Capítulo 3 LA OMC Y EL ACUERDO SOBRE AGRICULTURA...90% del comercio mundial. El nacimiento de la...

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Capítulo 3 LA OMC Y EL ACUERDO SOBRE AGRICULTURA

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Capítulo 3

LA OMC Y EL ACUERDO SOBREAGRICULTURA

La OMC nacía de la Ronda Uruguay con un retraso de casi 50años. Esta organización se concibió en 1948 en la Conferencia deLa Habana, coincidiendo con la creación de las otras dos grandesinstituciones del acuerdo Bretton Woods (Fondo Monetario Inter-nacional y Banco Mundial), con la finalidad de estrechar la coope-ración económica paza salir de la crisis tras la II Guerra Mundial.Pero la entonces llamada Organización Internacional del Comercionunca llegó a establecerse. Sólo quedazon sus disposiciones relati-vas a política comercial, que entraron en vigor en 1948 para 23naciones o partes contratantes, con el nombre de Acuerdo Generalsobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT). El GATT se con-virtió así en un acuerdo provisional, sin un diseño institucionalcompleto, hasta la conclusión de la Ronda Uruguay.

La OMC integra tanto al GATT como al resto de acuerdosalcanzados en su ámbito y los resultados globales de la Ronda Uru-guay: el Acuerdo general sobre comercio de servicios (GATS), elAcuerdo sobre aspectos comerciales relacionados con los derechosde propiedad intelectual (TRIPS) y, por supuesto, el Acuerdo sobreAgricultura, entre otros. Este paquete de Acuerdos contiene las nor-mas básicas, jurídicamente vinculantes, por las que los gobiernos seobligan a mantener sus políticas comerciales dentro de unos límitespactados multilateralmente. Adicionalmente, la OMC establece unprocedimiento de resolución de diferencias y conflictos comercia-les, establecido sobre bases jurídicas.

1. PRINCIPIOS DEL SISTEMA MULTILATERALDE COMERCIO

â Comercio sin discriminación. Este principio se apoya, a suvez, sobre los principios del tratamiento de nación-más-favorecida y del tratamiento nacional. Según el primero deellos, cada miembro de la OMC debe tratar por igual al resto

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de socios comerciales, de forma que si un país mejora lasconcesiones dadas a otro país, este "mejor tratamiento" debeampliarse al resto de países miembros de la OMC. En cuan-to al segundo, el principio del tratamiento nacional, significaque ningún miembro de la OMC puede discriminar entre losproductos y servicios nacionales y los importados.

â Comercio más libre, mediante la reducción progresiva de lasbarreras comerciales, lograda a través de negociaciones mul-tilaterales. La OMC destaca la importancia de introducir loscambios gradualmente -una liberalización progresiva-, pues-to que la apertura de los mercados exige procesos de ajuste.Por ello, también se prevén períodos de aplicación más lar-gos y menores exigencias para los países en desarrollo.

â Comercio más predecible. Las empresas, los inversores y losgobiernos deben tener garantías de que no se aplicarán arbi-trariamente nuevas barreras comerciales ni se incrementaránlos niveles de protección existentes. La supervisión regularde las políticas comerciales, llevada a cabo por el Mecanis-mo de Revisión de Políticas Comerciales de la OMC, es unaforma más de aumentar la transparencia del comercio tantonacional como multilateral.

â Corizercio más competitivo, mediante la reducción/elimina-ción de las prácticas comerciales desleales, como las sub-venciones a la exportación o el dumping. A1 contrario de loque a veces se dice, la OMC no es una institución para con-sagrar el libre comercio, ya que el sistema permite la exis-tencia de áranceles y, en ciertos casos, tolera otras formas deprotección en frontera. De forma más precisa, hay que enten-der la OMC como un sistema de normas destinadas a lograrun comercio más abierto, leal y competitivo exento de dis-torsiones.

