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AYUNTAMIENTO DE ZUIA MURGIA (ALAVA) ZUIAKO UDALA MURGIA (ARABA) En Murgia a diecinueve de abril de dos mil doce, siendo las diecinueve horas, previa convocatoria cursada en forma legal, se celebró Sesión Ordinaria en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial con la asistencia de los Señor@s Concejales que debajo se relacionan bajo la Presidencia del Sr. Alcalde D. Unai Gutiérrez Urkiza, actuando de Secretario la de la Corporación, Dª Susana Zubiaur Zorrilla.- ALCALDE DON UNAI GUTIÉRREZ URKIZA CONCEJALES ASISTENTES DON RUBÉN RICO GUTIÉRREZ DOÑA OIHANA RUIZ CUEVAS DOÑA MERTXE ITURRATE DEL REGUERO DON KARLOS AIZPURU OTXOA DE ERIBE DOÑA CONCHI LÓPEZ LÓPEZ DON LUIS ORTIZ DE PINEDO COTILLAS DON JUAN CARLOS ALONSO MORAZA DOÑA SUSANA MARTÍNEZ DE ARAMAYONA URIARTE DON JOSE ANTONIO EGUILUZ ABECIA DON LUIS MARIA SAUTU APELLÁNIZ Abierto el acto público a las diecinueve horas, por orden de la Presidencia se trató el Orden del día previsto, adoptándose los acuerdos que paso a reseñar. 1.- LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA EL 22 DE MARZO DE 2012. Vista el acta de la Sesión Extraordinaria celebrada el día 22 de marzo, por parte del Concejal Sr. Rico se solicita dejar la aprobación de la misma hasta la próxima Sesión, con el fin de recoger su intervención en el punto de presupuesto. La Corporación por unanimidad acuerda dejar sobre la mesa este punto, hasta la próxima Sesión plenaria.- 2.- DECRETOS DE ALCALDÍA.- Se da cuenta de las resoluciones dictadas por la Alcaldía y por delegación de la misma, desde el Decreto Nº 78 de fecha 07.03.12 al Nº 113 de fecha 11.04.12 referentes a: la aprobación de los padrones de los Servicios de Horario ampliado en el Colegio Virgen de Oro y Escuela de Música mes de Febrero por importes de 1.625,52€ y 1.621,72€ respectivamente, devolución de ingresos indebidos, aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la VTM toda vez que durante el plazo de exposición pública no se ha presentado alegación alguna, adjudicación de contratos menores para suministro de material para el tejado del Colegio Virgen de Oro: 3.407,20€, a Pinturas Velasco el pintado columpios zona infantil: 2.324,60€, a Garra el suministro de material para reparación de columpios: 1.118,06€, a Eskoop S. Coop. el servicio de mantenimiento del C.T. y línea subterránea para el suministro de energía eléctrica a la EDAR por el plazo de un año en el precio de 592,88€, a Construcciones Cámara S.A. las obras de renovación del remate superior del antepecho de la cubierta del edificio nuevo del Colegio Virgen de Oro por importe de 5.470,93€, realización de un taller de automaquillaje por importe de 220 euros a Salón de Belleza Maitagarri, cesión al Ayuntamiento de Zigoitia del escenario municipal

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AYUNTAMIENTO DE ZUIA MURGIA (ALAVA)

ZUIAKO UDALA MURGIA (ARABA)

En Murgia a diecinueve de abril de dos mil doce, siendo las diecinueve horas,

previa convocatoria cursada en forma legal, se celebró Sesión Ordinaria en el Salón de

Sesiones de la Casa Consistorial con la asistencia de los Señor@s Concejales que debajo se

relacionan bajo la Presidencia del Sr. Alcalde D. Unai Gutiérrez Urkiza, actuando de

Secretario la de la Corporación, Dª Susana Zubiaur Zorrilla.-

ALCALDE

DON UNAI GUTIÉRREZ URKIZA

CONCEJALES ASISTENTES

DON RUBÉN RICO GUTIÉRREZ

DOÑA OIHANA RUIZ CUEVAS

DOÑA MERTXE ITURRATE DEL REGUERO

DON KARLOS AIZPURU OTXOA DE ERIBE

DOÑA CONCHI LÓPEZ LÓPEZ

DON LUIS ORTIZ DE PINEDO COTILLAS

DON JUAN CARLOS ALONSO MORAZA

DOÑA SUSANA MARTÍNEZ DE ARAMAYONA URIARTE

DON JOSE ANTONIO EGUILUZ ABECIA

DON LUIS MARIA SAUTU APELLÁNIZ

Abierto el acto público a las diecinueve horas, por orden de la Presidencia se trató el

Orden del día previsto, adoptándose los acuerdos que paso a reseñar.

1.- LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN

EXTRAORDINARIA CELEBRADA EL 22 DE MARZO DE 2012.

Vista el acta de la Sesión Extraordinaria celebrada el día 22 de marzo, por parte del

Concejal Sr. Rico se solicita dejar la aprobación de la misma hasta la próxima Sesión, con

el fin de recoger su intervención en el punto de presupuesto. La Corporación por

unanimidad acuerda dejar sobre la mesa este punto, hasta la próxima Sesión plenaria.-

2.- DECRETOS DE ALCALDÍA.-

Se da cuenta de las resoluciones dictadas por la Alcaldía y por delegación de la

misma, desde el Decreto Nº 78 de fecha 07.03.12 al Nº 113 de fecha 11.04.12 referentes a:

la aprobación de los padrones de los Servicios de Horario ampliado en el Colegio Virgen de

Oro y Escuela de Música mes de Febrero por importes de 1.625,52€ y 1.621,72€

respectivamente, devolución de ingresos indebidos, aprobación definitiva de la Ordenanza

reguladora de la VTM toda vez que durante el plazo de exposición pública no se ha

presentado alegación alguna, adjudicación de contratos menores para suministro de material

para el tejado del Colegio Virgen de Oro: 3.407,20€, a Pinturas Velasco el pintado

columpios zona infantil: 2.324,60€, a Garra el suministro de material para reparación de

columpios: 1.118,06€, a Eskoop S. Coop. el servicio de mantenimiento del C.T. y línea

subterránea para el suministro de energía eléctrica a la EDAR por el plazo de un año en el

precio de 592,88€, a Construcciones Cámara S.A. las obras de renovación del remate

superior del antepecho de la cubierta del edificio nuevo del Colegio Virgen de Oro por

importe de 5.470,93€, realización de un taller de automaquillaje por importe de 220 euros a

Salón de Belleza Maitagarri, cesión al Ayuntamiento de Zigoitia del escenario municipal

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con motivo del Gazte Eguna, autorización al Club Atletismo La Blanca para celebrar la VII

Carrera Popular Zuia el 01.04.12, la aprobación de la liquidación del ejercicio 2011

(resultado presupuestario-existencia finales de tesorería-desviaciones de financiación y

remanente de tesorería), aprobación de órdenes de mandamientos de pagos Nº 5 y 6/2012,

desestimación del recurso interpuesto por el titular de las parcelas 1204 y 1205 polígono 2

de Murgia contra la denegación de la licencia de segregación-agrupación de las mismas e

inadmisión de la impugnación indirecta de las NNSS, autorización a la AMPA del Colegio

Virgen de Oro para utilizar la Casa Oregi durante las colonias organizadas durante las

vacaciones de semana santa, requerimiento a la Sociedad Recreativa Zaldibartxo para que

deje libre la construcción conocida como Refugio Zaldibartxo en el monte de U.P. 734,

concesión de licencias de obras menores para legalizar la renovación del material de

cobertura en edificio situado en la parcela 611/6 de Murgia, para renovar material de

cobertura en vivienda sita en la parcela 65/2 de Murgia, para proyectar poliuretano en

cubierta de pabellón ganadero en la parcela 704/1 de Lukiano, a la Junta Administrativa de

Murgia para legalizar la pavimentación ejecutada en la C/Añureta, licencia de obra mayor

al Obispado para rehabilitar la cubierta de la Iglesia de S. Pedro de Zárate, denegación de

licencia para parcelar la finca 186/2 de Bitoriano por tratarse de suelo urbano no

consolidado, denegación de la aprobación del PERU presentado en el ámbito de la parcela

55-B/2 de Murgia, orden de ejecución a la Comunidad de Propietarios de los edificios 4, 6

y 8 de la C/San Martín para reparar el pavimento del espacio de su propiedad de uso

público, requerimiento a Precur Iru S.L. para que subsane y finalice las deficiencias

existentes en los garajes de las 42 viviendas de la C/San Martín de Murgia, orden de

clausura de la actividad de depósito de material, eliminación y tratamiento de residuos que

se está desarrollando en la parcela 222/20 de Jugo ordenándose el cierre de la misma y la

restauración del terreno, requerimiento a Izartes 1963 S.L. para que finalice las obras de

urbanización de la UE integrada por las parcelas 487 y 488/5 de Sarría, concesión de

licencia de 1ª ocupación de las obras de ampliación y reforma de la vivienda sita en la

parcela 151/2 de Bitoriano, comparecencia y personación del Ayuntamiento en el recurso

contencioso Nº 472 interpuesto por la Delegación el Gobierno por no instalar la bandera

española asistidos del Letrado Sr. Fernández de Trocóniz, nombramiento de funcionaria

interina a Dª Isabel Herrero para sustituir a funcionario de baja por enfermedad,

autorización a la Asociación de Mujeres de Zuia para utilizar la Sala de Exposiciones de la

Casa Bea-Murgia del 18.06 al 01.07.12 para exponer los trabajos realizados durante el

curso, aprobación del expediente de Incorporación de Créditos Nº 1/2012 por importe de

252.536,34€, resolución por la que se retrasa la celebración del Pleno Ordinario del mes de

Abril, aprobación de la rectificación del Padrón Municipal de Habitantes al 01.01.2012 con

el resultado de 1.180 mujeres y 1.259 hombres, delegación de celebración de boda en el

Concejal D. Juan Carlos Alonso y desestimación de recurso interpuesto por las

liquidaciones practicadas en concepto de Incremento del Valor de los Terrenos de

Naturaleza Urbana por la transmisión de vivienda 2º B drcha. y garaje de la C/San Martín

Nº 6 de Murgia. La Corporación se da por enterada.-

3.- CORRESPONDENCIA OFICIAL.-

3.1.- Diputación Foral de Alava:

- Instituto Foral de la Juventud informa sobre el centro territorial de información y

documentación juvenil, de la campaña de verano 2012

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- Hacienda, Finanzas y Presupuestos: informa el pago de la recaudación ejecutiva de

los meses de Enero y Febrero de 2012, informa las cuotas provinciales y estatales del IAE

correspondiente al año 2011 por importe de 7.928,75€, remite listado con información de

transmisiones efectuadas durante los años 2010 y 2011 en Zuia

- Administración Local y Equilibrio Territorial remite las Bases de la convocatoria

para la concesión de ayudas del Plan Foral de Obras y Servicios del programa 2012-2015.

- Obras Públicas y Transportes remite actas de expropiación forzosa correspondiente

al proyecto de construcción de Acondicionamiento y Vía lenta en el Alto Las Chozas y del

de Acondicionamiento de la Ctra. A-4413 de Murgia a Domaikia.

- Medio Ambiente y Urbanismo informa que la sección de Parques Naturales va a

cerrar perimetralmente la Laguna Monreal como Reserva del Parque Natural. Y remite

Bases reguladoras de subvenciones para los honorarios de redacción de planeamiento

general, estudios de impacto ambiental así como planes de desarrollo y ejecución

urbanística.

3.2.- Gobierno Vasco:

- Empleo y Asuntos Sociales remite propuesta de convenio de colaboración entre el

Ayuntamiento de Zuia y Lanbide para posibilitar el intercambio de información entre

ambas instituciones y concede plazo hasta el 30 de abril para realizar aportaciones al

Decreto de cartera de prestaciones y Servicios del sistema vasco de servicios sociales

- Industria, Comercio y Turismo remite autorización y aprobación del proyecto de

instalación de línea subterránea a 13,2 para alimentación de la EDAR

- Medio Ambiente, Plantificación Territorial, Agricultura y Pesca concede trámite

de audiencia en el procedimiento de Modificación de las Directrices de Ordenación del

Territorio del País Vasco y remite inventario del planeamiento urbanístico integral de los

municipios vascos.

- Economía y Hacienda remite información sobre concurso juvenil de fotografía

“Donde ves Europa en Euskadi” para su difusión.

- Sanidad y Consumo informa de la 8ª vuelta del Programa de detección precoz del

cáncer de mama

- Educación Universidades e Investigación comunica la aceptación de la renuncia de

la subvención concedida para ejecutar obras en el Colegio Virgen de Oro por importe de

1.309,80€.

- Vivienda, Obras Públicas y Transportes informa de la empresa que gestionará la

estadística de edificación y vivienda y de los procedimientos para cumplimentar los

cuestionarios.

- Justicia y Administración pública solicita información relativa a los vestigios del

franquismo existentes en el municipio.

3.3.- Asociación de Municipios Vascos-EUDEL:

- Informa de la liquidación de las aportaciones del Fondo Foral de Financiación

municipal de las Diputaciones correspondientes al año 2011

- Remite acuerdo sobre adopciones irregulares y bebés robados.

3.4.- Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 2 de Vitoria-Gasteiz:

- Remite demanda y citación a juicio, reclamación de expediente y ordenación de

emplazamiento en el recurso 87/2012 interpuesto por el Sr. Niño en reclamación de

responsabilidad por daños en vehículo con alcantarilla por mal estado en terreno de Sarria.

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4.- PLAN FORAL DE OBRAS Y SERVICIOS 2012-2015.

El Sr. Alcalde-Presidente, a la vista de las propuesta realizada en el día de ayer en la

Comisión, ha consultado la posibilidad de incluir la obra del Camino de Murgia a Sarría y

le han dicho que no entraría, por lo cual el grupo BILDU mantiene su propuesta en cuanto a

las obras previstas incluir al Plan Foral de Obras y Servicios Programa 2012-2015, que es la

siguiente por orden de prelación:

1ª.- Renovación/sustitución de la red de abastecimiento de agua potable en baja en

diversos tramos.

2ª.- Reforma del edificio de Casa Consistorial.

3ª.- Rehabilitación de la cubierta de la Casa Bea-Murgia y accesibilidad.

El Presidente comenta que ha consultado con representantes del Servicio de Plan

Foral de Diputación y le han dicho que es posible incluir estas dos últimas obras, y si fuera

urgente acometer la de la Casa Bea-Murgia bastaría con solicitar autorización para iniciar

las mismas con carácter previo a la resolución de la subvención. Hoy mismo ha estado con

el Diputado de Administración Local Sr. Ruiz de Arbulo quien le ha comentado incluir la

obra del Ayuntamiento en segundo lugar, porque el hecho de que se ponga en 3º lugar la de

la Casa Bea- Murgia no excluye el que puedan conceder subvención a esta última si no es

posible a la 2ª.

Se concede la palabra a los distintos grupos:

EAJ/PNV: el Concejal Sr. Aizpuru dice que están de acuerdo con la 1ª obra, pero

como 2ª propone la cubierta y accesibilidad de la Casa Bea-Murgia porque existe consenso

de todos los grupos en ejecutar esta obra. No terminan de ver la obra de reforma del

Ayuntamiento porque apuestan por un edificio nuevo en lugar de reformar el actual. Como

3ª obra proponen la Renovación de las Instalaciones deportivas (control de accesos, bar-

restaurante,……), el problema es que no existe anteproyecto, siendo el coste estimado de

unos 300.000,00€.

PP: el Concejal Sr. Sautu apoya también la 1ª obra propuesta por el equipo de

gobierno porque cree que se necesita y es adecuada, y en 2º lugar propone la Rehabilitación

de la cubierta y accesibilidad de la Casa Bea-Murgia; como es un equipamiento lo relega a

un 2º lugar, porque 1º se han de cubrir todas las obras de infraestructura de la Cuadrilla, y

no ve la obra del Ayuntamiento porque le parece una inversión muy importante para estos

momentos; como no puede incluirse la obra que se había comentado en Comisión del

camino de Murgia a Sarría, no se decanta por una 3ª obra y solo propone solicitar

subvención para las dos que ha expuesto.

ZBG/ZNU: el Concejal Sr. Alonso coincide en la 1ª obra con el resto de grupos y

pregunta si se ha hecho un cálculo del coste, contestándole el Sr. Alcalde que piensa que

superan el millón de euros, y como 2ª obra proponen la cubierta y accesibilidad de la Casa

Bea-Murgia, no planteando más obras, porque piensan que no son tiempos para acometer

las obras del Ayuntamiento.

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ZUIAKO UDALA MURGIA (ARABA)

Interviene nuevamente el Concejal Sr. Sautu quien matiza que está de acuerdo en

incluir las obras de reforma del Ayuntamiento como 3ª obra.

Grupo BILDU: toma la palabra el Concejal Sr. Rico y dice que cree que la 1ª obra

propuesta es una necesidad y buena para la salud de los vecinos del Valle; además es bueno

que exista consenso sobre la misma. En cuanto al vial peatonal de Murgia a Sarría piensa

que dado que existe igualmente consenso habrá que buscar una financiación. Entiende

también la necesidad de las obras de la Casa Bea, pero piensa que la del Ayuntamiento

debería ser la 2ª porque la situación de falta de accesibilidad es inaceptable. Aunque solo

dieran el 60% de subvención para estas últimas obras con cargo al Plan Foral, existen otras

vías posibles de financiación (EREIN, Gobierno Vasco,….). Por eso la mantienen en el 2º

lugar, porque la consideran de gran interés.

Finalizada la exposición se procede a votar individualizadamente las obras

expuestas, no resultando elegida la correspondiente a la Remodelación de las instalaciones

deportivas porque únicamente votan a favor de la misma los Concejales del grupo

EAJ/PNV (3), en contra los de BILDU (4), absteniéndose el resto.

La Corporación ACUERDA:

PRIMERO.- Solicitar al amparo de la convocatoria de subvenciones del Plan Foral

de Obras y Servicios programa 2012-2015 las siguientes obras, conforme a la votación

detallada en cada una de ellas:

1.- Renovación de la red de abastecimiento de agua en baja en diversos tramos: por

unanimidad de los Concejales.

2.- Rehabilitación de la cubierta y dotación de accesibilidad en la Casa Bea-Murgia:

por mayoría absoluta, con el voto favorable de los Concejales de los Grupos EAJ/PNV (3),

ZBG/ZNU (3) y PP (1) y el voto en contra del resto.

3.- Rehabilitación del edificio de la Casa Consistorial: por mayoría con el voto

favorable de los Concejales del Grupo BILDU (4) y PP (1) y la abstención del resto.

SEGUNDO.- Que el Ayuntamiento de Zuia se hace responsable de la financiación

total de aquellas obras o servicios y, en su caso, de los honorarios correspondientes que

sean incluidos en el citado Plan, así como del cumplimiento de todas las condiciones

previstas para su concesión en la normativa reguladora.

TERCERO.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente D. Unai Gutiérrez, o a quien

legalmente le sustituya, para que en nombre y representación del Ayuntamiento formalice

cuantos documentos sean precisos en ejecución de este acuerdo.

CUARTO.- Remitir copia de este acuerdo junto con la documentación

correspondiente al Servicio de Plan Foral de Obras y Servicios de la Diputación Foral de

Alava.-

5.- EXPEDIENTE DE CRÉDITO ADICIONAL 1/2012.

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El Sr. Alcalde, reiterando lo expuesto en la Comisión informativa da cuenta de las

partidas que proponen habilitar/suplementar en el expediente de crédito adicional 1/2012 y

a la vista de lo manifestado en la citada comisión por el resto de grupos, retirarían la

correspondiente al servicio interpueblos por importe de 12.000,00€, teniendo en cuenta el

compromiso de todos los grupos para estudiar previamente este servicio que se habilitaría

con posterioridad; es decir, mantienen todas las partidas excepto la del servicio

interpueblos. Respecto al incremento de las partidas correspondientes a retribuciones y

seguridad social del personal, esto tiene relación con el siguiente punto del orden del día.

