Carta N° 072 liquidacion de obra servicios higinicos maria inmaculada 1O.06.08

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    AO DE LAS CUMBRES MUNDIALES EN EL PERU

    Sullana, 10 de Junio del 2,008

    CARTA N 072-2008/M.H.F. CONSTRCUTORES S.A.C.

    Sr. Hildebrando Crisanto Vilela.

    Municipalidad Distrital de Bellavista.

    Asunto : APROBACION DE LIQUIDACION DE CONTRATO(LIQUIDACION FINAL DE OBRA).

    Referencia: a) Obra Construccin de Servicios Higinicos del NivelInicial

    en la I.E. Maria Inmaculada N 14794 del distrito deBellavista.

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    Me dirijo a Usted, para expresarle mi saludo y a lavez comunicarle lo siguiente:

    Como representante de la empresa me presentoante usted para presentar la liquidacin de la obra de la referencia a):

    Que, en concordancia con el Artculo 269.-Liquidacin del contrato de obra El contratista presentar la liquidacin debidamentesustentada con la documentacin y clculos detallados, dentro de un plazo de sesenta(60) das o el equivalente a un dcimo (1/10) del plazo de ejecucin de la obra, el queresulte mayor, contado desde el da siguiente de la recepcin de la obra. Dentro delplazo de treinta (30) das de recibida, la Entidad deber pronunciarse, ya seaobservando la liquidacin presentada por el contratista o, de considerarlo pertinente,elaborando otra, y notificar al contratista para que ste se pronuncie dentro de losquince (15) das siguientes.

    Concordante con el contrato y la Ley y Reglamentode la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que establece en su Artculo55.- Frmulas de Reajuste de los contratos expresados en moneda nacional En elcaso de contratos de obras pactados en moneda nacional, las Bases establecern lasfrmulas de reajuste. Las valorizaciones que se efecten a precios originales delcontrato y sus ampliaciones sern ajustadas multiplicndolas por el respectivocoeficiente de reajuste K que se obtenga de aplicar en la frmula o frmulaspolinmicas, los ndices Unificados de Precios de la Construccin que publica el

    Instituto Nacional de Estadstica e Informtica - INEI, correspondiente al mes en quedebe ser pagada la valorizacin. Tanto la elaboracin como la aplicacin de lasfrmulas polinmicas se sujetan a lo dispuesto en el Decreto Supremo N 011-79-VC ysus modificatorias, ampliatorias y complementarias.

    De lo expuesto precedentemente adjunto a lapresente la Liquidacin de la obra de la referencia a), por un valor de S/. 2,722.98(Dos Mil Setecientos Ventidos con 98/100 Nuevo Soles), en los cuales se incluye el10% de retencin que se dio al suscribir la Adenda N 011-2008 del 29.ABR.2008 y elreajuste correspondiente de la Valorizacin N 01, en aplicacin del Decreto SupremoN 011-79-VC .

    Sin otro particular me despido de usted.

    Atentamente

    Elaborado por AFP

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