32 Razones Inaceptables Spd
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Sin riesgo seguridad laboral de maestros El Sol de Toluca 4 de septiembre de 2013
SILVIA GONZÁLEZ TENORIO
El secretario general del Sindicato de Maestros al Servicio del Estado de México, Héctor Ulises Castro Gonzaga, hizo un llamado al magisterio estatal a estar tranquilo, pues con la aprobación de la Ley de Servicio General Docente no se pone en riesgo su seguridad laboral, y aseguró que el SMSEM seguirá cumpliendo con defender los derechos de sus agremiados.
En entrevista durante su visita a esta casa editora, el líder de los 94 mil profesores que conforman el SMSEM, reconoció que hay cierta
inquietud entre algunos docentes, pues creen que un examen puede definir su permanencia o no en el servicio, sinembargo, es algo que no está en juego.
Expresó que si bien esta ley implica una evaluación para los maestros en servicio, existen tres oportunidades para ser examinados, al menos cada cuatro años, por lo que habrá oportunidad de capacitarse y actualizare en caso de que así se requiera. En el caso de los recién egresados de escuelas normales, sí serán evaluados en el mismo año.
Sin embargo, los maestros mexiquenses son un sector comprometido y preparado que está en las aulas y trabajan unidos con las autoridades y los padres de familia, a favor de la educación de miles de niños y jóvenes.
Recordó que actualmente en el Estado de México ya se evalúa a los maestros, pero es un examen voluntario, cuando ahora a nivel nacional será obligatorio, el cual se realizará a través del Instituto Nacional de Evaluación.
Héctor Ulises Castro, líder sindical del SMSEM.
En este sentido, recordó que se ha solicitado al instituto que evalúa a nivel estatal, tener una representación de los maestros, no para influir al interior, sino para contribuir en la materia, sin embargo, no se ha dado respuesta; mientras al instituto nacional, se han enviado propuestas de foros realizados por el magisterio mexiquense.
Sostuvo que es fundamental la preparación en todos los ámbitos, en lo cual trabajará el SMSEM, pues no se puede enseñar lo que no se sabe, desde cómo trasmitir el conocimiento, hasta cómo tratar conflictos, la apertura a la lectura, enfrentar situaciones sociales dentro de la misma escuela, lo cual se aprende en la práctica, pero actualizarse y prepararse es fundamental y determinante.
Castro Gonzaga reiteró que el SMSEM siempre estará atento para defender y evitar se transgredan los derechos de los maestros, quienes deben tener la certeza de que no van a ser removidos de su espacio de trabajo, se les defenderá, por lo que les pidió trabajar, dar la oportunidad a la sociedad de demostrar que los maestros mexiquenses tienen el plus de que saben hacer bien las cosas.
Asimismo, sostuvo que también es importante formar investigadores maestros, donde los conocimientos aterricen en el aula, no se puede estar pasivo, se debe ser propositivo y activo.
Aseguró que ya se trabaja en una estrategia para informar a la base a través de los delegados sobre el contenido preciso de la Ley de Servicio Profesional Docente, pues se sabe que la incertidumbre afecta.(a)
28 agosto, 2013
32 razones inaceptables en la Ley del Servicio
Profesional Docente
Archivado en: Documentos — cnteseccion9 @ 17:36
Lic. Manuel Fuentes Muñiz [*]
Porque:
1.- Se aplica de manera retroactiva la ley en perjuicio de quienes laboran actualmente en educación básica y media
superior, contrariando el artículo 14 Constitucional (Art.1)
2.- Afecta a todos los trabajadores magisteriales a nivel federal, estatal, del Distrito Federal, municipal y de organismos
descentralizados (Art. 3)
3.- Se derogan todos los derechos adquiridos (Transitorio Segundo)
4.- Las autoridades educativas pueden anular derechos “sin necesidad de declaración judicial” (Arts. 32, 40, 44)
5.- Desconoce la calidad “de trabajadores” a quienes laboran en el magisterio al convertirlos en “sujetos
administrativos” violando el artículo 123 Constitucional.