PARTIDA

DE GASTOS

DENOMINACIÓN IMPORTE

120.625.000 Mobiliario y enseres 1.600

313.625.010 Mobiliario y enseres 1.800

412.226.010 Actividades mayores y enfermos Cáritas 2.000

420.481.000 Subvención AMPA Colegio Virgen Oro 16.500

420.481.010 Subvención Padres/Madres niñ@s 2 años Colegio Pbco. 6.200

420.481.020 Subvención transporte estudiantes 2.600

420.481.040 Subvención AMPA Izarra 1.000

420.481.050 Subvención niñ@s Escuela Infantil 7.000

420.481.060 Subvención AMPA ESO Murgia Baialde 2.000

432.226.000 Gastos de gestión viviendas protegidas 50.000

432.434.000 Subvención Alumbrado público JJAA 72.000

432.623.020 Maquinaria, instalaciones, utillaje y herramientas 10.000

441.210.010 Actuaciones concretas saneamiento 35.000

441.227.140 Curso de xerojardinería 1.400

441.600.010 Expropiaciones red colectores 20.000

441.623.010 Renovación/reparación conducciones agua 20.000

451.421.000 Actividades culturales y deportivas Cuadrilla 2.000

451.421.010 Promoción euskera Cuadrilla 1.000

451.434.000 Subvención fiestas JJAA 27.000

451.480.000 Subvención promoción y estudio euskera 15.000

451.481.000 Subvención Asociaciones culturales, sociales, y promoc.

Euskera locales comerciales e industriales

23.700

451.481.010 Subvención perro pastor 2.000

451.481.030 Subvención Gau Eskola AEK 2.000

451.622.010 Reparación cubierta y accesibilidad Casa Bea-Murgia 196.000

451.625.000 Mobiliario y enseres 4.600

451.625.011 Puerta Casa Oregi 3.587,20

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452.227.060 Patrocinio Javier Ruiz de Larrinaga 1.800

452.481.000 Subvención Grupos y Asociaciones deportivas 22.000

452.481.020 Subvención Club Atletismo La Blanca 450

452.481.030 Subvención Atzabal Mendi Taldea 1.620

452.481.040 Subvención Sección Bolos Zuia Sport 1.000

452.623.020 Arreglo conducción piscinas municipales Palatu 23.000

452.623.030 Cierre perímetro piscinas municipales Palatu 6.077

452.625.000 Material deportivo 20.000

511.434.000 Subvención retirada nieve JJAA 15.000

511.601.000 Arreglo de calles y aceras municipales 87.000

511.601.011 Acondicionamiento Ctra. A-4413 Murgia Domaikia 103.374,05

511.601.012 Continuación Acondici. Ctra. Domaikia hacia Murgia 85.500

511.601.013 Ejecución vial peatonal Murgia-Sarria 10.000

511.643.000 Estudio costes vial UE-14 de Murgia 10.000

511.734.000 Aportación asfaltado C/Añureta 3.981,22

513.226.000 Servicio transporte interpueblos 12.000

531.481.000 Subvención Asociación de Apicultores 1.000

720.226.000 Fomento Empleo y actividad económica 20.000

751.226.000 Promoción Turismo 7.000

910.734.000 Subvención obras JJAA 200.000

TOTAL GASTOS A AUMENTAR 1.156.789,47

Partidas que se incrementan:

PARTIDA

DE GASTOS

DENOMINACIÓN IMPORTE

120.120.000 Retribuciones funcionarios 9.889,37

120.160.001 Seguridad Social 1.881,56

313.221.060 Suministro alimentos CRAD (diciembre 2011) 1.364,19

313.226.060 Actividades CRAD (comida catering año 2011) 400,14

313.227.000 Contrato gestión Centro Atención Diurna (2011) 43,16

432.210.001 Mantenimiento jardines y alumbrado (año 2011) 2.448,28

432.221.010 Suministro energía alumbrado público (2011) 20.374,94

432.227.010 Mantenimiento alumbrado (Noviembre y Diciem 2011) 1.015,68

442.421.000 Consorcio Estribaciones Gorbea 3.385

911.422.000 Asociación Desarrollo Rural 1.800

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ZUIAKO UDALA MURGIA (ARABA)

TOTAL GASTOS AUMENTAR 42.602,32

TOTAL MODIFCACIÓN DE GASTOS.………………………………1.199.391,79

A continuación concede el turno de intervención a cada grupo.

EAJ/PNV: el Concejal Sr. Aizpuru dice que están de acuerdo con todas las partidas

referentes a subvenciones, pero en cuanto a las inversiones y habilitaciones de partidas

piden mayor concreción, como son: el arreglo de calles y aceras 87.000€, gastos de gestión

de VPO: 50.000€, modificación de plantilla, transporte interpueblos 12.000€, promoción

turística (porque es competencia de la Cuadrilla), fomento de empleo (porque entienden que

cuando se concrete se decidirá habilitar la partida correspondiente). Igualmente exigen

como requisito que se pidan tres presupuestos antes de cualquier contratación y se lleven a

la Comisión informativa.

Grupo PP: el Concejal Sr. Sautu dice que su postura prácticamente coincide con el

grupo EAJ/PNV; con las partidas correspondientes a subvenciones no tiene nada que

objetar; en cuanto a las inversiones, el arreglo de calles es genérico, piensa que el arreglo de

la calle Mendibe no cuesta 87.000€ por lo que en esa partida concretaría el coste

correspondiente a la obra de dicha calle; reiterando lo manifestado ayer en la comisión

informativa no entiende el concepto de gastos de gestión de VPO, porque se habló de

proyecto y eso no es gestión. La modificación de plantilla no la entiende porque ya existe

una plaza con una dedicación parcial en la biblioteca; coincide con lo expuesto por el

Concejal Sr. Aizpuru de que la promoción del turismo la asume la Cuadrilla y no ve la

necesidad y en el supuesto de que hubiera alguna cuestión o campaña a realizar lo

estudiarían; con el fomento del empleo opina lo mismo que el citado grupo.

Grupo ZBG/ZNU: el Concejal Sr. Alonso expone que están de acuerdo con las

partidas habilitadas de subvenciones; la de arreglo de calle comparte con los otros grupos

en habilitar el coste de la obra correspondiente a Mendibe; coinciden con los dos grupos

anteriores en los gastos de gestión de VPO, promoción del turismo, fomento del empleo

(cuando haya algo concreto no tendrán problema en estudiarlo y en su caso realizar la

habilitación).

Interviene el Concejal Sr. Rico quien entiende que se aprueban la mayoría de

partidas expuestas; concreta que el coste de las obras de la calle Mendibe sería de unos

35.000 o 40.000€; en cuanto a los gastos de gestión de las VPO comenta las diferentes

fórmulas posibles para realizar las mismas: sacar el proyecto a concurso para lo cual habría

que tener atado el mismo por medio de un anteproyecto, con unas pautas que diera el

Ayuntamiento. En cuanto a la promoción turística le sorprende la postura de los Grupos

EAJ/PNV y ZBG/ZNU porque tienen representación en la Cuadrilla y saben que el

Ayuntamiento tiene que hacer una aportación a la misma de 5.000€ para este servicio.

Asimismo le sorprende la postura de ZBG/ZNU respecto al fomento del empleo porque con

esto han intentado acercarse a una propuesta de ellos (contratar personal para trabajos de

desbroce,……).

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ZUIAKO UDALA MURGIA (ARABA)

El Concejal Sr. Aizpuru le dice que desde el principio lo han dejado claro: que se

concreten las cosas y por eso quiere ver el presupuesto de las obras de la C/Mendibe.

El Concejal Sr. Sautu dice que no tiene problema con dicha obra si se ponen

40.000€, ni en cuanto a la promoción del turismo si existe un compromiso con la Cuadrilla.

Respecto al fomento del empleo y la actividad económica, en su día, cuando se presentó el

presupuesto era partidario junto con el grupo ZBG/ZNU de ello y no se va a oponer a que

se cree una partida a tal fin, pero necesita que se especifique más.

El Concejal Sr. Alonso dice que en el arreglo de calles se ponga lo correspondiente

a Mendibe, en promoción de turismo lo que haya que aportar a la Cuadrilla (o que se deje

pendiente hasta aclarar si se trata de la aportación que ya está prevista o de otra cuestión) y

le preocupa lo del arreglo de calles, que no se pueda hacer nada si fuera preciso.

Visto el informe emitido por la Secretario.

La Corporación ACUERDA:

PRIMERO.- Aprobar el expediente de CRÉDITO ADICIONAL número 1/12, por

un importe total de 1.063.391,79 euros, con el detalle de partidas de gastos y recursos que

lo financian que seguidamente se detallan, una vez concretada la partida correspondiente al

arreglo de calles a la C/Mendibe con 40.000€ con el voto favorable de todos los Concejales

excepto del Concejal Sr. Rico que se abstiene y excluidas de la propuesta realizada por el

Grupo Bildu las siguientes partidas:

- Gestión de viviendas protegidas: votan en contra de ella los Concejales de los

grupos EAJ/PNV (3), ZBG(3) y PP(1) y a favor BILDU (4).

- Promoción turismo: por unanimidad acuerdan retirarla.

- Transporte interpueblos: por unanimidad la retiran.

- Fomento empleo y actividad económica: votan en contra de ella los Concejales

de los Grupos EAJ/PNV (3), ZBG(3) y PP(1) y a favor BILDU (4).

SEGUNDO.- Exponer dicho expediente al público a efectos de reclamaciones en la

forma y plazos fijados en el artículo 15 de la Norma Foral 3/2004.

TERCERO.- Considerar este acuerdo como definitivo si no hubiera reclamaciones

y si las hubiera adoptar nuevo acuerdo en el plazo de un mes.

CUARTO.- Publicar el acuerdo definitivo en la forma y plazo reglamentarios.

QUINTO.- Remitir, simultáneamente, una copia del expediente a la Diputación

Foral de Alava.

PARTIDA

DE GASTOS

DENOMINACIÓN IMPORTE

120.625.000 Mobiliario y enseres 1.600

313.625.010 Mobiliario y enseres 1.800

412.226.010 Actividades mayores y enfermos Cáritas 2.000

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420.481.000 Subvención AMPA Colegio Virgen Oro 16.500

420.481.010 Subvención Padres/Madres niñ@s 2 años Colegio Pbco. 6.200

420.481.020 Subvención transporte estudiantes 2.600

420.481.040 Subvención AMPA Izarra 1.000

420.481.050 Subvención niñ@s Escuela Infantil 7.000

420.481.060 Subvención AMPA ESO Murgia Baialde 2.000

432.434.000 Subvención Alumbrado público JJAA 72.000

432.623.020 Maquinaria, instalaciones, utillaje y herramientas 10.000

441.210.010 Actuaciones concretas saneamiento 35.000

441.227.140 Curso de xerojardinería 1.400

441.600.010 Expropiaciones red colectores 20.000

441.623.010 Renovación/reparación conducciones agua 20.000

451.421.000 Actividades culturales y deportivas Cuadrilla 2.000

451.421.010 Promoción euskera Cuadrilla 1.000

451.434.000 Subvención fiestas JJAA 27.000

451.480.000 Subvención promoción y estudio euskera 15.000

451.481.000 Subvención Asociaciones culturales, sociales, y promoc.

Euskera locales comerciales e industriales

23.700

451.481.010 Subvención perro pastor 2.000

451.481.030 Subvención Gau Eskola AEK 2.000

451.622.010 Reparación cubierta y accesibilidad Casa Bea-Murgia 196.000

451.625.000 Mobiliario y enseres 4.600

451.625.011 Puerta Casa Oregi 3.587,20

452.227.060 Patrocinio Javier Ruiz de Larrinaga 1.800

452.481.000 Subvención Grupos y Asociaciones deportivas 22.000

452.481.020 Subvención Club Atletismo La Blanca 450

452.481.030 Subvención Atzabal Mendi Taldea 1.620

452.481.040 Subvención Sección Bolos Zuia Sport 1.000

452.623.020 Arreglo conducción piscinas municipales Palatu 23.000

452.623.030 Cierre perímetro piscinas municipales Palatu 6.077

452.625.000 Material deportivo 20.000

511.434.000 Subvención retirada nieve JJAA 15.000

511.601.000 Arreglo de calle Mendibe 40.000

511.601.011 Acondicionamiento Ctra. A-4413 Murgia Domaikia 103.374,05

511.601.012 Continuación Acondici. Ctra. Domaikia hacia Murgia 85.500

511.601.013 Ejecución vial peatonal Murgia-Sarria 10.000

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511.643.000 Estudio costes vial UE-14 de Murgia 10.000

511.734.000 Aportación asfaltado C/Añureta 3.981,22

531.481.000 Subvención Asociación de Apicultores 1.000

910.734.000 Subvención obras JJAA 200.000

TOTAL GASTOS A AUMENTAR 1.020.789,47

Partidas que se incrementan:

PARTIDA

DE GASTOS

DENOMINACIÓN IMPORTE

120.120.000 Retribuciones funcionarios 9.889,37

120.160.001 Seguridad Social 1.881,56

313.221.060 Suministro alimentos CRAD (diciembre 2011) 1.364,19

313.226.060 Actividades CRAD (comida catering año 2011) 400,14

313.227.000 Contrato gestión Centro Atención Diurna (2011) 43,16

432.210.001 Mantenimiento jardines y alumbrado (año 2011) 2.448,28

432.221.010 Suministro energía alumbrado público (2011) 20.374,94

432.227.010 Mantenimiento alumbrado (Noviembre y Diciem 2011) 1.015,68

442.421.000 Consorcio Estribaciones Gorbea 3.385

911.422.000 Asociación Desarrollo Rural 1.800

TOTAL GASTOS AUMENTAR 42.602,32

TOTAL MODIFCACIÓN DE GASTOS.…………………………….1.063.391,79

El anterior importe queda financiado por los recursos que a continuación se relacionan, de

forma que el expediente se presenta nivelado y sin que se produzca déficit:

PARTIDA DE

INGRESOS

DENOMINACIÓN IMPORTE

Varias Superavit de ingresos sobre gastos prorrogados 499.092,04

31210 Mayores ingresos Tasa Basuras incremento tarifas 3.385,00

87001 Remanente Tesorería gastos generales 560.914,75

TOTAL RECURSOS QUE FINANCIAN GASTOS.……………….1.063.391,79

6.- MODIFICACIÓN DE HORARIO DE PERSONAL ADMINISTRATIVO.

El Sr. Alcalde-Presidente da lectura de la propuesta del Grupo BILDU sobre la

necesidad de contratar una persona a tiempo parcial para el servicio de biblioteca:

“INFORME DEL GOBIERNO SOBRE LA NECESIDAD DE CONTRATAR

UNA PERSONA A TIEMPO PARCIAL PARA EL SERVICIO DE BIBLIOTECA

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ZUIAKO UDALA MURGIA (ARABA)

Ante la necesidad de este ayuntamiento de contratación a tiempo parcial de una persona

para cubrir el servicio de biblioteca municipal y ante las dudas generadas sobre la

legalidad de dicha contratación conforme al real decreto 20/2011, este ayuntamiento ha

solicitado un informe jurídico al asesor jurídico contratado por este ayuntamiento Alfonso

FÉRNANDEZ DE TROCÓNIZ ABOGADOS ASOCIADOS, con el objeto de determinar si

la situación específica de este ayuntamiento permitiría dicha contratación.

A la vista de dicho informe, entendemos que hay alguna salvedad a la norma y que el caso

o situación específica de este ayuntamiento al respecto encaja con dicha salvedad.

Es por ello que desde el equipo de gobierno emitimos este informe con el objeto de detallar

los motivos de necesidad urgente e inaplazable que hacen necesaria dicha contratación ya

que afectan a varios servicios municipales que consideramos básicos para el correcto

funcionamiento y el correcto servicio al ciudadano por parte de esta institución.

1- Actualmente uno de los administrativos de la plantilla del ayuntamiento tiene una

plaza cuyo horario laboral se divide en 2 horas y media de atención y gestión del

servicio de biblioteca por la tarde y el resto de la jornada en las dependencias

municipales desarrollando labores administrativas por la mañana. Dicho

trabajador solicito en su día una reducción de jornada con el objeto de conciliar su

vida familiar con su vida laboral, pasando a desarrollar su labor solamente en el

horario de mañana, para lo cual hubo que realizar una contratación para cubrir

esta reducción de jornada y poder seguir prestando en condiciones adecuadas el

servicio de biblioteca.

2- Dicha persona ha comunicado a este ayuntamiento su renuncia a la reducción de

jornada, solicitando prestar toda su jornada laboral en horario de mañana,

cuestión a la que el ayuntamiento legalmente no se puede negar, a la vista de las

últimas sentencias al respecto. Esto tiene incidencia en la prestación de un servicio

que este ayuntamiento considera básico ya que dicho servicio viene prestándose

desde hace más de una década. Además este ayuntamiento tiene una necesidad

urgente de ampliar la dedicación en labores administrativas y de atención al

público.

3- La problemática de la gestión administrativa y de atención al público es

objetivamente constatable, ya que está acarreando diversos retrasos o

paralizaciones en diversos ámbitos que voy a detallar parcialmente.

a- Retraso constante en informaciones estadísticas al gobierno vasco, que requiere

reiteradamente a este ayuntamiento para que facilite la información necesaria.

Ej.- retrasos reiterados en las estadísticas a remitir al GV sobre edificaciones

de obras mayores- información trimestral que no se manda en plazo.

b- Datos obligatorios a remitir por este ayuntamiento a otras instituciones. Ej.-

datos del canon del agua a remitir al GV, datos que se están requiriendo

constantemente y que llevan un retraso de 2 años cuando la obligación es

anual.

c- Licencias y expedientes urbanísticos pendientes de tramitación, algunos con

retrasos superiores a un año.

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d- Merma en la atención al público, ya que ante la carga de trabajo pendiente se

tiende a correr, lo que tiene una incidencia directa en la calidad de la tención y

el servicio.

4- Como ya hemos comentado anteriormente el servicio de biblioteca es un servicio

que consideramos básico, ya que aunque por numero de población no tenemos

obligación de prestarlo (Ayuntamientos de más de 5000 habitantes) Si lo

consideramos básico ya que es un servicio que este ayuntamiento lleva prestando

más de una década. Y debemos garantizar que se siga prestando, cuando menos

como en las condiciones actuales.

Hay que decir que si esta contratación no se llevara a cabo, el servicio no se podría

prestar en las condiciones horarias actuales e incluso que habría que dejar de prestarlo.

Ya que la situación de la gestión administrativa no puede seguir en estas condiciones y

deberíamos de dar prioridad a las obligaciones legales que tenemos como ayuntamiento,

obligaciones algunas de ellas detalladas ya en el punto número 3.

Además hay que decir que la contratación parcial de 2 horas y media al día, es totalmente

asumible por este ayuntamiento sin tener un impacto reseñable o inasumible en las cuentas

de este ayuntamiento”.

Toma la palabra el Concejal Sr. Rico quien manifiesta que ayer en la Comisión

informativa se les hizo entrega del informe jurídico emitido por el Asesor Jurídico Sr.

Fernández de Trocóniz. Dice que en el informe hay unas excepciones que el equipo de

gobierno considera que se cumplen en este caso.

Preguntada la Secretaria si ha realizado un informe manifiesta que no, porque se

remite y ratifica en el informe realizado con motivo de la presentación del presupuesto

sobre este tema, que consideraba iba contra el citado Real Decreto ley de medidas urgentes.

EAJ/PNV: el Concejal Sr. Aizpuru dice que se trata de un aspecto interpretable,

porque el informe emitido por la Secretaria con motivo del presupuesto consideraba que no

era posible ampliar la plantilla al amparo del citado Real Decreto ley. Necesitarían un

informe sobre las necesidades existentes. No saben lo que es un servicio básico y les

preocupa lo que conlleva la ampliación del horario, que es la creación de una plaza a

tiempo parcial.

PP: el Concejal Sr. Sautu dice que vistos los informes emitidos la cosa no está clara.

Con respecto a la justificación presentada por el equipo de gobierno piensa que quizás

podría compensarse con la ampliación de jornada que el Real Decreto Ley prevé para el

personal (2,5 horas semanales).

ZBG/ZNU: el Concejal Sr. Alonso expone que los miembros de su grupo tienen

diferente opinión sobre el tema; El no va a votar a favor.

El Concejal Sr. Rico pone de manifiesto que el informe jurídico emitido por el

Asesor Jurídico prevé esta posibilidad como excepción a la regla general cuando concurran

los siguientes requisitos: “ que se trate de un caso excepcional,… tenga por objeto cubrir

necesidades urgentes e inaplazables,.. y que se trate de sectores, funciones y categorías

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profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los

servicios públicos esenciales” y en este supuesto se cumplen a rajatabla dichos requisitos,

además de que el Ayuntamiento tiene una buena situación económica. El Sr. Alcalde añade

que es necesario más personal.

La Secretaria antes de pasar a la votación pregunta sobre las características de la

nueva plaza/puesto de trabajo, manifestando el Sr. Alcalde que son las mismas que las

actualmente asignadas al puesto de Auxiliar administrativo con destino en oficinas y

biblioteca, únicamente que se trataría del puesto de Auxiliar de biblioteca, con una relación

laboral a tiempo parcial (la misma jornada que actualmente se destina a biblioteca: 2,5

horas día).

Sometida la propuesta a votación, la Corporación por mayoría, con el voto favorable

de los Concejales del Grupo BILDU (4) y la Concejal Sra. Martínez de Aramayona, el voto

en contra de los Concejales de EAJ/PNV (3) y el Concejal Sr. Alonso, y la abstención del

Concejal Sr. Eguiluz, ACUERDA:

PRIMERO.- Aprobar inicialmente la modificación de la Plantilla presupuestaria

(con la dotación crediticia necesaria tal y como se recoge en el expediente de modificación

de crédito 1/2012 aprobado en el punto anterior) y la Relación de puestos de trabajo del

Ayuntamiento de Zuia conforme a continuación se detalla:

Plantilla presupuestaria:

- Se crea una plaza de Auxiliar de Biblioteca, dentro del Personal Laboral, laboral

fijo, con una jornada del 34,55%.

Relación de puestos de trabajo:

- Se modifica el puesto Nº 2 Auxiliar Administrativo del apartado de Funcionarios

de la Corporación de Administración General, con destino en Casa Consistorial y

Biblioteca y se adscribe el mismo a la Casa Consistorial, permaneciendo el resto de

características y requisitos sin variación.-

- Se crea el puesto de Auxiliar de Biblioteca dentro del Personal laboral, como

laboral fijo, con destino en la biblioteca, Grupo C2, Categoría Auxiliar, Titulación:

Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente, Sistema de

provisión: concurso-oposición, Dedicación parcial: un 34,55% de la jornada, Perfil

lingüístico 2, fecha de preceptividad vencida, Complemento de destino: 17 (7 Udalhitz) y

Complemento específico 34,55% de 8.452,22€.

SEGUNDO.- Exponer dicho expediente a información pública mediante anuncio

publicado en el B.O.T.H.A. durante el plazo de quince días, a efectos de reclamaciones.

TERCERO.- Considerar este acuerdo como definitivo si no hubiera reclamaciones

y si las hubiera adoptar nuevo acuerdo al respecto.

CUARTO.- Publicar el acuerdo definitivo en la forma y plazo reglamentarios.

