BOE núm. 286 Miércoles 30 noviembre 2005 39263 · MINISTERIO DE TRABAJO ... TC3/2, TC3/4, TC3/20...

63
BOE núm. 286 Miércoles 30 noviembre 2005 39263 estima procedente, el inicio de la impartición de las referi- das enseñanzas y la Universidad de Murcia podrá ex- pedir, a partir de ese momento, los correspondientes títulos. 4. De conformidad con lo dispuesto en el artícu- lo 35.5 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y en el artículo 7 del Real Decreto 49/2004, de 19 de enero, transcurrido el período de implantación del plan de estudios, la Universidad deberá someter a evaluación de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación el desarrollo efectivo de las corres- pondientes enseñanzas. 5. Los títulos serán expedidos en nombre del Rey por el Rector de la Universidad de Murcia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 34.2 de la Ley Orgáni- ca 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y demás normas vigentes, con expresa mención del presente Acuerdo. 6. Por la Ministra de Educación y Ciencia, en el ámbito de sus competencias, se adoptarán las medidas necesarias para la aplicación de este Acuerdo. MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 19696 RESOLUCIÓN de 17 de noviembre de 2005, de la Tesorería General de la Seguridad Social, sobre modelos de documentos de cotización vigentes para la liquidación e ingreso de cuo- tas de la Seguridad Social. Esta Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social, en virtud de las competencias que reglamentariamente tiene atribuidas al respecto, ha ido aprobando mediante diversas y sucesivas Resoluciones la relación de modelos de documentos de cotización vigentes en cada momento para la liquidación e ingreso de cuotas de los distintos Regímenes de la Seguridad Social, reproduciendo tales modelos en dichas Resolucio- nes con el fin de facilitar tanto a los sujetos responsables como a las Entidades Financieras que actúan como ofici- nas recaudadoras la adecuada información para el cum- plimiento de sus obligaciones, con lo que se posibilita también una más fácil gestión y un mejor control tanto de la obligación de cotizar como del proceso recaudatorio. No obstante y a ese respecto, se considera ahora necesario dictar una nueva Resolución sobre la materia que refunda las anteriormente aprobadas y publicadas al efecto, tras la inicial Resolución de esta Dirección General de 17 de mayo de 2001, con lo que se evita su dispersión y se facilita su debido conocimiento y aplicación por los sujetos responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar y las Entidades Financieras recaudadoras, apro- vechando ello al mismo tiempo para efectuar una revisión general de los distintos modelos de documentos de coti- zación vigentes en orden a su adecuación a las actuales circunstancias y necesidades de la gestión en este marco, entre las que cabe destacar: El progresivo perfeccionamiento de la gestión recau- datoria de las cotizaciones a la Seguridad Social. La implantación de avances técnicos que facilitan el intercambio de información entre los distintos Organis- mos implicados en el proceso recaudatorio, lo que ha permitido reducir ejemplares en determinados documen- tos de cotización. El establecimiento de un plazo de conservación de los documentos de cotización de 4 años. La necesidad de introducir en los modelos de docu- mentos de cotización las modificaciones pertinentes para su adecuación a las diversas reformas normativas relacio- nadas con la cotización y la acción protectora del Sistema de la Seguridad Social, incorporando nuevos campos que permiten consignar los nuevos conceptos económicos de cotización y suprimiendo otros que ya no resultan necesa- rios. El hecho de haberse ampliado la emisión por la Teso- rería General de la Seguridad Social de documentos de cotización correspondientes a los Regímenes y colectivos adheridos al Sistema de Remisión Electrónica de Datos (Sistema RED), mediante la expedición de los Recibos de Liquidación de Cotizaciones, en aras de la modernización y mejora de la gestión, pero sobre todo con el fin de faci- litar a las empresas y profesionales que están incorpora- dos a dicho Sistema RED el cumplimiento de las obliga- ciones de pago de las cotizaciones a la Seguridad Social. Finalmente, la necesidad de simplificar en lo posible el cumplimiento efectivo de la obligación de cotizar a la Seguridad Social, para lo cual se ha diseñado un docu- mento de cotización que tiene como fin la existencia de un único boletín válido, en principio, para todos los Regí- menes del Sistema en los que sean de aplicación cuotas fijas, cuya emisión será exclusivamente a cargo de la Tesorería General de la Seguridad Social. Por cuanto antecede y según ya se ha indicado, se hace necesario dictar ahora una nueva Resolución de esta Dirección General que apruebe la relación de todos los modelos de documentos de cotización vigentes para la liquidación e ingreso de cuotas de la Seguridad Social y los reproduzca en su integridad, una vez introducidas en los mismos las modificaciones pertinentes antes citadas, suprimiendo aquellos que han perdido vigencia aunque estableciendo un período transitorio de validez respecto de algunos de ellos y con expresa derogación de las Reso- luciones anteriormente aprobadas y publicadas sobre esta materia. En su virtud y de conformidad con las atribuciones que tiene conferidas al efecto tanto por el artículo 58 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, como por el artículo 27 y la disposición final pri- mera de la Orden TAS/1562/2005, de 25 de mayo, de desa- rrollo de dicho Reglamento General, esta Dirección Gene- ral dicta las siguientes Instrucciones Primera. Modelos de documentos de cotización vigentes. 1. Se aprueba la relación de modelos de documentos de cotización vigentes para la liquidación e ingreso de cuotas de los distintos Regímenes del Sistema de Seguri- dad Social y que se contiene en el Anexo I de esta Resolu- ción. 2. Asimismo, en el Anexo II de esta Resolución se reproducen los modelos de documentos de cotización a los que se refiere dicha relación y sus respectivas hojas de especificaciones técnicas para impresión. Segunda. Edición de los modelos. 1. Los mencionados modelos de documentos de cotización serán editados por la Tesorería General de la Seguridad Social y se facilitarán gratuitamente a los suje- tos responsables de la liquidación e ingreso de las cuotas por sus Direcciones Provinciales y Administraciones de las mismas, así como por las Direcciones Provinciales del Instituto Social de la Marina en el caso de las cuotas

