Boletin Oficial Ordenanza 1919

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DECRETOS Págs. Ministerio de Gobierno 11.633 Ministerio de Hacienda 11.634 Ministerio de Salud 11.634 Ministerio de Ambiente y Obras Públicas 11.635 RESOLUCIONES Ministerio de Salud 11.636 Dirección General de Escuelas 11.639 Ente Provincial Regulador Eléctrico 11.641 Subsecretaría de Trabajo y Seguridad Social 11.643 DECRETOS MUNICIPALES Municipalidad de Godoy Cruz 11.644 ORDENANZAS Municipalidad de la Ciudad de Mendoza 11.644 Municipalidad de Godoy Cruz 11.648 Municipalidad de Tunuyán 11.649 SECCION GENERAL Contratos Sociales 11.653 Convocatorias 11.656 Irrigación y Minas 11.657 Remates 11.657 Concursos y Quiebras 11.662 Títulos Supletorios 11.664 Notificaciones 11.665 Sucesorios 11.670 Mensuras 11.673 Avisos Ley 11.867 11.675 Avisos Ley 19.550 11.675 Licitaciones 11.678 AÑO CVIII MENDOZA, VIERNES 22 DE DICIEMBRE DE 2006 N° 27.809 Registro Nacional de la Propiedad Intelectual N° 94397 Sumario PODER EJECUTIVO Aparece todos los días hábiles FUNDADO EL 7 DE ABRIL DE 1899 Distribuye TAC POSTAL PROVINCIA DE MENDOZA R.N.P.S.P. N° 042 CORREO PRIVADO GOBERNADOR Ing. Julio César Cleto Cobos VICEGOBERNADOR Dr. Juan Carlos Jaliff MINISTRO DE GOBIERNO Ing. Sergio Leandro Marinelli MINISTRO DE SEGURIDAD Dr. Miguel Angel Bondino MINISTRO DE HACIENDA Lic. Alejandro Gallego MINISTRO DE ECONOMIA Ing. Laura Gisela Montero MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL Prof. Sergio Damián Pinto MINISTRO DE SALUD Dr. Armando Antonio Calletti MINISTRO DE AMBIENTE Y OBRAS PUBLICAS Ing. Francisco Darío Morandini MINISTRO DE TURISMO Y CULTURA Lic. Mariana Juri DECRETOS MINISTERIO DE GOBIERNO _______ DECRETO Nº 2.743 Mendoza, 7 de diciembre de 2006 Visto el expediente Nº 3758-A- 06-00100, y CONSIDERANDO: Que la «Asociación de Jubi- lados y Pensionados -Naciona- les- San Rafael», solicita se le otorgue un subsidio tendiente a solventar los gastos que deman- dará la construcción de un techo metálico en el patio de la enti- dad. Que las citada Asociación brin- da a sus afiliados y personas de la tercera edad, actividades cultu- rales y recreativas. Por ello, lo dictaminado por el Departamento Jurídico del Minis- terio de Gobierno a fs. 30, en fun- ción de lo dispuesto por el Art. 5º del Decreto Acuerdo Nº 774/96 y modificatorio, Art. 7º del Decreto Acuerdo Nº 665/75 y sus modifi- catorios y Decreto Acuerdo Nº 2074/03, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: Artículo 1º - Otórguese a la «Asociación de Jubilados y Pensionados -Nacionales- San Rafael», un subsidio con cargo de rendir cuenta, por la suma de pesos seis mil tres- cientos ($ 6.300,00), con des- tino a atender los gastos que demandará la construcción de un techo metálico en el patio de la entidad. Artículo 2º - Autorícese a Con- taduría General de la Provincia a efectivizar el subsidio dispuesto en el artículo anterior, con cargo a la Cuenta General: G99006 43104 00 -U.G. G10284- del Presupues- to vigente año 2006. Artículo 3º - La rendición de cuenta del presente subsidio la realizarán los siguientes integran- tes de la Asociación: Presidente, Dn. Rodolfo A. Ibañez, L.E. Nº M6.920.707; Tesorero, Dn. Leocadio Moreno, L.E. 6.912.640 y Secretario, Dn. César R., López, L.E. Nº M6.927.119, en el término de noventa (90) días corridos a partir de la recepción de los fondos, de acuerdo a lo re- querido por el H. Tribunal de Cuen- tas de la Provincia de Mendoza, conforme lo establece la Acorda- da 2514/97 y Decreto Acuerdo Nº 2074/03. Artículo 4º - Comuníquese, pu- blíquese, dése al Registro Oficial y archívese. JULIO CESAR CLETO COBOS Sergio L. Marinelli ________________________________ DECRETO Nº 2.744 Mendoza, 7 de diciembre de 2006 Visto el expediente Nº 1913-D- 06-00100, sus acumulados Nros. 2604-H-05-00020, 1035-J-06- 01027, y CONSIDERANDO: Que en las citadas actuacio- nes el Seguro de Depósitos So- ciedad Anónima (SEDESA), ofre- ce en venta un inmueble ubicado en El Libertador Nº 50 esquina calle Mitre en la Ciudad de San Rafael, (ex Banco de Mendoza), por la suma de $ 1.550.000,00. Que a fs. 9 del expediente Nº 1913-D-06-00100 el Registro Uni- co de Propiedades Inmuebles (RUPI), informa que actualmente se abona en concepto de alquile- res en dicho Departamento más de $ 20.000,00 mensuales, para diversas dependencias guberna- mentales, por lo que un edificio propio de esas características implicaría un fuerte ahorro en las partidas de alquileres, sumado al beneficio de concentrar distintas reparticiones en un mismo inmue- ble. Que asimismo se considera el valor patrimonial, cultural y arqui- tectónico que tiene el citado in- mueble para el Departamento San Rafael. Que a fs. 2 del expediente Nº 2604-H-05-00020 obra fotoco- pia de la Resolución 1777/05 de la H. Cámara de Diputados que declara que vería con agrado que el Poder Ejecutivo incorpo- rara dicho edificio al patrimonio provincial. Que respecto a la proceden- cia de la compra de ese inmueble por medio de contratación direc- ta, han emitido dictámenes el se- ñor Asesor Letrado del Ministerio de Hacienda (Fs. 53/64 del expe- diente Nº 1035-J-06-01027), el Departamento Jurídico del Minis- terio de Gobierno a fs. 11 y Aseso- ría de Gobierno a fs. 13/14 y vta. del expediente Nº 1913-D-06- 00100. Que los mencionados dictá- menes consideran que en el pre- sente caso, encuadra en las ex- cepciones que autoriza el artículo 29 de la Ley Nº 3799 y modificato- rias. Que a fs. 105 del expediente Nº 1913-D-06-00100 obra informe de la Comisión Valuadora de la Provincia, quien estima razonable y adhiere al valor asignado por el Banco de la Nación Argentina en la suma de $ 1.650.000,00. Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: Artículo 1º - Autorícese al se- ñor Ministro de Gobierno, Ing. Agrim. Sergio Leandro Marinelli, para que a través del Servicio Ad- ministrativo del Ministerio de Go- bierno, proceda a adquirir me- diante contratación directa el in- mueble ubicado en El Libertador Nº 50 esquina calle Mitre de la

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, viernes 22 de diciembre de 2006 11633

DECRETOS Págs.Ministerio de Gobierno 11.633Ministerio de Hacienda 11.634Ministerio de Salud 11.634Ministerio de Ambientey Obras Públicas 11.635RESOLUCIONESMinisterio de Salud 11.636Dirección Generalde Escuelas 11.639Ente ProvincialRegulador Eléctrico 11.641Subsecretaría de Trabajoy Seguridad Social 11.643DECRETOSMUNICIPALESMunicipalidad deGodoy Cruz 11.644ORDENANZASMunicipalidad de laCiudad de Mendoza 11.644Municipalidadde Godoy Cruz 11.648Municipalidadde Tunuyán 11.649SECCION GENERALContratos Sociales 11.653Convocatorias 11.656Irrigación y Minas 11.657Remates 11.657Concursos y Quiebras 11.662Títulos Supletorios 11.664Notificaciones 11.665Sucesorios 11.670Mensuras 11.673Avisos Ley 11.867 11.675Avisos Ley 19.550 11.675Licitaciones 11.678

AÑO CVIII MENDOZA, VIERNES 22 DE DICIEMBRE DE 2006 N° 27.809

Registro Nacional de laPropiedad Intelectual N° 94397

Sumario

PODER EJECUTIVO

Aparece todos los d ías háb i lesFUNDADO EL 7 DE ABRIL DE 1899

Distribuye

TAC POSTAL

PROVINCIA DE MENDOZAR.N.P.S.P. N° 042

CORREO PRIVADO

GOBERNADORIng. Julio César Cleto Cobos

VICEGOBERNADORDr. Juan Carlos Jaliff

MINISTRO DE GOBIERNOIng. Sergio Leandro Marinelli

MINISTRO DE SEGURIDADDr. Miguel Angel BondinoMINISTRO DE HACIENDALic. Alejandro Gallego

MINISTRO DE ECONOMIAIng. Laura Gisela Montero

MINISTRO DE DESARROLLO SOCIALProf. Sergio Damián Pinto

MINISTRO DE SALUDDr. Armando Antonio Calletti

MINISTRO DE AMBIENTEY OBRAS PUBLICAS

Ing. Francisco Darío MorandiniMINISTRO DE TURISMO Y CULTURA

Lic. Mariana Juri

DECRETOS

MINISTERIO DE GOBIERNO_______

DECRETO Nº 2.743

Mendoza, 7 de diciembre de2006

Visto el expediente Nº 3758-A-06-00100, yCONSIDERANDO:

Que la «Asociación de Jubi-lados y Pensionados -Naciona-les- San Rafael», solicita se leotorgue un subsidio tendiente asolventar los gastos que deman-dará la construcción de un techometálico en el patio de la enti-dad.

Que las citada Asociación brin-da a sus afiliados y personas dela tercera edad, actividades cultu-rales y recreativas.

Por ello, lo dictaminado por elDepartamento Jurídico del Minis-terio de Gobierno a fs. 30, en fun-ción de lo dispuesto por el Art. 5ºdel Decreto Acuerdo Nº 774/96 ymodificatorio, Art. 7º del DecretoAcuerdo Nº 665/75 y sus modifi-catorios y Decreto Acuerdo Nº2074/03,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1º - Otórguese a la

«Asociac ión de Jubi lados yPens ionados -Nac iona les -San Rafael», un subsidio concargo de rendir cuenta, por lasuma de pesos seis mil tres-cientos ($ 6.300,00), con des-tino a atender los gastos quedemandará la construcción deun techo metálico en el patiode la entidad.

Artículo 2º - Autorícese a Con-taduría General de la Provincia aefectivizar el subsidio dispuesto

en el artículo anterior, con cargo ala Cuenta General: G99006 4310400 -U.G. G10284- del Presupues-to vigente año 2006.

Artículo 3º - La rendición decuenta del presente subsidio larealizarán los siguientes integran-tes de la Asociación: Presidente,Dn. Rodolfo A. Ibañez, L.E. NºM6.920.707; Tesorero, Dn.Leocadio Moreno, L.E. Nº6.912.640 y Secretario, Dn. CésarR., López, L.E. Nº M6.927.119, enel término de noventa (90) díascorridos a partir de la recepciónde los fondos, de acuerdo a lo re-querido por el H. Tribunal de Cuen-tas de la Provincia de Mendoza,conforme lo establece la Acorda-da 2514/97 y Decreto Acuerdo Nº2074/03.

Artículo 4º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

JULIO CESAR CLETO COBOSSergio L. Marinelli

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DECRETO Nº 2.744

Mendoza, 7 de diciembre de2006

Visto el expediente Nº 1913-D-06-00100, sus acumulados Nros.2604-H-05-00020, 1035-J-06-01027, yCONSIDERANDO:

Que en las citadas actuacio-nes el Seguro de Depósitos So-ciedad Anónima (SEDESA), ofre-ce en venta un inmueble ubicadoen El Libertador Nº 50 esquinacalle Mitre en la Ciudad de SanRafael, (ex Banco de Mendoza), porla suma de $ 1.550.000,00.

Que a fs. 9 del expediente Nº1913-D-06-00100 el Registro Uni-co de Propiedades Inmuebles(RUPI), informa que actualmentese abona en concepto de alquile-res en dicho Departamento másde $ 20.000,00 mensuales, para

diversas dependencias guberna-mentales, por lo que un edificiopropio de esas característicasimplicaría un fuerte ahorro en laspartidas de alquileres, sumado albeneficio de concentrar distintasreparticiones en un mismo inmue-ble.

Que asimismo se considera elvalor patrimonial, cultural y arqui-tectónico que tiene el citado in-mueble para el Departamento SanRafael.

Que a fs. 2 del expediente Nº2604-H-05-00020 obra fotoco-pia de la Resolución 1777/05 dela H. Cámara de Diputados quedeclara que vería con agradoque el Poder Ejecutivo incorpo-rara dicho edificio al patrimonioprovincial.

Que respecto a la proceden-cia de la compra de ese inmueblepor medio de contratación direc-ta, han emitido dictámenes el se-ñor Asesor Letrado del Ministeriode Hacienda (Fs. 53/64 del expe-diente Nº 1035-J-06-01027), elDepartamento Jurídico del Minis-terio de Gobierno a fs. 11 y Aseso-ría de Gobierno a fs. 13/14 y vta.del expediente Nº 1913-D-06-00100.

Que los mencionados dictá-menes consideran que en el pre-sente caso, encuadra en las ex-cepciones que autoriza el artículo29 de la Ley Nº 3799 y modificato-rias.

Que a fs. 105 del expedienteNº 1913-D-06-00100 obra informede la Comisión Valuadora de laProvincia, quien estima razonabley adhiere al valor asignado por elBanco de la Nación Argentina enla suma de $ 1.650.000,00.

Por ello,EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1º - Autorícese al se-

ñor Ministro de Gobierno, Ing.

Agrim. Sergio Leandro Marinelli,para que a través del Servicio Ad-ministrativo del Ministerio de Go-bierno, proceda a adquirir me-diante contratación directa el in-mueble ubicado en El LibertadorNº 50 esquina calle Mitre de la

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, viernes 22 de diciembre de 200611634

Ciudad de San Rafael, Provinciade Mendoza, (ex Banco de Men-doza), propiedad del Seguro deDepósitos Sociedad Anónima(SEDESA), sociedad anónimacreada por Decreto Nº 540 del 18de abril de 1995 del Poder Ejecu-tivo Nacional con el objeto de ad-ministrar el Fondo de Garantía delos Depósitos conforme las dis-posiciones de la Ley Nº 24.485 ymodificatorias, inscripto en elAsiento A-3 de la Matrícula 36.804/17 de Folio Real de San Rafaelen fecha 16 de julio de 2004 enforma definitiva, por la suma totalde pesos un millón quinientoscincuenta mil ($ 1.550.000,00),con cargo a la Cuenta General:G99006 53102 00 U.G. G10284-del presupuesto vigente año2006.

Artículo 2º - La escri turatraslativa de dominio será con-feccionada ante Escribanía Ge-neral de Gobierno, autorizándo-se al señor Ministro de Gobiernoa suscribir la documentación ne-cesaria.

Artículo 3º - La contratación di-recta que se autoriza por el artícu-lo 1º encuadra en las excepcionesprevistas en el articulo 29 inc. b),punto 2 de la Ley Nº 3799 y modi-ficatorias.

Artículo 4º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

JULIO CESAR CLETO COBOSSergio L. Marinelli

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MINISTERIO DE HACIENDA_______

DECRETO N° 2.672

Mendoza, 1 de diciembre de2006

Visto el expediente N° 78.004-F-02- 00240, en el cual la señoraAlicia Adelina Flores solicita el be-neficio de Pensión para sí por suesposo fallecido, Don MarcosSegundo Baldor, yCONSIDERANDO:

Que el deceso del causante seprodujo el día 15 de agosto de2002, según fotocopia del Acta deDefunción agregada a fs. 4, sien-do beneficiario de un Retiro Volun-tario según Resolución N° 162/89de la ex - Caja de Jubilaciones yPensiones de la Provincia, actualOficina Técnica Previsional, obran-te a fs. 51 y vta., consecuentemen-te dejó derecho pensionario a susherederos legales.

Que el vinculo invocado por lapeticionante queda acreditado conla fotocopia del Certificado de Ma-trimonio obrante a fs. 5.

Que a fs. 8 se encuentran las

renuncias de las herederas enfavor de la peticionante respectode los haberes dejados de perci-bir por el causante a la fecha desu deceso, debiendo dejar ensuspenso la parte proporcionalque le pudiere corresponder auna co-heredera, encontrándosea fs. 10 vta, la constancia de lapublicación de los edictos citato-rios de ley.

Que según lo dictaminado porla Asesoría Letrada del ex-Minis-terio de Justicia y Seguridad, ac-tual Ministerio de Seguridad, y Fis-calía de Estado a fs. 14 y 16, res-pectivamente, es procedente elotorgamiento del beneficio pen-sionario a la señora Alicia AdelinaFlores, en un todo de acuerdo conlo dispuesto por el Artículo 18° delDecreto-Ley N° 4176/77, en con-cordancia con lo previsto por elArtículo 24° de la Ley N° 3794 ymodificaciones.

Que según lo establece laCláusula 8° del Convenio deTransferencia del Sistema dePrevisión Social de la Provin-cia de Mendoza al Estado Na-cional, a fs. 90 consta el co-rrespondiente visado de la Ad-ministración Nacional de la Se-guridad Social (ANSeS), y a fs.91 obra la intervención de laOf ic ina Técnica Prev is ionalproponiendo acordar el bene-ficio solicitado.

Por ello, y en uso de las fa-cultades que otorga la citadaCláusula 8° del Convenio deTransferencia del Sistema dePrevisión Social de la Provinciade Mendoza al Estado Nacional,aprobado por Decreto-AcuerdoProvincial N° 109/96 y modifica-toria Ley N° 6554 y Decreto Na-cional N° 362/96,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Otórguese a la se-

ñora Alicia Adelina Flores, D. N I.N° F 1.596.600, Clase 1923, elbeneficio de Pensión con arregloa las disposiciones del Artículo18° del Decreto-Ley N° 4176/77,en concordancia con lo previstopor el Artículo 24° de la Ley N°3794 y modificaciones, con vigen-cia a partir del 16 de agosto de2002, tal como se evalúa en losfundamentos del presente Decre-to. Queda el caso encasillado se-gún fs. 76 vta. del expediente N°78.004-F-02-00240, en: Carácter:1, Jurisdicción: 05, Unidad Orga-nizativa: 06, Régimen Salarial: 06,Agrupamiento: 4, Tramo: 1, Sub-tramo: 06, 010: 006 Clase, 011:25% Riesgo de Vida, 058: 20%Recargo Servicio, 064: AdicionalAumento (desde el 01-01-05),

065: Adicional Blanqueo, 077:100% Permanencia, 080: 30 añosAntigüedad y 090: 10% Presen-tismo.

Artículo 2° - Establézcase quela Oficina Técnica Previsional de-terminará los haberes devenga-dos por la señora Alicia AdelinaFlores, deducidos los anticipospensionarios percibidos y losdescuentos forzosos de Ley.

Artículo 3° - Asimismo, dichaOficina determinará los haberesimpagos al causante a la fecha desu deceso, los que deberán infor-marse como crédito a favor de laseñora Alicia Adelina Flores te-niendo en cuenta las expresasrenuncias de las herederas pre-sentadas en declaración juradaobrante a fs. 8, debiendo dejar ensuspenso una parte de acuerdo alo allí solicitado. Se acepta a talefecto la fianza rendida a fs. 9 porel señor Gabriel Eduardo Herrera,DNI. N° 24. 382.671.

Artículo 4° - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

JULIO CESAR CLETO COBOSAlejandro Gallego

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DECRETO N° 2.683

Mendoza, 1 de diciembre de2006

Visto el Expte. Nro. 2122-D-06-01027 en el cual se solicita la rec-tificación del Decreto 2279 del 13de Octubre de 2006 por el que sedispuso la Modificación Presu-puestaria de la Partida 51101 en-tre la Unidad de FinanciamientoInternacional (UFI) y el Ministeriode Gobierno, yCONSIDERANDO:

Que en la citada norma legalse observa un error material en el6° Párrafo del Considerando almencionar el Decreto N° 535/06,ya que el número de Decreto alque corresponde hacer menciónes el 353/06;

Que ante el error detectado sehace necesario salvar el mismo;

Que a fs. 2 se adjunta informede Asesoría Letrada del Ministe-rio de Hacienda la que califica elerror cometido como falta leve;

Por ello y en virtud de lo dis-puesto por el Artículo 77 inc. a) dela Ley 3.909 y lo dictaminado porAsesoría Letrada del Ministerio deHacienda;

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1°: Modifíquese el 6°

Párrafo del Considerando del De-creto N° 2.279 del 13 de Octubrede 2006 el que quedará redacta-do de la siguiente manera:

“Por ello y en virtud de lo dispues-to por el Artículo 13 inc. d) de laLey 7.490 y art. 3° del DecretoAcuerdo N° 353/06;”.

Artículo 2°: El presente Decre-to será refrendado por los seño-res Ministros de Gobierno y Ha-cienda.

Artículo 3°: La presente normalegal será remitida ad-referéndumde la Honorable Legislatura, porconducto de la Secretaría Adminis-trativa, Legal y Técnica de la Go-bernación, en cumplimiento de lodispuesto por el artículo 13 de laLey 7.490.

Artículo 4°: Notifíquese el pre-sente Decreto a la ContaduríaGeneral de la Provincia para suregistración, previa intervención dela Dirección de Finanzas.

Artículo 5° - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

JULIO CESAR CLETO COBOSAlejandro GallegoSergio L. Marinelli

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MINISTERIO DE SALUD______

DECRETO Nº 2.056

Mendoza, 22 de setiembre de2006

Visto los expedientes 866-D-05-77747, 797-D-05-77747, 802-D-05-77747, 803-D-05-77747,856-D-05-77747, 829-D-05-77747y 809-D-05-77747, en los cualesel Ministerio de Salud, gestiona lamodificación de la Planta de Per-sonal para posibilitar la designa-ción de diversas personas, en laUnidad Organizativa 75, Carácter1, de su Jurisdicción, yCONSIDERANDO:

Que no corresponde rescisiónni desafectación de la partida co-rrespondiente, en razón que a lafecha los contratos han caduca-do.

Que la designación de Dn.David Rubén Origaen, quien sedesempeña como Coordinadordel Programa Provincial de Pre-vención de los Riesgos Vincula-dos con la Diversión Nocturna delos Jóvenes, se realiza en un car-go de Supervisión, en virtud de loestablecido en el Art. 10º del De-creto-Ley Nº 560/73, según lo in-formado a fs. 70 del expediente829-D-05-77747.

