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COMISIÓN DE SELECCIÓN DEL ADMINISTRADOR DE LA BASE DE DATOS BASES DEL CONCURSO PROCESO DE SELECCIÓN DEL ADMINISTRADOR DE LA BASE DE DATOS CENTRALIZADA PRINCIPAL

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Administrador de Base de Datos:

COMISIN DE SELECCIN DEL ADMINISTRADOR DE LA BASE DE DATOS

BASES DEL CONCURSO

PROCESO DE SELECCIN DEL ADMINISTRADOR DE LA BASE DE DATOS CENTRALIZADA PRINCIPAL

Febrero 2009

INDICE

51ASPECTOS GENERALES

51.1Convocatoria

51.2Objeto del concurso

51.3Antecedentes

51.4Definiciones

61.5Marco legal del concurso

72PROCEDIMIENTO PARA LA PARTICIPACIN EN EL CONCURSO

72.1Registro de los postores

72.2Agentes autorizados y representante legal

72.2.1Agentes Autorizados

82.2.2Representante Legal

92.3Consultas u observaciones

92.4Circulares

92.5Cronograma del Concurso

92.6Propuestas

92.6.1Forma de presentacin

92.6.2Contenido

102.6.3Validez y vigencia de la oferta

102.6.4Responsabilidad del postor

102.7Recepcin de propuestas y apertura de sobres

102.7.1Sesin de recepcin de los Sobres N 1 y N 2, y de apertura del Sobre N 1

112.7.2Sesin de apertura del Sobre N 2

112.8Criterios de evaluacin de propuestas

122.9Suscripcin del Contrato

122.10Gastos

132.11Reservas

133REQUISITOS DEL POSTOR

133.1Identificacin

133.2Solvencia financiera

143.3Independencia

143.4Experiencia

143.5Nacionalidad

143.6Confidencialidad

143.7Carta fianza de seriedad de la oferta

154REQUISITOS TCNICOS

154.1Descripcin de la solucin tcnica aprobada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC)

154.2Requerimientos funcionales

154.2.1Base de Datos y Archivos

194.2.2VISTAS DE LAS BASES DE DATOS.

194.2.3SISTEMA DE TRANSFERENCIA ELECTRNICO (STE)

294.2.4Gateway de Comunicaciones

324.2.5REPORTES.

324.2.6Rol del Administrador de la Base de Datos Centralizada-Principal (ABDCP)

334.2.7Procesos

334.3Requerimientos generales, de infraestructura, desempeo y calidad de servicio

334.3.1Caractersticas Generales

354.3.2Arquitectura del Hardware

354.3.3Arquitectura del Software

364.3.4Comunicaciones

374.3.5Caractersticas de desempeo y calidad de servicio

384.4Implementacin y Operacin

384.4.1Plan de Implementacin

394.4.2Plan de Pruebas

394.4.3Aceptacin del Sistema

404.4.4Operacin y Mantenimiento

404.4.5Actualizacin y Mantenimiento del Sistema

404.4.6Capacitacin

414.4.7Soporte Tcnico

415CONDICIONES ECONMICAS

425.1Propuesta de precios

425.2Condiciones

425.3Precio Tope por Transaccin de Portabilidad

436ASPECTOS ADICIONALES

436.1Subsanacin de propuestas

436.2Cancelacin del proceso

436.3Proceso desierto

436.4Tributos y alcance de las propuestas

446.5Penalidades

45ANEXO 1: FORMATOS

45FORMATO N 1: CARTA DE PRESENTACIN DEL POSTOR

47FORMATO N 2: DECLARACIN JURADA DE CONSTITUCIN

48FORMATO N 3: DECLARACIN JURADA DE INDEPENDENCIA O DE NO ENCONTRARSE VINCULADA CON LOS CONCESIONARIOS MVILES QUE OPERAN EN EL PER

49FORMATO N 4: DECLARACIN JURADA DE EXPERIENCIA EN PORTABILIDAD

50FORMATO N 5: CARTA COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD

51FORMATO N 6: MODELO DE CARTA FIANZA DE SERIEDAD Y VALIDEZ DE LA OFERTA

52FORMATO N 7: MODELO DE CARTA FIANZA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

53FORMATO N 8: DETALLE DE LAS CONDICIONES DE IMPLEMENTACIN Y MANTENIMIENTO

55ANEXO 2: CONTRATO MODELO

79ANEXO 3: BANCOS INTERNACIONALES DE PRIMERA CATEGORA

95ANEXO 4: NORMATIVA SOBRE PORTABILIDAD

PROCESO DE SELECCIN DEL ADMINISTRADOR DE LA BASE DE DATOS CENTRALIZADA PRINCIPAL

1 ASPECTOS GENERALES

1.1 Convocatoria

La Comisin de Seleccin del Administrador de la Base de Datos -conformada mediante Resolucin de Consejo Directivo N 023-2008-CD/OSIPTEL publicada en el diario oficial El Peruano el 24 de setiembre de 2008- convoca a concurso para seleccionar a una entidad que administre la base de datos centralizada principal de la solucin tcnica denominada All Call Query para la portabilidad numrica en los servicios pblicos mviles.

La presente convocatoria ser publicada en la pgina web institucional del OSIPTEL y por una sola vez en un diario de circulacin nacional.

1.2 Objeto del concurso

El objeto del concurso es seleccionar a una entidad que administre la base de datos centralizada principal de la solucin tcnica denominada All Call Query para la portabilidad numrica en los servicios pblicos mviles.

1.3 Antecedentes

A partir del 01 de enero de 2010 entrar en vigencia en el Per la portabilidad numrica en los servicios pblicos mviles. Para su implementacin se ha definido la solucin tcnica denominada All Call Query - Consulta de Todas las Llamadas con una base de datos centralizada principal y con bases de datos locales correspondientes a cada concesionario mvil.

La base de datos centralizada principal debe ser administrada por una entidad independiente de los concesionarios mviles, por lo que para elegirla se conform la Comisin de Seleccin del Administrador de la Base de Datos, garantizndose as la neutralidad, transparencia y predictibilidad del proceso.

Como parte del proceso se han aprobado las presentes bases del concurso que contienen las reglas aplicables para la seleccin, el detalle de las condiciones de contratacin del servicio y el modelo de contrato que deber ser suscrito por el Administrador de la Base de Datos Centralizada Principal y cada una de las empresas operadoras de los servicios pblicos mviles.

El ganador del concurso deber realizar las implementaciones que sean necesarias para el funcionamiento ptimo de la base de datos centralizada principal que participar en los procedimientos administrativos referentes a la portabilidad de los servicios mviles, de acuerdo a las reglas establecidas en el marco normativo vigente. Asimismo, deber estar en condiciones de participar en la realizacin de las pruebas previstas en el Plan General de Implementacin de la Portabilidad Numrica en los Servicios Pblicos Mviles.

1.4 Definiciones

Se tomarn en cuenta adems de las establecidas en el contrato modelo las siguientes definiciones:

ABDCP: Entidad independiente que administra la base de datos centralizada principal de la portabilidad numrica en los servicios mviles.

Comisin: Comisin de Seleccin del Administrador de la Base de Datos conformada mediante Resolucin de Consejo Directivo N0232008CD/OSIPTEL.

Contrato: Cada uno de los contratos que suscribir el postor que resulte ganador del concurso con los concesionarios mviles.

Control Efectivo: Se entiende que una persona natural o jurdica ostenta o est sujeta al control efectivo de otra persona jurdica o sometida a control comn con sta, cuando:

Existe control, de manera directa o indirecta, de ms del cincuenta por ciento (50%) de su capital social con derecho a voto; o

Existe, de manera directa o indirecta, una representacin en su directorio u rgano equivalente, superior al cincuenta por ciento (50%) de sus integrantes; o

Por cualquier otro mecanismo o circunstancia (contractual o legal), controla el poder de decisin en la otra empresa de manera efectiva.

Empresa Afiliada: Es aquella empresa que tiene una matriz comn.

Empresa Matriz: Es aquella empresa que posee el control efectivo de otra. Tambin est considerada en esta definicin aquella empresa que posee el control efectivo de una empresa matriz, tal como sta ha sido definida, y as sucesivamente.

Empresa Subsidiaria: Es aquella empresa cuyo control efectivo es ejercido por otra empresa.

Empresa Vinculada: Se considerar como tal a cualquier empresa afiliada o subsidiaria.

Postor: Participante en el proceso de seleccin del administrador de la base de datos centralizada principal debidamente registrado.

1.5 Marco legal del concurso

El 02 de febrero de 2007 se public en el diario oficial El Peruano el Decreto Supremo N 003-2007-MTC que incorpor el Ttulo I Lineamientos para Desarrollar y Consolidar la Competencia y la Expansin de los Servicios de Telecomunicaciones en el Per al Decreto Supremo N 020-98-MTC. El numeral 12 establece que, a efectos de promover la competencia en beneficio de los usuarios mviles, a partir del ao 2010 se implementar la portabilidad numrica en los servicios mviles.

El 04 de abril de 2007 se public en el diario oficial El Peruano la Ley N 28999, Ley de Portabilidad Numrica en los Servicios Mviles. El artculo 1 consagra el derecho de todo usuario a mantener su nmero mvil aun cuando cambie de empresa operadora del servicio mvil y el artculo 2 otorga fuerza de ley al numeral 12 de la norma citada en el prrafo anterior y dispone que la portabilidad entrar en vigencia el 01 de enero de 2010.

El 18 de noviembre de 2007 se public en el diario oficial El Peruano el Decreto Supremo N 040-2007-MTC que aprob las Condiciones para la Implementacin de la Portabilidad Numrica de los Servicios Pblicos Mviles en el Pas. El artculo 2 dispone que su implementacin ser de aplicacin y observancia obligatoria en todo el territorio nacional por los operadores del servicio pblico mvil; asimismo, el artculo 6 establece que tal implementacin se realizar en tres etapas: eleccin de la solucin tcnica, determinacin de las especificaciones y realizacin de pruebas.

El 14 de mayo de 2008 se public en el diario oficial El Peruano la Resolucin Ministerial N 378-2008-MTC-03 que aprob la solucin tcnica de la portabilidad numrica de los servicios pblicos mviles, denominada All Call Query- Consulta de Todas las Llamadas con una base de datos centralizada principal y con bases de datos locales correspondientes a cada operador mvil. Acorde con el artculo 2, la Base de Datos Centralizada - Principal ser administrada por una entidad independiente de los operadores mviles y el OSIPTEL aprobar los procedimientos, directrices y otros aspectos relacionados con la implementacin y operacin de dicha base de datos.

El 24 de setiembre de 2008 se public en el diario oficial El Peruano la Resolucin de Consejo Directivo N 023-2008-CD-OSIPTEL que conform la Comisin de Seleccin del Administrador de la Base de Datos Centralizada Principal, dentro del marco de la implementacin de la portabilidad numrica en los servicios pblicos mviles.

