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PROYECTO DE EJECUCIÓN: CAMPA PARA ALMACENAMIENTO DE BIOMASA Emplazamiento: Parcelas I-39 - I-40 Polígono Industrial de Cubillos del Sil, León Peticionario: Sociedad Pública de Infraestructuras y Medio Ambiente de Castilla y León S.A. Autor: Iván Bayón Canseco Ingeniero Industrial Colegiado 2653 COIILE Junio de 2019

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PROYECTO DE EJECUCIÓN:

CAMPA PARA ALMACENAMIENTO

DE BIOMASA

Emplazamiento:

Parcelas I-39 - I-40 Polígono Industrial de Cubillos del Sil, León

Peticionario:

Sociedad Pública de Infraestructuras y Medio Ambiente de Castilla y León S.A.

Autor:

Iván Bayón Canseco Ingeniero Industrial

Colegiado 2653 COIILE Junio de 2019

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INDICE DEL PROYECTO

MEMORIA

ANEXO DE CÁLCULOS

PLANOS

ESTUDIO BASICO DE SEGURIDAD Y SALUD

PLIEGO DE CONDICIONES

PRESUPUESTO

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MEMORIA

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ÍNDICE DE LA MEMORIA 1. AGENTES.

2. INFORMACIÓN PREVIA.

2.1 Antecedentes y condicionantes de partida.

2.2 Emplazamiento.

2.3 Entorno físico.

2.4 Normativa aplicable.

3. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO.

3.1 Descripción general de las obras.

3.2 Programa de necesidades.

3.3 Uso característico de la campa.

3.4 Condiciones urbanísticas.

4. SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO.

4.1 Caracterización del establecimiento industrial en relación con la seguridad contra incendios.

4.2 Requisitos constructivos del establecimiento industrial según su configuración, ubicación y nivel de riesgo intrínseco.

4.3 Requisitos de las instalaciones de protección contra incendios.

5. MEMORIA AMBIENTAL Y DE ACTIVIDAD.

5.1 Descripción de la actividad.

5.2 Clasificación de la actividad.

5.3 Residuos generados por la actividad.

5.4 Incidencia de la actividad sobre la salubridad y el medio ambiente.

5.5 Riesgos potenciales para personas y bienes.

6. ESTUDIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN.

6.1 Objeto.

6.2 Identificación de los residuos a generar.

6.3 Estimación de la cantidad de cada tipo de residuo que se generará en la obra.

6.4 Medidas para la prevención de residuos en la obra objeto del proyecto.

6.5 Operaciones de reutilización, valorización o eliminación a que se destinarán los residuos que se generaran en la obra.

6.6 Medidas para la separación de los residuos en obra.

6.7 Destino final de los residuos.

6.8 Pliego.

6.9 Valoración coste gestión residuos.

7. CONTRADICIONES Y OMISIONES.

8. CONCLUSIONES.

ANEXO DE CÁLCULOS.

1. INSTALACIÓN DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS.

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Campa almacenamiento de biomasa Memoria

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1.- AGENTES Promotor: Sociedad Pública de Infraestructuras y Medio Ambiente de Castilla y León S.A.

C/Rigoberto Cortejoso, 14 47014 Valladolid C.I.F.: A-47600754

Proyectista: Iván Bayón Canseco Ingeniero Industrial Colegiado 2653 COIILE

2.- INFORMACIÓN PREVIA 2.1 Antecedentes y condicionantes de partida

No existen antecedentes a este proyecto de ejecución. El presente proyecto pretende servir de base para la obtención de las licencias necesarias, cuyo objeto es el de definir y valorar adecuadamente las obras a realizar, para establecer correctamente las dimensiones y características de las mismas. La realización de la campa para almacenamiento de biomasa tiene como fin, almacenar el combustible destinado a la planta de biomasa de generación de energía eléctrica que se está construyendo en sus proximidades. 2.2 Emplazamiento

La campa de biomasa se ubicará en las parcelas I-39 e I-40 del polígono industrial de Cubillos del Sil, situadas en el término municipal de Cubillos del Sil, León.

No se desarrolla ningún tipo de actividad en las parcelas citadas actualmente. 2.3 Entorno físico La campa objeto de este proyecto se desarrolla en un entorno físico adecuado, en el que no existe ningún condicionante digno de mención para que no se pueda desarrollar la citada construcción. 2.4 Normativa aplicable

Plan General de Ordenación Urbana de Cubillos del Sil Plan parcial del polígono industrial de Cubillos del Sil. Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León. Ley 10/2002, de 10 de julio, de modificación de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de urbanismo

de Castilla y León. Ley 38/1999, de 5 de Noviembre, de Ordenación de la Edificación. Real decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los

residuos de construcción y demolición. R.D. 2267/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad

contra incendios en los establecimientos industriales. R.D. 513/2017, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra

incendios. Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de

la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León. Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales. Desarrollo normativo. R.D. 1627/97 por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en

las obras de construcción. R.D. 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de

seguridad y salud en el trabajo.

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R.D. 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.

Normas UNE de aplicación. Normas particulares de la Empresa Suministradora. Normativa autonómica de aplicación. Ordenanzas municipales de aplicación. Cuantas Normas sean de aplicación a la presente obra y estén actualmente en vigor o

entren en el mismo durante el desarrollo de las obras. 3.- DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO 3.1 Descripción general de las obras Las obras generales de construcción de la campa para almacenamiento de biomasa objeto de este proyecto son las siguientes:

- Corte y retirada de la capa vegetal de las parcelas, incluyendo nivelación de la capa de zahorra existente.

- Colocación de zahorra artificial de espesor 10 cm medidos tras compactación al PM95. - Cercado de las parcelas con malla de simple torsión galvanizada de 2 m de altura. - Instalación de puerta de entrada metálica corredera a las parcelas. - Instalación contra incendios formada por extintores y BIE alimentadas por tubería de

polietileno de alta densidad enterrada. Una descripción más detallada de las obras con sus unidades correspondientes, está reflejada en el presupuesto adjuntado a este proyecto. 3.2 Programa de necesidades El programa de necesidades que se recibe por parte de la propiedad para la redacción del presente proyecto, es para una campa de almacenamiento de biomasa.

Las necesidades establecidas quedan completamente satisfechas con la distribución y espacios reflejados en los planos respectivos.

3.3 Uso característico de la campa Se trata de una campa para almacenamiento de biomasa, destinada a ser el combustible de una planta de generación de energía eléctrica que se está construyendo en sus proximidades. 3.4 Condiciones urbanísticas Las condiciones urbanísticas a cumplir están especificadas en el plan parcial del polígono industrial de Cubillos del Sil, que comprende el sector 1 de las normas urbanísticas municipales. También hay que tener en consideración la modificación del plan parcial del polígono industrial sector 1, de noviembre de 2009.

Características de las parcelas Superficie parcela I-39: 15.000 m² Superficie parcela I-40: 15.000 m² Superficie total parcelas: 30.000 m²

Las parcelas están situadas en el sector 1 de suelo urbanizable industrial definido por las normas urbanísticas municipales. Según las ordenanzas reguladoras las parcelas están emplazadas según el artículo 22 en la zona de industria de producción.

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Ra = Coeficiente adimensional que corrige el grado de peligrosidad (por la activación) inherente a la actividad industrial que se desarrolla en el área de incendio, producción, montaje, transformación, reparación, almacenamiento, etc.

A = Superficie construida del área de incendio, en m². Los valores de Ci, Ra y qvi pueden deducirse de tablas.

En este caso, para la campa de biomasa: qvi = 2.500 MJ/m3 (biomasa asimilable a leña) Si = 19.320 m² Ci = 1,3 Ra = 2 hi = 5 m A = 30.000 m²

El valor resultante es de Qs = 20.930 MJ/m² > 13.600 MJ/m² según las tablas del reglamento, con lo que se tendrá un nivel de riesgo intrínseco alto 8.

4.2 Requisitos constructivos del establecimiento industrial según su configuración, ubicación

y nivel de riesgo intrínseco La distribución de los materiales combustibles en las áreas de incendio en configuraciones de tipo E deberán cumplir los siguientes requisitos:

1º Superficie máxima de cada pila: 500 m2. 2º Volumen máximo de cada pila: 3500 m3. 3º Altura máxima de cada pila: 15 m. 4º Longitud máxima de cada pila: 45 m si el pasillo entre pilas es ≥ 2,5 m; 20 m si el pasillo entre

pilas es ≥ 1,5 m.

Se cumplen estos requisitos para las pilas de almacenamiento de la campa, se adjunta la distribución en el plano respectivo. Las disposiciones en materia de evacuación y señalización en los establecimientos industriales que estén ubicados en configuraciones de tipo E serán conformes a lo dispuesto en el Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, y en el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, y cumplirán, además, los requisitos siguientes:

- Anchura de la franja perimetral: la altura de la pila y como mínimo 5 m. - Anchura para caminos de acceso de emergencia: 4,5 m - Separación máxima entre caminos de emergencia: 65 m - Anchura mínima de pasillos entre pilas: 1,5 m

Se cumplen estos requisitos para las pilas de almacenamiento de la campa.

4.3 Requisitos de las instalaciones de protección contra incendios En cuanto a la dotación de extintores se cumplirá lo señalado por el citado reglamento. El emplazamiento de los extintores permitirá que sean fácilmente visibles y accesibles, estarán situados próximos a los puntos donde se estime mayor probabilidad de iniciarse el incendio, a ser posible, próximos a las salidas de evacuación, de modo que la parte superior del extintor quede situada entre 80 cm. y 120 cm. sobre el suelo. Su distribución será tal que el recorrido máximo horizontal, desde cualquier punto del área de incendio, hasta el extintor, no supere 25 m.

Se instalarán extintores portátiles en todas las áreas de incendio de los establecimientos industriales de tipo E. La dotación en la campa será de 12 extintores portátiles de eficacia mínima 34A, colocados según plano adjuntado.

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Se colocarán doce bocas de incendios equipadas (BIE) del tipo DN 45 mm, distribuidas según el plano adjuntado. Se comprobará que la presión en la boquilla no sea inferior a dos bar ni superior a cinco bar y, si fuera necesario, se dispondrán dispositivos reductores de presión. La medición de la presión se hace con un manómetro en la válvula de entrada en condiciones estáticas, y posteriormente, hay que abrir la BIE y volver a medir para comprobar que no hay caídas significativas de la presión total debidas a posibles pérdidas de carga en la red. Si las hubiera, debería aumentarse la presión aportada a la BIE en funcionamiento, de forma que se garantice que la red es capaz de suministrar el caudal requerido. La presión suministrada por la red de agua según la empresa distribuidora es de 4,5 kg/cm2. El caudal para la BIE será de 160 l/min y la pérdida de presión será de 1,5 bar. Las condiciones establecidas de presión, caudal y reserva de agua deberán estar adecuadamente garantizadas. La reserva de agua para las BIE según la tabla del reglamento, teniendo en consideración una simultaneidad de tres BIE y un tiempo de 90 minutos de autonomía es de 43,2 m3, este volumen se considera cubierto con los dos depósitos de regulación existentes en el polígono destinados a garantizar el suministro de agua en caso de incendio, cuentan con un volumen uno de 650 m3 y el otro de 3000 m3, según la normativa del plan parcial. Deberán montarse sobre un soporte rígido, de forma que la boquilla, la válvula de apertura manual y el sistema de apertura del armario, estén situadas, como máximo, a 1,50 m. sobre el nivel del suelo. La separación máxima entre cada BIE y su más cercana será de 50 m. Se deberá mantener alrededor de cada BIE una zona libre de obstáculos, que permita el acceso a ella y su maniobra sin dificultad. Para las BIE con manguera semirrígida o con manguera plana, el sistema de BIE se someterá, antes de su puesta en servicio, a una prueba de estanquidad y resistencia mecánica, sometiendo a la red a una presión estática igual a la máxima de servicio y, como mínimo, a 980 kPa (10 kg/cm2), manteniendo dicha presión de prueba durante dos horas, como mínimo, no debiendo aparecer fugas en ningún punto de la instalación. Las BIE están conectadas mediante tubería de polietileno de alta densidad enterrada, cuyo diámetro se puede observar en el plano adjuntado. Según la configuración del área de incendio E, la superficie de la misma mayor de 15000 m2 y el nivel de riesgo intrínseco alto, se debe disponer un sistema de hidrantes exteriores. Al disponer en el polígono industrial donde están situadas las parcelas una red pública de hidrantes, no haría falta la instalación de este sistema. Según la normativa del plan parcial del polígono los hidrantes bajo tierra son de diámetro 100 mm y la disposición en la parcela se puede ver en el plano adjuntado correspondiente. 5.- MEMORIA AMBIENTAL Y DE ACTIVIDAD 5.1 Descripción de la actividad La actividad que se va a realizar en la campa es la de almacenamiento de biomasa, destinada a ser el combustible de una planta de generación de energía eléctrica que se está construyendo en sus proximidades. 5.2 Clasificación de la actividad La clasificación de la actividad se establece según el Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, y de acuerdo a este decreto nuestra actividad se engloba en el anexo III de actividades o instalaciones sometidas a comunicación ambiental en el apartado:

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l) Instalaciones de almacenamiento de combustibles sólidos, líquidos o gaseosos para autoconsumo. Se puede considerar dentro de este apartado ya que la biomasa almacenada es un combustible sólido, se destinará para el autoconsumo de la planta de generación de energía eléctrica que se está construyendo en sus proximidades, y no se venderá al por mayor. 5.3 Residuos generados por la actividad No existen residuos generados líquidos ni sólidos en la actividad. La emisión de gases de la actividad será la propia de los vehículos que almacenan la biomasa en la instalación, los cuales deberán cumplir su normativa específica, no siendo de temer contaminaciones importantes por este concepto. 5.4 Incidencia de la actividad sobre la salubridad y el medio ambiente La incidencia de la actividad sobre la salubridad entendemos que es nula, no existiendo riesgo de transmisión de enfermedades infecto-contagiosas. La posibilidad de que la actividad pueda producir alteraciones medioambientales es mínima, teniendo en cuenta los procesos que se van a desarrollar en la misma. Respecto a la emisión de ruidos en la actividad, será la propia de los vehículos que almacenan la biomasa en la instalación, los cuales deberán cumplir su normativa específica, no siendo de temer contaminaciones importantes por este concepto. 5.5 Riesgos potenciales para personas y bienes Por todo lo expuesto, entendemos que a partir de los conocimientos actuales, esta actividad no supone riesgos potenciales ni para las personas ni para los bienes. 6.- ESTUDIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN 6.1 Objeto

Se redacta el presente estudio a efectos de dar cumplimiento al Real Decreto 105/2008, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.

6.2 Identificación de los residuos a generar

Para poder realizar la cuantificación de los residuos desagregados que establece el Real Decreto 105/2008, el primer paso consiste en identificar los residuos producidos en esta obra como consecuencia de la ejecución de la misma, en base a la lista europea de residuos publicada en la Orden MAN/304/2002 y la posterior corrección de errores publicada en BOE del 12 de marzo de 2002.

A.1.: RCDs Nivel I

TIERRAS Y PÉTREOS DE LA EXCAVACIÓN

x 17 05 04 Tierras y piedras distintas de las especificadas en el código 17 05 03

17 05 06 Lodos de drenaje distintos de los especificados en el código 17 05 06

17 05 08 Balasto de vías férreas distinto del especificado en el código 17 05 07

A.2.: RCDs Nivel II

RCD: Naturaleza no pétrea

1. Asfalto

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7

17 03 02 Mezclas bituminosas distintas a las del código 17 03 01

2. Madera

17 02 01 Madera

3. Metales

17 04 01 Cobre, bronce, latón

17 04 02 Aluminio

17 04 03 Plomo

17 04 04 Zinc

17 04 05 Hierro y Acero

17 04 06 Estaño

17 04 07 Metales mezclados

17 04 11 Cables distintos de los especificados en el código 17 04 10

4. Papel

x 20 01 01 Papel

5. Plástico

x 17 02 03 Plástico

6. Vidrio

17 02 02 Vidrio

7. Yeso

17 08 02 Materiales de construcción a partir de yeso distintos del código 17 08 01

RCD: Naturaleza pétrea

1. Arena Grava y otros áridos

01 04 08 Residuos de grava y rocas trituradas distintos de los de código 01 04 07

01 04 09 Residuos de arena y arcilla

2. Hormigón

x 17 01 01 Hormigón

3. Ladrillos, azulejos y otros cerámicos

17 01 02 Ladrillos

17 01 03 Tejas y materiales cerámicos

17 01 07 Mezclas de hormigón, ladrillos, tejas y materiales cerámicos distintas de las de código 17 01 06.

4. Piedra

17 09 04 RDCs mezclados distintos a los de los códigos 17 09 01, 02 y 03

RCD: Basuras, Potencialmente peligrosos y otros

1. Basuras

20 02 01 Residuos biodegradables

20 03 01 Mezcla de residuos municipales

2. Potencialmente peligrosos y otros

17 01 06 Mezcla de hormigón, ladrillos, tejas y materiales cerámicos con sustancias peligrosas (SP's)

17 02 04 Madera, vidrio o plástico con sustancias peligrosas o contaminadas por ellas

17 03 01 Mezclas bituminosas que contienen alquitrán de hulla

17 03 03 Alquitrán de hulla y productos alquitranados

17 04 09 Residuos metálicos contaminados con sustancias peligrosas

17 04 10 Cables que contienen hidrocarburos, alquitrán de hulla y otras SP's

17 06 01 Materiales de aislamiento que contienen Amianto

17 06 03 Otros materiales de aislamiento que contienen sustancias peligrosas

17 06 05 Materiales de construcción que contienen Amianto

17 08 01 Materiales de construcción a partir de yeso contaminados con SP's

17 09 01 Residuos de construcción y demolición que contienen mercurio

17 09 02 Residuos de construcción y demolición que contienen PCB's

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8

17 09 03 Otros residuos de construcción y demolición que contienen SP's 17 06 04 Materiales de aislamientos distintos de los 17 06 01 y 03

17 05 03 Tierras y piedras que contienen SP's

17 05 05 Lodos de drenaje que contienen sustancias peligrosas

17 05 07 Balastro de vías férreas que contienen sustancias peligrosas

15 02 02 Absorbentes contaminados (trapos,…)1

13 02 05 Aceites usados (minerales no clorados de motor,…) 1

16 01 07 Filtros de aceite1

20 01 21 Tubos fluorescentes1

16 06 04 Pilas alcalinas y salinas1

16 06 03 Pilas botón1

15 01 10 Envases vacíos de metal o plástico contaminado

08 01 11 Sobrantes de pintura o barnices1

14 06 03 Sobrantes de disolventes no halogenados1

07 07 01 Sobrantes de desencofrantes1

15 01 11 Aerosoles vacios1

16 06 01 Baterías de plomo1

13 07 03 Hidrocarburos con agua1

17 09 04 RDCs mezclados distintos códigos 17 09 01, 02 y 03 La capa vegetal cortada y la madera se almacenarán en la campa y se utilizarán como combustible de la planta de generación. 6.3 Estimación de la cantidad de cada tipo de residuo que se generará en la obra

Las distintas actuaciones necesarias para la obra proyectada, son las reflejadas en este proyecto para la construcción de la campa para almacenamiento de biomasa.

En todas estas actuaciones se generan los residuos estimados a continuación:

A.1.: RCDs Nivel I

Tn d V

Evaluación teórica del peso por tipología de RDC

Toneladas de cada tipo

de RDC

Densidad tipo (entre 1,5 y

0,5) m³ Volumen de

Residuos TIERRAS Y PÉTREOS DE LA EXCAVACIÓN 1.Tierras y pétreos procedentes de la excavación estimados directamente desde los datos de proyecto

300

A.2.: RCDs Nivel II

% Tn d V

Evaluación teórica del peso por tipología de RDC % de peso Toneladas

de cada tipo de RDC

Densidad tipo (entre 1,5 y

0,5) m³ Volumen de

Residuos RCD: Naturaleza no pétrea 1. Papel 0,003 0,05 0,90 0,06 2. Plástico 0,015 0,04 0,90 0,05 TOTAL estimación 0,018 0,09 0,11 RCD: Naturaleza pétrea

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Campa almacenamiento de biomasa Memoria

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1. Hormigón 0,120 0,10 1,50 0,07 TOTAL estimación 0,120 0,10 0,07 RCD: Potencialmente peligrosos y otros 1. Basuras 0,000 0,00 0,90 0,00 2. Potencialmente peligrosos y otros 0,000 0,00 0,50 0,00 TOTAL estimación 0,000 0,00 0,00 6.4 Medidas para la prevención de residuos en la obra objeto del proyecto En este epígrafe se describen las medidas adoptadas para reducir los residuos generados en la actividad constructiva, con lo que se conseguirán disminuir además los gastos de gestión, las necesidades de compra de materias primas y se mejorará el balance global medioambiental. MINIMIZACIÓN DE LA UTILIZACIÓN DE MATERIAS PRIMAS

El diseño se ha efectuado con las secciones mecánicamente más eficaces. Se ha disminuido la cantidad de medios auxiliares utilizados (andamios, encofrados, maquinaria).

REDUCCIÓN DE LA CANTIDAD DE RESIDUOS PRODUCIDOS

Se comprará únicamente la cantidad de material necesario, de acuerdo con el ritmo de ejecución de la obra. Se realizará el acopio adecuado en función de las actividades de ejecución, realizándose de forma que los elementos que antes se utilicen, estén situados en las zonas más accesibles a fin de facilitar el manejo y de evitar pérdidas por rotura de elementos colocados en lugares inadecuados.

La zona de acopio será utilizada exclusivamente con esos fines, ha de ser una zona de fácil acceso y conocida por parte del personal de la obra. Los materiales serán acopiados lejos de las áreas reservadas a residuos, fuera del alcance del tráfico intenso de la obra para que no resulten dañados. Un mal acopio puede provocar pérdidas de hasta un 10% del material.

Se evitará la presencia de los materiales en la obra, con excesiva antelación, lo que favorecería el deterioro de los mismos, pasando estos a ser residuos incluso antes de utilizarlos. Además esta medida ayuda a optimizar el espacio disponible y mejora el flujo de materiales.

