CAP Provisional de la ACFFAA - R.M. N° 716-2014-DE-SG [TodoDocumentos.info]

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El Peruano Jueves 11 de setiembre de 2014 532205 2002-PCM, modificado con el Decreto Supremo Nº 056- 2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013. Artículo 5º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1135907-6 Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de los EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 712-2014-DE/SG Lima, 9 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 630 del 19 de agosto de 2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Oficio Nº 2154/DRIE/c.2 del 28 de agosto de 2014, el Director de Relaciones Internacionales del Ejército, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 14 al 20 de setiembre de 2014, a fin de participar en un intercambio de expertos con la Escuela de Operaciones Especiales del Ejército y la Dirección de Información del Ejército; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modificado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Ejército del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a cuatro (04) militares de los Estados Unidos de América, del 14 al 20 de setiembre de 2014, a fin que participen en un intercambio de expertos con la Escuela de Operaciones Especiales del Ejército y la Dirección de Información del Ejército. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1135566-1 Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 716-2014-DE/SG Lima, 10 de setiembre de 2014 VISTO, el Informe N° 004-2014-ACFFA/SG, de la Secretaría General de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas; el Informe N° 009-2014-SERVIR/ GDSRH, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil; y, el Oficio N° 00765-CG/DP del Departamento de Personal de la Contraloría General de la República. CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1128, se crea la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas (ACFFAA), como organismo público ejecutor, adscrito al Ministerio de Defensa, encargada de planificar, organizar y ejecutar el Plan Estratégico de Compras del Sector Defensa, así como los procesos de contrataciones de bienes, servicios, obras y consultorías a su cargo, en el mercado nacional y extranjero; Que, el artículo 5° del citado Decreto Legislativo establece la estructura básica de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas; Que, el artículo 2° del Decreto Supremo Nº 005-2013- DE, publicado el 7 de setiembre de 2013, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1128, establece que el citado Reglamento entra en vigencia a los ciento veinte (120) días calendario contados a partir de la publicación del Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas; Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2014- DE, publicado el 30 de marzo del 2014, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 005-2014- ACFFAA, del 22 de marzo de 2014, se aprueba el Manual de Clasificación de Cargos de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, documento que contempla los cargos que requiere la entidad, acorde con sus funciones, su descripción, calificación, y requisitos mínimos para su desempeño y sirve de base para formular el Cuadro para Asignación de Personal Provisional; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 152-2014-SERVIR/PE, publicada el 13 de agosto de 2014, se aprueba la Directiva Nº 001-2014-SERVIR/GPGSC – Reglas de Aplicación Progresiva para la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades, con la finalidad de establecer los lineamientos generales y reglas básicas para que las entidades del Sector Público puedan aprobar su Cuadro para Asignación de Personal Provisional; Que, el numeral 4.1 del artículo 4° de las Disposiciones Generales de la Directiva Nº 001-2014-SERVIR/GPGSC, señala que las Entidades del Gobierno Nacional creadas antes del 14 de junio de 2014, que no se encuentren en operación y no cuentan con un Cuadro de Asignación del Personal aprobado, podrán iniciar el trámite de aprobación de una versión provisional del mismo ante la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) hasta el 15 de setiembre de 2014;

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El PeruanoJueves 11 de setiembre de 2014 532205

2002-PCM, modifi cado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013.

Artículo 5º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la República

ANA JARA VELÁSQUEZPresidenta del Consejo de Ministros

PEDRO CATERIANO BELLIDOMinistro de Defensa

1135907-6

Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de los EE.UU.

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 712-2014-DE/SG

Lima, 9 de setiembre de 2014

CONSIDERANDO:

Que, con Facsímil (DSD) Nº 630 del 19 de agosto de 2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra;

Que, con Oficio Nº 2154/DRIE/c.2 del 28 de agosto de 2014, el Director de Relaciones Internacionales del Ejército, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América;

Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 14 al 20 de setiembre de 2014, a fi n de participar en un intercambio de expertos con la Escuela de Operaciones Especiales del Ejército y la Dirección de Información del Ejército;

Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y,

Estando a lo opinado por el Ejército del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a cuatro (04) militares de los Estados Unidos de América, del 14 al 20 de setiembre de 2014, a fi n que participen en un intercambio de expertos

con la Escuela de Operaciones Especiales del Ejército y la Dirección de Información del Ejército.

Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO CATERIANO BELLIDOMinistro de Defensa

1135566-1

Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 716-2014-DE/SG

Lima, 10 de setiembre de 2014

VISTO, el Informe N° 004-2014-ACFFA/SG, de la Secretaría General de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas; el Informe N° 009-2014-SERVIR/GDSRH, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil; y, el Ofi cio N° 00765-CG/DP del Departamento de Personal de la Contraloría General de la República.

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1128, se crea la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas (ACFFAA), como organismo público ejecutor, adscrito al Ministerio de Defensa, encargada de planifi car, organizar y ejecutar el Plan Estratégico de Compras del Sector Defensa, así como los procesos de contrataciones de bienes, servicios, obras y consultorías a su cargo, en el mercado nacional y extranjero;

Que, el artículo 5° del citado Decreto Legislativo establece la estructura básica de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas;

Que, el artículo 2° del Decreto Supremo Nº 005-2013-DE, publicado el 7 de setiembre de 2013, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1128, establece que el citado Reglamento entra en vigencia a los ciento veinte (120) días calendario contados a partir de la publicación del Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas;

Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2014-DE, publicado el 30 de marzo del 2014, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 005-2014-ACFFAA, del 22 de marzo de 2014, se aprueba el Manual de Clasifi cación de Cargos de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, documento que contempla los cargos que requiere la entidad, acorde con sus funciones, su descripción, califi cación, y requisitos mínimos para su desempeño y sirve de base para formular el Cuadro para Asignación de Personal Provisional;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 152-2014-SERVIR/PE, publicada el 13 de agosto de 2014, se aprueba la Directiva Nº 001-2014-SERVIR/GPGSC – Reglas de Aplicación Progresiva para la aprobación delCuadro de Puestos de las Entidades, con la fi nalidad de establecer los lineamientos generales y reglas básicas para que las entidades del Sector Público puedan aprobar su Cuadro para Asignación de Personal Provisional;

Que, el numeral 4.1 del artículo 4° de las Disposiciones Generales de la Directiva Nº 001-2014-SERVIR/GPGSC, señala que las Entidades del Gobierno Nacional creadas antes del 14 de junio de 2014, que no se encuentren en operación y no cuentan con un Cuadro de Asignación del Personal aprobado, podrán iniciar el trámite de aprobación de una versión provisional del mismo ante la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) hasta el 15 de setiembre de 2014;

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El PeruanoJueves 11 de setiembre de 2014532206

Que, el numeral 5.3 del artículo 5° de la referida Directiva, establece los criterios y disposiciones que las entidades deberán seguir para la elaboración del CAP Provisional, entre los que se encuentran: la formulación a partir de la estructura orgánica aprobada por el ROF, observar las disposiciones sobre clasifi cación de cargos que se encuentre vigentes; la clasifi cación y número de los cargos asignados al Órgano de Control Institucional, diferentes de la jefatura, los cuales son determinados por el titular de la entidad con opinión de la Contraloría General de la República;

Que, asimismo, el numeral 5.5 del artículo 5° de la citada Directiva, señala que la aprobación del CAP Provisional, para el caso de Gobierno Nacional, que incluye Ministerios, Organismos Públicos, Entidades Administradoras de Fondos Intangibles de la Seguridad Social Empresarial y las empresas del Estado pertenecientes al Gobierno Nacional, será a través de Resolución Ministerial del Titular del Sector, previo Informe Técnico de Aprobación que emita SERVIR.