Transcript of BOE núm. 286 Miércoles 30 noviembre 2005 39263 · MINISTERIO DE TRABAJO ... TC3/2, TC3/4, TC3/20...

BOE núm. 286 Miércoles 30 noviembre 2005 39263

estima procedente, el inicio de la impartición de las referi-das enseñanzas y la Universidad de Murcia podrá ex-pedir, a partir de ese momento, los correspondientestítulos.

4. De conformidad con lo dispuesto en el artícu-lo 35.5 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y en el artículo 7 del Real Decreto 49/2004, de 19 de enero, transcurrido el período de implantación del plan de estudios, la Universidad deberá someter a evaluación de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación el desarrollo efectivo de las corres-pondientes enseñanzas.

5. Los títulos serán expedidos en nombre del Rey por el Rector de la Universidad de Murcia, de acuerdocon lo establecido en el artículo 34.2 de la Ley Orgáni-ca 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y demás normas vigentes, con expresa mención del presente Acuerdo.

6. Por la Ministra de Educación y Ciencia, en el ámbito de sus competencias, se adoptarán las medidas necesarias para la aplicación de este Acuerdo.

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

19696 RESOLUCIÓN de 17 de noviembre de 2005, de la Tesorería General de la Seguridad Social, sobre modelos de documentos de cotización vigentes para la liquidación e ingreso de cuo-tas de la Seguridad Social.

Esta Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social, en virtud de las competencias que reglamentariamente tiene atribuidas al respecto, ha ido aprobando mediante diversas y sucesivas Resoluciones la relación de modelos de documentos de cotización vigentes en cada momento para la liquidación e ingreso de cuotas de los distintos Regímenes de la Seguridad Social, reproduciendo tales modelos en dichas Resolucio-nes con el fin de facilitar tanto a los sujetos responsables como a las Entidades Financieras que actúan como ofici-nas recaudadoras la adecuada información para el cum-plimiento de sus obligaciones, con lo que se posibilita también una más fácil gestión y un mejor control tanto de la obligación de cotizar como del proceso recaudatorio.

No obstante y a ese respecto, se considera ahora necesario dictar una nueva Resolución sobre la materia que refunda las anteriormente aprobadas y publicadas al efecto, tras la inicial Resolución de esta Dirección General de 17 de mayo de 2001, con lo que se evita su dispersión y se facilita su debido conocimiento y aplicación por los sujetos responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar y las Entidades Financieras recaudadoras, apro-vechando ello al mismo tiempo para efectuar una revisión general de los distintos modelos de documentos de coti-zación vigentes en orden a su adecuación a las actuales circunstancias y necesidades de la gestión en este marco, entre las que cabe destacar:

El progresivo perfeccionamiento de la gestión recau-datoria de las cotizaciones a la Seguridad Social.