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QUINTO.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente, D. Unai Gutiérrez Urkiza o a quien

legalmente le sustituya para que en nombre y representación del Ayuntamiento formalice

cuantos documentos sean precisos en ejecución de este acuerdo.-

7.- BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES.-

El Sr. Alcalde-Presidente propone la aprobación de la convocatoria de subvenciones

en los diversos ámbitos para el presente ejercicio 2012 y de las Bases reguladoras de las

mismas, conforme se han ido concretando en las diversas Comisiones informativas,

condicionando la concesión de las subvenciones a la aprobación definitiva del expediente

de Crédito Adicional Nº 2/2012 que recoge los créditos presupuestarios correspondientes a

las mismas, y a continuación detalla algunos aspectos de las mismas:

A.- Bases reguladoras de subvenciones a las Familias con niños y niñas

matriculados en la Escuela Infantil municipal dependiente del consorcio haurreskolak,

curso 2011/2012. El Grupo ZBG/ZNU ha realizado una propuesta diferente a la del equipo

de gobierno respecto del importe de las ayudas municipales a conceder en función de los

tramos de renta de la unidad familiar, según el servicio sea de 5 horas o más, y el Concejal

Sr. Alonso explica su propuesta.

Propuesta BILDU:

Anexo II TRAMO 5 HORAS DE SERVICIO

PRECIO PÚBLICO (1) AYUDA MUNICIPAL (2) IMPORTE A ABONAR

T1 151,00 138,65 12,35

T2 151,00 138,65 12,35

T3 151,00 126,89 24,11

T4 151,00 115,86 35,14

T5 151,00 99,74 51,26

T6 151,00 83,74 67,26

TRAMO MÁS DE 5 HORAS DE SERVICIO

PRECIO PÚBLICO (1) AYUDA MUNICIPAL (2) IMPORTE A ABONAR

T1 198,00 184,86 13,14

T2 198,00 184,86 13,14

T3 198,00 165,25 32,75

T4 198,00 146,87 51,13

T5 198,00 120,03 77,97

T6 198,00 93,19 104,81

Propuesta de ZBG/ZNU:

Anexo II TRAMO 5 HORAS DE SERVICIO

PRECIO PÚBLICO (1) AYUDA MUNICIPAL (2) IMPORTE A ABONAR

T1 151,00 138,00 13,00

T2 151,00 130,00 21,00

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ZUIAKO UDALA MURGIA (ARABA)

T3 151,00 115,00 36,00

T4 151,00 95,00 56,00

T5 151,00 65,00 86,00

T6 151,00 30,00 121,00

TRAMO MÁS DE 5 HORAS DE SERVICIO

PRECIO PÚBLICO (1) AYUDA MUNICIPAL (2) IMPORTE A ABONAR

T1 198,00 180,00 18,00

T2 198,00 170,00 28,00

T3 198,00 155,00 43,00

T4 198,00 125,00 73,00

T5 198,00 85,00 113,00

T6 198,00 40,00 158,00

El Grupo EAJ/PNV, a través de su portavoz Concejal Sr. Aizpuru manifiesta que va

a apoyar la propuesta de ZBG/ZNU y en el mismo sentido el PP, manifestando el Concejal

Sr. Sautu que esa propuesta le parece más coherente.

El Concejal Sr. Rico como portavoz del Grupo BILDU dice que mantienen su

propuesta porque entienden que no hay que bajar la cuantía de las subvenciones a conceder

por el Ayuntamiento, y se abstendrán en la votación.

B.- Bases reguladoras de subvenciones en el ámbito cultural, promoción de euskera

y/o sociales. El Sr. Alcalde comenta que tanto en estas Bases como en las de ámbito

deportivo se ha modificado el procedimiento para la determinación del importe de la

subvención en función de una serie de criterios a los que se les asigna una puntuación (Nº

participantes, jornadas del programa, autofinanciación, euskera,…..).

C.- Bases reguladoras de subvenciones para el Transporte escolar curso 2011-2012.

D.- Bases reguladoras de las subvenciones en el ámbito deportivo. El Alcalde

expone los criterios en función de los cuales se concreta el importe de la subvención:

licencias federativas, gastos arbitraje, material deportivo, gastos entrenador,…..

E.- Bases reguladoras de las subvenciones para el estudio del euskera: el Alcalde

comenta las matizaciones realizadas en las comisiones.

F.- Bases reguladoras de las subvenciones para la promoción del euskera en locales

comerciales e industriales.

Sometida la propuesta a votación, la Corporación ACUERDA

PRIMERO.- Aprobar la convocatoria de subvenciones del Ayuntamiento de Zuia

en los diversos ámbitos para el año 2012 y las Bases reguladoras de las mismas que se

detallan al final de este acuerdo, con el siguiente resultado de votación:

1.- Por unanimidad:

- Bases reguladoras de subvenciones en el ámbito deportivo.

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AYUNTAMIENTO DE ZUIA MURGIA (ALAVA)

ZUIAKO UDALA MURGIA (ARABA)

- Bases reguladoras de subvenciones en el ámbito cultural, promoción de euskera

y/o sociales.

- Bases reguladoras de subvenciones para el estudio del euskera.

- Bases reguladoras de subvenciones para el transporte escolar curso 2011-12.

2.- Por mayoría absoluta,

- Con el voto favorable de los Concejales de los Grupos EAJ/PNV (3), ZBG/ZNU

(3) y PP (1) y la abstención de BILDU porque su propuesta de importe de ayudas era otra,

las Bases reguladoras de subvenciones a familias con niños y niñas matriculados en la

Escuela Infantil municipal dependiente del Consorcio Haurreskolak, curso 2011/12.

- Con el voto favorable de los Concejales de los Grupos BILDU (4), EAJ/PNV (3) y

ZBG/ZNU (3) y la abstención del PP (1) las Bases reguladoras para la promoción del

euskera en locales comerciales e industriales.

SEGUNDO.- La dotación de la convocatoria se realiza con cargo a las partidas

420.481.000, 420.481.020, 420.481.040, 420.481.050, 420.481.060, 451.480.000,

451.481.000 y 452.481.000 del presupuesto de gastos 2012, conforme al expediente de

modificación presupuestaria Crédito Adicional 1/2012 aprobado en el punto 5 del presente

orden del día, quedando condicionada la concesión de las subvenciones a la aprobación

definitiva del mismo.

TERCERO.- Publicar la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Territorio

Histórico de Alava.-

CUARTO.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente D. Unai Gutiérrez Urkiza o a quien

legalmente le sustituya, para que en nombre y representación del Ayuntamiento formalice

cuantos documentos sean precisos en ejecución de este acuerdo.

BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES EN EL ÁMBITO

DEPORTIVO

1.- Objetivo de la convocatoria.

Colaborar dentro de los límites presupuestarios, a la concesión de subvenciones para la

realización de actividades deportivas en el ámbito del Municipio de Zuia y definir unos

objetivos para garantizar a los ciudadanos, en igualdad de condiciones, el acceso a estas

prestaciones para desarrollar servicios y actividades que complementen o suplan los

atribuidos a la competencia municipal.

2.- Beneficiarios/as

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones todas las asociaciones, agrupaciones

deportivas, deportivas y/o sociales públicas y privadas sin ánimo de lucro, y menores que se

encuentren legalmente constituidas y registradas y que su domicilio social se encuentre en

el Municipio de Zuia siempre y el 50% de sus socios esté empadronado en dicho municipio.

No podrán presentarse a esta convocatoria de subvenciones aquellas asociaciones o

personas que hayan firmado con el Ayuntamiento de Zuia un convenio subvencionador

directo, ni las Asociaciones de Madres y Padres de los Centros Escolares públicos de Zuia y

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Urkabustaiz por canalizarse su actividad deportiva a través del ámbito de educación

municipal.

3.- Programas subvencionables.

Serán objeto de subvención las actividades que se desarrollen en el ámbito territorial del

municipio de Zuia y referidas al área de deportes, dando prioridad a los programas que:

-Promuevan el bienestar social en el Municipio de Zuia.

-Elaboren programas que potencien y favorezcan el uso del euskera.

-Potencien la participación de la población.

-Promoción del Municipio.

-Integren actividades de difusión y promoción del deporte en general y el autóctono en

particular.

-Diseñen actividades que faciliten la práctica deportiva.

-Promuevan y/o actividades que garanticen la igualdad de oportunidades entre mujeres y

hombres y/o apoyen, garanticen la participación y la incorporación de colectivos

desfavorecidos o en riesgo de exclusión.

-Potencien la recuperación de tradiciones locales.

4.-Crédito presupuestario.

La partida presupuestaria que ampara estos gastos es la 481000 por importe de 22.000

euros del presupuesto de gastos del ayuntamiento de Zuia del ejercicio 2012.

5.-Cuantía de las subvenciones.

El sistema de reparto de las subvenciones será por una parte por fijo de fichas y por otra el

sistema de puntuación. Primeramente se evaluara el gasto fijo de fichas restando este

importe al total de la partida presupuestaria y repartiendo el restante por el sistema de

puntuación establecido entre las diversas agrupaciones, asociaciones deportivas.

Las subvenciones ahora convocadas serán compatibles con cualesquiera otras, concedidas

por otras instituciones, publicas o privadas, para el mismo objetivo, sin que en ningún caso

pueda existir sobre financiación, es decir, sin que el importe total subvencionado en

concurrencia con otras entidades pueda superar el coste total de la actividad. Caso de

producirse un supuesto de sobre financiación por concurrencia de subvenciones, el

beneficiario tendrá la obligación de reintegro de la cuantía concedida por el Ayuntamiento

de Zuia en proporción al importe aportado por éste en relación con el total financiado.

El cómputo total de las subvenciones no podrá superar en ningún caso la cantidad asignada

en la partida presupuestaria para tal fin, el presupuesto general del Ayuntamiento de Zuia.

El pago de la subvención podrá relazarse parcialmente por adelantado, previamente a la

justificación que la beneficiaria tiene la obligación de realizar, en los términos establecidos

en la base 12, en caso de constituir la subvención financiación imprescindible para el

desarrollo de la actividad.

El Ayuntamiento podrá subvencionar hasta un máximo del 50% del presupuesto del costo

del programa subvencionable.

6.- Presentación de las solicitudes.

1.-El plazo de presentación de las solicitudes para programas o proyectos anuales, junto

con la documentación solicitada en la base sexta, será el 15 de junio para la temporada

2011/2012.

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2.-La entrega de la solicitud y documentación será en el Registro de entrada del

ayuntamiento de Zuia o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 38.4 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

3.-La presentación de solicitudes para optar a estas subvenciones comporta la aceptación

expresa y formal de lo establecido en las presentes bases.

4.-No podrán acceder a las subvenciones quienes hayan sido sancionados por las

infracciones a la que se refiere el titulo IV de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, de

17 de noviembre.

7.-Documentación.

Instancia oficial y formulario, facilitados por el ayuntamiento. Se deberá cumplimentar un

formulario por proyecto7programa y/o temporada.

Fotocopia de los Estatutos y documentación que acredite estar legalmente constituida e

inscrita en el correspondiente registro de Asociaciones y entidades. Se exceptúan aquellas

Entidades que ya presentaron con anterioridad, salvo que hubiera habido alguna

modificación y, aquellas que sean entidades locales menores.

Certificado de estar al corriente en la seguridad social y en las obligaciones fiscales en la

tesorería general de hacienda; en su defecto se presentará una declaración jurada de estar al

corriente en el pago de las obligaciones fiscales y/o tributarias. Pudiéndose solicitar dichos

certificados si así cree conveniente.

El Ayuntamiento requerirá a los interesados/as para que en el plazo máximo e

improrrogable de diez días subsanen las anomalías advertidas, indicándole que si no lo

hiciese, se le tendrá por desistida su solicitud, sin más trámites.

A los efectos del cumplimiento del establecimiento en la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de

Diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal, se advierte a las entidades

solicitantes que los datos aportados como parte de la documentación relacionada serán

utilizados exclusivamente en el procedimiento de la concesión de subvención anual cuya

convocatoria regulan las presentes bases.

8.-Criterios para la concesión de subvenciones.

8.1.-Para la fijación de la cuantía de las ayudas, se valorarán los datos consignados en la

solicitud impreso de solicitud y formulario.

8.2-Los criterios de valoración para el señalamiento de las subvenciones y la fijación de la

cuantía, sin perjuicio de los límites establecidos en la base cuarta, serán los siguientes:

8.2.1.-Criterios para programas de deporte.

Fijo licencias federativas.

Gastos de arbitrajes.

Material deportivo.

Gastos entrenador.

Gastos federativos.

Autofinanciación.

Presupuesto total.

Seguros obligatorios.

Ambulancias/ Médicos/ Botiquín.

Alquiler de material.

Promoción del euskara.

Titulación de los entrenadores

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FIJO LICENCIAS FEDERATIVAS.

-Ficha deporte federado (mas de 901€)…………………………….……..30€/ficha

-Ficha deporte federado (menos de 900€)………………………….……..20€/ficha

-Escolar inscrito…………………………………………….. .…........10€/deportista

GASTOS DE ARBITRAJES.

0-300…………………………………………………………………..……5puntos

301-600……………………………………………………………..……..10puntos

601-900……………………………………………………………..……..15puntos

901-1.200…………………………………………………………….…....20puntos

1.201-1.500………………………………………………………………..25puntos

1.501-1.800………………………………………………………………..30puntos

1.801-2.100………………………………………………………………..35puntos

2.101-……………………………………………………………….……..40puntos

MATERIAL DEPORTIVO.

0-500………………………………………………………………………10puntos

501-1.500………………………………………………………………….20puntos

1.501-3.000………………………………………………………………..30puntos

3.001-4.000……………………...………………………………………...35puntos

4.001-……………………………………………………………………...40puntos

GASTOS DE ENTRENADOR. (Máximo 200€/mes por entrenador)

0-1.000…………………………………………………………...….….….10puntos

1.001-2.000………………………………………………………………...15puntos

2.001-3.000………………………………………………………………...20puntos

3.001-4.000…………………………………………………………....…...25puntos

4.001-5.000……………………………………………………….……..…30puntos

5.001-6.000………………………………………………………………...35puntos

6.001-7.000………………………………………………………………...40puntos

7.001.8.000………………………………………………………………...45puntos

8.001-9.000………………………………………………………………...50puntos

9.001-10.000……………………………………………………………….55puntos

10.001-……………………………………………………………………..60puntos

GASTOS FEDERATIVOS.

0-300………………………………………………………………………...3puntos

301-500…………………………………………………………………...…5puntos

501-1.500……………………………………………………………….….10puntos

1.501-3.000………………………………………………………………...20puntos

3.001-5.000……………………………………………………………...…35puntos

5.001-………………………………………………………………...….…50puntos

AUTOFINANCIACIÓN (sin contar la subvención municipal).

0-500…………………………………………...……………………………5puntos

501-1.500…………………………………………….…………………….10puntos

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1.501-3.000………………………………………………………………...15puntos

3.001-5.000……………………………………………………………...…20puntos

5.001-8.000……………………………………………………………...…30puntos

8.001-10.000…………………………………………………………..…...40puntos

10.001-15.000………………………………………………………..…….50puntos

15.001-………………………………………………………………..……60puntos

PRESUPUESTO TOTAL SUBVENCIONABLE.

0-500…………………………………………………………………...……5puntos

501-1.500…………………………………………………………….…….10puntos

1.501-3.000………………………………………………………………...15puntos

3.001-5.000………………………………………………………….......…20puntos

5.001-8.000…………………………………………………………...……30puntos

8.001-10.000…………………………………………………………..…...40puntos

10.001-15.000…………………………………………………………..….50puntos

15.001-…………………………………………………………………..…60puntos

SEGUROS OBLIGATORIOS.

0-500……………………………………………………………..…………5puntos

501-1.500………………………………………………………………….10puntos

1.501-3.000………………………………………………………...……...20puntos

3.001-5.000……………………………………………………………..…30puntos

5.001-……………………………………………………………………...40puntos

AMBULANCIAS/MEDICOS/BOTIQUIN.

0-100…………………………………………………..……………………2puntos

101-300……………………………………………………………………..5puntos

301-500……………………………………………...…………………….10puntos

501-1.000………………………………………………….………………20puntos

1.001-1.500……………………………………………….…………….....30puntos

1.501-2.000…………………………………………..……………………40puntos

2.001-2.500……………………………………………...………………...50puntos

2.501-…………………………………………………..………………….55puntos

ALQUILER DE MATERIAL.

0-500………………………………………………………………….……5puntos

501-1.500………………………………………………………………….10puntos

1.501-3.000…………………………………………………………...…...15puntos

3.001-5.000……………………………………………………………..…20puntos

5.001-8.000……………………………………………………………..…30puntos

8.001-10.000……………………………………………………………....40puntos

PROMOCIÓN DEL EUSKARA.

100 % entrenamientos y partidos en euskara…………………………… 20puntos

75 % entrenamientos y partidos en euskara…...………………………...15puntos

50 % entrenamientos y partidos en euskara…………………………......10puntos

TITULACIÓN DE LOS ENTRENADORES.

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Sin titulación……………………………………………………………… 0puntos

Grado cero o monitor de deporte escolar………………………………… 1punto

Grado 1………………………………………………………….………… 2puntos

Grado 2……………………………………………………………………. 3puntos

Entrenador superior………………………………………………………..4puntos

No se consideran gastos computables a efectos del cálculo de la ayuda según el baremo de

puntuación ni de justificación los gastos referidos a:

Comidas en general.

Desplazamientos en medios particulares.

Equipaciones, chándales, sudaderas, polos, etc.

Hospedaje, cuando se trate de salidas turísticas o similares y aquellos gastos que no se

puedan justificar con facturas (ver modo de justificación)

9.-Procedimiento de adjudicación.

En la resolución de las subvenciones se reflejarán los puntos que cada asociación va a

recibir y se dará un valor estimado del punto. Cuando se proceda a la justificación de los

gastos por parte de los adjudicatarios se determinará el valor real del punto.

El adelanto del dinero podrá ser del 50% de la suma de los puntos teniendo en cuenta el

valor estimado del punto.

10.-Estudio y resolución de solicitudes.

El estudio y, en su caso, concesión o denegación de las subvenciones se realizará una vez

terminado el plazo de presentación de solicitudes.

10.1.-Órgano competente para instrucción y resolución.

El órgano competente para la instrucción del expediente será el Concejal-presidente del

área de Deportes.

El órgano competente para resolver será el alcalde.

10.2.-Estudio y resolución.

Las actividades del instructor comprenderán las siguientes actividades:

-Petición de cuantos informes se estimen necesarios para resolver, entre otros, el del técnico

del área así como de la Secretaria Interventora.

-Evaluación de las solicitudes o peticiones, efectuada conforme a los criterios, fines o

prioridades de valoración que se definen en estas bases.

Una vez evaluadas las solicitudes se remitirá al expediente al órgano colegiado que en

cumplimiento del Art. 22.1 de la Ley 38/2003 del 17 de Noviembre, haya establecido las

bases reguladoras que emitirá informe sobre las solicitudes.

A la vista del expediente y del informe del órgano colegiado el órgano instructor

formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, que deberá

notificarse a los interesados, con un plazo de diez días para presentar alegaciones.

Se podrá prescindir del trámite de audiencia, cuando no figuren en el procedimiento ni

sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los

interesados. En este caso, la propuesta de resolución formulada tendrá carácter definitivo.

La propuesta de resolución deberá contener como mínimo proyecto subvencionable,

cuantía, puntos obtenidos y plazo de justificación.

La propuesta de resolución definitiva, será emitida por el órgano colegiado y el Alcalde

mediante resolución motivada que aprobará definitivamente la concesión de subvención.

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Ésta deberá contener como mínimo el nombre del solicitante o relación de solicitantes a

los que se concede la subvención y la desestimación del resto de solicitudes.

Igualmente, en la resolución se pondrá de manifiesto a los interesados los recursos que

contra la misma proceda, así como el órgano judicial ante el que hubieran que presentarse y

plazo para interponerlos, si perjuicio de que los interesados pueden puedan ejercitar

cualquier otro que estimen conveniente.

El plazo de resolución será de tres meses contados desde que finalice el plazo para la

presentación de solicitudes y la falta de resolución y notificación dentro de este plazo

producirá efectos desestimatorios.

La resolución pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse

recurso contencioso administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-

Administrativo en el plazo de dos meses desde su notificación.

En el caso de no impugnarla directamente, podrá ser recurrida potestativamente ante el

mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los

artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción

dada por la Ley 4/1999 de 13 de enero.

11.-Abono de la subvención.

11.1.-En programas de carácter anual, se establece la posibilidad de realizar pagos

anticipados de hasta un 50 por ciento de la subvención.

10.2.-Para programas extraordinarios y actividades puntuales el abono de la subvención se

realizará previa justificación y memoria de la actividad realizada a partir de la realización

de la actividad y en el plazo máximo marcado en la resolución de concesión de subvención.

11.3.-el pago de la subvención podrá realizarse por adelantado, previamente a la

justificación que la beneficiaria tiene la obligación de realizar, en los términos establecidos

en la base 12, en caso de constituir la subvención financiación imprescindible para el

desarrollo de la actividad.

12.-Plazo para la justificación.

Las entidades beneficiarias de las subvenciones deberán presentar la documentación

indicada en la siguiente base, antes de la fecha que se señale en la oportuna resolución de

concesión y en todo caso en el siguiente plazo:

Deporte federado, escolar temporada 2011/2012 antes del 15 de diciembre 2012.

13.-Documentación a aportar por las entidades beneficiarias.

-Memoria-Liquidación por proyecto o programa subvencionado (se puede solicitar modelo

en las oficinas municipales) con los datos siguientes:

Actividades realizadas.

Temporalización:(fechas-horario)

Participantes.

Objetivos y valoración.

Balance de todos los ingresos y gastos originados por la actividad.

