personal de un con-tribuyente, será necesario «orden ex-presa de Juez competente, por escri-to». Asimismo, cabe agregar que el ci-tado artículo de la Carta establece que,en la noche, solamente se puede in-gresar con el consentimiento del jefede hogar.

Esta disposición constitucional está a

su vez recogida en el literal D) del ar-tículo 68 del Código Tributario, queestablece que «5olo podrán ins-peccionarse domicilios particularescon previa orden judicial de allana-miento».

En definitiva, la Ley establece una no-vedad y regula un punto que hastaahora generó posiciones encontradasentre el fisco y los contribuyentes, Sinperjuicio de poder eventual mentecuestionar ante la Suprema Corte deJusticia el apego de la Ley a la Carta,resulta importante tener en cuenta laslimitaciones antes indicadas, que nosurgen del texto del artículo 307 anali-zado, pero que la restringen por ema-nar de la norma de mayor rango denuestro ordenamiento.

Fuente: Revista FinanzasArcia Storace Fuentes Medina

ABOGADOS

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Con fecha 12/03/2013, el Poder Ejecutivo (PE) remitió a laAsamblea General un Proyecto de Ley a través del cual se pre-tende derogar el Impuesto a la Concentración de InmueblesRurales (ICIR).

1. AntecedentesComo se recordará, a través de los artículos 1 a 12 de la LeyNo. 18.876 del 29/12/2011, se crea el ICIR y se regulan diver-sos aspectos vinculados al mismo.Por su parte, la reciente Sentencia de la Suprema Corte deJusticia No. 17/2013 ha declarado la inconstitucionalidad delos artículos 1 y 2 de dicha Ley, cuyos efectos jurídicos vincu-lan exclusivamente a la parte actora en cada caso.

2. Aspectos relevantes del Proyecto de LeyPor razones de buena administración, a través de dicho Pro-yecto se derogan los artículos 1 a 12 de la Ley No. 18.876 des-de la fecha de su vigencia.Dado el carácter retroactivo de dicha derogación las sumas

Vía Rápida

El Poder Ejecutivo remite al Parlamentoun Proyecto de Ley para derogar el ICIR

efectivamente abonadas por los contribuyentes en conceptode este impuesto, durante todo el lapso de su vigencia, debe-rán ser objeto de devolución.Dicha devolución procederá aún cuando el contribuyente nohaya cuestionado ante la Suprema Corte de Justicia laconstitucionalidad de las normas legales mediante las que secreo el ICIR.

3. Reintegro de los montos abonadosA efectos del reintegro de los montos abonados por conceptodel ICIR, se dispone que la Dirección General Impositiva (DGI)emitirá certificados de crédito, que podrán ser empleados porsu titular para compensar obligaciones tributarias propias antedicha oficina recaudadora en las condiciones que establezcala reglamentación.

Fuente: pwcwww.pwc.com.uy

Ofrecen local en alquiler en la AguadaBienes. La propiedad tiene 228 m2 y diversas instalaciones para uso comercial

Dentro de las alternativas que presentael mercado inmobiliario en cuanto a laventa y arrendamiento de locales, unade las opciones destacadas es la queofrece el estudio de Dante y GustavoIocco.Dicho escritorio, que se dedica a las ta-saciones, negocios inmobiliarios y rema-te de propiedades, es el encargado detrasladar al Público en general la Posi-bilidad de alquilar un local comercial enel barrio Aguada.La propiedad es un inmueble con fren-te a la avenida General Rondeau entrelas calles Lima y Nicaragua.La edificación es apta para distinto tipode empresas, ya sea vinculadas al sectoragropecuario, automotor, también paraprofesionales o para alguna entidad finan-ciera, tal como funcionó en este mismolocal hasta hace poco tiempo.Con una superficie total de 228 m2 tie-ne un amplio salón de atención al pú-blico y área general de administración,

dos despachos gerenciales, un archivo,tres baños y un depósito que está ubica-do en el fondo. El local está instalado enla planta baja de un emblemático yelegante edificio sede de la CámaraMercantil de Productos del País,construido en 1929 por la destacadafirma Isola y Armas a instancias de ungrupo vinculado al comercio e indus-tria de productos agropecuarios aso-ciados de la cámara. De acuerdo a da-tos proporcionados por el estudioque lleva adelante el alquiler del bien,en la actualidad el inmueble está enóptimas condiciones para su arren-damiento.En referencia a la posibilidad quebrinda su firma, el rematador y tasa-dor Gustavo Iocco expresó a El Observa-dor que «es una buena oportunidad quenos permite ofrecer este local para arren-dar».Quienes deseen obtener más datos y ac-ceder a las condiciones que requiere el

alquiler de este local comercial, debencomunicarse con el teléfono 2916 6910.Los interesados también pueden visitar

las oficinas de la firma Dante y GustavoIocco, situadas en la calle Rincón 412esquina Zabala, en la Ciudad Vieja.

Fuente: Diario El ObservadorMartes 12 de marzo 2013

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UNIT Capacitación 2013

GESTIÓN DE LA CALIDAD Y SISTEMAS INTEGRADOS

Curso válido para los diplomas de:

Inicios Horario conveniente para diplomas de:

abril 24

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lu a vie 14:00 a 17:00 h Calidad

ma y jue 17:00 a 21:00 h Laboratorios y Servicios de TI

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lu, mie y vie 18:00 a 21:00 h Calidad, Ambiental, SYSO, etc.

vie 08:30 a 17:30 h / sa 08:30 a 12:30 h Forestal, SYSO y Calidad (Interior)

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NOTICIAS E INFORMACIONES

- Economía y Mercado

El deterioro que experimentaron las fi-nanzas públicas (y los equilibrios macro-económicos en general) en el último añogenera preocupación, máxime en uncontexto de enlentecimiento en las ta-sas de crecimiento e inestabilidad cre-ciente en la región, lo que amerita unaevolución más moderada de la deman-da agregada interna.Al cabo de 2012, las cuentas del sectorpúblico fueron deficitarias en 2,6 pun-tos del PIB (las cifras fueron corregidasrecientemente). Ello marcó un incre-mento del déficit en relación al año an-terior, cuando se situó en 0,9 puntos delPIB.Las empresas públicas (EE.PP.) contribu-yeron de manera importante a ese de-terioro, explicando 0,4 puntos.Ello se debió, por un lado, al mayor cos-to energético; no fue un buen año enmateria de lluvias, lo que obligó a unamayor generación en base a derivadosdel petróleo que, a su vez, se encarecióen los primeros meses del pasado año.Sobre fines de 2012, cambió el clima loque permitió una mejora en el resulta-do financiero de las empresas, situaciónque se prevé continué en los meses si-guientes.Pero, por otro lado, se observó un re-punte importante de la inversión, situa-ción que genera rispideces al interior delgobierno ante temores de un gasto ex-cesivo en la materia.Los mayores costos no se trasladaron ín-tegramente a las tarifas, lo que se vioreflejado en un peor resultado financie-ro de las empresas estatales. Se mues-tra la evolución del resultado financierode las EE.PP. a lo largo de los últimosaños. La historia que allí se cuenta esmuy interesante y ayuda a entendertambién el desempeño de la economíauruguaya en los últimos tiempos. El Grá-fico muestra un antes y un después del

