CELEBRADA EL 9 DE MAYO DE 2019 INFORMACÓN SOBRE …Administración electrónica del Ayuntamiento de...

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Secretaría general [email protected] JUNTA DE GOBIERNO LOCAL INFORMACI ÓN SOBRE LOS ACUERDOS ADOPTADOS EN LA SESION CELEBRADA EL 9 DE MAYO DE 2019 Lugar : En Segovia, en Sala de Comisiones de su Casa Consistorial Salón de la Chimenea-, sita en la Plaza Mayor, nº 1 de Segovia Fecha : Nueve de mayo de 2019 Carácter de la sesión : Ordinaria Fecha de la convocatoria : Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa de fecha 7 de mayo de 2019, Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009) autenticidad verificable mediante código 12433161316171525767. Hora de Inicio : ocho horas y treinta y seis minutos (8:36 h) Constitución : En Primera convocatoria Hora de finalización : nueve horas (9:00 h) del mismo día Asistentes : La Alcaldesa y Presidenta de la Junta de Gobierno Local. El Primer Teniente de Alcalde y Concejal Delegado de Servicios Sociales, Igualdad, Sanidad y Consumo y Participación Ciudadana. La segunda Teniente de Alcalde y Concejala Delegada de Gobierno Interior y Personal, La segunda Teniente de Alcalde y Concejala Delegada de Gobierno Interior y Personal, Patrimonio y Contratación. La Tercera Teniente de Alcalde Concejala Delegada de Dep ortes. La Cuarta Teniente de Alcalde Concejala Delegada de Obras, Servicios e Infraestructuras. La Concejala Delegada de Patrimonio Histórico y Turismo y Urbanismo. El Concejal Delegado de Desarrollo Económico, Empleo e Innovación y Economía y Hacienda. La Concejala de Juventud. Plaza Mayor 1, 40001 Segovia. Tel . 921 419800. Fax: 921 419840 www.segovia.es C AYG_JGL_20190509_ACT información_PRENSA.docx El Concejal Delegado de Tráfico Transportes y, Movilidad y Seguridad Asisten a la sesión, con voz y sin voto, la VicePortavoz del Grupo municipal Popular, la Portavoz del Grupo municipal Ciudadanos, y el Portavoz del Grupo municipal UPYD.

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Secretaría [email protected]

JUNTA DE GOBIERNO LOCAL

INFORMACIÓN SOBRE LOS ACUERDOS ADOPTADOS EN LA SESION CELEBRADA EL 9 DE MAYO DE 2019

Lugar: En Segovia, en Sala de Comisiones de su Casa Consistorial – Salón de la Chimenea-, sita en la Plaza Mayor, nº 1 de Segovia

Fecha: Nueve de mayo de 2019

Carácter de la sesión: Ordinaria

Fecha de la convocatoria: Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa de fecha 7 de mayo de 2019, Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009) autenticidad verificable mediante código12433161316171525767.

Hora de Inicio: ocho horas y treinta y seis minutos (8:36 h)

Constitución: En Primera convocatoria

Hora de finalización: nueve horas (9:00 h) del mismo día

Asistentes:

La Alcaldesa y Presidenta de la Junta de Gobierno Local.

El Primer Teniente de Alcalde y Concejal Delegado de Servicios Sociales, Igualdad, Sanidad y Consumo y Participación Ciudadana.

La segunda Teniente de Alcalde y Concejala Delegada de Gobierno Interior y Personal, La segunda Teniente de Alcalde y Concejala Delegada de Gobierno Interior y Personal, Patrimonio y Contratación.

La Tercera Teniente de Alcalde Concejala Delegada de Dep ortes.

La Cuarta Teniente de Alcalde Concejala Delegada de Obras, Servicios e Infraestructuras.

La Concejala Delegada de Patrimonio Histórico y Turismo y Urbanismo.

El Concejal Delegado de Desarrollo Económico, Empleo e Innovación y Economía y Hacienda.

La Concejala de Juventud.

Plaza Mayor 1, 40001 Segovia. Tel . 921 419800. Fax: 921 419840 www.segovia.es

C AYG_JGL_20190509_ACT información_PRENSA.docx

El Concejal Delegado de Tráfico Transportes y, Movilidad y Seguridad

Asisten a la sesión, con voz y sin voto, la VicePortavoz del Grupo municipal Popular, la Portavoz del Grupo municipal Ciudadanos, y el Portavoz del Grupo municipal UPYD.

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En la Ciudad de Segovia, en el lugar y fecha indicados, se reunieron bajo la presidencia de la Ilma. Sra. Alcaldesa, DOÑA CLARA ISABEL LUQUERO DE NICOLÁS, los componentes de la Junta de Gobierno Local, al objeto de celebrar sesión, con el carácter más arriba indicado, habiendo sido convocados a tal efecto por Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa; convocatoria que, acompañada del orden del día de la sesión, fue debidamente notificada a todos sus integrantes -Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009) autenticidad verificable integrantes -Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009) autenticidad verificable mediante código 12434063656645577735 en http://sede.segovia.es/validacion, de conformidad con lo acordado por el Pleno en sesión de fecha 30 de enero de 2009, Ac. Núm. 20, y la disposición transitoria Cuarta de la Ordenanza municipal reguladora de la Administración electrónica del Ayuntamiento de Segovia:

Concurriendo inicialmente los NUEVE integrantes de este órgano, con lo que se alcanza el quórum de asistencia de la mayoría absoluta de sus componentes, y teniéndose porconvocados en tiempo y forma, se constituyó, la Junta de Gobierno Local, asistida por mí la Secretaria General, que doy fe del acto como secretaria del órgano.

Asimismo, asistió a la sesión el Interventor municipal.

Seguidamente se procedió a la consideración de los asuntos que integran el orden del día, adoptándose al respecto los siguientes acuerdos:

Visto el Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, de fecha 17 de Junio de 2015, de delegación de atribuciones (BOP de Segovia núm. 76, de 26 de junio de 2015), en la Junta de Gobierno Local y Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, de fecha 16 de marzo de 2018, de delegación de atribuciones en materia de contratación (BOP de Segovia núm. 37, de 26 de marzo de 2018).

Y visto el artículo 40 del Reglamento orgánico de Ayuntamiento de Segovia (revisión 2013), (BOP de 29 de mayo de 2013), por el que se delegan competencias del Pleno en la Junta de Gobierno Local:en la Junta de Gobierno Local:

La Junta de gobierno Local en sesión ordinaria de carácter resolutivo adoptó los siguientes acuerdos:

Acuerdo núm. 346.- Dación de cuenta del acta de la sesión anterior, celebrada el 2 de mayo de 2019 con el carácter de ordinaria, y aprobación de las rectificaciones que, en su caso, procedan.

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

No formulándose más observaciones, por unanimidad de los asistentes, RESULTÓ APROBADA EL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR CELEBRADA EL DÍA 2 DE MAYO DE DOS MIL DIECINUEVE, CON EL CARÁCTER DE ORDINARIA, con la

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MAYO DE DOS MIL DIECINUEVE, CON EL CARÁCTER DE ORDINARIA, con la modificación indicada.

A. EJERCICIO DE COMPETENCIAS DELEGADAS.

A.1. POR DELEGACION DE LA ILMA. SRA. ALCALDESA.- Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, de fecha 17 de Junio de 2015, de delegación en la

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Junta de Gobierno Local de atribuciones Alcalde (BOP de Segovia núm. 76, de 26 de junio de 2015) y Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, de fecha 16 de marzo de 2018, de delegación de atribuciones en materia de contratación (BOP de Segovia núm. 37, de 26 de marzo de 2018).

GOBIERNO INTERIOR Y PERSONALGOBIERNO INTERIOR Y PERSONAL

Acuerdo núm. 348.- Expediente e-Pac 44/2019/P14150.- Propuesta de jubilación por incapacidad permanente en grado de absoluta, de funcionaria municipal, portera de colegio.

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

Primero.- Quedar enterados de la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social, Dirección Provincial de Segovia, con respecto al pase de Portero de colegio, a situación de Incapacidad Permanente en grado de ABSOLUTA.

Segundo.- Que ante la posibilidad de recuperación de la funcionaria jubilada por incapacidad permanente ABSOLUTA, cuando desaparezca dicha incapacidad, que motivó su jubilación y permanente ABSOLUTA, cuando desaparezca dicha incapacidad, que motivó su jubilación y así quede acreditado mediante dictamen médico oportuno, se seguirán los trámites oportunos que marca la vigente legislación, estando prevista la revisión para el 3 de abril de 2020.

