CDG - Naturaleza de las sesiones de las Comisiones Investigadoras en el Congreso peruano (1963-2001)

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LA NATURALEZA Y EL CARÁCTER DE LAS SESIONES EN LAS COMISIONES INVESTIGADORAS DURANTE EL PERÍODO 1963-2001 Por César Delgado-Guembes ( ) Las Comisiones Investigadoras son órganos parlamentarios responsables de obtener información para el Congreso. La finalidad de la obtención de información está acotada y se enfoca respecto de hechos de interés público que merecen la vigilancia y control político del Congreso. Su labor se justifica en función de la capacidad moralizadora que no le es ajena a la representación nacional. El reciente desempeño de estas agencias de la institución parlamentaria parece merecer una revisión de la experiencia sobre su manejo en períodos anteriores, de manera que sea posible indagar sobre los sentidos de su uso para actores previos de los procesos de investigación y control parlamentario, y así encontrar elementos de juicio basados en la experiencia para ajustar o enderezar su orientación al tipo de misión específica que el Congreso requiere que ellas cumplan. Es con este tipo de propósito en mente que cabe formular una interrogación precisa y concreta, que permita recuperar en nuestra propia tradición parlamentaria el sentido que ha tenido su actividad regular en el pasado. Esa pregunta puede ser si tienen las sesiones y El autor es especialista y profesor de derecho parlamentario, y tiene experiencia en la gestión del parlamento peruano desde el año 1980, institución en la que ha ocupado los más altos cargos como funcionario, desempeñándose como Sub Oficial Mayor de la Cámara de Diputados bajo el régimen bicameral que concluyó en 1992, y como Oficial Mayor durante el año 2003. Actualmente se desempeña como funcionario en el Congreso de la República a cargo del Centro de Documentación y Biblioteca 1

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Entre Abril y Mayo del 2005, César Delgado-Guembes entrevistó a ex parlamentarios y funcionarios que se desempeñaron en Comisiones Investigadoras del Congreso, con la finalidad de recabar su testimonio y percepciones en relación con las características públicas o reservadas de las actividades de dichos órganos parlamentarios. En esta investigación se consignan dichos testimonios y percepción, a las que sigue la reflexión del autor sobre el concepto que debiera corresponderles. Este fue el trabajo preliminar al que luego le siguió la investigación que desarrolló el año 2009 en relación con la amenaza mediática en el cumplimiento de la función de control que tienen las Comisiones Investigadoras.

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LA NATURALEZA Y EL CARÁCTER DE LAS SESIONES EN LAS COMISIONES INVESTIGADORAS

DURANTE EL PERÍODO 1963-2001

Por César Delgado-Guembes ()

Las Comisiones Investigadoras son órganos parlamentarios responsables de obtener información para el Congreso. La finalidad de la obtención de información está acotada y se enfoca respecto de hechos de interés público que merecen la vigilancia y control político del Congreso. Su labor se justifica en función de la capacidad moralizadora que no le es ajena a la representación nacional. El reciente desempeño de estas agencias de la institución parlamentaria parece merecer una revisión de la experiencia sobre su manejo en períodos anteriores, de manera que sea posible indagar sobre los sentidos de su uso para actores previos de los procesos de investigación y control parlamentario, y así encontrar elementos de juicio basados en la experiencia para ajustar o enderezar su orientación al tipo de misión específica que el Congreso requiere que ellas cumplan.

Es con este tipo de propósito en mente que cabe formular una interrogación precisa y concreta, que permita recuperar en nuestra propia tradición parlamentaria el sentido que ha tenido su actividad regular en el pasado. Esa pregunta puede ser si tienen las sesiones y actividades en general de las Comisiones Investigadoras, hasta el año 2000 carácter público o reservado. Tentativamente cabría proponer, a título de hipótesis que existe una percepción disímil sobre la experiencia en la realización de las sesiones y que, por lo tanto, el concepto ha variado según los actores. El sustento para proponer esta hipótesis es la realidad advertida en la experiencia que empieza el año 1995, desde cuando el concepto de las sesiones de las Comisiones Investigadoras también ha variado según los actores, como ha variado también la normatividad con la que se ha regulado dichas sesiones.

En principio cabría esperar que, por la naturaleza de las tareas que se les encargan, existiera la percepción de que les es esencial actuar como órgano preparatorio de la voluntad corporativa del Congreso y, por esta razón, que deben asegurar a las instancias deliberantes de la institución la información cuyo recaudo debe realizarse observando técnicas no El autor es especialista y profesor de derecho parlamentario, y tiene experiencia en la gestión del parlamento peruano desde el año 1980, institución en la que ha ocupado los más altos cargos como funcionario, desempeñándose como Sub Oficial Mayor de la Cámara de Diputados bajo el régimen bicameral que concluyó en 1992, y como Oficial Mayor durante el año 2003. Actualmente se desempeña como funcionario en el Congreso de la República a cargo del Centro de Documentación y Biblioteca

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precisamente públicas sino, por el contrario, semejantes a las que es necesario observar en procesos investigatorios como los que se conducen en la fase instructiva en los tribunales de justicia. ¿Corresponde a su papel el desarrollar sus tareas con carácter reservado, o debe entenderse que les es exigible la exposición abierta y transparente de su proceso investigatorio?. Es a esta pregunta a la que podría preverse que la respuesta sea que esta finalidad no es adecuadamente advertida entre los actores de los procesos de investigación parlamentaria. Si esta hipótesis fuera correcta, es indispensable explorar y examinar en mayor profundidad para definir con claridad cuál debe ser el perfil que más efectivamente deban cumplir las Comisiones Investigadoras a la luz del encargo que reciben y de la misión institucional y constitucional que les toca cumplir.

