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CASTILLO, MORENO Y ASOCIADOS Abogados DEMANDA CIVIL ORDINARIA DE DAÑOS Y PERJUICIOS (MAYOR CUANTIA) INTERPUESTA POR ERNESTO PEREZ BALLADARES GONZALEZ REVILLA, CONTRA CORPORACION LA PRENSA, S.A. SEÑOR JUEZ DE TURNO DE CIRCUITO, DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DE PANAMA, RAMO CIVIL, E.S.D.: Nosotros, CASTILLO, MORENO Y ASOCIADOS, firma forense de generales contenidas en el Poder, representado en este acto por el suscrito JOSE MARIA CASTILLO V., de generales conocidas, en ejercicio de las facultades que nos fueran conferidas por el Ex Presidente de la RepÚblica de Panamá, Dr. ERNESTO PEREZ BALLADARES de generales también conocidas en el mencionado Poder, acudimos ante usted con todo respeto, y en cumplimiento del Poder a nosotros conferido, interponemos formal DEMANDA CIVIL ORDINARIA DE DAÑOS Y PERJUICIOS (MAYOR CUANTIA) contra la CORPORACION LA PRENSA, S.A., sociedad mercantil inscrita en la ficha 46909, rollo 2978, imagen 2, desde el 13 de noviembre de 1979, , Y cuyo representante legal lo es el señor LUIS A. NAVARRO, varón, panameño, de generales personales que desconozco pero que recibe notificaciones en las instalaciones del diario "LA PRENSA", ubicadas en la Avenida 12 de Octubre, entidad jurídica dueña del diario de circulación nacional denominado LA PRENSA, para que después del cumplimiento de los trámites del procedimiento civil, sea la demandada condenada a pagar a mi poderdan te la suma de cinco millones quinientos mil dólares (US$.5,500,OOO.OO) en concepto de los perjuicios causados como consecuencia del daño moral infringido a nuestro representado mediante las publicaciones denigrante s y que hiciera la demandada en contra de nuestro poderdante en la Primera Plana del diario "LA PRENSA" los días lunes 21 y martes 22 de marzo de 2011 Yen noticias relacionadas en la Sección Panorama del DIARIO LA PRENSA, en esos dos (2) días . Calle Gerardo Ortega y Samuel Lewis, PH, Edificio Central, Mezanine, Oficina No.5 Teléfonos (507)265-8285 - Fax (507)265-8294 Apartado Postal 3854, Zona 7 www.casmor.com.pa :'1lY.f!~Q.(:iª1),,@casr:rl~~U2ºrrlJ':@ i.Qgl92§illJº~~smor. gQif}±@ QQloreno (OJS;?§IT1QG,g.EWj) .-~'.''''''

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CASTILLO, MORENO Y ASOCIADOSAbogados

DEMANDA CIVIL ORDINARIA DEDAÑOS Y PERJUICIOS (MAYORCUANTIA) INTERPUESTA PORERNESTO PEREZ BALLADARESGONZALEZ REVILLA, CONTRACORPORACION LA PRENSA, S.A.

SEÑOR JUEZ DE TURNO DE CIRCUITO, DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIALDE PANAMA, RAMO CIVIL, E.S.D.:

Nosotros, CASTILLO, MORENO Y ASOCIADOS, firma forense de

generales contenidas en el Poder, representado en este acto por el

suscrito JOSE MARIA CASTILLO V., de generales conocidas, en ejercicio de

las facultades que nos fueran conferidas por el Ex Presidente de la

RepÚblica de Panamá, Dr. ERNESTO PEREZ BALLADARES de generales

también conocidas en el mencionado Poder, acudimos ante usted con

todo respeto, y en cumplimiento del Poder a nosotros conferido,

interponemos formal DEMANDA CIVIL ORDINARIA DE DAÑOS Y

PERJUICIOS (MAYOR CUANTIA) contra la CORPORACION LA

PRENSA, S.A., sociedad mercantil inscrita en la ficha 46909, rollo 2978,

imagen 2, desde el 13 de noviembre de 1979, , Ycuyo representante legal

lo es el señor LUIS A. NAVARRO, varón, panameño, de generales

personales que desconozco pero que recibe notificaciones en las

instalaciones del diario "LA PRENSA", ubicadas en la Avenida 12 de

Octubre, entidad jurídica dueña del diario de circulación nacional

denominado LA PRENSA, para que después del cumplimiento de los

trámites del procedimiento civil, sea la demandada condenada a pagar a

mi poderdan te la suma de cinco millones quinientos mil dólares(US$.5,500,OOO.OO) en concepto de los perjuicios causados como