â Comercio como motor del desarrollo económico, mediante laconcesión a los países en desarrollo de más tiempo paraadaptarse al sistema, de mayor flexibilidad y de privilegiosespeciales, en concreto para los países más pobres, ademásde programas específicos de formación y asistencia técnicasobre el sistema multilateral de comercio. Un gran númerode ellos ya habían aplicado, de forma autónoma, programas

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de liberalización comercial en paralelo al desarrollo de laRonda Uruguay.

En general, las decisiones de la OMC se adoptan por consenso,lo que conlleva largos y complicados procesos de negociación, yaque se trata de poner de acuerdo a más de 140 países ". El funcio-namiento de la OMC difiere bastante de otras organizaciones inter-nacionales como el Fondo Monetario Internacional o el BancoMundial. En la OMC, el poder no se delega a un equipo directivo,ni la estructura administrativa tiene ninguna influencia sobre laspolíticas comerciales nacionales. Cuando se impone algún tipo dedisciplina sobre las políticas domésticas, es como resultado de unproceso de negociación entre los miembros de la OMC. En el casode que, en virtud de la aplicación de las normas adoptadas en laOMC, se deriven sanciones comerciales, dichas sanciones sonimpuestas por los estados miembros de la OMC y no por la organi-zación. Esto es esencialmente distinto de la forma de actuar de otrasagencias multilaterales que pueden, por ejemplo, retirar los créditosa un país en caso de incumplimiento de alguna de sus disposiciones.

Desde que la OMC empezó a funcionar en 1995 el número deEstados signatarios ha aumentado de forma continua hasta alcanzarlos 141 en 2001. Este conjunto de países representan alrededor del90% del comercio mundial. El nacimiento de la OMC es el testi-monio del compromiso de sus miembros para lograr un sistemacomercial multilateral más abierto y, al mismo tiempo, más regula-do. Para ello, el GATT se apoya en los siguientes principios básicos(véase Recuadro 3-1):

1. Cláusula de nación más favorecida (NMF). Constituye elprincipio de no discriminación, ya que cualquier país miem-bro puede acogerse a las condiciones comerciales estableci-das por otro signatario, incluso en acuerdos bilaterales. Esdecir, cuando una parte contratante otorga una concesióncomercial a otra parte contratante, dicha concesión debeextenderse al resto de países.

^^ La complejidad de los asuntos a negociar y la toma de decisiones por consenso, exigenla existencia de un sistema informal de consultas dentro de la OMC (o incluso fuera de ella),que no aparece en ningún esquema orgánico de la OMC. Se trata de reuniones informales detodos sus miembros o bien de grupos pequeños, en el caso de asuntos particularmente difíciles(frecuentes durante la Ronda Uruguay), para acercar posiciones y alcanzar preacuerdos.

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RECUADRO 3-1: Los principios del GA7T.

Artículos CATT Descripción

Dos normas básicas I Cláusula de nación más favorecida o deno discriminación exterior (también enarts. XIII y XVII).

II Arancelización (los azanceles han de serlas únicas medidas de protección en fron-tera).

Dos disciplinas fundamentales III Tratamiento nacional (no discriminacióninterior).

XI Prohibición de cuotas.

Principios de no distorsión VI Proteccibn antidumping.

de la competencia VI + XVI Protección frente a ciertas subvenciones.

XVII Las empresas comerciales de estadodeben actuar conforme a principioscomerciales.

Posibilidad de medidas de XIX Medidas generales de salvaguazdia.salvaguardia XII Medidas de salvaguazdia ante dificultades

de Balanza de Pagos.

XVIII (B) Medidas de salvaguardia ante dificultadesy(C) de Balanza de Pagos y protección de

industrias nacientes en países en desarrollo.

Excepciones XX Excepciones generales.

XXI Excepciones de seguridad.

XXIV Acuerdos regionales.

Parte IV Tratamiento preferencial paza los paísesen desarrollo.

2. Principio de tratamiento nacional. Los productos que seimporten en un determinado mercado no pueden ser tratadosde forma menos favorable que productos similazes de origendoméstico.