Para examinar los alcances de las interrogantes anteriores en este documento se procederá a revisar esquemáticamente el entorno en el que las Comisiones Investigadoras han desarrollado su labor en particular a partir de los años 90s, y luego se consignará las referencias obtenidas de protagonistas de la labor investigadora en períodos parlamentarios anteriores a dicha década.

El aporte principal que se espera alcanzar es el acopio del testimonio que las entrevistas desarrolladas durante los meses de Abril y Mayo del año 2005 revelen, pero también una propuesta inicial a la que luego sigan planteamientos e investigaciones de mayor profundidad. Es pues un primer intento de acopio de información basado en el testimonio de quienes han tenido experiencia en el desempeño de las Comisiones Investigadoras, para recoger de ellos las líneas que orienten mejor el sentido que deba afirmarse en la normativa y la práctica de estos importantes órganos a cuyo cargo está la preparación de la deliberación y voluntad de control y fiscalización del Congreso del Perú.

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EL CONTEXTO HISTÓRICO INSTITUCIONAL

1. La naturaleza de las sesiones según los períodos históricos

La observación básica del ejercicio de las Comisiones Investigadoras permite afirmar que el largo período que comprende los años 1963 al 2005 no ha registrado una práctica regular a partir de la afirmación del carácter público de sus sesiones, constatándose que frente a una práctica de reserva existe otra en la que se desarrollan sesiones públicas. A este

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efecto, lo que se ha entendido como sesiones públicas o sesiones reservadas ha dependido del período materia de la indagación, así como del concepto y estilo que los actores han dado al desempeño de las responsabilidades que el Pleno les confió.

Hasta el año 1992, se entendía que eran públicas las sesiones en las que podían entrar representantes que no eran miembros de la Comisión, o asesores de ellos; y sesiones reservadas aquellas en las que, primero, el ingreso a las sesiones era materia de una disciplina mucho más severa, excluyendo de ingreso incluso a representantes al Congreso que no fueran miembros de la comisión a cargo de la investigación, y segundo, cuando la documentación no era accesible ni disponible sino una vez concluida la investigación y puesta aquélla en conocimiento del Pleno.

A partir de 1993 empieza a cambiar el concepto de qué era una sesión pública, como consecuencia del efecto producido por el interés y papel de los medios de comunicación en el desarrollo de la actividad parlamentaria. Sesión pública fue desde entonces una modalidad de trabajo con consecuencias diversas. La presencia, cobertura o injerencia de la prensa en el desarrollo de la labor parlamentaria significó una magnificación de la difusión de las materias, procedimientos, incidencias, decisiones y acuerdos del Congreso. Por esta misma razón, definir como pública una sesión tiene consecuencias sustantivamente diversas en la actualidad, que las que podía traer hasta el año 1992.

2. El reto institucional para la generación parlamentaria a partir del 2001

En atención a los riesgos que confronta el desarrollo del Congreso en un marco de transparencia y publicidad mediáticamente masiva, los retos son también distintos hasta los ahora conocidos. Estos retos se enfrentan con un marco normativo que resultó de la coyuntura política de los 90s.

Dos hechos significativos en el desarrollo de las Comisiones Investigadoras a partir de 1993 fueron, primero, que se creara una Comisión, como la Comisión ordinaria de Fiscalización, que sirvió como criba y filtro para evitar la investigación parlamentaria de los asuntos públicos, pero a la vez como salvaguarda para la operación libre del aparato de sostenimiento del poder político por Fujimori y quienes lo apoyaban en su liderazgo. El segundo hecho significativo, dentro de esta misma lógica, fue la diseminación de la función de control, al reconocerla como una actividad ordinaria propia de cada una de las Comisiones Ordinarias, cuya labor es eminentemente legislativa.

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La creación de la Comisión de Fiscalización y la dispersión de la función de control entre las comisiones ordinarias, obedeció a un concepto de la actividad política que entendió el manejo de la cosa pública como una materia en la que el parlamento debía servir de colchón de protección y de silenciamiento de la actividad política del Poder Ejecutivo, y no un órgano de control, objetivo que no le resultó muy complicado alcanzar al régimen de 1993-2000 debido a las mayorías holgadas con las que contaba en el Congreso en general, y en las Comisiones Ordinarias en particular.

Otro efecto importante es el desconcierto y la ausencia de modelo para quienes resultan elegidos al Congreso como representantes de la comunidad. Los congresistas que llegan a ocupar un escaño parlamentario a partir del 2001 no tuvieron vínculo histórico con la generación de parlamentarios que fuera descabezada con el golpe de 1992 y, en consecuencia, quedaron en una situación de desarraigo cultural, por ausencia de modelos apropiados y de información suficiente sobre nuestras tradiciones políticas y parlamentarias.

Los congresistas que se insertan en nuestro parlamento luego del período de autoritarismo de la década del 90, tuvieron que hacerse cargo de responsabilidades y riesgos que no conocieron los parlamentarios precisamente cuyo período de actividad política concluyó a fines de los 80s. La solución de continuidad fue un agente importante en la devaluación de la capacidad de acción y reacción de los representantes que empiezan su gestión a fines del siglo XX.