El 01 de enero de 2009 se public en el diario oficial El Peruano la Resolucin de Consejo Directivo N 044-2008-CD-OSIPTEL, que aprob el Reglamento de Portabilidad Numrica en los Servicios Pblicos Mviles.

El 07 de enero de 2009 se public en el diario oficial El Peruano la Resolucin Viceministerial N 784-2008-MTC/03, que aprob el Plan General de Implementacin de la Portabilidad Numrica en los Servicios Pblicos Mviles.

2 PROCEDIMIENTO PARA LA PARTICIPACIN EN EL CONCURSO

2.1 Registro de los postores

Los interesados en participar debern registrarse mediante el envo de una solicitud, la misma que podr ser remitida por cualquiera de las siguientes vas:

a) A la siguiente direccin electrnica: [email protected].

b) Al siguiente nmero de fax: 4751816.

c) A las oficinas del OSIPTEL, ubicadas en calle de La Prosa N 136 San Borja, Lima, Per.

La solicitud deber contener la denominacin o razn social del postor, el nombre y documento legal de identificacin de los agentes autorizados, domicilio, direccin de correo electrnico y nmero telefnico. Asimismo, a dicha solicitud se deber adjuntar los poderes con las formalidades requeridas en los acpites 2.2.1 2.2.2, segn corresponda.

2.2 Agentes autorizados y representante legal

2.2.1 Agentes Autorizados

Cada postor podr designar hasta dos personas naturales, con domicilio comn en la ciudad de Lima o Callao, como sus agentes autorizados a efectos del concurso. Su designacin deber hacerse mediante una carta poder simple suscrita por el representante legal del postor, en la cual se seale expresamente sus facultades, la cual deber estar dirigida a la Comisin.

Los agentes autorizados debidamente designados podrn actuar individual o conjuntamente y sern las nicas personas facultadas por el postor, para:

a) Representar al postor ante la Comisin durante todo el proceso, sobre todos los asuntos que no sean de competencia exclusiva del representante legal de acuerdo con el acpite 2.2.2.

b) Responder, en nombre del postor y con efecto vinculante para su poderdante, todas las preguntas que, de ser el caso, la Comisin formule.

c) Recibir notificaciones.

Todas las comunicaciones dirigidas al postor se realizarn a cualquiera de los agentes autorizados a la direccin electrnica materia de la solicitud de registro a que se refiere el 2.1 y al domicilio a que se refiere el primer prrafo del presente acpite.

El postor, previa comunicacin escrita dirigida a la Comisin, podr sustituir a cualquiera de los agentes autorizados, en cualquier momento, o variar el domicilio, nmero telefnico o direccin de correo electrnico sealados para los agentes autorizados debindose tener en cuenta que el nuevo domicilio debe ser fijado dentro de la ciudad de Lima o Callao. La designacin de los agentes autorizados o la variacin de su domicilio, telfono o correo electrnico, segn sea el caso, surtir efectos a partir del da hbil siguiente de la fecha en que la Comisin reciba la comunicacin.

2.2.2 Representante Legal

Cada postor podr designar hasta dos representantes legales para que lo representen individual o conjuntamente. Los documentos presentados en los Sobres N 1 y N 2 y, en general, todos los documentos que un postor presente con relacin al concurso, debern estar firmados por su o sus representantes legales que se encuentren debidamente facultados al efecto, de conformidad con lo dispuesto en este acpite.

El poder mediante el cual se nombre a los representantes legales deber contener las facultades otorgadas a cada uno de ellos, las cuales debern ser lo suficientemente amplias como para que cualquiera pueda firmar, en nombre y representacin de su poderdante, todos los documentos que as requieran las bases, incluyendo el contrato.

El nombramiento de un nuevo representante legal slo entrar en vigor a partir de la fecha en que la Comisin reciba los documentos que comuniquen dicho nombramiento.

Las formalidades exigidas para los poderes del representante legal sern las siguientes:

d) En el caso de los poderes otorgados en el Per: Copia de la escritura pblica donde consta el poder otorgado o copia certificada notarialmente del documento emitido por el rgano societario donde consta el poder otorgado.

e) En el caso de los poderes otorgados en el extranjero: Constancia de inicio del procedimiento para la inscripcin registral de los poderes en la Oficina Registral de Lima y Callao, debiendo adjuntarse la documentacin presentada a dicha oficina as como la traduccin oficial al castellano, en caso de haberse emitido en idioma distinto.

El postor que resulte ganador del concurso deber presentar la documentacin que acredite la inscripcin registral de los poderes en la Oficina Registral de Lima y Callao, previamente a la suscripcin del contrato.

2.3 Consultas u observaciones

Los postores podrn efectuar consultas u observaciones respecto de las bases del concurso por cualquiera de las vas sealadas en el acpite 2.1. Estas consultas u observaciones debern ser formuladas en idioma castellano.

De considerarlo pertinente, la Comisin podr invitar a todos los postores a una reunin destinada a aclarar el sentido de las consultas u observaciones realizadas.

2.4 Circulares

Las consultas u observaciones formuladas oportunamente por los postores sern absueltas por la Comisin a travs de circulares que formarn parte integrante de las presentes bases y que sern comunicadas a los postores. La Comisin no se encuentra obligada a absolver las consultas u observaciones presentadas extemporneamente.

Adicionalmente, de considerarlo pertinente, la Comisin podr emitir circulares aun cuando no medie consulta u observacin alguna a fin de aclarar precisar, ampliar o modificar las bases.

2.5 Cronograma del Concurso

FechaHora local Per (GMT-5:00)Actividad

16 de febrero de 2009--------Publicacin de las bases del concurso.

Hasta el 23 de febrero de 2009--------Registro de los postores.

Hasta el 02 de marzo de 2009--------Formulacin de consultas u observaciones.

Hasta el 09 de marzo de 2009--------Comunicacin de circulares.

23 de marzo de 200909:30Recepcin de propuestas y sesin de apertura del Sobre N 1.

Hasta el 27 de marzo de 2009--------Evaluacin de propuestas.

30 de marzo de 200909:30Sesin de apertura del Sobre N 2 y notificacin del Otorgamiento de la Buena Pro.

Hasta el 15 de abril de 2009Suscripcin del Contrato.

El registro de los postores y la formulacin de consultas u observaciones que se presenten en las oficinas del OSIPTEL, se realizarn entre las 08:00 y las 16:00 hora local del Per (GMT -5:00).

2.6 Propuestas

2.6.1 Forma de presentacin

Los postores debern presentar su propuesta por escrito en idioma castellano, sin tachaduras ni enmendaduras, debidamente foliada y debidamente suscrita por el representante legal del postor en cada folio.

Los documentos en idioma distinto al castellano debern ser acompaados por su correspondiente traduccin oficial, con excepcin de los folletos tcnicos o manuales de instruccin de equipos que podrn ser entregados en ingls.

2.6.2 Contenido

La propuesta deber presentarse en dos sobres cerrados en cuyo exterior se especifique el postor al que pertenece y el nmero de sobre correspondiente segn el siguiente detalle:

f) Sobre N 1 con los requisitos del postor y con los requisitos tcnicos, de acuerdo a lo establecido en los acpites 3 y 4.

g) Sobre N 2 con las condiciones econmicas, de acuerdo a lo establecido en el acpite 5.

2.6.3 Validez y vigencia de la oferta

Las ofertas presentadas por los postores en el proceso de seleccin debern tener validez hasta la fecha de suscripcin del contrato con el postor que resulte ganador del concurso.

2.6.4 Responsabilidad del postor

El postor ser el nico responsable ante la Comisin de la propuesta presentada. En caso la propuesta sea desarrollada por otros proveedores y/o subcontratistas, la responsabilidad de estos ser nicamente con el postor; sin embargo, las funciones de los proveedores y/o subcontratistas debern ser claramente designadas e identificadas.

Todos los postores debern basar su decisin de presentar su propuesta en sus propias investigaciones, exmenes, anlisis y conclusiones sobre la informacin disponible y la que de manera particular haya procurado, a su propio costo y entero riesgo.

2.7 Recepcin de propuestas y apertura de sobres

2.7.1 Sesin de recepcin de los Sobres N 1 y N 2, y de apertura del Sobre N 1

La sesin de recepcin de propuestas y apertura del Sobre N 1 se realizar ante la Comisin y en presencia de notario pblico en la fecha y hora sealada en el cronograma en las oficinas del OSIPTEL, conforme con lo siguiente:

a) Debern asistir los agentes autorizados de los postores que se hayan registrado de conformidad con el numeral 2.1.

b) El Presidente de la Comisin solicitar, en estricto orden alfabtico a cada uno de los postores registrados, la entrega de su propuesta conforme a lo establecido en el numeral 2.6.

c) En caso el participante no se encuentre presente al momento de ser llamado y no entregue la informacin de su propuesta conforme a lo establecido en el numeral 2.6, quedar descalificado y no podr continuar con el presente procedimiento.

d) El Sobre N 2 correspondiente a la propuesta de cada uno de los postores deber ser rubricado por el notario pblico y por el Presidente de la Comisin, el cual deber permanecer en custodia de dicho notario pblico hasta la sesin de apertura correspondiente.

e) El Presidente de la Comisin proceder a la apertura del Sobre N 1 de cada uno de los postores, solicitando en el mismo acto que el notario pblico rubrique todas y cada una de las hojas de la propuesta contenida en el sobre sealado.

f) Se levantar un acta cerrando la sesin celebrada ese da, la misma que deber ser firmada por los miembros de la Comisin y de los asistentes que as lo soliciten; de lo cual dar fe el notario pblico. Para todos los efectos correspondientes, nicamente ser vlido el contenido del acta.

2.7.2 Sesin de apertura del Sobre N 2

La sesin de apertura del Sobre N 2 se realizar ante la Comisin y en presencia de notario pblico en la fecha y hora sealada en el cronograma en las oficinas del OSIPTEL, conforme con lo siguiente:

a) Debern asistir los agentes autorizados de los postores que hayan presentado los Sobres N 1 y N 2 de conformidad con el numeral 2.7.1.

b) El Presidente de la Comisin informar el resultado de la evaluacin del contenido del Sobre N 1, indicando los postores que hayan sido descalificados, a quienes se les devolver la documentacin que hayan presentado como propuesta, incluyendo el Sobre N 2 cerrado, y se les informar las causas de su descalificacin conforme a lo establecido en el numeral 2.8.

c) El Presidente de la Comisin proceder, en estricto orden alfabtico, a la apertura del Sobre N 2 de cada uno de los postores que hasta ese momento no hayan sido descalificados, solicitando en el mismo acto que el notario rubrique todas y cada una de las hojas de la propuesta contenida en el sobre sealado.

d) El Presidente de la Comisin, suspender la reunin por un periodo razonable, para la evaluacin del contenido del Sobre N 2.

e) Transcurrido el periodo sealado en el literal precedente, el Presidente de la Comisin informar el resultado de la evaluacin indicando el nombre del postor ganador.

f) A los postores que no hayan sido elegidos se les informar las causas por las cuales su propuesta no fue elegida; asimismo, se les devolver la documentacin que hayan presentado como propuesta, a excepcin del postor que hubiera quedado en segundo lugar a quien se le devolvern los documentos con posterioridad a la suscripcin del contrato.

g) Se levantar un acta cerrando la sesin celebrada ese da, la misma que deber ser firmada por los miembros de la Comisin y de los asistentes que as lo soliciten; de lo cual dar fe el notario pblico. Para todos los efectos correspondientes, nicamente ser valido el contenido del acta.