3. Arancelización. Todas las medidas de protección en fronteradeben transformarse en derechos de aduana (aranceles).

4. Consolidación arancelaria. El compromiso de las partescontratantes de respetaz los niveles de liberalización arance-laria negociadoŝ (consolidación) hace previsibles los térmi-nos en que se desenvuelven las transacciones comerciales.

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5. Prohibición de las restricciones cuantitativas (cuotas). Lascuotas de importación son uno de los principales obstáculosal comercio.

6. Código antidumping. Este código pretende establecer en elfuturo una serie de normas en el GATT paza combatir prácti-cas comerciales ilícitas tales como el dumping o las subven-ciones a la exportación.

7. Salvaguardia. Esta cláusula autoriza a los estados firmantespaza que, cuando su economía o su situación comercial lojustifique, apliquen restricciones a la importación o suspen-dan las concesiones arancelarias en caso de que los produc-tos sean importados en cantidades o en condiciones que pue-dan causaz o amenacen con causar graves perjuicios a losproductores domésticos.

2. LAS NEGOCIACIONES DE LA RONDA URUGUAY

La Ronda Uruguay, iniciada en septiembre de 1986 con la Decla-ración de Punta del Este, abarcó quince capítulos de negociación. Ladiversidad de los temas abordados fue una de las principales nove-dades de la Ronda Uruguay en comparación con las Rondas anterio-res, que trataban casi exclusivamente la protección arancelaria.Todos los firmantes de la Declazación estuvieron de acuerdo en queera necesario afrontar la ambiciosa tarea de reincorporar la agricul-tura a las disciplinas del GATT, que hasta la fecha se había vistoexenta de la aplicación de las mismas. Los Ministros declarazonentonces que había una urgente necesidad de mejoraz la transparen-cia del mercado mundial agrario, corrigiendo y evitando cualquiertipo de distorsión comercial, especialmente aquellas relacionadascon los excedentes agrarios, así como reducir la incertidumbre y lainestabilidad del mercado internacional. Asimismo, acordazon quelas negociaciones debían lograr una mayor liberalización de losintercambios agrícolas y conseguir que todas las medidas relativas alacceso al mercado para las importaciones y la competencia de lasexportaciones estuvieran regidas por el GATT, mediante una serie denormas y disciplinas reforzadas y más operativas.

De entre todos los asuntos tratados a lo largo de la Ronda Uru-guay, tres de ellos pueden considerarse como los "puntos calientes"de los siete años de negociaciones:

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i. Apoyo intemo.

ii. Subvenciones a la exportación.

iii. Acceso al mercado.

Desde el principio, la Ronda Uruguay estuvo marcada por elenfrentamiento directo entre EEUU y la Unión Europea (UE). Laposición negociadora inicial de EEUU consistía en la eliminaciónen el año 2000 de todas las medidas proteccionistas de política agrí-cola. La llamada "opción cero" fue propuesta por primera vez enjulio de 1987 y se mantuvo con ligeros cambios hasta 1990. Deacuerdo con los tres apartados mencionados más arriba, la propues-ta estadounidense consistía en: ^

i. La eliminación completa de la ayuda interna a la producciónen el plazo de 10 años (en la propuesta de 1990 se admitíauna reducción de las ayudas del 75%).

ii. La eliminación total de las subvenciones a la exportación enel plazo de 5 años (en la propuesta de 1990 se admitía unareducción de190%).

iii. La eliminación de cualquier medida de protección en fron-tera en el plazo de 10 años. ^

Este enfoque radical, que iba más allá de los objetivos estableci-dos en la Declaración de Punta del Este, fue secundado por los paí-ses del Grupo de Cairns12 y rechazado de inmediato por la Comu-nidad Europea, Japón y los países escandinavos. EE.UU. y el Grupode Cairns condicionaron, además, el avance de los acuerdos en elresto de áreas de negociación a un acuerdo en agricultura. Por suparte, la Comunidad Europea defendía que la reducción del apoyointerno no debía superar el nivel requerido para restablecer el equi-librio en los mercados. En opinión de la Comunidad, la reducciónde las subvenciones a la exportación tendría que ser gradual y debíaproducirse al mismo tiempo que la reducción de la ayuda intema. Ade-más, dada la variedad de políticas de apoyo, los compromisos parareducir las ayudas tenían que ser expresados como "medidas

12 Argentina, Australia, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Filipinas, Fiji, Hungria, Indo-nesia, Malasia, Nueva Zelanda, Tailandia y Uruguay.