El reto ya era difícil para quienes vivieron la política nacional durante el siglo XX, pero la nueva generación de políticos tienen que enfrentar nuevos desafíos y cumplir otro tipo de desempeños en un contexto totalmente distinto, despolarizado, aún cuando no menos ideologizado. Las ideologías, sin embargo, ya no constituyen esas versiones que compiten por una comprensión de la vida como un mundo democrático o comunista, sino como versiones en las que compiten una comprensión y actitud ante un mundo en las que, o el hombre se piensa a sí mismo como el eje de sus propios deseos y satisfacciones y se concibe como dueño de su propio destino, o una otra versión en la que el ser humano no se concibe como indiferente de su comunidad ni exento de responsabilidad por su proyecto colectivo, solidario e inclusivo.

En el núcleo de estas nuevas responsabilidades está en consecuencia el distinto modo en el que los congresistas deben cumplir su responsabilidad de representación a la vez que de control en una sociedad informada y crítica, que demanda publicidad y transparencia en la gestión pública, y donde el ámbito y atmósfera mediática ha alterado sustancialmente las fronteras entre la esfera pública y el dominio de lo privado.

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LA CONCEPCIÓN DE LAS SESIONES DE LAS COMISIONES INVESTIGADORAS SEGÚN LA PERCEPCIÓN DE SUS ACTORES

En razón a que no ha existido una norma que concrete ni defina si las sesiones de las Comisiones Investigadoras son públicas o no antes de 1995, que es cuando se aprueba el Reglamento del Congreso en cuyo inciso a) del Artículo 88 se consigna la publicidad de las sesiones de la Comisiones Investigadoras, es necesario recurrir como fuente de información a los propios actores, en una aproximación casuística.

El método que se seguirá por lo tanto será la entrevista a quienes han participado en algunas comisiones investigadoras, ya sea como congresistas o como personal de éstas.

A continuación los datos obtenidos de las entrevistas realizadas, los mismos que han sido agrupados según el tipo de percepción. Primero indicando los criterios y puntos de vista de quienes estiman que antes las Comisiones Investigadoras tuvieron sesiones públicas, y en seguida los de quienes perciben la situación de manera opuesta.

1. TESTIMONIOS QUE SOSTIENEN LA PRÁCTICA DE SESIONES PÚBLICAS

a. Testimonio de ex representantes

Enrique Fernández Chacón

El ex Diputado Fernández Chacón fue representante elegido en su condición de miembro del Partido Socialista de los Trabajadores y fue integrante de la Comisión Investigadora sobre importación de autos liberados durante el período 1980-1985.

Señaló que la Comisión a la que perteneció se creó a su propuesta, como consecuencia de la denuncia que recibió de trabajadores que laboraban en la industria automotriz en la que explicaban las irregularidades que en la práctica se cometieron para traer automóviles importados sin pagar impuestos. Esta comisión fue integrada entre otros por los ex Diputados Caballero Calderón y Francia Guevara, de Acción Popular.

Refirió que en la época que le tocó ser representante, con la que se iniciaba un período democrático luego del gobierno militar, era relativamente fácil

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crear una comisión investigadora, y que aún cuando ni en la Cámara de Diputados ni al interior de su Comisión Investigadora se debatió si las sesiones debían o no ser públicas, sí se conversaba entre los Diputados miembros de la Comisión qué se podía discutir públicamente.

En general el propósito era no comunicar sino opiniones personales que no significaran el adelanto de conclusiones de la Comisión. En todo caso, toda opinión vertida tenía la condición de una opinión particular de quien la emitía, en especial si se hacían preguntas que no habían sido tratadas al interior de la comisión, a menos que hubiera habido un acuerdo de la Comisión sobre el tema y que se hubiera acordado también cómo tratar el tema ante los medios de comunicación.

Una vez tomado un acuerdo y decisión el resultado de la Comisión era manifestable por cualquier miembro, sin que se reconociera prerrogativa del Presidente para actuar como vocero de la Comisión. El Presidente de la Comisión era un coordinador y organizador, y no anula a los miembros que son tan representantes como él. Todos los Diputados tienen los mismos derechos porque el nacimiento de la representación es el mismo para todos. La existencia de un Presidente no quita derechos emanados del mandato popular.

Indicó que entonces los medios no tomaban el interés que hoy le dan al Congreso los medios de comunicación, y que hoy el régimen político está mediatizado por la prensa. Por ello la labor de la comisión se desarrollaba sin mayor interferencia de terceros.

Mencionó que a las sesiones de la Comisión podía ir cualquier Diputado, según su interés, y que en algunos casos preguntaban durante el desarrollo de la sesión a quienes asistían como testigos o como invitados para proporcionar información, para aportar. Sin embargo, la asistencia a las sesiones era abierta y permitida únicamente para los Diputados. No para personas extrañas al parlamento.

En cuanto a la relación con los medios de comunicación indicó que se consideraba necesario mantener una relación, pero que la información que podía soltarse no debía significar adelantar juicio definitivo.

Indicó que el objetivo de la relación con los medios de comunicación es que se conozca qué hace la representación nacional, pero también permitir que los interesados se animen y aporten cuando vean que el Congreso sí está realizando una acción importante y que el público puede aportar, dando testimonios o con documentos que sí van a ser valorados para luego tomar una acción correctiva y de control político.

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El manejo de información que se hacía al público debía ser lo más amplia posible y que debía tenerse presente que no se debía anunciar en que se va a acabar o concluir, y que sí debían hacerse afirmaciones que signifiquen una especie de invitación o persuasión para que otros se animen a colaborar.

Señaló que los documentos sí podían ser consultados por cualquiera de los miembros de la Comisión, pero no por otros Diputados.