Las materias primas se conservarán en su embalaje hasta el momento de su utilización, lo cual supondrá una protección extra para ellas y un óptimo aprovechamiento del espacio. Los proveedores de materiales y productos recogerán sus propios embalajes en obra. Los materiales estarán protegidos de la lluvia y de la humedad en especial los aglomerantes hidráulicos, cementos, yesos, etc. El manejo de los pallets se realizará de manera que no se malogren los materiales originando residuos antes incluso de usarlos. 6.5 Operaciones de reutilización, valorización o eliminación a que se destinarán los residuos

que se generaran en la obra

REUTILIZACIÓN

Se reutilizaran los encofrados, contenedores de morteros, dispositivos de protección y seguridad y todos aquellos elementos que lo permitan. La tierra superficial de la excavación se reutilizará como relleno en la misma obra.

Se reutilizarán los metales. Las maderas serán reutilizadas para la fabricación de andamios y vallas. Los pallets de los embalajes se pueden reutilizar como tarimas o tableros auxiliares para la construcción de la obra.

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Campa almacenamiento de biomasa Memoria

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Para facilitar la reutilización y el reciclado se evitará tratar la madera con productos químicos y la utilización de clavos en la medida de lo posible. Se utilizarán preferiblemente en la obra productos que contengan residuos de construcción en lugar de materiales nuevos.

RECICLADO Las obras de fábrica y pequeños elementos se reciclarán como grava en subbases de firmes, rellenos, etc. Los metales serán reciclados. La madera de construcción se recicla para tableros de aglomerado. Los embalajes se reciclan en nuevos embalajes y productos.

RECUPERACIÓN DE LA ENERGÍA O VALORIZACIÓN ENERGÉTICA

No se prevé la valorización energética de plásticos, maderas o cartones, ni en la misma obra, ni en otros emplazamientos externos. Estos elementos serán transportados a vertedero autorizado. ELIMINACIÓN ADECUADA Finalmente y después de optimizadas las alternativas de gestión, en cuanto a la reducción de la producción de residuos, reutilización y reciclado, los residuos no valorizables son depositados en el vertedero autorizado.

6.6 Medidas para la separación de los residuos en obra Los residuos de construcción deberán separarse para facilitar su valorización posterior, en las siguientes fracciones, cuando de forma individualizada para cada una de dichas fracciones, la cantidad prevista de generación para el total de la obra supere las siguientes cantidades:

Hormigón: 80 t. Ladrillos, tejas, cerámicos: 40 t. Metal: 2 t. Vidrio: 1 t. Plástico: 0,5 t. Papel y cartón: 0,5 t.

No se genera ninguna de las cantidades anteriores. 6.7 Destino final de los residuos

Atendiendo a la naturaleza de los distintos residuos generados, el destino previsto para estos será el siguiente:

Tierras y pétreos de la excavación Tratamiento Destino

x 17 05 04 Tierras y piedras distintas de las especificadas en el código 17 05 03 Reciclado Planta de reciclaje RCD

RCD: Naturaleza no pétrea Tratamiento Destino 1. Asfalto 17 03 02 Mezclas bituminosas distintas a las del código 17 03 01 Reciclado Planta de reciclaje RCD 2. Madera 17 02 01 Madera

Reciclado Gestor autorizado RNPs

3. Metales 17 04 01 Cobre, bronce, latón Reciclado

Gestor autorizado RNPs

17 04 02 Aluminio Reciclado 17 04 03 Plomo

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17 04 04 Zinc 17 04 05 Hierro y Acero Reciclado 17 04 06 Estaño 17 04 06 Metales mezclados Reciclado 17 04 11 Cables distintos de los especificados en el código 17 04 10 Reciclado 4. Papel

x 20 01 01 Papel Reciclado

Gestor autorizado RNPs

5. Plástico x 17 02 03 Plástico

Reciclado Gestor autorizado RNPs

6. Vidrio 17 02 02 Vidrio

Reciclado Gestor autorizado RNPs

7. Yeso 17 08 02 Materiales de construcción a partir de yeso distintos a los del código

17 08 01 Reciclado Gestor autorizado RNPs

RCD: Naturaleza pétrea Tratamiento Destino 1. Arena Grava y otros áridos 01 04 08 Residuos de grava y rocas trituradas distintos de

los mencionados en el código 01 04 07 Reciclado Planta de reciclaje RCD 01 04 09 Residuos de arena y arcilla Reciclado Planta de reciclaje RCD 2. Hormigón

x 17 01 01 Hormigón Reciclado / Vertedero Planta de reciclaje RCD

3. Ladrillos , azulejos y otros cerámicos

17 01 02 Ladrillos Reciclado Planta de reciclaje RCD 17 01 03 Tejas y materiales cerámicos Reciclado Planta de reciclaje RCD 17 01 07 Mezclas de hormigón, ladrillos, tejas y materiales

cerámicos distintas de las especificadas en el código 1 7 01 06.

Reciclado / Vertedero Planta de reciclaje RCD

4. Piedra 17 09 04 RDCs mezclados distintos a los de los códigos 17

09 01, 02 y 03 Reciclado

6.8 Pliego Obligaciones de carácter general Prescripciones a incluir en el pliego de prescripciones técnicas del proyecto, en relación con el almacenamiento, manejo y, en su caso, otras operaciones de gestión de los residuos de construcción y demolición en obra. Gestión de residuos de construcción y demolición. Gestión de residuos según R.D. 105/2008 y D. 54/2008 de 17 de julio, realizándose su identificación con arreglo a la Lista Europea de Residuos publicada por Orden MAM/304/2002 de 8 de febrero o sus modificaciones posteriores. La segregación, tratamiento y gestión de residuos se realizará mediante el tratamiento correspondiente por parte de empresas homologadas mediante contenedores o sacos industriales que cumplirán las especificaciones correspondientes. Certificación de los medios empleados. Es obligación del contratista proporcionar a la dirección facultativa de la obra y a la propiedad, los certificados de los contenedores empleados así como de los puntos de vertido final, ambos emitidos por entidades autorizadas y homologadas por la Junta de Castilla y León. Limpieza de las obras.

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Es obligación del contratista mantener limpias las obras y sus alrededores tanto de escombros como de materiales sobrantes, retirar las instalaciones provisionales que no sean necesarias, así como ejecutar todos los trabajos y adoptar las medidas que sean apropiadas para que la obra presente buen aspecto. Con carácter particular Prescripciones a incluir en el pliego de prescripciones técnicas del proyecto.

El depósito temporal de los escombros, se realizará bien en sacos industriales iguales o inferiores a 1 m³ o en contenedores metálicos específicos con la ubicación y condicionado que establezcan las ordenanzas municipales. Dicho depósito en acopios, también deberá estar en lugares debidamente señalizados y segregados del resto de residuos.

El depósito temporal para RCD’s valorizables (maderas, plásticos, metales, chatarra, etc.) que se realice en contenedores o acopios, se deberá señalizar y segregar del resto de residuos de un modo adecuado.

Los contenedores deberán estar pintados en colores que destaquen su visibilidad, especialmente durante la noche, y contar con una banda de material reflectante de al menos 15 cm a lo largo de todo su perímetro. En los mismos deberá figurar la siguiente información: Razón social, CIF, teléfono del titular del contenedor / envase y el número de inscripción en el registro de transportistas de residuos. Esta información también deberá quedar reflejada en los sacos industriales y otros medios de contención y almacenaje de residuos.

El responsable de la obra a la que presta servicio el contenedor adoptará las medidas necesarias para evitar el depósito de residuos ajenos al mismo. Los contenedores permanecerán cerrados, o cubiertos al menos, fuera del horario de trabajo, para evitar el depósito de residuos ajenos a la obra a la que prestan servicio.

En el equipo de obra deberán establecerse los medios humanos, técnicos y procedimientos para la separación de cada tipo de RCD.

Se atenderán los criterios municipales establecidos (ordenanzas, condiciones de licencia de obras…), especialmente si obligan a la separación en origen de determinadas materias objeto de reciclaje o deposición. En este último caso se deberá asegurar por parte del contratista realizar una evaluación económica de las condiciones en las que es viable esta operación, tanto por las posibilidades reales de ejecutarla como por disponer de plantas de reciclaje o gestores de RCDs adecuados. La Dirección de Obra será la responsable de tomar la última decisión y de su justificación ante las autoridades locales o autonómicas pertinentes.

Se deberá asegurar en la contratación de la gestión de los RCDs que el destino final (planta de reciclaje, vertedero, cantera, incineradora…) son centros con la autorización autonómica de la Consejería de Medio Ambiente, así mismo se deberá contratar sólo transportistas o gestores autorizados por dicha Consejería e inscritos en el registro pertinente. Se llevará a cabo un control documental en el que quedarán reflejados los avales de retirada y entrega final de cada transporte de residuos.

La gestión tanto documental como operativa de los residuos peligrosos que se hallen en una obra de derribo o de nueva planta se regirá conforme a la legislación nacional y autonómica vigente y a los requisitos de las ordenanzas municipales. Asimismo los residuos de carácter urbano generados en las obras (restos de comidas, envases, etc.) serán gestionados acorde con los preceptos marcados por la legislación y autoridad municipal correspondiente.

Los restos de lavado de canaletas / cubas de hormigón serán tratadas como escombros.

Se evitará en todo momento la contaminación con productos tóxicos o peligrosos de los plásticos y restos de madera para su adecuada segregación, así como la contaminación de los acopios o contenedores de escombros con componentes peligrosos.

6.9 Valoración coste gestión residuos

La valoración del coste previsto de la gestión de los residuos de construcción mencionados en este apartado, esta especificada en un capitulo independiente del presupuesto adjuntado con este proyecto.

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Campa almacenamiento de biomasa Memoria

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El plano de gestión de residuos esta englobado en el plano disposición pilas de biomasa, en el que la ubicación del almacenamiento de los materiales que llegan a la obra y el almacenamiento de los RCDs, se dispondrán cada uno en una pila distinta para que no se produzca su mezclado. 7.- CONTRADICCIONES Y OMISIONES

En caso de existir contradicción entre los diferentes documentos o apartados, que componen este proyecto, se le comunicará a la Dirección Técnica de la obra; cuando por causa o razón mayor fuere inevitable la ejecución del parcial de la obra, se optará por el más riguroso. En caso de omisión en alguno de los documentos que componen este proyecto, o de descripciones erróneas de los detalles de la obra que sean manifiestamente indispensables para llevar a cabo el espíritu o intención expuestos en los documentos que conforman el proyecto, y que, por su uso, práctica de buena costumbre o exigencia legal, deban ser realizadas, deben ser ejecutados como si hubiera sido completa y correctamente especificados en los planos y resto de documentación. Todos los cálculos están realizados en base al material recomendado, en caso de variarse algún equipo o componente, se consultará con la Dirección Técnica de la obra que aceptará por escrito dicho cambio, pudiendo exigir, los cálculos del cambio o las pruebas que estime oportuno. 8.- CONCLUSIONES

Se entiende que el proyecto presentado define suficientemente el alcance de las actuaciones a llevar a cabo en la ejecución de la campa para almacenamiento de biomasa. Con la presente memoria y demás documentos que componen este proyecto, se estima haber dado idea clara de las instalaciones que nos ocupan, y previas las comprobaciones que se consideren oportunas, se somete el expediente, a este Excmo. Ayuntamiento, y demás organismos oficiales competentes para su aprobación, y si procede se solicita sean concedidas las pertinentes licencias de obra y actividad.

Para que conste a los efectos oportunos se fecha y firma en:

Cubillos del Sil, Junio de 2019 Autor del proyecto

Iván Bayón Canseco

Ingeniero Industrial Colegiado 2653 COIILE

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PLANOS

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INDICE DE PLANOS

1.- SITUACIÓN.

2.- EMPLZAMIENTO.

3.- DISPOSICIÓN PILAS DE BIOMASA.

4.- DISPOSICIÓN INCENDIOS.

5.- DISPOSICIÓN TUBERÍAS BIE.

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ESTUDIO BÁSICO DE SEGURIDAD

Y SALUD

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INDICE DEL ESTUDIO BÁSICO DE SEGURIDAD Y SALUD

1. PREVENCION DE RIESGOS LABORALES. 1.1. INTRODUCCION. 1.2. DERECHOS Y OBLIGACIONES. 1.3. SERVICIOS DE PREVENCION. 1.4. CONSULTA Y PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES. 2. DISPOSICIONES MINIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS LUGARES DE TRABAJO. 2.1. INTRODUCCION. 2.2. OBLIGACIONES DEL EMPRESARIO. 3. DISPOSICIONES MINIMAS EN MATERIA DE SEÑALIZACION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. 3.1. INTRODUCCION. 3.2. OBLIGACION GENERAL DEL EMPRESARIO. 4. DISPOSICIONES MINIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD PARA LA UTILIZACION POR LOS TRABAJADORES DE LOS EQUIPOS DE TRABAJO. 4.1. INTRODUCCION. 4.2. OBLIGACION GENERAL DEL EMPRESARIO. 5. DISPOSICIONES MINIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCION. 5.1. INTRODUCCION. 5.2. ESTUDIO BASICO DE SEGURIDAD Y SALUD. 5.3. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS DE SEGURIDAD Y SALUD DURANTE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS. 6. DISPOSICIONES MINIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD RELATIVAS A LA UTILIZACIÓN POR LOS TRABAJADORES DE EQUIPOS DE PROTECCION INDIVIDUAL 6.1. INTRODUCCION. 6.2. OBLIGACIONES GENERALES DEL EMPRESARIO.

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Campa almacenamiento de biomasa Estudio básico de seguridad y salud

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1. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. 1.1. INTRODUCCIÓN. La ley 31/1995, de 8 de noviembre de 1995, de Prevención de Riesgos Laborales tiene por objeto la determinación del cuerpo básico de garantías y responsabilidades preciso para establecer un adecuado nivel de protección de la salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados de las condiciones de trabajo. Como ley establece un marco legal a partir del cual las normas reglamentarias irán fijando y concretando los aspectos más técnicos de las medidas preventivas. Estas normas complementarias quedan resumidas a continuación: - Disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. - Disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo. - Disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los

equipos de trabajo. - Disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. - Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de

equipos de protección individual. 1.2. DERECHOS Y OBLIGACIONES. 1.2.1. DERECHO A LA PROTECCIÓN FRENTE A LOS RIESGOS LABORALES. Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. A este efecto, el empresario realizará la prevención de los riesgos laborales mediante la adopción de cuantas medidas sean necesarias para la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, con las especialidades que se recogen en los artículos siguientes en materia de evaluación de riesgos, información, consulta, participación y formación de los trabajadores, actuación en casos de emergencia y de riesgo grave e inminente y vigilancia de la salud. 1.2.2. PRINCIPIOS DE LA ACCIÓN PREVENTIVA. El empresario aplicará las medidas preventivas pertinentes, con arreglo a los siguientes principios generales: - Evitar los riesgos. - Evaluar los riesgos que no se pueden evitar. - Combatir los riesgos en su origen. - Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales en el trabajo. - Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual. - Dar las debidas instrucciones a los trabajadores. - Adoptar las medidas necesarias a fin de garantizar que sólo los trabajadores que hayan recibido información suficiente y adecuada puedan acceder a las zonas de riesgo grave y específico. - Prever las distracciones o imprudencias no temerarias que pudiera cometer el trabajador.

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Campa almacenamiento de biomasa Estudio básico de seguridad y salud

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1.2.3. EVALUACIÓN DE LOS RIESGOS. La acción preventiva en la empresa se planificará por el empresario a partir de una evaluación inicial de los riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores, que se realizará, con carácter general, teniendo en cuenta la naturaleza de la actividad, y en relación con aquellos que estén expuestos a riesgos especiales. Igual evaluación deberá hacerse con ocasión de la elección de los equipos de trabajo, de las sustancias o preparados químicos y del acondicionamiento de los lugares de trabajo. De alguna manera se podrían clasificar las causas de los riesgos en las categorías siguientes: - Insuficiente calificación profesional del personal dirigente, jefes de equipo y obreros. - Empleo de maquinaria y equipos en trabajos que no corresponden a la finalidad para la que fueron concebidos o a sus posibilidades. - Negligencia en el manejo y conservación de las máquinas e instalaciones. Control deficiente en la explotación. - Insuficiente instrucción del personal en materia de seguridad. Referente a las máquinas herramienta, los riesgos que pueden surgir al manejarlas se pueden resumir en los siguientes puntos: - Se puede producir un accidente o deterioro de una máquina si se pone en marcha sin conocer su

modo de funcionamiento. - La lubricación deficiente conduce a un desgaste prematuro por lo que los puntos de engrase

manual deben ser engrasados regularmente. - Puede haber ciertos riesgos si alguna palanca de la máquina no está en su posición correcta. - El resultado de un trabajo puede ser poco exacto si las guías de las máquinas se desgastan, y por

ello hay que protegerlas contra la introducción de virutas. - Puede haber riesgos mecánicos que se deriven fundamentalmente de los diversos movimientos

que realicen las distintas partes de una máquina y que pueden provocar que el operario: - Entre en contacto con alguna parte de la máquina o ser atrapado entre ella y cualquier

estructura fija o material. - Sea golpeado o arrastrado por cualquier parte en movimiento de la máquina. - Ser golpeado por elementos de la máquina que resulten proyectados. - Ser golpeado por otros materiales proyectados por la máquina.

- Puede haber riesgos no mecánicos tales como los derivados de la utilización de energía eléctrica, productos químicos, generación de ruido, vibraciones, radiaciones, etc. Los movimientos peligrosos de las máquinas se clasifican en cuatro grupos: - Movimientos de rotación. Son aquellos movimientos sobre un eje con independencia de la

inclinación del mismo y aún cuando giren lentamente. Se clasifican en los siguientes grupos: - Elementos considerados aisladamente tales como árboles de transmisión, vástagos, brocas,

acoplamientos. - Puntos de atrapamiento entre engranajes y ejes girando y otras fijas o dotadas de

desplazamiento lateral a ellas. - Movimientos alternativos y de traslación. El punto peligroso se sitúa en el lugar donde la pieza

dotada de este tipo de movimiento se aproxima a otra pieza fija o móvil y la sobrepasa. - Movimientos de traslación y rotación. Las conexiones de bielas y vástagos con ruedas y volantes

son algunos de los mecanismos que generalmente están dotadas de este tipo de movimientos. - Movimientos de oscilación. Las piezas dotadas de movimientos de oscilación pendular generan

puntos de ”tijera“ entre ellas y otras piezas fijas. Las actividades de prevención deberán ser modificadas cuando se aprecie por el empresario, como consecuencia de los controles periódicos previstos en el apartado anterior, su inadecuación a los fines de protección requeridos.

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1.2.4. EQUIPOS DE TRABAJO Y MEDIOS DE PROTECCIÓN. Cuando la utilización de un equipo de trabajo pueda presentar un riesgo específico para la seguridad y la salud de los trabajadores, el empresario adoptará las medidas necesarias con el fin de que: - La utilización del equipo de trabajo quede reservada a los encargados de dicha utilización. - Los trabajos de reparación, transformación, mantenimiento o conservación sean realizados por los

trabajadores específicamente capacitados para ello. El empresario deberá proporcionar a sus trabajadores equipos de protección individual adecuados para el desempeño de sus funciones y velar por el uso efectivo de los mismos. 1.2.5. INFORMACIÓN, CONSULTA Y PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES. El empresario adoptará las medidas adecuadas para que los trabajadores reciban todas las informaciones necesarias en relación con: - Los riegos para la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo. - Las medidas y actividades de protección y prevención aplicables a los riesgos. Los trabajadores tendrán derecho a efectuar propuestas al empresario, así como a los órganos competentes en esta materia, dirigidas a la mejora de los niveles de la protección de la seguridad y la salud en los lugares de trabajo, en materia de señalización en dichos lugares, en cuanto a la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en las obras de construcción y en cuanto a utilización por los trabajadores de equipos de protección individual. 1.2.6. FORMACIÓN DE LOS TRABAJADORES. El empresario deberá garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva. 1.2.7. MEDIDAS DE EMERGENCIA. El empresario, teniendo en cuenta el tamaño y la actividad de la empresa, así como la posible presencia de personas ajenas a la misma, deberá analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores, designando para ello al personal encargado de poner en práctica estas medidas y comprobando periódicamente, en su caso, su correcto funcionamiento. 1.2.8. RIESGO GRAVE E INMINENTE. Cuando los trabajadores estén expuestos a un riesgo grave e inminente con ocasión de su trabajo, el empresario estará obligado a: - Informar lo antes posible a todos los trabajadores afectados acerca de la existencia de dicho

riesgo y de las medidas adoptadas en materia de protección. - Dar las instrucciones necesarias para que, en caso de peligro grave, inminente e inevitable, los

trabajadores puedan interrumpir su actividad y además estar en condiciones, habida cuenta de sus conocimientos y de los medios técnicos puestos a su disposición, de adoptar las medidas necesarias para evitar las consecuencias de dicho peligro.

1.2.9. VIGILANCIA DE LA SALUD. El empresario garantizará a los trabajadores a su servicio la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo, optando por la realización de aquellos reconocimientos o pruebas que causen las menores molestias al trabajador y que sean proporcionales al riesgo.

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1.2.10. DOCUMENTACIÓN. El empresario deberá elaborar y conservar a disposición de la autoridad laboral la siguiente documentación: - Evaluación de los riesgos para la seguridad y salud en el trabajo, y planificación de la acción

preventiva. - Medidas de protección y prevención a adoptar. - Resultado de los controles periódicos de las condiciones de trabajo. - Práctica de los controles del estado de salud de los trabajadores. - Relación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que hayan causado al trabajador

una incapacidad laboral superior a un día de trabajo. 1.2.11. COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES. Cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades trabajadores de dos o más empresas, éstas deberán cooperar en la aplicación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. 1.2.12. PROTECCIÓN DE TRABAJADORES ESPECIALMENTE SENSIBLES A DETERMINADOS RIESGOS. El empresario garantizará, evaluando los riesgos y adoptando las medidas preventivas necesarias, la protección de los trabajadores que, por sus propias características personales o estado biológico conocido, incluidos aquellos que tengan reconocida la situación de discapacidad física, psíquica o sensorial, sean específicamente sensibles a los riesgos derivados del trabajo. 1.2.13. PROTECCIÓN DE LA MATERNIDAD. La evaluación de los riesgos deberá comprender la determinación de la naturaleza, el grado y la duración de la exposición de las trabajadoras en situación de embarazo o parto reciente, a agentes, procedimientos o condiciones de trabajo que puedan influir negativamente en la salud de las trabajadoras o del feto, adoptando, en su caso, las medidas necesarias para evitar la exposición a dicho riesgo. 1.2.14. PROTECCIÓN DE LOS MENORES. Antes de la incorporación al trabajo de jóvenes menores de dieciocho años, y previamente a cualquier modificación importante de sus condiciones de trabajo, el empresario deberá efectuar una evaluación de los puestos de trabajo a desempeñar por los mismos, a fin de determinar la naturaleza, el grado y la duración de su exposición, teniendo especialmente en cuenta los riesgos derivados de su falta de experiencia, de su inmadurez para evaluar los riesgos existentes o potenciales y de su desarrollo todavía incompleto. 1.2.15. RELACIONES DE TRABAJO TEMPORALES, DE DURACIÓN DETERMINADA Y EN EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL. Los trabajadores con relaciones de trabajo temporales o de duración determinada, así como los contratados por empresas de trabajo temporal, deberán disfrutar del mismo nivel de protección en materia de seguridad y salud que los restantes trabajadores de la empresa en la que prestan sus servicios. 1.2.16. OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS. Corresponde a cada trabajador velar, según sus posibilidades y mediante el cumplimiento de las medidas de prevención que en cada caso sean adoptadas, por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional, a causa

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de sus actos y omisiones en el trabajo, de conformidad con su formación y las instrucciones del empresario. Los trabajadores, con arreglo a su formación y siguiendo las instrucciones del empresario, deberán en particular: - Usar adecuadamente, de acuerdo con su naturaleza y los riesgos previsibles, las máquinas,

aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualesquiera otros medios con los que desarrollen su actividad.

- Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el empresario. - No poner fuera de funcionamiento y utilizar correctamente los dispositivos de seguridad

existentes. - Informar de inmediato un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores. - Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad competente. 1.3. SERVICIOS DE PREVENCION. 1.3.1. PROTECCIÓN Y PREVENCIÓN DE RIESGOS PROFESIONALES. En cumplimiento del deber de prevención de riesgos profesionales, el empresario designará uno o varios trabajadores para ocuparse de dicha actividad, constituirá un servicio de prevención o concertará dicho servicio con una entidad especializada ajena a la empresa. Los trabajadores designados deberán tener la capacidad necesaria, disponer del tiempo y de los medios precisos y ser suficientes en número, teniendo en cuenta el tamaño de la empresa, así como los riesgos a que están expuestos los trabajadores. En las empresas de menos de seis trabajadores, el empresario podrá asumir personalmente las funciones señaladas anteriormente, siempre que desarrolle de forma habitual su actividad en el centro de trabajo y tenga capacidad necesaria. El empresario que no hubiere concertado el Servicio de Prevención con una entidad especializada ajena a la empresa deberá someter su sistema de prevención al control de una auditoria o evaluación externa. 1.3.2. SERVICIOS DE PREVENCIÓN. Si la designación de uno o varios trabajadores fuera insuficiente para la realización de las actividades de prevención, en función del tamaño de la empresa, de los riesgos a que están expuestos los trabajadores o de la peligrosidad de las actividades desarrolladas, el empresario deberá recurrir a uno o varios servicios de prevención propios o ajenos a la empresa, que colaborarán cuando sea necesario. Se entenderá como servicio de prevención el conjunto de medios humanos y materiales necesarios para realizar las actividades preventivas a fin de garantizar la adecuada protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, asesorando y asistiendo para ello al empresario, a los trabajadores y a sus representantes y a los órganos de representación especializados. 1.4. CONSULTA Y PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES. 1.4.1. CONSULTA DE LOS TRABAJADORES. El empresario deberá consultar a los trabajadores, con la debida antelación, la adopción de las decisiones relativas a:

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- La planificación y la organización del trabajo en la empresa y la introducción de nuevas

tecnologías, en todo lo relacionado con las consecuencias que éstas pudieran tener para la seguridad y la salud de los trabajadores.

- La organización y desarrollo de las actividades de protección de la salud y prevención de los riesgos profesionales en la empresa, incluida la designación de los trabajadores encargados de dichas actividades o el recurso a un servicio de prevención externo.

- La designación de los trabajadores encargados de las medidas de emergencia. - El proyecto y la organización de la formación en materia preventiva. 1.4.2. DERECHOS DE PARTICIPACIÓN Y REPRESENTACIÓN. Los trabajadores tienen derecho a participar en la empresa en las cuestiones relacionadas con la prevención de riesgos en el trabajo. En las empresas o centros de trabajo que cuenten con seis o más trabajadores, la participación de éstos se canalizará a través de sus representantes y de la representación especializada. 1.4.3. DELEGADOS DE PREVENCIÓN. Los Delegados de Prevención son los representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de prevención de riesgos en el trabajo. Serán designados por y entre los representantes del personal, con arreglo a la siguiente escala: - De 50 a 100 trabajadores: 2 Delegados de Prevención. - De 101 a 500 trabajadores: 3 Delegados de Prevención. - De 501 a 1000 trabajadores: 4 Delegados de Prevención. - De 1001 a 2000 trabajadores: 5 Delegados de Prevención. - De 2001 a 3000 trabajadores: 6 Delegados de Prevención. - De 3001 a 4000 trabajadores: 7 Delegados de Prevención. - De 4001 en adelante: 8 Delegados de Prevención. En las empresas de hasta treinta trabajadores el Delegado de Prevención será el Delegado de Personal. En las empresas de treinta y uno a cuarenta y nueve trabajadores habrá un Delegado de Prevención que será elegido por y entre los Delegados de Personal. 2. DISPOSICIONES MINIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS LUGARES DE TRABAJO. 2.1. INTRODUCCIÓN. La ley 31/1995, de 8 de noviembre de 1995, de Prevención de Riesgos Laborales es la norma legal por la que se determina el cuerpo básico de garantías y responsabilidades preciso para establecer un adecuado nivel de protección de la salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados de las condiciones de trabajo. De acuerdo con el artículo 6 de dicha ley, serán las normas reglamentarias las que fijarán y concretarán los aspectos más técnicos de las medidas preventivas, a través de normas mínimas que garanticen la adecuada protección de los trabajadores. Entre éstas se encuentran necesariamente las destinadas a garantizar la seguridad y la salud en los lugares de trabajo, de manera que de su utilización no se deriven riesgos para los trabajadores. Por todo lo expuesto, el Real Decreto 486/1997 de 14 de Abril de 1.997 establece las disposiciones mínimas de seguridad y de salud aplicables a los lugares de trabajo, entendiendo como tales las áreas del centro de trabajo, edificadas o no, en las que los trabajadores deban permanecer o a las que puedan acceder en razón de su trabajo, sin incluir las obras de construcción temporales o móviles.

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2.2. OBLIGACIONES DEL EMPRESARIO. El empresario deberá adoptar las medidas necesarias para que la utilización de los lugares de trabajo no origine riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores. En cualquier caso, los lugares de trabajo deberán cumplir las disposiciones mínimas establecidas en el presente Real Decreto en cuanto a sus condiciones constructivas, orden, limpieza y mantenimiento, señalización, instalaciones de servicio o protección, condiciones ambientales, iluminación, servicios higiénicos y locales de descanso, y material y locales de primeros auxilios. 2.2.1. CONDICIONES CONSTRUCTIVAS. El diseño y las características constructivas de los lugares de trabajo deberán ofrecer seguridad frente a los riesgos de resbalones o caídas, choques o golpes contra objetos y derrumbamientos o caídas de materiales sobre los trabajadores, para ello el pavimento constituirá un conjunto homogéneo, llano y liso sin solución de continuidad, de material consistente, no resbaladizo o susceptible de serlo con el uso y de fácil limpieza, las paredes serán lisas, guarnecidas o pintadas en tonos claros y susceptibles de ser lavadas y blanqueadas y los techos deberán resguardar a los trabajadores de las inclemencias del tiempo y ser lo suficientemente consistentes. El diseño y las características constructivas de los lugares de trabajo deberán también facilitar el control de las situaciones de emergencia, en especial en caso de incendio, y posibilitar, cuando sea necesario, la rápida y segura evacuación de los trabajadores. Todos los elementos estructurales o de servicio (cimentación, pilares, forjados, muros y escaleras) deberán tener la solidez y resistencia necesarias para soportar las cargas o esfuerzos a que sean sometidos. Las dimensiones de los locales de trabajo deberán permitir que los trabajadores realicen su trabajo sin riesgos para su seguridad y salud y en condiciones ergonómicas aceptables, adoptando una superficie libre superior a 2 m² por trabajador, un volumen mayor a 10 m3 por trabajador y una altura mínima desde el piso al techo de 2,50 m. Las zonas de los lugares de trabajo en las que exista riesgo de caída, de caída de objetos o de contacto o exposición a elementos agresivos, deberán estar claramente señalizadas. El suelo deberá ser fijo, estable y no resbaladizo, sin irregularidades ni pendientes peligrosas. Las aberturas, desniveles y las escaleras se protegerán mediante barandillas de 90 cm de altura. Los trabajadores deberán poder realizar de forma segura las operaciones de abertura, cierre, ajuste o fijación de ventanas, y en cualquier situación no supondrán un riesgo para éstos. Las vías de circulación deberán poder utilizarse conforme a su uso previsto, de forma fácil y con total seguridad. La anchura mínima de las puertas exteriores y de los pasillos será de 100 cm. Las puertas transparentes deberán tener una señalización a la altura de la vista y deberán estar protegidas contra la rotura. Las puertas de acceso a las escaleras no se abrirán directamente sobre sus escalones, sino sobre descansos de anchura al menos igual a la de aquellos. Los pavimentos de las rampas y escaleras serán de materiales no resbaladizos y caso de ser perforados la abertura máxima de los intersticios será de 8 mm. La pendiente de las rampas variará entre un 8 y 12 %. La anchura mínima será de 55 cm para las escaleras de servicio y de 1 m. para las de uso general.

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Caso de utilizar escaleras de mano, éstas tendrán la resistencia y los elementos de apoyo y sujeción necesarios para que su utilización en las condiciones requeridas no suponga un riesgo de caída, por rotura o desplazamiento de las mismas. En cualquier caso, no se emplearán escaleras de más de 5 m de altura, se colocarán formando un ángulo aproximado de 75º con la horizontal, sus largueros deberán prolongarse al menos 1 m sobre la zona a acceder, el ascenso, descenso y los trabajos desde escaleras se efectuarán frente a las mismas, los trabajos a más de 3,5 m de altura, desde el punto de operación al suelo, que requieran movimientos o esfuerzos peligrosos para la estabilidad del trabajador, sólo se efectuarán si se utiliza cinturón de seguridad y no serán utilizadas por dos o más personas simultáneamente. Las vías y salidas de evacuación deberán permanecer expeditas y desembocarán en el exterior. El número, la distribución y las dimensiones de las vías deberán estar dimensionadas para poder evacuar todos los lugares de trabajo rápidamente, dotando de alumbrado de emergencia aquellas que lo requieran. La instalación eléctrica no deberá entrañar riesgos de incendio o explosión, para ello se dimensionarán todos los circuitos considerando las sobreintensidades previsibles y se dotará a los conductores y resto de aparamenta eléctrica de un nivel de aislamiento adecuado. Para evitar el contacto eléctrico directo se utilizará el sistema de separación por distancia o alejamiento de las partes activas hasta una zona no accesible por el trabajador, interposición de obstáculos y/o barreras (armarios para cuadros eléctricos, tapas para interruptores, etc.) y recubrimiento o aislamiento de las partes activas. Para evitar el contacto eléctrico indirecto se utilizará el sistema de puesta a tierra de las masas (conductores de protección conectados a las carcasas de los receptores eléctricos, líneas de enlace con tierra y electrodos artificiales) y dispositivos de corte por intensidad de defecto (interruptores diferenciales de sensibilidad adecuada al tipo de local, características del terreno y constitución de los electrodos artificiales). 2.2.2. ORDEN, LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO. SEÑALIZACIÓN. Las zonas de paso, salidas y vías de circulación de los lugares de trabajo y, en especial, las salidas y vías de circulación previstas para la evacuación en casos de emergencia, deberán permanecer libres de obstáculos. Las características de los suelos, techos y paredes serán tales que permitan dicha limpieza y mantenimiento. Se eliminarán con rapidez los desperdicios, las manchas de grasa, los residuos de sustancias peligrosas y demás productos residuales que puedan originar accidentes o contaminar el ambiente de trabajo. Los lugares de trabajo y, en particular, sus instalaciones, deberán ser objeto de un mantenimiento periódico. 2.2.3. CONDICIONES AMBIENTALES. La exposición a las condiciones ambientales de los lugares de trabajo no debe suponer un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores. En los locales de trabajo cerrados deberán cumplirse las condiciones siguientes: - La temperatura de los locales donde se realicen trabajos sedentarios propios de oficinas o

similares estará comprendida entre 17 y 27 ºC. En los locales donde se realicen trabajos ligeros estará comprendida entre 14 y 25 ºC.

- La humedad relativa estará comprendida entre el 30 y el 70 por 100, excepto en los locales donde existan riesgos por electricidad estática en los que el límite inferior será el 50 por 100.

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- Los trabajadores no deberán estar expuestos de forma frecuente o continuada a corrientes de aire cuya velocidad exceda los siguientes límites: - Trabajos en ambientes no calurosos: 0,25 m/s. - Trabajos sedentarios en ambientes calurosos: 0,5 m/s.

- Trabajos no sedentarios en ambientes calurosos: 0,75 m/s. - La renovación mínima del aire de los locales de trabajo será de 30 m3 de aire limpio por hora y

trabajador en el caso de trabajos sedentarios en ambientes no calurosos ni contaminados por humo de tabaco y 50 m3 en los casos restantes.

- Se evitarán los olores desagradables. 2.2.4. ILUMINACIÓN. La iluminación será natural con puertas y ventanas acristaladas, complementándose con iluminación artificial en las horas de visibilidad deficiente. Los puestos de trabajo llevarán además puntos de luz individuales, con el fin de obtener una visibilidad notable. Los niveles de iluminación mínimos establecidos (lux) son los siguientes: - Áreas o locales de uso ocasional: 50 lux - Áreas o locales de uso habitual: 100 lux - Vías de circulación de uso ocasional: 25 lux. - Vías de circulación de uso habitual: 50 lux. - Zonas de trabajo con bajas exigencias visuales: 100 lux. - Zonas de trabajo con exigencias visuales moderadas: 200 lux. - Zonas de trabajo con exigencias visuales altas: 500 lux. - Zonas de trabajo con exigencias visuales muy altas: 1000 lux. La iluminación anteriormente especificada deberá poseer una uniformidad adecuada, mediante la distribución uniforme de luminarias, evitándose los deslumbramientos directos por equipos de alta luminancia. Se instalará además el correspondiente alumbrado de emergencia y señalización con el fin de poder iluminar las vías de evacuación en caso de fallo del alumbrado general. 2.2.5. SERVICIOS HIGIÉNICOS Y LOCALES DE DESCANSO. En el local se dispondrá de agua potable en cantidad suficiente y fácilmente accesible por los trabajadores. Se dispondrán vestuarios cuando los trabajadores deban llevar ropa especial de trabajo, provistos de asientos y de armarios o taquillas individuales con llave, con una capacidad suficiente para guardar la ropa y el calzado. Si los vestuarios no fuesen necesarios, se dispondrán colgadores o armarios para colocar la ropa. Existirán aseos con espejos, retretes con descarga automática de agua y papel higiénico y lavabos con agua corriente, caliente si es necesario, jabón y toallas individuales u otros sistema de secado con garantías higiénicas. Dispondrán además de duchas de agua corriente, caliente y fría, cuando se realicen habitualmente trabajos sucios, contaminantes o que originen elevada sudoración. Llevarán alicatados los paramentos hasta una altura de 2 m. del suelo, con baldosín cerámico esmaltado de color blanco. El solado será continuo e impermeable, formado por losas de gres rugoso antideslizante. Si el trabajo se interrumpiera regularmente, se dispondrán espacios donde los trabajadores puedan permanecer durante esas interrupciones, diferenciándose espacios para fumadores y no fumadores. 2.2.6. MATERIAL Y LOCALES DE PRIMEROS AUXILIOS. El lugar de trabajo dispondrá de material para primeros auxilios en caso de accidente, que deberá ser

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adecuado, en cuanto a su cantidad y características, al número de trabajadores y a los riesgos a que estén expuestos. Como mínimo se dispondrá, en lugar reservado y a la vez de fácil acceso, de un botiquín portátil, que contendrá en todo momento, agua oxigenada, alcohol de 96, tintura de yodo, mercurocromo, gasas estériles, algodón hidrófilo, bolsa de agua, torniquete, guantes esterilizados y desechables, jeringuillas, hervidor, agujas, termómetro clínico, gasas, esparadrapo, apósitos adhesivos, tijeras, pinzas, antiespasmódicos, analgésicos y vendas. 3. DISPOSICIONES MINIMAS EN MATERIA DE SEÑALIZACION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. 3.1. INTRODUCCION. La ley 31/1995, de 8 de noviembre de 1995, de Prevención de Riesgos Laborales es la norma legal por la que se determina el cuerpo básico de garantías y responsabilidades preciso para establecer un adecuado nivel de protección de la salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados de las condiciones de trabajo. De acuerdo con el artículo 6 de dicha ley, serán las normas reglamentarias las que fijarán las medidas mínimas que deben adoptarse para la adecuada protección de los trabajadores. Entre éstas se encuentran las destinadas a garantizar que en los lugares de trabajo exista una adecuada señalización de seguridad y salud, siempre que los riesgos no puedan evitarse o limitarse suficientemente a través de medios técnicos de protección colectiva. Por todo lo expuesto, el Real Decreto 485/1997 de 14 de Abril de 1.997 establece las disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y de salud en el trabajo, entendiendo como tales aquellas señalizaciones que referidas a un objeto, actividad o situación determinada, proporcionen una indicación o una obligación relativa a la seguridad o la salud en el trabajo mediante una señal en forma de panel, un color, una señal luminosa o acústica, una comunicación verbal o una señal gestual. 3.2. OBLIGACION GENERAL DEL EMPRESARIO. La elección del tipo de señal y del número y emplazamiento de las señales o dispositivos de señalización a utilizar en cada caso se realizará de forma que la señalización resulte lo más eficaz posible, teniendo en cuenta: - Las características de la señal. - Los riesgos, elementos o circunstancias que hayan de señalizarse. - La extensión de la zona a cubrir. - El número de trabajadores afectados. Para la señalización de desniveles, obstáculos u otros elementos que originen riesgo de caída de personas, choques o golpes, así como para la señalización de riesgo eléctrico, presencia de materias inflamables, tóxicas, corrosivas o riesgo biológico, podrá optarse por una señal de advertencia de forma triangular, con un pictograma característico de color negro sobre fondo amarillo y bordes negros. Las vías de circulación de vehículos deberán estar delimitadas con claridad mediante franjas continuas de color blanco o amarillo. Los equipos de protección contra incendios deberán ser de color rojo. La señalización para la localización e identificación de las vías de evacuación y de los equipos de

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salvamento o socorro (botiquín portátil) se realizará mediante una señal de forma cuadrada o rectangular, con un pictograma característico de color blanco sobre fondo verde. La señalización dirigida a alertar a los trabajadores o a terceros de la aparición de una situación de peligro y de la consiguiente y urgente necesidad de actuar de una forma determinada o de evacuar la zona de peligro, se realizará mediante una señal luminosa, una señal acústica o una comunicación verbal. Los medios y dispositivos de señalización deberán ser limpiados, mantenidos y verificados regularmente. 4. DISPOSICIONES MINIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD PARA LA UTILIZACION POR LOS TRABAJADORES DE LOS EQUIPOS DE TRABAJO. 4.1. INTRODUCCION. La ley 31/1995, de 8 de noviembre de 1995, de Prevención de Riesgos Laborales es la norma legal por la que se determina el cuerpo básico de garantías y responsabilidades preciso para establecer un adecuado nivel de protección de la salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados de las condiciones de trabajo. De acuerdo con el artículo 6 de dicha ley, serán las normas reglamentarias las que fijarán las medidas mínimas que deben adoptarse para la adecuada protección de los trabajadores. Entre éstas se encuentran las destinadas a garantizar que de la presencia o utilización de los equipos de trabajo puestos a disposición de los trabajadores en la empresa o centro de trabajo no se deriven riesgos para la seguridad o salud de los mismos. Por todo lo expuesto, el Real Decreto 1215/1997 de 18 de Julio de 1.997 establece las disposiciones mínimas de seguridad y de salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, entendiendo como tales cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizado en el trabajo. 4.2. OBLIGACION GENERAL DEL EMPRESARIO. El empresario adoptará las medidas necesarias para que los equipos de trabajo que se pongan a disposición de los trabajadores sean adecuados al trabajo que deba realizarse y convenientemente adaptados al mismo, de forma que garanticen la seguridad y la salud de los trabajadores al utilizar dichos equipos. Deberá utilizar únicamente equipos que satisfagan cualquier disposición legal o reglamentaria que les sea de aplicación. Para la elección de los equipos de trabajo el empresario deberá tener en cuenta los siguientes factores: - Las condiciones y características específicas del trabajo a desarrollar. - Los riesgos existentes para la seguridad y salud de los trabajadores en el lugar de trabajo. - En su caso, las adaptaciones necesarias para su utilización por trabajadores discapacitados. Adoptará las medidas necesarias para que, mediante un mantenimiento adecuado, los equipos de trabajo se conserven durante todo el tiempo de utilización en unas condiciones adecuadas. Todas las operaciones de mantenimiento, ajuste, desbloqueo, revisión o reparación de los equipos de trabajo se realizará tras haber parado o desconectado el equipo. Estas operaciones deberán ser encomendadas al personal especialmente capacitado para ello.

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El empresario deberá garantizar que los trabajadores reciban una formación e información adecuadas a los riesgos derivados de los equipos de trabajo. La información, suministrada preferentemente por escrito, deberá contener, como mínimo, las indicaciones relativas a: - Las condiciones y forma correcta de utilización de los equipos de trabajo, teniendo en cuenta las

instrucciones del fabricante, así como las situaciones o formas de utilización anormales y peligrosas que puedan preverse.

- Las conclusiones que, en su caso, se puedan obtener de la experiencia adquirida en la utilización de los equipos de trabajo.