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agregadas de apoyo"13 en lugaz de medidas politicas concretas. En defi-nitiva, la Comunidad Europea no aceptaba discutir los compromisospor separado, sino que exigía negociaz un paquete global. La posiciónde la Comunidad se puede resumir en los siguientes puntos:

(a) La consideración de una Medida Global de Ayuda (MGA).

(b) La reducción de la MGA para una serie de productos (cere-ales, arroz, azúcar, oleaginosas y productos animales) en un30% a lo largo de 10 años, a partir de 1986.

(c) El reequilibrio de la protección en frontera, mediante la ins-tauración de derechos de aduana a las importaciones de ole-aginosas y sustitutivos de los cereales, que estaban exentosde protección, mientras que otros sectores estaban altamen-te protegidos mediante tasas variables y otros impuestos a laimportación.

Los EE.UU. y la UE intentaron acercar posiciones en el llama-do compromiso Héllstrom, propuesto en la Conferencia de Heysel(Bruselas, diciembre 1990). Sin embargo, los respectivos puntos devista resultaron ser ineconciliables y la Conferencia, durante la quese esperaba finalizar la Ronda Uruguay, acabó siendo un fracaso. El20 de diciembre de 1991, el entonces Secretario General del GATT,Arthur Dunkel, presentó un bonador del Acta Final que, en el capí-tulo agrícola, no era más que otro intento paza lograr un compromi-so. Las principales líneas del compromiso Dunkel eran:

i. Una reducción de la MGA de120%, tomando como referen-cia el período 1986-88 (esta reducción no afectaría a aque-llas ayudas desconectadas, es decir, a aquellas ayudas cuyonivel es independiente de las decisiones de producción).

ii. Una reducción de 24% en volumen y del 36% en términospresupuestarios de las subvenciones a lá exportación,tomando como referencia las del período 1986-90.

iii. Mejorar el acceso al mercado de las importaciones median-te un sistema de arancelización (con una cláusula de salva-

13 La medida agregada de apoyo o medida global de ayuda (MGA) es un indicador quesirve para expresaz y comparar los diversos tipos de ayudas que afectan a la producción y alcomercio. La MGA se calcula como la diferencia entre el precio doméstico y el intemacional,multiplicada por el volumen de producción, más ciertos tipos de ayudas directas.

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guardia), reducción en las tasas aduaneras del orden de136%y unos derechos de acceso mínimo del 5% del consumointerno, tomando como referencia el período 1986-90.

Sin embargo, la Comunidad no aceptó completamente las pro-puestas del documento Dunkel por las siguientes razones:

i. Apoyo interno. A pesaz de que la Comunidad secundaba, entérminos generales, la idea de reducir el apoyo interno, nopodía aceptar que las medidas destinadas a compensaz pér-didas de rentas derivadas de la reforma de la PAC -yueentonces se estaban negociando- estuvieran incluidas entrelas categorías de apoyo susceptibles de reducirse.

ii. Subvenciones a la exportación. La Comunidad estaba dis-puesta a aceptar un compromiso de reducción de las restitu-ciones por exportación, aunque el 24% se consideraba unporcentaje demasiado elevado.

iii. Acceso al mercado. Aunque la Comunidad podía aprobaz laazancelización, era inaceptable que el documento Dunkel nohubiera previsto ninguna medida destinada a restablecer elequilibrio del mercado interior (en concreto, medidas deestabilización de las importaciones de productos sustitutivosde los cereales).

Además, para la Comunidad Europea era vital que los nuevos ins-trumentos de la PAC estuvieran protegidos ante cualquier ataque den-tro del GATT, una vez que se alcanzaza el acuerdo en estos tres apaz-tados. La Comunidad también consideraba indispensable solucionazel contencioso abierto con EEW con respecto a las oleaginosas.

