Clas normatividad ley 29124

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ARN1 – WALTER HERNAN ORTIZ ENCALADA COORD, PLANEAMIENTOI ESTRATEGICO DRSBP DIRECCIÓN DE RED DE SALUD BAJO PIURA NORMATIVIDAD DE LA ACLAS SEGUN LA LEY 29124, QUE ESTABLECE LA COGESTION Y PARTICIPACION CIUDADANA PARA EL PRIMER NIVEL DE ATENCION EN ESTABLECIMIENTOS DE SALUD DEL MINISTERIO DE SALUD Y SUS REGIONES

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ARN1 – WALTER HERNAN ORTIZ ENCALADA COORD, PLANEAMIENTOI ESTRATEGICO DRSBP

DIRECCIÓN DE RED DE SALUD BAJO PIURA

NORMATIVIDAD DE LA ACLAS SEGUN LA LEY 29124, QUE ESTABLECE LA

COGESTION Y PARTICIPACION CIUDADANA PARA EL PRIMER NIVEL

DE ATENCION EN ESTABLECIMIENTOS DE SALUD DEL MINISTERIO DE SALUD

Y SUS REGIONES

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NORMAS LEGALES DE LAS ASOCIACIONES CLAS

La Asociación CLAS (Asociación Comunidad Local de

Administración de salud» «CLAS» es una Asociación Civil sin

fines de lucro con personería jurídica conformada por personas

naturales o jurídicas de Derecho privado, con fines de colaborar

con el estado en la administración de los Recursos públicos

destinados a la prestación de servicios de salud; pudiendo tener

a su cargo uno o mas Establecimientos de primer nivel de Atención

del Ministerio de Salud.

Esta integrada por representantes de la Comunidad y de las

Organizaciones de Base con el Objeto de administrar un conjunto

de establecimientos de Salud, para mejorar la salud de las

personas, la Familia, la Comunidad y el Ambiente,

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ADMNISTRACION DE SERVICIOS DE

SALUD

E.E.S.S.COMUNIDAD

ORGÄNIZADAGOBIERNO

LOCAL GESTION

ADMNISTRACION DE

SERVICIOS DE SALUD

Asamblea General

Consejo Directivo

Gerencia

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LEY Nº 29124QUE ESTABLECE LA COGESTION

Y PARTICIPACION CIUDADANA

PARA EL PRIMER NIVEL DE

ATENCION EN LOS

ESTABLECIMIENTOS DE SALUD

DEL MINISTERIO DE SALUD Y DE

LAS REGIONES

LEY DE COGESTION Y PARTICIPACION

CIUDADANA - LEY N 29124

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OBJETO: Articulo 1 El Reglamento establece los Lineamientos y el Desarrollo

de la Participación Ciudadana en salud.

Aspectos Sanitarios, Administrativos, Legales, Financieros

y Contables de la Cogestión.

PARA LA CORRECTA APLICACIÓN DE LA LEY 29124

•La Ley contribuye a mejorar el acceso equitativo a los

Servicios de Salud, ampliar la cobertura y mejorar la

calidad de la Atención Integral de la Salud y las

intervenciones sobre sus determinantes de la Salud con

la participación de la comunidad organizada en el marco

del ejercicio de derecho a la Salud.

•AMBITO: Articulo 2Es de Aplicación Obligatorio en los Establec. Públicos de

Salud bajo la modalidad de Cogestión de las

Comunidades Locales de Administración – CLAS del

ámbito de todos los Gobiernos Regionales.

