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PER Ú Ministerio de Salud Direcci ó n General de Medicamentos, Insumos y Drogas PER Ministerio de Salud Dirección de Salud IV Lima Este
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE MEDICAMENTOS,
INSUMOS Y DROGAS
DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN, CONTROL Y VIGILANCIA SANITARIA
TEMA: BUENAS PRÁCTICAS DE
ALMACENAMIENTO
Q.F. FANNY V. MESIAS FLORES
I. DE LA RECEPCIÓN
Antes de recepcionar los productos, se debe confrontar los documentos presentados por el proveedor, con el requerimiento u orden de compra:
a) Nombre del producto.
b) Concentración y forma farmacéutica.
c) Fabricante.
d) Presentación.
e) Cantidad solicitada; y
f) Otros doc. establecidos en o/c
Procedimiento de que hacer en caso de discrepancias.
Al momento de la recepción, se verificará la
cantidad recibida y realizará una inspección de las
características externas de una muestra
representativa del producto.
La inspección incluirá la revisión de:
a. Embalaje.
b. Envases
c. Rotulados,
d. Contenido.
I. DE LA RECEPCIÓN
Envase Inmediato: Ausencia de manchas o cuerpos
extraños; que no presente grietas, rajaduras o
perforaciones; que el cierre o sello sea seguro y banda
de seguridad intacta; que no se encuentren deformados.
I. DE LA RECEPCIÓN
Rótulos: Legibles, indelebles, en caso de etiquetas deben estar bien adheridas al envase.
I. DE LA
RECEPCIÓN
I. DE LA RECEPCIÓN
En esta etapa es importante detectar alguna alteración en las
características físicas como: Color, Olor y Forma
PRODUCTOS CON OBSERVACIÓN SANITARIA
• Los EEFF no deben comercializar productos de muestras
médicas que son exclusivos para profesionales de salud.
SE RECOMIENDA:
Verificar que en los envase del producto no consigne la
inscripción muestra medica - prohibida su venta.
Las muestras médicas; mayormente tienen indicios del
borrado de la inscripción muestra medica - prohibida su
venta.
Las áreas del establecimiento debe tener dimensiones
apropiadas que permitan una organización correcta de
los productos, evite confusiones y riesgos de
contaminación y permita una rotación correcta de las
existencias.
II.- DEL ALMACENAMIENTO
II.- DEL ALMACENAMIENTO
El área depende de:
Volumen y cantidad
de productos a
almacenar.
Frecuencia de
adquisiciones y
rotación de stock.
Requerimiento de
condiciones especiales de almacenamiento: Cadena de frío, temperatura, luz y humedad, controladas.
II.- DEL ALMACENAMIENTO
II.- DEL ALMACENAMIENTO
Artículo 14° El Almacén deberá contar con áreas separadas, delimitadas o definidas:
Área de recepción Área de almacenamiento
• condiciones especiales.
• controles especiales.
• de baja y devueltos.
• cuarentena
Área de embalaje y despacho.
Área administrativa.
Artículo 37º
Área de recepción de
productos.
Área de dispensación y/o
expendio.
Área de almacenamiento.
Área de productos
controlados.
Área de baja o rechazados.
Otras debidamente
separadas e identificadas…
II.- DEL ALMACENAMIENTO
Los Servicios sanitarios, vestidores y comedor, deben ubicarse fuera del área de almacenamiento.
II.- DEL ALMACENAMIENTO
Art 40°
Funcionamiento de farmacias o boticas dentro de locales que realizan otras actividades o negocios
Consideraciones para el diseño de las áreas: a) Ubicación, evitando riesgos
II.- DEL ALMACENAMIENTO
b) Paredes de fácil limpieza, piso de concreto, de superficie lisa, techos de material que no permita el paso de los rayos solares ni de acumulación de calor.
II.- DEL ALMACENAMIENTO
c) Fácil movimiento: Espacio interior que facilite movimiento de personal y productos,
se recomiendan diseños de una sola planta. Procurar operaciones de manera UNIDIRECCIONAL.
