C Smo Calcular El Valor de La Hora Hombre

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Cómo Calcular el Valor de la Hora Hombre

El pasado 20 de julio de 2010 se ha aprobado el Acta Final de Negociación Colectiva entre la Federación de Trabajadores de Construcción Civil del Perú (FTCCP) y la Cámara Peruana de la Construcción (CAPECO) para el periodo 2010-2011, por lo que considero propicio mostrar el procedimiento de cálculo del valor de la Hora Hombre (HH) para obras de construcción en la ciudad de Lima, procedimiento que podría ampliarse para el cálculo de este valor en condiciones especiales.

El último acta aprobada establece un incremento sobre el Jornal Básico (JB) de S/. 2.00, S/. 1.40 y S/. 1.30 para el operario, oficial y peón, además establece una Bonificación por Especialización de 7% para los operarios especializados en soldadura de alta precisión o trabajos de montaje electromecánicos, lo que amplia la Bonificación Unificada de Construcción (BUC) del 325 al 37 % para dichos operarios.

Se establece adicionalmente ampliar los beneficios de la Bonificación por Altura equivalente al 5% del jornal básico (tasa única) a los trabajadores que laboren en el tendido de cables eléctricos en torres, en el montaje de estructuras metálicas prefabricadas o soldadas, en el montaje in situ de partes prefabricadas de puentes, y en todas las actividades electromecánicas que generen riesgo de caída. Este beneficio será de aplicación a partir de los 5 metros de altura contados a partir de la cota del suelo y solo en aquellas labores que impliquen riesgo de caída del trabajador.

Podemos entonces indicar que los montos de los Jornales Básicos vigentes por categoría, así como las tasas de las bonificaciones vigentes es la siguiente:

CategoríaJornal Básico

Bonificaciones

Unificada de Construcción

AlturaContacto

con el aguaMovilidad

DiariaOperario Especializado

S/. 42.80 37% 5% 20% S/. 7.20

Operario S/. 42.80 32% 5% 20% S/. 7.20Oficial S/. 37.50 30% 5% 20% S/. 7.20Peón S/. 33.60 30% 5% 20% S/. 7.20

Asimismo debemos tomar en cuenta que actualmente coexisten dos regimenes previsionales a los cuales se adscriben los trabajadores, el primero el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) de carácter estatal, y el segundo el Sistema Privado de Pensiones (SPP). La diferencia principal entre estos regimenes se da por que al tener los trabajadores de construcción civil un sistema de jubilación anticipada debido a las condiciones propias de su labor, se ha establecido un aporte adicional del 2% en forma solidaria entre el empleador y trabajador. Este costo adicional de 1% de los ingresos del trabajador que aporta el empleador constituye la diferencia entre el SNP y SPP, por eso veremos como afecta esto al valor de la HH.

Vamos a calcular en primer lugar las incidencias que las Leyes Sociales establecidas por su régimen laboral y que afectan el Jornal Básico, lo haremos suponiendo lo siguiente:

La labor se calculara en el periodo de vigencia del pacto colectivo, es decir entre el 01 de junio de 2010 y el 31 de mayo de 2011

La jornada laboral es de 8.5 horas de lunes a viernes y 5.5 horas los sábados, con un total de 48 horas semanales.

Se considera un trabajador con tres (3) hijos en edad escolar. El monto del pasaje urbano para Lima Metropolitana es en promedio de S/.

1.20, lo que da una bonificación por movilidad diaria de S/. 7.20

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Las condiciones de trabajo son normales Cada día equivale a un jornada de 8 horas

Para calcular las incidencias hemos de calcular primero los días efectivamente laborados en el periodo señalado, recordando que para el país existen once semanas al año donde acontecen feriados nacionales no laborable, así como cincuenta y dos domingos que tampoco se labora normalmente. A cada día feriado le corresponde una jornada laboral en la que no se trabaja pero se recibe remuneración.

Sem Feriado Día Dom Feriado1 Día del Papa Mar 1 1.06252 Fiestas Patrias M y J 1 2.12503 Santa Rosa Lun 1 1.06254 Día de Grau Vie 1 1.06255 Día Construcción Civil Lun 1 1.06256 Día Todos los Santos Lun 1 1.06257 Inmaculada Concepción Lun 1 1.06258 Navidad Sáb 1 0.68759 Año Nuevo Sáb 1 0.6875

10 Semana Santa J y V 1 2.125011 Día del Trabajo Dom 1 0.0000

12-52 Semana Normal 41 0.0000Total 52 12.0000

Dias Laborados = 365d -52d - 12d = 301 d

Cálculo de las Incidencias de las Leyes SocialesVigencia: Desde el 01/06/10 al 31/05/11

Del cuadro anterior podemos deducir que en el periodo se laboran efectivamente 301 días, se descansa 12 días por feriados y 52 días por dominical, en base a estos valores podemos deducir las incidencias. La parte decimal de estos valores se explica porque consideramos a cada día como una jornada laboral de 8 horas que es la que equivale al Jornal Básico.