2.8 Criterios de evaluacin de propuestas

La evaluacin de la propuesta contenida en los sobres estar a cargo de la Comisin, la cual se realizar en dos etapas:

Etapa 1: Evaluacin de los Requisitos del Postor y los Requisitos Tcnicos.

En esta etapa se evaluar que los postores cumplan con los requisitos sealados en los acpites 3 y 4. Los postores que no cumplan con dichos requisitos sern descalificados.

Etapa 2: Evaluacin de las Condiciones Econmicas.

En esta etapa se determinar al postor ganador del concurso que ser el que presente la propuesta econmica ms baja de acuerdo a lo siguiente:

ConceptoPonderador

PT= Tramitacin de la solicitud de portabilidad90%

PV= Verificacin de la objecin de la solicitud de portabilidad 7%

PR= Retorno de portabilidad2%

PG= Gateway de Comunicaciones1%

Se considerar como propuesta econmica ms baja aquella cuyo precio presente el menor valor de conformidad con lo siguiente:

Precio = PT*0.90 + PV*0.07 + PR*0.02 + PG*0.01

En caso que como resultado de la frmula anterior se tengan precios idnticos, se escoger al postor que haya propuesto el menor precio de gateway de comunicaciones. En caso de un nuevo empate, se escoger al postor que haya propuesto el menor precio por la tramitacin de la solicitud de portabilidad. En caso de un nuevo empate, se escoger al postor que tenga ms experiencia y, de subsistir el empate, se escoger al que tenga mayor capital social.

2.9 Suscripcin del Contrato

Dentro del plazo establecido en el cronograma, el postor ganador deber suscribir un contrato con cada uno de los concesionarios mviles que operan en el Per, conforme al modelo de contrato que forma parte de las presentes bases. Adicionalmente, el postor ganador deber suscribir contratos adicionales con cada uno de los concesionarios mviles que con posterioridad entren al mercado.

La Comisin y el postor ganador podrn, de comn acuerdo, modificar los trminos y condiciones antes de la celebracin del contrato, siempre y cuando no se vulneren las disposiciones contenidas en el marco normativo vigente, ni lo establecido en el acpite 5.

Para efectos de la suscripcin del contrato, el postor ganador deber presentar el mismo da fijado para dicho acto:

a) Documentacin que acredite la inscripcin registral de los poderes del representante legal en la Oficina Registral de Lima y Callao.

b) Documentacin que acredite la inscripcin registral de la constitucin de la empresa en la Oficina Registral de Lima y Callao o, en su defecto, el inicio del procedimiento para tal inscripcin debiendo adjuntarse la documentacin presentada a dicha oficina.

c) Carta fianza en original a favor de cada uno de los concesionarios mviles, conforme con el Formato N 7 por Quinientos Mil y 00/100 Dlares de los Estados Unidos de Amrica (US$ 500 000.00), emitida por un banco nacional o por un banco internacional de primera categora de acuerdo a la lista emitida por el Banco Central de Reserva del Per, Circular N 047-2008-BCRP, publicada en el diario oficial El Peruano el 16 de noviembre de 2008 (Anexo N 3). Dicha garanta deber tener vigencia hasta por un ao luego de vencido el plazo del contrato o resuelto el mismo. La carta fianza deber ser solidaria, incondicional, irrevocable, sin beneficio de excusin, ni divisin y de realizacin automtica a favor de cada uno de los concesionarios mviles.

En caso el postor ganador se niegue a firmar el contrato, la Comisin podr elegir al postor que hubiera quedado en segundo lugar, siempre que haya cumplido con la totalidad de los requerimientos de este documento, o bien asignarlo a travs de un mecanismo distinto.

2.10 Gastos

Los postores debern sufragar los gastos, costos, derechos e impuestos, as como cualquier importe derivado de su participacin en el presente proceso; por lo tanto, no podrn reclamar a la Comisin o a sus integrantes, ni al OSIPTEL, ni a los concesionarios mviles, cantidad alguna derivada de su participacin.

El postor ganador deber sufragar los gastos en que se hubiera incurrido para el proceso de seleccin, tales como la contratacin del notario para las sesiones de apertura de sobres y para la suscripcin del contrato con los concesionarios mviles, a ms tardar dentro de los quince (15) das calendarios de la suscripcin del contrato.

2.11 Reservas

La Comisin se reserva el derecho de:

a) Verificar la veracidad de los documentos y de la informacin presentada por los postores, as como la factibilidad de sus propuestas.

b) Revisar y evaluar por si misma y/o a travs de terceros independientes a los postores, previa suscripcin de un convenio de confidencialidad, la informacin contenida en las propuestas.

c) Conservar copia de la informacin contenida en las propuestas, que durante el procedimiento haya sido analizada.

d) Descalificar a un o varios postores.

e) Rechazar una o varias propuestas.

f) Cancelar el concurso.

g) Declarar desierto el concurso.

h) En caso el procedimiento se declare desierto, elegir al administrador de la base de datos centralizada principal a travs de un mecanismo distinto.

i) Interpretar el presente documento y resolver cualquier aspecto no previsto, para todos los efectos a que haya lugar.

La Comisin, ni el OSIPTEL, ni los concesionarios mviles sern responsables bajo ningn trmino, por ninguno de los hechos establecidos en el presente numeral.

3 REQUISITOS DEL POSTOR

3.1 Identificacin

Los postores debern presentar la siguiente documentacin:

a) Carta de presentacin suscrita en original por el representante legal del postor, incluyendo declaracin jurada de presentacin de informacin fidedigna. La carta se presentar de acuerdo con el Formato N 1.

b) Declaracin Jurada de Constitucin de la empresa presentada y suscrita en original por el representante legal, de acuerdo al Formato N 2.

3.2 Solvencia financiera

Los postores debern presentar copia de los estados financieros auditados, debidamente firmados por el representante legal y el contador, con su respectivo balance de comprobacin y las notas a los estados financieros, correspondiente al ao 2008. En caso que el postor no cuente con estados financieros auditados correspondientes al ao 2008, podr presentar copia de los mismos sin auditar, con las formalidades y requisitos indicados precedentemente.

El postor deber acreditar contar con un capital social de por lo menos Dos Millones y 00/100 Dlares de los Estados Unidos de Amrica (US$ 2 000 000.00) o su equivalente en moneda nacional.

3.3 Independencia

Los postores debern presentar una Declaracin Jurada de independencia o de no encontrarse vinculada con concesionarios mviles que operan en el Per, de acuerdo al Formato N 3.

La Comisin ser la encargada de determinar la falta de independencia de alguno de los postores durante el proceso de seleccin. Una vez suscrito el contrato, la falta de independencia ser determinada por el OSIPTEL.

3.4 Experiencia

Los postores debern contar con al menos tres aos de experiencia en la prestacin de servicios como administrador de la base de datos centralizada para la portabilidad numrica, presentando certificaciones expedidas por un mnimo de dos entidades, sean organismos reguladores u operadores de telecomunicaciones a los que le est proveyendo el servicio, de los lugares en los cuales hubieran prestado estos servicios. Tales certificaciones debern estar suscritas por el presidente o representante legal de la entidad declarante y sellada con los correspondientes sellos corporativos.

Las certificaciones acreditarn la experiencia de los postores y debern:

a) Contener la descripcin de los servicios prestados y/o sistemas instalados.

b) Incluir el tiempo de operacin de estos servicios o sistemas.

c) Adicionalmente, los postores debern presentar una declaracin jurada con el detalle de la experiencia, de acuerdo al Formato N 4.

3.5 Nacionalidad

Los postores debern ser personas jurdicas, debidamente constituidas en el Per o en el extranjero o consorcios. En el caso de personas jurdicas constituidas en el extranjero, debern presentar una carta compromiso mediante la cual se obliguen a inscribirse en la Oficina Registral de Lima y Callao y a ratificar los contratos, dentro del plazo de dos (2) meses posteriores a su suscripcin.

3.6 Confidencialidad

Los postores debern presentar una carta compromiso en la que se obliguen a mantener en estricta confidencialidad la informacin y documentacin que conozcan o a la que tengan acceso con motivo del desarrollo del presente proceso. En el mismo documento los postores se obligarn a no emitir publicidad, boletines informativos, ni conceder entrevistas con relacin al proceso de seleccin.

La carta compromiso se presentar de acuerdo al Formato N 5.

La violacin de la obligacin de confidencialidad y difusin ser causa de descalificacin, sin perjuicio de las acciones legales que los concesionarios mviles puedan interponer en su contra.

3.7 Carta fianza de seriedad de la oferta

Los postores debern presentar, en original, una carta fianza a favor de cada uno de los concesionarios mviles por Ciento Sesenta y Cinco Mil y 00/100 Dlares de los Estados Unidos de Amrica (US$ 165 000.00), emitida por un banco nacional o por un banco internacional de primera categora de acuerdo a la lista emitida por el Banco Central de Reserva del Per (Anexo N 3), como garanta del compromiso asumido, conforme con el Formato N 6. La carta fianza deber ser solidaria, incondicional, irrevocable, sin beneficio de excusin, ni divisin y de realizacin automtica.

Dicha garanta deber encontrarse vigente desde la fecha de presentacin de la propuesta hasta la fecha de suscripcin del contrato. En el caso del postor ganador, si se tratara de una persona jurdica extranjera, la garanta deber encontrarse vigente hasta la fecha en que se ratifique el contrato, de acuerdo a lo establecido en el acpite 3.5.

4 REQUISITOS TCNICOS

4.1 Descripcin de la solucin tcnica aprobada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC)

Mediante Resolucin Ministerial N3782008MTC/03 el MTC aprob la solucin tcnica de portabilidad numrica en servicios pblicos mviles denominada All Call Query Consulta de todas las llamadas con una base de datos centralizada principal y con base de datos locales correspondientes a cada concesionario mvil.

En esta solucin tcnica todas las llamadas destinadas a usuarios mviles sern consultadas a una base de datos local correspondiente a cada operador del servicio pblico mvil para determinar el operador al que pertenece dicho usuario. Las bases de datos locales se actualizarn peridicamente desde la Base de Datos Centralizada Principal comn a todos los concesionarios mviles.