Que la designación de Dn.Avallar, Luis Martin, Dn. Peña,Hugo Eduardo, Dn. Vivares, FerminRemigio y Dn. Escudero, EdgardoJosé, quienes se desempeñancomo Inspectores en el ProgramaProvincial de Prevención de losRiesgos Vinculados con la Diver-

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, viernes 22 de diciembre de 2006 11635

PLANILLA ANEXA IMODIFICACION PRESUPUESTARIA

Expediente 866-D-05-77747 y Acum - Decreto Nº 2056

1 08 75 S96095 411 01 00 8.585,40 9900100011 08 75 S96095 411 06 00 90,00 9901000011 08 75 S96096 411 01 00 26.867,31 9900100011 08 75 S96095 413 05 00 16.249,50 1480000001 08 75 S96096 413 05 00 52.733,25 1480000001 08 01 S96102 411 01 00 104.525,46 990010001

104.525,46 104.525,46

Unid. deGestión

Clasif.Econ.

Disminu-cionesAumentos

Car

ác.

Juris

.

U. O

rg.

Fin

anc. Grupo de

Insumos

MINISTERIO DE AMBIENTEY OBRAS PUBLICAS

_______

DECRETO Nº 2.591

Mendoza, 29 de noviembre de2006

Visto el expediente Nº 6364-M-06-30091 en el cual se dacuenta de la necesidad de ratifi-car el Acta Acuerdo celebrada el29 de agosto de 2006 entre elEstado Nacional, representadopor el Señor Ministro de Planifi-cación Federal, Inversión Públi-ca y Servicios, Arq. Julio M. DeVido, por una parte y el EstadoProvincial, representado por elSeñor Gobernador, Ing. Julio Cé-sar Cleto Cobos, yCONSIDERANDO:

Que por el referido instrumen-to la partes convienen el financia-miento de la obra a ejecutar enterritorio mendocino, denomina-da “Presa y Central Portezuelo delViento”, que integra el Proyecto:“Aprovechamiento Integral de losRecursos Hídricos del Río Gran-de, Trasvase del Río Grande alRío Atuel”, conforme con la dis-criminación de los montos deter-minados en el Anexo I que inte-gra el Acta Acuerdo, cuya ratifica-ción se solicita por esta normalegal.

Por lo expuesto y en conformi-dad con lo dictaminado por Ase-soría de Gabinete del Ministerio deAmbiente y Obras Públicas,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1º - Ratifíquese el Acta

Acuerdo celebrada en fecha 29 deagosto de 2006 entre el GobiernoNacional, representado por el Se-ñor Ministro de Planificación Fe-deral, Inversión Pública y Servicios,Arquitecto Julio M. De Vido, por unaparte y la Provincia de Mendoza,representada por el Señor Gober-nador, Ingeniero Julio César Cleto

sión Nocturna de los Jóvenes, serealiza en cargos de Supervisión,en virtud de lo establecido en elArt. 10º del Decreto-Ley Nº 560/73,según lo informado a fs. 68, 64,67 y 77 de los expedientes 797-D-05-77747, 802-D-05-77747, 803-D-05-77747 y 856-D-05-77747,respectivamente.

Por ello, en razón de lo solici-tado, lo informado por la Subdirec-ción de Personal y la conformidadde la Subsecretaría de Gestión Sa-nitaria del citado Ministerio, deacuerdo con lo dispuesto por losArts. 12º y 62º de la Ley Nº 7490,Presupuesto año 2006 y 2º y 25ºdel Decreto-Acuerdo Nº 353/06 yLey Nº 7380.

EL VICEGOBERNADOR DE LAPROVINCIA EN EJERCICIODEL PODER EJECUTIVO

DECRETA:Artículo 1º - Modifíquese el Pre-

supuesto de Erogaciones de laAdministración Pública ProvincialVigente Año 2006 del modo quese indica en la Planilla Anexa I, queforma parte integrante del presen-te Decreto, en la suma de pesosciento cuatro mil quinientos veinti-cinco con cuarenta y seis centa-vos ($ 104.525,46).

Artículo 2º - Modifíquese laPlanta de Personal prevista en elPresupuesto General vigente año2006 de la Administración Públi-ca Provincial y créense en el Ca-rácter, Jurisdicción, Unidad Orga-nizativa, Clasificación Presupues-taria, Ubicación Escalafonaria,Clase y Unidad de Gestión, loscargos que se indican en la Plani-lla Anexa II que forma parte inte-grante del presente Decreto.

Artículo 3º - La modificaciónpresupuestaria efectuada por elpresente Decreto no entorpeceráel normal desenvolvimiento de laJurisdicción durante el presenteejercicio.

Artículo 4º - Desígnense en for-ma interina y hasta tanto se cu-bran los cargos por concurso, enconformidad con lo dispuesto porla Ley que se indica, a las perso-nas que se mencionan en los car-

gos que se detallan, en la depen-dencia del Ministerio de Salud quese consigna:Jurisdicción 08, Carácter 1Subsecretaria de Gestión Sanita-ria, Unidad Organizativa 75Ley Nº 5465 y modificatoriasClase 004, Cód. 15-1-02-02Da. Privitera, María José, clase1979, DNI Nº 27.412.662Clase 013 -Inspector- Cód. 15-1-03-01Dn. Avallar, Luis Martin, Clase1962, DNI Nº 14.939.580Dn. Peña, Hugo Eduardo, Clase1964, DNI Nº 16.861.750Dn. Vivares, Fermin Remigio, Cla-se 1943, L.E. Nº 6.905.515Dn. Escudero, Edgardo José, Cla-se 1965, DNI Nº 17.667.092Clase 015 -Jefe Departamento 2ºNivel- Cód. 15-1-03-08Dn. Origaen, David Rubén, Clase1968, DNI Nº 20.117.263Clase 013 -Abogado- Cód. 15-3-01-09Dr. Lona, Andres Alejandro, clase1977, DNI Nº 25.984.579

Artículo 5º - Otórguese el Adi-cional por Mayor Horario, con eldesempeño de cuarenta (40) ho-ras semanales de trabajo, queestablecen los Arts. 32º -Punto 10-y 44º de la Ley N 5465, a las per-sonas mencionadas en el Art. 4ºdel presente Decreto, quienes re-vistan en los cargos allí consigna-dos.

Artículo 6º - El presente Decre-to será notificado a ContaduríaGeneral de la Provincia para su re-gistro, previa intervención de laDirección de Finanzas del Minis-terio de Hacienda.

Artículo 7º - Lo dispuesto porel presente Decreto tendrá vigen-cia a partir del primer día del messiguiente a la fecha de su dictado.

Artículo 8º - El presente Decre-to será refrendado por los Sres.Ministros de Salud y de Hacienda.

Artículo 9º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

JUAN CARLOS JALIFFArmando Antonio CallettiAlejandro Gallego

Cobos, por la otra. El citado ins-trumento integra la presente nor-ma legal como Anexo, en fotoco-pia autenticada constante de cin-co (5) fojas.

Artículo 2º - Conforme con laCláusula Séptima del Acta-Acuer-do, remítase la misma a la Hono-rable Legislatura Provincial parasu ratificación.

Artículo 3º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

JULIO CESAR CLETO COBOSFrancisco Morandini

______

ANEXOExp. Nº 6364-M-06-30091

Decreto Nº 2591ACTA ACUERDO

En la Ciudad de Mendoza, a los29 días del mes de agosto de2006, se reúnen el Señor Ministrode Planificación Federal, InversiónPública y Servicios, Arquitecto Ju-lio M. De Vido, por una parte, enrepresentación del Estado Nacio-nal, y el Señor Gobernador de laProvincia de Mendoza, IngenieroJulio C. Cobos, en representaciónde dicho Estado Provincial, y con-vienen suscribir el presente Acuer-do, sujeto a las siguientes cláu-sulas:

Primera: El Gobierno Nacio-nal, toma a su cargo el financia-miento en territorio de la Provin-cia de Mendoza, de la obra deno-minada «Presa y CentralPortezuelo del Viento”, que inte-gra el Proyecto denominado“Aprovechamiento Integral de losRecursos Hídricos del Río Gran-de, Trasvase del Río Grande alRío. Atuel», de acuerdo a losmontos indicados en el Anexo Idel presente Acuerdo.

Segunda: La Provincia deMendoza ejecutará la obra deta-llada en la cláusula primera, deacuerdo a las especificacionestécnicas que surgen de los estu-dios previos realizados por la

1 08 75 15 1 02 02 004 S962581 08 75 15 1 03 01 013 S704661 08 75 15 1 03 01 013 S962581 08 75 15 1 03 01 013 S704661 08 75 15 1 03 01 013 S704661 08 75 15 1 03 08 015 S704661 08 75 15 3 01 09 013 S70466

ORGANISMO

Sub

tr. Función

Car

.

Juris

.

U. O

rg.

Fin

alid

.

Fun

c.

R. S

al.

Ag

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.

Tra

mo

Cla

se

Unidad de Gestión

ESCALAFONAMIENTO

CARGO A ACREAR

PLANILLA ANEXA I IExpediente 866-D-05-77747 y Acum - Decreto Nº 2056

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, viernes 22 de diciembre de 200611636

Provincia y del proyecto licitatoriocuyos pliegos se encuentranelaborados y en etapa de apro-bación siendo supervisados porla Nación.

Tercera: El Estado Nacionalse compromete a transferir en elprimer trimestre de cada ejerci-cio, los, fondos detallados en elAnexo I, conforme al presupues-to de obra para cada ejercicio conmás las redeterminaciones deprecios. El Estado Nacional a tra-vés de los funcionarios que de-signe el Ministerio de Planifica-ción Federal, Inversión Pública yServicios, tendrá el derecho deverificar en cualquier tiempo elestado de las obras y tambiénde auditar, con la periodicidadque crea conveniente, el empleode los recursos remitidos, obli-gándose la Provincia a facilitar ladocumentación necesaria parael adecuado ejercicio de estederecho.

Cuarta: El aporte del EstadoNacional para el financiamientode la obra de la cláusula primerano genera derecho alguno delEstado Nacional a reclamar deaquél el reintegro de los fondos,invertidos ni suma alguna prove-niente de la planificación, ejecu-ción y puesta en marcha de dichaobra.

Quinta: En el marco del pre-sente, se establece que la ratifi-cación de este Acuerdo en la for-ma prevista en la cláusula sép-tima, producirá el desistimientode la acción y del derecho delproceso que tramita, por ante laCorte Suprema de Justicia de laNación, en los autos M-457“Mendoza, Pcia. de c/EstadoNacional s/Inconstitucionalidad”y el consentimiento del EstadoNacional, en los términos delArtículo 304, 2º párrafo, CPCCN,y que los gastos causídicos co-rrespondientes a dicho procesosean soportados de la siguien-te forma: los honorarios de losprofesionales abogados deambas partes, por el orden cau-sado; los honorarios, gastos co-rrespondientes a las actuacio-nes periciales y los gastos detasa de justicia, por mitades. Ra-tificado el acuerdo en la formaprevista, cualquiera de las par-tes podrá pedir el archivo delreferido proceso en carácter determinado.

Sexta: En caso de que la Na-ción no dé oportuno cumplimien-to a cualquiera de las obligacio-nes que le impone el presenteacuerdo, la Provincia quedaráfacultada, sin necesidad de in-terpelación judicial o extrajudicialalguna, a perseguir el cumpli-

miento, coactivo, de la prestaciónincumplida, mediante la perti-nente acción ejecutiva quedan-do facultada la Provincia parapromover además, por medio deacción ejecutiva la ejecución porel saldo no transferido del totalde lo presupuestado en el AnexoI para la terminación y puesta enmarcha de las obras comprome-tidas

Séptima: La vigencia del pre-sente Acuerdo se encuentra suje-ta a su ratificación por la H. Legis-latura de la Provincia de Mendoza(art. 99 inciso 4º de la Constitu-ción de Mendoza) y por el PoderEjecutivo Nacional.

En prueba de conformidadse firman dos (2) ejemplaresde un mismo tenor y a un soloefecto.

______

ANEXO IDe acuerdo a lo establecido

en la cláusula primera del conve-nio, el presupuesto de gastos bá-sicos para la ejecución de los es-tudios previos, anteproyecto, pro-yecto definitivo, proceso licitatorio,gastos generales y ejecución delas obras hasta su total puestaen marcha y funcionamiento, co-rrespondientes a la I Etapa del“Aprovechamiento Integral de losRecursos Hídricos del Río Gran-de, Trasvase del Río Grande alRío Atuel”, Presa y CentralPortezuelo del Viento, asciende ala suma de pesos un mil cincomillones ($ 1.005.000.000.-), se-gún estimaciones efectuadas porlas áreas técnicas de la Provin-cia, con más lasredeterminaciones de preciosque registren los conceptos men-cionados, estimados por la Pro-vincia para cada transferencia yconforme a la legislación provin-cial.

El monto anteriormente esta-blecido se discrimina de acuerdoal siguiente detalle:1- Estudios y proyectos

$ 15.000.000.-2- Presa Portezuelo del Viento

$ 710.000.000.-3- Central Portezuelo del Viento a

pie de presa y líneas de trans-misión de energía$ 280.000.000.-)En caso de producirse econo-

mías de obra, los saldos seránafectados a las obras de Acondi-cionamiento y Mejora de las ac-tuales áreas bajo riego, y desa-rrollo y preparación de las nuevasáreas bajo, riego.

El flujo de fondos estimado enforma provisoria y sin incluir lasredeterminaciones de precios esel siguiente:

Ejercicio 2007 $ 115.000.000.-Ejercicio 2008 $ 130.000.000.-Ejercicio 2009 $ 150.000.000.-Ejercicio 2010 $ 165.000.000.-Ejercicio 2011 $ 165.000.000.-Ejercicio 2012 $ 150.000.000-Ejercicio 2013 $ 130.000.000.-

La Provincia de Mendoza incor-pora en este Anexo toda la docu-mentación existente a la fecha conrelación a esta Obra.

MINISTERIO DE AMBIENTEY OBRAS PUBLICAS

_________

RESOLUCION N° 1.499

Mendoza, 16 de noviembre de2006

Visto el expediente N° 6024-S-2006-30091-E-0-5, en el cual sesolicita el incremento del Item:“Gastos Generales de Obras” delpresupuesto aprobado por Reso-lución N° 903-AOP-2006, para laobra “Limpieza y DesembanqueZanjón Maure DepartamentoGodoy Cruz - Mendoza”; teniendoen cuenta que el incremento soli-citado está destinado a atender elpago de los gastos de publicidadde los avisos licitatorios, dado queexisten fondos para la atención delgasto y en conformidad con lo dic-taminado por la Asesoría Legal deesta Jurisdicción,

En ejercicio de las facultadesque le confiere el Decreto-Acuer-do Nº 720/1998

EL MINISTRO DE AMBIENTEY OBRAS PUBLICAS

RESUELVE:Artículo 1° - Increméntese el

Item “Gastos Generales de Obra”del presupuesto aprobado por Re-solución N° 903-AOP-2006, para laobra “Limpieza y DesembanqueZanjón Maure DepartamentoGodoy Cruz - Mendoza”, en la sumade tres mil pesos ($ 3.000,00)

Artículo 2° - El gasto que de-mande el incremento del Item“Gastos Generales de Obra” delpresupuesto de la obra “Limpie-za y Desembanque ZanjónMaure Departamento Godoy Cruz- Mendoza”, aprobado por la Re-solución N° 903-AOP-2006, seráatendido con el Fondo de Infra-estructura Provincial a través dela Administradora Provincial delFondo para la Transformación yel Crecimiento en su carácter defiduciaria o quien la sustituya, concargo al Presupuesto de Eroga-ciones vigente-Ejercicio 2006:Unidad de Gestión de CréditoF00880-512-01-103, Unidad de

Gestión de Consumo F00880, deacuerdo con el siguiente detalle:“Gastos Generalesde Obras” (Presu-puesto aprobadopor ResoluciónN° 903-AOP-2006) $ 3.000,00

Artículo 3° - Comuníquese aquienes corresponda y archívese.

Francisco Morandini___________________________

RESOLUCION N° 1.500

Mendoza, 16 de noviembre de2006

Visto el expediente N° 6027-S-2006-30091-E-0-2, en el cual sesolicita el incremento del Item:“Gastos Generales de Obras” delpresupuesto aprobado por Reso-lución N° 1155-AOP-2006, para laobra “Construcción de Alcantari-llas sobre calles Terrada y Olavarría- Distrito Perdriel - DepartamentoLuján de Cuyo - Mendoza”; tenien-do en cuenta que el incrementosolicitado está destinado a aten-der el pago de los gastos de pu-blicidad de los avisos licitatorios,dado que existen fondos para laatención del gasto y en conformi-dad con lo dictaminado por la Ase-soría Legal de esta Jurisdicción,

En ejercicio de las facultadesque le confiere el Decreto-Acuer-do Nº 720/1998

EL MINISTRO DE AMBIENTEY OBRAS PUBLICAS

RESUELVE:Artículo 1° - Increméntese el

Item “Gastos Generales de Obra”del presupuesto aprobado porResolución N° 1155-AOP-2006,para la obra “Construcción de Al-cantarillas sobre calles Terrada yOlavarría - Distrito Perdriel - De-partamento Luján de Cuyo - Men-doza”, en la suma de tres mil pe-sos ($ 3.000,00).

Artículo 2° - El gasto que de-mande el incremento del Item“Gastos Generales de Obra” delpresupuesto de la obra “Construc-ción de Alcantarillas sobre callesTerrada y Olavarría - DistritoPerdriel - Departamento Luján deCuyo - Mendoza” aprobado por laResolución N° 1155-AOP-2006,será atendido con el Fondo de In-fraestructura Provincial a través dela Administradora Provincial delFondo para la Transformación y elCrecimiento en su carácter de fi-duciaria o quien la sustituya, concargo al Presupuesto de Eroga-ciones vigente-Ejercicio 2006:Unidad de Gestión de CréditoF99910-512-01-103, Unidad deGestión de Consumo F99910, deacuerdo con el siguiente detalle:“Gastos Generales deObras” (Presupues-

Resoluciones

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, viernes 22 de diciembre de 2006 11637

to aprobado porResoluciónN° 1155-AOP-2006) $ 3.000,00

Artículo 3° - Comuníquese aquienes corresponda y archívese.

Francisco Morandini___________________________

RESOLUCION N° 1.522

Mendoza, 23 de noviembre de2006

Visto el expediente N° 118-D-2006-30008-E-00-8, en el cual laDirección de Hidráulica eleva lasactuaciones relacionadas con laLicitación Privada realizada condestino a la contratación de lasobras: “Limpieza Colector LosCerrillos - departamento GodoyCruz - Mendoza”, yCONSIDERANDO:

Que el acto de referencia, au-torizado por Resolución N° 925-AOP-2006 dictada por el Ministe-rio de Ambiente y Obras Públicasen fecha 14 de julio del año 2006,arrojó el resultado que ilustra elacta corriente a fojas 193 del cita-do expediente.

Que la Comisión de Estudio dePropuestas, en el acta obrante afojas 204/206, recomienda ladesestimación de las ofertas de lasfirmas Camiletti Hnos. y Saxon S.A.en razón de que no remitieron lainformación complementaria soli-citada, por lo que ambas han incu-rrido en las causales de desesti-mación de ofertas en los términosdel Artículo 7° del Título III: Especi-ficaciones Particulares del Pliego.

Que, asimismo, en estas ac-tuaciones corresponde autorizar ala Dirección de Hidráulica a efec-tuar sobre la base de la documen-tación y presupuesto aprobadospor Resolución N° 925-AOP-2006,un nuevo llamado a licitación pri-vada para la contratación de lostrabajos de que se trata.

Por lo expuesto, teniendo encuenta lo informado al respecto,el despacho producido por el Con-sejo de Obras Públicas y de acuer-do con lo dictaminado por la Ase-soría Legal de la Dirección de Hi-dráulica y por Fiscalía de Estado,

En ejercicio de las facultadesque le confiere el Decreto-Acuer-do Nº 720/1998

EL MINISTRO DE AMBIENTEY OBRAS PUBLICAS

RESUELVE:Artículo 1° - Desestímense, con

pérdida de garantías, las ofertas delas firmas Camiletti Hnos. y SaxonS.A. presentadas a la Licitación Pri-vada autorizada por Resolución N°925-AOP-2006 para la contrataciónde la obra: “Limpieza Colector LosCerrillos - departamento Godoy Cruz- Mendoza”, por no haber dado cum-

plimiento a lo señalado en el Artícu-lo 7 del Título III: EspecificacionesParticulares del Pliego.

Artículo 2° - Autorícese a la Di-rección de Hidráulica para que, so-bre la base del presupuesto y do-cumentación técnica legal aproba-dos por Resolución N° 925-AOP-2006, efectúe un nuevo llamado alicitación privada para la contrata-ción de la obra: “Limpieza Colec-tor Los Cerrillos - departamentoGodoy Cruz - Mendoza”.

Artículo 3° - El gasto que de-mande el llamado a licitación pri-vada autorizada por el artículo an-terior será atendido con cargo alos fondos aprobados por el Artí-culo 1° de la Resolución N° 925-AOP-2006.

Artículo 4° - La Dirección de Hi-dráulica formalizará el contratocorrespondiente.

Artículo 5° - Comuníquese aquienes corresponda y archívese.

Francisco Morandini___________________________

RESOLUCION N° 1.546

Mendoza, 23 de noviembre de2006

Visto el expediente N° 4444-S-2006-30091-5-0-2, en el cualse solicita se amplie el rubro ho-norarios profesionales de lospresupuestos de distintas obrasque se ejecutan bajo la jurisdic-ción de la Dirección de Adminis-tración de Contratos y Obras Pú-blicas; teniendo en cuenta lo dic-taminado por Asesoría Legal delMinisterio y dado que existen fon-dos para la atención del gasto,

En ejercicio de las facultadesconferidas por Decreto-Acuerdo Nº720/1998

EL MINISTRO DE AMBIENTEY OBRAS PUBLICAS

RESUELVE:Artículo 1° - Amplíense en las

sumas que en cada caso se indi-can, los montos de los ítem hono-rarios profesionales de los presu-puestos de las siguientes obras:Obra: ConstrucciónEstablecimiento Pe-nitenciario Cacheu-ta II Etapa-Decre-to 1353/06 $ 75.000,00Obra: ConstrucciónEdificios Escolaresen La ProvinciaResoluciónN° 293/06 $ 169.590,00Obra: ConstrucciónEdificios EscolaresPlan 700 EscuelasResoluciónN° 1570/05 $ 137.070,00Obra: ConstrucciónEdificios EscolaresMariano Moreno

ResoluciónN°1727/05 $ 15.830,00Total General $ 397.490,00

Artículo 2° - El gasto aprobadopor el Artículo anterior, que asciendea la suma total de trescientos no-venta y siete mil cuatrocientos noven-ta pesos ($ 397.490,00) será aten-dido por la Administradora Provincialdel Fondo para la Transformación yel Crecimiento y/o quien la sustituya,con cargo al presupuesto de Eroga-ciones Vigente-Ejercicio 2006, Uni-dades Gestión de Crédito F-96331-512-01-103; F-00039-512-01-103; F-96334-512-01-103 y Unidades deGestión de Consumo F-96331; F-00039; F-96334.