6.- Cuatro temas: ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia en el empleo magisterial son ahora “condiciones
administrativas” y dejan de ser derechos laborales.
7.- Otorga facultades al Secretario de Educación Pública federal (SEP), léase presidente de la república, para estar por
encima de la soberanía de los estados de la república para autorizar a los gobernadores lineamientos en los cuatro
temas (Art. 8 I)
8.- Permite a la SEP imponer lineamientos generales en la prestación del Servicio de Asistencia Técnica a la Escuela en la
Educación Básica (Art. 10 VII)
9.- Permite al Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE) imponer y autorizar, por encima de la
soberanía de los Estados, lineamientos a todo tipo de autoridades educativas y organismos descentralizados para
evaluación de los cuatro temas (Art. 7 IV, V, VI)
10.- Faculta a la SEP y al INEE, para efectos administrativos, interpretar unilateralmente la ley (Art. 67)
11.- Autoriza al INEE imponer los procesos de evaluación para los cuatro temas que corresponde calificar a las
autoridades educativas y a los organismos descentralizados (Art. 7 XIII)
12.- No considera la participación sindical en los procesos de observación de las evaluaciones (Art. 7 XV)
13.- En los cuatro temas se anula la intervención de cualquier tipo de sindicato o coalición magisterial.
14.- Los cuatro temas no son materia de Condiciones Generales de Trabajo.
15.- Sustituye el Trabajo Docente por el Servicio Profesional Docente.
16.- Enfrenta al docente como sujeto administrativo aislado a la estructura estatal.
17.- Sustituye los tribunales laborales por tribunales administrativos en casos de conflicto de los cuatro temas (Art. 84)
18.- Desaparecen los nombramientos de base para quienes ya lo tienen y para los de nuevo ingreso (Transitorio Octavo)
19.- Desaparecen los nombramientos de base para quienes ejerzan funciones de dirección “sin el nombramiento
respectivo” condicionado a evaluaciones unilaterales (Transitorio Décimo Cuarto)
20.- Crea la figura de contratos “por tiempo fijo” de naturaleza eventual, en sustitución de los nombramientos de base
(Arts. 23, 30 y Transitorio Octavo)
21.- Crea la figura de “nombramiento provisional” para cubrir una vacante temporal menor a seis meses (Art. 4 XVII)
22.- El “proceso de compactación” permite contratos “por horas” y con ello fraccionar el pago salarial a los maestros.
(Arts. 42 c), Transitorio Décimo Segundo)
23.- Desaparece el derecho de inamovilidad en el empleo.
24.- Instaura un procedimiento autoritario que permite la separación inmediata sin que haya la garantía de audiencia
prevista en la legislación laboral (Art. 70)
25.- Se establece como causal de separación sin responsabilidad de las autoridades la negativa a participar en los
procesos de evaluación sin considerar la antigüedad y nivel académico (Transitorio Octavo)
26.- Se establece como causal de separación sin responsabilidad gubernamental la negativa a participar en los
programas de regularización sin considerar la antigüedad y nivel académico (Transitorio Octavo)
27.- Se establece como causal de separación sin responsabilidad gubernamental obtener resultados insuficientes en el
primer o segundo proceso de evaluación y no se incorpore al proceso de regularización sin considerar la antigüedad y
nivel académico (Transitorio Noveno)
28.- Se establece como causal de separación sin responsabilidad gubernamental obtener resultados insuficientes en el
tercer proceso de evaluación con base en criterios unilaterales (Transitorio Noveno)
29.- Se cancela el derecho a la reinstalación en el empleo o de indemnización con pago de salarios caídos en caso de
separación injustificada (Transitorio Octavo y Noveno)
30.- Se establecen 8 causales adicionales de terminación de los efectos del nombramiento sin responsabilidad
gubernamental sin necesidad de que exista resolución previa del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje (Arts. 69 y
74)
31.- Se permite la separación cuando el personal docente no asista por más de tres días consecutivos o discontinuos en
un periodo de 30 días naturales (Art. 76)
32.- La razón de la separación del puesto es unilateral y la autoridad que aplica la sanción es la misma que conoce de la
revisión, convirtiéndola en juez y parte (Art. 80)
Correo: [email protected]
Twitter: @Manuel_FuentesM
[*] Doctor en Derecho y abogado, miembro de la Asociación Nacional de Abogados Democráticos, profesor de derecho en la UAM-A.