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MINSA DGSP• Constitución Política del Perú

• Ley Nº 27783. Ley de Bases de la Descentralización

• Ley Nº 27867. Ley Orgánica de Gobiernos Regionales

• Ley Nº 27972. Ley Orgánica de Municipalidades

• Ley Nº 27657. Ley del Ministerio de Salud

• Ley Nº 27658. Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado

• Ley Nº 27785. Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría de la

República

• Ley Nº 26300. Ley de Participación y Control Ciudadanos

• Ley Nº 27806. Ley de Transparencia y acceso a la Información Publica

• Resolución Ministerial Nº 614-2007/MINSA - Aprueba la Guía de Implementación de los

proyectos Pilotos de la Descentralización en Salud a los Gobiernos Locales

• Resolución Ministerial Nº 366-2007/MINSA – Aprueba el Documento Técnico “Desarrollo

de la Función Salud en los Gobiernos Locales”

• Resolución Ministerial Nº 122-2001-SA/DM. Lineamientos para la Delimitacion de Redes

de Salud.

• Resolución Ministerial Nº 1125-2002-SA/DM. Aprueba la Directiva para la Delimitacion

de Redes y Microrredes de Salud.

• Resolución Ministerial Nº 1217-2004/MINSA. Autoriza a las Direcciones Regionales de

Salud a Modificar la actual conformación de los Establecimientos del Ministerio de Salud

• Resolución Ministerial Nº 751-2004/MINSA. Aprueba la Norma Técnica del Sistema de

Referencia y Contrarreferencia de los Establecimientos del Ministerio de Salud

• Resolución Ministerial Nº 769-2004/MINSA. Aprueba la Norma Técnica Categorías de

Establecimientos del Sector Salud

• DECRETO REGIONAL Nº 006-2009/GOB.REG.PIURA –PR - Directiva que regula los

procedimientos para la implementacion del Decreto Supremo Nº 017-2008-Reglamento de

la ley 29124

BASE LEGAL : ARTICULO 3

DRSBP

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SALUD

E.E.S.S.

GOBIERNOS

LOCALES .

COMUNIDAD

ORGANIZADA

Comunidad

Local de

Administración

Salud

Asamblea General

Consejo directivo

Gerente

Administración

Servicios de Salud

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ORGANIZACION INTERNA DE LOS CLAS

Los Clas tienen los siguientes órganos de Gobierno:

Asamblea General

Consejo Directivo y

Gerencia

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CRONOGRAMA DE ELECCION DE LA ASAMBLEA Y CONSEJO DIRECTIVO DEL ACLAS SECHURA

ELECCION DE ASAMBLEA : RESPONS. FECHA HORA LUGAR

ELECCION DE REP. DE TRABAJADORES E.S. JEFE DEL ES. 04/02/14 9.00 AM 04 ESTAB. SALUD.

JEFATURAS DE E.S. PROPUESTA GERENCIA 05/02/14 12.00 AM 04 E.S. GERENCIA .

SECHURA C.D. 05/02/14 10.00 AM SECHURA

PUERTO RICO C.D. 08/02/14 10.00 AM PUERTO RICO

ELECCION DE AGENTE COMUNITARIO C.D.

SE ELEGIRA EN CADA ES, SALUD E IGUAL QUE LAS ORG. DE BASE.

TAJAMAR C.D. 12/02/14 10,00 AM. TAJAMAR

CHUSIS C.D. 12/02/14 2.00 PM CHUSIS

REUNION DE ASAMBLEA Y ELECCION DE C.D. GERENCIA + CD 15/02/14 10.00 AM. SECHURA

REUNION DE ENTREGA DE CARGO GERENCIA + CD 22/02/14 10.00 AM SECHURA

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Es el Órgano Supremo y máxima Autoridad del ACLAS

La Asamblea General se renueva cada 4 años, No hayreelección de sus miembros.

La Nueva Asamblea General se instalará y sesionará paraelegir al nuevo Consejo Directivo, lo cual debe constar enactas.

Finalmente la Asamblea General recién elegida otorga lasfacultades necesarias para que se cumpla con losprocedimientos notariales y registrales sobre modificacióndel estatuto y conformación del nuevo Consejo Directivo delas ACLAS en los Registros Públicos, este proceso se realizadentro de los plazos y requisitos contenidos en las DirectivasNacionales, contando para ello, con la Asistencia Técnica delGobierno Regional.