MAYOR INVERSIÓN DE EMPRESAS PÚBLICASLas lluvias mejoraron el resultado de UTE, al tiempo que Ancap equilibró sus cuentas por la caída del dólary el precio del crudo estable

HORACIO BAFICO Y GUSTAVO MICHELIN

año 2008. Hasta ese momento, el resul-tado de las empresas fue superavitario.Desde entonces es deficitario. Las razo-nes de ese cambio tan marcado sonesencialmente las mismas que explicanel deterioro del último año. Una combi-nación de lluvias escasas (salvo en 2010)y elevados precios del petróleo (menosen 2010), que determinaron que aumen-tase el costo de la energía. Ese mayorcosto no se trasladó en su totalidad atarifas; al principio, para no afectar lacompetitividad, luego para frenar lasuba del IPC.La vinculación con el desempeño de laeconomía viene por el lado de los pre-cios internacionales del petróleo. La ten-dencia alcista de los últimos años se aso-cia a un contexto general de aumentode los commodities, que permitió el au-mento de las exportaciones. La partenegativa fue, precisamente, el aumentode la energía y de los alimentos en ge-neral.

COYUNTURA

El mayor costo de la energía lleva afocalizar el análisis de las EE.PP. en UTEy Ancap. Bien dicen que una imagen valemás que mil palabras, y en tal sentidose muestra bien el porqué. Se ve allí que,mientras el resultado operativo corrien-te de estas dos empresas fue muy volá-til a lo largo de los últimos años, el delas restantes fue más estable.A lo largo del último año, el resultadofinanciero de esas dos empresas fue vo-látil, respondiendo a la evolución de lasvariables ya mencionadas: lluvias, pre-cios internacionales del petróleo y au-mento de IPC.La falta de lluvias incrementó notoria-mente el costo de generación de UTE.Analizando la información de caja quepublica mensualmente el MEF, el rubro

compra de bienes y servicios, que refle-ja los costos de generación, presenta unfuerte incremento durante los tres pri-meros trimestres del pasado año conrespecto al mismo período de 2011(54%, 46% y 186% respectivamente entérminos reales). En el último trimestrecayeron los costos un 16% real, tenden-cia que continuó en el primer mes delpresente año (-39%).Esa evolución está asociada a las lluviasy, en tiempos de sequía, a la necesidadde generar energía eléctrica en base aderivados de petróleo. La caída de loscostos en el último trimestre se debió auna mayor generación de energía debase hidráulica. A vía de ejemplo, lascompras de combustibles (fuel oil y gasoil) por parte de UTE cayeron 24% envolumen físico respecto al mismo perío-do del año anterior, cuando en los nue-ve primeros meses habían aumentado63%.Las tarifas eléctricas no reflejaron esosmayores costos. Es más, la empresa bo-nificó durante el invierno (históricamen-te el período de mayor consumo) a quie-nes consumieran menos que en el añoanterior. Se buscó así fomentar el aho-rro, y de paso dar una mano en la infla-ción. La bonificación comenzó a ser efec-tiva en el mes de julio, cuando se reajus-tan una parte importante de los salariosen el sector privado, lo que se ve refle-jado en un alza del IPC. En diciembre, sevolvió a otorgar una nueva bonificacióna quienes ahorraron durante el invier-no. Ello provocó una caída de los ingre-sos de la empresa en esos meses com-parándolos con el mismo período delaño anterior.En este contexto, mientras aumentabanlos costos de generación, el deterioro fi-nanciero de la empresa resultó inevita-ble. A diciembre de 2011 la empresa pre-

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NOTICIAS E INFORMACIONES

sentó un ligero superávit equivalente al0,1% del PIB. A octubre del pasado año,el equilibrio se transformó en un déficitque ascendió al 0,6%.Desde entonces se viene reduciendo len-tamente, ubicándose actualmente en el0,4%. A fines de enero, con impacto apartir de febrero se ajustaron las tarifas,casi 6% en promedio, lo que permitirárecomponer las finanzas del ente. Y enla medida que el tiempo acompañe y elpresente sea un año «promedio» de llu-vias y déficit, se revertirá.Ancap es la otra empresa que incidiófuertemente en el resultado deficitarioglobal de las EE.PP., aunque su historiaes un tanto distinta a la de UTE. En estecaso las tarifas no siempre estuvierondesalineadas de los costos. Durante elprimer semestre del pasado año sí sedeterioró el resultado, ya que los ingre-sos por ventas de bienes y servicios au-mentaron 14% en términos reales, mien-tras que las compras de bienes y servi-cios crecieron 31%. Pero en el segundosemestre se revirtió la tendencia, al se-guir aumentando los ingresos al mismoritmo, pero caer un 14% los gastos.La relativa estabilidad que mostró el pre-

cio internacional del petróleo (cayó enlas últimas semanas) y el descenso queregistró la cotización del dólar en elmercado local en el último trimestre delaño explica el descenso en los costos, loque posibilitó una mejora en el resulta-do financiero de la empresa.

INVERSIONES

Otra variable que ayudó a equilibrar lascuentas de Ancap fue la inversión. Dejan-do de lado el manejo de stock, la inver-sión física del ente petrolero cayó 43% entérminos reales en el último año. No obs-tante, en el primer mes del año aumentó40% real respecto a enero de 2012.Las inversiones de las EE.PP. es otro delos temas que ha generado discrepan-cias al interior del gobierno. Mientrasque desde el Ministerio de Economía sepide un mayor control sobre las mismas,en un intento por mejorar el resultadofinanciero global del sector público, elpresidente de la República y las propiasempresas han anunciado importantesplanes de obra para el presente año. Sepresenta la evolución de las inversionesde las EE.PP. excluidas las variaciones en

el stock de petróleo. Se ve allí como seajustaron a la baja las de Ancap y UTEen los dos últimos años, ante su dete-rioro financiero, al tiempo que aumen-taron las restantes, fundamentalmentelas de Antel y ANP. En su conjunto, lasinversiones anualizadas de las EE.PP. as-cienden en la actualidad al 1,7% del PIB,US$ 840 millones, cifra similar a la re-gistrada previo a la crisis de principiosde la década, y previo al ajuste que rea-lizaron en la materia UTE y Ancap en losdos últimos años. Las cifras que han tras-cendido superan largamente ese mon-to, lo que pone en duda la capacidad depoder llevarlas a cabo en un año.Como nota final un comentario sobre elresultado de enero de Ancap, que se pu-blicó recientemente. Dentro de los in-gresos aparece la ganancia financierafruto del pago adelantado de la deudaque tenía el ente con Pdvsa por las com-pras de petróleo. Se trata de un valorequivalente al 0,2% del PIB, aproxima-damente US$ 100 millones. Es una ga-nancia real, pero extraordinaria y portanto no forma parte del resultado ope-rativo representativo de la gestión de laempresa.