Las negociaciones habían llegado a un punto muerto y la UE seencontraba cada vez más aislada dentro del GATT, conforme crecíael número de países que se sumaban a las críticas al sistema de pre-cios garantizados de la PAC entonces vigente. La política comuni-taria de apoyo vía precios era el resultado de los desequilibrios cre-cientes entre oferta y demanda internas de determinados productosy la acumulación de excedentes. Desde los 80, los recursos presu-puestarios necesarios para el sostenimiento de los precios seguíanaumentando. Poco a poco, la idea de que la PAC tenía que ser obje-to de una profunda reforma iba ganando terreno. Finalmente, enmayo de 1992 se adoptó una reforma, apoyada en los tres pilazessiguientes:

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1. Reducción de los precios agrarios.2. Compensar a los productores por las pérdidas de renta deri-

vadas del descenso de precios, mediante pagos directos.3. Control de la producción a través de medidas que limitaran

el uso de los factores de producción (retirada de tierras -setaside- en herbáceos, densidad de cazga ganadera).

Unos precios inferiores y el descenso de los volúmenes de pro-ducción debían permitir que la Comunidad cumpliera con los com-promisos de la Ronda Uruguay en los tres apartados clave de lanegociación (apoyo interno, acceso al mercado y competencia delas exportaciones). La mayor competitividad de los cereales comu-nitarios, por ejemplo, podía contribuir a la estabilidad de las impor-taciones de productos sustitutivos de los cereales.

Aunque la reforma de la PAC se introdujo sin esperaz a los resul-tados de las negociaciones de la Ronda Uruguay, ciertamente impul-só su finalización. En ese momento, la principal preocupación de losagricultores europeos era tener la seguridad de que los pagos com-pensatorios directos no iban a ser cuestionados en el GATT. Para ellose aceptó que la excepción de reducir los pagos directos creados porla nueva PAC se extendería también a los "deficiency payments" queutilizaba la política agrícola estadounidense de entonces.

La Comunidad Europea y los EE.UU. relanzaron entonces lanegociación, con el propósito de llegaz a un acuerdo previo al com-promiso general entre todas las paztes contratantes del GATT. Estasconversaciones culminaron con el acuerdo Blair House, alcanzadoel 20 de noviembre de 1992. Los principales elementos del acuer-do, que cubría un período de 6 años a paztir de 1995, fueron:

i. Apoyo interno. Los pagos directos instaurados en la reformade la PAC se excluyeron del compromiso de reducción de laMGA. Ello permitía que la Comunidad compensaza a susagricultores por la caída de los ingresos derivada del des-censo de precios.

ii. Competencia de las exportaciones. Las subvenciones a laexportación se disminuirían un 21% en volumen, en lugazdel 24% establecido en el compromiso Dunkel. Esto hacíaposible que la PAC reformada fuera coherente con los com-promisos derivados de un eventual acuerdo final en laRonda Uruguay.

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iii. Acceso al mercado. Las dos partes aceptaron el DocumentoDunkel. Asimismo acordaron establecer consultas bilatera-les en caso de que las importaciones de productos sustituti-vos de los cereales aumentasen hasta tal punto que supusie-ran una amenaza para la nueva organización común demercado de los cereales en la Unión.

Además, ambas partes llegaron a un acuerdo por el que se esta-blecía que los instrumentos aplicados en virtud de la política agra-ria nacional no podrían ser cuestionados en relación con los artícu-los XVI y XXIII del GATT, en la medida en que las disciplinasresultantes de la Ronda Uruguay en los tres apartados clave de lanegociación fueran respetadas por completo. Esta es la conocidacomo "cláusula de paz".