II.- DEL ALMACENAMIENTO d) Adecuada circulación de aire: Contar con ventilación natural o artificial. Ventanas mínimas, mayor altura y protegidas.
II.- DEL ALMACENAMIENTO Disponer de: Tarimas o parihuelas de plástico, madera o metal;
Estantes, armarios o vitrinas; Materiales de limpieza;
II.- DEL ALMACENAMIENTO
Disponer de: Ropa de trabajo y cuando se requieran:
casco, zapatos con punta de metal, mascarilla, guantes, campana extractora, entre otros;
Botiquín de primeros auxilios;
Mobiliario e implementos de oficina;
Implementos exigidos en las normas de seguridad laboral.
II.- DEL ALMACENAMIENTO
Los estantes y parihuelas deben guardar entre si una distancia adecuada y estar colocados a una distancia mínima de 30 cm de la pared.
En ningún caso debe colocarse los productos directamente en el piso.
Los estantes de almacenamiento del área de dispensación de la oficina farmacéutica no requieren de una distancia mínima de 30 cm de la pared.
II.- DEL ALMACENAMIENTO
Las Áreas de almacenamiento deben estar limpias, libres de desechos acumulados, insectos y otros animales.
II.- DEL ALMACENAMIENTO
Se debe contar con un programa de saneamiento escrito disponible para el personal involucrado, el cual debe indicar frecuencia, métodos y material a ser utilizados.
II.- DEL ALMACENAMIENTO
Para la ubicación de los productos en el almacén, considerar:
a) Fijo
b) Fluido
c) Semifluido
II.- DEL ALMACENAMIENTO
Los productos sujetos a medidas de almacenamiento ESPECIALES se deben identificar y almacenar de acuerdo a instrucciones escritas y según las disposiciones legales vigentes.
II.- DEL ALMACENAMIENTO
Los equipos requeridos para mantener y controlar dichas condiciones deben ser revisados a intervalos predeterminados de acuerdo al tipo de equipo o instrumento y los resultados registrados y archivados.
II.- DEL ALMACENAMIENTO
Cuando se requieran áreas con condiciones ambientales especiales de almacenamiento, estas deben ser permanentemente controladas, registradas cuando corresponda y tomarse las medidas correctivas necesarias.
II.- DEL ALMACENAMIENTO
Establecer el control de existencias, mediante toma de inventarios periódicos de los mismos el que será de utilidad para: Verificar registro de existencia, identificar la existencia de excedentes, perdidas, controlar fecha de vencimiento, condiciones de almacenamiento, planificar futuras adquisiciones.
III . DE LA DISTRIBUCION
Los productos
terminados se transportaran de modo que:
Conserven su
identificación.
No contaminen o no sean contaminados por otros productos o materiales.
Se eviten derrames, rupturas o robos.
III . DE LA DISTRIBUCION
Los productos terminados se
transportaran de modo que: Estén seguros y no sujetos a
grados inaceptables de calor, frío, luz, humedad u otra influencia adversa, ni al ataque de microorganismos o insectos.
Si requieren almacenamiento a Tº controlada, sean transportados por medios especializados, apropiados, para no romper la cadena de frío.
III.- DE LA DISTRIBUCION
Deben existir procedimientos de
embalaje por tipo de producto, para su
adecuada conservación durante el
transporte, en particular para los
productos termolábiles y frágiles.
La distribución se debe realizar
estableciendo un sistema que asegure
la adecuada rotación de los productos
(FIFO – FEFO).
La documentación tiene por objeto especificar los procedimientos de cada etapa del Sistema de Almacenamiento y los registros de su ejecución, así como las funciones del personal involucrado.
IV . DE LA DOCUMENTACIÓN
Los documentos deben ser diseñados, revisados y distribuidos cuidadosamente.
El contenido debe ser claro, preciso y libre de expresiones ambiguas.
Debe indicar el titulo, el contenido, el nombre y firma de la persona que lo aprueba y la validez del mismo.
IV . DE LA DOCUMENTACIÓN
Los documentos deben revisarse regularmente y
mantenerse actualizados.