Artículo 3° - Comuníquese aquienes corresponda y archívese.

Francisco Morandini___________________________

RESOLUCION N° 1.559

Mendoza, 23 de noviembre de2006

Visto el expediente N° 1698-D-2006-77308-E-00-3, en elcual se eleva para su aprobaciónel “Convenio de Ampliación dePlazo N°3 de Obra Adicional N°2”, celebrado entre la Direcciónde Administración de Contratos yObras Públicas representada porsu Director Ingeniero RubénDinnocenzo y la Empresa Inge-niero Pier Morales, representadapor su Titular Ingeniero Juan PierMorales, contratista de la obra“Construcción Línea de MediaTensión 13,2 KV para Suministrode Energia al Observatorio PierreAuger - Departamento Malargüe -Mendoza”, según Convenio deAdicionales aprobado por Reso-lución 183-AOP-06; en razón delo informado al respecto, tenien-do en cuenta el despacho produ-cido por el Consejo de ObrasPúblicas y lo dictaminado por laAsesoría Legal del Ministerio,

En ejercicio de las facultadesconferidas por Decreto-Acuerdo Nº720/1998

EL MINISTRO DE AMBIENTEY OBRAS PUBLICAS

RESUELVE:Artículo 1° - Apruébese el “Con-

venio de Ampliación de Plazo N° 3de Obra Adicional N° 2”, celebra-do en fecha 5 de octubre de 2006,entre la Dirección de Administra-ción de Contratos y Obras Públi-cas representada por su DirectorIngeniero Ruben Dinnocenzo y laEmpresa Ingeniero Pier Moralesrepresentada por su Titular Inge-niero Juan Pier Morales, contratistade la obra “Construcción Línea deMedia Tensión 13,2 KV para Su-ministro de Energia al Observato-rio Pierre Auger - Departamento

Malargüe - Mendoza”, el que enfotocopia autenticada, constantede una (1) hoja, integra la presen-te resolución como Anexo.

Artículo 2° - Comuníquese aquienes corresponda y archívese.

Francisco Morandini______

ANEXOExp. 1698-D-2006-77308-E-00-3

CONVENIO DE AMPLIACIONDE PLAZO N° 3 DE OBRA

ADICIONAL N°2Entre la Dirección de Adminis-

tración de Contratos y Obras Públi-cas del Ministerio de Ambiente yObras Públicas, en adelante La Ad-ministración, representada en estéacto por su Director Ing. RubenDinnocenzo, que fija domicilio legalen el 8° Piso de Casa de Gobierno,Centro Cívico, Mendoza, por unaparte, y por la otra la Empresa lng.Pier Morales, representada por suTitular Ing. Juan Pier Morales, quefija domicilio legal en calle CarrilGómez 3400 - Coquimbito - Maipú -Mendoza, Contratista de la Obra:“Construcción Línea de Media Ten-sión 13,2 KV para Suministro deEnergia al Observatorio Pierre Auger- Departamento Malargüe - Mendo-za”, se conviene en formalizar la si-guiente alteración al Convenio deAdicionales N° 2 aprobado por Re-solución AOP-183/2006, la que serárefrendada por el Sr. Ministro de Am-biente y Obras Públicas:

Artículo Primero: Se modifica elplazo de ejecución de los TrabajosAdicionales N° 2 ampliándolo en(45) cuarenta y cinco días corridosde acuerdo a lo establecido a fs.01 del expte. N° 1698-D-2006-77308, contados a partir de la fe-cha de terminación acordada en elConvenio de Ampliación de PlazosN° 2 que se tramita mediante Expte.4539-D-2006 (30091), día 19/08/2006, siendo la nueva fecha de ter-minación de los trabajos adiciona-les el día 03/10/2006.

Artículo Segundo: Las partesdeclaran que el presente Conve-nio no devenga gastos improducti-vos, ni gastos generales, con mo-tivo de la ampliación de plazo acor-dada en el presente Convenio, noteniendo en consecuencia sobreeste concepto, nada que recono-cerse ni reclamarse respectiva-mente.

En prueba de conformidad y fielcumplimiento del presente Con-venio, se firman dos ejemplaresde un mismo tenor y a un solo efec-to de acuerdo por ambas partes,en la ciudad de Mendoza a los cin-co días del mes de octubre de dosmil seis.

Ruben DinnocenzoPier Morales

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, viernes 22 de diciembre de 200611638

RESOLUCION N° 1.562

Mendoza, 23 de noviembre de2006

Visto el expediente N° 3095-M-05-30091-E-0-6 (ocho tomos) enel cual la Dirección de Ejecución yControl de Servicios Públicos ele-va las actuaciones relacionadascon la licitación pública autoriza-da por Resolución N° 252-AOP-06,con destino a la contratación delas obras: “Construcción deReservorios - Lagunas de Oxida-ción - Distrito El Nihuil - Departa-mento San Rafael - Mendoza”, yCONSIDERANDO:

Que al acto de referencia sepresentaron dos firmas de plaza:“Nihuil Construcciones S.A.” y“Construcciones Danilo dePellegrin S.A.”, según ilustran lasactas de fojas 1705 y 1902 de lascitadas actuaciones.

Que del Acta de Estudio dePropuestas elaborada a fojas1946/1948 y vuelta de autos porla Comisión designada al efectomediante Resolución N° 78/06de la repartición actuante, surgeque si bien “Nihuil Construccio-nes S.A.” menciona en su planfinanciero utilizar fuentes de fi-nanciación bancaria, no presen-ta certificación de líneas de cré-ditos bancarios y sólo acreditabuen comportamiento como titu-lar de su cuenta corriente. Elmonto coti-zado de la obra equi-vale al del patrimonio neto deloferente, quien cumple con lasexigencias requeridas en pliegosen cuanto a la presentación dedeclaraciones juradas y pagosimpositivos y previsionales, peroen definitiva no cuenta con capa-cidad patrimonial y financierasuficiente para el desarrollo delos trabajos de que se trata.

Que a fojas 2027 y vuelta rolaun “Acta de Análisis de Documen-tación Complementaria” donde laComisión de Estudio de Pro-puestas evalúa la nueva docu-mentación presentada el 22 deagosto del año en curso por la fir-ma “Nihuil Construcciones S. A.”.

Que el Consejo de Obras Pú-blicas en su dictamen de fojas2030/2031 apoya el criterio susten-tado por la Comisión expresado ensu informe primitivo (fojas 1705),por estimar que el análisis de lanueva documentación requerida ala empresa resulta extemporanea.

Que con relación a la segundaoferente: “Construcciones Danilode Pellegrin S.A.”, considera la Co-misión que tanto su oferta básicacomo la Variante I cotizada, no re-sultan convenientes a los intere-ses de la Administración por re-sultar marcadamente superioresal Presupuesto Oficial (181,21% y175,02%, respectivamente).

Que los motivos expresadosprecedentemente, fundamentan elcriterio del Consejo para rechazarlas dos propuestas y facultar a larepartición actuante para que, so-bre la base de la documentación ypresupuestos ya aprobados porResolución N° 252-AOP-06, efec-túe una licitación privada (Artículo16°, Inciso f) del Decreto-Ley N°4416/80) para contratar la realiza-ción de los mencionados trabajos.

Por lo expuesto, teniendo encuenta las disposiciones estable-cidas en el Decreto-Ley de ObrasPúblicas N° 4416/80 y en confor-midad con los dictámenes produ-cidos por el Consejo de ObrasPúblicas, Asesoría Legal del Mi-nisterio y Fiscalía de Estado,

En uso de las atribucionesconferidas por el Decreto-Acuer-do Nº 720/1998 y el Artículo 19º delDecreto-Acuerdo Nº 1497/2002,

EL MINISTRO DE AMBIENTEY OBRAS PUBLICAS

RESUELVE:Artículo 1° - Rechácense, por los

motivos expuestos en los conside-randos de la presente resolución,las ofertas presentadas por las fir-mas “Nihuil Construcciones S.A.” y“Construcciones Danilo dePellegrin S.A.” en la licitación públi-ca destinada a la contratación delas obras: “Construcción deReservorios - Lagunas de Oxidación- Distrito El Nihuil - DepartamentoSan Rafael - Mendoza”, autorizadapor Resolución N° 252-AOP-06,

Artículo 2° - Facúltese a la Di-rección de Ejecución y Control deServicios Públicos para que sobrela base de la documentación y pre-supuesto aprobados por Resolu-ción N° 252-AOP-06, proceda aefectuar un llamado a licitaciónprivada, con destino a la con-tratación de los trabajos citadosen el Artículo 1°, en los términosdel Artículo 16°, Inciso f) del De-creto-Ley N° 4416 (de Obras Pú-blicas), en razón de haber fracasola licitación pública realizada en fe-cha 12 de mayo de 2006.

Artículo 3° - El presupuesto cuyomonto que asciende a la suma to-tal de un millón ochocientos cua-renta y cinco mil novecien-tos cin-cuenta y siete pesos con cuarenta yocho centavos ($ 1.845.957,48),deberá desglosarse de acuerdocon el siguiente detalle:• Presupuesto de

Obra Básica $ 1.532.557,48• Variación

de Precios $ 230.000,00• Otros Costos

de Obra $ 10.000,00• Gastos Gene-

rales de Obra $ 35.000,00• Honorarios $ 38.400,00Total General $ 1.845.957,48

Artículo 4° - El gasto emergen-te de la obra de referencia será

atendido por Tesorería General dela Provincia en la siguiente formay proporción:I - Con cargo a los fondos autori-

zados por Resolución N° 252-AOP-06:• Gastos Gene-rales de Obra $ 25.000,00

II- Con el Presupuesto de Eroga-ciones vigente-Ejercicio 2006:Unidad de Gestión de Crédi-to:099890-512-01-00 Unidadde Gestión de Consumo:099890• Obra Básica $ 140.000,00• Variacionesde Precios $ 21.000,00• Otros Cos-tos de Obra $ 7.600,00• Honorarios Pro-fesionales $ 6.400,00Subtotal Ejerci-cio 2006 (1+2) $ 200.000,00

III-Con cargo al Presupuesto deErogaciones Ejercicio 2007:Partidas Correlativas:• Obra Básica $ 1.392.557,48• Variacionesde Precios $ 209.000,00• Otros Cos-tos de Obra $ 2.400,00• Gastos Gene-rales de Obra $ 10.000.00• Honorarios Pro-fesionales $ 32.000.00Subtotal Ejer-cicio 2007 $ 1.645.957,48Total GeneralEjercicios2006/2007(1+2+3) $ 1.845.957,48Artículo 5° - La presente reso-

lución será refrendada por el se-ñor Ministro de Hacienda.

Artículo 6° - Comuníquese aquienes corresponda y archívese.

Francisco MorandiniAlejandro Gallego

___________________________

RESOLUCION N° 1.570

Mendoza, 29 de noviembre de2006

Visto el expediente N° 1494-P-2006-00210-E0-9, en el cual sesolicita el incremento del Item:“Gastos Generales de Obras” delPresupuesto aprobado por Reso-lución N° 2296-AOP-2004, para laobra “Construcción de dos Pabe-llones en Sector Sur de la Peni-tenciaria Provincial - Ciudad - Men-doza”; teniendo en cuenta que elincremento solicitado está desti-nado a atender el pago de los gas-tos de publicidad de los avisos li-citatorios, dado que existen fon-dos para la atención del gasto yen conformidad con lo dictamina-do por la Asesora de Gabinete deesta Jurisdicción,

En ejercicio de las facultadesque le confiere el Decreto-Acuer-do Nº 720/1998

EL MINISTRO DE AMBIENTEY OBRAS PUBLICAS

RESUELVE:Artículo 1° - Increméntese el

Item: “Gastos Generales de Obras”del presupuesto aprobado por Re-solución N° 2296-AOP-2004, parala obra “Construcción de dos Pa-bellones en Sector Sur de la Peni-tenciaria Provincial - Ciudad - Men-doza”, en la suma de un mil nove-cientos noventa y dos pesos contreinta centavos ($ 1.992,30)

Artículo 2° - El gasto que de-mande el incremento del ItemGastos Generales de Obra “Cons-trucción de dos Pabellones en Sec-tor Sur de la Penitenciaria Provin-cial - Ciudad - Mendoza”, del pre-supuesto de la obra aprobado porla Resolución N° 2296-AOP-2004,será atendido por el Ministerio deGobierno, con cargo al Presupues-to de Erogaciones vigente-Ejerci-cio 2006: Unidad de Gestión deCrédito G99012-512.-01-155-Fon-do K, Unidad de Gestión de Con-sumo G00184, de acuerdo con elsiguiente detalle:“Gastos Generales de Obras” (Pre-supuesto aprobado por ResoluciónN° 2296-AOP-2004) $ 1.992,30

Artículo 3° - La presente nor-ma legal será refrendada por elseñor Ministro de Gobierno.

Artículo 4° - Comuníquese aquienes corresponda y archívese.

Francisco MorandiniSergio Marinelli

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RESOLUCION N° 1.578

Mendoza, 30 de noviembre de2006

VistoS el expediente N° 1708-D-06-77308-E-00-1 y su acumula-do N° 1478-D-06-77308-E-00-8 enlos cuales la Dirección de Ejecu-ción y Control de Servicios Públicoseleva para su aprobación el “Con-venio de Adicionales y Ampliaciónde Plazo de Ejecución N° 2” cele-brado entre la citada Repartición yla Empresa “Construcciones Elec-tromecánicas del Oeste S.A.(C.E.O.S.A.)”, contratista de lasobras: “Línea Aérea de Media Ten-sión 33 Kv Estación TransformadoraBowen-Carmensa - AlimentaciónDefinitiva a la localidad de Punta delAgua - Departamento General Alvear- Mendoza”, yCONSIDERANDO:

Que por el referido instrumen-to las partes convienen en forma-lizar alteraciones al contrato origi-nal aprobado por Resolución N°1476-AOP-0s, ad-referendum delPoder Ejecutivo, relacionadas conadicionales por trabajos imprevis-tos y una ampliación de plazo pornoventa días más del término es-tablecido primariamente

Que en oportunidad de iniciar

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, viernes 22 de diciembre de 2006 11639

DIRECCION GENERALDE ESCUELAS

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RESOLUCIÓN Nº 48

Mendoza, 19 de diciembre de2006

Visto, el Expediente N° 16536-I-06, por el que se tramita la reno-vación de la Resolución de apro-bación de los Cursos de Capaci-tación Laboral presentados por el"Instituto de Alta Cocina y Repos-tería Arrayanes ", y;CONSIDERANDO:

Que por Resolución Nº 1303de Dirección General de Escue-las se reglamenta la actividad delos Institutos No Formales de Ca-pacitación Laboral de Gestión Pri-vada;

Que en los Artículos 5º, 6º y 7ºde la mencionada norma legal, seespecifica la incumbencia quecabe a esta Dirección;

Que por Resolución Nº 30 dela Dirección de Educación Técni-ca y Trabajo se especifican los re-quisitos para la presentación,aprobación y supervisión de loscursos de Capacitación, cuyoscertificados serán equivalentes alos emitidos por los Centros deCapacitación para el Trabajo, quedependen de esta Dirección;

Que la propuesta presentadapor el Instituto Modelo de Repos-tería Artesanal, inscripto en Edu-cación Privada con Resolución Nº3110, cumple con los requisitosestablecidos, habiendo sido lamisma evaluada y aprobada.

Por ello,LA DIRECTORA DE EDUCACIÓN

TÉCNICA Y TRABAJORESUELVE:

Artículo 1º - Apruébense los

los trabajos, EDESTE presentó unpedido de estación de rebaje y pro-puso una instalación de mayor en-vergadura, atendiendo a lo reque-rido por las Cooperativas Eléctri-cas “CECSAGAL” Y “COSTAPAC”.Si bien la repartición actuante esti-mó que se trataba de un proyectotécnicamente aceptable, desde elpunto de vista económico resulta-ba inoportuna su adquisición, mo-tivo por el que después de variasreuniones con técnicos de las coo-perativas, tendientes a anali-zardiversas alternativas que no impli-carán un aumento sustancial delmonto total de la obra, se llegó a laconclusión que debía descartarsela ejecución de la subestación.

Que como consecuencia de loantedicho, se proyectó una insta-lación aérea con columnas y ele-mentos de hormigón armado, limi-tando la potencia a instalar a 400Kv con un transformador de 33/13.2 Kv, tres seccionadores de 33Kv y un reconectador para 13,2 Kv,como partes principales del pues-to de rebaje. Para mayor ilustraciónla repartición mencionada acom-paña en fotocopia las notas de lasCooperativas, de EDESTESA y delEnte Provincial Regulador Eléctri-co (EPRE), las que corren a fojas16/17 y 37/38 de los autos N° 1708-D-06-77308-E-00-1.

Que el Consejo de Obras Pú-blicas se ha expedido en dos opor-tunidades, la primera, en fecha 19de setiembre del presente año,cuando solicitó a la Dirección deEjecución y Control de ServiciosPúblicos que justificara técnica yeconómica el pedido del adicio-nal que por esta norma legal sesolicita aprobar y la segunda, el28 del mismo mes, cuando dichoCuerpo estimó cumplimentada ladocumentación requerida, la quefue aportada de acuerdo a losmanifestado en el párrafo anterior.Por ese motivo, en esta última ins-tancia el Consejo recomienda lasuscripción y aprobación del ins-trumento de que se trata.

Por lo expuesto, conforme conlo dictaminado por el Consejo deObras Públicas y Asesoría Letra-da de esta jurisdicción,

En ejercicio de las facultadesconferidas por Decreto-Acuerdo Nº720/1998 y el Artículo 19° del De-creto Nº 1497/2002 y ampliatorio

EL MINISTRO DE AMBIENTEY OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:Artículo 1° - Apruébese el “Con-

venio de Adicionales y Ampliaciónde Plazo de Ejecución N° 2”, co-rrespondiente a las obras: “LíneaAérea de Media Tensión 33 KV Es-tación Transformadora Bowen-Carmensa - Alimentación Definiti-va a la localidad de Punta del Agua- Departamento General Alvear -

Mendoza”, celebrado el 14 de se-tiembre de 2006 entre la Direcciónde Ejecución y Control de Servi-cios Públicos, representada por sutitular, Ingeniero Luis Alberto Ma-llar, por una parte y la Empresa“Construcciones Electromecáni-cas del Oeste S.A. (C.E.O.S.A.)”,contratista de los citados trabajos,representada por el Ingeniero Fer-nando Ariel Porreta, por la otra.

El instrumento de que se trata,en fotocopia autenticada constan-te de una (1) hoja integra comoAnexo la presente resolución.

Artículo 2° - El gasto emergen-te del convenio que se aprueba porel artículo precedente, que ascien-de a la suma total de trescientosdiez mil pesos ($ 310.000,00), seatenderá con el Fondo Especial deDesarrollo Eléctrico del Interior(FEDEI), por intermedio de la Di-rección de Ejecución y Control deServicios Públicos, con imputacióna la siguiente cuenta del Presu-puesto de Erogaciones vigente-Ejercicio 2006: Unidad de Gestiónde Crédito: O99829-512-01 Finan-ciamiento 174 - Fondo K Unidadde Gestión de Consumo: 099829.

El importe antes mencionadocorresponde a los siguientesrubros:• Adicional de

Obra Básica $ 281.656,59• Variaciones

de Precios $ 28.343,41Total $ 310.000,00

Artículo 3° - Comuníquese aquienes corresponda y archívese.

Francisco Morandini___________________________

RESOLUCION N° 1.587

Mendoza, 30 de noviembre de2006

Visto el expediente N° 5337-S-2006-30091-E-0-9, en el cual sesolicita el incremento del Item: “Gas-tos Generales de Obras” del presu-puesto aprobado por Resolución N°1689-AOP-2005, para la obra “Tra-bajos de Reparación en Escuela N°4-152 “Puente de Hierro” - Departa-mento Guaymallén - Mendoza”; te-niendo en cuenta que el incremen-to solicitado está destinado a aten-der el pago de los gastos de publi-cidad de los avisos licitatorios, dadoque existen fondos para la atencióndel gasto y en conformidad con lodictaminado por la Asesoría Legalde esta Jurisdicción,

En ejercicio de las facultadesque le confiere el Decreto-Acuer-do Nº 720/1998

EL MINISTRO DE AMBIENTEY OBRAS PUBLICAS

RESUELVE:Artículo 1° - Increméntese el Item

“Gastos Generales de Obras” delpresupuesto aprobado por Resolu-ción N° 1689-AOP-2005, para la obra

“Trabajos de Reparación en Escue-la N° 4-152 “Puente de Hierro” - De-partamento Guaymallén - Mendoza”,en la suma de un mil seiscientosnueve pesos con cincuenta y cuatrocentavos ($ 1.609,54).

Artículo 2° - El gasto que de-mande el incremento del Item“Gastos Generales de Obra” delpresupuesto de la obra “Trabajosde Reparación en Escuela N° 4-152 “Puente de Hierro” - Departa-mento Guaymallén - Mendoza”aprobado por la Resolución N°1689-AOP-2005, será atendido conel Fondo de Infraestructura Provin-cial a través de la AdministradoraProvincial del Fondo para la Trans-formación y el Crecimiento en sucarácter de fiduciaria o quien la sus-tituya, con cargo al Presupuesto deErogaciones Vigente-Ejercicio2006: Unidad de Gestión de Crédi-to F00062-512-01103, Unidad deGestión de Consumo F00062, deacuerdo con el siguiente detalle:“Gastos Generales de Obras” (Pre-supuesto aprobado por Resolu-ción N° 1689-AOP-2005) $1.609,54

Artículo 3° - Comuníquese aquienes corresponda y archívese.