Refirió que sí se guardaba reserva de la documentación acopiada; tanto que se tomó la decisión de llevar la documentación fuera de las instalaciones del Congreso con la finalidad de evitar que los materiales más comprometedores estén al alcance de cualquiera.

Ex Diputado Joffré Fernández Valdivieso

El ex Diputado Joffré Fernández Valdivieso fue representante por el Partido Aprista Peruano durante el período 1985-1990, y en ese mismo período fue Ministro de Justicia y presidente de una comisión investigadora.

Prefirió referir la respuesta sobre la consulta a la opinión del ex Diputado de su partido político al ex Diputado Héctor Vargas Haya, pero sí expresó que en su calidad de Presidente de una comisión investigadora desarrolló originalmente sus actividades como si se tratara de una materia abierta y las sesiones con carácter público, pero que luego reflexionó sobre esta decisión debido a las advertencias que le hizo el señor Vargas Haya, para quien las Comisiones Investigadoras debían sesionar de manera reservada.

b. Testimonio de personal de asesores y funcionarios

Durante el período 1993 a 2000, las referencias obtenidas a través del personal que ha laborado en Comisiones Investigadoras, se recibió información de que las sesiones se han desarrollado como públicas, principalmente porque la única comisión que funcionó fue la Comisión de Fiscalización, que era en realidad una comisión ordinaria que actuaba como filtro para evitar la creación indiscriminada de comisiones de investigación como ocurrió en el período 1985-1990.

Respecto del período que comprende de 1980 al año 1992, igualmente, se realizaron consultas a personal que laboró en diversas comisiones investigadoras, particularmente en la Cámara de Diputados, y la indagación resultó en una constatación inconsistente, toda vez que algunos trabajadores sostienen que las sesiones eran, en principio, públicas, y que

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tenían la condición de reservadas sólo con acuerdo expreso de la propia Comisión.

Concuerdan en el sentido de que las comisiones eran públicas, las doctoras Isabel Chávez Aliaga quien asesoró por breve período la Comisión Investigadora sobre Cooperación Popular, bajo la presidencia del ex Diputado Joffré Fernández Valdivieso, y Roxana Mayta Encina quien asesoró diversas comisiones investigadoras, como la Comisión Investigadora de las Empresas Extractoras de Conchas de Abanico; la Comisión Investigadora de la Corporación Departamental de Desarrollo de Amazonas; la Comisión Investigadora de las Cooperativas Agrarias Azucareras; y la Comisión Investigadora sobre el caso BANCOPER.

2. TESTIMONIOS QUE SOSTIENEN LA PRÁCTICA DE LAS SESIONES RESERVADAS

a. Testimonio de ex representantes

Ex Diputado Héctor Vargas Haya.

El ex Diputado Héctor Vargas Haya ha sido ampliamente conocido por su trayectoria como parlamentario con experiencia, y conocimiento sobre la tradición y los usos de la institución parlamentaria. Fue elegido en cinco oportunidades y fue Presidente de la Cámara de Diputados. Entre los rasgos más saltantes de su experiencia en la Cámara de Diputados, destaca el papel que desempeñó como presidente de comisiones de investigación, una de las más conocidas fue la comisión sobre el contrabando, que se conformó a fines del primer período del Presidente Belaunde Terry (1963-1968), así como la Comisión Investigadora del caso Bancoper.

Al referir la experiencia que tuvo en las diversas comisiones investigadoras creadas en la Cámara de Diputados, a la que perteneció en los períodos 1962, 1963-1968, 1980-1985 y 1985-1990, indicó que eran órganos de la Cámara integrados por no menos de 7 representantes, para facilitar la presencia y representación proporcional de todos los grupos políticos. El principio de la actividad investigadora en el parlamento es la discreción y la severidad en la reserva de la materia que investiga y que se observa el mismo sistema, estilo y práctica respecto al carácter reservado de sus sesiones y actividades que se emplea en el Poder Judicial en la instancia instructiva. Señaló que ello se debe a que si se tiene los mismos apremios que afectan los derechos fundamentales de las personas, debe seguirse criterios similares y recíprocos en los procesos de investigación, de forma

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que se cuente con la garantía necesaria que permitiría alcanzar la verdad de los hechos sobre las pesquisas a su cargo.

Mencionó que debido a que las Comisiones Investigadoras son la instancia instructiva, no se concibe que mientras dura el proceso indagatorio se abran las puertas mientras que dura el proceso de obtención de datos e informes que proporcionan personal o documentalmente los testigos o involucrados. Sólo mientras que el caso se encuentra en la etapa oral es que el proceso queda expuesto y abierto al público, y ello se da en el momento en que el Informe de la Comisión es puesto en conocimiento del Pleno. El Pleno es el equivalente al juicio oral, en el que se exponen y esclarecen los alcances de la investigación practicada, y esa actividad sí es necesariamente pública.

Refirió que la actividad de investigación del Congreso es una forma de administrar justicia, aunque en otro ámbito y con otro tipo de alcances, porque se afectan los derechos de las personas. En general la investigación parlamentaria tiene como objeto la conducta y actos propios de los altos funcionarios responsables de las políticas y órganos estatales o públicos, así como, en algunos casos, los actos de sujetos privados vinculados a asuntos de interés público en los que puedan existir responsabilidades de funcionarios públicos.

Manifestó el señor Vargas Haya que las Comisiones Investigadoras a las que él perteneció sesionaban a puertas herméticamente cerradas, donde ni siquiera se permitió la presencia de abogados, y no se permitía el acceso a los documentos acopiados ni salían documentos fuera del recinto de la oficina de la Comisión para nadie.