La relación de ingresos habrá de incluir los obtenidos por cualquier concepto, tanto de

cuotas socios/as, ayudas económicas, publicas o privadas, como cualquier otra percepción

económica (tales como venta material, sorteos...)

-Justificantes de gastos causados por la realización de la actividad o actividades

subvencionada: facturas y recibís con justificante bancario del pago del mismo (fotocopias

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compulsadas) que sumen como mínimo el gasto correspondiente a la parte proporcional de

la subvención recibida.

No se admitirán como justificación de los gastos, aquellos recibos, facturas, etc. en los que

no estén claramente identificados los siguientes datos:

Emisor, con su nombre o razón social y D.N.I. o N.I.F.

Receptor, con su razón social y N.I.F. (tiene que coincidir con la entidad beneficiaria de la

subvención)

Objeto del gasto.

Fecha.

IVA: tipo(s) impositivo(s) aplicado(s).

Los justificantes de los gastos deberán ir ordenados y agrupados por cada uno de los

conceptos del formulario.

-Declaración jurada referida a la obtención o no de otras subvenciones o ayudas para la

misma finalidad procedentes de cualesquiera Administración, organismo o entes públicos.

En le caso de haberse obtenido alguna otra subvención deberá indicarse la cantidad

obtenida y la administración otorgante debiendo presentar, así mismo justificante que

certifique la veracidad de dichos datos.

-Ejemplares de programas, carteles, elementos publicitarios de la actividad subvencionada.

14.-Obligaciones de la entidad beneficiaria. Pérdida de la subvención.

La entidad preceptora de la subvención tendrá la obligación de llevar a cabo el proyecto

presentado así como de cumplir con las disposiciones establecidas en la presente

convocatoria, así como con lo preceptuado en la ordenanza municipal reguladora de la

concesión de subvenciones.

En concreto se recuerda a la entidad solicitante la obligación de incorporar en los

elementos de promoción y en los carteles textos o documentos que se elaboren con ocasión

de la actividad subvencionada, los cuales deberán editarse en las dos lenguas oficiales de la

Comunidad Autónoma Vasca, la mención del patrocinio del Ayuntamiento de Zuia.

Las entidades beneficiarias podrán llegar a perder las subvenciones concedidas en esta

convocatoria, previa apertura de expediente en los siguientes supuestos.

Haber falseado los datos formulados en la solicitud y documentación aportada.

Cuando finalizado el plazo para la presentación de documentación ante el requerimiento

explicito del mismo, éste no sea presentado.

En general, el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a que se fijan en las

presentes bases o en la concesión de subvención.

La pérdida de la subvención, llevará consigo la obligación de devolver las cantidades

percibidas, mediante transferencia a la cuenta del Ayuntamiento de Zuia. En el caso de que

una entidad no devolviera voluntariamente la cantidad solicitada, quedará excluida de

percibir subvención alguna del Ayuntamiento, pudiendo el Ayuntamiento reintegrarse

dichas cantidades.

15.- Modificación de la subvención

Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención,

podrán dar lugar a la modificación de la resolución.

16.- Compatibilidad de las subvenciones

La concesión de estas ayudas será compatible con cualquier tipo de subvención o ayuda.

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En ningún caso el importe de la subvención concedida por este Ayuntamiento podrá ser de

tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas

concedidas por otra administración, entidad o organismo público, supere el coste de la

actividad desarrollada por el beneficiario. Si se diera este supuesto, el exceso se

descontará de la subvención otorgada por el Ayuntamiento de Zuia.

17.- Interpretación

Cualquier duda que surgiera con la relación a la interpretación de estas bases, será resuelta

por la alcaldía previo informe de la comisión informativa y técnico correspondiente.

18.- Presupuestos de los proyectos a desarrollar en el curso 2012/2013

Antes del 30 de noviembre del 2012 se deberá presentar un presupuesto con las actividades

que se van a realizar en el siguiente ejercicio.

BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES EN EL ÁMBITO

CULTURAL, PROMOCION DE EUSKERA Y/O SOCIALES – 2012

1.- Objeto de la convocatoria.-

Colaborar dentro de los límites presupuestarios, a la concesión de subvenciones

para la organización de actividades culturales, promoción de euskera, y/o sociales, en el

ámbito del Municipio de Zuia, y definir unos objetivos para garantizar a los ciudadanos, en

igualdad de condiciones, el acceso a estas prestaciones para desarrollar servicios y

actividades que complementen o suplan los atribuidos a la competencia municipal.

2.- Beneficiarias/os.-

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las Asociaciones, agrupaciones

culturales, y/o sociales públicas y privadas, sin ánimo de lucro, que se encuentren

legalmente constituidas/ registradas y que su domicilio social se encuentre en el Municipio

de Zuia.

3.- Programas subvencionables.-

Serán objeto de subvención, prioritariamente, las actividades que se desarrollen en

el ámbito territorial de Municipio de Zuia y referidas a las áreas de cultura, ocio y euskera,

dando prioridad a los programas que:

- Promuevan el bienestar social en el Municipio de Zuia.

- Elaboren programas que potencien y favorezcan el uso del euskera.

- Potencien la participación de la población.

- Promocionen el Municipio.

- Integren actividades de difusión y promoción de la cultura, euskera y en general

y el autóctono en particular.

- Diseñen actividades que faciliten el acceso a la cultura

- Promuevan programas y/o acciones que garanticen la igualdad de oportunidades

entre mujeres y hombres y/o que apoyen, garanticen la participación y la

incorporación de colectivos desfavorecidos o en riesgo de exclusión

- Potencien la recuperación de tradiciones locales.

- Prevención de riesgos en el tiempo libre de los jóvenes, actividades recreativas o

de ocio, actividades para mejora de la calidad de vida, actividades dirigidas a

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personas con minusvalías, actividades a fomentar y potenciar el papel de la

juventud en la sociedad.

4.- Credito presupuestario.-

La partida presupuestaria que ampara estos gastos es la 451481000 por importe

23.700 euros del presupuesto de gastos del ayuntamiento de Zuia del ejercicio 2012.

5.- Cuantía de las subvenciones.-

El Ayuntamiento podrá subvencionar hasta un máximo del 50% del presupuesto del

costo del programa.

No obstante este Ayuntamiento podrá dar una tramitación especial para

determinados programas que sean de especial interés municipal pudiendo alcanzar hasta el

100% del déficit que resulte del coste del programa.

Las subvenciones ahora convocadas serán compatibles con cualesquiera otras,

concedidas por otras instituciones, públicas o privadas, para el mismo objeto, sin que en

ningún caso pueda existir sobre financiación, es decir, sin que el importe total

subvencionado en concurrencia con otras entidades pueda superar el coste total de la

actividad. Caso de producirse un supuesto de sobre financiación por concurrencia de

subvenciones, el beneficiario tendrá la obligación de reintegro de la cuantía concedida por

el Ayuntamiento de Zuia en proporción al importe aportado por éste en relación con el

total financiado.

El cómputo total de las subvenciones no podrá superar en ningún caso la cantidad

asignada en las partidas presupuestarias para tales fines, del presupuesto general del

Ayuntamiento de Zuia

La cuantía se estudiará en función de las solicitudes realizadas y de la dotación de la

partida presupuestaria.

El pago de la subvención podrá realizarse por adelantado, previamente a la

justificación que la beneficiaria tiene la obligación de realizar, en los términos establecidos

en la base 12, en caso de constituir la subvención financiación imprescindible para el

desarrollo de la actividad

6.- Presentación de solicitudes.-

1.- El plazo de presentación de solicitudes para programas o proyectos anuales,

junto con la documentación solicitada en la base sexta, será el 15 de Julio para las

actividades realizadas en el ejercicio 2011/2012.

Para actividades o programas de carácter puntual y/o extraordinario se presentarán

con 1 mes de antelación al inicio de la actividad programada. En cualquier caso la fecha

límite será el 18 de noviembre del año en curso.

2.-La entrega de la solicitud y documentación será en el Registro de entrada del

Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 38.4 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

3.- La presentación de solicitudes para optar a estas subvenciones comporta la

aceptación expresa y formal de lo establecido en las presentes bases.

4.- No podrán acceder a las subvenciones quienes hayan sido sancionados por las

infracciones a que se refiere el Título IV de la Ley 38/ 2003 General de Subvenciones, de

17 de noviembre.

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7.- Documentación.

Instancia oficial y formulario, facilitados por el Ayuntamiento. Se deberá

cumplimentar un formulario por proyecto/ programa y/o temporada.

Fotocopia de los Estatutos y documentación que acredite estar legalmente

constituida e inscrita en el correspondiente registro de Asociaciones y Entidades. Se

exceptúan aquellas Entidades que ya los presentaron con anterioridad, salvo que hubiera

habido alguna modificación y, aquellas que sean entidades locales menores.

Certificado de estar al corriente en la Seguridad Social y en las obligaciones

fiscales en la Tesorería General de Hacienda; en su defecto se presentará una declaración

jurada de estar al corriente en el pago de las obligaciones fiscales y/o tributarias.

Pudiéndose solicitar dichos certificados si así cree conveniente.

El Ayuntamiento requerirá a los interesados- interesadas para que en el plazo

máximo e improrrogable de diez días subsanen las anomalías advertidas, indicándole que si

no lo hiciese, se le tendrá por desistida su solicitud, sin más trámites.

A los efectos del cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/99 de 13 de

Diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal, se advierte a las entidades

solicitantes que los datos aportados como parte de la documentación relacionada serán

utilizados exclusivamente en el procedimiento de concesión de subvención anual cuya

convocatoria regulan las presentes bases.

8.- Criterios para la concesión de subvenciones.

8.1.- Para la fijación de la cuantía de las ayudas, se valorarán los datos consignados

en la solicitud (impreso de solicitud y formulario I).

8.2.- Los criterios de valoración para el señalamiento de las subvenciones y fijación

de su cuantía, sin perjuicio de los límites establecidos en la base cuarta, serán los

siguientes:

8.2.1.- CRITERIOS PARA PROGRAMAS/ PROYECTOS DE CARÁCTER

CULTURAL, SOCIAL Y/O PROMOCION EUSKERA

* POR EL NÚMERO DE PERSONAS participantes en el programa, en

previsión.

* POR EL NÚMERO DE DÍAS de duración de la actividad o número de

jornadas desarrollados en el Municipio (cursillos, campeonatos, charlas,

actuaciones, etc.

* AUTOFINANCIACION. La viabilidad de realización del Proyecto en

base a la financiación prevista.

* POR EL PRESUPUESTO DE GASTOS COMPUTABLES, se valorará la

necesidad de cada uno, para el desarrollo de la actividad. Se entienden por

gastos computables, a los solos efectos de cálculo de puntos, los imputables

a la actividad subvencionada referidos a los siguientes conceptos y por los

porcentajes máximos computables que se señalan:

Monitores- ponentes- guías- jueces.........................................................100%

Alquiler de material/espacios, totalmente necesarios para el desarrollo de la

actividad y mantenimiento de los mismos...............................................100%

Actuaciones/ exhibiciones teatrales, bertsoak, deportivas, cuentacuentos,

danza, música, etc.....................................................................................100%

Publicaciones (consideradas de interés general para la población)..........100%

Seguro específico para la actividad..........................................................100%

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ZUIAKO UDALA MURGIA (ARABA)

Entradas a museos, parques naturales, centros de interpretación, visitas

culturales y similares................................................................................100%

Material fungible (material básico para el desarrollo de la actividad).......75%

Dietas, avituallamientos, trofeos- premios, gastos generales de

mantenimiento y funcionamiento de la Entidad, autobuses, alquiler

transporte…………………………………………………...................50%

Lunch, cartelería, programas, publicidad,....................................................5%

* EUSKERA: promoción del euskera

9.- Estudio y resolución de solicitudes.

El estudio y, en su caso, concesión o denegación de las subvenciones, se realizará

una vez terminado el plazo de presentación de solicitudes.

9.1.- Órgano competente para la instrucción y resolución.-

El órgano competente para la instrucción del expediente será el presidente del área

de Cultura.

El órgano competente para resolver será el Alcalde.

9.2.- Estudio y resolución.-

Las actividades del instructor comprenderán las siguientes actividades:

Petición de cuántos informes se estimen necesarios para resolver, entre otros, el del

técnico del área así como de la Secretaría Interventora.

Evaluación de las solicitudes o peticiones, efectuada conforme a los criterios, fines o

prioridades de valoración, que se definen en estas bases.

Una vez evaluadas las solicitudes, se remitirá al expediente al órgano colegiado que

en cumplimiento del art. 22.1 de la Ley 38/2003. de 17 de Noviembre, haya establecido las

bases reguladoras, que emitirá informe sobre las solicitudes

A la vista del expediente y del informe del órgano colegiado, el órgano instructor

formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, que deberá

notificarse a los interesados, con un plazo de diez días para presentar alegaciones.

Se podrá prescindir del trámite de audiencia, cuando no figuren en el

procedimiento ni sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las

aducidas por los interesados. En este caso, la propuesta de resolución formulada tendrá

carácter definitivo.

La propuesta de resolución deberá contener como mínimo: proyecto

subvencionable, cuantía, puntos obtenidos y plazo de justificación.

La propuesta de resolución definitiva, será emitida por el órgano colegiado, y el

Alcalde mediante resolución motivada que aprobará definitivamente la concesión de

subvención.

Ésta deberá contener como mínimo el nombre del solicitante o relación de

solicitantes a los que se concede la subvención y la desestimación del resto de solicitudes

Igualmente, en al resolución se pondrán de manifiesto a los interesados, los recursos

que contra la misma proceda, así como el órgano judicial ante el que hubieran de

presentarse y plazo para interponerlos, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar

cualquier otro que estimen conveniente.

El plazo de resolución será de tres meses contados desde que finalice el plazo para

la presentación de solicitudes y la falta de resolución y notificación dentro de este plazo

producirá efectos desestimatorios.

La resolución pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma podrá

interponerse recurso contencioso administrativo ante los Juzgados Centrales de lo

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ZUIAKO UDALA MURGIA (ARABA)

Contencioso – Administrativo conforme a lo previsto en el artículo9.c) de la Ley 29/1998

de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativo en el plazo de dos

meses desde su notificación.

En el caso de no impugnarla directamente, podrá ser recurrida potestativamente ante

el mismo órgano que la dicto en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los

artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción

dada por la Ley 4/1999 de 13 de enero.

10.- Abono de la subvención.

El abono de la subvención se podrá resolver:

1.- En programas de carácter anual, se establece la posibilidad de realizar pagos

anticipados de hasta un 50% de la subvención.

2.- Para programas extraordinarios y actividades puntuales el abono de la

subvención se realizará previa justificación y memoria de la actividad realizada a partir de

la finalización de la actividad y en el plazo máximo marcado en la resolución de concesión

de subvención.

3.- El pago de la subvención podrá realizarse por adelantado, previamente a la

justificación que la beneficiaria tiene la obligación de realizar, en los términos establecidos

en la base 12, en caso de constituir la subvención financiación imprescindible para el

desarrollo de la actividad

11.- Plazo para la justificación.

Las Entidades beneficiarias de las subvenciones deberán presentar en las oficinas

municipales del Ayuntamiento de Zuia la documentación indicada en la siguiente base,

antes de la fecha que se señale en la oportuna resolución de concesión y en todo caso en los

siguientes plazos:

- Actividades culturales, promoción de euskera y/o sociales: un mes después de la

última actividad subvencionada realizada.

12- Documentacion a aportar por las entidades beneficiarias.

1) Memoria- Liquidación por proyecto o programa subvencionado (se puede solicitar

modelo en las oficinas municipales), con los siguientes datos:

- Actividades realizadas,

- Temporalización (fechas-horario.),

- Participantes,

- Objetivos y valoración

- Balance de todos los ingresos y gastos originados por la actividad. La relación

de ingresos habrá de incluir los obtenidos por cualquier concepto, tanto de

cuotas de socios-as, ayudas económicas, públicas o privadas, como cualquier

otra percepción económica (tales como venta material, sorteos.....)

2) Justificantes de gastos causados por la realización de la actividad o actividades

subvencionadas: factura u otros documentos justificativos del gasto (originales o fotocopias

compulsadas) que sumen como mínimo el gasto correspondiente a la parte proporcional de

la subvención recibida.

No se admitirán como justificación de los gastos, aquellos recibos, facturas, tickets, etc en

los que no estén claramente identificados los siguientes datos:

- Emisor, con su nombre o razón social y D.N.I o N.I.F.

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ZUIAKO UDALA MURGIA (ARABA)

- Receptor, con su razón social y N.I.F ( tiene que coincidir con la entidad

beneficiaria de la subvención)

- Objeto del gasto

- Fecha

- IVA: tipo(s) impositivo(s) aplicado(s)

Los justificantes de los gastos deberán ir ordenados y agrupados por cada uno de los

conceptos del formulario.

3) Declaración jurada referida a la obtención o no de otras subvenciones o ayudas para la

misma finalidad procedentes de cualesquiera Administración, organismo o entes públicos.

En el caso de haberse obtenido alguna otra subvención deberá indicarse la cantidad recibida

y la Administración otorgante, debiendo presentar, así mismo, justificante que certifique la

veracidad de dichos datos

4) Ejemplares de programas, carteles, elementos publicitarios de la actividad

subvencionada.

13.- Obligaciones de la entidad beneficiaria. perdida de la subvención.

La entidad preceptora de la subvención tendrá la obligación de llevar a cabo el

proyecto presentado así como de cumplir con las disposiciones establecidas en la presente

convocatoria, así como con lo preceptuado en la Ordenanza Municipal Reguladora de la

Concesión de Subvenciones.

En concreto, se recuerda a la entidad solicitante la obligación de incorporar en los

elementos de promoción y en los carteles, textos o documentos que se elaboren con ocasión

de la actividad subvencionada, los cuales deberán editarse en las dos lenguas oficiales de la

C.A.V., la mención del patrocinio del Ayuntamiento de Zuia.

Las Entidades beneficiarias podrán llegar a perder las subvenciones concedidas en

esta convocatoria, previa apertura de expediente, en los siguientes supuestos.

- Haber falseado los datos formulados en la solicitud y documentación aportada.

- Cuando finalizado el plazo para la presentación de documentación ante el

requerimiento explícito del mismo, éste no sea presentado.

- En general, el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que se fijan en

las presentes bases o en la concesión de subvención.

- La pérdida de la subvención, llevará consigo la obligación de devolver las

cantidades percibidas, mediante transferencia a la cuenta del Ayuntamiento de

Zuia. En el caso de que una entidad no devolviera voluntariamente la cantidad

solicitada, quedará excluida de percibir subvención alguna del Ayuntamiento,

pudiendo el Ayuntamiento reintegrarse dichas cantidades.

14.- Modificación de la subvención.

Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la

subvención, podrán dar lugar a la modificación de la resolución.

15.- Compatibilidad de las subvenciones.

La concesión de estas ayudas será compatible con cualquier otro tipo de subvención

o ayuda.

En ningún caso el importe de la subvención concedida por este Ayuntamiento podrá

ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas

concedidas por otra administración, entidad u organismo público, supere el coste de la

actividad desarrollada por el beneficiario.

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ZUIAKO UDALA MURGIA (ARABA)

16.- Interpretacion.

Cualquier duda que surgiera con relación a la interpretación de estas bases, será

resuelta por la Alcaldía previo informe de la comisión informativa y técnico

correspondiente.

17.- Infracciones y sanciones.

Constituyen infracciones administrativas en materia de subvenciones las acciones y

omisiones definidas en el CAPÍTULO IV de la Ordenanza General reguladora de

Subvenciones y Ayudas y serán sancionadas con arreglo al procedimiento establecido en la

misma.

18.- Legislación supletoria.

En lo no previsto en las presentes Bases se estará a lo dispuesto en la Ordenanza General

reguladora de Subvenciones y Ayudas del Ayuntamiento de Zuia y a la Ley y Reglamento

General.

19.- Presupuestos de los proyectos a desarrollar en el curso 2012/2013.

Antes del 30 de noviembre del 2012 se deberá presentar un presupuesto con las

actividades que se van a realizar en el siguiente ejercicio.

20.- Procedimiento de adjudicación.

En la resolución de las subvenciones se reflejarán los puntos que cada asociación va

a recibir y se dará un valor estimado del punto. Cuando se proceda a la justificación de los

gastos por parte de los adjudicatarios se determinará el valor real del punto.

El adelanto del dinero podrá ser del 50% de la suma de los puntos teniendo en

cuenta el valor estimado del punto.

BAREMOS DE PUNTUACIÓN PARA LOS PROGRAMAS CULTURALES,

PROMOCION EUSKERA Y/O SOCIALES EN EL MUNICIPIO DE ZUIA - 2012

NÚMERO DE PARTICIPANTES/ ACEPTACION PUNTOS

Hasta 10 participantes 3

Entre 11 y 20 participantes 10

Entre 21 y 50 participantes 20

Entre 51 y 80 participantes 40

Entre 81 y 100 participantes 55

Más de 101 participantes 80

NÚMERO DE DÍAS/ JORNADAS DEL PROGRAMA PUNTOS

Actividad de 1 día de duración 1

Actividad de 2 a 7 días de duración 5

Actividad de 8 a 15 días de duración 10

Actividad de 16 a 30 días de duración 15

Actividad de 31 a 60 días de duración 25

Actividad de más de 61 días de duración 50

AUTOFINANCIACION ( Sin contar subvención municipal) PUNTOS

Más de 10.000 € 90

Entre 6.000 € y 9.999 € 60

Entre 5.999 € y 4.500 € 45

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ZUIAKO UDALA MURGIA (ARABA)

Entre 4.499 € y 3.000 € 30

Entre 2.999 € y 2.000 € 20

Entre 1.999 € y 500 € 10

Menos de 499 € 5

PRESUPUESTO DE GASTOS SUBVENCIONABLES PUNTOS

Entre 1 € y 499 € 3

Entre 500 € y 2.499 € 10

Entre 2.500 € y 3.999 € 15

Entre 4.000 € y 5.499 € 30

Entre 5.500 € y 6.999 € 40

Entre 7.000 € y 8.499 € 50

Entre 8.500 € y 9.999 € 65

Más de 10.000 € 80

EUSKERA PUNTOS

Actividades encaminadas a la utilización y/o promoción del euskera 90

FORMULARIO - 2012 - FORMULARIOA

KULTURA, EUSKARA BULTZATZEKO ETA GIZARTE EKINTZAK eta/ edo

JARDUERAK

PROGRAMAS CULTURALES, PROMOCION EUSKERA Y/O SOCIALES

Los espacios sombreados NO rellenar / Ilundutako cuneak UTZI idatzi gabe

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ZUIAKO UDALA MURGIA (ARABA)

Programa/ Egitaraua.-

..........................................................................................................................