Francisco Morandini___________________________

RESOLUCION N° 1.588

Mendoza, 30 de noviembre de2006

Visto el expediente N° 5334-S-2006-30091-E-0-2, en el cual sesolicita el incremento del Item: “Cas-tos Generales de Obras” del presu-puesto aprobado por Resolución2080-AOP-2005, para la obra “Tra-bajos de Reparación en Escuela N°4-153 “Luis Quesada” - Departa-mento Guaymallén - Mendoza”; te-niendo en cuenta que el incremen-to solicitado está destinado a aten-der el pago de los gastos de publi-cidad de los avisos licitatorios, dadoque existen fondos para la atencióndel gasto y en conformidad con lodictaminado por la Asesoría Legalde esta Jurisdicción,

En ejercicio de las facultadesque le confiere el Decreto-Acuer-do Nº 720/1998

EL MINISTRO DE AMBIENTEY OBRAS PUBLICAS

RESUELVE:Artículo 1° - Increméntese el

Item “Gastos Generales de Obras”del presupuesto aprobado por Re-solución N° 2080-AOP-2003, parala obra “Trabajos de Reparación enEscuela N° 4-153 “Luis Quesada”- Departamento Guaymallén - Men-doza”, en la suma de un mil seis-cientos tres pesos con cincuenta ycuatro centavos ($ 1.603,54)

Artículo 2° - El gasto que de-mande el incremento del Item“Gastos Generales de Obra” del

presupuesto de la obra “Trabajosde Reparación en Escuela N° 4-153 “Luis Quesada” - Departamen-to Guaymallén - Mendoza” aproba-do por la Resolución N° 2080-ACP-2005, será atendido con el Fondode Infraestructura Provincial a tra-vés de la Administradora Provincialdel Fondo para la Transformacióny el Crecimiento en su carácter defiduciaria o quien la sustituya, concargo al Presupuesto de Erogacio-nes vigente-Ejercicio 2006: Unidadde Gestión de Crédito F20949-512-01-103, Unidad de Gestión de Con-sumo F20949, de acuerdo con elsiguiente detalle:“Gastos Generales de Obras” (Pre-supuesto aprobado por Resolu-ción N° 2080-AOP-2005) $1.603,54

Artículo 3° - Comuníquese aquienes corresponda y archívese.

Francisco Morandini___________________________

Page 8: Boletin Oficial Ordenanza 1919

BOLETIN OFICIAL - Mendoza, viernes 22 de diciembre de 200611640

Cursos: "Especialista en arte ytécnicas gastronómicas" y "Pas-telería Profesional"; y la corres-pondiente carga horaria, confor-me a la evaluación de la pro-puesta curricular que figura enel Anexo I de la presente Reso-lución.

Artículo 2º - Determínese unperíodo de dos años durante elcual podrán dictarse los Cursosaprobados. Cumplido ese pla-zo, la institución podrá presen-tar una nueva propuesta curri-cular.

Artículo 3º - Desígnese al Ins-pector de la Sección I, para la su-pervisión correspondiente a di-chos cursos.

Artículo 4º - Establézcase quesólo serán certificados aquellosCursos que figuran en el Anexo Ide la presente Resolución de Re-novación del "Instituto de Alta Co-cina y Repostería Arrayanes", quehayan cumplimentado los requi-sitos de asistencia y evaluación alos mismos.

Artículo 5º - Dispóngase quela presente resolución tendrá vi-gencia a partir de su publicaciónen el Boletín Oficial.

Artículo 6º - Comuníquese aquienes corresponda e insérteseen el Libro de Resoluciones.

Hilda Crowe_______

ANEXO ICurso: Especialista en artey técnicas gastronómicas.

Duración: 864 (ochocientassesenta y cuatro) horas reloj.

Objetivos:• Formar gastronómicos de alto

nivel y excelencia, capaces deiniciar proyectos con criterio yestilo propio dentro de las dis-tintas áreas de la gastrono-mía.

• Otorgar herramientas y técnicasnecesarias para comprender losprincipios del arte gastronómi-co aplicado a la salud y la estéti-ca, basado en la ética profesio-nal.

• Proporcionar el desarrollo de lacreatividad y la destreza manual,combinados con el buen gustoy la estética en el arte de coci-nar.

• Estimular a los futuros profesio-nales al desarrollo de habilida-des, estilo e ingenio para su apli-cación en el ámbito laboral.

• Transferir conocimientos, expe-riencias y pasión por la gastro-nomía, motivando a nuestros fu-turos profesionales a la explo-ración y descubrimiento de suvocación.

• Descubrir y facilitar experienciasreales de desarrollo para que

los futuros profesionales razo-nen e interpreten el mundo de lagastronomía.

• Facilitar las herramientas nece-sarias para la integración al ám-bito empresarial gastronómicoa nivel laboral y profesional.

• Adquirir vocabulario técnico cu-linario.

• Aprender a manipular alimentosen forma adecuada.

• Conocer las normasbromatológicas y reglamenta-ción vigente aplicables a la ela-boración de distintos alimentos.

• Comprender los procesos quí-micos que se producen durantela elaboración.

• Adquirir dominio de las habilida-des necesarias en el procesodel servicio de alimentos y bebi-das, desde la preparación delsalón, hasta la despedida de loscomensales.

• Comprender la importancia delequilibrio necesario en la nutri-ción humana.

• Ingresar al mundo del vino a tra-vés del análisis, degustación ymaridaje con platos.

• Aprender los principios funda-mentales de administración deempresas gastronómicas.

• Conocer las particularidades yespecificidades de los costosdel rubro gastronómico.

• Analizar técnicas de marketingque permitan establecer conéxito emprendimientosgastronómicos.

• Involucrar e interpretar la rique-za de la cultura gastronómica através de las raíces, costumbresy religiones de los pueblos y suarte gastronómico.

Descripción de Contenidos.Contenidos Conceptuales:Primer año:Primer cuatrimestre:• Cocina I.• Panadería artesanal.• Francés gastronómico (Nivel I).• Manipulación de alimentos.• Vitivinicultura.• Ciencias aplicadas I.• Examen final de competencias

(Práctico).Segundo cuatrimestre:• Cocina II.• Pastelería I.• Francés gastronómico (Nivel II).• Introducción a la cocina

nutricional.• Conservas nutricionales.• Servicio de alimentos y bebidas

I.• Ciencias aplicadas II.• Examen final de competencias

(Práctico).Segundo año:Primer cuatrimestre:• Cocina III.• Pastelería II.

• Francés gastronómico (Nivel III).• Cocina nutricional y Salud I.• Bromatología I.• Servicio de alimentos y bebidas

II.• Ciencias aplicadas III.• Examen final de competencias

(Práctico).Segundo cuatrimestre:• Cocina IV.• Pastelería III.• Francés gastronómico (Nivel IV).• Bromatología II.• Degustación de vinos.• Ciencias aplicadas IV.• Examen final de competencias

(Práctico).Tercer año:Primer cuatrimestre:• Cocina V.• Pastelería IV.• Francés gastronómico (Nivel V).• Cocina nutricional y Salud II.• Organización de eventos.• Ciencias aplicadas V.• Examen final de competencias

(Práctico).Segundo cuatrimestre:• Cocina VI.• Pastelería navideña.• Francés gastronómico (Nivel VI).• Química culinaria.• Maridaje.• Coctelería Básica.• Ciencias aplicadas VI.• Examen final de competencias

(Práctico).Contenidos Procedimentales:• Aplicación de los distintos tipos

de cortes.• Clasificación y aplicación de mé-

todos de cocción a distintos in-gredientes.

• Elaboración de recetas de losdiferentes dossiers.

• Elaboración de productos y pre-paraciones regionales.

• Elaboración de piezas de pana-dería.

• Elaboración de distintos tipos dealfajores argentinos.

• Análisis de las preparacionesrepresentativas de la época co-lonial.

• Identificación de ingredientes tí-picos de las zonas mediterrá-neas.

• Identificación y clasificación devariedades de pescados segúnsu hábitat.

• Identificación y clasificación devariedades de mariscos y suscaracterísticas organolépticas.

• Establecimiento de relación desemejanzas y diferencias en pre-paraciones saladas y dulces.

• Identificación de ingredientes tí-picos de uso en el país.

• Identificación de ingredientes tí-picos de uso en los países deCentroamérica.

• Identificación del origen y varie-dades de pizzas.

• Análisis de las características delas empanadas según su ori-gen.

• Identificación de ingredientesespecíficos y su aplicación, utili-zados en la Cocina del Mundo.

Contenidos Actitudinales:• Actitud de trabajo en equipo.• Respuesta a las consignas de

trabajo y aplicación.• Cumplimiento y responsabili-

dad en las tareas.• Capacidad de planificación y or-

ganización.• Compromiso personal con el

cuidado de la salud en la mani-pulación de los alimentos.

• Autonomía, creatividad y buenapredisposición en la toma de de-cisiones y en el diseño y concre-ción de proyectos.

• Valoración de la importancia delaprendizaje permanente.

• Responsabilidad y cuidado enel uso de los instrumentos yequipamiento.

• Actitud solidaria, cooperativa y decuidado hacia los demás.

• Disposición a participar en pro-yectos grupales e instituciona-les.

• Valoración del significado perso-nal y social del trabajo como ins-trumento de integración en lavida productiva.

• Respeto por las normas de tra-bajo.

• Valoración del intercambio deideas en la elaboración de pro-ductos.

• Actitud ordenada y metódica enel trabajo.

• Interés por emplear las técnicasy utensilios en forma correcta.

• Predisposición a conocer losprocesos de elaboración, obser-vando en ellos sus característi-cas técnicas.

• Predisposición a conocer los in-gredientes regionales y los pro-cesos de elaboración.

• Valoración de la importancia quetiene el producto de acuerdo asu consumo.

• Interés por aprender a prepararpreparaciones típicas.

• Curiosidad por conocer prepa-raciones antiguas y tradiciona-les.

• Predisposición a conocer los in-gredientes de la región y su co-rrecta aplicación en la cocina.

• Interés por conocer similitudesy diferencias de los productos depesca y sus métodos de coc-ción.

• Hábito de observar y reconocerfrescura del producto como me-dio para conseguir buenos re-sultados en el plato.

• Interés por aplicar conocimien-tos de experiencias de índolepráctica.

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, viernes 22 de diciembre de 2006 11641

• Sensibilidad y gusto hacia lascocinas latinas.

• Respeto por la tradición en el usode ingredientes y productos.

Competencias:• Desarrollar las capacidades,

habilidades y actitudes necesa-rias que permitan una eficaz in-serción laboral, ya sea a travésdel empleo o del desarrollo deemprendimientos propios.

• D e s e m p e ñ a r s eprofesionalmente en todo tipode empresas o actividades vin-culadas a serviciosgastronómicos, siendo flexiblesa los cambios continuos y re-querimientos del entorno.

• Planificar, costear y ejecutar enforma exitosa proyectos y servi-cios gastronómicos.

• Desarrollar la creatividad en lapreparación de recetas y menús.

• Aplicar las normas, estándaresy procedimientos de seguridady conservación en la manipula-ción de los alimentos.

• Desarrollar las competencia ne-cesarias para desempeñarseen los distintos procesos de ela-boración de productos, integran-do a su perfil vocación de servi-cio, liderazgo y trabajo en equi-po.

• Adquirir las herramientas y co-nocimientos necesarios para to-mar decisiones que coadyuvena la promoción y enriquecimien-to cultural, a fin de optimizar yreorientar los recursos de la in-dustria gastronómica.

• Promover estrategias flexibles alos cambios continuos de la in-dustria gastronómica.Curso: Pastelería Profesional.Duración: 192 (ciento noventa

y dos) horas reloj.Objetivos:• Formar profesionales pastele-

ros idóneos que sepan desen-volverse competitivamente enlos diferentes ámbitos de apli-cación.

• Adquirir conocimientos de lastécnicas, procesos y nuevas ten-dencias en Pastelería a fin delograr un resultado exitoso en laelaboración de preparacionesdulces y panificación.

• Estimular el desarrollo de lacreatividad y el buen gusto com-binados con la estética en laspresentaciones.

• Facilitar herramientas para la in-tegración del futuro profesionalpastelero, al ámbito laboral y em-presarial gastronómico.

• Incentivar la óptima manipula-ción y conservación de los ali-mentos y materiales de trabajo.

• Brindar herramientas para laconducción de brigadas de pas-telería.

• Coordinar procedimientos bási-cos para la producción y despa-cho en eventos.

Descripción de Contenidos.Contenidos Conceptuales:• Introducción.• Masas batidas y cremas.• Masas quebradas y merengues.• Masas hojaldradas.• Masas fermentadas.• Bromatología I.• Masas fermentadas dulces.• Masas fermentadas

hojaldradas.• Alfajores y pastelería colonial.• Petits fours.• Tortas clásicas.• Chocolatería.• Pastelería para el té.• Postres para restaurant.• Postres para eventos.• Bromatología II.• Armado de tortas.• Helados.• Postres modernos.• Pastelería para fiestas.• Tortas artesanales.• Azúcar artística.Contenidos Procedimentales:• Introducción:

• Empleo de vocabulario técni-co.

• Reconocimiento de utensiliosy uso correcto de los mismos.

• Aplicación de técnicas bási-cas.

• Masas batidas y cremas:• Aplicación de técnicas de bati-

do.• Elaboración de bizcochuelos y

biscuit.• Aplicación de técnicas para

elaboración de cremas.• Masas quebradas y merengues:

• Aplicación de métodos de ela-boración de masas quebradasy merengues.

• Masas hojaldradas:• Aplicación de técnicas para la

elaboración de masashojaldradas.

• Prácticas de métodos de coc-ción.

• Masas fermentadas:• Aplicación de técnicas básicas

para la elaboración de masasfermentadas.

• Elaboración de panificados.• Práctica de métodos de coc-

ción.• Bromatología I:

• Empleo de procedimientos ymétodos para la correcta ma-nipulación y control de los ali-mentos.

• Masas fermentadas dulces:• Aplicación de técnicas para la

elaboración de masas fermen-tadas dulces.

• Práctica de métodos de coc-ción.

• Masas fermentadashojaldradas:

•Aplicación de técnicas para laelaboración de masas fermen-tadas hojaldradas.

• Práctica de métodos de coc-ción.

• Alfajores y pastelería colonial:• Elaboración de masas y baños

para diferentes dulces artesa-nales.

• Preparación de postres colo-niales.

• Petits fours:• Aplicación de preparaciones

con las técnicas de elabora-ción y presentación de petitsfours.

• Tortas clásicas:• Elaboración y presentación de

tortas clásicas.• Chocolatería:

• Reconocimiento de los dife-rentes chocolates.

• Aplicación de técnicas de tem-plado.

• Elaboración de bombones ypiezas artísticas de chocolate.

• Pastelería para el té:• Elaboración de preparaciones

para el servicio de té inglés.• Montaje de buffet para té.

• Postres para restaurant:• Elaboración de mise en place

para el despacho de postres.• Elaboración de postres para

restaurantes.• Postres para eventos:

• Elaboración de diferentes op-ciones en el armado demenús para eventos.

• Bromatología II:• implementación de normas

bromatológicas reglamenta-rias durante los procesos demanipulación y elaboración dealimentos.

• Armado de tortas:• Aplicación de técnicas para el

armado de tortas a bases demouses y diferentes biscuits.

• Helados:• Aplicación de técnicas básicas

para elaboración de heladosartesanales y postres helados.

• Postres modernos:• Elaboración de diferentes pos-

tres a base de nuevos produc-tos y técnicas.

• Pastelería para fiestas:• Elaboración de panes dulces,

roscas y preparaciones navi-deñas.

• Tortas artesanales:• Aplicación de técnicas para la

decoración artesanal de tor-tas.

• Azúcar artística:• Aplicación de técnicas básicas

para decoraciones con cara-melo.

Contenidos Actitudinales:• Actitud de trabajo en equipo.• Respuesta a las consignas de

trabajo y aplicación.

• Cumplimiento y responsabili-dad en las tareas.

• Capacidad de planificación y or-ganización.

• Compromiso personal con elcuidado de la salud en la mani-pulación de los alimentos.

• Autonomía, creatividad y buenapredisposición en la toma de de-cisiones y en el diseño y concre-ción de proyectos.

• Valoración de la importancia delaprendizaje permanente.

• Responsabilidad y cuidado enel uso de los instrumentos yequipamiento.

• Actitud solidaria, cooperativa y decuidado hacia los demás.

• Disposición a participar en pro-yectos grupales e instituciona-les.

• Valoración del significado perso-nal y social del trabajo como ins-trumento de integración en lavida productiva.

• Respeto por las normas de tra-bajo.

• Valoración del intercambio deideas en la elaboración de pro-ductos.

Competencias:• Aplicación competente de técni-

cas, procesos y nuevas tenden-cias en los diferentes ámbitosde aplicación.

• Idoneidad en la elaboración deuna amplia variedad de prepa-raciones y control en la calidaddel proceso y del producto.

• Internalización de un enfoque ar-tístico que destaque la creativi-dad y el buen gusto.

• Aplicación de procedimientosbásicos para la organización yejecución de las diferentes eta-pas en que transcurre un evento.

_______________________________

ENTE PROVINCIALREGULADOR ELECTRICO

_____

RESOLUCIÓN EPRE Nº 230/06

Mendoza, 7 de diciembre de2.006

Acta Nº 084/06 - Asunto: Revi-sión Tarifaria 2008-2013

Visto: El Artículo 7º de las Dis-posiciones Transitorias de la LeyNº 7.543 modificatoria del MarcoRegulatorio Eléctrico Provincial,establece que el segundo perío-do tarifario se extenderá hasta el31 de julio de 2008 y que el Artícu-lo 46º de la citada Ley estableceque la vigencia del CuadroTarifario no podrá exceder a la deun período tarifario cuya duraciónno será superior a cinco (5) años,para todos los contratos de servi-cios de distribución de energíaeléctrica.

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, viernes 22 de diciembre de 200611642

CONSIDERANDO:Que según lo dispuesto por el

artículo 47 de la Ley Nº 6497 (t.o.),el Ente Provincial Regulador Eléc-trico debe proponer al Poder Eje-cutivo los cuadros tarifarios, quedeberán luego ser aprobados poraquel, y que tendrán vigencia du-rante el tercer período tarifario quese inicia el 1 de agosto de 2008.

Que según lo dispuesto por elartículo 38º del Decreto Regla-mentario Nº 196/98 el Ente Pro-vincial Regulador Eléctrico, antesdel vencimiento de cada períodotarifario debe proponer al PoderEjecutivo las tarifas para el perío-do tarifario siguiente.

Que en virtud del artículo 28ºde los Contratos de Concesión deEDEMSA y EDESTE S.A., estasconcesionarias del servicio de dis-tribución eléctrica deberán pre-sentar con un (1) año de antela-ción a la finalización de cada pe-ríodo tarifario, la propuesta de unnuevo cuadro tarifario.

Que de conformidad con loprevisto virtud del Art. 24º del Con-trato de Concesión de la Coope-rativa Empresa Eléctrica de GodoyCruz y del Art. 17 del Contrato deConcesión del resto de las coo-perativas eléctricas, y a los finesdel Art. 43 inciso c), de la Ley Nº6497 (t.o.), estas concesionariasdeberán aportar toda la documen-tación que sea necesaria, para ladeterminación de los cuadrostarifarios respectivos.

Que según lo establecido enel artículo 39º del Decreto Nº 196/98, las Concesionarios del Servi-cio Público de Distribución deEnergía Eléctrica deberán adjun-tar a su presentación tarifaria todala información en la que fundensu propuesta, debiendo, a su vez,suministrar toda la que,adicionalmente, solicite el EnteProvincial Regulador Eléctrico.

Que según lo dispone el artí-culo 51º de la Ley Nº 6497 (t.o.) losvalores de reconocimientos decostos serán afectados por coefi-cientes de eficiencia para inducira su permanente disminución, apartir del vencimiento del cuadrotarifario inicial.

Que según lo dispone el artí-culo 35º del Decreto Reglamenta-rio Nº 196/98 el Ente Provincial Re-gulador Eléctrico debe determinarla tasa de retribución del capitalinvertido. A estos efectos se con-siderará la forma jurídica de lasDistribuidoras.

Que es necesario contar contoda la información necesaria a losfines de dotar al proceso de revisióntarifaria de seguridad y transparen-cia, conforme los principios tarifariosestablecidos en la Ley Nº 6497 (t.o.).

Que la Revisión Tarifaria abar-ca a todos los Contratos de Con-cesión de las empresas presta-tarias del Servicio Público de Dis-tribución de Energía Eléctrica:Empresa Distribuidora de Electri-cidad de Mendoza S.A. (EDEMSA),Empresa Distribuidora de Electri-cidad del Este S.A. (EDESTES.A.), La Cooperativa, EmpresaEléctrica de Godoy Cruz Ltda.,Cooperativa de ElectrificaciónRural Alto Verde y Algarrobo Gran-de, Cooperativa de Electricidad,Consumo, Comercialización, Vi-vienda y Servicios AsistencialesGeneral Alvear Ltda.(CECSAGAL), Cooperativa Eléc-trica y Anexos Popular RivadaviaLtda., Cooperativa de Electrifica-ción Rural Santa Rosa Ltda., Coo-perativa de Electrificación RuralSud Río Tunuyán Rivadavia Ltda.,Cooperativa de Obras y ServiciosAsistenciales y ConsumoCOSPAC de Bowen Ltda., Coope-rativa Eléctrica y de Servicios Pú-blicos Medrano Ltda., Cooperati-va Eléctrica Monte Comán Ltda.

Que la Resolución EPRE Nº072/06, ha dado inicio a la “Cam-paña de Medición”, tendiente arecopilar la información de la de-manda eléctrica de la provinciade Mendoza, necesaria para elestudio de la Demanda Eléctri-ca, a los fines de la RevisiónTarifaria para el tercer períodotarifario.

Por ello, normas legales cita-das, informes técnicos y jurídicoproducidos y en ejercicio de lasfacultades conferidas por el Art. 54de la Ley 6.497 y su modificatoria,normas concordantes y comple-mentarias.

EL DIRECTORIO DEL ENTEPROVINCIAL REGULADOR

ELECTRICORESUELVE:

1. Dar por iniciado el “Progra-ma de Revisión Tarifaria para elTercer Período Tarifario” corres-pondiente a las Concesionariasdel Servicio Público de Distribu-ción de Energía Eléctrica de laProvincia de Mendoza, para de-terminar los cuadros tarifarios ydemás regímenes y reglamentosvinculados, que tendrán vigenciadurante el tercer período tarifario,que se inicia el 1 de agosto de2008.

2. Aprobar el Marco de Refe-rencia General para el “Programade Revisión Tarifaria para el Ter-cer Período Tarifario” que se incor-pora a la presente Resolucióncomo Anexo I.

3. Los aspectos operativos del“Programa de Revisión Tarifariapara el Tercer Período Tarifario”,estarán a cargo del Comité Técni-

co de Asesoramiento, coordinadopor el Ing. Raúl Faura, con la parti-cipación de profesionales de lasGerencias Tarifas y Estudios Eco-nómicos, Asuntos Regulatorios,Control de Calidad y Auditoría,Usuarios y Area Jurídica, que seanasignados por éstas, a los efec-tos de la consecución de las ta-reas pertinentes de dicho progra-ma y de acuerdo a los ámbitos deincumbencia correspondientes.

4. Delégase en las Gerenciasque correspondan, la emisión delas Disposiciones que sean perti-nentes, para el desarrollo de cadauna de las etapas, involucradasen el Programa cuyo inicio se es-tablece en el art. 1 de la presenteResolución.

