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CLI. INFORME FINAL DE AUDITORÍA, DERIVADA DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 2014

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CLI. INFORME FINAL DE AUDITORÍA,

DERIVADA DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 2014

1

ÓRGANO DESCONCENTRADO

CENTRO DE ATENCIÓN A EMERGENCIAS Y PROTECCIÓN CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

AUDITORÍA FINANCIERA

Capítulo 3000 “Servicios Generales”

Auditoría ASCM/25/14

ANTECEDENTES

El Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México

(CAEPCCM) ocupó el cuarto lugar respecto del presupuesto ejercido en 2014 por los

16 órganos desconcentrados del gobierno local (23,547,837.7 miles de pesos), con un monto

de 1,560,302.5 miles de pesos, de acuerdo con lo reportado en la Cuenta Pública del

Gobierno del Distrito Federal del mismo año. Ese importe representó el 6.6% del total erogado

por dichos órganos desconcentrados y fue inferior en 8.4% (143,015.1 miles de pesos)

al presupuesto asignado originalmente (1,703,317.6 miles de pesos).

Con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”, el CAEPCCM ejerció 703,625.4 miles

de pesos (45.1% del total de su presupuesto ejercido), monto superior en 71.2%

(292,686.9 miles de pesos) al presupuesto original de dicho capítulo (410,938.5 miles de pesos).

OBJETIVO

El objetivo de la auditoría consistió en verificar que el presupuesto aplicado por el Centro

de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México en el capítulo

3000 “Servicios Generales”, se haya registrado, aprobado, modificado, comprometido, devengado,

ejercido y pagado de conformidad con la normatividad y ordenamientos aplicables.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

Esta auditoría se propuso según el siguiente criterio general de selección “Importancia

Relativa”, porque este capítulo contó con una asignación original de 410,938.5 miles de pesos

2

y ejerció un presupuesto de 703,625.4 miles de pesos, lo cual significó un incremento de

292,686.9 miles de pesos (71.2%) para el cumplimiento de objetivos y metas. Dicho criterio

general se encuentran contenido en el Manual de Selección de Auditorías de esta entidad

de fiscalización.

Como resultado del criterio de selección específica se consideraron las partidas más representativas

en el ejercicio del gasto, entre las que destacó la 3161 “Servicios de Telecomunicaciones

y Satélites”, con una erogación por 613,736.0 miles de pesos, cifra que representó el 87.2%,

del total ejercido en el capítulo 3000 “Servicios Generales” (703,625.4 miles de pesos).

Dichos criterios generales y específicos se encuentran contenidos en el Manual de Selección

de Auditorías de esta entidad de fiscalización, con actualización vigente a partir del

15 de junio de 2015.

La auditoría se realizó con fundamento en los artículos 16, primer párrafo; 122, apartado A,

fracción II, párrafos sexto, séptimo, octavo y noveno, en relación con el 74, fracción VI,

y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43

del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la

Asamblea Legislativa del Distrito Federal; 1o.; 2o., fracciones XIII y XXI, inciso a); 3o.; 8o.,

fracciones I, II, III, IV, V, VI, VIII, XIII y XIX; 10, incisos a) y b); 14, fracciones I, VIII, XIV y XVII;

27; 28; 36, segundo párrafo, 95 párrafo segundo de la Ley de Fiscalización Superior de

la Ciudad de México; y 1o.;2o., fracciones V y VI; 16; 17; y 19 del Reglamento Interior de la

Auditoría Superior de la Ciudad de México.

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

El gasto del CAEPCCM con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales” fue de 703,625.4 miles

de pesos, y se ejerció en 21 partidas de gasto, mediante 194 Cuentas por Liquidar Certificadas

(CLC). Derivado de los trabajos en la fase de planeación de la auditoría y del estudio

y evaluación del sistema de control interno, se determinó revisar un monto de 205,399.8 miles

de pesos, ejercido mediante ocho CLC con cargo a la partida 3161 “Servicios de Telecomunicaciones

y Satélites”, que representa el 29.2% del total ejercido en dicho capítulo, como se muestra

a continuación:

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(Miles de pesos y por cientos)

Partida

Universo Muestra

Cantidad de CLC

Presupuesto ejercido

% Cantidad de CLC

Presupuesto ejercido

%

3161 “Servicios de Telecomunicaciones y Satélites”

16 613,736.0 87.2 8 205,399.8 29.2

Otras 20 partidas 178 89,889.4 12.8 0 0.0 0.0

Total 194 703,625.4 100.0 8 205,399.8 29.2

Los criterios para determinar la muestra de las partidas sujetas a revisión fueron los siguientes:

1. Integrar las cifras consignadas en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal

de 2014 y en la base de datos de las CLC que la Secretaría de Finanzas (SEFIN) proporcionó

a esta entidad de fiscalización.

2. Seleccionar la partida más representativa en relación con el presupuesto total ejercido

en el capítulo.

3. En su caso, elegir las erogaciones más representativas realizadas con cargo a la partida

seleccionada del rubro en revisión.

4. Considerar para la revisión de las CLC aquellos contratos en los que se hubiese presentado

alguna situación (sancionados y no sancionados) respecto a los pagos por los servicios

contratados del CAEPCCM.

5. Tomar en cuenta las observaciones realizadas por otros órganos fiscalizadores en cuanto

al ejercicio del rubro sujeto a revisión.

Los trabajos de auditoría se llevaron a cabo en la Coordinación Ejecutiva de Administración

e Implementación (ahora Dirección General de Administración) del Centro de Atención

a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México (actualmente Centro de

Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano de la Ciudad de México)

y, en particular, en la Dirección de Recursos Financieros y Materiales del órgano desconcentrado.

La primera, por ser la unidad administrativa encargada de conducir las actividades de

planeación, coordinación, dirección y control, con base en los objetivos, políticas, estrategias

y normatividad vigente, establecidos para la atención de recursos financieros, materiales,

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humanos, mantenimiento, servicios generales y sistemas de seguridad permanentemente;

la segunda, por ser la unidad administrativa encargada de coordinar, supervisar y dirigir,

con base en el presupuesto autorizado, las actividades de planeación, ejecución, y evaluación

en materia financiera, programática y presupuestal que permitan el adecuado funcionamiento

de las áreas, con base en los objetivos, políticas, estrategias y prioridades que se establezcan

en el órgano desconcentrado, así como coordinar, supervisar y dirigir, en materia de recursos

materiales y servicios generales, las actividades de planeación adquisición recepción y registro

de los materiales, equipos, bienes y servicios de apoyo necesarios para el adecuado

funcionamiento de las áreas, con base en los objetivos, políticas, estrategias y prioridades

que se establezcan en el CAEPCCM.

Dichas funciones están previstas en el Manual Administrativo del Centro de Atención

a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México vigente en 2014.

Evaluación del Control Interno

1. Se verificó que el CAEPCCM hubiese contado con mecanismos de control suficientes

para prevenir y minimizar el impacto de los riesgos que pudieran afectar la eficacia

y eficiencia de las operaciones, la obtención de información confiable y oportuna,

el cumplimiento de la normatividad aplicable al capítulo 3000 “Servicios Generales”

y la consecución de sus objetivos.

2. Se analizó el Manual Administrativo del Centro de Atención a Emergencias y Protección

Ciudadana de la Ciudad de México vigente en el ejercicio de 2014, para verificar que

correspondiera a la estructura orgánica aprobada y dictaminada, y que, junto con los

procedimientos aplicables al rubro revisado, hubiese sido autorizado por la Coordinación

General de Modernización Administrativa (CGMA), publicado en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal y difundido entre el personal del sujeto fiscalizado. Además, se verificó

que el manual contara con procedimientos propios y que éstos estuvieran actualizados con

base en la normatividad aplicable al rubro revisado, y vigente en el ejercicio de 2014.

3. Se llevaron a cabo entrevistas y se aplicaron cuestionarios de control interno en la

Coordinación Ejecutiva de Administración e Implementación del CAEPCCM, así como

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en las áreas administrativas que intervinieron en las actividades relacionadas con

el registro, aprobación, modificación, compromiso, devengo, ejercicio y pago de operaciones

realizadas por el órgano desconcentrado con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”.

4. Se examinó el sistema de control interno y se evaluó si los mecanismos establecidos

hicieron factible la administración de los riesgos de irregularidades e ineficiencias a los que

estuvieron sujetas las operaciones revisadas.

Gasto Aprobado

1. Se analizaron el Programa Operativo Anual (POA), el Calendario Presupuestal, el

Analítico de Claves y el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del sujeto de fiscalización,

todos correspondientes al ejercicio fiscal de 2014, con la finalidad de verificar si el techo

presupuestal reportado por el CAEPCCM se ajustó al autorizado por la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal (ALDF) y al informado por la SEFIN.

2. Se analizaron las pólizas de diario en las que constan los movimientos del presupuesto

aprobado al CAEPCCM en el ejercicio de 2014, con la finalidad de verificar si la SEFIN

efectuó el registro, en tiempo y forma, del momento contable de la etapa del presupuesto

aprobado al órgano desconcentrado, y en las cuentas y por los importes correspondientes.

Gasto Modificado

1. Se revisaron 67 afectaciones programático-presupuestarias que modificaron el monto

asignado al capítulo 3000 “Servicios Generales”, se verificaron las causas por las cuales se

incrementó dicho presupuesto, y se constató que se contara con la documentación

soporte de los cambios presupuestales efectuados.

2. Se analizaron las pólizas de diario en las que constan los movimientos del presupuesto

modificado con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales” del CAEPCCM en el ejercicio

de 2014, con la finalidad de verificar si la SEFIN efectuó, en tiempo y forma, el registro del

momento contable de la etapa del presupuesto modificado del órgano desconcentrado,

y en las cuentas y por los importes correspondientes.

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Se efectuaron pruebas de control para comprobar que los procedimientos y la normatividad que

regula los gastos comprometido, devengado, ejercido y pagado se hubiesen aplicado durante

el período auditado, de acuerdo con lo siguiente:

Gasto Comprometido

1. Se analizaron los reportes mensuales de los recursos fiscales, crediticios y provenientes

de transferencias federales que se erogaron con cargo al rubro revisado, para conocer el

presupuesto comprometido del CAEPCCM del ejercicio de 2014 y se verificó que los

recursos correspondieran a obligaciones de pago respaldadas con documentos legales.

2. Se revisó que el CAEPCCM contara con la autorización expresa del servidor público

autorizado para llevar a cabo la contratación de servicios mediante procedimientos distintos

a la licitación pública; que la contratación de servicios se hubiese previsto en el Programa

Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS), autorizado,

y soportado con las solicitudes para la requisición de servicios, debidamente justificadas y

firmadas por el personal con atribuciones para autorizarlas; y que contara con suficiencia

presupuestal y, en su caso, con la aprobación del servidor público autorizado para ello.

3. Se verificó que la contratación de los servicios seleccionados como muestra se hubiesen

ajustado a los procedimientos de adjudicación o aquellos que prevé la normatividad

aplicable (adjudicación directa, invitación restringida a cuando menos tres proveedores

y licitación pública) y a los montos de actuación autorizados; y que se hubiera formalizado

en los plazos establecidos, mediante contratos que reunieran los requisitos previstos en

la normatividad, y con prestadores de servicios que no se encontraran inhabilitados

por la Contraloría General del Distrito Federal (CGDF) o por la Secretaría de la Función

Pública (SFP); y que los prestadores de servicios hubiesen presentado las garantías

aplicables en los plazos establecidos.

4. Se analizaron las pólizas de diario en las que constan los movimientos del presupuesto

comprometido con cargo a las partidas seleccionadas como muestra del capítulo 3000

“Servicios Generales” del CAEPCCM en el ejercicio de 2014, con la finalidad de verificar

si la SEFIN efectuó, en tiempo y forma, el registro del momento contable de la etapa

del presupuesto comprometido por el órgano desconcentrado y en las cuentas y por

los importes correspondientes.

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Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su Reglamento,

la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades

Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados

y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno); la Ley de Presupuesto y

Gasto Eficiente del Distrito Federal; los contratos revisados; y demás normatividad aplicable,

vigentes en 2014.

Gasto Devengado

1. Se revisó que los servicios hubiesen sido recibidos por el CAEPCCM y que estuvieran

soportados con la documentación que contara con la firma del órgano desconcentrado, que

correspondieran a las especificaciones establecidas en las solicitudes para la requisición

de servicios y en los contratos respectivos, en cumplimiento de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal y demás normatividad aplicable, vigentes en 2014.

2. Se analizaron las pólizas de diario en las que constan los movimientos del presupuesto

devengado con cargo a las partidas seleccionadas como muestra del capítulo 3000

“Servicios Generales” del CAEPCCM en el ejercicio de 2014, con la finalidad de verificar si

la SEFIN efectuó, en tiempo y forma, el registro del momento contable de la etapa del

presupuesto devengado por el órgano desconcentrado, en las cuentas y por los importes

correspondientes.

Gasto Ejercido

1. Se constató que el prestador del servicio hubiese presentado comprobantes de pago

(facturas/recibos, informes o, en su caso, comprobantes fiscales digitales) a nombre

del gobierno local, y que éstos cumplieran los requisitos fiscales correspondientes;

que las CLC emitidas para cubrir erogaciones efectuadas por servicios recibidos conforme

a las especificaciones pactadas en los contratos respectivos hubieran sido debidamente

elaboradas, revisadas y aprobadas por los servidores públicos facultados para ello;

que los pasivos correspondientes a las partidas del capítulo 3000 “Servicios Generales” se

hubiesen reportado en tiempo y forma a la SEFIN; y que los recursos no ejercidos o,

en su caso, los rendimientos obtenidos al 31 de diciembre de 2014 se hubiesen entregado

a la SEFIN en los plazos señalados.

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2. Se verificó que, en su caso, se hubieran aplicado correctamente las penas convencionales

y sanciones al prestador del servicio por proporcionar de manera incompleta los servicios

contratados; que se hubiesen aplicado los descuentos procedentes en los pagos efectuados;

que se hubieran tramitado las CLC de operaciones ajenas, por el importe de las penas

convencionales o sanciones aplicadas al prestador del servicio; y que, en caso de

incumplimiento de los contratos, se hubieran hecho efectivas las garantías correspondientes.