Antolatuko diren ekintzak/ Actividades a realizar.-

.........................................................................................

.................................................................................................................................................................................

...

.................................................................................................................................................................................

...

.................................................................................................................................................................................

.

Data/Fechas.-

......................................................................................................................................................

Tokia/ Lugar.-

.....................................................................................................................................................

Helburuak/ Objetivos.-

.........................................................................................................................................

.................................................................................................................................................................................

...

Jardueraren proeiktua beste formato batean aurkez dezakezu / Puedes presentar el proyecto en otro formato

Nº DE PARTICIPANTES- BENEFICIARIOS/ PARTEHARTZAILEEN KOPURUA Señalar nº participantes/ Partehartzailen

kopurua adierazi

............................

DURACION / IRAUPENA Señalar nº de días o jornadas/ Egunak edo

jardunaldiak adierazi

............................

AUTOFINANCIACIÓN - AUTOFINANTZAKETA

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AYUNTAMIENTO DE ZUIA MURGIA (ALAVA)

ZUIAKO UDALA MURGIA (ARABA)

Kuotak/ Cuotas

..........................................................

Dirulaguntzak/ Subvenciones

.......................................................

.......................................................

.......................................................

Beste batzuk/ Otros

........................................................

Total de ingresos/ Diru sarrerak

PRESUPUESTO DE GASTOS - GASTUEN AURREKONTUA

Zehaztu gastu guztiak/ Detallar todos los gastos

CONCEPTOS/ KONTZEPTUAK Importe

Zenbatekoa

% Computable

Konputagarria A)

B)

C)

D)

E)

F)

G)

H)

I)

J)

K)

L)

M)

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ZUIAKO UDALA MURGIA (ARABA)

EUSKERA Actividades a encaminadas al aprendizaje/ promoción

del euskera

Ekintza euskara ikasteko edo bultzatzeko da

Bai/ Si Ez/ No

GUZTIRA/ PUNTOS TOTALES

Anexo I Eranskina

UDAL DIRULAGUNTZA / SUBVENCIONES MUNICIPALES

ESKAERA - SOLICITUD

ESKAERA AURKEZTU DUENAREN DATUAK/ DATOS DE LA PERSONA QUE PRESENTA LA

SOLICITUD:

Izen- abizenak/ Nombre y apellidos.- ................................................................................................

NAN/ DNI.- ..........................................................................................................................................

Zein izaera duzu erakunderako?/ ¿ Con qué carácter actúas para la entidad?.- .........................

ERAKUNDE ESKATZAILEAREN DATUAK/ DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE:

Elkartea /Asociación.- .........................................................................................................................

I.F.K/ C.I.F.-. .................................................... Helbidea/Dirección.-................................................

Herria/Localidad.-......................................... Posta kodea/ código postal.- ......................................

Elkartearen erregistro zbk. eta data Fecha y Nº registro de la asociación.-...................................

Bankuko Kontu zenbakia /Nº cuenta bancaria .- (20 digitos) ...............................................................

Ordezkari legalaren izen-abizenak / Nombre y apellidos del representante legal.- .....................

................................................................................................................................................................

Tfno.- ...................................................... e-mail.- .............................................................................

Bazkide edo Kirol kideak /Nº de socios- socias o componentes.- ....................................................

Udalerrian erroldaturik dauden bazkideen kopurua/ Nº de socios/as que están empadronados

en el Municipio.- .....................................................................

Eskatzaileak jarduera berarentzat beste diru-laguntza bat eskatu edo jaso du

La entidad ha solicitado o recibido otra(s) ayudas para la misma solicitud BAI/ Si EZ/ No

Eskatu den erakunde publiko edo pribatuaren izena/ Nombre de la entidad pública o privada en la

que se solicitó.- .....................................................................................................................................................

Eskatutako edo jasotako kopurua/ Cuantía solicitada o recibida.- ................................................................

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ZUIAKO UDALA MURGIA (ARABA)

Fecha/ data.- Firma/ Sinadura.-

Eskaera- orri honetako datu pertsonalak eskatzaileraen onespenaz jaso dira,

tratamendu automazitatua izango dute ondorioz, Zuiako Udal eta Erakunde

Autonomoetako informazioa sisteman sartuko dira. Datu horiek udal

kudeaketarako soilik erabiliko dira, abenduaren 13ko 15/1999 Lege Organikoan

( datu pertsonalak babestekoa) aurreikusitakoa gertatzen denean izan ezik,

orduan beste administrazio publikoei edo beste batzuei laga edo jakinarazi ahal

izango baitzaizkie. Interesdunek datuak eskuratzeko, ezeztatzeko, zuzentzeko

eta aurka egiteko eskubidea izango dute udal Bulegoetan

Los datos personales contenidos en la presente instancia son recogidos bajo el consentimiento del afectado y serán objeto de

tratamiento automatizado e incorporados al sistema de información del Ayuntamiento de Zuia y sus Organismos autónomos. El

uso de dichos datos, se restringirá exclusivamente a la gestión municipal, pudiendo procederse a su cesión o comunicación a otras

administraciones públicas o terceros en los supuestos previstos en la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de

datos de carácter personal. Los interesados podrán ejercitar los derechos de acceso, cancelación, rectificación y oposición a través

de las oficinas municipales

DECLARACION/ AITORPENA

Abizenak/Nombre y apellidos.- .......................................................................................................

NAN/ DNI.- ...................................................................................................................................

Helbidea/Dirección.- .....................................................................................................................

Herria/ Localidad.- .................................................... P.K./C.P.- ……………………………….

........................................................................ Elkartearen izenan/ En representación de la

Asociación......................................................................................................................................

Elkartearen IFZ/ CIF de la entidad.- ..................................................................................................

Eskatzaileak aitortzen du:

a. Ez dagoela kondenatua epai irmoaren bidez dirulaguntzak edo laguntza

publikoak jasotzeko aukera galtzera.

b. Lehiaketa aitorpena ez duela eskatu, eta ez dutela

kaudimengabe izendatu inongo prozeduratan, lehiaketan aitortua ez dela

izan, eta kontu-hartze judizialen pean ez dagoela, eta Lehiaketa Legearen

arabera ez dagoela desgaitua, lehiaketaren kalifikazio epaian ezarritako

desgaitze epea bukatu

ez denean.

c. Auziren batean errudun deklaratzea dela eta , ez duela

Administrazioarekin egindako edozein kontraturen ebazpen irmorik

bultzatu.

d. Pertsona fisikoa, merkataritza sozietateen administratzaileak, edo beste

pertsona juridikoen legezko ordezkaritza duten pertsonak ez daudela

ondoren aipatzen diren legeek aurreikusitako suposamenduren batean:

maiatzaren 11ko 12/1995 Legea, Nazioaren Gobernukideen eta Estatuko

Administrazio Orokorreko Goi-kargudunen Bateraezintasunari buruzkoa;

abenduaren 26ko 53/1984 Legea, Administrazio Publikoen Zerbitzura

dauden Langileen Bateraezintasunei buruzkoa; ekainaren 19ko 5/1985

Lege Organikoa, Hauteskundeetarako Lege Orokorra, hautatutako karguak

arautzen dituena, bertan adierazten diren terminoetan edo gai horiek

arautzen dituen araudi autonomikoa.

e. Indarrean dauden xedapenek ezarritako Zerga betebeharretan edo

Seguritate Sozialarekikoetan eguneratua dagoela, araudiak ezartzen duen

forman.

f. Ez duela egoitza fiskala araudiak paradisu fiscal gisa ezagutzen dun

lurralde edo herrian.

g. Dirulaguntza ordainketak direla eta betebeharren ordainketetan

eguneratua dagoela, araudiak ezartzen dituen terminoetan

i. Ez dagoela, martxoaren 22ko 1/2002 Lege Organikoaren, Elkartze

Eskubidea Arautzen duenaren, 4.artikuluaren 5 eta 6 ataletan,

aurreikusitako debeku arrazoien batean sartua.

El solicitante declara:

a. No haber sido condenado mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la

posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.

b. No haber solicitado la declaración de concurso, no haber sido declarado insolvente

en cualquier procedimiento, no hallarse declarado en concurso, no estar sujeto a

intervención judicial o haber sido inhabilitado conforme a la Ley Concursal sin que

haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del

concurso.

c. No haber dado lugar, por causa de la que hubiese sido declarado culpable, a la

resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.

d. No estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles

o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en alguno

de los supuestos de la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de Incompatibilidades de los

Miembros del Gobierno de la Nación y de los Altos Cargos de la Administración

General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del

Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los

cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen

Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa

autonómica que regule estas materias.

e. Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la

Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se

determine reglamentariamente.

f. No tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente

como paraíso fiscal.

g. Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los

términos que reglamentariamente se determinen.

h. No haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la

posibilidad de obtener subvenciones según esta Ley o la Ley General Tributaria.

i. No estar incursa en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del

artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de

Asociación.

j. No ser una asociación respecto de la que se hubiera suspendido el procedimiento

administrativo de inscripción por encontrarse indicios racionales de ilicitud penal, en

aplicación de lo dispuesto en el artículo 30.4 de la Ley Orgánica 1/2002.

........................(e)n, .................... ......................................... Sinadura/ Firma

Eskaera-orri honetako datu pertsonalak eskatzailearen onespenaz jaso dira, tratamendu automatizatua izango dute eta ondorioz, Zuiako Udal eta Erakunde Autonomoetako Informazio

Sisteman sartuko dira. Datu horiek udal kudeaketarako soilik erabiliko dira, abenduaren 13ko 15/1999 Lege Organikoan (Datu Pertsonalak Babestekoa) aurreikusitakoa gertatzen

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AYUNTAMIENTO DE ZUIA MURGIA (ALAVA)

ZUIAKO UDALA MURGIA (ARABA)

denean izan ezik, orduan beste administrazio publikoei edo beste batzuei laga edo jakinarazi ahal izango baitzaizkie. Interesdunek datuak eskuratzeko, ezeztatzeko, zuzentzeko eta

aurka egiteko eskubidea izango dute Udal bulegoetan.

Los datos personales contenidos en la presente instancia son recogidos bajo el consentimiento del afectado y serán objeto de tratamiento automatizado e incorporados al Sistema de

Información del Ayuntamiento de Zuia y sus Organismos Autónomos. El uso de dichos datos se restringirá exclusivamente a la gestión municipal, pudiendo procederse a su cesión o

comunicación a otras administraciones públicas o terceros en los supuestos previstos en la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal. Los

interesados podrán ejercitar los derechos de acceso, cancelación, rectificación y oposición a través de las oficinas municipales-

BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES PARA EL ESTUDIO DEL

EUSKERA.-

1.- Objeto y fin.- Es objeto de la presente convocatoria regular las subvenciones que el Ayuntamiento

de Zuia podrá otorgar durante el año 2012 a las personas empadronadas en Zuia para la

realización de cualquiera de los siguientes estudios:

- Cursos en euskaltegis u otros centros homologados por HABE (periodos

desde el 01.10.11 al 30.09.12)

- Cursos en barneteguis homologados durante el año 2012

2.- Beneficiarios/as:

Podrá acogerse a las subvenciones previstas en la presente convocatoria cualquier

persona mayor de 16 años, que lleve empadronada en Zuia ininterrumpidamente un año

como mínimo el día de comienzo del curso y mantenga dicho empadronamiento igualmente

sin interrupción, hasta el último día del curso (éste incluido).-

3.- Solicitudes y documentación a aportar.-

Se presentará la solicitud acompañada de los siguientes documentos:

- Justificante original del pago de la matrícula del curso

- Certificado del euskaltegi o barnetegi en el que conste el nivel o niveles

realizados y la superación o no de los mismos y el aprovechamiento así

como la asistencia, especificando el número de horas impartidas por el

centro, y las participadas por el/la alumno/a.-

4.- Obligaciones de los beneficiarios/as.-

Los/as beneficiarios/as deberán:

- Acreditar una asistencia mínima del 80%, salvo causas justificadas, al curso

para el que se subvenciona.

- Superar el nivel o niveles realizados, o en su caso acreditar un buen

aprovechamiento del curso o cursos realizados.-

- Comunicar al Ayuntamiento la obtención de otras subvenciones o ayudas

con la misma finalidad.-

- Encontrarse al corriente de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de

Zuia

5.- Presentación y plazo.-

El plazo para la presentación de estas solicitudes finalizará una vez transcurrido un

mes desde la finalización del curso.-

Se deberá presentar toda la documentación en las oficinas municipales del

Ayuntamiento de Zuia.

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6.- Criterios de valoración.- Las subvenciones tendrán carácter voluntario no adquiriendo obligación alguna el

Ayuntamiento de concederlas.-

7.- Órgano competente para la resolución.-

Será competente para la concesión de la subvención el Alcalde-Presidente, previo

informe de la Comisión Informativa correspondiente.-

8.- Crédito presupuestario y Cuantía de la ayuda.-

Las ayudas que se concedan al amparo de esta convocatoria se imputarán al crédito

presupuestario de la partida 451.480.000 del presupuesto correspondiente al ejercicio 2012.

La cuantía máxima de la subvención será el 75% del importe de la matrícula del

curso, con un máximo de 350 euros/año; en los casos de internados se excluirán de la

subvención los gastos de manutención y estancia.-

El importe de las subvenciones reguladas en estas bases en ningún caso podrá ser de

tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones supere el coste del

curso subvencionado.-

9.- Justificación y Pago.-

El pago de la subvención se realizará una vez presentada la documentación exigida

con la solicitud.-

10.- Incumplimiento y procedimiento de reintegro.

El incumplimiento por parte de los/as beneficiarios/as de las condiciones impuestas

con motivo de la concesión de la subvención, así como la falsedad y ocultación de los datos

y documentos que estuviera obligados a aportar, dará lugar a la revocación de la subvención

y al reintegro en su caso de las cantidades abonadas indebidamente

En todo lo no previsto en estas bases, se estará a lo dispuesto en la Ordenanza

reguladora de la concesión de subvenciones y ayudas del Ayuntamiento de Zuia.-

BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES PARA EL TRANSPORTE

ESCOLAR CURSO 2011-12.

1.- Objeto y fin.- Es objeto de la presente convocatoria regular las subvenciones que el Ayuntamiento

de Zuia podrá otorgar durante el año 2012 para el transporte escolar, dirigida a alumnos/as

que cursen estudios de educación reglada no universitaria, bachiller y formación

profesional, durante el curso 2011/12 fuera del municipio siempre y cuando estos estudios

no se puedan realizar en el Municipio de Zuia.-

2.- Crédito presupuestario.-

En el presupuesto 2012 existe la partida presupuestaria de gastos 420.481.020 con

un importe de 2600,00 euros para ayudas destinadas al transporte escolar curso 2011/12.-

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3.- Beneficiarios/as.-

Podrán acogerse a las subvenciones previstas en la presente convocatoria los/as

alumnos/as empadronados en Zuia con una antigüedad mínima de un año desde el día de

comienzo del curso (y mantengan dicho empadronamiento sin interrupción hasta el último

día del curso, éste incluido), que cursen estudios de educación reglada no universitaria,

bachiller y formación profesional.-

4.- Solicitudes y documentación a aportar.-

Se presentará la solicitud junto con:

- D.N.I. del alumno/a o de su representante legal si es menor de edad

- Justificante de matrícula del centro donde curse los estudios

- Nº de cuenta bancaria donde realizar el ingreso en caso de obtenerse la ayuda

5.- Obligaciones de los beneficiarios/as.-

Los beneficiarios/as deberán:

- Comunicar al Ayuntamiento la obtención de otras subvenciones o ayudas

con la misma finalidad.-

- Encontrarse la unidad familiar de la que forma parte el beneficiario al

corriente de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Zuia

6.- Presentación y plazo.-

El plazo para la presentación de estas solicitudes finalizará el día 30 de Junio de

2012.-

Se deberá presentar toda la documentación solicitada en las oficinas del

Ayuntamiento de Zuia.

7.- Criterios de valoración.- Las subvenciones tendrán carácter voluntario no adquiriendo obligación alguna el

Ayuntamiento de concederlas.-

8.- Órgano competente para la resolución.-

Será competente para la concesión de la subvención el Alcalde-Presidente, previo

informe de la Comisión Informativa correspondiente.-

9.- Cuantía de la ayuda.-

La cuantía de la subvención será igual para todos los beneficiarios/as, y será la

resultante de dividir el importe total consignado en el presupuesto por el Nº de

beneficiarios/as, con el límite máximo de 100 euros por beneficiario/a.-

El importe de las subvenciones reguladas en estas bases en ningún caso podrá ser de

tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones supere el coste del

servicio subvencionado.-

10.- Justificación y Pago.-

El pago de la subvención se realizará una vez presentada la documentación exigida

con la solicitud y finalizado el plazo de presentación de solicitudes.-

11.- Incumplimiento y procedimiento de reintegro.

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ZUIAKO UDALA MURGIA (ARABA)

El incumplimiento por parte de los/as beneficiarios/as de las condiciones impuestas

con motivo de la concesión de la subvención, así como la falsedad y ocultación de los datos

y documentos que estuviera obligados a aportar, dará lugar a la revocación de la subvención

y al reintegro en su caso de las cantidades abonadas indebidamente

En todo lo no previsto en estas bases, se estará a lo dispuesto en la Ordenanza

reguladora de la concesión de subvenciones y ayudas del Ayuntamiento de Zuia.-

BASES REGULADORAS DE AYUDAS A LAS FAMILIAS CON NIÑOS Y NIÑAS

MATRICULADOS EN LA ESCUELA INFANTIL MUNICIPAL DEPENDIENTE

DEL CONSORCIO HAURRESKOLAK, CURSO 2011/2012.

1. Objeto y beneficiarios de la convocatoria

Esta convocatoria de ayudas tiene por objeto establecer un sistema de subvención a

las familias con niños y niñas matriculados durante el curso 2011/2012 en la escuela

municipal de educación infantil del consorcio Haurreskolak, en función de su renta familiar

(ejercicio 2010) y del nº de miembros de la unidad convivencial.

2. Crédito presupuestario

Existe crédito presupuestario con arreglo a la partida 420.481.050 del ejercicio, para

cubrir las necesidades de la presente convocatoria.

3. Requisitos de los solicitantes

* Haber matriculado al niño/a en la escuela infantil perteneciente al consorcio

Haurreskolak.

* El niño/a tiene que estar empadronado en el municipio durante el curso escolar

2011/12.

* Los miembros de la unidad convivencial deberán estar empadronados en el

municipio durante el curso escolar 2011/12.

* Presentar los datos económicos de renta familiar ejercicio 2010, adjuntando la

declaración de renta ejercicio 2010.-

4. Carácter de las ayudas

La ayuda será transferida una vez que finalizado el curso escolar se haya resuelto

sobre la subvención, a la cuenta indicada por la familia.-

5. Compatibilidad de las ayudas

La ayuda municipal será compatible con cualquier otra subvención siempre que no

se supere el precio público establecido y no exista sobre financiación. Caso de que, como

consecuencia de la resolución de la convocatoria de subvenciones del departamento de

Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco, a una familia le correspondiera una

subvención, ésta habrá de hacerse constar en la solicitud que se presente ante el

Ayuntamiento.-

6.- Presentación de solicitudes.- Los interesados presentarán la solicitud de ayuda en el Registro general del

Ayuntamiento en el plazo de quince días una vez finalizado el curso.-

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La presentación de solicitud de ayuda implicará la prestación de consentimiento

para el tratamiento de los datos de carácter personal facilitados con la solicitud de ayuda.-

7. Procedimiento de concesión de las ayudas

Las ayudas contempladas en la presente Convocatoria se concederán según

procedimiento de concurrencia competitiva, tras la comprobación por parte de la comisión

informativa correspondiente de la documentación solicitada.-

Se otorgarán preferencia a las solicitudes de ayuda de las familias incluidas en los

tramos de menor renta (hasta el tramo 6 tal y como se detalla en el Anexo I) y dentro de las

solicitudes correspondientes al mismo tramo, se otorgará preferencia a las solicitudes de

familias de renta más baja.