5. A los efectos del cumpli-miento en tiempo y forma del “Pro-grama de Revisión Tarifaria parael Tercer Período Tarifario”, lasConcesionarias: Empresa Distri-buidora de Electricidad de Mendo-za S.A. (EDEMSA), Empresa Dis-tribuidora de Electricidad del EsteS.A. (EDESTE S.A.), La Cooperati-va, Empresa Eléctrica de GodoyCruz Ltda., Cooperativa de Electri-ficación Rural Alto Verde y Algarro-bo Grande, Cooperativa de Elec-tricidad, Consumo, Comercializa-ción, Vivienda y Servicios Asisten-ciales General Alvear Ltda.(CECSAGAL), Cooperativa Eléctri-ca y Anexos Popular RivadaviaLtda., Cooperativa de Electrifica-ción Rural Santa Rosa Ltda., Coo-perativa de Electrificación RuralSud Río Tunuyán Rivadavia Ltda.,Cooperativa de Obras y ServiciosAsistenciales y ConsumoCOSPAC de Bowen Ltda., Coope-rativa Eléctrica y de Servicios Pú-blicos Medrano Ltda., Cooperati-va Eléctrica Monte Comán Ltda.,deberán presentar sus respecti-vas propuestas de los CuadrosTarifarios y documentos asocia-dos, antes del día 31 de julio de2007.

6. Regístrese, notifíquese, co-muníquese, publíquese en el Bo-letín Oficial y archívese.

Mario H. de CasasPresidente

María Eugenia NovattiDirectora_______

ANEXO IMARCO DE REFERENCIA

GENERAL PROGRAMA DEREVISIÓN TARIFARIA TERCERPERIODO TARIFARIO CUADROTARIFAIO VIGENTE A PARTIRDEL 1 DE AGOSTO DEL 2008En virtud de lo establecido en

la Ley Nº 6497 (t.o.) de MarcoRegulatorio Eléctrico Provincial, ysu reglamentaria, los respectivos

Contratos de Concesión, y lasCartas Entendimiento y Acuerdosde Renegociación suscriptos en-tre el Poder Concedente y lasConcesionarias del servicio públi-co de distribución de energía eléc-trica, refrendados por Ley Nº 7544,el Ente Provincial Regulador Eléc-trico, dispone el presente Marcode Referencia General, a partir delcual se desarrollarán los detallesdel Programa de RevisiónTarifaria, para todas las Concesio-narias del Servicio Público de Dis-tribución de Energía Eléctrica dela Provincia de Mendoza, para eltercer período tarifario:• Empresa Distribuidora de Elec-

tricidad de Mendoza S.A.(EDEMSA),

• Empresa Distribuidora de Elec-tricidad del Este S.A. (EDESTES.A.)

• La Cooperativa, Empresa Eléc-trica de Godoy Cruz Ltda.,

• Cooperativa de ElectrificaciónRural Alto Verde y AlgarroboGrande Ltda.,

• Cooperativa de Electricidad,Consumo, Comercialización, Vi-vienda y Servicios AsistencialesGeneral Alvear Ltda.(CECSAGAL),

• Cooperativa Eléctrica y AnexosPopular Rivadavia Ltda.,

• Cooperativa de ElectrificaciónRural Santa Rosa Ltda.,

• Cooperativa de ElectrificaciónRural Sud Río TunuyánRivadavia Ltda.,

• Cooperativa de Obras y Servi-cios Asistenciales y ConsumoCOSPAC de Bowen Ltda.,

• Cooperativa Eléctrica y de Servi-cios Públicos Medrano Ltda.,Cooperativa Eléctrica MonteComán Ltda.,

Los documentos de aplicaciónen las concesiones de distribu-ción de energía eléctrica estable-cidas por la Ley Nº 6.497 (t.o.), queinvolucrará el Programa de Revi-sión Tarifaria y estarán vigentes apartir del 1 de agosto de 2.008,serán los siguientes:

I. Cuadro Tarifario.II. Régimen Tarifario.III. Procedimientos para la actua-

lización del Cuadro Tarifario.IV. Normas de Calidad de Servi-

cioV. Reglamento de Suministro.

La revisión y elaboración de loscitados documentos tendrá comoprincipios rectores:• Sustentabilidad (técnica, econó-

mica y social) del Sistema deDistribución Eléctrica de la Pro-vincia.

• Asegurar la prestación eficientedel servicio público de distribu-ción de energía eléctrica, pre-sente y futura.

Page 11: Boletin Oficial Ordenanza 1919

BOLETIN OFICIAL - Mendoza, viernes 22 de diciembre de 2006 11643

• Transferir a los usuarios las efi-ciencia alcanzadas por los con-cesionarios.

• Asegurar a los usuarios abonentarifas justas y razonables quegaranticen el mínimo costo com-patible con la seguridad del abas-tecimiento, la calidad del servicio.

En función de los principiosenunciados, el Programa de Re-visión Tarifaria, constará de dosetapas:I. Presentación, al Ente Provincial

Regulador Eléctrico, por parte detodas las Concesionarias delServicio Público de Distribuciónde Energía Eléctrica de la Pro-vincia de Mendoza, de las res-pectivas propuestas de CuadroTarifario y documentos conexos,para el tercer período tarifario.La fecha límite de presentaciónes el 31º de julio de 2007 y de-berá realizarse acompañada detoda la información que respal-de la propuesta conforme loscriterios metodológicos que es-tablezca el EPRE.

II. Análisis a cargo del Ente Pro-vincial Regulador Eléctrico dela gestión de las Concesiona-rias del Servicio Público de Dis-tribución de Energía Eléctricade la Provincia de Mendoza. Di-cho análisis que desarrollaráel ENTE se orientará a los si-guientes aspectos:

A. Estudio de Demanda.B. Indicadores de Calidad de Ser-

vicio.C. Estudio del Sistema Eléctrico:

Presente y Futuro.D. Tasa de Retribución del capital

invertido, según la forma jurídi-ca de cada Distribuidora.

E. Estudio de Costos Eficiente: deCapital y de Explotación

F. Valor Agregado de Distribuciónpropio de cada Concesionario.

G. Reconocimiento costos deabastecimiento.

H. Determinación CuadrosTarifarios Propios de CadaConcesionaria y a Usuario Fi-nal.

I. Sistema de CompensacionesTarifarias.

C.A.D. 1123220/12/2006 (1 P.) a/cobrar________________________________________

SUBSECRETARIA DETRABAJO Y SEGURIDAD

SOCIAL_______

RESOLUCION Nº 6.500/06SSTSS

Mendoza, 29 de noviembre de2006

Atento lo solicitado por el Cen-tro Empleados de Comercio y los

elementos obrantes en los autosnº 6073-C-06 y;

Visto: El contenido de las re-soluciones 316/92; 2384/00 y2942/03 emitidas por este Orga-nismo Administrativo, y las facul-tades otorgadas por la ley 4974, ylo estatuido por la ley 25212, ratifi-cado por la ley cuanto los Conve-nios Internacionales firmados porel Estado Argentino en especial elConvenio 1, 30 y resoluciones per-tinentes de la O.I.T.;CONSIDERANDO:

Que la ley 4974 ha estableci-do la competencia de esta Sub-secretaría de Trabajo para el ejer-cicio de la policía del trabajo entodo el territorio de la Provincia deMendoza, en concordancia con losartículos 29 y concs, de la Consti-tución Provincial y los arts. 125,121, 75 inc. 12 y concs. de la Cons-titución Nacional.

Que el artículo nº 2 de la ley4974 establece las atribucionesde esta Subsecretaría y en su in-ciso 13 dispone que dicho Orga-nismo ejerce "toda otra función ne-cesaria para el mejor cumplimien-to y observancia de la legislaciónlaboral en la esfera de su compe-tencia.-

Que el artículo 66 de dicho or-denamiento establece que la ofi-cina de Documentación Laboral,entregará, habilitará, registrará ycontrolará los Libros, Libretas,Planillas y demás documenta-ción que los empleadores y tra-bajadores deben llevar de acuer-do a las disposiciones vigentesy reglamentaciones que se dic-ten;

Que el artículo 52 de la L.C.T.,expresa la obligación de losempleadores de "llevar un libroespecial, registrado y rubricado,en las mismas condiciones quese exigen para los libros princi-pales de comercio y el artículo139 de dicho ordenamiento dis-pone que el recibo debe ser con-feccionado en doble ejemplar yuno de ellos debe entregarse altrabajador, y el artículo 197 de laL.C.T. define la jornada de tra-bajo, su distribución y limitacio-nes.-

Que es necesario asegurar laveracidad y certeza de las horastrabajadas diariamente por los tra-bajadores de conformidad a ley25212, para preservar su integri-dad física y moral,

Que es necesario corregir ladispersión normativa en esta ma-teria, y es menester armonizar enuna sola norma el sistema de con-trol horario de entrada y salida delpersonal;

Que el sistema debe proveera la facilitación del sistema

inspectivo de éste Organismo yprocurar la modernización en vis-ta a los avances tecnológicos sinque ello imponga cargas exorbi-tantes a los administrados, peroque respete la jornada legal de tra-bajo y el pago de horas suplemen-tarias que efectivamente trabajen.

Que recayendo sobre estaSubsecretaría de Trabajo y Segu-ridad Social el rol de policía deltrabajo, en concordancia con lasnormas constitucionales y labora-les citadas y para asegurar la ve-racidad y certeza de las horas tra-bajadas diariamente por los tra-bajadores

Por elloEL SUBSECRETARIO DE

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIALDE LA PROVINCIA DE MENDOZA

RESUELVE:Artículo 1º - Establécese por la

presente el Sistema Integrado deControl Horario (SICH) por el cuallos empleadores de estableci-mientos que se dediquen a laprestación de servicios de venta,servicios públicos, empaque, ex-pedición, administración, y otrasactividades comerciales y/o indus-triales de toda la jurisdicción pro-vincial, deberán presentar por anteéste Organismo Administrativo,para su aprobación y registración,el sistema de control horario deentrada y salida del personal de-pendiente, sujeto a cualquier mo-dalidad contractual, o jerarquía yque a opción del empleador po-drá ser, planilla manual, tarjeta-reloj o magnético.-

Artículo 2º - El sistema de pla-nilla manual deberá ser individual-una planilla por cada trabajador-,y por duplicado (original y copia)en el que se deberá consignar:1. Razón Social y/o Nombre y Ape-

llido del empleador2. CUIT del empleador3. Nombre y Apellido del Trabaja-

dor4. Número de legajo del trabaja-

dor y CUIL.-5. Indicación de hora de entrada y

salida del personal, en la jorna-da de trabajo con la correspon-diente firma al comienzo y fina-lización de la quincena o el mes,según corresponda.

6. Al pie, del original, deberá incor-porarse troquel consignando laleyenda "Copia Retirada por elEmpleado" y deberá contener,fecha, hora, firma y aclaracióndel trabajador.-Dicha planilla horaria de entra-

da y salida, deberán ser llenadasde puño y letra por el trabajador,siendo este un requisito esencial.-Las planillas de llenado manualserán numeradas en forma cre-ciente y correlativa, y deberán ser

troqueladas en blanco antes de suuso por el Organismo, previo pagodel aforo del artículo 41 de la ley7483 código 435, o el que lo sus-tituya.-

Artículo 3º - Los empleadoresdeberán entregar el duplicadomensual al trabajador, firmada ysellada por el responsable del per-sonal del empleador o en su casoquien lo sustituya con idénticasfacultades en caso de ausencia,firmando el trabajador en la plani-lla manual individual el acuse derecibo correspondiente.- El com-probante será entregado al em-pleado al finalizar el mes calen-dario o último día hábil de la pres-tación de servicio.-

Artículo 4º - Apruébese la pla-nilla modelo que en anexo I seaneja con la presente y que formaparte de esta resolución.-

Artículo 5º - En el supuesto queel empleador haya optado a la fe-cha de la presente por la utiliza-ción de mecanismos de controlpor tarjeta-reloj, computarizado omagnético, dicho mecanismosubsistirá, no pudiendo imple-mentar nuevamente el mecanis-mo manual, salvo razones debi-damente justificadas por ante elOrganismo.-

Artículo 6º - El sistema de tar-jeta-reloj, deberá en la tarjeta indi-vidual contener los siguientes da-tos:1. Razón Social y/o Nombre y Ape-

llido del empleador2. CUIT del empleador3. Nombre y Apellido del Trabaja-

dor4. Número de legajo del trabaja-

dor y CUIL.-5. Indicación de hora de entrada y

salida del personal6. Firma de acuse de recibo de

constancia de horas trabajadasen el dorso de la misma.-Las tarjetas serán numeradas

en forma creciente y correlativa, ydeberán ser troqueladas en blan-co antes de su uso por el Orga-nismo, previo pago del aforo delartículo 41 de la ley 7483 código435 o el que lo sustituya.

Artículo 7º - Los empleadoresdeberán emitir una fotocopia men-sual de la tarjeta en hojamembretada,, firmada y selladapor el responsable del personaldel empleador o en su caso quienlo sustituya con idénticas faculta-des en caso de ausencia, firman-do el trabajador en la tarjeta indivi-dual el acuse de recibo correspon-diente. El comprobante será en-tregado al empleado al finalizar elmes calendario o último día hábilde la prestación de servicio.-

Artículo 8º - El formato de la tar-jeta-reloj, deberá ser aprobado por

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, viernes 22 de diciembre de 200611644

MUNICIPALIDAD DE LACIUDAD DE MENDOZA

_________

ORDENANZA Nº 3.677/14323/06

Modificando artículos de la Or-denanza Nº 3511/16204/03 Ref.Juegos Infantiles

Visto: El Proy. H.C.D. Nº 025-C-05 caratulado: "Concejal PrioreMoyano, Bloque Demócrata, e/Proyecto, modificando artículos dela Ordenanza Nº 3.511/03 Ref. Jue-gos Infantiles"; y

Ordenanzas

MUNICIPALIDADDE GODOY CRUZ

_______

DECRETO Nº 2.249

Godoy Cruz, 6 de noviembre de2006

Visto y considerando: Que enla reunión de la Comisión ParitariaMunicipal, integrada por los repre-sentantes del Departamento Eje-cutivo y del Sindicato de Obreros yEmpleados de la Municipalidadde Godoy Cruz, celebrada el día23 de octubre de 2.006, se emitióel Acta Nº 14, resolviéndose fijarun sueldo básico para la catego-ría “A” de pesos cuatrocientos cin-cuenta ($ 450.-) y aplicar el coefi-ciente de la escala salarial del ActaNº 20 de Paritarias MunicipalesProvinciales para el resto de lasclases,

Que el aumento que se origi-ne en cada una de las clases pro-ducirá una disminución sobre elítem no remunerativo abonado através del código 074 que queda-rá de la siguiente manera: Cate-goría: “A” la suma de pesos cientocuarenta ($ 140.-), Categoría: “B”la suma de pesos ciento treinta ($130.-), Categoría: “C”, la suma depesos ciento veinte ($ 120.-), Ca-tegoría: “D” la suma de pesosciento diez ($ 110.-), Categoría: “E”la suma de pesos cien ($ 100.-),Categoría: “F” la suma de pesosnoventa ($ 90.-), Categoría “G”: lasuma de pesos setenta ($ 70.-),Categoría: “H” la suma de pesoscuarenta y cinco ($ 45.-) y Catego-ría: “I”: la suma de pesos treinta ($30.-),

Que, asimismo se acordóincrementar e l monto de laasignación familiar por hijo dis-capaci tado, e levándola a lasuma de pesos ciento cincuen-ta ($ 150.-),

Que, corresponde, de acuerdocon lo establecido en el Acta Nº 14de la Comisión Paritaria Munici-pal, emitir el decreto pertinente,con vigencia a partir del 01/10/2.006,

Por ello,EL INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA:Artículo 1º - Fijar, con vigencia

a partir del 01/10/2.006 y de con-formidad con lo resuelto por la Co-misión Paritaria Municipal, en lareunión celebrada en fecha 23/10/2.006, mediante el Acta Nº 14, unaumento salarial, estableciendoun sueldo básico para la Catego-ría “A” de los agentes municipa-

les de pesos cuatrocientos cin-cuenta ($ 450.-) y aplicar el coefi-ciente de la escala salarial del ActaNº 20 de Paritarias MunicipalesProvinciales para el resto de lasclases.

Artículo 2º - Establecer que elaumento que se origine en cadauna de las clases producirá unadisminución sobre el ítem no re-munerativo abonado a través delcódigo 074 que quedará de la si-guiente manera:• Categoría: “A” la suma de Pesos

Ciento Cuarenta ($ 140.-)• Categoría: “B” la suma de Pe-

sos Ciento Treinta ($ 130.-)• Categoría: “C” la suma de Pe-

sos Ciento Veinte ($ 120.-)• Categoría: “D” la suma de Pe-

sos Ciento Diez ($ 110.-)• Categoría: “E” la suma de Pe-

sos Cien ($100.-)• Categoría: F la suma de Pesos

Noventa ($ 90.-)• Categoría “G”: la suma de Pe-

sos Setenta ($ 70.-)• Categoría: “H” la suma de Pe-

sos Cuarenta y Cinco ($ 45.-)• Categoría: “I”: la suma de Pesos

Treinta ($ 30.-).Artículo 3º - Establecer que nin-

gún sueldo podrá tener un aumen-to inferior a la suma de Pesos Cin-cuenta ($ 50.-) de bruto, el cual seabonará a través del citado códi-go 074, para los casos que corres-ponda.

Artículo 4º - Fijar un incremen-to de la asignación familiar por hijodiscapacitado, elevándola de Pe-sos Ciento Veinte ($ 120.-), a lasuma mensual de Pesos CientoCincuenta ($ 150.-).-

Artículo 5º - Comuníquese,dése al Registro Municipal y archí-vese.

César Rodolfo BiffiIntendente

Sandra Mónica TenneriniSecretaria de Hacienda

Bto. 840322/12/2006 (1 P.) $ 41,25

Decretos Municipales

la oficina de rúbrica, previa com-probación de que cumple con losrequisitos del art. 6 de la presen-te.-

Artículo 9º - El sistema mag-nético o computarizado deberáproveer de una constancia diaria yescrita al trabajador del registro dehora trabajada, siendo requisitoesencial para la aprobación delsistema.-

Artículo 10º - Los comproban-tes horarios del artículo 9 debe-rán contener1. Razón Social y/o Nombre y Ape-

llido del empleador2. CUIT del empleador3. Nombre y Apellido del Trabaja-

dor4. Tipo y Número de documento

del trabajador5. Número de legajo del trabaja-

dor y CUIL6. Fecha de registro y fecha de

emisión del comprobante, horade entrada y de salida e indica-ción de si se trata de entrada ode salida.-Artículo 11º - La emisión del

comprobante deberá ser diaria. Laentrega del comprobante podráser semanal, dejando constanciade acuse de recibo por parte deltrabajador.-

Artículo 12º - Una vez emiti-do el comprobante, el respon-sable de l personal de lempleador o en su caso quienlo sustituya con idénticas facul-

tades en caso de ausencia, de-berá firmar dicho comprobantey rubricarlo con sello y firma.Con tales requisitos, el com-probante será entregado al em-pleado o será colocado en al-gún lugar accesible para él, afin de que tenga a su disposi-ción al momento de la entradao salida del establecimiento.-

Artículo 14º - La documentaciónconsignada en los artículos 2, 6 y10, luego de ser utilizada deberápermanecer en el lugar de traba-jo, para su posible contralor.-

Artículo 15º - Los empleadoresque a la fecha de la presente es-tuvieran utilizando sistemas deplanilla, tarjeta-reloj ocomputarizados, deberán adecuarsus sistemas a la presente reso-lución, en el plazo de sesenta (60)días, a fin de adaptar los meca-nismos que poseen conforme losartículos anteriores, vencido elcual serán susceptibles de lassanciones pertinentes.-

Artículo 16 - Déjese sin efectolas Resoluciones nº 316/92; 2384/00 y 2942/03, emanadas de éstaSubsecretaría de Trabajo y Segu-ridad Social.-

Artículo 17º - Notifíquese, déseal libro de Resoluciones y cumpli-dos los demás recaudos de prác-tica, archívese.-

Gabriel Balsell MiróBto. 859722/26/27/12/2006 (3 P.) $ 375,00

000001M es - A ño:

Da tos de la Em pre saRaz ón S oc ial:Nro de CuitDom ic ilio Trabajo:

Da tos Tra ba ja d orNom bre y A pellido:Nro de Doc um ento: Nro de Legajo:E ntrada S alida E ntrada S alida

Dia Hora F irm a Hora F irm a Hora F irm a Hora F irm a1234567890

10111213141516171819202122232425262728293031

---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Copia Re tira da por e l Em ple a do

Fecha:Hora: ------------------------------------------

F irm a y A c larac ión

P lanilla de Control Horario E ntrada / S alida del Personal

Page 13: Boletin Oficial Ordenanza 1919

BOLETIN OFICIAL - Mendoza, viernes 22 de diciembre de 2006 11645

CONSIDERANDO:Que por tratarse la presente de

una modificación a la Ordenanzavigente Nº 3.511/16204/03 sancio-nada por el H. Concejo Deliberan-te, se dan aquí por reproducidaslas consideraciones que llevarona sancionar dicha reglamentaciónsobre el tema de los juegos infan-tiles llamados comúnmentepeloteros.-

Que sin embargo, se obser-van en dicha Ordenanza ciertosvacíos que deben ser llenadosatento la importancia que el temade los juegos infantiles ha toma-do en la actualidad.-

Que en este sentido, el rubroque se pretende reglamentar, estádirigido a un público de corta edad,por lo que se necesita de un con-trol estricto y permanente.-

Que es necesario en primerlugar, extender el ámbito de apli-cación de la Ordenanza antes ci-tada, puesto que es deber del Es-tado, en primer lugar, velar por laseguridad de los ciudadanos,máxime si se trata de menores.Esto por cuanto no se le puedeexigir válidamente al sector priva-do normas de protección y seguri-dad en los espacios de juegosinfantiles y prescindir de ello enlos espacios públicos, dado quecarecería de toda lógica.-

Que además es necesario le-gislar ciertos aspectos de los de-nominados peloteros o salas dejuegos infantiles, que poseen cier-tos matices diferenciados de losrestantes juegos infantiles, aten-to su especial naturaleza.-

Por ello,EL HONORABLE CONCEJO

DELIBERANTE DELA CIUDAD DE MENDOZA

ORDENA:Artículo 1º - Modifícase el texto

del artículo 2° de la Ordenanza Nº3.511/16204/03 el que quedaráredactado de la siguiente forma:"Art. 2°: Las disposiciones conte-

nidas en esta Ordenanza seránde aplicación a todos los esta-blecimientos de juegos infanti-les de titularidad pública o priva-da de uso público, individual ocolectivo, cuyos juegos seanmanuales o no, se encuentrenal aire libre y/o en espacios cu-biertos".