El compromiso Blair House puso fin además al contencioso delas oleaginosas. La Comunidad aplicaría el porcentaje de retirada detierras anualmente, a una superficie total de 5,128 millones de hec-táreas, siempre que el porcentaje de retirada aplicable a las oleagi-nosas no fuera inferior al 10%. Y, contrariamente a la petición ini-cial de EE.UU., no habría ningún tope máximo para la produccióntotal de oleaginosas. La producción de oleaginosas para usos no ali-mentarios (como bioetanol) en tierras retiradas estaría permitidahasta un cierto nivel máximo.correspondiente a un volumen límitede subproductos obtenidos ^a partir de dichos cultivos. Con ello, sepudo acabar con un conflicto que había perturbado la Ronda Uru-guay durante cuatro años y que, en su fase final, había llevado a dosde sus participantes a una guerra comercial.

No obstante, el acuerdo de Blair House encontró oposición den-tro de la misma Comunidad, especialmente por parte de Francia yde las orgánizaciones de productores y de cooperativas agrariasagrupados en el COPA/COGECA. Su postura en contra del acuerdoBlair House cuestionaba, precisamente, la compatibilidad del acuer-do con la reforma de la PAC.

El llamado Consejo "Jumbo" que reunió en septiembre de 1993a los Ministros de Asuntos Exteriores y de Agricultura solicitó a laComisión que aclarara ciertos puntos con la delégación de EE.UU.-sin reabrir el paquete Blair House- para finalizar las negociacionesdel capítulo agrícola. Entre dichos puntos, se incluían la cláusula depaz, la cláusula de salvaguardia especial, los sustitutivos de cerea-les, los períodos de aplicación, la ayuda interna y las existencias. Se

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cias. Se intentaba reafirmar la validez de los principios de la PAC,especialmente el de la preferencia comunitaria, y el mantenimientodel papel exportador de la Comunidad Europea.

Durante las negociaciones con la delegación estadounidense, laComunidad obtuva varios resultados significativos que se reflejarondespués en el Acta Final del acuerdo. EE.UU. aceptó, por ejemplo, laextensión de seis a nueve años del período de vigencia de la cláusulade paz. Este logro fue considerado como un gran éxito por la delega-ción comunitaria, puesto que era la primera vez que el GATT ampa-raba legalmente los mecanismos previstos en la PAC, concediendo ala PAC una seguridad jurídica internacional imprescindible14.

3. EL ACUERDO SOBRE AGRICULTURA

El Acuerdo Agrícola supuso un cambio fundamental en el trata-miento que el GATT daba a las políticas agrarias nacionales, ya quenunca antes se había podido actuar de forma efectiva sobre aquellasmedidas de política agraria que generaban distorsiones en los mer-cados internacionales. A partir de los acuerdos de 1995, los gobier-nos se ven obligados a cumplir una serie de compromisos -refleja-dos en las respectivas Listas de ofertas- conforme a las normasmultilaterales adoptadas en la Ronda Uruguay.

3.1. Ayuda interna

El apoyo interno a la agricultura "autorizado por la OMC" escalculado como una Medida Global de Ayuda y se ha reducido, enlos países desarrollados, un 20% con respecto a la concedida en elperíodo de referencia 1986-88, en un plazo de seis años. Las ayudasobjeto de reducción son las integradas en la llamada "caja ámbar",es decir, las ayudas que tienen un efecto directo sobre el comercio(ver Recuadro 3-2). En cambio, determinados tipos de ayudas, con-sideradas desconectadas, se excluyeron de los compromisos de

'^ No obs[ante, la cláusula de paz nunca ha sido completa, por las propias indetemúna-ciones subsistentes, como demuestran los conflictos surgidos en tomo a las hormonas, la bana-na, e[c.

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RECUADRO 3-2: "Las cajas" o"compartimentos" de la RondaUruguay

- La caja ámbar o MGA se calcula paza cada producto de base (aunque se reduce glo-balmente) como la suma de tres componentes:

• Sostenimiento de los precios de mercado. Se calcula multiplicando la diferenciaentre el precio administrado y un precio mundial de referencia fijo, por la produc-ción elegible, es decir, con derecho a recibir el precio administrado.

• Pagos directos no excluidos. Cuando dependen de una diferencia de precios se cal-culan de forma similar al punto anterior y cuando se basan en factores distintos delprecio se utilizan los desembolsos presupuestarios.

