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CONTRATACION Y APLICACION DE CONTRATOS EN COMERCIO ELECTRONICO EQUIPO VI Carmen Ruiz Carlos Hermosillo

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Si bien el comercio electrónico es un concepto amplio que involucra cualquier transacción comercial efectuada a través de medios electrónicos tales como el fax, el telefax, el teléfono, los EDI (electronic data interchange) e Internet, en el presente capitulo limitaremos su alcance considerando al comercio electrónico como la parte del comercio que se desarrolla a través de las redes.

INTRODUCCION

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En el entorno del comercio por redes abiertas podemos distinguir dos tipos distintos:

A) comercio electrónico directo, que se lleva a cabo íntegramente por vía electrónica, consistiendo en la entrega en línea de bienes intangibles; B) comercio electrónico indirecto, que se realiza mediante pedidos de bienes y servicios, tanto materiales como intangibles a través de las redes, pero que requieren un proceso de entrega a través de los canales normales de distribución física.

INTRODUCCION

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El contrato electrónico es el intercambio telemático de información entre personas que da lugar a una relación comercial, consistente en la entrega de bienes intangibles o en un pedido electrónico de bienes tangibles. Al respecto podemos decir que el contrato a través de Internet sin elemento extra nacionales, se considera perfeccionado con el intercambio de la oferta y la aceptación, sin modificaciones de las mismas. La voluntad de las partes de contratar va a ser exteriorizada a través de la computadora y de las telecomunicaciones en combinación.

EL CONTRATO ELECTRONICO

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Por lo tanto la contratación electrónica por medios digitales, es la que se lleva a cabo desde la formación del consentimiento hasta la ejecución del contrato, mediante dispositivos de enlaces electrónicos que se comunican interactivamente por canales de red basados en el procesamiento y transmisión de datos digitalizados, con el fin de crear, modificar, transferir, conservar o aniquilar derechos.

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Cuando estamos navegando en Internet y alguna empresa nos ofrece un artículo o servicios, al momento de teclear nuestro número de tarjeta de crédito nos saltan a la mente diversas preguntas, en específico, las relacionadas con la seriedad, validez y eficacia jurídica de ese contrato.

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Debido a las características de libertad en las redes, es muy común pensar que el comercio electrónico, específicamente el que se realiza a través de Internet, ocurre en la nada jurídica, lo que se encuentra totalmente alejado de la realidad, toda vez que como hemos dejado señalado en el tema que antecede, los contratos se regulan por nuestras leyes civiles y mercantiles

EL CONTRATO ELECTRONICO

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Los contratos celebrados por medio de Internet dejan mucho que desear, pues podría darse el caso de que el contrato se celebre a nombre de cierta persona, con los datos de cuenta de ella, y ésta jamás lo haya celebrado, es decir, que una tercera persona a su nombre y sin su consentimiento haya realizado ese contrato, motivo por el cual, en nuestro caso muy particular, al no existir regulación al respecto, aplicaría el derecho común y el contrato estaría viciado de nulidad, a menos, que la persona afectada ratificara el mismo.

EL CONTRATO ELECTRONICO

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Los efectos de la realización de un contrato por medio de Internet, en el cual las partes hayan celebrado previo acuerdo de voluntades, tiene el carácter de obligatorio y, por tanto, fuerza de ley entre los contratantes.

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En los contratos pueden insertarse cláusulas y condiciones que las partes pueden pactar de manera libre y de común acuerdo, respecto a los contratos en general

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Los contratos que se celebran por medio de Internet, tienen límites enmarcados en las leyes que regulan éstos, así como en las garantías individuales, en relación a los límites de propiedad, a la libertad de trabajo, la libertad de asociación, así como los derechos humanos.

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La forma de celebración de los contratos mas importante en Internet, es por medio del correo electrónico o bien los contratos de adhesión a los cuales se someten los usuarios al tratar de adquirir algún producto o servicio que se ofrecen por medio de Internet.

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EJEMPLO CONTRATO

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http://www.youtube.com/watch?v=Vlf_Yu8i2ns

LEGISLACION

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GRACIAS