COMUNICADO DE AUCAPor este medio comunicamos a usted que en la pasada 100 Exposición de Durazno se constituyó en Asamblea Fundacional,la Asociación Uruguaya de Comunicadores Agropecuarios, AUCA.La misma se regirá por los estatutos también allí aprobados, en acuerdo a lo que marcan los trámites del Ministerio deEducación y Cultura para la gestión de la personería jurídica.En dicha Asamblea se aprobó también la primer Directiva, Comisión Fiscal y los Delegados Departamentales, que estaránen función hasta el 30 de septiembre de 2014.A continuación, el listado de los directivos aprobados:

COMISION DIRECTIVA:Presidente: Roberto MattaVicepresidente: Gonzalo MachínSecretaria: Petrona LeyesPro Secretario: Bismar Da CostaTesorero: Eduardo EtchevarnePro tesorero: Rafael TardáguilaVocal: Luis Silva

Suplentes (en orden preferencial):Claudino FerreiraAlvaro AguiarRuben SilveraMartín MaidanaWillian MesaAlejandro BresciaPatricia Santos

COMISION FISCAL:Titulares:Presidente: Gabriel BeccoSecretario: Marco Antonio GonzálezVocal: Luis Pesce

Suplentes (en orden preferencial)Diego RosmarinoRoberto SpoturnoGastón Aldave

Suplentes:Martín MaidanaClaudiño Ferreira

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NOTICIAS E INFORMACIONES

Entre los «principios» destacamos el de justicia o equidad,que se relaciona al «objetivo» de distribución de la riqueza,pero también imprescindiblemente debemos considerar losprincipios de eficiencia, de suficiencia, de flexibilidad, y deneutralidad, entre otros.En estos días, asistimos a manifestaciones desde el gobiernosobre cambios en algunos impuestos para mejorar la distri-bución de la riqueza, pero en general, sin analizar los efectosde estos cambios en los restantes objetivos y principios. Pro-ponemos, por tanto, algunas consideraciones sobre la distri-bución de la riqueza y el «patrón distributivo» del sistematributario. Pues cada impuesto tiene un patrón distributivodiferente, y el resultado final del conjunto dependerá de losdistintos impuestos implementados y su incidencia e impor-tancia relativa en el total de los ingresos fiscales de la hacien-da pública.Cuando discutimos sobre distribución de la riqueza, equidady el sistema tributario, debemos discutir la incidencia de lostributos y cómo se distribuye realmente la carga tributaria:entre los distintos factores (trabajo y capital), entre los distin-tos niveles de rentas, entre las distintas regiones del país yentre las distintas generaciones. Pues discutir la incidencia delos tributos implica analizar la posibilidad de trasladar la car-ga económica de los mismos - en generala través de los precios - que permiten los distintos tipos deimpuestos seleccionados y los distintos mercados o sectoresde actividad económica considerados.Si bien es complejo y existen dificultades para realizar un aná-lisis preciso de la incidencia económica de los impuestos, latécnica tributaria suele aceptar cómo hipótesis que: primero,el impuesto a las rentas de las personas físicas no se trasladay es soportado por aquellos sujetos formalmente designadospor la ley al pago. Segundo, que en general los impuestos alconsumo cómo el IVA o el IMESI, se trasladan en los precios yson soportados económicamente por los consumidores deesos bienes y servicios gravados. Tercero, que en los impues-tos a la rentas de las actividades económicas o de las perso-nas jurídicas es mucho más difícil tener resultados concluyen-tes de que porcentaje de impuesto se traslada, pues depen-derá del tipo de bien o servicio producido, del tipo de merca-do y hasta de la composición societaria de la empresa, portanto se podría aceptar a efectos del análisis de incidenciaeconómica, que el 50% o del impuesto se traslada y lo sopor-

El sistema tributario y la tanmentada distribución de la riqueza

El sistema tributario responde a una serie de «objetivos»; hay objetivos técnicos, para el buen funcionamientodel sistema, y objetivos económicos. Entre estos últimos, destacamos la distribución de la riqueza, la estabilidadeconómica, los estímulos a la inversión productiva, a la generación de empleo, al desarrollo y al crecimientoeconómico. Todo «objetivo», debe relacionarse con uno o varios «principios»; un sistema tributario se basaen principios, que establecen las políticas y orientaciones para obtener un diseño racional y eficaz.

tan los consumidores finales a través del aumento en los pre-cios, y el restante 50% lo soportan las empresas, y en definiti-va sus accionistas o dueños como si fuera un impuesto direc-to sobre sus utilidades.Hechas estas breves consideraciones sobre los ingresos fisca-les y su patrón distributivo, y si aceptamos que el objetivobásico de los cambios propuestos es la mejora en la distribu-ción de la riqueza, o dicho en otro términos, avanzar hacia unsistema tributario más progresivo, deberíamos previamenteanalizar el sistema tributario de manera Íntegra y pensar queexisten otros mecanismos más eficientes y menos distorsivossobre el crecimiento y la inversión, y que igualmente permi-tan al gobierno seguir en la dirección planteada.Por ejemplo nos preguntamos, ¿no es posible avanzar másrápidamente en la implementación de Io que ya es un com-promiso del gobierno en materia tributaria, cómo es la reduc-ción de la tasa básica del IVA, actualmente en un 22%, y quesigue siendo la tasa más alta en América Latina y de las másaltas del mundo?Sobre el carácter regresivo del IVA no hay discusionessustantivas. Es fácilmente demostrable que los sectores conmenores niveles de renta consumen una proporción mayorde sus ingresos en bienes y servicios gravados y por tanto so-portan una carga tributaria proporcionalmente mayor que lossectores de rentas más altas. Por supuesto que pilaimplementar la reducción del IVA tasa básica, en 2 puntosporcentuales, y que la misma no afecte de manera considera-ble el presupuesto nacional hay que trabajar sobre todos loscomponentes, en los ingresos fiscales y en el gasto público.Pero si de mejorar la distribución de la riqueza a través de losingresos fiscales y de tener un sistema tributario más progre-sivo estamos discutiendo, seguro que avanzar en la reduccióndel IVA actual del 22% es un camino imprescindible, menosdistorsivo, y más distributivo que todos los cambios tributa-rios manejados públicamente en estos días; y esto no Io de-ben perder de vista los distintos actores políticos cuando seven obligados a pronunciarse sobre los cambios propuestos yla distribución de la riqueza por vía de los impuestos y el in-greso fiscal.

Fuente: Revista EN OBRAPor Cr. Gustavo Viñales - CPA Ferrere -

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NOTICIAS E INFORMACIONES

Para tener en cuenta:

Novedades TributariasCra. Alejandra Berriel

Jefa del Departamento de Asesoría Tributaria de ANPL

CRÉDITO FISCAL SOBRE EL IMPUESTOENAJENACIÓN DE SEMOVIENTES

¿Cómo surge este crédito fiscal?Surge del importe efectivamente abonado a las Intendencias Munici-pales por concepto del impuesto a las enajenaciones de semovientes,creado por Ley 12.700 de 4/2/1960.

¿Cómo se informara dicho Crédito Fiscal?Los Gobiernos Departamentales informarán mensualmente a DGI losimportes totales pagados en el mes anterior por concepto del mencio-nado impuesto, por cada contribuyente, información que luego seráremitida a BPS.

¿Cuál es el período de generación del crédito?El reconocimiento del Crédito Fiscal se determinará por la suma de lospagos efectivamente realizados dentro de cada período cuatrimestral,comenzando desde enero de 2012.

¿Cuál será el procedimiento para la aplicación del Crédito Fiscal?El crédito se imputará automáticamente a las obligaciones tributariasdel contribuyente con BPS por aportación Rural, por lo que no requieretramitación alguna.

