Beneficios de la Ley Telecom

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Página 1 de 6 Para los CONSUMIDORES Derechos de los Usuarios y Mecanismos de Protección Protección de datos personales. Portabilidad del número telefónico gratuita. Podrán cambiar de compañía telefónica sin perder su número en 24 horas Consultar gratuitamente el saldo en el caso de servicios móviles de prepago y sin condicionamiento a comprar saldo adicional. Conocer los modelos de contrato a través de medios electrónicos. Libre elección y no discriminación en el acceso a los servicios y contenidos de internet. Respeto a la calidad de los servicios contratados. Ser notificado por cualquier medio, incluido el electrónico, de cualquier cambio a las condiciones originalmente contratadas. Rescisión del contrato sin penalización alguna, cuando el proveedor del servicio modifique las condiciones originales. Rescisión del servicio contratado o cambiar de paquete o plan en forma anticipada pagando, en su caso, el costo remanente del equipo. Desbloqueo del equipo terminal móvil, cuando liquide su costo, para facilitar su cambio de compañía. Bonificación o descuento por fallas en el servicio o cargos indebidos. Obligación para los concesionarios y autorizados a entregar a los usuarios una carta que contenga los derechos que se establecen en esta Ley y en la Ley Federal de Protección al Consumidor. En los servicios móviles de prepago, el saldo no consumido a la fecha de su expiración, le sea abonado en las recargas que se lleven a cabo dentro del año siguiente a dicha fecha. Actualmente lo pierden a los dos meses. Suscrito un contrato de adhesión sólo se podrá cambiar a otro por acuerdo de las partes. El consentimiento se otorgará por medios electrónicos. Cancelación del contrato sin necesidad de recabar autorización del concesionario o autorizado, ni penalización cuando el plazo pactado concluya, excepto cuando se renueve el contrato. No recibir llamadas del concesionario o autorizado sobre la promoción de servicios o paquetes a menos que expresamente se manifieste consentimiento a través de medios electrónicos. Cuando se renueve el contrato de servicios móviles y no se adquiera un nuevo equipo, la mensualidad se integre exclusivamente por el cobro de los servicios sin pago del equipo. Ley Federal de Telecomunicaciones y R BENEFICIOS

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Para los CONSUMIDORES

Derechos de los Usuarios y Mecanismos de Protección

Protección de datos personales.

Portabilidad del número telefónico gratuita.

Podrán cambiar de compañía telefónica sin perder su número en 24 horas

Consultar gratuitamente el saldo en el caso de servicios móviles de prepago y sin condicionamiento a comprar saldo adicional.

Conocer los modelos de contrato a través de medios electrónicos.

Libre elección y no discriminación en el acceso a los servicios y contenidos de internet.

Respeto a la calidad de los servicios contratados.

Ser notificado por cualquier medio, incluido el electrónico, de cualquier cambio a las condiciones originalmente contratadas.

Rescisión del contrato sin penalización alguna, cuando el proveedor del servicio modifique las condiciones originales.

Rescisión del servicio contratado o cambiar de paquete o plan en forma anticipada pagando, en su caso, el costo remanente del equipo.

Desbloqueo del equipo terminal móvil, cuando liquide su costo, para facilitar su cambio de compañía.

Bonificación o descuento por fallas en el servicio o cargos indebidos.

Obligación para los concesionarios y autorizados a entregar a los usuarios una carta que contenga los derechos que se establecen en esta Ley y en la Ley Federal de Protección al Consumidor.

En los servicios móviles de prepago, el saldo no consumido a la fecha de su expiración, le sea abonado en las recargas que se lleven a cabo dentro del año siguiente a dicha fecha. Actualmente lo pierden a los dos meses.

Suscrito un contrato de adhesión sólo se podrá cambiar a otro por acuerdo de las partes. El consentimiento se otorgará por medios electrónicos.

Cancelación del contrato sin necesidad de recabar autorización del concesionario o autorizado, ni penalización cuando el plazo pactado concluya, excepto cuando se renueve el contrato.

No recibir llamadas del concesionario o autorizado sobre la promoción de servicios o paquetes a menos que expresamente se manifieste consentimiento a través de medios electrónicos.