Artículo 2º - Modifícase el artí-culo 7° de la Ordenanza Nº 3.511/16204/03 el que quedará redacta-do de la siguiente forma:"Inc. e) Los establecimientos de

juegos infantiles de titularidadprivada deberán contar con per-sonal de guardia permanente encada puerta de entrada y salidahabilitada. Deberán contar ade-más con salidas de emergencia

suficientemente señalizadasconforme la capacidad del local.Los establecimientos de juegosinfantiles de titularidad públicadeberán contar con personal devigilancia permanente a fin deasegurar la integridad física delos menores que concurren a losmismos".-

Artículo 3º - Modifícase el artí-culo 8° de la Ordenanza Nº 3.511/16204/03 el que quedará redacta-do de la siguiente forma:"Art. 8°: Los titulares de estableci-

mientos de juegos infantiles se-rán responsables de su mante-nimiento y conservación, debien-do realizar inspecciones y revi-siones trimestrales por técnicoscompetentes. A tal fin deberán ex-hibir el correspondiente certifica-do de seguridad y calidad.El Municipio de la Ciudad deMendoza, deberá velar por el co-rrecto mantenimiento y conser-vación de los juegos infantiles,debiendo realizar inspeccionesy revisiones trimestrales por téc-nicos competentes".-

Artículo 4º - Modifícase el artí-culo 9° de la Ordenanza Nº 3.511/16204/03 el que quedará redacta-do de la siguiente forma:"Art. 9°: En los establecimientos

de juegos infantiles, sean estospúblicos o privados, figurarán deforma fácilmente legible, carte-les que contengan, al menos lassiguientes indicaciones:a. La ubicación del teléfono pú-

blico más cercano.b. La localización del hospital,

clínica o centro asistencialmás próximo y la indicacióndel número de teléfono delmismo.

c. La prohibición de circulaciónde vehículos a motor y la limi-tación de uso de bicicletas,patinetas, patines y similares.

d. La prohibición del uso de losjuegos a mayores de edad.

e. La recomendación de uso delos juegos por tramos de edad.

f. La obligación de acompaña-miento constante de un adul-to respecto de los menores de6 años en las áreas de juegoinfantil".En los establecimientos dejuegos infantiles de titularidadprivada o pública que funcio-nen en lugares cerrados de-berán contener además de loestablecido en los incisos an-teriores lo siguiente:

a. "La ubicación más cercana delos baños para uso de los me-nores y adultos diferenciadospor sexo y adecuado a la edadde los usuarios.

b. La señalización de la salidadel local y de las salidas de

emergencia del mismo confor-me la legislación vigente".-Artículo 5º - Modifícase el artí-

culo 10° de la Ordenanza Nº 3.511/16204/03 el que quedará redacta-do de la siguiente forma."Art. 10°: El personal a cargo de la

seguridad de los menores, enlugares de juego de titularidadpública o privada, en el ámbitode la Ciudad de Mendoza, debe-rá reunir todos los requisitos deidoneidad y contará con la capa-citación periódica según lo esta-blezca el Departamento Ejecuti-vo".-

Artículo 6º - Modifícase el artí-culo 11° de la Ordenanza N° 3511/16204/03 el que quedará redacta-do de la siguiente forma:"Art. 11°:Los comercios llamados

"Peloteros Infantiles", "Salón deJuegos para Niños", etc.inscriptos o no deberán cumplir,además de los requisitos antesmencionados con los expresa-dos en los artículos siguientes".-

Artículo 7º - Modifícase el artí-culo 12° de la Ordenanza N° 3511/16204/03 el que quedará redacta-do de la siguiente forma:"Art. 12°: Cuando se construya a

nuevo, modifique, amplíe orefaccione una propiedad con elfin de ejercer el rubro anterior-mente mencionado, deberáncumplir específicamente ade-más de lo solicitado por el Códi-go de Edificación, con las si-guientes exigencias:a. Los locales de la propiedad

afectados a la actividad, debe-rán tener una altura mínima de3 mts., midiéndose desde elpiso al cielorraso terminado.Pueden contener entrepisosabiertos hacia locales inter-nos; los accesos a sótanos yentrepisos, se harán a travésde escaleras reglamentariasy con un ancho mínimo de 1,20mts..

b. Deberán estar ventilados pormedios naturales, de maneraque se asegure la renovaciónde aire de acuerdo a la carac-terística del emprendimiento.La superficie de ventilación,deberá ser del 12 % de la su-perficie total del local, deacuerdo a lo establecido porel Código de Edificación.

c. Los baños deberán ser ade-cuados y adaptados a la acti-vidad comercial que ejercen.Adecuados en cuanto a canti-dad de unidades sanitariaspor personas y por capacidaddel local, separadas por sexo,para personas con capacida-des diferentes, contando con:iluminación, agua potable,servicio de limpieza y mante-

nimiento en forma permanen-te. Adaptados al rubro y a lacalidad de sus usuarios, con-tando en esto con: mingitoriosen baja altura, inodoros pe-queños y lavamanos a bajaaltura para los infantes, comoasí también sanitarios paraadultos. Contarán con un sa-nitario exclusivo, para el per-sonal del establecimiento.

d. Todos los locales Internos,que sean independientes en-tre sí, contarán con luces deemergencia reglamentarias,matafuego o cualquier otrotipo de Sistema contra Incen-dios que la Municipalidad con-sidere necesario, demarca-ción de las zonas de peligro yseñalización de las salidas deemergencias sin ser obstacu-lizadas.

e. Se establece como capacidadmáxima para todo el estable-cimiento y para los espaciossemi privados internos, una(1) persona cada tres (3) me-tros cuadrados".-Artículo 8º - Modifíquese el artí-

culo 13° de la Ordenanza N° 3511/16204/03 el que quedará redacta-do de la siguiente forma:"Art. 13°: Los establecimientos que

ofrezcan la posibilidad de reali-zar eventos con: elaboración,manipulación y fraccionamientode alimentos, están obligados a:a. Mantener la cadena de frío de

los alimentos combinados.b. Higienizarse continuamente,

en caso de manipulación.c. Higienizar los elementos y

utensilios de uso.d. Utilizar y recomendar material

descartable, para los alimen-tos.

e. Personal con Libreta Sanita-ria al día.

f. Cocina e instalaciones, en for-ma reglamentaria.

g. Cumplir con los requisitos queexige el Código Alimentario Ar-gentino".-Artículo 9º - Introdúzcase como

nuevo artículo 14° el que quedaráredactado de la siguiente forma:"Art. 14°: Serán obligaciones de

los propietarios de los denomi-nados peloteros infantiles y/o si-milares, lo siguiente:a. La desinfección del estableci-

miento, en su totalidad, conuna periodicidad de 30 (trein-ta) días, teniendo que presen-tar la declaración de dicho re-quisito a la Municipalidad, todavez que ésta lo requiera.

b. Controlar en forma permanen-te, el nivel de ruidos y el im-pacto ambiental, hacia el en-torno producido por la activi-dad.

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, viernes 22 de diciembre de 200611646

c. Contribuir a la armonía entrevecinos, minimizando los im-pactos.

d. Respetar los intervalos de lim-pieza entre eventos, con la fi-nalidad de bajar los niveles deContaminación de los Alimen-tos".-Artículo 10º - Los artículos ac-

tuales N° 11°, 12° y 13°, pasarán anumerarse como N° 15°, 16° y 17°respectivamente.-

Artículo 11º - Comuníquese,publíquese y dése al Registro deOrdenanzas.-

Sala de Sesiones, catorce denoviembre del dos mil seis.

Jorge Efraín MolinaPresidente H.C.D.Carlos M. Lettry

Secretario Legislativo H.C.D._______

Mendoza, 28 de noviembre de2006

Atento que la presente Orde-nanza no fue observada, vencidoel término de Ley para supromulgación, de conformidadcon lo establecido por el ArtículoNº 201º de la Constitución de laProvincia y Artículo Nº 92º de la LeyOrgánica de Municipalidades Nº1079;

Téngase: por promulgada au-tomáticamente la Ordenanza Nº3677/17323/06.

Cúmplase, comuníquese, pu-blíquese y dése al Registro Muni-cipal.

Salvador Antonio VidalSubsec. Gral. de Intendencia

Alberto Adrián AimaleJefe Sec. Dig. Municipal

C.A.D. 1124822/12/2006 (1 P.) a/cobrar__________________________________

ORDENANZA Nº 3.679/17341/06

Implementando la evaluacióndel impacto arqueológico y mitiga-ción en obras públicas y privadasde la Ciudad de Mendoza.

Visto: El Proy. H.C.D. Nº 083-C-06 caratulado: "ConcejalGerman Laciar, Bloque U.C.R., e/Proy. solicitando al D.E. Municipalla Evaluación del Impacto Arqueo-lógico y Mitigación en Obras Pú-blicas y Privadas de la Ciudad deMendoza"; yCONSIDERANDO:

Que el territorio que hoy ocupala Ciudad de Mendoza experimen-tó diversas situaciones culturalesde bisagra histórica. Esa historiapuede remontarse en el norte dela provincia a más de 11.000 añosy en el caso concreto de la Ciudada los últimos 2000 años. Hemoscomprobado que existe un rico

acervo patrimonial arqueológicoen el sustrato y que el mismo dacuenta de la diversidad culturalexperimentada a lo largo de la his-toria y que en tal sentido las mejo-res evidencias para conocerla sonlos contextos de cultura material.-

Que sin embargo, cuanto másnos remontamos en el tiempomás frágil es la materialidad de lamemoria al ser más tenues losrestos que nos legaron las anti-guas sociedades. Las mismas,con economías centradas en laextracción de recursos silvestrespor medio de la pesca, la caza y larecolección, pasaron a la adminis-tración de recursos obtenidos pormedio de la organización produc-tiva del trabajo, con sistemas agrí-colas tímidamente desarrolladoscuando en el año 1561 llegaronlos españoles.-

Que en ese momento, el terri-torio poblado experimenta cam-bios y de la aldea indígena se pasaa la aldea de colonos, que inicia-ba importación de un modelo deasentamiento centrado en la no-ción de urbanismo. Así, la docu-mentación escrita coincide con elinicio de la Ciudad y en ese co-mienzo se registran dramáticoscambios, tanto en las relacionesestablecidas entre los conquista-dores y las etnias locales, comoentre los europeos y el entornonatural.-

Que la arqueología constituyela herramienta idónea para enten-der en profundidad estos comple-jos procesos que, aún estandodocumentados por la escritura,presentan sesgos eimprecisiones que solo el estudiode la cultura material permite pre-cisar.-

Que sin embargo en este con-texto, la arqueología tradicional haresultado ser poco efectiva paralograr avanzar en soledad al ritmodel avance urbano, y los contextosmateriales testimonios únicos,recursos no renovables de esamemoria, son destruidos irreme-diablemente generando un abis-mo de olvido e incomprensiónentre el pasado y el presente delos territorios y sus ocasionaleshabitantes. Es la arqueología desalvataje, una arqueología dinámi-ca y acorde a los requerimientosdel desarrollo urbano la que havenido a palear estos problemas.-

Que en este momento la Ciu-dad ofrece un panorama que des-de cierta óptica podría catalogar-se de progresista, con un impor-tante plan de obras públicas queacompaña una inusual dinámicael sector de la construcción. Sinembargo, al observar las demoli-ciones y los enormes pozos de las

nuevas obras, desde una pers-pectiva pesimista, puede concluir-se en que los recursos arqueoló-gicos no renovables se están per-diendo para siempre y por endellevando nuestra memoria haciauna inexorable amnesia históricacolectiva (con implicancias que anuestra identidad esto supone).-

Que por esta razón y desdeuna perspectiva moderna y realis-ta es que propongo observar esteinusitado crecimiento de la Ciudadcomo una oportunidad. La oportu-nidad que ofrece poder acceder ala evaluación arqueológica deobras que por su magnitud de in-tervención e inversión son impen-sables desde la noción de proyec-to de investigación. Sin embargo ya la vez, solo asentada en la no-ción de proyecto continuo y planifi-cación podrá ser posible una ac-ción de salvataje.-

Que la implementación deesta Ordenanza, es para que encada intervención del subsuelo,los emprendedores de la provin-cia tengan la doble opción de con-tribuir no solo al crecimiento de laCiudad y la mejora en la calidadde vida de los ciudadanos, sinotambién de contribuir en ello a lapreservación de la memoria detodos por medio de la regulaciónde dos acciones concretas: la eva-luación de impacto arqueológicoy su mitigación.-

Que más de 80.000 visitantesanuales al conjunto del Museo delArea Fundacional son testimoniode la conciencia histórica que si-gue primando entre los interesesde la ciudadanía y la base mismaque justifica la necesidad de res-catar y preservar nuestro patrimo-nio arqueológico.-

Por ello,EL HONORABLE CONCEJO

DELIBERANTE DE LA CIUDADDE MENDOZA

ORDENA:Artículo 1º - Obras incluidas en

las evaluaciones y mitigación:Se incluyen las obras que par-

ticularmente se vinculan con ac-ciones de excavación de cimien-tos de obras de construcción:1. Obras Públicas.2. Obras Privadas.3. Instalación y/o reparación de

servicios públicos.En todos los casos se refiere

a obras que vayan a afectar elsubsuelo por debajo de los 40cm.Las acciones de reparación de ur-gencia no se incluyen en estasevaluaciones.

Artículo 2º - AccionesLa presente Ordenanza apun-

ta a regular las acciones que afec-ten el subsuelo de la Ciudad deMendoza y en consecuencia su-

pongan un riesgo para la integri-dad y/o existencia del patrimonioarqueológico del sustrato urbano.Las acciones previstas ante eldesarrollo de estas obras sondos:1. Evaluación de impacto arqueo-

lógico y propuesta de mitiga-ción.

2. Acciones en mitigación ysalvataje.Para cumplir con tales accionesel procedimiento deberá reali-zarse por medio de la interven-ción de arqueólogos profesio-nales reconocidos e inscriptosen la Asociación deArqueólogos Profesionales dela Argentina.El arqueólogo será el respon-sable profesional de los infor-mes de evaluación de impactoy propuesta de mitigación, comoasí también de la ejecución delas tareas de mitigación ysalvataje. En tanto que el res-ponsable legal será el propie-tario del terreno en donde serealizarán las tareas de afecta-ción.-Artículo 3º - Organismos mu-

nicipales involucrados1. Organismo de acreditación ad-

ministrativa: Dirección de MedioAmbiente (Dirección de ObrasPúblicas de la Municipalidad deMendoza).

2. Organismo de supervisión téc-nica: Centro de investigacionesde San Francisco (Dirección deCultura de la Municipalidad deMendoza).-Artículo 4º - Documentación a

presentar para la solicitud de rea-lización de evaluación de impactoy mitigación.1. Aviso de inicio evaluación de

impacto arqueológico dirigida alintendente de la Ciudad y firma-da por el propietario y/o respon-sable de la obra del terreno.

2. Curriculum abreviado delarqueólogo responsable.

3. Certificación de pertenencia a laAAPRA.

4. Copia del contrato firmado en-tre el propietario responsabledel terreno o la obra y elarqueólogo profesional.-Artículo 5º - De la evaluación

impacto arqueológico.1. La evaluación de impacto ar-

queológico será notificada entiempo y forma a los fines deque puedan ser monitoreadaspor el organismo municipal desupervisión técnica.

2. Los resultados de la evaluacióndeberán incluir claramente:a) Antecedentes históricos del

predio (datos catastrales,propietarios, imágenes y figu-ras, su inclusión en planos

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, viernes 22 de diciembre de 2006 11647

históricos, sucesivas edifica-ciones, etc.).

b) Datos de localización del te-rreno a impactar y los son-deos ejecutados (en plano ygeoreferenciados).

c) Especificación de los contex-tos detectados, aclarando ylocalizando claramente elposible hallazgo de restosestructurales.

d) Diagnóstico arqueológico:estratigrafía arqueológica(descripción y relacionessecuenciales, potencia y de-talle de profundidades, es-tructuras y objetos hallados).

e) Base de datos de los obje-tos recuperados (coincidien-do el Nº de sigla con su in-clusión en una base de da-tos digitalizada e impresa).

f) Los materiales arqueológi-cos:1.Los materiales deberánnumerarse y rotularse corre-lativamente desde el Nº 1 enadelante con numeracionessucesivas por tipo de mate-rial (líticos, óseos de fauna,constructivos, cerámicos,botánicos, etc.) y de acuerdocon los estándares de con-servación.2.Deberán catalogarsetipológicamente pero mante-nerse en bolsas que discri-minen a su vez: sector, cua-drícula y nivel de la excava-ción (profundidad). Tambiénse especificarán relacionescontextuales (su correspon-dencia en la estratigafía ar-queológica).3.Los materiales obtenidosen la evaluación de impactodeberán remitirse conjunta-mente a los obtenidos en laexcavación de mitigación sila hubiera, y en un plazo nomayor a los 230 días hábilesposteriores la entrega del in-forme final de mitigación alDepartamento de Coleccio-nes del Museo del AreaFundacional bajo la supervi-sión del ente de supervisióntécnica (CIRSF).

g) Potencial arqueológico: esteaspecto será clave, ya que desu precisión se desprende-rán las medidas demitigacion propuestas.-

Artículo 6º - De las medidas demitigación propuestas y el infor-me.

Las medidas de mitigaciónque se propongan, al estar funda-mentadas en el detalle de la eva-luación de impacto y del potencialarqueológico mensurado, seránexpresadas tanto en superficie atrabajar, como su localización y

profundidades a alcanzar comomáximo. Se detallará el cronogra-ma de trabajos por etapas y lametodología del trabajo a imple-mentar. También se incluirá el pre-supuesto demandado al titular delemprendimiento y/o propietario delterreno.1. Las medidas de mitigación pro-

puestas serán elevadas al or-ganismo de Gestión Adminis-trativa y desde allí se giraran alde Supervisión técnica. El pro-ceso de acreditación e informede aceptación u observación delas propuestas será notificadoa los interesados en el plazo de5 días hábiles.

2. Los trabajos de mitigación apro-bados deberán notificar fechasde inicio y terminación (en estecaso estimativa) y el régimenhorario de labores, al organis-mo de Supervisión Técnica a losefectos de que pueda procedera un seguimiento de trabajos decampo.

3. Los trabajos de mitigacion de-berán:a) Corroborar los datos aporta-

dos en articulo 5.2.a)b) Cumplir con los requisitos

enunciados en los artículos5.2.b) a 5.2.f).

c) Detallar el potencial del terre-no no alterado por las obras(m2) a partir del cálculo de lasuperficie total del predio res-tando la superficie que inclui-rán las excavaciones de laobra.

4. Como medidas excepcionalesde la mitigación y en atención ala magnitud del potencial ar-queológico definido, a la mitiga-ción propuesta podrán sumar-se:a) salvatajes a partir del segui-

miento de las obras realiza-das en el contexto de lasobras.

b) Proponer reorientaciones delproyecto a partir de la nece-sidad de preservar restosestructurales de excepción,poniéndolos en valor e inte-grándolos dentro de planesde uso cultural.

5. Informe final de la mitigación:a) Las obras no podrán comen-

zarse hasta no contar con laaprobación del informe demitigación, el que deberá serevaluado y notificado en sen-tido de aprobación u obser-vación antes de los 15 díashábiles por parte del organis-mo de supervisión técnica. Atal fin se emitirán certificacio-nes.

b) La entrega de los materialesde acuerdo a las especifica-ciones antes descriptas de-

berá realizarse al Departa-mento de Colecciones delMuseo del Area Fundacional,que realizará el chequeo dedatos y en el plazo no mayora los 90 días emitirá un certi-ficado de recepción de losmateriales a los responsa-bles de los trabajos arqueo-lógicos.-

Artículo 7º - Certificaciones deliberación de riesgo patrimonial ar-queológico de obras.1. Certificado de aprobación de

obra de acuerdo a la evaluaciónde impacto arqueológico.

2. Certificado de aprobación deobra de acuerdo a trabajos demitigación arqueológica.-Artículo 8º - Comuníquese, pu-

blíquese y dese al Registro de Or-denanzas.-

Sala de Sesiones, Veintiochode noviembre del dos mil seis.-

Jorge Efraín MolinaPresidente H.C.D.Carlos M. Lettry

Secretario Legislativo H.C.D._______

Mendoza, 7 de diciembre de2006

Atento que la presente Orde-nanza no fue observada, vencidoel término de Ley para supromulgación, de conformidadcon lo establecido por el ArtículoNº 201º de la Constitución de laProvincia y Artículo Nº 92º de la LeyOrgánica de Municipalidades Nº1079;

Téngase: por promulgada au-tomáticamente la Ordenanza Nº3679/17341/06.

Cúmplase, comuníquese, pu-blíquese y dése al Registro Muni-cipal.

Marcelo Eloy MontenegroSubsec. de Des. Económico

a/c. Subs. Gral. de IntendenciaAlberto Adrián Aimale

Jefe Sec. Dig. MunicipalC.A.D. 1124822/12/2006 (1 P.) a/cobrar__________________________________

ORDENANZA Nº 3.681/17343/06

Implementando en bares, res-taurantes, confiterías y afines lainclusión de dos o más lenguasextranjeras en Cartillas de Ofertas,Cartas y Menues.-

Visto: El Proy. H.C.D. Nº 115-C-04, caratulado: "Concejal Laciar,Bloque U.C.R., e/Proyectoimplementando en bares, restau-rantes, confiterías y afines la in-clusión del idioma inglés en Ofer-tas, Cartas Y Menues"; yCONSIDERANDO:

Que nos encontramos en una

Ciudad cada vez más frecuentadapor extranjeros, ya sea por razo-nes turísticas, culturales, labora-les, etc., los cuales no todos co-nocen nuestro idioma.

Que al desarrollo de nuestrariqueza cultural y despliegue depotencial turístico se agregan he-chos como el de ser asiento delcorredor comercial internacionalmás importante al sur de Améri-ca, el hecho de ser una de las Ca-pitales de gran valor estratégicoen la integración del bloque delmercado común del Sur, elprotagonismo mundial en áreasespecíficas como la vitivinicultura,etc..

Que es importante lograr unaexcelente comunicación no sólopara poder promocionar nuestraprovincia y todo lo que ella ofrecesino también para informar y ha-cer observar normas de conviven-cia que nos son propias.

Que lugares públicos comostands de información, algunosbares, restaurantes, etc. han vistola necesidad de comunicarse nosólo en nuestro idioma sino tam-bién en inglés, idioma internacio-nal común.

Que se debe responder a lasnecesidades presentes incluyen-do este idioma en todas las car-tas, menúes, ofertas, etc., en ba-res, restaurantes y afines con elfin de lograr una completa infor-mación a nuestros visitantes in-ternacionales.

Que además de reaccionarfrente a las necesidades presen-tes, resulta oportuno accionar ha-cia las proyecciones futuras de unfenómeno que por ser incipientetiene gran parte de su desarrollopor delante.

Que en nuestra realidad cultu-ral abundan fundamentos parapropiciar el confort de quienes nosvisiten, cualquiera sea su idiomade origen.

Que resulta previsible la con-veniencia a futuro del dominio delenguas extranjeras en general,apuntado a trascender el meroámbito de los recursos gráficos deinformación.