3. Se analizaron las pólizas de diario en las que constan los movimientos del presupuesto

ejercido con cargo a las partidas seleccionadas como muestra del capítulo 3000 “Servicios

Generales” del CAEPCCM en el ejercicio de 2014, con la finalidad de verificar si la SEFIN

efectuó, en tiempo y forma, el registro del momento contable de la etapa del presupuesto

ejercido por el órgano desconcentrado, y en las cuentas y por los importes correspondientes.

Lo anterior, en cumplimiento del Código Fiscal de la Federación, de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal, del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio

Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal, y demás normatividad

aplicable, vigentes en 2014.

Gasto Pagado

1. Se confirmaron operaciones con el prestador de servicios, a quien se le efectuaron pagos,

para verificar los procesos de contratación y pago, y se constató que los gastos se

hubiesen registrado en partidas acordes con su naturaleza, conforme al Clasificador

por Objeto del Gasto del Distrito Federal vigente en 2014.

2. Se analizaron las pólizas de egresos en las que constan los movimientos del presupuesto

pagado con cargo a las partidas seleccionadas como muestra del capítulo 3000 “Servicios

Generales” del CAEPCCM en el ejercicio de 2014, con la finalidad de verificar si la

SEFIN efectuó, en tiempo y forma, el registro del momento contable de la etapa del

presupuesto pagado por las operaciones realizadas por el órgano desconcentrado,

y en las cuentas y por los importes correspondientes.

Los procedimientos sustantivos se efectuaron para verificar si en las operaciones relacionadas

con el rubro auditado se obtuvieron los resultados esperados, si se presentaron desviaciones

o deficiencias, o si existieron oportunidades de mejora.

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Particularmente, los procedimientos consistieron en integrar por partida de gasto el presupuesto

ejercido con cargo al rubro sujeto a revisión y en verificar que las cifras presupuestarias

reportadas por el sujeto fiscalizado a la SEFIN coincidieran con las asentadas en la Cuenta

Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2014. También se verificó que el CAEPCCM

hubiese conservado la documentación original, justificativa y comprobatoria, de los pagos

realizados, y que hubieran contado con expedientes debidamente integrados con la documentación

legal y administrativa del prestador de servicios contratado; que el importe contabilizado

por la SEFIN correspondiera a la estructura del Plan de Cuentas del Manual de Contabilidad del

Gobierno del Distrito Federal Sector Central vigente en 2014; y que los servicios se hubieran

contratado en cumplimiento de los programas, acciones y atribuciones del CAEPCCM.

El alcance a nivel de partida de gasto se señala a continuación:

Partida 3161 “Servicios de Telecomunicaciones y Satélites”

Se revisó el 29.2% (205,399.8, miles de pesos) del importe ejercido mediante 8 CLC, así

como su documentación justificativa y comprobatoria.

De nueve contratos adjudicados al prestador del servicio, se seleccionaron los dos más

representativos, en donde se ejercieron mayores recursos, y aquellos en los que se hubiese

presentado alguna situación (sancionados y no sancionados) respecto a los pagos por los

servicios contratados.

ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

Con la finalidad de obtener una base para determinar la naturaleza, extensión y oportunidad de

las pruebas de auditoría, se analizaron el marco normativo y el Manual Administrativo del

Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México vigente

en 2014. Lo anterior, con el propósito de identificar la estructura orgánica, así como los objetivos,

funciones y atribuciones de las unidades administrativas que la integran, específicamente,

de las que intervinieron en el rubro objeto de la revisión. También se revisaron los manuales de

procedimientos, con el objeto de, por un lado, conocer los que fueron aplicados por las

unidades administrativas responsables del registro, aprobación, modificación, compromiso,

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devengación, ejercicio y pago de las erogaciones efectuadas con cargo al capítulo 3000

“Servicios Generales” y, por otro, constatar si éstos garantizaron razonablemente el cumplimiento

de las leyes, reglamentos, normas, políticas y otras disposiciones de observancia obligatoria.

Se realizaron entrevistas y se aplicaron cuestionarios de control interno en la Coordinación

Ejecutiva de Administración e Implementación y en la Dirección de Recursos Financieros

y Materiales, ambas del CAEPCCM, en particular, a los servidores públicos que tuvieron

relación con el registro, aprobación, modificación, compromiso, devengación, ejercicio y pago

de operaciones realizadas por el CAEPCCM con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”.

Además, se verificó que los gastos hubiesen sido autorizados por los servidores públicos

facultados para ello y se identificaron los riesgos de las operaciones revisadas y los objetivos

específicos de control.

Una vez recopilada y analizada la información general de las áreas y operaciones sujetas

a revisión, a partir de su flujo general y de los objetivos específicos y mecanismos de control

identificados en cada proceso, se elaboró una matriz de control para evaluar si los mecanismos

establecidos hicieron factible la administración de los riesgos de irregularidades e ineficiencias,

y si disminuyeron las debilidades detectadas.

Como resultado del estudio y evaluación del sistema de control interno, establecido por el

CAEPCCM para registrar, aprobar, modificar, comprometer, devengar, ejercer y pagar los

recursos del capítulo 3000 “Servicios Generales”, se determinó que contó con un razonable

ambiente de control, toda vez que las unidades administrativas del órgano desconcentrado

están estructuradas conforme a las funciones definidas en su manual administrativo;

y que se implantaron, de manera formal, mecanismos y actividades de control para promover y

supervisar el cumplimiento efectivo de los procedimientos establecidos, para registrar

y controlar la información generada en la operación de los recursos, para garantizar la

integridad, calidad, oportunidad, suficiencia y consistencia de la información y documentación

generada, y para propiciar la comunicación e interacción de las áreas involucradas.

No obstante lo anterior, se detectaron deficiencias de control interno, las cuales se señalan de

manera específica en el apartado de resultados de este informe.

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RESULTADOS

Evaluación de Control Interno

1. Resultado

Mediante el oficio núm. C5/DGA/0025/2016 del 18 de enero de 2016, la Dirección General

de Administración (antes Coordinación Ejecutiva de Administración e Implementación) del

CAEPCCM (actualmente Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto

Ciudadano de la Ciudad de México) proporcionó un manual administrativo que estuvo vigente

en 2014, elaborado conforme al dictamen de estructura orgánica núm. 1/2007, el cual

se integró por los manuales de organización y de procedimientos respectivos. Del análisis, se

desprende lo siguiente:

Estructura Orgánica

Mediante el oficio núm. CG/095/2010 del 11 de febrero de 2010, la CGDF, autorizó a la

Jefatura de Gobierno, en alcance al dictamen de estructura orgánica núm. 1/2007, la estructura

orgánica del CAEPCCM, vigente a partir del 1o. de febrero de 2010 (comunicada mediante

el oficio núm. OM/0061/2007 del 15 de enero de 2007). En este alcance se previó una

Dirección General y cuatro Coordinaciones Ejecutivas (de Operaciones, de Tecnologías

e Ingeniería, de Análisis Estratégico, y de Administración e Implementación).

Posteriormente se dictaminaron dos modificaciones a la estructura orgánica del dictamen

núm. 1/2007 de la Jefatura de Gobierno del Distrito Federal, la primera mediante el

oficio núm. CG/DF/596/2013 suscritos por la Contraloría General del Distrito Federal

del 30 de abril de 2013 con vigencia a partir del 1o. de mayo de 2013.

La segunda mediante el oficio núm. OM/0193/2014 suscritos por la Oficialía Mayor, del

9 de junio de 2014, con vigencia a partir del 16 de junio de 2014, y en la que se previeron

áreas de nueva creación para la Dirección General y para las cuatro Coordinaciones Ejecutivas

(de Operaciones; de Tecnologías e Ingeniería; de Análisis Estratégico; y de Administración

e Implementación), las cuales reforzaron el desarrollo de las tareas encomendadas al CAEPCCM.

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Manual Administrativo

El Manual Administrativo del Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana

de la Ciudad de México, conformado por los manuales de organización y de procedimientos,

vigente en el ejercicio de 2014, se integra como se indica a continuación:

Apartado de organización

En 2014, el CAEPCCM dispuso de dos manuales de organización registrados por parte

de la CGMA con los núms. MA-01D03-1/07 y MA-103-1/07, comunicados a este órgano

desconcentrado mediante los oficios núms. CG/CGMA/DDO/1929/2011 y OM/CGMA/0079/2014

del 8 de abril de 2011 y 2 de abril de 2014, respectivamente.

Ambos manuales de organización (núms. MA-01D03-1/07 y MA-103-1/07) fueron publicados

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 25 de enero de 2012 y el 12 de mayo de 2014,

respectivamente.

Dichos manuales consideraron los objetivos, funciones, facultades y responsabilidades de

los servidores públicos adscritos a las unidades administrativas que conforman el órgano

desconcentrado; y estuvieron integrados por los apartados de presentación, antecedentes,

marco jurídico-administrativo, objetivo general, estructura orgánica, atribuciones, funciones

y organigrama.

Lo anterior, en cumplimiento del numeral 2.4.2 de la Circular Contraloría General para

el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación

y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del

Distrito Federal vigente en 2014.

Apartado de procedimientos

El CAEPCCM contó con un manual de procedimientos elaborado con base en el dictamen

de estructura orgánica núm. 1/2007, integrado por 94 procedimientos, los cuales fueron

registrados por la CGMA con el núm. MA-01D03-1/07, por medio del oficio

núm. CG/CGMA/DEDDEO/3394/2012 del 29 de noviembre de 2012. Los listados de los citados

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procedimientos no fueron publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Al respecto,

que mediante cuestionario aplicado el 3 de marzo como parte de las actividades establecidas

en la minuta de trabajo del 25 de febrero, ambos de 2016, y dentro de las pruebas de auditoría

realizadas, el CAEPCCM informó lo siguiente: “Cabe señalar que derivado de las recomendaciones,

de la entonces Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa, quien solicitó

actualizar el Manual de Procedimientos de este Órgano Desconcentrado, el Coordinador Ejecutivo

de Administración e Implementación mediante oficio N° CAEPCCM/DG/CEAI/0223/2012, de

fecha 11 de junio de 2012, solicitó a la Coordinación General de Modernización Administrativa

(CGMA) el inicio al proceso de dictaminación para la modificación de la Estructura Orgánica

y atender la modificación del Manual de Procedimientos del CAEPCCM, destacando que

en esas fechas aún no habían sido autorizados por parte de la CGMA. A fin de concluir

el trámite de autorización del Manual de Procedimientos, derivado de la estructura vigente

a partir del 1o. de febrero de 2010, la CGMA autorizó su registro el […] 29 de noviembre

de 2012, motivo por el cual no se solicitó su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal”.

Por no realizar la gestión correspondiente a la publicación del manual administrativo, en

su parte de procedimientos, el CAEPCCM incumplió los numerales 2.4.5 y 2.4.6.7 de la

Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo,

Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la

Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2014.

En la reunión de confronta, celebrada el 16 de mayo de 2016, mediante el oficio

núm. C5/DGA/0423/2016 del 13 de mayo de 2016, la Directora General de Administración

del CAEPCCM informó mediante la cédula de respuesta que, “con el propósito de dar atención,

se hace entrega del oficio C5/DGA/DRH/0516/2016 emitido por parte de la Dirección de

Recursos Humanos, mediante el cual se informa y se documenta la gestión realizada”.

Mediante el oficio núm. C5/DGA/DRH/0516/2016 del 13 de mayo de 2016 suscrito por el

Director de Recursos Humanos informó al Director de Recursos Financieros, Materiales

y Servicios Generales, en relación con la observación vertida en este resultado, lo siguiente:

“Respecto de la no publicación de los manuales vigentes durante 2014, hago de su

conocimiento que con oficio número ASCM/15/1194 de fecha 09 de noviembre de 2015,

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el Dr. David M. Vega Vera, Auditor Superior de la Ciudad de México da por atendida

la recomendación ASC-172-12-01-CAEPCCM, misma que consistió en:

”‘Es necesario que el Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la

Ciudad de México emprenda acciones para que se publique en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal la relación de procedimientos de su Manual Administrativo, una vez obteniendo su

registro ante la Coordinación General de Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa,

y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal.’

”Por lo que hace al seguimiento y mecanismos de control implementados en este Centro,

hago de su conocimiento que con oficio número OM/0193/2014, de fecha 09 de junio de 2014,

el Oficial Mayor del Distrito Federal, hoy de la Ciudad de México, comunica la dictaminación

favorable a la modificación del Dictamen 1/2007 de la Jefatura de Gobierno del Distrito Federal,

con vigencia a partir del 16 de junio de 2014.

”Posteriormente, con oficio número OM/268/2014, de fecha 11 de agosto de 2014, el entonces

Oficial Mayor del Distrito Federal hoy de la Ciudad de México comunica con Dictamen

OD-JGDF-CAEPCCM-16/010814, se dictamina favorablemente la Estructura Orgánica

del Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México,

con vigencia a partir del 1o. de agosto de 2014.

”En consecuencia, esta Dirección General de Administración antes Coordinación Ejecutiva

de Administración e Implementación con oficios números CAEPCCM/DG/CEAI/1006, 1007,

1008, 1009, 1010, 1011, 1012 y 1013/2014 de fecha 22 de agosto de 2014, solicitó a las

diversas áreas del Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad

de México CAEPCCM elaboración de su manual administrativo y envío a la Dirección de

Recursos Humanos, para su posterior tramitación ante la Coordinación General de Modernización

Administrativa CGMA.

”Con relación a la dictaminación con vigencia 16 de junio de 2014, con oficio número

OM/CGMA/0952/2014, de fecha 20 de agosto de 2014, el Coordinador General de Modernización

Administrativa CGMA, en atención a mi similar número CEAI/DG/CEAI/0893/2014, de fecha

14 de julio de 2014, con el que remití proyecto de manual administrativo; informa sobre diversas

15

observaciones agrupándolas en los rubros de consideraciones generales y observaciones

específicas por unidad administrativa. En seguimiento de las observaciones esta Dirección

General con oficios CAEPCCM/DG/CEAI/1047 y 1048/2014, de fecha 1 de septiembre de 2014,

dirigidos al Director de Recursos Humanos el primero de ellos, donde se le instruye se

realicen las acciones necesarias para que se coordine, revise e integre la documental que

integra el Manual Administrativo, mientras que en el segundo de ellos se informa a la CGMA

que el entonces Director de Recursos Humanos de este Centro ha sido designado para

establecer calendario de trabajo conjunto a efecto de que sean subsanadas las observaciones

al manual administrativo. Respecto de la necesidad de establecer un calendario de trabajo

en conjunto con la CGMA, esta Dirección General lo hizo del conocimiento de las diversas

áreas que integran el CAEPCCM con oficios números CAEPCCM/DG/CEAI/1040, 1041, 1042,

1043, 1044, 1045 y 1046/2014, de fecha 29 de agosto de 2014.