La implantación de avances técnicos que facilitan el intercambio de información entre los distintos Organis-mos implicados en el proceso recaudatorio, lo que ha permitido reducir ejemplares en determinados documen-tos de cotización.

El establecimiento de un plazo de conservación de los documentos de cotización de 4 años.

La necesidad de introducir en los modelos de docu-mentos de cotización las modificaciones pertinentes para su adecuación a las diversas reformas normativas relacio-nadas con la cotización y la acción protectora del Sistema de la Seguridad Social, incorporando nuevos campos que permiten consignar los nuevos conceptos económicos de cotización y suprimiendo otros que ya no resultan necesa-rios.

El hecho de haberse ampliado la emisión por la Teso-rería General de la Seguridad Social de documentos de cotización correspondientes a los Regímenes y colectivos adheridos al Sistema de Remisión Electrónica de Datos (Sistema RED), mediante la expedición de los Recibos de Liquidación de Cotizaciones, en aras de la modernización y mejora de la gestión, pero sobre todo con el fin de faci-litar a las empresas y profesionales que están incorpora-dos a dicho Sistema RED el cumplimiento de las obliga-ciones de pago de las cotizaciones a la Seguridad Social.

Finalmente, la necesidad de simplificar en lo posible el cumplimiento efectivo de la obligación de cotizar a la Seguridad Social, para lo cual se ha diseñado un docu-mento de cotización que tiene como fin la existencia de un único boletín válido, en principio, para todos los Regí-menes del Sistema en los que sean de aplicación cuotas fijas, cuya emisión será exclusivamente a cargo de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Por cuanto antecede y según ya se ha indicado, se hace necesario dictar ahora una nueva Resolución de esta Dirección General que apruebe la relación de todos los modelos de documentos de cotización vigentes para la liquidación e ingreso de cuotas de la Seguridad Social y los reproduzca en su integridad, una vez introducidas en los mismos las modificaciones pertinentes antes citadas, suprimiendo aquellos que han perdido vigencia aunque estableciendo un período transitorio de validez respecto de algunos de ellos y con expresa derogación de las Reso-luciones anteriormente aprobadas y publicadas sobre esta materia.

En su virtud y de conformidad con las atribuciones que tiene conferidas al efecto tanto por el artículo 58 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, como por el artículo 27 y la disposición final pri-mera de la Orden TAS/1562/2005, de 25 de mayo, de desa-rrollo de dicho Reglamento General, esta Dirección Gene-ral dicta las siguientes

Instrucciones

Primera. Modelos de documentos de cotización vigentes.

1. Se aprueba la relación de modelos de documentos de cotización vigentes para la liquidación e ingreso de cuotas de los distintos Regímenes del Sistema de Seguri-dad Social y que se contiene en el Anexo I de esta Resolu-ción.

2. Asimismo, en el Anexo II de esta Resolución se reproducen los modelos de documentos de cotización a los que se refiere dicha relación y sus respectivas hojas de especificaciones técnicas para impresión.

Segunda. Edición de los modelos.1. Los mencionados modelos de documentos de

cotización serán editados por la Tesorería General de la Seguridad Social y se facilitarán gratuitamente a los suje-tos responsables de la liquidación e ingreso de las cuotas por sus Direcciones Provinciales y Administraciones de las mismas, así como por las Direcciones Provinciales del Instituto Social de la Marina en el caso de las cuotas

39264 Miércoles 30 noviembre 2005 BOE núm. 286

correspondientes al Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.

La edición a que se refiere el párrafo anterior se reali-zará en cualquiera de las lenguas oficiales de las Comuni-dades Autónomas, sin alterar por ello los campos destina-dos a la cumplimentación de datos y las leyendas de los mismos. Igualmente y a tales efectos, las restantes ins-trucciones de los modelos serán objeto de una traducción literal equivalente a la figurada en los editados en caste-llano. Cuando sea posible técnicamente, los modelos se editarán de forma bilingüe.