La Base de Datos Centralizada Principal concentrar la informacin de todos los nmeros portados y se sincronizar con las bases de datos locales de los concesionarios mviles y de los concesionarios distintos a los mviles que elijan esta opcin, de tal manera que se asegure que las llamadas sean correctamente enrutadas despus de la ejecucin de la portabilidad.

La Resolucin Ministerial N3782008MTC/03 estableci tambin que los concesionarios distintos a los mviles, a fin de encaminar en forma adecuada las comunicaciones originadas en sus usuarios con destino a abonados del servicio pblico mvil, tendrn la opcin de elegir de acuerdo a sus requerimientos y posibilidades:

i. Utilizar la informacin de numeracin recibida a travs de su relacin de interconexin, para que sea programada directamente en sus redes.

ii. Interactuar con la base de datos locales de los concesionarios mviles a travs de una pgina web, que asegure la confidencialidad de la informacin.

iii. Instalar lneas dedicadas para tener acceso a la base de datos principal.

El Postor deber describir de forma amplia y detallada la propuesta de requerimientos tcnicos que permitan la implementacin de la solucin tcnica aprobada por el MTC para la portabilidad. En caso de existir informacin que pudiera ser relevante de manera enunciativa mas no limitativa, versiones, funciones, servicios, sistemas operativos, protocolos, equipos, sistemas de seguridad, medios de comunicacin, deber ser incluida y referenciada con claridad.

La propuesta deber cumplir con lo siguiente:

4.2 Requerimientos funcionales

4.2.1 Base de Datos y Archivos

En general se definen 6 Bases de Datos y/o Archivos que sern utilizados en el proceso de Portabilidad. Las bases de datos y archivos definidos en esta seccin son de carcter lgico, debiendo el Postor formular la estructura fsica correspondiente. El mecanismo de acceso a dichas bases de datos por parte de los concesionarios mviles es por medio de una lnea dedicada, sobre la cual tambin deber de funcionar el sistema electrnico de transferencia (STE) definido en el numeral: 4.2.3, as mismo todo ingreso a la base de datos para cualquier operacin, deber de ser registrada en la Base de Datos de Ocurrencias, definido en el numeral: 4.2.1.6.

4.2.1.1 Base de Datos Histrica:

Deber contener toda la informacin de las transacciones entre los concesionarios mviles y el ABDCP. Los campos mnimos requeridos para esta Base de Datos son:

NumSolSe refiere al nmero de solicitud asignado por el ABDCP para la realizacin del trmite de que se trate.

TrmiteEste campo puede tomar los valores de:

Solicitud: para solicitudes de Portabilidad de los nmeros mviles.

Retorno: para solicitudes que tengan por objeto revertir la Portabilidad.

SolicitudNMovilNmero Mvil a Portarse.

ModalidadModalidad de contratacin: Prepago/Postpago.

ReceptorCdigo de Concesionario Receptor.

CedenteCdigo de Concesionario Cedente.

FyH SolicitudFecha (dd/mm/aaaa) y hora (hh:mm:ss) de ingreso al STE de la solicitud de portabilidad.

Estado

SolicitudEstado que guarda el proceso de Portabilidad: Iniciado/Exitoso/Rechazado/Admitido por ABDCP/Validacin de ABDCP/Verificacin Cedente/Objecin Cedente / Objecin Procedente/Programado.

El ABDCP deber de contemplar en su sistema, la capacidad de contar con esta informacin actualizada en lnea.

Rechazo ABDCPCausa por la que se rechaz la solicitud de portabilidad de conformidad con el catlogo.

FyH Rechazo ABDCPFecha (dd/mm/aaaa) y hora (hh:mm:ss) en que se rechaz la solicitud de portabilidad por el ABDCP.

Rechazo CedenteCausa de rechazo por parte del Concesionario Cedente de conformidad con el catlogo.

FyH Rechazo CedenteFecha (dd/mm/aaaa) y hora (hh:mm:ss) en que se rechaz la solicitud de portabilidad por el concesionario cedente.

Rechazo DenegadoCausa de improcedencia del rechazo de conformidad con el catlogo.

FyH ListaFecha (dd/mm/aaaa) y hora (hh:mm:ss) en la que la solicitud de portabilidad est lista para ser programada.

FyH ProgFecha (dd/mm/aaaa) y hora (hh:mm:ss) en que se program la Portabilidad.

FyH EjecFecha (dd/mm/aaaa) y hora (hh:mm:ss) en que se ejecut la Portabilidad.

RetornoFyH RetornoFecha (dd/mm/aaaa) y hora (hh:mm:ss) en que se inicia el proceso de retorno.

NMovilNmero Mvil para el que se solicita la retorno.

Numero OriginalNmero de Solicitud mediante la cual se port(aron) el(los) nmero(s).

FyH EjecucinFecha (dd/mm/aaaa) y hora (hh:mm:ss) en que se ejecut la Portabilidad.

ReceptorCdigo de Concesionario Receptor que realiz la Portabilidad

CedenteCdigo de Concesionario Cedente/Asignatario.

Estado RetornoEstado de la solicitud de retorno: Procedente/Improcedente/En proceso.

CausaCausa por la que se declara procedente/improcedente el retorno de conformidad con el catlogo.

FERFecha en que se ejecut la retorno.

La Base de Datos Histrica deber tener la capacidad de almacenar las transacciones por un periodo de 3 aos. Cabe destacar que existe la posibilidad de tener varios registros para una solicitud, dado que se puede tener varios nmeros mviles por solicitud.

Asimismo, el Postor deber permitir que el OSIPTEL tenga acceso sin restricciones a los registros de la Base de Datos Histrica. Mientras que los concesionarios mviles, tendrn acceso restringido (slo consulta) a sta y slo a los registros en los que stos hayan participado como Concesionarios Receptores o Concesionarios Cedentes.

4.2.1.2 Archivo de nmeros a portarse.

Los campos mnimos requeridos para esta base de datos son:

Fecha Fecha en que el ABDCP cre el Archivo.

NumeroLa cantidad de Registros que contiene el Archivo.

NumSolSe refiere al nmero de solicitud asignado por el ABDCP para la realizacin del trmite de que se trate.

NMovilNmero Mvil.

FyH EjecucinFecha y Hora de Ejecucin de la Portabilidad

ReceptorCdigo de Concesionario Receptor.

CedenteCdigo de Concesionario Cedente.

El archivo es un archivo nico por da, el cual se generar en formato de texto plano comprimidos y contar con mecanismos que permitan identificar y verificar la integridad de la informacin.

Este archivo deber generarse diariamente en das hbiles y conservarse por 7 das calendario, existan o no registros. Una vez que cada archivo termine su periodo en lnea, se almacenar en una copia de respaldo.

Los archivos que se encuentren en lnea para consulta en el plazo establecido en el prrafo anterior, estarn disponibles en una sola direccin IP privada (no utilizando redes pblicas) y el sistema se encargar de determinar el nodo del cual se obtiene.

Cabe mencionar que este archivo y del numeral siguiente, contemplan aquellos que permitirn actualizar las bases de datos de las concesionarias mviles y las distintas a los mviles, para garantizar el correcto enrutamiento.4.2.1.3 Archivo de nmeros que regresen al Concesionario Asignatario.

Los campos mnimos requeridos para esta Base de Datos son:

Fecha Fecha en que fue creado el Archivo por el ABDCP.

NumeroLa cantidad de Registros contenidos en el Archivo.

NMovilNmero Mvil a ser Retornado.

Fecha y Hora Programacin des habilitacinFecha de Programacin para la deshabilitacin.

Fecha y Hora Ejecucin deshabilitacinFecha y Hora de Ejecucin de la deshabilitacin.

Fecha y Hora ComunicacinFecha y Hora de comunicacin al asignatario.

ReceptorCdigo de Concesionario Receptor encargado de notificar el Retorno.

AsignatarioCdigo de Concesionario Asignatario

Este archivo es nico por da y se generar en formato de texto plano comprimidos y contar con mecanismos que permitan identificar y verificar la integridad de la informacin.

Este archivo deber generarse diariamente en das hbiles y conservarse por 7 das calendario, existan o no registros. Una vez que cada archivo termine su periodo en lnea, se almacenar en una copia de respaldo.

Los archivos que se encuentren en lnea para consulta en el plazo establecido en el prrafo anterior, estarn disponibles en una sola direccin IP privada (no utilizando redes pblicas) y el sistema se encargar de determinar el nodo del cual se obtiene. 4.2.1.4 Base de Datos Administrativa.

Los campos mnimos requeridos para esta Base de Datos son:

Fecha Fecha en que el ABDCP actualiz la Base de Datos.

NumeroLa cantidad de Registros incluidos en la Base de Datos.

NumSolNmero de solicitud asignado para la realizacin del trmite.

NMovilNmero Mvil.

Fecha y Hora Programacin PortabilidadFecha y Hora de Programacin de la Portabilidad

ReceptorCdigo de Concesionario Receptor.

CedenteCdigo de Concesionario Cedente.

La Base de Datos Administrativa deber tener la capacidad de almacenar y actualizar todos los registros de los nmeros mviles portados. Esta informacin deber generarse diariamente en das hbiles.

Asimismo, deber permitir que los concesionarios de servicios pblicos de telecomunicaciones obtengan la informacin de esta Base de Datos.

4.2.1.5 Base de Datos de Documentacin.

Los campos mnimos requeridos para esta Base de Datos son:

NumSolSe refiere al nmero de solicitud asignado por el ABDCP para la realizacin del trmite de que se trate.

FormatoLa versin electrnica del Formato de solicitud de portabilidad.

FacturaLa versin electrnica del ltimo recibo entregado por el Concesionario Cedente.

PagoLa versin electrnica de la constancia de pago del ltimo recibo entregado por el Concesionario Cedente.

Documento de identidadEl nmero del documento legal de identidad del abonado.

Esta Base de Datos, se almacenar por un perodo mnimo de treinta y seis (36) meses siguientes finalizado el proceso de Portabilidad.

4.2.1.6 Base de Datos de Ocurrencias.

Los campos mnimos requeridos para esta Base de Datos son:

Fecha y HoraFecha y Hora de la Ocurrencia.

IDIdentificador del Concesionario, e IDs especiales para el ABDCP y el OSIPTEL

Accin RealizadaSe refiere a la accin realizada por el concesionario que accedi a la base de datos, puede ser inicio de sesin, transferencia de archivo, envo de solicitud, etc. Es el equivalente a un archivo Log.

Resultado de la accinResultado de la ejecucin de la accin.

Esta Base de Datos contendr toda ocurrencia, incidencia y cualquier evento ocurrido en a la base de datos, los archivos, el STE y todos los sistemas implementados por el ABDCP para el proceso de Portabilidad, realizados por los concesionarios mviles, los concesionarios distintos a los mviles, el ABDCP y el OSIPTEL, en cualquier etapa del proceso de Portabilidad.