Finalizado el curso escolar, se presentará la solicitud de subvención para lo cual

habrá de aportarse la renta familiar (ejercicio 2010) junto con la declaración jurada en su

caso de otras ayudas concedidas. La ayuda municipal se calculará en función de los

ingresos declarados, del nº de miembros de la unidad familiar, del servicio y del horario

solicitado y se aprobará por resolución de la Alcaldía previo informe de la Comisión

informativa. Una vez aprobadas las ayudas por el Ayuntamiento, se notificará

individualmente a las familias beneficiarias el importe correspondiente y se les ingresará

8. Criterios para la determinación de la ayuda

Para calcular el importe de la ayuda se considerarán los ingresos de todos los

miembros de la unidad convivencial del ejercicio 2010, según declaración de renta de dicho

ejercicio, así como los miembros de la unidad convivencial.

a) Cálculo de los ingresos convivenciales

A los efectos de la presente convocatoria los ingresos de la unidad convivencial se

determinarán mediante la diferencia entre la base liquidable (suma de la base liquidable

general y la base liquidable del ahorro) y la cuota líquida. En caso de declaraciones

individuales se sumarán los ingresos obtenidos por cada declarante al realizar la operación

anterior. Si no figurara la cuota líquida, únicamente se considerará la base imponible. Si el

solicitante no estuviera obligado a presentar la declaración de la renta, se considerarán los

ingresos totales del ejercicio 2010. (TC10 del año 2010 para trabajadores por cuenta ajena)

b) Determinación del tramo de renta según el número de miembros de la unidad

convivencial.

c) Determinación de la ayuda (mensual) que corresponderá a cada familia. La ayuda

municipal se fija en función del tramo en que se sitúe la renta familiar y conforme al

servicio y horario solicitado, conforme a los anexos adjuntos.

Si existe deficiencia en la solicitud u omisión de documentos preceptivos, deberá

subsanarse la solicitud previo requerimiento de la Administración, en el plazo de diez días

desde la notificación.

9. Reintegro

Procederá el reintegro de la subvención cuando concurra alguna de las

circunstancias siguientes:

• Obtener la subvención sin reunir las condiciones establecidas para ello.

• Negativa a las actuaciones de control por los órganos competentes.

• Que se hayan falseado los datos y/o la documentación presentada.

• Cuando el importe de la subvención, en concurrencia con otras ayudas

concedidas por la Administración u otros entes públicos o privados, exceda del

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precio público establecido. En este caso se procederá al reintegro del exceso de

la subvención recibida.

10. Modificación de la subvención

Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la

subvención tales como variación del nº de miembros de la unidad convivencial,

modificaciones en el servicio prestado o en el horario de uso del mismo, cambios

sustanciales en la situación convivencial y, en todo caso, la obtención concurrente de

subvenciones o ayudas podrá dar lugar a la modificación de la resolución de la concesión

de la ayuda.

11. Legislación aplicable

Para lo no previsto en el presente pliego de bases se aplicará la Ley 38 /2003, de 17

de noviembre General de Subvenciones, la Ordenanza Municipal de Subvenciones y

Ayudas del Ayuntamiento de Zuia y cualquier otra norma administrativa y de régimen

local que resulte de aplicación.

Anexo I

TABLA DE TRAMOS DE RENTAS SEGÚN EL NÚMERO DE MIEMBROS DE LA

UNIDAD FAMILIAR (en miles de euros) Nº MIEMBROS

FAMILIARES T1 T2 T3 T4 T5 T6 1 y 2 0,00 - 8,35 8,36 - 11,81 11,82 - 15,08 15,09 - 18,47 18,48 - 21,76 21,77 - 25,00

3 0,00 - 10,41 10,42 - 13,93 13,94 - 17,16 17,17 - 20,64 20,65 - 23,92 23,93 - 27,00

4 0,00 - 12,17 12,18 - 15,74 15,75 - 18,98 18,99 - 22,44 22,45 - 25,74 25,75 - 29,05

5 0,00 - 13,63 13,64 - 17,25 17,26 - 20,47 20,48 - 23,95 23,96 - 27,22 27,23 - 30,53

6 0,00 - 14,77 14,78 - 18,40 18,41 - 21,62 21,63 - 25,15 25,16 - 28,41 28,42 - 31,72

7 0,00 - 15,93 15,94 - 19,61 19,62 - 22,87 22,88 - 26,34 26,35 - 29,60 29,61 - 32,90

8 0,00 - 17,07 17,08 - 20,75 20,76 - 24,00 24,01 - 27,51 27,52 - 30,78 30,79 - 34,04

Anexo II

TRAMO 5 HORAS DE SERVICIO PRECIO PÚBLICO (1) AYUDA MUNICIPAL (2) IMPORTE A ABONAR

T1 151,00 138,00 13,00

T2 151,00 130,00 21,00

T3 151,00 115,00 36,00

T4 151,00 95,00 56,00

T5 151,00 65,00 86,00

T6 151,00 30,00 121,00

TRAMO MÁS DE 5 HORAS DE SERVICIO PRECIO PÚBLICO (1) AYUDA MUNICIPAL (2) IMPORTE A ABONAR

T1 198,00 180,00 18,00

T2 198,00 170,00 28,00

T3 198,00 155,00 43,00

T4 198,00 125,00 73,00

T5 198,00 85,00 113,00

T6 198,00 40,00 158,00

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BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES PARA LA PROMOCIÓN

DEL EUSKERA EN LOCALES COMERCIALES E INDUSTRIALES.

1.- Objeto.-

La subvención que regulan las presentes bases tiene por objeto financiar la

rotulación y la documentación impresa necesaria para el desarrollo de sus actividades en

locales comerciales e industriales en euskera o en euskera y castellano.-

2.- Beneficiarios.-

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los establecimientos del sector comercial,

hostelero e industrial.-

3.- Solicitudes y documentación a aportar.-

La solicitud se presentará en el registro del Ayuntamiento, debiendo acompañarse

los siguientes documentos:

- Texto del rótulo, lista de precios, menús, cartas, etc.

- Factura original a nombre del titular del establecimiento

- Fotografía del rótulo, lista de precios, menús, cartas, etc. modificados.

- Compromiso de mantener la rotulación durante 5 años en edificios o comercios

(salvo causa de fuerza mayor).-

4.- Presentación y plazo.-

El plazo para la presentación de estas solicitudes será hasta el 15 de diciembre de

2012 en las oficinas municipales del Ayuntamiento de Zuia.

5.- Criterios de valoración.- Las subvenciones tendrán carácter voluntario no adquiriendo obligación alguna el

Ayuntamiento de concederlas.-

Para la concesión de la subvención será requisito:

- Que el rótulo esté visible desde el exterior del establecimiento, dando a conocer la

actividad (escrita en euskera o euskera y castellano).-

- Que las lista de precios, menús, cartas estén visibles (escritas en euskara o euskara

y castellano).-

- Uso correcto del euskera en dichas inscripciones.-

No se concederá subvención alguna cuando en la inscripción figure simplemente el

nombre y/o apellidos.-

6.- Órgano competente para la resolución.-

Será competente para la concesión de la subvención el Alcalde-Presidente, previo

informe de la Comisión Informativa correspondiente.-

7.- Crédito presupuestario y Cuantía de la ayuda.-

Las ayudas que se concedan al amparo de esta convocatoria se imputarán al crédito

presupuestario de la partida 451.480.000 del presupuesto correspondiente al ejercicio 2012.

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La subvención será del 50% del coste de las modificaciones, con un máximo de 360

euros.-

El importe de las subvenciones reguladas en estas bases en ningún caso podrá ser de

tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones supere el coste del

rótulo subvencionado.-

8.- Justificación y Pago.-

El pago de la subvención se realizará una vez presentada la documentación exigida

con la solicitud.-

9.- Incumplimiento y procedimiento de reintegro.

El incumplimiento por parte de los/as beneficiarios/as de las condiciones impuestas

con motivo de la concesión de la subvención, así como la falsedad y ocultación de los datos

y documentos que estuvieran obligados a aportar, dará lugar a la revocación de la

subvención y al reintegro en su caso de las cantidades abonadas indebidamente

En todo lo no previsto en estas bases, se estará a lo dispuesto en la Ordenanza

reguladora de la concesión de subvenciones y ayudas del Ayuntamiento de Zuia.-

8.- REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO DE

SOLICITANTES DE VIVIENDA DE PROTECCIÓN PÚBLICA DEL MUNICIPIO

DE ZUIA.

El Concejal Sr. Rico, reiterando lo expuesto en la Comisión informativa, propone

aprobar el Reglamento de funcionamiento del Registro de solicitantes de vivienda de

protección pública del municipio de Zuia. En su día se aprobó la Ordenanza reguladora de

la vivienda tasada municipal, se creó el Registro de solicitantes de vivienda y ahora se

presenta este Reglamento, en el que se ha tenido en cuenta el cuestionario en su día

confeccionado para la inscripción en el Registro y la citada Ordenanza. El objetivo es tener

un reflejo de las necesidades de vivienda existentes. Ayer, en la Comisión informativa, el

Concejal Sr. Sautu propuso especificar que la documentación que se exige acompañar a la

solicitud sea original o esté compulsada (D.N.I, libro de familia,…..) y que se exija una

declaración jurada de carecer de vivienda por parte de los solicitantes y miembros de la

unidad familiar.

El Sr. Alcalde-Presidente propone la aprobación del citado Reglamento, con las

modificaciones propuestas por el Concejal Sr. Sautu.

La Corporación por unanimidad ACUERDA:

PRIMERO.- Aprobar con carácter inicial el Reglamento de funcionamiento del

Registro de solicitantes de vivienda de protección pública del municipio de Zuia que

seguidamente se detalla.

SEGUNDO. Someter dicho Reglamento a información pública y audiencia de los

interesados, con publicación en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava y tablón

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de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de treinta días para que puedan presentar

reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación.

TERCERO.- Considerar este acuerdo como definitivo si no hubiera reclamaciones

o sugerencias y adoptar nuevo acuerdo al respecto en caso contrario.

CUARTO.- Publicar el acuerdo definitivo junto con el Reglamento en el Boletín

Oficial del Territorio Histórico de Alava.

QUINTO.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente, D. Unai Gutiérrez Urkiza o a quien

legalmente le sustituya, para que en nombre y representación del Ayuntamiento suscriba y

firma cuantos documentos fueran precisos en ejecución de este acuerdo.

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO DE SOLICITANTES

DE VIVIENDA DE PROTECCIÓN PÚBLICA DEL MUNICIPIO DE ZUIA

A través de este registro administrativo de solicitantes de vivienda de protección

pública del municipio de Zuia se pretende facilitar el acceso a los demandantes de vivienda

de protección pública en cualquiera de sus variedades en el municipio de Zuia. Para ello es

imprescindible conocer las circunstancias socio-económicas de los solicitantes y poder

agrupar a los inscritos por las características homogéneas que se determine en cada caso,

trabajando posteriormente con estos grupos para el diseño y desarrollo de actuaciones de

promoción de este tipo de viviendas.

Es objeto de este reglamento, por tanto, la regulación de la elaboración y el

mantenimiento del Registro Municipal de solicitantes de viviendas de protección pública,

con el fin de que se convierta en un instrumento que refleje la realidad de la demanda de

este tipo de viviendas en Zuia y permita adecuar los programas de vivienda de protección

pública a la demanda existente, así como orientar la política de vivienda del gobierno

municipal.

A tal fin el Ayuntamiento de Zuia, y sin perjuicio de cualesquiera otras acciones e

instrumentos, consultivos o estadísticos estime oportunos de cara a conocer las necesidades

reales de vivienda, promueve este reglamento, dando además con él cumplimiento a lo

dispuesto en la “Ordenanza municipal reguladora de la vivienda tasada de Zuia” aprobada

mediante acuerdo del Ayuntamiento Pleno de fecha 12 de enero de 2012, que precisa del

mantenimiento de un registro permanente de solicitantes de vivienda tasada municipal.

Articulo 1. Naturaleza y objeto

1. El Registro municipal de solicitantes de vivienda de protección pública del

Ayuntamiento de Zuia es un registro de titularidad pública de naturaleza administrativa que

tiene como finalidad:

a) Facilitar información necesaria para diseñar la política de vivienda del

Ayuntamiento de Zuia.

b) Recopilar, tratar, gestionar y ofrecer datos para conocer la demanda social en

materia de vivienda de protección pública en todos sus tipos, en régimen de compraventa o

alquiler.

c) Servir de instrumento para ejecutar la política en materia de vivienda y aplicar la

normativa sectorial.

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d) Permitir a la Administración el control y seguimiento de las actuaciones en

relación con la vivienda de protección pública.

2. Deberán inscribirse en este Registro, quienes deseen optar a la adjudicación de

una vivienda de protección pública en el municipio de Zuia.

Los datos incluidos en el Registro municipal de solicitantes de vivienda del municipio de

Zuia serán aquellos aportados voluntariamente por el solicitante y los obtenidos de oficio

por la Administración, en virtud de las autorizaciones dadas para ello por el solicitante.

3. Los datos contenidos en el Registro son los identificativos de quienes conforman

las unidades de convivencia demandantes de vivienda y los de ésta, así como los necesarios

para verificar el cumplimiento de los requisitos de inscripción y adjudicación establecidos

en la Orden de 16 de abril de 2008, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, sobre

procedimientos de adjudicación de viviendas de protección oficial, en la Ordenanza

municipal de Viviendas Tasadas de Zuia, en este Reglamento y en las restantes

disposiciones aplicables en materia de vivienda de protección pública.

En particular, se tratarán datos referentes a la edad, estado civil, régimen económico

matrimonial y situaciones de convivencia de hecho, discapacidades, vecindad civil,

ingresos y nivel socioeconómico, derechos sobre inmuebles y los restantes exigibles

conforme al modelo de solicitud aprobado al efecto por el Ayuntamiento de Zuia y que

figura como anexo a este Reglamento de solicitantes de vivienda de protección pública.

4. La inscripción, actualización y cancelación de datos en el Registro será gratuita.

Art. 2.- Ámbito de actuación

Su ámbito de actuación se corresponde con el término municipal de Zuia.

Las competencias de gestión y administración del Registro de Solicitantes de

Vivienda de protección pública del municipio de Zuia corresponden al Ayuntamiento de

Zuia. Es competencia del Alcalde la dirección de dicho Registro, en virtud de lo establecido

en el artículo 21.1 d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen

Local, pudiendo ser delegada en la forma legalmente prevista.

Artículo 3.-Régimen de protección de datos

1.- El órgano responsable del Registro es el Ayuntamiento de Zuia. Los derechos de

acceso, rectificación, cancelación y oposición podrán ejercerse ante el Alcalde o persona en

favor de la cual se hubiera efectuado la delegación.

El ejercicio del derecho de cancelación de los datos personales comportará la baja

de la unidad de convivencia del Registro como solicitante de vivienda.

2.- El Registro Municipal de solicitantes de vivienda de protección pública de Zuia

se gestionará a través de ficheros automatizados de datos personales, sociales, económicos

o de la unidad convivencial, necesarios para el proceso posterior de adjudicación de las

viviendas. Estos datos son facilitados directamente por el propio interesado o suministrados

por otras Administraciones Públicas dirigidos a comprobar el cumplimiento de alguno de

los requisitos exigidos, liberando al demandante de la carga de aportar documentación.

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3.- La gestión y tratamiento de los datos personales que contenga este Registro

queda sometida a lo dispuesto por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de

protección de datos de carácter personal, el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre,

por el que se aprueba su reglamento de desarrollo, y la Ley 2/2004, de 25 de febrero, de

ficheros de datos de carácter personal de titularidad pública y de creación de la Agencia

Vasca de Protección de Datos.

4.- Los datos del Registro podrán, previa autorización expresa de los interesados, ser

comunicados a otras Administraciones Públicas cuando éstas sean responsables de un

procedimiento de adjudicación de viviendas de protección pública en el municipio de Zuia,

exclusivamente con esta finalidad y afectando la comunicación únicamente a los

solicitantes interesados en dicho proceso de adjudicación.

En los mismos términos, podrán comunicarse los datos del Registro, estrictamente

indispensables, y con fines estadísticos, para el estudio de la demanda de viviendas con la

finalidad de proceder a la adjudicación de las mismas a entidades promotoras de vivienda

de protección pública, sustituyendo la identificación personal de los solicitantes admitidos

en el procedimiento por la referencia al número de expediente de inscripción.

En todo caso la comunicación o cesión de datos del Registro a terceros tendrá lugar

conforme a lo establecido en la normativa reguladora de vivienda de protección pública de

la Comunidad Autónoma del País Vasco, en este Reglamento, y en la normativa sobre

protección de datos de carácter personal.

Artículo 4.- Obligatoriedad de inscripción en el registro.

Será obligatoria la inscripción en el Registro municipal de solicitantes de vivienda

de protección pública del Ayuntamiento de Zuia, de toda aquella unidad convivencial que

quiera optar a la adjudicación de una vivienda de protección pública en el municipio de

Zuia.

La inclusión en dicho Registro municipal de solicitantes de vivienda de protección

pública de Zuia no supondrá, en ningún caso, el cumplimiento de los requisitos necesarios

para acceder a este tipo de vivienda de promoción pública, la inscripción tendrá una

evaluación posterior en relación a los criterios que se designen para cada promoción.

Artículo 5.- Requisitos de inscripción

Se presentará una sola inscripción al Registro de solicitantes de vivienda de

protección pública de Zuia por cada unidad convivencial que quiera optar a la adjudicación

de una vivienda.

En los casos en que una persona inscrita en el Registro, sea como solicitante o como

miembro de la unidad convivencial, pretenda su inscripción posterior mediante otra

solicitud en unidad convivencial diferente, quedará inscrita en el Registro conforme a la

última solicitud presentada, extremo que será comunicado a la unidad de convivencia

inicial.

En cualquier caso deberá coincidir la adjudicación de la vivienda que se realice con

la inscripción registral.

Las solicitudes deberán indicar la modalidad o régimen de acceso a la vivienda de

protección pública a la que optan (en régimen de compra o de alquiler).

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La fecha de inclusión en el Registro, así como las comunicaciones que como

consecuencia de dicha inclusión remita el Ayuntamiento de Zuia a los interesados, puede

suponer, si las bases de las promociones así lo establecen, prioridad en el procedimiento

selectivo de adjudicación que se realice en cada caso.

No podrán realizar solicitudes de viviendas de forma individual, las personas unidas

por matrimonio que no se encuentren separadas legalmente y tampoco las parejas de hecho.

Artículo 6.- Obligaciones derivadas de la inscripción

Los solicitantes tienen la obligación de:

- Ser veraces en las manifestaciones que realicen al objeto de solicitar su inscripción

en el Registro de solicitantes de vivienda de protección pública de Zuia.

- Comunicar, cualquier modificación de los requisitos o circunstancias de las que

dependan su inclusión en el mismo, en un plazo máximo de tres meses desde que se

produzca la aludida modificación, como el cambio de domicilio, los cambios en la

unidad convivencial, estado civil, etc.

- Atender diligentemente los requerimientos que les pueda efectuar el Ayuntamiento

de Zuia, a fin de acreditar el cumplimiento de los requisitos exigibles para mantener

la inscripción en el registro.

Artículo 7.- Unidad convivencial.

Se entiende por “unidad de convivencia unipersonal”, la constituida por un único

solicitante persona física; y “unidad de convivencia pluripersonal” la constituida por más de

un solicitante persona física que se encuentre en alguno de los siguientes supuestos:

- La unión de dos o más personas por matrimonio u otra forma de relación análoga a

la conyugal que pueda acreditarse.

- La formada por adopción o consanguinidad hasta el tercer grado y afinidad hasta el

segundo, que residan o vayan a residir en el mismo hogar, siempre que éstas sean

mayores de edad.

Existe presunción de convivencia en relación con matrimonios y parejas de hecho

inscritas.

Los menores o personas discapacitadas solamente podrán formar parte de la unidad de

convivencia de aquel a quien se ha reconocido la custodia de los mismos.

En todas las solicitudes se presume como representante de la unidad de convivencia a la

persona que figure como primer solicitante. Si el solicitante deja de ser miembro de la

unidad de convivencia manteniéndose vigente la solicitud, se presumirá como nuevo

representante el que le siga por orden en la solicitud, siempre que cumpla con los requisitos

de inscripción señalados en este Reglamento, sea mayor de edad o emancipado y no se

encuentre incapacitado judicialmente para obligarse contractualmente.

Artículo 8.- Requisitos del solicitante para la inscripción.

Deberán solicitar la inscripción en el Registro de Municipal de solicitantes de vivienda

de protección pública de Zuia aquellas personas, que no encontrándose incapacitadas para

obligarse contractualmente, cumplan además los siguientes requisitos:

1.- Estar empadronados en el País Vasco.

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2.- Acrediten ingresos entre el mínimo y máximo exigidos para el acceso a vivienda

según el régimen de acceso solicitado.

3.- Los solicitantes y miembros de la unidad convivencial, carezcan de vivienda en

propiedad, derecho de superficie o usufructo, a la fecha de solicitud de inscripción en el

registro.

Artículo 9.- Solicitud.

La solicitud de inclusión en el Registro de solicitantes de vivienda de protección

pública del Ayuntamiento de Zuia se realizará en los impresos oficiales confeccionados al

efecto y que se incorporan como Anexo a este Reglamento, que se entregarán en el registro

general del Ayuntamiento de Zuia.

Las unidades convivenciales que demanden vivienda de protección pública presentarán

la solicitud que figura en el Anexo, debiendo hacerse constar en el formulario, al menos las

siguientes circunstancias:

1. Datos identificativos del solicitante: nombre y apellidos, DNI, edad, estado civil,

domicilio y teléfono, sexo, fecha de nacimiento y nacionalidad.

2. Datos identificativos de la pareja: nombre y apellidos, DNI, edad, estado civil,

domicilio y teléfono, sexo, fecha de nacimiento y nacionalidad.

3. Datos identificativos de la unidad convivencial y sus miembros: nombre y apellidos,

DNI, edad, estado civil, parentesco, discapacidad, en su caso.

4. Régimen de acceso a la vivienda: en propiedad o en alquiler.

5. Tipología de las viviendas: número de dormitorios de la vivienda que demanda en

relación con su composición familiar.

6. Datos económicos: Ingresos anuales ponderados de la unidad convivencial del último

ejercicio cerrado a efectos de la presentación del IRPF, calculados conforme a los criterios

establecidos por el Decreto 39/2008, de 4 de marzo, sobre régimen jurídico de viviendas de

protección pública y medidas financieras en materia de vivienda y suelo, y por los

establecidos por la Ordenanza municipal reguladora de Vivienda Tasada Municipal de

Zuia, para las viviendas tasadas municipales.

