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CONTENIDO Introducción ....................................................................................................................... 1 Ramo 06 Hacienda ............................................................................................................ 3

Programa de Aseguramiento Agropecuario .................................................................... 4 Apoyos a los sectores agropecuario, forestal, pesquero, alimentario y rural................... 7

Ramo 08 Agricultura ........................................................................................................ 20 Programa de Abasto Social de Leche, a cargo de Liconsa, S.A. de C.V. (Liconsa) ...... 21 Programa de Abasto Rural a cargo de Diconsa, S.A. de C.V. (Diconsa) ...................... 26 Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria...................................................... 31 Programa Producción para el Bienestar ....................................................................... 38

Ramo 11 Educación Básica ............................................................................................. 42 Programa de Becas de Educación Básica para el Bienestar Benito Juárez ................. 43

Ramo 16 Medio Ambiente ............................................................................................... 45 Programa de Conservación para el Desarrollo Sostenible (PROCODES) .................... 46 Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable ......................................... 50

Ramo 19 Aportaciones de Seguridad Social .................................................................... 56 Programa IMSS-Bienestar ............................................................................................ 57

Ramo 20 Bienestar .......................................................................................................... 59 Programa de Fomento a la Economía Social para el Ejercicio Fiscal 2020 .................. 60

Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas (PAIMEF) ..................................................................................................................................... 73 Programa Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, para el Ejercicio Fiscal 2020 ................................................................................................................... 76

Ramo 47 Entidades no Sectorizadas ............................................................................... 79

Programa de Apoyo a la Educación Indígena a cargo del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas........................................................................................................ 80

Programa para el Fortalecimiento Económico de los Pueblos y Comunidades Indígenas a cargo del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas ............................................... 85

Referencias ..................................................................................................................... 94

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INTRODUCCIÓN

La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone que la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos, anexara los programas, a través de los cuales se otorgara subsidios y los cuales, deberán sujetarse a reglas de operación.

En el Anexo 25 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020, el Ejecutivo Federal relaciona los programas que deberán estar sujetos a reglas de operación.

Las Reglas de Operación son las disposiciones a las cuales se deben sujetar determinados programas y fondos federales con el objeto de otorgar transparencia y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los recursos públicos asignados a los mismos.

Las dependencias y entidades a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector o, en su caso, las entidades no coordinadas, publicarán en el Diario Oficial de la Federación las reglas de operación de los nuevos programas, así como las modificaciones a las reglas de operación vigentes, a más tardar el 31 de diciembre anterior al ejercicio.

Para el Ejercicio Fiscal 2020, el Ejecutivo Federal implementará 52 programas que deberán sujetarse a reglas de operación; entre estos programas algunos corresponden al Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable PEC 2020 y con los siguientes operados por la correspondiente dependencia:

Programas sujetos a Regla de Operación del programa especial concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable PEC 2020 (PRIMERA PARTE)

RAMO PROGRAMAS SUJETOS A REGLAS DE OPERACIÓN 2020

PUBLICADAS EN EL DOF

06 Hacienda S265 Programa de aseguramiento agropecuario 30 de diciembre

2019 F017 Apoyos al Sector Pesquero y Rural 27 de diciembre

2019 08 Agricultura S052 Programa de Abasto Social de Leche, a cargo de

Liconsa, S.A. de C.V. (LICONSA 20 de enero 2020

S053 Programa de Abasto Rural a cargo de Diconsa, S.A. de C.V. (DICONSA)

16 de enero 2020

S 263 Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria 16 de enero 2020 U023 Programa Producción para el Bienestar 7 de febrero 2020 11 Educación Básica

S072 Programa de Becas de Educación Básica para el Bienestar Benito Juárez

29 de diciembre 2019

|16 Medio Ambiente

S046 Programa de Conservación para el Desarrollo Sostenible

28 de diciembre 2019

S219 Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 16 de enero 2020 19 Aportaciones de Seguridad Social

S038 Programa IMSS-Bienestar 10 de enero 2020

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RAMO PROGRAMAS SUJETOS A REGLAS DE OPERACIÓN 2020

PUBLICADAS EN EL DOF

20 Bienestar S017 Programa de Fomento a la Economía Social (INAES) 31 de diciembre

2019 S155 Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas (PAIMEF)

31 de diciembre 2019

S176 Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores

31 de diciembre 2019

47 Entidades no Sectorizadas

S178 Programa de Apoyo a la Educación Básica 28 de diciembre 2019

S249 Programa de Fortalecimiento Económico de los Pueblos y Comunidades Indígenas

31 de diciembre 2019

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RAMO 06 HACIENDA

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PROGRAMA DE ASEGURAMIENTO AGROPECUARIO1

El Gobierno Federal encomienda a AGROASEMEX, S.A., en términos de estas Reglas, la operación, administración, ejecución y supervisión de este Programa.

AGROASEMEX es una Institución Nacional de Seguros con personalidad jurídica y patrimonio propio, que conforme a su objeto social desarrolla y opera instrumentos para la administración de riesgos agropecuarios, así como servicios de fomento, asesoría técnica y capacitación para la administración de dichos riesgos.

Las operaciones de AGROASEMEX, se regulan, principalmente, por la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, la Ley sobre el Contrato de Seguro, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y su Reglamento.

El Programa de Aseguramiento Agropecuario consta de dos componentes: Subsidio a la Prima del Seguro Agropecuario y Apoyo a Fondos de Aseguramiento Agropecuario, los cuales contribuyen al desarrollo del seguro, a la administración integral de riesgos del sector agropecuario y a generar certidumbre en la actividad agroalimentaria.

El objetivo general de estas Reglas de Operación es, contribuir al desarrollo del seguro y administración integral de riesgos del sector agropecuario a través de la reducción del costo de las Primas o Cuotas que pagan los productores agropecuarios, así como apoyar con la capacitación para la operación y administración de los Fondos.

El objetivo específico del Componente de Subsidio es apoyar a los Productores Agropecuarios para reducir el costo de las Primas o Cuotas que pagan en los Seguros Agropecuarios que contraten, y el objetivo específico del Componente de Apoyo es fomentar la capacitación de los Fondos.

El presupuesto del Componente de Subsidio, se aplicará para operaciones de seguros vigentes durante 2020, de la siguiente manera:

• 17.5% se aplicará al ramo de animales (pecuarias, acuícolas, apícolas y avícolas), y

• 82.5% para el ramo agrícola (cultivos básicos: algodón, arroz, cártamo, cebada, frijol, garbanzo, maíz, sorgo, soya y trigo, y otras especies vegetales), dentro del cual, aplicará una distribución conforme a los siguientes porcentajes: 10% para el ciclo Otoño-Invierno 2019/2020, 53% para el ciclo Primavera-Verano 2020 y 37% para el ciclo Otoño-Invierno 2020/2021.

Al Componente de Apoyo, a traves del subcomponente de capacitación se asigna el 100% de los recursos fiscales.

1 DOF 30 de diciembre de 2019. Disponible en: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5583072&fecha=30/12/2019

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Las Reglas de Operación entraron en vigor el 1° de enero de 2020.

Requisitos para ser beneficiario del Programa.

Para el Seguro Agrícola:

a) Nombre del Asegurador;

b) Nombre del asegurado;

c) Región, Entidad Federativa y Municipio en el que se ubiquen los bienes asegurados;

d) Cultivo y tipo de cultivo;

e) Superficie asegurada;

f) Tipo o esquema de seguro y riesgos protegidos;

g) Monto de la Prima o Cuota total;

h) Monto de la Prima o Cuota a cargo del asegurado;

i) Monto de la Prima o Cuota con cargo a este Componente

j) Inicio y conclusión de vigencia, y.

k) En caso de que los Productores Agropecuarios estén constituidos como personas morales, o bien sucesivamente como personas físicas y morales, deberán existir relaciones anexas a la póliza o constancia de aseguramiento en el que se establezca la información del Anexo "B-1" de cada persona física que forma parte integrante del aseguramiento.

l) Estructura de la tarifa, en porcentajes los conceptos: Prima de Riesgo, gastos de adquisición, gastos de operación y/o administración; gastos de expedición de póliza y utilidad. La suma de los porcentajes deberá ser 100%.

Para la información solicitada para el seguro agrícola referida en el punto IV.1. Anexo "B-1" Solicitud para el Componente de Subsidio del Seguro Agrícola, en los campos del numeral 30, del Anexo "B-1" se podrán presentar los folios registrados en el padrón oficial de la SADER, en caso de que el productor cuente con ellos, de lo contrario, se tendrá la opción de presentarlo en blanco.

En caso de que capturen los folios correspondientes de registro del padrón oficial de la SADER y sean correctos, se eximirá la obligatoriedad que señala el siguiente párrafo.

Las operaciones de seguros para las que se solicite subsidio, deberán reportarse con la información requerida en el Anexo "B-1", la cual incluye las georreferencias de la totalidad de los predios asegurados, con al menos cuatro puntos ubicados en territorio nacional bajo el formato establecido en el propio anexo, de lo contrario serán improcedentes. Para los predios irregulares será opcional el reporte de más de cuatro puntos.

Para el caso de que los Productores Agropecuarios cunado estén constituidos como personas morales, y éstas sucesivamente como personas físicas y morales, se deberán

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reportar las georreferencias de los predios asegurados de las personas físicas que forman parte integrante del aseguramiento.

Requisitos:

Del seguro de animales:

a) Nombre del Asegurador;

b) Nombre del asegurado;

c) Entidad Federativa y Municipio en el que se ubiquen los bienes asegurados;

d) Especie, función y número de unidades aseguradas;

e) Tipo o esquema de seguro y riesgos protegidos;

f) Monto de la Prima o Cuota total;

g) Monto de la Prima o Cuota cargo del asegurado;

h) Monto de la Prima o Cuota que se cubriría con el apoyo;

i) Inicio y conclusión de vigencia;

j) En caso de que los Productores Agropecuarios estén constituidos como personas morales, y éstas sucesivamente como personas físicas y morales, deberán existir relaciones anexas a la póliza o constancia de aseguramiento en el que se establezca la información del Anexo "B-1" de cada persona física que forma parte integrante del aseguramiento, y.

k) Estructura de la tarifa, en porcentajes los conceptos: Prima de Riesgo, gastos de adquisición, gastos de operación y/o administración; gastos de expedición de póliza y utilidad. La suma de los porcentajes deberá ser 100%.

El pago de las Primas o Cuotas a cargo de los Productores Agropecuarios se acreditará con los recibos que al efecto expidan los Aseguradores.

Este programa tiene asignado recursos por 605.8 millones de pesos, para su ejercicio en 2020.

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APOYOS A LOS SECTORES AGROPECUARIO, FORESTAL, PESQUERO, ALIMENTARIO Y RURAL2

Los fideicomisos que integran FIRA (Fideicomisos Instituidos en relación con la Agricultura) destinarán recursos a cada uno de los apoyos que comprenden estas Reglas de Operación, los cuales podrán ser redistribuidos entre cada uno de ellos en función de la demanda que se observe. Se establece la forma en que operarán los diversos apoyos de los fideicomisos que integran el FIRA: Secretaria de Agricultura y Desarrollo Rural, FONDO, FEFA, FEGA y FOPESCA.

Estas presentes Reglas de Operación tienen como propósito fortalecer la organización de los productores para facilitar su acceso al financiamiento y su integración en las redes de valor; así como desarrollar la productividad, rentabilidad e integración de sus empresas, propiciando la sostenibilidad de los recursos naturales; con el fin de incrementar su participación en los mercados.

El objetivo de estos apoyos es propiciar el acceso formal al sistema financiero, de los productores y empresas de los Sectores Agropecuario, Forestal, Pesquero, Alimentario y Rural y su integración en las redes de valor, mediante apoyos que les permitan organizarse para constituirse como sujetos de crédito, el fortalecimiento de sus empresas, su articulación a los mercados; considerando la aplicación de tecnologías de producción sostenible, así como el fortalecimiento de los Intermediarios Financieros y otras Entidades relacionadas con el otorgamiento de financiamiento para ampliar y profundizar la cobertura de servicios financieros en el medio rural.

Programas y apoyos:

1. APOYO PARA ORGANIZACION DE PRODUCTORES Y ESTRUCTURACION DE PROYECTOS PARA EL FINANCIAMIENTO

Los objetivos específicos del programa son:

a. Incrementar la base de sujetos de crédito, para su inserción al financiamiento.

b. Dotar a la población objetivo de los conocimientos necesarios para la formación de sujetos de crédito y estructuración de proyectos, con el fin de que desarrollen sus empresas, en función de la calidad de sus recursos, procesos y buenas prácticas empresariales.

Población objetivo:

Personas físicas o morales que realizan actividades en los sectores agropecuario, forestal, pesquero, alimentario y del medio rural, que no cuentan o tienen acceso limitado al financiamiento formal y puedan ser sujetos de crédito de los Intermediarios Financieros que operan con FIRA; así como los Prestadores de Servicios Especializados que participen en el mercado de asesoría y consultoría para los Sectores Agropecuario, Forestal, Pesquero, Alimentario y Rural; estudiantes y egresados de Universidades que participen en apoyo a dichos sectores.

2 DOF 27 de diciembre de 2019. Disponible en: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5582970&fecha=27/12/2019

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CARACTERISTICAS DE LOS APOYOS

Servicios de Capacitación

a. Promoción a la Organización, Financiamiento y Desarrollo Tecnológico.

b. Capacitación Nacional y en el Extranjero.

c. Eventos de Demostración.

d. Misiones Comerciales o Tecnológicas Nacionales o en el Extranjero.

e. Formación de asesores.

f. Estancias de Capacitación.

Servicios de Asesoría

a. Asesor

b. Consultor Técnico

c. Formación, gestión, trámite y registro de figuras legales

Servicios de Consultoría

a. Consultoría

Servicios para la Formulación, Gestión y Seguimiento de Proyectos. a. Formulación, Gestión y Seguimiento de Proyectos. 2. APOYO PARA FORTALECIMIENTO Y ARTICULACIÓN EMPRESARIAL Y REDES DE VALOR Los objetivos específicos del programa son:

a. Fortalecer las competencias productivas, tecnológicas, financieras y empresariales de los productores mediante mejoras tecnológicas, formación de recursos humanos, eficiencia en procesos administrativos, contables, comercialización y mercadotecnia.

b. Desarrollo y fortalecimiento de Prestadores de Servicios Especializados y Agentes de Cambio Tecnológico privados, para atender a las empresas y organizaciones de productores.

c. Integrar a productores y sus empresas en alianzas estratégicas para fortalecer su participación en las redes de valor y el establecimiento de relaciones de negocio de largo plazo.

d. Impulsar el desarrollo de proyectos que incorporen tecnologías innovadoras que contribuyan al mejoramiento del medio ambiente, la producción sostenible y la generación de energías alternativas, uso eficiente del agua y la energía y uso racional de los recursos naturales.

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e. Inducir la reducción, control y/o remediación de los gases de efecto invernadero que se generan en las actividades de los Sectores Agropecuario, Forestal, Pesquero, Alimentario y Rural, y mitigar sus efectos sobre el medio ambiente.

Población objetivo

Personas físicas o morales que realizan actividades en los sectores agropecuario, forestal, pesquero, alimentario y del medio rural que cuentan con acceso limitado al financiamiento formal y sean sujetos de crédito de los Intermediarios Financieros que reciben fondeo y/o garantía de FIRA, cuyo monto de crédito y/o garantía FIRA sea de hasta 4 millones de UDIS por acreditado final.

Adicionalmente, serán elegibles para el apoyo sin considerar el límite de 4 millones de UDI en monto de crédito y/o garantía FIRA por acreditado final, aquellas empresas, comercializadoras u otras entidades que participen en esquemas de desarrollo de proveedores, o que apoyen la integración de los productores a las redes de valor o proyectos con beneficios al medio ambiente.

También serán elegibles de apoyo los Prestadores de Servicios Especializados que participen en el desarrollo del mercado de asesoría y consultoría, y ofrezcan sus servicios en el Sector Agropecuario, Forestal, Pesquero, Alimentario y Rural, sean o no sujetos de crédito de FIRA.

Características de los apoyos

Servicios de Capacitación

a. Capacitación Nacional y en el Extranjero

b. Estancias de capacitación

c. Gerente General

d. Expansión de Estructuras de Prestadores de Servicios Especializados

e. Estructuras Técnicas de Empresas Parafinancieras

Servicios de Consultoría

a. Consultoría

Servicios para la Formulación, Gestión y Seguimiento de Proyectos.

a. Formulación, Gestión y Seguimiento de Proyectos

Requisitos para acceder a los apoyos

La población objetivo podrá solicitar los apoyos en función de las necesidades de su proyecto, a través de la oficina de FIRA que le corresponda conforme a su ubicación geográfica, previa presentación de la documentación siguiente:

a. Solicitud del apoyo, anexando la información complementaria de acuerdo al tipo de servicio solicitado, y conforme a los formatos establecidos en los Anexos 3, 3A, 3B, 3C, 3D, 3E y 3F; según corresponda: estos anexos se encuentran el Diario Oficial.

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Modalidades del Servicio

Documentación requerida

Anexo 1

Anexo 3

Anexo 3A

Anexo 3B

Anexo 3C

Anexo 3D

Anexo 3E

Anexo 3F

Servicio de Capacitación

Promoción a la organización, financiamiento y desarrollo tecnológico X X X

Nacional o en el extranjero X X X

Eventos de demostración X X X

Misión comercial o tecnológica nacional o en el extranjero X X X

Estancias de capacitación X X X

Formación de asesores técnicos X X X

Servicio de Asesoría

Estructuras técnicas de empresas parafinancieras o entidades financieras X X X

Asesor X X X

Consultor técnico X X X

Gerente general X X X

Gestión, trámite y registro de figuras legales X X

Expansión de estructuras de prestadores de servicios especializados X X X

Servicio de Consultoría

Consultoría X X

Servicio de Formulación, Gestión y Seguimiento de Proyectos

Formulación, gestión y seguimiento de proyectos X X X

b. Identificación oficial del solicitante, o del representante legal en el caso de personas morales.

c. Presupuesto y cotizaciones de los proveedores de servicio, que incluya conceptos y montos que apliquen.

d. Opinión positiva de cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social o declaratoria de no estar obligado a inscribirse en el IMSS.

e. Constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos, sin adeudos, o en su caso, comunicado del INFONAVIT manifestando que no se tienen antecedentes.

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Cuando algún servicio de capacitación o consultoría se realice a iniciativa de FIRA, se debe presentar únicamente la documentación mencionada en el punto "c" anterior, y la solicitud se sustituirá por una justificación.

MONTOS MAXIMOS Y TEMPORALIDAD PARA LOS APOYOS 1 y 2

Servicios de: Modalidades y Monto de Apoyo Máximo Límite

Máximo Temporalidad

Capacitació n 3/

Promoción a la Organización, Financiamiento y Desarrollo Tecnológico

Alimentación y Hospedaje (participante/día)

Cuota registro (participante/evento) 100,000

UDIS por evento 2/

Hasta 30 días por participante por año fiscal.

250 UDIS 250 UDIS

Nacional 4/

Alimentación y Hospedaje (participante/día)

Cuota inscripción (participante/evento) 100,000

UDIS por evento 2/

250 UDIS 1,100 UDIS

En el Extranjero

Transporte y seguro (participante/evento)

Cuota inscripción (participante/evento) 100,000

UDIS por evento 3,900 UDIS 2,000 UDIS

Misión Comercial o Tecnológica Nacional

Alimentación y Hospedaje (participante/día)

Transporte y seguro (participante/evento) 100,000

UDIS por evento

250 UDIS 1,200 UDIS

Misión Comercial o Tecnológica en el Extranjero

Transporte y seguro (participante/evento) 100,000 UDIS por evento

3,900 UDIS

Eventos de Demostración

100% de gastos directos hasta

250 UDIS por participante por evento

100,000 UDIS por evento

Estancias de Capacitación Hasta 1,250 UDIS por mes por participante

15,000 UDIS por estancia

Hasta 12 meses, por única vez

Formación de Asesores Técnicos

Alimentación y Hospedaje (participante/día)

Cuota inscripción (participante/evento) 100,000

UDIS por evento

Hasta 60 días por participante por año fiscal 250 UDIS 1,100 UDIS

Nota: Para el caso de Diplomados dentro del Servicio de Capacitación, el apoyo podrá ser de hasta 1,100 UDIS por cada módulo.

Servicios de: Modalidades y Monto de Apoyo Máximo Límite

Máximo Temporalidad

Asesoría Concepto Prestador de Servicios Especializados Persona Física o Moral (Monto Mensual en UDIS)

Monto Máximo Anual

Hasta 5 años

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Estructuras Técnicas de Empresas Parafinancieras o Entidad Financiera 5/

Hasta 6,000

Hasta 500,000 UDIS por Empresa Parafinanciera o Entidad Financiera

Asesor 4/ Hasta 6,000

Hasta 100,000 UDIS por organización y/ o empresa de productores

Consultor Técnico 4/ Hasta 10,000 Hasta 120,000 UDIS

Gerente General Hasta 8,000 UDIS por mes por gerente Hasta 96,000 UDIS

2 años por única vez por empresa

Gestión, trámite y registro de figuras legales Hasta 3,500 UDIS Hasta 3,500

UDIS

Por sujeto de crédito formalizado por única vez

Expansión de estructuras para prestadores de servicios especializados

Hasta 3,000 UDIS por técnico por mes por empresa

Hasta 36,000 UDIS por técnico

Por año

Servicios de: Modalidades y Monto de Apoyo Máximo Límite

Máximo Temporalidad

Consultoría De acuerdo a las necesidades aplicables a cada uno de los apoyos 140,000 UDIS Por año

Servicios de: Modalidades y Monto de Apoyo Máximo Límite

Máximo Temporalidad

Formulación, Gestión y Seguimiento de Proyectos 6/

3% del monto de créditos refaccionarios a productores que sean de los segmentos de Microempresas, Empresa familiar y Pequeña Empresa, y 1% del monto del primer crédito para capital de trabajo de nuevos sujetos de crédito que sean de los segmentos anteriormente mencionados. (No serán elegibles de este apoyo los créditos al amparo del Esquema de Financiamiento a PyMES Rurales).