Magisterio y reforma educativa: las
plazas y la plaza LUIS HERNÁNDEZ NAVARRO
La Jornada 3 septiembre 2013.
Si no se recuperan las plazas, no se recupera la plaza, advirtió el 10 de septiembre de 2012 Claudio X.
González, secretario de Educación sin cartera, al entonces presidente electo Enrique Peña Nieto. Su
recomendación sintetiza el objetivo central de la ley del servicio profesional (LSPD) recientemente
aprobada: quitarle a los maestros sus plazas.
La nueva norma pretende cambiar el modelo de control del magisterio nacional, de uno basado en
dirigentes sindicales corruptos estilo Esther Esther Gordillo a otro sustentado en la inseguridad y la
precariedad laboral y el fin de la bilateralidad. Donde antes había corporativismo gremial, ahora habrá una
combinación de fuerzas del mercado, desregulación laboral y autoritarismo de funcionarios educativos.
Esta modificación no busca prescindir de los liderazgos sindicales corruptos. Menos aún, permitir la
democratización del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación. Pretende que los líderes
gremiales tengan menos poder, sean más serviles a la autoridad y que los maestros le teman a ésta.
El nuevo modelo de control tiene como objetivo facilitar y permitir la discrecionalidad en la contratación
y el despido de los maestros; reducir al mínimo la estabilidad laboral y sus conquistas gremiales; limitar su
autonomía en el proceso de enseñanza; imponerle responsabilidades desmedidas; desalentar su organización
y resistencia; acabar con el normalismo, y abrirle paso a las escuelas chárter o de concertación (instituciones
escolares administradas por la iniciativa privada con dinero público).
La nueva legislación hace retroceder más de 50 años la rueda de los derechos laborales en el país. A
partir de ahora, según el transitorio segundo de la LSPD, los maestros deben olvidarse de sus conquistas
gremiales. Sin el menor respeto al artículo 14 constitucional, que señala que ninguna ley es retroactiva en
perjuicio de persona alguna, barre de un plumazo con los derechos adquiridos en más de cinco décadas de
luchas.
A esta operación de despojo de sus derechos se le ha disfrazado de acción en su defensa. Las relaciones
de trabajo del magisterio –se dice en el texto– se regirán por la legislación laboral aplicable, salvo en lo
dispuesto en esta ley. ¿Y qué dispone la ley?: derogar los derechos adquiridos que se le oponen.
Los problemas que la ley tiene son muchos. Por principio de cuentas, las autoridades educativas
encargadas de evaluar la calidad de los maestros carecen de la calidad para hacerlo. Esas autoridades no son
especialistas educativos ni pedagogos ni maestros. Son, en la mayoría de los casos, funcionarios ligados a la
burocracia federal que administra la Secretaría de Educación Pública y a los gobernadores en los estados.
Ellos no son evaluados; rinden cuentas a sus jefes. ¿Podrán garantizar que la educación mejore?
Evidentemente no.
La nueva ley pone sobre los hombros de los maestros de banquillo obligaciones desmedidas en la
enseñanza que no son, en realidad, competencia suya. Los define como el profesional responsable
del proceso de enseñanza aprendizaje, promotor, coordinador, facilitador, investigador y agente directo del
proceso educativo. Con ello, los hace responsables de las deficiencias educativas y los sujeta a ser
evaluados en áreas en las que no se desempeñan, con la amenaza de ser sancionados.
