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Bases del Concurso Proyecto de Asociación Público Privada PTAR Caracol. Concurso Público número LAPP-016B00001-12 1 CONVOCANTE COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE AGUA POTABLE, DRENAJE Y SANEAMIENTO GERENCIA DE CUENCAS TRANSFRONTERIZAS GERENCIA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE PROYECTOS ESPECIALES DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DEL VALLE DE MÉXICO BASES DEL CONCURSO Para la Celebración de un contrato de asociación público privada para: (i) la Prestación de Servicios de tratamiento de aguas residuales del Valle de México; (ii) la elaboración del Proyecto Ejecutivo, construcción, equipamiento y pruebas de la PTAR Caracol y (iii) la operación y mantenimiento de la PTAR Caracol en el municipio de Ecatepec, Estado de México, bajo la modalidad de plurianual a precio fijo y conforme a la Ley de Asociaciones Público Privadas, así como el otorgamiento de una concesión sobre el Inmueble en el que se ejecutarán las Obras del Proyecto. Para Ver Anexos haga click Aquí

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Bases del Concurso

Proyecto de Asociación Público Privada PTAR Caracol. Concurso Público número LAPP-016B00001-12 1

CONVOCANTE COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE AGUA POTABLE, DRENAJE Y SANEAMIENTO

GERENCIA DE CUENCAS TRANSFRONTERIZAS GERENCIA DE AGUA Y SANEAMIENTO

DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE PROYECTOS ESPECIALES DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DEL VALLE DE MÉXICO

BASES DEL CONCURSO

Para la

Celebración de un contrato de asociación público privada para: (i) la Prestación de Servicios de tratamiento de aguas residuales del Valle de México; (ii) la elaboración del Proyecto Ejecutivo, construcción, equipamiento y pruebas de la PTAR Caracol y (iii) la operación y mantenimiento de la PTAR Caracol en el municipio de Ecatepec, Estado de México, bajo la modalidad de plurianual a precio fijo y conforme a la Ley de Asociaciones Público Privadas, así como el otorgamiento de una concesión sobre el Inmueble en el que se ejecutarán las Obras del Proyecto.

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ÍNDICE

I. Definiciones, objeto y alcance del Concurso __________________________________ 4

I.1. Definiciones ___________________________________________________________ 4

I.2. Información relativa a los servicios a contratar ______________________________ 4

I.2.1. Antecedentes ________________________________________________________ 4

I.2.2. Objeto ______________________________________________________________ 5

I.2.3. Descripción general del Proyecto _______________________________________ 6

I.2.3.1. Aspectos técnicos __________________________________________________ 6

I.2.3.2. Aspectos económicos _______________________________________________ 6

I.2.3.3. Aspectos generales _________________________________________________ 7

II. Disposiciones Generales ________________________________________________ 8

II.1. Datos generales o de identificación del Concurso ___________________________ 8

II.2. Asistentes a los actos del Concurso _______________________________________ 8

II.3. Moneda _______________________________________________________________ 9

II.4. Idioma ________________________________________________________________ 9

II.5. Testigo Social _________________________________________________________ 9

II.6. Competencia económica _______________________________________________ 10

II.7. Responsabilidad de la Convocante _______________________________________ 10

II.8. Garantía de Seriedad ___________________________________________________ 11

II.9. Utilización de documentos e información _________________________________ 11

II.10. Discrepancias _______________________________________________________ 11

II.11. Notificaciones a los Concursantes _____________________________________ 12

II.12. Subcontrataciones ___________________________________________________ 12

III. Etapas del Concurso ___________________________________________________ 12

IV. Calendario del Concurso _______________________________________________ 13

V. Concursantes _________________________________________________________ 13

VI. Requisitos para la presentación de Propuestas conjuntas ___________________ 14

VII. Visita al sitio de las Obras del Proyecto ___________________________________ 15

VIII. Junta (s) de Aclaraciones _____________________________________________ 15

IX. Indicaciones relativas a la presentación de Propuestas ______________________ 16

X. Revisión Preliminar ____________________________________________________ 17

XI. Propuestas ___________________________________________________________ 19

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XI.1. Consideraciones generales que se deben tomar en cuenta en la formulación de las Propuestas _____________________________________________________________ 19

XI.2. Formato y firma de las Propuestas _____________________________________ 19

XI.3. Contenido de la Oferta Técnica ________________________________________ 21

XI.4. Contenido de la Oferta Económica _____________________________________ 21

XI.5. Vigencia de las Propuestas ___________________________________________ 21

XI.6. Requisitos para la presentación de Propuestas ___________________________ 21

XI.7. Causales para descalificar Concursantes Revisados y desechar Propuestas __ 22

XII. Criterios específicos conforme a los cuales se evaluarán las Propuestas y se adjudicará el CAPP _________________________________________________________ 26

XIII. Indicaciones relativas al fallo y a la firma del CAPP _______________________ 34

XIII.1. Fallo _____________________________________________________________ 34

XIII.2. Obligaciones del Concursante Ganador _______________________________ 36

XIII.3. Inicio de vigencia del CAPP _________________________________________ 38

XIV. Inconformidades ____________________________________________________ 38

XV. Formato que facilita y agiliza la presentación y recepción de las Propuestas ____ 38

XVI. Disposiciones Adicionales ____________________________________________ 39

XVII. Lista de apéndices y Anexos __________________________________________ 39

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La CONAGUA, como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, en uso de las facultades que le confieren las fracciones II, XXXI y XXXIX del artículo 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en los artículos 25, 27 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 1°, 2°, 4°, fracción I, 6°, 9°, 10, 13, 14, 15, 24, 38, 39, 42, 44, 45, 46, 47, 49, 50, 51, 54, 60 y demás aplicables de la LAPP, ha convocado y emite las presentes Bases que establecen los términos y condiciones conforme a los cuales se llevará a cabo el Concurso.

I. Definiciones, objeto y alcance del Concurso

I.1. Definiciones

Para efectos de estas Bases, incluyendo sus Apéndices, Anexos y Formatos, las palabras y términos indicados con la letra inicial en mayúsculas, tendrán el significado que se les atribuye en el Apéndice 1, salvo que expresamente se indique lo contrario y podrán ser utilizadas en singular o plural, según lo requiera el sentido de la oración de que se trate. Los encabezados de las Bases, sus Apéndices, Anexos y Formatos sólo tienen un propósito enunciativo, por lo que no deberán ser tomados en cuenta para su interpretación.

I.2. Información relativa a los servicios a contratar

I.2.1. Antecedentes

La Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM) se ubica dentro del Valle de México y cuenta con una superficie de 3,540 km2 lo que representa el 37% de la cuenca del Valle de México. De este total, 1,500 km2 están completamente urbanizados. En 1950 la ZMVM era la única conurbación con más de un millón de habitantes y absorbía 11% de la población total del país; y para el año 2010 residía en ella el 18% del total nacional, lo que significó la formación de una gran metrópoli. Actualmente, la ZMVM cuenta con una población superior a los 20 millones de habitantes. La ZMVM se asienta en tres regiones hidrológicas: RH26 Río Panuco, que es la principal y ocupa la mayor superficie territorial; RH18 Río Balsas que se ubica en la zona sur; y la región RH12 Río Lerma Santiago que se ubica en el suroeste. Estas regiones hidrológicas se subdividen en cuencas y éstas a su vez, en subcuencas. La Zona Federal del Lago de Texcoco se incluye en la Cuenca del Valle de México dentro de la región RH26 y su superficie abarca principalmente parte de

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algunos municipios del Estado de México y colinda con la Zona Metropolitana de la Ciudad de México. El clima en la Cuenca del Valle de México está condicionado por diferentes factores como son la altitud, humedad, vegetación, variaciones topográficas, entre otras características. En general, el clima del Valle de México se clasifica como subtropical de altura, templado, semiseco y sin estación invernal bien definida, la temperatura media anual es de unos 15ºC. La temporada de lluvias en la Cuenca del Valle de México abarca generalmente los meses de mayo a octubre. En los demás meses sólo se registran lluvias aisladas. La precipitación media anual fluctúa entre los 385 y 1,400 mm. Las lluvias son intensas, concentradas y de corta duración. Durante la temporada de lluvias se precipita entre 80 y 90% del total de lluvia anual, es decir, aproximadamente 6,723 millones de m3 en el área de la Cuenca del Valle de México.

I.2.2. Objeto

I.2.2.1. El Concurso tiene por objeto: a) la celebración de un contrato de asociación público privada para: (i) la Prestación de Servicios de tratamiento de aguas residuales del Valle de México; (ii) la elaboración del Proyecto Ejecutivo, construcción, equipamiento, pruebas, puesta en marcha de la PTAR Caracol y (iii) la operación y mantenimiento de la PTAR Caracol en el municipio de Ecatepec, Estado de México, bajo la modalidad de plurianual a precio fijo y conforme a la LAPP, así como b) el otorgamiento de una concesión sobre el Inmueble en el que se ejecutarán las Obras del Proyecto.

I.2.2.2. El Concursante Ganador o en su caso, la Sociedad de Propósito

Específico que en los términos de estas Bases constituya, tendrá el derecho y la obligación de suscribir el CAPP, bajo la modalidad de plurianual a precio fijo y conforme a la LAPP.

I.2.2.3. El Desarrollador estará obligado a la Prestación de Servicios, en los términos del CAPP; así como a obtener la totalidad de los recursos económicos necesarios para la realización del Proyecto, una vez descontado el Apoyo del Fondo, conforme se señala en el Apéndice 3, Aspectos Financieros de estas Bases.

I.2.2.4. Para la Prestación de los Servicios será necesario la elaboración del

Proyecto Ejecutivo, construcción, equipamiento, pruebas, puesta en marcha de la PTAR Caracol y la operación y mantenimiento de la PTAR para lo que el Desarrollador estará obligado a obtener la No Objeción por parte de la Contratante, sin perjuicio de los demás permisos y autorizaciones que se deban de obtener para tales efectos.

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I.2.3. Descripción general del Proyecto

I.2.3.1. Aspectos técnicos

La PTAR Caracol tendrá una capacidad de diseño inicial de 2.0 m3/s de Agua Tratada, misma que deberá satisfacer las especificaciones de calidad contenidas en la NOM-003-SEMARNAT-1997 en servicios al público con contacto indirecto. La información técnica de la PTAR Caracol, así como sus datos básicos de diseño, características, alcances y especificaciones se podrán consultar en el Apéndice 2, Aspectos Técnicos de estas Bases. Las NOM, las normas mexicanas, las normas internacionales y las normas de referencia o especificaciones que deberá cumplir el Desarrollador en la Prestación de Servicios así como en la elaboración del Proyecto Ejecutivo, la construcción, el equipamiento, las pruebas, puesta en marcha y la operación y mantenimiento de la PTAR Caracol, se señalan en el Apéndice 2, Aspectos Técnicos de estas Bases.