LA ASAMBLEA GENERAL

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REQUISITOS PARA SER MIEMBROS DE LA ASAMBLEA

Ser mayor de edad Ser ciudadano peruano Residente permanente en la jurisdicción del

ACLAS no menor de 6 meses en el año No tener antecedentes penales Tener voluntad expresa de participación Experiencia de trabajo en temas relacionados con

salud y / o sus determinantes. Documentos que asedien su representatividad de

su estamento u/o organización, con su respectivo documento que lo acredite actualizado.

El representante no derbe estar en INFOCOR. COPIA DE DNI ACTUALIZADO.

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¿CÓMO CONSTITUIDA LA ASAMBLEA?La elección de sus representantes es la siguiente:

El G.R. designa 01 representante por cada CLAS.

El G.L. designa 01 representante por cada CLAS.

Los trabajadores de salud de la CLAS eligen por votación 01 representante.

La Red designa 01 representante por cada CLAS.

La elección de los representantes comunales:

01 representante de las OSB de cada establecimiento.

01 representante de las autoridades comunitarias de cada E.S.

01 representante de otras organizaciones: APAFAS, etc.

Los ACS son elegidos por cada comunidad en forma democrática.

01 Coordinador comunal para cada EE.SS. de la CLAS, elegido por la comunidad(de los Restantes de las Organizaciones sociales de base)

Organizaciones sociales de base: clubes juveniles, vasos de leche, clubes de madres, comedores populares y otros relacionados.

Autoridades comunitarias: juntas directivas ( zona urbana), asambleade comunidades campesinas y comunidades nativas ( zona rural)

Otras organizaciones: Iglesia, APAFAS, y otras vinculadas a las actividades de salud o sus determinantes

Page 13: Clas  normatividad ley 29124

LA ASAMBLEA ESTA CONSTITUIDA

REPRESENTANTE

DEL

GOBIERNO

REGIONAL

REPRESENTANTE

DE LA

MUNICIPALIDAD

REPRESENTANTE

DE LA DIRECCION

REGIONAL DE SALUD

RED O MICRO RED

REPRESENTANTE

DE LAS

AUTORIDADES

COMUNITARIAS

REPRESENTANTE

DE LAS

ORGANIZACIONES

SOCIALES

REPRESENTANTE

DE

OTRAS

ORGANIZACIONES

REPRESENTANTE

DE LOS

TRABAJADORES

REPRESENTANTE

DE LOS

AGENTES

COMUNALES

DE SALUD

JEFE DEL

ESTABLECIMIENTO

DE SALUD

COORDINADOR

COMUNAL

REPRESENTANTE

DE LAS

AUTORIDADES

COMUNITARIAS

REPRESENTANTE

DE LAS

ORGANIZACIONES

SOCIALES

REPRESENTANTE

DE

OTRAS

ORGANIZACIONES

REPRESENTANTE

DE LOS

TRABAJADORES

REPRESENTANTE

DE LOS

AGENTES

COMUNALES

DE SALUD

JEFE DEL

ESTABLECIMIENTO

DE SALUD

COORDINADOR

COMUNAL

ESTABLECIMIENTO DE SALUD 01ESTABLECIMIENTO DE SALUD 02

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FUNCIONES DE LA ASAMBLEA La Asamblea General se renueva cada 4 años, No hay reelección de sus

miembros.

Velar por el cumplimiento de la Ley y el Reglamento.

Vigilar y evaluar el desempeño del C.D. y del Gerente.

Participar en el diagnostico de las necesidades de la población.

Participar en el diagnostico de las necesidades de personal , equipamiento e infraestructura de los EE.SS.

Participar en la identificación de necesidades de desarrollo de capacidades de los RR.HH.

Promover el proceso participativo para formular el PSL.

Participar en la formulación, aprobación, ejecución y evaluación del PSL.