La nueva normatividad manipula tres conceptos centrales del derecho para precarizar las condiciones de
estabilidad en el empleo, una conquista legal que implica asegurar y proteger la permanencia y continuidad
del vínculo laboral. Estos conceptos son: permanencia en el servicio, inamovilidad y causales de despido.
Si en su acepción original permanencia quiere decir continuidad no interrumpida de las relaciones
laborales, la LSPD amplía el significado del término hasta desvirtuarlo, estableciendo que se trata, tan sólo,
del tiempo que el docente dura en su empleo.
Este engaño lingüístico implica la práctica desaparición de la inamovilidad laboral, es decir, que un
maestro va a poder ser despedido por razones distintas a las que la ley burocrática establece como causa
justificada. De manera tramposa, la nueva norma garantiza la permanencia definitiva en el servicio público
siempre y cuando el maestro se sujete a los procesos de evaluación y a programas de capacitación.
Reconoce un nombramiento definitivo pero permanentemente condicionado.
Adicionalmente, amplía los motivos para despedir a los maestros, y crea causas genéricas para
justificarlo, contrarias a las establecidas en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.
Establece un procedimiento autoritario que permite la separación del docente sin derecho a audiencia
previa.
El principio de bilateralidad, esto es, de la negociación conjunta de las condiciones de trabajo entre la
autoridad, los maestros y su organización gremial, se desvanece. Ahora es la autoridad la que, de manera
unilateral, fija las reglas del juego, sin que los maestros y su sindicato puedan defenderse.
A contracorriente de la tendencia mundial a la descentralización administrativa y de la federalización
educativa en nuestro país, la LSPD nos regresa al centralismo más retrógrado. La nueva legislación autoriza
al Ejecutivo a pasar por encima de la soberanía de los estados para imponer lineamientos en el terreno de la
enseñanza.
A pesar de que fue votada en nombre de la calidad de la educación, la nueva norma tendrá graves
repercusiones en ella. Inevitablemente la deteriorará. Para mejorar el sistema educativo se requiere, entre
otras medidas, de profesionalizar al magisterio. Y esto se logra dándole certidumbre, seguridad en el
empleo, no reduciendo su estabilidad laboral, facilitando el despido y evaluándolo punitivamente.
El gobierno de Enrique Peña Nieto y los empresarios tienen su ley. A cambio van a perder la
tranquilidad. Al aprobarla burlándose de los profesores abrieron una caja de Pandora. Es cierto, despojaron
a los maestros de sus plazas, pero no podrán ganar la plaza.
Twitter: @lhan55
Educación: la reforma fallida ADOLFO SÁNCHEZ REBOLLEDO
La Jornada, 5 septiembre 2013.
Por fin se aprobó la Ley General del Servicio Profesional Docente, la más controvertida entre las piezas del
rompecabezas que, sin precisión, se dio en llamar reforma educativa. Sobre el derecho de los ciudadanos a
conocer con la mayor exactitud posible el contenido de las leyes debatidas por los “representantes de la
nación, se impuso la propaganda mediática, la estridencia, la incapacidad de explicar los argumentos
propios respetando los ajenos. Los números finales, las prisas, la obstinación para no admitir enmiendas
ilustran, más bien, el fracaso del diálogo como fórmula para construir acuerdos satisfactorios que por su
naturaleza rebasan el marco gremial.
En lugar de poner en el centro de las preocupaciones la transformación del modelo educativo que está en
crisis (y que, en rigor, debía justificar el sentido de los cambios) se aceptaron las hipótesis implícitas en
algunos conocidos diagnósticos y se avanzó contra viento y marea sin alterar uno de los objetivos políticos
originales: desmantelar el peso específico del magisterio como actor colectivo, es decir, anular por
completo la participación del sindicalismo (corrupto o no) en el funcionamiento del sistema educativo
nacional.