Tercero .- Fijar como fecha de finalización de la relación funcionarial de dicho empleado en esta Corporación, la señalada por el Instituto N. de la Seguridad Social el día 2 de abril de 2019.

Cuarto.- Teniendo los funcionarios cubierta por la compañía de Seguros MAPFRE VIDA, la contingencia de Invalidez Permanente y Absoluta por cualquier causa que se produjera, con una indemnización de 12.000 euros, se solicita por el Ayuntamiento la baja del funcionario en la póliza correspondiente. Se proceda al abono del correspondiente seguro de jubilación en la póliza correspondiente. Se proceda al abono del correspondiente seguro de jubilación que tuvo suscrito en Ayuntamiento de Segovia con la compañía ALLIANZ al haber causado bajo como funcionario.

Quinto.- Considerando que la empleada se encuentra de baja médica derivada de enfermedad común desde el 21/12/2018, se proceda a realizar la liquidación de los derechos devengados que corresponda como consecuencia de dicha jubilación.

Sexto.- Agradecer al mencionado funcionario municipal los servicios prestados a esta Corporación.

Séptimo.- Mantener el nombramiento de funcionario interino en la plaza que desempeñaba la funcionaria ahora jubilada, al no haber cambiado las circunstancias que dieron origen al

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la funcionaria ahora jubilada, al no haber cambiado las circunstancias que dieron origen al mismo.

PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

Acuerdo núm. 349.- Expediente PAC 000002/2016-CNT.- Propuesta de devolución de fianza constituida en la concesión administrativa otorgada para el uso del

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despacho profesional núm. 4 del Vivero de Empresas, ubicado en la calle Arias Dávila de Segovia.

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

Primero.- Devolver la fianza depositada por importe de NOVENTA Y SEIS EUROS CON NOVENTA Y SIETE CÉNTIMOS (96,97. -€), que fue constituida como garantía definitiva para responder de la correcta ejecución del “CONTRATO DE CONCESIÓN DE DESPACHO Nº 4 DEL VIVERO DE EMPRESAS PROPIEDAD DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA UBICADO EN LA CALLE ARIAS DÁVILA DE SEGOVIA”, mediante transferencia bancaria en la cuenta corriente que indique la interesada, la cual deberá aportar documento acreditativo de titularidad de la misma.

Segundo.- Notificar el presente acuerdo a la interesada, a la Intervención Municipal y a la Unidad encargada del seguimiento del contrato.

Acuerdo núm. 350.- Expediente PAC 000004/2016-CNT.- Propuesta de modificación de contrato de Servicio de Limpieza de colegios, dependencias municipales e instalaciones deportivas del Ayuntamiento de Segovia.municipales e instalaciones deportivas del Ayuntamiento de Segovia.

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

Primero.- Aprobar la Modificación del Contrato administrativo de Servicios de limpieza de los Colegios Públicos y Otras Dependencias municipales con un incremento de OCHENTA Y SEIS MIL CINCUENTA Y CUATRO EUROS Y OCHENTA Y DOS CÉNTIMOS (86.054,82 €) anuales IVA incluido, y proceder al abono de la cantidad de VEINTINUEVE MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO EUROS Y TREINTA Y TRES CÉNTIMOS (29.624,33 €) a favor de CLECE € S.A. por la regularización del contrato desde el 16 de julio de 2018 hasta el 31 de enero de 2019.

El importe de modificación de cada dependencia, que queda incorporado al contrato, se El importe de modificación de cada dependencia, que queda incorporado al contrato, se recoge en el siguiente cuadro:

DEPENDENCIA

HORAS

ANUALES

QUE SE

MODIFICAN

IMPORTE

MODIFICACIÓN

IVA INCLUIDO

IMPORTE

ANUAL

CONTRATO

INICIAL

IVA INCLUIDO

IMPORTE TOTAL

ANUAL

DEPENDENCIA

(INCLUYENDO

MODIFICACION)

IVA INCLUIDO

PARTIDA

PRESUPUESTA

RIA

CENTRO CÍVICO SAN MILLÁN 94 1.455,87 € - € 1.455,87 € 92001 22700

CENTRO DE INTERPRETACIÓN

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CENTRO DE INTERPRETACIÓN

DE SAN LORENZO250 3.872,00 € - € 3.872,00 €

92001 22700

OFICINA DE EDUCACIÓN

AMBIENTAL LAGO ALONSO14,19 219,77 € - € 219,77 €

92001 22700

SALA POLIVALENTE DE LA 250 3.872,00 € - € 3.872,00 € 92001 22700

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CÁRCEL CROWDWORKING

CASA DE LECTURA 1234 19.112,19 € - € 19.112,19 € 92001 22700

PABELLÓN PEÑASCAL 1.537 23.805,06 € - € 23.805,06 € 34201 22700

BAÑOS PÚBLICOS BAÑOS PÚBLICOS

ZAMARRAMALA-52 - 820,31 € 820,31 € 0,00 €

92001 22700

CEIP MARTIN CHICO 100 1.548,80 € 54.645,22 € 56.194,02 € 32101 22700

CONCEJALÍA DE EMPLEO -52 - 805,38 € 7.161,93 € 6.356,55 € 92001 22700

CEIP VILLALPANDO 300 4.646,40 € 44.486,00 € 49.132,40 € 32101 22700

PARKING JOSÉ ZORRILLA 520 8.053,76 € - € 8.053,76 € 92001 22700

CIEES SAN LORENZO (CASA

BORRA)780 12.080,64 € 4.227,75 € 16.308,39 €

92001 22700

EVACUATORIO MERCADO DE

LOS HUERTOS-78 - 1.208,06 € 2.460,93 € 1.252,86 €

92001 22700

SANITARIOS PLAZA MAYOR 244 3.779,07 € 3.533,64 € 7.312,71 € 92001 22700

ESTACIÓN DE AUTOBUSES 52 805,38 € 38.365,23 € 44.808,24 €

44201 22700ESTACIÓN DE AUTOBUSES 364 5.637,63 €

TOTAL ESTACIÓN AUTOBUSES 416 6.443,01 € 38.365,23 € 44.808,24 €

TOTAL 5557,19 86.054,82 €

Segundo.- Formalizar en Documento administrativo la Modificación aprobada y requerir al contratista para que proceda al reajuste de la garantía definitiva en el importe correspondiente al 5% del importe del incremento modificado con exclusión del IVA.

Tercero .- Notificar el presente acuerdo a la empresa CLECE S.A., y dar traslado del mismo a la Intervención Municipal y al Inspector de Servicios Municipal.

Cuarto.- Publicar este acuerdo de modificación del contrato en el perfil de contratante.

AREA 3: URBANISMO, OBRAS E INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS

AREA 3 A: URBANISMO

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AREA 3 A: URBANISMO

LICENCIAS

Acuerdo núm. 351.- Expediente e-Pac 7/2018/P33004.- Propuesta de aprobación de proyecto de ejecución y autorización del inicio de las obras de rehabilitación de edificio de dos viviendas unifamiliares en calle Judería Nueva, de Segovia.

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La Junta de Gobierno Local ha acordado:

Primero.- Aprobar el proyecto de ejecución, presentado por El Hidalgo, C.B., y autorizar el inicio de las obras de rehabilitación de dos casas en la calle Judería Nueva 14 y 16, Segovia; de acuerdo con el proyecto de ejecución redactado por Arquitecto, siempre que se observen los siguientes condicionantes:los siguientes condicionantes:

CONDICIONES PARTICULARES:

1.- Previo a la concesión de licencia de primer uso deberá justificarse el cumplimiento del artículo 29 de la Ley 5/2009 mediante la presentación de un informe de ensayo.

CONDICIONES GENERALES:

1ª.- Las que en materia de obras se establezcan con carácter general por vía legal o reglamentaria y, especialmente, las señaladas en la Ordenanza sobre Edificación y Uso del Suelo del Plan General de Ordenación Urbana de Segovia.

2ª.- La licencia se entenderá otorgada dejando a salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio 2ª.- La licencia se entenderá otorgada dejando a salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros.

3ª.- La presente licencia no ampara la ocupación de vía pública, el vallado de obra, la instalación de grúa o la colocación de andamios, de contenedores u otras instalaciones de obra, que, de ser necesarias conforme al artículo 209 del PGOU, habrán de solicitarse y autorizarse por separado.