Vigilar el cumplimiento de estatutos.

Gestionar recursos ante el G.R. y G.L. y otros actores, para cumplir el PSL.

Aprobar las cuentas, balances y memoria anual de la CLAS.

Promover la articulación del PSL con los planes de desarrollo local y Regional.

Aprobar la cartera de servicios y el tarifarlo de acuerdo a disposiciones relacionadas.

Vigilar el patrimonio entregado a la CLAS.

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CONSEJO DIRECTIVO – CONFORMACION

Es el órgano responsable de dirigir y orientar elfuncionamiento técnico y administrativo de la CLAS.

Es elegido por dos años, No existe reelección inmediata de los cargos.

Está conformado por un numero impar, máximo 7, de los cuales:

4 son representantes de la comunidad:

2 representantes de las organizaciones comunales.

1 representante de los A.C.S.

1 coordinador comunal por cada E.S. de la CLAS.

1 representante del G.L. que no puede ser elegido como miembro del C.D.

1 representante de los trabajadores de la CLAS.

1 representante de la Red o MR, según ubicación de la CLAS.

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EL CONSEJO DIRECTIVO VA A ESTAR

CONSTITUID0

REPRESENTANTE

DE LOS

TRABAJADORES

REPRESENTANTE

DE LA

MUNICIPALIDAD

REPRESENTANTE

DE LA

DIRECCION

REGIONAL DE

SALUD

COORDINADOR

COMUNAL

REPRESENTANTE

DE LAS

ORGANIZACIONES

SOCIALES

REPRESENTANTE

DE LAS

ORGANIZACIONES

COMUNALES

REPRESENTANTE

DE LOS

AGENTES

COMUNALES

DE SALUD

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FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO

Coordinar con el G.R.; la DIRESA, la Red Bajo Piura y G.L. toda acción y gestión.

Supervisar y evaluar los actos de la Gerencia.

Implementar acciones para el cumplimiento del PSL.

Informar a la A.G. los avances en forma trimestral.

Elaborar los estados financieros y memoria anual.

Velar por el buen uso de los bienes de la CLAS.

Definir el tarifarlo y cartera de servicios, de acuerdo a normas.

Participar en el proceso de selección del personal, junto con la Red.

Realizar los contratos de personal.

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GERENCIA DE CLAS La Gerencia es el órgano de la CLAS que gestiona y organiza la

prestación de los servicios de salud administrados por las CLAS y

esta a cargo de un gerente.

El Gerente de las CLAS es el responsable de ejecutar el PSL,asumiendo la Jefatura del o los establecimientos de salud bajo lajurisdicción de la CLAS.

El desempeño de sus funciones es evaluado periódicamente por el Consejo directivo

REQUISITOS: Ser profesional de salud colegiado y habilitado.

Contar Con Resolución de término de SERUMS.

Estudios de Salud Pública, Gerencia, Gestión en salud y/o otros equivalentes, debidamente

acreditados. Excepcionalmente se podrá prescindir de estos requisitos cuando cumplido el plazo de la convocatoria no existan postulantes que reúnan estos requisitos de estudios de

especialización.

Experiencia en gerencia o gestión en salud.

En caso de ser nombrado, no tener sanción disciplinaria vigente.

No tener antecedentes penales ni judiciales.

Page 19: Clas  normatividad ley 29124

DESIGNACION DE GERENTE DE LAS ASOCIACIONES CLAS DE CONFORMIDAD A LA LEY Nº 29124 Y REGLAMENTO D.S Nº 017-2008-SA

, No tener procesos judiciales en curso por delitos cometidos en

agravio de las CLAS. No haber desempeñado el cargo de Gerente en la misma CLAS en

los 2 años previos a la convocatoria. El gerente que habiendo culminado su periodo de gerencia, que

desea postular al cargo en otro CLAS, deberá presentar el informe de evaluación aprobado por parte de la Asamblea General.