Así, mediante la reforma a la educación se pretende modificar la relación corporativa entre el SNTE y el
Estado, pero se pone en tela de juicio la fuerza renovadora de la reforma al anular la presencia magisterial
democrática en todo el proceso. La definición de qué educación requiere el país aquí y ahora quedó en el
aire o cuando menos subsumida en la argumentación desplegada por los grupos de poder que impulsan el
reformismo oficial sin neutralidad posible. (Entre ellos algunos de los históricos adversarios de la escuela
pública, del libro de texto, del laicismo en el aula, reciclados tras la alianza entre el SNTE y los presidentes
panistas.)
La Presidencia, que se propuso recuperar la rectoría del Estado para afrontar la crisis de la educación, fue
incapaz de articular una propuesta integral para renovar con perspectiva histórica la idea de la educación
como derecho sustantivo, sumiendo a la sociedad en el vago discurso que opone retóricamente al maestro
real con la entelequia imaginada, economicista (e importada) como parte de la modernidad que tanto
complace a las élites. A pesar de los buenos augurios iniciales, al final se puede decir que la reforma falla
en aquello que se consideraba como su principal exigencia: sentar las bases para conseguir la mejoría
profesional de los maestros y avanzar así hacia la calidad de la educación.
La evaluación, corazón de la reforma, no aparece con transparencia como el instrumento más apropiado
para fortalecer las capacidades profesionales, pues gracias a los actos fallidos de los autores del texto
adquiere el tinte negativo de ser tan sólo un recurso en manos de la autoridad para mantener la disciplina
laboral, muy alejado del intento de romper con el peso muerto de la burocracia estatal, erigida en juez y
parte de las decisiones importantes.
Si bien es cierto que en el dictamen final se rectificaron algunos burdos excesos y se incorporaron temas
significativos, como el de las normales, en definitiva los problemas de fondo quedaron pendientes. Uno de
ellos, planteado durante la sesión del primero de septiembre, está contenido en el artículo 83, donde se
asienta que Las relaciones de trabajo del personal a que se refiere esta ley con las autoridades educativas y
organismos descentralizados se regirán por la legislación laboral aplicable, salvo por lo dispuesto en esta
ley.
Ante este contenido, el diputado Altamirano se preguntaba durante la sesión del primero de
septiembre ¿cuál es la lección que debemos aprender? Que si el gobierno considera indispensable crear un
régimen especial de ingreso, sanción y separación de los trabajadores del sector de la educación, escogió
mal el camino y el método. No hay ninguna excepción en la Constitución para que los trabajadores de la
educación tengan un régimen de relaciones laborales distinto al Apartado B del 123.
La misma línea de argumentación siguió la diputada María Luisa Alcalde al señalar en la tribuna que el
proyecto incurre en errores técnico-jurídicos fundamentales en la definición de conceptos como la
permanencia y definitividad que no corresponden a los establecidos ya en la Ley Federal de los
Trabajadores al Servicio del Estado, errores realizados con evidente dolo para incrementar la
discrecionalidad en el despido del personal docente aun por razones ajenas a la responsabilidad educativa.
Interpreta de manera equívoca elementos clave relacionados con la estabilidad laboral, suprime la garantía
de audiencia tanto a nivel del propio personal docente como del sindicato, contrario a las reglas que han
sido ya reconocidas por la Constitución, la ley burocrática y la jurisprudencia. Además, excluye la
participación sindical, lo cual deja en total estado de indefensión a los maestros y viola los principios de
libertad de asociación.