6% del monto de créditos refaccionario y 2% del monto de créditos para capital de trabajo cuando sean en localidades de Alto y muy Alto grado de marginación

Por única vez por crédito

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3. APOYO PARA AMPLIAR LA COBERTURA DE SERVICIOS FINANCIEROS

Objetivos específicos:

a. Contribuir al desarrollo de la oferta de servicios financieros en los Sectores Agropecuario, Forestal, Pesquero, Alimentario y Rural para facilitar el acceso al crédito formal a la población objetivo de FIRA.

b. Inducir el fortalecimiento de intermediarios financieros, Empresas Parafinancieras, Entidades Masificadoras de Crédito y Entidades Financieras, y el uso de esquemas integrales de administración de riesgos

Población objetivo

Personas físicas o morales que realizan actividades en los Sectores Agropecuario, Forestal, Pesquero, Alimentario y Rural del país, que no cuentan o tienen limitado acceso al financiamiento formal, y operan en proyectos viables; así como Intermediarios Financieros que operen en forma directa con FIRA; también Empresas Parafinancieras, Entidades Masificadoras de Crédito y Entidades Financieras, que operen servicios financieros de FIRA.

Adicionalmente serán elegibles de apoyo las personas físicas o morales que participan en proyectos que contribuyen a mitigar la volatilidad de precios hasta por los primeros 5 años de vigencia del crédito.

Características de los apoyos

Servicios de Capacitación Nacional y en el Extranjero

Servicios de Consultoría

Servicio de Expansión de Estructuras de Intermediarios Financieros, Empresas Parafinancieras, Entidades Masificadoras de Crédito y Entidades Financieras

Reducción de costos financieros (tasa de interés)

Apertura de Centros de Atención de Intermediarios Financieros No Bancarios y Entidades Financieras

Corresponsales

Apoyo para la Adquisición de Coberturas de Precios

Requisitos para acceder al apoyo para ampliar la cobertura de servicios financieros

La población objetivo podrá solicitar los apoyos de su interés, a través de la oficina de FIRA que le corresponda de acuerdo a su ubicación geográfica, previa presentación de la documentación siguiente:

a. Solicitud del apoyo, anexando la información complementaria de acuerdo al tipo de servicio solicitado, y conforme a los formatos establecidos según corresponda:

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Modalidades del Servicio Documentación requerida

Anexo 1 Anexo 3 Anexo 3B Anexo 3C Anexo 3G

Capacitación Nacional o en el Extranjero X X X

Consultoría X X X

Expansión de Estructuras de IFB X X X

Expansión de Estructuras de EP, EMC y EF X X X X

Apertura de Centros de Atención X X X

Corresponsales X X X

Respaldo de Financiamientos X X

De manera adicional se incluirá lo siguiente:

b. Identificación oficial del solicitante, o del representante legal en el caso de personas morales.

c. Presupuesto y cotizaciones de los proveedores de servicio, que incluya conceptos y montos que apliquen.

d. Para el Servicio de Expansión de Estructuras incluir en formato libre el Plan de Contratación de Personal relacionado con el proceso de crédito.

e. Para el Servicio de Respaldo de Financiamientos incluir el proyecto de inversión a financiar incluyendo el instrumento financiero para respaldar dicho financiamiento y la carta de autorización del crédito o términos y condiciones expedida por el Intermediario Financiero correspondiente o contratos de crédito de la línea con la empresa parafinanciera en su caso.

f. Opinión positiva de cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social o declaratoria de no estar obligado a inscribirse en el IMSS.

g. Constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos, sin adeudos, o en su caso, comunicado del INFONAVIT manifestando que no se tienen antecedentes.

h. Cuando algún servicio de capacitación se realice a iniciativa de FIRA, se debe presentar únicamente la documentación mencionada en el punto "c", y la solicitud se sustituirá por una justificación.

Apoyos en Reducción de Costos Financieros y Precio del Servicio de Garantía:

a. Los apoyos los tramitaran los Intermediarios Financieros al momento de descontar los créditos y/o contratar el servicio de garantía FEGA, este trámite sustituye la solicitud del acreditado final.

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b. Los solicitantes deberán estar al corriente de sus obligaciones fiscales en términos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación vigente. Al efecto, FIRA consultará el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los solicitantes susceptibles de recibir apoyos.

MONTOS MAXIMOS Y TEMPORALIDAD DE LOS APOYOS PARA AMPLIAR LA COBERTURA DE SERVICIOS FINANCIEROS

Servicios de: Modalidades y Monto de Apoyo Máximo Límite Máximo Temporalidad

Capacitación

Nacional

Alimentación y Hospedaje (participante/día)

Cuota inscripción (participante/evento) 100,000 UDIS por

evento Hasta 30 días por participante por año fiscal

250 UDIS 1,100 UDIS

Extranjero

Transporte y seguro (participante/evento)

Cuota inscripción (participante/evento) 100,000 UDIS por

evento 3,900 UDIS 2,000 UDIS

.

Servicios de: Modalidades y Monto de Apoyo Máximo Límite Máximo Temporalidad

Consultoría 1/

70% del costo en el primer año

50% del costos a partir del segundo año

Hasta 250,000 UDIS

Hasta 175,000 UDIS Por año calendario

Para intermediarios financieros participantes en el PROAF:

70% del costo en el primer año

60% del costo en el segundo año

50% del costo a partir del tercer año

Hasta 200,000 UDIS

Hasta 170,000 UDIS

Hasta 150,000 UDIS

Por año calendario

1/ La consultoría es elegible únicamente para Intermediarios Financieros No Bancarios que operen en forma directa con FIRA; así como para Empresas Parafinancieras, Entidades Masificadoras de Crédito y Entidades Financieras que demuestren haber descontado operaciones con recursos FIRA, por un monto total mayor al equivalente a un millón de UDIS, durante los 12 meses anteriores a la fecha de la solicitud correspondiente.

Servicios de: Modalidades y Monto de Apoyo Máximo Límite Máximo Temporalidad

Expansión de Estructuras de Intermediarios Financieros, Empresas Parafinancieras, Entidades Masificadoras de Crédito y Entidades Financieras

a. Banca Múltiple: Personal operativo.

Compromiso de incremento de operación 18 millones de UDIS (descuento o garantía sin fondeo) por ejecutivo, incluyendo al menos, 20% (3.6 millones de UDIS) en crédito refaccionario.

Personal operativo: 36,000 UDIS por ejecutivo

Hasta 12 meses por ejecutivo

b. Intermediarios Financieros No Bancarios:

i. Personal Operativo.

ii. Personal directivo de segundo nivel.

Compromiso de incremento de operación 4 millones de UDIS (descuento o garantía sin fondeo) por ejecutivo, incluyendo al menos, 20% (800 mil UDIS) en crédito refaccionario.

Personal operativo: 60,000 UDIS por ejecutivo

Personal directivo: 96,000

Hasta 12 meses por ejecutivo

Para Personal directivo: por única vez

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UDIS por año por funcionario

c. Empresas Parafinancieras, Entidades Masificadoras de Crédito, Entidades Financieras: Personal directivo de segundo nivel. Compromiso de incremento de crédito: 2 millones de UDIS por personal directivo de segundo nivel, incluyendo al menos, 15% (300 mil UDIS) en crédito refaccionario.

Personal directivo: 60,000 UDIS por año por Personal directivo

Hasta 12 meses por personal

Por única vez

d. Intermediarios financieros que participen en el PROAF: Personal técnico-operativo y financiero: Técnico de Nivel Medio y Nivel Licenciatura. El personal Técnico de Nivel Medio deberá generar al menos 600 mil UDIS de créditos anualmente, Para personal con nivel licenciatura deberá generar al menos 2 millones de UDIS de crédito anualmente 1/.

30,000 UDIS por año por nivel técnico operativo.

60,000 UDIS por año por personal con Licenciatura

Hasta 12 meses por ejecutivo

En lo correspondiente a los incisos a., b. y c.: el monto del pago del Apoyo se hará en proporción al promedio simple de los porcentajes de cumplimiento de los compromisos de incremento total y de crédito refaccionario en los segmentos de Microempresa, Empresa Familiar y Pequeña Empresa.

1/ El pago del apoyo se hará conforme a los porcentajes establecidos en el apartado del "Servicio de Expansión de Estructuras de Intermediarios Financieros, Empresas Parafinancieras, Entidades Masificadoras de Crédito y Entidades Financieras", con base al cumplimiento del monto total de generación de créditos, sin diferenciar por tipo de crédito.

El reembolso se realizará posterior a la finalización del periodo o al cumplimiento del 100% de los compromisos de incremento que correspondan a cada una de las modalidades anteriores.

Servicios de:

Modalidades y Monto de Apoyo Límite de Crédito de Referencia Temporalidad

Reducción de Costos Financieros 1/

Programa permanente a zonas afectadas por desastres naturales:

El Apoyo será de hasta 1.5 pp.

Hasta 10 millones de UDIS de saldo de crédito por siniestro por empresa o grupo de interés común.

En este importe no se considera el financiamiento que se otorgue a las Empresas Parafinancieras, Entidades Masificadoras de Crédito y Entidades Financieras, y que éstas transfieran a los productores primarios.

Apoyo durante toda la vigencia del crédito.

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Programa Especial para el Financiamiento a la Población Prioritaria: Para la actividad primaria de los Sectores Agropecuario, Forestal y Pesquero.

El Apoyo será de hasta 2 pp.

Hasta 160,000 UDIS de necesidades de financiamiento por acreditado final.

Elegibles los créditos para capital de trabajo, créditos refaccionarios y operaciones de arrendamiento financiero para inversión fija.

Hasta por los primeros 5 años de vigencia del crédito.

Programa de Apoyo a la Agricultura Familiar (PROAF). Productores con unidades de baja escala, cuyos ingresos se sustentan en las actividades agropecuarias y rurales, utilizan predominantemente mano de obra familiar. El Apoyo será de hasta 2 pp.

Créditos de bajo monto de hasta 33,000 UDIS por acreditado para una producción orientada al mercado

Apoyo durante toda la vigencia del crédito.

Proyectos que contribuyen a la mitigación de la volatilidad de precios.

El apoyo será de hasta 1 pp.

Hasta por los primeros 10 millones de UDIS de saldo de crédito por empresa o grupo de interés común.

Elegibles los créditos para capital de trabajo, créditos refaccionarios y operaciones de arrendamiento para inversión fija.

Hasta por los primeros 5 años de vigencia del crédito.

Proyectos Ubicados en Zonas Económicas Especiales

El apoyo será de hasta 1 pp.

En Zonas Económicas Especiales son elegibles créditos en moneda nacional con un límite de financiamiento de hasta 10 millones de UDIS por empresa o grupo de interés común.

Hasta por los primeros 5 años de vigencia del crédito.

1/ La Reducción del costo financiero y vigencia serán bajo las características específicas que determinen los Comités Técnicos de FIRA al momento de la autorización, y de acuerdo a la disponibilidad presupuestal de FIRA o los que se obtengan de otras fuentes distintas al patrimonio de FIRA.

Servicios de: Modalidades y Monto de Apoyo Máximo Límite Máximo de Crédito de Referencia

Temporalidad

Precio Servicio de Garantía

Región Sur-Sureste y Municipios incluidos en la Cruzada Nacional contra el Hambre hasta 50% del costo del precio de la prima

Financiamientos hasta por los primeros 30 millones de UDIS por acreditado o grupo de personas que representen riesgo común para FIRA para cualquier porcentaje de apoyo; en créditos en dólares se efectuará

Hasta el vencimiento del crédito

Municipios incluidos en la declaratoria de Zonas Económicas Especiales, apoyo hasta de 50% en el precio de la prima. Para créditos refaccionarios y operaciones de arrendamiento financieros para inversión fija.

Mitigación a la volatilidad de precios hasta 50% del costo del precio de la prima 1/

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Créditos refaccionarios y operaciones de arrendamiento financiero para inversiones fijas hasta 50% del costo del precio de la prima. En proyectos elegibles en el Programa de Fomento a la Innovación en el Sector Agroalimentario, para la cobertura nominal hasta del 80% en créditos para inversión fija se cobrará el precio equivalente a la cobertura nominal del 50%. El diferencial en el precio de ambas primas de garantía será subsidiado a las empresas acreditadas y será cubierto con los recursos que SAGARPA, CONACYT u otra entidad destinen para tal fin o, en su caso, con recursos de FEGA de acuerdo al presupuesto específico autorizado por los Comités Técnicos.

la conversión a moneda nacional al momento de la operación. No se considerará en este saldo el financiamiento que se otorgue a la empresa para transferirlo a productores primarios, actuando como Empresas Parafinancieras, Entidades Masificadoras de Crédito o Entidades Financieras.

Proyectos con beneficio al medio ambiente hasta 50% del costo del precio de la prima.

Créditos de hasta 33,000 UDIS por acreditado otorgados por intermediarios financieros participantes en el PROAF, hasta 70% del costo del servicio de la prima.

Para preservar el incentivo a los intermediarios financieros para hacer un buen seguimiento de su cartera, el precio del Servicio de Garantía FEGA será el valor que resulte mayor entre los precios con apoyo y:

a. El precio sin apoyo menos 53 pb (si la cobertura nominal es de hasta el 40%).

b. El precio sin apoyo menos 71 pb (si la cobertura nominal es mayor del 40% y hasta el 50%).

c. El precio sin apoyo menos 50 pb (en el caso del servicio FEGA complementario al FONAGA).El Comité Técnico de FIRA podrá determinar porcentajes de apoyo mayores en función de prioridades o situaciones específicas, sin rebasar el 90%.

1/ Los proyectos que contribuyen para mitigación a la volatilidad de precios serán elegibles conforme a los criterios que establezca FIRA

Servicios de: Modalidades y Monto de Apoyo Máximo Límite Máximo

Temporalidad

Apertura de Centros de Atención de IFNB y Entidad Financiera, que operan en forma directa con FIRA

Hasta el 70% del costo de apertura

Compromiso de incremento de operación 2 millones de UDIS en los segmentos de Microempresa, Empresa Familiar y Pequeña Empresa (descuento o garantía sin fondeo) por Centro de Atención.

175,000 UDIS por Centro de Atención

Por única vez por Centro de Atención

El pago del apoyo se hará en forma proporcional al cumplimiento del compromiso de incremento de operación. Los montos comprometidos son independientes a los del apoyo para Expansión de Estructuras.

El reembolso se realizará posterior a la finalización del periodo de apoyo o al cumplimiento del 100% del compromiso de incremento de operación.

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Servicios de: Modalidades, Monto de Apoyo Máximo Límite Máximo Temporalidad

Corresponsales 1/

Los beneficiarios deben incrementar la operación en descuento y/o garantía sin fondeo, con productores de los segmentos de Microempresa, Empresa Familiar y Pequeña Empresa, equivalente a 1 millón de UDIS, en nuevos corresponsales que operen en poblaciones de hasta 50,000 habitantes, durante el periodo de 365 días naturales.

Hasta 3000 UDIS por Corresponsal para adquisición de equipo

Por única vez por Corresponsal

1/ El IF podrá solicitar apoyo para más de un Corresponsal.

Servicios de: Modalidades y Monto de Apoyo Máximo Límite Máximo Temporalidad

Respaldo de Financiamientos

Respaldar créditos elegibles otorgados por los Intermediarios Financieros con un importe de hasta 160,000 UDIS

En función de la disponibilidad presupuestaria.

Por única vez por proyecto.

Servicios de: Modalidades y Monto de Apoyo Máximo Límite Máximo Temporalidad

Adquisición de Cobertura de Precios

a. Actividades primarias del Sector Agrícola y Pesquero:

Hasta el 50% del costo de la cobertura (excluyendo comisiones de correduría).

15,000 UDIS por acreditado final

Anual

b. Actividades primarias del Sector Pecuario:

Hasta el 50% del costo de la cobertura (excluyendo comisiones de correduría)

55,000 UDIS por acreditado final, considerándose dentro de este monto hasta 15,000 UDIS para coberturas de insumos

Anual

c. Procesadores, consumidores y/o comercializadores (con contrato de compra-venta), de empresas de productores primarios o empresas con programas de desarrollo de proveedores o parafinancieras

Hasta 50% del costo de la cobertura (excluyendo comisiones de correduría)

15,000 o 55,000 UDIS por acreditado final, sin que el importe de apoyo total por proyecto exceda al monto que se les haya apoyado a los productores primarios para coberturas de precio

Anual

Este programa tiene recursos aprobados por 2,500.00 mdp, para su ejercicio en 2020.

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RAMO 08 AGRICULTURA

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PROGRAMA DE ABASTO SOCIAL DE LECHE, A CARGO DE LICONSA, S.A. DE C.V. (LICONSA)3

Los programas de subsidios del Ramo Administrativo 08, "Agricultura y Desarrollo Rural", entre ellos el Programa de Abasto Social de Leche a cargo de Liconsa, S.A. de C.V. (LICONSA), se destinan, en las entidades federativas, en los términos de las disposiciones aplicables, exclusivamente a la población en condiciones de pobreza, de vulnerabilidad, de adultos mayores, de rezago y de marginación, de acuerdo con los criterios de resultados que defina el Consejo Nacional de Población y la Declaratoria de Zonas de Atención Prioritaria formulada por la Cámara de Diputados, mediante acciones que promuevan la superación de la pobreza a través de la educación, la salud, la alimentación nutritiva y de calidad, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación; protección social y programas asistenciales; y el fomento del sector social de la economía.

Dentro de las Directrices del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, este Programa se encuentra alineado a la Directriz 3 "Desarrollo Económico Incluyente".

Las cifras más recientes de pobreza publicadas por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) muestran que, en 2018, 52.4 millones de personas se encontraban en condición de pobreza, 61.1 millones de personas presentaban un ingreso inferior a la Línea de Bienestar4 y 24.6 millones de personas presentaban la carencia de acceso a la alimentación.

Objetivo General del Programa.

Contribuir al bienestar social mediante el mejoramiento en el acceso a la alimentación de las personas integrantes de los hogares beneficiarios.

El Programa de Abasto Social de Leche (en lo sucesivo PASL) genera complementariedades y sinergias con otros programas de la SADER que realizan acciones para garantizar el derecho de acceso a la alimentación.

Objetivo específico.

Mejorar el acceso a la alimentación de las personas integrantes de los hogares beneficiarios, mediante el acceso al consumo de leche fortificada, de calidad y bajo precio.

Población Objetivo.

La población objetivo del programa pertenece a cualquiera de los siguientes grupos:

I. Niñas y niños de 6 meses a 12 años de edad.

II. Mujeres y hombres adolescentes de 13 a 15 años.

III. Mujeres en período de gestación o lactancia.

3 DOF 20 enero de 2020. Disponible en: https://sidof.segob.gob.mx/notas/5584370 4 Actualmente el Coneval lo denomina “población con ingresos inferiores a la línea de pobreza por ingresos”.

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IV. Mujeres de 45 a 59 años.

V. Personas con enfermedades crónicas y personas con discapacidad.

VI. Personas adultas de 60 y más años.

Dicha población se atiende a través de dos modalidades: Abasto Comunitario y Convenios con Actores Sociales y Comunitarios, considerando que pueden existir asociaciones de personas indígenas y de vecinos que se organizan para tener acceso a los apoyos.

El Programa tendrá como prioridad, para ser beneficiarios, a las personas que habiten en zonas de población mayoritariamente indígena, zonas con mayor grado de marginación o zonas con altos índices de violencia, según los mecanismos establecidos por la Secretaría de Bienestar.

También podrán incorporarse al Programa aquellas personas identificadas mediante visitas domiciliarias y entrevistas casa por casa, recorridos y trabajo de campo realizados por los Servidores de la Nación para el Censo de Bienestar, que cumplan con los requisitos necesarios y sean parte de la población objetivo para poder recibir el beneficio del programa.

Cobertura.

El Programa opera a nivel nacional en las 32 entidades federativas en dos modalidades:

I. Abasto Comunitario: concesiones, centros de distribución mercantil y sistema de tiendas Diconsa.

Los puntos de venta se pueden consultar en la página electrónica http://www.gob.mx/liconsa/documentos/puntos-de-venta-liconsa

II. Convenios con Actores Sociales y Comunitarios: Instituciones públicas o personas morales legalmente constituidas sin fines de lucro.

Requisitos Generales para el Otorgamiento de los apoyos para la dotación de leche.

I. Abasto Comunitario

Para tener acceso al apoyo del Programa se deberá cumplir con lo siguiente:

Criterios Requisitos

a. En todos los casos se deberá cumplir con lo siguiente:

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i. Que el domicilio del hogar se encuentre dentro de la cobertura del Programa y que en el mismo existan personas con las características de la población objetivo señalada en el artículo 4.

ii. La persona interesada presentará en el punto de venta los siguientes documentos en original o copia para revisión.

A. Cualquier identificación Oficial o documento que lo acredite y la "Tarjeta del Bienestar"

B. Comprobante de domicilio, que puede ser: recibo de luz, agua, predial o teléfono; en su caso, escrito libre de la autoridad local en el que se valide la residencia de la persona solicitante. El comprobante deberá ser de fecha reciente (antigüedad máxima de tres meses).

C. Acta de nacimiento de la persona titular y de las personas beneficiarias.

D. Clave Única del Registro de Población (CURP) de la persona titular y de las personas beneficiarias.

b. Adicionalmente a lo señalado en el inciso a), las mujeres en período de gestación o lactancia deberán:

i. Acreditar que se encuentra en periodo de gestación o lactancia.

i. Presentar constancia médica o, en su caso, copia del carnet perinatal y/o control de embarazo u otro documento expedido por instituciones de salud del Gobierno Federal, estatal, municipal u otra institución de salud, en la que haga referencia a su situación de embarazo, o

ii. Presentar acta de nacimiento o constancia de alumbramiento del recién nacido.

c. Adicionalmente a lo señalado en el inciso a), las personas con enfermedades crónicas y personas con discapacidad deberán:

i. Comprobar ser persona con enfermedad crónica o persona con discapacidad que requiera incluir leche en su dieta.

i. Presentar constancia médica oficial expedida por instituciones de salud del gobierno federal, estatal, municipal u otra institución de salud en la que se recomiende ingerir leche.