4ª.- Las obras deberán ser iniciadas en el plazo máximo de un mes contado desde la notificación de la aprobación del proyecto de ejecución. Las actuaciones que garanticen la consolidación del inmueble deberán ser finalizadas en el plazo máximo de un año. El resto de actos de uso amparados por la licencia, deberá ser finalizado en el plazo de tres años.

En caso contrario, el Ayuntamiento, conforme al artículo 319 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, iniciará de oficio y de forma inmediata una orden de ejecución para obligar al propietario a cumplir con los deberes urbanísticos señalados en el Artículo 14, pudiendo proceder a la imposición de las multas coercitivas a las que se refiere el artículo 322.

5ª.- Deberá notificarse a este Ayuntamiento la fecha de inicio de las obras mediante escrito en el que se haga constar la identidad del promotor, los técnicos directores, así como de la empresa contratista, firmado por todos ellos.

6ª.- Durante todo el tiempo que dure la obra deberá disponer de una copia de la licencia de obras concedida y de un cartel informativo que debe atender a las siguientes reglas:

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obras concedida y de un cartel informativo que debe atender a las siguientes reglas:

“En cumplimiento del art. 300.2 del Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, se colocará en el acceso a las obras, junto a la entrada de la misma y en lugar perfectamente visible y legible desde la vía pública, un Cartel Informativo con el siguiente formato y especificaciones técnicas.

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(Pueden consultarse ejemplos gráficos en la Web Municipal www.segovia.es, apartado “Trámites y Gestiones”, subapartado “Urbanismo, Licencias Urbanísticas”, pulsando “Cartel Informativo de Licencias Urbanísticas”):

• Tamaño: 50x70cm2

• Tipografía: HELVETICA BLACK y AZUL PANTONE 646 con la distribución que se ve en el ejemplo adjunto. El título principal en tamaño de letra 92, el resto de la información en 50.

• Material: forex, dibond, cartón pluma, vinilo pegado a chapa rígida, etc.

• El cartel, además de la información que va sobre fondo blanco en letras azules y negras, lleva en la parte inferior, una franja de 7 cm de ancha, en color azul pantone 646, en donde aparece el escudo y las palabras Ayuntamiento de Segovia caladas en blanco.”.

7ª.- Sobre el Estudio de seguridad y salud en las obras presentado, su aprobación debe entenderse referida únicamente a las obras previstas en el mismo, sin que suponga pronunciamiento alguno sobre la idoneidad de las medidas de Seguridad e Higiene en él planteadas.planteadas.

El Plan de Seguridad que se elabore en desarrollo del Estudio deberá permanecer en la obra durante todo su transcurso y a disposición permanente de la Dirección Facultativa, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y los Técnicos de los órganos especializados en materia de seguridad y salud en las Administraciones públicas competentes.

El promotor de las obras estará vinculado al cumplimiento de las obligaciones que frente a las demás Administraciones competentes en esta materia se fijan en el Real Decreto 1627/1.997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción (B.O.E. de 25 de octubre).

8ª.- No podrá utilizarse la instalación en tanto no se obtenga la licencia de primera utilización 8ª.- No podrá utilizarse la instalación en tanto no se obtenga la licencia de primera utilización de la misma, que deberá ser solicitada acompañando certificados de final de obra y de liquidación final de obras, documentos expedidos por los facultativos de su dirección y visados por el Colegio Profesional correspondiente (Artículo 288. b) 3º del RUCYL).

Segundo.- El presupuesto de ejecución material a efectos de ICIO asciende a 306.795,21 €.

Tercero .- Notificar el presente acuerdo a las personas que tengan la condición de interesado, poniendo en su conocimiento que la presente resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma recurso de reposición con carácter potestativo ante la Junta de Gobierno Local en el plazo de un mes o bien, directamente, recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Segovia, en el plazo de dos meses a contar desde la notificación de esta resolución. En el

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Segovia, en el plazo de dos meses a contar desde la notificación de esta resolución. En el caso de interponerse recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, que se producirá si en el plazo de un mes si no hay notificación de su resolución, y todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse, en su caso, cualquier otra acción que se estime procedente.

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Acuerdo núm. 352.- Expediente e-Pac 32/2019/P33004.- Propuesta de concesión de licencia de obras para la intervención estructural en el inmueble sito en la calle Amapola, de Segovia.

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

Primero.- Conceder a la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS AMAPOLA, 3, licencia urbanística de obras para la intervención estructural en el inmueble sito en la Calle Amapola, número 3, en Segovia; según el “Proyecto Básico y de Ejecución para Refuerzo de Pilastras. Calle Amapola, 3. Segovia”, redactado por arquitecto y la documentación complementaria presentada; siempre que se observen los siguientes condicionantes:

CONDICIONES GENERALES:

1ª.- Las que en materia de obras se establezcan con carácter general por vía legal o reglamentaria y, especialmente, las señaladas en la Ordenanza sobre Edificación y Uso del Suelo del Plan General de Ordenación Urbana de Segovia.

2ª.- La licencia se entenderá otorgada salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de 2ª.- La licencia se entenderá otorgada salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de terceros.

3ª.- La presente licencia no ampara la ocupación de vía pública, el vallado de obra, la instalación de grúa o la colocación de andamios, de contenedores u otras instalaciones de obra, que, de ser necesarias conforme al artículo 209 del PGOU, habrán de solicitarse y autorizarse por separado.

4ª.- Las obras deberán ser iniciadas en el plazo máximo de seis meses contados desde la notificación de la concesión de la presente licencia, no podrán ser interrumpidas por período superior a doce meses y deberán ser finalizadas en el plazo máximo de treinta y seis meses, todo ello sin perjuicio de la eventual concesión de la prórroga de acuerdo a lo dispuesto con carácter general en el artículo 303 del RUCYL.carácter general en el artículo 303 del RUCYL.

En caso de incumplimiento de estos plazos, incluidas sus posibles prórrogas, entrará en concurrencia la caducidad regulada en el artículo 305 del RUCYL.

5ª.- Deberá notificarse a este Ayuntamiento la fecha de inicio de las obras mediante escrito en el que se haga constar la identidad del promotor, los técnicos directores, así como de la empresa contratista, firmado por todos ellos.

6ª.- Durante todo el tiempo que dure la obra deberá disponer de una copia de la licencia de obras concedida y de un cartel informativo que debe atender a las siguientes reglas:

“En cumplimiento del art. 300.2 del Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba

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“En cumplimiento del art. 300.2 del Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, se colocará en el acceso a las obras, junto a la entrada de la misma y en lugar perfectamente visible y legible desde la vía pública, un Cartel Informativo con el siguiente formato y especificaciones técnicas.

(Pueden consultarse ejemplos gráficos en la Web Municipal www.segovia.es, apartado “Trámites y Gestiones”, subapartado “Urbanismo, Licencias Urbanísticas”, pulsando “Cartel Informativo de Licencias Urbanísticas”):

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• Tamaño: 50x70cm2

• Tipografía: HELVETICA BLACK y AZUL PANTONE 646 con la distribución que se ve en el ejemplo adjunto. El título principal en tamaño de letra 92, el resto de la información en 50.

• Material: forex, dibond, cartón pluma, vinilo pegado a chapa rígida, etc.

• El cartel, además de la información que va sobre fondo blanco en letras azules y negras, lleva en la parte inferior, una franja de 7 cm de ancha, en color azul pantone 646, en donde aparece el escudo y las palabras Ayuntamiento de Segovia caladas en blanco.”.

7ª.- Sobre el Estudio de seguridad y salud en las obras presentado, su aprobación debe entenderse referida únicamente a las obras previstas en el mismo, sin que suponga pronunciamiento alguno sobre la idoneidad de las medidas de Seguridad e Higiene en él planteadas.

El Plan de Seguridad que se elabore en desarrollo del Estudio deberá permanecer en la obra durante todo su transcurso y a disposición permanente de la Dirección Facultativa, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y los Técnicos de los órganos especializados en Inspección de Trabajo y Seguridad Social y los Técnicos de los órganos especializados en materia de seguridad y salud en las Administraciones públicas competentes.

El promotor de las obras estará vinculado al cumplimiento de las obligaciones que frente a las demás Administraciones competentes en esta materia se fijan en el Real Decreto 1627/1.997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción (B.O.E. de 25 de octubre).

