Carácter positivo y negativo de la ley de delitos informaticos

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CARÁCTER POSITIVO Y NEGATIVO DE LA LEY DE DELITOS INFORMATICOS ALUMNO: WALTER JHONATAN MONTES JORGE CURSO: INFORMATICA JURIDICA

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CARÁCTER POSITIVO Y NEGATIVO DE LA LEY DE DELITOS INFORAMTICOS

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CARÁCTER POSITIVO Y NEGATIVO DE LA LEY DE DELITOS INFORMATICOS

ALUMNO: WALTER JHONATAN MONTES JORGECURSO: INFORMATICA JURIDICA

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CARÁCTER POSITIVO.-

1.- Lo positivo se encuentra en el ámbito de aplicación de la Ley, requisito de actuar de manera deliberada e ilegítima para la mayoría de Tipos penales introducidos por la Ley.

Así mismo el Art. 12 busca funcionar como una excepción general aplicable a todos los artículos anteriores y que deja claro que no se podrá cometer un delito cuando se llevan a cabo pruebas autorizadas o procedimientos destinados a proteger sistemas informáticos.

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CARÁCTER POSITIVO2.- El rechazo que varios proyectos de ley han

mostrado al artículo de comercialización de datos personales actualmente vigente. Este artículo con una redacción amplísima que potencialmente dejaba en la ilegalidad a actividades enteras como el márketing y que no tenía ninguna relación con el estándar de protección de datos personales vigente en nuestro país. Con buen criterio, la Comisión propone que se derogue ese artículo y se agregue uno distinto al Código Penal con la intención de penalizar el tráfico de datos personales cuando hay una transacción de por medio y se tratan de datos no públicos obtenidos ilícitamente (entiendo: en contra de lo dispuesto por la Ley de Protección de Datos Personales).

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CARÁCTER POSITIVO3.- Un aspecto importante, es la de acceder sin autorización a todo o parte de un sistema informático, siempre que se realice con vulneración de medidas de seguridad establecidas para impedirlo, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años y con treinta a noventa días multa. Será reprimido con la misma pena el que accede a un sistema informático excediendo lo autorizado. Art. 2 de Ley 30096 Acceso ilícito Propuesta de modificación (Dictamen)

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CARÁCTER POSITIVO

4.- Se elimina la referencia a las “tecnologías de la información o de la comunicación” como elemento a través del cual se realiza la conducta delictiva. Se precisa restrictivamente que el medio a través del cual se realiza la conducta delictiva es la Internet u otro medio análogo. Queda abierta a la interpretación cuál es el real alcance de la propuesta cuando alude a un “medio análogo” a Internet: Podría ser una intranet, tal vez un chat telefónico, o algún otro medio que por su falta de inmediatez personal permita interactuar a un adulto con menores de edad sin exponer directamente su identidad real al momento de hacer el contacto.

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CARÁCTER POSITIVO5.- A la Policía Nacional del Perú se integra el órgano encargado de coordinar las funciones de investigación con el Ministerio Público. A fin de establecer mecanismos de comunicación con los órganos de gobierno del Ministerio Público, la Policía Nacional del Perú centraliza la información aportando su experiencia en la elaboración de los programas y acciones para la adecuada persecución de los delitos informáticos, y desarrolla programas de protección y seguridad. 

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CARÁCTER NEGATIVO1.- En los cambios realizados a la Norma, lejos de corregir el

problema se ha agravado. Es el caso de los artículos sobre GROOMING y discriminación. En el primer caso, resultaba necesario que el delito exija por parte del agente algún hecho concreto como la realización efectiva de una proposición u ofrecimiento al menor. Sin embargo, se ha mantenido la redacción de este delito “psíquico” al condenar a cualquiera que “contacte para” proponer u ofrecer. Por el contrario, se ha incluido un nuevo artículo en el Código Penal para penalizar este tipo de “contactos” cuando se realicen fuera de Internet. Aquel va a ser un reto mayor porque los fiscales y jueces tendrán que analizar si un contacto con un menor se realizó o no “con la intención” de solicitar u obtener de él material pornográfico.

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CARÁCTER NEGATIVO2.- Otro aspecto negativo seria a la posición sobre el

delito de discriminación por Internet la cual ha avanzado en el contexto Juridico. Aunque en su propia exposición de motivos reconoce que es “improbable” que alguien discrimine a otra persona a través de Internet, sí cree que podría usarse la red para incitar o promover actos discriminatorios. Por ende, en lugar de suprimir este agravante al delito de discriminación lo terminado ampliando para incluir el uso de Internet para promover actos discriminatorios. Nuevamente, la Exposición de Motivos no explica cómo se deberá de interpretar este delito en concurso con el delito de apología del delito, que tiene idénticas penas.

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CARÁCTER NEGATIVO3.- Un tema controvertido también ha sido la

redacción de los artículos sobre interceptación telefónica y de datos. Un comentario frecuente es que dichos artículos podrían afectar la libertad de prensa, al tener agravantes para cuando se difunde información producida o en poder del Estado. Asi mimso el Proyecto de Mulder y el de Omonte incluían un párrafo aparte señalando que no existirá responsabilidad penal cuando se difundan comunicaciones interceptadas siempre que hay un interés público y quien difunde no tenga participación en la interceptación.

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CARÁCTER NEGATIVO

4.- Además es innecesaria dado la existencia del delito de espionaje, pensada específicamente para los casos en los que se comprometa la defensa o seguridad nacional y que abarca a toda la cadena desde el que consigue el material hasta a quien lo difunde. 

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CARÁCTER NEGATIVO5.- Así también tenemos otro agravante, cuestionable

porque cuando hablamos de lo reservado, secreto o confidencial estamos hablando de un grupo amplio de información en los términos de la Ley de Transparencia. Estamos hablando de mucha información producida por el Estado y que comprende resoluciones de primera instancia de tribunales administrativos, informes técnicos previos a la toma de una decisión de gobierno, etcétera. Mucha de esa información puede estar clasificada como reservada pero poseer gran interés para el público en general y su calificación debe de estar sometida a una evaluación detallada.