4.2.1. DISPOSICIONES MÍNIMAS GENERALES APLICABLES A LOS EQUIPOS DE TRABAJO. Los órganos de accionamiento de un equipo de trabajo que tengan alguna incidencia en la seguridad deberán ser claramente visibles e identificables y no deberán acarrear riesgos como consecuencia de una manipulación involuntaria. Cada equipo de trabajo deberá estar provisto de un órgano de accionamiento que permita su parada total en condiciones de seguridad. Cualquier equipo de trabajo que entrañe riesgo de caída de objetos o de proyecciones deberá estar provisto de dispositivos de protección adecuados a dichos riesgos. Cualquier equipo de trabajo que entrañe riesgo por emanación de gases, vapores o líquidos o por emisión de polvo deberá estar provisto de dispositivos adecuados de captación o extracción cerca de la fuente emisora correspondiente. Si fuera necesario para la seguridad o la salud de los trabajadores, los equipos de trabajo y sus elementos deberán estabilizarse por fijación o por otros medios. Cuando los elementos móviles de un equipo de trabajo puedan entrañar riesgo de accidente por contacto mecánico, deberán ir equipados con resguardos o dispositivos que impidan el acceso a las zonas peligrosas. Las zonas y puntos de trabajo o mantenimiento de un equipo de trabajo deberán estar adecuadamente iluminadas en función de las tareas que deban realizarse. Las partes de un equipo de trabajo que alcancen temperaturas elevadas o muy bajas deberán estar protegidas cuando corresponda contra los riesgos de contacto o la proximidad de los trabajadores. Todo equipo de trabajo deberá ser adecuado para proteger a los trabajadores expuestos contra el riesgo de contacto directo o indirecto de la electricidad y los que entrañen riesgo por ruido, vibraciones o radiaciones deberá disponer de las protecciones o dispositivos adecuados para limitar, en la medida de lo posible, la generación y propagación de estos agentes físicos. Las herramientas manuales deberán estar construidas con materiales resistentes y la unión entre sus elementos deberá ser firme, de manera que se eviten las roturas o proyecciones de los mismos. La utilización de todos estos equipos no podrá realizarse en contradicción con las instrucciones facilitadas por el fabricante, comprobándose antes del iniciar la tarea que todas sus protecciones y condiciones de uso son las adecuadas. Deberán tomarse las medidas necesarias para evitar el atrapamiento del cabello, ropas de trabajo u otros objetos del trabajador, evitando, en cualquier caso, someter a los equipos a sobrecargas, sobrepresiones, velocidades o tensiones excesivas.

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4.2.2. DISPOSICIONES MÍNIMAS ADICIONALES APLICABLES A LOS EQUIPOS DE TRABAJO MOVILES. Los equipos con trabajadores transportados deberán evitar el contacto de éstos con ruedas y orugas y el aprisionamiento por las mismas. Para ello dispondrán de una estructura de protección que impida que el equipo de trabajo incline más de un cuarto de vuelta o una estructura que garantice un espacio suficiente alrededor de los trabajadores transportados cuando el equipo pueda inclinarse más de un cuarto de vuelta. No se requerirán estas estructuras de protección cuando el equipo de trabajo se encuentre estabilizado durante su empleo. Las carretillas elevadoras deberán estar acondicionadas mediante la instalación de una cabina para el conductor, una estructura que impida que la carretilla vuelque, una estructura que garantice que, en caso de vuelco, quede espacio suficiente para el trabajador entre el suelo y determinadas partes de dicha carretilla y una estructura que mantenga al trabajador sobre el asiento de conducción en buenas condiciones. Los equipos de trabajo automotores deberán contar con dispositivos de frenado y parada, con dispositivos para garantizar una visibilidad adecuada y con una señalización acústica de advertencia. En cualquier caso, su conducción estará reservada a los trabajadores que hayan recibido una información específica. 4.2.3. DISPOSICIONES MÍNIMAS ADICIONALES APLICABLES A LOS EQUIPOS DE TRABAJO PARA ELEVACION DE CARGAS. Deberán estar instalados firmemente, teniendo presente la carga que deban levantar y las tensiones inducidas en los puntos de suspensión o de fijación. En cualquier caso, los aparatos de izar estarán equipados con limitador del recorrido del carro y de los ganchos, los motores eléctricos estarán provistos de limitadores de altura y del peso, los ganchos de sujeción serán de acero con ”pestillos de seguridad“ y los carriles para desplazamiento estarán limitados a una distancia de 1 m de su término mediante topes de seguridad de final de carrera eléctricos. Deberá figurar claramente la carga nominal. Deberán instalarse de modo que se reduzca el riesgo de que la carga caiga en picado, se suelte o se desvíe involuntariamente de forma peligrosa. En cualquier caso, se evitará la presencia de trabajadores bajo las cargas suspendidas. Caso de ir equipadas con cabinas para trabajadores deberá evitarse la caída de éstas, su aplastamiento o choque. Los trabajos de izado, transporte y descenso de cargas suspendidas, quedarán interrumpidos bajo régimen de vientos superiores a los 60 km/h. 4.2.4. DISPOSICIONES MÍNIMAS ADICIONALES APLICABLES A LOS EQUIPOS DE TRABAJO PARA MOVIMIENTO DE TIERRAS Y MAQUINARIA PESADA EN GENERAL.

Las máquinas para los movimientos de tierras estarán dotadas de faros de marcha hacia adelante y de retroceso, servofrenos, freno de mano, bocina automática de retroceso, retrovisores en ambos lados, pórtico de seguridad antivuelco y antiimpactos y un extintor. Se prohíbe trabajar o permanecer dentro del radio de acción de la maquinaria de movimiento de tierras, para evitar los riesgos por atropello. Durante el tiempo de parada de las máquinas se señalizará su entorno con "señales de peligro", para evitar los riesgos por fallo de frenos o por atropello durante la puesta en marcha. Si se produjese contacto con líneas eléctricas el maquinista permanecerá inmóvil en su puesto y solicitará auxilio por medio de las bocinas. De ser posible el salto sin riesgo de contacto eléctrico, el maquinista saltará fuera de la máquina sin tocar, al unísono, la máquina y el terreno.

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Antes del abandono de la cabina, el maquinista habrá dejado en reposo, en contacto con el pavimento (la cuchilla, cazo, etc.), puesto el freno de mano y parado el motor extrayendo la llave de contacto para evitar los riesgos por fallos del sistema hidráulico. Las pasarelas y peldaños de acceso para conducción o mantenimiento permanecerán limpios de gravas, barros y aceite, para evitar los riesgos de caída. Se prohíbe el transporte de personas sobre las máquinas para el movimiento de tierras, para evitar los riesgos de caídas o de atropellos. Se instalarán topes de seguridad de fin de recorrido, ante la coronación de los cortes (taludes o terraplenes) a los que debe aproximarse la maquinaria empleada en el movimiento de tierras, para evitar los riesgos por caída de la máquina. Se señalizarán los caminos de circulación interna mediante cuerda de banderolas y señales normalizadas de tráfico. Se prohíbe el acopio de tierras a menos de 2 m. del borde de la excavación (como norma general).

No se debe fumar cuando se abastezca de combustible la máquina, pues podría inflamarse. Al realizar dicha tarea el motor deberá permanecer parado. Se prohíbe realizar trabajos en un radio de 10 m entorno a las máquinas de hinca, en prevención de golpes y atropellos. Las cintas transportadoras estarán dotadas de pasillo lateral de visita de 60 cm de anchura y barandillas de protección de éste de 90 cm de altura. Estarán dotadas de encauzadores antidesprendimientos de objetos por rebose de materiales. Bajo las cintas, en todo su recorrido, se instalarán bandejas de recogida de objetos desprendidos. Los compresores serán de los llamados ”silenciosos“ en la intención de disminuir el nivel de ruido. La zona dedicada para la ubicación del compresor quedará acordonada en un radio de 4 m. Las mangueras estarán en perfectas condiciones de uso, es decir, sin grietas ni desgastes que puedan producir un reventón. Cada tajo con martillos neumáticos, estará trabajado por dos cuadrillas que se turnarán cada hora, en prevención de lesiones por permanencia continuada recibiendo vibraciones. Los pisones mecánicos se guiarán avanzando frontalmente, evitando los desplazamientos laterales. Para realizar estas tareas se utilizará faja elástica de protección de cintura, muñequeras bien ajustadas, botas de seguridad, cascos antirruido y una mascarilla con filtro mecánico recambiable. 4.2.5. DISPOSICIONES MÍNIMAS ADICIONALES APLICABLES A LA MAQUINARIA HERRAMIENTA. Las máquinas-herramienta estarán protegidas eléctricamente mediante doble aislamiento y sus motores eléctricos estarán protegidos por la carcasa. Las que tengan capacidad de corte tendrán el disco protegido mediante una carcasa antiproyecciones.

Las que se utilicen en ambientes inflamables o explosivos estarán protegidas mediante carcasas antideflagrantes. Se prohíbe la utilización de máquinas accionadas mediante combustibles líquidos en lugares cerrados o de ventilación insuficiente. Se prohíbe trabajar sobre lugares encharcados, para evitar los riesgos de caídas y los eléctricos. Para todas las tareas se dispondrá una iluminación adecuada, en torno a 100 lux.

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En prevención de los riesgos por inhalación de polvo, se utilizarán en vía húmeda las herramientas que lo produzcan. Las mesas de sierra circular, cortadoras de material cerámico y sierras de disco manual no se ubicarán a distancias inferiores a tres metros del borde de los forjados, con la excepción de los que estén claramente protegidos (redes o barandillas, petos de remate, etc). Bajo ningún concepto se retirará la protección del disco de corte, utilizándose en todo momento gafas de seguridad antiproyección de partículas. Como normal general, se deberán extraer los clavos o partes metálicas hincadas en el elemento a cortar. Con las pistolas fija-clavos no se realizarán disparos inclinados, se deberá verificar que no hay nadie al otro lado del objeto sobre el que se dispara, se evitará clavar sobre fábricas de ladrillo hueco y se asegurará el equilibrio de la persona antes de efectuar el disparo. Para la utilización de los taladros portátiles y rozadoras eléctricas se elegirán siempre las brocas y discos adecuados al material a taladrar, se evitará realizar taladros en una sola maniobra y taladros o rozaduras inclinadas a pulso y se tratará no recalentar las brocas y discos. Las pulidoras y abrillantadoras de suelos, lijadoras de madera y alisadoras mecánicas tendrán el manillar de manejo y control revestido de material aislante y estarán dotadas de aro de protección antiatrapamientos o abrasiones. En las tareas de soldadura por arco eléctrico se utilizará yelmo del soldar o pantalla de mano, no se mirará directamente al arco voltaico, no se tocarán las piezas recientemente soldadas, se soldará en un lugar ventilado, se verificará la inexistencia de personas en el entorno vertical de puesto de trabajo, no se dejará directamente la pinza en el suelo o sobre la perfilería, se escogerá el electrodo adecuada para el cordón a ejecutar y se suspenderán los trabajos de soldadura con vientos superiores a 60 km/h y a la intemperie con régimen de lluvias. En la soldadura oxiacetilénica (oxicorte) no se mezclarán botellas de gases distintos, éstas se transportarán sobre bateas enjauladas en posición vertical y atadas, no se ubicarán al sol ni en posición inclinada y los mecheros estarán dotados de válvulas antirretroceso de la llama. Si se desprenden pinturas se trabajará con mascarilla protectora y se hará al aire libre o en un local ventilado. 5. DISPOSICIONES MINIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCION. 5.1. INTRODUCCION. La ley 31/1995, de 8 de noviembre de 1995, de Prevención de Riesgos Laborales es la norma legal por la que se determina el cuerpo básico de garantías y responsabilidades preciso para establecer un adecuado nivel de protección de la salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados de las condiciones de trabajo. De acuerdo con el artículo 6 de dicha ley, serán las normas reglamentarias las que fijarán las medidas mínimas que deben adoptarse para la adecuada protección de los trabajadores. Entre éstas se encuentran necesariamente las destinadas a garantizar la seguridad y la salud en las obras de construcción. Por todo lo expuesto, el Real Decreto 1627/1997 de 24 de Octubre de 1.997 establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, entendiendo como tales cualquier obra, pública o privada, en la que se efectúen trabajos de construcción o ingeniería civil.

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Al tratarse de una obra con las siguientes condiciones: a) El presupuesto de ejecución por contrata incluido en el proyecto es inferior a 450.759 Euros. b) La duración estimada es inferior a 30 días laborables, no utilizándose en ningún momento a más

de 20 trabajadores simultáneamente. c) El volumen de mano de obra estimada, entendiendo por tal la suma de los días de trabajo del total

de los trabajadores en la obra, es inferior a 500. d) No es una obra de túneles, galerías, conducciones subterráneas o presas. Por todo lo indicado, el promotor estará obligado a que en la fase de redacción del proyecto se elabore un estudio básico de seguridad y salud. Caso de superarse alguna de las condiciones citadas anteriormente deberá realizarse un estudio completo de seguridad y salud. 5.2. ESTUDIO BASICO DE SEGURIDAD Y SALUD. 5.2.1. RIESGOS MÁS FRECUENTES EN ESTA OBRA DEL PROYECTO. Los oficios más comunes en la obra son los siguientes: - Movimiento de tierras. Excavación de pozos y zanjas. - Relleno de tierras. - Encofrados. - Trabajos con ferralla, manipulación y puesta en obra. - Trabajos de manipulación del hormigón. - Carpintería de madera, metálica y cerrajería. - Instalación eléctrica provisional de obra. - Instalación de protección contra incendios. Los riesgos más frecuentes durante estos oficios son los descritos a continuación: - Deslizamientos, desprendimientos de tierras por diferentes motivos (no emplear el talud

adecuado, por variación de la humedad del terreno, etc). - Riesgos derivados del manejo de máquinas-herramienta y maquinaria pesada en general. - Atropellos, colisiones, vuelcos y falsas maniobras de la maquinaria para movimiento de tierras. - Caídas al mismo o distinto nivel de personas, materiales y útiles. - Los derivados de los trabajos pulverulentos. - Contactos con el hormigón (dermatitis por cementos, etc). - Caída de los encofrados al vacío, caída de personal al caminar o trabajar sobre los fondillos de las

vigas, pisadas sobre objetos punzantes, etc. - Desprendimientos por mal apilado de la madera, planchas metálicas, etc. - Cortes y heridas en manos y pies, aplastamientos, tropiezos y torceduras al caminar sobre las

armaduras. - Cuerpos extraños en los ojos, etc. - Agresión por ruido y vibraciones en todo el cuerpo. - Microclima laboral (frío-calor), agresión por radiación ultravioleta, infrarroja. - Agresión mecánica por proyección de partículas. - Golpes. - Cortes por objetos y/o herramientas. - Incendio y explosiones. - Riesgo por sobreesfuerzos musculares y malos gestos. - Carga de trabajo física. - Deficiente iluminación.

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- Efecto psico-fisiológico de horarios y turno. 5.2.2. MEDIDAS PREVENTIVAS DE CARÁCTER GENERAL. Se establecerán a lo largo de la obra letreros divulgativos y señalización de los riesgos (vuelo, atropello, colisión, caída en altura, corriente eléctrica, peligro de incendio, materiales inflamables, prohibido fumar, etc), así como las medidas preventivas previstas (uso obligatorio del casco, uso obligatorio de las botas de seguridad, uso obligatorio de guantes, uso obligatorio de cinturón de seguridad, etc). Se habilitarán zonas o estancias para el acopio de material y útiles (ferralla, perfilería metálica, piezas prefabricadas, carpintería metálica y de madera, vidrio, pinturas, barnices y disolventes, material eléctrico, aparatos sanitarios, tuberías, aparatos de calefacción y climatización, etc). Se procurará que los trabajos se realicen en superficies secas y limpias, utilizando los elementos de protección personal, fundamentalmente calzado antideslizante reforzado para protección de golpes en los pies, casco de protección para la cabeza y cinturón de seguridad. El transporte aéreo de materiales y útiles se hará suspendiéndolos desde dos puntos mediante eslingas, y se guiarán por tres operarios, dos de ellos guiarán la carga y el tercero ordenará las maniobras. El transporte de elementos pesados (sacos de aglomerante, ladrillos, arenas, etc) se hará sobre carretilla de mano y así evitar sobreesfuerzos. Los andamios sobre borriquetas, para trabajos en altura, tendrán siempre plataformas de trabajo de anchura no inferior a 60 cm (3 tablones trabados entre sí), prohibiéndose la formación de andamios mediante bidones, cajas de materiales, bañeras, etc. La distribución de máquinas, equipos y materiales en los locales de trabajo será la adecuada, delimitando las zonas de operación y paso, los espacios destinados a puestos de trabajo, las separaciones entre máquinas y equipos, etc. El área de trabajo estará al alcance normal de la mano, sin necesidad de ejecutar movimientos forzados. Se vigilarán los esfuerzos de torsión o de flexión del tronco, sobre todo si el cuerpo está en posición inestable. Se evitarán las distancias demasiado grandes de elevación, descenso o transporte, así como un ritmo demasiado alto de trabajo. Se tratará que la carga y su volumen permitan asirla con facilidad. Se recomienda evitar los barrizales, en prevención de accidentes. Se debe seleccionar la herramienta correcta para el trabajo a realizar, manteniéndola en buen estado y uso correcto de ésta. Después de realizar las tareas, se guardarán en lugar seguro. La iluminación para desarrollar los oficios convenientemente oscilará en torno a los 100 lux. Es conveniente que los vestidos estén configurados en varias capas al comprender entre ellas cantidades de aire que mejoran el aislamiento al frío. Empleo de guantes, botas y orejeras. Se resguardará al trabajador de vientos mediante apantallamientos y se evitará que la ropa de trabajo se empape de líquidos evaporables.

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Si el trabajador sufriese estrés térmico se deben modificar las condiciones de trabajo, con el fin de disminuir su esfuerzo físico, mejorar la circulación de aire, apantallar el calor por radiación, dotar al trabajador de vestimenta adecuada (sombrero, gafas de sol, cremas y lociones solares), vigilar que la ingesta de agua tenga cantidades moderadas de sal y establecer descansos de recuperación si las soluciones anteriores no son suficientes.

El aporte alimentario calórico debe ser suficiente para compensar el gasto derivado de la actividad y de las contracciones musculares. Para evitar el contacto eléctrico directo se utilizará el sistema de separación por distancia o alejamiento de las partes activas hasta una zona no accesible por el trabajador, interposición de obstáculos y/o barreras (armarios para cuadros eléctricos, tapas para interruptores, etc.) y recubrimiento o aislamiento de las partes activas. Para evitar el contacto eléctrico indirecto se utilizará el sistema de puesta a tierra de las masas (conductores de protección, líneas de enlace con tierra y electrodos artificiales) y dispositivos de corte por intensidad de defecto (interruptores diferenciales de sensibilidad adecuada a las condiciones de humedad y resistencia de tierra de la instalación provisional).

Las vías y salidas de emergencia deberán permanecer expeditas y desembocar lo más directamente posible en una zona de seguridad.

El número, la distribución y las dimensiones de las vías y salidas de emergencia dependerán del uso, de los equipos y de las dimensiones de la obra y de los locales, así como el número máximo de personas que puedan estar presentes en ellos.

En caso de avería del sistema de alumbrado, las vías y salidas de emergencia que requieran iluminación deberán estar equipadas con iluminación de seguridad de suficiente intensidad.

Será responsabilidad del empresario garantizar que los primeros auxilios puedan prestarse en todo momento por personal con la suficiente formación para ello. 5.2.3. MEDIDAS PREVENTIVAS DE CARÁCTER PARTICULAR PARA CADA OFICIO Movimiento de tierras. Excavación de pozos y zanjas. Antes del inicio de los trabajos, se inspeccionará el tajo con el fin de detectar posibles grietas o movimientos del terreno. Se prohibirá el acopio de tierras o de materiales a menos de dos metros del borde de la excavación, para evitar sobrecargas y posibles vuelcos del terreno, señalizándose además mediante una línea esta distancia de seguridad. Se eliminarán todos los bolos o viseras de los frentes de la excavación que por su situación ofrezcan el riesgo de desprendimiento. La maquinaria estará dotada de peldaños y asidero para subir o bajar de la cabina de control. No se utilizará como apoyo para subir a la cabina las llantas, cubiertas, cadenas y guardabarros. Los desplazamientos por el interior de la obra se realizarán por caminos señalizados. Se utilizarán redes tensas o mallazo electrosoldado situadas sobre los taludes, con un solape mínimo de 2 m. La circulación de los vehículos se realizará a un máximo de aproximación al borde de la excavación no superior a los 3 m. para vehículos ligeros y de 4 m para pesados.

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Se conservarán los caminos de circulación interna cubriendo baches, eliminando blandones y compactando mediante zahorras. El acceso y salida de los pozos y zanjas se efectuará mediante una escalera sólida, anclada en la parte superior del pozo, que estará provista de zapatas antideslizantes. Cuando la profundidad del pozo sea igual o superior a 1,5 m., se entibará (o encamisará) el perímetro en prevención de derrumbamientos. Se efectuará el achique inmediato de las aguas que afloran (o caen) en el interior de las zanjas, para evitar que se altere la estabilidad de los taludes. En presencia de líneas eléctricas en servicio se tendrán en cuenta las siguientes condiciones: Se procederá a solicitar de la compañía propietaria de la línea eléctrica el corte de fluido y puesta a tierra de los cables, antes de realizar los trabajos. La línea eléctrica que afecta a la obra será desviada de su actual trazado al límite marcado en los planos. La distancia de seguridad con respecto a las líneas eléctricas que cruzan la obra, queda fijada en 5 m, en zonas accesibles durante la construcción. Se prohíbe la utilización de cualquier calzado que no sea aislante de la electricidad en proximidad con la línea eléctrica. Relleno de tierras. Se prohíbe el transporte de personal fuera de la cabina de conducción y/o en número superior a los asientos existentes en el interior. Se regarán periódicamente los tajos, las cargas y cajas de camión, para evitar las polvaredas. Especialmente si se debe conducir por vías públicas, calles y carreteras. Se instalará, en el borde de los terraplenes de vertido, sólidos topes de limitación de recorrido para el vertido en retroceso. Se prohíbe la permanencia de personas en un radio no inferior a los 5 m. en torno a las compactadoras y apisonadoras en funcionamiento. Los vehículos de compactación y apisonado, irán provistos de cabina de seguridad de protección en caso de vuelco. Encofrados. Se prohíbe la permanencia de operarios en las zonas de batido de cargas durante las operaciones de izado de tablones, sopandas, puntales y ferralla; igualmente se procederá durante la elevación de viguetas, nervios, armaduras, pilares, bovedillas, etc. El ascenso y descenso del personal a los encofrados, se efectuará a través de escaleras de mano reglamentarias. Se instalarán barandillas reglamentarias en los frentes de losas horizontales, para impedir la caída al vacío de las personas.