Podemos entonces deducir la incidencia de cada uno de los beneficios sociales que tiene el trabajador de Construcción Civil y que detallamos a continuación:

Incidencia del descanso dominical: Existen 52 días de descanso dominical al año que inciden sobre los 301 días que se labora efectivamente y cuya incidencia es la siguiente:

52301

Incidencia del Dominical: = 17.28%

Incidencia de los feriados: Para el país existen al año 12 días de descanso correspondientes a feriados nacionales, además en este periodo coincide que el feriado de 1 de Mayo cae en día domingo por lo que debe pagarse adicionalmente

13301

Incidencia del Feriado: = 4.32%

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Podría analizarse también el efecto de feriados regionales en el cálculo de esta incidencia

Incidencia de la gratificación: El trabajador recibe dos veces al año 40 JB de gratificación en los periodos de julio y diciembre, es decir 80JB al año que equivalen a 80 días de labor.

80301

Incidencia de la Gratificación: = 26.58%

Incidencia de la escolaridad: El trabajador recibe al año 30 JB por cada hijo en edad escolar o que inclusive este realizando estudios técnicos o universitarios, en promedio consideraremos 3 hijos que tienen ese derecho y que equivalen a 90 días de labor.

90301

Incidencia de la Escolaridad: = 29.90%

Incidencia de las vacaciones: El régimen laboral establece el pago de un 10% del jornal básico por cada día que se labore, indicando expresamente que cuando un trabajador acumule 260 días de labor la compensación vacacional equivale a 30JB, por lo tanto estoy asumiendo que en 301 días de labor le corresponden 30 días por los primeros 260 días y el 10% del saldo, es decir 34.1 días.

34.1301

Incidencia de las Vacaciones: = 11.33%

Incidencia del overol: El acuerdo de Pacto Colectivo del año 2007 estableció que todo trabajador debe recibir al inicio de su relación laboral dos overoles. El costo de estos overoles debe amortizarse en el periodo laboral del trabajador, y si además establecemos un valor promedio del overol en S/. 75.00, podemos deducir que por cada día de labor amortizaremos S/.0.56 por cada día laborado.

150.00S/. 301

Incidencia del Overol: = 0.50S/.

Incidencia del seguro de vida: para obras cuyo valor sea mayor a 250 UIT es obligatorio el pago del seguro de vida del trabajador, este monto equivale a S/. 5.00 mensuales, es decir S/.60.00 al año que dividido entre los 301 días que se labora efectivamente y equivale a S/. 0.20 por cada día laborado.

60.00S/. 301

Incidencia del Seguro de Vida: = 0.20S/.

Luego de calcular las incidencias de las leyes sociales deducidas en función a los días laborados al año encontraremos que existen leyes sociales ya establecidas que afectan al jornal básico por cada día de labor y que son la compensación por tiempo de servicio o mejor conocida como liquidación que equivale al 15%, el aporte a ESSALUD que equivale al 9%, el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) cuyo porcentaje depende de las condiciones de obra así como la calificación de seguridad que tenga la empresa y que nosotros estableceremos en promedio de 3%. A estos porcentajes establecidos debemos añadir, en el caso de los trabajadores afiliados al SPP, un aporte adicional de 1%.

Los porcentajes deducidos inicialmente generan ingresos adicionales al trabajador,

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estos ingresos pueden estar o no afectos a los aportes indicados en el párrafo anterior por lo que podemos resumirlos como sigue:

JB BUC JB BUCPorcentajes Establecidos

Liquidación 15% 15%Essalud 9% 9% 9% 9%Sctr 3% 3% 3% 3%Aporte AFP 1% 1%

Total 1 27% 12% 28% 13%Porcentajes Deducidos

Dominical 17.28% 17.28%Feriados 4.32% 4.32%Gratificación 26.58% 26.58%Vacaciones 11.33% 11.33%Escolaridad 29.90% 29.90%

Total 2 89.40% 0.00% 89.40% 0.00%Essalud

Dominical 1.55% 1.55%Feriados 0.39% 0.39%Gratificación 2.39% 2.39%Vacaciones 1.02% 1.02%

Total 3 5.36% 0.00% 5.36% 0.00%Sctr

Dominical 0.52% 0.52%Feriados 0.13% 0.13%Gratificación 0.80% 0.80%Vacaciones 0.34% 0.34%