8ª.- No podrá utilizarse la instalación en tanto no se obtenga la licencia de primera utilización de la misma, que deberá ser solicitada acompañando certificados de final de obra y de liquidación final de obras, documentos expedidos por los facultativos de su dirección y visado por el Colegio Profesional correspondiente (Artículo 288. b) 3º del RUCYL).

Segundo.- Esta obra está sujeta al Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (I.C.I.O.) de conformidad con lo dispuesto en los artículos 100 a 103 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo B.O.E. num. 59 de 9 de Marzo).

La declaración e ingreso del impuesto deberá realizarse mediante autoliquidación dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación expresa de la concesión de la licencia.

Con los datos consignados en la instancia, el Ayuntamiento va a confeccionar la liquidación provisional del Impuesto. Estas liquidaciones podrán recogerse en la oficina de Atención al Público de los Servicios de Gestión Tributaria y Recaudatoria (Plaza Mayor, nº 1 de

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Público de los Servicios de Gestión Tributaria y Recaudatoria (Plaza Mayor, nº 1 de Segovia), a partir de los quince días siguientes de la concesión expresa o tácita de la licencia. En caso de no recogerse, se remitirá por correo ordinario un borrador de autoliquidación provisional, que una vez firmada por el interesado, podrá efectuar el ingreso en cualquier entidad bancaria.

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El ingreso inicial tendrá carácter provisional a resultas de la finalización de la construcción, instalación u obra, siendo la base imponible la cuantía a que ascienda el presupuesto de ejecución material del proyecto técnico de la construcción. Si una vez finalizadas las obras resultase una cuota tributaria menor o mayor a la ingresada, el sujeto pasivo podrá solicitar, en el primer caso, la devolución de la diferencia ingresada en exceso y, en el segundo caso, ingresar la cuota diferencial resultante, a cuyo efecto deberá presentar en el plazo de un ingresar la cuota diferencial resultante, a cuyo efecto deberá presentar en el plazo de un mes siguiente a la fecha de finalización de la construcción, instalación u obras, una declaración tributaria, según modelo establecido al efecto, conteniendo todos los datos y elementos necesarios para realizar la liquidación definitiva de las mismas.

A efectos de liquidación de ICIO, el presupuesto de ejecución material asciende a la cantidad de 22.607,31 Euros, incluyendo un capítulo destinado a Seguridad y Salud de 450,00 Euros.

Tercero .- Notificar el presente acuerdo a las personas que tengan la condición de interesado, poniendo en su conocimiento que la presente resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma recurso de reposición con carácter potestativo ante la Junta de Gobierno Local en el plazo de un mes o bien, directamente, potestativo ante la Junta de Gobierno Local en el plazo de un mes o bien, directamente, recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Segovia, en el plazo de dos meses a contar desde la notificación de esta resolución. En el caso de interponerse recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, que se producirá si en el plazo de un mes si no hay notificación de su resolución, y todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse, en su caso, cualquier otra acción que se estime procedente.

Acuerdo núm. 353.- Expediente e-Pac 15/2019/P33004.- Propuesta de concesión de licencia de primera ocupación para vivienda sita en la calle las Nieves, c/v a la calle de la Vihuela, de Segovia.

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

Primera.- Conceder licencia de primera ocupación de vivienda sita en Calle de las Nieves c/v calle de la Vihuela, de Segovia.

Segunda.- Remitir el acuerdo a la Sección Municipal de Tributos, debiendo destacar en lo que a la liquidación del I.C.I.O. se refiere lo siguiente:

A efectos de liquidación del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO), el presupuesto final de ejecución material asciende a la cantidad de 18.800,00 €, de los que corresponde a Seguridad y Salud 116,17 € y a Control de Calidad 126,92 €.

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Tercera .- Notificar el presente acuerdo a las personas que tengan la condición de interesado, poniendo en su conocimiento que la presente resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma recurso de reposición con carácter potestativo ante la Junta de Gobierno Local en el plazo de un mes o bien, directamente, recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Segovia, en el plazo de dos meses a contar desde la notificación de esta resolución. En el

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caso de interponerse recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, que se producirá si en el plazo de un mes si no hay notificación de su resolución, y todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse, en su caso, cualquier otra acción que se estime procedente.

DISCIPLINA

Acuerdo núm. 354.- Expediente Pac 1776/2015.- Propuesta de levantamiento formal de paralización de obras y concesión de autorización de uso excepcional en suelo rústico, así como licencia de obras con proyecto básico para legalización de obras ejecutadas (cuerpos adosados C1, C2 y C3) y adaptación de edificio existente para Hotel Rural con 6 habitaciones dobles, sito en parcelas 1 del Polígono 559 y diseminada 89, Fuentemilanos, Segovia; dentro del procedimiento incoado de restauración de la legalidad con objeto de restaurar la legalidad urbanística restringida.

La Junta de Gobierno Local ha acordado:La Junta de Gobierno Local ha acordado:

Primero.- Levantar formalmente la paralización de las obras ordenada por Decreto de la Alcaldía-Presidencia de 2 de diciembre de 2015; tildando el levantamiento de “formal” dado que, como consta en el expediente, se incumplió la orden de paralización y se concluyeron las obras objeto de la misma.

Segundo.- Conceder autorización de uso excepcional en suelo rústico, así como licencia de obras con proyecto básico a Finca Tajuña, S.L. , para la legalización de obras ejecutadas (cuerpos adosados C1, C2 y C3) y adaptación de edificio existente para Hotel rural con 6 habitaciones dobles, sito en parcelas 1 del polígono 559 y diseminada 89, Fuentemilanos, Segovia (habiéndose concedido licencia de agrupación de las citadas parcelas por Acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 30 de noviembre de 2018), ello con objeto de restaurar de Junta de Gobierno Local de fecha 30 de noviembre de 2018), ello con objeto de restaurar la legalidad urbanística infringida con respecto al Procedimiento incoado de Restauración de la Legalidad. Todo ello con sujeción a las siguientes condiciones:

+ CONDICIONES PARTICULARES:

1ª.- Se deberá inscribir en el Registro de Propiedad la vinculación del terreno al uso excepcional autorizado en suelo rústico (parcela de 60.515 m2 resultante de la agrupación de las parcelas 1 del Polígono 559 - y superficie de 36.406 m2-, y Diseminada 89 y superficie de 24.109 m2), debiendo presentar, en el plazo de UN MES, documento acreditativo de dicha inscripción (artículo 308.1 c) del RUCyL).

2ª.- Lo señalado en el informe de 3 de octubre de 2018 emitido por la Ingeniera Técnico

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2ª.- Lo señalado en el informe de 3 de octubre de 2018 emitido por la Ingeniera Técnico municipal, en el siguiente sentido:

“(…) el proyecto de ejecución… deberá incluir el desarrollo de la normativa que le resulte de aplicación, entre otras:

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• Justificación de la existencia de alojamientos accesibles según DB SUA 9 y Decreto 217/2001, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Accesibilidad y Supresión de Barreras

• Justificación del DB HE del CTE.

•• Justificación de la no superación de los valores límite de niveles sonoros producidos por emisores acústicos ANEXO I, Ley 5/2009, de 4 junio, del Ruido de Castilla y León.

Se recuerda que a la vista de los planos aportados, en cumplimiento del PGOU de Segovia, las salidas de la ventilación de las diferentes estancias que sean conducidas deben ir a cubierta.”

3ª.- Se deberá presentar en el plazo de TRES MESES Proyecto de Ejecución ajustado a la normativa urbanística y demás normativa de aplicación, y que desarrolle el Proyecto Básico previamente autorizado, ello con objeto de restaurar la legalidad urbanística infringida.

Significándole que este Acuerdo lo es dentro de un Procedimiento de Restauración de la Legalidad Urbanística, por lo que, en caso de incumplimiento del plazo señalado, procedería Legalidad Urbanística, por lo que, en caso de incumplimiento del plazo señalado, procedería la imposición de multas coercitivas por el importe señalado en las distintas Resoluciones y requerimientos de este expediente, ya notificados a la propiedad.

+ CONDICIONES GENERALES:

1ª.- Las que en materia de obras se establezcan con carácter general por vía legal o reglamentaria y, especialmente, las señaladas en la Ordenanza sobre Edificación y Uso del Suelo del Plan General de Ordenación Urbana de Segovia.

2ª.- La licencia se entenderá otorgada salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de terceros.

3ª.- No podrá iniciarse obra alguna hasta que no sea aprobado el correspondiente Proyecto de ejecución, que deberá ser presentado ante el Registro General de este Ayuntamiento, como se ha indicado en las condiciones particulares, en el plazo máximo de TRES MESES a contar desde la notificación de la concesión de la licencia de obras con proyecto básico.