Artículo 10.- Documentación a acompañar

A. Para IDENTIFICACIÓN:

- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Tarjeta de Residencia

de los miembros de la unidad convivencial mayores de 14 años.

- Fotocopia del Libro de Familia, si existen hijos o hijas menores de edad.

- En caso de separación o divorcio, convenio regulador junto a la sentencia judicial

que justifique, en su caso, la custodia de hijos o hijas menores.

B. Para acreditar DISCAPACIDAD DE MOVILIDAD REDUCIDA

- Certificación acreditativa de la condición y carácter de la discapacidad de movilidad

reducida expedida por la Diputación Foral: silla de ruedas, dependencia de dos

bastones o tener entre 7 y 15 puntos.

C. Para acreditar DISCAPACIDAD PSÍQUICA:

- Certificación e Informe expedidos por la Diputación Foral que acrediten la

discapacidad psíquica según lo dispuesto por el Real Decreto 1971/1999, de 23 de

diciembre.

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D. Para acreditar INGRESOS ECONÓMICOS (de todos los titulares):

a) Si existe obligación de declarar o se ha declarado IRPF, se deberá aportar esta

documentación:

- Fotocopia/s, de la/s Declaración/es presentadas del Impuesto sobre la Renta de las

Personas Físicas y liquidación provisional, en caso de haberse recibido, del

solicitante y de todos los miembros de la unidad convivencial del último ejercicio.

- En el caso de percibir, además, prestaciones no contributivas, certificado de las

mismas.

- Certificado de la Hacienda Foral acreditativa de los ingresos del ejercicio que

corresponda.

b) En caso de no estar obligado a presentar la declaración de IRPF se deberá de aportar:

- Certificación de la Hacienda Foral acreditativa de la no obligatoriedad de

presentación de la declaración de IRPF.

- Certificado de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad

Social.

- En el caso de trabajadores/as por cuenta ajena, documento expedido por la empresa

o empleador sobre la totalidad de los ingresos brutos percibidos por todos los

conceptos, correspondientes a dicho ejercicio. (modelo 10T)

- En el caso de pensionistas o preceptores/as de cualquier beca, prestación o subsidio

(incluidas las ayudas de Bienestar Social), el certificado de las mismas,

correspondiente a dicho ejercicio.

El periodo computable, será el último periodo impositivo cerrado de declaración de

IRPF.

E. Para acreditar NECESIDAD DE VIVIENDA.

- Certificación negativa de bienes inmuebles de todos los miembros de la unidad

convivencial expedido por la Diputación Foral de Alava.

- Cualquier otro certificado y/o medio que se considere necesario como pudiera ser

Nota Expedida por el Registro de la Propiedad de carecer de bienes inmuebles junto

a declaración jurada del solicitante de no haber dispuesto de Bienes Inmuebles en

los últimos dos años. No será válida la certificación registral de carencia de bienes,

si no va acompañada de los precitados certificados.

- En caso de poseer algún bien inmueble distinto de la vivienda, se deberá aportar

certificado registral y/o de Hacienda que acredite la naturaleza y condiciones del

bien.

- Declaración jurada de carencia de vivienda del/a solicitant@ y miembros de la

unidad convivencial

En los casos en que no se considere suficientemente acreditado alguno de los requisitos,

podrá solicitarse en cualquier momento por parte del Ayuntamiento la documentación que

sea necesaria para su acreditación.

Toda la documentación que se presente deberá ser original o bien copias que tengan

carácter de auténticas o compulsadas.

Artículo 11.- Resolución sobre la inscripción.

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Las resoluciones de alta en el Registro de solicitantes de Vivienda de protección

pública de Zuia, denegación, baja o cualquier otro aspecto que afecte a la inscripción, serán

dictadas por el Alcalde y publicadas en el tablón anuncios del ayuntamiento.

Contra la resolución del Alcalde podrá interponerse recurso de reposición en el

plazo de un mes desde la notificación de la misma.

Artículo 12.- Actualización de datos de inscripción.

1. El registro deberá actualizarse y renovarse específicamente por cada

procedimiento de adjudicación que se convoque.

2. Los solicitantes deberán comunicar al Ayuntamiento de Zuia cualquier

modificación que se hubiera producido en relación al contenido de los documentos y datos

que hubieren aportado anteriormente, adjuntando la documentación que resulte preceptiva,

en el plazo de tres meses desde que se produzca dicha modificación.

El incumplimiento del deber establecido en el apartado anterior podrá dar lugar, en

su caso, a la baja en la inscripción de la unidad convivencial y será causa suficiente para

excluirla de los procedimientos de adjudicación, privarle de la condición de adjudicatario

en procedimientos públicos de adjudicación o denegar la elevación a definitiva de la

propuesta de adjudicación provisional a su favor, previa notificación al solicitante.

3. El Ayuntamiento de Zuia podrá comprobar en cualquier momento la veracidad de

los datos declarados por los solicitantes inscritos en el Registro, procediendo de oficio a

modificar los que no se refieran al ámbito protegido por la legislación correspondiente o, en

su caso, a dar de baja a aquellas unidades de convivencia en las que no concurran los

requisitos para permanecer inscritas.

Artículo 13.- Duración de la inscripción.

La inscripción en el Registro tendrá una duración de cuatros años contados a partir

del día siguiente a la fecha de alta. Transcurrido dicho plazo sin renovar la inscripción

caducará la inscripción registral y ser procederá a cursar la baja de oficio de la unidad

convivencial en el Registro.

Los interesados podrán renovar la inscripción registral sucesivamente por iguales

periodos de cuatro años, para lo cual deberán comunicar por escrito firmado por todos los

solicitantes la voluntad de renovarla dentro de los tres últimos meses del periodo de

vigencia de la inscripción. La solicitud de renovación se resolverá por el Alcalde y tendrá

efectos desde el día en el que finalizase el plazo de inscripción. El silencio tendrá

igualmente carácter estimatorio.

Artículo 14.- Causas de baja del registro.

Será causa de baja de la inscripción como solicitante de vivienda de protección pública,

alguna de las siguientes circunstancias:

a) Petición de baja del interesado.

b) Fallecimiento del solicitante, cuando dicho fallecimiento impida la permanencia de

la solicitud en el registro.

c) Caducidad de la inscripción, por transcurso de 4 años sin renovarla.

d) Constatación por el Ayuntamiento de Zuia de datos falsos en la solicitud.

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e) Resultar adjudicatario definitivo de una vivienda de protección pública en compra o

arrendamiento.

f) Constatación por el Ayuntamiento de Zuia de que no concurren los requisitos de

acceso: empadronamiento en Zuia, ingresos económicos, necesidad de vivienda.

g) Renuncia del solicitante a DOS adjudicaciones de vivienda en el municipio de Zuia.

Disposición Final.- Normativa supletoria.

En lo no previsto expresamente en este Reglamento se estará a lo dispuesto en la

normativa sectorial autonómica en materia de vivienda de protección pública, en la

Ordenanza municipal reguladora de la vivienda tasada municipal de Zuia, en la Ley

30/1992 de 26 de noviembre reguladora del régimen jurídico de las Administraciones

Públicas y del procedimiento administrativo común, así como en aquellas normas

reguladoras de las materias de referencia.

ANEXO

Solicitud de inscripción.

ETXEBIZITZA-ESKATZAILEEN ZERRENDAN SARTZEKO ESKARIA

SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN EL LISTADO DE DEMANDANTES DE VIVIENDA

1. ESKATZAILEAK 1. SOLICITANTES

Eskatzailearen datuak / Datos de la persona solicitante: Lehenengo deitura / Primer apellido

Bigarren deitura / Segundo apellido

Izena / Nombre

Sexua / Sexo G / H Jaiotze-data / Fecha de nacimiento

E / M

NAN, pasaporte edo egoitza txartela DNI, pasaporte o tarjeta de residencia

Etxeko telefonoa / Teléfono fijo

Eskukoa / Móvil

Posta elektronikoa / Correo electrónico

Helbidea / Domicilio

Posta Kodea / Código Postal

Udalerria / Localidad

Lurraldea / Territorio

Egoera zibil / Estado civil: Erroldako udalerria / ¿En qué municipio está empadronado/a

Ezkongabea / Soltero/a

Dibortziatua / Divorciado/a Ezkondua / Casado/a Erroldatze-data / ¿En qué fecha?

Banandua / Separado/a

Izatezko bikote erregistratua / Pareja de hecho registrada

Alarguna / Viudo/a

Mugikortasun urriko ezgaitasun fisikoa duzu Con discapacidad física de movilidad reducida

Ezgaitasun psikikoa duzu Con discapacidad psíquica

Ezkontide edo bikotekidearen datuak / Datos personales del o la cónyuge o pareja: Lehenengo deitura / Primer apellido

Bigarren deitura / Segundo apellido

Izena / Nombre

Sexua / Sexo G / H Jaiotze-data / Fecha de nacimiento

E / M

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NAN, pasaporte edo egoitza txartela DNI, pasaporte o tarjeta de residencia

Etxeko telefonoa / Teléfono fijo

Eskukoa / Móvil

Posta elektronikoa / Correo electrónico

Helbidea / Domicilio

Posta Kodea / Código Postal

Udalerria / Localidad

Lurraldea / Territorio

Egoera zibil / Estado civil: Erroldako udalerria / ¿En qué municipio está empadronado/a

Ezkongabea / Soltero/a

Dibortziatua / Divorciado/a

Ezkondua / Casado/a Erroldatze-data / ¿En qué fecha?

Banandua / Separado/a

Izatezko bikote erregistratua / Pareja de hecho registrada

Alarguna / Viudo/a

Mugikortasun urriko ezgaitasun fisikoa duzu Con discapacidad física de movilidad reducida

Ezgaitasun psikikoa duzu Con discapacidad psíquica

Argibideak lortzeko, 945430005 telefono-zenbakira deitu edo www.zuia.com ikusi Información y consultas en el teléfono 945430005 y en www.zuia.com

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2. BIZIKIDETZA-UNITATEA ETA TITULARRAK

2. UNIDAD CONVIVENCIAL y TITULARES

Eskatzailea eta bere ezkontide edo bikotekideaz gain, bizikidetza-unitateak kide gehiago baldin badauka, adierazi atal honetan nortzuk diren. Kontuan izan:

Si tu unidad convivencial tiene más componentes, además de la solicitante y su cónyuge o pareja, indica quiénes son en este apartado. Ten en cuenta que:

Bizikidetza-unitatean azaltzen ez den pertsona bat ezin izango dela inola ere etxebizitzaren titular izan. Eskatzaileek etxebizitzaren etorkizuneko titular izendatzen dituzten horiek ez ezik, eskabidean dauden beste pertsona batzuek izan beharko dute titular, baldin eta aplikatu beharreko legerian hala ezarrita badago.

En ningún caso podrá ser titular de la vivienda una persona que no figure en la unidad convivencial. Además de aquellas personas que los solicitantes señalen como futuros titulares de la vivienda, también otras personas que conforman la solicitud deberán ser titulares si en la normativa aplicable así se establece.

Mugikortasun urria duten pertsonentzat egokitutako etxebizitza bat esleitzen bada, mugikortasun urri iraunkorra duten ezgaituek izan beharko dute etxebizitza horren titular, adingabeak badira edo horretarako gaitasunik ez badute, ordea, guraso-agintea edo tutoretza dela-eta haien kargura dituzten pertsonek izan beharko dute titular.

En el caso de adjudicarse una vivienda adaptada a personas de movilidad reducida, serán obligatoriamente titulares de esta vivienda los discapacitados de movilidad reducida permanente, y en caso de ser menores de edad o incapacitados, las personas que les tengan a su cargo por patria potestad o tutela.

NAN DNI

Izen deiturak Nombre y apellidos

Ja

iotz

e-d

ata

F

ech

a d

e

na

cim

ien

to

Ahaidetasuna Parentesco S

ex

ua

Se

xo

Eg

oe

ra z

ibila

Esta

do

civ

il

Mu

gik

ort

asu

n

urr

iko

ezg

ait

as

un

a

Dis

ca

pa

cid

ad

de

mo

vili

da

d

red

ucid

a

Ezg

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n

ps

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ca

pa

cid

ad

psíq

uic

a

Etx

eb

izit

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ren

titu

larr

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na

hi

Dese

a s

er

titu

lar

de

la

viv

ien

da

3. ESKURATZEKO ERREGIMENA 3. RÉGIMEN DE ACCESO

Zure eskabideari udalean alta emanda, esleipen-

prozedura hauetan parte hartu ahal izango duzu.

Ondorengo aukeren artean, adierazi zeinetan zauden

interesaturik.

Una vez dada de alta tu solicitud en el ayuntamiento,

podrás participar en los siguientes procesos de

adjudicación. De las opciones que te indicamos,

señala aquéllas a las que te quieras apuntar.

EROSKETA: Etxebizitza . COMPRA de vivienda protegida.

ALOKAIRUA: Babes ofizialeko etxebizitza. ALQUILER de vivienda de protección oficial.

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4. ETXEBIZITZA-MOTA 4. TIPOLOGIA DE LAS VIVIENDAS

Marka ezazu ixa batez nahiago duzun

etxebizitza-mota Marca con una cruz la tipología de vivienda

que prefieras. Logela bakarreko etxebizitza Vivienda de 1 dormitorio

2 logelatako etxebizitza Vivienda de 2 dormitorios

3 logelatako etxebizitza Vivienda de 3 dormitorios

4 logelatako etxebizitza Vivienda de 4 dormitorios

5. FAMILIA-UNITATEAREN DIRU-SARRERAK

5. INGRESOS UNIDAD FAMILIAR

Marka ezazu ixa batez zeure familia-

unitateari dagokion tartea Marca con una cruz el tramo de ingresos que

corresponda por unidad familiar.

9.000 - 15.000

9.000 - 15.000

15.000 - 20.000 15.000 - 20.000

20.001 - 25.000 20.001 - 25.000

25.001 - 30.000

30.001- 39.000

39.001 - 58.500

25.001 - 30.000

30.001 - 39.000

39.001 - 58.500

6. ETXEBIZITZA-PREMIA 6. NECESIDAD DE VIVIENDA

Marka ezazu ixa batez zeure egoerari

dagokiona eta gogoan izan

Marca con una cruz la situación que te

corresponde. Zuk edo bizikidetza-unitatearen kideren batek

izan al duzue azken bi urteotan edo

daukazue gaur egun etxebizitzaren baten

jabetza, azalera-eskubidea, gozamen-

eskubidea edo jabetza soila?

¿Algún miembro de la unidad convivencial

dispone actualmente o ha dispuesto en los

dos últimos años de vivienda en propiedad,

en derecho de superficie, en usufructo o en

nuda propiedad?

Zure erantzuna ezezkoa bada, honako

dokumentazio hau aurkeztu behar duzu:

- Bizikidetza-unitateko kide guztiek ondasun

higiezinik ez dutela egiaztatzen duen

ziurtagiria, Arabako Foru Aldundiak/

Estatuaren Zerga Agentziak emana.

- Beharrezko jotzen den beste edozein

ziurtagiri edo bitarteko, hala nola Jabetza

Erregistroak ondasun higiezinik ezari buruz

Si tu respuesta ha sido negativa, debes

aportar la

siguiente documentación:

- Certificación negativa de bienes inmuebles

de todos los miembros de la unidad

convivencial expedido por la Diputación Foral

de Alava/Agencia Tributaria.

- Cualquier otro certificado y/o medio que se

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egindako oharra, azken urte bian ondasun

higiezinik ez duela adierazten duen

eskatzailearen zinpeko aitorpenarekin batera.

Ondasunik ezaren erregistro-ziurtagiria ez da

baliozkoa izango, aipaturiko ziurtagiriak

aurkezten ez badira.

- Eskatzailearen eta bizikidetza-unitateko

kideen etxebizitza ezarik adierazten duen

zinpeko aitorpena.

considere necesario como pudiera ser Nota

Expedida por el Registro de la Propiedad de

carecer de bienes inmuebles junto a

declaración jurada del solicitante de no haber

dispuesto de Bienes Inmuebles en los

últimos dos años. No será válida la

certificación registral de carencia de bienes,

si no va acompañada de los precitados

certificados.

- Declaración jurada de carencia de vivienda

del/a solicitante y miembros de la unidad

convivencial.

Zure erantzuna baiezkoa izan bada, bete

ondorengo galdetegia, kontutan hartuta

eskabide-orri hau osatzen dutenen artean bat

edo hainbat ondoko egoera hauetako batean

daudela egiaztatzen bada etxebizitza premia

egiaztatutzat emango zaiela,:

Si tu respuesta ha sido afirmativa, se

considerará que la solicitud acredita la

necesidad de vivienda teniendo en cuenta que

si se comprueba que uno o varios de los

integrantes de la solicitud se encuentran en

uno de estos supuestos, cumplimenta el

siguiente cuadro:

1. Euskal Autonomia Erkidegoan kokatutako

etxebizitza baten titulartasuna izatea, hiri-

inguruneen, espazio publikoen, eraikinen eta

informazio eta komunikazioko sistemen

irisgarritasun-baldintzei buruzko arau

teknikoak onesten dituen apirilaren 11ko

68/2000 Dekretuan bildutako sarbide eta

jasogailuei buruzko xedapenak betetzen ez

dituen eraikin batean.

1. Titularidad de una vivienda ubicada en la

Comunidad Autónoma, en un edificio que no

cumpla las determinaciones relativas a

accesos y aparatos elevadores, contenidas en

el Decreto 68/2000, de 11 de abril, por el que

se aprueban las normas técnicas sobre

condiciones de accesibilidad de los entornos

urbanos, espacios públicos, edificaciones y

sistemas de información y comunicación.

Gainera, eskatzaileetako batek edo

eskabidean agertzen den bere seme-alabaren

edo oinordekoren batek mugikortasun urri

iraunkorra du.

Además, alguna de las personas solicitantes o

alguno de sus hijos o descendientes que

constan en esta solicitud tiene una

discapacidad de movilidad reducida

permanente.

Aurkeztu beharreko agiriak: etxebizitzaren jabetza egiaztatzen duen eskritura eta etxebizitzak arautegiak jasotzen dituen eraikinen sarbide eta jasogailuei buruzko xedapenak betetzen ez dituenaren egiaztagiri teknikoa.

Documentación a presentar: escritura que acredite la titularidad de la vivienda y certificado técnico que acredite que la vivienda no cumple las determinaciones relativas a accesos y aparatos elevadores, contenidas en la normativa.

2. Etxebizitzaren pertsonako ratioa 15 metro

koadro erabilgarri baino txikiagoa da.

2. Titularidad de una vivienda cuya

superficie útil total resulta inferior a una ratio

de 15 metros cuadrados útiles por persona.

Aurkeztu beharreko agiriak: etxebizitzaren jabetza-eskritura, bertan etxebizitzaren azalera erabilgarria agertu behar da.

Documentación a presentar: escritura de propiedad de la vivienda en la que conste la superficie útil.

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3. Etxebizitzaren jabeak edo jabeek 70 urte

edo gehiago dituzte, eta etxebizitzak kokaleku

duen eraikinak ez ditu betetzen irisgarritasun-

baldintzak, indarrean dauden arauen arabera.

3. Titularidad de una vivienda que no reúna

condiciones de accesibilidad, y cuyo titular o

titulares sean personas de 70 años o más.

Aurkeztu beharreko agiriak: etxebizitzaren jabetza egiaztatzen duen eskritura eta etxebizitzak irisgarritasun baldintzak betetzen ez dituela jasotzen duen egiaztagiri teknikoa.

Documentación a presentar: escritura que acredite la titularidad de la vivienda y certificado técnico que acredite la vivienda no reúne condiciones de accesibilidad.

Aurreko hiru egoera hauetakoren bat

badagokizu, BABES OFIZIALEKO

ETXEBIZITZA BAT ESKURATUZ GERO,

ZURE ETXEBIZITZA EUSKAL AUTONOMIA

ERKIDEGOKO ADMINISTRAZIOAREN ESKU

UTZI BEHARKO DUZU. Eskuratutako

etxebizitza alokairuan bada, Administrazioaren

esku utzi beharreko zure etxebizitza

BIZIGUNE programan sartuko da, gutxienez

bost urtetarako, alokairuan jarri ahal izateko.

Si te corresponde uno de estos tres casos, EN

CASO DE RESULTAR ADJUDICATARIO DE

UNA VIVIENDA DE PROTECCIÓN OFICIAL,

ESTARÁS OBLIGADO A PONER TU

VIVIENDA A DISPOSICIÓN DE LA

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD

AUTÓNOMA VASCA. Si la vivienda que se te

adjudica es en régimen de alquiler, la vivienda

que pones a disposición será incorporada al

programa BIZIGUNE, por un periodo mínimo

de 5 años para su arrendamiento.

4. Etxebizitza Euskal Autonomia Erkidegoan

dago, eskatzailearen ohiko bizileku iraunkorra

da eta ez ditu betetzen indarrean dauden

arauek ezarritako gutxieneko bizigarritasun-

baldintzak, beti ere hutsuneak eraikuntza-

konponbiderik onartzen ez badute. Kasu

honetan etxebizitza eskatzaileak etxebizitza

hori erosi zuenetik bost urte igaro arte, ez dira

inolako zozketatan onartuak izango.

4. Titularidad de una vivienda en la

Comunidad Autónoma Vasca, que sea el

domicilio habitual y permanente de la persona

solicitante y que no reúna las condiciones

mínimas de habitabilidad establecidas en la

normativa vigente, sin posible solución

constructiva. En este caso, las personas

solicitantes de vivienda no podrán ser

admitidas en ningún sorteo hasta transcurrir

cinco años desde la adquisición de dicha

vivienda.