Sin perjuicio de lo expuesto el contribuyente que desee utilizarlo paraobligaciones de DGI, deberá comunicarlo a BPS en la forma que se es-

tablecerá oportunamente.La primera imputación de beneficio se aplicará al pago de obligacionestributarias con BPS, correspondientes al 1er. Cuatrimestre Rural del2013. Para el pago del mismo se tomarán todos los importes abonadospor el productor entre el l- de enero y 31de diciembre de 2012.

IVA: APLICACIÓN DE PRODUCTOS QUÍMICOS,SIEMBRA Y FERTILIZACIÓN

A partir del 1-’ de enero de 2013 los servicios de aplicación de produc-tos químicos, siembra y fertilización destinados a agricultura quedangravados con IVA a la tasa básica, aun estando inscriptos en el registrode operaciones del MGAP.Las empresas que desarrollen esta actividad mediante la modalidad deaeroaplicación continúan exoneradas del impuesto al Valor Agregado.

¿Quiénes tienen derecho a un Crédito Fiscal?Se otorgará a los titulares de explotaciones agropecuarias que no seencuentre gravados por l.R.A.E, un crédito equivalente al valor agregadoincluido en las adquisiciones de esos servicios de siembra, fertilizacióny aplicación de productos químicos. El productor podrá deducir dichocrédito fiscal de sus obligaciones a pagar al BPS.

Fuente: Revista El Tambo – Laborales y Tributarias

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NOTICIAS E INFORMACIONES

Resulta frecuente apreciar la situaciónque se presenta a las empresas del sec-tor, cuando uno de sus empleados queestuvo asistido por el sistema de seguri-dad social (BPS, DISSE O FONASA), esteorganismo al darle el Alta para que vuel-va a sus tareas, lo hace, con la concesiónde un Alta Parcial, ya que el trabajador seencuentra inhabilitado para desempeñarsus tareas habituales, pero apto para rea-lizar otros trabajos, que a veces, no se leautoriza a trabajar en altura o en otras, alevantar pesos. Constituyendo lacasuística muy numerosa y no nos vamosa detener en ella.Y la mayor parte de las veces, aconteceque, el empleador no tiene trabajo paraofrecerle al trabajador, que vuelve de suenfermedad con una capacidad física opsíquica disminuida, que no le permiteocupar nuevamente su anterior puestode trabajo.Dadas estas circunstancias, los empleado-res se plantean ante qué situación legalse hallan: si deben readmitir al trabaja-dor que vuelve recuperado de su enfer-medad, aun cuando no tengan ocupaciónpara él, en el mismo puesto laboral queostentaba antes de padecer la enferme-dad, o, si deben rescindir la relación labo-ral, abonándole una indemnización doblede la legal, o si deben readmitirlo en otropuesto laboral, aun cuando sea de menoro igual remuneración o crear un puestolaboral para éste, si no tienen ninguno.Debo aclarar desde el inicio de este dis-curso, que en la jurisprudencia que heconsultado no he hallado una respuestapara este tema. Por Io que, necesariamen-te Io trataremos, primero ofreciendo unasolución personal, y luego recurriremos ala doctrina más recibida.Desde el punto de vista contractual, elcontrato de trabajo es aquel que tiene porobjeto la prestación continuada de servi-cios privados y con carácter económico, ypor el cual, una de las partes -patrono,empresario o empleador- da una remu-neración a cambio de disfrutar o servirse,bajo su dependencia o dirección, de la ac-tividad profesional de otra, denominadatrabajador.

Capacidad disminuidaObligación de reintegrar al trabajador cuandovuelve de DISSE con una capacidad disminuida.

Lo expuesto precedentemente significaque: a cambio de una remuneración, unapersona denominada trabajador, se com-promete a dar o prestar su actividad pro-fesional. Esta actividad profesional es de-terminante para que la otra persona, lla-mada empleador contrate al primero.Si la persona a contratar no tiene la capa-cidad profesional que requiere el puestode trabajo que el empleador desea ocu-par, es evidente que el empleador no lova a contratar. Lo mismo sucede, si el tra-bajador pierde su capacidad profesionalpara el puesto laboral. La relación laboralse extingue, por falta de objeto, ya que eltrabajador no puede volver a desempeñarsu antiguo puesto de trabajo, y éste sigueexistente en la empresa, pero el emplea-dor tiene que contratar a otro trabajadorque trabaje en éste.Al contrario de lo dispuesto por la ley16.074, del 10 de octubre de 1989, el le-gislador del Decreto - ley 1.4.407 en suartículo 23, solamente se refiere a la rein-corporación del trabajador que es dado deAlta. Cuando es dado de alta, la obligaciónimpuesta al patrono es exclusivamentereincorporarlo a sus tareas habituales.Sobre esta base, y al considerar que el tra-bajador ha perdido la aptitud profesionalque se tuvo en cuenta para otorgarle supuesto de trabajo, no existe obligación le-gal, ni de crear otro puesto de trabajo, ni deofrecerle otro puesto de trabajo, de igual omenor jerarquía. En este supuesto, no exis-te ruptura de la relación laboral por decisiónunilateral del empleador, sino extinción dela misma, por falta de objeto.Para la doctrina laboral más recibida re-curriré a la opinión del profesor AméricoPlá Rodríguez, que analizando el artículo23 del Decreto - ley 14.407, de 22 de juliode 1975, en cuanto al tema en estudioexpresa:«...La segunda cuestión versa sobre si sepuede negar la reincorporación del traba-jador por falta de capacidad para trabajar,o sea, por la pérdida de aptitud derivadade la secuela del accidente...» («agrego,pérdida de aptitud derivada de la enfer-medad común, que el tema que trata ex-clusivamente el artículo 23 del Decreto-

ley 1,4.407»). «La ley se limita a usar unaexpresión genérica: «el trabajador dadode alta.» A este respecto conviene tenerpresente el art. 16 de la misma ley: «Si altérmino de los plazos referenciados en losdos artículos anteriores (un año que pue-de ser extendido por otro más), la enfer-medad que padece el asegurado no lepermite volver a ejercer sus actividadeslaborales, cesarán sus derechos sin indem-nización, sin perjuicio de la cobertura quele corresponda por su invalidez o desocu-pación forzosa.»‘Aquí se vuelve a poner de manifiesto esimplismo con que se encaró si tema, si laenfermedad no le permite volver a ejer-cer sus actividades laborales, puede serdado de baja. Parecería que el legisladorencaró sólo dos hipótesis, que el trabaja-dor pudiera volver a desempeñar sus ac-tividades (dado de alta) o que no pudieradesempeñar sus actividades (dado debaja). No se prevén alternativas interme-dias o parciales...» (Estudios de la Seguri-dad Social, páginas 248 y 249).En suma, las soluciones desarrolladas pre-cedentemente, nos permite concluir enforma personal, que el empleador, no tie-ne obligación legal alguna, ni de readmitiren otro puesto laboral o de crear uno: si sutrabajador que es dado de alta, luego de lacobertura por enfermedad de nuestra se-guridad social, ha perdido la capacidad pro-fesional necesaria para desempeñar.Y tampoco se genera la obligación de abo-nar suma alguna por concepto de indem-nización por despido, común o especial,ya que la ruptura de la relación laboral, seproduce por causas ajenas a la voluntaddel empleador.Para concluir, y como dato de nuestra nor-mativa legal, que avala las posiciones ex-puestas anteriormente, expresamos queel legislador de la ley 16.074 en su artícu-lo 69, prevé expresamente y para el casode los accidentes de trabajo, que cesa parael empleador la obligación de conservarel puesto de trabajo, si eltrabajador haperdido su aptitud profesional.