I.2.3.2. Aspectos económicos

Los recursos económicos necesarios para la realización del Proyecto provendrán de las siguientes fuentes:

I.2.3.2.1. Recursos Federales del Apoyo del Fondo, hasta por

$301'404,404.00 (Trescientos un millones cuatrocientos cuatro mil cuatrocientos cuatro pesos 00/100 M.N.), a precios de diciembre de 2011, o hasta el equivalente al 40% (cuarenta por ciento) del valor estimado del Costo del Proyecto, lo que resulte menor. Los recursos aquí señalados, no incluyen el IVA ni podrán ser utilizados para el pago o entero de dicho impuesto.

I.2.3.2.2. Los recursos adicionales requeridos para la ejecución del Proyecto serán aportados por el Desarrollador, de los cuales al menos 20% deberá ser Capital de Riesgo y el remanente podrá obtenerse a través de Crédito.

I.2.3.2.3. Los recursos anteriores se aportarán al patrimonio del Fideicomiso de Administración, a través del cual se administrarán y aplicarán al Proyecto. La administración de los recursos para la recuperación de las inversiones en los términos de los Documentos de las Bases, se llevará a cabo por el Fideicomiso de Administración.

I.2.3.2.4. Excepto por el Apoyo del Fondo, todos los costos que se generen con motivo del financiamiento, Proyecto Ejecutivo, construcción,

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equipamiento, operación, mantenimiento, transferencia de las instalaciones de la PTAR Caracol o cualquier otro, serán a cargo del Desarrollador.

El resto de la información correspondiente a los Aspectos Financieros, se encuentra en el Apéndice 3, Aspectos Financieros.

I.2.3.3. Aspectos generales I.2.3.3.1. El Concurso y la suscripción del CAPP estarán sujetos a las

disposiciones de la LAPP y, en su caso, del RLAPP.

I.2.3.3.2. El objeto del CAPP constituye una unidad por lo que solamente podrá otorgarse al Desarrollador aun cuando el Concursante Ganador haya constituido un Consorcio.

I.2.3.3.3. La adquisición de las Bases y el registro de Concursantes, se realizará de conformidad con lo siguiente:

Las Bases se encuentran disponibles para su consulta o, en su caso, la adquisición en el sistema CompraNet en la dirección electrónica http://compranet.gob.mx, en página de difusión electrónica –internet- www.conagua.gob.mx, de la CONAGUA y en el domicilio señalado en el numeral II.1.1, a partir de la fecha de publicación de la Convocatoria. Los interesados en adquirirlas deberán pagar la cantidad de $15,000.00 (quince mil pesos 00/100 M.N.) IVA incluido, mediante cheque certificado o de caja expedido por institución bancaria a nombre de la Tesorería de la Federación o a través del sistema CompraNet la cantidad de $13,500.00 (trece mil quinientos pesos 00/100 M.N.). Las Bases estarán a la venta a partir del día en que se publique la Convocatoria y hasta la fecha que se señala en el calendario del Concurso. La adquisición de las Bases será requisito indispensable para participar en el Concurso. Al adquirir las Bases, y para poder participar como Concursantes en los eventos del Concurso, los interesados deberán registrarse ante la CONAGUA, para lo cual deberán presentar en formato libre en el domicilio de la Convocante, o en la dirección de correo electrónico de la misma, un escrito que contenga su nombre, domicilio, dirección de correo electrónico, teléfono, datos de contacto, así como la constancia de haber adquirido las Bases en copia fotostática simple o digitalizada. En caso de registrarse vía correo electrónico, deberán obtener la constancia de recibido correspondiente emitida por la Convocante.

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II. Disposiciones Generales

II.1. Datos generales o de identificación del Concurso

II.1.1. La Convocante es la Secretaría del Medio Ambiente por conducto de la Comisión Nacional del Agua, Gerencia de Agua y Saneamiento de la Coordinación General de Proyectos Especiales de Abastecimiento de Agua Potable y Saneamiento del Valle de México, con domicilio en Insurgentes Sur número 1228, piso 6, Colonia Tlacoquemécatl Del Valle C.P. 03200 en la ciudad de México D.F.

II.1.2. Para efectos de comunicaciones electrónicas, los correos electrónicos a los que podrán dirigirse los Concursantes, son los siguientes:

[email protected] [email protected] [email protected]

[email protected]

II.1.3. El Concurso se llevará a cabo en forma presencial, por lo que no se recibirán Propuestas enviadas por medios electrónicos, a través del Servicio Postal Mexicano, de mensajería o de cualquier otro medio distinto al señalado en estas Bases. Únicamente se podrán utilizar medios electrónicos para el envío y recepción de notificaciones y documentos que específicamente se indiquen en estas Bases.

II.1.4. Los actos del Concurso para los que no se señale un domicilio distinto, se llevarán a cabo en el edificio marcado con el número 2416 de la Avenida Insurgentes Sur, en la colonia Copilco el Bajo, Delegación Coyoacán, C.P. 04340, México D.F.

II.1.5. El número del Concurso es LAPP-016B00001-12.

II.1.6. La vigencia del CAPP será de 23 años contados a partir de la fecha de inicio de su vigencia.

II.1.7. Para el pago de la Contraprestación Total, la CONAGUA cuenta con la autorización de la plurianualidad para el ejercicio de los recursos presupuestales, misma que le fue otorgada de acuerdo con el alta de solicitudes de autorización con número de folio 2012-16-B00-138 autorizado por la Dirección General de Programación y Presupuesto B de la Subsecretaría de Egresos de la SHCP.

II.2. Asistentes a los actos del Concurso

Cualquier persona podrá asistir a los diferentes actos del concurso, en calidad de observador, previo registro de su participación ante la Convocante. Los observadores se abstendrán de intervenir en cualquier forma en el Concurso.

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II.3. Moneda

Los Concursantes Revisados presentarán su Oferta Económica en pesos, moneda de curso legal en los Estados Unidos Mexicanos. Si existen requerimientos en moneda extranjera, el Concursante Revisado los convertirá a pesos al tipo de cambio publicado en el DOF el trigésimo día anterior a la presentación de las Propuestas y asumirá el riesgo cambiario, pudiendo decidir en su caso la compra de seguros o el mecanismo de cobertura de riesgos cambiarios de su elección.

II.4. Idioma

II.4.1. El idioma oficial del Concurso es el español. Por lo tanto, todos los documentos entregados por los Concursantes, así como todas las comunicaciones de los Concursantes con la Convocante o con cualquier otra autoridad gubernamental, deberán constar en idioma español, con excepción de aquellos que en los términos de estas Bases puedan presentarse en un idioma distinto.

II.4.2. Tratándose de documentos legales otorgados conforme a leyes

extranjeras, éstos deberán apostillarse o legalizarse según se indica en el Apéndice 4, y cuando se encuentren redactados en un idioma diferente al español se deberá acompañar la traducción correspondiente realizada por perito traductor autorizado por las autoridades competentes para tales efectos.

II.5. Testigo Social

II.5.1. La Convocante celebró un contrato con el Testigo Social, con el propósito de instrumentar la participación de éste en el proceso de Concurso, a fin de asegurar que éste se lleve a cabo bajo criterios de economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez, cumpliendo las disposiciones legales y en un marco de transparencia.

II.5.2. Conforme a este contrato, la Convocante aceptó someterse al escrutinio y observación del Testigo Social en los distintos actos del Concurso.

II.5.3. Los Concursantes suscribirán una declaración relativa a la participación del Testigo Social en el Concurso, conforme al formato RP-M, en los términos señalados en el Apéndice 4, Contenido de la Revisión Preliminar y Oferta Técnica.

II.5.4. El Testigo Social participará en todos los actos del Concurso a través de la persona que designe al efecto.

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II.6. Competencia económica

II.6.1. El Concurso y el CAPP se ajustarán a las disposiciones vigentes en materia de competencia económica; en particular, los Concursantes deberán observar lo dispuesto en el artículo 9 fracción IV de la Ley Federal de Competencia Económica, relativo a la prohibición de establecer, concertar o coordinar Propuestas. El incumplimiento de esta disposición o de cualquier otra derivada de dicho ordenamiento será motivo para el desechamiento de la Propuesta del Concursante Revisado de que se trate, sin perjuicio de ejercer en su caso otras acciones derivadas de las Leyes Aplicables.

II.6.2. Los actos, contratos, convenios o combinaciones que lleven a cabo los

Concursantes en cualquier etapa del Concurso, deberán apegarse a lo dispuesto por la Ley Federal de Competencia Económica en materia de prácticas monopólicas y concentraciones.

II.6.3. Cualquier Concursante podrá consultar a la Comisión Federal de

Competencia sobre la consistencia de una Propuesta con la legislación en materia de competencia en los términos de la legislación de la materia.

II.7. Responsabilidad de la Convocante

II.7.1. Salvo lo expresamente establecido en estas Bases y las Leyes Aplicables, la Convocante no tendrá ninguna otra responsabilidad derivada del Concurso, por lo que los Concursantes por el hecho de participar en cualquier etapa del mismo, liberan de toda responsabilidad a la Convocante, sus funcionarios y asesores, incluyendo las de carácter laboral, obligándose los Concursantes a sacarlos en paz y a salvo, a su cargo y costa, por cualquier demanda, reclamación o denuncia que se presente en su contra y que se encuentre relacionada directa o indirectamente con este Concurso.

II.7.2. En razón de lo señalado en el párrafo anterior, los Concursantes, por el solo hecho de presentar una Propuesta, aceptan y están de acuerdo en que el contenido de las Bases y de todos los documentos que las integran, así como las Leyes Aplicables que se utilizaron por la Convocante en el Concurso, se encuentran apegadas a derecho por lo que no podrán alegar nulidad o vicio de los mismos en caso de que no afecten directamente a sus intereses.

II.7.3. Los Concursantes Revisados deberán absorber todos los costos que, en

su caso, impliquen el análisis, preparación, formulación y presentación de su Propuesta. La Convocante en ningún supuesto será responsable por dichos costos, ni aún en el caso de que el Concurso sea declarado desierto, suspendido o cancelado. Lo anterior sin perjuicio de lo dispuesto a este respecto en la LAPP.

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II.7.4. La Convocante, no otorgará garantía alguna al Concursante Ganador, a los acreedores de éste o a cualquier tercero, ya que la realización del Proyecto, la obtención y aportación del Capital de Riesgo y del Crédito son responsabilidad exclusiva del Concursante Ganador, por lo que la Convocante no asumirá ninguna obligación adicional a las expresamente señaladas en el CAPP y las Leyes Aplicables.

II.7.5. La CONAGUA realizará la verificación de las especificaciones y la aceptación de los servicios, durante el Período de Inversión por medio del Residente del Proyecto y de la Supervisión, y durante el Período de Operación en los términos establecidos para ello en el CAPP. El Desarrollador manifestará su conformidad en tal sentido en el propio CAPP.

II.8. Garantía de Seriedad

II.8.1. El Concursante Revisado deberá de constituir una Garantía de Seriedad

de su Propuesta, en los términos, condiciones y alcances que se establecen en el Apéndice 5, Contenido de la Oferta Económica.