No obstante lo dispuesto en el primer párrafo de la presente Instrucción, esta Dirección General podrá autori-zar, excepcionalmente, la edición de los indicados mode-los de documentos de cotización por parte de empresas privadas cuando existan probadas razones que así lo jus-tifiquen. En estos casos, se dotará de un código de emisor a la empresa editora que resulte autorizada para la identi-ficación de los modelos editados por la misma.

2. Los modelos TC1/30 y TC1/50 así como el Recibo de Liquidación de Cotizaciones sólo podrán ser emitidos por la Tesorería General de la Seguridad Social.

Tercera. Número de Identificación de Boletín.–Los modelos de documentos de cotización TC1, TC1/3, TC1/4, TC1/8, TC1/11, TC1/16, TC1/19, TC1/25, TC1/26, TC1/30, TC1/50, TC3/2, TC3/4, TC3/20 y TC4/5, se imprimirán con un Número de Identificación de Boletín (NIB), que en el caso de tener copias coincidirán en éstas con el del original.

Asimismo, los modelos de documentos de cotización TC1/2, TC1/6, TC1/9, TC1/10, TC1/15 y TC1/20 se seguirán imprimiendo con Número de Identificación de Boletín (NIB) hasta la fecha en que queden derogados.

Dicho número estará compuesto por diferentes códi-gos y, en su caso, por el código de emisor al que antes se ha hecho referencia, que será asignado por esta Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social y comunicado a la empresa editora, previa solicitud de la misma.

No obstante lo dispuesto en los párrafos anteriores, la edición del modelo de documento de cotización TC1/50 siempre será sin NIB, ya que el mismo se generará por la Tesorería General de la Seguridad Social en el momento de la emisión del modelo a los sujetos responsables del ingreso.

Finalmente, el NIB incluirá dos dígitos de control con el fin de garantizar la unicidad de cada documento. El algoritmo definido por la Tesorería General de la Seguri-dad Social será comunicado a las empresas editoras y a las Entidades Financieras colaboradoras con el objeto de que éstas lo incorporen en sus procesos informáticos aso-ciados a la generación de relaciones de operaciones de ingresos.

Cuarta. Cumplimentación simplificada de relaciones nominales de trabajadores.–Las relaciones nominales de trabajadores, modelo TC2, del Régimen General, y modelo TC2/5, del Régimen Especial de los Trabajadores del Mar, con un solo trabajador en alta durante un período de liqui-dación, serán cumplimentadas de forma simplificada en el recuadro definido para ello en los boletines de cotiza-ción de la serie TC1 correspondientes, siempre que las liquidaciones no se presenten a través del Sistema RED.

Quinta. Instrucciones para la cumplimentación de los modelos.–Los modelos de los documentos de cotiza-ción se cumplimentarán de acuerdo con las instrucciones que facilite la Tesorería General de la Seguridad Social. Tales instrucciones estarán también disponibles en sus respectivas Direcciones Provinciales y Administraciones de las mismas y en las Direcciones Provinciales del Insti-tuto Social de la Marina, así como en la página de Internet de la Tesorería General.

Sexta. Supresión de modelos de documentos de cotización.–A partir de la entrada en vigor de la presente Resolución quedan suprimidos los modelos de documen-tos de cotización que se relacionan en el Anexo III de la misma.

Séptima. Concurrencia temporal de validez de deter-minados modelos anteriores con el nuevo modelo de documento de cotización TC1/50.–Los modelos de docu-mentos de cotización que figuran relacionados en el Anexo IV de esta Resolución mantendrán su vigencia hasta la finalización del plazo reglamentario de ingreso de las cuotas correspondientes al período de liquidación de diciembre de 2005, concurriendo en su validez hasta dicha fecha con el nuevo modelo de documento de cotización TC1/50, que los sustituirá definitivamente a partir de ese momento.

Octava. Instrucción derogatoria.–Queda derogada la Resolución de 17 de mayo de 2001, de esta Dirección Gene-ral, sobre modelos de documentación de cotización vigen-tes para la liquidación e ingreso de cuotas de la Seguridad Social, así como las demás Resoluciones dictadas con pos-terioridad a la misma y que la complementan.

Novena. Entrada en vigor.1. La presente Resolución entrará en vigor el 1 de

diciembre de 2005.2. No obstante, los ejemplares de los anteriores

modelos de documentos de cotización, ya editados y puestos a disposición de los interesados, podrán seguir utilizándose y siendo válidos hasta el agotamiento de las existencias.