Se debe establecer mecanismos por el cual se
impida el uso accidental de documentos no
vigentes.
IV . DE LA DOCUMENTACIÓN
IV . DE LA DOCUMENTACIÓN
Deben mantenerse documentos referentes a:
Todas las compras.
Recepciones.
Controles.
Despacho de productos.
Exámenes médicos.
Otros
(Artículo 39°)
*Primeros auxilios y emergencias toxicológicas;
*Buenas Prácticas que debe cumplir la Oficina Farmacéutica.
DEFINIR CLARAMENTE LAS FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES
Organigrama
Políticas de Personal
Definición de cada puesto
Funciones Generales
Funciones Específicas
IV . DE LA DOCUMENTACIÓN
Documentos que deben ser conocidos y accesibles al
personal involucrado:
Recepción de PF, DM y PS Almacenamiento PF, DM y PS , Dispensación de productos, Evaluación de recetas, Devoluciones, Reclamos, Manejo de productos vencidos y/o
deteriorados. Inventario, Limpieza, Capacitación, Farmacovigilancia, Seguimiento Farmacoterapeutico.
IV . DE LA DOCUMENTACIÓN
Documentos que deben ser conocidos y accesibles al
personal involucrado:
IV . DE LA DOCUMENTACIÓN
Artículo 37°
En lugar visible del área de dispensación deben exhibirse:
Copia legible del título profesional del DT.
Autorización Sanitaria de Funcionamiento.
Nombre del DT y profesionales QF Asistentes con su respectivo horario de atención.
IV . DE LA DOCUMENTACIÓN
Artículo 38º
Libros oficiales o registros electrónicos:
De recetas;
De control de estupefacientes;
De control de psicotrópicos;
De ocurrencias.
V.- DE LOS RECLAMOS
Deben existir mecanismos que faciliten la presentación de reclamos y devoluciones de parte de los usuarios. El procedimiento interno señalar las responsabilidades y medidas a adoptarse.
V.- DE LOS RECLAMOS
Cada reclamo
debe dar lugar
a un
documento o
registro que
permita realizar
un análisis.
VI.- DEL RETIRO DEL MERCADO
Debe existir procedimientos escritos para el retiro del
mercado en forma rápida y efectiva de un producto.
Designar una persona como responsable de la ejecución y
coordinación de las ordenes de retiro de un producto.
Se debe contar con registros de la distribución, para
recuperación de productos.
VI.- DEL RETIRO DEL MERCADO
Instrucciones escritas para almacenar en lugar seguro y
separado.
Registro del desarrollo del proceso de retiro y redactarse un
informe.
Conciliación de las cantidades distribuidas y retiradas.
Comunicar a la Autoridad de Salud del retiro de un producto
del mercado, por un defecto real o sospecha de ello.
VII. DEL PERSONAL
El personal debe poseer la experiencia y calificación
adecuada.
Las tareas especificas de cada persona deben
definirse por escrito.
VII. DEL PERSONAL
Todo el personal debe recibir adiestramiento en las
prácticas de higiene personal y someterse a exámenes
médicos regulares.
VII. DEL PERSONAL
Debe vestir ropas adecuadas a las labores que
realiza incluyendo aditamentos protectores.
VII. DEL PERSONAL
Debe prohibirse el fumar, comer, beber o masticar,
como también el mantener plantas, alimentos, bebidas,
medicamentos y otros objetos de uso personal.
VII. DEL PERSONAL
Debe conocer el BPA y los documentos señalados. Debe
recibir capacitación adecuada a las responsabilidades
que se le asigna.
VII. DEL PERSONAL
Continúa Evaluación Registros
La capacitación debe ser continua y debe evaluarse su efectividad periódicamente.
Los programas de capacitación deben estar al alcance de todo el personal y se debe llevar un registro de dichos programas.
VII. DEL PERSONAL
Artículo 41°
Director Técnico de las Oficinas Farmacéuticas
Artículo 43°
Competencias del personal
El personal técnico en farmacia que labora en las farmacias y boticas debe contar con título que lo acredite como tal.