II. Convenios con Actores Sociales y Comunitarios

Para celebrar convenios con Actores Sociales y Comunitarios se deberá cumplir con lo siguiente:

Criterios Requisitos

a. Acreditar el Objeto del Actor Social y Comunitario solicitante.

La persona representante del Actor Social y Comunitario presentará en el centro de trabajo por escrito la solicitud de suscripción de convenio para el suministro de leche en polvo, anexando copia del acta constitutiva, cuyo objeto social sin fines de lucro deberá relacionarse al apoyo alimentario.

b. Acreditar el número de personas beneficiarias. El Actor Social y comunitario, presentará el padrón de personas que atiende, por entidad federativa y centros de atención.

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c. Acreditar su inscripción en el Registro Federal de Organizaciones de la Sociedad Civil.

Las organizaciones de la sociedad civil, presentarán copia de la Clave Única de Inscripción denominada CLUNI.

d. Acreditar la operatividad del Actor Social y Comunitario.

El centro de trabajo formulará al Actor Social y Comunitario, la ficha socioeconómica del Anexo 1, con excepción de las Instituciones Gubernamentales.

Tipos y Montos de Apoyo.

El Programa otorga una dotación de leche fortificada y con alto valor nutricional, a un precio preferencial por litro, transfiriendo un margen de ahorro al hogar beneficiario, generado por la diferencia entre el precio de la leche Liconsa y el de la leche comercial.

I. Abasto Comunitario

La dotación de leche autorizada es de hasta cuatro litros a la semana por persona beneficiaria

registrada en el padrón y cada hogar tendrá derecho a adquirir un máximo de 24 litros a la semana, el Consejo de Administración de Liconsa definirá el rango de precios aplicables en el territorio Nacional, dependiendo del número de personas beneficiarias, conforme a lo que se establece en el siguiente cuadro, previa presentación de la tarjeta de dotación de leche:

Número de personas Beneficiarias Dotación semanal (litros)

1 4

2 8

3 12

4 16

5 20

6 o más 24

II. Convenios con Actores Sociales y Comunitarios (beneficiarios)

El esquema de operación para la dotación de leche en polvo, se especifica en el convenio suscrito con el Actor Social y comunitario, de acuerdo a las necesidades y características operativas de las partes involucradas.

Se podrán celebrar convenios modificatorios a los convenios suscritos con Actores Sociales y Comunitarios para ajustar, entre otros términos, el número de personas beneficiarias, el suministro por día autorizado y el representante legal.

La cobertura de los convenios no podrá rebasar el 4% del total del padrón de beneficiarios.

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El Padrón del Bienestar está integrado con los beneficiarios de los Programas Integrales para el Desarrollo con información de las dependencias y entidades responsables, información de entrevistas domiciliarias, de visitas de campo y del registro e inscripción por los medios específicos para cada programa y permitirá implementación de acciones transversales de las distintas dependencias de la Administración Pública Federal que faciliten la planeación, coordinación y ejecución de los programas.

Así mismo podrá revisado por la Secretaría de la Función Pública de manera continua para su debida validación, actualización y auditoría, atendiendo los criterios de Zonas de Atención Prioritaria y los demás que la Secretaría de Bienestar defina.

Este programa tiene recursos aprobados por 1,240.75 mdp, para su ejercicio en 2020.

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PROGRAMA DE ABASTO RURAL A CARGO DE DICONSA, S.A. DE C.V. (DICONSA)5

Los programas de subsidios del Ramo Administrativo 08, "Agricultura y Desarrollo Rural", entre ellos, el Programa de Abasto Rural a cargo de Diconsa, S.A. de C.V. (DICONSA), se destinarán, en las entidades federativas, en los términos de las disposiciones aplicables, exclusivamente a la población en condiciones de pobreza, de vulnerabilidad, de adultos mayores, de rezago y de marginación, de acuerdo con los criterios de resultados que defina el Consejo Nacional de Población y a las evaluaciones del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, en los programas que resulte aplicable y la Declaratoria de Zonas de Atención Prioritaria formulada por la Cámara de Diputados, mediante acciones que promuevan la superación de la pobreza a través de la educación, la salud, la alimentación nutritiva y de calidad, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación; protección social y programas asistenciales; y el fomento del sector social de la economía.

Este programa contribuye a las Directrices del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, se encuentra alineado a la Directriz 3 "Desarrollo Económico Incluyente".

Objetivo General del Programa

Contribuir a fortalecer el cumplimiento efectivo del derecho social a la alimentación, facilitando el acceso físico o económico a los productos alimenticios, para mejorar la seguridad alimentaria de la población que habita en las localidades de alta o muy alta marginación.

Objetivo Específico

Facilitar el acceso a productos básicos económicos y de calidad, en forma eficaz y oportuna, para mejorar la seguridad alimentaria de la población en localidades de alta o muy alta marginación con cobertura de tiendas DICONSA.

Población Objetivo

Poblaciones que se encuentran en condición de pobreza o en zonas de alta y muy alta marginación del medio rural que asciende a 26,573 localidades, con un total aproximado de 20,797,910 habitantes.

Población potencial: 84,769 localidades con un total aproximado de 25,389,075 habitantes.

Cobertura del Programa

El Programa tendrá una cobertura nacional, atendiendo a la población que se encuentre en localidades que tengan al menos alguna de las siguientes características:

5 DOF 16 enero 2020. Disponible en: https://sidof.segob.gob.mx/notas/5584088

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I. Ser de alta o muy alta marginación del medio rural, que no cuenten con un servicio de abasto local suficiente y adecuado. Además, podrán ser instaladas tiendas en localidades donde exista un punto de venta de LICONSA, S.A. de C.V.

II. Contar con tiendas comunitarias en funcionamiento que hayan sido instaladas de acuerdo con Reglas de Operación de ejercicios fiscales anteriores.

III. Poblaciones en donde no exista ninguna otra operación de abasto.

IV. El Programa focalizará sus recursos preferentemente en la atención de las personas que habiten en zonas de población mayoritariamente indígena, zonas con mayor grado de marginación o zonas con altos índices de violencia e inseguridad, según los mecanismos establecidos por la Secretaría de Bienestar.

Requisitos Generales para el Otorgamiento de los Incentivos

El acceso a los apoyos del Programa es a través del funcionamiento de tiendas administradas por la comunidad y operadas por una persona encargada de tienda que elige la comunidad.

Los criterios a aplicar por DICONSA para autorizar la apertura de una tienda y los requisitos que las y los solicitantes deberán cubrir son los siguientes:

Criterios Requisitos

Que en localidades que cumplan con lo establecido en las presentes Reglas, exista interés en la instalación de una tienda y que las y los solicitantes estén de acuerdo en aportar el local.

Enviar Solicitud de Apertura de Tienda ingresando al Portal Único del Gobierno disponible en https://www.gob.mx/tramites, a la cual podrá también acceder desde la página de DICONSA (http://www.gob.mx/diconsa).

En caso de no contar con acceso a internet, una o un representante de la comunidad interesada podrá entregar a DICONSA la Solicitud de Apertura de Tienda (Anexo II), la cual deberá ser suscrita por al menos quince jefes o jefas de familia.

La solicitud podrá enviarse a la Dirección de Operaciones de DICONSA, ubicada en Avenida Insurgentes Sur 3483, Ala Sur, Colonia Villa Olímpica Miguel Hidalgo, Alcaldía de Tlalpan, C.P. 14020, Ciudad de México, o entregarse en las instalaciones de DICONSA (sucursales, unidades operativas, almacenes) en el interior del país, de conformidad con la normatividad establecida por la Dirección de Operaciones de Diconsa.

La ubicación de las instalaciones de DICONSA donde se puede entregar la solicitud de apertura de tienda está disponible para consulta en:

http://www.diconsa.gob.mx/tf/arch/DA/Directorio%20Sucursales%20y%20Unidades%20Operativas.docx

http://www.diconsa.gob.mx/tf/arch/DA/Directorio%20de%20Almacenes.xlsx

Tipos y Montos de Apoyo

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El tipo de apoyo consistirá en proporcionar en sus puntos de venta el servicio de abasto de productos básicos de calidad (Anexo I). En el caso de los productos alimenticios, se procurará que además tengan un alto valor nutritivo.

El monto del apoyo equivale al valor de la transferencia de ahorro que DICONSA otorgará a la población mediante la oferta de productos a precios menores a los que ofrecen las alternativas de abasto de la localidad, el apoyo por tienda corresponderá de acuerdo a la determinación de un inventario óptimo.

Se buscará que el Margen de Ahorro otorgado a las personas beneficiarias a través del precio de la Canasta DICONSA (Anexo I) distribuida en los Puntos de Venta sea de por lo menos 15%, considerando el precio de dicha canasta en las tiendas privadas del mercado local.

La transferencia de ahorro a las personas beneficiarias se realizará vía precios y no como subsidio directo.

DICONSA podrá establecer precios preferenciales en productos específicos de su Canasta cuando los precios de mercado afecten significativamente el acceso a los mismos por parte de la población objetivo del Programa. La aplicación de esta política se hará por el tiempo y a los precios que autorice el órgano de gobierno de la entidad.

Este programa tiene recursos aprobados por 2,147.13 mdp, para su ejercicio en 2020.

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ANEXO I: CANASTA BÁSICA DE DICONSA

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CANASTA BÁSICA DE DICONCSA A PARTIR DEL 1 DE OCTUBRE DE 2019

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PROGRAMA DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA6

El Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA), tiene el fin de preservar y mejorar las condiciones sanitarias, y de inocuidad agroalimentaria; y como Instancia de Seguridad Nacional, ejecuta proyectos prioritarios de vigilancia epidemiológica e inspección en la importación y movilización nacional e internacional de productos agropecuarios, campañas fitozoosanitarias en materia agrícola, pecuaria, acuícola y pesquera así como acciones de sistemas de reducción de riesgos de contaminación.

Que al igual que otras partes del mundo, México no está exento de riesgos o agentes que causen daños a la producción agropecuaria, por eso dentro de las prioridades del SENASICA se encuentra la protección agropecuaria, acuícola y pesquera, a fin de mitigar el riesgo de introducción de plagas y enfermedades a territorio nacional, así como el combate a las presentes en el país, lo cual favorece las exportaciones de los productos del campo mexicano.

Es suma importancia incrementar la cobertura de los sistemas de reducción de riesgos de contaminación en unidades de producción agroalimentaria, acuícola y pesquera a nivel nacional con la finalidad de proteger el acceso al mercado.

Las presentes Reglas de Operación, el Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria, contribuye a un mejor entendimiento de su operación; se realizan los ajustes necesarios que demanda la política de austeridad del Gobierno de México y a la eficiencia de los recursos para el sector más vulnerable.

Objeto del programa

Dar a conocer las Reglas de Operación del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria, el cual tendrá los Componentes siguientes (Artículo 1°):

I. Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias;

II. Inspección de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias;

III. Campañas Fitozoosanitarias;

IV. Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera, y

V. Soporte a la Sanidad e Inocuidad

Objetivo General

El objetivo general del Programa y sus Componentes a que se refieren las presentes Reglas, es el de contribuir a mantener y mejorar el patrimonio fitozoosanitario y de inocuidad agroalimentaria, acuícola y pesquera del país.

El programa tiene como fin el contribuir a promover mayor certidumbre en la actividad agroalimentaria mediante la ejecución de proyectos en las zonas o regiones donde se

6 DOF 16 enero 2020. Disponible en: https://sidof.segob.gob.mx/notas/5584089

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previenen y combaten plagas y enfermedades que afectan la agricultura, ganadería, acuacultura y pesca, así como mejorar las zonas o regiones en materia de inocuidad.

Objetivos específicos

Los objetivos específicos del Programa y sus Componentes a que se refieren las presentes Reglas son:

I. Operar el Sistema de Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades, con la finalidad de llevar a cabo la detección de plagas y enfermedades emergentes o reemergentes de manera oportuna para en su caso, implementar acciones de manejo o bien la supresión, control o erradicación de estas;

II. Realizar la Inspección de mercancías reguladas que se movilicen por el territorio nacional en los sitios de inspección autorizados, con el fin de proteger los estatus avanzados de plagas y enfermedades;

III. Operar las Campañas Fitozoosanitarias, con la finalidad de realizar el control y en su caso, la erradicación de plagas y enfermedades que afectan a la producción agrícola, pecuaria y acuícola;

IV. Operar los sistemas de reducción de riesgos de contaminación, mediante la implementación de medidas que minimicen y prevengan la presencia de contaminantes físicos, químicos y biológicos en las unidades de producción y/o procesamiento primario, y

V. Fortalecer los procesos de inspección fitozoosanitaria y las acciones en materia de sanidad vegetal, sanidad animal, inocuidad; los mecanismos de cooperación regional, los consejos consultivos nacionales; estimular el aporte técnico y científico; y en su caso implementar mecanismos de administración de riesgos emergentes.

Cobertura del Programa

La cobertura del Programa es nacional. El área de enfoque del Programa son las zonas o regiones del país que requieren de la aplicación de medidas para contribuir a la protección, mantenimiento o mejora, según corresponda, las condiciones fitozoosanitarias y de inocuidad agroalimentaria, acuícola y pesquera del país.

Requisitos

Los requisitos y criterios específicos aplicables a los componentes previstos en las fracciones I, II, III y IV del artículo 1 de las presentes Reglas, son los siguientes:

I. El SENASICA formalizará su operación considerando los recursos y la distribución conforme a los anexos 11 y 11.1 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2020. Los instrumentos jurídicos que procedan, deberán ser signados por la Unidad Responsable y las partes que intervienen en su celebración, y definir cuando menos: la aportación y aplicación de los recursos necesarios, la definición de objetivos y metas, las modalidades a que se sujetará su actuación conjunta y su participación operativa, así como los instrumentos y mecanismos de control operativo y financiero con los que colaborarán para el eficaz cumplimiento de las actividades convenidas, dentro de dichos instrumentos jurídicos se deberá procurar la no duplicidad de acciones entre las partes, y la definición clara sobre las cuestiones operativas de las mismas;

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II. El SENASICA podrá radicar por conducto de la Secretaría el incentivo a la Instancia Dispersora en los Gobiernos de las Entidades Federativas o en su caso, directamente a la Instancia Ejecutora, para lo cual se deberá sujetar a los instrumentos jurídicos correspondientes;

III. Los proyectos de los Programas de Trabajo propuestos por la Instancia Ejecutora deberán ser enviados a la Unidad Responsable, correspondiente, quien deberá emitir sus observaciones y autorización;

IV. La Instancia Ejecutora que opere más de un proyecto, deberá identificar los conceptos de gasto que son transversales en su operación, para elaborar sus propuestas de Programas de Trabajo con un enfoque integral y prorrateando proporcionalmente el recurso asignado de los gastos operativos fijos, que se aplicarán indistintamente para todos los proyectos que opera, a fin de mejorar la eficiencia, evitar la duplicidad de gastos y estandarizar conceptos y costos, diferenciándolos de los gastos técnicos de cada proyecto;

V. El proceso de autorización de los Programas de Trabajo, deberá estar concluido dentro del primer mes del ejercicio 2020;

VI. Las metas y la distribución presupuestal de cada Componente, quedarán establecidas en los Programas de Trabajo, que contienen los proyectos autorizados por las Unidades Responsables. Por lo que, en caso de realizarse modificaciones estás se harán mediante la autorización de la modificación de los Programas de trabajo.

La Unidad Responsable es la que autorizará las modificaciones del Programa de Trabajo conforme a las estrategias de los proyectos correspondientes y previa justificación que presente la Instancia Ejecutora a más tardar el 30 de noviembre de 2020;

VII. Los objetivos, la población, las estrategias, las metas, las acciones, el plan presupuestal e indicadores de resultados de cada Proyecto, quedarán establecidas en el Programa de Trabajo;

VIII. Para el contenido de los aspectos técnicos, en la elaboración de Programas de Trabajo, por la Instancia Ejecutora, se deberá considerar:

a) El riesgo ante el desarrollo de un brote de plaga y/o enfermedad reglamentada;

b) Que sea estratégico y/o prioritario para coadyuvar al fortalecimiento de la Autosuficiencia Alimentaria;

c) La inclusión de pequeñas unidades de producción y pequeños productores;

d) Las características de las diferentes regiones socioeconómicas del país, y

e) El área de enfoque para la conservación o mejora de la situación sanitaria y de inocuidad en cada entidad, zona o región.

IX. La Comisión de Sanidad e Inocuidad Agropecuaria en las entidades federativas auxiliarán al SENASICA en el seguimiento de los Programas de Trabajo autorizados;

X. Las Comisiones validan los informes de avance físico financiero, lo cual debe constar en documentos con firma autógrafa;

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XI. El SENASICA solicitará a la Secretaría la liberación de los incentivos, para que sean radicados, en su caso, a los FOFAES7 de las entidades federativas o de manera directa a la Instancia Ejecutora;

XII. La Unidad Responsable informará al FOFAE la vigencia de la autorización de los Organismos Auxiliares que funjan como Instancias Ejecutoras, previo a la radicación de los incentivos;

XIII. La transferencia de los incentivos económicos por parte del Instancia Dispersora de Recursos a la Instancia Ejecutora estará sujeta a la autorización del Programa de Trabajo;

XIV. La Instancia Dispersora de Recursos es la responsable de la ministración oportuna de los recursos a las Instancias Ejecutoras, de acuerdo a los tiempos que así se convengan en los instrumentos jurídicos formalizados, por lo que en un plazo no mayor a 30 días naturales a partir de que recibe el recurso deberá realizar la liberación del 100% de los recursos recibidos, hacia las Instancias Ejecutoras de acuerdo al monto establecido en los instrumentos jurídicos formalizados para tal fin, por lo que ante su incumplimiento, no será considerada su participación en ejercicios fiscales posteriores. La Instancia Ejecutora deberá gestionar ante la institución fiduciaria el recibo de radicación con la descripción y detalle de los recursos recibidos por Componente y el nombre del Programa y remitirlo a la Unidad Responsable;

XV. La Instancia Ejecutora deberá emitir facturas a la Instancia Dispersora de Recursos por cada ministración que le radique; la factura deberá indicar la fecha en que se realizó dicha radicación y el monto desglosado por proyecto, así como el número de cuenta bancaria de depósito, la emisión de la factura será de manera inmediata; la Instancia Ejecutora deberá enviar una copia de la factura a la Unidad Responsable;

XVI. En el caso que exista aportación de incentivos estatales, se considerarán complementarios y estos deberán sujetarse a lo establecido en las presentes Reglas de Operación, asimismo deberá

suscribirse el instrumento jurídico en el que se establezcan las condiciones específicas de operación;

XVII. En caso de proyectos que no contemplen recursos federales, sino únicamente aportaciones de los Estados, estos no requerirán autorización por parte de la Unidad Responsable;

XVIII. Cuando se generen productos financieros del Programa en las cuentas de la Instancia Dispersora de Recursos o de la Instancia Ejecutora, podrán ser utilizados en el siguiente orden:

a) Pago de los servicios fiduciarios,

b) Pago de convocatorias, publicaciones y papelería oficial; y

c) Fortalecimiento o incremento de metas de programas de trabajo, para lo cual la Instancia Ejecutora deberá notificarlo a la Comisión de Sanidad e Inocuidad Agropecuaria para su

7 Fondo de Fomento Agropecuario.

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validación y a la Unidad Responsable para la autorización de modificar un Programa de Trabajo existente o autorizar uno nuevo.

En caso contrario, dicho recurso deberá ser enterado a la Tesorería de la Federación (TESOFE);

XIX. La administración y ejercicio de los incentivos, así como la ejecución de las acciones, será responsabilidad de la Instancia Ejecutora, la cual deberá cumplir las disposiciones descritas en el presente Acuerdo y los Lineamientos Técnicos Específicos para la operación de los Componentes de Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias, Inspección de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias; Campañas Fitozoosanitarias e Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera, incluidos en el anexo I de las presentes Reglas;

XX. Cuando el SENASICA a través de la Unidad Responsable determine de conformidad con sus atribuciones la ocurrencia de alguna emergencia, contingencia o riesgo fitozoosanitario en una Entidad Federativa, podrá reorientar los recursos disponibles correspondientes a la aportación federal en la Instancia Dispersora o en la Instancia Ejecutora para su atención, para lo cual esta última elaborará un Programa de Trabajo para dicho fin;

XXI. La Instancia Ejecutora deberá elaborar mensual y trimestralmente los avances de metas y el ejercicio de recursos de todos los programas de trabajo conforme se vayan realizando y presentarlo en las sesiones de las Comisiones;

XXII. La Instancia Ejecutora realizará el cierre operativo del Programa de Trabajo al 31 de diciembre de 2020; así como su entrega al SENASICA a más tardar el 15 de abril del 2021;

XXIII. Las adquisiciones o contrataciones de bienes y servicios se sujetarán a los Programas de Trabajo autorizados por las Unidades Responsables, y a los criterios establecidos por la Dirección General de Administración e Informática de conformidad con lo dispuesto en los Lineamientos Técnicos Específicos para la operación de los Componentes de Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias, Inspección de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias; Campañas Fitozoosanitarias e Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera, incluidos en el anexo I de las presentes Reglas, y

XXIV. Las instancias participantes, son:

a) Unidad Responsable: El SENASICA a través de sus Direcciones Generales correspondientes;

b) Instancia Ejecutora: Organismo Auxiliar u otra instancia relacionada con el sector que sea autorizada y designada por el SENASICA, que cumpla con la normatividad aplicable vigente;

c) Instancia Dispersora de Recursos: Gobiernos de las Entidades Federativas a través del FOFAE; y

d) Representante de la SADER en el Estado.