Madrid, 17 de noviembre de 2005.–El Director Gene-ral, Javier Aibar Bernad.

ANEXO I

Relación de modelos de documentos de cotización vigentes para la liquidación e ingreso de cuotas de los distintos Regímenes del Sistema de la Seguridad Social

Signatura Descripción

TC-1 Boletín de Cotización al Régimen General de la Seguridad Social, con inclusión de modelo TC2 abreviado.TC-1/3 Boletín de Cotización al Régimen General de la Seguridad Social. Colectivo de Representantes de Comercio.TC-1/4 Boletín de Cotización al Régimen Especial de la Minería del Carbón.TC-1/8 Boletín de Cotización al Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social. Liquidación de cuotas por Jornadas

Reales.TC-1/11 Boletín de Cotización al Régimen General de la Seguridad Socal. Colectivo de Artistas y Profesionales Taurinos.

Trabajadores.TC-1/16 Boletín de Cotización al Régimen Especial de los Trabajadores del Mar, con inclusión de modelo TC2/5 abre-

viado. Trabajadores por Cuenta Ajena.TC-1/19 Boletín de Cotización al Régimen General. Colectivo de Artistas y Profesionales Taurinos. Empresas.TC-1/25 Boletín de Cotización al Régimen General.Sistema Especial para las tareas de manipulado y empaquetado de

tomate fresco realizadas por cosecheros exportadores, con inclusión de modelo TC2 abreviado.

BOE núm. 286 Miércoles 30 noviembre 2005 39265

TC-1/26 Boletín de Cotización empresarial complementaria para la Industria Textil. Régimen General.TC-1/30 Boletín de Ingreso.TC-1/50 Documento de Ingreso.TC-3/2 Boletín de Cotización al Seguro Escolar.TC-3/4 Boletín de Liquidación de la Asistencia Sanitaria concertada con la Seguridad Social.TC-3/20 Recibo de Ingresos diversos.TC-2 Boletín de Cotización a la Seguridad Social. Relación Nominal de Trabajadores. Régimen General.TC-2/4 Boletín de Cotización a la Seguridad Social. Relación Nominal de Trabajadores. Régimen Especial de Minería

del Carbón.TC-2/5 Boletín de Cotización a la Seguridad Social. Relación Nominal de Trabajadores. Régimen Especial de los Traba-

jadores del Mar.TC-2/8 Boletín de Cotización a la Seguridad Social. Relación Nominal de Trabajadores. Régimen Especial Agrario. Jor-

nadas Reales.TC-2/10 Boletín de Cotización a la Seguridad Social. Régimen General. Colectivo de Representantes de Comercio. Rela-

ción de Empresas.TC-2/19 Boletín de Cotización a la Seguridad Social. Relación Nominal de Trabajadores. Régimen General Colectivo de

Artistas y Profesionales Taurinos.TC-4/5 Justificante de actuaciones. Régimen General. Colectivo Profesionales Taurinos.TC-4/6 Declaración anual de actividades. Régimen General. Colectivo de Artistas y Profesionales Taurinos. Trabajadores.

– Recibo de Liquidaciones de Cotización.