”Una vez llevadas a cabo las adecuaciones al manual administrativo, finalmente la CGMA

con oficio OM/CGMA/0398/2015, de fecha 03 de marzo de 2015, determina que el Manual

Administrativo de este Centro ha cumplido con todas las formalidades y requisitos, elementos

de contenido y criterios de conformación por lo que emite dictamen de procedencia a efecto de

continuar con el proceso para la obtención del registro del manual administrativo del Centro

de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México hoy Centro de

Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano de la Ciudad de México.

”En consecuencia de lo anterior y ajustándose a los Lineamientos Generales para el Registro

de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública del

Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal hoy de la Ciudad de México,

en los cuales en su artículo cuarto transitorio establece que los lineamientos serán aplicados en

forma retroactiva para aquellos manuales que se encuentren en proceso de revisión

y registro por parte de la CGMA; con oficio número CAEPCCM/DG/013/2015, de fecha

09 de marzo de 2015, el entonces Director General de este Centro, remite a la CGMA para

autorización y registro el manual administrativo (organización y procedimientos), siendo

que con oficio OM/CGMA/0475/2015, de fecha 20 de marzo de 2015, la CGMA considera

procedente otorgar el registro del manual administrativo del CAEPCCM con número

de registro MA-03/200315-OD-JGDF-CAEPCCM-16/010814.

16

”Finalmente, con oficio CAEPCCM/DG/016/2015, el entonces Director General de este Centro

solicita a la Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos de la Consejería Jurídica

y de Servicios Legales la publicación del ‘MANUAL ADMINISTRATIVO DEL CENTRO DE

ATENCIÓN A EMERGENCIAS Y PROTECCIÓN CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

CON NÚMERO DE REGISTRO MA-03/200315-OD-JGDF-CAEPCCM-16/010814’, registrándose

dicha publicación en la Gaceta del día 09 de abril de 2015, tanto del ‘Aviso por el cual se

da a conocer el Manual Administrativo del Centro de Atención a Emergencias y Protección

Ciudadana de la Ciudad de México con Número de Registro MA-03/200315/OD-JGDF-

CAEPCCM-16/010814’, así como la integralidad del Manual Administrativo...”

Además, proporcionó evidencia documental, correspondiente a la aplicación y seguimiento

de la medida de control llevada a cabo por el CAEPCCM actualmente.

Cabe mencionar que en relación al hallazgo descrito se obvia la emisión de la

recomendación, toda vez que está directamente relacionada con una recomendación

núm. ASC-172-12-01-CAEPCCM emitida con anterioridad en la Cuenta Pública 2012 misma

que ha sido atendida recientemente y comunicada mediante oficio núm. ASCM/15/1194

por la ASCM.

Al examinar los 94 procedimientos, se determinó que 10 de ellos están relacionados con

el rubro auditado: “Elaboración del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamiento y Prestación

de Servicios”, “Adquisiciones de Bienes, Arrendamientos y Prestación de Servicios por Adjudicación

Directa”, “Revisión de Facturas, Trámite y Aplicación de Penas Convencionales a Contratos”,

“Integración del ‘Informe de Avance Trimestral’”, “Registro Contable de Operaciones Financieras”,

“Elaboración de Conciliaciones Bancarias”, “Procedimiento para la Revisión Captura y Trámite

de Pago de Cuentas por Liquidar Certificadas”, “Afectaciones Programático Presupuestarias”,

“Captura, Revisión y Autorización de Documentos Múltiples de Notas de Observación de Glosa,

Cancelación, Comprobación y Reintegro de Recursos”, “Control del Presupuesto Comprometido”.

Con los oficios núms. CAEPCCM/DG/CEAI/0237/2011 al CAEPCCM/DG/CEAI/0244/2011,

todos del 28 de abril de 2011, se realizó la difusión del manual administrativo con registro

núm. MA-01D03-1/07 del 8 de abril de 2011 (en su parte de organización) entre las diferentes

unidades administrativas y personal responsable de su aplicación; en cuanto al manual

17

núm. MA-103-1/07 del 2 de abril de 2014 el CAEPCCM, acreditó su difusión mediante los

oficios núms. CAEPCCM/DG/CEAI/0536/2014 al CAEPCCM/DG/CEAI/0543/2014, todos

del 23 de abril de 2014.

En cuanto al manual administrativo, en su parte de procedimientos, mediante los oficios

CAEPCCM/DG/CEAI/0364/2012 al CAEPCCM/DG/CEAI/0372/2012, todos del 18 de diciembre

de 2012, el CAEPCCM realizó la difusión de dicho manual entre las diferentes unidades

administrativas y personal que lo integran.

Lo anterior en cumplimiento de lo establecido en el numeral 2.4.7.2 de la Circular Contraloría

General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización,

Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración

Pública del Distrito Federal vigente en 2014.

Cabe mencionar que durante las gestiones realizadas por el CAEPCCM ante la CGMA,

la Oficialía Mayor (OM) autorizó un nuevo dictamen de estructura orgánica

núm. OD-JGDF-CAEPCCM-16/010814 (comunicado mediante el oficio núm. OM/268/2014

del 11 de agosto de 2014) a favor del órgano desconcentrado, con vigencia a partir del

1o. de agosto de 2014, por lo que, atendiendo la normatividad, el CAEPCCM llevó a cabo

los trámites correspondientes para la actualización del manual administrativo; sin embargo, el

30 de diciembre de 2014 fueron publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal los

Lineamientos Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de

Operación de la Administración Pública del Distrito Federal, los cuales, en su artículo cuarto

transitorio, establecen que los lineamientos serán aplicados de forma retroactiva para aquellos

manuales que se encuentren en proceso de revisión y registro por parte de la CGMA, por

lo que dicha actualización del manual administrativo fue autorizado y registrado el 20 de marzo

de 2015 y publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2015.

De lo anterior, se concluye que el CAEPCCM remitió a la autoridad administrativa competente

su manual de organización, actualizado con base en el dictamen de estructura orgánica

núm. 1/2007, además estableció controles internos que permitieron que los procedimientos

fueran publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

18

Revisión de la Adopción e Implantación de Normas emitidas

por el Consejo Nacional de Armonización Contable

2. Resultado

A fin de comprobar el cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental

y los acuerdos emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC),

mediante el oficio núm. ACF-A/15/0990 del 20 de octubre de 2015, la Auditoría Superior

de la Ciudad de México (ASCM) solicitó a la SEFIN un informe, al 31 de diciembre de 2014, al

respecto. En respuesta, mediante el oficio núm. DGCNP/4218/2015 de fecha 28 de octubre

de 2015, la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN

proporcionó el oficio núm. DC/369/2015 del 27 de octubre de 2015, con el cual el Director

de Contabilidad de la SEFIN señaló que “se proporciona el informe al 31 de diciembre de 2014,

del cumplimiento en relación a la adopción de la Ley de Contabilidad Gubernamental y los

Acuerdos emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable”.

En ese contexto, se comprobó que la SEFIN publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

las normas que, a su vez, emitió y publicó el CONAC con relación al ejercicio del gasto.

El desarrollo y operación del sistema contable del órgano desconcentrado para efectos

administrativos se concentra en la SEFIN, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 122

de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2014, por tanto,

el CAEPCCM no emite información contable ni financiera.

Asimismo, mediante el oficio núm. ACF-A/16/0016 del 11 de enero de 2016, la ASCM solicitó

al CAEPCCM que informara de manera detallada sobre el cumplimiento de las disposiciones

establecidas por el CONAC. En respuesta, mediante el oficio núm. C5/DGA/0025/2016 del

18 de enero de 2016 y con la nota informativa, se destaca el contenido de los artículos 123

y 124 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, no obstante señala:

“... No obstante […] remite periódicamente la información financiera […] a la Dirección General

de Contabilidad, Normatividad e Integración de Cuenta Pública de la Secretaría de Finanzas,

esté en condiciones de establecer la contabilidad general del Gobierno del Distrito Federal.”

En consecuencia, no se emite ninguna observación en el presente resultado.

19

Gasto Aprobado

3. Resultado

Con objeto de verificar que la previsión de gasto para el CAEPCCM consignada en el Decreto

de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2014 se hubiese

asignado conforme a la normatividad aplicable y que la SEFIN hubiera efectuado el registro

del momento contable de la etapa del presupuesto aprobado al órgano desconcentrado,

se analizaron el techo presupuestal reportado, el Analítico de Claves, el POA, el Calendario

Presupuestal y el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del sujeto fiscalizado, correspondientes

al ejercicio fiscal de 2014; así como las pólizas de diario en las que constan los movimientos del

presupuesto aprobado en el ejercicio de 2014. Al respecto, se determinó lo siguiente:

1. Con el oficio núm. SFDF/SE/3709/2013 del 4 de noviembre de 2013, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN le comunicó al titular del CAEPCCM el techo presupuestal,

asignado por un monto de 924,317.6 miles de pesos, de los cuales 70,068.5 miles de pesos

correspondieron a servicios personales y 854,249.1 miles de pesos se destinaron a

otros gastos; y le informó que “los recursos comunicados a ese órgano desconcentrado en

el presente techo, deberá destinarlos en primer término a cubrir los conceptos estrictamente

indispensables para su operación, tales como servicios personales (nómina) y servicios

básicos (agua, energía eléctrica, servicios de vigilancia, entre otros)”.

Sin embargo, mediante el oficio núm. CAEPCCM/DG/CEAI/942/2013 del 20 de noviembre

de 2013, el CAEPCCM comunicó a la Subsecretaría de Egreso de la SEFIN que el techo

presupuestal era deficitario, toda vez que en el análisis de los requerimientos mínimos

para garantizar la operación de la infraestructura tecnológica, se registró un déficit

de 933,022.0, como se indica a continuación:

(Miles de pesos)

Capítulo de gasto Techo presupuestal Requerimiento Déficit

1000 70,069.0 78,827.0 8,758.0

2000 66,749.0 991,013.0 924,264.0

3000

5000 787,500.0 787,500.0 0.0

Total 924,318.0 1,857,340.0 933,022.0

20

Posteriormente, en atención a lo informado por el CAEPCCM, mediante el oficio

núm. SFDF/SE/0102/2014 del 6 de enero de 2014, la Subsecretaría de Egresos de la

SEFIN comunicó al titular del CAEPCCM el techo presupuestal aprobado, por un monto

de 1,703,317.6 miles de pesos, de los cuales 73,746.1 miles de pesos correspondieron

a servicios personales y 1,629,571.5 miles de pesos se destinaron a otros gastos.

Mediante el oficio núm. CAEPCCM/DG/CEAI/0942/2013 del 20 de noviembre de 2013,

con sello de recibido de esa misma fecha, la Coordinación Ejecutiva de Administración

e Implementación del CAEPCCM remitió a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, en

forma impresa, el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del CAEPCCM para

el ejercicio de 2014, por un monto de 924,317.6 miles de pesos, en lugar de haberlo

enviado a más tardar el 19 de noviembre de 2013.

Por haber presentado a la SEFIN la versión del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos

fuera del plazo establecido, el CAEPCCM incumplió lo dispuesto en el apartado V.

Proceso de Formulación de Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2014 numeral 2

“Formulación General”, inciso c) “Generación de Reportes”, penúltimo párrafo, del Manual

de Programación y Presupuesto 2014, que establece:

“La fecha límite para que las unidades remitan los […] reportes debidamente firmados

por los titulares será el 19 de noviembre…”

En la reunión de confronta, celebrada el 16 de mayo de 2016, mediante el oficio

núm. C5/DGA/0423/2016 del 13 de mayo de 2016, la Directora General de Administración

del CAEPCCM entre otros, aportó elementos que subsanan la deficiencia observada, de

los cuales destaca que realizaron las acciones siguientes:

“… este Órgano Desconcentrado a través del Sistema de Planeación de Recursos Gubernamentales

(SAP GRP), solicitó de manera electrónica, el 11 de noviembre de 2013, el Módulo de Integración

por Resultados así como el 15 de noviembre de 2013 el Módulo de Integración Financiera

de conformidad con lo establecido en el Manual de Programación-Presupuestación para

la integración del Anteproyecto de Presupuesto de egresos 2014, tal y como se indica en

el oficio, CAEPCCM/DG/CEAI/0942/2013.

21

”Conforme a lo anterior, el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos de este Órgano

Desconcentrado se capturó electrónicamente en Sistema de Planeación de Recursos

Gubernamentales (SAP GRP), realizándose vía sistema, la transmisión en tiempo y forma; no

obstante, con la finalidad de dar cumplimiento a las fechas establecidas conforme al Manual

de Programación-Presupuestación vigente, para el envío en forma impresa del Anteproyecto de

Presupuesto anualmente, este Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones

y Contacto Ciudadano de la Ciudad de México, implementó el control denominado ‘Cédula

de Seguimiento a la Remisión de la Versión Impresa del Anteproyecto de Presupuesto de

Egresos a la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México 2016-2018’ con el objetivo

de dar puntual seguimiento al proceso y emisión de dicho documento, para garantizar el envío

oportuno del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos de cada ejercicio de este Órgano

Desconcentrado, de conformidad con el Manual de Programación-Presupuestación para

la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos aplicable.

”Dicha cédula contiene:

”1 Ejercicio.

”2 Fecha de Seguimiento a la Emisión del Manual de Programación-Presupuestación para

la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos.

”3 No. de Oficio de envío del Anteproyecto de Egresos.

”4 Fecha Límite de Entrega a la Subsecretaría de Egresos.

”5 Fecha Real de Entrega.

”6 Comentarios.