II.9. Utilización de documentos e información

II.9.1. Los Concursantes se obligan a no utilizar, sin previo consentimiento por escrito de la Convocante, los documentos o información contenidos en los Documentos del Concurso, estudios, especificaciones técnicas, planos, etc., proporcionados por la Convocante, para fines distintos al Concurso y al CAPP.

II.9.2. La información contenida en las Propuestas presentadas por los Concursantes Revisados en este procedimiento, se clasifica como reservada por parte de la Convocante, con fundamento en lo preceptuado en el artículo 14, fracciones II y VI de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

II.9.3. En caso de violaciones en materia de derechos inherentes a la propiedad intelectual, la responsabilidad estará a cargo del Concursante o del Desarrollador según sea el caso. Salvo que exista impedimento, los mencionados derechos, para el caso de la contratación de servicios de consultoría, asesorías, estudios e investigaciones, se estipularán a favor de la Convocante, en los términos de las Leyes Aplicables.

II.10. Discrepancias

En caso de diferencias entre diversos Documentos del Concurso, se aplicarán las siguientes reglas:

II.10.1. Entre las versiones electrónicas emitidas por la Convocante y cualquier

impresión de las Bases, prevalecerán las electrónicas difundidas en CompraNet;

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II.10.2. Entre dos versiones electrónicas emitidas por la Convocante, prevalecerá la más reciente difundida a través de CompraNet.

II.10.3. Entre las Bases y el modelo del CAPP prevalecerán las Bases.

II.10.4. Entre las cantidades descritas con letra y con número, prevalecerá la

cantidad con letra.

II.11. Notificaciones a los Concursantes

II.11.1. Las actividades relacionadas con la solicitud de información o presentación de documentación del Concurso se llevarán a cabo en Días Hábiles de las 09:00 a las 15:00 horas y de las 16:00 a las 18:00 horas, en el domicilio de la Convocante que al efecto se señala en las presentes Bases. La Convocante, mediante comunicación escrita, podrá señalar un horario o domicilio distinto para los efectos antes señalados.

II.11.2. Las notificaciones a los Concursantes respecto de los actos del procedimiento de contratación se realizarán a través de CompraNet, y/o por correo electrónico en la dirección de correo que éstos proporcionen a la Convocante. En este último caso, se tendrá por hecha la notificación si la Convocante no recibe una constancia de imposibilidad de entrega del correo correspondiente.

II.12. Subcontrataciones El Desarrollador podrá subcontratar las actividades a su cargo señaladas expresamente en el CAPP para tal efecto.

III. Etapas del Concurso

El Concurso inicia con la publicación de la Convocatoria y concluye con la firma del CAPP o con la resolución mediante la cual se declare desierto o cancelado. Son etapas del Concurso, las siguientes:

Convocatoria;

Adquisición de las Bases;

Visita al sitio de Obras del Proyecto;

Juntas de Aclaraciones;

Revisión Preliminar;

Presentación y apertura de Propuestas;

Evaluación de Propuestas;

Fallo y

Firma del CAPP

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IV. Calendario del Concurso

Los actos del Concurso se llevarán a cabo de acuerdo con el siguiente calendario:

No. EVENTO FECHA

1 Publicación Convocatoria en CompraNet 15 de mayo

2 Período de Adquisición de las Bases 15 de mayo al 16 de julio a

las 18:00 horas

3 Visita al Sitio de las Obras del Proyecto 22 de mayo a las 8:00 horas

4 Entrega de Preguntas para la 1ra Junta de Aclaraciones 24 de mayo hasta las 18:00

horas

5 Primera Junta de Aclaraciones 31 de mayo a las 11:00

horas

6 Periodo de Revisión Preliminar 31 de mayo al 13 julio a las

18:00 horas

7 Taller legal, técnico y financiero 11 de junio a las 9:00 horas

8 Entrega de preguntas para la 2a Junta de Aclaraciones 12 de junio a las 18:00

horas

9 Segunda Junta de Aclaraciones 19 de junio a las 11:00

horas

11 Entrega de preguntas para 3a Junta de Aclaraciones 3 de julio a las 18:00 horas

12 Tercera Junta de Aclaraciones 10 de julio a las 11:00 horas

13 Fecha límite para entrega de Certificados de Revisión Preliminar

20 de julio

14 Acto de presentación y apertura de propuestas 1 de agosto a las 11:00

horas

15 Acto de fallo 22 de agosto a las 11:00

horas

16 Fecha límite para exhibición de documentación del Concursante Ganador

17 de septiembre

17 Fecha límite para la firma del CAPP 20 de septiembre

Una vez recibidas las Propuestas en la fecha, hora y lugar establecidos, éstas no podrán retirarse o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del procedimiento de Concurso hasta su conclusión.

V. Concursantes

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V.1. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 41 de la LAPP, podrá participar en el Concurso cualquier persona física o moral, de nacionalidad mexicana o extranjera, individualmente o conformando un Consorcio, siempre que haya adquirido las Bases. En el caso de Consorcios, bastará con que uno de sus integrantes las hubiere adquirido. La(s) persona(s) que resulte(n) Concursante Ganador, deberá(n) ser o constituir una sociedad mercantil mexicana de propósito específico en los términos de lo dispuesto en el artículo 91 de la LAPP.

V.2. El Concursante Revisado deberá acreditar que cuenta con un capital contable de cuando menos $150’000,000.00 (Ciento cincuenta millones de pesos 00/100 M.N.) en el período de Revisión Preliminar. Tratándose de Consorcios, el capital referido deberá acreditarse en la forma y términos establecidos en el Apéndice 4.

V.3. No podrán participar en la Concurso ni recibir la adjudicación del CAPP, las siguientes personas:

V.3.1. Las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 de la LAPP.

V.3.2. Los asesores externos de la Convocante y demás personas que contraten directa o indirectamente a dichos asesores con relación a este Concurso.

VI. Requisitos para la presentación de Propuestas conjuntas VI.1. De conformidad con el artículo 41 de la LAPP, los interesados podrán agruparse

para presentar una Propuesta, para lo cual, cualquiera de los integrantes del Consorcio, podrá registrarse como Concursante para participar en la Junta de Aclaraciones y en el procedimiento de contratación.

VI.2. En caso que el Concursante se presente como Consorcio, deberá presentar un Convenio Consorcial que cumpla con los aspectos señalados en el Apéndice 4, Contenido de la de la Revisión Preliminar y la Oferta Técnica de estas Bases.

VI.3. En el acto de presentación y apertura de Propuestas el representante común del Consorcio deberá señalar que la Propuesta se presenta en forma conjunta. El convenio a que hace referencia el Apéndice 4, Contenido de la Revisión Preliminar y la Oferta Técnica, se presentará con la Propuesta y, en caso de que a los Concursantes Revisados que la hubieren presentado se les adjudique el CAPP, dicho convenio, formará parte integrante del mismo como uno de sus anexos.

VI.4. Para cumplir con el capital contable mínimo requerido por la Convocante, se podrán sumar los correspondientes a cada una de las personas integrantes del Consorcio.

VI.5. Los integrantes del Consorcio deberán tomar en cuenta que las responsabilidades y obligaciones contenidas en el convenio son sin perjuicio de las que tendrá el Desarrollador en los términos del CAPP y del Fideicomiso de Administración.

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VI.6. Una vez que el Consorcio obtenga su Constancia de Revisión Preliminar como

Consorcio, podrá modificar su estructura, de conformidad con el numeral X.2.1 de estas Bases.

VII. Visita al sitio de las Obras del Proyecto

VII.1. La Convocante organizará una visita guiada al sitio de las Obras del Proyecto en la fecha establecida en el Calendario del Concurso, a la que podrán acudir los Concursantes que lo deseen. Para ello, el punto de encuentro para la visita, será el hotel Fiesta Inn ubicado en el centro comercial Plaza las Américas localizada 800 metros al norte de la caseta de cobro Conmex del Circuito Exterior Mexiquense en el Municipio de Ecatepec, Estado de México. Los costos, gastos y riesgos de cada uno de los representantes de los Concursantes correrán por su cuenta.

VII.2. Al final de la visita al sitio de las Obras del Proyecto, la Convocante preparará un acta para hacer constar el nombre de los Concursantes que asistieron a la misma. Dicha acta deberá ser firmada por los representantes de la Convocante y por cada uno de los Concursantes que estén presentes. La falta de firma de cualquiera de los Concursantes asistentes no afectará la validez del acta.

VII.3. Una copia del acta será entregada a cada Concursante y los que no se hubieran presentado podrán posteriormente solicitarla por escrito.

VII.4. La asistencia de los Concursantes a la visita al sitio de las Obras del Proyecto no es obligatoria; sin embargo, su inasistencia no los relevará de obligación alguna.

VII.5. En ningún caso, la Convocante asumirá responsabilidad alguna por las conclusiones a las que arriben los Concursantes derivadas de la visita al sitio de las Obras del Proyecto.

VII.6. Los Concursantes que deseen hacer visitas posteriores para recabar información o realizar pruebas, estudios o análisis para la preparación de la Propuesta, podrán hacerlo por su cuenta y riesgo previa autorización por escrito de la Convocante.

VII.7. Dichas visitas se realizarán en la fecha y hora que la Convocante le indique al Concursante, siempre y cuando con anterioridad a la realización de la visita haya firmado y entregado a la Convocante, la solicitud de autorización correspondiente y una declaración por medio de la cual asuma la obligación de indemnizar a la Convocante o a terceros, por cualquier daño que cause directa o indirectamente el Concursante, sus empleados, contratistas, subcontratistas, o asesores, durante la visita de que se trate o con motivo de los estudios, pruebas o análisis que realice en el sitio de las Obras del Proyecto.

VIII. Junta (s) de Aclaraciones

VIII.1. La asistencia a la(s) junta(s) de aclaraciones es optativa para los Concursantes.

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VIII.2. Las personas que se registren ante la Convocante como Concursantes tendrán

derecho a formular solicitudes de aclaración en relación con las Bases. Dichas solicitudes deberán remitirse a la Convocante en los plazos establecidos en el calendario del Concurso.

VIII.3. Los Concursantes podrán formular solicitudes de aclaración con posterioridad a la última Junta de Aclaraciones, a más tardar, doce Días Hábiles previos a la fecha de presentación y apertura de Propuestas.

VIII.4. Las solicitudes de aclaración deberán plantearse de manera concisa y estar directamente vinculadas con los puntos contenidos en las Bases, indicando el numeral o punto específico con el cual se relacionan, de conformidad con el formato BC-FP que se anexa a las presentes Bases. Las solicitudes que no cumplan con los requisitos señalados, podrán no ser tomadas en cuenta por la Convocante.

VIII.5. Las solicitudes de aclaración se presentarán directamente en el domicilio al que se refiere en el numeral II.1.1 y vía correo electrónico en las direcciones señaladas en el numeral II.1.2 de estas Bases en formato Word versión 2007 o posterior, que permita a la Convocante su clasificación e integración por temas para facilitar su respuesta en la Junta de Aclaraciones. Cuando la versión electrónica esté contenida en un dispositivo, éste le será devuelto al Concursante en la Junta de Aclaraciones respectiva.