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Artículo 8. Los criterios y requisitos específicos aplicables al Componente Soporte a la sanidad e inocuidad, serán los siguientes:

I. El presupuesto del componente se sujetará a lo autorizado por el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el año fiscal 2020 conforme lo descrito en el anexo 11, exceptuando lo autorizado en el anexo 11.1. y la ministración de los recursos financieros estará sujeta a la disponibilidad presupuestal;

II. La asignación por proyectos será determinada por la Dirección en Jefe del SENASICA, con base en propuestas presentadas por las Unidades Administrativas del SENASICA en el Grupo Interno de Dirección, de conformidad con los lineamientos que emita para tales efectos y que se darán a conocer en la página electrónica del SENASICA;

III. La ministración de los recursos se hará de forma directa a la Instancia Ejecutora y/o al beneficiario, previa suscripción o emisión del Instrumento Jurídico correspondiente;

IV. Cuando el SENASICA a través de la Unidad Responsable determine de conformidad con sus atribuciones la ocurrencia de alguna emergencia, contingencia o un riesgo fitozoosanitario dentro del territorio nacional, podrá reorientar los recursos disponibles para su atención, para lo cual la Unidad Responsable elaborará un proyecto para dicho fin;

V. De conformidad con la normatividad aplicable, para la ejecución de los proyectos derivados de este Componente, se podrán suscribir o emitir alguno de los instrumentos jurídicos y/o técnicos siguientes:

a) Programa Operativo;

b) Convenio de Concertación, Coordinación o Colaboración y Anexo Técnico;

c) Plan Anual de Trabajo, o

d) Convocatoria publicada en el Diario Oficial de la Federación.

VI. Las instancias participantes, podrán ser:

a) Unidad Responsable: El SENASICA a través de sus Direcciones Generales correspondientes;

b) Instancia Ejecutora; y/o

c) Beneficiario.

VII. Para el caso de los Conceptos de incentivo, Fortalecimiento de la Capacidad Técnica, Operativa y Administrativa del SENASICA y Cooperación regional en materia zoosanitaria del Componente Soporte a la Sanidad e Inocuidad, la Instancia Ejecutora deberá contar con un Acuerdo General vigente en materia de cooperación técnica o un Convenio vigente registrado ante la Secretaría de Relaciones Exteriores en materia de cooperación técnica fitozoosanitaria, respectivamente.

VIII. Los requisitos y criterios específicos para el Concepto de Incentivo Estímulos a la labor científica y al mérito en sanidad vegetal o animal del Componente Soporte a la Sanidad e

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Inocuidad se establecerán en las Convocatorias al Premio Nacional de Sanidad Vegetal 2020 y Premio Nacional de Sanidad Animal 2020 de conformidad con lo dispuesto en los artículos 61 y 62 de la Ley Federal de Sanidad Vegetal; 180, 181, 182, 183 y 184 +del Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Vegetal; 152 y 153 de la Ley Federal de Sanidad Animal y 340, 341 y 342 del Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal. Los modelos de formatos correspondientes a dichas convocatorias se encuentran previstos en los anexos XII y XIII de las presentes Reglas.

Este programa tiene recursos aprobados por 4,028.90 mdp, para su ejercicio en 2020.

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PROGRAMA PRODUCCIÓN PARA EL BIENESTAR8

Este apartado tiene por objeto dar a conocer las Reglas de Operación del Programa Producción para el Bienestar para el Ejercicio Fiscal 2020.

El objetivo general del Programa es incrementar la productividad, principalmente de granos básicos, caña de azúcar y café de productores de pequeña y mediana escala, a través del otorgamiento de apoyo al ingreso de los productores.

Su objetivo específico es dotar de liquidez, para el impulso de la capitalización productiva, mediante apoyos directos, que podrán complementarse con esquemas estratégicos de acompañamiento técnico y vinculación con servicios productivos, en cultivos, regiones, entidades o localidades específicas.

El ámbito de aplicación de las presentes Reglas de Operación es de aplicación nacional y de observancia obligatoria para las instancias participantes en el Programa, así como para los productores con predios inscritos en el Padrón, o que pretendan pertenecer al mismo, cuando la normatividad lo permita.

La población objetivo son los productores de pequeña y mediana escala con predios inscritos en el Padrón, que cultiven preferentemente granos (maíz, frijol, trigo panificable, arroz, amaranto, chía, y/o sistema milpa, entre otros), café y caña de azúcar, con superficies de hasta 20 hectáreas en tierras de temporal y de hasta cinco hectáreas en riego.

Apoyos directos y montos máximos

I. Estratos y cuotas.

Los apoyos directos del Programa serán por productor, independientemente del número de predios que tengan, tomando en cuenta los siguientes estratos y cuotas:

Cuadro 1. Estratos

Estratos

Superficie objeto del apoyo

Régimen hídrico

Temporal Riego

Productor de pequeña escala Hasta 5 hectáreas. Hasta 0.2 hectáreas.

Productor de mediana escala Mayor de 5 y hasta 20 hectáreas. Mayor de 0.2 y hasta 5 hectáreas.

NOTA: Se podrán apoyar a productores de más de 20 hasta 30 hectáreas de granos de temporal, con monto máximo de apoyo equivalente a 20 hectáreas, conforme lo establezca la Unidad Responsable y de acuerdo a suficiencia presupuestaria.

8 DOF 7 de febrero 2020. Disponible en: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5585830&fecha=07/02/2020

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Para el caso de los productores de granos, el monto máximo del apoyo será el correspondiente a 20 hectáreas y se calculará con base la suma de la superficie elegible de sus predios. Dicho cálculo se realizará por hectárea o fracción, considerando únicamente los predios que tenga inscritos en un ciclo agrícola (Otoño-Invierno o Primavera-Verano), conforme lo declare el propio productor en la ventanilla, independientemente del número de predios inscritos.

El cálculo referido en el punto anterior se realizará considerando las cuotas siguientes:

Cuadro 2. Cuotas de granos

Estratos Cuota por hectárea

Productor de pequeña escala $1,600.00 (MIL SEISCIENTOS PESOS 00/100 M.N.)

Productor de mediana escala* $1,000.00 (MIL PESOS 00/100 M.N.)*

*Aplicará, en su caso, también a productores de más de 20 hasta 30 hectáreas de temporal, conforme lo establezca la Unidad Responsable y de acuerdo con suficiencia presupuestaria.

Algunos productores podrán recibir apoyos equivalentes a más de 20 hectáreas de temporal o más de 5 hectáreas de riego, siempre y cuando el excedente sea por albaceazgo, tutela, patria potestad o cualquier otra figura de representación legal.

Los apoyos para café y caña de azúcar serán por productor, con base en lo siguiente:

Cuadro 3. Cuotas de café y de caña de azúcar

Estrato Cuota por productor

Productor de café con hasta 20 hectáreas de temporal o hasta 5 hectáreas de riego $5,000.00 (CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.)

Productor de caña de azúcar con hasta 20 hectáreas de temporal o hasta 5 hectáreas de riego $7,300.00 (SIETE MIL TRESCIENTOS PESOS 00/100 M.N.)

Los productores de granos tendrán la posibilidad de acceder a los apoyos correspondientes para caña de azúcar o para café, siempre que sean predios diferentes.

Los apoyos para caña de azúcar y para café serán excluyentes entre sí, es decir, un productor no podrá recibir apoyos para ambos cultivos.

II. Además, para la entrega del apoyo directo, se considerará lo siguiente:

a. Los productores de granos con predios cuya suma de superficie sea menor a una hectárea recibirán por redondeo el apoyo equivalente a una hectárea;

b. Que los predios agrícolas de los productores beneficiarios sean sembrados al menos con la superficie apoyada;

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c. En caso de condiciones climatológicas adversas o de desastre natural, que impidan la siembra, podrá otorgarse el apoyo directo de manera prioritaria cuando la instancia ejecutora correspondiente realice la solicitud por escrito a la Unidad Responsable y la acompañe del documento emitido por la autoridad competente del Gobierno Federal, como el dictamen técnico o la declaratoria de emergencia que avale tales condiciones en las áreas afectadas. Lo anterior, sujeto a suficiencia presupuestal;

d. Que, de los productores beneficiarios como resultado de los predios apoyados por el Programa, al menos el 23% sean mujeres.

Criterios y requisitos de elegibilidad

I. El productor podrá recibir el apoyo cuando cumpla con los siguientes criterios de elegibilidad:

a. El expediente del predio esté integrado y resguardado por la ventanilla de atención (físico o digital);

b. Siembre un cultivo elegible (granos, caña de azúcar y café), en los predios sujetos del apoyo;

c. En su caso, se actualice en el sistema informático específico para la operación del Programa, el cultivo sembrado, acudiendo a la ventanilla o a través de los medios electrónicos que defina la Unidad Responsable;

d. Se acredite el uso del último apoyo recibido, conforme a lo establecido en la mecánica operativa de estas Reglas de Operación, y

e. Este registrado en el Padrón de Productores de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.

II. Los requisitos para la integración y/o resguardo del expediente son:

a. Del (los) Predio (s):

i. Ubicación del predio (georreferencia).

ii. Documentación que acredite la propiedad o posesión.

b. Del Propietario y del productor (si es distinto al propietario):

i. Clave única de registro de población (CURP).

ii. Identificación oficial vigente (IFE/INE).

iii. Comprobante de domicilio.

iv. Carta bajo protesta de decir verdad que sembró o sembrará al menos un cultivo elegible, en los predios sujetos del apoyo (granos, caña de azúcar y/o café).

La Unidad Responsable podrá establecer bases de colaboración, con la Secretaría de Bienestar, o cualquier otra dependencia, para incorporar predios de productores al Padrón.

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Apertura y cierre de ventanillas

El periodo de apertura y cierre de ventanillas será del 1º de febrero al 31 de octubre de 2020.

La Unidad Responsable podrá modificar estas fechas o establecer nuevos periodos de acuerdo con las necesidades del Programa, los ciclos productivos o casos de excepción que considere pertinentes, mismos que publicará en la página de la Secretaría.

Este programa tiene asignado recursos por 11,000.00 millones de pesos, para su ejercicio en 2020.

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RAMO 11 EDUCACIÓN BÁSICA

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PROGRAMA DE BECAS DE EDUCACIÓN BÁSICA PARA EL BIENESTAR BENITO JUÁREZ

El objetivo general del programa es contribuir a que las niñas, niños y adolescentes inscritos/as en Instituciones de Educación Básica del Sistema Educativo Nacional y que son integrantes de familias pobres, marginadas o que habitan en localidades prioritarias o asisten a escuelas en esas localidades, permanezcan y continúen sus estudios, mediante una beca.

Su propósito específico es otorgar becas para contribuir a la permanencia escolar de las niñas, niños y adolescentes inscritos en Instituciones de Educación Básica del Sistema Educativo Nacional y que son integrantes de familias pobres, marginadas o que habitan en territorios en condición de pobreza o de marginación o asisten a escuelas en esos mismos territorios.

La población objetivo son Familias con niñas, niños y/o adolescentes inscritos en Instituciones de Educación Básica (i) ubicados en localidades prioritarias y/o con infantes menores de cinco años que residan en esas localidades; o, (ii) tienen un ingreso mensual per cápita estimado menor a la Línea de Pobreza por Ingresos (LPI)9

Requisitos

Los requisitos para que una familia pueda acceder a este Programa son:

1. Contar con algún niño, niña y/o adolescente que esté inscrito en el ciclo escolar vigente, en alguna Instituciones de Educación Básica (IEB) perteneciente al Sistema Educativo Nacional (SEN).

2. No recibir de manera simultánea otra beca educativa de manutención otorgada por alguna institución del SEN y financiada con recursos federales.

3. Tener un ingreso mensual per cápita estimado menor a la LPI, en caso de que la vivienda en la que habita o la escuela a la que asiste el niño, niña y/o adolescente no se ubique en alguna localidad prioritaria.

4. Residir en localidades prioritarias, en caso de que los únicos niños o niñas de la familia tengan cinco años de edad o menos.

5. Contar con alguna adolescente embarazada que no sea beneficiaria de la Beca de Apoyo a la Educación Básica de Madres Jóvenes y Jóvenes Embarazadas del Programa de Becas “Elisa Acuña” y que se encuentre inscrita en el sistema escolarizado, no escolarizado u otros en alguna IEB perteneciente al SEN.

9 Equivale al valor total de la Canasta alimentaria y de la canasta no alimentaria por persona al mes. CONEVAL

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El tipo y monto de apoyo es el siguiente: Tipo de subsidio

Población Objetivo Monto o porcentaje Periodicidad

Monetario Familias con niñas, niños y/o adolescentes inscritos en Instituciones de Educación Básica (i) ubicados en localidades prioritarias y/o con infantes menores de cinco años que residan en esas localidades; o, (ii) tienen un ingreso mensual per cápita estimado menor a la Línea de Pobreza por Ingresos (LPI).

Niñas, niños y/o adolescentes inscritos en IEB o infantes menores de cinco años con calidad de víctima, migrante, refugiados y/o en condición de desplazamiento forzado interno.

$800.00 M.N. mensuales por familia.

$800.00 M.N. mensuales por niño, niña y/o adolescente con calidad de víctima, migrante, refugiados y/o en condición de desplazamiento forzado interno.

La beca se entrega bimestralmente hasta por diez (10) meses del ciclo escolar.

Este programa tiene recursos asignados por 30,475.08 mdp, para su ejercicio en 2020.

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RAMO 16 MEDIO AMBIENTE

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PROGRAMA DE CONSERVACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE (PROCODES)10

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, reconoce la importancia de los servicios ambientales que prestan a la sociedad las Áreas Naturales Protegidas y sus Zonas de Influencia. De esta forma, el Programa de Conservación para el Desarrollo Sostenible constituye un instrumento de la política pública que promueve la conservación de los ecosistemas y su biodiversidad, mediante la participación directa y efectiva de la población local en los procesos de gestión del territorio, en el aprovechamiento sustentable de los recursos, la protección y restauración de los mismos, y de la valoración económica de los servicios ambientales que éstos prestan a la sociedad, de forma tal que se generen oportunidades productivas alternativas y se contribuya a mejorar la calidad de vida de los habitantes en las Áreas Naturales Protegidas y sus Zonas de Influencia.

El objetivo general del programa es promover que las mujeres y los hombres que habitan las Áreas Naturales Protegidas y sus zonas de influencia, aprovechen los recursos naturales y la biodiversidad de forma sustentable para el desarrollo social y para mejorar sus medios de vida.

Los objetivos específicos del programa son:

• Impulsar el aprovechamiento sustentable de la biodiversidad y los recursos naturales a través del desarrollo de actividades productivas sustentables, así como proyectos de restauración y conservación con fines productivos.

• Promover la capacitación de las mujeres y los hombres que habitan las localidades asentadas en las Áreas Naturales Protegidas y sus zonas de influencia para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales.

• Prevenir, mitigar y restaurar las situaciones de riesgo derivadas de la presencia de contingencias ambientales que ponen en peligro la integridad de uno o varios ecosistemas en Áreas Naturales Protegidas y sus zonas de influencia.

La población objetivo son mujeres y hombres de 18 o más años de edad, que conformen grupos organizados; Ejidos o Comunidades y Personas Morales, que sean propietarios, poseedores, usufructuarios o usuarios de los recursos naturales comprendidos en las localidades de los municipios de las Áreas Naturales Protegidas y sus zonas de influencia.

Los requisitos que las(os) solicitantes deberán cumplir para solicitar los apoyos son:

I. Acreditar su personalidad y, en su caso, la de su representante legal, así como estar ubicados en las localidades asentadas en algún Área Natural Protegida o en su Zona de Influencia, enlistada en el Anexo número 1 de las Reglas de Operación, esta acreditación

10 DOF 28 de diciembre de 2019. Disponible en: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5583023&fecha=28/12/2019

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será de acuerdo al perfil de la persona que solicita el apoyo y deberá realizarse con copia, y original para cotejo, de los siguientes documentos:

a) Grupos organizados de mujeres y/o hombres, que no estén constituidos como personas morales. Identificación oficial, comprobante de domicilio y CURP, de cada uno de las(os) integrantes del grupo. Esta última no será un requisito obligatorio en el caso de población indígena o de localidades ubicadas en zonas de alta y muy alta marginación o zonas de difícil acceso.

b) Personas morales, distintas a Ejidos y Comunidades. Acta constitutiva vigente o poder notarial, así como los instrumentos jurídicos en los que se haga constar alguna modificación a la misma, relativa a la denominación o razón social, domicilio u objeto; comprobante de domicilio; identificación oficial del representante legal y el instrumento jurídico que acredite que éste último cuenta con facultades para ello.

c) Ejidos y Comunidades. Resolución Presidencial dotatoria o restitutoria de tierras, por la que se creó el ejido o comunidad de que se trate, resolución jurisdiccional o bien Escritura Pública por la que se constituyeron e identificación oficial de los representantes legales del Ejido o Comunidad y el instrumento jurídico que acredite que este último cuenta con facultades para ello.

II. Presentar su solicitud de acuerdo al formato establecido en el Anexo número 3 de las Reglas de Operación, para lo cual 11, la persona solicitante podrá hacer uso del formato electrónico establecido por la CONAP en el sitio www.gob.mx/conanp, o bien presentar su formato original en la oficina de la CONAP, según corresponda. En todos los casos las solicitudes deberán considerar la participación de al menos 10 personas por cada concepto de apoyo.

III. Solicitar recursos en los rangos establecidos para cada uno de los conceptos de apoyo, de conformidad con lo señalado en el Anexo número 2 de las Reglas de Operación.

IV. En el caso de solicitudes para proyectos de tipo productivo, los solicitantes deberán manifestar en el formato de solicitud establecido en el Anexo número 3 de las Reglas de Operación, su compromiso de aportar el 20% (veinte por ciento) del monto total del costo del proyecto, el cual puede ser en especie, económico, jornales u otro.

V. En el caso de solicitudes para proyectos productivos cuyo monto solicitado sea igual o superior a los $300,000.00 (Trescientos mil pesos 00/100 M.N.) los solicitantes deberán presentar un estudio de factibilidad técnica y económica, cuyo análisis o elaboración no sea superior a tres años previos a la fecha de la solicitud. El referido estudio deberá de contener como mínimo: Datos generales del proyecto, análisis de mercados, análisis financiero, análisis de la situación ambiental, conclusiones, recomendaciones, bibliografía y nombre del responsable del estudio.

VI. Los proyectos, estudios técnicos y cursos de capacitación que se soliciten, deberán ser compatibles con el Decreto de Creación del Área Natural Protegida en la que se lleve a

11 Consejo Nacional de Áreas Protegidas

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cabo y en su caso con el Programa de Manejo, así como, con la Planeación Estratégica del Área Natural Protegida.

VII. En el caso de solicitudes para proyectos, que impliquen la construcción de infraestructura para su ejecución los solicitantes deberán acreditar la legal propiedad o en su caso la posesión, uso, usufructo, u otro derecho sobre los terrenos donde se pretende realizar el proyecto, o bien contar con la autorización por escrito de la persona que sea propietaria.

VIII. Presentar original o copia certificada de los documentos a que hace referencia el presente numeral, para su cotejo.

IX. En caso de que la solicitud se ingrese de manera electrónica, el solicitante deberá complementar su registro presentando la solicitud y los documentos a que hace referencia el presente numeral, en original o copia certificada para su cotejo, en las oficinas de la CONAP correspondientes, a más tardar 5 días hábiles contados a partir de su registro, en caso de no presentarse se procederá a desechar la solicitud.

Para el caso de la documentación prevista en la fracciones I incisos b) y c), y siempre y cuando no haya sufrido ninguna modificación, el solicitante podrá prescindir de su presentación ante la misma instancia ejecutora en el marco de las solicitudes de apoyo presentadas para el PROCODES12 en ejercicios fiscales anteriores, describiendo en tal caso los datos necesarios para su ubicación (folio del convenio de concertación del concepto de apoyo autorizado para el cual se cuenta con original o copia cotejada en el expediente y fecha de presentación de dicho documento).

Tipo de apoyo

Los tipos de apoyo que el PROCODES otorgará son los siguientes:

I. Estudios técnicos: Consisten en la elaboración de estudios que constituyan herramientas de planeación, programación y evaluación en torno a estrategias y líneas de acción para el desarrollo sostenible de las localidades ubicadas en las Áreas Naturales Protegidas y sus zonas de influencia.

II. Proyectos: Realización de actividades para impulsar el aprovechamiento sustentable de la biodiversidad y los recursos naturales a través del desarrollo de actividades productivas sustentables, así como acciones de restauración de ecosistemas con fines productivos.

III. Cursos de capacitación: Apoyos que tendrán la finalidad de realizar cursos y/o talleres de capacitación sobre las líneas de acción para la conservación y desarrollo sostenible.

IV. Brigadas de contingencia ambiental: Apoyos destinados a la prevención, mitigación y restauración de las situaciones de riesgo derivadas de la presencia de

12 Programa de Conservación para el Desarrollo Sostenible.

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incendios forestales, sismos, actividades humanas o fenómenos naturales que ponen en peligro la integridad de los ecosistemas.

Las especificaciones correspondientes a cada uno de estos tipos de apoyo se definen en el Anexo número 2 de las Reglas de Operación.

A fin de promover la equidad de género en el acceso y beneficios del PROCODES, en el caso de proyectos, brigadas de contingencia y cursos de capacitación, en los que exista la participación de mujeres, las personas beneficiarias podrán disponer de hasta un 17% del monto total aportado por la CONAP, para el financiamiento de acciones afirmativas con perspectiva de género, mismas que deberán especificarse en el expediente técnico del proyecto o de la brigada de contingencia y en los términos de referencia del curso de capacitación.

Este programa tiene recursos aprobados por 178.20 mdp, para su ejercicio en 2020.