”Cédula de Seguimiento a la Remisión de la Versión Impresa del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos a la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México 2016-2018

Ejercicio

Fecha de Seguimiento a la Emisión del Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos

No. de Oficio de envío del Anteproyecto de Egresos

Fecha Límite de Entrega a la Subsecretaría de Egresos

Fecha de Oficio Fecha Límite

Fecha Real de Entrega

Comentarios

2016 del 1o al 5 de noviembre CAEPCCM/DG/CEAI/0956/2015 19/11/2015 19/11/2015 19/11/2015 Envío en tiempo y forma […]

22

”Cabe destacar que mediante los oficios C5/DGA/0429/2016 C5/DGA/DRFMSG/0335/2016

C5/DGA/DRFM/SPP/070/2016, emitidos por la Dirección General de Administración, la Dirección

de Recursos Financieros, Materiales y Servicios Generales, así como por la Subdirección de

Programación y Presupuesto respectivamente, se realizaron las acciones necesarias para

el seguimiento respecto de la implementación de la “Cédula de Seguimiento a la Remisión

de la Versión Impresa del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos a la Secretaría de Finanzas de

la Ciudad de México 2016-2018” para el fortalecimiento de los mecanismos de control

que garantizan el envío oportuno del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos de cada

ejercicio correspondiente este Órgano Desconcentrado, de conformidad con el Manual

de Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de

Egresos aplicable (se adjunta evidencia documental).

”Se adjunta con sus anexos, el oficio CAEPCCM/DG/CEAI/0956/2015 del 19 de noviembre

de 2015, correspondiente al envío oportuno del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del

ejercicio 2016, a la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, en atención al

oficio SFDF/SE/4178/2015, lo anterior, se ve reflejado en la cédula implementada.

”Respecto, del ‘Resultado 3’, con el mecanismo de control implementado y la evidencia documental

que acredita su funcionamiento, se garantiza el envío oportuno del Anteproyecto de Presupuesto

de Egresos de cada ejercicio correspondiente a este Órgano Desconcentrado, de conformidad

con el Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto

de Presupuesto de Egresos aplicable.”

No obstante que el CAEPCCM aporto elementos el cual refiere que cuenta con mecanismos

de control, que permite el eficiente desempeño de las funciones del sujeto fiscalizado, no

se prevé la permanencia del seguimiento de una supervisión a dicho proceso, por lo que se

concluye que la causa primaria que originó el hallazgo no ha sido controlada y en consecuencia

evite su ocurrencia posterior, por lo que se confirma la presente observación.

2. En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de diciembre de 2013 se publicó

el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2014,

en cuyo artículo 5o. se estableció que el CAEPCCM se le asignó un presupuesto

de 1,703,317.6 miles de pesos.

23

3. Con el oficio núm. SFDF/SE/0102/2014 del 6 de enero de 2014, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN comunicó al titular del CAEPCCM el Analítico de Claves y el

Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2014,

correspondientes al presupuesto aprobado por la ALDF, por 1,703,317.6 miles de pesos, de los

cuales 73,746.1 miles de pesos se destinaron a servicios personales y 1,629,571.5 miles

de pesos a otros gastos.

4. Con el oficio núm. SFDF/SE/0493/2014 del 28 de enero de 2014, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN remitió al titular del CAEPCCM el Calendario Presupuestal

y el POA definitivos para el ejercicio de 2014, y le indicó que ambos documentos

“corresponden a los montos aprobados por el Órgano Legislativo a través del Decreto

de Presupuesto de Egresos para el presente ejercicio, así como al Techo Presupuestal

comunicado […] y a la capacidad financiera del Distrito Federal”.

5. En el Analítico de Claves, se asignaron recursos a 21 partidas de gasto que, en conjunto,

suman el presupuesto original del capítulo 3000 “Servicios Generales” (410,938.5 miles

de pesos), el cual fue reportado en el Informe de Cuenta Pública de 2014 del CAEPCCM.

Cabe mencionar que cuatro partidas de gasto no fueron presupuestadas originalmente

y otras cuatro, a las que sí se les habían asignado recursos, no los ejercieron.

6. En cuanto al registro presupuestal del momento contable de la etapa del presupuesto

aprobado, la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN,

por medio del oficio núm. DGCNCP/0207/2016 del 28 de enero de 2016, proporcionó

la póliza de diario con número de evento 1000000071 del 1o. de febrero de 2014, por

medio de la cual la SEFIN realizó el registro presupuestal en cuentas de orden

presupuestarias del presupuesto de egresos aprobado al CAEPCCM, como sigue:

(Miles de pesos)

Cuenta Importe

Debe Haber

8211000000 “Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 1,703,317.6

8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 1,703,317.6

Total 1,703,317.6 1,703,317.6

24

Las cuentas de orden presupuestarias 8.2.1.1.0.0.0.0.0.0 “Presupuesto de Egresos Aprobado

Sector Central” y 8.2.2.1.0.0.0.0.0.0 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central”,

así como el asiento con el cual se realizó el registro del presupuesto aprobado, son

los que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central

vigente en 2014; y se registraron mediante el Sistema de Planeación de Recursos

Gubernamentales (GRP-SAP).

Por lo anterior se concluye que el CAEPCCM estimó originalmente recursos para 21 partidas

del capítulo 3000 “Servicios Generales”, ejerció recursos con cargo a 21 de ellas, y se ajustó

al techo presupuestal asignado por 410,938.5 miles de pesos y, posteriormente, mediante

afectaciones programático-presupuestales, aumentó su presupuesto en 292,686.9 miles

de pesos, para quedar con un presupuesto modificado y ejercido de 703,625.4 miles de pesos,

conforme al Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la

Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2014; y que la SEFIN realizó el registro

presupuestal del momento contable de la etapa del presupuesto aprobado de acuerdo con

lo señalado en el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central

vigente en 2014. Además, contó con controles internos que permiten actualmente que

la versión impresa de su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos se remita a la SEFIN

en el plazo establecido para tal efecto.

Recomendación ASCM-25-14-1-C5

Es conveniente que el Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto

Ciudadano de la Ciudad de México (C5) (anteriormente “Centro de Atención a Emergencias

y Protección Ciudadana de la Ciudad de México”) por conducto de la Dirección General de

Administración, implemente mecanismos que garanticen contar con controles de supervisión

que permitan la entrega del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos en el plazo establecido,

a efecto de dar cumplimiento a lo establecido al Manual de programación y presupuesto 2014.

25

Gasto Modificado

4. Resultado

En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2014, el CAEPCCM reportó

en el capítulo 3000 “Servicios Generales” un presupuesto original de 410,938.5 miles de pesos,

el cual fue objeto de los siguientes movimientos presupuestales: 110 ampliaciones compensadas,

por un monto de 682,944.0 miles de pesos; 11 adiciones compensadas, por un monto de

6,008.1 miles de pesos; 3 adiciones líquidas, por un monto de 259,472.0 miles de pesos;

130 reducciones compensadas, por un monto de 644,498.6 miles de pesos; y 17 reducciones

líquidas, por un monto de 11,238.6 miles de pesos. En consecuencia, el presupuesto

original fue incrementado en 292,686.9 miles de pesos, para quedar en 703,625.4 miles

de pesos, importe que fue ejercido en su totalidad por el sujeto fiscalizado, como se muestra

a continuación:

(Miles de pesos)

Concepto Importe

Parcial Subtotal Total

Presupuesto original

410,938.5

Afectaciones presupuestales

Más:

Ampliaciones compensadas (110) 682,944.0

Adiciones compensada (11) 6,008.1

Adiciones líquidas (3) 259,472.0

Subtotal

948,424.1

Menos:

Reducciones compensadas (130) (644,498.6)

Reducciones Líquidas (17) (11,238.6)

Subtotal

(655,737.2)

Modificación neta

292,686.9

Presupuesto modificado y ejercido

703,625.4

Dichos movimientos se amparan con 67 afectaciones presupuestarias que autorizó la SEFIN

por conducto de la Subsecretaría de Egresos, cuando se trató de afectaciones líquidas, y por

medio de la Dirección General de Egresos “B” de la Subsecretaría de Egresos, en el caso

de afectaciones compensadas, en cumplimiento de los artículos 34, fracción IX; y 70, fracción VI,

del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y los numerales 77

26

y 79 del apartado A, “Adecuaciones Presupuestarias Compensadas”, 80 y 83 del apartado B,

“Adecuaciones Presupuestarias Líquidas”, de la Sección Tercera “Afectaciones Presupuestarias”,

del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración

Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 4 de diciembre

de 2012, ambos vigentes en 2014.

Se analizaron las afectaciones programático-presupuestarias y se determinó que las principales

causas por las que se modificó el presupuesto asignado al capítulo 3000 “Servicios

Generales” fueron las siguientes:

1. Las ampliaciones compensadas, por un importe de 682,944.0 miles de pesos, se debieron

principalmente a compromisos establecidos por la contratación del servicio de enlaces

SHDSL 2MPS de comunicación de los sensores de captación de imágenes, voz y datos

y transmisión vía alámbrica para el Centro de Control, Comunicaciones, Cómputo y Comando,

Información, Inteligencia e Integración (c4i4) y 5 C2 (oriente, poniente, norte, sur y centro)

del Proyecto Bicentenario “Ciudad Segura”; de agua potable; y energía eléctrica; por

la impresión de carteles informativos con teléfonos de emergencia; y por servicios de

vigilancia requerida por el CAEPCCM.

2. Las adiciones compensadas, por un importe de 6,008.1 miles de pesos, se efectuaron

principalmente para cubrir pagos por concepto de servicios de vigilancia y de limpieza,

en los diversos C2 y en el C4; para cubrir la impresión de calcomanías (balizado) para

los vehículos del CAEPCCM; para la adquisición de una lona para los operativos

del C2 móvil en diversas demarcaciones.

3. Las adiciones líquidas, por un importe de 259,472.0 miles de pesos, se llevaron a cabo

para cubrir el pago del sistema de enlace SHDSL 2MPS, que tiene por objetivo transportar

los datos y el video de los 8,088 STV´S (sistema tecnológico de video-vigilancia) hasta

el C2 de destino, a través de la infraestructura de última milla (tramo final de una vía de

comunicación), y el acceso y transporte de la empresa que presta el servicio, con la

finalidad de continuar el apoyo a las instituciones policiales de prevención y de investigación.

27

4. Las reducciones compensadas, por un monto de 644,498.6 miles de pesos, tuvieron por

objeto, principalmente, reorientar el recurso presupuestal de acuerdo con las necesidades

del CAEPCCM.

5. Las reducciones líquidas, por un monto de 11,238.6 miles de pesos, se solicitaron como

resultado de economías y disponibilidades por recursos no ejercidos debido a trabajos

no realizados.

6. En cuanto a las afectaciones analizadas, se corroboró que el rubro “Justificación” no

corresponde a los movimientos realizados, como se muestra a continuación:

Número de afectación

Movimiento efectuado Justificación descrita

4674 Adición compensada Ampliación compensada

7815 Ampliación compensada al capítulo 2000 Ampliación compensada al capítulo 3000

15086 Adición compensada Ampliación compensada

16423 Adición compensada Ampliación compensada

17797 Adición compensada Ampliación compensada

20093 Reducción compensada al capítulo 3000 Reducción compensada al capítulo 1000

Adición compensada Ampliación compensada

Por no haber efectuado las justificaciones conforme a los movimientos efectuados en

las adecuaciones presupuestales, el CAEPCCM incumplió el artículo 92 del Reglamento

de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente en 2014, que

establece:

“En todos los casos las Unidades Responsables del Gasto deberán justificar las Adecuaciones

Presupuestarias, señalándose I. […] la propuesta de reducción al presupuesto […]

señalando las acciones que se verán afectadas, derivadas de la disminución de recursos

o bien […] II. Por lo que se refiere a los movimientos de ampliación del presupuesto […]

se deberán incorporar los elementos que motivan la ampliación de recursos…”

En la reunión de confronta, celebrada el 16 de mayo de 2016, mediante el oficio

núm. C5/DGA/0423/2016 del 13 de mayo de 2016, la Directora General de Administración

del CAEPCCM informó lo siguiente:

28

“Con el objetivo de fortalecer los procesos relativos a la elaboración de las Adecuaciones

Presupuestarias, este Órgano Desconcentrado implementó la ‘Cédula de Seguimiento

Mensual a las justificaciones de las Afectaciones Programático-Presupuestarias’ a efecto

de garantizar que las Adecuaciones Presupuestarias se elaboran de manera correcta,

atendiendo lo dispuesto en el artículo 92 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente del Distrito Federal, vigente. Esta cédula permite revisar la afectación y particularmente

su justificación, previamente a la captura en el sistema, lo cual optimiza el proceso correspondiente.

Dicha cédula contiene:

”1. No. Consecutivo

”2. Fecha

”3. Número de Afectación

”4. Movimiento Efectuado

”5. Justificación Descrita

”6. Fecha de Revisión del Movimiento a efectuar respecto de la Justificación

”7. Fecha de Captura en el Sistema

”8. Comentarios

”Cabe destacar que mediante los oficios C5/DGA/0430/2016 C5/DGA/DRFMSG/0333/2016

C5/DGA/DRFM/SPP/071/2016, emitidos por la Dirección General de Administración, la Dirección

de Recursos Financieros, Materiales y Servicios Generales, así como por la Subdirección de

Programación y Presupuesto respectivamente, se realizaron las acciones necesarias para

el seguimiento respecto de la implementación de la ‘Cédula de Seguimiento a las Justificaciones

de las Afectaciones Programático-Presupuestarias’ a efecto de garantizar que las Adecuaciones

Presupuestarias se elaboren de manera óptima, atendiendo lo dispuesto en el artículo 92

del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente.

29

”Respecto del ‘Resultado 4.’, con el mecanismo de control implementado se garantiza la

correcta elaboración de las Adecuaciones Presupuestarias, atendiendo lo dispuesto en el

artículo 92 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto eficiente del Distrito Federal,

vigente.”

No obstante que el CAEPCCM aporto elementos que refieren que cuenta con mecanismos

de control los cuales permiten el eficiente desempeño de las funciones del sujeto fiscalizado;

no se prevé la continuidad de la supervisión a dicho proceso, por lo que se concluye

que la causa primaria que originó el hallazgo no ha sido controlada y en consecuencia se

evite su ocurrencia posterior, por lo que se confirma la presente observación.