Por ello,EL HONORABLE CONCEJO

DELIBERANTE DE LACIUDAD DE MENDOZA

ORDENA:Artículo 1º - Impleméntese en

lugares públicos como bares, res-taurantes, confiterías y afines, lainclusión de al menos dos len-guas extranjeras en sus cartillasde ofertas, cartas y menúes, de-biendo ser el idioma inglés unade ellas.

Artículo 2º - El orden en el quefiguren las referencias en lenguas

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, viernes 22 de diciembre de 200611648

extranjeras quedará a criterio delresponsable del comercio, todavez que deberán ser precedidasde la referencia en español.

Artículo 3º - Inclúyase en formaclaramente visible en cartilla deofertas, cartas y menúes, informa-ción complementaria relativa a laprohibición de fumar en lugarescerrados con acceso al público.

Artículo 4º - Facúltese al De-partamento Ejecutivo para estable-cer plazo a partir del cual será decarácter obligatorio para bares,restaurantes, confiterías y afines,así como todo comercio que porsus características sea frecuenta-do regularmente por visitantes ex-tranjeros, el requerimiento de con-tar con personal bilingüeangloparlante, no pudiendo habermenos de un (1) empleado quecumpla con este requisito cada100m2 de superficie cubierta totaldel comercio.

Artículo 5º - Comuníquese, pu-blíquese y dése al Registro deOrdenanzas.

Sala de Sesiones, veintiochode noviembre del dos mil seis.-

Jorge Efraín MolinaPresidente H.C.D.Carlos M. Lettry

Secretario Legislativo H.C.D._______

Mendoza, 7 de diciembre de2006

Atento que la presente Orde-nanza no fue observada, vencidoel término de Ley para supromulgación, de conformidadcon lo establecido por el ArtículoNº 201º de la Constitución de laProvincia y Artículo Nº 92º de la LeyOrgánica de Municipalidades Nº1079;

Téngase: por promulgada au-tomáticamente la Ordenanza Nº3681/17343/06.

Cúmplase, comuníquese, pu-blíquese y dése al Registro Muni-cipal.

Marcelo Eloy MontenegroSubsec. de Des. Económico

a/c. Subs. Gral. de IntendenciaAlberto Adrián Aimale

Jefe Sec. Dig. MunicipalC.A.D. 1124822/12/2006 (1 P.) a/cobrar__________________________________

MUNICIPALIDADDE GODOY CRUZ

_______

ORDENANZA Nº 5.330/06

Visto: El expediente Nº 2052-H-05, caratulado: Conc. Pepe RubíE/Proy. de Reforma de la Ordenan-za 4908/02; yCONSIDERANDO:

Que a fs. 29, obra OrdenanzaNº 5312/06 donde se reforma laOrdenanza Nº 4908/02

Que a fs. 38 de la presente pie-za administrativa, obran modifica-ciones sugeridas por la Direcciónde Obras Particulares de esteMunicipio a la Ordenanza Nº 5312/06.

Que a fs. 44 obra nota Nº 857-H-06, donde el Conc. ArnaldoPepe Rubí sugiere modificar laOrdenanza Nº 5312/06.

Por ello,EL HONORABLE CONCEJO

DELIBERANTE DE GODOY CRUZORDENA:

Artículo 1º - Modifícase parcial-mente el Artículo 1 de la Ordenan-za Nº 5312/06, en los items quese detallan a continuación:Iluminación• Cada salón que se use como

aula o lugar de estar permanen-te de los niños, debe tener unaventana y/o puertas-ventanas, oestar comunicado con uno quesí las tengan, de modo que elaprovechamiento de la luz natu-ral sea el máximo y óptimo posi-ble evitando, en un marco de ra-cionalidad, la utilización de luzartificial, de acuerdo a lo esta-blecido en el Cap. II.2.3.4 de laOrd. 20/71. No se permitirán jun-tos dos salones ciegos, es de-cir, carentes de las correspon-dientes aberturas, por donde in-gresa luz natural.

Acceso y Pasajes Interiores• Los accesos y pasajes interio-

res que permiten la circulaciónde los niños entre las diferentesdependencias deberán ajustar-se a lo establecido en el AnexoVII, Capítulo 18 (protección con-tra incendios) de la Ley Nº 19587.

Espacio Exterior• La superficie debe ser propor-

cional a la cantidad de niñospermitiéndoles desarrollar acti-vidades (gimnasia, juegos, etc.)con amplitud y comodidad, nopudiendo ésta, ser inferior a 3(tres) metros cuadrados porcada uno.

Artículo 2º - Comuníquese alDepartamento Ejecutivo, dése alregistro municipal respectivo, pu-blíquese y cumplido, archívese.

Dada en Sala de SesionesMaría Eva Duarte de Perón, a lossiete días del mes de agosto delaño dos mil seis.

Daniel Alejandro DimartinoPresidente H.C.D.Mónica Oyarzábal

Secretaria Administrativa H.C.D.______

Por lo tanto: Promúlgase, tén-gase por Ordenanza Municipal Nº5330/06.

Comuníquese, publíquese.Dése al Registro Municipal y ar-chívese.

Intendencia, 1 de agosto de2006

César Rodolfo BiffiIntendente

Oscar Horacio SandesSec. de A., O. y S. Públicos

Bto. 840322/12/2006 (1 P.) $ 71,25__________________________________

ORDENANZA Nº 5.351/06

Visto el expediente Nº 12195-I-06, caratulado: Planificación Ur-bana y Ambiente, Proyecto Orde-nanza Calle Stgo. del Estero, tra-mo calle Paso de los Andes aleste Calle Pedro P. Segura; yCONSIDERANDO:

Que la Ordenanza de línea decierre y de la calle Santiago delEstero en el tramo comprendidoentre calle Paso de los Andes aleste hasta calle Pedro PascualSegura, por Ordenanza Municipal4277/98 y su modificatoria Ord.3979/95 fijan una línea municipalde cierre a 12,00 (doce) metros delborde sur del canal Frías.

Que resulta necesario modifi-car las medidas actuales, por en-contrarse propiedades consolida-das a 9,00 (nueve) metros del bor-de Sur Canal Frías, construyendola calzada entre el borde del Canaly la línea de Cierre, que aliviará elflujo vehicular de calle Dr. Morenode Ciudad de Mendoza, y por lo tan-to el cruce del puente de Paso delos Andes, dividiéndose el tránsitoproveniente del Corredor del Oes-te, por calle Santiago del Estero entres direcciones: Hacia el norte porcalle Paso de los Andes, hacia elcentro por calle Dr. Moreno y haciael este por calle Santiago del Este-ro - Irigoyen - Brasil.

Que se hace necesario crearuna vinculación vehicular de calleSantiago del Estero desde callePaso de los Andes al este hastacalle Pedro Pascual Segura, comoasí también un ordenadorvehicular sobre el Canal Frías,calle Paso de los Andes, Santia-go del Estero y calle Doctor More-no del Departamento Capital.

Que se hace necesario, quedicha vinculación preserve el ca-rácter barrial y residencial de lasaperturas consolidadas, evitandolos trastornos derivados por la ve-locidad del tránsito verificados encalle Santiago del Estero, al oestede Paso de los Andes.

Por ello,EL HONORABLE CONCEJO

DELIBERANTE DE GODOY CRUZORDENA:

Artículo 1º - Declárese de inte-

rés público y sujeto a expropiaciónlos rasgos de terrenos necesa-rios, para la construcción de unacalzada paralela al Canal Fríasentre calle Paso de los Andes aloeste hasta calle Pedro PascualSegura con un ancho de 9 (nueve)metros a medir desde el borde surrectificado del Canal Frías hastala línea de cierre, la línea de edifi-cación deberá solicitarse a EMSEdebido a la servidumbre delelectroducto existente en el tramo.

Artículo 2º - El DepartamentoEjecutivo, comenzará con la trami-tación, ante el organismo corres-pondiente para suplantar las ac-tuales torres metálicas del tendidode alta tensión, por unas de menordimensión, o su traslado al espa-cio del cauce del canal Frías, conla finalidad de dejar liberada la tra-za de la calle Santiago del Estero.

Artículo 3º - Por Dirección dePlanificación Urbana y Ambientese elabore un proyecto, ordenadorvehicular, obras de arte y calzada yel diseño de la vía pública, farolasy baranda sobre el costado delCanal Frías a fin de mejorar la es-tética y seguridad urbana. Conestudio particular de los cruces decalles comprendidos entre Santia-go del Estero, Paso de los Andesy Moreno (Capital), y Santiago delEstero, Martínez de Rosas (Capi-tal) y Necochea.

Artículo 4º - Por Dirección de Ca-tastro se deberán realizar los estu-dios de los títulos de las propues-tas que se pretenden expropiar.

Artículo 5º - Por ComisiónValuadora, se deberá efectuar lavaluación de los terrenos afecta-dos por la obra en toda su exten-sión.

Artículo 6º - Por Dirección deObras Municipales, se deberá reali-zar cómputo y presupuesto de lasobras a realizar, una vez definido yaprobado el proyecto en su totalidad.

Artículo 7º - Por Dirección deRentas, se informe el estado enque se encuentran los padronesde la propiedades afectadas.

Artículo 8º - Una vez concluidoslos trámites, informes y demásrecaudos previstos en las dispo-siciones precedentes, procédasepor medio del Departamento Eje-cutivo a elevar las actuaciones alPoder Ejecutivo de la Provinciapara que por medio del mismo seinste ante la Honorable Legislatu-ra de la Provincia la sanción de larespectiva ley de declaración deutilidad pública.

Artículo 9º - Comuníquese alDepartamento Ejecutivo, dése alregistro municipal respectivo, pu-blíquese y cumplido, archívese.

Dada en Sala de SesionesMaría Eva Duarte de Perón, a los

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, viernes 22 de diciembre de 2006 11649

dieciocho días del mes de setiem-bre del año dos mil seis.

Daniel Alejandro DimartinoPresidente H.C.D.Mónica Oyarzábal

Secretaria Administrativa H.C.D.______

Por lo tanto: Promúlgase, tén-gase por Ordenanza Municipal Nº5351/06.

Comuníquese, publíquese.Dése al Registro Municipal y ar-chívese.

Intendencia, 28 de setiembrede 2006

César Rodolfo BiffiIntendente

Oscar Horacio SandesSec. de A., O. y S. Públicos

Bto. 840222/12/2006 (1 P.) $ 60,00_________________________________

ORDENANZA Nº 5.362/06

Visto: El expediente Nº 8944-E-04, caratulado: “Ortiz Oscar Félixy Pozo de Rodríguez Elva o/Dona-ción c/Cargo”; yCONSIDERANDO:

Que a fs. 01, el señor OscarFélix Ortiz y la señora Elva F. Pozode Rodríguez ofrecen una superfi-cie afectada a ensanche de calleBalcarce en donación al munici-pio con el cargo de eximir losaforos que corresponden a laaprobación de los planos y trami-tación administrativa de la obra aconstruir cuya presentación se harealizado mediante el expedientede construcción Nº 8266/04.

Que a fs. 03, obra copia de Pla-no de Mensura individualizadobajo el Nº 35651/05.

Que a fs. 22, obra informe dela Comisión Valuadora de la Di-rección de Catastro establecien-do el valor del m2 en del terrenolibre de mejoras y el valor total delmismo, fijado en Pesos 2.302.

Que a fs. 26, obra nota 11530/05 por la que los oferentes cam-bian el cargo de la donación soli-citando a cambio de lo ofrecido lacompensación de las obligacio-nes pendientes en concepto deTasas por Servicios a la Propie-dad Raíz y/o cualquier otro concep-to que recaiga sobre el padrón8344 hasta cubrir la suma de $2.302.

Que a fs. 35, la Dirección dePlanificación Urbana donde se ex-presa la conveniencia de aceptarla donación para completar el en-sanche de la calle Balcarce, entreRivadavia y Monteagudo.

Que a fs. 37, obra oferta de do-nación con cargo a cualquier gas-to generado por P.M. 8344 confor-me al Art. 4 Decreto 750/02, ley

4341 Art. 6 y ley 1079 Art. 75 5d 29.Que a fs. 51, obra informe de

la Comisión Valuadora en dondese expresa que el valor actualiza-do del terreno ofrecido en dona-ción asciende a la suma de $3.217,09 y la deuda al 5 de julio de2006 asciende a la suma de $2.596,76.

Que por Minuta de Comunica-ción Nº 285/06 se solicitó a la Di-rección de Catastro elevara infor-me a este Cuerpo sobre la dona-ción ofrecida en las presentes ac-tuaciones.

Que a fs. 59, Dirección de Ca-tastro informa que es convenienteaceptar la compensación solicita-da.

Por ello,EL HONORABLE CONCEJO

DELIBERANTE DE GODOY CRUZORDENA:

Artículo 1º - Acéptase la dona-ción con cargo a ser librada al usopúblico con compensación econó-mica realizada a fs. 01, 26, 37 y 38por el Sr. Oscar Félix Ortiz, D.N.I.Nº 14.041.229, Graciela Liliana Mi-randa, D.N.I. Nº 16.172.836 y laSra. Elva F. Pozo de Rodríguez,D.N.I. Nº 8.364.488, consistenteen una fracción de terreno afecta-da al ensanche de calle Balcarce,empadronada bajo el Nº 8.344,entre Rivadavia y Monteagudo, conuna superficie según Título yMensura de 24,96 (veinticuatrometros cuadrados con noventa yseis decímetros cuadrados), se-gún se desprende del plano deMensura y Fraccionamiento de fs.03, individualizado bajo el Nº35651/05.

Artículo 2º - La Compensaciónestipulada en el artículo 1º impli-ca la compensación de la deudaque por todo concepto tenga el P.M.Nº 8.344 al 05/07/06.

Artículo 3º - Para dar cumpli-miento al Artículo 1 de la presentey perfeccionar la siguiente dona-ción, el donante deberá entregarla posesión de los terrenos alMunicipio a fin de que éste liberelos mismos al uso público.

Artículo 4º - Comuníquese alDepartamento Ejecutivo, dése alregistro municipal respectivo, pu-blíquese y cumplido, archívese.

Dada en Sala de SesionesMaría Eva Duarte de Perón, a losveintitrés días del mes de octubredel año dos mil seis.

Daniel Alejandro DimartinoPresidente H.C.D.Mónica Oyarzábal

Secretaria Administrativa H.C.D.______

Por lo tanto: Promúlgase, tén-gase por Ordenanza Municipal Nº5362/06.

Comuníquese, publíquese.Dése al Registro Municipal y ar-chívese.

Intendencia, 9 de noviembre de2006

César Rodolfo BiffiIntendente

Sandra Mónica TenneriniSecretaria de Hacienda

Bto. 840322/12/2006 (1 P.) $ 47,50_________________________________

ORDENANZA Nº 5.363/06

Visto: El expediente Nº 12594-I-06, caratulado: Planificación Ur-bana y Ambiente -D.P.U.YA.- s/Pro-yecto Prolongación J. V. González;yCONSIDERANDO:

Que por las presentes actua-ciones, el Departamento Ejecuti-vo a través de la Dirección de Pla-nificación Urbana y Ambiente ele-va a consideración del Cuerpo unproyecto destinado a solucionar laproblemática vial del nudo com-puesto por las calles Joaquín V.González, Lago Aluminé, Lagunadel Diamante, Río Vacas, San Mar-tín Sur y Avenida del Trabajo en elBarrio Trapiche.

Que el proyecto en cuestión esun distribuidor vial teniendo encuenta las calles y rotonda exis-tentes y previendo la continuidadde calle Joaquín V. González y delBoulevard de calle Laguna delDiamante.

Que a fs. 02, obra planimetríade la obra a realizarse elaboradopor el Departamento de planifica-ción Urbana dependiente de la Di-rección de Planificación Urbana yAmbiente.

Que de fs. 05 a 15, obran losestudios referidos a las propieda-des afectadas para la concrecióndel proyecto en cuestión, talescomo planos de mensuras de laspropiedades involucradas, cro-quis zonal y planchas de datos fi-jos de los inmuebles, suministra-dos por la Dirección de Catastro.Asimismo se adjuntan estudiosde títulos con copia de las matrí-culas de Folio Real adquiridas enel Registro de la Propiedad, reali-zado por el Departamento de Agri-mensura dependiente de la Direc-ción de Planificación Urbana yAmbiente.

Que por lo antes expuesto seestima procedente declarar de in-terés público el proyecto mencio-nado.

Por ello,EL HONORABLE CONCEJO

DELIBERANTE DE GODOY CRUZORDENA:

Artículo 1º - Declárase de Utili-dad Pública el proyecto referido a

la implementación de un distribui-dor vial teniendo en cuenta lascalles y rotonda existentes y pre-viendo la continuidad de calle Joa-quín V. González, y del Boulevardde calle Laguna del Diamante,obrante en planimetría de fs. 02del expediente Nº 12594-I-06.

Artículo 2º - Comuníquese alDepartamento Ejecutivo, dése alregistro municipal respectivo, pu-blíquese y cumplido, archívese.

Dada en Sala de SesionesMaría Eva Duarte de Perón, a losveintitrés días del mes de octubredel año dos mil seis.

Daniel Alejandro DimartinoPresidente H.C.D.Mónica Oyarzábal

Secretaria Administrativa H.C.D.______

Por lo tanto: Promúlgase, tén-gase por Ordenanza Municipal Nº5363/06.

Comuníquese, publíquese.Dése al Registro Municipal y ar-chívese.

Intendencia, 7 de noviembre de2006

César Rodolfo BiffiIntendente

Oscar Horacio SandesSec. de A., O. y S. Públicos

Bto. 840222/12/2006 (1 P.) $ 28,75_________________________________

MUNICIPALIDADDE TUNUYAN

______

ORDENANZA Nº 1.919Tunuyán, 15 de Noviembre de

2.006Visto: El Proyecto de Ordenan-

za presentado por el Departamen-to Ejecutivo referido a la Ley Nº7.595, modificatoria de la Ley6.444 de diversión nocturna, yCONSIDERANDO:

Que, la Ordenanza 1775 adhie-re a la ley provincial 6444/96, de-creto reglamentario 1211/97 y quepor otra parte la ley 7595/06, mo-dificatoria de la 6444/96 reciente-mente sancionada, invita a losmunicipios a adherir a ella y ade-más crea el Programa Provincialde prevención de Riesgos vincu-lados a la diversión nocturna delos jóvenes,

Que la Ley Nº6444/96 que pre-tende regular este tema, prohi-biendo la permanencia de meno-res de 18 años en localesbailables, confiterías, pubs, etc.ha traído en su aplicación proble-mas insalvables que ponen enriesgo la protección de los dere-chos de estos individuos de acuer-do a el análisis que a continua-ción exponemos.

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, viernes 22 de diciembre de 200611650

Que, el hecho de prohibir lapermanencia de adolescentesmenores de 18 años en localesde diversión nocturna (como ex-presión genérica que luego deta-llamos) después de las 01.00-01.30 hs., implica que éstos setrasladan a la calle y los espaciospúblicos, tales como nuestrasplazas donde la circulación no seencuentra restringida, suponien-do tácitamente que es menosriesgoso esto que lo primero y des-conociendo las modalidades dediversión que adoptan nuestrosjóvenes y que no puedenmodificarse por leyes y ordenan-zas porque hacen a sus propiascostumbres y hábitos, la mayoríade los cuales no implican ries-gos ni a la salud ni a la seguridadpersonal y publica, en la medidaque se mantenga la prohibiciónabsoluta a los comerciantes devender alcohol a los menores de18 años.

Distintas leyes establecen fa-cultades relacionadas con laedad, así por ejemplo a partir delos 16 años se autoriza la conduc-ción de motocicletas, la donaciónde sangre por propia decisión y apartir de los 15/16 años se autori-za a trabajar y afiliarse a sindica-tos, además de ser penalmenteresponsables de sus actos, peroparadójicamente se les prohíbepermanecer en locales de diver-sión nocturna.

Profundizando aun más en es-tos conceptos, las leyes y orde-nanzas referidas a estos temasnunca fueron consultadas con losactores principales de ellas, esdecir los jóvenes.

La participación de toda la co-munidad en el diseño de las polí-ticas publicas ayuda a construir unconcepto de ciudadanía en el quese tenga en cuenta al joven, nocomo objeto, sino como sujeto dederecho creando instancias deanálisis que permitan reconocera los mismos como ciudadanosactuales y no solamente como ciu-dadanos futuros, escuchándolose incluyéndolos en los procesosde diseño, ejecución y evaluaciónde las necesidades y programasdestinados a ellos.

De este modo se deja de pen-sar al joven desde arriba (postu-ras paternalistas y tutelares) y sepasa a integrarlos como parte pro-tagonista y responsable en losprocesos que los involucran.

Debemos además introducir-nos en aspectos más profundosdel tema en cuestión tal como lacorresponsabilidad en la educa-ción de los niños y jóvenes entreEstado y Familia.

La sociedad esta formada por

un conjunto de instituciones (so-ciales, educativas, deportivas, etc.)además de la institución básicade toda sociedad que es la fami-lia y el Estado como regulador detodas ellas. En la ley 6444 existeuna franca contradicción en el rolque cumplen Familia y Estado, yaque los padres en su mayoría au-torizan a sus hijos menores, parti-cularmente entre 16 y 18 años deedad, a permanecer en locales dediversión nocturna, autorizaciónque es neutralizada por el Estadoa través de esta ley.

A partir de la sanción de la Ley6354/95 que crea los Juzgados deFamilia, Penal de menores y Cuer-pos auxiliares, se abandona el vie-jo concepto de los Juzgados deMenores y se ajusta la interven-ción estatal a través del Poder Ju-dicial a las resoluciones de laConvención Internacional de losDerechos del niño. Con esta nue-va interpretación, plasmada en lacitada ley, cambia el concepto y elenfoque del sujeto protector; ya noes mas el Estado en el ejerciciomonolítico de políticasasistencialistas, generalmenteejecutadas en forma centralizada,sino una tríada compuesta por laFamilia en primer lugar, la Comu-nidad en segundo lugar y final-mente el Estado, que cambia sus-tancialmente pasando de unamodalidad que tenia en cuenta lacausa tutelar a una función pro-tectora integral.

La ley 6444 marca un retroce-so en la regulación de la proble-mática de los menores por noconsiderarlos como "sujeto de de-recho". Tal como lo observa Emi-lio García Méndez en "infancia yadolescencia en América Latina.De la situación irregular a la pro-tección integral" (citado por TristanCasnati en La Ley Gran Cuyo 2000Pág. 461) es importante determi-nar la conceptualizacion que setenga de un menor de edad y eneste sentido establece que el niñoes un sujeto de derechos y no sim-plemente un objeto de protección.Así, a un sujeto de derechos, paraprotegerlo habrá que respetarlesus derechos y en el caso de quelos mismos se encontraren ame-nazados o vulnerados, restable-cerlos en una tarea conjunta entrefamilia, sociedad y estado; mien-tras que el sistema de patronatosolo tenía en cuenta la protecciónde la persona y no de sus dere-chos.