Signatura Descripción

39266 Miércoles 30 noviembre 2005 BOE núm. 286

BOE núm. 286 Miércoles 30 noviembre 2005 39267

39268 Miércoles 30 noviembre 2005 BOE núm. 286

BOE núm. 286 Miércoles 30 noviembre 2005 39269

39270 Miércoles 30 noviembre 2005 BOE núm. 286

BOE núm. 286 Miércoles 30 noviembre 2005 39271

39272 Miércoles 30 noviembre 2005 BOE núm. 286

BOE núm. 286 Miércoles 30 noviembre 2005 39273

39274 Miércoles 30 noviembre 2005 BOE núm. 286

BOE núm. 286 Miércoles 30 noviembre 2005 39275

39276 Miércoles 30 noviembre 2005 BOE núm. 286

BOE núm. 286 Miércoles 30 noviembre 2005 39277

39278 Miércoles 30 noviembre 2005 BOE núm. 286

BOE núm. 286 Miércoles 30 noviembre 2005 39279

39280 Miércoles 30 noviembre 2005 BOE núm. 286

BOE núm. 286 Miércoles 30 noviembre 2005 39281

39282 Miércoles 30 noviembre 2005 BOE núm. 286

BOE núm. 286 Miércoles 30 noviembre 2005 39283

39284 Miércoles 30 noviembre 2005 BOE núm. 286

BOE núm. 286 Miércoles 30 noviembre 2005 39285

39286 Miércoles 30 noviembre 2005 BOE núm. 286

BOE núm. 286 Miércoles 30 noviembre 2005 39287

39288 Miércoles 30 noviembre 2005 BOE núm. 286

BOE núm. 286 Miércoles 30 noviembre 2005 39289

39290 Miércoles 30 noviembre 2005 BOE núm. 286

BOE núm. 286 Miércoles 30 noviembre 2005 39291

39292 Miércoles 30 noviembre 2005 BOE núm. 286

BOE núm. 286 Miércoles 30 noviembre 2005 39293

39294 Miércoles 30 noviembre 2005 BOE núm. 286

BOE núm. 286 Miércoles 30 noviembre 2005 39295

39296 Miércoles 30 noviembre 2005 BOE núm. 286

BOE núm. 286 Miércoles 30 noviembre 2005 39297

39298 Miércoles 30 noviembre 2005 BOE núm. 286

BOE núm. 286 Miércoles 30 noviembre 2005 39299

39300 Miércoles 30 noviembre 2005 BOE núm. 286

BOE núm. 286 Miércoles 30 noviembre 2005 39301

39302 Miércoles 30 noviembre 2005 BOE núm. 286

BOE núm. 286 Miércoles 30 noviembre 2005 39303

39304 Miércoles 30 noviembre 2005 BOE núm. 286

BOE núm. 286 Miércoles 30 noviembre 2005 39305

39306 Miércoles 30 noviembre 2005 BOE núm. 286

BOE núm. 286 Miércoles 30 noviembre 2005 39307

39308 Miércoles 30 noviembre 2005 BOE núm. 286

BOE núm. 286 Miércoles 30 noviembre 2005 39309

39310 Miércoles 30 noviembre 2005 BOE núm. 286

BOE núm. 286 Miércoles 30 noviembre 2005 39311

39312 Miércoles 30 noviembre 2005 BOE núm. 286

BOE núm. 286 Miércoles 30 noviembre 2005 39313

39314 Miércoles 30 noviembre 2005 BOE núm. 286

BOE núm. 286 Miércoles 30 noviembre 2005 39315

39316 Miércoles 30 noviembre 2005 BOE núm. 286

BOE núm. 286 Miércoles 30 noviembre 2005 39317

39318 Miércoles 30 noviembre 2005 BOE núm. 286

BOE núm. 286 Miércoles 30 noviembre 2005 39319

39320 Miércoles 30 noviembre 2005 BOE núm. 286

BOE núm. 286 Miércoles 30 noviembre 2005 39321

39322 Miércoles 30 noviembre 2005 BOE núm. 286

BOE núm. 286 Miércoles 30 noviembre 2005 39323

39324 Miércoles 30 noviembre 2005 BOE núm. 286

BOE núm. 286 Miércoles 30 noviembre 2005 39325

ANEXO III

Relación de modelos de documentos de cotización suprimidos

Signatura Descripción

TC-3/8 Boletín de Cotización al Régimen Especial Agrario por cuotas de AT/EP. Por naturaleza y extensión de los cultivos.TC-3/21 Boletín de Cotización al Régimen Especial Agrario por cuotas de AT/EP, determinados por hectáreas, recauda-

das por las Mutuas.

ANEXO IV

Relación de modelos de documentos de cotización vigentes desde la entrada en vigor de la Resolución hasta la finalización del plazo reglamentario de ingreso de las cuotas correspondientes al período de liquidación diciembre de 2005

Signatura Descripción

TC-1/2 Boletín de Cotización al Régimen Especial de Empleados de Hogar.TC-1/6 Boletín de Cotización por Convenio Especial.TC-1/9 Boletín de Cotización por cuotas fijas al Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social. Trabajadores por

Cuenta Ajena.TC-1/10 Boletín de Cotización por cuotas fijas al Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social. Trabajadores por

Cuenta Propia.TC-1/15 Boletín de Cotización al Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.TC-1/20 Boletín de Cotización al Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.