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PROGRAMA APOYOS PARA EL DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE 13

La Comisión Nacional Forestal establece los mecanismos de apoyo a través de las presentes Reglas de Operación para impulsar el manejo forestal comunitario en y con los núcleos agrarios, pueblos indígenas, comunidades, personas propietarias, legítimas poseedoras y usuarias de los terrenos forestales, preferentemente forestales o temporalmente forestales, bajo los principios de sustentabilidad, equidad, inclusión y respeto a sus tradiciones, usos y costumbres; así como para la integración de redes de valor y el desarrollo de economías locales y regionales, y el apoyo a esquemas de protección, conservación y restauración de los ecosistemas forestales y su biodiversidad para garantizar la provisión y calidad de los bienes y servicios ambientales; basados en una planeación y manejo con enfoque territorial, de paisajes bioculturales, cuencas y criterios agroecológicos, todo ello con el propósito de contribuir a mejorar la calidad de vida de la población objetivo y avanzar en el cumplimiento de los compromisos de mitigación y adaptación al cambio climático, establecidos en la Contribución Nacionalmente Determinada de México para el periodo 2020-2030.

Las Reglas de Operación del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 2020, tienen como objetivo general contribuir a que la superficie forestal, preferentemente forestal y temporalmente forestal sea protegida, conservada, restaurada e incorporada al manejo forestal sustentable, competitivo y participativo, mediante la ejecución de los componentes, conceptos y modalidades de apoyo. Asimismo, tienen como objetivo específico establecer las normas y procedimientos de aplicación general que deberán observarse en la operación, asignación y ejecución de los recursos federales a cargo de la CONAFOR14 y de los componentes, modalidades y conceptos.

Componentes de apoyo

Los componentes de apoyo, objetivos y personas elegibles para cada uno de éstos son los siguientes:

Componente I. Manejo Forestal Comunitario y Cadenas de Valor (MFCCV)

Objetivo: Apoyar a las personas propietarias, legítimas poseedoras y habitantes de las zonas forestales para que implementen acciones que les permita fortalecer la gobernanza, el desarrollo de capacidades, sociales, técnicas, culturales, la transferencia de tecnología; la ordenación, cultivo, aprovechamiento y certificación de los recursos forestales maderables y no maderables; el fortalecimiento de los procesos de abasto, transformación y mercados de las materias primas y productos forestales; así como a las personas propietarias y poseedoras de terrenos temporalmente forestales o preferentemente forestales para el desarrollo de plantaciones forestales comerciales sustentables que contribuyan a incrementar la producción forestal del país.

13 DOF 16 de enero de 2020. Disponible en: http://www.dof.gob.mx/2020/CONAFOR/ROPADFS2020.pdf 14 Comisión Nacional Forestal.

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Personas elegibles: i. Personas físicas o morales propietarias o legítimas poseedoras de terrenos forestales con aptitud de producción comercial sustentable clasificadas como productor tipo I, II, III, IV, y V; ii. Instituciones de educación e investigación registradas en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas para estudios regionales forestales, ejidos, comunidades o sus empresas forestales, así como empresas forestales mixtas; iii. Personas físicas y morales, que sean propietarias o legítimas poseedoras de terrenos temporalmente forestales o preferentemente forestales, ubicados dentro de las áreas elegibles para plantaciones forestales comerciales definidas por la CONAFOR, y que se clasifiquen como plantadores iniciales, en desarrollo o permanentes; iv. Alumnos inscritos en el sistema educativo CECFOR15.

Componente II. Restauración Forestal de Microcuencas y Regiones Estratégicas (RFM)

Objetivo: Apoyar proyectos de restauración forestal integral en microcuencas y regiones estratégicas del país con enfoque en el Manejo Integrado del Territorio (MIT), mediante prácticas que contribuyan a recuperar la productividad de los ecosistemas forestales degradados, así como generar empleo y mejorar el bienestar de los ejidos, comunidades, pueblos indígenas y pequeños propietarios de los terrenos forestales.

Personas elegibles: Personas propietarias o legítimas poseedoras de terrenos forestales y preferentemente forestales, cuyos terrenos presenten procesos de deterioro por la degradación de suelos, pérdida de vegetación forestal, alteración del ciclo hidrológico o áreas perturbadas por incendios o plagas forestales y desastres naturales.

Componente III. Servicios Ambientales (SA)

Objetivo: Fomentar la conservación activa de los ecosistemas forestales mediante incentivos económicos a personas propietarias o legítimas poseedoras de terrenos forestales, que de manera voluntaria deciden incorporar áreas al pago por servicios ambientales, así como fomentar la concurrencia de recursos económicos y operativos entre la CONAFOR y partes interesadas en constituir mecanismos locales para apoyar áreas estratégicas que deban ser incorporados a esquemas de conservación activa para mantener la provisión de servicios ambientales. Lo anterior con el objeto de incorporar prácticas de buen manejo para promover la conservación y manejo sustentable de los ecosistemas, y fomentar la provisión en el largo plazo de los servicios ambientales, tales como la captación de agua, el mantenimiento de la biodiversidad, la captura y conservación del carbono, y contribuir a la mitigación y adaptación de los efectos de cambio climático, en beneficio de la población.

Personas elegibles: i. Personas propietarias o legítimas poseedoras de terrenos forestales, cuyos predios mantienen una cobertura forestal en buen estado de conservación, incluyendo a los que tienen manejo y aprovechamiento forestal autorizado por la SEMARNAT; ii. Las personas físicas y morales, incluyendo los tres órdenes de gobierno, que sean usuarias de servicios ambientales, interesadas en participar en la

15 Centro de educación y Capacitación Forestal.

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creación o fortalecimiento de mecanismos locales de pago por servicios ambientales, mediante la aportación de recursos económicos, humanos y operativos.

Componente IV. Protección Forestal (PF)

Objetivo: Prevenir, combatir y controlar plagas e incendios forestales para reducir el deterioro de los diferentes ecosistemas forestales a nivel nacional mediante el otorgamiento de apoyos para tratamientos fitosanitarios, atención de contingencias fitosanitarias, brigadas de saneamiento forestal y brigadas rurales de incendios forestales.

Personas elegibles: i. Personas físicas o ejidos y comunidades propietarias o legítimas poseedoras de terrenos forestales y preferentemente forestales que carezcan de recursos económicos y estén obligadas a realizar los trabajos de saneamiento forestal; iii. Entidades federativas y municipios.

Cobertura

El Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable tiene cobertura nacional, focalizado territorialmente en áreas elegibles y de atención prioritaria definidas con base en criterios técnicos, ambientales, forestales, sociales y económicos.

Descripción y monto de los apoyos

Los apoyos que otorga la CONAFOR consisten en aportaciones directas destinadas a múltiples acciones y propósitos relacionados con el desarrollo forestal sustentable del país.

Los componentes, conceptos y modalidades de apoyo que otorga la CONAFOR a través del programa, son los siguientes:

Componente I. Manejo Forestal Comunitario y Cadenas de Valor (MFCCV)

Concepto de apoyo Monto Máximo *

Tipo de productor elegible**

Número máximo de actividades por Persona Beneficiaria***

Capacidad Técnica requerida de la persona Asesor Técnico*

MFCCV.1 Proyectos para el desarrollo de productores potenciales

6,200,000 I 4

Fortalecimiento del capital humano; fortalecimiento del capital social; comunidad extensionista; EC0217; RFN o estudios técnicos

MFCCV.2 Proyectos para el desarrollo de productores dedicados a la venta de madera en pie

7,500,000 II 6

Fortalecimiento del capital humano; instituciones extensionistas; fortalecimiento del capital social; comunidad extensionista; EC0217; RFN o estudios técnicos; silvicultura unidad 02 para vida silvestre; auditor técnico forestal autorizado por la CONAFOR; cadena productiva; FIRA o FND

MFCCV.3 Proyectos para el desarrollo de productores de materias primas forestales

7,500,000 III 6

Fortalecimiento del capital humano; instituciones extensionistas; fortalecimiento del capital social; comunidad extensionista; EC0217; RFN o estudios técnicos; silvicultura unidad 02 para vida silvestre; auditor técnico

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Componente I. Manejo Forestal Comunitario y Cadenas de Valor (MFCCV)

Concepto de apoyo Monto Máximo *

Tipo de productor elegible**

Número máximo de actividades por Persona Beneficiaria***

Capacidad Técnica requerida de la persona Asesor Técnico*

forestal autorizado por la CONAFOR; cadena productiva; FIRA o FND

MFCCV.4 Proyectos para el desarrollo de productores con capacidad de transformación primaria

7,500,000 IV 6

Fortalecimiento del capital humano; instituciones extensionistas; comunidad extensionista; EC0217; RFN; silvicultura unidad 02 para vida silvestre; auditor técnico forestal autorizado por la CONAFOR; cadena productiva; FIRA o FND

MFCCV.5 Proyectos para el desarrollo de productores con capacidad de aprovechamiento y transformación integral de materias primas forestales

7,500,000 V 4

Fortalecimiento del capital humano; comunidad extensionista; RFN; Silvicultura unidad 02 para vida silvestre; EC0217; cadena productiva; FIRA o FND

MFCCV.6 Proyectos estratégicos forestales 20,000,000 No aplica 1 Cadena productiva; FIRA o FND

MFCCV.7 Proyectos para Plantadores iniciales o en desarrollo

5,290,000 No aplica 4 Fortalecimiento del capital humano; RFN

MFCCV.8 Proyectos para Plantadores permanentes 11,000,000 No aplica 4 Fortalecimiento del capital humano; RFN

MFCCV.9 Becas para alumnos CECFOR 36,000 No aplica 1 N/A

* Dependerá de las actividades seleccionadas por concepto de apoyo; los montos por actividad y capacidad técnica requerida se establecen en el anexo técnico del Componente I.

** La clasificación de “Tipo de Productor Elegible” se realiza con base en la descripción contenida en el artículo 7 de las presente Reglas.

*** Las actividades se especifican en el anexo técnico del componente I.

Será motivo de rechazo solicitar un número mayor de actividades a las establecidas para cada concepto de apoyo.

Componente II. Restauración Forestal de Microcuencas y Regiones Estratégicas (RFM)

Concepto Modalidad Monto máximo

Persona Beneficiaria Asistencia Técnica

Número máximo de apoyos

Número máximo de apoyos

Hectáreas o proyecto

Capacidad Técnica requerida

RFM.1 Restauración forestal de microcuencas estratégicas

Única 22,000/ha 1

No aplica 300 hectáreas para personas físicas y

Reforestación y suelos

RFM.2 Restauración en microcuencas

Única 21,100/ha No aplica Reforestación y suelos

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para pueblos indígenas

800 hectáreas para personas morales

RFM.3 Recursos genéticos forestales

RFM.3.1 Mantenimiento de rodal semillero

538,500/ proyecto 1 No aplica

5 proyectos para personas físicas y

8 proyectos para personas morales

Establecimiento y manejo de Unidades Productoras de Germoplasma Forestal

Componente III. Servicios Ambientales (SA)

Concepto Modalidad Monto máximo

$/hectárea/año

Persona Beneficiaria Asistencia Técnica

Número máximo de apoyos

Número máximo de apoyos

Capacidad Técnica requerida

SA.1 Pago por Servicios Ambientales

SA.1.1 Servicios ambientales 1,100

1 No aplica Servicios Ambientales SA.1.2 Selva

Lacandona 1,000

SA.2 Mecanismos Locales de Pago por Servicios Ambientales a través de Fondos Concurrentes

No aplica 600 No aplica No Aplica Servicios Ambientales

Componente IV. Protección Forestal (PF)

Concepto Modalidad Monto máximo $/hectárea

Persona Beneficiaria Asistencia Técnica

Número máximo de apoyos

Número máximo de apoyos

Capacidad Técnica requerida

PF.1 Tratamiento Fitosanitario

PF.1.1. Tratamiento Fitosanitario Terrestre

1,740 No aplica No aplica Registro Forestal Nacional o Certificación en saneamiento forestal.

PF.1.2. Tratamiento Fitosanitario Aéreo

1,400 No aplica No aplica Registro Forestal Nacional o Certificación en saneamiento forestal.

PF.1.3. Tratamiento Fitosanitario en PFC

1,200 2 No aplica No aplica

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PF. 2 Brigadas de Saneamiento Forestal

Única 490,000 No aplica No aplica

Registro Forestal Nacional, requerido solo a quienes operen brigadas que realicen tratamientos fitosanitarios para insectos descortezadores u otro agente causal de daño que implique la remoción del arbolado.

PF.3 Atención de Contingencias Fitosanitarias

Única No aplica No aplica No aplica Registro Forestal Nacional o Certificación en saneamiento forestal.

PF.4 Manejo del Fuego

PF.4.1 Brigadas Rurales de Incendios

568,287

Por brigada de 10 elementos

No aplica No aplica No aplica

Las personas interesadas en brindar asistencia técnica en el marco de las presentes Reglas deberán acreditar la capacidad técnica especializada exigida por cada concepto o modalidad de apoyo y en todos los casos deberán estar acreditados en la capacidad técnica transversal denominada “Fortalecimiento del capital humano”.

El número máximo de apoyos a los que podrá brindar asesoría técnica una persona física o moral del Listado de Asesores Técnicos de la CONAFOR, está sujeto al límite máximo establecido en los cuadros anteriores, según corresponda.

Este programa tiene recursos aprobados por 1,031, 998 mdp, para su ejercicio en 2020.

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RAMO 19 APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL

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PROGRAMA IMSS-BIENESTAR

El Programa IMSS-BIENESTAR es administrado por el Instituto Mexicano del Seguro Social, a través de la Unidad del Programa IMSS-BIENESTAR, en coordinación con las Direcciones de Prestaciones Médicas, de Finanzas y de Administración, así como con las Delegaciones del IMSS, y tiene por objeto garantizar el derecho constitucional a la protección de la salud, mediante el otorgamiento de servicios de salud de primer y segundo nivel, considerando para ello la implementación del Enfoque Intercultural en Salud en favor de la población que carece de seguridad social donde el Programa tiene presencia.

El objetivo general del programa es contribuir al bienestar social e igualdad, otorgando atención a población sin seguridad social, mediante un MAIS que vincula los servicios de salud y la acción comunitaria, en las entidades donde el Programa tiene presencia. El Programa desarrollará estos objetivos mediante los componentes de Atención a la Salud y Acción Comunitaria, en un marco de respeto a los derechos humanos, con perspectiva de género y Enfoque Intercultural en Salud a la población usuaria.

Los objetivos específicos son los siguientes:

1. Realizar las acciones de prevención, vigilancia epidemiológica y salud pública de acuerdo al Programa Sectorial de Salud 2019-2024.

2. Otorgar servicios de salud ambulatorios y hospitalarios, así como los medicamentos asociados, a la población del ámbito de responsabilidad del Programa, en las unidades de primer nivel (UMR, UMM, CARO y BS16) y segundo nivel de atención (HR), con Enfoque Intercultural en Salud.

3. Desplegar iniciativas comunitarias para la mejora de la salud de las personas y de la comunidad en el universo de trabajo del Programa, a través de la Organización Comunitaria. Apoyar a las personas sanas o enfermas que acudan a la unidad médica para diferentes necesidades de atención o vayan a ser hospitalizadas con la estancia en Albergues Comunitarios tutelados por IMSS-BIENESTAR.

4. Fomentar la participación ciudadana y la contraloría social, a través del Aval Ciudadano, con la finalidad de dar seguimiento a la calidad en la prestación de los servicios médicos, conocer la satisfacción de los usuarios, sus inconformidades y quejas y formular propuestas para la mejora continua de los establecimientos médicos del Programa.

16 UMR.- Unidad Médica Rural UMM.- Unidad Médica Móviles CARO.- Centro de Atención Rural Obstétrica BS.- Brigadas de Salud HR.- Hospital Regional

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Los beneficiarios serán aquellas personas que han recibido algún servicio derivado de las atenciones que proporciona el Programa. Los datos personales de los beneficiarios deben registrarse en el PPA17.

Los servicios del Programa serán abiertos a la población dentro del ámbito de las unidades médicas de primer y segundo nivel de atención, es decir, cualquier persona recibirá la prestación del servicio en forma inmediata y sin condicionamiento alguno. Para recibir atención del primer nivel, la población dispone de UMR, CARO y UMM, así como de BS; para acceder a la atención de segundo nivel, con HR; y, para recibir atención de tercer nivel de alta especialidad, se contará eventualmente con la estrategia de las Jornadas Quirúrgicas Bienestar.

Dentro de la población beneficiaria están consideradas las personas o familias que, sin importar su condición de aseguramiento a otros sistemas, reciben los servicios que otorga el Programa. Cuando por razones de cercanía, nivel de resolución o convenio signado al efecto el establecimiento médico del Programa resulte ser su centro de referencia habitual para la atención de la salud, se estará a lo dispuesto en el numeral 3.7 de estas Reglas de Operación.

Así mismo, dentro de los beneficiarios también se incluirá a los migrantes que demandan atención a la salud durante su tránsito por el territorio nacional y a quienes el Programa otorga servicios de salud mediante la estrategia de Atención a la Salud de los Migrantes.

Este programa tiene recursos aprobados por 13,465.70 mdp, para su ejercicio en 2020.

17 Padrón de Auditores

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RAMO 20 BIENESTAR

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PROGRAMA DE FOMENTO A LA ECONOMÍA SOCIAL PARA EL EJERCICIO FISCAL 202018

El objetivo del programa es fortalecer la inclusión productiva, financiera y al consumo, así como el encadenamiento productivo de los Organismos del Sector Social de la Economía (OSSE) mediante el desarrollo de sus capacidades para contribuir a la construcción del bienestar social desde las prácticas y los principios de la Economía Social y Solidaria.

El objetivo específico es desarrollar capacidades y medios para la inclusión productiva, financiera y al consumo, así como el encadenamiento productivo de los Organismos del Sector Social de la Economía (OSSE), que cuenten con iniciativas sustentables desde las prácticas y los principios de la Economía Social y Solidaria a partir del trabajo colectivo.

La población objetivo son los Organismos del Sector Social de la Economía previstos en la Ley de Economía Social y Solidaria, que presentan medios y capacidades limitados para la inclusión productiva, financiera y al consumo, a partir del trabajo colectivo.

Tipos de apoyo

I. Apoyos económicos para la implementación, desarrollo, consolidación y crecimiento de proyectos de economía social para la producción y el consumo, a partir del trabajo colectivo.

I.1 Apoyos en efectivo para la implementación, desarrollo, consolidación y crecimiento de proyectos de economía social para la producción y el consumo, a partir del trabajo colectivo.

I.1.1 Apoyos para la implementación de proyectos nuevos (ARRANQUE)

I.1.2 Apoyos capitalizables para el desarrollo de proyectos en operación (DESARROLLA)

I.1.3 Apoyos capitalizables para la consolidación de proyectos en operación (CONSOLIDA)

I.1.4 Apoyos capitalizables para el crecimiento de proyectos en operación (CRECE)

I.1.5 Proyectos Productivos Sociales (PPS)

1.1.6 Constitución de Cadenas Productivas para el Bienestar (CCPB)

II Apoyos para el Desarrollo de capacidades

II.1 Apoyos no recuperables para el desarrollo organizativo, empresarial y de gestión social.

II.2 Apoyos no recuperables para el desarrollo comercial

II.3 Incubación y validación de empresas sociales.

II.3.1 Agentes de incubación y validación de empresas sociales

18 DOF 31 de diciembre de 2019. Disponible en: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5583183&fecha=31/12/2019

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II.3.2 Apoyos en efectivo, no recuperables, para la incubación y la validación.

II.4 Procesos de Economía Social en el Territorio

III. Apoyos para Banca Social (OSSE´S19 de ahorro y crédito y OSSE´S de aseguramiento).

III.1: Apoyos en efectivo no recuperables para el Fortalecimiento Institucional y Desarrollo de Capacidades de OSSE de ahorro y crédito. III.2. Apoyos en efectivo, capitalizables, para proyectos estratégicos financieros de los OSSE de ahorro y crédito. III.3: Apoyos en efectivo, capitalizables, para Instrumentos de Administración de Riesgos de los OSSE de ahorro y crédito. III.4: Apoyos en especie, no recuperables, para eventos de capacitación para los OSSE´S de ahorro y crédito

III.5: Apoyos en efectivo, no recuperables, para OSSE´S de aseguramiento (Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, integrados por pequeños productores)

Criterios y requisitos

I. Apoyos económicos para la implementación, desarrollo, consolidación y crecimiento de proyectos de economía social para la producción y el consumo, a partir del trabajo colectivo.

I.1 Apoyos en efectivo para la implementación, desarrollo, consolidación y crecimiento de proyectos de economía social para la producción y el consumo, a partir del trabajo colectivo.

I.1.1 Apoyos para la implementación de proyectos nuevos (ARRANQUE)

Los criterios generales de elegibilidad para los OSSE solicitantes de esta modalidad, son:

Criterios Requisitos (documentos a entregar en el registro de la solicitud de apoyo)

I. Ser un OSSE de reciente integración que empezarán a operar o están operando y no han recibido apoyo del INAES, legalmente constituido o en etapa previa a su constitución legal, y que derive de un proceso de incubación o validación realizado por algún Nodo de Impulso a la Economía Social y Solidaria (NODESS) o por alguna dependencia o entidad federal, de los gobiernos estatales, o de organismos internacionales, con las cuales el INAES haya celebrado un convenio para tal propósito.

I.1 Para los OSSE legalmente constituidos:

a) Copia simple de la cédula del RFC.

b) Copia simple de: acta constitutiva debidamente protocolizada, y, en su caso, la última modificación a la misma; dicha modificación podrá estar en trámite ante el registro correspondiente, para esto último deberán entregar la constancia del trámite.

c) Copia simple del documento que acredite las facultades del representante legal

d) Copia simple del Acta de asamblea en la que los socios/as deben asentar que aceptan los fines, valores, principios y prácticas a que se refieren los artículos 8, 9, 10 y 11 de la LESS.

I.2 Para los OSSE en etapa previa a su constitución legal:

Copia simple del Acuerdo o acta de integración elaborada conforme al formato disponible en el Anexo 3 de las presentes reglas de operación.

19 Organismos del Sector Social de la Economia

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II. Acreditar existencia e identidad de cada uno de los socios o integrantes del OSSE y del representante social o legal.