consecuencia del daño moral infringido a nuestro representado mediante

las publicaciones denigrante s y que hiciera la demandada en contra de

nuestro poderdante en la Primera Plana del diario "LA PRENSA" los días

lunes 21 y martes 22 de marzo de 2011 Yen noticias relacionadas en la

Sección Panorama del DIARIO LA PRENSA, en esos dos (2) días .

Calle Gerardo Ortega y Samuel Lewis, PH, Edificio Central, Mezanine, Oficina No.5

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FUNDAMENTO NUESTRO DEMANDA EN LOS SIGUIENTES HECHOS:

PRIMERO: ERNESTO PEREZ BALLADARES es un ciudadano

panameño con cédula de identidad personal No.8-113-48, nacido el día

29 de junio de 1946, hijo de los señores ERNESTO PEREZ

-' BALLADARES y MARIA ENRIQUET A GONZALEZ REVILLA.

SEGUNDO: Nuestro representado ERNESTO PEREZ BALLADARES, es

Doctor en Economía graduado en la Universidad de Notredame (Chicago,Illinois) y la Universidad de Pennsilvania, Whaton School of Finance &

Commerce, fue Presidente de la República de Panamá en el periodo

1994-1999 y es esposo, padre y abuelo.

TERCERO: El diario "LA PRENSA", medio de comunicación que al 21 y

22 de marzo de 2012 pertenecía y era controlado por la entidad jurídica

denominada CORPORACIÓN LA PRENSA, S.A., sociedad demandada,

inicio desde el mes de agosto del afio 2009, una campafia de desprestigio~------ - ••. "',,, •. , •.... ""' •••• , ~.;.- ._~" 1>

en contra de nuestro representado. Dicha campafia comenzó con las

publicaciones aparecidas en la primera plana del diario los días 3 y 4 de

agosto de 2009, en donde se habla de una red de sociedades, cuentas,

testaferros y manejos financieros poco claros en una concesión de juegos

de azar, otorgada durante la administración presidencial del doctorERNESTO PEREZ BALLADARES.

Dichas publicaciones propiciaron la apertura de dos (2) investigaciones

por parte del Ministerio Público, (así lo dice el auto cabeza de proceso)

una de las cuales fue decretada nula ordenándose su archivo por el

Juzgado Decimo Quinto de Circuito Penal del Primer Circuito Judicial de

Panamá, siendo dicho pronunciamiento confirmado por el Segundo

Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial de Panamá. Y

una segunda investigación que fuera instruida por la Fiscalía

Especializada Contra la Delincuencia Organizada, dentro de la cual fue

decretado un sobreseimiento definitivo en primera instancia, que luego

fue confirmado en todas sus partes por el Segundo Tribunal Superior de

Justicia del Primer Distrito Judicial de Panamá y este proceso

actualmente se encuentra en espera que se sustente un recurso .../extraordinario de casación anunciado por el Ministerio Público. ,f

Calle Gerardo Ortega y Samuel Lewis, PH, Edificio Central, Mezanine, Oficina No.5

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,..,j

CUARTO: A lo largo de los dos años y medio que ha durado la segundainvestigación o proceso dentro del cual fue vinculado nuestro

representado, el diario "LA PRENSA", de manera constante y sistemática

publicó notas periodísticas en relación al caso en las que más allá debrindar solo información sobre este hecho noticioso se dedicó a crear

una atmósfera de turbiedad sobre la figura de nuestro representado

entablando un juicio mediático destinado a desprestigiar su figura deciudadano honorable y respetable, intentando infructuosamente

vincularlo con supuestos hechos delictivos expuestos a la luz pública por

dicho medio periodístico a través de sus publicaciones del 3 y 4 de agosto

de 2009 y violando flagrantemente el Artículo 2079 del Código Judicialque a la letra dice:

"Artículo 2079. La presunción de inocencia del imputado,obliga a guardar reservas en cuanto a su nombre y otras señasque permitan su identificación o vinculación con el delito quese investiga. El incumplimiento de esta disposición constituirádelito de calumnia.Se exceptúan de lo antes dispuesto, aquellos casos dereconocidos delincuentes comunes de alta peligrosidad, cuyabúsqueda y localización a través de los medios decomunicación social, sea autorizada por el Ministerio Público."(lo resaltado es nuestro)

QUINTO: De igual manera, el Artículo 2040 del Código Judicial

establece de manera taxativa quienes son las personas que tienen acceso

al expediente reservando dicha facultad sólo a los abogados, sus

asistentes y voceros y las partes, por consiguiente fuera de estas

personas nadie más tiene derecho a tener acceso a la información

contenida en un sumario y cualquiera que la tenga lo hace de manera

ilegal, esta ilegalidad se agrava si se hace mal uso o una mala

interpretación de la información obtenida.

SEXTO: Los días lunes 21 y martes 22 de marzo de 2011, en la primera

plana del diario "LA PRENSA" Y en la sección PANORAMAde ambas

fechas fueron publicadas dos noticias tituladas de la siguiente manera:

Publicación del lunes 21 de marzo de 2011.

"MP SOLICITA A JUZGADO

AUTORIZACIÓN PARA INVESTIGAR

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g~lli1soci~:Ktr§@ca~J:lQLcom.º-ª Lose;;'8stillo@casm,QL com j)-ª omorenQ@Q9_?!'1lQr.CQIl1J2-ª

Pérez B. ligado a otra cuenta

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multimillonaria"

Sección PANORAMAdel lunes 21 de marzo de 2011.

"FISCALIA DETECTA SUPUESTO

DESVIO DE FONDOS HACIA BANCO EN

BAHAMAS

Ex presidente Pérez Balladares puede

enfrentar otro proceso"

Publicación del martes 22 de marzo de 2011

"MINISTERIO PÚBLICO PIDIO

AUTORIZACION PARA UNA NUEVA

INVESTIGACION CONTRA EL EX

PRESIDENTE

Pérez B., ligado a dinero procedente deBahamas"

Sección PANORAMAdel martes 22 de marzo de 2011

"MOVIMIENTO DE CUENTA EN BAHAMAS

IMPULSA NUEVA INVESTIGACION

CONTRA EX PRESIDENTE PEREZ B.

Fuentes insisten que fundación moviómás de $1 76 millones"

SEPTIMO: Cabe destacar que las noticias antes mencionadas que

salieron publicadas en la edición impresa del Diario LA PRENSA de los

días 21 y 22 de marzo de 2011 también aparecen en el sitio Web de dicho

medio informativo denominado "prensa.com", el cual es ampliamente

visitado a nivel mundial. ,1\/

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OCTAVO: Los titulares antes citados y el desarrollo de la nota

periodística que encabezan, de manera clara y evidente, hacen unaalusión directa a nuestro representado ERNESTO PEREZ

BALLADARES, en la comisión del delito de blanqueo de capitales,

pretendiendo a todas luces establecer de manera irresponsable y sinfundamento alguno que existe una conexión ilícita entre los 176 millones

de dólares que estuvieron depositados en la enunciada cuenta bancaria

de Bahamas y los dineros que estuvieron bajo investigación procedente

de las concesión otorgada para la explotación de juegos de suerte y azar,

investigación que involucro a sociedades como LUCKYGAMESy SHELFHOLDINGINC.

NOVENO: De una simple lectura del contenido de las publicaciones de

21 y 22 de marzo de 2011 que hemos citado se podrá establecer que las

mismas indican de manera irresponsable que una fundación "vinculada"

al doctor ERNESTO PEREZ BALLADARES movilizó y desapareció através de una cuenta bancaria de Bahamas más de 176 millones de

dólares en momentos en que el doctor PEREZ BALLADARES era objeto

de una investigación por blanqueo de capitales. Obsérvese que en estas

publicaciones además de lo citado en los encabezados señala entre otras

cosas que "El Ministerio Público (MP) pidió permiso al Juzgado

Noveno Penal para abrir un proceso por blanqueo de capitales al

exmanda tario Ernesto Pérez Balladares" , y que "La fundación de

interés privado Seaside Foundation, propietaria de una cuenta en

Bahamas que según fuentes oficiales movilizó más de 176 millonesde dólares".