En cuanto al registro presupuestal del momento contable de la etapa del presupuesto

modificado, la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN,

mediante el oficio núm. DGCNCP/0207/2016 del 28 de enero de 2016, proporcionó

67 pólizas de diario por medio de las cuales la SEFIN realizó el registro presupuestal en

cuentas de orden de las modificaciones al presupuesto aprobado en el capítulo 3000

“Servicios Generales” del CAEPCCM, como sigue:

(Miles de pesos)

Cuenta Importe

Debe Haber

8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 703,625.4 410,938.5

8231000000 “Modificaciones al Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 292,686.9

Total 703,625.4 703,625.4

Las cuentas de orden presupuestarias 8.2.2.1.0.0.0.0.0.0 “Presupuesto de Egresos por

ejercer Sector Central” y 8.2.3.1.0.0.0.0.0.0 “Modificaciones al Presupuesto de Egresos Aprobado

Sector Central”, así como los asientos con los cuales se realizó el registro de las modificaciones

al presupuesto aprobado en el capítulo 3000 “Servicios Generales” del CAEPCCM, son

los que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central

vigente en 2014; y se registraron mediante el sistema establecido GRP-SAP.

En el análisis de las afectaciones programático-presupuestarias, se determinó que fueron

elaboradas, justificadas, autorizadas y tramitadas por los servidores públicos facultados

30

para ello; y que contribuyeron al cumplimiento de objetivos y metas programadas por el

órgano desconcentrado, en cumplimiento de los artículos 77 y 78 de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2014, como se expone en las principales

causas por las que se modificó el presupuesto asignado al capítulo, y que la SEFIN realizó

el registro presupuestal del momento contable de la etapa del presupuesto modificado de

acuerdo con lo señalado en el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal

Sector Central vigente en 2014.

Recomendación ASCM-25-14-2-C5

Es conveniente que el Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto

Ciudadano de la Ciudad de México (C5) (anteriormente “Centro de Atención a Emergencias

y Protección Ciudadana de la Ciudad de México”) por conducto de la Dirección General de

Administración, implemente mecanismos que garanticen contar con controles de supervisión

que permitan que la elaboración de las justificaciones en las adecuaciones presupuestarias

correspondan a los movimientos efectuados, a efecto de dar cumplimiento a lo establecido en

Ley de Presupuesto y Gasto eficiente del Distrito Federal.

Variaciones Financieras por Vertiente de Gasto

5. Resultado

En el formato “ECG Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto” del Informe de Cuenta

Pública de 2014 del CAEPCCM, se reportó que fueron asignados recursos al capítulo 3000

“Servicios Generales”, por 410,938.5 miles de pesos que corresponde al presupuesto original,

importe 71.2% inferior (292,686.9 miles de pesos) al presupuesto ejercido (703,625.4 miles

de pesos).

La distribución de recursos por posición presupuestal de gasto del capítulo 3000 “Servicios

Generales”, de acuerdo con la Evolución del Presupuesto de Egresos por Clave Presupuestal

de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2014, se muestra a continuación:

31

(Miles de pesos y por cientos)

Fondo / Posición presupuestal

Presupuesto Variación

Original

(1)

Ejercido

(2)

%

(3)

Absoluta (2) – (1)

(4)

% (4) / (1)

(5)

1110 39811100 0.0 204.5 0.0 n.a. n.a.

1110 34511200 8,000.0 10,363.0 1.5 2,363.0 0.3

1110 39811200 1,546.7 1,371.7 0.2 (175.0) (0.1)

1110 39691200 1,000.0 0.0 0.0 (1,000.0) (1.0)

1110 35811100 3,000.0 4,580.6 0.7 1,580.6 0.5

1110 33211100 0.0 19.5 0.0 19.5 n.a.

1110 33811160 0.0 181.4 0.0 181.4 n.a.

1110 31611100 106,000.0 114,985.4 16.3 8,985.4 0.1

1110 37221100 1.0 0.0 0.0 (1.0) (1.0)

1110 31811100 0.0 0.5 0.0 0.5 n.a.

1110 31911200 100.0 120.0 0.0 20.0 0.2

1110 35311100 400.0 14.0 0.0 (386.0) (1.0)

1110 39211100 60.0 114.4 0.0 54.4 0.9

1110 33811200 8,860.8 0.0 0.0 (8,860.8) (1.0)

1110 33411200 40.0 0.0 0.0 (40.0) (1.0)

1110 35911100 271.0 285.3 0.0 14.3 0.1

1110 31121200 24,705.1 48,376.9 6.9 23,671.8 1.0

1110 35521100 250.0 102.3 0.0 (147.7) (0.6)

1110 31311260 0.0 81.4 0.0 81.4 n.a.

5M20 31611100 244,000.0 244,000.0 34.7 0.0 0.0

1110 33621100 0.0 196.2 0.0 196.2 n.a.

1110 34111100 0.0 0.5 0.0 0.5 n.a.

1110 35211100 100.0 83.4 0.0 (16.6) (0.2)

1110 35611100 500.0 0.0 0.0 (500.0) (1.0)

1110 33411100 0.0 40.0 0.0 40.0 n.a.

1110 35111100 506.8 1,540.5 0.2 1,033.7 2.0

1110 31411200 50.0 0.0 0.0 (50.0) (1.0)

1110 31311200 114.8 135.4 0.0 20.6 0.2

1110 33911100 10,368.5 10,544.0 1.5 175.6 0.0

1110 39821100 1,043.8 1,242.2 0.2 198.4 0.2

5MD3 31611100 0.0 115,278.6 16.4 115,278.6 n.a.

5O13 31611100 0.0 86,568.5 12.3 86,568.5 n.a.

1113 31611100 0.0 52,903.5 7.5 52,903.5 n.a.

1110 33411200 20.0 0.0 0.0 (20.0) (1.0)

1110 33811100 0.0 10,291.8 1.5 10,291.8 n.a.

Total del capítulo 3000 410,938.5 703,625.4 100.0 292,686.9

n.a. No aplicable.

32

Como se observa, el 34.7% del presupuesto ejercido se concentró en la posición presupuestal

31611100, que corresponde a la vertiente de gasto 1.7 “Asuntos de Orden Público y de Seguridad

Interior”, Eje 2 “Gobernabilidad, Seguridad y Protección Ciudadana”. De igual forma, el gasto se

incrementó para cubrir los servicios del sistema de comunicación, a través de los enlaces

SHDSL. 2MPS, enlace satelital y conexiones diversas, indispensables para la operación

del sistema multidisciplinario con sensores para los Centros de Control, Comando Comunicación

y Cómputo, Inteligencia, Información e Integración SMSC4i4 (video-vigilancia).

Respecto al destino de gasto en la vertiente 1.7 “Asuntos de Orden Público y de Seguridad

Interior”, en la revisión del formato “AIR Avance en los Indicadores de los Resultados de

las Actividades Institucionales Realizadas” del Informe de Cuenta Pública de 2014 del

CAEPCCM, se detectó que el gasto se orientó al proyecto “Ciudad Segura SMSC4i4”, con

objeto de proporcionar los diversos apoyos solicitados por las diferentes áreas que lo

conforman. Adicionalmente, se corroboró, mediante el formato “ARF Aplicación de Recursos

de Origen Federal”, que el proyecto mencionado contó con el ejercicio y aplicación de los

recursos del “Fondo de Capitalidad” y “Fondo de Contingencias Económicas”.

De la revisión de la apertura programático-presupuestal y las explicaciones de las variaciones

financieras por vertiente de gasto incluidas en la Cuenta Pública de 2014, se concluye que

el órgano desconcentrado destinó los recursos a cubrir gastos relacionados con los procesos de

adquisición de bienes y contratación de servicios generales para cubrir los requerimientos

propios, mediante los cuales se logró el funcionamiento y la operación del CAEPCCM

durante el ejercicio de 2014. En consecuencia, no se emite ninguna observación en el presente

resultado.

Conciliación de Cifras Programático-Presupuestales

6. Resultado

En la revisión de los reportes mensuales (conciliaciones) relativos al cierre programático-

presupuestal del capítulo 3000 “Servicios Generales”, se determinó que fueron elaborados

por la Subdirección de Programación y Presupuesto del CAEPCCM, y destinados a la Dirección

de Análisis Sectorial “F” de la SEFIN, y que los reportes de los meses de enero a diciembre

se presentaron con desfases de 6 a 31 días naturales, como se muestra a continuación:

33

Mes

Oficio de envío Plazo límite de entrega

Días de desfase

Número Fecha

Emisión Entrega

Enero CAEPCCM/DG/CEAI/DRFM/SPP/023/2014 3/III/14 3/III/14 10/II/14 21

Febrero CAEPCCM/DG/CEAI/DRFM/SPP/032/2014 18/III/14 19/III/14 10/III/14 9

Marzo CAEPCCM/DG/CEAI/DRFM/SPP/048/2014 28/IV/14 28/IV/14 10/IV/14 18

Abril CAEPCCM/DG/CEAI/DRFM/SPP/055/2014 16/V/14 19/V/14 12/V/14 8

Mayo CAEPCCM/DG/CEAI/DRFM/SPP/077/2014 30/VI/14 1/VII/14 10/VI/14 21

Junio CAEPCCM/DG/CEAI/DRFM/SPP/084/2014 14/VII/14 16/VII/14 10/VII/14 6

Julio CAEPCCM/DG/CEAI/DRFM/SPP/130/2014 9/IX/14 10/IX/14 11/VIII/14 30

Agosto CAEPCCM/DG/CEAI/DRFM/SPP/137/2014 19/IX/14 22/IX/14 10/IX/14 12

Septiembre CAEPCCM/DG/CEAI/DRFM/SPP/178/2014 27/X/14 28/X/14 10/X/14 18

Octubre CAEPCCM/DG/CEAI/DRFM/SPP/226/2014 9/XII/14 11/XII/14 10/XI/14 31

Noviembre CAEPCCM/DG/CEAI/DRFM/SPP/004/2015 7/1/15 7/1/15 10/XII/14 28

Diciembre CAEPCCM/DG/CEAI/DRFM/SPP/023/2015 20/1/15 22/1/15 10/I/15 12

Con lo anterior, se incumplió el artículo 44 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del

Distrito Federal vigente en 2014; y se concluye que el CAEPCCM no cuenta con controles

que permitan la supervisión de las operaciones respecto a la elaboración y entrega

del reporte de referencia que realiza el CAEPCCM a la SEFIN, por lo que se incumplió el

artículo 136 del mismo ordenamiento, que establece lo siguiente:

“Las Dependencias, Órganos Desconcentrados […] deberán proporcionar a la Secretaría

la siguiente información: I. Mensualmente, dentro de los primeros diez días del mes siguiente.

a) Conciliación del ejercicio presupuestal…”

En la reunión de confronta, celebrada el 16 de mayo de 2016, mediante el oficio

núm. C5/DGA/0423/2016 del 13 de mayo de 2016, la Directora General de Administración

del CAEPCCM informó lo siguiente:

“Con referencia al ‘Resultado 6.’ emitido por el Órgano Fiscalizador, en lo referente a las

cédulas de conciliación de cifras programático-presupuestales al ejercicio 2014, específicamente

al cierre de cifras programático-presupuestal; para su oportuna emisión mensual, este Centro

de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano de la Ciudad

de México C5, ha implementado la ‘Cédula de Seguimiento a las Conciliaciones del Ejercicio

Presupuestal’ la cual contiene lo siguiente:

34

”1 Ejercicio.

”2 Mes.

”3 Emisión del Cierre Mensual Evolución Presupuestal (Último día hábil de cada mes).

”4 Fecha de Recepción del oficio emitido por la Dirección General de Política Presupuestal

SFGDF o de Ingreso en el SAP-GRP del ‘Cierre Programático Presupuestal’ (durante los primeros

10 días del mes inmediato posterior).

”5 Análisis y Elaboración de la Conciliación Presupuestal durante los primeros 8 días

del mes inmediato posterior).

”6 Recepción del Oficio de envío de la conciliación en la Dirección de Análisis sectorial ‘F’

de la SFGDF (a más tardar el día 10 del mes inmediato posterior).

”Cabe destacar que mediante los oficios C5/DGA/0428/2016 C5/DGA/DRFMSG/0334/2016

C5/DGA/DRFM/SPP/072/2016, emitidos por la Dirección General de Administración, la

Dirección de Recursos Financieros, Materiales y Servicios Generales, así como por la Subdirección

de Programación y Presupuesto respectivamente, se realizaron las acciones necesarias

para el seguimiento respecto de la implementación de la ‘Cédula de Seguimiento a las

Conciliaciones del Ejercicio Presupuestal’ para fortalecer y dar seguimiento a los mecanismos de

control de este Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano

de la Ciudad de México, a efecto de garantizar el cabal cumplimiento en la entrega del resultado de

las conciliaciones mensuales del ejercicio presupuestal en el plazo que fija el artículo 136,

fracción I inciso a) de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente.

Lo anterior, en virtud de que el pasado 20 de agosto de 2015, la Dirección de Recursos Financieros

y Materiales, con el oficio CAEPCCM/DG/CEAI/DRFM/0508/2015, instruyó a la Jefatura

de Unidad Departamental de Integración Programática Presupuestal, la implementación

de la cédula denominada ‘Cédula de Seguimiento a las Conciliaciones del Ejercicio Presupuestal’,

para el fortalecimiento de los mecanismos de control. […]

”La cédula implementada, contiene las fases y los plazos para efectuar el envío oportuno

de las conciliaciones programático presupuestales a la Secretaría de Finanzas, con lo cual

35

se han tomado las medidas pertinentes garantizando el proceso, conforme al artículo 136

de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.

”Respecto del ‘Resultado 6.’, con el mecanismo de control implementado se está garantizando

que las cédulas de conciliaciones programático-presupuestales se remitan a la Secretaría

de Finanzas en los plazos que fija la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, de

manera mensual de abril de 2015 y hasta la fecha, como se puede apreciar en el cuadro

de ‘Cédula de Seguimiento a las Conciliaciones del Ejercicio Presupuestal’ implementado.”

No obstante que el CAEPCCM aporto elementos que refieren que cuenta con mecanismos

de control los cuales permiten el eficiente desempeño de las funciones del sujeto fiscalizado; no

se prevé la continuidad de la supervisión a dicho proceso, por lo que se concluye que la

causa primaria que originó el hallazgo no ha sido controlada y en consecuencia se evite

su ocurrencia posterior, por lo que se confirma la presente observación.