Sin perjuicio de los requisitos citados se tendrán en cuenta, para efectos de la precalificación, el conocimiento y experiencia en procesos de participación ciudadana, la residencia en la jurisdicción local de la CLAS y el conocimiento del idioma local

FUNCIONES DEL GERENTE :

• Participar en la elaboración del PSL.

• Informar la ejecución del PSL en forma trimestral a la DIRESA.

• Informar mensualmente al C.D. y semestralmente a la A.G. sobre la

ejecución del PSL, los aspectos administrativos, contables,

financieros, tributarios y técnicos; las dificultades encontradas y las

necesidades identificadas.

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PROCEDIMIENTOS PARA LA DESIGNACION DE GERENTE DE LAS ASOCIACIONES CLAS DE CONFORMIDAD A LA LEY Nº 29124 Y REGLAMENTO D.S Nº 017-2008-SA

Plazo de ejercicio.

La duración del cargo de Gerente es de dos (2) años continuos y se evalúa anualmente, si aprueba la evaluación se ratifica para el año siguiente por el Concejo Directivo y la Dirección Regional o la que haga sus veces. Podrá volver a postular al cargo de Gerente del mismo CLAS después de dos (2) años de haber culminado el periodo anterior.

Selección y contratación del Gerente.

La DIRESA o la que haga sus veces y el Concejo Directivo, realizaran una convocatoria pública para cubrir el cargo de Gerente, luego ambos precalifican una terna de candidatos. El Concejo Directivo elige al Gerente de la terna precalificada; lo comunica a la DIRESA a efectos que emita la respectiva Resolución Directoral de designación de la Jefatura del establecimiento y de la Gerencia de la CLAS; en base al cual realiza la contratación del Gerente. En caso de tratarse de personal nombrado, el Concejo Directivo comunicara a la DIRESA para la designación respectiva de los cargos.

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CONVENIO DE COGESTION

Es el vinculo jurídico generado entre el G.R. y el G.L. con la CLAS

Con la finalidad de lograr compromisos entre las partes.Tiene vigencia

de 3 años.

Es aprobado por RPR y es evaluado semestralmente.

Puede ser renovada por 3 años, con una addenda.

RESPONSABILIDADES DEL GOBIERNO REGIONAL

Proporcionar la infraestructura física, mobiliario, equipos,

medicamento y RR.HH.Fiscalizar el uso de los recursos.

Brindar capacitación y asistencia técnica.

Monitorear, supervisar y evaluar el cumplimiento del PSL.

Vigilar el cumplimiento de la rendición de cuentas por la A.G.

Realizar el inventario.

Asegurar la disponibilidad de los RR.HH. pactados en el convenio.

Transferir a la CLAS los recursos financieros pactados en el convenio.

Supervisar, monitorear y evaluar las prestaciones de salud.

Propiciar el intercambio de experiencias.

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CONVENIO DE COGESTION

RESPONSABILIDADES DEL GOBIERNO LOCAL

Asignar a la CLAS los recursos financieros pactados en el convenio.

Convocar y promover la participación de los actores sociales.

Convocar la participación de los órganos de cogestión en la

elaboración del PDCL.

RESPONSABILIDADES DE LAS CLAS.

Gestionar y administrar los RR.HH., financieros y otros asignados.

Disponer en forma correcta los ingresos para el cumplimiento del PSL.

Distribuir en forma equitativa los recursos a todos sus EE.SS.

Desarrollar y ejecutar el Plan de Mantenimiento de infraestructura,

equipos y otros.

Brindar apoyo en situaciones de emergencia y desastre.

GESTIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS

Dos tipos de RR.HH.

Por CAS (D.L.1057) solo a tiempo completo y para actividades

administrativas.

Page 23: Clas  normatividad ley 29124

CONVENIO DE COGESTION

GESTIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS

Personal nombrado en las CLAS: mantienen su estabilidad y respeta

las disposiciones administrativas, sino contravienen su régimen

laboral.