4.2.2 VISTAS DE LAS BASES DE DATOS.

El Postor deber de dar el acceso a los concesionarios mviles a determinada informacin de la base de datos, que en un principio tiene acceso restringido, sin embargo, es de suma importancia el conocimiento de dicha informacin para el proceso de portabilidad.

4.2.2.1 Vista de Nmeros en Proceso

Los campos mnimos requeridos para esta Vista, realizada sobre la base de la base de datos histrica definida en el numeral 4.2.1.1 son:

Fecha HoraFecha y Hora de Ingreso de Solicitud

NMovilNmero Mvil

EstadoEstado de Solicitud

El acceso a esta vista es para todos los concesionarios mviles, y slo para los registros cuyo valor en el campo Estado Solicitud tenga los valores: Rechazado, Admitido por ABDCP, Validacin de ABDCP, Verificacin Cedente, Objecin Cedente, Objecin Procedente y Programado.

4.2.3 SISTEMA DE TRANSFERENCIA ELECTRNICO (STE)

El Postor deber describir el diseo de un Sistema de Transferencia Electrnico y fundamentar la eleccin de su solucin.

La comunicacin se realizar por medio de mensajes, cada uno de estos mensajes contendr un campo que identifica el tipo de mensaje, para estos efectos el ABDCP deber proponer y acordar con los concesionarios mviles un Catlogo de Cdigos. Existe la posibilidad de cambio por acuerdo de partes. El STE deber soportar el estndar XML para el contenido de los archivos, el codeset deber de ser ASCII, as como el estndar de encriptamiento SSL de 128 bits, garantizando integridad y consistencia para procesos en batch.

As mismo, los mensajes transmitidos y recibidos por medio del STE, debern de ser almacenados por el ABDCP de manera permanente, para lo cual deber de provisionar el espacio de almacenamiento suficiente para ello, y se deber de dar acceso al OSIPTEL a dicha informacin.

El Postor deber presentar una propuesta de medio de transmisin sncrono y asncrono.

4.2.3.1 FUNCIONALIDADES

Las funciones del STE sern al menos las siguientes:

I) Recibir Solicitudes de Portabilidad por parte del Concesionario Receptor, ya sea en lnea o en proceso batch.

Campos en el STE: Ingreso de una solicitud de portabilidad

Los campos que el STE recibir para procesar una solicitud de portabilidad, al menos sern los siguientes:

Servicio Mvil

MENSAJE: Ingreso de solicitud de portabilidad

DE: CONCESIONARIO RECEPTOR

A: ABDCP

CampoDescripcin

a) Fecha y Hora del MensajeLongitud: 7 bytes

Tipo: Fecha y Hora Autogenerado

b) Cdigo de MensajeLongitud: 4 caracteres

Tipo: Numrico

c) Nmero secuencial generado por el concesionario receptor:

ID+dd+mm+aaaa+xxxxxLongitud: 15 caracteres

Tipo: Numrico

d) Cdigo del concesionario cedenteLongitud: 2 caracteres

Tipo: Numrico

e) Cdigo del concesionario receptorLongitud: 2 caracteres

Tipo: Numrico

f) Cantidad de documentos adjuntos asociadosLongitud: 1 carcter

Tipo: Numrico

g) Cantidad de Nmeros en la SolicitudLongitud: 4 caracteres

Tipo: Numrico

h) Nmero(s) mvil(es) a portar

(este campo se puede repetir las veces indicadas en el campo g) anterior.)Longitud: 12 caracteres

Tipo: Vector

i) Modalidad de contratacinLongitud: 1 caracter

Tipo: Vector

Correspondencia: 1 prepago

0 postpago

j) Documentos DigitalesLongitud: variable

Tipo: BLOB

Documentos Digitales en el STE: Ingreso de una solicitud de portabilidad

El STE deber permitir la recepcin de los archivos electrnicos en formato .gif, .pdf , .tif o cualquier otro formato de uso comn que se acuerde entre el ABDCP y los concesionarios mviles, de conformidad con los siguientes criterios:

Cuando la modalidad de contrato se establezca como de postpago, el STE deber exigirle al concesionario receptor que adjunte los siguientes archivos electrnicos:

ltimo recibo entregado por el concesionario cedente.

Constancia de pago del ltimo recibo entregado por el Concesionario Cedente.

NOMENCLATURAS DE ARCHIVOS ADJUNTOS A LA SOLICITUD DE PORTABILIDAD

Recibo y/o FacturaNmeroconsecutivo-F

Constancia de PagoNmeroconsecutivo-P

ID+dd+mm+aaaa+xxxxx

Donde:

ID:cdigo del concesionario receptor que inicia el trmite

dd: da

mm: mes

aaaa: ao

xxxxx:nmero consecutivo asignado por el concesionario receptor y que se reinicia cada da.

II) Verificacin de la integridad del ingreso de una solicitud de portabilidad

El STE deber verificar automticamente la integridad de todos los campos de la solicitud de portabilidad de conformidad con la descripcin establecida para cada uno de los campos.

En caso de que alguno de los campos est vaco, o la informacin contenida no cuente con la descripcin establecida o est en un formato incorrecto, el STE deber enviar un mensaje de error al concesionario receptor indicando la omisin o falla, y desechar el mensaje de Ingreso de solicitud de portabilidad en la modalidad postpago o prepago, segn sea el caso.

MENSAJE: No Integridad

DE: ABDCP

A: CONCESIONARIO RECEPTOR

CampoDescripcin

a) Fecha y Hora del MensajeLongitud: 7 bytes

Tipo: Fecha y Hora Autogenerado

b) Cdigo de MensajeLongitud: 4 caracteres

Tipo: Numrico

c) Nmero secuencial generado por el concesionario receptor o error en nmero secuencial. En este ltimo caso se enviaran 15 ceros, y se descarta sin incluir campos adicionales.Longitud: 15 caracteres

Tipo: Numrico

d) Causa de RechazoCampo Errneo identificando el nmero del campo equivocado

Longitud: 4 caracteres

Tipo: Numrico

e) Fecha y Hora de Recepcin del Mensaje AnteriorLongitud: 7 bytes

Tipo: Fecha y Hora

Para aquellos mensajes que no hayan sido rechazados, el STE deber generar un Nmero de Solicitud que permita identificar cada solicitud de portabilidad durante todo el proceso, de conformidad con lo siguiente:

Para las transacciones individuales en lnea, es decir una solicitud por requerimiento, se deber de cumplir con los indicadores detallados en la seccin 4.3.5.2:

Transacciones en proceso batch, se podr definir el envo de varias solicitudes en un bloque: respuesta en un mximo de 15 minutos.

MENSAJE: Asignacin de Nmero de Solicitud

DE: ABDCP

A: CONCESIONARIO RECEPTOR

CampoDescripcin

a) Fecha y Hora del MensajeLongitud: 7 bytes

Tipo: Fecha y Hora Autogenerado

b) Cdigo de MensajeLongitud: 4 caracteres

Tipo: Numrico

c) Nmero secuencial generado por el concesionario receptor:

ID+dd+mm+aaaa+xxxxxLongitud: 15 caracteres

Tipo: Numrico

d) Nmero de solicitud

mm/aaaa+ nmero consecutivo 6 caracteresLongitud: 12 caracteres

Tipo: Numrico

e) Fecha y Hora de Recepcin del Mensaje AnteriorLongitud: 7 bytes

Tipo: Fecha y Hora

III) Validar automticamente los datos relacionados con la solicitud de portabilidad introducidos por el concesionario receptor en el STE.

El STE deber contar con un subsistema de validacin de Solicitudes de Portabilidad, el cual deber verificar lo siguiente:

A) Duplicidad de Solicitudes

ValidacinResultado de la Validacin

Cuando no exista una solicitud de portabilidad previa en trmite para alguno de los nmeros mviles a portarse. Solicitud nica

Cuando exista una solicitud de portabilidad en trmite para al menos 1 de los nmeros contenidos en esta solicitud. Solicitud Duplicada

El(los) nmero(s) duplicado(s).

B) Correspondencia de Nmeros con el concesionario cedente

ValidacinResultado de la Validacin

Cuando todos los nmeros de la solicitud de portabilidad corresponden al concesionario cedente sealado en la misma.Corresponde al concesionario cedente.

Cuando alguno de los nmeros de la solicitud de portabilidad no corresponde al concesionario cedente sealado en la misma.No corresponde al concesionario cedente.

El(los) nmero(s) que no corresponde(n) al cedente.

C) No se encuentra en el periodo mnimo

ValidacinResultado de la Validacin

Cuando todos los nmeros de la solicitud de portabilidad se encuentran posteriores al periodo mnimo de contratacin de la portabilidad.Fuera del periodo mnimo.

Cuando alguno de los nmeros de la solicitud de portabilidad se encuentra dentro del periodo mnimo de contratacin de la portabilidad.Se encuentra dentro del periodo mnimo.

D) Correspondencia con la modalidad de pago

ValidacinResultado de la Validacin

Cuando todos los nmeros de la solicitud de portabilidad corresponden a la modalidad de pago declarada.Corresponde a la modalidad de pago declarada.

Cuando alguno de los nmeros de la solicitud de portabilidad no corresponde a la modalidad de pago declarada.No corresponde a la modalidad de pago declarada.

E) Lnea prepago, el abonado corresponde al descrito en el Registro de Contratos Prepago del Concesionario Cedente.

ValidacinResultado de la Validacin

Cuando todos los nmeros de la solicitud de portabilidad corresponden a los usuarios, identificado por el documento legal de identificacin, que realizan la solicitud en el registro de contratos prepago del concesionario cedente.Documento Legal de Identificacin del Usuario que realiza la solicitud corresponde al documento legal de identificacin del usuario registrado en el registro de contratos prepago del cedente.

Cuando todos los nmeros de la solicitud de portabilidad no corresponden a los usuarios, identificados por el documento legal de identificacin, que realizan la solicitud en el registro de contratos prepago del concesionario cedente.Documento Legal de Identificacin del usuario que realiza la solicitud no corresponde al documento Legal de Identificacin del usuario registrado en el registro de contratos prepago del cedente.

El resultado de la validacin y los mensajes correspondientes, se debern enviar al concesionario receptor de conformidad con lo siguiente:

MENSAJE: Rechazada por el ABDCP

DE: ABDCP

A: CONCESIONARIO RECEPTOR

CampoDescripcin

a) Fecha y Hora del MensajeLongitud: 7 bytes

Tipo: Fecha y Hora Autogenerado

b) Cdigo de MensajeLongitud: 4 caracteres

Tipo: Numrico

c) Nmero de solicitud

mm/aaaa+consecutivo 6 caracteresLongitud: 12 caracteres

Tipo: Numrico

d) Nmero Secuencial Asignado por el concesionario receptor.ID+dd+mm+aaaa+xxxxxLongitud: 15 caracteres

Tipo: Numrico

e) Causa de Rechazo

Solicitud Duplicada

Nmero no corresponde con el concesionario cedente (nmeros mviles)

Se encuentra dentro del plazo mnimo de contratacin

No corresponde con la modalidad de pago

El usuario solicitante no corresponde al registro de abonados prepago.Longitud: 4 caracteres

Tipo: Vector

MENSAJE: Validada por el ABDCP

DE: ABDCP

A: CONCESIONARIO RECEPTOR

CampoDescripcin

a) Fecha y Hora del MensajeLongitud: 7 bytes

Tipo: Fecha y Hora Autogenerado

b) Cdigo de MensajeLongitud: 4 caracteres

Tipo: Numrico

c) Nmero de solicitud

mm/aaaa+consecutivo 6 caracteresLongitud: 12 caracteres

Tipo: Numrico

d) Nmero Secuencial Asignado por el concesionario receptor.