Clave Única de Registro de Población (CURP) y copia simple una identificación oficial vigente (credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral, antes IFE, pasaporte vigente, cédula profesional o cartilla del Servicio Militar Nacional).

III. Contar con un estudio de inversión que acredite el importe del apoyo solicitado y la viabilidad técnica, financiera y de mercado del proyecto, derivado de un proceso de incubación o validación, conforme a lo señalado previamente.

Estudio de inversión en formato digital, elaborado, conforme lo establezcan los Términos de Referencia correspondientes contenidos en las presentes reglas de operación. Si la inversión total es de hasta $250,000.00, con forme al Anexo 4.1; si la inversión total es mayor a la cifra anterior, conforme al anexo 4.2.

Acompañado de la constancia de incubación o validación correspondiente.

IV. No solicitar, ni haber solicitado en el presente ejercicio fiscal apoyos para los mismos conceptos, en otra dependencia del gobierno federal.

Manifestar en línea, bajo protesta de decir verdad, que en el presente ejercicio fiscal, ninguno de los socios/as o integrantes del OSSE solicitante, han solicitado, ni solicitarán apoyos a otros programas federales para los mismos conceptos que se solicitan al INAES.

V. Liberación de responsabilidades del INAES, respecto al servicio de incubación o validación recibido.

Manifestar en línea que los términos de la contratación del servicio de incubación o validación son responsabilidad exclusiva del con el cual incubó o validó su proyecto y que liberan al INAES y su coordinadora sectorial de cualquier responsabilidad de carácter civil, laboral o de cualquier otra naturaleza, ante cualquier eventualidad que pudiera derivarse por dicha contratación.

VI. Inexistencia de vínculos familiares con personal del INAES

Manifestar en línea, bajo protesta de decir verdad, de que ninguno de los socios/as o integrantes del OSSE es cónyuge o pariente consanguíneo hasta el cuarto grado por ambas líneas, ascendente o descendente; por afinidad hasta el segundo grado; o civiles, de alguna servidora o servidor público del INAES.

VII. Disponer de un predio o inmueble donde operará el proyecto.

Los OSSE cuyo proyecto operará en un predio o inmueble de propiedad social, indicarlo en la etapa de pre registro y entregar, en la etapa de registro definitivo, el o los documentos con los cuales acredita el derecho de uso correspondiente, temporal o permanente, mismos que serán evaluados en la etapa de validación normativa.

Los OSSE cuyo proyecto operará en un predio o inmueble de propiedad privada:

Si el predio o inmueble es propiedad del OSSE, indicarlo en la etapa de pre registro y entregar, en la etapa de registro definitivo, la escritura pública correspondiente, debidamente inscrita en el registro público de la propiedad.

Si el predio o inmueble será rentado u obtenido en comodato, deberá indicarlo en la etapa de pre registro. En caso de que la solicitud sea autorizada, deberá entregarse el contrato de arrendamiento o de comodato correspondiente antes de la formalización del apoyo.

VIII. Predio o inmueble donde realizará obra civil con recursos del INAES por más de $150,000.00

Si el predio o inmueble será rentado u obtenido en comodato, el contrato respectivo deberá ser por un plazo igual o mayor al referido en el estudio de inversión como horizonte del proyecto. En caso contrario, no procederá la entrega del apoyo.

Nota.- Antes de la firma del convenio de concertación:

Deberán presentarse para cotejo, los originales de los documentos señalados en los numerales: I.1, incisos b), c), y d); I.2; II y VII. Cualquier documento original que no coincida plenamente con la copia proporcionada, será causa de cancelación de la solicitud autorizada.

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INAES o tercer autorizado por INAES, realizará la consulta de la “Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales”. Esta consulta la realizará directamente el INAES ante el SAT y el resultado debe ser “positivo” o “sin obligaciones fiscales”. En caso contrario, será causa de cancelación de la solicitud autorizada.

I.1.2 Apoyos capitalizables para el desarrollo de proyectos en operación (DESARROLLA)

Los criterios de elegibilidad y requisitos para solicitar ante el INAES20, apoyos en esta modalidad, son:

Criterios Requisitos (documentos a entregar en el registro de la solicitud de apoyo)

I. Ser un OSSE con un proyecto en operación entre 2019, que haya cumplido con sus obligaciones fiscales, y que justifique requerir apoyo para su desarrollo, pudiendo ser legalmente constituido o estar en etapa previa a su constitución legal. La iniciativa de inversión que soporta la solicitud de apoyo, deberá derivar de un proceso de incubación o validación realizado por algún Nodo de Impulso a la Economía Social y Solidaria (NODESS) o por alguna dependencia o entidad federal, de los gobiernos estatales, o de organismos internacionales, con las cuales el INAES haya celebrado un convenio para tal propósito.

I.1 Para los OSSE que NO hayan sido apoyados previamente por el INAES :

a) Copia simple de la cédula del RFC que acredite haber iniciado operaciones entre 2013 y 2019.

b) Copia simple de: acta constitutiva debidamente protocolizada, y, en su caso, la última modificación a la misma; dicha modificación podrá estar en trámite ante el registro correspondiente, para esto último deberán entregar la constancia del trámite.

c) Copia simple del documento que acredite las facultades del representante legal.

d) Copia simple del Acta de asamblea en la que los socios/as deben asentar que aceptan los fines, valores, principios y prácticas a que se refieren los artículos 8, 9, 10 y 11 de la LESS.

e) La documentación que acredite la propiedad o derecho de uso donde opera el proyecto, conforme se indica en los incisos VII y VIII del precedente numeral I.1.1

I.2 Para los OSSE apoyados previamente por el INAES:

a) Copia simple del dictamen de correcta aplicación del recurso, correspondiente al apoyo de inversión recibido entre 2013 y 2019.

b) Copia simple del documento expedido por la entidad financiera con la que efectúa el ECA, en el cual se acredite que está al corriente de sus obligaciones.

c) En el caso de OSSE apoyado por el INAES en etapa previa a su constitución legal y que modificó su estatus a legalmente constituido, aplica lo señalado en el numeral I.1.

d) Si se da el supuesto señalado en el numeral I.1, párrafo sexto, de las reglas de operación, y la información de que dispone el INAES respecto al predio donde opera el OSSE no cumple con lo establecido, entregar la documentación que se indica en los incisos VII y VIII del precedente numeral I.1.1

20 Instituto Nacional de Economía Social.

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II. Acreditar existencia e identidad de cada uno de los socios/as o integrantes del OSSE y del representante social o legal.

II.1 Para los OSSE que NO hayan sido apoyados previamente por el INAES:

Clave Única de Registro de Población (CURP) y copia simple una identificación oficial vigente (credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral, antes IFE, pasaporte vigente, cédula profesional o cartilla del Servicio Militar Nacional) de cada socio/a.

II.2 Para los OSSE apoyados previamente por el INAES:

a) Estar integrado como mínimo por la mitad más 1 de los integrantes o socios/as que recibieron el apoyo de inversión del INAES. Esta validación la efectuará el INAES.

b) De los nuevos socios/as o integrantes, Clave Única de Registro de Población (CURP) y copia simple de una identificación oficial vigente (credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral, antes IFE, pasaporte vigente, cédula profesional o cartilla del Servicio Militar Nacional) de cada socio/a o integrante.

III. No solicitar, ni haber solicitado en el presente ejercicio fiscal apoyos para los mismos conceptos, en otra dependencia del gobierno federal.

Manifestar en línea, bajo protesta de decir verdad, de que en el presente ejercicio fiscal, ninguno de los socios/as o integrantes del OSSE solicitante, han solicitado, ni solicitarán apoyos a otros programas federales para los mismos conceptos que se solicitan al INAES.

IV. Contar con un estudio que acredite el importe del apoyo solicitado y la viabilidad técnica, financiera y de mercado del proyecto, derivado de un proceso de incubación o validación, conforme a lo señalado previamente.

a) Estudio de inversión en formato digital, elaborado, conforme lo establezcan los Términos de Referencia correspondientes contenidos en las presentes reglas de operación (Anexo 5.1). Acompañado de la constancia de incubación o validación correspondiente.

b) Copia de la declaración anual del ISR correspondiente al ejercicio fiscal en curso, acompañada de la balanza de comprobación. Si el calendario de la convocatoria cierra el plazo de registro antes del 30 de marzo, este documento podrá presentarse de manera extemporánea. Si el solicitante es un OSSE en etapa previa a su constitución legal y su representante social está registrado como parte del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), deberá entregar copia de las Declaraciones bimestrales por operaciones con el público general, correspondientes a los seis bimestres anteriores a la fecha de registro de su solicitud de apoyo ante el INAES.

V. Liberación de responsabilidades del INAES, respecto al servicio de incubación o validación recibido.

Manifestar en línea que los términos de la contratación del servicio de incubación o validación, son responsabilidad exclusiva del ente con el cual incubó o validó su proyecto, y que liberan al INAES y su coordinadora sectorial de cualquier responsabilidad de carácter civil, laboral o de cualquier otra naturaleza, ante cualquier eventualidad que pudiera derivarse por dicha contratación.

VII. Inexistencia de vínculos familiares con personal del INAES.

Manifestar en línea, bajo protesta de decir verdad, de que ninguno de los socios/as o integrantes del OSSE es cónyuge o pariente consanguíneo hasta el cuarto grado por ambas líneas, ascendente o descendente; por afinidad hasta el segundo grado; o civiles, de alguna servidora o servidor público del INAES.

Antes de la firma del convenio de concertación:

Deberán presentarse para cotejo, los originales de los documentos señalados en los numerales: I; II y IV, inciso b) Cualquier documento original que no coincida plenamente con la copia proporcionada, será causa de cancelación de la solicitud autorizada.

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INAES o tercer autorizado por INAES, realizará la consulta de la “Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales”. Esta consulta la realizará directamente el INAES ante el SAT y el resultado debe ser “positivo” o “sin obligaciones fiscales”. En caso contrario, será causa de cancelación de la solicitud autorizada.

I.1.3 Apoyos capitalizables para la consolidación de proyectos en operación (CONSOLIDA)

Los criterios de elegibilidad y requisitos para solicitar ante el INAES, apoyos en esta modalidad, son los mismos que los aplicables a la modalidad DESARROLLA, con la particularidad de que en este caso solo se otorgan los apoyos a OSSE´S legalmente constituidos y, en consecuencia, deberán entregarse de los documentos correspondientes.

I.1.4 Apoyos capitalizables para el crecimiento de proyectos en operación (CRECE)

Los criterios de elegibilidad y requisitos para solicitar ante el INAES, apoyos en esta modalidad, son los mismos que los aplicables a la modalidad DESARROLLA, con la particularidad de que en este caso solo se otorgan los apoyos a OSSE´S legalmente constituidos y, en consecuencia, deberán de entregarse los documentos correspondientes.

Adicionalmente, el requisito asociado al criterio V, inciso a), deberá cubrirse con la entrega del estudio de inversión elaborado conforme a los términos de referencia del Anexo 5.2 de las presentes reglas de operación, mismo que no estará sujeto al proceso de incubación o validación y, en consecuencia, no le aplica el criterio VI.

Adicionalmente, debe agregarse el requisito de entregar:

Copia simple de la carta de intención de crédito emitida por la entidad financiera autorizada y regulada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), que contenga el monto total del crédito que ésta otorgaría, así como las políticas, términos y condiciones generales del crédito. En caso de que el OSSE´S solicitante tenga un compromiso pendiente, relacionado con el ECA, la carta antes referida deberá hacer referencia a que la entidad financiera incluyó en su evaluación financiera los flujos comprometidos por el OSSE para cumplir con su obligación de capitalización. En su caso, antes de la firma del convenio de concertación, deberá presentarse para cotejo, el original de ésta carta. Si ésta no coincide plenamente con la copia proporcionada, será causa de cancelación de la solicitud autorizada.

I.1.5 Proyectos Productivos Sociales (PPS)

Los criterios y requisitos de los apoyos Proyectos Productivos Sociales (PPS) son los siguientes:

Criterios Requisitos

I. Ser un grupo social conformado por al menos tres personas, mayores de edad que habiten en los municipios de cobertura de la DGOP.

Presentar una solicitud junto con la Formulación del Proyecto.

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II. Acreditar residencia.

Presentar comprobante de domicilio de cada una de las personas integrantes del grupo social (credencial para votar con fotografía vigente, estado de cuenta para el pago de servicios predial, agua, luz o teléfono, con antigüedad no mayor a tres meses). En caso de no contar con alguno de los documentos anteriores se podrá presentar la constancia de residencia emitida por la autoridad local.

III. Acreditar identidad de las personas solicitantes.

Presentar CURP e identificación oficial de cada una de las personas integrantes del grupo social: (credencial para votar con fotografía vigente, cartilla del Servicio Militar Nacional, pasaporte vigente, cédula profesional).

II. Apoyos no recuperables para el desarrollo de capacidades.

Los criterios de elegibilidad y requisitos para solicitar apoyos que otorga INAES en efectivo para el desarrollo y fortalecimiento de capacidades organizativas, empresariales, comerciales y de gestión social de los OSSE´S, son:

Criterios Requisitos (documentos a entregar en el registro de la solicitud de apoyo)

I. Ser un OSSE con un proyecto en operación, pudiendo ser legalmente constituido o estar en etapa previa a su constitución legal.

I.1 Para los OSSE que no hayan sido apoyados previamente por INAES.

I.1.1 Legalmente constituidos:

a) Copia simple de la cédula del RFC.

b) Copia simple de: acta constitutiva debidamente protocolizada, y, en su caso, la última modificación a la misma; dicha modificación podrá estar en trámite ante el registro correspondiente, para esto último deberán entregar la constancia del trámite.

c) Copia simple del documento que acredite las facultades del representante legal.

d) Copia simple del Acta de asamblea en la que los socios/as deben asentar que aceptan los fines, valores, principios y prácticas a que se refieren los artículos 8, 9, 10 y 11 de la LESS.

I.1.2 En etapa previa a su constitución legal.

a) Copia simple de la cédula del RFC del representante social.

b) Copia simple del Acuerdo o acta de integración elaborada conforme al formato disponible en el Anexo 3 de las presentes reglas de operación.

I.2. Para los OSSE apoyados previamente por el INAES:

a) Copia simple del dictamen de correcta aplicación del recurso, correspondiente al apoyo de inversión recibido previamente.

b) Copia simple del documento expedido por la entidad financiera con la que efectúa el ECA, en el cual se acredite que está al corriente de sus obligaciones.

c) En el caso de OSSE apoyado por el INAES en etapa previa a su constitución legal y que modificó su estatus a legalmente constituido, aplica lo señalado en el numeral I.1.1

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II. Acreditar existencia e identidad de cada uno de los socios o integrantes del OSSE y del representante social o legal.

II.1 Para los OSSE que NO hayan sido apoyados previamente por INAES:

Clave Única de Registro de Población (CURP) y copia simple de una identificación oficial vigente (credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral, antes IFE, pasaporte vigente, cédula profesional o cartilla del Servicio Militar Nacional) de cada socio (a) o integrante.

II.2 Para los OSSE apoyados previamente por el INAES:

a) Estar integrado como mínimo por la mitad más 1 de los integrantes o socios que recibieron el apoyo de inversión del INAES. Esta validación la efectuará el INAES.

b) De los nuevos socios o integrantes, Clave Única de Registro Poblacional (CURP) y copia simple de una identificación oficial vigente (credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral, antes IFE, pasaporte vigente, cédula profesional o cartilla del Servicio Militar Nacional) de cada socio/a o integrante.

III. Tipo de proveedor del bien o servicio Si el proveedor del bien o servicio que se pretende contratar o adquirir es un OSSE o un NODESS, presentar copia simple del documento que así lo acredite.

IV. Presentar documento que permita evaluar la pertinencia y viabilidad de la solicitud.

Propuesta de trabajo, en formato digital, elaborado conforme lo establezcan los Términos de Referencia correspondientes contenidos en las presentes reglas de operación (Anexo 6 y 7).

V. Inexistencia de vínculos familiares con personal del INAES

Manifestar en línea, bajo protesta de decir verdad, de que ninguno de los socios/as o integrantes del OSSE es cónyuge o pariente consanguíneo hasta el cuarto grado por ambas líneas, ascendente o descendente; por afinidad hasta el segundo grado; o civiles, de algún servidor público del INAES.

VI. Inexistencia de vínculos familiares con proveedores o prestadores de servicios

Manifestar en línea, bajo protesta de decir verdad, que no contratará o adquirirá bienes y/o servicios para la ejecución del apoyo con proveedores o prestadores de servicios que tengan relación conyugal o de pariente consanguíneo hasta el cuarto grado por ambas líneas, ascendente o descendente; por afinidad hasta el segundo grado; o civiles, con algún socio o integrante del OSSE, o con algún servidor público del INAES.

VII. Para el caso de eventos comerciales que se realicen fuera del país, el OSSE deberá contar con la información y documentación que permita su legal estancia, exhibición y/o venta de sus bienes y/o servicios.

Manifestar en línea, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con la información y documentación que permite su legal estancia y la de sus representados en el lugar en el que exhibirán y/o comercializarán sus bienes y/o servicios, así como la que se requiere para la exhibición y/o venta, o prestación de éstos; o que dichos documentos se encuentran en trámite y que de no ser expedidos a su favor impedirá la recepción de los apoyos, siendo esta última circunstancia de su exclusiva responsabilidad.

Nota.- En su caso, antes de la firma del convenio de concertación, deberán presentarse para cotejo, los originales de los documentos señalados en los numerales: I.1.1; I.1.2; I.2, inciso a) b) y c); II.1; II.2, inciso b); y III. Cualquier documento original que no coincida plenamente con la copia proporcionada, será causa de cancelación de la solicitud autorizada.

INAES o tercer autorizado por INAES, realizará la consulta de la “Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales”. Esta consulta la realizará directamente el INAES ante el SAT y el resultado debe ser “positivo” o “sin obligaciones fiscales”. En caso contrario, será causa de cancelación de la solicitud autorizada.

Los criterios de elegibilidad de los apoyos que otorga INAES en especie para el desarrollo y fortalecimiento de capacidades organizativas, empresariales, comerciales y de gestión social de los OSSE´S, serán definidos por la unidad administrativa del INAES que proponga

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su otorgamiento. En cuanto a los requisitos, aplicará lo establecido en los numerales I, II y V de la tabla anterior.

II.1 Incubación y validación de empresas sociales.

Los criterios de elegibilidad y requisitos para solicitar apoyos que otorga INAES en efectivo para incubación y validación de las empresas sociales (OSSE´S), son los siguientes:

Criterios Requisitos (documentos a entregar en el registro de la solicitud de apoyo)

I. Ser un OSSE en proceso de formación o con un proyecto en operación, pudiendo ser legalmente constituido o estar en etapa previa a su constitución legal.

I.1 Para los OSSE NO apoyados previamente por el INAES.

I.1.1 En etapa previa a su constitución legal:

a) Copia simple de la cédula del RFC del representante social.

b) Copia simple del Acuerdo o acta de integración elaborada conforme al formato disponible en el Anexo 3 de las presentes reglas de operación.

I.1.2 Legalmente constituidos:

a) Copia simple de la cédula del RFC.

b) Copia simple de: acta constitutiva debidamente protocolizada, y, en su caso, la última modificación a la misma; dicha modificación podrá estar en trámite ante el registro correspondiente, para esto último deberán entregar la constancia del trámite.

c) Copia simple del documento que acredite las facultades del representante legal.

I.2 Para los OSSE apoyados previamente por el INAES, estén legalmente constituidos o en etapa previa a su constitución legal:

a) Copia simple del dictamen de correcta aplicación del recurso, correspondiente al apoyo de inversión recibido previamente.

b) Copia simple del documento expedido por la entidad financiera con la que efectúa el ECA, en el cual se acredite que está al corriente de sus obligaciones.

c) En el caso de OSSE apoyado por el INAES en etapa previa a su constitución legal y que modificó su estatus a legalmente constituido, aplica lo señalado en el numeral I.2

II. Acreditar existencia e identidad de cada uno de los socios o integrantes del OSSE y del representante social o legal.

II.1 Para los OSSE NO apoyados previamente por el INAES, estén legalmente constituidos o en etapa previa a su constitución legal:

Clave Única de Registro de Población (CURP) y copia simple de una identificación oficial vigente (credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral, antes IFE, pasaporte vigente, cédula profesional o cartilla del Servicio Militar Nacional) de cada socio (a) o integrante.

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II.3 Para los OSSE apoyados previamente por el INAES, estén legalmente constituidos o en etapa previa a su constitución legal:

a) Estar integrado como mínimo por la mitad más 1 de los integrantes o socios que recibieron el apoyo de inversión del INAES. Esta validación la efectuará el INAES.

b) De los nuevos socios o integrantes, Clave Única de Registro Poblacional (CURP) y copia simple de una identificación oficial vigente (credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral, antes IFE, pasaporte vigente, cédula profesional o cartilla del Servicio Militar Nacional) de cada socio o integrante.

III. Agente de incubación o validación seleccionado En la etapa de pre registro, indicar la denominación del agente de incubación o validación seleccionado, tomado del directorio publicado por el INAES.

IV. Indicar el servicio que requiere En la etapa de pre registro el OSSE deberá señalar el servicio que requiere y los datos que permitan identificar los antecedentes del OSSE y su objetivo.

V. En su caso, idea del OSSE que se pretende incubar Entregar copia de la idea del OSSE que los interesados pretenden incubar, elaborado conforme a los términos de referencia establecidos en el Anexo 4.3

VI En su caso, estudio de Inversión que se pretende validar

Entregar copia del Estudio de inversión que se pretende validar, elaborado conforme a los términos de referencia que están contenidos en los anexos 4.1, 4.2 o 5.1 de las presentes reglas de operación.

VII. Inexistencia de vínculos familiares con personal del INAES

Manifestar en línea, bajo protesta de decir verdad, de que ninguno de los socios o integrantes del OSSE es cónyuge o pariente consanguíneo hasta el cuarto grado por ambas líneas, ascendente o descendente; por afinidad hasta el segundo grado; o civiles, de algún servidor público del INAES.