• Otras ayudas no excluidas (por ejemplo, subvenciones a los inputs).

• La ayuda no referida a productos específicos se totaliza en una MGA no referida

a productos específicos, expresada en valor monetario total. En el caso de pro-ductos para los que existe sostenimiento de precios pero no es posible calcular esecomponente de la MGA, se utiliza una Medida de Ayuda Equivalente, calculadade forma semejante a la MGA, basándose en los desembolsos presupuestarios des-tinados a mantener el precio al productor.

- La caja azul, exenta del compromiso de reducción, contiene los pagos directos rea-lizados en el mazco de programas de limitación de la producción si se basan ensuperficies y rendimientos fijos o si se realizan con respecto al 85% o menos delnivel de producción de base o si, en el caso de ayudas a la ganadería, se conceden aun número de cabezas de ganado fijo. Las ayudas por superficie para los cultivosherbáceos y las primas ganaderas introducidas por la PAC en 1992, así como los"deficiency payments" de la agricultura estadounidense anteriores a la Fair Act de1996, cumplen totalmente estas condiciones.

- La caja verde, por último, contiene aquellas medidas que no tienen efectos de dis-torsión sobre la producción o el comercio o que los tienen en grado mínimo. Estasayudas deben cumplir dos criterios básicos: (a) concederse mediante un programagubemamental financiado con fondos públicos que no implique transferencias de losconsumidores, y(b) no tener el efecto de una prestación de ayuda en materia de pre-cios a los productores. La caja verde incluye, entre otros conceptos, los siguientes:

• Servicios generales de investigación, lucha fitosanitaria, formación, divulgación yasesoramiento, infraeswcturas, etc. (siempre que no impliquen pagos directos a

los productores);

• Almacenamiento público con fines de seguridad alimentaria;

• Ayuda alimentaria intema;

• Desembolsos ^esconectados de la producción- en programas de seguridad deingresos;

• Ayudas en caso de catástrofes naturales;

• Ayudas para reajuste estructural, incluyendo cese anticipado, retirada de factoresde producción o ayudas a la inversión;

• Ayudas en el marco de programas ambientales o de ásistencia regional a produc-tores en zonas desfavorecidas.

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reducción. Por un lado, las ayudas incluidas en la llamada "cajaverde" (aquellas que no tienen efectos sobre el comercio ni sobre laproducción) están totalmente exentas de reducción. Por otro lado,existe otra categoría de ayudas, las denominadas de la "caja azul",que comprende ayudas directas que se eximen del compromiso dereducción siempre que vayan acompañadas de medidas de controlde los factores productivos. Los pagos directos de la reforma de laPAC de 1992 y de la Agenda 2000 se adaptan claramente a los cri-terios de la caja azul y, por tanto, se excluyeron del compromiso dereducción del GATT. Además, según la cláusula de paz, si las ayu-das de la PAC reformada cumplían con estos criterios estarían pro-tegidas durante nueve años frente a una eventual reclamacióncomercial.

3.2. Competencia de las exportaciones

Los países desarrollados han reducido sus subvenciones a laexportación "autorizadas" un 21% en volumen y un 36% en gasto.Esta disminución se ha realizado progresivamente, durante seisaños, tomando como base el periodo de referencia 1986-90. Sinembazgo, se concedió un cierto mazgen de maniobra en la eleccióndel período de referencia, ya que podía tomazse como referencia1991-92 si el nivel medio de las exportaciones subvencionadas erasuperior al de 1986-90. En el caso de las exportaciones comunita-rias de carne de vacuno, que alcanzaron niveles excepcionalmenteelevados en 1991 y 1992, la cantidad base paza calcular la reducciónsería la media 1986-92. La elección de periodos de referencia másrecientes permitía realizar reducciones menores al principio delperiodo, lo cual era muy favorable para la Unión Europea. Otrascuestiones destacables fueron las siguientes:

a) las reducciones tienen lugaz de forma lineal, anualmente ypor cada categoría de productos;

b) los productos transformados están exentos de la obligaciónde reducción en términos presupuestarios;

c) en los países en desarrollo, la reducción de las subvencionesa la exportación es del 14% en volumen y de124% en térmi-nos presupuestarios, en lugaz del 21% y 36% establecidopaza el resto de países;