+ Esta obra está sujeta al Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras de conformidad con lo dispuesto en los artículos 100 a 103 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo B.O.E. núm. 59 de 9 de Marzo).

También está sujeta esta licencia al pago de la Tasa por Licencias Urbanísticas, de conformidad con lo dispuesto en las Ordenanzas Fiscales vigentes.

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conformidad con lo dispuesto en las Ordenanzas Fiscales vigentes.

La declaración e ingreso del impuesto y de la tasa, en su caso, deberán realizarse mediante autoliquidación dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación expresa de la concesión de la licencia.

Con los datos consignados en la instancia, el Ayuntamiento va a confeccionar la liquidación provisional de la Tasa y del Impuesto. Estas liquidaciones podrán recogerse en la oficina de

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Atención al Público de los Servicios de Gestión Tributaria y Recaudatoria (Plaza Mayor, nº 1 de Segovia), a partir de los quince días siguientes de la concesión expresa o tácita de la licencia. En caso de no recogerse, se remitirá por correo ordinario un borrador de autoliquidación provisional, que una vez firmada por el interesado, podrá efectuar el ingreso en cualquier entidad bancaria.

El ingreso inicial tendrá carácter provisional a resultas de la finalización de la construcción, instalación u obra, siendo la base imponible la cuantía a que ascienda el presupuesto de ejecución material del proyecto técnico de la construcción. Si una vez finalizadas las obras resultase una cuota tributaria menor o mayor a la ingresada, el sujeto pasivo podrá solicitar, en el primer caso, la devolución de la diferencia ingresada en exceso y, en el segundo caso, ingresar la cuota diferencial resultante, a cuyo efecto deberá presentar en el plazo de un mes siguiente a la fecha de finalización de la construcción, instalación u obras, una declaración tributaria, según modelo establecido al efecto, conteniendo todos los datos y elementos necesarios para realizar la liquidación definitiva de las mismas.

En el supuesto de renuncia, desistimiento o caducidad de la licencia, el sujeto pasivo podrá solicitar la devolución de la cantidad ingresada.solicitar la devolución de la cantidad ingresada.

Tercero .- Que se dé traslado del presente Acuerdo al Servicio de Gestión Tributaria, teniéndose en cuenta que el presupuesto de ejecución material asciende a la cantidad de 72.704,44 euros (855,34 € corresponden al capítulo de Seguridad y Salud, y 855,35 € corresponden al capítulo de Plan de Calidad), lo que se comunica a efectos de liquidación del ICIO.

Cuarto.- Que se dé traslado del presente Acuerdo a la Comisión Territorial de Medi o Ambiente y Urbanismo (artículo 307.4 a) del RUCyL).

Quinto.- Que se dé traslado del presente Acuerdo al Servicio Territorial de Cultura de la Junta de Castilla y León, Sección de Turismo, para su conocimiento.Junta de Castilla y León, Sección de Turismo, para su conocimiento.

AREA 3 B: OBRAS E INFRAESTRUCTURAS

VIAS Y OBRAS: VIAS Y OBRAS, AGUA, ALUMBRADO, MANTENIMIENTO Y EDIFICIOS MUNICIPALES

Acuerdo núm. 355.- Expediente e-Pac 1035/2019/PG1000.- Propuesta de aprobación de “Memoria valorada de instalación de Línea de Vida, reparación de lucernario y repaso de cubierta en el frontón de la Ciudad Deportiva de la Albuera”.

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

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Primero.- Aprobar la “Memoria valorada de Instalación de Línea de Vida, reparación de lucernario y repaso de cubierta en el frontón de la Ciudad deportiva de La Albuera”, redactada por el Arquitecto Técnico Municipal, con un presupuesto total de VEINTISÉIS MIL DIECISÉIS EUROS Y CUARENTA CÉNTIMOS (26.016,40 €) I.V.A. incluido.

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Segundo.- Cumplimentado el procedimiento de contratación deberá notificarse a la empresa adjudicataria de las obras la presente resolución.

Tercero .- Notificar el presente acuerdo a las personas que tengan la condición de interesado, poniendo en su conocimiento que la presente resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma recurso de reposición con carácter administrativa, pudiendo interponerse contra la misma recurso de reposición con carácter potestativo ante la Junta de Gobierno Local en el plazo de un mes o bien, directamente, recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Segovia, en el plazo de dos meses a contar desde la notificación de esta resolución. En el caso de interponerse recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, que se producirá si en el plazo de un mes si no hay notificación de su resolución, y todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse, en su caso, cualquier otra acción que se estime procedente.

Acuerdo núm. 356.- Expediente e-Pac 163/2019/PG1000.- Propuesta de aprobación de certificación final de obra y aprobación del pago de la factura correspondiente a las obras de renovación de la red de abastecimiento de agua correspondiente a las obras de renovación de la red de abastecimiento de agua en la calle los Almendros, Segovia.

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

Primero.- Aprobar la certificación final de la obra Proyecto nº 1 de renovación de redes de abastecimiento y saneamiento en varias calles de la ciudad de Segovia, Año 2018, Lote 3 Calle los Almendros, por importe de 17.117,93 €.

Segundo.- Aprobar el pago de la cantidad de DIECISIETE MIL CIENTO DIECISIETE EUROS Y NOVENTA Y TRES CÉNTIMOS (17.117,93 €) a la empresa OPYSER URBANIZACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS, S.L.

Tercero .- Remitir el Expediente a Intervención General Municipal para la ejecución del presente Acuerdo, con el ruego de que una vez finalizada la tramitación correspondiente se proceda a su devolución.

Acuerdo núm. 357.- Expediente PAC 1395/2016.- Propuesta de aprobación de certificación final de obra y aprobación del pago de la factura correspondiente al Modificado núm. 1 del Proyecto de Urbanización Integral de la calle San Juan de Segovia.

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

Primero.- Aprobar la certificación final del Modificado nº 1 del Proyecto de Urbanización Integral de la Calle San Juan de Segovia, por importe de SESENTA MIL TRESCIENTOS

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Integral de la Calle San Juan de Segovia, por importe de SESENTA MIL TRESCIENTOS EUROS Y TREINTA Y SIETE CÉNTIMOS (60.300,37 €).

Segundo.- Aprobar el pago de la cantidad de SESENTA MIL TRESCIENTOS EUROS Y TREINTA Y SIETE CÉNTIMOS (60.300,37 €) a la empresa VIALES PADASILMA DE CASTILLA, S.L.

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Tercero .- Remitir el Expediente a Intervención General Municipal para la ejecución del presente Acuerdo, con el ruego de que una vez finalizada la tramitación correspondiente se proceda a su devolución.

SERVICIOS SOCIALES, SANIDAD Y CONSUMO

Acuerdo núm. 358.- Expediente e-Pac 1019/2019/PG1000.- Propuesta de Acuerdo núm. 358.- Expediente e-Pac 1019/2019/PG1000.- Propuesta de autorización del gasto y abono de la factura emitida por la Federación Española de Municipios y Provincias correspondiente a la cuota anual de Asociado a la Red de Ciudades Saludables 2019.

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

Primero.- Autorizar el gasto en concepto de cuota anual de asociado a la Red de Ciudades Saludables, 2019, a favor de la Federación Española de Municipios y provincias, por importe de DOS MIL EUROS (2.000,00 €.) con cargo a la aplicación presupuestaria 23101.48304 del vigente presupuesto municipal,

Segundo.- Aprobar el abono de la cuota anual en concepto de Adhesión a la Red de Segundo.- Aprobar el abono de la cuota anual en concepto de Adhesión a la Red de Ciudades Saludables, por importe de 2.000,00 €, del ejercicio 2019 y pago mediante transferencia bancaria cuyo concepto será “Cuota Ciudades Saludables 2019 del Ayuntamiento de Segovia”

CULTURA

Acuerdo núm. 359.- Expediente e-Pac 539/2019/P1000.- Propuesta relativa a la aprobación de un convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Segovia y la Asociación Cultural Escuela de Dulzaina para el ejercicio 2019.

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

Primero.- Aprobar el Convenio de Colaboración a suscribir entre este Ayuntamiento y la Asociación Cultural Escuela de Dulzaina de Segovia para el ejercicio 2019, en los siguientes términos:

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENT O DE SEGOVIA Y LA ASOCIACIÓN CULTURAL ESCUELA DE DULZAINA DE SEGOVIA, EJERCICIO 2019

En Segovia, a ____ de de 2019.