DECIMO: Cada uno de esos señalamiento s mencionados en el HECHO

ANTERIOR, son completamente falsos y su único objetivo es

desprestigiar la imagen de nuestro representado y poner una preslOn

mediática indebida en el Juez que le tocaba atender la Audiencia

Preliminar del 11 de abril de 2011. El Ministerio Público no pidió

permiso al Juzgado Noveno Penal para abrir un proceso de blanqueo de

capitales al doctor ERNESTO PEREZ BALLADARES, la Fiscalía

Especializada Contra la Delincuencia Organizada en su Vista Fiscal No.6

de 28 de febrero de 2011, solicito "la compulsa de copias de la

documentación que reposa a folios 31956-31958, Tomo LVI,remitida por

el banco HSBC, la cual se encuentra relacionada con los cheques visibles '01/

Calle Gerardo Ortega y Samuel Lewis, PH, Edificio Central, Mezanine, Oficina NO.5Teléfonos (507)265-8285 - Fax (507)265-8294

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Q~;Yasoc! [email protected] [email protected] [email protected]

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a folios 18589-18592 del Tomo XXXIV,a fin que se investigue la posiblecomisión de un hecho delictivo".

DECIMO PRIMERO: La fundación de interés privado SeasideFoundation, nunca movilizó más de 176 millones de dólares. La cuenta

bancaria aludida en la noticia no pertenece a dicha fundación sino que

pertenece a BANISTMOINTERNATIONAL(BAHAMAS)LTDA.,y a través

de la misma se manejo los fondos de todos los clientes del Banco tal ycomo lo demuestran pruebas documentales contenidas en el sumano

identificado como expediente 0020-09 que adelanto la Fiscalía

Especializada Contra la Delincuencia Organizada.

DECIMO SEGUNDO: Las notas periodísticas que hemos destacado, de

manera intencional le atribuyen a nuestro representado vinculación con

hechos delictivos inexistentes, insertando información falsa o inexacta

con la única finalidad de causar como en efecto fue causado un daño

moral y el descredito del Doctor ERNESTO PEREZ BALLADARES. Bajo

la premisa que en medio de una investigación por supuesto blanqueo de

capitales había "movido" a través de una Fundación "más de 176millones de Dólares" a un Banco de Bahamas.

DÉCIMO TERCERO: Las regulaciones legales sobre el ejercicio del

periodismo establecen que "Toda publicación hecha en un periódico

impresa o transmitida por radio o televisión se considerará quetiene como autor al director del medio de comunicación social en

que se imprimió o transmitió, salvo que se trate de artículos

respaldado por firma auténtica conocida". Sobre esta base se

considera que los titulares de las noticias son responsabilidad del medio

de comunicación. Este principio opera en las publicaciones del 21 y 22

de marzo de 2011 que señala a nuestro representado como una persona

que había blanqueado 176 millones de dólares en un banco en Bahamas

a pesar que una de las noticias está firmada por el periodista José Otero,

el título es responsabilidad del diario, no del periodista.

DECIMO CUARTO: Si la CORPORACION LA PRENSA, S.A. invocara

contrario a la práctica periodística que no es responsable del titular, sino

que lo es el periodista, debo señalar que la responsabilidad de

indemnizar por el dafio moral se le atribuiría también a la sociedad yCalle Gerardo Ortega y Samuel Lewis, PH, Edificio Central, Mezanine, Oficina NO.5

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demandada dueña del medio de comunicación en virtud de lo establecido

por el artículo 1645 del Código Civilque a continuación reproduzco:

"1645. La obligación que impone el Artículo 1644 es exigiblenosólo por los actos u omisiones propios, sino por los de aquellaspersonas de quienes se debe responder.El padre y la madre son responsables solidariamente de losperjuicios causados por los hijos menores o incapacitados queestán bajo su autoridad y habitan en su compañia.Los son igualmente los dueños o directores de unestablecimiento o empresa respecto de los periuicios causadospor sus dependientes en el servicio de los ramos en que lostuvieran empleados, o con ocasión de sus funciones.El Estado, las instituciones descentralizadas del Estado y elMunicipio son responsables cuando el daño es causado porconducto del funcionario a quien propiamente corresponda lagestión practicada, dentro del ejercicio de sus funciones.Son, por último, responsables los maestros directores de artesy oficios respecto a los perjuicios causados por sus alumnos oaprendices, mientras permanezcan bajo custodia.La responsabilidad de que trata este artículo cesará cuando laspersonas de derecho privado e él mencionadas prueben queemplearon toda la diligencia de un buen padre de famílía paraprevenir el daño." (lo subrayado es nuestro).