Cuando se renueve el contrato de servicios móviles y no se adquiera un nuevo equipo, la mensualidad se integre exclusivamente por el cobro de los servicios sin pago del equipo.

Transparencia en los contratos de servicios móviles, en el pago mensual la parte que corresponda al costo de los servicios y la que corresponda al costo del equipo o instalaciones y el plazo de este pago.

Se eliminará la exclusividad de un prestador de servicios en edificios e inmuebles a efecto de que los usuarios puedan elegir libremente a su proveedor de servicios.

Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión

BENEFICIOS

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Derechos de las Audiencias

El usuario recibirá contenidos que reflejen el pluralismo ideológico, político, social y cultural y lingüístico de la Nación.

El usuario tendrá el derecho a que se respeten los horarios de los programas y que se avise con oportunidad los cambios a la misma y se incluyan avisos parentales.

Se contemplará el ejercicio del derecho de réplica.

Se prohibirá todo tipo de discriminación que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

Se respetarán los derechos humanos, la protección al interés superior de la niñez, la igualdad de género y la no discriminación.

Derechos de los usuarios con discapacidad

No podrá ser discriminado en la contratación y en la provisión de los servicios de telecomunicaciones.

Se podrá solicitar y recibir asesoría sobre el uso de los servicios de telecomunicaciones.

Se podrá contratar y conocer los modelos de contrato.

Se podrán obtener equipos terminales que tengan funcionalidades, programas o aplicaciones que permitan la accesibilidad de las personas con discapacidad motriz, visual y auditiva a los servicios de telecomunicaciones.

Se podrá tener acceso a un número telefónico para servicios de emergencia.

Se deberá contar en las instalaciones o centros de atención con adaptaciones, modificaciones o mecanismos para que las personas con discapacidad puedan recibir atención.

Se deberá recibir atención a través de personal capacitado.

Se contará con funcionalidades de accesibilidad en las páginas o portales de internet, o números telefónicos de atención al público.

Se deberán contar con funciones de accesibilidad para personas con discapacidad en los portales de internet de la Administración Pública; así como de organismos públicos descentralizados, empresas de participación estatal, el Congreso de la Unión, el Poder Judicial de la Federación, los órganos constitucionales autónomos; así como las dependencias de la Administración Pública, los poderes legislativo y judicial de las entidades federativas y del Distrito Federal.

Derechos de las audiencias con discapacidad

Se establecen servicios de subtitulaje, doblaje al español y lengua de señas mexicana para accesibilidad a personas con debilidad auditiva, en algún segmento de al menos uno de los programas noticiosos de mayor audiencia.

Se promocionará el reconocimiento de sus capacidades, méritos y habilidades, así como la necesidad de su atención y respeto.

Se contará con mecanismos que les den accesibilidad a los defensores de las audiencias, siempre que no represente una carga desproporcionada o indebida al concesionario.

Habrá acceso a la guía de programación a través de un número telefónico o de portales de internet de los concesionarios en formatos accesibles.

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Acceso a internet de banda ancha en escuelas, hospitales y sitios públicos

Mediante una red pública del Estado, se llevará la conectividad a 250 mil sitios públicos, tales como escuelas, hospitales y edificios de gobierno. Hasta el momento, se cuenta con más de 37 mil sitios y espacios públicos conectados.

Portabilidad numérica

Lo usuarios tendrán derecho a conservar su número telefónico en caso de que decidan cambiar de proveedor de servicios en 24 horas y de manera gratuita.

Tarifas a los usuarios

Se eliminarán los contratos de exclusividad para puntos de venta y de distribución que impidan u obstaculicen a otros concesionarios a acceder a dichos punto de venta, beneficiando con ello a los usuarios a poder elegir el prestador de servicio que mejor le convenga.

Comercializadoras de servicios de Telecomunicaciones

Se facilitará el ingreso de nuevas empresas en el sector de las telecomunicaciones (telefonía celular) lo que representa una oportunidad de incrementar la competencia y ofrecer más alternativas, diversidad de planes y tarifas en favor de los consumidores.

Usuario visitanteLos usuarios de otras compañías diferentes al preponderante podrán recibir el servicio de voz

y datos en aquellas zonas en las que éstas no cuenten con la cobertura necesaria en un área determinada, por lo que no se quedarían sin la prestación del servicio; es decir, los usuarios podrán estar comunicados en cualquier parte del país con independencia del proveedor del servicio móvil.