Sin duda, el horizonte se complica. El gobierno está dispuesto a hacer concesiones insignificantes para
impulsar su proyecto de reformas estructurales. Tiene la fuerza legal para ello, habida cuenta la mayoría
alcanzada en el Congreso gracias a la alianza vertebral con el PAN y otros partidos. Cuenta, lo hemos
padecido todos, con el ruido aturdidor de los medios y un coro feroz que pide mano dura. Mientras tanto, en
el campo de la izquierda persiste la división, la ausencia de una discusión constructiva orientada a la
convergencia de la mayoría ciudadana. Vienen debates decisivos, sin exageración. Las reformas energética
y hacendaria pueden inclinar el futuro en una dirección u otra. Lo menos que interesa, fuera de defender el
patrimonio y la equidad de los mexicanos, son las disputas partidistas.
¿Y la reforma educativa cuándo? MANUEL PÉREZ ROCHA
La Jornada, 5 septiembre 2013.
El contenido y la forma se corresponden perfectamente: las sesiones de las cámaras de Diputados y
Senadores fueron una farsa, el interés del gobierno por escuchar a los maestros fue otra farsa, y la
llamada reforma educativa es otra. En esas sesiones de las cámaras quedó claro que lo que nos gobierna no
es una democracia imperfecta, sino la falsificación cínica de cualquier idea de democracia. La
llamada reforma educativa no es sino una contrarreforma laboral que anula el derecho a la contratación
colectiva y persigue varios fines políticos: a) someter a los maestros disidentes que han combatido durante
30 años a la corrupta mafia priísta que controla al SNTE (también coludida con el PAN), b) asumir el
control del SNTE mediante la estructura de Gordillo sin Gordillo, c) lograr pronta legitimidad del gobierno
de Peña ante la plutocracia que manda en este país, ante los organismos internacionales que han exigido
estas contrarreformas (OCDE y Banco Mundial) y ante una opinión pública fanatizada por los medios.
Sin duda los legisladores no pueden ser expertos en todo, pero, si en verdad quisieran mejorar la
educación buscarían la asesoría de los propios maestros y de quienes sí han estudiado los problemas
educativos (investigadores, universidades, agrupaciones profesionales) y no cometerían las barbaridades
que estamos viendo. Por ejemplo, contamos con un activísimo Consejo Mexicano de Investigación
Educativa que agrupa a varios cientos de académicos de todo el país, especialistas en esta materia; hay
ahora un grupo de cinco expertos en educación, reconocidos como tales por el Senado de la República que
dirigen al INEE. ¿Por qué no se les consultó? ¿O se les consultó en lo oscurito? Pues en tal caso fue inútil,
en las reuniones de diálogo entre los representantes de la CNTE y los legisladores se exhibió claramente
que éstos (hubo dos o tres excepciones) no tenían idea de lo que se estaba hablando, ¡pero hablaban!
Cabe reiterar que la educación es uno de los asuntos más complejos en la vida de las personas y de las
sociedades. Pero en espacios tan importantes como la SEP y el Congreso de la Unión (y otros como la
televisión), la educación es vista como algo simple: consiste en que los maestros den clases y que los
estudiantes aprueben exámenes. Las clases son vistas como la esencia misma de la educación. Que los
estudiantes pierdan clases es considerado como la peor tragedia; si los resultados en matemáticas son
insatisfactorios, pues a aumentar el número de horas de clases de matemáticas; si en general los resultados
de la educación básica no satisfacen, pues a aumentar el número de horas de clases de lo que sea (las
escuelas de tiempo completo). Peña Nieto en su no informe hizo alarde de que la mayor parte de los
maestros están dando clases. Incluso, de acuerdo con las nuevas leyes, si los docentes no aprueban las
evaluaciones, pues hay que darles cursos, clases.
La concepción simplista del maestro como impartidor de clases evidencia la total ignorancia acerca de la
complejidad de los retos actuales de la educación. La prevalencia de este obsoleto método, la clase,
consistente, en general, en la transmisión oral de información de un profesor a un grupo de estudiantes
(también llamado la clase) es uno de los factores intraescolares determinantes de los resultados
insatisfactorios del sistema educativo formal. Este es, junto con planes, programas y otros, un elemento
central del modelo educativo del que sin saber hablan los legisladores, que la reforma educativa no toca, y
cuya revisión se dejó para después (¡!).