Total 4 1.79% 0.00% 1.79% 0.00%Aporte AFP

Dominical 0.17%Feriados 0.04%Gratificación 0.27%Vacaciones 0.11%

Total 4 0.00% 0.00% 0.60% 0.00%

Afiliado al SPPAfiliado al SNPVigencia: Desde el 01/06/10 al 31/05/11

Cálculo de las Incidencias de las Leyes Sociales

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ResumenJB BUC JB BUC

Porcentajes Establecidos 27.00% 12.00% 28.00% 13.00%Porcentajes Deducidos 89.40% 0.00% 89.40% 0.00%Essalud 5.36% 0.00% 5.36% 0.00%Sctr 1.79% 0.00% 1.79% 0.00%Aporte AFP 0.60% 0.00%

Total 123.54% 12.00% 125.14% 13.00%

Cálculo de las Incidencias de las Leyes SocialesVigencia: Desde el 01/06/10 al 31/05/11

Afiliado al SNP Afiliado al SPP

Con este resumen mostramos que las incidencias de las leyes sociales que afectan al Jornal Básico equivalen a 123.54% y 125.14% para los trabajadores afiliados al SNP y SPP respectivamente, asimismo la BUC se ve afectada por las leyes sociales en un 12% y 13% para los trabajadores afiliados al SNP y SPP respectivamente.

Con estos porcentajes podemos deducir el valor de la hora hombre de la siguiente manera:

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Operario

Especialista(2) Operario Oficial Peón

Jornal Básico 42.80 42.80 37.50 33.60 BUC 15.84 13.70 11.25 10.08 Leyes Sociales sobre JB 123.54% 52.88 52.88 46.33 41.51 L.S. sobre BUC 12.00% 1.90 1.64 1.35 1.21 Movilidad 7.20 7.20 7.20 7.20 Overol 0.50 0.50 0.50 0.50

Día 121.11 118.71 104.13 94.10 HH 15.14 14.84 13.02 11.76

Obras > 250UIT(1)

Seguro Vida 0.20 0.20 0.20 0.20 Día 121.31 118.91 104.33 94.30 HH 15.16 14.86 13.04 11.79

Operario Especialista

Operario Oficial Peón

Jornal Básico 42.80 42.80 37.50 33.60 BUC 15.84 13.70 11.25 10.08 Leyes Sociales sobre JB 125.14% 53.56 53.56 46.93 42.05 L.S. sobre BUC 13.00% 2.06 1.78 1.46 1.31 Movilidad 7.20 7.20 7.20 7.20 Overol 0.50 0.50 0.50 0.50

Día 121.95 119.53 104.84 94.73 HH 15.24 14.94 13.10 11.84

Variación 0.69% 0.69% 0.68% 0.68%

Obras > 250UIT(1)

Seguro Vida 0.20 0.20 0.20 0.20 Día 122.15 119.73 105.04 94.93 HH 15.27 14.97 13.13 11.87

Variación 0.69% 0.69% 0.68% 0.68%

(2) Para trabajadores que laboren en el tendido de cables eléctricos en torres , en el montaje de estructuras metá l icas prefabricadas o soldadas , en el montaje in s i tu de partes prefabricadas de puentes y en todas las actividades electromecanicas que generen riesgo de ca ida

OBREROS AFILIADOS AL SPP

OBREROS AFILIADOS AL SNP

Cálculo del Costo Horario de la Mano de ObraVigencia: Desde el 01/06/10 al 31/05/11

(1) En obras cuyo presupuesto supere las 250UIT es obl igatorio contratar el seguro ESSALUD VIDA para cada trabajador

Finalmente hemos encontrado los valores de la hora hombre para las condiciones planteadas, estas condiciones pueden adaptarse a condiciones de obra específicas que otorgan bonificaciones tales como labores en altura, en contacto con el agua y altitud, estas bonificaciones generan adicionalmente aportes del empleador a ESSALUD, SCTR y AFP, así si otorgamos una bonificación esta se vera

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incrementada por las leyes sociales de la misma manera que afectan a la BUC en un 12% o 13% ya sea en SNP o SPP respectivamente.

Este modelo de planteamiento permitiría deducir otros escenarios al momento de presupuestar tales como periodos de obra específicos (Cuál sería el valor de la HH si su obra es estacional, por ejemplo de abril a noviembre) promedio de hijos en edad escolar inferior a 3, feriados regionales no contemplados en el análisis, bonificación por movilidad acumulada en función al pasaje urbano de la localidad, labores en campamento (no se paga movilidad pero si viáticos), promedio de trabajadores en SNP o AFP, Horas Extras, trabajo nocturno, etc.

D A T O S P E R S O N A L E S

JORGE BLANCO Ingeniero Civil egresado de la URP Profesor en la UPC y URP Instructor del S10 Especialista en Costos, presupuestos y Valorizaciones de [email protected]