DE UNA PARTE, la Ilma. Sra. DOÑA , mayor de edad, provista de D.N.I. , en calidad de ALCALDESA-PRESIDENTA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA, actuando en nombre y representación del mismo, facultado para la firma de este Convenio por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha ______________ de 2019.

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por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha ______________ de 2019.

DE OTRA PARTE, DON mayor de edad, con D.N.I. nº , en calidad de Presidente de la ASOCIACIÓN CULTURAL ESCUELA DE DULZAINA DE SEGOVIA, con C.I.F.: y sede social en la Plaza de la Merced, 7, bajo 40003 (Segovia), actuando en nombre y representación de la misma.

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Ambas partes se reconocen recíprocamente la capacidad legal necesaria para obligarse en derecho y otorgar el presente protocolo de colaboración, a cuyo efecto,

EXPONEN

Que el EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA, de conformidad con el a rt. 25.2 m) de la Ley 7/85 de 2 de abril, ostenta entre sus competencias la promoción y desarrollo de las actividades culturales, debiendo prestar cuantos servicios contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones culturales de la Comunidad.

Asimismo, el Ayuntamiento de Segovia tiene entre sus fines fundacionales el fomento de actividades realizadas con la cultura, así como la colaboración y cooperación con instituciones, asociaciones o entidades que contribuyan a la mejor realización de sus fines, teniendo dentro de sus objetivos la participación en actividades que resalten los valores patrimoniales y la riqueza cultural de la Ciudad de Segovia.

Que la ASOCIACIÓN CULTURAL ESCUELA DE DULZAINA DE SEGOVIA realiza actividades de enseñanza de dulzaina y de los instrumentos de percusión acompañantes, especialmente la caja redoblante o tamboril, con la finalidad de recuperar las formas de expresión tradicionales y desarrollar las existentes en la actualidad.

Los fines y objetivos de esta Asociación, son:

1.- Promover el estudio y aprendizaje de los instrumentos tradicionales más representativos de la comunidad como son la dulzaina y el tamboril, así como el estudio y difusión de las melodías tradicionales y el conocimiento del legado de los dulzaineros antiguos.

2.- Promover y realizar actividades de tipo cultural, artístico y recreativo que contribuyan a la formación y desarrollo de la personalidad, así como a la satisfacción de aficiones formativas.

3.- Organizar actividades culturales y recreativas que contribuyan en el tiempo libre al 3.- Organizar actividades culturales y recreativas que contribuyan en el tiempo libre al fomento de las relaciones humanas.

Esta Asociación fue creada en octubre de 2016 por los miembros de la antigua Asociación para la Promoción de la Cultura y la Música Tradicional de Segovia, con el fin de actualizar la denominación de dicha entidad, ajustándola a su actividad principal.

En virtud de lo expuesto y viendo la solicitud formulada por la A.C. Escuela de Dulzaina de Segovia demandado apoyo y colaboración al Ayuntamiento de Segovia en el desarrollo de su actividad formativa y cultural, ambas partes, de común acuerdo,

CONVIENEN

PRIMERO.- OBJETO DEL CONVENIO

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PRIMERO.- OBJETO DEL CONVENIO

Es Objeto de este Convenio regular los mecanismos colaboración y apoyo que el Ayuntamiento de Segovia ofrece a la A.C. Escuela de Dulzaina de Segovia para el desarrollo de las actividades formativas y culturales que se llevan a cabo en el seno de la Escuela durante el ejercicio 2019.

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SEGUNDA.- OBLIGACIONES A.C. ESCUELA DE DULZAINA DE SEGOVIA

La A.C. Escuela de Dulzaina de Segovia, promotora de las iniciativas a las que se refiere este Convenio, tiene plena capacidad de obrar y goza de total autonomía para la organización y desarrollo de su actividad formativa y asume todos los gastos derivados de la misma.misma.

La A.C. Escuela de Dulzaina de Segovia deberá justificar adecuadamente la subvención concedida por el Ayuntamiento de Segovia en el plazo y la forma establecida en este Convenio.

La A.C. Escuela de Dulzaina de Segovia se compromete a incluir en todos los soportes de comunicación, elementos publicitarios y de difusión que se editen sobre las actividades subvencionadas la leyenda “Actividad subvencionada por el Ayuntamiento de Segovia”, debiendo incluir siempre los logotipos del Ayuntamiento de Segovia y de Segovia Cultura Habitada.

La Asociación Cultural Escuela de Dulzaina de Segovia participará en las programaciones culturales de calle organizadas por la Concejalía de Cultura de la ciudad de Segovia. Esta colaboración consistirá en la realización de distintas actuaciones musicales dentro del Programa de Carnaval, Ferias y Fiestas o Noche de Luna Llena.

Cualquier modificación producida en la ejecución de las actividades previstas, deberá ser comunicada al Ayuntamiento tan pronto como sea conocida por la Asociación.

TERCERO.- OBLIGACIONES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE S EGOVIA

El Ayuntamiento de Segovia colabora económicamente con la Asociación Cultural Escuela de Dulzaina de Segovia, mediante la concesión de una subvención económica por importe de SEIS MIL DIEZ EUROS (6.010,00.- €), con cargo a la aplicación presupuestaria municipal, 33403 48301, como contribución a los gastos derivados de la ejecución del objeto municipal, 33403 48301, como contribución a los gastos derivados de la ejecución del objeto del presente convenio.

Esta subvención deberá utilizarse para financiar los gastos generales derivados de la organización y desarrollo de la actividad formativa y cultural de la Asociación. En concreto, son gastos subvencionables los relacionados directamente con dicha actividad: retribuciones de profesores que imparten las clases de dulzaina en la Escuela, gastos de imprenta y publicidad, seguros para actividades.

No serán subvencionados los gastos de protocolo, representación, suntuarios, inversión, infraestructura, así como comidas, invitaciones, y aquellos que no se consideren realmente inherentes a la calificación de actividad cultural.

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Quedan también expresamente excluidas del ámbito de este Convenio la adquisición de bienes muebles e inmuebles y la realización de obras.

CUARTO.- ABONO DE LA SUBVENCIÓN

El abono de la subvención que en este acto se concede se realizará de la siguiente forma:

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A petición de la Asociación Cultural Escuela de Dulzaina de Segovia se concederá un anticipo del 60% del importe total subvencionado, esto es 3.606,00.- Euros.

El 40% del importe restante de la subvención (2.404,00.- Euros) se librará cuando la Asociación Cultural Escuela de Dulzaina de Segovia haya justificado adecuadamente el 100% del importe de la subvención concedida.100% del importe de la subvención concedida.

Es requisito, para percibir la colaboración económica del Ayuntamiento de Segovia, que la Asociación Cultural Escuela de Dulzaina de Segovia no tenga pendiente de reintegro o justificación, fuera de los plazos establecidos, otras subvenciones concedidas por el Ayuntamiento o sus organismos autónomos, lo cual deberá acreditar en la solicitud a través de Declaración responsable.

La entidad subvencionada vendrá obligada a devolver las cantidades no gastadas por cualquier circunstancia imprevista, no justificadas en los plazos establecidos o destinada a fines no previstos en este Convenio, sin previo requerimiento de este Ayuntamiento, ya que en caso contrario se promoverá la acción ejecutiva establecida en el Reglamento General de Recaudación, quedando el beneficiario sujeto al régimen de infracciones y sanciones Recaudación, quedando el beneficiario sujeto al régimen de infracciones y sanciones previsto en las Bases de Ejecución del vigente Presupuesto General Municipal, en lo relativo al reconocimiento y pago de subvenciones; R.D. Legislativo 2/2.004, de 5 de Marzo, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, Ley 38/2.003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones, el R.D. 887/2006, de 21 de julio, aprobatorio del Reglamento de la Ley General de Subvenciones (artº. 69 y ss.) y la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

QUINTO.- JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN

De conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (artº 30 y ss.) y el R.D. 887/2006, de 21 de julio, aprobatorio del Reglamento de la citada Ley (artº 69 y ss.), la Asociación Cultural Escuela de Dulzaina de Segovia deberá justificar el 100% de y ss.), la Asociación Cultural Escuela de Dulzaina de Segovia deberá justificar el 100% de los fondos percibidos ante el órgano que haya tramitado el presente Convenio, (Concejalía de Cultura) presentando la siguiente CUENTA JUSTIFICATIVA DEL GASTO, que consta de los siguientes apartados:

MEMORIA DE ACTUACIONES.-

Memoria de la actividad objeto del presente Convenio. Deberá detallarse relación de las actividades realizadas, fechas de desarrollo, destinatarios, resultados obtenidos….