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Los clavos o puntas existentes en la madera usada, se extraerán o remacharán, según casos. Queda prohibido encofrar sin antes haber cubierto el riesgo de caída desde altura mediante la ubicación de redes de protección. Trabajos con ferralla, manipulación y puesta en obra. Los paquetes de redondos se almacenarán en posición horizontal sobre durmientes de madera capa a capa, evitándose las alturas de las pilas superiores al 1'50 m. Se efectuará un barrido diario de puntas, alambres y recortes de ferralla en torno al banco (o bancos, borriquetas, etc.) de trabajo. Queda prohibido el transporte aéreo de armaduras de pilares en posición vertical. Se prohíbe trepar por las armaduras en cualquier caso. Se prohíbe el montaje de zunchos perimetrales, sin antes estar correctamente instaladas las redes de protección. Se evitará, en lo posible, caminar por los fondillos de los encofrados de jácenas o vigas. Trabajos de manipulación del hormigón. Se instalarán fuertes topes final de recorrido de los camiones hormigonera, en evitación de vuelcos. Se prohíbe acercar las ruedas de los camiones hormigoneras a menos de 2 m. del borde de la excavación. Se prohíbe cargar el cubo por encima de la carga máxima admisible de la grúa que lo sustenta. Se procurará no golpear con el cubo los encofrados, ni las entibaciones. La tubería de la bomba de hormigonado, se apoyará sobre caballetes, arriostrándose las partes susceptibles de movimiento. Para vibrar el hormigón desde posiciones sobre la cimentación que se hormigona, se establecerán plataformas de trabajo móviles formadas por un mínimo de tres tablones, que se dispondrán perpendicularmente al eje de la zanja o zapata. El hormigonado y vibrado del hormigón de pilares, se realizará desde "castilletes de hormigonado" En el momento en el que el forjado lo permita, se izará en torno a los huecos el peto definitivo de fábrica, en prevención de caídas al vacío. Se prohíbe transitar pisando directamente sobre las bovedillas (cerámicas o de hormigón), en prevención de caídas a distinto nivel. Carpintería de madera, metálica y cerrajería. Los recortes de madera y metálicos, objetos punzantes, cascotes y serrín producidos durante los ajustes se recogerán y se eliminarán mediante las tolvas de vertido, o mediante bateas o plataformas emplintadas amarradas del gancho de la grúa. Los cercos serán recibidos por un mínimo de una cuadrilla, en evitación de golpes, caídas y vuelcos.

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Los listones horizontales inferiores contra deformaciones, se instalarán a una altura en torno a los 60 cm. Se ejecutarán en madera blanca, preferentemente, para hacerlos más visibles y evitar los accidentes por tropiezos. El "cuelgue" de hojas de puertas o de ventanas, se efectuará por un mínimo de dos operarios, para evitar accidentes por desequilibrio, vuelco, golpes y caídas. Instalación eléctrica provisional de obra. El montaje de aparatos eléctricos será ejecutado por personal especialista, en prevención de los riesgos por montajes incorrectos. El calibre o sección del cableado será siempre el adecuado para la carga eléctrica que ha de soportar. Los hilos tendrán la funda protectora aislante sin defectos apreciables (rasgones, repelones y asimilables). No se admitirán tramos defectuosos. La distribución general desde el cuadro general de obra a los cuadros secundarios o de planta, se efectuará mediante manguera eléctrica antihumedad. El tendido de los cables y mangueras, se efectuará a una altura mínima de 2 m. en los lugares peatonales y de 5 m. en los de vehículos, medidos sobre el nivel del pavimento. Los empalmes provisionales entre mangueras, se ejecutarán mediante conexiones normalizadas estancas antihumedad. Las mangueras de "alargadera" por ser provisionales y de corta estancia pueden llevarse tendidas por el suelo, pero arrimadas a los paramentos verticales. Los interruptores se instalarán en el interior de cajas normalizadas, provistas de puerta de entrada con cerradura de seguridad. Los cuadros eléctricos metálicos tendrán la carcasa conectada a tierra. Los cuadros eléctricos se colgarán pendientes de tableros de madera recibidos a los paramentos verticales o bien a "pies derechos" firmes. Las maniobras a ejecutar en el cuadro eléctrico general se efectuarán subido a una banqueta de maniobra o alfombrilla aislante. Los cuadros eléctricos poseerán tomas de corriente para conexiones normalizadas blindadas para intemperie. La tensión siempre estará en la clavija "hembra", nunca en la "macho", para evitar los contactos eléctricos directos. Los interruptores diferenciales se instalarán de acuerdo con las siguientes sensibilidades: 300 mA. Alimentación a la maquinaria. 30 mA. Alimentación a la maquinaria como mejora del nivel de seguridad. 30 mA. Para las instalaciones eléctricas de alumbrado. Las partes metálicas de todo equipo eléctrico dispondrán de toma de tierra. El neutro de la instalación estará puesto a tierra. La toma de tierra se efectuará a través de la pica o placa de cada cuadro general. El hilo de toma de tierra, siempre estará protegido con macarrón en colores amarillo y verde. Se prohíbe expresamente utilizarlo para otros usos.

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La iluminación mediante portátiles cumplirá la siguiente norma: - Portalámparas estanco de seguridad con mango aislante, rejilla protectora de la bombilla dotada

de gancho de cuelgue a la pared, manguera antihumedad, clavija de conexión normalizada estanca de seguridad, alimentados a 24 V.

- La iluminación de los tajos se situará a una altura en torno a los 2 m., medidos desde la superficie de apoyo de los operarios en el puesto de trabajo.

- La iluminación de los tajos, siempre que sea posible, se efectuará cruzada con el fin de disminuir sombras.

- Las zonas de paso de la obra, estarán permanentemente iluminadas evitando rincones oscuros. No se permitirá las conexiones a tierra a través de conducciones de agua. No se permitirá el tránsito de carretillas y personas sobre mangueras eléctricas, pueden pelarse y producir accidentes. No se permitirá el tránsito bajo líneas eléctricas de las compañías con elementos longitudinales transportados a hombro (pértigas, reglas, escaleras de mano y asimilables). La inclinación de la pieza puede llegar a producir el contacto eléctrico. Instalación de protección contra incendios. El transporte de tramos de tubería a hombro por un solo hombre, se realizará inclinando la carga hacia atrás, de tal forma que el extremo que va por delante supere la altura de un hombre, en evitación de golpes y tropiezos con otros operarios en lugares poco iluminados o iluminados a contra luz. Se prohíbe el uso de mecheros y sopletes junto a materiales inflamables. Se prohíbe soldar con plomo, en lugares cerrados, para evitar trabajos en atmósferas tóxicas. 5.3. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS DE SEGURIDAD Y SALUD DURANTE LA EJECUCION DE LAS OBRAS. Cuando en la ejecución de la obra intervenga más de una empresa, o una empresa y trabajadores autónomos o diversos trabajadores autónomos, el promotor designará un coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, que será un técnico competente integrado en la dirección facultativa. Cuando no sea necesaria la designación de coordinador, las funciones de éste serán asumidas por la dirección facultativa. En aplicación del estudio básico de seguridad y salud, cada contratista elaborará un plan de seguridad y salud en el trabajo en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el estudio desarrollado en el proyecto, en función de su propio sistema de ejecución de la obra. Antes del comienzo de los trabajos, el promotor deberá efectuar un aviso a la autoridad laboral competente. 6. DISPOSICIONES MINIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD RELATIVAS A LA UTILIZACION POR LOS TRABAJADORES DE EQUIPOS DE PROTECCION INDIVIDUAL. 6.1. INTRODUCCIÓN. La ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, determina el cuerpo básico de garantías y responsabilidades preciso para establecer un adecuado nivel de protección de la salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados de las condiciones de trabajo.

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Campa almacenamiento de biomasa Estudio básico de seguridad y salud

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Así son las normas de desarrollo reglamentario las que deben fijar las medidas mínimas que deben adoptarse para la adecuada protección de los trabajadores. Entre ellas se encuentran las destinadas a garantizar la utilización por los trabajadores en el trabajo de equipos de protección individual que los protejan adecuadamente de aquellos riesgos para su salud o su seguridad que no puedan evitarse o limitarse suficientemente mediante la utilización de medios de protección colectiva o la adopción de medidas de organización en el trabajo. 6.2. OBLIGACIONES GENERALES DEL EMPRESARIO. Hará obligatorio el uso de los equipos de protección individual que a continuación se desarrollan. 6.2.1. PROTECTORES DE LA CABEZA. - Cascos de seguridad, no metálicos, clase N, aislados para baja tensión, con el fin de proteger a

los trabajadores de los posibles choques, impactos y contactos eléctricos. - Protectores auditivos acoplables a los cascos de protección. - Gafas de montura universal contra impactos y antipolvo. - Mascarilla antipolvo con filtros protectores. - Pantalla de protección para soldadura autógena y eléctrica. 6.2.2. PROTECTORES DE MANOS Y BRAZOS. - Guantes contra las agresiones mecánicas (perforaciones, cortes, vibraciones). - Guantes de goma finos, para operarios que trabajen con hormigón. - Guantes dieléctricos para B.T. - Guantes de soldador. - Muñequeras. - Mango aislante de protección en las herramientas. 6.2.3. PROTECTORES DE PIES Y PIERNAS. - Calzado provisto de suela y puntera de seguridad contra las agresiones mecánicas. - Botas dieléctricas para B.T. - Botas de protección impermeables. - Polainas de soldador. - Rodilleras. 6.2.4. PROTECTORES DEL CUERPO. - Crema de protección y pomadas. - Chalecos, chaquetas y mandiles de cuero para protección de las agresiones mecánicas. - Traje impermeable de trabajo. - Cinturón de seguridad, de sujeción y caída, clase A. - Fajas y cinturones antivibraciones. - Pértiga de B.T. - Banqueta aislante clase I para maniobra de B.T. - Linterna individual de situación. - Comprobador de tensión.

Cubillos del Sil, Junio de 2019 Autor del proyecto

Iván Bayón Canseco

Ingeniero Industrial Colegiado 2653 COIILE

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PLIEGO DE CONDICIONES

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INDICE DEL PLIEGO DE CONDICIONES

1. OBJETO DEL PLIEGO DE CONDICIONES.

2. CONDICIONES FACULTATIVAS.

2.1 DELIMITACIÓN GENERAL DE LOS AGENTES.

2.2 OBLIGACIONES Y DERECHOS GENERALES DEL CONSTRUCTOR O INSTALADOR.

2.3 PRESCRIPCIONES GENERALES RELATIVAS A LOS TRABAJOS Y A LOS MATERIALES.

2.4 RECEPCIÓN DE LA OBRA.

3. CONDICIONES ECONÓMICAS.

3.1 PRINCIPIO GENERAL.

3.2 FIANZAS Y SEGUROS.

3.3 PRECIOS.

3.4 OBRAS POR ADMINISTRACIÓN.

3.5 VALORACIÓN Y ABONO DE LOS TRABAJOS.

3.6 DOCUMENTACIÓN DE LA OBRA EJECUTADA.

4. CONDICIONES TÉCNICAS.

4.1 CONDICIONES GENERALES.

4.2 CONDICIONES QUE HAN DE CUMPLIR LOS MATERIALES. EJECUCION DE LAS

UNIDADES DE OBRA.

5. NORMATIVA A APLICAR.

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Campa almacenamiento de biomasa Pliego de condiciones

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1. OBJETO DEL PLIEGO DE CONDICIONES. El presente pliego de condiciones se refiere a las obras del Proyecto de: Campa para almacenamiento de biomasa, en Cubillos del Sil, León. Tiene por finalidad regular la ejecución de las obras, fijando los niveles técnicos y la calidad exigible, precisando las intervenciones que corresponden, según contrato y con arreglo a la Legislación aplicable, a la Propiedad, al Contratista o constructor de la misma, sus técnicos y encargados, así como las relaciones entre todos ellos y sus correspondientes obligaciones en orden al cumplimiento del contrato de obra. Integran el contrato de obra los siguientes documentos relacionados por orden de prelación en cuanto al valor de sus especificaciones en caso de omisión o aparente contradicción: 1º. Las condiciones fijadas en el propio documento de Contrato. 2º. El Pliego de Condiciones Particulares. 3º. El presente Pliego General de Condiciones. 4º. El resto de la documentación de Proyecto (memoria, planos, mediciones y presupuestos). 2. CONDICIONES FACULTATIVAS. 2.1 DELIMITACIÓN GENERAL DE LOS AGENTES Son agentes todas las personas, físicas o jurídicas, que intervienen en el proceso de la edificación. Sus obligaciones vendrán determinadas por lo dispuesto en la Ley y demás disposiciones que sean de aplicación y por el contrato que origina su intervención. Los agentes que intervienen son los siguientes con enumeración de sus funciones: El promotor. 1. Será considerado Promotor cualquier persona, física o jurídica, pública o privada, que, individual o colectivamente decide, impulsa, programa y financia, con recursos propios o ajenos, las obras de edificación para sí o para su posterior enajenación, entrega o cesión a terceros bajo cualquier título. 2. Son obligaciones del promotor: Ostentar sobre el solar la titularidad de un derecho que le faculte para construir en él. Facilitar la documentación e información previa necesaria para la redacción del proyecto, así como autorizar al director de obra las posteriores modificaciones del mismo. Gestionar y obtener las preceptivas licencias y autorizaciones administrativas, así como suscribir el acta de recepción de la obra. El proyectista. 1. El proyectista es el agente que, por encargo del promotor y con sujeción a la normativa técnica y urbanística correspondiente, redacta el proyecto. Podrán redactar proyectos parciales del proyecto, o partes que lo complementen, otros técnicos, de forma coordinada con el autor de éste. Cuando el proyecto se desarrolle o complete mediante proyectos parciales u otros documentos técnicos, cada proyectista asumirá la titularidad de su proyecto. 2. Son obligaciones del proyectista: a) Estar en posesión de la titulación académica y cumplir las condiciones exigibles para el ejercicio de la profesión. b) Redactar el proyecto con sujeción a la normativa vigente y a lo que se haya establecido en el contrato y entregarlo, con los visados que en su caso fueran preceptivos. c) Acordar, en su caso, con el promotor la contratación de colaboraciones parciales.

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Otras funciones comprenderán: -Redactar los complementos y las certificaciones. -Asistencia a las obras cuando lo requiera la naturaleza y la complejidad de la obra. -Coordinación de la actividad con otros técnicos que concurran en la obra. -Aprobación de las certificaciones de la obra, el asesoramiento al promotor y la liquidación final de la presente obra. -Redacción de los documentos de estudio y de análisis del proyecto. -Estudio de sistemas de prevención de riesgos. -Efectuar el replanteo. -Comprobación de las instalaciones provisionales. -Realización de pruebas y ensayos cuando se considere necesario. El constructor o instalador 1. El constructor o instalador es el agente que asume, contractualmente ante el promotor, el compromiso de ejecutar con medios humanos y materiales, propios o ajenos, las obras o parte de las mismas con sujeción al proyecto y al contrato. 2. Son obligaciones del constructor: Ejecutar la obra con sujeción al proyecto, a la legislación aplicable y a las instrucciones del director de obra y del director de la ejecución de la obra, a fin de alcanzar la calidad exigida en el proyecto. Tener la titulación o capacitación profesional que habilita para el cumplimiento de las condiciones exigibles para actuar como constructor. Designar al jefe de obra que asumirá la representación y técnica del constructor en la obra y que por su titulación o experiencia deberá tener la capacitación adecuada de acuerdo con las características y la complejidad de la obra. Asignar a la obra los medios humanos y materiales que su importancia requiera. Formalizar las subcontrataciones de determinadas partes o instalaciones de la obra dentro de los límites establecidos en el contrato. Firmar el acta de replanteo o de comienzo y el acta de recepción de la obra. Facilitar al director de obra los datos necesarios para la elaboración de la documentación de la obra ejecutada. Corresponde al Constructor o Instalador además de las funciones señaladas anteriormente: a- Organizar los trabajos de construcción, redactando los planes de obras que se precisen y proyectando o autorizando las instalaciones provisionales y medios auxiliares de la obra. b- Elaborar, cuando se requiera, el Plan de Seguridad e Higiene de la obra en aplicación del estudio correspondiente. Disponer en todo caso la ejecución de las medidas preventivas, velando por su cumplimiento y por la observancia de la normativa vigente en materia de seguridad e higiene en al trabajo, en concordancia con las previstas en la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo. c- Suscribir con el director de obra el acta de replanteo de la obra. d- Ostentar la jefatura de todo el personal que intervenga en la obra y coordinar las intervenciones de los subcontratistas. e- Asegurar la idoneidad de todos y cada uno de los materiales y elementos constructivos que se utilicen, comprobando los preparativos en obra y rechazando, los suministros o prefabricados que no cuenten con las garantías o documentos de idoneidad requeridos por las normas de aplicación. f- Custodiar el Libro de órdenes y seguimiento de la obra, y dar el enterado a las anotaciones que se practiquen en el mismo. El director de obra. 1. El director de obra es el agente que, formando parte de la dirección facultativa, dirige el desarrollo de la obra en los aspectos técnicos, estéticos, urbanísticos y medioambientales, de conformidad con el proyecto que la define, la licencia de edificación y demás autorizaciones preceptivas y las condiciones del contrato, con el objeto de asegurar su adecuación al fin propuesto.

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2. Podrán dirigir las obras de los proyectos parciales otros técnicos, bajo la coordinación del director de obra. 3. Son obligaciones del director de obra: Estar en posesión de la titulación académica y cumplir las condiciones exigibles para el ejercicio de la profesión. Resolver las contingencias que se produzcan en la obra y consignar en el Libro de órdenes y asistencias las instrucciones precisas para la correcta interpretación del proyecto. Elaborar, a requerimiento del promotor o con su conformidad, eventuales modificaciones del proyecto, que vengan exigidas por la marcha de la obra siempre que las mismas se adapten a las disposiciones normativas contempladas y observadas en la redacción del proyecto. Suscribir el acta de replanteo o de comienzo de obra y el certificado final de obra, así como conformar las certificaciones parciales y la liquidación final de las unidades de obra ejecutadas, con los visados que en su caso fueran preceptivos. Elaborar y suscribir la documentación de la obra ejecutada para entregarla al promotor, con los visados que en su caso fueran preceptivos. El director de la ejecución de la obra. 1. El director de la ejecución de la obra es el agente que, formando parte de la dirección facultativa, asume la función técnica de dirigir la ejecución material de la obra y de controlar cualitativa y cuantitativamente la construcción y la calidad de lo edificado. 2. Son obligaciones del director de la ejecución de la obra: Estar en posesión de la titulación académica y profesional habilitante y cumplir las condiciones exigibles para el ejercicio de la profesión. Verificar la recepción en obra de los productos de construcción, ordenando la realización de ensayos y pruebas precisas. Dirigir la ejecución material de la obra comprobando los replanteos, los materiales, la correcta ejecución y disposición de los elementos constructivos y de las instalaciones, de acuerdo con el proyecto y con las instrucciones del director de obra. Consignar en el Libro de órdenes y asistencias las instrucciones precisas. Suscribir el acta de replanteo o de comienzo de obra y el certificado final de obra, así como elaborar y suscribir las certificaciones parciales y la liquidación final de las unidades de obra ejecutadas. Colaborar con los restantes agentes en la elaboración de la documentación de la obra ejecutada, aportando los resultados del control realizado. Las entidades y los laboratorios de control de calidad. 1. Son entidades de control de calidad de la edificación aquéllas capacitadas para prestar asistencia técnica en la verificación de la calidad del proyecto, de los materiales y de la ejecución de la obra y sus instalaciones de acuerdo con el proyecto y la normativa aplicable. 2. Son laboratorios de ensayos para el control de calidad de la edificación los capacitados para prestar asistencia técnica, mediante la realización de ensayos o pruebas de servicio de los materiales, sistemas o instalaciones de una obra de edificación. 3. Son obligaciones de las entidades y de los laboratorios de control de calidad: Prestar asistencia técnica y entregar los resultados de su actividad al agente autor del encargo y, en todo caso, al director de la ejecución de las obras. Justificar la capacidad suficiente de medios materiales y humanos necesarios para realizar adecuadamente los trabajos contratados, en su caso, a través de la correspondiente acreditación oficial otorgada por las Comunidades Autónomas con competencia en la materia. 2.2 OBLIGACIONES Y DERECHOS GENERALES DEL CONSTRUCTOR O INSTALADOR. VERIFICACION DE LOS DOCUMENTOS DEL PROYECTO

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Antes de dar comienzo a las obras, el Constructor consignará por escrito que la documentación aportada resulta suficiente para la comprensión de la totalidad de la obra contratada o, en caso contrario, solicitará las aclaraciones pertinentes. El Contratista se sujetará a las Leyes, Reglamentos y Ordenanzas vigentes, así como a las que se dicten durante la ejecución de la obra. PLAN DE SEGURIDAD E HIGIENE El Constructor, a la vista del Proyecto de Ejecución, conteniendo, en su caso, el Estudio de Seguridad e Higiene, presentará el Plan de Seguridad e Higiene de la obra a la aprobación del Técnico de la Dirección Facultativa. La empresa instaladora está obligada a cumplir las condiciones que se indican en la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el trabajo y cuantas en esta materia fueran de pertinente aplicación. Asimismo, deberá proveer cuanto fuese necesario para el mantenimiento de las máquinas, herramientas, materiales y útiles de trabajo en las debidas condiciones de seguridad. El personal de la empresa instaladora viene obligado a usar todos los dispositivos y medios de protección personal, herramientas y prendas de seguridad exigidos para eliminar o reducir los riesgos profesionales, tales como casco, gafas, etc., pudiendo el Director de la Obra suspender los trabajos, si estima que el personal de la empresa instaladora está a expuestos a peligros que son eliminables. El Director de la Obra podrá exigir de la empresa instaladora, ordenándolo por escrito, el cese en la obra de cualquier empleado u obrero que, por imprudencia temeraria, fuera capaz de producir accidentes que hicieran peligrar la integridad física del trabajador o de sus compañeros. El Director de la obra podrá exigir a la empresa instaladora en cualquier momento, antes o después de la iniciación de los trabajos, que presente los documentos acreditativos de haber formalizado los reconocimientos de Seguridad Social de todo tipo en la forma legalmente establecida. La empresa instaladora mantendrá póliza de seguros que proteja suficientemente a él y a sus empleados u obreros frente a la responsabilidad por daños, responsabilidad civil, etc., en que uno u otro pudieran incurrir para con la empresa instaladora o para terceros, como consecuencia de la ejecución de trabajos. PRESENCIA DEL CONSTRUCTOR EN LA OBRA El Constructor viene obligado a comunicar a la propiedad la persona designada como delegado suyo en la obra, que tendrá carácter de Jefe de la misma, con dedicación plena y con facultades para representarle y adoptar en todo momento cuantas disposiciones competan a la contrata. Se determinará el personal facultativo o especialista que el Constructor se obligue a mantener en la obra como mínimo, y el tiempo de dedicación comprometido. TRABAJOS NO ESTIPULADOS EXPRESAMENTE Es obligación de la contrata el ejecutar trabajos, cuando sea necesario para la buena construcción y aspecto de las obras, aún cuando no se halle expresamente determinado en los documentos de Proyecto, siempre dentro de los límites de posibilidades que los presupuestos habiliten para cada unidad de obra y tipo de ejecución. El Contratista, de acuerdo con la Dirección Facultativa, entregará en el acto de la recepción provisional, los planos de todas las instalaciones ejecutadas en la obra, con las modificaciones o estado definitivo en que hayan quedado. El Contratista se compromete igualmente a entregar a las autoridades Delegaciones Provinciales de Industria, Sanidad, etc., y autoridades locales, la documentación necesaria para la puesta en marcha de la instalación. Son también por cuenta del Contratista, todos las, licencias municipales, vallas, alumbrado, multas, etc. Que ocasionen las obras desde su inicio hasta su total terminación.