VIII.6. La Convocante tomará como hora de recepción de las solicitudes de aclaración del Concursante, la que indique el sello de recepción de la CONAGUA.

VIII.7. Si derivado de la o las Juntas de Aclaraciones se determina posponer la fecha de celebración del acto de presentación y apertura de Propuestas, la modificación respectiva a las Bases deberá publicarse en CompraNet; en este caso, el diferimiento deberá considerar la existencia de un plazo de al menos diez Días Hábiles desde el momento en que concluya la Junta de Aclaraciones hasta el momento del acto de presentación y apertura de Propuestas.

IX. Indicaciones relativas a la presentación de Propuestas

IX.1. Cada Concursante Revisado podrá presentar sólo una Propuesta en este Concurso.

IX.2. Los Concursantes Revisados deberán presentar, fuera del sobre cerrado en el que se contenga su Propuesta, el documento al que se refiere el numeral XV de estas Bases.

IX.3. De entre los Concursantes Revisados que hayan asistido al acto de presentación de Propuestas, éstos elegirán a uno, que en forma conjunta con el servidor público que en ese acto designe la Convocante, rubricarán los documentos 9 y 13 de las Ofertas Económicas de los Concursantes Revisados.

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X. Revisión Preliminar

El período en que la Convocante llevará a cabo la Revisión Preliminar de la documentación distinta a la Oferta Técnica y a la Oferta Económica, es el que se indica en el calendario del Concurso. La Revisión Preliminar se llevará a cabo en el domicilio al que se refiere el numeral II.1.1 de estas Bases, de acuerdo con lo siguiente:

X.1. Conforme a lo dispuesto en el artículo 49 de la LAPP, los Concursantes deberán

solicitar a la Convocante la Revisión Preliminar de los documentos que acrediten que cuentan con la experiencia, capacidad técnica, financiera y legal requerida en estas Bases, para lo cual se sujetarán a lo siguiente:

X.1.1. La documentación e información que será objeto de Revisión Preliminar,

será exclusivamente la que se encuentra contemplada en los documentos del 1 al 6, del Apéndice 4, Contenido de la Revisión Preliminar y la Oferta Técnica de estas Bases, y se presentará conforme a los lineamientos, formatos y orden contenidos en el mismo.

X.1.2. La documentación e información señalada en el inciso anterior deberá presentarse durante la etapa de Revisión Preliminar en 1 (un) sobre o paquete cerrado dirigido a la Convocante, el cual deberá indicar el número del Concurso, el nombre del Concursante así como el domicilio, teléfono y direcciones de correo electrónico en los que se podrá hacer cualquier notificación relacionada con la etapa de Revisión Preliminar.

X.1.3. La Convocante realizará una revisión detallada de los documentos e información presentados, verificando que cada uno de ellos cumpla con los requisitos solicitados en las Bases y en su caso notificará a los Concursantes el día y la hora en que deberán presentarse en el domicilio de la Convocante a fin de hacer de su conocimiento, las deficiencias o las aclaraciones requeridas respecto de la información o documentación presentada a fin de que éstas sean subsanadas o proporcionadas. En todo caso la información adicional y/o las aclaraciones deberán presentarse a la Convocante cuando menos con 3 (tres) Días Hábiles de anticipación a la fecha señalada en el calendario del Concurso para la entrega de las Constancias de Revisión Preliminar.

X.1.4. La Convocante podrá solicitar a los Concursantes información o documentación adicional tantas veces como lo considere necesario, dentro del período de Revisión Preliminar.

X.1.5. Una vez satisfechos los requisitos señalados para tales efectos, la Convocante entregará al Concursante la Constancia de Revisión Preliminar en la fecha señalada en el calendario del Concurso, misma que se deberá incluir dentro del sobre de la Propuesta.

X.1.6. El carácter de Concursante Revisado se acreditará con la Constancia de Revisión Preliminar que al efecto expida la Convocante y será intransferible.

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X.1.7. Los documentos que hayan presentado los Concursantes en la etapa de Revisión Preliminar, no deberán ser presentados nuevamente en su Propuesta, debiendo el Concursante Revisado entregar el original de la Constancia de Revisión Preliminar y una carta manifestando que la información presentada en ésta sigue vigente a la fecha del acto de presentación y apertura de Propuestas.

X.1.8. Los Concursantes que no cuenten con la Constancia de Revisión Preliminar, perderán ese carácter y no tendrán derecho a presentar Propuesta alguna.

X.1.9. Toda vez que la presentación y contenido de la documentación e información necesaria para la expedición de la Constancia de Revisión Preliminar es responsabilidad exclusiva del Concursante, en caso de que algún documento o la información contenida en este fueren falsos, la Convocante podrá desechar la Propuesta o descalificar al Concursante Revisado en la etapa de evaluación de Propuestas.

X.1.10. No se otorgará la Constancia de Revisión Preliminar a los Concursantes que incurran en cualquiera de los supuestos siguientes:

X.1.10.1. El incumplimiento de lo dispuesto en estas Bases en relación con los documentos objeto de la Revisión Preliminar.

X.1.10.2. La presentación de un documento de Revisión Preliminar condicionado.

X.2. La Constancia de Revisión Preliminar se dejará sin efectos, en caso de que el Concursante realice modificaciones a la documentación revisada, sin cumplir los requisitos siguientes:

X.2.1. Los Concursantes Revisados podrán modificar la información y documentación presentada durante la etapa de Revisión Preliminar previo aviso por escrito a la Convocante, quien recibirá la información correspondiente y en su caso, notificará al Concursante Revisado qué requisitos deberá cumplir para conservar la Constancia de Revisión Preliminar.

X.2.2. La Convocante recibirá solicitudes de modificación a las Constancias de Revisión Preliminar hasta 6 (seis) Días antes de la fecha señalada para el acto de presentación y apertura de Propuestas.

X.2.3. La Convocante contará con un plazo de 3 (tres) Días Hábiles a fin de autorizar o negar las modificaciones solicitadas. En caso que la Convocante no conteste en el plazo señalado anteriormente se entenderá que la solicitud de modificación ha sido denegada. La Convocante negará la autorización de modificaciones cuando como resultado de las mismas, el Concursante Revisado no cumpla con los requisitos técnicos, económicos, jurídicos o de cualquier otra naturaleza de la presente Convocatoria.

X.3. Contenido de la Revisión Preliminar:

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Documento N° 1: Personalidad del Concursante y del representante legal del Concursante. Documento N° 2: Experiencia y Capacidad Técnica del Concursante. Documento N° 3: Comprobante de pago de las Bases, constancia de visita al Sitio o manifestación escrita del Concursante de conocer el Sitio de las Obras. Documento N° 4: Capital contable, capacidad financiera y estados financieros del Concursante y manifestaciones Documento N° 5: Convenio Consorcial. Documento N° 6: Documentos del Concurso.

XI. Propuestas

XI.1. Consideraciones generales que se deben tomar en cuenta en la formulación de las Propuestas

Al formular su Propuesta, cada Concursante Revisado deberá tomar en cuenta las siguientes consideraciones generales:

XI.1.1. Sólo se aceptará una Propuesta por cada Concursante Revisado y

ninguno de los integrantes de un Consorcio participará directa o indirectamente en la Propuesta de otro Concursante Revisado, lo cual será, en su caso, motivo de descalificación de ambos Concursantes Revisados. Para tales efectos, se entiende como participación indirecta que algún socio, Filial, matriz o subsidiaria del grupo empresarial al que pertenezca el Concursante Revisado, participe como Concursante Revisado o como integrante de otro Concursante Revisado, tratándose de un Consorcio.

XI.1.2. Los Concursantes deberán considerar los Documentos del Concurso que la Convocante pondrá a su disposición ya sea de manera impresa, electrónica, o a través de CompraNet.

XI.1.3. Por el simple hecho de presentar la Propuesta, los Concursantes Revisados manifiestan su conformidad con los términos y condiciones de las Bases, el CAPP y los demás Documentos del Concurso.

XI.1.4. En ningún caso, las Propuestas podrán contener condición alguna.

XI.1.5. Los términos, condiciones y alcances de los Documentos del Concurso y de las Propuestas que se presenten no podrán ser objeto de negociación.

XI.2. Formato y firma de las Propuestas

XI.2.1. Los Concursantes deberán presentar los documentos de carácter legal, técnico y económico requeridos en el orden establecido en los Apéndices 4 y 5 de las Bases. Asimismo, cada Concursante deberá presentar en papel

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membretado, el formato al que se refiere el numeral XV de estas Bases toda vez que servirá como acuse de recepción de los documentos presentados.

XI.2.2. Todos los documentos de la Propuesta del Concursante Revisado, serán impresos o escritos en tinta indeleble y estarán firmados de manera autógrafa al final de cada uno de ellos por un representante legal del Concursante Revisado que tenga acreditada o que acredite su representación en los términos de las Leyes Aplicables. Cada una de las hojas de los documentos que integran la Propuesta deberá estar rubricada por el representante legal y debidamente foliada.

XI.2.3. El Concursante Revisado deberá presentar su Propuesta en original con una copia física y dos copias electrónicas.

XI.2.4. Los Concursantes Revisados entregarán las copias electrónicas de la Propuesta en discos compactos de sólo lectura (CD o DVD) debidamente identificados con el nombre del Concursante Revisado y los datos del Concurso. Las copias en versión electrónica de la Propuesta, se harán utilizando los programas Adobe Acrobat, Autocad versión 2008 en adelante, Microsoft Word 2007, Excel 2007 o superiores, debiendo estos últimos ser compatibles con Microsoft Windows 2007 o superior, bajo la exclusiva responsabilidad del Concursante Revisado.

Los formatos que se proporcionan a los Concursantes, deberán ser llenados y entregados en el o los programas en que se contengan.

XI.2.5. Cada disco deberá incluir un índice del contenido. Adicionalmente, cada Concursante Revisado deberá proporcionar una lista impresa que describa el contenido de cada uno de los discos compactos que contengan la versión electrónica de su Propuesta.

XI.2.6. Salvo por lo dispuesto en el numeral inmediato siguiente, los Concursantes deberán absorber todos los costos y gastos que implique el análisis, preparación, formulación y presentación de sus Propuestas, en su caso; por lo que la Convocante en ningún supuesto será responsable por dichos costos y gastos, ni aún en el caso de que la Concurso sea declarado desierto o suspendido o cancelado, lo que es aceptado incondicionalmente por los Concursantes por el hecho de participar en la Concurso o presentar una Propuesta.

XI.2.7. Si en cualquier momento del Concurso se cancela el proceso o si concluido el mismo la CONAGUA no firma el CAPP, para efectos de lo dispuesto en el artículo 58 y 63 de la LAPP, se considerarán como gastos no recuperables el costo de adquisición de las Bases;

XI.2.8. Los Concursantes podrán solicitar a la Convocante el reembolso, dentro de un plazo máximo de veinte Días Hábiles, contados a partir de la fecha de la cancelación del Concurso.