VIII. Inexistencia de vínculos familiares con el agente de incubación o validación

Manifestar en línea, bajo protesta de decir verdad, de que ninguno de los socios o integrantes del OSSE es cónyuge o pariente consanguíneo hasta el cuarto grado por ambas líneas, ascendente o descendente; por afinidad hasta el segundo grado; o civiles, de algún integrante del agente de incubación o validación seleccionado.

Nota.- En su caso, antes de la entrega del apoyo, deberán presentarse para cotejo, los originales de los documentos señalados en los numerales: I.1.1; I.1.2; I.2; I.3; II.1; y II.3, inciso b). Cualquier documento original que no coincida plenamente con la copia proporcionada, será causa de cancelación de la solicitud autorizada.

El INAES o tercer autorizado por INAES, realizará la consulta de la “Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales”. Esta consulta la realizará directamente el INAES ante el SAT y el resultado debe ser “positivo” o “sin obligaciones fiscales”. En caso contrario, será causa de cancelación de la solicitud autorizada.

II.2 Constitución de Cadenas Productivas para el Bienestar (CCPB)

Los criterios y requisitos de los apoyos para Constitución de Cadenas Productivas para el Bienestar (CCPB) son:

Criterios Requisitos

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I. Ser productores y/o productoras directas.

Conformar un grupo en los que haya por lo menos 10 productores y/o productoras directas. Elegir a un representante mayor de edad y que todos los participantes habiten en los municipios de cobertura de la DGOP.

Presentar una solicitud junto con la Formulación del Proyecto.

II. Acreditar residencia.

Presentar comprobante de domicilio de cada una de las personas integrantes del grupo social (credencial para votar con fotografía vigente, estado de cuenta para el pago de servicios predial, agua, luz o teléfono, con antigüedad no mayor a tres meses). En caso de no contar con alguno de los documentos anteriores, se podrá presentar la constancia de residencia emitida por la autoridad local.

III. Acreditar identidad de las personas solicitantes.

Presentar CURP e identificación oficial de cada una de las personas integrantes del grupo social: (credencial para votar con fotografía vigente, cartilla del Servicio Militar Nacional, pasaporte vigente, cédula profesional).

II.3 Procesos de Economía Social en el Territorio (PEST)

Los criterios y requisitos de los apoyos para Procesos de Economía Social en el Territorio (PEST) son los siguientes:

Criterios de selección Requisitos

I. Facilitadores (as) Comunitarios (as) Territoriales (FCT)

Acreditar estudios de licenciatura en Economía, Desarrollo regional, o afín.

Tener conocimientos sobre la Economía Social y Solidaria, Género, Derechos y Humanos.

Tener experiencia en campo y desarrollo de proyectos productivos.

Ser coercitivos y propositivos.

Saber desarrollarse en público y tener capacidad de organizar a grupos sociales.

II. Técnicos (as) y Especialistas Tener estudios mínimos de licenciatura que cumplan con las necesidades de los grupos sociales, las cuales se definirán a lo largo del proceso.

Tener experiencia en campo.

Saber elaborar, aplicar y dar seguimiento a un proyecto productivo.

Tener conocimiento sobre la Economía Social y Solidaria.

Tener disponibilidad para trabajar y apoyar a los grupos sociales.

Los criterios y requisitos de los apoyos en el caso de ser Instituciones de Educación Superior, serán los siguientes:

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Criterios Requisitos

I. Ser Institución de Educación Superior que desarrollen los procesos participativos comunitarios.

Contar con la facultad y el área de para realizar acciones de incubación, extensionismo, perspectiva de género, sistemas agroecológicos, capacidades técnicas o de especialidades requeridas, así como la elaboración de proyectos y encadenamientos productivos.

II. Acreditar identidad de persona designada como representante legal.

Original y copia simple de CURP e identificación original vigente.

III. Apoyos para Banca Social (OSSE´S de ahorro y crédito y OSSE´S de aseguramiento).

Los criterios de elegibilidad y requisitos para solicitar apoyos para Banca Social que otorga INAES, son:

Criterios Requisitos (documentos a entregar en el registro de la solicitud de apoyo)

I. Ser OSSE de ahorro y crédito o de aseguramiento

I.1 Para los OSSE legalmente constituidos:

a) Copia simple de la cédula del RFC del OSSE´S.

b) Copia simple del Acta constitutiva o de transformación la cual deberá estar protocolizada y con inscripción en el registro que corresponda a su naturaleza.

c) Copia simple del Acta de Asamblea inscrita en el Registro que corresponda de acuerdo a su naturaleza, en la que se acredite la designación de la persona que ostenta la representación legal, o bien, poder notarial protocolizado vigente e inscrito en el registro que corresponda a su naturaleza, en el que se acrediten las facultades requeridas.

d) Copia simple de identificación oficial vigente de la persona que ostenta la representación legal.

I.2 Para los OSSE en etapa previa a su constitución legal:

a) Copia simple del Acuerdo o acta de integración, disponible en el sitio www.gob.mx/inaes, en la que se acrediten las facultades de la persona designada como representante social, firmada por sus integrantes.

b) Copia simple de identificación oficial vigente de la persona que ostenta la representación social.

II. Presentar documento que permita evaluar la pertinencia y viabilidad de la solicitud (no aplica para los apoyos en especie otorgados por invitación directa).

Copia simple de los documentos que se especifican en el Anexo 8, atendiendo para su presentación y elaboración lo que se indique en los Términos de Referencia publicados en el sitio www.gob.mx/inaes de la modalidad y submodalidad de apoyo que corresponda.

III. Ser OSSE de ahorro y crédito u OSSE de aseguramiento operando en el marco de la regulación correspondiente y, en el caso de OSSE de ahorro y crédito legalmente constituidos, que se encuentre registrado ante el Organismo de Supervisión Auxiliar respectivo.

En el caso de OSSE de ahorro y crédito legalmente constituidos, el personal del INAES verificará la situación que éste guarda en el sitio web del Organismo de Supervisión Auxiliar que corresponda.

En caso de existir discrepancia del registro que guarda el Organismo de Supervisión Auxiliar y el estatus regulatorio o categoría actual que ostenta el OSSE de ahorro y crédito, deberá presentarse documento expedido por el

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Organismo que corresponda, en el que se acredite su situación más reciente a la fecha de registro definitivo de la solicitud de apoyo.

IV. En caso de solicitar los apoyos para OSSE de ahorro y crédito que tiene entre sus socias y socios a integrantes de OSSE beneficiarios del INAES adheridos al ECA y les haya brindado servicios de educación financiera y/u otorgados créditos para proyectos productivos a empresas sociales, o acrediten haber brindado capacitación en educación financiera a otros OSSE, deberá presentar el documento que lo acredite.

Solo aplica para las submodalidades III.1.3, III.1.5 y III.4.1.

Copia simple del documento que acredite que cuenta con socias y socios integrantes de OSSE beneficiarios del INAES adheridos al ECA a quienes el OSSE de ahorro y crédito ha brindado servicios de educación financiera y/u otorgados créditos para proyectos productivos a empresas sociales y/o ha brindado capacitación en educación financiera.

Nota.- En su caso, antes de la firma del convenio de concertación, deberán presentarse para cotejo, los originales de los documentos señalados en los numerales: I.1, incisos c), d) y e); I.2; II; y IV. Cualquier documento original que no coincida plenamente con la copia proporcionada, será causa de cancelación de la solicitud autorizada.

INAES o tercer autorizado por INAES, realizará la consulta de la “Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales”. Esta consulta la realizará directamente el INAES ante el SAT y el resultado debe ser “positivo” o “sin obligaciones fiscales”. En caso contrario, será causa de cancelación de la solicitud autorizada.

Estos criterios y requisitos no aplican para la modalidad III.4. Eventos de capacitación para la Banca Social (apoyos en especie).

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PROGRAMA DE APOYO A LAS INSTANCIAS DE MUJERES EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS (PAIMEF)21

El Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas (PAIMEF), se destinara, en las entidades federativas, en los términos de las disposiciones aplicables, exclusivamente a la población en condiciones de pobreza, de vulnerabilidad, de adultos mayores, de rezago y de marginación, de acuerdo con los criterios que defina el Consejo Nacional de Población y a las evaluaciones del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, en los programas que resulte aplicable y la Declaratoria de Zonas de Atención Prioritaria formulada por la Cámara de Diputados.

Mediante acciones que el programa promovera la superación de la pobreza a través de la educación, la salud, la alimentación, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación; protección social y programas asistenciales; y el fomento del sector social de la economía; conforme lo establece el artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social, y tomando en consideración los criterios que propongan las entidades federativas.

El Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas (PAIMEF), es la respuesta específica del gobierno federal para promover la formulación e implementación de políticas públicas a nivel local para prevenir y atender las violencias contra las mujeres, en un marco de derechos humanos y desde la perspectiva de género.

El objetivo general del programa es empoderar a las mujeres en situación de violencia que solicitan servicios de orientación y atención especializada en las unidades apoyadas por el PAIMEF.

Objetivo específico son los siguientes:

-Realizar acciones para el fortalecimiento de la institucionalización en materia de prevención y atención de la violencia contra las mujeres.

-Realizar acciones para para prevenir la violencia contra las mujeres en coordinación con instituciones públicas y sociales.

-Otorgar servicios a las mujeres en situación de violencia, para orientar, atender e impulsar su autonomía, en coordinación con instituciones públicas y sociales".

Población objetivo:

Mujeres en situación de violencia que solicitan los servicios de orientación y atención especializada del PAIMEF.

Cabe destacar que todas las mujeres que lo requieran pueden acceder a los servicios gratuitos, especializados y confidenciales en materia psicológica, jurídica y de trabajo

21 DOF 31 de diciembre de 2019. Disponible en: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5583229&fecha=31/12/2019

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social, que se brindan en las unidades fijas, móviles o de protección y alojamiento, que se apoyan con el PAIMEF, sin que tengan que realizar algún trámite ni cubrir requisito alguno.

Todos los procesos descritos en estas Reglas de Operación se realizarán a través del Sistema Integral del PAIMEF.

Cuando las Instancias de Mujeres soliciten prórroga en cualquiera de los plazos establecidos en las presentes Reglas de Operación, se requiere fundamentar dichos retrasos o incumplimientos, en causas de fuerza mayor. La misma debe solicitarse antes del vencimiento de los plazos establecidos para la entrega. Con base en el análisis de las causas, el INDESOL22 dará respuesta en un plazo no mayor a dos días hábiles y podrán o no autorizar la prórroga.

Las 32 IMEF señaladas en el Anexo 3 podrán presentar un Programa Anual, conforme a los siguientes criterios y requisitos:

Criterio Requisito (documento requerido)

Presentar un Programa Anual en los términos del numeral 3.4, que se enmarque obligatoriamente en las tres vertientes señaladas en el numeral 2.3.

En el Programa Anual se deberá garantizar la prestación de los servicios de atención, durante todo el periodo de ejecución, en forma gratuita.

Formular y entregar el Programa Anual conforme al formato estipulado en el Sistema Integral del PAIMEF, mismo que se encuentra en la siguiente liga: http://www.sii.gob.mx/sirfosc/

Acreditar personalidad jurídica. Presentar o actualizar, en el Sistema Integral del PAIMEF la siguiente documentación escaneada:

· Decreto de creación o documento constitutivo de la IMEF.

· Cédula de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de la IMEF.

· Identificación oficial de la titular de la IMEF o de quien ostente la representación legal, en su caso.

· Nombramiento de la titular o documento delegatorio a quien ostente por encargo la titularidad de la IMEF o la representación legal.

Es importante señalar que la documentación debe ser legible y no presentar rayaduras o enmendaduras.

22 Instituto Nacional de Desarrollo Social

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Acreditar que ha concluido la ejecución de todas las acciones comprometidas en el Programa Anual apoyado durante el ejercicio fiscal inmediato anterior (si hubiere participado) o, en su caso, se han efectuado los reintegros correspondientes a las acciones no ejecutadas y los recursos no ejercidos al 31 de diciembre del ejercicio fiscal correspondiente.

Manifestar, mediante el sistema Integral del PAIMEF, que las acciones comprometidas en el Programa Anual apoyado durante el ejercicio fiscal inmediato anterior, en caso de haber participado, se han cumplido en su totalidad, que se reintegraron los recursos no ejercidos o derivados de la no ejecución de una acción, y que se reintegraron los productos financieros generados por la cuenta bancaria.

No haber duplicado, en el presente ejercicio fiscal, la ejecución de acciones y recursos de otros programas federales.

Manifestar, mediante el Sistema Integral del PAIMEF. En caso de recibir apoyos de otros programas federales, se deberá manifestar que, por ningún motivo, se duplicará el ejercicio de las acciones ni de los recursos asignados.

En caso de que falte algún documento o información, el INDESOL notificará, mediante el Sistema Integral del PAIMEF, de inmediato a las IMEF para que solvente dicha falta, en la inteligencia de que el Instrumento Jurídico no podrá suscribirse en tanto no se presente esa información al INDESOL.

Este programa tiene asignado recursos por 278.5 mdp, para su ejercicio en 2020

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PROGRAMA PENSIÓN PARA EL BIENESTAR DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES, PARA EL EJERCICIO FISCAL 202023

El Programa se encuentra alineado al Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2019, en su Eje “Política Social”, con el objetivo de Construir a un país con Bienestar, que tiene como finalidad favorecer el acceso a mejores niveles de bienestar y revertir la situación de desigualdad social en México.

Su objetivo general es que la población adulta mayor, indígena de 65 años o más y no indígena de 68 años o más mejore su situación de protección social, mientras su objetivo específico es entregar una Pensión a la población adulta mayor indígena de 65 años o más de edad, y a la población adulta mayor no indígena de 68 años o más de edad, para que cuenten con garantía y acceso al derecho a la protección social.

La cobertura del programa es atender a Personas Adultas Mayores ubicadas en territorio nacional, por lo cual, no se entregarán pensiones a personas que residan en el extranjero siendo un derecho para todas las Personas Adultas Mayores mexicanas que cumplan con los Criterios de Elegibilidad y Requisitos.

Población Objetivo Criterios de elegibilidad

Personas adultas mayores indígenas de 65 años o más de edad, mexicanas que residan en la República Mexicana y en los municipios o localidades Catalogados como indígenas.

1. Tener 65 años o más de edad.

2. Residir en la República Mexicana.

3. Domicilio en los municipios o localidades catalogados como indígenas.

Personas adultas mayores no indígenas de 68 años o más de edad, mexicanas o con 25 años de residencia permanente en el país.

1. Tener 68 años o más de edad.

2. Residir en la República Mexicana.

Las personas adultas mayores de 65 a 67 años de edad, inscritas en el Padrón de Beneficiarios del Programa Pensión para Adultos Mayores a diciembre del 2019.

1. Estar en el Padrón de Beneficiarios del Programa Pensión para Adultos Mayores, al mes de diciembre del ejercicio fiscal 2019.

2. Que estén incorporados en el Padrón de Beneficiarios.

Requisitos:

Cumplir con los criterios de elegibilidad y presentar original de los siguientes documentos:

Personas Adultas Mayores Indígenas de 65 años o más de edad, mexicanas que residan en la República Mexicana.

1. Que habiten en uno de los municipios o localidades catalogados como indígenas.

23 DOF 31 de diciembre de 2019. Disponible en: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5583304&fecha=31/12/2019

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2. Documento de Identificación vigente:

-Credencial para votar. - En caso de no contar con este documento, podrá presentar pasaporte vigente o credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM), u otros documentos que acrediten su identidad expedidos por la autoridad correspondiente.

3. Clave Única de Registro de Población (CURP).

4. Comprobante de domicilio expedido con máximo 6 meses a la fecha del trámite; a falta de documento y protesta de decir verdad ante dos testigos.

Personas Adultas Mayores No Indígenas de 68 años o más de edad, mexicanas o con 25 años de residencia permanente en el país.

1. Documento de Identificación vigente:

-Credencial para votar. - En caso de no contar con este documento, podrá presentar pasaporte vigente o credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM), u otros documentos que acrediten identidad expedidos por la autoridad correspondiente.

2. Clave Única de Registro de Población (CURP).

3. Comprobante de domicilio expedido con máximo 6 meses a la fecha del trámite; a falta de documento, protesta de decir verdad ante dos testigos.

Personas Adultas Mayores de 65 a 67 años de edad, inscritas en el Padrón de Beneficiarios del Programa Pensión para Adultos Mayores, activos a diciembre del ejercicio fiscal 2019.

1. Estar activos en el Padrón de Beneficiarios del Programa Pensión para Adultos Mayores, al mes de diciembre del ejercicio fiscal 2019.

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Tipos y Montos de los Apoyos

1. Apoyos Económicos Directos

Descripción Monto del Apoyo Población Objetivo

Apoyo económico mensual.

Entrega bimestral. $1,310.00 M.N.

Personas adultas mayores indígenas de 65 años o más de edad, mexicanas que residan en la República Mexicana y en los municipios o localidades catalogados como indígenas.

Personas adultas mayores no indígenas de 68 años o más de edad, mexicanas o con 25 años de residencia permanente en el país.

Personas adultas mayores de 65 a 67 años de edad, inscritas en el Padrón de Beneficiarios del Programa Pensión para Adultos Mayores, activos a diciembre del ejercicio fiscal 2019.

Apoyo económico de pago de marcha por única ocasión. $1,310.00 M.N.

Se otorga al representante o adulto auxiliar de la persona adulta mayor fallecida, perteneciente al Padrón de Beneficiarios.

Este programa tiene recursos aprobados por 129,349.9 mdp, para su ejercicio en 2020.

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RAMO 47 ENTIDADES NO SECTORIZADAS

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PROGRAMA DE APOYO A LA EDUCACIÓN INDÍGENA A CARGO DEL INSTITUTO NACIONAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS24

El objetivo general de programa es Contribuir a la permanencia, desarrollo y conclusión del grado y nivel académico de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes estudiantes, de 5 a 29 años de edad, pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, inscritos en escuelas públicas de los niveles básico, medio superior, superior y maestría, por medio de servicios de alimentación, hospedaje, becas y actividades complementarias, priorizando aquellos que no tienen opciones educativas en su comunidad, con la finalidad de mejorar el acceso a la educación y disminuir el rezago educativo de esta población.

Los objetivos específicos son:

1. Proporcionar servicio de alimentación nutricionalmente balanceada y culturalmente adecuada, a través de las Casas y Comedores de la Niñez Indígena, para favorecer el aprovechamiento escolar de la población atendida.

2. Proporcionar servicio de hospedaje a través de las Casas de la Niñez Indígena, para fortalecer la formación integral de la población atendida y su ejercicio efectivo del derecho a la educación.

3. Proporcionar actividades complementarias, sociales, lingüísticas y culturalmente pertinentes, a través de las Casas y Comedores de la Niñez Indígena, Casas y Comedores Comunitarios del Estudiante Indígena y Casas y Comedores Universitarios Indígenas, para fortalecer la formación integral en el contexto comunitario de la población atendida.

4. Dotar a las Casas y Comedores Comunitarios del Estudiante Indígena de insumos para la preparación de alimentos nutricionalmente balanceados y culturalmente adecuados, así como de artículos de higiene personal para favorecer el aprovechamiento escolar de la población atendida.

5. Proporcionar servicio de alimentación nutricionalmente balanceada y culturalmente adecuada, así como hospedaje a estudiantes de nivel superior y maestría, a través de las Casas y Comedores Universitarios Indígenas, para favorecer su aprovechamiento escolar.

6. Otorgar becas económicas a estudiantes indígenas y afromexicanos de nivel superior y maestría, que permitan la continuidad, conclusión y titulación, de sus estudios.

Población objetivo:

• Niñas, niños, adolescentes y jóvenes estudiantes, de 5 a 29 años de edad, pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, inscritos en escuelas públicas de la localidad sede de una Casa, que no cuentan con servicios educativos en su comunidad y que requieren el servicio de hospedaje.

24 DOF 29 de diciembre de 2019. Disponible en: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5583031&fecha=28/12/2019

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• Niñas, niños, adolescentes y jóvenes estudiantes, de 5 a 29 años de edad, pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, inscritos en escuelas públicas de la localidad sede de una Casa o Comedor, y que requieren el servicio de alimentación.

• Estudiantes de 17 a 29 años pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, inscritos en Instituciones Públicas de Educación Superior y que requieren servicios de alimentación, hospedaje y actividades complementarias a través de las Casas y Comedores Universitarios Indígenas; así como de un apoyo económico para continuar y concluir sus estudios hasta nivel de maestría, así como sus procesos de titulación.

Criterios y Requisitos de Elegibilidad

Para tener acceso a los apoyos del Programa, se deberá cumplir con los siguientes criterios y requisitos:

Casas y Comedores de la Niñez Indígena

Nuevo Ingreso

Criterios Requisitos

1. Ser persona indígena o afromexicana, 1. Presentar constancia de identidad o escrito libre emitido por la autoridad local mediante el cual se reconozca su identidad,

2. Población indígena o afromexicana que no cuente con servicios educativos en su localidad de origen o tenga la necesidad de recibir los apoyos,

2. Anexo 1 Solicitud de Ingreso,

3. Ser de nacionalidad mexicana, y 3. Presentar original para cotejo y copia de lo siguiente:

· Acta de nacimiento,

· Clave Única de Registro de Población (CURP),

· En caso de ser menor de 12 años, entregar copia de la cartilla de vacunación, y

4. Estar inscrito en la escuela pública de la localidad de la Casa o Comedor de la Niñez Indígena.

4. Presentar original para cotejo y copia del comprobante de inscripción a una escuela pública del ciclo escolar vigente, que contenga la clave del Centro de Trabajo (CCT) asignada por la SEP.

Reinscripción

Criterios Requisitos

1. Ser persona indígena o afromexicana, y 1. Anexo 1 Solicitud de Ingreso, y

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2. Estar inscrito en la escuela pública de la localidad de la Casa o Comedor de la Niñez Indígena.