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INTERPRETACIONES, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES DE LOS DOCUMENTOS DEL PROYECTO. Cuando se trate de aclarar, interpretar o modificar preceptos de los Pliegos de Condiciones o indicaciones de los planos o croquis, las órdenes e instrucciones correspondientes se comunicarán precisamente por escrito al Constructor estando éste obligado a su vez a devolver los originales o las copias suscribiendo con su firma el enterado, que figurará al pie de todas las órdenes, avisos o instrucciones. Cualquier reclamación que en contra de las disposiciones tomadas por éstos crea oportuno hacer el Constructor, habrá de dirigirla, dentro precisamente del plazo de tres días, a quien la hubiera dictado. El Constructor podrá requerir del Técnico, las instrucciones o aclaraciones que se precisen para la correcta interpretación y ejecución de lo proyectado. 2.3 PRESCRIPCIONES GENERALES RELATIVAS A LOS TRABAJOS Y A LOS MATERIALES. REPLANTEO El Constructor iniciará las obras con el replanteo de las mismas en el terreno, señalando las referencias principales que mantendrá como base de replanteos parciales. COMIENZO DE LA OBRA, RITMO DE EJECUCION DE LOS TRABAJOS El Constructor dará comienzo las obras en el plazo marcado, desarrollándolas en la forma necesaria para que dentro de los periodos parciales en aquél señalados queden ejecutados los trabajos correspondientes y, en consecuencia, la ejecución total se lleve a efecto dentro del plazo exigido en el Contrato. FACILIDADES PARA OTROS CONTRATISTAS De acuerdo con lo que requiera la Dirección Facultativa, el Contratista General deberá dar todas las facilidades razonables para la realización de los trabajos que le sean encomendados a todos los demás Contratistas que intervengan en la obra. PRORROGA POR CAUSA DE FUERZA MAYOR Si por causa de fuerza mayor o independiente de la voluntad del Constructor, éste no pudiese comenzar las obras, o tuviese que suspenderlas, o no le fuera posible terminarlas en los plazos prefijados, se le otorgará una prórroga proporcionada para el cumplimiento de la contrata. Para ello, el Constructor expondrá, en escrito la causa que impide la ejecución o la marcha de los trabajos y el retraso que por ello se originaría en los plazos acordados, razonando debidamente la prórroga que por dicha causa solicita. CONDICIONES GENERALES DE EJECUCION DE LOS TRABAJOS Todos los trabajos se ejecutarán con estricta sujeción al Proyecto, a las modificaciones del mismo que previamente hayan sido aprobadas y las órdenes e instrucciones que bajo su responsabilidad y por escrito entregue el Técnico al Constructor, dentro de las limitaciones presupuestarias. TRABAJOS DEFECTUOSOS El Constructor empleará los materiales que cumplan las condiciones exigidas en el Pliego de Condiciones y realizará todos y cada uno de los trabajos contratados de acuerdo con lo especificado también en dicho documento. Es responsable de la ejecución de los trabajos, de las faltas y defectos que en estos puedan existir por su mala gestión o por la deficiente calidad de los materiales empleados o los aparatos colocados.

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PROCEDENCIA DE LOS MATERIALES Y LOS APARATOS El Constructor tiene libertad de proveerse de los materiales y aparatos de todas clases en los puntos que le parezca conveniente, excepto en los casos en que el Pliego Particular de Condiciones preceptúe una procedencia determinada. Obligatoriamente, y para proceder a su empleo, el Constructor deberá presentar al Técnico una lista completa de los materiales y aparatos que vaya a utilizar en la que se indique todas las indicaciones sobre marcas, calidades, procedencia e idoneidad de cada uno de ellos. MATERIALES NO UTILIZABLES El Constructor, a su costa, transportará y colocará, agrupándolos ordenadamente y en el lugar adecuado, los materiales procedentes de las excavaciones, derribos, etc. que no sean utilizables en la obra. Se retirarán de esta o se llevarán al vertedero, cuando así estuviese establecido en el Pliego de Condiciones de la obra. GASTOS OCASIONADOS POR PRUEBAS Y ENSAYOS Todos los gastos originados por las pruebas y ensayos de materiales o elementos que intervengan en la ejecución de las obras, serán por cuenta de la contrata. Todo ensayo que no haya resultado satisfactorio o que no ofrezca las suficientes garantías podrán realizarse de nuevo a cargo del mismo. LIMPIEZA DE LAS OBRAS Es obligación del Constructor mantener limpias las obras y sus alrededores, tanto de escombros como de materiales sobrantes, hacer desaparecer las instalaciones provisionales que no sean necesarias, así como adoptar las medidas y ejecutar todos los trabajos que sean necesarios para que la obra ofrezca un buen aspecto. 2.4 RECEPCION DE LA OBRA. Esta se realizará con la intervención de la Propiedad, del Constructor y del Director de Obra. Se convocará también a los restantes técnicos que, en su caso, hubiesen intervenido en la dirección con función propia en aspectos parciales o unidades especializadas. Practicando un detenido reconocimiento de las obras, se extenderá un acta con tantos ejemplares como intervinientes y firmados por todos ellos. Desde esta fecha empezará a correr el plazo de garantía, si las obras se hallasen en estado de ser admitidas. Seguidamente, los Técnicos de la Dirección Facultativa extenderán el correspondiente Certificado Final de Obra. Si el Constructor no hubiese cumplido, podrá declararse resuelto el contrato con pérdida de la fianza. Al realizarse la Recepción Provisional de las obras, deberá presentar el Contratista las pertinentes autorizaciones de los Organismos Oficiales de la Provincia, para el uso y puesta en servicio de las instalaciones que así lo requiera. No se efectuará esa Recepción Provisional, ni como es lógico la Definitiva, si no se cumple este requisito. DOCUMENTACION FINAL DE LA OBRA El Director de Obra facilitará a la Propiedad la documentación final de las obras, con las especificaciones y contenido dispuesto por la legislación vigente. MEDICION DEFINITIVA DE LOS TRABAJOS Y LIQUIDACION PROVISIONAL DE LA OBRA

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Recibidas provisionalmente las obras, se procederá inmediatamente por el Técnico a su medición definitiva, con precisa asistencia del Constructor o de su representante. Se extenderá la oportuna certificación por triplicado que, aprobada por el Técnico con su firma, servirá para el abono por la Propiedad del saldo resultante salvo la cantidad retenida en concepto de fianza. PLAZO DE GARANTIA El plazo de garantía será de doce meses, y durante este periodo el Contratista corregirá los defectos observados, eliminará las obras rechazadas y reparará las averías que por esta causa se produjeran, todo ello por su cuenta y sin derecho a indemnización alguna, ejecutándose en caso de resistencia dichas obras por la Propiedad con cargo a la fianza. Tras la Recepción Definitiva de la obra, el Contratista quedará relevado de toda responsabilidad salvo en lo referente a los vicios ocultos de la construcción. CONSERVACION DE LAS OBRAS RECIBIDAS PROVISIONALMENTE Los gastos de conservación durante el plazo de garantía comprendido entre las recepciones provisionales y definitiva, correrán a cargo del Contratista. RECEPCION DEFINITIVA La recepción definitiva se verificará después de transcurrido el plazo de garantía en igual forma y con las mismas formalidades que la provisional, a partir de cuya fecha cesará la obligación del Constructor de reparar a su cargo aquellos desperfectos inherentes a la norma de conservación y quedarán solo subsistentes todas las responsabilidades que pudieran alcanzarle por vicios de la construcción. PRORROGA DEL PLAZO DE GARANTIA Si al proceder al reconocimiento para la recepción definitiva de la obra, no se encontrase ésta en las condiciones debidas, se aplazará dicha recepción definitiva y el Director de Obra marcará al Constructor los plazos y formas en que deberán realizarse las obras necesarias y, de no efectuarse dentro de aquellos, podrá resolverse el contrato con pérdida de la fianza. RECEPCIONES DE TRABAJOS CUYA CONTRATA HAYA SIDO RESCINDIDA En el caso de resolución del contrato, el Contratista vendrá obligado a retirar, en el plazo que se fije, la maquinaria, medios auxiliares, instalaciones, etc., a resolver los subcontratos que tuviese concertados y dejar la obra en condiciones de ser reanudadas por otra empresa. 3. CONDICIONES ECONÓMICAS 3.1 PRINCIPIO GENERAL Todos los que intervienen en el proceso de construcción tienen derecho a percibir puntualmente las cantidades marcadas por su correcta actuación con arreglo a las condiciones contractualmente establecidas. 3.2 FIANZAS Y SEGUROS El Contratista presentará fianza con arreglo a alguno de los siguientes procedimientos según se estipule: a) Depósito previo, en metálico o valores, o aval bancario. b) Mediante retención en las certificaciones parciales o pagos a cuenta en igual proporción.

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EJECUCION DE TRABAJOS CON CARGO A LA FIANZA Si el Contratista se negase a hacer por su cuenta los trabajos precisos para ultimar la obra en las condiciones contratadas, el Director de Obra, los ordenará ejecutar a un tercero, abonando su importe con la fianza depositada DEVOLUCIÓN La fianza retenida será devuelta al Contratista una vez firmada el Acta de Recepción Definitiva de la obra. La Propiedad podrá exigir que el Contratista le acredite la liquidación y finiquito de sus deudas causadas por la ejecución de la obra, tales como salarios, suministros, subcontratos. 3.3 PRECIOS COMPOSICION DE LOS PRECIOS UNITARIOS El cálculo de los precios de las distintas unidades de la obra es el resultado de sumar los costes directos, los indirectos, los gastos generales y el beneficio industrial. Se considerarán costes directos: a) La mano de obra, con sus pluses, cargas y seguros sociales, que intervienen directamente en la ejecución de la unidad de obra. b) Los materiales, a los precios resultantes a pié de obra, que queden integrados en la unidad de que se trate o que sean necesarios para su ejecución. c) Los equipos y sistemas técnicos de la seguridad e higiene para la prevención y protección de accidentes y enfermedades profesionales. d) Los gastos de personal, combustible, energía, etc., que tengan lugar por accionamiento o funcionamiento de la maquinaria e instalaciones utilizadas en la ejecución de la unidad de obras. e) Los gastos de amortización y conservación de la maquinaria, instalaciones, sistemas y equipos anteriormente citados, Se considerarán costes indirectos: Los gastos de instalación de oficinas a pié de obra, comunicaciones, edificación de almacenes, talleres, pabellones temporales para obreros, laboratorios, seguros, etc., los del personal técnico y administrativo adscrito exclusivamente a la obra y los imprevistos. Todos estos gastos, se cifrarán en un porcentaje de los costes directos. Se considerarán Gastos Generales: Los Gastos Generales de empresa, gastos financieros, cargas fiscales y tasas de la administración legalmente establecidas. Se cifrarán como un porcentaje de la suma de los costes directos e indirectos. Beneficio Industrial: El Beneficio Industrial del Contratista se establece en el 6 por 100 sobre la suma de las anteriores partidas. Precio de Ejecución Material:

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Se denominará Precio de Ejecución Material al resultado obtenido por la suma de los anteriores conceptos a excepción del Beneficio Industrial y los gastos generales. Precio de Contrata: El Precio de Contrata es la suma de los costes directos, los indirectos, los Gastos Generales y el Beneficio Industrial. El IVA no integra el precio. RECLAMACIONES DE AUMENTO DE PRECIOS POR CAUSAS DIVERSAS Si el Contratista, antes de la firma del contrato, no hubiese hecho la reclamación u observación oportuna, no podrá bajo ningún pretexto de error u omisión reclamar aumento de los precios fijados en el cuadro correspondiente del presupuesto que sirva de base para la ejecución de las obras. REVISION DE LOS PRECIOS CONTRATADOS Caso de producirse variaciones, se efectuará la correspondiente revisión de acuerdo con la fórmula establecida, percibiendo el Contratista la diferencia, que resulte por la variación del IPC superior al 5 por 100. PRECIOS CONTRADICTORIOS. Si por caso excepcional en el cual fuese necesario la designación de precios contradictorios entre la entidad propietaria y el Contratista, estos precios deberán fijarse por el Director de Obra. A falta de acuerdo se acudirá en primer lugar al concepto más análogo dentro del cuadro de precios del proyecto, y en segundo, al banco de precios de uso más frecuente. Los contradictorios que hubiese se referirán siempre a los precios unitarios de la fecha de contrato. 3.4 OBRAS POR ADMINISTRACION Se denominan “Obras por Administración” aquellas en las que las gestiones que se precisan para su realización las lleva directamente el propietario; bien por sí mismo o por un representante suyo o bien por mediación de un constructor. Las obras por administración se clasifican en las dos modalidades siguientes: a) Obras por administración directa. b) Obras por administración delegada o indirecta. OBRAS POR ADMINISTRACION DIRECTA Se denominan “Obras por Administración Directa” aquella en las que el Propietario por sí o por mediación de un representante suyo, expresamente autorizado a estos efectos, lleve directamente las gestiones precisas para la ejecución de la obra, adquiriendo los materiales, contratando su transporte a la obra y, en suma interviniendo directamente en todas las operaciones precisas para que al personal y los obreros contratados por él puedan realizarla; en estas obras el constructor, si lo hubiese, o el encargado de su realización, es un mero dependiente del propietario, ya sea como empleado suyo o como autónomo contratado por él. OBRAS POR ADMINISTRACIÓN DELEGADA O INDIRECTA Se entiende por “Obra por Administración Delegada o Indirecta” la que convienen un Propietario y un Constructor para que éste, por cuenta de aquél y como delegado suyo, realice las gestiones y los trabajos que se precisen y se convenga.

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Son por tanto, características peculiares de la “Obra por Administración Delegada o Indirecta” las siguientes. - Por parte del Propietario, la obligación de abonar directamente o por la mediación del Constructor todos los gastos inherentes a la realización de los trabajos convenidos, reservándose el Propietario la facultad de poder ordenar, el orden y la marcha de los trabajos, la elección de los materiales y aparatos que en los trabajos han de emplearse y, en suma todos los elementos que crea preciso para regular la realización de los trabajos convenidos. - Por parte del Constructor, la obligación de llevar la gestión práctica de los trabajos, aportando sus conocimientos constructivos, los medios auxiliares precisos y, en suma todo lo que, se requiera para la ejecución de los trabajos, percibiendo por ello de el Propietario un tanto por ciento (%) prefijado. 3.5 VALORACIÓN Y ABONO DE LOS TRABAJOS MEDICIÓN Y VALORACIÓN DE LA OBRA La medición se realizará por el tipo de la unidad fijada en el correspondiente presupuesto. La valoración deberá obtenerse aplicando a las diversas unidades de obra el precio asignado, añadiendo el importe de los tanto por ciento a los imprevistos, beneficio industrial y descontando el % que corresponda a la baja subasta por el Contratista. ABONO DE LOS TRABAJOS El abono de los trabajos se podrá efectuar de las siguientes formas: 1º Tipo fijo o tanto alzado total. Se abonará la cifra previamente fijada como base de la adjudicación, disminuida en su caso en el importe de la baja efectuada por el adjudicatario. 2º Tipo fijo o tanto alzado por unidad de obra, cuyo precio invariable se haya fijado de antemano, pudiendo variar solamente el número de unidades ejecutadas. 3º Tanto variable por unidad de obra, según las condiciones en que se realice y los materiales diversos empleados en su ejecución. 4º Por listas de jornales y recibos de materiales. 5º Por horas de trabajo, ejecutado en las condiciones determinadas del contrato. EQUIVOCACIONES EN EL PRESUPUESTO Si la obra con arreglo al proyecto contiene mayor número de unidades que las previstas no tiene derecho a reclamación alguna, si por el contrario fuera inferior se descontará del presupuesto. RELACIONES VALORADAS Y CERTIFICACIONES Se realizará una relación valorada de las obras ejecutadas durante los plazos previstos, según la medición que haya practicado la Dirección Facultativa. Una vez ejecutada en las condiciones previstas, se valorará aplicando la medición pertinente a cada unidad de obra y los precios señalados en el presupuesto para cada una de ellas, añadiendo lo establecido respecto a mejoras o sustituciones de material y a las obras accesorias u especiales. El contratista podrá presenciar las mediciones, se acompañarán de una nota de envío, al objeto de que en plazo de 10 días de la fecha de recibo de dicha nota pueda el contratista examinarlos devolviéndolos con la firma o hacer aclaraciones u observaciones que considere oportuno. Dentro de los 10 días hábiles siguientes a su recibo el Técnico aceptará o rechazará las reclamaciones del Contratista, si las hubiera, dando cuenta al mismo de la resolución pudiendo acudir ante el propietario contra la resolución del Técnico en la forma prevista de los Pliegos Generales de Condiciones Facultativas y legales. Las certificaciones se remitirán al Propietario dentro del mes siguiente al período en que se ordenen y tendrán carácter de documento, sujetas a las certificaciones y variaciones que se deriven de la liquidación final.

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VALORACIÓN DE LAS OBRAS INCOMPLETAS Se aplicarán los precios del presupuesto sin que pueda pretenderse hacer la valoración de la unidad de obra fraccionándola, en forma distinta a la establecida en los cuadros de comprobación de precios. VALORACIÓN DE UNIDADES NO EXPRESADAS EN EL PLIEGO Se verificará aplicando a cada una de ellas la media que más le sea aproximada y en la forma y condiciones que estime la Dirección Facultativa, multiplicando el resultado por el precio correspondiente. PAGOS Los pagos se efectuarán por el Propietario en los plazos previamente establecidos. INDEMNIZACION POR RETRASO NO JUSTIFICADO EN EL PLAZO DE TERMINACION DE LAS OBRAS La indemnización por retraso en la terminación se establecerá en un tanto por mil del importe total de los trabajos contratados, por cada día natural de retraso, contados a partir del día de terminación fijado en el Calendario de Obra, se descontará y retendrá con cargo a la fianza. 3.6 DOCUMENTACIÓN DE LA OBRA EJECUTADA SEGURO DE LAS OBRAS El Contratista estará obligado a asegurar la obra contratada durante todo lo que dure su ejecución hasta la recepción definitiva. La cuantía del seguro coincidirá en cada momento con el valor que tengan por contrata los objetos asegurados. El importe abonado por la sociedad aseguradora, en el caso de siniestro, se ingresará en cuenta a nombre del Propietario, para que con cargo a ella se abone la obra que se construya y a medida que esta se vaya realizando. El reintegro de dicha cantidad al Contratista se efectuará por certificaciones, como el resto de los trabajos de la construcción. En ningún caso, el Propietario podrá disponer de dicho importe para menesteres distintos del de reconstrucción de la parte siniestrada; la infracción de lo anteriormente expuesto será motivo suficiente para que el Contratista pueda resolver el contrato, con devolución de fianza, abono completo de los gastos, materiales acopiados, etc.; y una indemnización equivalente a los daños causados al Contratista por el siniestro y que no se hubiesen abonado. Los riesgos asegurados y las condiciones que figuren en la póliza o pólizas de seguros, los pondrá el Contratista, antes de contratarlos en conocimiento del Propietario, al objeto de recabar de éste su previa conformidad. DOCUMENTACIÓN DE LA OBRA EJECUTADA Una vez finalizada la obra, el proyecto con la incorporación, en su caso, de las modificaciones debidamente aprobadas, será facilitado al promotor por el director de obra para la formalización de los correspondientes trámites administrativos. A dicha documentación se adjuntará, al menos, el acta de recepción, la relación identificativa de los agentes que han intervenido durante el proceso de edificación, así como la relativa a las instrucciones de uso y mantenimiento del edificio y sus instalaciones, de conformidad con la normativa que le sea de aplicación. 4. CONDICIONES TÉCNICAS.

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4.1 CONDICIONES GENERALES. CALIDAD DE LOS MATERIALES Todos los materiales a emplear en la presente obra serán de primera calidad y reunirán las condiciones exigidas en las condiciones generales de índole técnica previstas en el Pliego de Condiciones. PRUEBAS Y ENSAYOS DE MATERIALES Todos los materiales a que este capítulo se refiere podrán ser sometidos a los análisis o pruebas, por cuentas de la contrata, que se crean necesarios para acreditar su calidad. Cualquier otro que haya sido especificado y sea necesario emplear deberá ser aprobado por la Dirección de Obra, bien entendido que será rechazado el que no reúna las condiciones exigidas para la buena práctica de la construcción. CONDICIONES GENERALES DE EJECUCION Todos los trabajos incluidos en el presente proyecto se ejecutarán esmeradamente, con arreglo a las buenas prácticas de la construcción, de acuerdo con las condiciones establecidas en el Pliego, y cumpliendo estrictamente las instrucciones recibidas por la Dirección Facultativa. 4.2 CONDICIONES QUE HAN DE CUMPLIR LOS MATERIALES. EJECUCION DE LAS UNIDADES DE OBRA. 1.- ALBAÑILERIA. 1.1.- OBJETO. El trabajo comprendido en esta sección del Pliego de Condiciones consiste en el suministro de toda la instalación, mano de obra, equipo, accesorios y materiales, así como en la ejecución de todas las operaciones relacionadas con la obra de albañilería especificada en esta sección. 1.2.- MATERIALES. a) Arena. En este apartado nos referimos a la arena para uso en mortero, enlucidos de cemento, y lechadas de cemento. La arena será de cantos vivos, fina, granulosa, compuesta de partículas duras, fuertes, resistentes y sin revestimientos de ninguna clase. Procederá de río mina o cantera. Estará exenta de arcilla, materiales terrosos y materia orgánica. El contenido total de materias perjudiciales como mica, yeso, feldespato descompuesto y pirita granulada, no será superior al 2%. Forma de los granos será redonda o poliédrica, se rechazarán los que tengan forma de laja o aguja. Tamaño de los granos será de 2,5 mm. Volumen de huecos será inferior al 35%, se podrá comprobar en obra utilizando un recipiente que se enrasará con arena. A continuación se verterá agua hasta que rebose; el volumen del agua admitida será inferior al 35% del volumen del recipiente. b) Cemento. Todo cemento será de tipo Pórtland. Se almacenará en lugar seco, ventilado y protegido de la humedad e intemperie. c) Agua. El agua empleada en el amasado del mortero de cemento estará limpia y exenta de cantidades perjudiciales de aceite, ácido, álcali o materias orgánicas.