Aurkeztu beharreko agiriak: etxebizitzaren jabetza egiaztatzen duen eskritura eta etxebizitzak bizigarritasun-baldintzak betetzen ez dituela eta hutsuneak eraikuntza-konponbiderik onartzen ez dutela jasotzen duen egiaztagiri teknikoa.

Documentación a presentar: escritura que acredite la titularidad de la vivienda y certificado técnico que acredite la vivienda no reúne condiciones de habitabilidad y que las deficiencias no admiten solución constructiva.

5. Azken bi urteotan, senar-emazteen edo

izatezko bikotearen bizilekua izan den

etxebizitzaren titularra izan da eta banaketa

edo dibortzioaren ondorioz eskualdatu da

etxebizitza. Alde bakoitzak gehienez 75.000

euro eskuratu ditu, dauden hipoteka-kargetan

ordaindu ez den kopurua kendu ondoren.

5. Titularidad en los dos últimos años de una

vivienda que constituía el domicilio conyugal o

de la pareja de hecho y ha sido transmitido

como consecuencia del proceso de

separación o divorcio, habiendo obtenido cada

parte un máximo de 75.000 euros, una vez

descontado el importe pendiente de abono de

las cargas hipotecarias existentes.

Aurkeztu beharreko agiriak: etxebizitzaren eskualdatze-eskrituraren kopia.

Documentación a presentar: copia de escritura de transmisión de la vivienda.

6. Epailearen ebatziz beste ezkontidearen

edo bikotekidearen familia-bizilekutzat jo izan

den etxebizitza baten titulartasuna.

6. Titularidad de una vivienda que ha sido

designada judicialmente como domicilio

familiar del otro cónyuge o pareja.

Aurkeztu beharreko agiriak: epailearen ebazpena eta hitzarmen arautzailearen fotokopiak.

Documentación a presentar: fotocopia de la resolución judicial y del convenio regulador.

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7. Jaraunspen edo dohaintza bidez

eskuratutako etxebizitza baten edo batzuen

titularkidetasuna, baldin eta titularkidetasun

horren portzentaje batek ere ez badu %50

gainditzen eta etxebizitza-partaidetzen balioa

75.000 eurotik gorakoa ez bada.

7. Cotitularidad de una o varias viviendas

adquiridas por herencia o donación, en las

que ninguno de los porcentajes de

cotitularidad supera el 50% y el valor de las

participaciones en vivienda no supera los

75.000 euros.

Aurkeztu beharreko agiriak: jaraunspen-kasuan, jaraunspenaren onarpen-agiria eta etxebizitza-partaidetzak; dohaintza-kasuan, dohaintza-eskritura; kasu bietan zinpeko aitortza etxebizitza-partaidetzaren balioa 75.000 euroak gainditzen ez dituela adieraziz. Azken bi urteetan partaidetza saldu ezkero: eskualdatze-eskritura.

Documentación a presentar: en caso de herencia, aceptación de herencia y escritura de partición; en caso de donación, escritura de donación; en ambos casos, declaración jurada manifestando que el valor de la participación de la vivienda que posee no supera los 75.000 euros. En caso de venta de la participación en los dos últimos años: escritura de la transmisión.

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7. NORBERAREN DATUEI BURUZKO INFORMAZIO-KLAUSULA ETA INFORMAZIO OROKORRA

7. CLÁUSULA DE INFORMACIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL E

INFORMACIÓN GENERAL

Baimena ematen diot Zuiako Udalari erakunde eskudunei behar beste datu eska diezazkion, hain zuzen ere, etxebizitza-eskatzaileen erregistroan egoteko baldintza guztiak betetzen direla egiaztatzeko, etxebizitzaren esleipenduna izateko, eta, hala badagokio, etxebizitza- eskabidea eguneratzeko.

Autorizo al Ayuntamiento de Zuia, a recabar de los organismos competentes los datos necesarios para verificar el cumplimiento de todas las condiciones requeridas para permanecer en el registro de solicitantes de vivienda, y para ser adjudicatario o adjudicataria de vivienda, y actualizar, en su caso, la solicitud de demanda de vivienda.

Baimena ematen diot, orobat, nire espedientean agertzen diren datuak beste administrazio publiko batzuei, Zuzenbide Publikoko Erakundeei, Zuzenbide Pribatuko Erakunde Publikoei eta sozietate publikoei jakinarazteko, beti ere etxebizitza arloko erakunde eskudunak badira. Datu hauek herri-babeseko etxebizitzen erakunde sustatzaile pribatuei ere eman ahal izango zaizkie, estatistika-helburuetarako, eskabidea azter dezaten edo etxebizitzak esleitzeko.

Igualmente, le autorizo a comunicar los datos que figuran en mi expediente a otras Administraciones Públicas, Entidades de Derecho Público, Entes Públicos de Derecho Privado, y Sociedades Públicas, todos competentes en materia de vivienda, así como a entidades privadas promotoras de viviendas de protección pública, con fines estadísticos, para el estudio de la demanda o con la finalidad de proceder a la adjudicación de viviendas,

Zure datuen lagapen-hartzaileen zerrenda goragoko helbidean eska dezakezu. Helbide honetan erabili ditzakezu eskuratzeko, zuzentzeko, ezeztatzeko eta aurka egiteko eskubideak.

Puedes solicitar la relación de los concretos cesionarios de tus datos en la dirección arriba indicada. En esta misma dirección puedes ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

Eskabide honetan agertzen diren galderei nahitaez erantzun behar zaie, eskabidea izapidetu ah al izateko. Ematen nahiz haien lorpena baimentzen dituzun datuak 2061020004 eta 2061020005 erregistro-zenbakidun fitxategietan sartuko dira. Fitxategi horien izenak: "Etxebizitza-eskatzaileak eta arlo horretako laguntzak" eta "Etxebizitza-eskatzaileak eta arlo horretako laguntzei buruzko datu oso babestuak" Bata zein bestea Zuzendaritza honen jabetzakoak dira.

Las respuestas a las preguntas planteadas en esta solicitud son de carácter obligatorio para que la misma pueda darse a trámite. Los datos que aportas así como los que autorizas obtener serán incluidos en los ficheros con n° de registro 2061020004 Y 2061020005 denominados "Solicitantes de viviendas y ayudas en la materia" y "Datos especialmente protegidos de solicitantes de vivienda y ayudas en la materia" titularidad de esta Dirección.

Ohar garrantzitsua: Etxebizitza Eskatzaileen Erregistroan alta emateari buruzko ebazpenak jakinaraztea, ukoa, baja ematea edo gaur egungo inskripzioan eragiten duen beste edozein gai jakinaraztearren, Zuiako udaleko iragarki-taulak baliatuko dira. Etxebizitza Eskatzaileen Erregistroan inskribatuta daudenek helbide-aldaketen berri eman beharko dute, jakinarazpenetarako.

Importante: la notificación de las resoluciones de alta en el Registro de Solicitantes de Vivienda, sus denegación, baja o cualquier otro aspecto que afecte a la inscripción ya existente, se efectuará a través de su publicación en los Tablones de Anuncios del ayuntamiento, sin perjuicio de la comunicación por cualquier otro medio. Es obligación de las personas inscritas en el Registro de Solicitantes de Vivienda comunicar el cambio de domicilio a efectos de notificación.

Eguna / Fecha

(Etxebizitza-eskatzaile diren guztien sinadura)

(Firma de todas las personas solicitantes de vivienda)

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8. AURKEZTU BEHARREKO AGIRIAK 8. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

A. IDENTIFIKAZIOARI dagozkionak: A. Para IDENTIFICACIÓN:

Bizikidetza-unitatean 14 urte baino gehiago daukaten kideen Nortasun Agiri Nazionala, Pasaportea edo Egoitza-txartelaren fotokopia.

Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Tarjeta de Residencia de los miembros de la unidad convivencial mayores de 14 años.

Familia-liburuaren fotokopia, adingabeko seme-alabarik izanez gero.

Fotocopia del Libro de Familia, si existen hijos o hijas menores de edad.

Banatze edo dibortzio kasuan, adingabeko seme-alaben zaintza zuri dagokizula zehazten duen epai judiziala eta hitzarmen erregulatzailea.

En caso de separación o divorcio, convenio regulador junto a la sentencia judicial que justifique, en su caso, la custodia de hijos o hijas menores.

B. MUGIKORTASUN URRIKO EZGAITASUNARI dagozkionak: B. Para acreditar DISCAPACIDAD DE MOVILIDAD REDUCIDA:

Mugikortasun urriko ezgaitasun fisikoa baduzula eta ezgaitasuna nolakoa den egiaztatzen duen agiria, Foru Aldundiak emana: gurpil-aulkia, ibiltzeko nahitaez bi makila behar izatea, edo 7 eta 15 arteko puntuazioa izatea.

Certificación acreditativa de la condición y carácter de la discapacidad de movilidad reducida expedida por la Diputación Foral: silla de ruedas, dependencia de dos bastones o tener entre 7 y 15 puntos.

C. EZGAITASUN PSIKIKOARI dagozkionak: C. Para acreditar DISCAPACIDAD PSÍQUICA:

Araban edo Bizkaian errodatuta egonez gero, Abenduaren 23ko 1971/1999 errege dekretuaren I eranskineko 15. eta 16. atalen arabera, eskabidean dagoen inork ezgaitasun psikikoa baduela eta ezgaitasuna nolakoa den egiaztatzen duen agiria eta txostena, Foru Aldundiak emana.

En el caso de empadronamiento en Álava o Bizkaia Certificación e Informe expedidos por la Diputación Foral que acredite la discapacidad psíquica según los capítulos 15 y/o 16 del Anexo I del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre.

Gipuzkoan errodatuta egon ezkero, Foru Aldundiaren Ebazpena Abenduaren 23ko 1971/1999 Errege Dekretuaren I Eranskineko 15. eta 16. atalen arabera, ezgaitasun psikikoa baduela adieraziz.

D. DIRU-SARRERAK egiaztatzeko (titular guztiei dagozkienak):

En el caso de empadronamiento en Gipuzkoa Resolución expedida por la Diputación Foral que recoge el diagnóstico de la discapacidad psíquica según los capítulos 15 y/o 16 del Anexo I del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre.

D. Para acreditar INGRESOS ECONÓMICOS (de todas y todos los titulares):

1. PFEZren aitorpena egin beharra badaukazu edo egin baduzu, dokumentazio hau aurkeztu beharko duzu:

- Eskatzailearen eta bizikidetza-unitateko kide guztien azken ekitaldiko pertsona fisikoen errentaren gaineko zergari buruz aurkeztu diren aitorpenen eta, jaso bada, behin-behineko likidazioaren fotokopiak.

- Gainera, ekarpenezko ez diren prestazioak jasotzen badituzu, prestazio horiei buruzko ziurtagiria.

- Dagokion ekitaldiko diru-sarrerak egiaztatzen dituen ziurtagiria, Foru Ogasunak emana.

2. PFEZren aitorpena egin beharrik ez badaukazu (eta aitorpenik egin ez badu)

- Besteren konturako langileen kasuan, ekitaldian kontzeptu guztiengatik jasotako diru-sarrera gordin guztiei buruzko dokumentua, enpresak edo enplegatzaileak emana.

- Pentsiodunen edo edozein beka, prestazio edo subsidioren (gizarte ongizateko laguntzak barne direla) jasotzaileen kasuan, haiei buruzko ziurtagiria, aipaturiko ekitaldiari dagokiona.

1. Si tienes obligación de declarar o has declarado IRPF, deberás aportar la siguiente documentación:

- Fotocopia/s, de la/s Declaración/es presentadas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (y liquidación provisional en caso de haberse recibido del solicitantes y de todos los miembros de la unidad convivencial del último ejercicio.

- En el caso de percibir, además, prestaciones no contributivas, certificado de las mismas.

- Certificado de la Hacienda Foral acreditativa de los ingresos del ejercicio que corresponda.

2. Si no tienes obligación de declarar IRPF (y no has declarado)

- En el caso de trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena, documento expedido por la empresa o empleador sobre la totalidad de los ingresos brutos percibidos por todos los conceptos, correspondientes a dicho ejercicio.

- En el caso de pensionistas o perceptores de cualquier beca, prestación o subsidio (incluidas las ayudas de Bienestar Social), el certificado de las mismas, correspondientes a dicho ejercicio.

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BETE EZAZU TAULA HAU ESKATZAILEAREN DATUEKIN, ESKAERAREN LEHEN ATAL GISA. ZIGILATU ONDOREN, BERAU IZANGO DA ZUREN ESKAERAREN SARRERA-DATAREN ZIURTAGIRIA. / CUMPLIMENTA ESTE CUADRO CON LOS DATOS DEL SOLICITANTE, COMO EL PRIMER APARTADO DE LA SOLICITUD. UNA VEZ SELLADO, ÉSTE SERÁ EL RESGUARDO DE LA FECHA DE ENTRADA DE TU SOLICITUD.

Lehenengo deitura / Primer apellido

Bigarren deitura / Segundo apellido

Izena / Nombre

Sexua / Sexo G / H Jaiotze-data / Fecha de nacimiento

E / M

NAN, pasaporte edo egoitza txartela DNI, pasaporte o tarjeta de residencia

Egoera zibila/Estado Civil

Etxeko telefonoa / Teléfono fijo Eskukoa / Móvil Posta elektronikoa / Correo electrónico

Helbidea / Domicilio

Posta Kodea / Código Postal

Udalerria / Localidad

Lurraldea / Territorio

9.- DEVOLUCIÓN DE FIANZAS:

9.1.- Obras de Rehabilitación Viviendas Casa Maestros.

El Sr. Alcalde-Presidente, reiterando lo expuesto en la Comisión informativa da

cuenta de la solicitud presentada por Bernedo Obras y Servicios S.L. para la devolución del

aval en su día depositado como garantía de las obras de Rehabilitación de las viviendas de

la Casa Maestros.

VISTO el escrito presentado por Bernedo Obras y Servicios S.L. en petición de

devolución del aval depositado con motivo de las obras de Rehabilitación de las viviendas

de la Casa Maestros de Murgia, una vez subsanadas las deficiencias reclamadas.

VISTO el informe emitido por el Arquitecto y Arquitecto técnicos director e

inspector de las obras D. Raúl Pérez-Dañobeitia y D. Juan Ruiz-Cuevas de fecha 13 de abril

de 2012.

CONSIDERANDO lo dispuesto en el artículo 90 de la Ley 30/2007 de 30 de

octubre, de Contratos del Sector Público y subsanadas las deficiencias reclamadas.

La Corporación por unanimidad, ratificando la propuesta de la Comisión

informativa ACUERDA:

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ZUIAKO UDALA MURGIA (ARABA)

PRIMERO.- Cancelar la fianza depositada en su día por Bernedo Obras y Servicios

S.L. con motivo de las obras de Rehabilitación de las viviendas de la Casa Maestros de

Murgia, mediante avales de la Caja Vital Kutxa y dos de la Sociedad de Garantía Reciproca

ELKARGI por importes de 16.376,22€, 192,78€ y 817,52€ respectivamente y proceder a su

devolución.-

SEGUNDO.- Notificar esta resolución a la interesada

9.2.- Construcción Campo de Fútbol.

El Sr. Alcalde-Presidente, reiterando lo expuesto en la Comisión informativa da

cuenta de la solicitud presentada por IMESAPI S.A. para la devolución del aval en su día

depositado como garantía de las obras de construcción del campo de fútbol de hierba

artificial.

VISTO el escrito presentado por IMESAPI S.A. en petición de devolución del aval

depositado con motivo de las obras de Construcción de un Campo de Fútbol de hierba

artificial en la zona deportiva de Palatu de Murgia.

VISTO el informe emitido por el Arquitecto director de las obras D. Raúl Pérez-

Dañobeitia de fecha 2 de marzo de 2012.

CONSIDERANDO lo dispuesto en el artículo 90 de la Ley 30/2007 de 30 de

octubre, de Contratos del Sector Público y el tiempo transcurrido desde la ejecución de las

obras sin que se haya manifestado ningún problema o desperfecto en las mismas.

La Corporación por unanimidad, ratificando la propuesta de la Comisión

informativa ACUERDA:

PRIMERO.- Cancelar la fianza depositada en su día por IMESAPI S.A. con motivo

de las obras de Construcción de un Campo de Fútbol de hierba artificial en la zona

deportiva de Palatu de Murgia, mediante aval de Caja Madrid por importe de 20.011,87

euros y proceder a su devolución.-

SEGUNDO.- Notificar esta resolución a la interesada

10.- INFORMES.-

No hay.

11.- RUEGOS Y PREGUNTAS.-

El Concejal Sr. Ortiz de Pinedo realiza un ruego: solicitar a URA las causas de la no

puesta en marcha de la EDAR por escrito, así como solicitarles igualmente por escrito la

remisión del proyecto de la balsa porque es urgente. El Sr. Rico le contesta que ya se

comentó en la comisión que desde URA están esperando a que finalicen las obras de la red

de colectores para realizar las pruebas definitivas de la EDAR y nos explicarán cuándo

tienen previsto recepcionar dichas obras; la EDAR está funcionando con unos caudales

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medios de 6.000 m3. Se estima que se van a reducir los costes de mantenimiento y respecto

al proyecto de la balsa, les dijeron que lo mandarían.

El Concejal Sr. Aizpuru dice:

- Que la C/San Martín se encuentra llena de barro por los camiones de las obras de los

colectores.

- Pregunta sobre el nuevo Centro Escolar.

El Concejal Sr. Rico le contesta que se exigirá a los responsables que limpien

regularmente la C/San Martín. En cuanto al nuevo Centro Escolar, representantes de toda la

Comunidad educativa de Zuia, incluido el Ayuntamiento mantuvieron una reunión con el

Departamento de educación y les informaron que se ha sacado a concurso el proyecto, y el

procedimiento se está alargando porque se han presentado 68 empresas, hay bajas

temerarias, empresas europeas,… y se está tramitando todo ello. La idea es que a finales de

año saquen el concurso de las obras. Tanto desde el propio Colegio, como de la Asociación

de Padres y el Ayuntamiento les trasladamos la necesidad de ese nuevo Centro Escolar.

El Concejal Sr. Sautu pregunta:

- Sobre la licencia de ocupación de las 42 viviendas y garajes de la UE de la C/San

Martín.

- Los vehículos abandonados que existen en el municipio.

- La existencia de un depósito de residuos procedentes de las obras de saneamiento.

- La modificación del proyecto de la red de colectores en el tramo de Murgia que

afecta a la zona de la C/El Barrio y Colegio de las Monjas.

El Concejal Sr. Rico informa que se le ha dado el plazo de un mes a la promotora

para que termine de subsanar las deficiencias de los garajes de las viviendas de la C/San

Martín y en caso de incumplimiento se procederá mediante ejecución subsidiaria o a

imponer multas coercitivas. En cuanto al saneamiento, el trazado de esa zona del Barrio no

se va a modificar, pero los bloques de viviendas existentes tienen salida directa al río y es

preciso conectar las mismas al colector de saneamiento. Luis Mª comenta que le han dicho

la intención de instalar un ascensor por el exterior del edificio y la obra del saneamiento

impediría instalarlo. Rubén le contesta que no les habían trasladado esa cuestión.

El Concejal Sr. Alonso pregunta sobre el cierre de finca con puntas de lanza

instalado en la parcela del cruce de la C/Domingo de Sautu con la Ctra. a Bitoriano,

lindante a la parcela del futuro Centro Escolar. El Concejal Sr. Rico le informa que se le

concedió un plazo de un mes al promotor de la obra para que lo sustituyera o instalara unas

bolas, por lo cual si no lo hace se le requerirá de forma verbal y si no lo retira se le ordenará

quitar; habrá que comprobar si ha transcurrido el plazo.

La Concejal Sra. Martínez de Aramayona pregunta sobre los plazos de las obras de

instalación de una nueva panadería en la C/Domingo de Sautu. El Sr. Rico le dice que el

peligro denunciado por el Sr. Alonso por la zanja existente en un margen de la acera se ha

subsanado y la seguridad está cubierta.

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El Concejal Sr. Eguiluz dice que estos días ya están con las pruebas en la EDAR, y

en su día le dijo al técnico de URA Luis Miguel, que había zonas donde se desbordan las

alcantarillas cuando llueve, y ni tan siquiera las habían previsto en el proyecto de la red de

colectores para reformar, sobre todo en la zona de Murgia (el saneamiento que viene de

Talleres de Zuia,…). Piensa que el proyecto se ha hecho para evitar que entre esa agua en la

depuradora, por lo cual propone que se les comunique que comprueben esas zonas donde se

desborda el agua por la tapas de todo el caudal que entra.

El Concejal Sr. Ortiz de Pinedo dice que supone que cuando se recepciones la

EDAR vendrán los técnicos de URA, y el Concejal Sr. Rico le contesta que ya han venido

varias veces y les han explicado cómo funciona.

El Concejal Sr. alonso pregunta sobre el mapa de caminos de Concejos y

Ayuntamiento; el Alcalde le dice que prefiere que sean los Concejos quienes comuniquen al

Ayuntamiento las calles de su término territorial que son competencia de éste. Habrá que

reunirse con los concejos para ver el mantenimiento de las calles donde concurren ambas

competencias, añadiendo el Concejal Sr. Ortiz de Pinedo que incluso con Diputación por lo

que se refiere a la parte de carretera. Finalmente el Concejal Sr. Rico les dice a los

presentes que hagan propuestas, para la reunión prevista de Concejos el miércoles 25 a las

18:00 horas.

Y no habiendo más asuntos que tratar, por el Sr. Alcalde-Presidente se dio por

finalizada la sesión, siendo las 21:30 horas de todo lo que como Secretario certifico.

La Secretario,