Indicó que cuando se realizaban sesiones o diligencias regularmente se daban conferencias de prensa para dar cuenta, con toda prudencia, no de los resultados de las investigaciones, sino quiénes acudían y el avance en el programa y plan de la investigación. No se adelantaba ni decía qué pormenores se informaba ante la Comisión, sino sólo quiénes informaban y el avance en las líneas generales del desarrollo de las indagaciones. Lo central era ceñirse a informar sobre la agenda y el programa, y de evitar revelar información que al ser conocida pudiera dificultar y hasta contrariar el objetivo de hallar la verdad sobre la investigación practicada.

Dijo asimismo que si las sesiones fueran públicas ocurriría que los presuntos responsables o los testigos se inhibirían de revelar información esencial para alcanzar la verdad o se podía conseguir que los testigos no proporcionaran las declaraciones o documentos con los que se obtendría los datos necesarios para definir responsabilidades. Los testigos declaran sobre asuntos que pueden comprometer y afectar a terceros, por ello es posible que se inhiban si las sesiones son públicas. Igualmente, los mismos

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testigos pueden irritarse, encresparse, o inventar cosas para presentarse bien ante terceros. Pueden limitarse, o exagerar.

De igual manera, cuando un testigo asiste a una Comisión Investigadora, no se permite que otros testigos estén enterados de lo que dijeron ni los testigos anteriores, ni los sucesivos. Cabe que se acomoden y solidaricen entre ellos, y también que traten de hacer quedar mal al otro.

Pero los propios investigadores, los representantes al Congreso, pueden incurrir con facilidad en los mismos defectos, y aparecen según como son dominados por la tentación de la figuración. Se piensa más en el público que mira que en el sentido de la pregunta estricta que se debe hacer para alcanzar el dato o la información. Sólo en privado cabe encontrar el ambiente para concentrarse en la materia investigada, porque la indagación que se procesa en intimidad no se puede decir en público.

Las investigaciones parlamentarias tienen otra exigencia, disciplina, estilo y conducta. Sólo así permiten que luego las decisiones del Congreso sean efectivas cuando la investigación concluya y se hagan públicas las conclusiones derivadas de la evaluación hecha con la información recibida. La evaluación también debe hacerse en privado a la luz de las distintas informaciones y datos recopilados.

Las cámaras de televisión y los reporteros disipan y relajan la atmósfera necesaria de una indagación. Se podría dar el caso de que hasta los periodistas se permitan alcanzar preguntas y participar durante la sesión, y luego con ligereza especulan y saltan a conclusiones en los medios de comunicación que no han sido debidamente evaluadas. El periodismo puede desacreditar el trabajo de las comisiones investigadoras y en algunos casos pueden convertirse en instrumentos de impunidad. Los congresistas que fiscalizan ya no tienen libertad de decir nada, porque todo se ha dicho en los medios. Una vez asistíó al programa Ante el Público con periodistas como Luis Loli, o Alfonso Tealdo, y las preguntas que le hicieron refirieron a la agenda, no a lo sustantivo ni al detalle de las pesquisas. Si el representante desconoce el código de comportamiento de su institución para la tarea investigadora que se le encarga puede quedarse sin piso; puede ocurrir que sean desplazados y hasta sustituidos por periodistas acusan y sancionan. Luego aparecen tímidamente, como timoratos, porque los medios en su audacia exageran o minimizan sin el debido rigor de quien tiene que examinar pulcramente lo que está demostrado de lo que es sólo una probabilidad. La exposición de la investigación a los medios no sólo hace ineficaz la labor de la Comisión Investigadora, sino que tiende a alargar los plazos en los que estas deben entregar resultados al Pleno. Recordó el entrevistado que en una Comisión Investigadora que presidió se instalaron el 8 de Marzo de 1968, y el 27 de Abril presentaron su Informe

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sobre el BAP Callao, el que dio mérito para la acusación constitucional contra el Almirante Texeira, y el ex Diputado Martínez Macera. La dilatación de la investigación es una forma de hacer ineficiente el trabajo del Congreso que, además, agranda indebidamente la expectativa mediática.

Precisamente respecto de la Comisión Investigadora del Contrabando de los sesentas (presidida por el Diputado Vargas Haya e integrada por los Diputados Oscar Guzmán Marquina de la UNO, el ingeniero Rafael Cubas Vinatea de la Democracia Cristiana, Ramón Ponce de León del APRA, Jaime Serruto Flores de Acción Popular, Mario Villarán Rivera de Acción Popular, y Hugo Carrillo de la UNO), señaló el entrevistado que en la Comisión se tomó el acuerdo de que mientras duraba el plazo de investigación se procuraría evitar y cuidar de no asistir a actuaciones sociales y públicas que no fueran absolutamente indispensables para no estar en contacto con nadie, para evitar el acercamiento o proximidad con fuentes que pudieran afectar el proceso por el que eran responsables. El propósito era evitar las influencias de las conversaciones sociales. Precisó que eran una especie de frailes.

Durante el proceso de la investigación, además, cabe que existan asuntos que conoce para otros fines el Poder Judicial que son de su estricta competencia y que no cabe hacer públicos. Durante las investigaciones a cargo de una comisión investigadora había mancomunidad y total acuerdo con el Poder Judicial. Por ejemplo, el contacto permanente con los Presidentes de la Corte Suprema, Domingo García Rada, y Vicente Ugarte del Pino.