Por lo anterior, se concluye que el CAEPCCM reportó a la SEFIN las cédulas de conciliación de

cifras programático-presupuestales correspondientes al ejercicio de 2014, específicamente

en lo referente al cierre programático-presupuestal; y que no contó con controles internos

regulados que permiten actualmente que los reportes se elaboren y presenten dentro del

plazo establecido en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente.

Recomendación ASCM-25-14-3-C5

Es conveniente que el Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto

Ciudadano de la Ciudad de México (C5) (anteriormente “Centro de Atención a Emergencias

y Protección Ciudadana de la Ciudad de México”) por conducto de la Dirección General de

Administración, implemente mecanismos que garanticen contar con controles de supervisión

que permitan que los reportes mensuales de cierre programático-presupuestal, se presenten

a la SEFIN en el tiempo establecido en cumplimiento a la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente del Distrito Federal.

36

Gasto Comprometido

7. Resultado

En la revisión de los reportes mensuales relativos a los recursos fiscales, crediticios y provenientes

de transferencias federales, destinados al capítulo 3000 “Servicios Generales”, que se

encontraban comprometidos a la fecha de su presentación, se determinó que fueron elaborados

y autorizados por la Dirección de Recursos Financieros y Materiales del CAEPCCM y

enviados a la Dirección de Análisis Sectorial “F” de la SEFIN en el plazo establecido, en

cumplimiento del artículo 56 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal vigente en 2014.

Por lo anterior, se concluye que el CAEPCCM informó a la SEFIN de su presupuesto

comprometido correspondiente al ejercicio de 2014, específicamente en lo referente

a los compromisos en los que existieron los documentos legales que le determinaron una

obligación de pago, los cuales se presentaron dentro del plazo establecido. En consecuencia,

no se emite ninguna observación en el presente resultado.

8. Resultado

En el análisis del PAAAPS correspondiente al ejercicio de 2014, que la Coordinación Ejecutiva

de Administración e Implementación (ahora Dirección General de Administración) del CAEPCCM

proporcionó a la ASCM mediante el oficio núm. C5/DGA/0025/2016 del 18 de enero de 2016,

se obtuvo lo siguiente:

1. Con el oficio núm. CAEPCCM/DG/CEAI/0071/2014 del 21 de enero de 2014, la Coordinación

Ejecutiva de Administración e Implementación del CAEPCCM remitió el PAAAPS del

órgano desconcentrado a la SEFIN para su validación y autorización; y, con el oficio

núm. CAEPCCM/DG/CEAI/0103/2014 del 27 de enero de 2014, remitió copia del PAAAPS

a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales (DGRMSG) de

la OM, por lo que el órgano desconcentrado envió la versión definitiva del PAAAPS

a la DGRMSG de la OM, junto con la validación presupuestal, antes del 31 de enero

de ese ejercicio, en cumplimiento del numeral 4.2.1, párrafo segundo, de la Normatividad

37

en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis) vigente en 2014.

2. Con el oficio núm. DGPP/0289/2014 del 23 de enero de 2014, la SEFIN comunicó la

aprobación del PAAAPS, con un total asignado de 1,602,844.6 miles de pesos.

De conformidad con el artículo 39 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito

Federal para el Ejercicio Fiscal de 2014, los montos máximos de adjudicación directa

y de adjudicación mediante invitación restringida a cuando menos tres proveedores

aplicables al CAEPCCM ascendieron a 420.0 miles de pesos y 9,200.0 miles de pesos,

en ese orden, para el ejercicio de 2014.

3. El PAAAPS fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de enero de 2014,

en cumplimiento del artículo 19, segundo párrafo, de la Ley de Adquisiciones para el

Distrito Federal vigente en 2014.

4. En el apartado “Resumen Presupuestal” del PAAAPS, se asentó que se contaba con

una asignación de 382,468.0 miles de pesos para contratar diversos servicios con cargo

al capítulo 3000 “Servicios Generales”, correspondientes a 15 de las 21 partidas de

gasto para las que se habían estimado originalmente recursos en el techo presupuestal

autorizado al CAEPCCM. Las seis partidas restantes (3112 “Servicio de Energía Eléctrica”,

3131 “Agua Potable”,3921 “Impuestos y Derechos”, 3969 “Otros Gastos por Responsabilidades”,

3981 “Impuesto sobre Nóminas” y 3982 “Otros Impuestos derivados de una Relación

Laboral”), a las que se asignaron 28,470.5 miles de pesos, no se relacionan con servicios

regulados por la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal ni están incluidas en el

Anexo 1, “Partidas del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación

de Servicios”, de los Lineamientos para la Elaboración del Programa Anual de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios 2014, emitidos por la DGRMSG de la OM,

vigentes en 2014.

5. En el apartado “Concentrado por Partida Presupuestal” del PAAAPS, correspondiente

al capítulo 3000 “Servicios Generales”, se asentó la asignación de recursos para

15 partidas de gasto, por un total de 382,468.0 miles de pesos, que corresponde

al techo presupuestal autorizado al órgano desconcentrado para 2014.

38

6. En el apartado “Analítico por Bien o Servicio” del PAAAPS, se desagregaron los servicios

por contratar por partida de gasto del capítulo 3000 “Servicios Generales”, cuyos importes

coinciden con los de los apartados señalados, con los del techo presupuestal autorizado

y con los del Presupuesto de Egresos del CAEPCCM para el ejercicio de 2014.

7. En 2014, el CAEPCCM reportó a la DGRMSG de la OM las modificaciones trimestrales

de su PAAAPS de 16 partidas de gasto (entre las cuales se encontró contemplada la

partida 3161 “Servicios de Telecomunicaciones y Satélites”), en cumplimiento del

artículo 14, segundo párrafo, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal vigente en 2013; y los numerales 3.1 y 3.2 de los Lineamientos para la Elaboración

del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios,

vigentes en 2014.

Por lo expuesto, se concluye que el CAEPCCM envió oportunamente la versión definitiva

del PAAAPS junto con la validación presupuestal a la DGRMSG de la OM, y se ajustó al

plazo establecido en la normatividad aplicable para la publicación de su PAAAPS y reportó

a la DGRMSG de la OM las modificaciones trimestrales de dicho programa derivadas de la

asignación adicional de recursos a 21 partidas de gasto. En consecuencia, no se emite

ninguna observación en el presente resultado.

9. Resultado

En 2014, el CAEPCCM ejerció un monto de 613,736.0 miles de pesos con cargo a la

partida 3161 “Servicios de Telecomunicaciones y Satélites”, por medio de 16 CLC. De dicho

monto, se seleccionó para su revisión un importe ejercido de 205,399.8 miles de pesos (33.5%

de lo erogado en la partida), ejercidos mediante ocho CLC (núms. 01-CD-03 con terminaciones

100574, 100575, 100576, 100585, 100628, 100629, 100630 y 100631) expedidas por el Centro

de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México para pagar

los servicios del sistema de comunicación, a través de los enlaces SHDSL. 2MPS, enlace satelital

y conexiones diversas, indispensables para la operación del Sistema Multidisciplinario

con sensores para los Centros de Control, Comando Comunicación y Cómputo, Inteligencia,

Investigación, Información e Integración SMSC4i4, “Ciudad Segura” proporcionado por Teléfonos

de México, S.A.B. de C.V. (TELMEX).

39

Con el fin de verificar si el ejercicio de los 211,614.2 miles de pesos (comprometido) fue

resultado de la formalización de instrumentos jurídicos con terceros para la contratación

de servicios citados, se analizó el proceso de adjudicación y formalización de dos contratos. Al

respecto, se determinó lo siguiente:

1. Para ofrecer a la población mayores niveles de confianza y seguridad, el gobierno local

implementó el Proyecto Bicentenario “Ciudad Segura”, el cual consistió en un sistema

de video vigilancia de alta tecnología operado desde los Centros de Comando y Control “C2”,

Centro de Comando y Control Móvil “C2 Móvil” y el Centro de Control, Comando,

Comunicación y Computo, Inteligencia, Investigación, Información e Integración, C4i4,

mediante 8,088 cámaras instaladas en las calles de todas las Delegaciones de la Ciudad

de México.

2. Como parte del proyecto Bicentenario “Ciudad Segura”, se creó el CAEPCCM mediante

decreto del 18 de junio de 2009 publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el

22 de junio de 2009, como órgano desconcentrado adscrito a la Jefatura de Gobierno.

3. Como parte de dicho proyecto, se suscribieron los contratos núms. CAEPCCM/2/028/2014

y CAEPCCM/2/036/2014.

4. Dichos contratos tienen por objeto “Prestar al Centro de atención los servicios del sistema

de comunicación, a través de los enlaces SHDSL 2MBPS, enlace satelital y conexiones

diversas, para la operación del sistema multidisciplinario con sensores para los Centros de

Control, Comando, Comunicación y Cómputo, Inteligencia, Investigación, Información

e Integración SMSC4i4, “Ciudad Segura”.

5. Mediante los contratos núms. CAEPCCM/2/028/2014 y CAEPCCM/2/036/2014, se llevó

a cabo la formalización de los servicios entre la empresa TELMEX y el CAEPCCM

por los períodos del 1o. de septiembre al 31 de octubre y del 1o. noviembre al

31 de diciembre, ambos de 2014, respectivamente.

6. Como parte de dicho compromiso, la empresa TELMEX, para garantizar los servicios

ofrecidos, presentó la documentación requerida por el CAEPCCM, consistente en acta

constitutiva, poder notarial del representante legal, Registro Federal de Contribuyentes,

40

identificación oficial del representante legal, constancia de no adeudo emitida por la

Administración Tributaria del Gobierno Local, garantía de cumplimiento del contrato y formato

denominado información para depósitos interbancarios en cuentas de cheques.

7. El CAEPCCM reportó un presupuesto comprometido de 211,614.2 miles de pesos

(por ambos contratos); para dicha erogación contó con el apoyo de recursos federales

como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Tipo de recursos Contratos

CAEPCCM/S/028/2014 CAEPCCM/S/036/2014

Fiscales 6,324.7 14,504.8

Fondo de Capitalidad** 32,385.9* 4,733.9*

Fondo de Contingencias Económicas** 67,096.5* n.a.

Fondo de Participaciones** n.a. 86,568.5

Total 105,807.1 105,807.1

* Ramo 23. ** Recursos Federales. n.a. No aplicable.

De dicho presupuesto comprometido se ejerció un importe de 205,399.8 miles de pesos,

de los cuales 89.6 miles de pesos corresponden a saldo no ejercido (por concepto de sanciones

manifestadas en notas de crédito por 45.4 miles de pesos y 44.2 miles de pesos).

Para el caso del saldo no ejercido, el CAEPCCM solicitó a la SEFIN el reintegro de los

recursos no devengados a la Tesorería de la Federación (TESOFE), lo cual acreditó mediante

los oficios núm. CAEPCCM/DG/CEAI/DRFM/0026/2015 y CAEPCCM/DG/CEAI/DRFM/0028/2015

del 9 y 13 enero de 2015, respectivamente, signados por la Dirección de Recursos Financieros

y Materiales del CAEPCCM, en cumplimiento del oficio circular núm. SFDF/SPF/DGAF/0001/2014

del 31 de diciembre de 2014, suscrito por la SEFIN.

8. El proceso de solicitud del servicio y la autorización de su contratación se realizaron

como sigue:

a) Por medio de las requisiciones de servicios núms. 106 y 133 (con fechas de recepción

del 19 de agosto y 16 de octubre, ambas de 2014, por la Jefatura de Unidad

41

Departamental de Adquisiciones del CAEPCCM) la Dirección de Equipamiento Misión

Crítica solicitó la contratación de servicios de telecomunicaciones y satélites, referente

a los servicios del sistema de comunicación a través de los enlaces SHDSL 2MBPS,

enlace satelital y conexiones diversas indispensables para la operación del sistema

multidisciplinario con sensores para Centros de Control, Comando, Comunicación,

Cómputo, Inteligencia, Investigación, Información e Integración SMSC4i4 “Ciudad Segura”.

El formato no acreditó 9 de 21 registros (correspondientes a los numerales 6 al 10,

12 al 14, y 20) establecidos en su instructivo de llenado para la requisición, proporcionado a

la ASCM mediante el oficio núm. C5/DGA/0152/2016 del 26 de febrero de 2016, como

se muestra a continuación:

Numeral Concepto

6 Tipo de evento a realizarse, mediante el Servicio y/o Arrendamiento Solicitado

7 Período de servicio a realizarse

8 Hora de inicio del servicio y/o arrendamiento

9 Fecha y hora a realizar

10 Dirección del lugar en donde se llevará a cabo el servicio y/o arrendamiento

12 Tiempo en el que se prestará el servicio y/o arrendamiento solicitado

13 Precisar si se trata de un servicio

14 Precisar si se trata de un arrendamiento

20 El monto estimado será proporcionado por la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, de acuerdo al sondeo de mercado

Debido a que el formato de requisición no fue elaborado correctamente, se determinó

que el CAEPCCM no cuenta con controles que permitan supervisar las operaciones

producto de su presupuesto con base en lo establecido en el artículo 44 de la Ley

de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.

En la reunión de confronta, celebrada el 16 de mayo de 2016, mediante el oficio

núm. C5/DGA/0423/2016 del 13 de mayo de 2016, la Directora General de Administración

del CAEPCCM indicó lo siguiente:

“… sobre el particular, se informa que el formato establecido para solicitar los servicios

y/o arrendamientos, ‘Solicitud de Servicios’ tiene la modalidad de ser multifuncional,

es decir, que es utilizado para diversos servicios los cuales dependiendo su naturaleza

42

y alcances, algunos campos no aplican por lo cual se dejan en blanco. En razón de

ello, en las Solicitudes de Servicios números 106 y 133 con fecha de recepción

19 de agosto y 16 de octubre ambas del 2014; existen campos en blanco, formatos

mediante los cuales la ‘Dirección de Equipamiento y Misión Crítica’, solicitó la contratación

de los ‘Servicios del Sistema de Comunicación, a través de los Enlaces SHDSL

2MPS, Enlace Satelital y Conexiones diversas, indispensables para la operación del

Sistema Multidisciplinario con Sensores para los Centros de Control, Comando,

Comunicaciones y Cómputo, Inteligencia, Investigación, Información e Integración SMSC4i4,

Ciudad Segura’.