Personal contratado en las CLAS:

Por el régimen laboral 728-

Personal contratado por CAS:

Ley 1057, a tiempo completo, para realizar funciones administrativas,

de carácter temporal.

PLAN DE SALUD LOCAL

Documento de gestión participativa y concertada de vigencia anual.

Conducido por el CLAS y jefes de EE.SS.

De acuerdo a normas del MINSA.

Se vincula con el PCDL, política nacional de salud e involucra

actividades de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de

la salud.

Page 24: Clas  normatividad ley 29124

CONVENIO DE COGESTION

PLAN DE SALUD LOCAL

Aspectos metodológicos para su elaboración: Participativa y

Concertada.

Fases del proceso de formulación del PSL:

Fase de planeamiento estratégico participativo (ASIS –cada 3 años-).

Fase de programación de salud local (Anual).

Se articula con el POI, POA de municipio, Red y DIRESA.

Aprobación del PSL.

REDES DE SALUD

El ámbito y conformación de las Redes de salud, así como su

organización y funciones se realiza dentro del marco normativo vigente

para garantizar la continuidad de la atención.

Los EE.SS. Que forman parte de la cogestión CLAS están sujetos al

SRCR, de acuerdo a su capacidad resolutiva y nivel de categorización

aprobado.

Mecanismos de coordinación entre la DIRESA y la CLAS se sujeta a las

normas vigentes del MINSA.

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CONVENIO DE COGESTION

REDES DE SALUD

El ámbito y conformación de las Redes de salud, así como su

organización y funciones se realiza dentro del marco normativo vigente

para garantizar la continuidad de la atención.

Los EE.SS. Que forman parte de la cogestión CLAS están sujetos al

SRCR, de acuerdo a su capacidad resolutiva y nivel de categorización

aprobado.

Mecanismos de coordinación entre la DIRESA y la CLAS se sujeta a las

normas vigentes del MINSA.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

PRIMERA. Las CLAS deben adecuarse en un plazo de 180 días a partir

de la publicación de la norma de cogestión.

SEGUNDA: La transferencia de recursos de la GERESA para las CLAS

serán a través del pliego correspondiente.

TERCERA: El MINSA, los G.R. y los G.L. realizan la difusión de la Ley y

el presente Reglamento.

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CONVENIO DE COGESTION

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

CUARTA: Los G.R. disponen la reestructuración de las Redes y MR en el

marco de lo dispuesto en la Ley y el presente Reglamento.

QUINTA: Los convenios para la cogestión serán suscritos entre el G.R. y

los G.L. y luego los contratos de Administración compartida serán

suscritos por los G.L. y los Órganos de Cogestión y los G.R. suscribirán

acuerdos de gestión con los G.L. para el logro de los resultados

sanitarios.

ASPECTOS ADMINISTRATIVOS CONTABLES Y TRIBUTARIOS

Regulación del Régimen Privado:

Financiero y Presupuestario: transferencia de recursos públicos al CLAS;

flexibilidad en el manejo de fondos; procedimientos particulares de rendición de

cuentas; manejo de libros y registros de contabilidad completa.

Sistema Tributario Nacional.

Texto Único Ordenado del Código Tributario.

Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta.

Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a las Ventas e Impuesto Selectivo al

Consumo.

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CONVENIO DE COGESTION

CONTROL ADMINISTRATIVO Y CONTABLE

Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría

General de la República.

Evaluación de la Situación Legal (obligaciones laborales, tributarias,

contrato de personal…).

Evaluación de los Estados Financieros (de acuerdo a la legislación

pertinente, situación de caja, libros y registros contables).

Verificación del cumplimiento del PSL.

Por tener el CLAS una personería jurídica debe cumplir con llevar los

libros y registros de contabilidad completa para lo que deberá contratar

sus servicios por HP.

Page 28: Clas  normatividad ley 29124

GRACIAS