Cambiar ese modelo implica atender varios aspectos. Por ejemplo, el trabajo de los maestros, y el de los
estudiantes, y sus resultados, dependen en gran medida de las herramientas disponibles. Un locutor de
televisión exigía a los maestros que dejen las calles y retomen el gis y el pizarrón, sin darse cuenta de lo que
decía, de lo deplorable que resulta que ésas sean las únicas herramientas para la mayor parte de los maestros
mexicanos. Cerca de la mitad de las escuelas del país no cuentan con biblioteca, más de 90 por ciento no
tienen laboratorios, la Enciclomedia fue un costosísimo fracaso, hay una gran cantidad
de telesecundarias ¡que no tienen televisión!
En su no informe, Peña Nieto anunció la compra de otras ¡240 mil computadoras! para estudiantes de
primaria. Medida disparatada sin otro fin que el relumbrón y el negocio.
Las computadoras e Internet son herramientas útiles para quienes tienen ya un mínimo de intereses
intelectuales y culturales, y un mínimo de herramientas conceptuales que se adquieren mediante un trabajo
en el que los libros, la escritura, la discusión y el diálogo son esenciales. De otra forma las computadoras e
Internet se convierten en un entretenimiento que distrae a los estudiantes y los aleja del desarrollo
intelectual. Antes que nada debe dotarse de libros suficientes a todas las escuelas y reorganizar el sistema
educativo para que se usen.
Los fanáticos de la tecnología deberían dar por lo menos una revisada al otro extremo, por ejemplo el
conocido Colegio Waldorf de la Península de Sillicon Valley, California. En un reportaje titulado Los gurús
del Sillicon Valley eligen para sus hijos la enseñanza escolar sin computadoras se señala que las principales
herramientas de enseñanza del colegio son todo menos alta tecnología: lápices y papel, agujas de coser y,
ocasionalmente, barro. Ni un ordenador a la vista. Absolutamente ninguna pantalla.
No se propone que nuestros gobernantes copien ese modelo. Precisamente, la copia dócil de las políticas
educativas del gobierno estadunidense es lo que origina la nefasta reforma educativa actual. Es necesario
que las reformas, urgentes, de nuestro modelo educativo (que se menciona en un transitorio de la nueva ley
para atender tardíamente una exigencia de la CNTE), y que deberían anteceder a las medidas de carácter
administrativo y laboral ya impuestas, se sustenten en la experiencia de nuestros maestros, y en la
investigación y los conocimientos generados en nuestras instituciones académicas.
Al concluir este artículo leo la declaración del secretario Chuayffet de que en 12 años van a renovar al 60
por ciento de la planta docente. Esto implica despedir 75 mil maestros al año y contratar otros tantos. ¿Qué
es esta declaración? ¿Una provocación perversa?
Mensaje presidencial.- Fisgón
Despojo laboral docente MANUEL FUENTES MUÑIZ*
La Jornada, 6 septiembre 2013.
La apresurada aprobación de la Ley General del Servicio Profesional Docente (LGSPD) en medio de vallas
y cercos policiacos pretende consumar una de las mayores atrocidades en contra de los trabajadores de
nuestro país: convertir los derechos laborales magisteriales en un despojo.
Borrar en esa ley conceptos como: trabajador, sindicato, condiciones generales de trabajo, estabilidad en
el empleo, bilateralidad y dignidad es la muestra de que en este gobierno se aborrecen los derechos
laborales. La sola mención en esa legislación de los tribunales y las leyes del trabajo no basta; es sólo un
engaño para justificar la anulación de los derechos sociales para en su lugar imponer el autoritarismo.