Ante el argumento que tuvo en ese tiempo el Colegio de Abogados para hacer prevalecer la disposición sobre que no se pueden avocarse a causas pendientes en el poder judicial la Comisión salió al frente y defendió la investigación parlamentaria y la Corte Suprema le dio la razón, porque las Comisiones Investigadoras sí pueden ser investigar sobre una materia sometida al Poder Judicial en cuanto a las personas que son objeto de un proceso de privilegio constitucional.

Los jueces no pueden investigar ni procesar a las personas que tienen el privilegio del fuero parlamentario y del antejuicio. Pero sí lo puede hacer una Comisión parlamentaria de investigación. Si se tomara literalmente la regla constitucional sobre el no avocamiento de asuntos bajo jurisdicción judicial, no podría esclarecerse nunca el compromiso de un alto funcionario público porque el proceso quedaría sin realizarse, debido a que sin la participación del Congreso no cabría la sanción.

Señaló que con ocasión de ese incidente generado por el Colegio de Abogados, el juez Scamarone fue con el expediente judicial en la mano ante

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la Comisión Investigadora y se sacó copia de las partes que se necesitó en la Comisión Investigadora. No se desprendió ni dejó el expediente. El juez tampoco declaró nada. Se sacó copia de las piezas que se necesitó, las mismas que no le servían al juez porque el juez no puede investigar a menos que se levante el fuero de la prerrogativa. Como resultado de experiencias como ésta las Comisiones Investigadoras del Congreso recibieron el reconocimiento y apoyo de la Corte Suprema en una campaña anticorrupción.

Los diputados que no eran miembros, sí podían ingresar previo acuerdo de la comisión si tenían algún aporte que dar. Si no probaban que tenían algún aporte no entraban. Cualquier filtro sobre las investigaciones eran de exclusiva responsabilidad de los miembros de la comisión, que podía autorizar la presencia e intervención de otro Diputado.

Asimismo en el seno de la Comisión Investigadora había obligación de inhibirse en el conocimiento de ciertos asuntos cuando uno tenía algún tipo de vinculación. Una vez distribuido el trabajo los diputados se encargaban de materias, y se inhibían de su parte si había alguien involucrado del propio partido o de su familia, para que lo vea otro Diputado.

Es una garantía para la investigación parlamentaria que se evite el conflicto de intereses ya sea a favor o en contra. Sin ese cuidado no se puede esperar que el resultado de una investigación se respete porque empezó con el ánimo torcido. Lo más natural sería que se tienda a favorecer a quien es afín a uno, y a desacreditar a quien nos antagoniza. Pero la investigación parlamentaria debe tener una ética y hay que aplazar esa tendencia natural para que la justicia sea confiable.

En cuanto al acceso a la documentación, sólo se permitía el acceso a los documentos una vez que el proceso de investigación había concluido y se presentaba el informe para su discusión ante el Pleno. Sólo en el Pleno cabe la exposición plenamente pública de los resultados de la investigación parlamentaria.

Es la falta de idoneidad, probidad o conocimiento de los representantes, de periodistas y aún de académicos que lleva a creer que son públicas. Posiblemente una que otra comisión integrada por personas desprevenidas comienzan a degenerar la naturaleza de las comisiones parlamentarias de investigación a partir del año 85. En términos generales se han desarrollado las sesiones como privadas y la información es reservada. No es posible que antes del dictamen el Presidente de la Comisión adelante opinión o juicio, porque la investigación se convierte en un sainete, un teatro.

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Coincide con el inicio de la desnaturalización de las Comisiones Investigadoras el aumento considerable de ellas por representantes sin experiencia en la función instructora del parlamento. Hasta 1985 el número de Comisiones Investigadoras era limitado. Luego a 1985 empieza su deformación institucional.

Sostuvo el ex Diputado Vargas Haya que parte de las deformaciones que él advierte constituye la falta de distingo que se hace entre quienes investigan y los denunciados, testigos o peritos, en grado tal que actualmente es posible ver en la cobertura televisiva que los denunciados o invitados toman asiento a la derecha del Presidente de la Comisión y solicitan y se les otorga la palabra para intervenir en equiparidad de condiciones como si fueran no deponentes ante una Comisión del Congreso, sino como si estuvieran en igualdad de condiciones que quienes tienen la responsabilidad de investigarlos y de tomar información que ellos poseen sobre un asunto de interés público. No cabe ni corresponde sentar en el espacio de los representantes sino a quienes les corresponde el honor de ocuparlos; no a terceros en los que debe definirse si tienen o no responsabilidad en la eventual comisión de irregularidades administrativas o legales en relación con cuestiones de interés público. Perder de vista estas diferencias lesiona el prestigio que debe mantener la institución parlamentaria y además contribuye a debilitar el poder moralizador que tiene el Congreso en el sistema político del Perú.

Ex Diputado Rafael Cubas Vinatea

El ex Diputado Rafael Cubas Vinatea fue Ministro de Agricultura durante el año 1966, antes de formar parte de la Comisión sobre el Contrabando, presidida por el ex Diputado Vargas Haya, de 1967 a 1968.

Señaló que no recuerda ninguna sesión pública, aunque sí podían entrar otros diputados y otros funcionarios que pudieran aportar algo. Se podía solicitar al Presidente permiso para asistir. Podían incluso ir asesores. Refirió que las Comisiones Investigadoras carecían de cualquier tipo de espíritu de espectáculo. No había figuretismo La cuestión era no hacer laberinto ni que se amontonaran. Se daban declaraciones resumidas a la prensa. No se ocultaba nada que no se requiriera que conozca la comunidad. Sin embargo no se propalaba, no se hacía bulla ni se generaban turbulencias.

c. Testimonio de personal de asesores y funcionarios

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En sentido distinto, sin embargo, se constata que sí hay consistencia entre quienes afirman que las sesiones eran reservadas, y que una sesión pública era contraria a la naturaleza instructoria del mandato de una comisión responsable de una investigación.