ID+dd+mm+aaaa+xxxxxLongitud: 15 caracteres

Tipo: Numrico

IV) Envo de la Solicitud al concesionario cedente.

El STE deber tener la capacidad suficiente para procesar las validaciones a que se refieren los incisos A, B, C, D y E del numeral anterior, y una vez que la solicitud ha sido Validada por el ABDCP, el STE generar un mensaje a ms tardar a las 17:00 horas del da hbil siguiente de registrada la solicitud, al concesionario cedente de conformidad con lo siguiente:

MENSAJE: Envo de solicitud al cedente

DE: ABDCP

A: CONCESIONARIO CEDENTE

CampoDescripcin

a) Fecha y Hora del MensajeLongitud: 7 bytes

Tipo: Fecha y Hora Autogenerado

b) Cdigo de MensajeLongitud: 4 caracteres

Tipo: Numrico

c) Nmero de solicitud

mm/aaaa+consecutivo 6 caracteresLongitud: 12 caracteres

Tipo: Numrico

d) Nmero(s) mvil(es) a portarTipo: Vector

Longitud: 12 caracteres

e) Cdigo del concesionario cedenteTipo: Numrico

Longitud: 2 caracteres

f) Cdigo del concesionario receptorTipo: Numrico

Longitud: 2 caracteres

g) Modalidad de contratoTipo: Vector

Longitud: 1 caracter

Por cada nmero mvil:

Prepago: 1

Postpago: 0

V) Respuesta del concesionario cedente al ABDCP.

El STE deber esperar respuesta del concesionario cedente hasta las 17:00 horas del da hbil siguiente (del 1ro de enero de 2010 al 30 de junio de 2010 este plazo es de dos das hbiles hasta las 17:00 horas) contado a partir de la fecha en que se envi el mensaje Envo de solicitud al cedente. Adems, el STE deber permitir la recepcin de los documentos en formato electrnico (.gif o .pdf) que remita el concesionario cedente para sustentar las causas de rechazo.

Objecin del concesionario cedente

En caso de objecin, el concesionario cedente enviar un mensaje con el siguiente contenido:

MENSAJE: Objecin por el concesionario cedente

DE: CONCESIONARIO CEDENTE

A: ABDCP

CampoDescripcin

a) Fecha y Hora del MensajeLongitud: 7 bytes

Tipo: Fecha y Hora Autogenerado

b) Cdigo de MensajeLongitud: 4 caracteres

Tipo: Numrico

c) Nmero de solicitud

mm/aaaa+consecutivo 6 caracteresLongitud: 12 caracteres

Tipo: Numrico

f) Causas de Objecin

Abonado tiene el servicio suspendido.

Abonado tiene deuda exigible.

Solicitante ya no es abonado postpago

Solicitante ya no es abonado prepagoTipo: Numrico

Longitud: 4 caracteres

g) El(los) nmero(s) mvil(es) objeto de la objecin.Tipo: Vector

Longitud: 12 caracteres

h) Cantidad de Documentos AdjuntosTipo: Numrico

Longitud: 1 carcter

i) Documentos DigitalesTipo: BLOB

Longitud: Vector

NOMENCLATURAS DE ARCHIVOS ADJUNTOS QUE SUSTENTAN LA OBJECIN

Registro de suspensiones y cortesNmerodeSolicitud-S

Histrico de Pagos y reclamosNmerodeSolicitud-P

Declaracin Jurada por terminacin de contratoNmerodeSolicitud-D

Temporizador de la respuesta del cedente al ABDCP

En caso de que el ABDCP no reciba respuesta del concesionario cedente antes del tiempo establecido, el STE deber asumir que no existi objecin y atender a lo dispuesto en el inciso VI) del numeral 4.2.3.1 relativo a Solicitud Procedente.

Sin perjuicio de lo anterior, el concesionario cedente podr generar en cualquier momento, previo a la expiracin del temporizador, un mensaje de Solicitud aceptada por el cedente que contenga los siguientes campos:

MENSAJE: Solicitud aceptada por el cedente

DE: CONCESIONARIO CEDENTE

A: ABDCP

CampoDescripcin

a) Fecha y Hora del MensajeLongitud: 7 bytes

Tipo: Fecha y Hora Autogenerado

b) Cdigo de MensajeLongitud: 4 caracteres

Tipo: Numrico

c) Nmero de solicitud

mm/aaaa+consecutivo 6 caracteresLongitud: 12 caracteres

Tipo: Numrico

Una vez que el ABDCP reciba el mensaje de Solicitud aceptada por el cedente, atender a lo dispuesto en el inciso VI) del numeral 4.2.3.1 relativo a Solicitud Procedente. La notificacin al concesionario receptor y concesionario cedente a ms tardar a las 17:00 horas del da hbil siguiente contado a partir de la notificacin de aceptacin del concesionario cedente o de la expiracin del temporizador de respuesta del concesionario cedente al ABDCP.

VI) Anlisis de la objecin del cedente por parte del ABDCP

En caso de que el concesionario cedente haya notificado la objecin en los plazos establecidos, el ABDCP deber analizar la documentacin que soporte la objecin, de conformidad con el artculo 17 del Reglamento de Portabilidad. El ABDCP contar con el personal necesario para validar la objecin y comunicar la objecin a ms tardar a las 17:00 horas del da hbil siguiente a partir de la fecha en que recibi la objecin por parte del concesionario cedente.

Objecin Procedente

Cuando el concesionario cedente haya justificado plenamente su objecin a la solicitud de portabilidad, el ABDCP determinar la improcedencia de la solicitud de portabilidad y lo notificar al concesionario cedente y al concesionario receptor, a travs de un mensaje que emita el STE que contenga los siguientes campos:

MENSAJE: Objecin procedente del cedente

DE: ABDCP

A: CONCESIONARIO CEDENTE; CONCESIONARIO RECEPTOR

CampoDescripcin

a) Fecha y Hora del MensajeLongitud: 7 bytes

Tipo: Fecha y Hora Autogenerado

b) Cdigo de MensajeLongitud: 4 caracteres

Tipo: Numrico

c) Nmero de solicitud

mm/aaaa+consecutivo 6 caracteresLongitud: 12 caracteres

Tipo: Numrico

d) Causas de Objecin

Abonado tiene el servicio suspendido.

Abonado tiene deuda exigible.

Solicitante ya no es abonado postpago

Solicitante ya no es abonado prepagoTipo: Numrico

Longitud: 4 caracteres

e) El(los) nmero(s) mvil(es) objeto de la objecin.Tipo: Vector

Longitud: 12 caracteres

VII) Solicitud Procedente

Cuando expire el temporizador para que el ABDCP reciba la objecin de la solicitud de portabilidad por parte del concesionario cedente, cuando se reciba el mensaje Solicitud aceptada por el cedente o cuando como resultado del anlisis del ABDCP la objecin de la solicitud de portabilidad sea improcedente, se considerar que la solicitud de portabilidad es procedente, notificndolo al concesionario receptor y al concesionario cedente, conforme a los plazos establecidos en los numerales V) y VI), a travs del STE con un mensaje que contenga los siguientes campos:

MENSAJE: Solicitud Procedente

DE: ABDCP

A: CONCESIONARIO CEDENTE; CONCESIONARIO RECEPTOR

CampoDescripcin

a) Fecha y Hora del MensajeLongitud: 7 bytes

Tipo: Fecha y Hora Autogenerado

b) Cdigo de MensajeLongitud: 4 caracteres

Tipo: Numrico

c) Nmero de solicitud

mm/aaaa+consecutivo 6 caracteresLongitud: 12 caracteres

Tipo: Numrico

d) Fecha lmite para programar la Portabilidad (1 da hbil)dd/mm/aaaa

e) Fecha lmite para ejecutar la Portabilidad (2 das hbiles/3 das hbiles del 1ro de enero de 2010 al 30 de junio de 2010).dd/mm/aaaa

VIII) Programacin de la fecha de ejecucin de la Portabilidad.

El STE deber ser capaz de verificar que el concesionario receptor programe la Portabilidad dentro del da hbil siguiente de enviada la notificacin de Solicitud Procedente. En el caso de que no se notifique dentro de dicha fecha lmite, el STE generar un mensaje que ser enviado al concesionario cedente y al concesionario receptor, con los siguientes campos:

MENSAJE: Cancelacin por No Programacin de Fecha

DE: ABDCP (automtico)

A: CONCESIONARIO CEDENTE; CONCESIONARIO RECEPTOR

CampoDescripcin

a) Fecha y Hora del MensajeLongitud: 7 bytes

Tipo: Fecha y Hora Autogenerado

b) Cdigo de MensajeLongitud: 4 caracteres

Tipo: Numrico

f) Nmero de solicitud

mm/aaaa+consecutivo 6 caracteresLongitud: 12 caracteres

Tipo: Numrico

En el caso de que el ABDCP reciba la fecha de ejecucin de la Portabilidad programada por el concesionario receptor, fuera de la fecha lmite establecida, el STE generar un mensaje que ser enviado al concesionario receptor, con los siguientes campos:

MENSAJE: Fuera del lmite para ejecutar la Portabilidad

DE: ABDCP (automtico)

A: CONCESIONARIO RECEPTOR

CampoDescripcin

a) Fecha y Hora del MensajeLongitud: 7 bytes

Tipo: Fecha y Hora Autogenerado

b) Cdigo de MensajeLongitud: 4 caracteres

Tipo: Numrico

c) Nmero de solicitud

mm/aaaa+consecutivo 6 caracteresLongitud: 12 caracteres

Tipo: Numrico

d) Fecha lmite para programar la Portabilidad (1 da hbil desde la fecha original)dd/mm/aaaa

e) Fecha lmite para ejecutar la Portabilidad (3 das hbiles/2 das hbiles, desde la fecha original).dd/mm/aaaa

En el caso de que el ABDCP reciba la fecha de ejecucin de la Portabilidad programada por el concesionario receptor dentro del plazo establecido, el STE generar un mensaje en un plazo mximo de 10 minutos que ser enviado al concesionario receptor y al concesionario cedente, con los siguientes campos:

MENSAJE: Programada para ejecutar la Portabilidad

DE: ABDCP (automtico)

A: CONCESIONARIO RECEPTOR; CONCESIONARIO CEDENTE

CampoDescripcin

a) Fecha y Hora del MensajeLongitud: 7 bytes

Tipo: Fecha y Hora Autogenerado

b) Cdigo de MensajeLongitud: 4 caracteres

Tipo: Numrico

c) Nmero de solicitud

mm/aaaa+consecutivo 6 caracteresLongitud: 12 caracteres

Tipo: Numrico

d) Fecha programada para ejecutar la portabilidad.dd/mm/aaaa

IX) Generacin del archivo de nmeros a portarse.