Que, a través del Ofi cio N° 00765-CG/DP, de fecha 21 de agosto de 2014, el Departamento de Personal de la Contraloría General de la República, de conformidad con lo establecido en el numeral 5.3.5 de la Directiva N° 001-2014-SERVIR/GPGSC, emite opinión favorable sobre los cargos asignados al Órgano de Control Institucional, lo que comunica a la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas para los fi nes que estime pertinentes;

Que, mediante el Ofi cio N° 627-2014-SERVIR/PE, de fecha 27 de agosto de 2014, la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), remite el Informe N° 009-2014-SERVIR/GDSRH, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de SERVIR, a través del cual dicha entidad considera pertinente la propuesta de CAP Provisional planteada por la ACFFAA, por lo que se recomienda proseguir con las acciones administrativas necesarias para su aprobación por parte de la entidad; asimismo, señala que la Directiva N° 001-2014-SERVIR/GPGSC, indica en el numeral 4.1 que la vigencia del CAP Provisional aprobado no podrá exceder los seis (06) meses, plazo en el cual la entidad deberá adecuarse y tramitar la aprobación de su Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) para ingresar al régimen de la Ley N° 30057, por lo que recomienda que la entidad inicie las acciones contempladas en los lineamientos para el tránsito al régimen del Servicio Civil, aprobados mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 160-2013-SERVIR/PE, a la brevedad posible;

Que, con el Informe N° 004-2014-ACFFA/SG, de la Secretaría General de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, de fecha 28 de agosto de 2014, se concluye que la mencionada entidad se encuentra apta para iniciar el trámite de aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional debido a que cumple con los requerimientos establecidos en la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 152-2014-SERVIR/PE, que aprueba la Directiva N° 001-2014-SERVIR/GPGSC – Reglas de aplicación progresiva para la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades, con el objetivo de establecer los lineamientos generales y reglas básicas a fi n que todas las entidades del Sector Público puedan aprobar su Cuadro para Asignación de Personal Provisional;

Que, en mérito a las consideraciones expuestas, resulta necesario aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas (ACFFAA), en concordancia con su estructura orgánica vigente;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1128, que crea la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas (ACFFAA) y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-DE; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 152-2014-SERVIR/PE, que aprueba la Directiva Nº 001-2014-SERVIR/GPGSC;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas (ACFFAA) conforme

al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano. El Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas (ACFFAA), aprobado en el artículo precedente, será publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas (www.acffaa.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano.

Artículo 3°.- La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO CATERIANO BELLIDOMinistro de Defensa

1135905-2

Rectifican el Manual de Organización y Funciones del Ministerio

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 722-2014-DE/SG

Lima, 10 de setiembre de 2014

VISTO:

El Informe Nº 059-2014-MINDEF/DRAC de 27 de agosto de 2014, emitido por la Directora de Racionalización; y, el Informe Legal de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 601-2011/DE/SG del 16 de junio de 2011, se aprobó el Manual de Organización y Funciones (MOF) del Ministerio de Defensa, el mismo que contiene la descripción de los cargos orgánicos aprobados en el Cuadro para Asignación de Personal, así como el detalle de las actividades funcionales y requisitos que debe reunir el personal para ocupar un cargo determinado en el MINDEF;

Que, efectuada la revisión del mencionado Manual, se aprecia error material en la descripción de los cargos de Director de Contabilidad (Plaza 425, página 439) y Director de Tesorería (Plaza 444, página 470), en tanto se ha considerado el nivel remunerativo F-3, a pesar que en el Cuadro Resumen de la Jerarquía de Cargo que obra en la página 31 de dicho Manual, se consigna el nivel F-4 que corresponde a ambos cargos;

Que, conforme a la doctrina, el error material atiende a un error de transcripción, un error de mecanografía o un error de expresión en la redacción del documento, en otras palabras, un error al soporte material que lo contiene y no a la voluntad o razonamiento del acto;

Que, el numeral 201.1 del artículo 201° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que: “Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectifi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de ofi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión”; añadiendo además en el numeral 201.2 que “la rectifi cación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original”;

Que, la Dirección de Racionalización de la Dirección General de Planifi cación y Presupuesto es el órgano encargado de proponer la formulación de los documentos de gestión administrativa del Ministerio, proponer los lineamientos para la modernización de la gestión administrativa, conducir el proceso de mejora continua y modernización organizacional y orientar y supervisar los procedimientos de simplifi cación administrativa del Sector Defensa. Tiene entre sus funciones las de orientar, coordinar y normar la formulación de reglamentos, manuales, directivas y otros documentos de gestión

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