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XI.3. Contenido de la Oferta Técnica

XI.3.1. La Convocante ha establecido los requisitos y especificaciones para la realización del Proyecto que los Concursantes deberá tomar en cuenta para la elaboración de sus Ofertas Técnicas. Esta información se encuentra contenida en el Apéndice 2 Aspectos Técnicos, de las presentes Bases.

XI.3.2. La Oferta Técnica de cada Concursante Revisado deberá contener toda la información y documentación señaladas en el Apéndice 4 de las Bases y sus Anexos, mismos que a continuación se enlistan para facilidad de consulta.

Documento N° 7: Programas de Trabajo y/o Ejecución. Documento N° 8: Información Técnica del Proyecto.

XI.4. Contenido de la Oferta Económica

XI.4.1. La Convocante ha establecido los requisitos y especificaciones para el financiamiento del Proyecto que los Concursantes Revisados deberán tomar en cuenta para la elaboración de sus Ofertas Económicas, esta información por lo que se refiere a los aspectos financieros se encuentra contenida en los Apéndices 3, Aspectos Financieros y 5, Contenido de la Oferta Económica.

XI.4.2. La Oferta Económica de cada Concursante Revisado deberá contener toda la información y documentación señaladas en el Apéndice 5, Contenido de la Oferta Económica, mismos que a continuación se enlistan para facilidad de consulta:

Documento N° 9: Carta Compromiso. Documento N° 10: Catalogo de Eventos y Programas de Trabajo calendarizados con erogaciones. Documento N° 11: Cartas de Intención de Institución Financiera. Documento N° 12: Costos Mensuales de Operación y Mantenimiento. Documento N° 13: Formatos Financieros. Documento N° 14: Garantía de Seriedad.

XI.5. Vigencia de las Propuestas

La vigencia de las Propuestas será como máximo de 60 (sesenta) días a partir de la fecha del Acto de Presentación y Apertura de Propuestas o hasta la fecha de firma del CAPP, lo que ocurra primero. En todo caso, el Concursante Ganador deberá mantener su Propuesta hasta el otorgamiento y suscripción del CAPP.

XI.6. Requisitos para la presentación de Propuestas

XI.6.1. La Propuesta deberá presentarse en sobres o paquetes cerrados que contengan la Oferta Técnica y la Oferta Económica por separado, haciendo la referencia correspondiente. Dichos sobres o paquetes, deberán indicar el

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número del Concurso, el nombre de la Convocante, la fecha de presentación de la Propuesta y el nombre del Concursante Revisado.

XI.6.2. Si los sobres o paquetes que contengan la Propuesta fuesen entregados

sin cerrar, la Propuesta será desechada de plano y devuelta al Concursante Revisado.

XI.6.3. El Concursante Revisado que presente una Propuesta será responsable

de que la misma cumpla con todos y cada uno de los requisitos establecidos en los Documentos de la Concurso y en las Leyes Aplicables.

XI.6.4. La presentación de una Propuesta por sí misma constituirá una

manifestación unilateral y la aceptación expresa e incondicional por parte del Concursante Revisado, de que:

XI.6.4.1. Su Propuesta incluye todos los requerimientos establecidos en las Bases;

XI.6.4.2. Acepta los términos de las Bases;

XI.6.4.3. Su Propuesta permanecerá en firme en los términos establecidos en las

Bases, y

XI.6.4.4. Cualquier deficiencia, omisión o error que contenga su Propuesta, será de la exclusiva responsabilidad del Concursante Revisado que la presentó.

XI.7. Causales para descalificar Concursantes Revisados y desechar Propuestas Serán causas de descalificación de los Concursantes Revisados y desechamiento de Propuestas que:

XI.7.1. En la presentación de las Propuestas el sobre que las contenga, no se encuentre debidamente cerrado.

XI.7.2. Los Concursantes Revisados hayan utilizado información privilegiada;

XI.7.3. Se materialice cualquier causa de inhabilitación prevista en el artículo 42 de la LAPP;

XI.7.4. Algún Concursante haya acordado con otro u otros elevar el costo de los servicios, o que haya celebrado con éstos cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener alguna ventaja sobre los demás Concursantes y/o contravengan lo dispuesto por la fracción IV del artículo 9 de la Ley Federal de Competencia Económica.

XI.7.5. Se presenten documentos o información falsos.

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XI.7.6. No se presente cualquiera de los escritos o declaraciones bajo protesta de decir verdad, solicitados en los Documentos del Concurso o en las Leyes Aplicables.

XI.7.7. El Concursante Revisado o alguna de las personas integrantes del Consorcio (incluyendo cualquier Filial), participe en más de una Propuesta en este Concurso.

XI.7.8. El Concursante Revisado contrate a los asesores señalados en el numeral XVI.1 de las presentes Bases.

XI.7.9. El Concursante Revisado establezca cualquier clase de comunicación con la Convocante, sus funcionarios y/o asesores, con la finalidad de influir en sus decisiones u obtener información que les otorgue ventajas respecto de otros Concursantes.

XI.7.10. El Concursante Revisado presente incompleta la documentación solicitada, o incumpla con alguno de los requisitos establecidos en las Bases, con las salvedades señaladas en el cuarto párrafo del artículo 52 de la LAPP.

XI.7.11. Alguno de los documentos que integran la Propuesta que deban estar firmados por el represente legal conforme a lo dispuesto en estas Bases, no se encuentren firmados.

XI.7.12. El Concursante Revisado condicione su Propuesta de cualquier forma.

XI.7.13. El Concursante Revisado haya proporcionado uno o varios documentos cuyo contenido sea diferente al solicitado por la Convocante en las Bases, cuando ello afecte la solvencia de la Propuesta.

XI.7.14. Los Programas de Ejecución de la Propuesta no se ajusten a los criterios o plazos establecidos en estas Bases.

XI.7.15. El Concursante no compruebe que su capital contable sea como mínimo de $150’000,000.00 (Ciento cincuenta millones de pesos 00/100 M.N.)

XI.7.16. El Concursante no acredite contar con la experiencia y capacidad técnica requeridas conforme a los Documentos del Concurso y/o no entregue la documentación indicada en los Apéndices 2, Aspectos Técnicos y 4, Contenido de la Oferta Técnica.

XI.7.17. La Oferta Técnica del Concursante Revisado no presente una o varias de las memorias de cálculo de prediseño del Tren de Tratamiento de Agua, Tren de Manejo de Lodos o Sistema de Control de Olor.

XI.7.18. Los procesos de tratamiento de aguas residuales que proponga el Concursante Revisado no aseguren el cumplimiento de la calidad del Agua Tratada especificada en el Apéndice 2, Aspectos Técnicos.

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XI.7.19. El Concursante Revisado proponga procesos para el tratamiento del caudal de diseño en que parte del caudal de Agua Cruda no reciba ningún tratamiento y el cumplimiento de la calidad del Agua Tratada lo logre a base de mezclar caudales tratados con caudales de Agua Cruda, agua pretratada o del efluente primario.

XI.7.20. Los requerimientos y consumo de energía eléctrica, que incluya el Concursante Revisado en su Propuesta para la aeración y mezclado en el reactor de lodos activados, para la recirculación de lodos al reactor de lodos activados y demás etapas del proceso sean insuficientes para satisfacer las necesidades del proceso propuesto.

XI.7.21. El Concursante Revisado no se apegue a los criterios de diseño establecidos en el Apéndice 2 para el diseño de las operaciones y procesos del Tren de Tratamiento de Agua, del Tren de Manejo de Lodos y/o Sistema de Control de Olor.

XI.7.22. El Concursante Revisado no se apegue a los requisitos mínimos de modulación y flexibilidad operativa establecidos en el Apéndice 2.

XI.7.23. El Concursante Revisado no se apegue a los requisitos mínimos de número de equipos electromecánicos y de proceso, en operación normal y de reserva establecidos en el Apéndice 2.

XI.7.24. El Concursante Revisado no se apegue a los requisitos de diseño y alcances establecidos en el Apéndice 2 para la línea de conducción de lodos al TEO.

XI.7.25. El Concursante Revisado subestime el volumen y/o masa de los residuos sólidos que serán generados en la etapa de pretratamiento, previo a las operaciones de carga y acarreo y/o disposición final.

XI.7.26. Exista incongruencia en las dosificaciones y consumos de productos químicos indicados en la Oferta Económica con respecto a los establecidos en la Oferta Técnica que afecte la solvencia de la Propuesta.

XI.7.27. Exista incongruencia en las potencias y consumos de energía eléctrica indicados en la Oferta Económica con respecto a los establecidos en la Oferta Técnica que afecte la solvencia de la Propuesta.

XI.7.28. El Concursante Revisado considere en su Oferta Económica servicios de energía eléctrica y/o tarifas de energía eléctrica distintas a los establecidos en las Bases.

XI.7.29. El diseño de las cimentaciones y estructuras de las unidades de proceso y edificaciones no sean acordes a las condiciones del suelo y capacidad de carga que tiene el sitio en que se construirá la PTAR.

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XI.7.30. El Proyecto del Concursante Revisado requiera de una superficie mayor a la disponible especificada para la PTAR en las Bases.

XI.7.31. El Concursante Revisado no cumpla con los materiales, o la capacidad de la(s) planta(s) de energía eléctrica establecidas en las Bases.

XI.7.32. La Oferta Económica, contenga alteraciones, raspaduras, tachaduras o enmendaduras en la cifra que exprese el valor presente de las contraprestaciones y/o la Contraprestación Total.

XI.7.33. El Concursante Revisado en su Oferta Económica establezca obligaciones a cargo del Gobierno Federal o cualquiera de sus dependencias o entidades, distintas a las establecidas en el modelo de CAPP.

XI.7.34. Existan inconsistencias en el llenado de los formatos que no permitan evaluar los valores establecidos por el Concursante Revisado y que afecten la solvencia de la Oferta Económica.

XI.7.35. El Concursante Revisado no utilice precios constantes en su información financiera (expresados a valores del mes que corresponde al último INPC publicado en el DOF previo a la presentación de Propuestas) solicitada en el Apéndice 5, contenido de la Oferta Económica.

XI.7.36. El Concursante Revisado no presente el desglose de costos de operación, fijos y variables, como se solicitan en las Bases.

XI.7.37. Existan inconsistencias entre el contenido de la Oferta Técnica y el contenido de la Oferta Económica que afecte la solvencia de la Propuesta.

XI.7.38. En los costos fijos mensuales de operación y mantenimiento se incluyan parte de los costos considerados como variables en la operación del Proyecto.

XI.7.39. Los datos consignados en la Carta Compromiso difieran de los resultados del Anexo OE-FF .

XI.7.40. La insolvencia de la Oferta Económica que derive del incumplimiento de las obligaciones objeto del Concurso.