El STE deber contar con la funcionalidad para que el ABDCP pueda generar diariamente en das hbiles el archivo de nmeros a portarse utilizando los campos descritos en el numeral 4.2.3.1 del presente captulo. La informacin deber estar disponible para su descarga por parte de los concesionarios de los servicios pblicos de telecomunicaciones, antes de las 20:59 horas del da hbil anterior a la fecha en la que se ejecutar la Portabilidad y slo incluir las Solicitudes de Portabilidad que estn listas para ser programadas y que tengan el mensaje Programada para Ejecutar la Portabilidad, y que hayan sido recibidas antes de las 18:59 horas del da hbil mencionado.

X) Retorno de la Portabilidad

Envo del concesionario receptor al ABDCP del Retorno

El STE deber permitir que los concesionarios mviles enven solicitudes para iniciar el proceso de retorno de la Portabilidad. El concesionario receptor deber incluir el siguiente mensaje:

MENSAJE: Solicitud de Retorno

DE: CONCESIONARIO RECEPTOR

A: ABDCP

CampoDescripcin

a) Fecha y Hora del MensajeLongitud: 7 bytes

Tipo: Fecha y Hora Autogenerado

b) Cdigo de MensajeLongitud: 4 caracteres

Tipo: Numrico

c) Nmero de Solicitud

mm/aaaa+consecutivo 6 caracteresLongitud: 12 caracteres

Tipo: Numrico

d) Nmero(s) Mvil(es)Longitud: 12 caracteres

Tipo: Vector

e) Cdigo de concesionario cedenteLongitud: 2 caracteres

Tipo: Numrico

f) Cdigo de concesionario receptorLongitud: 2 caracteres

Tipo: Numrico

g) Fecha en que se ejecut la Portabilidaddd/mm/aaaa

h) Motivo del Retorno

Reclamo procedente.

Expiracin del contratoLongitud: 4 caracteres

Tipo: Numrico

El STE deber verificar que el Proveedor que solicita la eliminacin del(los) nmero(s) mvil(es) es en efecto el ltimo concesionario receptor de nmeros portados.

Una vez realizada la verificacin, el STE deber realizar lo siguiente:

Eliminar el registro de los nmeros solicitados de la BDCP.

Generar un archivo que contenga los nmeros eliminados de conformidad con el numeral 4.2.1.3 y ponerlo a disposicin de los concesionarios mviles as como de los concesionarios distintos a los mviles, para su descarga, antes de las 20:59 horas del da hbil siguiente al que se haya recibido el mensaje de solicitud de eliminacin.

4.2.4 Gateway de Comunicaciones

El Gateway de comunicaciones es un servicio adicional que ser considerado como parte de la evaluacin de las condiciones econmicas. El Postor deber considerar que el Gateway de Comunicaciones, estar disponible para los concesionarios mviles que opten por su contratacin.

4.2.4.1 Descripcin Funcional

El Gateway de Comunicaciones es un software que debe soportar la portabilidad numrica, cumpliendo la funcin de comunicacin y ejecucin de transacciones entre los concesionarios mviles y el ABDCP respecto al flujo del proceso de portabilidad numrica.

El Gateway de Comunicaciones debe cumplir con lo siguiente:

(a) Ser un medio de distribucin de la informacin/datos desde el sistema centralizado de portabilidad numrica hacia los ambientes del concesionario mvil que permita consultar, copiar, actualizar y registrar datos asociados a la portabilidad numrica.

(b) Ejecutar, controlar y administrar los flujos de procesos que se configuren para el proceso de portabilidad.

(c) Integrarse con el sistema centralizado de portabilidad numrica, con los Business Support Systems (BSSs)/Operations Support Systems (OSSs) de back-end del concesionario mvil, y con los Administradores de Elementos de Red (Network Element Managers o NEMs),

(d) Permitir a los concesionarios mviles realizar el seguimiento del proceso de portabilidad numrica.

4.2.4.2 Interfases

El Gateway de comunicaciones deber por lo menos brindar las siguientes interfases:

a) Interfaz al Sistema Centralizado de Portabilidad: El Gateway de comunicaciones debe proveer una interfaz SOAP (Simple Object Access Protocol) para la comunicacin del concesionario mvil con el sistema centralizado de portabilidad numrica, la automatizacin de los procesos de portabilidad y la actualizacin del estado de la solicitud de portabilidad numrica. La interfaz SOAP debe ser automatizada para posibilitar el intercambio de mensajes y datos en XML (eXtensible Markup Language (XML).

b) Interfaz BSS/OSS: El Gateway debe proveer una interfaz a los BSS/OSS que posibiliten que los sistemas de back-end del concesionario mvil, como por ejemplo CRM, facturacin y Sistemas de Prepago, realicen el flujo automtico de mensajes hacia el sistema centralizado de portabilidad numrica necesarios para realizar la portabilidad. La interfaz con los BSS/OSS debe soportar los flujos de procesos, independientemente de la modalidad del servicio. Asimismo, debe soportar estndares tales como CORBA, XML y SOAP para facilitar la integracin a los diversos sistemas de back-end.

c) Interfaz Administrador de Elementos de Red (NEM): El Gateway de comunicaciones debe interconectarse al NEM para posibilitar la activacin (port-in, port-out o portacin entre concesionarios mviles) o retorno del nmero mvil en la base de datos de portabilidad numrica del concesionario mvil. El NEM debe entregarle las actualizaciones de encaminamiento resultante de las activaciones y desactivaciones a los elementos de red. El Gateway de comunicaciones debe soportar interfaces al NEM descritos en el literal (b).

d) Interfaz Grfica (GUI): El Gateway debe proveer una Interfaz grfica basada en HTML/web para proveer al concesionario mvil la posibilidad de registrar la solicitud de portabilidad numrica, actualizar, adjuntar documentos electrnicos, ver el estado de una solicitud de portabilidad y resolver cualquier notificacin de error.

4.2.4.3 Procesos de Portabilidad

El Gateway de comunicaciones debe soportar la portabilidad de nmeros mviles a travs de un conjunto especfico de procesos, por el cual cada proceso se realiza a travs de un conjunto de transacciones especficas y predeterminadas entre el concesionario receptor y el concesionario cedente. El Gateway de comunicaciones debe soportar la portabilidad de nmeros mviles a travs del manejo de automtico de mensajes utilizando, como mnimo los procesos descritos en el numeral 4.2.7.

El Gateway de comunicaciones debe soportar la portabilidad de un nmero, de un rango nico y continuo de nmeros, de una lista de nmeros o de rangos individuales, dentro de la misma solicitud de portabilidad.

4.2.4.4 Temporizadores

El Gateway de comunicaciones debe proveer temporizadores para supervisar la orden de ejecucin de los procesos de portabilidad numrica entre los concesionarios mviles y ayudar a asegurar que las solicitudes de portabilidad sean implementadas en los tiempos establecidos. El Gateway de comunicaciones debe permitir a los concesionarios mviles configurar los parmetros de los temporizadores.

4.2.4.5 Bases de Datos del concesionario mvil

El Gateway de comunicaciones debe actualizar la base de datos del concesionario mvil desde el sistema centralizado de portabilidad.

La sincronizacin entre el Gateway de comunicaciones y el sistema centralizado de portabilidad debe ser configurable en los trminos de la programacin de su ejecucin.

4.2.4.6 Monitoreo de Errores

El Gateway de comunicaciones debe mantener un log de todas las transacciones, incluyendo los intentos de acceso al sistema, los mensajes que entran y salen del sistema, las actualizaciones o modificaciones a las bases de datos que ocurren como resultado del procesamiento de cualquiera de los mensajes.

El Gateway de comunicaciones debe validar los mensajes entrantes para asegurar de que cumplen con la definicin del proceso de portabilidad. Debe poder definirse un cdigo de error y su respectiva descripcin para cada condicin en la cual el sistema puede encontrar un mensaje invlido.

La informacin descrita en este numeral deber ser almacenada en la Base de Datos de Ocurrencias descrita en el numeral 4.2.1.6.

4.2.4.7 Informacin para reportes

El Gateway de comunicaciones debe proveer un medio para extraer la informacin almacenada con el objeto de facilitar la creacin de reportes. Como mnimo, las siguientes categoras de datos deben estar disponibles para fines de reportes:

a) Datos de nmeros portados.

b) Datos sobre transacciones para solicitudes de portabilidad en proceso.

c) Datos histricos de transacciones de portabilidad para solicitudes completadas o rechazadas.

d) Violaciones de los temporizadores.

El acceso a la informacin descrita, deber de cumplir con los criterios de restriccin establecidos en el numeral 4.2.1.

4.2.4.8 Administracin del Sistema

El Gateway de comunicaciones debe permitir que el ABDCP realice tareas bsicas como crear, actualizar, eliminar usuarios as como el otorgar permisos de usuarios, a travs de la Interfaz Grfica.

Otras funciones de Administracin deben incluir el establecimiento de la comunicacin entre el Gateway de comunicaciones y el Sistema Centralizado de Portabilidad, e ingresar nueva informacin del concesionario mvil.

4.2.5 REPORTES

Los Concesionarios Mviles recibirn mensualmente junto con su factura y en formato electrnico, el detalle de las transacciones por las que se les est facturando, organizada por nmero de Solicitud y tipo de nmero, de conformidad con los formatos que se acuerden entre la ABDCP, los Concesionarios Mviles y el OSIPTEL.

Asimismo, el ABDCP deber entregar trimestralmente al OSIPTEL la informacin que se acuerde entre el OSIPTEL y el ABDCP.

Adicionalmente a los reportes asociados a las transacciones facturables, el ABDCP deber de proporcionar reportes ad-hoc que sean acordados entre los concesionarios mviles y el ABDCP y slo sin costo para efectos de liquidacin.

4.2.6 Rol del Administrador de la Base de Datos Centralizada-Principal (ABDCP)

Los roles del ABDCP, son los siguientes:.

(i) Servicios relacionados con el propio proceso de portabilidad:

Verificar la informacin registrada en el Registro de Solicitud de Portabilidad por el Concesionario Receptor e indicar si la misma procede o se rechaza.

De ser objetada la solicitud de portabilidad por el concesionario Cedente, verificar si procede el rechazo.

De corresponder, tramitar la solicitud de portabilidad.