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d) la ayuda alimentaria se exime del compromiso de reducción,siempre que no esté ligada a exportaciones comerciales;

e) las existencias debían ponerse en el mercado antes de laentrada en vigor del Acuerdo; después su comercializaciónsería considerada como exportación subvencionada y, portanto, estaría sujeta a la disciplina del Acta Final.

f) el Acta Final no incumbe a las exportaciones no subvencio-nadas.

Los compromisos de reducción se aplican a los siguientes tiposde subvenciones:

- desembolsos (incluidos los pagos en especie) concedidos acualquier empresa, sector productivo, productor agrario, aso-ciación de productores u oficina de ventas, en función de losresultados de exportación;

- exportación de mercancías en stock a precios inferiores a losdel mercado doméstico;

- subvenciones a la exportación financiadas mediante impues-tos sobre el producto o sus derivados;

- subvenciones destinadas a reducir los costes de comercializa-ción de las exportaciones;

- costes de transporte interiores y fletes marítimos más favora-bles paza lo ŝ bienes de exportación que los aplicados a los delmercado doméstico15.

En este punto, cabe destacar la ausencia en el Acuerdo sobreAgricultura de reglas sobre los créditos a la exportación, que podrí-an llegaz a utilizarse como una forma encubierta paza subvencionarlas exportaciones.

3.3. Acceso al mercado

El elemento clave del acceso a los mercados es la "azanceliza-ción". Ésta consiste en la transformación de cualquier mecanismode protección en frontera en derechos de aduana fijos.

^S Durante el período de aplicación, los países en desarrollo no han estado obligados areducir las dos últimas modalidades de subvención.

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a) Arancelización. Todas las medidas de protección en fronterase transforman en derechos de aduana fijos, llamados "equi-valentes azancelarios". Además, estos equivalentes azancela-rios se han reducido un 36% en seis años (o un 24% en diezaños, en los países en desarrollo). Dicha tasa de reducción secalcula como el promedio de todos los equivalentes azance-larios; las reducciones específicas por producto podíanvariar, siempre que la reducción mínima fuera del 15%. Elperíodo de referencia fue 1986-88.

b) Cláusula de Salvaguardia Especial. Para los productos suje-tos a azancelización, se previó un mecanismo de salvaguaz-dia destinado a mitigar el impacto de un eventual aumento delas importaciones o de un hundimiento de los precios. LaCláusula de Salvaguardia Especial permite la aplicación dederechos adicionales cuando el volumen de importacionessupera un umbral determinado o cuando los precios deimportación caen por debajo de un cierto nivel de activación.

c) Acceso mínimo. Con el fin de favorecer una mayor aperturade los mercados, el Acuerdo obliga a que cada país signata-rio abra sus mercados a terceros países, para un volumendeterminado de importaciones, equivalente a13% del consu-mo interno en el primer año de aplicación (1995) e incre-mentazlo hasta un 5% en el año 2000. El período de referen-cia es 1986-88. Estas oportunidades de acceso mínimosuelen concederse en forma de contingentes arancelarios,con derechos azancelarios reducidos sujetos a su vez al com-promiso de reducción. Es importante señalar que los com-promisos de acceso mínimo sólo se aplican a los productosque han sido "azancelizados" (por ello, por ejemplo, losvinos de la UE no fueron sujetos a esta obligación).

d) Acceso actual. En virtud de esta disposición, las concesionesazancelarias realizadas antes de la entrada en vigor delAcuerdo debían mantenerse, como mínimo, al nivel del perí-odo 1986-88.

e) Por último, el Acuerdo previó un procedimiento de consultaaplicable si las importaciones de productos sustitutivos decereales en la Comunidad Europea aumentaban por encimapor encima del promedio del periodo 1990-92.

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