MEMORIA ECONÓMICA.-

1- Declaración del TOTAL DE GASTOS que se han producido con motivo de la organización y desarrollo de la actividad subvencionada, objeto de este Convenio. (Hay que relacionar

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y desarrollo de la actividad subvencionada, objeto de este Convenio. (Hay que relacionar todos los gastos, no solo los correspondientes a la subvención otorgada en virtud de este Convenio).

Para identificar los gastos se detallarán: proveedor, fecha y número de factura, importe de la misma y fecha de pago.

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GASTOS TOTALES DE LA ACTIVIDAD SUBVENC IONADA

ACTIVIDAD PROVEEDOR FECHA/NUMERO

FACTURA

IMPORTE FECHA PAGO

TOTAL GASTOS

2.- Declaración de TODOS LOS INGRESOS O RECURSOS con los que se ha contado para financiar los gastos que se han especificado más arriba.

En todo caso deberá acreditarse procedencia de los ingresos (elegir de las opciones que se reflejan en la tabla las que corresponda), importe y actividad concreta a la que se han aplicado tales fondos.

TOTAL INGRESOS / RECURSOS

PROCEDENCIA IMPORTE ACTIVIDAD

Subvención del Ayuntamiento de Segovia (Cultura)

Subvenciones de otras Administraciones Públicas (indicar que administración o administraciones)

Otras ayudas recibidas de entidades particulares

Recursos y fondos propios de la Entidad

Otro tipo de ingresos (especificar cuales)

TOTAL INGRESOS

3.- Presentación de FACTURAS u otros DOCUMENTOS JUSTIFICANTES DE GASTO, por el importe correspondiente a la subvención concedida a través de este Convenio.

Serán válidas para justificar la subvención las facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, que se presentarán en original o copias compulsadas y siempre emitidas a nombre de la entidad beneficiaria.

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beneficiaria.

Los justificantes originales que se utilicen para justificar la subvención concedida deberán marcarse previamente con un sello o nota firmada por el representante de la entidad, indicando que dicha factura/documento ha sido subvencionada por el Ayuntamiento de Segovia y si el importe del justificante se imputa total o parcialmente a la subvención. En este último caso se indicará además la cuantía exacta que resulte afectada por la subvención.

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4.- En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto determinado, se indicará en la Justificación la DESVIACION DE PRESUPUESTO acaecida.

DESVIACIÓN DE PRESUPUESTO

ACTIVIDAD PRESUPUESTO GASTO DESVIACION

ESTIMADO

INICIALMENTE

REAL REALIZADO

TOTALES TOTALES

5.- En el caso de no haber destinado la subvención para los fines para los que se concedió, se presentará Carta de Pago de reintegro de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados de los mismos.

6.- Declaración responsable de estar al corriente de pago de las obligaciones derivadas de la Seguridad Social, Agencia Estatal de la Administración Tributaria y Ayuntamiento de Segovia.

7.- Declaración responsable de No tener pendiente de reintegro o justificación, fuera de los plazos establecidos, otras subvenciones concedidas por el Ayuntamiento o sus organismos plazos establecidos, otras subvenciones concedidas por el Ayuntamiento o sus organismos autónomos.

SEXTO.- FORMA Y PLAZO DE JUSTIFICACIÓN

La Asociación Cultural Escuela de Dulzaina de Segovia, debe presentar la documentación señalada en el apartado anterior antes del 15 de octubre de 2019.

La documentación se presentará a través de Registro Electrónico del Ayuntamiento de Segovia, en la sede electrónica (https://sede.segovia.es), si bien, las facturas deberán presentarse a través del Registro General del Ayuntamiento de Segovia.

En el caso de que la entidad subvencionada no justifique la ayuda concedida en el plazo indicado, el Ayuntamiento le requerirá por escrito la presentación de la documentación

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indicado, el Ayuntamiento le requerirá por escrito la presentación de la documentación justificativa. De no recibir la justificación en plazo establecido, este Convenio podrá quedar sin efecto y la asociación vendrá obligada a devolver las cantidades recibidas.

SEPTIMO.- INDEPENDENCIA DE LAS PARTES

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La firma de este Convenio respeta el carácter independiente de ambas instituciones firmantes y no restringe las posibles colaboraciones de dichas instituciones con otros organismos, instituciones o entidades privadas.

OCTAVO. - COMPATIBILIDAD DE LA SUBVENCIÓN.

Esta subvención es compatible con otras ayudas económicas otorgadas para la misma finalidad por cualesquier otra Administración Pública o Entidad Privada, si bien el importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.

El beneficiario tiene la obligación de comunicar a la Administración municipal, en su caso, la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualquier otra Administración o Ente público o privado.

NOVENO.- CONTROL Y SEGUIMIENTO

El Ayuntamiento de Segovia, podrá comprobar por los medios que estime oportunos la El Ayuntamiento de Segovia, podrá comprobar por los medios que estime oportunos la satisfactoria realización de las actividades subvencionadas, y si, tras las actuaciones de verificación resultare que las cantidades otorgadas no fueron destinadas a los fines para los que se hubieran concedido, la Corporación podrá exigir el reintegro de su importe.

DECIMO.- VIGENCIA Y EXTINCIÓN

Tal y como dispone la clausula décima del presente Convenio, éste tendrá validez desde su firma y permanecerá vigente hasta el 15 de octubre de 2019 y en todo caso hasta la finalización y cumplimiento efectivo de las obligaciones asumidas por las partes en virtud del presente documento.

UNDÉCIMO.- INTERPRETACIÓN DEL PRESENTE CONVENIOUNDÉCIMO.- INTERPRETACIÓN DEL PRESENTE CONVENIO

El Ayuntamiento de Segovia se reserva la facultad de interpretar el presente Convenio, y resolverá las dudas que ofrezca su cumplimiento. Asimismo fiscalizará por los medios que estime oportunos el cumplimiento de lo estipulado en el presente Convenio.

En lo no previsto en las presentes cláusulas serán de aplicación las Bases de Ejecución del vigente Presupuesto General Municipal, en lo relativo al reconocimiento y pago de subvenciones; R.D. Legislativo 2/2.004, de 5 de Marzo, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, Ley 38/2.003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones; Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

DUODÉCIMO.- DENUNCIA DEL CONVENIO

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DUODÉCIMO.- DENUNCIA DEL CONVENIO

El incumplimiento de las cláusulas del presente convenio por cualquiera de las partes firmantes, podrá dar lugar a la denuncia del mismo.

Para los casos de incumplimiento de alguna de sus cláusulas, disconformidad con la interpretación dada a las mismas por el Ayuntamiento de Segovia o resolución de lo

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convenido, las partes se someten a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa competente en la ciudad de Segovia y Castilla y León.

Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio, por triplicado en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento, la Ilma. Sra. Alcaldesa de Segovia y el Presidente de la Asociación Cultural Escuela de Dulzaina de Segovia Asociación Cultural Escuela de Dulzaina de Segovia

Segundo.- Habilitar a la Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Segovia, o Concejal en quien delegue, para suscribir el Convenio de colaboración en nombre del Ayuntamiento con la Asociación Cultural Escuela de Dulzaina de Segovia, así como para suscribir todos los demás actos y trámites administrativos que se deriven en el marco del convenio.

Tercero .- Aprobar un gasto de SEIS MIL DIEZ EUROS (6.010,00.- €), con cargo a la aplicación presupuestaria municipal, 33403 48301, en concepto de subvención económica otorgada a la Asociación Cultural Escuela de Dulzaina de Segovia.

Cuarto.- Conceder y abonar un anticipo del 60% de la subvención económica aprobada, por importe de TRES MIL SEISCIENTOS SEIS EUROS (3.606,00.- €) y una vez justificado el 100% de la misma de conformidad y con estricta sujeción a las estipulaciones previstas en el Convenio, se librará el 40% restante: DOS MIL CUATROCIENTOS CUATRO EUROS (2.404,00.- Euros).