DECIMO QUINTO: El vincular de manera intencional a nuestro

representado ERNESTO PEREZ BALLADARES "con un delito de

blanqueo de capitales" a través de un medio de comunicación de

amplia circulación nacional y que es visitado internacionalmente a

través de su página Web, desdice de su actuación como persona honrada

tal, atribuyéndole acciones al margen de la Ley tales como el manejo y

lavado de 176 millones de dólares en un banco en Bahamas, pero

además, causa un grave daño moral en la persona de éste, ya que le

atribuye una conducta indecorosa contraria a su trayectoria personal,

familiar y profesional que lo llevó a ocupar la máxima magistratura

nacional, lo que le causa un descrédito entre las personas que leen y

escuchan esta noticia, y le obliga a él ya su familia y amigos a explicar el

grave error de el diario LA PRENSA, en la interpretación de documentos

que reposan en el expediente No.0020-09, que investiga situaciones

distintas al asunto de los 176 millones de dólares "lavados" en Bahamas,

y a los cuales tuvo acceso el diario "LA PRENSA" de manera ilegal.

DECIMO SEXTO: La atribución o vinculación con la comisión de una

conducta criminal hecha en contra de nuestro poderdante por parte del

diario "LA PRENSA", medio de comunicación controlado por la

CORPORACIÓN LA PRENSA, S.A., sin lugar a dudas causa un grave

daño moral a nuestro poderdante en su condición humana, y representa

un hecho injuriante en un medio de comunicación de amplia difusión'WCalle Gerardo Ortega y Samuel Lewis, PH, Edificio Central, Mezanine, Oficina NO.5

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nacional e internacional, lo que daña grave e irreparablemente la

imagen pública de nuestro poderdante.

DECIMO SEPTIMO: El hecho que el diario "LA PRENSA", hayapublicado las notas periodísticas antes mencionadas a escasos 20 días

(21 y 22 de marzo de 2011) antes de que tuviera lugar la audiencia

preliminar donde se calificaría el proceso penal seguido en contra de

nuestro representado y otros por la supuesta comisión de un delito de

blanqueo de capitales pretendía además de causar su descrédito,

propICIar una atmosfera social adversa en su contra, lo cual acentúa el

daño moral a nuestro representado por su condición de figura pública

ampliamente conocido en todos los segmentos de la sociedad panameña

y a nivel internacional por ser un Ex Presidente de este país, que ya se

encontraba en medio de un proceso penal dentro del cual a través de las

herramientas legales que ofrece nuestro ordenamiento jurídico ha

limpiado su imagen y demostrado que no tuvo participación o

vinculación en ningún hecho contrario a nuestro ordenamiento jurídico

penal.

DECIMO OCTAVO: El asociar a nuestro representado a través de un

medio de comunicación social en la comisión del blanqueo de 176

millones de dólares en un banco en Bahamas causa un profundo y grave

daño moral en su condición de esposo, padre y abuelo, ya que ERNESTO

PEREZ BALLADARES ha gozado de la estima y respeto de su entorno

familiar y su injuriosa vinculación con este hecho criminal le ha causado

un menoscabo social en esa imagen, lo cual produce un grave dolor y

angustia en sus familiares, y repercute en angustia y dolor en la persona

de nuestro poderdante en su relación con ellos.

DECIMO NOVENO: De igual manera el hecho que a través de las

publicaciones de los días lunes 21 y martes 22 de marzo de 2011, en la

pnmera plana del diario "LA PRENSA" Y en la sección PANORAMAde

ambas fechas fueron publicadas noticias que de manera mal

intencionada relacionan a nuestro poderdante con el delito de blanqueo

de capitales por 176 millones de dólares en un banco en Bahamas, le

causa dolor, angustia y aflicción psicológica y espiritual a la persona de

ERNESTO PEREZ BALLADARES, por ser víctima de un hecho

injuriante y denigrante cometido a través de una publicación noticiosa.Jj

destinada a causarle el mayor daño social posible. e

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VIGESIMO: Se puede concluir sin mucho esfuerzo que el diario "LA

PRENSA" impulsó causar, el mayor daño social y personal posible a

nuestro poderdante propósito que encuentra su clímax en las--.--------publicaciones de los días lunes 21 y martes 22 de marzo de 2011, que leatribuye a nivel nacional e internacional, al doctor ERNESTO PEREZ

BALLADARES una inexistente vinculación injuriosa con la comisión deldelito de blanqueo de 176 millones de dólares en un banco en Bahamas.