”Cabe aclarar que dada la naturaleza de la solicitud de servicio que son requeridos,

el área solicitante envía mediante oficio adicional al formato que nos ocupa, un anexo

técnico en el cual contempla toda la información necesaria suficiente para la contratación

del servicio, derivado a la magnitud de información que se trata. Con la finalidad de sustentar

lo dicho se anexa ejemplo de oficio número CAEPCCM/DG/CETI/049/2015.

”En dicho anexo contempla entre otros datos la siguiente información:

”El objetivo específico de la contratación, en el cual especifique el propósito que se

persigue y quiere lograrse con la contratación y la periodicidad con la que deben

brindarse los servicios.

”La cantidad de los servicios a contratarse y la especificación de cada uno de sus rubros

en la cual solicita se precise la información técnica necesaria y suficiente para la

prestación de los servicios.

”La ubicación precisa de dónde se requieren los servicios, direcciones exactas.

”La calidad en el servicio que debe brindarse.

”Una relación detallada de todos los entregables que deberá contemplar el proveedor

que brinde el servicio contemplando cada Rubro (Informes, manuales, reportes,

cuadernillos de trabajo, memorias, según lo que corresponda).

”Garantía que deberá otorgar de los servicios brindados.

43

”Lo anterior, se presenta con la finalidad de muestra (sic) que esta Unidad Responsable

del gasto, sí cuenta con sistemas de control, registro e información que contribuyen

al cumplimiento de los objetivos y metas. Es decir, la información solicitada a través

del formato de ‘Solicitud de Servicios’ es complementada de manera detallada y específica

con el anexo técnico que acompaña la Solicitud antes mencionada, lo cual favorece

que la información sea suficiente para la correcta contratación de los servicios requeridos.

”No obstante lo anterior, y a efecto de demostrar que el Centro de Comando, Control,

Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano de la Ciudad de México ya cuenta

con un mecanismo que permite subsanar lo vertido en el Resultado 9 en su numeral 8

de la Auditoría que nos ocupa, con fecha 7 de enero del presente año la Subdirección de

Recursos Materiales y Servicios Generales, ahora Subdirección de Recursos Materiales,

envió mediante los oficios números C5/DGA/DRFM/SRMSG/5/2016,

C5/DGA/DRFM/SRMSG/6/2016, C5/DGA/DRFM/SRMSG/7/2016,

C5/DGA/DRFM/SRMSG/8/2016, C5/DGA/DRFM/SRMSG/9/2016,

C5/DGA/DRFM/SRMSG/11/2016 a todas las Direcciones Generales y/o Direcciones que

conforman el Centro, el Formato de ‘Solicitud de Servicio’ así como el instructivo en

el cual se detalla la forma en que deben requisitarse dichas solicitudes, a efecto que sean

difundido a su personal, lo anterior, con la finalidad de contar con un mayor control

y claridad para el llenado de las Solicitudes de Servicios y/o arrendamientos.”

Además, proporcionó documentación de la aplicación y origen del control correspondiente

a los formatos, instructivo de llenado y difusión al personal que integra el órgano

desconcentrado.

En relación al hallazgo descrito, se obvia la emisión de la recomendación, toda vez

que la deficiencia ha sido controlada mediante un mecanismo de control que permite el

eficiente desempeño de las funciones del sujeto fiscalizado, mediante su formalización

(formato, instructivo de llenado y difusión al personal), se constató su debida observancia.

b) La contratación contó con la justificación del titular de la Dirección de Equipamiento

Misión Crítica y del Coordinador Ejecutivo de Tecnologías e Ingeniería del CAEPCCM,

en la cual se fundaron y motivaron las causas que acreditaron la contratación de

44

los servicios profesionales bajo el procedimiento de adjudicación directa. El documento

está firmado por el servidor público que solicitó y justificó la contratación (Dirección

de Equipamiento Misión Crítica), y por quienes llevaron el control procedimental,

otorgaron el visto bueno y dieron la autorización correspondiente (la Dirección de

Recursos Financieros y Materiales, y la Subdirección de Programación y Presupuesto,

respectivamente), de conformidad con el artículo 40, segundo párrafo, de la Ley

de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Sector Público,

vigente en 2014.

c) El CAEPCCM contó con el sondeo de mercado elaborado con la información

solicitada a diversas empresas, como se muestra a continuación:

Número de contrato Número de oficio Fecha Empresa

CAEPCCM/S/028/2014 CAEPCCM/DG/CEAI/1020/2014 26/VIII/14 Maxcom Telecomunicaciones, S.A. de C.V.

CAEPCCM/DG/CEAI/1021/2014 26/VIII/14 Axtel, S.A.B. de C.V.

CAEPCCM/DG/CEAI/1022/2014 26/VIII/14 Teléfonos de México, S.A.B. de C.V.

CAEPCCM/S/036/2014 CAEPCCM/DG/CEAI/1244/2014 22/X/14 Maxcom Telecomunicaciones, S.A. de C.V.

CAEPCCM/DG/CEAI/1245/2014 22/X/14 Axtel, S.A.B. de C.V.

CAEPCCM/DG/CEAI/1246/2014 22/X/14 Teléfonos de México S.A.B. de C.V.

Con lo anterior se cumplió el al artículo 26, párrafo sexto, de la Ley de Adquisiciones,

Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y el apartado 4.8.1, fracción II,

de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,

Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo,

Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal

(Circular Uno), ambos vigentes en 2014.

d) Mediante el oficio núm. CAEPCCM/DG/CETI/0238/2013 del 23 de diciembre de 2013,

el Coordinador Ejecutivo de Tecnologías e Ingeniería solicitó al Director General

de Gobernabilidad de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la opinión

favorable del “Proyecto de Contratación de los Servicios de Comunicación de Ciudad

Segura”, en cumplimiento de la fracción III del artículo 111 del Reglamento Interior

de la Administración Pública del Distrito Federal.

45

e) Con los oficios núms. CAEPCCM/DG/CEAI/DRFM/SPP/118/2014

y CAEPCCM/DG/CEAI/DRFM/SPP/184/2014 del 27 de agosto y 30 de octubre,

ambos de 2014, respectivamente, emitidos por la Subdirección de Programación

y Presupuesto, se otorgó la asignación de suficiencia presupuestal, por un importe

de 211,614.2 miles de pesos, con cargo a la partida 3161 “Servicios de Telecomunicaciones

y Satélites”.

Lo anterior muestra que la contratación del servicio se realizó con la autorización de

suficiencia presupuestal emitida por la Subdirección de Programación y Presupuesto,

de acuerdo con el artículo 44 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal.

f) Mediante los acuerdos núms. 07/07EXT/14 y 08/08EXT/14 del 29 de agosto

y 31 de octubre de 2014, respectivamente, el pleno del Subcomité de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios autorizó al CAEPCCM la celebración

del procedimiento de adjudicación directa para la contratación de los servicios de

los contratos núms. CAEPCCM/S/028/2014 y CAEPCCM/S/036/2014.

9. El 1o. de septiembre y el 1o. de noviembre 2014, se suscribieron los contratos de prestación

de servicios núms. CAEPCCM/S/028/2014 y CAEPCCM/S/036/2014, respectivamente, para

la contratación de servicios de telecomunicaciones y satélites, referente a los servicios

del sistema de comunicación a través de los enlaces SHDSL 2MBPS, enlace satelital

y conexiones diversas indispensables para la operación del sistema multidisciplinario

con sensores para Centros de Control, Comando, Comunicación, Cómputo, Inteligencia,

Investigación, Información e Integración SMSC4i4 “Ciudad Segura”, por un importe

de 105,807.1, cada uno, y con vigencia del 1o. de septiembre al 31 de octubre, y del

1o. de noviembre al 31 de diciembre de 2014, respectivamente.

10. Los expedientes de las operaciones de los contratos seleccionados como muestra se

integraron con las documentales derivadas de su proceso de contratación, en copia, acta

constitutiva, poder notarial del representante legal, RFC, identificación oficial del representante

legal, constancia de no adeudo emitida por la Administración Tributaria del Gobierno

Local, garantía de cumplimiento del contrato y formato denominado información para

depósitos interbancarios en cuentas de cheques, así como formato del Servicio de

Administración Tributaria correspondiente a la opinión de cumplimiento de obligaciones

fiscales, y contrato original.

46

En cuanto al registro presupuestal del momento contable de la etapa del presupuesto

comprometido, la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la

SEFIN, mediante el oficio núm. DGCNCP/0207/2016 del 28 de enero de 2016, remitió las

pólizas de diario por medio de las cuales la SEFIN realizó el registro en cuentas de orden

presupuestarias del presupuesto de egresos comprometido con cargo a la partida 3161

“Servicio de Telecomunicaciones y Satélites” del CAEPCCM, por un importe de 211,614.2

miles de pesos, como sigue:

(Miles de pesos)

Cuenta Importe

Debe Haber

8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 211,614.2

8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 211,614.2

Total 211,614.2 211,614.2

Las cuentas de orden presupuestarias 8.2.2.1.0.0.0.0.0.0 “Presupuesto de Egresos por Ejercer

Sector Central” y 8.2.4.1.0.0.0.0.0.0 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central”,

así como el asiento con el cual se realizó el registro del presupuesto comprometido,

son los que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector

Central, vigente en 2014, y se registraron mediante el GRP-SAP.

Por lo anterior, se concluye que la suscripción de los contratos con cargo a la partida 3161

“Servicio de Telecomunicaciones y Satélites” se llevó a cabo de acuerdo con la Ley de

Adquisiciones y Arrendamientos del Sector Público, que el CAEPCCM contó con facultades

para suscribir dichos instrumentos jurídicos, y que la SEFIN realizó el registro presupuestal del

momento contable de la etapa del presupuesto comprometido de acuerdo con lo señalado

en el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central vigente en 2014.

Gasto Devengado

10. Resultado

Con el propósito de verificar que el CAEPCCM tuviera a su disposición la evidencia

documental del gasto que refleja el reconocimiento de una obligación de pago a favor

de terceros por la recepción de los servicios contratados por los servicios del sistema de

47

comunicación, a través de los enlaces SHDSL. 2MPS, enlace satelital y conexiones diversas,

indispensables para la operación del sistema multidisciplinario con sensores para los Centros

de Control, Comando, Comunicación y Cómputo, Inteligencia, Investigación, Información

e Integración SMSC4i4, “Ciudad Segura” (seleccionados como muestra), y que la SEFIN

hubiera efectuado el registro del momento contable de la etapa del presupuesto devengado

de la partida 3161 “Servicios de Telecomunicaciones y Satélites”, se revisó la documentación

que soporta su cumplimiento. Al respecto, se determinó lo siguiente:

1. Mediante acta administrativa de entrega-recepción de los servicios del sistema

de comunicación, a través de los enlaces SHDSL. 2MPS, enlace satelital y conexiones

diversas, indispensables para la operación del sistema multidisciplinario con sensores

para los Centros de Control, Comando, Comunicación y Cómputo, Inteligencia, Investigación,

Información e Integración SMSC4i4, “Ciudad Segura”, del 3 de octubre, 4 de noviembre

(contrato núm. CAEPCCM/S/028/2104); 4 de diciembre de 2014 y 2 enero de 2015 (contrato

núm. CAEPCCM/S/036/2104), se corroboró la entrega-recepción de dichos servicios entre

la Coordinación Ejecutiva de Tecnologías e Ingeniería y el prestador de servicios TELMEX.

2. De acuerdo con lo informado por el CAEPCCM por medio del oficio núm. C5/DGA/0152/2016

del 26 de febrero de 2016, en relación con los contratos seleccionados como muestra,

se estableció que el consumo por los servicios con cargo a la partida 3161 “Servicios

de Telecomunicaciones y Satélites” se llevaría a cabo conforme a lo siguiente:

(Miles de pesos)

Concepto Cantidad Costo

unitario Costo

mensual Importe

por contrato

Enlaces SHDSL STV 2MBPS 8088 5.4 43,372.4 86,744.8

Enlaces SHDSL ANPR 2mbps 59 5.4 316.4 632.8

Enlaces SHDSL 2MBPS (Dependencias)

6 5.4 32.2 64.4

Enlace SHDSL Fibra Conect TELCEL (APN) y Directorio Inverso

3 5.4 16.1 32.2

Enlace Satelital 16mbps 1 1,592.2 1,592.2 3,184.4

Cobertura 3G (328) 1 277.3 277.3 554.5

Subtotal

91,213.0

IVA

14,594.1

Total

105,807.1

48

De conformidad con la metodología de cálculo establecida en los contratos seleccionados

como muestra (núms. CAEPCCM/S/028/2014 y CAEPCCM/S/036/2014), se consideraron la

herramienta Network Node Manager, mediante protocolo ICMP, y los reportes emitidos

por la empresa TELMEX, y se verificó la disponibilidad del servicio prestado el servicio

no prestado al CAEPCCM. Al respecto, se aplicaron las sanciones y descuentos

correspondiente, como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Núm. CAEPCCM/S/028/2014 Núm. CAEPCCM/S/036/2014

No prestados1 Sanción

2 No prestados

3 Sanción

4

Cantidad Importe Días Importe Cantidad Importe Días Importe

567 3,040.6 772 41.4 407 2,182.6 743 39.9

9 48.3 19 1.0 10 53.6 23 1.2

2 10.7 56 3.0 4 21.4 58 3.1

Total 3,099.6

45.4

2,257.6

44.2

1 Facturas núms. ELT44178 y ELT44179.

2 Notas de crédito núms. NLT29204 y NLT29205.

3 Facturas núms. ELT45189 y ELT45930.

4 Notas de crédito núms. NLT30119 y NLT30741.

Lo anterior, de conformidad con lo asentado en los anexos técnicos de los contratos

núms. CAEPCCM/S/028/2014 y CAEPCCM/S/036/2014 y la cédula del cálculo de sanciones

llevado a cabo entre el CAEPCCM y la empresa TELMEX.