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ÁREA DE RELACIONES INTERNACIONALES AYACUCHO 555, PISO 7, BUENOS AIRES, ARGENTINA | EMAIL: [email protected] | TEL: (54-11) 5238-9377

NOTA N° 17ICN-13

Buenos Aires, 11 de Marzo de 2013

REF.: Proyecto BID ATN/OC-12863- -

prendimientos Empresariales e Integración Productiva Regional

SR. DIRECTOR:

Tengo el agrado de dirigirme a Ud. a fin de informarle que desde FLACSO sede

Argentina, con el apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo a través del Proyecto BID ATN/OC-

12863-RG, nos encontramos trabajando en la creación del Observatorio de emprendimientos

empresariales e integración productiva regional en el ámbito del MERCOSUR . En el marco de dicho

proyecto, nos dirigimos a Ud. con el propósito de solicitarle difundir la convocatoria adjunta entre las

empresas de su país para que puedan participar de la iniciativa.

El objetivo del proyecto consiste en la creación de un sistema de información

regional sobre emprendimientos productivos regionales (SIREPR) en el ámbito del MERCOSUR con

datos referidos a encadenamientos productivos, iniciativas empresariales conjuntas y un relevamiento de

proyectos de inversión que sirva de base para la toma de decisiones tanto para el sector privado en el

análisis de sus estrategias, como para el sector público en la formulación de políticas, contribuyendo a una

mayor integración productiva regional y al mejoramiento de la inserción global de los Estados Parte.

En vista de alcanzar este objetivo se ha desarrollado una metodología para realizar un

relevamiento de las iniciativas empresariales conjuntas en el MERCOSUR que se aplicará en Argentina,

Brasil, Paraguay y Uruguay. Es por ello que se están cursando a otras agencias y organizaciones

empresariales de la región solicitudes de colaboración similar a la presente.

La contribución que pueda proporcionarnos la Dirección de Organismos Internacionales

Económicos en la difusión de la convocatoria adjunta entre las empresas e instituciones uruguayas, resulta

clave para generar una base de datos de consulta para agentes públicos y privados sobre emprendimientos

conjuntos en la región.

Con la certeza de que a través de estas iniciativas podremos fortalecer los lazos

económicos y productivos entre los países del MERCOSUR, agradecemos por adelantado su valiosa

cooperación y aprovechamos la ocasión para saludarlo muy atentamente,

Dra. Diana Tussie

Coordinadora de Proyecto

AL. SR. DIRECTOR DE ORGANISMOS INTERNACIONALES ECONÓMICOS

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES DE URUGUAY

EMBAJADOR DR. GUSTAVO MIGUEL VANERIO BALBELA S. / D.

Importante convocatoria abierta a empresas

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Invitación a participar en la feria más grandede la industria forestal y maderera - LIGNA 2013, Alemania

Estimado Gerente Cr. Gonzalo González Piedras:

Tenemos el agrado de informarle que la Cámara de Comercio e Industria Uruguayo-Alemana organiza una delegación deempresarios a la feria más grande del comercio e industria forestal y maderera - LIGNA 2013. Dicho viaje se llevará a cabo del 4al 11 de mayo de 2013 a Hannover, Alemania.

Sobre la feria:A nivel mundial LIGNA – 5 al 10 de mayo 2013 – es la feria más importante para la industria maderera, desde su procesamiento,así como en todas sus etapas de trabajo. Desde los años setenta esta feria une a los principales sectores de la industria, lacarpintería, la economía y técnica forestal así como aquellas áreas en bioenergía de madera. Dicha feria se realiza cada dos años,contando con la presencia de más de 1.765 expositores y 90.000 visitantes de 90 países. Por todo esto LIGNA es única en superfil. Más información sobre la feria Usted puede encontrar en la página web oficial de la feria: www.ligna.de/.

Sobre la delegación:En esta iniciativa contamos con el apoyo de la Asociación de Ingenieros Tecnológicos de Uruguay, la Asociación de IngenierosAgrónomos del Uruguay y la Dirección General Forestal del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.

Organiza: Apoyan:

El programa de actividades de la Cámara de Comercio e Industria Uruguayo-Alemana combina la visita a la feria más importantede la industria maderera así como toda la logística y el alojamiento durante el viaje en Alemania. La delegación uruguayarepresenta una oportunidad sin precedentes para generar contactos, obtener información sobre las nuevas tendencias y realizarnegocios a nivel internacional.

Para reservar su lugar, solicitamos descargar el formulario de inscripción aquí:www.ahkuruguay.org/archivos/comex/delegationsreisen/2013_Ligna/LIGNA_Formulario_Inscripcion.doc

Fecha límite de inscripción es el viernes 5 de abril 2013.

Por más información ver Folleto www.ahkuruguay.org/archivos/comex/delegationsreisen/2013_Ligna/Folleto_LIGNA_2013_Alemania.pdf o contactarse con la Sra. Claudia Weber. Email: [email protected] / Teléfono: 29011803.

Quedamos a las órdenes por mayores consultas.

Esperando poder contar con su participación en esta delegación lo saludamos atentamente.

Claudia WeberComercio Exterior y DelegacionesCámara de Comercio e Industria Uruguayo-AlemanaDeutsch-Uruguayische Industrie und HandelskammerPza. Independencia 831, 11100 Montevideo, UruguayTel.: (+598) 2901 1803 | Fax: 2908 5666E-mail: [email protected]: www.ahkuruguay.com @ahkuruguay | /ahkuruguay

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Comenzó el cobro del Impuesto de PrimariaUltima modificación: 15/03/13

El tributo financia en el ámbito escolar alimentación para 250.000 niños y transporte para discapacitados entre otras prestaciones.

PadronesFECHA MONTEVIDEO INTERIOR

Primera cuota: 11 de marzo al 31 de mayo.

11/03 a 12/04 1 al 180.000 1 al 20.00013/04 a 03/05 180.001 al 360.000 20.001 al 40.00004/05 a 31/05 360.001 al final 40.001 al final

Segunda cuota: 1° de julio al 30 de agosto.

01/07 a 24/07 1 al 180.000 1 al 20.00025/07 a 14/08 180.001 al 360.000 20.001 al 40.00015/08 a 30/08 360.001 al final 40.001 al final

Tercera cuota: 1° de octubre al 13 de diciembre.

01/10 a 31/10 1 al 180.000 1 al 20.00001/11 a 20/11 180.001 al 360.000 20.001 al 40.00021/11 a 13/12 360.001 al final 40.001 al final

IMPUESTO AL PATRIMONIOPersonas Físicas, Núcleos Familiares y Sucesiones Indivisas

Saldo IP 23 de abril de 2013

Declaración jurada IP año 2012 24 de abril de 2013

Primer pago a cuenta IP año 2013 25 de setiembre de 2013

Segundo pago a cuenta IP año 2013 21 de octubre de 2013

Tercer pago a cuenta IP año 2013 23 de diciembre de 2013

Art. 5 D. 101/996 Saldo IP y declaración jurada año 2012 22 de febrero de 2013

Art. 5 D. 101/996 Anticipo IP 80% a cuenta año 2013 23 de diciembre de 2013

Presentación de declaración jurada del Impuesto al Patrimonio: por Internet, o en medios magnéticos en los locales de

las redes de cobranza habilitadas o dependencias de la DGI. Lugares de pago: Redes de cobranzas habilitadas (Red

Pagos, Abitab, Correo Banc y Nuevo Banco Comercial) o a través de Internet, excepto en caso de pagos con certificados

de crédito.