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1.3.- MORTERO. No se amasará el mortero hasta el momento en que haya de utilizarse, y se utilizará antes de transcurridas dos horas de su amasado. Se mezclará el árido de modo que quede distribuido uniformemente por toda la masa, después de lo cual se agregará una cantidad suficiente de agua para el amasado de forma que se obtenga un mortero que produzca la dosificación de la mezcla. 2.- TUBERIAS INSTALACIÓN PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS. 2.1.- OBJETO. El trabajo comprendido en la presente sección del Pliego de Condiciones, consiste en el suministro de toda la instalación, mano de obra, equipo, dispositivos y materiales, y en la ejecución de todas las operaciones necesarias para completar la instalación de protección contra incendios, todo ello de acuerdo con el presente Pliego y planos correspondientes con sujeción a los términos y condiciones del contrato. 2.2.- GENERALIDADES. a) Planos. Los planos del proyecto indican la extensión y disposición general del sistema. b) Pliego de Condiciones. No se pretende en el pliego abarcar todos y cada uno de los detalles de construcción y equipo. El contratista suministrará e instalará todos los elementos que sean necesarios para acabar totalmente el trabajo, completo, estén o no dichos detalles particularmente indicados o especificados. c) Productos normales. Los elementos principales serán de la mejor calidad usada para tal finalidad y serán productos de fabricantes de garantía. Cada elemento principal del equipo llevará fijada con seguridad en sitio visible, una placa con el nombre y dirección del fabricante y número de catálogo. No se aceptarán placas que lleven únicamente el nombre de un agente distribuidor. d) Variaciones en los Pliegos de Condiciones. Los productos de cualquier fabricante de garantía dedicado normalmente a la producción comercial de equipo de fontanería, no se excluirán basándose en pequeñas diferencias, siempre que dicho equipo se ajuste en sus características comerciales a los requisitos que se especifican en este Pliego de Condiciones, respecto a materiales, capacidad y funcionamiento. El Contratista entregará una relación que contenga una descripción completa de todos aquellos elementos del equipo de fontanería que se propone suministrar y que no se ajusten a lo especificado en el Pliego de Condiciones, así como las excepciones o reparos que se puedan poner al mismo. El hecho de no entregar tal relación se interpretará en el sentido de que el Contratista está de acuerdo en ajustarse a todos los requisitos del Pliego de Condiciones. e) Relaciones de material y equipo. Tan pronto como sea posible y dentro de los 30 días siguientes a la fecha de adjudicación del contrato y antes de iniciar la instalación de cualquier material, aparato o equipo, se someterá a la aprobación del Ingeniero una lista completa de los materiales, aparatos y equipo que se proponen para la instalación. Esta lista incluirá datos de catálogo, diagramas, curvas de rendimiento de equipos, planos de taller, y cualesquiera otros datos descriptivos que pudiera pedir el Ingeniero. Se rechazarán cualesquiera elementos de materiales o equipo contenidos en la lista que no se ajusten a los requisitos especificados en el Pliego de Condiciones.

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f) Protección durante la construcción. Los aparatos, materiales y equipo que se instalen de acuerdo con esta sección del Pliego de Condiciones se protegerán durante el periodo de construcción con el fin de evitar daños que les pudiera ocasionar el agua, basura, sustancias químicas o elementos mecánicos o de cualquier otra cosa. Los aparatos se cubrirán debidamente y los extremos abiertos de los tubos con casquetes o tapones. Se inspeccionarán cuidadosamente y se limpiarán por completo antes de su instalación en el interior de todos los sifones, válvulas, accesorios, tramos de tubería, etc. A la terminación de todo el trabajo se limpiarán totalmente los aparatos, equipo y materiales. g) Conexiones a los aparatos. El Contratista suministrará todos los materiales y mano de obra necesarios para efectuar las conexiones a los sistemas de protección contra incendios de todos los aparatos y equipo que los precisen. h) Terminación de las tuberías de agua y desagüe. Se prolongarán hasta 2 m de distancia fuera de la parcela, en cuyos lugares se cerrarán con bridas ciegas o tapones y quedarán preparados para efectuar la conexión a los sistemas exteriores de servicios, si tales sistemas no hubieran quedado terminados. Si antes que se efectúe la conexión a los servicios se hubiesen tapado las zanjas o se hubiese cubierto de otro modo las tuberías, se marcarán los lugares donde se encuentren los extremos de cada tubería por medio de estacas u otros medios aceptables. El Contratista suministrará y colocará los contadores de agua. i) Instrucciones de funcionamiento y entretenimiento. Se fijarán las instrucciones impresas de funcionamiento y entretenimiento de cada elemento del equipo en los lugares que designe el Ingeniero. Dichas instrucciones irán montadas en marcos de madera dura con frentes de cristal o montados sobre plástico. j) Lista de piezas y de precios. Con cada elemento de equipo suministrado por un fabricante se suministrarán dos copias de la lista de piezas de repuesto, las listas de precios y manuales de funcionamiento, además de los datos de catálogo y planos de taller necesarios. 2.3.- MATERIALES. a) Las tuberías deberán cumplir con: - La tubería enterrada para agua destinada a la protección contra incendios, será de los diámetros expresados en planos, de polietileno de alta densidad. b) Válvulas. El cuerpo de las válvulas será de latón fundido y sus guarniciones de latón estarán diseñadas para una presión de 10,5 Kg./cm2. Todas las llaves y válvulas que queden al exterior, serán de material niquelado, y en los pasos de tubería por paredes se colocarán arandelas de la misma clase. 2.4.- INSTALACIÓN DE TUBERIAS. a) Conexiones transversales e interconexiones. Ningún aparato, dispositivo o aparato de fontanería se instalará de forma que pueda producir una conexión transversal o interconexión entre sistemas de distribución de agua para beber o para protección contra incendios y otros de aguas contaminadas, tales como los sistemas de desagües, aguas residuales y fecales de forma que pudieran hacer posible el contraflujo de aguas, contaminadas o residuales dentro del sistema de abastecimiento. b) Aspecto. Toda la tubería se instalará de forma que presente un aspecto limpio y ordenado, se pondrán accesorios para todos los cambios de dirección y los tendidos de tuberías se instalarán paralelos o en ángulos rectos.

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c) Dilatación y contracción de las tuberías. Se deberán tomar medidas a través del sistema completo para permitir la dilatación y contracción de las tuberías. Se instalarán anclajes en los puntos medios de los tendidos horizontales para forzar la dilatación por igual en ambos lados. En los tramos rectos que se prevea una dilatación superior a 20 mm se instalarán dilatadores axiales, de manera que no se produzcan tensiones ni deformaciones apreciables, si la dilatación prevista es menor de 20 mm, podrán evitarse los dilatadores utilizando los extremos del tramo recto como puntos de fuga y previendo un punto fijo en el punto medio, de forma que la dilatación se reparta por igual a ambos lados. d) Instalación. Todas las válvulas, registro de limpieza, equipo, accesorios, dispositivos, etc. se instalarán de forma que sean accesibles para su reparación y sustitución. Se respetará en lo posible el diseño, trazado y dimensionamiento de la instalación de tuberías, pero la Dirección Técnica se reserva el derecho de ordenar las variaciones oportunas para amoldarse a los posibles cambios, interferencias y demás condicionantes que pudieran presentarse durante la ejecución de la obra. Las tuberías se instalarán perfectamente alineadas, limpiamente separadas y manteniendo el paralelismo y perpendicularidad en sus trazados, además de un montaje técnicamente correcto, un aspecto armonioso y estético de la instalación, especialmente en los casos en que deba de quedar vista. Los cortes de los tubos serán limpios y perpendiculares al eje, procediéndose posteriormente a la eliminación de rebabas y biselado de los bordes. En los tramos continuos no se admitirá el aprovechamiento de sobrantes de tubos cuya longitud sea inferior al 50% del original. Cuando resulte imprescindible, las tuberías podrán curvarse levemente, siempre mediante la aplicación de calor, rellenando el interior de arena o empleando curvadores hinchables, de forma que no aparezcan pliegues, deformaciones o grietas. El calor se aplicará con llama débil y uniformemente en toda la superficie a curvar, sin que se aprecien quemaduras del material en ningún punto Cuando se efectúen uniones encoladas se empleará un adhesivo adecuado, procediendo del siguiente modo: 1. Después de un achaflanado de la extremidad del tubo, se fijarán las superficies a unir limpiándolas cuidadosamente. 2. Se aplicará, con un trapo limpio, un líquido limpiador, al objeto de evitar la presencia de grasa o cualquier otra sustancia sobre dichas superficies. 3. Mediante una brocha o pincel se aplicará una capa delgada de adhesivo, encajando seguidamente las piezas a tope sin efectuar movimientos de torsión 4. Una vez efectuada la junta se limpiará el exterior de la misma, eliminando el adhesivo sobrante y dejándola secar por espacio de una hora, sin someterla durante este tiempo a esfuerzos que pudieran perjudicar la unión. No se admitirán y en su caso se sustituirán los tubos que presenten fisuras o los bordes en mal estado, ya sea de origen o se hallan producido en el almacenamiento, durante la instalación o después. 2.5.- LLAVES DE PASO. La situación de estas será la que se indica en los planos. Todas las llaves se instalarán en lugares accesibles o se suministrarán paneles de acceso. 2.6.- ENSAYOS.

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a) Generalidades. El Contratista ensayará todos los sistemas de tuberías enterradas, se ensayarán antes de proceder al relleno de las zanjas. El Contratista suministrará el equipo y aparatos necesarios para los ensayos. b) Sistemas de Agua. Para las BIE con manguera semirrígida o con manguera plana, el sistema de BIE se someterá, antes de su puesta en servicio, a una prueba de estanquidad y resistencia mecánica, sometiendo a la red a una presión estática igual a la máxima de servicio y, como mínimo, a 980 kPa (10 kg/cm2), manteniendo dicha presión de prueba durante dos horas, como mínimo, no debiendo aparecer fugas en ningún punto de la instalación. c) Trabajos defectuosos. Si durante los ensayos o durante la inspección se observasen defectos, se retirarán todos los trabajos defectuosos y se sustituirán adecuadamente, después de lo cual se repetirán las pruebas e inspección. Las reparaciones de las tuberías se efectuarán con materiales nuevos. El Contratista general responderá de la instalación durante un año a partir de la recepción definitiva. 2.7.- LIMPIEZA Y AJUSTE. A la terminación de los trabajos se procederá a la limpieza total de la instalación, todo el equipo, tuberías, válvulas, accesorios, etc. se limpiarán perfectamente eliminando de los mismos cualquier acumulación de grasa, suciedad, limaduras metálicas de cortes de metales, etc. Se efectuará adecuadamente la limpieza de las redes de las tuberías, se repararán debidamente por cuenta del Contratista, sin cargo adicional alguno para la Propiedad. Las válvulas y otros elementos del sistema se ajustarán en forma que su funcionamiento resulte silencioso. 2.8.- DIBUJO DE OBRA TERMINADA. El Contratista presentará a la aprobación del Ingeniero cualquier variación a introducir en la obra y presentará al final dos juegos de planos de instalación y obra ya terminada. 3.- EQUIPOS PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS. 3.1.- OBJETO. El trabajo a que se refiere esta sección del Pliego de Condiciones comprende el suministro de todo el equipo, la mano de obra y materiales, así como la ejecución de todas las operaciones relacionadas con la instalación de protección contra incendios. 3.2.- GENERALIDADES. El emplazamiento de los extintores permitirá que sean fácilmente visibles y accesibles, estarán situados próximos a los puntos donde se estime mayor probabilidad de iniciarse el incendio, a ser posible, próximos a las salidas de evacuación y, preferentemente, sobre soportes fijados a paramentos verticales, de modo que la parte superior del extintor quede situada entre 80 cm. y 120 cm. sobre el suelo. Se colocarán bocas de incendios equipadas (BIE) del tipo DN 45 mm, distribuidas según el plano adjuntado. Se comprobará que la presión en la boquilla no sea inferior a dos bar ni superior a cinco bar y, si fuera necesario, se dispondrán dispositivos reductores de presión. La medición de la presión se hace con un manómetro en la válvula de entrada en condiciones estáticas, y posteriormente, hay que abrir la BIE y volver a medir para comprobar que no hay caídas significativas de la presión total debidas a posibles pérdidas de carga en la red. Si las hubiera, debería aumentarse la presión aportada a la BIE en funcionamiento, de forma que se garantice que la red es capaz de suministrar el caudal requerido.

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Deberán montarse sobre un soporte rígido, de forma que la boquilla, la válvula de apertura manual y el sistema de apertura del armario, estén situadas, como máximo, a 1,50 m. sobre el nivel del suelo. La separación máxima entre cada BIE y su más cercana será de 50 m. Se deberá mantener alrededor de cada BIE una zona libre de obstáculos, que permita el acceso a ella y su maniobra sin dificultad. Para las BIE con manguera semirrígida o con manguera plana, el sistema de BIE se someterá, antes de su puesta en servicio, a una prueba de estanquidad y resistencia mecánica, sometiendo a la red a una presión estática igual a la máxima de servicio y, como mínimo, a 980 kPa (10 kg/cm2), manteniendo dicha presión de prueba durante dos horas, como mínimo, no debiendo aparecer fugas en ningún punto de la instalación. 5. NORMATIVA A APLICAR. Para la realización de la obra, se habrá de tener en cuenta toda la normativa vigente de carácter oficial que de alguna manera afecte a cualquiera de las unidades a realizar:

Plan General de Ordenación Urbana de Cubillos del Sil Plan parcial del polígono industrial de Cubillos del Sil. Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León. Ley 10/2002, de 10 de julio, de modificación de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de urbanismo de

Castilla y León. Ley 38/1999, de 5 de Noviembre, de Ordenación de la Edificación. Real decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los

residuos de construcción y demolición. R.D. 2267/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra

incendios en los establecimientos industriales. R.D. 513/2017, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra

incendios. Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la

Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León. Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales. Desarrollo normativo. R.D. 1627/97 por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las

obras de construcción. R.D. 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de

seguridad y salud en el trabajo. R.D. 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de

seguridad y salud en los lugares de trabajo. Normas UNE de aplicación. Normas particulares de la Empresa Suministradora. Normativa autonómica de aplicación. Ordenanzas municipales de aplicación. Cuantas Normas sean de aplicación a la presente obra y estén actualmente en vigor o entren

en el mismo durante el desarrollo de las obras.

Cubillos del Sil, Junio de 2019 Autor del proyecto

Iván Bayón Canseco

Ingeniero Industrial Colegiado 2653 COIILE

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PRESUPUESTO

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ÍNDICE DEL PRESUPUESTO

1. CUADRO DE PRECIOS 1: MANO DE OBRA.

2. CUADRO DE PRECIOS 2: MAQUINARIA.

3. CUADRO DE PRECIOS 3: MATERIALES.

4. CUADRO DE PRECIOS 4: CUADRO DE DESCOMPUESTOS.

5. PRESUPUESTO Y MEDICIONES.

6. RESUMEN DEL PRESUPUESTO.

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LISTADO DE MANO DE OBRA VALORADO (Pres)

CÓDIGO CANTIDAD UD RESUMEN PRECIO IMPORTE ___________________________________________________________________________________________________________________________________________

_____________________________________________________________________________________________ 1

U01AA006 150,000 Hr Capataz 18,80 2.820,00 U01AA011 173,392 Hr Peón suelto 15,55 2.696,25 U01AA015 300,000 Hr Maquinista o conductor 18,00 5.400,00 U01FX001 6,000 Hr Oficial cerrajería 17,50 105,00 U01FX003 6,000 Hr Ayudante cerrajería 15,50 93,00 U01FX105 1.400,000 M2 Mano obra montaje malla ST 6,20 8.680,00 U01FY105 90,000 Hr Oficial 1ª fontanero 17,50 1.575,00 U01FY110 90,000 Hr Ayudante fontanero 15,80 1.422,00 __________________

Grupo U01 ................................ 22.791,25 ___________________________________________________________________________________________________________________________________________

TOTAL ....................................................................................... 22.791,25

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LISTADO DE MAQUINARIA VALORADO (Pres)

CÓDIGO CANTIDAD UD RESUMEN PRECIO IMPORTE ___________________________________________________________________________________________________________________________________________

_____________________________________________________________________________________________ 1

U02FF020 300,000 h Bulldozer de 150 CV con Ripper 23,00 6.900,00 U02LA201 3,640 Hr Hormigonera 250 l. 1,32 4,80 __________________

Grupo U02 ................................ 6.904,80 U39AC006 60,000 Hr Compactador neumát.autp. 60cv 15,00 900,00 U39AH025 180,000 Hr Camión bañera 200 cv 26,00 4.680,00 U39AI012 30,000 Hr Equipo extend.base, sub-bases 42,00 1.260,00 __________________

Grupo U39 ................................ 6.840,00 ___________________________________________________________________________________________________________________________________________

TOTAL ....................................................................................... 13.744,80

Page 75: CAMPA PARA ALMACENAMIENTO DE BIOMASA COF-2019-02.pdf · En este caso, para la campa de biomasa: qvi = 2.500 MJ/m3 (biomasa asimilable a leña) Si = 19.320 m² Ci = 1,3 Ra = 2 hi =

LISTADO DE MATERIALES VALORADO (Pres)

CÓDIGO CANTIDAD UD RESUMEN PRECIO IMPORTE ___________________________________________________________________________________________________________________________________________

_____________________________________________________________________________________________ 1

U04AA001 124,160 M3 Arena de río (0-5mm) 23,00 2.855,68 U04CA001 1,680 Tm Cemento CEM II/B-P 32,5 R Granel 108,20 181,78 U04PY001 1,456 M3 Agua 1,51 2,20 __________________

Grupo U04 ................................ 3.039,65 U22AD305 12,000 M2 Puerta corredera cancela Roper 75,73 908,76 U22KA005 210,000 Ud. Poste 200 cm. tubo acero galv.diam. 48 9,28 1.948,80 U22KA055 56,000 Ud. Poste arranque acero galv. de 2,00 m. 11,32 633,92 U22KE056 1.400,000 M2 Malla galv.s/torsión ST40/14-200 3,02 4.228,00 __________________

Grupo U22 ................................ 7.719,48 U23AA010 3,840 M2 Vidrio incoloro PLANILUX 5 mm. 14,27 54,80 __________________

Grupo U23 ................................ 54,80 U24AA007 1,000 Ud. Contador de agua de 2 1/2" 110,50 110,50 U24BA011 1,000 Ud. Armario fibra vidrio 50/65 mm 120,50 120,50 U24HD023 1,000 Ud. Codo acero galvanizado 90° 2 1/2" 5,14 5,14 U24PD107 7,000 Ud. Enlace recto polietileno 75 mm 6,74 47,18 U24ZX001 1,000 Ud. Collarín de toma de fundición 11,60 11,60 __________________

Grupo U24 ................................ 294,92 U26AR008 2,000 Ud. Llave de esfera 2 1/2" 12,50 25,00 U26GX001 1,000 Ud. Grifo latón rosca 1/2" 6,40 6,40 __________________

Grupo U26 ................................ 31,40 U28DM105 1,000 Ud. Válvula retención PN 10/16 3" 15,50 15,50 __________________

Grupo U28 ................................ 15,50 U35AA010 12,000 Ud. Extintor polvo ABC 9 Kg. 55,71 668,52 U35AB110 12,000 Ud. Armario ext. 6/9 kg en chapa puerta 47,99 575,88 U35AB115 12,000 Ud. Cristal de 3 mm. para armario 6,82 81,84 U35AF307 8,000 M Tubería polietileno 16 atm 75 mm 3,60 28,80 U35AI015 12,000 Ud. Armario completo-manguera 20 m 230,50 2.766,00 __________________

Grupo U35 ................................ 4.121,04 U37OG530 619,500 Ml Tubería polietileno AD75/10 atm 1,80 1.115,10 __________________

Grupo U37 ................................ 1.115,10 U39CE002 3.450,000 M3 Zahorra artificial 14,00 48.300,00 __________________

Grupo U39 ................................ 48.300,00 ___________________________________________________________________________________________________________________________________________

TOTAL ....................................................................................... 64.691,89

Page 76: CAMPA PARA ALMACENAMIENTO DE BIOMASA COF-2019-02.pdf · En este caso, para la campa de biomasa: qvi = 2.500 MJ/m3 (biomasa asimilable a leña) Si = 19.320 m² Ci = 1,3 Ra = 2 hi =

CUADRO DE DESCOMPUESTOS

CÓDIGO CANTIDAD UD RESUMEN PRECIO SUBTOTAL IMPORTE ___________________________________________________________________________________________________________________________________________

_____________________________________________________________________________________________ 1

CAPÍTULO C1 MOVIMIENTO DE TIERRAS 1.01 M2 RETIRADA CAPA VEGETAL A MÁQUINA Y NIVELADO M2. Corta y retirada de capa vegetal, nivelación de capa de zahorra natural existente, carga y transporte de capa A03CD005 0,010 h BULLDOZER DE 150 CV 67,94 0,68 %CI 3,000 % Costes indirectos..(s/total) 0,70 0,02 ______________________________

TOTAL PARTIDA ............................................................. 0,70

Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de CERO EUROS con SETENTA CÉNTIMOS 1.02 M3 ZAHORRA ARTIFICIAL M3. Zahorra artificial de espesor 10 cm medidos tras compactación al PM95, incluso extensión, nivelación y com- U01AA006 0,050 Hr Capataz 18,80 0,94 U01AA011 0,050 Hr Peón suelto 15,55 0,78 U39CE002 1,150 M3 Zahorra artificial 14,00 16,10 U39AI012 0,010 Hr Equipo extend.base,sub-bases 42,00 0,42 U39AH025 0,060 Hr Camión bañera 200 cv 26,00 1,56 U39AC006 0,020 Hr Compactador neumát.autp. 60cv 15,00 0,30 Ç 0,199 % Costes indirectos..(s/total) 3,00 0,60 ______________________________