Quinto.- La justificación y abono de las ayudas que en este acto se conceden, se realizará con estricta sujeción al clausulado del Convenio que se aprueba, y supletoriamente por aplicación de la normativa de justificación y pago de subvenciones previstas en las Bases de Ejecución del Presupuesto 2019 y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Sexto.- Una vez formalizado el Convenio se hará entrega de la documentación correspondiente en la Secretaria General del Ayuntamiento a los efectos de su inscripción en el Registro de Convenios, contratos, pólizas y otros documentos públicos de similares características.

Séptimo.- Notificar este acuerdo a los afectados y a cuantos interesados hayan comparecido en el expediente.

Octavo.- Se dé traslado a la Sección de Cultura.

PATRIMONIO HISTÓRICO Y TURISMO

Acuerdo núm. 360.- Expediente e-Pac 1023/2019/PG1000.- Propuesta de aprobación del acuerdo de colaboración entre el Ayuntamiento de Segovia, Gestión y Calidad Turística Ciudad de Segovia S.A.U. y Renfe Viajeros Sociedad

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Gestión y Calidad Turística Ciudad de Segovia S.A.U. y Renfe Viajeros Sociedad Mercantil Estatal, S.A. para la organización y puesta en valor del Tren de Antonio Machado como experiencia turística en Segovia.

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

Primero.- Aprobación de la realización de la actuación que se concreta en el Acuerdo de Colaboración a suscribir entre el Ayuntamiento de Segovia, Gestión y Calidad Turística

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Ciudad de Segovia S.A.U. y Renfe Viajeros Sociedad Mercantil Estatal S.A. para la organización y puesta en valor del Tren de Antonio Machado como experiencia turística en Segovia.

Segundo.- Aprobación del texto del Acuerdo facultando a la Ilma. Alcaldesa para su firma.

Tercero .- Una vez formalizado se hará entrega de la documentación correspondiente en la Secretaría General del Ayuntamiento a los efectos de su inclusión en el registro de convenios, contratos, pólizas y otros documentos públicos de similares características.

ECONOMÍA Y HACIENDA

Acuerdo núm. 361.- Expediente e-Pac 966/2019/PG1000.- Propuesta de Modificación Presupuestaria por Transferencia de Crédito, para los ajustes necesarios para dar cobertura a las operaciones realizadas durante el presupuesto prorrogado 2018 a la entrada en vigor del presupuesto 2019, por importe de 41.823,86 €.

La Junta de Gobierno Local ha acordado:La Junta de Gobierno Local ha acordado:

Aprobar la modificación, en concepto de ajustes necesarios para dar cobertura a las operaciones realizadas durante la vigencia del presupuesto prorrogado, mediante transferencia, de los créditos correspondientes a las aplicaciones presupuestarias, y por los importes que se detallan:

APLICACIÓN MINORADAAPLICACIÓN IMPORTE15211.21200 De edificios y otras construcciones 2.953,69 €22101.16204 Acción social de Funcionarios 10.138,82 €23101.14300 Retribuciones de otro personal 7.589,87 €23101.14300 Retribuciones de otro personal 7.589,87 €43302.47000 A Empresas Privadas 56,60 €92901.50000 Fondo de contingencia 21.084,88 €

Total 41.823,86 €APLICACIÓN EN AUMENTO

APLICACIÓN IMPORTE15211.68202 Obras en Viviendas Municipales 2.953,69 €23101.63201 Eliminación barreras arquitectónicas 17.728,69 €43302.22602 Publicidad y propaganda 56,60 €92901.61900 Obras Urgentes. Ejecuciones subsidiarias 21.084,88 €

Total 41.823,86 €

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Total 41.823,86 €Acuerdo núm. 362.- Expediente e-Pac 1006/2019/PG1000.- Propuesta de Modificación Presupuestaria por Transferencia de Crédito, para el abono de los gastos por encuadernación de la memoria anual del Defensor del Ciudadano, por importe de 63,00 €.

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

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Aprobar la modificación propuesta mediante transferencia de crédito, por los conceptos, importes y entre las aplicaciones presupuestarias que a continuación se detallan, que cumple con los requisitos exigidos en la Base 20ª de las de ejecución del presupuesto, correspondiendo su aprobación a la Junta de Gobierno Local, según la Base 20ª.e), al realizarse dentro del mismo Área de Gasto.

APLICACIÓN MINORADA

APLICACIÓN IMPORTE

92501.48300 Aportaciones a asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro 63,00 €

APLICACIÓN EN AUMENTO

APLICACIÓN IMPORTE

92501.22699 Otros gastos diversos 63,00 €92501.22699 Otros gastos diversos 63,00 €

Acuerdo núm. 363.- Expediente e-Pac 1009/2019/PG1000.- Propuesta de Modificación Presupuestaria por Transferencia de Crédito, para el abono de los gastos de obras de asfaltado y sumidero en Perogordo, por importe de 2.635,63 €.

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

Aprobar la modificación propuesta mediante transferencia de crédito, por los conceptos, importes y entre las aplicaciones presupuestarias que a continuación se detallan, que cumple con los requisitos exigidos en la Base 20ª de las de ejecución del vigente cumple con los requisitos exigidos en la Base 20ª de las de ejecución del vigente presupuesto, que es el prorrogado del ejercicio 2018, correspondiendo su aprobación a la Junta de Gobierno Local, según la Base 20ª.e), al realizarse dentro del mismo Área de Gasto.

APLICACIÓN MINORADA

APLICACIÓN IMPORTE15321.61912 Separación de vía férrea a su paso por Hontoria 2.635,63 €

APLICACIÓN EN AUMENTO

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APLICACIÓN IMPORTE15321.61913 Asfaltado de la C/ Barrio de Abajo y canalización de

agua. Perogordo2.635,63 €

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Acuerdo núm. 364.- Expediente e-Pac 1010/2019/PG1000.- Propuesta de Modificación Presupuestaria por Transferencia de Crédito, para el abono de los gastos de obras de reparación acerados en Madrona, por importe de 889,75 €.

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

Aprobar la modificación propuesta mediante transferencia de crédito, por los conceptos, importes y entre las aplicaciones presupuestarias que a continuación se detallan, que cumple con los requisitos exigidos en la Base 20ª de las de ejecución del vigente presupuesto, que es el prorrogado del ejercicio 2018, correspondiendo su aprobación a la Junta de Gobierno Local, según la Base 20ª.e), al realizarse dentro del mismo Área de Gasto.

APLICACIÓN MINORADA

APLICACIÓN IMPORTE15321.61902 Elevación paso de peatones en Avda. Gerardo

Diego. Nueva Segovia889,75 €

Diego. Nueva Segovia

APLICACIÓN EN AUMENTO

APLICACIÓN IMPORTE15321.61905 Bacheado de aceras y calles en mal estado.

Madrona889,75 €

Acuerdo núm. 365.- Propuesta de aprobación de facturas y certificaciones de obras

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

Aprobar la relación de facturas registrada con detalle de Partidas y certificaciones de obras Aprobar la relación de facturas registrada con detalle de Partidas y certificaciones de obras en la cantidad de DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL QUINIENTOS TREINTA Y TRES EUROS CON NOVENTA Y CINCO CÉNTIMOS (227.533,95 €).

Acuerdo núm. 366.- Expediente e-Pac 76/2019/P20004.- Propuesta de aprobación de gastos por convalidación

La Junta de Gobierno Local ha acordado:

Aprobar el reconocimiento de las obligaciones correspondientes a los gastos objeto de los expedientes remitidos, por importe total de DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO EUROS CON OCHENTA Y CINCO CÉNTIMOS (18.234,85 €) en favor de los proveedores y con cargo a las aplicaciones presupuestarias que se detallan en listado

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proveedores y con cargo a las aplicaciones presupuestarias que se detallan en listado electrónico de facturas nº 12019000093 que se acompaña diligenciado como parte inseparable de este acuerdo, mediante convalidación regulada en la Base 48.2 de las de Ejecución del vigente Presupuesto Municipal.

Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las NUEVE HORAS del mismo día, la Presidencia levantó la sesión.

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Segovia, a 9 de Mayo de 2019.

NOTA. La presente Información se expide en cumplimiento del mandato contenido en los artículos 69 de la ley 7/1985 RBRL, y 229.2 y 230 del ROF e incluye una referencia resumida a lo acordado por la Junta de Gobierno Local.

Su finalidad es meramente informativa y en cuanto a su contenido, a efectos de acreditación de lo acordado, no goza del carácter de documento público de las actas y certificaciones expedidas por la Secretaría General en el ejercicio de las funciones de fe pública que la ley le reserva.

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