XI.7.41. El Concursante Revisado considere una tasa interna de retorno menor a la tasa del crédito de acuerdo al cálculo establecido en el Apéndice 5, Contenido de la Oferta Económica y

XI.7.42. En general, cualquier incumplimiento a lo establecido en las Bases que afecte la solvencia de la Propuesta.

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XII. Criterios específicos conforme a los cuales se evaluarán las Propuestas y se adjudicará el CAPP

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 52 de la LAPP, la evaluación de las Propuestas se efectuará a través del mecanismo de puntos y porcentajes.

La CONAGUA realizará en primer término la evaluación por puntos de las Ofertas Técnicas y posteriormente la evaluación de las Ofertas Económicas. La CONAGUA sólo procederá a realizar la evaluación de las Ofertas Económicas, de aquéllas Propuestas cuya Oferta Técnica resulte solvente por haber obtenido la puntuación igual o superior al mínimo establecido en las Bases.

XII.1. La puntuación máxima que se otorgará a la Oferta Técnica es de 60 puntos; de igual forma, la puntuación mínima a obtener en la Oferta Técnica para ser considerada solvente es de cuando menos los 48 puntos que corresponden a los requerimientos cuyo incumplimiento es causa de no emisión del Certificado de Revisión Preliminar o de desechamiento de acuerdo con lo establecido en el cuadro 2.

En la Oferta Técnica los rubros a considerar en la evaluación serán:

a) Capacidad del Concursante Revisado

b) Experiencia y especialidad del Concursante Revisado.

c) Información técnica del Proyecto

d) Propuesta de trabajo.

e) Cumplimiento de contratos.

Para la asignación de puntuación en cada rubro, en la evaluación de las Ofertas Técnicas la CONAGUA considerará lo que a continuación se indica:

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Cuadro 1

No. Concepto Calificación

Máxima

1. EVALUACION DE LA CAPACIDAD DEL CONCURSANTE 21 PUNTOS

1.1. Capacidad de los recursos humanos 10 PUNTOS

1.1.1.

Director del Proyecto:

2 Puntos

a) Si el Concursante no cumple con la acreditación para el Director del Proyecto conforme a la totalidad del perfil solicitado, se asignará 0 (cero) puntos.

b) Si el Concursante cumple con la acreditación para el Director del Proyecto conforme a la totalidad del perfil solicitado, se asignarán 2 (dos) puntos.

1.1.2.

Director Técnico:

1 Punto

a) Si el Concursante no cumple con la acreditación para Director Técnico en diseño de tratamiento de aguas residuales conforme a la totalidad del perfil solicitado, se asignará 0 (cero) puntos.

b) Si el Concursante cumple con la acreditación para Director Técnico en diseño de tratamiento de aguas residuales conforme a la totalidad del perfil solicitado, se asignará 1 (un) punto.

1.1.3.

Director de Construcción:

2.5 Puntos

a) Si el Concursante no cumple con la acreditación para el Director de Construcción conforme a la totalidad del perfil solicitado, se asignará 0 (cero) puntos.

b) Si el Concursante cumple con la acreditación para el Director de Construcción conforme a la totalidad del perfil solicitado, se asignarán 2.5 (dos punto cinco) puntos.

1.1.4.

Especialista en mecánica de suelos:

2 Puntos

a) Si el Concursante no cumple con la acreditación para el Especialista en Mecánica de Suelos conforme a la totalidad del perfil solicitado, se asignará 0 (cero) puntos.

b) Si el Concursante cumple con la acreditación para el Especialista en Mecánica de Suelos conforme a la totalidad del perfil solicitado, se asignarán 2 (dos) puntos.

1.1.5.

Gerente de Operación:

1 Punto

a) Si el Concursante no cumple con la acreditación para el Gerente de Operación conforme a la totalidad del perfil solicitado, se asignará 0 (cero) puntos.

b) Si el Concursante cumple con la acreditación para el Gerente de Operación conforme a la totalidad del perfil solicitado, se asignará 1 (un) punto.

1.1.6.

Gerente de Mantenimiento:

1 Punto a) Si el Concursante no cumple con la acreditación para el Gerente de Mantenimiento conforme a la totalidad del perfil

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No. Concepto Calificación

Máxima

solicitado, se asignará 0 (cero) puntos.

b) Si el Concursante cumple con la acreditación para el Gerente de Mantenimiento conforme a la totalidad del perfil solicitado, se asignará 1 (un) punto.

1.1.7.

Gerente de Control de Calidad

0.5 Puntos

Jefe de Laboratorio de Calidad de Agua

Jefe de área Ambiental y Seguridad e Higiene

a) Si el Concursante no cumple con las acreditaciones conforme a la totalidad de los perfiles solicitados, se asignarán 0 (cero) puntos.

b) Si el Concursante cumple con las acreditaciones conforme a la totalidad de los perfiles solicitados, se asignarán 0.5 (cero punto cinco) puntos.

1.2.

Capacidad de los recursos económicos

10 PUNTOS

El Concursante deberá acreditar Capital Contable por $150 MDP del Costo del Proyecto, mediante estados financieros auditados de 2010.

a) Si el Concursante no acredita capital contable requerido, se asignarán 0 (cero) puntos.

b) Si el Concursante acredita capital contable se asignarán 10 (diez) puntos.

1.3.

Participación de personas que cuenten con trabajadores con discapacidad

0.5 PUNTOS a) Si el Concursante no acredita trabajador alguno con

discapacidad en su personal, se asignarán 0 (cero) puntos. b) Si el Concursante acredita tener al menos el 5 % de la

totalidad de su planta de empleados con discapacidad, se asignarán 0.5 (cero punto cinco) puntos.

1.4.

Subcontratación de MIPYMES

0.5 PUNTOS

a) Si el Concursante no acredita su participación como MIPYMES que produzcan bienes con innovación tecnológica relacionados directamente con la prestación del servicio que tenga registrada en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, se asignarán 0 (cero) puntos.

b) Si el Concursante acredita su participación como MIPYMES que produzcan bienes con innovación tecnológica relacionados directamente con la prestación del servicio que tenga registrada en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, se asignarán 0.5 (cero punto cinco) puntos.

2. EVALUACION DE LA EXPERIENCIA Y ESPECIALIDAD DEL CONCURSANTE

15 PUNTOS

Se evaluará la experiencia y capacidad técnica de los Concursantes en base a la acreditación de contratos solicitados por la Convocante y relacionados con los servicios objeto de la Licitación.

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No. Concepto Calificación

Máxima

2.1.

Especialidad. Mayor número de contratos que acrediten que ha prestado servicios con las características específicas y en condiciones similares a las establecidas en la Convocatoria. Experiencia en construcción y operación de plantas de tratamiento.

15 PUNTOS

2.1.1.

Experiencia en diseño y construcción de plantas de tratamiento de aguas residuales municipales. Comprobar haber diseñado y construido, en los últimos 15 años, al menos 3 (tres) plantas con capacidad individual a caudal promedio igual o mayor a 0.50 m3/s, cuyo proceso incluya el tratamiento a nivel secundario y desinfección.

5 Puntos

a) Si el Concursante no acredita su experiencia haber diseñado, construido y puesto en marcha, en los últimos 15 años, el número de plantas de tratamiento de aguas residuales municipales, con la capacidad y características indicadas, se asignarán 0 (cero) puntos, a través de un contrato o conjunto de contratos, celebrado(s) con una entidad pública o empresa privada.

b) Si el Concursante acredita su experiencia haber diseñado, construido y puesto en marcha, en los últimos 15 años, al menos el número de plantas de tratamiento de aguas residuales municipales, con la capacidad y características indicadas, se asignarán 5 (cinco) puntos, a través de un contrato o conjunto de contratos, celebrado(s) con una entidad pública o empresa privada.

2.1.2.

Experiencia en construcción en suelos con características similares a las del sitio en que se construirá la PTAR Caracol.

5 Puntos

El Concursante deberá acreditar experiencia en construcción de cimentaciones profundas o semiprofundas en 3 (tres) o más obras civiles de infraestructura hidráulica (plantas potabilizadoras o plantas de tratamiento de aguas residuales), plantas industriales, subestaciones eléctricas o edificaciones de más de 10 niveles, con costos de inversión inicial superior a 200 millones de pesos (mdp) por obra.

a) Si el Concursante no acredita su experiencia en construcción de cimentaciones profundas o semiprofundas en 3 (tres) obras civiles superiores a 200 mdp en suelos con características similares se asignarán 0 (cero) puntos.

b) Si el Concursante acredita su experiencia en construcción de cimentaciones profundas o semiprofundas en al menos 3 (tres) obras civiles superiores a 200 mdp en suelos con características similares se asignarán 5 (cinco) puntos.

2.1.3. Experiencia en Operación y Mantenimiento de plantas de tratamiento de aguas residuales municipales.

5 Puntos

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No. Concepto Calificación

Máxima

El Concursante deberá acreditar su experiencia mediante presentación de la documentación solicitada por la Convocante y en relación con un contrato o un conjunto de contratos celebrado(s) con una entidad pública o empresa privada en el cual el Concursante acredite el haber operado y mantenido, durante los últimos 15 años, y por lo menos durante 3 años seguidos, al menos 3 (tres) plantas con capacidad individual a caudal promedio igual o mayor a 0.50 m3/s, cuyo proceso incluya el tratamiento a nivel secundario y desinfección.

a) Si el Concursante no acredita su experiencia en haber operado y mantenido, durante los últimos 15 años, y por lo menos durante 3 años seguidos, al menos 3 (tres) plantas con capacidad individual a caudal promedio igual o mayor a 0.50 m3/s, cuyo proceso incluya el tratamiento a nivel secundario y desinfección, a través de un contrato o conjunto de contratos, celebrado(s) con una entidad pública o empresa privada, se asignarán 0 (cero) puntos.

b) Si el Concursante acredita su experiencia en haber operado y mantenido, durante los últimos 15 años, y por lo menos durante 3 años seguidos, al menos 3 (tres) plantas con capacidad individual a caudal promedio igual o mayor a 0.50 m3/s, cuyo proceso incluya el tratamiento a nivel secundario y desinfección, a través de un contrato o conjunto de contratos, celebrado(s) con una entidad pública o empresa privada, se asignarán 5 (cinco) puntos.

3. INFORMACIÓN TÉCNICA DEL PROYECTO 19 PUNTOS

Se evaluará que el Concursante integre en su Propuesta de Trabajo la totalidad de los documentos requeridos por la Convocante y que los documentos de memorias descriptivas y de cálculo entregados por los Concursantes estén completos de acuerdo, a lo solicitado en el Documento No. 8 del Apéndice 4 y sean congruentes con los programas calendarizados, así como con el personal considerado por el Concursante.

3.1. Memorias descriptivas y de cálculo, diagramas y planos presentados para satisfacer los niveles de servicio, alcances y requisitos solicitados.

11 PUNTOS

3.2.