3. En cuanto al registro contable y presupuestal del momento contable de la etapa del

presupuesto devengado, la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta

Pública de la SEFIN, mediante el oficio núm. DGCNCP/0207/2016 del 28 de enero de 2016,

remitió ocho pólizas de diario por medio de las cuales la SEFIN realizó los registros,

en cuentas contables y de orden presupuestarias, del presupuesto devengado de la partida

3161 “Servicios de Telecomunicaciones y Satélites”, por un importe de 205,399.8 miles

de pesos, como sigue:

49

a) Registro contable:

(Miles de pesos)

Cuenta Importe

Debe Haber

2112100001 “Proveedores Nacionales” (2120300001) 205,310.2

2117100175 “Descuentos y Percepciones a Favor de Terceros” 89.6

5131131611 “Servicios de Telecomunicaciones y Satélites G1” 205,399.8

Total 205,399.8 205,399.8

b) Registro presupuestal:

(Miles de pesos)

Cuenta Importe

Debe Haber

8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 205,399.8

8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 205,399.8

Total 205,399.8 205,399.8

Las cuentas contables y las de orden presupuestarias de referencia, así como los asientos

con los cuales se realizaron los registros del presupuesto de egresos devengado, son

los que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central

vigente en 2014, y los registros se efectuaron mediante el GRP-SAP.

Por lo anterior, se concluye que el CAEPCCM recibió el servicio del sistema de comunicación

a través de los enlaces SHDSL. 2MPS, que su consumo fue determinado de conformidad

con la metodología de cálculo establecida en los anexos técnicos de los contratos, y que

la SEFIN realizó los registros contable y presupuestal del momento contable de la etapa del

presupuesto devengado de la partida 3161 “Servicios de Telecomunicaciones y Satélites”

del CAEPCCM de acuerdo con lo señalado en el Manual de Contabilidad del Gobierno del

Distrito Federal Sector Central vigente en 2014.

50

Gasto Ejercido

11. Resultado

Con la finalidad de verificar si el CAEPCCM emitió CLC debidamente elaboradas, revisadas

y aprobadas por los servidores públicos facultados para ello, y soportadas con la documentación

comprobatoria del gasto; y si la SEFIN efectuó el registro del momento contable de la

etapa del presupuesto ejercido, se revisaron ocho CLC, por 205,399.8 miles de pesos,

y las pólizas de diario en las que constan los movimientos del presupuesto ejercido en 2014.

Del análisis de dicha documentación, se obtuvo lo siguiente:

1. Ocho CLC (núms. 01-CD-03 con terminaciones 100574, 100575, 100576, 100585, 100628,

100629, 100630 y 100631), por un importe total de 205,399.8 miles de pesos, expedidas

por el CAEPCCM con cargo a la partida 3161 “Servicios de Telecomunicaciones

y Satélites”, para pagar servicios del sistema de comunicación, a través de los

enlaces SHDSL. 2MPS, enlace satelital y conexiones diversas, indispensables para la

operación del sistema multidisciplinario con sensores para los Centros de Control, Comando,

Comunicación y Cómputo, Inteligencia, Investigación, Información e Integración SMSC4i4,

“Ciudad Segura”, están soportadas con cuatro facturas núms. ELT44178, ELT44179,

ELT45189 y ELT45930, en las que se consignaron dichos servicios y el monto erogado por

el CAEPCCM, y con el oficio mediante el cual la Subdirección de Recursos Materiales

y Servicios Generales, adscrita a la Dirección de Recursos Financieros y Materiales de la

Coordinación Ejecutiva de Administración e Implementación, tramitó el pago a TELMEX

mediante el GRP-SAP en el ejercicio de 2014.

2. Los contratos de prestación de servicios núms. CAEPCCM/S/028/2014 y CAEPCCM/S/036/2014

están soportadas con cuatro facturas emitidas por TELMEX, a nombre del Gobierno

del Distrito Federal. Dichas facturas incluyen la descripción de los servicios prestados

y reúnen los requisitos fiscales y administrativos establecidos en los artículos 29 y 29-A del

Código Fiscal de la Federación y el numeral 15 del apartado A, “Disposiciones Generales”,

de la Sección Primera, “Cuenta por Liquidar Certificada”, del capítulo III, “Registro de

Operaciones Presupuestarias”, del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio

Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal, vigentes en 2014.

51

3. Por medio del oficio núm. CAEPCCM/DG/CEAI/DRFM/0032/2015 del 14 de enero de 2015,

así como de sus anexos respectivos, la Dirección de Recursos Financieros y Materiales

del CAEPCCM informó a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN del pasivo circulante

reportado con cargo a las partidas del capítulo 3000 “Servicios Generales” por el ejercicio

de 2014.

Al respecto, se constató que el pasivo correspondió a los compromisos no cubiertos

durante el ejercicio de 2014 y que se reportó dentro de los plazos establecidos en el oficio

circular núm. SFDF/SE/4067/2014 del 14 de octubre de 2014, firmado por la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN, en cumplimiento de los artículos 60 y 70 de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2014.

4. En cuanto al registro presupuestal del momento contable de la etapa del presupuesto

ejercido, la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN,

mediante el oficio núm. DGCNCP/0207/2016 del 28 de enero de 2016, proporcionó

ocho pólizas de diario por medio de las cuales la SEFIN realizó el registro presupuestal en

cuentas de orden del presupuesto ejercido en la partida 3161 “Servicios de Telecomunicaciones

y Satélites”, seleccionadas como muestra, por un importe de 205,399.8 miles de pesos,

como sigue:

(Miles de pesos)

Cuenta Importe

Debe Haber

8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 205,399.8

8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 205,399.8

Total 205,399.8 205,399.8

Las cuentas de orden presupuestarias 8.2.5.1.0.0.0.0.0.0 “Presupuesto de Egresos Devengado

Sector Central” y 8.2.6.1.0.0.0.0.0.0 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central”, así

como el asiento con el cual se realizó el registro presupuestal del presupuesto ejercido, son

los que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector

Central vigente en 2014, y los registros se efectuaron mediante el GRP-SAP.

Con base en lo anterior, se concluye que el CAEPCCM contó con la documentación

comprobatoria de los pagos efectuados por los servicios recibidos y que cumplió los requisitos

52

establecidos en la normatividad aplicable; y que la SEFIN realizó el registro presupuestal

del momento contable de la etapa del presupuesto ejercido de la partida 3161 “Servicios de

Telecomunicaciones y Satélites” del CAEPCCM, seleccionada como muestra, de acuerdo

con lo señalado en el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector

Central vigente en 2014.

Gasto Pagado

12. Resultado

Se verificó que los pagos al prestador de servicio TELMEX (de la muestra seleccionada), se

hubiesen realizado para cancelar total o parcialmente las obligaciones a cargo del CAEPCCM

durante los períodos del 1o. de septiembre al 31 de octubre, y del 1o. de noviembre al

31 de diciembre, ambos de 2014.

Al respecto, con el oficio núm. ACF-A/16/0231 del 25 de febrero de 2016, reiterado con el

núm. ACF-A/16/0307 del 11 de marzo de 2016, la ASCM solicitó a TELMEX información

de los contratos o convenios celebrados con el órgano desconcentrado; de las facturas

emitidas, con el detalle de los conceptos, montos y fechas de expedición; y, en su caso,

de las garantías de cumplimiento entregadas. En la revisión, se obtuvo lo siguiente:

1. Mediante el oficio sin número del 31 de marzo de 2016, TELMEX informó acerca de la

metodología y determinación del consumo por los servicios contratados por el CAEPCCM

en 2014, así como de las facturas, que detallan las fechas, conceptos y montos de los

servicios prestados en ese año al órgano desconcentrado.

Además, proporcionó copia de los contratos núms. CAEPCCM/S/028/2014

y CAEPCCM/S/036/2014, suscritos con el CAEPCCM en 2014 y de los reportes de

movimientos históricos realizados en favor del prestador de servicios por el órgano

desconcentrado en 2014.

En la respuesta de la confirmación de operaciones, se identificó el momento del pago

por medio de las transferencias bancarias en relación con las CLC emitidas con cargo

al presupuesto del CAEPCCM, como se muestra a continuación:

53

(Miles de pesos)

CLC Institución bancaria

Transferencia bancaria

Fecha Número Importe Número de transferencia

Importe

19/XII/14 100574 6,324.7 BBVA Bancomer 0005346804 044 6,324.7

19/XII/14 100575 32,385.9 BBVA Bancomer 0005200591 044 32,385.9

19/XII/14 100576 63,455.6 BBVA Bancomer 0005250870 044 63,455.6

22/XII/14 100585 51,812.3 BBVA Bancomer 0005116939 044 51,812.3

31/XII/14 100628 34,712.0 BBVA Bancomer 0005116880 044 34,712.0

31/XII/14 100629 4,733.9 BBVA Bancomer 0005243203 044 4,733.9

31/XII/14 100630 3,527.1 BBVA Bancomer 0005116944 044 3,527.1

31/XII/14 100631 8,358.8 BBVA Bancomer 0005116882 044 8,358.8

Total 205,310.2

2. Mediante el oficio núm. SFCDMX/SE/DGCNCP/1427/2016 del 4 de abril de 2016,

la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN

proporcionó a la ASCM copia de los movimientos de transferencias bancarias realizadas

a TELMEX. Con ellos se corroboraron los pagos realizados por los servicios contratados

por el CAEPCCM durante el ejercicio de 2014, como se detalla a continuación:

(Miles de pesos)

Sociedad Nombre sociedad

Número documento

Ejercicio Banco

pagador Cuenta pago

Importe

01D3 CAEPCCM 100574 2014 SCTBN* 88410 6,324.7

01D3 CAEPCCM 100575 2014 SCTBF* 91964 32,385.9

01D3 CAEPCCM 100576 2014 SCTBF* 91964 63,455.6

01D3 CAEPCCM 100585 2014 SCTBN* 88410 51,812.3

01D3 CAEPCCM 100628 2014 SCTBN* 88410 34,712.0

01D3 CAEPCCM 100629 2014 SCTBF* 91964 4,733.9

01D3 CAEPCCM 100630 2014 SCTBN* 88410 3,527.1

01D3 CAEPCCM 100631 2014 SCTBN* 88410 8,358.8

Total 205,310.2

* Scotiabank.- SCTBN, SCTBF.

3. En la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria se verificó la emisión

de los comprobantes fiscales presentados por TELMEX al CAEPCCM, y se constató

que las facturas que expedidas al órgano desconcentrado fueron autorizadas por el

Servicio de Administración Tributaria.

54

Cabe mencionar que por medio de los oficios de presentación de facturas con números

de referencia JFAJ-395-14 y JFAJ-445-14, del 9 y 19 de diciembre de 2014, respectivamente,

(ambos suscritos por el Representante Legal de TELMEX), se constató que las facturas

de septiembre a noviembre se presentaron con un desfases de 10 a 44 días hábiles al

CAEPCCM, como se muestra a continuación:

Número de factura

Mes facturado Fecha límite

Fecha de entrega

Días de desfase

ELT44178 Septiembre 7/X/14 9/XII/14 44

ELT44179 Octubre 7/XI/14 9/XII/14 21

ELT45189 Noviembre 5/XII/14 19/XII/14 10

En la reunión de confronta, celebrada el 16 de mayo de 2016, la Directora General de

Administración del CAEPCCM no presentó información relacionada con la presente

observación, por lo que ésta se confirma.

Por presentar las facturas fuera del plazo establecido se incumplió la cláusula IV,

“Forma de Pago”, segundo párrafo, de los contratos núms. CAEPCCM/S/028/2014

y CAEPCCM/S/036/2014, que establece:

“LAS PARTES convienen que […] las facturas […] deberán presentar al CAEPCCM,

dentro de los primeros cinco días hábiles del mes calendario siguiente a la fecha en

que se haya realizado el servicio…”

4. El registro del pago de los contratos núms. CAEPCCM/S/028/2014 y CAEPCCM/S/036/2014

con cargo a la partida 3161 “Servicios de Telecomunicaciones y Satélites” se realizó conforme

al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal, en cumplimiento del artículo 44

de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2014.

5. En cuanto al registro contable y presupuestal del momento contable de la etapa del

presupuesto pagado, la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta

Pública de la SEFIN, mediante el oficio núm. DGCNCP/0207/2016 del 28 de enero de 2016,

proporcionó 8 pólizas de egresos, por medio de las cuales la SEFIN realizó los registros en

cuentas contables y de orden presupuestarias del presupuesto de egresos pagado

55

con recursos del órgano desconcentrado para extinguir las obligaciones de pago contraídas con

cargo a la partida 3161 “Servicios de Telecomunicaciones y Satélites”, por un monto

de 205,310.2 miles de pesos, como sigue:

(Miles de pesos)

Cuenta Importe

Debe Haber

2112100001 “Proveedores Nacionales (2120300001)” 205,310.2

1112106073 “Egresos Transferencias” 104,734.9

1112106200 “Pago CLC´s de Recursos de Origen Federal” 100,575.3

Total 205,310.2 205,310.2

Las cuentas 1 (Activo) y 2 (Pasivo), en las cuales se realizó el registro contable del

presupuesto de egresos pagado por las operaciones sujetas a revisión llevadas a cabo por

el CAEPCCM, son las que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito

Federal Sector Central vigente en 2014.

El registro presupuestal del presupuesto de egresos pagado se realizó como sigue:

(Miles de pesos)

Cuenta Importe

Debe Haber

8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 205,310.2

8271000000 “Presupuesto de Egresos Pagado Sector Central” 205,310.2

Total 205,310.2 205,310.2

Las cuentas contables y las de orden presupuestarias de referencia, así como el asiento

con el cual se realizó el registro presupuestal del presupuesto de egresos pagado,

son los que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector

Central vigente en 2014 y los asientos se efectuaron mediante el sistema GRP-SAP.

Con base en lo anterior, se concluye que TELMEX recibió el pago por los servicios prestados,

que éste fue registrado por el CAEPCCM conforme a la naturaleza del gasto y que la SEFIN

realizó los registros (contable y presupuestal) del momento contable de la etapa del presupuesto

pagado de la partida 3161 “Servicios de Telecomunicaciones y Satélites” del CAEPCCM,

56

de acuerdo con lo señalado en el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal

Sector Central vigente en 2014; sin embargo, TELMEX remitió las facturas al CAEPCCM

fuera del plazo establecido en las cláusulas de los contratos respectivos.

Recomendación ASCM-25-14-4-C5

Es conveniente que el Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto

Ciudadano de la Ciudad de México (C5) (anteriormente “Centro de Atención a Emergencias

y Protección Ciudadana de la Ciudad de México”), por conducto de la Dirección General

de Administración, servicios contratados, sean presentadas en el plazo que fijen las cláusulas de

los contratos implemente acciones para garantizar que las facturas de los prestadores

de formalizados.