2. Presentar original para cotejo y copia del comprobante de inscripción a una escuela pública del ciclo escolar vigente, que contenga la clave del Centro de Trabajo (CCT) asignada por la SEP.

Esta documentación podrá ser entregada por el interesado en caso de ser mayor de edad o, de lo contrario, por sus padres o tutores.

Casas y Comedores Comunitarios del Estudiante Indígena

Para acceder a los apoyos de alimentación y suministro de artículos de higiene personal, para la población indígena y afromexicana atendida en las Casas y Comedores Comunitarios del Estudiante Indígena, las Instancias Comunitarias y, en algunos casos debidamente justificados, municipales y estatales, deberán cumplir con los siguientes criterios y requisitos, entregando la documentación que se señala, en el Centro Coordinador de Pueblos Indígenas (CCPI) u Oficina de Representación correspondiente.

Criterios Requisitos

1. Que la Casa o Comedor Comunitario del Estudiante Indígena:

· Esté en funcionamiento, y su operación y administración esté a cargo de una instancia comunitaria o municipal,

· Que cuente con el equipamiento indispensable para brindar los servicios que correspondan,

· Contar con el aval de la asamblea comunitaria que garantice su operación,

· Que tenga bajo su responsabilidad al personal suficiente las 24 horas del día, para atender con estricto respeto de sus derechos, a las niñas, niños, adolescentes y jóvenes indígenas y afromexicanos que se encuentren inscritos en éste, y

· Que cuente con capacidad instalada (infraestructura y equipamiento) suficiente para la atención de sus beneficiarios.

1. Anexo 2 Solicitud de Acceso para las Casas y Comedores Comunitarios del Estudiante Indígena,

2. Anexo 3 Cédula de Información Básica de la Casa o Comedor Comunitario del Estudiante Indígena,

3. Reporte fotográfico de la capacidad instalada en cuanto a equipamiento e infraestructura,

2. Que la Casa o Comedor Comunitario del Estudiante Indígena brinde alimentación y/u hospedaje a niñas, niños, adolescentes y jóvenes indígenas y afromexicanos.

4. Padrón de beneficiarios de la Casa o Comedor Comunitario del Estudiante Indígena,

5. Anexo 1 Solicitud de Ingreso de cada uno de los beneficiarios,

6. Constancias de identidad o escritos libres emitidos por la autoridad local mediante el cual se reconozca la identidad de cada uno de los beneficiarios.

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3. Estar inscrito en la escuela pública de la localidad de la Casa o Comedor Comunitario del Estudiante Indígena.

7. Presentar original para cotejo y copia del comprobante de inscripción a una escuela pública del ciclo escolar vigente, que contenga la clave del Centro de Trabajo (CCT) asignada por la SEP.

Casas y Comedores Universitarios Indígenas

Nuevo Ingreso

Criterios Requisitos

1. Ser persona indígena o afromexicana, 1. Presentar constancia de identidad o escrito libre emitido por la autoridad local mediante el cual se reconozca su identidad,

2. Población indígena o afromexicana que no cuente con servicios educativos en su localidad de origen o tenga la necesidad de recibir los apoyos,

2. Anexo 4 Solicitud de Ingreso a Casas y Comedores Universitarios Indígenas,

3. Ser de nacionalidad mexicana, y 3. Presentar original para cotejo y copia de lo siguiente:

· Acta de nacimiento, y

· Clave Única de Registro de Población (CURP), y

4. Estar inscrito en una institución pública de educación superior.

4. Presentar original para cotejo y copia del comprobante de inscripción a una institución de educación superior pública del ciclo escolar vigente, que contenga la clave del Centro de Trabajo (CCT) asignada por la SEP.

Reinscripción

Criterios Requisitos

1. Ser persona indígena o afromexicana, y 1. Anexo 4 Solicitud de Ingreso a Casas y Comedores Universitarios Indígenas, y

2. Estar inscrito en una institución pública de educación superior.

2. Presentar original para cotejo y copia del comprobante de inscripción a una institución de educación superior pública del ciclo escolar vigente, que contenga la clave del Centro de Trabajo (CCT) asignada por la SEP.

La documentación señalada deberá ser entregada por el interesado.

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Becas de Educación Superior, Maestría y Apoyo a Titulación

Criterios Requisitos

1. Ser persona indígena o afromexicana, 1. Presentar constancia de identidad o escrito libre emitido por la autoridad local, mediante el cual se reconozca su identidad,

2. Acreditar nacionalidad mexicana, 2. Acta de nacimiento,

3. Clave Única de Registro de Población (CURP),

3. Estar inscrito en una institución pública de educación superior reconocida por la SEP,

4. Constancia de inscripción expedida por la institución pública de educación superior donde cursa sus estudios, que contenga la clave del Centro de Trabajo (CCT) asignada por la SEP,

4. Manifestar la necesidad de recibir los apoyos del programa y no contar con beca económica de otro programa social, y

5. Anexo 6 Solicitud de Becas de Educación Superior, Maestría y Apoyo a Titulación,

6. Escrito libre que manifieste bajo protesta de decir verdad de que no es beneficiario de ninguna otra beca económica, e

5. Contar con una edad máxima de 29 años. 7. Identificación oficial vigente.

Este programa tiene recursos aprobados por 1,598.70 mdp, para su ejercicio en 2020.

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PROGRAMA PARA EL FORTALECIMIENTO ECONÓMICO DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS A CARGO DEL INSTITUTO NACIONAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS25

Los programas de subsidio del Ramo Administrativo 47 que ejecutará el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI), se aplicarán para garantizar el ejercicio de los derechos de los pueblos indígenas y afromexicano, así como para impulsar su desarrollo integral, intercultural y sostenible, y el fortalecimiento de sus culturas e identidades, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los instrumentos jurídicos internacionales de los que México es parte.

El objetivo general del programa es contribuir al fortalecimiento de las economías de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas ubicadas en las regiones indígenas de atención focalizada y prioritaria definidas por el Instituto, mediante la implementación de proyectos económicos; turísticos; acciones de mitigación y adaptación a los efectos del cambio climático; generación de valor agregado; acceso al crédito y apoyo a la comercialización; con impacto comunitario y regional, desde una perspectiva participativa, territorial y de género, para alcanzar la integración de cadenas de valor, a fin de promover el desarrollo integral, intercultural y sostenible en dichas regiones.

Los objetivos específicos del programa son los siguientes:

a) Apoyar la implementación de proyectos económicos, turísticos y acciones de mitigación y adaptación a los efectos del cambio climático, con impacto comunitario. Se destinará de manera transversal el 50% del presupuesto para la inclusión de las mujeres indígenas y afromexicanas en los diferentes tipos de apoyo.

b) Impulsar estrategias de planeación y desarrollo de capacidades comunitarias, a través de la implementación de metodologías participativas, acompañamiento y acciones formativas estratégicas, a fin de fortalecer procesos económicos, administrativos, financieros y organizativos en el nivel comunitario, municipal, regional y nacional, e

c) Instrumentar estrategias y otorgar apoyos para la comercialización y el acceso al crédito que contribuyan a consolidar la presencia de los productos y servicios ofertados, en los mercados local, regional y nacional.

Población Objetivo:

Pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas y sus integrantes mayores de edad, que se ubican en las regiones indígenas de atención focalizada prioritaria, definidas por el Instituto, que presentan su solicitud de apoyo al Programa conforme a las presentes Reglas de Operación.

25 DOF 31 de diciembre de 2019. Disponible en: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5583216&fecha=31/12/2019

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Características de los Apoyos

Componentes, Tipos de Apoyo y Modalidades

Proyectos económicos, turísticos, de aprovechamiento y conservación del medio ambiente y recursos naturales, con impacto comunitario

a) Proyectos económicos con impacto comunitario:

Proyectos comunitarios de autosuficiencia alimentaria en comunidades indígenas y afromexicanas, por ejemplo: producción de hortalizas, maíz, aves de traspatio, granjas comunitarias, entre otros.

Proyectos comunitarios de producción primaria para cadenas de valor, de acuerdo a la vocación productiva de la región, por ejemplo: plantaciones de coco, cacao, miel, café, pesca, frutales, caña panelera, entre otros.

Proyectos comunitarios de transformación para cadenas de valor, de acuerdo a la vocación productiva de la región, por ejemplo: selección y empaque, artesanía, aserraderos y fabricación de muebles, beneficiadora de maderables y no maderables, piloncillo, panela, mezcal y derivados de la miel, infraestructura para ganadería comunitaria, entre otros.

b) Proyectos Comunitarios de Turismo de Naturaleza.

c) Acciones de mitigación y adaptación a los efectos del cambio climático con impacto comunitario.

Planeación y desarrollo de capacidades comunitarias

a) Planeación participativa comunitaria para la identificación de estrategias de fomento a la economía indígena, entre otros: la focalización de estrategias integrales de desarrollo regional.

b) Acciones Formativas Estratégicas y Certificaciones.

c) Promotoría Comunitaria.

Comercialización y acceso al crédito para la inclusión financiera

a) Comercialización.

b) Incentivos para el acceso al financiamiento y promoción.

En todos los tipos de apoyo deberán participar al menos el 51% de las mujeres indígenas y/o afromexicanas.

Los proyectos que apoya el Programa se orientan al fortalecimiento de la economía, al turismo y a las acciones de mitigación y adaptación a los efectos del cambio climático; de acuerdo con las vocaciones y potencialidades productivas de las regiones indígenas y afromexicanas, que considerarán las siguientes actividades:

a) Agrícolas,

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b) Pecuarias,

c) Forestales,

d) Pesqueras,

e) Acuícolas,

f) Agroindustriales,

g) Artesanales, y

h) Turísticas.

Los proyectos que apoye este Componente, deberán surgir de los procesos de Planeación Participativa que impulsa el Instituto, que tengan impacto comunitario y regional y que generen cadenas de valor, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal del Programa.

No se considerarán las actividades económicas que estén relacionadas con los servicios (refaccionarias, talleres mecánicos, cocinas económicas, purificadoras de agua, ciber café, estéticas, zapaterías, entre otras); el comercio (tiendas de abarrotes y ropa), ni panaderías, tortillerías, herrerías, taller de carpintería, maquila de ropa, entre otras.

No se dictaminarán ni se apoyarán aquellos proyectos cuyo contenido de información sea la réplica o copia de otras propuestas.

La instancia solicitante solo podrá acceder a un apoyo de este componente, en el ejercicio fiscal vigente. Para tal efecto, la Unidad Responsable del Programa podrá realizar las confrontas internas correspondientes.

Las solicitudes para recibir apoyo del Programa para proyectos económicos, turísticos y acciones de mitigación y adaptación a los efectos del cambio climático, con impacto comunitario, deberán contar con el aval de las Asambleas Comunitarias, como se establece en el Anexo 9A.

Los recursos otorgados por el Instituto a través del Programa, por ningún motivo podrán utilizarse para el pago de deudas, pago de rentas, servicios, compra de inmuebles o vehículos.

Para el capital de trabajo, el Programa sólo aportará los recursos que se justifiquen técnica y económicamente.

Los conceptos de gasto deberán ser congruentes y consistentes con la actividad económica o turística y acciones de mitigación y adaptación a los efectos del cambio climático y las necesidades de inversión identificadas durante el proceso de validación de campo.

Tipos de Apoyo:

1 Proyectos económicos con impacto comunitario.

Los Proyectos económicos con impacto comunitario son aquellos que tienen como objetivo principal fortalecer actividades de producción que pertenezcan a una cadena de valor

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regional o comunitaria enfocado a la generación de ingresos que encadenen procesos de producción, transformación y valor agregado de la actividad económica que realiza una comunidad a través del fortalecimiento de la infraestructura productiva y acciones de asistencia técnica.

Este tipo de apoyo tiene tres modalidades:

· Proyectos comunitarios de autosuficiencia alimentaria en comunidades indígenas y afromexicanas.

· Proyectos comunitarios de producción primaria para cadenas de valor.

· Proyectos comunitarios de transformación para cadenas de valor.

Cuadro 1. Modalidades y montos de Apoyo

Modalidad Montos

a) Proyectos comunitarios de autosuficiencia alimentaria en comunidades indígenas y afromexicanas: Esta modalidad de apoyo estará focalizada en comunidades con localidades ubicadas en municipios que registren altos índices de carencia por acceso a la alimentación estimada por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL), así como en asentamientos de población indígena desplazada.

Se destinará hasta $30,000.00 (Treinta mil pesos 00/100 M.N.) por módulo de producción para beneficiar al menos a 10 familias.

Los recursos económicos se podrán canalizar para la producción de hortalizas, maíz, aves de traspatio y explotación de conejos, cabras y ovinos en pequeña escala, de acuerdo a la vocación productiva del lugar, mediante el uso de ecotecnias y ecotecnologías que fomenten la conservación de los recursos naturales, por ejemplo: uso de insecticidas y abonos orgánicos, captación de agua de lluvia, riego por goteo, micro túneles, lombricultura, cercas vivas, conservación de suelos, sistemas agroforestales, producción de plantas como fuente de proteína, entre otras.

b) Proyectos comunitarios de producción primaria para cadenas de valor: Este tipo de apoyo está dirigido a comunidades y localidades con o sin experiencia organizativa previa, y con conocimientos en la actividad productiva del proyecto solicitado, con el propósito de fortalecer las actividades de producción que pertenezcan a una cadena de valor regional o comunitaria con enfoque a la generación de ingresos.

Se destinará: de $150,000.00 (Ciento cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) hasta $500,000.00 (Quinientos mil pesos 00/100 M.N.), dependiendo de los alcances del proyecto.

Se podrán canalizar para cadenas de valor de acuerdo con la vocación productiva de la región, por ejemplo: la producción de miel, café, caña panelera, mezcal, plantaciones de coco, cacao y frutales, así como, para la pesca y acuicultura, entre otros, basados en los recursos de la región, saberes productivos tradicionales y mercados locales y regionales.

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c) Proyectos comunitarios de transformación para cadenas de valor. Esta modalidad de apoyo está dirigido a comunidades y localidades, con experiencia colectiva en la producción, organización y comercialización, que requieren de capital o capacitación para generar procesos de transformación o valor agregado para alcanzar su sostenibilidad en el tiempo.

Se destinará: de $500,000.00 (Quinientos mil pesos 00/100 M.N.), hasta $1,500,000.00 (Un millón quinientos mil pesos 00/100 M.N.).

Los recursos se podrán canalizar para la construcción de infraestructura productiva, como por ejemplo: centros de acopio, selección y empaque, aserraderos y fabricación de muebles, beneficiadoras de maderables y no maderables, piloncillo, panela, mezcal y derivados de la miel, infraestructura para ganadería comunitaria, entre otros, de acuerdo con la vocación productiva, a fin de impulsar las cadenas de valor.

De los recursos aportados por el INPI26 se podrá utilizar hasta el 10% para acciones de asistencia técnica, para lo cual se deberá presentar un Programa de Trabajo o Carta Descriptiva que justifique las acciones a realizar.

Los montos de apoyo que establecen las Reglas de Operación, estarán en función de los resultados de la visita de validación de campo, proceso en el cual se determinarán los conceptos de inversión necesarios para el apoyo de los proyectos.

Serán objeto de estos apoyos, los proyectos que se ubiquen en alguna de las modalidades que se muestran en el cuadro 1.

2 Proyectos Comunitarios de Turismo de Naturaleza

Estos proyectos buscan impulsar las iniciativas de las comunidades indígenas y afromexicanas, que cuenten con vocación para el desarrollo de productos y servicios turísticos.

Este tipo de apoyo tiene tres modalidades:

Cuadro 2. Modalidades y montos de Proyectos Comunitarios de Turismo de Naturaleza

Modalidad Montos

a) Plan de Negocios: Dirigido a comunidades o empresas comunitarias indígenas, para la formulación de un documento que define objetivos y las diversas etapas del desarrollo turístico, conforme al Anexo 7,

Hasta $150,000.00 (Ciento cincuenta mil pesos 00/100 M.N.); un solo apoyo.

b) Infraestructura y Equipamiento: Dirigido a comunidades o empresas comunitarias indígenas, para el apoyo a infraestructura, rehabilitación y equipamiento de proyectos comunitarios de turismo de naturaleza que cuenten con Plan de Negocios y Estructura de Inversión actualizada, y

Hasta $1,000,000.00 (Un millón de pesos 00/100 M.N.) por apoyo. Se valorará la pertinencia de la solicitud en los casos que hayan sido apoyados en ejercicios fiscales previos y que no hayan recibido más de dos apoyos en esta modalidad.

26 Instituto Nacional de los Pueblos Indigenas

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c) Consolidación: Dirigido a comunidades o empresas comunitarias indígenas y afromexicanas, que cumplan con los requisitos para obtener el Sello Distintivo Paraísos Indígenas, o que requieran mejorar los estándares de calidad.

Hasta $500,000.00 (Quinientos mil pesos 00/100 M.N.). Único apoyo para complementar los requerimientos de equipamiento del sitio turístico.

No se apoyarán vehículos de transporte público y privado, cuatrimotos, tractores, motocultores, adquisición de bienes inmuebles (terrenos, locales, otros), ni ninguna especie de fauna silvestre o doméstica.

3. Acciones de mitigación y adaptación a los efectos del cambio climático con impacto comunitario

Estas acciones consisten en subsidios de carácter transversal para apoyo de estrategias de conservación y manejo sustentable de los recursos naturales.

Cuadro 3. Modalidades y montos de las Acciones de Mitigación y Adaptación a los efectos del Cambio Climático con impacto comunitario

Modalidad Montos Conceptos de inversión

a) Inicio: Esta modalidad está dirigida a comunidades y localidades indígenas que buscan realizar acciones de conservación, protección, recuperación, mantenimiento y/o manejo sustentable de ecosistemas, en el marco de las definiciones antes mencionadas.

Hasta $350,000.00 (Trescientos cincuenta mil pesos 00/100 M. N.).

Los recursos se deben destinar para la adquisición de infraestructura, equipamiento, insumos, herramientas, paquetes tecnológicos y asistencia técnica (hasta un 10% del monto de aportación del Instituto), entre otros requerimientos.

Asimismo, se podrá invertir en mano de obra y en renta de equipo especializado, de acuerdo con la naturaleza del proyecto.

b) Fortalecimiento: Consiste en apoyar la consolidación de acciones comunitarias para el aprovechamiento y conservación de los recursos naturales que cumplan con los requerimientos del Programa.

Hasta $500,000.00 (Quinientos mil pesos 00/100 M. N.).

Requisitos que deben cumplir las instancias solicitantes para los tipos de apoyo Proyectos Económicos, de Turismo de Naturaleza y Acciones de Mitigación y Adaptación a los Efectos del Cambio Climático, con impacto comunitario

Cuadro 4. Requisitos

Documento

Proyectos Económicos con Impacto Comunitario

Proyectos Comunitarios de Turismo de Naturaleza

Acciones de Mitigación y Adaptación a los Efectos del Cambio Climático con impacto comunitario

Comunidades Comunidades Empresas Comunitarias Indígenas

Comunidades

Registro:

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Solicitud de apoyo (Anexo 1). X X X X

Proyecto Simplificado (Anexo 2 y Anexo 2A).

En el caso de la modalidad de Proyectos de Transformación para Cadenas de Valor, se requiere Plan de Negocios que incluya la corrida financiera (Anexo 2B).

X X

Términos de Referencia para la Presentación de Proyectos Comunitarios de Turismo de Naturaleza y formulación de Planes de Negocio (Anexo 7 y Anexo 7A, respectivamente).

X X

Copia de la Minuta o Acta del proceso de Planeación Participativa, convocado y validado por el Instituto.

X X X X

Acta de Asamblea Comunitaria que valide el proyecto solicitado (Anexo 9A).

X X X X

Requisitos para solicitudes autorizadas:

Acuse de formato solicitud. X X X X

Acta de integración del Comité de Seguimiento firmada por todos sus integrantes y en la cual se designe como presidente a la persona que firma la solicitud (Anexo 9).

X X X

Copia de identificación oficial vigente (con fotografía) de cada uno de los integrantes de la comunidad.

X X X X

Clave Única de Registro de Población (CURP) expedida en el presente ejercicio fiscal y Acta de nacimiento legible de todos los integrantes.

X X X X

Permisos y concesiones vigentes o en trámite, en los casos que se requiera de acuerdo a la naturaleza del proyecto.

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Carta compromiso (escrito libre) de mantener el Proyecto vigente y en operación posterior a la conclusión del ejercicio fiscal, con excepción de la formulación de Planes de Negocio de Proyectos Comunitarios de Turismo de Naturaleza.

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Manifestación escrita, firmada por la instancia solicitante expresando no estar tramitando ante otra dependencia o entidad del Gobierno Federal en el presente ejercicio fiscal, apoyo para el mismo proyecto salvo en los casos de mezcla de recursos que se justifiquen y sean complementarios.

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Manifestación escrita, firmada por la instancia solicitante, expresando que ningún integrante es servidor público en activo o en licencia, ni tampoco familiar en primer grado de algún servidor público en activo o en licencia.

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Documento que acredite ante la Oficina de Representación y los CCPI´s, la propiedad o posesión del predio en que se ejecutarán las obras que comprende el proyecto a nombre de la instancia solicitante del apoyo (Por ejemplo: escritura, contrato de comodato, entre otros).

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Datos de la cuenta bancaria mancomunada de ahorros a nombre del/la representante de la instancia solicitante y de al menos otro/a integrante, en donde se especifique la CLABE interbancaria con 18 dígitos; así como comprobante de que la cuenta se encuentra activa.

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Registro Federal de Contribuyentes (RFC) emitido por el Sistema de Administración Tributaria (SAT).

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Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en sentido positivo emitida por el Sistema de Administración Tributaria (SAT).

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Este programa tiene recursos aprobados por 806.90 mdp, para su ejercicio en 2020.

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REFERENCIAS

1. Diario Oficial de la Federación. Disponible en: www.dof.gob.mx

2. Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Disponible en: www.shcp.gob.mx