TOTAL PARTIDA ............................................................. 20,70

Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de VEINTE EUROS con SETENTA CÉNTIMOS

Page 77: CAMPA PARA ALMACENAMIENTO DE BIOMASA COF-2019-02.pdf · En este caso, para la campa de biomasa: qvi = 2.500 MJ/m3 (biomasa asimilable a leña) Si = 19.320 m² Ci = 1,3 Ra = 2 hi =

CUADRO DE DESCOMPUESTOS

CÓDIGO CANTIDAD UD RESUMEN PRECIO SUBTOTAL IMPORTE ___________________________________________________________________________________________________________________________________________

_____________________________________________________________________________________________ 2

CAPÍTULO C2 CERRAMIENTO PARCELAS 2.01 Ml MALLA GALV. ST 40/14 DE 2,00 M. Ml. Cercado con enrejado metálico galvanizado en caliente de malla simple torsión, trama 40/14 de 2,00 m. de al- tura y postes de tubo de acero galvanizado por inmersión, de 48 mm. de diámetro y tornapuntas de tubo de acero galvanizado de 32 mm. de diámetro, i/apertura de hueco, recibido con mortero de cemento y arena de río 1/4 en la U01FX105 2,000 M2 Mano obra montaje malla ST 6,20 12,40 U22KA005 0,300 Ud. Poste 200 cm. tubo acero galv.diam. 48 9,28 2,78 U22KA055 0,080 Ud. Poste arranque acero galv. de 2,00 m. 11,32 0,91 U22KE056 2,000 M2 Malla galv.s/torsión ST40/14-200 3,02 6,04 A01JF004 0,008 M3 MORTERO CEMENTO (1/4) M 10 87,67 0,70 Ç 0,228 % Costes indirectos..(s/total) 3,00 0,68 ______________________________

TOTAL PARTIDA ............................................................. 23,51

Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de VEINTITRES EUROS con CINCUENTA Y UN CÉNTIMOS 2.02 M2 PUERTA CANCELA CORREDERA ROPER M2. Puerta cancela de valla para acceso de vehículos, en hoja de corredera tipo ROPER o equivalente, sin guía superior, con pórtico lateral de sustentación y tope de cierre, fabricada a base de perfiles de tubo rectangular con roldana de contacto, guía inferior con perfil U.P.N. 100 y cuadradillo macizo de 25x25 mm., ruedas torneadas de 200 mm. de diámetro con rodamiento de engrase permanente, incluso p.p. de cerrojo de enclavamiento al suelo, zócalo de chapa grecada galvanizada y prelacada en módulos de 200 mm., montados a compresión y el resto de U01FX001 0,500 Hr Oficial cerrajería 17,50 8,75 U01FX003 0,500 Hr Ayudante cerrajería 15,50 7,75 U22AD305 1,000 M2 Puerta corredera cancela Roper 75,73 75,73 Ç 0,870 % Costes indirectos..(s/total) 3,00 2,61 ______________________________

TOTAL PARTIDA ............................................................. 94,84

Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de NOVENTA Y CUATRO EUROS con OCHENTA Y CUATRO CÉNTIMOS

Page 78: CAMPA PARA ALMACENAMIENTO DE BIOMASA COF-2019-02.pdf · En este caso, para la campa de biomasa: qvi = 2.500 MJ/m3 (biomasa asimilable a leña) Si = 19.320 m² Ci = 1,3 Ra = 2 hi =

CUADRO DE DESCOMPUESTOS

CÓDIGO CANTIDAD UD RESUMEN PRECIO SUBTOTAL IMPORTE ___________________________________________________________________________________________________________________________________________

_____________________________________________________________________________________________ 3

CAPÍTULO C3 INSTALACIÓN CONTRA INCENDIOS 3.01 Ud. EXTINT. POLVO ABC 9 Kg. EF 34A Ud. Extintor de polvo ABC con eficacia 34A para extinción de fuego de materias sólidas, líquidas, productos gase- osos e incendios de equipos eléctricos, de 9 Kg. de agente extintor con soporte, manómetro y boquilla con difusor, U01AA011 0,100 Hr Peón suelto 15,55 1,56 U35AA010 1,000 Ud. Extintor polvo ABC 9 Kg. 55,71 55,71 Ç 0,571 % Costes indirectos..(s/total) 3,00 1,71 ______________________________

TOTAL PARTIDA ............................................................. 58,98

Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de CINCUENTA Y OCHO EUROS con NOVENTA Y OCHO CÉNTIMOS 3.02 Ud. ARMARIO EXTINTOR PUERTA Ud. Armario extintor 6/9 Kg, en chapa galvanizada pintado en rojo, con puerta con cristal, incluido soporte y ci- mentación necesaria para anclaje al suelo en la campa exterior, totalmente instalado y señalizado según RD U01AA011 1,000 Hr Peón suelto 15,55 15,55 U35AB110 1,000 Ud. Armario ext. 6/9 kg en chapa puerta 47,99 47,99 U35AB115 1,000 Ud. Cristal de 3 mm. para armario 6,82 6,82 Ç 0,690 % Costes indirectos..(s/total) 3,00 2,07 ______________________________

TOTAL PARTIDA ............................................................. 72,43

Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de SETENTA Y DOS EUROS con CUARENTA Y TRES CÉNTIMOS 3.03 Ud. BOCA INCENDIO EQUIPADA 45 mm/20m Ud. Boca de incendio equipada BIE formada por cabina de chapa de acero de 650x500x160 mm, pintada en rojo, marco en acero inoxidable con cerradura y cristal, rótulo romper en caso de incendio, devanadera circular croma- da, lanza de tres efectos con racor, válvula de 1 1/2" de latón con racor, 20 m de manguera plana de 45 mm y manómetro de 0 a 16 kg/cm², incluido soporte y cimentación necesaria para anclaje al suelo en la campa exterior, U01FY105 2,500 Hr Oficial 1ª fontanero 17,50 43,75 U01FY110 2,500 Hr Ayudante fontanero 15,80 39,50 U35AI015 1,000 Ud. Armario completo-manguera 20 m 230,50 230,50 U23AA010 0,320 M2 Vidrio incoloro PLANILUX 5 mm. 14,27 4,57 %CI 3,000 % Costes indirectos..(s/total) 318,30 9,55 ______________________________

TOTAL PARTIDA ............................................................. 327,87

Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de TRESCIENTOS VEINTISIETE EUROS con OCHENTA Y SIETE CÉNTIMOS 3.04 Ud. ACOMETIDA RED 2 1/2" -75 mm POLIETIL. Ud. Acometida a la red general de distribución con una longitud máxima de 8 m, formada por tubería de polietileno de 2 1/2" y 16 Atm, brida de conexión, machón rosca, manguitos, llaves de paso tipo globo, válvula antirretorno de 2 1/2", tapa de registro exterior, grifo de pruebas de latón de 1/2", armario homologado por la compañía suminis- U01FY105 1,000 Hr Oficial 1ª fontanero 17,50 17,50 U01FY110 1,000 Hr Ayudante fontanero 15,80 15,80 U24HD023 1,000 Ud. Codo acero galvanizado 90° 2 1/2" 5,14 5,14 U24ZX001 1,000 Ud. Collarín de toma de fundición 11,60 11,60 U24PD107 7,000 Ud. Enlace recto polietileno 75 mm 6,74 47,18 U26AR008 2,000 Ud. Llave de esfera 2 1/2" 12,50 25,00 U24AA007 1,000 Ud. Contador de agua de 2 1/2" 110,50 110,50 U28DM105 1,000 Ud. Válvula retención PN 10/16 3" 15,50 15,50 U26GX001 1,000 Ud. Grifo latón rosca 1/2" 6,40 6,40 U35AF307 8,000 M Tubería polietileno 16 atm 75 mm 3,60 28,80 U24BA011 1,000 Ud. Armario fibra vidrio 50/65 mm 120,50 120,50 %CI 3,000 % Costes indirectos..(s/total) 403,90 12,12 ______________________________

TOTAL PARTIDA ............................................................. 416,04

Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de CUATROCIENTOS DIECISEIS EUROS con CUATRO CÉNTIMOS 3.05 Ml TUBERÍA POLIETILENO AD 75/10 atm Ml. Tubería de polietileno alta densidad de D=75 mm en instalación enterrada, para una presión de trabajo de 10 at- mósferas, incluso p.p. de piezas especiales, enlaces, codos, tés, juntas, pequeño material, excavación en forma- ción de zanjas, cama de arena de 20 cm, rasanteo de la misma, colocación de la tubería, relleno de arena de 15 cm, y terminación de relleno con tierra procedente de excavación, incluido protección mecánica para la tubería de U01FY105 0,100 Hr Oficial 1ª fontanero 17,50 1,75 U01FY110 0,100 Hr Ayudante fontanero 15,80 1,58 U04AA001 0,200 M3 Arena de río (0-5mm) 23,00 4,60 U37OG530 1,050 Ml Tubería polietileno AD75/10 atm 1,80 1,89 %CI 3,000 % Costes indirectos..(s/total) 9,80 0,29 ______________________________

TOTAL PARTIDA ............................................................. 10,11

Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de DIEZ EUROS con ONCE CÉNTIMOS

Page 79: CAMPA PARA ALMACENAMIENTO DE BIOMASA COF-2019-02.pdf · En este caso, para la campa de biomasa: qvi = 2.500 MJ/m3 (biomasa asimilable a leña) Si = 19.320 m² Ci = 1,3 Ra = 2 hi =

CUADRO DE DESCOMPUESTOS

CÓDIGO CANTIDAD UD RESUMEN PRECIO SUBTOTAL IMPORTE ___________________________________________________________________________________________________________________________________________

_____________________________________________________________________________________________ 4

CAPÍTULO C4 SEGURIDAD Y SALUD 4.01 Ud. SEGURIDAD Y SALUD Ud. Realización de toda la seguridad y salud de la obra objeto del proyecto, incluye realización del estudio de se- guridad y salud, protecciones individuales, protecciones colectivas y todo el equipamiento necesario de seguridad Sin descomposición

TOTAL PARTIDA ............................................................. 253,42

Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES EUROS con CUARENTA Y DOS CÉNTIMOS

Page 80: CAMPA PARA ALMACENAMIENTO DE BIOMASA COF-2019-02.pdf · En este caso, para la campa de biomasa: qvi = 2.500 MJ/m3 (biomasa asimilable a leña) Si = 19.320 m² Ci = 1,3 Ra = 2 hi =

CUADRO DE DESCOMPUESTOS

CÓDIGO CANTIDAD UD RESUMEN PRECIO SUBTOTAL IMPORTE ___________________________________________________________________________________________________________________________________________

_____________________________________________________________________________________________ 5

CAPÍTULO C5 GESTIÓN DE RESIDUOS 5.01 M3 CANON DE VERTIDO TIERRA Canon M3. Canon de vertido de tierras al vertedero, i/tasas y p.p. de costes indirectos. U02FW001 1,000 M3 Canon de vertido tierra a vertedero 3,10 3,10 %CI 3,000 % Costes indirectos..(s/total) 3,10 0,09 ______________________________

TOTAL PARTIDA ............................................................. 3,19

Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de TRES EUROS con DIECINUEVE CÉNTIMOS 5.02 Ud. CANON DE VERTIDO RESIDUOS Ud. Canon de vertido a gestor autorizado de todos los residuos especificados en la memoria del proyecto, a ex- cepción de los residuos de tierras procedentes de excavaciones, i/tasas, carga, transporte y p.p. de costes indi- U02FW025 1,000 Ud. Canon vertido residuos 120,00 120,00 %CI 3,000 % Costes indirectos..(s/total) 120,00 3,60 ______________________________

TOTAL PARTIDA ............................................................. 123,60

Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de CIENTO VEINTITRES EUROS con SESENTA CÉNTIMOS

Page 81: CAMPA PARA ALMACENAMIENTO DE BIOMASA COF-2019-02.pdf · En este caso, para la campa de biomasa: qvi = 2.500 MJ/m3 (biomasa asimilable a leña) Si = 19.320 m² Ci = 1,3 Ra = 2 hi =

PRESUPUESTO Y MEDICIONES

CÓDIGO RESUMEN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD PRECIO IMPORTE ___________________________________________________________________________________________________________________________________________

_____________________________________________________________________________________________ 1

CAPÍTULO C1 MOVIMIENTO DE TIERRAS 1.01 M2 RETIRADA CAPA VEGETAL A MÁQUINA Y NIVELADO

M2. Corta y retirada de capa vegetal, nivelación de capa de zahorra natural existente, carga y trans- porte de capa vegetal a vertedero todo ello con medios mecánicos y con p.p. de costes indirectos. 1 200,00 150,00 30.000,00 ______________________________________________________

30.000,00 0,70 21.000,00 1.02 M3 ZAHORRA ARTIFICIAL

M3. Zahorra artificial de espesor 10 cm medidos tras compactación al PM95, incluso extensión, ni- velación y compactación en formación de bases, con p.p. de costes indirectos. 1 200,00 150,00 0,10 3.000,00 ______________________________________________________

3.000,00 20,70 62.100,00 ________________

TOTAL CAPÍTULO C1 MOVIMIENTO DE TIERRAS ................................................................................ 83.100,00

Page 82: CAMPA PARA ALMACENAMIENTO DE BIOMASA COF-2019-02.pdf · En este caso, para la campa de biomasa: qvi = 2.500 MJ/m3 (biomasa asimilable a leña) Si = 19.320 m² Ci = 1,3 Ra = 2 hi =

PRESUPUESTO Y MEDICIONES

CÓDIGO RESUMEN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD PRECIO IMPORTE ___________________________________________________________________________________________________________________________________________

_____________________________________________________________________________________________ 2

CAPÍTULO C2 CERRAMIENTO PARCELAS 2.01 Ml MALLA GALV. ST 40/14 DE 2,00 M.

Ml. Cercado con enrejado metálico galvanizado en caliente de malla simple torsión, trama 40/14 de 2,00 m. de altura y postes de tubo de acero galvanizado por inmersión, de 48 mm. de diámetro y tor- napuntas de tubo de acero galvanizado de 32 mm. de diámetro, i/apertura de hueco, recibido con mortero de cemento y arena de río 1/4 en la sujeción de los postes, tensores, grupillas, accesorios y pequeño material, totalmente montado. 1 150,00 2,00 300,00 1 200,00 2,00 400,00 ______________________________________________________

700,00 23,51 16.457,00 2.02 M2 PUERTA CANCELA CORREDERA ROPER

M2. Puerta cancela de valla para acceso de vehículos, en hoja de corredera tipo ROPER o equiva- lente, sin guía superior, con pórtico lateral de sustentación y tope de cierre, fabricada a base de perfi- les de tubo rectangular con roldana de contacto, guía inferior con perfil U.P.N. 100 y cuadradillo ma- cizo de 25x25 mm., ruedas torneadas de 200 mm. de diámetro con rodamiento de engrase perma- nente, incluso p.p. de cerrojo de enclavamiento al suelo, zócalo de chapa grecada galvanizada y prelacada en módulos de 200 mm., montados a compresión y el resto de tubo rectangular de 50x20x1,5 mm., totalmente montada y en funcionamiento. Puerta entrada 1 6,00 2,00 12,00 ______________________________________________________

12,00 94,84 1.138,08 ________________

TOTAL CAPÍTULO C2 CERRAMIENTO PARCELAS ............................................................................... 17.595,08

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PRESUPUESTO Y MEDICIONES

CÓDIGO RESUMEN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD PRECIO IMPORTE ___________________________________________________________________________________________________________________________________________

_____________________________________________________________________________________________ 3

CAPÍTULO C3 INSTALACIÓN CONTRA INCENDIOS 3.01 Ud. EXTINT. POLVO ABC 9 Kg. EF 34A

Ud. Extintor de polvo ABC con eficacia 34A para extinción de fuego de materias sólidas, líquidas, productos gaseosos e incendios de equipos eléctricos, de 9 Kg. de agente extintor con soporte, ma- nómetro y boquilla con difusor, totalmente instalado según RD 2267//2004. 12 12,00 ______________________________________________________

12,00 58,98 707,76 3.02 Ud. ARMARIO EXTINTOR PUERTA

Ud. Armario extintor 6/9 Kg, en chapa galvanizada pintado en rojo, con puerta con cristal, incluido soporte y cimentación necesaria para anclaje al suelo en la campa exterior, totalmente instalado y señalizado según RD 2267//2004. 12 12,00 ______________________________________________________

12,00 72,43 869,16 3.03 Ud. BOCA INCENDIO EQUIPADA 45 mm/20m

Ud. Boca de incendio equipada BIE formada por cabina de chapa de acero de 650x500x160 mm, pintada en rojo, marco en acero inoxidable con cerradura y cristal, rótulo romper en caso de incen- dio, devanadera circular cromada, lanza de tres efectos con racor, válvula de 1 1/2" de latón con ra- cor, 20 m de manguera plana de 45 mm y manómetro de 0 a 16 kg/cm², incluido soporte y cimenta- ción necesaria para anclaje al suelo en la campa exterior, según RD 2267//2004, totalmente instala- da, señalizada y en funcionamiento. 12 12,00 ______________________________________________________

12,00 327,87 3.934,44 3.04 Ud. ACOMETIDA RED 2 1/2" -75 mm POLIETIL.

Ud. Acometida a la red general de distribución con una longitud máxima de 8 m, formada por tubería de polietileno de 2 1/2" y 16 Atm, brida de conexión, machón rosca, manguitos, llaves de paso tipo globo, válvula antirretorno de 2 1/2", tapa de registro exterior, grifo de pruebas de latón de 1/2", ar- mario homologado por la compañía suministradora y contador verificado, todo ello montado e instala- do según normativa vigente. 1 1,00 ______________________________________________________

1,00 416,04 416,04 3.05 Ml TUBERÍA POLIETILENO AD 75/10 atm

Ml. Tubería de polietileno alta densidad de D=75 mm en instalación enterrada, para una presión de trabajo de 10 atmósferas, incluso p.p. de piezas especiales, enlaces, codos, tés, juntas, pequeño material, excavación en formación de zanjas, cama de arena de 20 cm, rasanteo de la misma, colo- cación de la tubería, relleno de arena de 15 cm, y terminación de relleno con tierra procedente de ex- cavación, incluido protección mecánica para la tubería de conexión de la instalación enterrada con la BIE, totalmente colocada e instalada según normativa vigente. Tubería BIE 590 590,00 ______________________________________________________

590,00 10,11 5.964,90 ________________

TOTAL CAPÍTULO C3 INSTALACIÓN CONTRA INCENDIOS ................................................................ 11.892,30

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PRESUPUESTO Y MEDICIONES

CÓDIGO RESUMEN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD PRECIO IMPORTE ___________________________________________________________________________________________________________________________________________

_____________________________________________________________________________________________ 4

CAPÍTULO C4 SEGURIDAD Y SALUD 4.01 Ud. SEGURIDAD Y SALUD

Ud. Realización de toda la seguridad y salud de la obra objeto del proyecto, incluye realización del estudio de seguridad y salud, protecciones individuales, protecciones colectivas y todo el equipa- miento necesario de seguridad y salud, tramitación respectiva y todo lo necesario de acuerdo con la normativa vigente. 1 1,00 ______________________________________________________

1,00 253,42 253,42 ________________

TOTAL CAPÍTULO C4 SEGURIDAD Y SALUD ........................................................................................ 253,42

Page 85: CAMPA PARA ALMACENAMIENTO DE BIOMASA COF-2019-02.pdf · En este caso, para la campa de biomasa: qvi = 2.500 MJ/m3 (biomasa asimilable a leña) Si = 19.320 m² Ci = 1,3 Ra = 2 hi =

PRESUPUESTO Y MEDICIONES

CÓDIGO RESUMEN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD PRECIO IMPORTE ___________________________________________________________________________________________________________________________________________

_____________________________________________________________________________________________ 5

CAPÍTULO C5 GESTIÓN DE RESIDUOS 5.01 M3 CANON DE VERTIDO TIERRA

M3. Canon de vertido de tierras al vertedero, i/tasas y p.p. de costes indirectos. 300 300,00 ______________________________________________________

300,00 3,19 957,00 5.02 Ud. CANON DE VERTIDO RESIDUOS

Ud. Canon de vertido a gestor autorizado de todos los residuos especificados en la memoria del pro- yecto, a excepción de los residuos de tierras procedentes de excavaciones, i/tasas, carga, transpor- te y p.p. de costes indirectos. 1 1,00 ______________________________________________________

1,00 123,60 123,60 ________________

TOTAL CAPÍTULO C5 GESTIÓN DE RESIDUOS .................................................................................... 1.080,60 ____________ TOTAL ........................................................................................................................................................ 113.921,40

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RESUMEN DE PRESUPUESTO

CAPITULO RESUMEN EUROS ___________________________________________________________________________________________________________________________________

_____________________________________________________________________________________________ 1

C1 MOVIMIENTO DE TIERRAS ..................................................................................................................... 83.100,00 C2 CERRAMIENTO PARCELAS .................................................................................................................... 17.595,08 C3 INSTALACIÓN CONTRA INCENDIOS ...................................................................................................... 11.892,30 C4 SEGURIDAD Y SALUD ............................................................................................................................. 253,42 C5 GESTIÓN DE RESIDUOS ......................................................................................................................... 1.080,60 ____________________ PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL 113.921,40 13,00 % Gastos generales ...................... 14.809,78 6,00 % Beneficio industrial .................... 6.835,28

__________________________________

SUMA DE G.G. y B.I. 21.645,06

21,00 % I.V.A. ...................................................................... 28.468,96

____________________

PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN POR CONTRATA 164.035,42

____________________

TOTAL PRESUPUESTO GENERAL 164.035,42

Asciende el presupuesto a la expresada cantidad de CIENTO SESENTA Y CUATRO MIL TREINTA Y CINCO EUROS con CUARENTA Y DOS CÉNTI-

MOS.

Título del Proyecto: Campa para almacenamiento de biomasa.

Nombre del Peticionario: Sociedad Pública de Infraestructuras y Medio Ambiente de Castilla y León S.A.

Emplazamiento: Parcelas I-39 - I-40, Polígono Industrial de Cubillos del Sil, León.

Cubillos del Sil, Junio de 2019 Autor del proyecto

Iván Bayón Canseco

Ingeniero Industrial Colegiado 2653 COIILE