Como una nueva contradic-ción, el municipio, como estadopróximo, interviene activamente enla restitución de derechos a tra-vés de sus políticas sociales encasos de menores en conflicto

con la ley o en situación de vulne-rabilidad "restableciendo los de-rechos" plasmados en la reformaconstitucional del año 1994 queincorpora con ese rango los trata-dos internacionales suscriptospor la Republica Argentina, entreellos la Convención Internacionalde los derechos del niño, pero sepretende que ceda la potestad dela regulación de la permanenciade menores (que no están en con-flicto con la ley y que no están ensituación de vulnerabilidad) en lo-cales de diversión a una ley pro-vincial y a un programa de controlcentralizado, que obviamente des-conoce las realidades locales yque están diseñadas en funciónde la situación de los grandes nú-cleos urbanos de Mendoza.

Es aquí donde el estado debediseñar estrategias de políticassociales que permitan el desarro-llo del objeto propuesto y es eneste punto donde debe necesa-riamente intervenir el municipio,en definitiva, deben municipalizar-se las políticas sociales y legalespara respetar el derecho de los jó-venes, sin olvidar que ellos desa-rrollan su vida en un Departamen-to donde existe un órgano de go-bierno denominado Municipio ycuya población tiene comporta-mientos diferenciados respecto aotros Departamentos de la mis-ma provincia.

Como expresáramos anterior-mente, los menores, como suje-tos de derecho, deben ser consul-tados, escuchados y tenidos encuenta al momento de legislarsobre sus actividades. En concre-to, abrir los oídos, la mente y elcorazón para conocer la opiniónde los menores y adolescentesdel Departamento en cumplimien-to de la Convención Internacionalde los Derechos del niño que es-tablece que "el niño deberá ser es-cuchado en todo procedimientoadministrativo o judicial que loafecte, en función de su edad ymadurez". Esta exigencia es lo quese ha dado en denominar "princi-pio de la autonomía progresiva"por la cual el niño ya no admiteser categorizado en dos compor-tamientos estancos y rígidoscomo la histórica incapacidad ab-soluta y relativa de nuestro códigocivil; entendiendo que se trata deuna persona en desarrollo y evo-lución que tendrá derecho a hacervaler su opinión en las cuestionesque hagan a su interés, en fun-ción de que el joven "en perma-nente movimiento avanza desdelo que se tiene a lo que se tendrá".

Con este concepto, el Inten-dente Municipal sostuvo reunio-nes de consulta con jóvenes del

Departamento quienes refrenda-ron el convencimiento de que debecambiarse el espíritu de la ley enalgunos aspectos respetandoaquellos que se consideraron be-neficiosos para el conjunto de lasociedad.

Es necesario considerar queson múltiples las ordenanzas y le-yes en distintas provincias y mu-nicipios que pretenden regulareste tema, pero consideramos quela legislación debe ser clara, pre-cisa y de fácil ejecución, de lo con-trario se transforman en instru-mentos laberínticos de imposiblecumplimiento. Ejemplos de estoson las regulaciones en dos mu-nicipios, Villa Regina en Rió Ne-gro y Chacabuco en Buenos Airesque transcribimos en lo sustan-cial como evidencia de lo dicho.–En el municipio de Villa Regina

se prohíbe a partir de las 0.00hs. la permanencia de menoresde 15 años en locales bailablesy/o fiestas populares salvo queestén acompañados de padreso tutores y se permite le perma-nencia de mayores de 15 añoscon autorización expresa de pa-dres o tutores, para lo cual lamunicipalidad emite un carnetcon fotografía del menor, datospersonales, firma y código debarras, que debe ser presenta-do previo al ingreso al local.

–En el municipio de Chacabucocuando existen en el local meno-res de 17 años se prohíbe la per-manencia de mayores de 25 años.

Por ultimo, estamos convenci-dos que es imprescindible gene-rar un instrumento legal democrá-tico en lo sustancial y progresistaen lo conceptual que permitaflexibilizar las condiciones de per-manencia de los menores y en-durecer las condiciones que losempresarios deben respetar a finde garantizar la seguridad totaldentro, fuera y durante el trayectoa los locales habilitados a tal fin,restringiendo la publicidad, el ex-pendio y el consumo de bebidasalcohólicas.

Que sometido a votación elDespacho de la Comisión de Pe-ticiones Poderes y Asuntos Variosen Sesión Ordinaria (Prórroga), enel día de la fecha, resulta aproba-do en forma unánime.

Por ello y en uso de sus facul-tades

EL HONORABLE CONCEJODELIBERANTE DE TUNUYAN

ORDENA:Artículo 1º - Considérese como

locales de "diversión nocturna" alos comercios categorizados en elMunicipio como confiterías, pubs,locales bailables, drugtors y cibercafés. No se incluyen a los fines

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, viernes 22 de diciembre de 2006 11651

de la presente Ordenanza aquelloslocales donde se promocionen enforma explícita las actividadessexuales, donde se promuevanpublicaciones pornográficas don-de se aliente la prostitución en to-das sus formas, o donde se pre-senten espectáculos que incluyandesnudos parciales o totales.

Artículo 2º - Los jóvenes mayo-res de 16 años tendrán libre acce-so a los locales de diversión noc-turna pudiendo permanecer has-ta el horario de cierre, pero ten-drán prohibido en forma absolutael consumo de bebidas alcohóli-cas, lo que sí se permitirá a losmayores de 18 años. La venta dealcohol a menores de 18 añosserá motivo de las sanciones co-rrespondientes al propietario delcomercio.

Artículo 3º - En todos los ca-sos al ingreso al local de diver-sión nocturna se deberá presen-tar documento de identidad o cé-dula y el empresario asume la res-ponsabilidad de identificar a losmayores de 18 años de edad conun sello indeleble en la mano ouna pulsera plástica o cualquierotro material que sólo se saquecon su destrucción, lo que habilitaal consumo de bebidas alcohóli-cas. El Departamento Ejecutivo de-berá reglamentar este tipo de iden-tificación. Los jóvenes que no pre-senten documento de identidadno podrán ingresar al local y la vio-lación de esta norma será respon-sabilidad del propietario del co-mercio al que se le aplicarán lasmultas correspondientes.

Artículo 4º - Los menores en-tre los 13 y 15 años inclusive, po-drán participar en eventos especí-ficos para ellos, el que deberá serautorizado previamente por la Mu-nicipalidad de Tunuyán con per-manencia hasta las 02:00 hs., ydonde estará prohibida la venta yel consumo de bebidas alcohóli-cas. Los comercios que organiceneste tipo de eventos gozarán deuna exención de tasas del 100%con respecto del evento en parti-cular.

Artículo 5º - Es obligación detoda persona de existencia físicao ideal, que explote a cualquier tí-tulo locales públicos de diversiónnocturna y todo comercio habilita-do para la realización de eventosnocturnos (salones de fiesta, fies-tas estudiantiles y recitales):a) fijar el horario de apertura y fun-

cionamiento pleno a partir de nomás de las 23 hs., establecien-do como hora tope de ingreso ycierre de taquilla, en los casosque correspondiere, las 02:30hs. a.m. sin imponer una horaespecífica de cierre.

b) el expendio de bebidas alcohó-licas a toda persona, indepen-dientemente de la edad, solo sepermitirá hasta las 04:00 hs.a.m.

c) se deberá disponer en el inte-rior de los establecimientos deun servicio telefónico público osemipúblico, y en caso de quetécnicamente sea inviable, sedeberá acreditar un sistema decomunicación alternativo talescomo radio o telefonía celular.

d) deberá cumplir con las norma-tivas de higiene y seguridad in-dustrial en vigencia.

e) el personal de seguridad debe-rá poseer la credencialhabilitante expedida por el Mi-nisterio de Seguridad de la Pro-vincia. En todos los casos elpersonal de seguridad deberáser de ambos sexos, asignan-do a cada uno de ellos, segúncorresponda, el cuidado y con-trol de los baños del estableci-miento, en forma permanente.

f) En el interior del establecimien-to se deberán implementarcampañas de concientizaciónsobre las consecuencias parala salud del uso de estupefa-cientes, exceso de alcohol y ta-baco, según los programas queelabore el Ejecutivo Municipal alrespecto en el marco de la es-trategia de Municipio Saludable.En algunos casos podrásolicitarse la difusión de mate-rial didáctico sobre la preven-ción de enfermedades vené-reas y embarazos no deseados.

g) Se deberá contratar un serviciode emergencias médicas queestará a disposición del perso-nal y del público en general.

h) En la zona de ingreso deberáproveerse una adecuada ilumi-nación y señalización vial.

i) No podrá discriminarse el ac-ceso al local bajo ningún con-cepto, salvo las restriccionespor edad ya especificadas enlos artículos 2º, 3º y 4º

j) Se deberá cumplir con las nor-mas provinciales y municipalesde sismo resistencia, incendioy todas aquellas que surjan delas ordenanzas referidas a taltema, para lo cual es condiciónindispensable la habilitaciónmunicipal expresa.

k) Se prohíbe expresamente lapromoción del consumo de al-cohol, la modalidad de "canillalibre" y las ventas incluidas porentrada que superen las dosconsumiciones de bebidas al-cohólicasArtículo 6º - Quedan prohibidas

las promociones públicas o priva-das que estimulen el consumo ex-cesivo de alcohol y se deberán ex-

hibir en lugares visibles leyendasque digan: "Prohibida la venta debebidas alcohólicas a menoresde 18 años".

Artículo 7º - El DepartamentoEjecutivo promoverá a través de laDirección de Vías y Medios deTransporte la implementación delíneas regulares que asistan a loslocales de diversión nocturna enlos horarios estipulados para la lle-gada y salida de los concurrentes.En el caso de que esto no fuerafactible, se deberá instrumentar através de prestadores contratadosespecíficamente por las empresastitulares de los distintos comerciosdestinados a este fin.

Artículo 8º - El Ejecutivo Munici-pal promoverá la concurrencia dela Policía Provincial para extremarlos controles de ruta a fin de preve-nir los accidentes viales y continua-rá con los operativos de control dealcoholemia en conjunto con lospadres preventores y Policía.

Artículo 9º - El Ejecutivo Muni-cipal será el encargado de la fis-calización del cumplimiento estric-to de esta ordenanza a través dela Dirección de Inspección Gene-ral y el Área de Asistencia Comu-nitaria.

Artículo 10º - El Ejecutivo Muni-cipal promoverá la creación de unorganismo de autocontrol, quefuncionará bajo la órbita del De-partamento de la Juventud Muni-cipal, integrado por jóvenes queactuarán como un órgano de con-sulta y evaluación de los resulta-dos buscados con lapromulgación de la presente or-denanza y que podrán integrarseen el diseño y publicidad de losprogramas de prevención del usode estupefacientes, alcohol, taba-co y prevención de accidentes.

Artículo 11º - Se prohíbe la ven-ta de bebidas alcohólicas a me-nores de 18 años de edad en todotipo de comercio del departamen-to de Tunuyán y en todo horario.

Artículo 12º - El titular del ne-gocio, administrador y/o concesio-nario que infrinja las disposicio-nes de la presente Ordenanzaserá pasible de las siguientessanciones:a) multa de $ 300,00 por cada acto

violatorio de la norma;b) multa y clausura temporaria de

hasta quince días cuando la vio-lación consistiere en:1) la venta de bebidas alcohóli-

cas a menores de 18 años, opermitir su consumo por par-te de los mismos;

2) faltas graves a las medidasde seguridad;

3) ser reincidente por terceravez a la contravención de lapresente norma;

c) multa y clausura definitiva cuan-do hubiera sido sancionado an-teriormente con una clausuratemporaria y se hubiera produ-cido la reincidencia de la falta.Artículo 13º - Deróguese la Or-

denanza Nº1.775, Nº1.707, y todaotra norma que se oponga a lasreglamentaciones de la presente.

Art. 14to: Autorizase al Depar-tamento Ejecutivo a reglamentarlos aspectos específicos la pre-sente Ordenanza, a fin de que lamisma cumpla el objetivo para lacual fue creada.

Artículo 15º - Notifíquese a laPolicía de Mendoza, Programa Pro-vincial de Prevención de RiesgosVinculados con la Diversión Noc-turna de los Jóvenes, Juzgado deFaltas, Juzgado de Familia, Penalde Menores, Fiscalía de Menores yDefensoría de Menores, Consejode la Niñez y Adolescencia del De-partamento, Consejo de Niñez yAdolescencia de la Provincia,DINADyF, Cámara de Comercio ylos comercios habilitados para lasactividades especificadas en artí-culo 1º como "diversión nocturna".

Artículo 16º - Comuníquese,publíquese, y dése al Registro deOrdenanzas.-

Jorge Raúl DaruichPresidente H.C.D.

Aixa Ivana GiordanoSecretaria H.C.D.

______

DECRETO Nº 562

Tunuyán, Mza. 16 de noviem-bre de 2006

Visto la Ordenanza Nº 1.919 defecha 15 de Noviembre de 2.006,emanada del Honorable ConcejoDeliberante de Tunuyán, y comu-nicada a este Departamento Eje-cutivo el día 16-11-06 (Expedientede referencia Nº 9437/7/06), y;

Considerando el Proyecto deOrdenanza elevado por el Depar-tamento Ejecutivo referido a la LeyN° 7.595, modificatoria de la LeyN° 6.444 de diversión nocturna,

Que dicha Ley invita a los Mu-nicipios a adherirse a ella y ade-más crea el Programa Provincialde Prevención de Riesgos vincu-lados a la entreteni-miento noctur-no de los jóvenes,

Que restringir la permanenciade menores de 18 años en loca-les bailables, confiterías, pubs,etc., implica que los mismos setrasladen a la calle o espacios pú-blicos, donde la circulación no seencuentra restringida, lo que im-plica menos riesgo, siempre ycuando se mantenga la prohibi-ción total a los comerciantes devender bebidas alcohólicas a losmenores de 18 años,

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, viernes 22 de diciembre de 200611652

Que en virtud de lo expuestose procede a promulgar la Orde-nanza conforme lo faculta el Art.105° Inc. 05 de la Ley Orgánica deMunicipalidades;

Por ello y en uso de sus atribu-ciones;

EL SEÑOR INTENDENTEMUNICIPAL DE TUNUYÁN

DECRETA:Artículo 1º - Promúlgase la Or-

denanza Nº 1.919 de fecha 15 deNoviembre de 2.006, sancionadapor el Honorable Concejo Delibe-rante de Tunuyán, la que quedaráredactada de la siguiente manera:"Art. 1ro: Considérese como loca-

les de "diversión nocturna" a loscomer-cios categorizados en elMunicipio como confiterías,pubs, locales bailables, drugtorsy ciber cafés. No se incluyen alos fines de la presente Orde-nanza aquellos locales donde sepromocionen en forma explícitalas actividades se-xuales, don-de se promuevan publicacionespornográficas donde se alientela prostitución en todas sus for-mas, o donde se presenten es-pectáculos que incluyan desnu-dos parciales o totales.

Artículo 2º - Los jóvenes mayo-res de 16 años tendrán libre acce-so a los locales de diversión noc-turna pudiendo permanecer has-ta el horario de cierre, pero ten-drán prohibido en forma absolutael consumo de bebidas alcohóli-cas, lo que sí se permitirá a losmayores de 18 años. La venta dealcohol a menores de 18 añosserá motivo de las sanciones co-rrespondientes al propietario delcomercio.

Artículo 3º - En todos los ca-sos al ingreso al local de diver-sión nocturna se de-berá presen-tar documento de identidad o cé-dula y el empresario asume la res-ponsabilidad de identificar a losmayores de 18 años de edad conun sello indeleble en la mano ouna pulsera plástica o cualquierotro material que sólo se saquecon su destrucción, lo que habilitaal consumo de bebidas al-cohólicas. El Departamento Eje-cutivo deberá reglamentar estetipo de identificación. Los jóvenesque no presenten documento deidentidad no podrán ingresar allocal y la violación de esta normaserá responsabilidad del pro-pietario del comercio al que se leaplicarán las multas correspon-dientes.

Artículo 4º - Los menores en-tre los 13 y 15 años inclusive, po-drán participar en eventos especí-ficos para ellos, el que deberá serautorizado previamente por la Mu-nicipalidad de Tunuyán con per-

manencia hasta las 02:00 hs., ydonde estará prohibida la venta yel consumo de bebidas alcohóli-cas. Los comercios que organiceneste tipo de eventos gozarán deuna exención de tasas del 100%con respecto del evento en parti-cular.

Artículo 5º - Es obligación detoda persona de existencia físicao ideal, que ex-plote a cualquiertítulo locales públicos de diversiónnocturna y todo comercio habilita-do para la realización de eventosnocturnos (salones de fiesta, fies-tas estudiantiles y recitales):a) fijar el horario de apertura y fun-

cionamiento pleno a partir de nomás de las 23 hs., establecien-do como hora tope de ingreso ycierre de taquilla, en los casosque correspondiere, las 02:30hs. a.m. sin imponer una horaes-pecífica de cierre.

b) el expendio de bebidas alcohó-licas a toda persona, indepen-dientemente de la edad, solo sepermitirá hasta las 04:00 hs.a.m.

c) se deberá disponer en el inte-rior de los establecimientos deun servicio telefónico público osemipúblico, y en caso de quetécnicamente sea inviable, sedeberá acreditar un sistema decomunicación alternativo talescomo radio o telefonía celular.

d) deberá cumplir con las norma-tivas de higiene y seguridad in-dustrial en vigencia.

e) el personal de seguridad debe-rá poseer la credencialhabilitante expedida por el Mi-nisterio de Seguridad de la Pro-vincia. En todos los casos elpersonal de seguridad deberáser de ambos sexos, asignan-do a cada uno de ellos, segúncorresponda, el cuidado y con-trol de los baños del estableci-miento, en forma permanente.

f) En el interior del establecimien-to se deberán implementarcampañas de concientizaciónsobre las consecuencias parala salud del uso de estupefa-cientes, exceso de alcohol y ta-baco, según los programas queelabore el Ejecutivo Municipal alrespecto en el marco de la es-trategia de Municipio Sa-ludable. En algunos casos po-drá solicitarse la difusión dematerial didáctico sobre la pre-vención de enfermedades vené-reas y embarazos no deseados.

g) Se deberá contratar un serviciode emergencias médicas queestará a disposición del perso-nal y del público en general.

h) En la zona de ingreso deberáproveerse una adecuada ilumi-nación y señalización vial.

i) No podrá discriminarse el ac-ceso al local bajo ningún con-cepto, salvo las restriccionespor edad ya especificadas enlos artículos 2º, 3º y 4º

j) Se deberá cumplir con las nor-mas provinciales y municipalesde sismo resistencia, incendioy todas aquellas que surjan delas ordenanzas referidas a taltema, para lo cual es condiciónindispensable la habilitaciónmunicipal expresa.

k) Se prohíbe expresamente lapromoción del consumo de al-cohol, la mo-dalidad de "canillalibre" y las ventas incluidas porentrada que superen las dosconsumiciones de bebidas al-cohólicasArtículo 6º - Quedan prohibidas

las promociones públicas o priva-das que estimulen el consumo ex-cesivo de alcohol y se deberán ex-hibir en lugares visibles leyendasque digan: "Prohibida la venta debebidas alcohólicas a menoresde 18 años".

Artículo 7º - El DepartamentoEjecutivo promoverá a través de laDirección de Vías y Medios deTransporte la implementación delíneas regulares que asistan a loslocales de diversión nocturna enlos horarios estipulados para lallegada y salida de los concurren-tes. En el caso de que esto no fue-ra factible, se deberá instrumen-tar a través de prestadores con-tratados específicamente por lasempresas titulares de los distin-tos comercios destinados a estefin.

Artículo 8º - El Ejecutivo Muni-cipal promoverá la concurrenciade la Policía Provincial para extre-mar los controles de ruta a fin deprevenir los accidentes viales ycontinuará con los operativos decontrol de alcoholemia en con-jun-to con los padres preventores y Po-licía.

Artículo 9º - El Ejecutivo Muni-cipal será el encargado de la fis-calización del cumplimiento estric-to de esta ordenanza a través dela Dirección de Inspección Gene-ral y el Área de Asistencia Comu-nitaria.

Artículo 10º - El Ejecutivo Muni-cipal promoverá la creación de unorganismo de autocontrol, quefuncionará bajo la órbita del De-partamento de la Juventud Muni-cipal, integrado por jóvenes queactuarán como un órgano de con-sulta y evaluación de los resulta-dos buscados con lapromulgación de la presente or-denanza y que podrán integrarseen el diseño y publicidad de losprogramas de prevención del usode estupefacientes, alcohol, taba-

co y prevención de accidentes.Artículo 11º - Se prohíbe la ven-

ta de bebidas alcohólicas a me-nores de 18 años de edad en todotipo de comercio del departamen-to de Tunuyán y en todo horario.

Artículo 12º - El titular del ne-gocio, administrador y/o concesio-nario que infrinja las disposicio-nes de la presente Ordenanzaserá pasible de las siguien-tessanciones:a) multa de $ 300,00 por cada acto

violatorio de la norma;b) multa y clausura temporaria de

hasta quince días cuando la vio-lación consistiere en:1) la venta de bebidas alcohóli-

cas a menores de 18 años, opermitir su consumo por par-te de los mismos;

2) faltas graves a las medidasde seguridad;

3) ser reincidente por terceravez a la contravención de lapresente norma;

c) multa y clausura definitiva cuan-do hubiera sido sancionadoanteriormen-te con una clausu-ra temporaria y se hubiera pro-ducido la reincidencia de la fal-ta.Artículo 13º - Deróguese la Or-

denanza Nº1.775, Nº1.707, y todaotra norma que se oponga a lasreglamentaciones de la presente.

Artículo 14º - Autorízase al De-partamento Ejecutivo a reglamen-tar los aspectos específicos lapresente Ordenanza, a fin de quela misma cumpla el objetivo parala cual fue creada.

Artículo 15º - Notifíquese a laPolicía de Mendoza, ProgramaProvincial de Prevención de Ries-gos Vinculados con la DiversiónNocturna de los Jóvenes, Juzga-do de Faltas, Juzgado de Familia,Penal de Menores, Fiscalía de Me-nores y Defensoría de Menores,Consejo de la Niñez y Adolescen-cia del Departamento, Consejo deNiñez y Adolescencia de la Provin-cia, DINADyF, Cámara de Comer-cio y los comercios habilitadospara las actividades espe-cificadas en artículo 1º como "di-versión nocturna".

Artículo 16º - Comuníquese,publíquese, y dése al Registro deOrdenanzas.-"

Artículo 2º - Por la Dirección deInspección General, notifíquese.

Artículo 3° - Comuníquese, pu-blíquese, cúmplase, regístrese yarchívese en el Libro de Decre-tos.-

Eduardo T. GinerIntendente

Rubén PeralesSecretario de Hacienda

C.A.D. 1124422/12/2006 (1 P.) a/cobrar