Capacidad del Sistema de Tratamiento Propuesto

4 PUNTOS

Nivel Superior de Calidad del Agua Tratada producida por la PTAR Caracol, en los parámetros de DBO, SST y Coliformes Fecales, para los que se fijaron límites máximos permisibles de 30 mg/l, 30 mg/l y 1000 NMP/100 ml, respectivamente.

a) Si el Tren de Tratamiento de Agua propuesto por el Concursante cumple los objetivos de calidad de Agua Tratada establecida para todos los parámetros indicados en el Apéndice 2, y además asegura concentraciones iguales o menores a: 20 mg/l de DBO, 20 mg/l de SST y 240 NMP/100

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No. Concepto Calificación

Máxima

ml de Coliformes Fecales, se asignarán 4 (cuatro) puntos, en caso contrario, se asignarán 0 (cero) puntos.

3.3.

Plan de trabajo y programas propuestos por el Concursante

2 PUNTOS

a) Si los programas de inversión y plan de trabajo no cumplen en su totalidad con los requerimientos establecidos en la Convocatoria y sus Anexos, se asignarán 0 (cero) puntos.

b) Si los programas de inversión y plan de trabajo cumplen en su totalidad con los requerimientos establecidos en la Convocatoria y sus Anexos, se asignarán 2 (dos) puntos.

3.4.

Esquema estructural de la organización de los recursos humanos

2 PUNTOS

a) Si la cantidad de personas afectadas y sus perfiles en cada uno de programa de trabajo y/o programa de actividades no es congruente con el desarrollo de cada programa de inversión y de operación considerados en la Propuesta Técnica del Concursante, se asignarán 0 (cero) puntos.

b) Si la cantidad de personas afectadas y sus perfiles en cada uno de programa de trabajo y/o programa de actividades es congruente con el desarrollo de cada programa de inversión y de operación considerados en la Propuesta Técnica del Concursante, se asignarán 2 (dos) puntos.

4. CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS 5 PUNTOS

4.1.

En base a los contratos acreditados por el Concursante según lo requerido por la Convocante, el Concursante deberá entregar en su Propuesta Técnica los documentos que permitan evaluar el cumplimiento de sus obligaciones establecidas en dichos contratos, tales como el documento en el que conste la cancelación de la garantía de cumplimiento respectiva, la manifestación expresa de la contratante sobre el cumplimiento total de las obligaciones contractuales u otro documento con el que se corrobore dicho cumplimiento. Los contratos adicionales que se mencionan a continuación, deberán ser relativos a diseño y construcción u operación y mantenimiento de plantas de tratamiento de aguas residuales municipales.

a) El Concursante acredita el cumplimiento de sus obligaciones contractuales en 1 (un) contrato adicional a los contratos utilizados para comprobar su experiencia y su especialidad, se asignará 1 (un) punto.

1 Punto

b) El Concursante acredita el cumplimiento de sus obligaciones contractuales en 2 (dos) contratos adicionales a los contratos utilizados para comprobar su experiencia y su especialidad, se asignarán 2 (dos) puntos.

2 Puntos

c) El Concursante acredita el cumplimiento de sus obligaciones contractuales en 3 (tres) contratos adicionales a los

3 Puntos

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No. Concepto Calificación

Máxima

contratos utilizados para comprobar su experiencia y su especialidad, se asignarán 3 (tres) puntos.

d) Si de los contratos adicionales al menos 2 de ellos son de PTAR´s en México, se asignarán 2 (dos) puntos adicionales.

2 Puntos

XII.2. En caso de que en su Oferta Técnica el Concursante Revisado se comprometa

a un nivel de calidad superior de Agua Tratada al que se refiere el numeral 3.2 del Cuadro 1 anterior mediante la carta compromiso que se indica en el Apéndice 4, y no aporte los elementos suficientes para acreditar dicho nivel de calidad, la Convocante no asignará los puntos adicionales correspondientes. No obstante lo anterior, en caso de que el Concursante Revisado resultare Concursante Ganador, la obligación del Desarrollador en el CAPP relativa al nivel de calidad de Agua Tratada, será la establecida en el cuadro 5 del Apéndice 2, Aspectos Técnicos.

XII.3. Para efectos de proceder a la evaluación de la Oferta Económica, se considerará el valor presente de la contraprestación total propuesta.

A la Oferta Económica que resulte ser la más baja de las Propuestas Solventes, le será asignada la puntuación máxima de 40 puntos.

Para determinar la puntuación que corresponda a la Oferta Económica de cada Concursante Revisado, la CONAGUA aplicará la siguiente fórmula:

POE = MOEmb x 40 / MOEi.

Donde:

POE = Puntuación que corresponde a la Oferta Económica;

MOEmb = Monto de la Oferta Económica más baja, es decir, el menor valor presente de la Contraprestación Total y

MOEi = Monto de la i-ésima Oferta Económica;

V.3. Para calcular el resultado final de la puntuación que obtuvo cada Propuesta, la CONAGUA aplicará la siguiente fórmula:

PTj = TOT + POE Para toda j = 1, 2,…..,n

Donde:

PTj = Puntuación Total de la Propuesta;

TOT = Total de Puntuación asignada a la Oferta Técnica;

POE = Puntuación asignada a la Oferta Económica, y

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El subíndice “j” representa a las demás Propuestas determinadas solventes como resultado de la evaluación.

XII.4. La Propuesta solvente más conveniente para el Estado, será aquélla que reúna la mayor puntuación, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente por lo que la CONAGUA adjudicará el CAPP al Concursante Revisado titular de dicha Propuesta.

XII.5. En caso de empate, la Convocante optará por el proyecto que ofrezca mayor empleo tanto de los recursos humanos del país, como la utilización de bienes o servicios de procedencia nacional y los propios de la región de que se trate.

XII.6. La Convocante podrá optar por adjudicar el CAPP, aun cuando sólo haya un

Concursante Revisado, siempre y cuando éste cumpla con los requisitos del Concurso y su propuesta sea aceptable para la CONAGUA.

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Cuadro 2

XIII. Indicaciones relativas al fallo y a la firma del CAPP

XIII.1. Fallo

XIII.1.1. Con base en los resultados de las evaluaciones de las Propuestas, la Convocante elaborará un dictamen a fin de fundamentar y motivar la emisión del fallo.

XIII.1.2. Una vez evaluadas las Propuestas por la Convocante, se emitirá el fallo

del Concurso, el cual se realizará en la fecha y hora señaladas en el calendario del Concurso, o bien, en la fecha y hora que se indique en el acto de

1 Evaluación de la Capacidad del Concursante

1.1 Capacidad de los Recursos Humanos. 0 ó 10 X 10.0 X 10.0 10.0

1.2 Capacidad de los Recursos Económicos. 0 ó 10 X 10.0 X 10.0 10.0

1.3Participación de Concursantes que cuenten con trabajadores con

discapacidad.0 ó 0.5 X 0 ó 0.5 0.0 0.5

1.4 Subcontratación de MIPYMES. 0 ó 0.5 X 0 ó 0.5 0.0 0.5

2 Evaluación de la Experiencia y Especialidad

2.1

Contratos que acrediten que el Concursante ha prestado servicios

con las características y condiciones similares a las establecidas en

las Bases.

2.1.1 Experiencia en diseño y construcción de PTARs municipales. 0 ó 5 X 5.0 X 5.0 5.0

2.1.2

Experiencia en construcción de cimentaciones profundas o semi

profundas en suelos con características similares a las del sitio en

que se construirá la PTAR Caracol.

0 ó 5 X 5.0 X 5.0 5.0

2.1.3 Experiencia en Operación y Mantenimiento de PTARs municipales. 0 ó 5 X 5.0 X 5.0 5.0

3 Información Técnica del Proyecto

3.1

Memorias descriptivas y de cálculo, diagramas y planos con la

informacion completa y adecuada para satisfacer los niveles de

servicio, alcances y requisitos establecidos en las Bases.

11 X 11.0 11.0

3.2 Capacidad del Tren de Tratamiento de Agua propuesto. 0 ó 4

Nivel de calidad superior de Agua Tratada producida, en los

parámetros de DBO, SST y CF, para los que se fijaron límites

máximos permisibles de 30 mg/l, 30 mg/l y 1000 NMP/100 ml,

respectivamente.

a) El Tren de Tratamiento de Agua propuesto asegura

concentraciones iguales o menores a: 20 mg/l de DBO, 20 mg/l de

SST y 240 NMP/100 ml de CF, se asignarán 4 (cuatro) puntos.

4.0 0.0 4.0

b) En caso contrario, se asignarán 0 (cero) puntos. 0.0 0.0 0.0

3.3 Plan de trabajo y programas propuestos. 0 ó 2 X 2.0 2.0

3.4Esquema estructural de organización de recursos humanos en el

Período de Inversion y el Período de Operación.0 ó 2 0.0 2.0

4 Cumplimiento de Contratos 0 a 5

a) 1 (un) contrato adicional, se asignará 1 punto, 0 ó 1 X  0 ó 1 0.0 1.0

b) 2 (dos) contratos adicionales, se asignarán 2 puntos, 0 ó 2 X 0 ó 2 0.0 2.0

c) 3 (tres) o más contratos adicionales, se asignarán 3 puntos, 0 ó 3 X 0 ó 3 0.0 3.0

d) Si 2 o más de los contratos adicionales corresponden a PTAR's

en México, se asignarán 2 puntos.0 ó 2 X 0 ó 2 0.0 2.0

Total 35 a 41 48.0 60.0

4.1

Puntos

Revisión

Preliminar

Puntos Eval Técnica

Mínimo MáximoNo. Concepto Puntos

No obtención

de Constancia

de Revisión

Preliminar

Revisión

Preliminar

Causal de

desechamiento

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presentación y apertura de Propuestas, en junta pública, en el domicilio que se indica en II.1.3 de estas Bases, de conformidad con los siguientes lineamientos:

XIII.1.2.1. A la reunión que se celebre para este efecto, podrán asistir los

Concursantes Revisados y los observadores a los que se refiere el numeral II.2 de estas Bases. Los asistentes deberán registrarse en la lista de asistencia e identificarse ante el representante de la Convocante.

XIII.1.2.2. En este mismo acto, la Convocante proporcionará por escrito a los

Concursantes Revisados cuya Propuesta fue desechada las razones del desechamiento.

XIII.1.2.3. Se levantará el acta del fallo del Concurso, que firmarán los Concursantes Revisados asistentes al acto y a quienes se entregará una copia de la misma para efectos de notificación. La falta de firma de algún Concursante Revisado no invalidará su contenido y efectos, poniéndose a partir de esa fecha a disposición de los que no hayan asistido, para efectos de su notificación.

XIII.1.2.4. El acta de fallo contendrá como mínimo los datos de identificación del Concurso, el Concursante Ganador a quien se le adjudicará el CAPP, el Concursante que haya quedado en segundo lugar, el Costo Total del Proyecto, el monto del valor presente de la Contraprestación Total y el monto de la Contraprestación Total, propuestos por los Concursantes Revisados, así como las Propuestas que hayan sido desechadas; los nombres de los Concursantes Revisados de las Propuestas que fueron evaluadas y el resultado de la evaluación por puntos y porcentajes de cada una de ellas; el nombre del Concursante Ganador, lugar, fecha y hora en que se firmará el CAPP y se otorgarán las garantías correspondientes y la fecha programada para el inicio de las Obras del Proyecto.