Tramitar los procesos de retorno de la portabilidad.

(ii) Servicios relacionados con la descarga de informacin de la base de datos

Permitir el acceso remoto de los concesionarios mviles de la base de datos centralizada principal para la actualizacin de sus bases de datos.

Permitir el acceso remoto de los concesionarios de servicios pblicos de telecomunicaciones diferentes a los concesionarios mviles para la actualizacin de sus bases de datos locales.

Permitir el acceso remoto del OSIPTEL a efectos de verificar que efectivamente se viene cumpliendo con el marco normativo y las condiciones establecidas para la portabilidad, garantizando un acceso directo a los sistemas y bases de datos. Siendo las herramientas y software requerido para ello licenciadas y provistas por el Postor.

(iii) Generar un archivo con la informacin diaria de los nmeros a portarse o retornarse y ponerlo a disposicin de todos los operadores de servicios pblicos de telecomunicaciones para su acceso remoto y descarga va electrnica. Esta informacin deber estar disponible un (01) da hbil antes de la fecha de ejecucin de la portabilidad.

(iv) Mantener la confidencialidad de la informacin correspondiente a los procedimientos de portabilidad. Dicha informacin slo podr ser utilizada para los fines establecidos en el marco normativo. El Administrador de la Base de Datos Centralizada Principal no deber divulgar la informacin, ni compartirla, ni utilizarla para otros fines.

(v) Asegurar el acceso a la BDCP a los concesionarios mviles, a los concesionarios distintos a los mviles y al OSIPTEL.

(vi) Asegurar que no se presenten bloqueos en las consultas de los concesionarios mviles a las BDCP.

(vii) Asegurar ventanas hbiles para la ejecucin de procesos pesados (batch o lnea) de los concesionarios mviles en horario nocturno.

4.2.7 Procesos

Atencin de Solicitud

Verificacin con el concesionario cedente.

Alta de Portabilidad, aqu se debe de realizar en horas de la madrugada entre 00:00 horas y 06:00 horas.

Retorno de Portabilidad.

Comunicacin de cambios en los nmeros portados (altas y retornos).

Consultas en lnea de cada nmero portado.

4.3 Requerimientos generales, de infraestructura, desempeo y calidad de servicio

4.3.1 Caractersticas Generales

4.3.1.1 Alta Disponibilidad

El Postor deber presentar una propuesta en la que se garantice la continuidad de los servicios requeridos para la implantacin y operacin efectiva de la portabilidad. Con el objeto de disminuir los riesgos que afecten la continuidad de los servicios, se hace necesario que en la arquitectura de la propuesta sean implementadas soluciones de cluster para la alta disponibilidad. Para ello, el Postor deber incluir la instalacin de 2 Nodos con la misma configuracin y funcionalidades en cada uno de ellos.

La propuesta del Postor deber describir la forma en la que se medir la disponibilidad y la forma en que se generarn los reportes de desempeo.

4.3.1.2 Dimensionamiento y escalabilidad

El sistema propuesto deber dimensionarse, de conformidad con las proyecciones del Postor, asegurando su escalabilidad, a fin de que, en caso de incrementarse la demanda del servicio de portabilidad, la capacidad sea incrementada eficientemente de tal manera que se garantice el cumplimiento de los parmetros de disponibilidad y calidad del servicio, establecidos en el presente documento.

4.3.1.3 Flexibilidad

La solucin propuesta por el Postor deber ser flexible a fin de permitir la realizacin de las modificaciones que resulten de la experiencia de la implantacin y operacin de la portabilidad numrica. En este sentido, se recomienda que el Postor prevea que las reglas establecidas en el Reglamento de Portabilidad Numrica sean configurables.

4.3.1.4 Seguridad e Integridad

El Postor propondr polticas de seguridad e integridad con el objetivo de garantizar que slo las empresas operadoras de servicios de telecomunicaciones autorizadas y el OSIPTEL, puedan acceder al sistema propuesto y realizar solamente las funciones que a cada uno de stos les corresponda.

Las funciones de seguridad deben prevenir modificaciones accidentales o maliciosas en el flujo de datos, tanto del lado de las empresas operadoras de servicios de telecomunicaciones como de la Administracin de la Base de Datos Centralizada Principal.

4.3.1.5 Alojamiento de los equipos y sistemas

El Postor podr presentar su oferta considerando un punto de acceso a la Base de Datos Centralizada Principal comn y neutral en territorio peruano al cual cada concesionario mvil se deber conectar. En este caso, el Postor es responsable tanto del transporte como de la seguridad de la informacin a partir de este punto de acceso, independientemente de la localizacin geogrfica de la Base de Datos Centralizada Principal, la cual podra estar localizada en cualquier parte del mundo. Asimismo, en la propuesta se deber incluir al menos lo siguiente:

Caractersticas generales del sitio, indicando los estndares nacionales o internacionales con los que cumple.

Descripcin de las polticas de proteccin y resguardo del sitio.

Espacio para el alojamiento de los equipos y enlaces de comunicacin con cada proveedor que lo solicite.

4.3.1.6 Gestin de Incidencias

El sistema en su conjunto deber contemplar un mecanismo eficiente para la resolucin de incidencias que se puedan generar. Al menos, el sistema deber ser capaz de identificar a la empresa operadora de servicios de telecomunicaciones la cual presenta alguna anomala y falla, y reportarlo inmediatamente a las empresas operadoras involucradas en el proceso de portabilidad en cuestin, indicando el motivo de la falla.

4.3.2 Arquitectura del Hardware

En la solucin propuesta, el Postor deber ofrecer una arquitectura que sea robusta y que cumpla con al menos las siguientes caractersticas:

Altamente disponible.

Escalable.

Fiable y segura.

De fcil Integracin de estndares abiertos.

Ser capaz de soportar procesos concurrentes.

El Postor deber proporcionar diagramas que describan de forma detallada la arquitectura de Hardware propuesta.

4.3.3 Arquitectura del Software

4.3.3.1 Manejador de Base de Datos

La solucin presentada por el Postor considerar bases de datos robustas, las mismas que debern cumplir al menos con las siguientes caractersticas:

Alta Disponibilidad.

Escalabilidad.

Fiabilidad y seguridad.

Proporcionar mecanismos robustos de acceso.

Relacional, proporcionando integridad referencial.

Brindar mecanismos confiables de consistencia e integridad de los datos.

Transaccional (mltiples operaciones simultaneas sobre la base de datos).

Exportable a otro sistema manejador de base de datos (que se pueda migrar, exportar).

El manejador de Base de Datos no deber de ser propietario. Deber de ser una Base de Datos comercial.

4.3.3.2 Servidor de Aplicaciones (Middleware)

El Postor deber presentar su propuesta basado en tecnologas con las que se puedan establecer los diferentes procesos y procedimientos establecidos en El Reglamento de Portabilidad Numrica.

El Servidor de Aplicaciones elegido por el Postor deber cumplir con las siguientes caractersticas:

Servidor que permita la interoperabilidad para crear, integrar, reutilizar y correr los diferentes servicios y operaciones de la portabilidad.

Servidor que soporte estndares de seguridad.

Ser escalable.

Soportar transacciones concurrentes.

Con relacin a las transacciones concurrentes, stas no deben de ser menor a 30 trx/seg.

El servidor de Aplicaciones deber de ser arquitectura abierta (no propietario).

4.3.3.3 Sistemas Operativos

El Postor deber proponer los sistemas operativos considerando lo siguiente:

Deber ser estable.

Ser capaz de soportar grandes transacciones para procesos concurrentes.

Flexible.

Escalable.

Fiable y seguro.

Altamente Disponible.

Fcilmente Administrable.

El Postor deber proporcionar diagramas que describan de forma detallada las arquitecturas de Software de su propuesta.

El conjunto sistema operativo base de datos, deber de ser el ptimo considerando versiones que tengan los ltimos parches o actualizaciones recomendados por el fabricantes, tanto del sistema operativo y el manejador de base de datos, para garantizar el mejor desempeo.

4.3.4 Comunicaciones

El Postor deber prever el respaldo de las comunicaciones, para lo cual su propuesta deber contemplar al menos lo siguiente:

Las respuestas de las interfaces son en lnea y debern de almacenarse en la Base de Datos de Ocurrencias descrito en el numeral 4.2.1.6.

4.3.4.1 Internet

Considerar la provisin de sus servicios mediante la utilizacin de la red pblica de Internet para el OSIPTEL, para lo cual deber implementar mecanismos que garanticen la seguridad de las transacciones.

4.3.4.2 Enlaces dedicados

Considerar la provisin de sus servicios mediante la utilizacin de enlaces dedicados instalados por la(s) empresa(s) operadora(s) de Servicios de Telecomunicaciones, as como contar con la infraestructura necesaria que le permita soportar el ancho de banda requerido por la(s) empresa(s) operadora(s) Servicios de Telecomunicaciones.

4.3.4.3 Protocolos e interfaces

Considerar la implementacin de los siguientes protocolos abiertos: SOAP (Simple Object Access Protocol)/XML (Extended Markup Language), HTTPs (HyperText Transfer Protocol) y SFTP (Secure Shell File Transfer Protocol).

Cada una de las interfaces deber incluir mecanismos de respuestas de confirmacin por parte del receptor del mensaje quedando asentado en un log o en una base de datos.

4.3.5 Caractersticas de desempeo y calidad de servicio

El ABDCP deber cumplir con otros indicadores de calidad de servicio, asegurando una alta disponibilidad de la infraestructura y un adecuado tiempo de respuesta. El ABDCP se comprometer a cumplir un Acuerdo de Nivel de Servicio (SLA por sus siglas en ingls) que comprender como mnimo los siguientes aspectos:4.3.5.1 Bases de Datos y Archivos

Bases de Datos y ArchivosSLA ObjetivoFrecuenciaMtodo de Clculo de SLA

Histrica99% SemanalFrmula A [1]

Nmeros a Portarse99.9% SemanalFrmula A [1]

Retornos99.9% SemanalFrmula A [1]

Administrativa99% SemanalFrmula A [1]

Documentacin99% SemanalFrmula A [1]

Ocurrencias99%SemanalFrmula A [1]

[1] Frmula A = (Total Minutos Planeados Minutos de Parada No Programados)/Total Minutos Planeados x 100

Total Minutos Planeados = 60 x 24 x 7 Minutos de Parada Programados.

4.3.5.2 Otros Indicadores de Plataforma Tecnolgica.

IndicadorSLA ObjetivoFrecuenciaMtodo de Clculo de SLA

Disponibilidad de Ambiente de Produccin99.9%SemanalFrmula A [1]

Servicio de Comunicaciones99.9%SemanalFrmula A [1]

Middleware Produccin99.9%SemanalFrmula A [1]

Aplicaciones Online Produccin99.9%SemanalFrmula A [1]

Transacciones en LneaTMR: Tiempo Mximo de Respuesta.

95%:0s