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Exoneración a carne de conejoEl Poder Ejecutivo exoneró de IVA a la carne de conejo hasta el 31 de marzo.

Las carnes porcina, ovina y aviar ya se encuentran exoneradas de este impuestopor reiteradas resoluciones prorrogadas sucesivamente

INSTITUTO NACIONAL DE CARNES Rincón 545, CP 11000, Montevideo-Uruguay – www.inac.gub.uy

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STOCK VACUNO Y OVINO EN URUGUAY(Miles de cabezas)

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La Administración Nacional de Puertos (ANP) representada porsu Presidente Ing. Naval Alberto Díaz, Uruguay XXI representadopor su Director Ec. Roberto Villamil, el Instituto Nacional de Lo-gística (INALOG) representado por su Presidenta Ing. BeatrizTabacco y Mercosoft Consultores representado por su DirectorMario Alonso, firmaron en la mañana de hoy el Acuerdo de Par-ticipación Conjunta (APC).Este acuerdo tiene la finalidad de mancomunar esfuerzos pu-blico-privados a efectos de posicionar a Uruguay como un desti-no de referencia en el sector logístico, a través de su participa-ción en la Feria de Logística, Transporte y Comercio Exterior,Intermodal South América 2013, que se llevará a cabo del 2 al 4de abril en San Pablo- Brasil.La Administración Nacional de Puertos participa desde el año1995, Intermodal se considera el segundo mayor evento en elmundo y el principal en América. El Presidente de ANP fue invi-tado y va a participar de la ceremonia de apertura que se efec-tuará el 2 de abril del corriente en el Transamérica Expo-Centerde San Pablo, así como de las actividades a desarrollarse en elstand.Díaz dijo que es un hecho a destacar la participación de ANPdesde hace 18 años en un destino que es estratégico, es objeti-vo de la Administración trabajar con la comunidad logística,INALOG y compartiendo la visión de Uruguay XXI.

ACUERDO DE PARTICIPACIÓN CONJUNTA

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Roberto Villamil agradeció la posibilidad de cooperar en esteesfuerzo de posicionar a Uruguay como hub regional, con bue-nas oportunidades de negocios y destacó el hecho que el grupoque participa ha ido creciendo.Beatriz Tabacco manifestó que desde que INALOG se inició tuvocomo política el trabajo en conjunto en el entendido que si sesuman esfuerzos el resultado es mejor.Mario Alonso habló de su participación desde hace 12 años enprincipio al lado del stand de ANP y luego sumando su área a lade ANP y dijo que si bien la firma que dirige perdió identidad alintegrarse ganó mas fuerza para marcar presencia en un mediocomo Brasil.Se ha ganado mayor visibilidad al participar en conjunto, en Bra-sil, ya saben donde está el Uruguay - stand país (C-19). El stand C- 19, dispondrá de un área de 36m2 se identificarácon el nombre de URUGUAY. Si bien cada una de las nombradasanteriormente realizará su promoción dentro del stand, el ob-jetivo es mostrar un trabajo coordinado entre el sector públi-co y el privado apuntando a la consolidación de Uruguay comoPlataforma Logística Regional y para acentuar los contactos conla comunidad logística.Invitamos a toda la comunidad portuaria y logística a visitar elstand C 19 en el próximo mes de abril a partir de 2 y hasta el 4,en horario de 13.00 a 21.00 hrs.

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CEREALES / OLEAGINOSOS / FORRAJES

VIERNES22/03/13

PANORAMA DE LA SEMANA LOCAL, SEGUN LA COMISIÓN DE INFORMACIÓN DE PRECIOS YCOMENTARIOS DE CEREALES Y OLEAGINOSOS DE LA CAMARA MERCANTIL DE PRODUCTOS DEL PAIS

PRODUCTOS AGRÍCOLAS - COTIZACIONES EN URUGUAY

PRODUCTOS (Precio por tonelada en U$S) VIERNES15/03/13

PAGO

Fuente: Cámara Mercantil de Productos del País

TRIGO

Nuevo - Zafra 2013 - Industria - Granel - Puesto en Molino -

PH 78,FN 280, P 12 340 340

Exportación, Zafra 2013 - Granel, puesto en Nueva Palmira

PH 78 Nominal Nominal -

PH 72 - - -

Afrechillo de Trigo - A levantar 240 230 15/20 días

Pellets de Afrechillo - A levantar 245 235 15 días

MAIZ

Puesto en Montevideo Zafra 2013 250/260 250

Exportación, puesto en Nueva Palmira (Compradores)- Zafra 2013 240 235/240

Importado, partido, a retirar de depósito Montevideo Nominal Nominal -

Importado, entero, puesto en Montevideo 260 260

SORGO (sano, seco y limpio puesto en Montevideo) 200 200 15 días

AVENA

Superior 300 320 15 días

Buena 280 300 15 días

Importada 330 330 -

ALPISTE (sano y seco hasto un 5% de cuerpos extraños) Nominal Nominal 15 días

CEBADA - Puesta en Montevideo

Forrajera Buena Nominal Nominal -

Forrajera Regular Nominal Nominal -

GIRASOL

Industria - Puesto en en Montevideo Nominal Nominal -

Exportación - Puesto en Nueva Palmira Nominal Nominal -

Harina de girasol - Base 32/33 350 350 15 días

SOJA

Industria - Puesta en Montevideo Nominal Nominal -

Exportación - Zafra 2013 - Puesta en Nueva Palmira - Compradores 505/515 500/505 -

Harina de soja, 46% Proteína, 1,5% Grasa, Profax 47/50 500 500 7 días

CANOLA

Puesta en Montevideo Nominal Nominal

Expeller de Canola - 36% Proteína, 1,6% Grasa 410 390

PRODUCTO POR 100 KILOS EN $

ALFALFA - A levantar

Especial Nominal Nominal -

Común Nominal Nominal -

MEZCLA - A levantar

Especial Nominal Nominal -

Buena Nominal Nominal -

Razón de Serde una GremialObjetivos similares,

conquistas a realizar,

Intereses comunes,

son algunas de las ra-

zones que justifican la

aparición de una gre-

mial.

La conjunción de es-

fuerzos en pos de la

mejora de la activi-

dad, es un elemento

determinante para

obtener logros y la

gremial es el vehículo

indicado.

El gremio fortalece,

educa, ofrece cultura

de pertenencia a la

actividad, fomenta la

unión, estimula, es un

instrumento indis-

pensable en busca de

alcanzar resultados

que se anhelan.

Extraído de la publicación de laAsociación de Promotores Privadosde la Construcción (APPCU): EnObra, abril de 2012.