VIGESIMO PRIMERO: La definición de daño moral nos dice lo siguiente:"el daño moral consiste en el dolor, la angustia, la aflicción fisica o

espiritual, y en general, los padecimientos inflingidos a la víctima

por el evento dañoso. Los derechos que se protegen al

implementarse la figura del daño moral son aquellos que protegen la

paz, integridad, honorabilidad, y la salud mental y espiritual. Puederecaer sobre la persona afectada directamente por la ilegalidad, asícomo también indirectamente a los familiares o terceros con

legítimos derechos. Ello no implica que cualquiera peX'sonapodrá

interponer una demanda por daño moral, sólo podrán impetrarla las

personas que hayan sido víctimas del mismo o sus representanteslegales. "

VIGESIMO SEGUNDO: El daño moral causado por la CORPORACIÓN

LA PRENSA, S.A. a nuestro poderdante en su condición de persona

humana, Ex Presidente de la República, profesional, hombre de negocios,

figura pública, y en su seno familiar ha sido estimado en la suma de

cinco millones quinientos mil dólares (U.S.$5,500.000.00).

SOLICITUD: Solicitamos que previos los trámites del proceso civil la

CORPORACIÓN LA PRENSA, S.A., dueña y controladora del diario "LA

PRENSA" al día 21 y 22 de marzo de 2011, sea condenada a pagar a

nuestro poderdante el Dr. ERNE~STO PEREZ BALLADARES la suma de

cinco millones quinientos mil dólares (U.S.$5,500.000.00), en concepto

de daños y perjuicios originados por daño moral causado por las

publicaciones de los días lunes 21 y martes 22 de marzo de 2011, en la

primera plana del diario "LA PRENSA" Y en la sección PANORAMAde

ambas fechas, más las costas y gastos que genere el presente proceso.

Además, solicitamos que en virtud de lo establecido en el Artículo 1644 vJCalle Gerardo Ortega y Samuel Lewis, PH, Edificio Central, Mezanine, Oficina No,5

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la

A, se obligue a la CORPORACION LA PRENSA, S.A. para que a través de

su diario "LA PRENSA" publique un extracto de la sentencia cuando

ésta se dé, que refleje la naturaleza y alcance de la misma con la misma

relevancia (Primera Plana) que tuvo la difusión original de la noticia

injuriante, con el propósito de proyectar socialmente una reivindicación

del honor y reputación de nuestro poderdante.PRUEBAS:

Adjuntamos:

1. Certificación expedida por el Registro Público de la República de

Panamá sobre la existencia de la CORPORACION LA PRENSA,

S.A. Yquienes son sus Directores y Dignatarios.

2. NOTICIA (recorte de periódico) del día 21 de marzo de 2011,

aparecido en la Primera Plana de Diario "LA PRENSA" cuyo títulodice así:

"MP SOLICITA A JUZGADO AUTORIZACIÓN PARA

INVESTIGAR

Pérez B. ligado a otra cuenta multimillonaria"

3. NOTICIA (recorte de periódico) del día 21 de marzo de 2011

(Sección Panorama) cuyo título dice así:"FISCALIA DETECTA SUPUESTO DESVIO DE FONDOS

HACIA BANCO EN BAHAMAS

Ex presidente Pérez Balladares puede enfrentar otroproceso"

4. NOTICIA(recorte de periódico) del día martes 22 de marzo de 2011,

aparecido en la Primera Plana del diario "LA PRENSA", cuyo títulodice así:

"MINISTERIO PÚBLICO PIDIO AUTORIZACION PARA UNA

NUEVA INVESTIGACION CONTRA EL EX PRESIDENTE

Pérez B., ligado a dinero procedente de Bahamas"

5. NOTICIA(recorte de periódico) del día martes 22 de marzo (Sección

Panorama), cuyo título dice así:"MOVIMIENTO DE CUENTA EN BAHAMAS IMPULSA NUEVA

INVESTIGACION CONTRA EX PRESIDENTE PEREZ B.