XIII.1.2.5. Si el Concursante Ganador no se encuentra presente, se le notificará el resultado por escrito, con copia del acta del fallo de la Concurso.

XIII.1.2.6. Las Propuestas desechadas podrán ser devueltas a los Concursantes Revisados que lo soliciten, una vez transcurridos 60 (sesenta) Días contados a partir de la fecha del fallo, o en caso de haberse interpuesto una inconformidad hasta su resolución. Si transcurrido el plazo señalado, los Concursantes no solicitan la devolución de sus Propuestas, éstas podrán ser destruidas.

XIII.1.2.7. Las Propuestas del Concursante Ganador y del Concursante Revisado que haya quedado en segundo lugar, serán las únicas que no podrán devolverse o destruirse y pasarán a formar parte de los expedientes de la Convocante.

XIII.1.2.8. Con la notificación del fallo serán exigibles los derechos y obligaciones establecidos en el modelo del CAPP y obligará a la CONAGUA y al Concursante Ganador, a firmar el CAPP en la fecha, hora y lugar previstos en las Bases.

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XIII.1.2.9. Si el Concursante Ganador no firma el CAPP por causas imputables al

mismo, se hará efectiva la Garantía de Seriedad a la que se refiere el numeral II.8 de estas Bases y, conforme a lo señalado en el párrafo anterior, la CONAGUA, sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicará el CAPP al Concursante Revisado que haya obtenido el segundo lugar, de conformidad con lo asentado en el fallo correspondiente siempre que la diferencia en precio con la propuesta inicialmente ganadora no sea superior al diez por ciento de la Oferta Económica del Concursante Ganador, y así sucesivamente en caso de que este último no acepte la adjudicación.

XIII.1.2.10. El Concursante Ganador a quien se hubiere adjudicado el CAPP no estará obligado a prestar el servicio, si la Convocante, por causas imputables a la misma, no firma el CAPP. En este supuesto, la Convocante, a solicitud escrita del Concursante, cubrirá los gastos no recuperables en que hubiere incurrido para preparar y elaborar su Propuesta, en los mismos términos que para la cancelación se establecen en el numeral ¡Error! No se ncuentra el origen de la referencia. de estas Bases.

XIII.2. Obligaciones del Concursante Ganador

El Concursante Ganador estará obligado a:

XIII.2.1. En su caso, y de haberlo señalado así, constituir el Desarrollador de conformidad con los requisitos que a continuación se señalan.

XIII.2.1.1. Deberá ser una sociedad de propósito específico, de nacionalidad

mexicana con domicilio social y fiscal en los Estados Unidos Mexicanos, constituida de conformidad con la Ley General de Sociedades Mercantiles y/o la Ley del Mercado de Valores.

XIII.2.1.2. La estructura societaria del Desarrollador deberá ser la misma que se

hubiera presentado en el Convenio Consorcial que hubiere presentado para obtener la Constancia de Revisión Preliminar.

XIII.2.1.3. En caso de haber socios extranjeros, se deberá incluir en los estatutos

sociales del Desarrollador una cláusula en la que éstos se consideren como nacionales respecto de la participación que tengan en ésta, así como de los bienes y derechos de los que sea titular el Desarrollador y de los derechos y obligaciones derivados de contratos suscritos por la misma, incluyendo el CAPP. Asimismo se establecerá que los socios extranjeros se obligan a no invocar la protección de su gobierno, bajo pena de perder en beneficio de la Nación Mexicana, los derechos y bienes que se hubieren adquirido.

XIII.2.2. Si el Concursante Ganador es una persona moral de propósito específico constituida para efectos de esta Concurso, deberá de cualquier manera cumplir con los requisitos señalados en el numeral inmediato anterior, debiendo en su

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Bases del Concurso

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caso, modificar sus estatutos sociales para tales efectos antes de la fecha de firma del CAPP.

XIII.2.3. Garantizar a satisfacción de la Convocante el cumplimiento de las obligaciones que le correspondan de conformidad con los Documentos de la Concurso y el CAPP.

XIII.2.4. Realizar todos los actos necesarios para que el Desarrollador suscriba el

CAPP en los términos y condiciones establecidos en el Apéndice 6 Modelo del CAPP de estas Bases. Si por causas atribuibles al Concursante Ganador, el Desarrollador incumple con esta obligación, el primero será sancionado en los términos del artículo 130 de la LAPP.

XIII.2.5. Exhibir a la Convocante los siguientes documentos a más tardar en la

fecha establecida para estos efectos en el calendario del Concurso:

XIII.2.5.1. Escritura constitutiva y estatutos sociales del Desarrollador que cumplan con los lineamientos establecidos en los Documentos del Concurso, con datos de inscripción en el Registro Público de Comercio. En caso de que no se cuente con el Registro Público de Comercio por lo reciente de la creación de la sociedad, se deberá acompañar copia simple del documento de solicitud de registro correspondiente, debiendo informar a la Convocante los datos del registro una vez que cuente con ellos;

XIII.2.5.2. Instrumento público donde consten los poderes con que cuenta el

representante legal del Desarrollador que suscribirá el CAPP. Tratándose de poderes generales deberán acompañar los datos de registro correspondientes. En caso de que no se cuente con el Registro Público de Comercio por lo reciente de su otorgamiento, se procederá en los términos señalados en el inciso anterior;

XIII.2.5.3. Copia del RFC del Desarrollador.

XIII.2.5.4. En su caso, convenio de cesión de derechos de ganador del Concurso que celebren el Concursante Ganador y el Desarrollador.

XIII.2.6. Disposiciones relativas al Desarrollador:

XIII.2.6.1. Los derechos del Desarrollador, derivados del CAPP, podrán cederse total o parcialmente, así como darse en garantía a favor de terceros, o afectarse de cualquier manera, en los términos y condiciones que señale el CAPP, previa autorización de la CONAGUA.

XIII.2.6.2. De igual manera, podrán darse en garantía o transmitirse las acciones

representativas del capital social del Desarrollador, de conformidad con las disposiciones estatutarias aplicables y previa autorización de la CONAGUA.

XIII.2.6.3. El capital social del Desarrollador deberá estar íntegramente suscrito y pagado por las personas y en los porcentajes que hubiere señalado el

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Concursante Ganador para obtener la Constancia de Revisión Preliminar, conforme a lo dispuesto para estos efectos en el Apéndice 4 y en el Convenio Consorcial. Cualquier cambio a la estructura del capital social del Desarrollador deberá ser previamente aprobado por la Convocante.

XIII.2.6.4. Los tenedores del capital social del Desarrollador deberán obligarse con la Convocante respecto de las obligaciones del Desarrollador derivadas del CAPP, en la forma, términos, condiciones y alcances que se establecen en el Apéndice 2 Aspectos Técnicos.

XIII.3. Inicio de vigencia del CAPP

La vigencia del CAPP iniciará una vez que se cumplan las siguientes condiciones suspensivas:

XIII.3.1. El otorgamiento del Título de Concesión del Inmueble en donde se

construirá la PTAR.

XIII.3.2. Firma del contrato de Fideicomiso de Administración con la Institución Fiduciaria que elija el Desarrollador con la previa aprobación de la CONAGUA, mismo que deberá contener los requisitos que se señalan en el Apéndice 7 de las Bases.

XIII.3.3. Suscripción del CAF.

XIV. Inconformidades Los Concursantes podrán presentar inconformidades en contra de los actos de la Concurso ante la Secretaría de la Función Pública, autoridad administrativa competente para ello, y cuyo domicilio es Avenida Insurgentes Sur 1735, colonia Guadalupe Inn, en la Delegación Álvaro Obregón, C.P. 01020 de la ciudad de México, Distrito Federal, teléfono (55) 2000 3000 con la siguiente dirección electrónica de CompraNet:

[email protected]

XV. Formato que facilita y agiliza la presentación y recepción de las Propuestas

Los Concursantes Revisados presentarán fuera de los sobres en los que se contenga su Propuesta, el formato de verificación de la recepción de los documentos que el Concursante Revisado entregue en el acto de presentación y apertura de Propuestas, en relación con los documentos requeridos en las Bases a la Concurso, cuyo formato se adjunta a las presentes Bases como BC-VD.

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XVI. Disposiciones Adicionales

XVI.1. Asesores

La Convocante contrató los servicios de Thompson & Knight Abogados S.C. y AYMA Ingeniería y Consultoría S.A. de C.V. para la elaboración de los Documentos del Concurso, por lo que ningún Concursante podrá solicitar el apoyo, asesoría, colaboración o participación en la preparación de las Propuestas durante el Concurso por dichas personas, sus empleados, funcionarios, asesores, subcontratistas, matrices, filiales o subsidiarias, así como por otras empresas de consultoría nacionales o extranjeras, incluyendo sus empleados, que hayan estado de cualquier modo o momento vinculadas con Thompson & Knight Abogados S.C. y/o con AYMA Ingeniería y Consultoría S.A. de C.V. a partir del día en que fueron contratados por la Convocante, bajo pena de que sea desechada su Propuesta.

XVI.2. Interpretación de los Documentos del Concurso

La CONAGUA será el órgano competente en la esfera administrativa para aplicar e interpretar los términos, condiciones y alcances de los Documentos del Concurso y para resolver cualquier asunto que se presente dentro del Concurso, sin perjuicio de lo dispuesto en las Leyes Aplicables.

XVI.3. Leyes Aplicables La interpretación y cumplimiento del CAPP, de los Documentos del Concurso y del procedimiento de contratación se sujetarán a la LAPP, al RLAPP y a las Leyes Aplicables.

XVI.4. Jurisdicción

Todos los Concursantes, por el simple hecho de adquirir las Bases, se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales de la Ciudad de México, y renuncian al fuero que pudiera corresponderles por razón de su domicilio presente o futuro, nacionalidad o por cualquier otro motivo. Asimismo, aceptan que cualquier acuerdo o disposición contenido en los Documentos del Concurso que sean contrarios a cualquier disposición de orden público en México, se tendrán por no puestas y no afectarán la validez de los demás términos y condiciones de los mismos; en el entendido de que cuando sea legalmente posible, la Convocante llevará a cabo las acciones procedentes para sustituir los términos y condiciones que resultaren inválidos.

XVII. Lista de apéndices y Anexos

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DESCRIPCIÓN

Apéndice 1 Definiciones y Abreviaturas

Apéndice 2 Aspectos Técnicos

Apéndice 3 Aspectos Financieros

Apéndice 4 Contenido de la Revisión Preliminar y de la Oferta Técnica

Apéndice 5 Contenido de la Oferta Económica

Apéndice 6 Modelo del Contrato de Asociación Público Privada

Apéndice 7 Lineamientos del Fideicomiso de Administración

Anexo BC-VD Formato de verificación de documentación

Anexo BC-FP Formato de presentación de preguntas y aclaraciones