El doctor Tomás Gorrio Allende, quien laboró en el Congreso desde la década del 50 del siglo pasado, y se desempeñó como Director General de Comisiones en la década del 80, tuvo a su cargo diversas Comisiones Investigadoras, entre las cuales cabe mencionar la relativa a la Caja Nacional del Seguro Social Obrero; otra en la que le correspondió asesorar en relación con la Siderúrgica de Chimbote; y la comisión encargada de investigar el Contrabando, que presidió el Diputado Héctor Vargas Haya.

Según el testimonio del doctor Gorrio Allende, las sesiones de las comisiones investigadoras tenían carácter reservado, y sólo ingresaban a los actos que ellas desarrollaban quienes citara la Comisión. Menciona además que se realizaban inspecciones en los lugares a los que se practicaba la investigación y que colaboraban especialistas incluso extranjeros, como en el caso de un calculista alemán que apoyó en la investigación relativa a la Caja del Seguro Obrero.

En consulta realizada al doctor Mario Espíritu Calero, quien asistió como asesor al Diputado Hector Vargas Haya durante la década de los 80s, se ha podido registrar una percepción similar. Es decir, bajo la presidencia del Diputado Vargas Haya las sesiones eran, en principio, reservadas, no permitiéndose el ingreso de otros Diputados que no fueran los miembros de la Comisión. De igual modo, el acceso a la documentación era restringida y controlada, de modo que sirviera a la finalidad instructiva que corresponde a un órgano que necesita informarse y acopiar los datos indispensables para ilustrar a la Cámara sobre una materia de interés público

En cuanto a períodos anteriores a 1980, pudo obtenerse información coincidente, en el sentido de que las sesiones de las Comisiones Investigadoras también tenían carácter público. A este efecto se contó con el testimonio del ex Oficial Mayor de la Cámara de Diputados y del Congreso, señor Delfín Sotelo Mejía, quien afirmó que era parte de la naturaleza de las Comisiones Investigadoras mantener absoluta reserva sobre el desarrollo y avances de las investigaciones. personal que laboró directamente en apoyo a la Comisión sobre el Contrabando, que presidió, durante el período 1963-1968, el Diputado Héctor Vargas Haya.

Señaló el señor Sotelo Mejía que al recinto de la Comisión sobre el Contrabando no podía ingresar personal ajeno a la propia comisión, salvo autorización de su Presidente o acuerdo de la propia Comisión. Indicó que no era posible conocer qué ocurría en el seno de la Comisión, que el

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periodismo no tenía acceso a las diligencias practicadas en su interior y que se asemejaba a un cenáculo secreto en el que no se grababan sus incidencias.

III

NATURALEZA DE LAS SESIONES DE LAS COMISIÓN INVESTIGADORAS

Como pudo advertirse, si bien el criterio para proceder como instancia pública o reservada, en algunos casos, pareciera haber sido el acuerdo adoptado por la Comisión Investigadora, más allá de este procedimiento no existe una percepción clara ni unánime, sino criterios presentes en los protagonistas de la labor desarrollada y, en otros casos, recuerdos parciales y vagos.

La revisión de los testimonios ofrecidos, sin embargo, conduce a la formación de una conclusión importante. Esta es que existe el entendimiento que la investigación es un proceso de acopio de información, la misma que luego de evaluada debe servir para proponer una acción de carácter ético, político o penal por el Congreso o por un órgano al que el Congreso debe derivar sus conclusiones.

Las Comisiones Investigadoras con concebidas como una instancia que debe centralizar la información sobre un asunto de interés público. Ante este mandato central existen ventajas y desventajas para definir las sesiones como públicas, según lo prescribe actualmente el Reglamento del Congreso.

Entre las ventajas de tratar los asuntos materia de investigación con carácter público se encuentra la ventilación transparente, precisamente, de asuntos de interés público. La lógica parece incuestionable: si los asuntos son de interés público, ¿por qué ocultar la acción del Congreso respecto de los testigos y protagonistas de los hechos investigados?. La respuesta también fluye con la misma claridad: no es menos pública ni transparente la información con la que el Congreso delibera y toma acuerdos sobre los asuntos de interés público que convocan su atención cuando las Comisiones Investigadoras realizan la parte del proceso parlamentario que les corresponde sin permitir injerencia mediática, ni el acceso abierto de terceros a las sesiones en las que se gestiona la información.

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Las Comisiones Investigadoras no escudriñan en la vida y papeles de terceros para consumir en privado tal información y ocultársela a la sociedad. Lo hacen para que la investigación que realizan precisamente le permita al Congreso contar eficientemente con información que, si se pretendiera obtener bajo la luz de las cámaras de televisión o fotográficas, o de las grabadoras en que el periodismo registra las impresiones de quienes testimonian y deponen, no permitiría que la Comisión cumpla con su misión que se le encarga ni alcance efectivamente los resultados que debe presentar ante el Congreso.

La publicidad y transparencia son características inherentes de la actividad política. Los procesos políticos transparentes elevan la calidad de la relación entre el Estado y la sociedad, y entre representantes y sus electores. Cuando, contrariamente, la vida política se desarrolla en la penumbra de la reserva se sigue la lógica de la clandestinidad y de la ilicitud. Actuar a escondidas es síntoma de una actitud conspirativa. Y la conspiración no es precisamente una virtud política ni hábito idóneo del buen gobierno.