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Neutralidad de las Redes

Los usuarios podrán acceder a cualquier contenido en internet.

Los que presten el servicio deberán preservar la privacidad de los usuarios y se abstendrán de obstruir, interferir, inspeccionar, filtrar o discriminar contenidos, aplicaciones o servicio.

Seguridad y Justicia

Las comunicaciones privadas serán inviolables.

Se establece un procedimiento expedito para recibir los reportes de los usuarios del robo o extravío de los equipos o dispositivos terminales móviles.

Multiprogramación

Permite que la población se beneficie de la digitalización de las señales y tenga acceso a una mayor oferta de contenidos, al hacer un uso más eficiente del espectro radioeléctrico con el uso de tecnologías modernas. En pocas palabras, habrá más señales de Tv sin costo para las audiencias.

Contenidos

El derecho de información, de expresión y de recepción de contenidos no será objeto de ninguna limitación ni censura previa.

Los contenidos en televisión deberán especificar la clasificación de la programación, para que las familias puedan identificar la programación que pueda resultar impropia o inadecuada para los menores de edad.

Publicidad

Se prohíbe la publicidad o propaganda engañosa.

Se protegerá al público infantil de publicidad no apta para su edad.

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Reducción de abusos y arbitrariedades en los servicios de telecomunicaciones

La PROFECO e IFT podrán sancionar al concesionario que no cumpla con el estándar de calidad y tendrán un mecanismo para restituir a los usuarios afectados.

Se creará un área especializada con nivel Subprocuraduría en PROFECO para atender, promocionar y supervisar los derechos de los usuarios.

Se eliminan los cobros de Larga Distancia

Se eliminarán los cargos de larga distancia nacional en telefonía fija y móvil a partir del 1 de enero de 2015.

BENEFICIOS

La figura del agente económico preponderante, es un instrumento novedoso con el que se aplicará una regulación asimétrica que permitirá incrementar la competencia en el sector y propiciar mejores servicios, a mejores precios a los usuarios finales. Esto es por sector.

La nueva ley faculta al IFT para determinar la existencia, regular y sancionar a los agentes económicos con poder sustancial en el mercado de que se trate.

En ambos casos, el IFT tendrá todas las facultades para dictar medidas que permitan poner el campo de juego parejo a la competencia en beneficio del consumidor.

La compartición de infraestructura con otros competidores, será una herramienta para un uso más eficiente de los elementos, capacidades y funciones de red instalados y con ello incrementar la calidad del servicio.

La regulación de la interconexión beneficiará a las empresas reduciendo sus costos y con ello promover una mayor competencia en cuanto a las tarifas con las que ofrecen sus planes.

La red pública compartida representa la posibilidad de reducir costos de infraestructura y permitir el ingreso de más empresas que ofrezcan servicios de telefonía celular y acceso a internet.

La desagregación local, rompe el monopolio de la última milla y todas las empresas podrán acceder a la infraestructura que les permita llegar a los usuarios.

Se abrirán espacios para facilitar e incrementar las inversiones extranjeras y permitirá mejorar los servicios para los usuarios de telefonía, televisión y radio. Al 100% en telecomunicaciones y 49% en radiodifusión.

Se licitarán dos nuevas cadenas de televisión con cobertura nacional.

El Must Carry y Must Offer, incentiva la competencia en la prestación del servicio de televisión restringida y con ello más empresas y las existentes podrán competir en igualdad de condiciones

Que traerá al incrementar la competencia en los sectoresde telecomunicaciones y radiodifusión

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por el beneficio de los televidentes. Las empresas de televisión de paga están obligadas a transmitir, sin costo adicional, la señal de las televisoras abiertas mientras que las televisoras abiertas deberán permitir el uso de su señal a las empresas de televisión de paga sin costo.

Se establece un régimen que permite al IFT la imposición de multas a quienes incumplan con el catálogo de obligaciones que establece la Ley para cada uno de los servicios en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión, y la determinación de las sanciones de acuerdo con los ingresos brutos generados en el año inmediato anterior. Los porcentajes máximos llegan hasta el 10% de los ingresos.