En temas como el ingreso, promoción y reconocimiento en el servicio, los docentes ya no tendrán
injerencia alguna; serán simples sujetos administrativos, algo así como objetos inertes sin derecho a
opinar: calla, obedece y acata será la norma a seguir.
La estabilidad en el empleo ha sido anulada. En la nueva ley cuando la autoridad decida el cese éste se
aplicará de inmediato; ya no habrá juicio previo ni resolución de las autoridades laborales para autorizar la
separación. Primero se mandará a la calle al docente y luego se investigará por el tribunal laboral si el
despido fue correcto. La autoridad patrón dirá:
–Te corro y luego investigamos.
Ya no existirán las actas administrativas con presencia sindical donde la autoridad en su carácter de
patrón esté obligada a demostrar cara a cara, con testigos y documentos a la vista, la causal del cese.
En su lugar existirá un procedimiento sumario y privado. En un escrito se le notificarán al afectado las
presuntas irregularidades cometidas para que las responda en no más de 10 días y en un plazo igual la
autoridad dé a conocer su resolución definitiva. Si a criterio de ésta procede la separación, el docente al
instante de la notificación estará impedido de ingresar al centro de trabajo.
El profesor afectado deberá someterse sin remedio, ya en la calle, a la insufrible burocracia de los
tribunales laborales durante siete y hasta diez años.
¿De qué servirá a los maestros acudir a los tribunales laborales si antes les fueron cancelados sus
derechos básicos de estabilidad en el empleo? Esas instancias de la llamada justicia laboral están
carcomidas intencionalmente al no suministrarles el Estado ni recursos económicos, ni personal suficiente.
En estos tiempos y con este tipo de legislaciones se pretenden desaparecer los derechos laborales por
decreto simple. Que los libros y estudios de derecho laboral sean cosa del pasado. Que en las universidades
ya no se enseñe derecho del trabajo, como en la Universidad Autónoma Metropolitana, donde se pretende
desaparecer la especialidad laboral porque no es de utilidad.
En la LGSPD impera la razón de un solo hombre. El secretario de educación pública federal podrá a
través de lineamientos imponer criterios hasta a los gobiernos de los estados. Podrá autorizar parámetros e
indicadores en el ingreso, promoción, reconocimiento y hasta para la permanencia en el empleo (artículo 7
VII).
Es un engaño de los legisladores mencionar que en la iniciativa se rescató el nombramiento definitivo
cuando la permanencia en el empleo de los docentes será menos definitiva que nunca.
La separación de los profesores será discrecional en todo momento. La autoridad determinará las causas,
los procedimientos, validará las pruebas acusatorias en contra de un docente y hasta podrá interpretar
unilateralmente la LGSPD para estar por encima de cualquier instancia.
Será un jurado de una persona: el mismo patrón acusará y condenará. Ella misma se dirá a sí misma: –yo
tengo la razón y yo soy la justicia.
En las 12 causales de separación, previstas en la nueva ley, se otorgan facultades ilimitadas a la
autoridad para dar por terminados los efectos del nombramiento siempre sin su responsabilidad. Que haga
lo que le plazca, que no tenga contrapesos porque los derechos laborales le estorban.
Debe saberse que los derechos laborales no son concesión de ninguna autoridad; son derechos históricos
reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales. Por más que los conspicuos legisladores
traten de borrar esos derechos no podrán desaparecer.
El derecho laboral como un derecho social fue creado para lograr salarios decorosos, empleos estables,
condiciones de trabajo dignas con respeto a la vida e integridad física y moral. Cuando se llevan acciones
legislativas y de gobierno para derogar derechos humanos de cualquier manera es la prueba que vivimos en
el autoritarismo.
* Doctor en derecho, miembro de la Asociación Nacional de Abogados Democráticos
Twitter: @Manuel_FuentesM
Palacio Legislativo, HELGUERA