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LANA / GANADO

Integrada por las siguientes Gremiales: Asociación de Consignatariosy Vendedores de Lanas y Cueros, Asociación Uruguaya de Exportado-res de Lana, Unión de Consignatarios y Rematadores Laneros del Uru-guay y Asociación de Industriales Laneros Exportadores

INFORME DEL MERCADO LANERO

L A N ACOMENTARIOS Y COTIZACIONES ESTRUCTURADOS POR

LA COMISION DE INFORMACION DE PRECIOS

Nota: Los precios en pie contado son U$S 0,02 menos que a plazo.Los precios en 2da.balanza contado son U$S 0,04 menos que a plazo.

* Los precios de punta de la categoría Terneros corresponde a los Ternerosmás livianos, destetados y castrados .

COMENTARIO: Mercado equilibrado. Buen nivel de operaciones.

INDUSTRIA - COTIZ. PROMEDIO, FLETE A CARGO VENDEDOR

COMENTARIO:

SEM. ANT. SEM. ACT. SEM. ANT. SEM. ACT.

SEMANA DEL 10 AL 16 DE MARZO DE 2013PRECIOS PROMEDIO PARA RAZAS CARNICERAS Y SUS CRUZAS

A LEVANTAR DEL ESTABLECIMIENTO CON PAGOS HASTA 30 DÍASDESTARE PROMEDIO DEL 5% AL 7% S/CONDICIONES CARGA ESTIPULADAS

Terneros* hasta 140 U$S/kilo

Terneros* 141 a 200 U$S/kilo

Novillitos 201 a 240 U$S/kilo

Novillos 241 a 300 U$S/kilo

Novillos 301 a 360 U$S/kilo

Novillos más 360 U$S/kilo

Terneras hasta 140 U$S/kilo

Terneras 141 a 200 U$S/kilo

Vaquillonas 201 a 240 U$S/kilo

Vaquillonas más de 240 U$S/pieza

Vaquillonas y

Vacas preñadas U$S/pieza

Vacas de invernada U$S/kilo

Piezas de cría U$S/pieza

CATEGORÍA PESO EN KG SEM.ANT. SEM.ACT.COTIZACIONES PROMEDIOFLETE A CARGO DEL COMPRADOR

PRECIOS EN U$S

ENPIE CARNE EN2ª BALANZA

INDICE FLACO/GORDO ACG: 1,3636

ASOCIACIÓN DE CONSIGNATARIOS DE GANADO

H A C I E N D A SSEMANA DEL 10 AL 16 DE MARZO DE 2013

NOVILLOS GORDOS - Razas Carniceras 2.01 1.98 3.84 3.80

VACAS GORDAS - Razas Carniceras 1.69 1.65 3.60 3.56

VAQUILLONAS GORDAS 1.88 1.85 3.70 3.67

Toros y Novillos 1.56 1.56 2.60 2.64

Vacas Manufactura 1.12 1.13 2.15 2.15

Conserva 0.89 0.88 1.86 1.85

OVINOS GORDOSCorderos 0.00 0.00 3.33 3.39

Cordero Pesado 0.00 0.00 3.38 3.39

Borregos 0.00 0.00 3.25 3.39

Capones 0.00 0.00 2.65 2.66

Ovejas 0.00 0.00 2.47 2.57

R E P O S I C I O N

VACUNOS: Con menor presión de la demanda y de la oferta se dificulta la concresiónde negocios.LANARES: Mercado ágil y demandado.

Exterior: Fuente SUL

2.69

2.53

2.22

2.09

2.00

1.88

2.23

2.06

1.93

1.86

684

1.56

419

2.76

2.64

2.20

2.12

2.03

1.85

2.18

2.08

1.95

1.86

727

1.57

413

PLAZA: Esta semana el mercado local presentó mayor actividad re-gistrándose negocios en lana Corriedale sin acondicionar en el ejede los U$S 3.20 y acondicionada en el entorno de U$S 3.30 y U$S3.40 dependiendo del micronaje. Lanas Ideal de 23.2 micras en eleje de los U$S 6.50 e Ideal y Merilin en el eje de 24 micras entreU$S5.80 y U$S 6.00. En cuanto a lanas Merino acondicionadas (de21 micras), en el eje de U$S 7.00.

EXTERIOR:Australia: Esta semana se realizaron remates en los centros deSydney, Melbourne, y Fremantle. Con respecto al cierre semanalanterior el mercado australiano nuevamente se debilitó, tanto endólares americanos, como en la moneda local. El dólar australianose fortaleció 0,1% frente al U$S y al Euro, y se mantuvo en relaciónal Yen. El Indicador de Mercado del Este (IME) en dólares australia-nos, bajó 16 centavos (1,5%) respecto al anterior cierre semanal,ubicándose en 1.081 centavos por kilo base limpia. En dólares ame-ricanos, el indicador también bajó 16 centavos (1,4%) con respectoal cierre anterior, al ubicarse en 1.122 centavos por kilo base lim-pia. Si se analiza en el resto de las monedas, el IME bajó 1,4% en

Euros, y 1,5% en Yenes. En dólares americanos, y respecto al cierresemanal anterior, los vellones de 24 micras se mantuvieron cons-tantes, mientras que resto de las categorías de lana para peinar sedebilitó entre 0,6% (26 micras) y 2,5% (16,5 y 17 micras). La ofertasemanal totalizó la cantidad de 45.631 fardos, de los cuales la de-manda adquirió el 89,4%. Cabe señalar, que el 19,1% de dicha ofer-ta eran lanas de excelente calidad. China continuó dominando lademanda, con apoyo de Europa e India. Una oferta donde siguenapareciendo lotes con baja resistencia, y los recurrentes problemasen Europa (Chipre, etc.) se han sumado para que en la semana seregistraran 3 bajas sucesivas en el IME. Los remates continuarán lapróxima semana en los centros de venta de Sydney, Melbourne, yFremantle, con una oferta total estimada en 46.122 fardos.

Nueva Zelanda: Durante la presente semana se realizaron rematesen los centros de ventas de Napier y Christchurch.El Indicador de NZWSIL, índice que tiene en cuenta la variación enla cotización de otras monedas, tuvo una suba del 0,37% con res-pecto al remate anterior. La oferta totalizó la cantidad de 22.567fardos, de los cuales se vendió el 90%, y el principal comprador fueChina, con apoyo de Australasia, Europa Occidental, Reino Unido,India, y Medio Oriente, y con una moneda local que subió 0,5% enrelación al dólar americano. Las ventas continuarán el 27 de Marzoen el centro de ventas de Christchurch, con una oferta estimada en9.500 fardos.

Sudáfrica: No se realizaron remates durante la presente semana;las subastas volverán el 27 de Marzo, con una oferta todavía inde-terminada.

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2828

GANADO / CUEROS / RACIONES

PRECIOS DE FRUTAS Y HORTALIZASDiariamente se pueden consultar los precios de los productos frutícolas y hortícolas a través del teléfono 2508 14 88

Es un servicio de la Unidad de Información Comercial del Mercado Modelo

www.mercadomodelo.net

CUEROS LANARES, VACUNOS Y CERDASCotizaciones Contado Piso Barraca Montevideo

Información proporcionada por la Comisión de Precios de Lanas y Cuerosde la Cámara Mercantil de Productos del País.