En esta misma lógica la Constitución señala en el Artículo 139 inciso 4 que los procesos judiciales por responsabilidad de funcionarios públicos (...) son siempre públicos. En consecuencia, existe una dirección constitucional clara que lleva a proteger a la sociedad encima de los derechos fundamentales de las personas, cuando el presunto responsable de un acto que conduce a la incoación de una acción judicial es un funcionario público. La regla de la reserva cede ante la de la publicidad cuando el demandado o presunto infractor es una persona demandada o denunciada en virtud del desempeño de funciones públicas.

Ante estos supuestos inherentes a la naturaleza de la acción política existen otros que, sin contrariar la exigencia y dirección que impone la Constitución, son supuestos habilitadores de la acción eficaz del Congreso. Y ello tiene que ver con las desventajas e inconveniencias del uso del principio de publicidad durante todo el curso de un proceso entre jurisdiccional y político, como es el que desarrolla una Comisión Investigadora. En efecto, la tarea de una Comisión Investigadora consiste en obtener información sobre una materia políticamente relevante y, por lo tanto, con todo el mérito necesario para tener una tramitación y cobertura pública y transparente ante la comunidad. Sin embargo, y no obstante la publicidad de la investigación que realice el Congreso, es necesario para que la investigación cumpla sus objetivos una labor preliminar que facilite y permita la comprensión de la materia de interés pública respecto de la cual debe debatirse y tomarse una decisión.

Cuando la Constitución, en efecto, dispone que los procesos judiciales en los que estuviera involucrado un funcionario público se realicen

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públicamente, la referencia se entiende al proceso propiamente dicho, es decir al juicio. Y el juicio no se inicia sino cuando, luego de la investigación pertinente, quedan establecidos los hechos y las faltas (si acaso) que se hubieran cometido, así como la explicación de los vínculos entre los primeros, las segundas y los funcionarios responsables, de manera que el caso quede expedito para su discusión y evaluación por el Pleno del Congreso, en un proceso público.

Por el carácter de su propia esencia la investigación no es una actividad pública, sino que se desarrolla en una atmósfera de reclusión y aislamiento con las fuentes del dato y de la información. Es un proceso en el que la realidad investigada debe ser tocada directamente en la intimidad de la capacidad perceptiva y reflexiva del investigador. Por lo general es favorable a esta actividad un ambiente que favorezca la independencia antes que el auscultamiento e intervención que colectiva. La participación, aun cuando no fuera sino a través de la presencia silenciosa de terceros, dificulta la indagación.

Las turbulencias de muchos son un incentivo no a la concentración sino a la disipación de la atención. Y si esa turbulencia se traslada a foros públicos de extensión indeterminada como son los medios de comunicación masiva los efectos son impredecibles. Efectos que, además, retornan al Congreso impregnados de juicios impropiamente formados, entre otras razones por la desvinculación y lejanía con la totalidad de la información disponible para los investigadores.

Esta es la razón por la que un cuerpo colectivo como el Pleno del Congreso debe delegar a un grupo reducido de representantes una labor que exige niveles altos de concentración en el análisis y de contracción a la observación de la información que se obtiene gradual y lentamente tras una cantidad indefinida de horas de revisión de testimonios o de lectura y examen de documentos presentados. Si la tarea de compilar y valorar la información fuera sencilla no se precisaría de una agencia que centralice el trabajo por delegación. Probablemente todos podrían hacer el trabajo a la vez. Pero una empresa de ese estilo sería estéril e improductiva.

Entre otras razones es a las exigencias de concentración a la investigación que obedece la necesidad de que los procesos judiciales requieran de una etapa instructiva (sea en la modalidad inquisitiva o acusatoria), anterior al proceso mismo en el que la actividad jurisdiccional es efectivamente pública. En los procesos judiciales en los que están involucrados funcionarios públicos éstos se inician con el auto de apertura del juicio oral que dicta la Corte Superior, de modo que durante la instrucción a cargo del magistrado de primera instancia se pueda preparar y anticipar el juicio, que sí tiene carácter público. Pero ese proceso preparatorio que se realiza en la

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etapa instructiva no es un proceso público, sino reservado. Es la válvula que impide la fuga y contaminación de la información que valorará la Corte durante el juicio.

La labor de las Comisiones Investigadoras debe realizarse asimilando adecuadamente el rol que tienen como órgano instructor del Congreso. Es decir, como órgano responsable de asegurar preventivamente el acopio de información y análisis elemental esto es, como etapa preparatoria del debate y del juicio del Congreso sobre las materias de interés público que motivan su creación. De lo que se trata es de disminuir la posibilidad de injerencias artificiales (algunas con muy buena voluntad, y otras con otro tipo de la misma) que determinen resultados técnicamente defectuosos como consecuencia de procesos de investigación incoherentes, técnicamente inefectivos, o mal conducidos.

Las Comisiones Investigadoras no son foros de marketing político de los cabe aprovecharse para ganar visibilidad mediática, reconocimiento electoral, o popularidad. Su papel es el escrutinio público, y esa labor, cuando se realiza con rigurosidad, no admite la familiaridad ni igualdad de investigadores e investigados, y requiere la toma de distancia entre quien tiene autoridad para proceder como representante de la colectividad ante el Estado y quien quiera sobre quien pesa una denuncia que demanda esclarecimiento público.

San Borja, 8 de Junio del 2005

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