Fuentes insisten que fundación movió más de $176millones"

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6. Impresión de la página Web denominada prensa.com

(hnQ.J1m.S:IlsuatQrensa.co1;;TI.Lm~nsuª-lLcontenidp j 20 1110'ª-L21 / ho

yj-Pél!l(l.r::mJ1a.L2539<334..asr~, que contiene la nota periodística del 21

de marzo de 2011 titulada MP SOLICITA A JUZGADO

AUTORIZACIÓN PARAINVESTIGAR. Pérez B., ligado a otra cuentamul timillonaria.

7. Impresión de la página Web denominada prensa.com

(httT?.:_LL.!llensua1.prensa.com/mensual/ conteniQQL2S)11.LQ3 / 2 LLhQ

y_L1I.5:\I.Lºr.ªrp~/ 253QJ.63.asp, que contiene la nota periodística del 21

de marzo de 2011 titulada FISCALIA DETECTA SUPUESTO

DESVIO DE FONDOS HACIA BANCO EN BAHAMAS. Ex presidente

Pérez Balladares puede enfrentar otro proceso.

8. Impresión de la página Web denominada prensa.com

(http...:.ll me12§ll~.:.I~rensa.com! mensual/con tenido / 2O 11.LJ)3 / 2 '2:_L ho

yf..P-ªDS2ramaj25'¿'0767.asp, que contiene la nota periodística del 22

de marzo de 2011 titulada MINISTERIO PUBLICO PIDIÓ

AUTORIZACION PARA UNA NUEVA INVESTIGACIÓN CONTRA EL

EX PRESIDENTE. Pérez B., ligado a dinero procedente deBahamas.

9. Impresión de la página Web denominada prensa.com

(htt12~.LLmen:,?ual.prensa.comjmef).sual! s::ontenido/20 11/03R~1hºy.L.--º-ªJ.1ºrél1]:1.ili2540675.a~,que contiene la nota periodística del 22

de marzo de 2011 titulada MOVIMIENTO DE CUENTA EN

BAHAMAS IMPULSA NUEVA INVESTIGACON CONTRA EX

PRESIDENTE PEREZ B. Fuentes insisten que Fundación movió

más de $176 millones.

10. Certificación en original expedida por el Banco HSBC y suscrita por

el señor Andrew Prosser, Apoderado General de HSBC BANK

(Panamá), S.A. en la cual se explica claramente que la cuenta cita

como vinculada no pertenece a nuestro representado y mucho a

Seaside Foundation lnc.

11. Copia simple de la nota del 31 de enero de 2011 dirigida por el

Departamento de Asesoría Legal del Banco HSBC BANK (Panamá),

S.A. a el Fiscal Especializado contra la Delincuencia Organizada V

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donde se establece claramente que la cuenta señalada por laspublicaciones está registrada a nombre de BANITSMO

INTERNATIONAL(BAHAMAS)LTD., y se adjunta en copia simple

movimiento de la citada cuenta desde el 4 de mayo de 2009 hasta

el 30 de junio de 2010. Oportunamente se presentará copiaautenticada de este documento.

Oportunamente presentaremos las pruebas documentales, pericia1es

y testimoniales que estimemos convenientes para el mejor ejercicio delPoder a nosotros conferidos.

SOLICITUD URGENTE Y ESPECIAL PARA INTERRUMPIR LAPRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN.

Solicitamos al Señor Secretario del Juzgado de Turno del Primer Circuito

Judicial de Panamá, Ramo Civil, o al Registro Único de Entrada del

Órgano Judicial, que al momento de la presentación de esta demanda, se

sirva expedir una certificación para los efectos de interrumpir la

prescripción de la pretensión que se pretende con esta demanda, de

acuerdo a lo establecido en el Artículo 669 del Código Judicial.

FUNDAMENTO DE DERECHO: Artículos 1644, 1644 A, 1645 del Código

Civil,Artículos 2040, 2079 y concordantes del Código Judicial.

Panamá, a la fecha de presentación.

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