ASOCIACION URUGUAYA DE INDUSTRIASDE NUTRICIÓN ANIMAL

CAMARA MERCANTIL DE PRODUCTOS DEL PAIS

POR KG. (EN $) 08/03/13 15/03/13 22/03/13Harina de carne y hueso 50/45 12,00 12,00 12,00Harina de carne y hueso 40/45 9,50 9,50 9,50Harina de sangre 13,00 13,00 13,00Harina de pescado 13,00 13,00 13,00Sebo granel 20,00 20,00 20,00Maíz Ver pizarra de la C.M.P.P.Sorgo Ver pizarra de la C.M.P.P.Trigo Ver pizarra de la C.M.P.P.

ALIMENTOS BALANCEADOSPRECIOS PROMEDIOS PARA LOS DIFERENTES TIPOS,

PARA CRIADEROS, POR KILO Y A RETIRAR DE PLANTAS.

POR TON. (EN U$S)Harina de girasol Ver pizarra de la C.M.P.P.Harina de soja Ver pizarra de la C.M.P.P.Afrechillo de trigo Ver pizarra de la C.M.P.P.Afrechillo de arroz 220 220 220Oleína (granel) 800+IVA 800+IVA 800+IVA

(*) Poca oferta

COTIZACIONES DE INSUMOS A LA FECHA Y COMPARATIVO CON DOS SEMANAS ANTERIORES

COMENTARIO SOBRE EL MERCADO DE RACIONES: Al igual que en lasemana anterior, se comercializan estos alimentos acorde con losprecios de la escala respectiva.

CUEROS VACUNOS SECOS: $ LOS 10 KILOSVacunos, al barrer, sanos 160.00 a 180.00Vacunos, al barrer, maldesechos 16.00 a 18.00PIELES LANARES: $ LOS 10 KILOS3/4 lana arriba lotes generales sanos 250.00 a 260.003/4 lana arriba lotes generales maldesechos 25.00 a 26.00

$ POR UNIDAD1/4 y 1/2 lana lotes generales sanos 50.00 a 60.001/4 y 1/2 lana lotes generales maldesechos 5.00 a 6.00Troncos y tronquitos lotes grales. sanos 40.00 a 50.00Troncos y tronq. lotes grales. maldesechos 4.00 a 5.00Pelados lotes generales sanos 10.00 a 20.00Pelados lotes generales maldesechos 1.00 a 2.00Borregos (según altura de la lana) sanos 10.00 a 20.00Borregos (según altura de la lana) maldesechos 1.00 a 2.00Corderitos de 1ra. y 2da. cada uno 18.00 a 20.00Corderitos de 3ra. cada uno 1.80 a 2.00

CERDA POR 10 KG.De vaca, de potro (mezclas) 130.00

INICIADOR PARRILLERO. U$S 0.565TERMINADOR PARRILLERO. U$S 0.560B.B. U$S 0.510RECRIA. U$S 0.410PONEDORAS PISO. U$S 0.455PONEDORAS JAULA. U$S 0.438INICIADOR LECHONES. U$S 0.550LECHONES. U$S 0.475CERDAS EN GESTACIÓN. U$S 0.375CERDAS EN LACTACIÓN. U$S 0.370CERDOS ENGORDE. U$S 0.370CERDOS RECRIA U$S 0.385CONEJOS. U$S 0.000TERNEROS INICIACIÓN U$S 0.510TERNEROS RECRIA U$S 0.410TOROS. U$S 0.405LECHERAS. U$S 0.355LECHERAS DE ALTO RENDIMIENTO. U$S 0.398CARNEROS. U$S 0.365EQUINOS. U$S 0.000

INFORME DE LA ASOCIACIÓNDE CONSIGNATARIOS DE GANADO

MERCADOS AL 18 DE MARZO DE 20131 DÓLAR: $ 18,91 1 PESO ARG.: $ 2,49 1 REAL: $ 9.50

MERCADO DE LINIERS - ARGENTINANovillos (esp. a buenos) +390 k. 1.08-1.21Novillos (esp. a buenos) - 390 k 1.40-1.60Vacas buenas 0.52-1.25Vaquillonas especiales. 1.05-1.30MERCADO DE CHICAGO - U.S.A.Novillos gordos U$S 2.79MERCADO DE SAN PABLO - BRASILNovillos gordos U$S 1.63MERCADO DE PARAGUAYNovillos gordos U$S 1.54

PRECIO EN DÓLARES POR KG. EN PIE

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29

BARRACAGONZALEZ LAMELA

CEREALES - FORRAJES - RACIONES

Av. San Martín 2214-20Tel.: 2203 57 14

Telefax: 2208 03 62

NIDERA URUGUAYA S.A.Exportadores de cereales

Oleaginosos y Subproductos

Rbla. 25 de Agosto de 1825 Nº 440 - P.1º Teléfonos: 2916 02 79 - 2916 02 88

Fax: 916 28 81

LAVADERO DE LANASBLENGIO S.A.

Planta industrial:Ruta 1 Km. 48,800 - Paraje Buschental s/n

80100 Libertad, San JoséTel/fax 4345 4203 - 4345 4445

Administración:Gral. Fraga 2198 | C.P.:11800 |

Montevideoe-mail: [email protected]

LANAS TRINIDADS.A.

Exportación Lana PeinadaMiami 2047

11500 - MontevideoTels. 2601 00 24 / 2606 18 19

Fax 2606 00 32E-mail: [email protected]

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THOMAS MORTONS.A.

Exportaciones de LanasImportación - RepresentacionesCésar Díaz 1208 Tel.: 2924 4158 /

2924 5837Fax: 2924 4110

E. Mail: [email protected]

ZAMBRANO Y CÍA.Consignatarios de Lanas

Negocios RuralesCuareim 1877

Tels. 2924 8994 - FAX: 2924 4775www.zambrano.com.uy

ENGRAW EXPORT EIMPORT Co.S.A.

Exportación yPeinaduría de Lana

Julio César 1085Tels.: 26289768 - 26222191

Fax: 22150191E mail: [email protected]

LANASUR S.A.Industrializadora de Lanas

Uruguayas S.A.Elaboración y Exportación de

TOPS, NOILS Y SUBPRODUCTOS

URIMPEX S.A.Fundada en 1947

MIEL DEL URUGUAYExportación - Envasado

Compra-Venta de:MIEL - CERA - PROPOLEOS

POLEN - REINASGral. Pacheco 1123/25 - Tel.:2924 3249 - Fax: 2924 3275

Tel. gratuito: 0800 1885E.mail: [email protected]

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E.mail:[email protected]

MOLINORIO URUGUAY S.A.

Gral. Aguilar 1215 Tels.: 2203 47 40 - 2203 51 20

Fax: 2200 93 32E-mail:

[email protected]

MOLINO NUEVAPALMIRA S.A.Carlos Cúneo y Felipe Fontana

(Nueva Palmira ) Tel. 4544 6133 - 4544 6094

Gral. Rondeau 1908 Esc. 8, 9 y 10(Montevideo)

Tel. 2924 06 45 - 2924 06 68

MOLINOFLORIDA S.A.

Emilia Pardo Bazán 2351 (Montevideo)Tels.: 2924 09 01 - 2929 06 55

Fax.: 2924 08 91Avda. Artigas 1295 (Florida)Tels.: 43522013 - 43522033

Fax.: 43524941